SALUD Sancionan con destitución a ex servidor de la Oficina ... - Minsa

ex servidor, lo anexa como prueba instrumental en su recurso de reconsideración que interpuso ante el Despacho. Viceministerial con fecha 4 de agosto del ...
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"SALUD Sancionan con destitución a ex servidor de la Oficina General de Administración RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 323-2002-SA-P Lima, 6 de noviembre del 2002 Vistos, el INFORME CPPAD Nº 018-2002, de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de este Ministerio, el Informe Nº 050-EE-2001-IGS/ OECPNS de la Inspectoría General del MINSA; y, el Informe Nº 1583-2002-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica de este Ministerio; y, CONSIDERANDO: Que, mediante informe de visto, la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de este Ministerio emite Informe Final con respecto al proceso administrativo disciplinario instaurado contra el ex servidor David Fernando Caballero Llanos por Resolución Viceministerial Nº 282-2002-SA-P, recomendando en forma unánime al Despacho Viceministerial se imponga a don David Fernando Caballero Llanos la sanción de destitución, prevista en el inciso d) del artículo 26º del Decreto Legislativo Nº 276, por encontrarse incurso en falta disciplinaria contemplada en los incisos a), d) y j) del artículo 28º de la norma acotada; Que, de la revisión y análisis del informe de control precitado, la CPPAD del Ministerio de Salud señala en su Informe Final que don David Fernando Caballero Llanos presentó con fecha 4 de abril del 2000, su renuncia al cargo de jefe Administrativo III de la Sede Central del Ministerio de Salud (Fs. 45), habiéndose determinado que en el año 1990 no presentó renuncia al cargo ni en el Centro de Salud Santa Cruz donde laboraba en condición de destacado, ni en la Sede del Ministerio de Salud; Que, el Informe Final de la CPPAD señala que la solicitud de renuncia irrevocable al cargo, presentada por el referido ex servidor, lo anexa como prueba instrumental en su recurso de reconsideración que interpuso ante el Despacho Viceministerial con fecha 4 de agosto del 2000, determinándose su falsedad en el sello de recepción toda vez que no corresponde al que utilizaba la Secretaría del Centro de Salud Santa Cruz en aquella fecha, en tal sentido, se ha comprobado que trató de sorprender al Despacho Viceministerial, tanto en el recurso de reconsideración contra la Resolución Viceministerial Nº 393-2000-SA-P, como de apelación contra la Resolución Viceministerial Nº 5162000-SA-P, a fin que se declare fundado y se considere su renuncia al cargo, evitando la sanción de destitución (Fs. 46 a 50);

Que, el informe de la Comisión señala que la fecha de recepción de la solicitud de renuncia presentada por el ex servidor fue el 4 de marzo de 1990, día no laborable (domingo), y la firma que aparece en el sello no le corresponde a la entonces secretaria del Centro de Salud Santa Cruz, doña Irma Freyre Bustamante, conforme se verifica en el Acta de Manifestación efectuada por la comisión de auditoría (fojas 51 a 54), agregando que, no obstante haber sido notificado el ex servidor de la Resolución Viceministerial Nº 282-2002-SA-P, que le instaura proceso administrativo disciplinario y haber tomado conocimiento de la documentación que obra en el expediente, cuyas copias le fueron entregadas a su solicitud, no ha presentado en el término de ley su descargo escrito ante esta Comisión, lo que debe interpretarse como una admisión plena de culpa; Estando a lo recomendado por la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de Salud, en su INFORME CPPAD Nº 018-2002; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; SE RESUELVE: Artículo Único.- IMPONER sanción de destitución a don DAVID FERNANDO CABALLERO LLANOS, Especialista Administrativo III, Nivel SPC de la Oficina General de Administración del Ministerio de Salud, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Regístrese y comuníquese. ÓSCAR RAÚL UGARTE UBILLUZ Viceministro de Salud"

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