"SALUD Sancionan con destitución a servidores de la Subregión de Salud III - Lima Norte RESOLUCION DIRECTORAL Nº 037-99-DE-AIS-SBS-R-SMP-LO/UP Lima, 26 de enero de 1999 Visto el Informe Nº 001-98-CPPAD-AIS-SBS-R-SMP-LO, emitido por la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, sobre el Expediente Nº 3328-A-98, sobre el Proceso Administrativo Disciplinario instaurado a los TAPS: LUDEÑA TELLO Vilma, DIAZ VELASQUEZ Mirtha Magda, SOTELO CORDOVA Sabino Julio, CABRERA VIVANCO Leonardo y ZAANONI SALAZAR Betty; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 201-98-DEAISSBS-R-SMP-LO/UP de fecha 10 de noviembre de 1998, se instauró Proceso Administrativo Disciplinario a los TAPS: LUDEÑA TELLO Vilma, DIAZ VELASQUEZ Mirtha Magda, SOTELO CORDOVA Sabino Julio, CABRERA VIVANCO Leonardo y ZAANONI SALAZAR Betty, al haber incurrido en falta grave de carácter disciplinario tipificada en el Art. 28 Inc. k) concordante con los Arts. 25º, 26º y 27º del D. Leg. Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones y su reglamento D.S. Nº 05-90/PCM, Arts. 150º, 151º, 152º, 153º, 154º y 155º; Que, abocada la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y en mérito a lo actuado y del análisis efectuado a los documentos materia del proceso, se desprende que los TAPS: LUDEÑA TELLO Vilma, ha hecho abandono del cargo a partir del mes de julio de 1996 a la fecha, DIAZ VELASQUEZ Mirtha Magda, ha hecho abandono de cargo a partir del mes de marzo de 1996 a la fecha, SOTELO CORDOVA Sabino Julio, ha hecho abandono de cargo a partir del mes de enero de 1994 a la fecha, CABRERA VIVANCO Leonardo, ha hecho abandono de cargo a partir del mes de febrero de 1997 a la fecha y ZAANONI SALAZAR Betty, ha hecho abandono de cargo a partir del año 1995 a la fecha, acumulando un récord de inasistencias injustificadas por lo que esta Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios ha llegado a la conclusión que se encuentra plenamente acreditada la falta administrativa tipificada en el Art. 28º Inc. k) del D. Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones y habiéndose efectuado la notificación de la Resolución de Instauración de Proceso Administrativo Disciplinario, mediante el Diario Oficial El Peruano y no habiendo, los procesados efectuado sus descargos correspondientes de ley; De conformidad a lo recomendado por la Comisión
Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y en concordancia con el D.S. Nº 006-67-SC, modificado por el D.L. Nº 26111 - Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos y aprobado el Texto Unico Ordenado mediante D.S. Nº 02-94-JUS; En uso de las facultades conferidas por la Resolución Ministerial Nº 0141-87-SA-P y su ampliatoria Resolución Ministerial Nº 239-90-SA-P, de la delegación de funciones de acciones de personal; Estando a lo informado por la Unidad de Personal de la AIS-SBS-RIMAC-SMP-LO, y con la opinión favorable de la Dirección Adjunta de la AIS-SBS-R-SMP-LO; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Aplicar la sanción disciplinaria de destitución a los TAPS: LUDEÑA TELLO Vilma, Téc. Enfermería I, Nivel STB, Cadena Funcional: Función 14, Programa 003, Subprograma 0006, Actividad 00471, componente 0186, DIAZ VELASQUEZ Mirtha Magda, enfermera, Nivel IV, Cadena Funcional: 14, Programa 046, Subprograma 012, Actividad 00139, componente 0460, SOTELO CORDOVA Sabino Julio, médico, Nivel 1, Cadena Funcional: Función 14, Programa 046, Subprograma 0121, Actividad 00139, componente 0533, CABRERA VIVANCO Leonardo, médico, Nivel 1, Cadena Funcional: 14, Programa 0120, Actividad 00068, componente 0199, ZAANONI SALAZAR Betty, médico, Nivel 1, Cadena Funcional: Función 14, Programa 046, Subprograma 0121, Actividad 00496, Componente 1247, de los Servicios Básicos de Salud Rímac - San Martín de Porres - Los Olivos, de la Unidad Ejecutora 018, Dirección de Salud III Lima Norte, por las razones expuestas en la parte considerativa de la resolución. Regístrese y comuníquese. ENRIQUE RODRIGUEZ GUZMAN Director Ejecutivo Subregión de Salud III - Lima Norte AIS-SBS-RIMAC-SMP-LO"