Crean Comisión Sectoriai del Ministerio de Salud encargada ... - Minsa

Heredia;. Que con Oficio NQ097-2010-OEPUHCH el econo,mista. Carlos Alberto Basilio Estacio ha puesto a disposición el cargo para el cual fuera designado;.
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El P e m M& rnienoisai s e *o

de 2010

@ NORMAS LEGALES

Visto el expediente No10-060837-001que contiene el Oficio No 1739-2010-DGIHNCH del Director General del Hospital Nacional Cayetano Heredia de la Dirección de Salud V Lima Ciudad del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Ministerial No 137-20101 MlNSAdel12 de febrero del 2010. se designó. entre otros. el economista Carios Alberto Basilio Esta:io,. en el cargo de Director Ejecutivo. Nivel F-4, de la Oficina Ejecutiva de Planeamiento Estrathico del Hospital Nacional Cavetano Heredia; Que con Oficio NQ097-2010-OEPUHCHel econo,mista Carlos Alberto Basilio Estacio ha puesto a disposición el cargo para el cual fuera designado; Que estando a lo solicitado con el documento de visto, resulta necesario dar por concluida la designación antes sefíalada y designar a'la profesional propu&ta; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos. del Director General de - -~ - - la Oficina General de Asesorla Jurídica v del Viceministro d e salud; y, De conformidad con lo previsto en la Lev o w reoula la ~arik¡~acibn del Poder ~ m t h n i e ñ t yo deiignaiión de funcionarios públicos; en la Ley No2 W 5 . Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2010; en el literal 1) del articulo 8 O de la Ley No 27657. Ley del Ministerio de Salud; en el De@ Legislativo NO 276. Lev de Bases de la Carrera Administrativa v de Remuneraciones del Sector PúMim. v en su Realaniento aprobado por el Deueto Supremo N ~ Ó O S ~ O - P C M ~

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prevenir, promover, conservar o restablecer su salud, según lo requiera la salud del usuario, garantizando su acceso en forma oportuna y equitativa; Que, habiendooumido el 15 de abril del año en curso por. presunta negligenciamédica, el fallecimiento del &or Wakr Durand Erazo, la Direoú6n General de Salud de las Personas ha propuesto la wnformaáón de una Comisión Sectorial encargada de analizar y evaluar la infcimacih técnica v administrativa obrante sobre el witiarlar en el InstiMo hcional de Ciencias Neurológicas; as1 mrno pronunciarse por las recomendauwiesque correspondan; Que. el numeral 1 del artlcub 36O de la Lev NO 29158. Ley Orgbnica del Poder Ejecutivo. estable& que las comisiones sectoriales. son de naturalezatemporal. creadas con fines esDecfficosDan cumplir funaones de fiscalizaci6n. propuesta o ernmih de denfwnes técniws, ueadw formalmente por Resolucih Ministerial del titular a cuyo ámbito de com~etenciacorresponden. Asimismo. el articulo 35O de la citada Ley, estable& cuales son las d i y y ? que debe wntener le norma de creación de una om~sión. Con la opinión favorable de la Dirección General de 1 Salud de Ias'Penonas: con el visado del' Director General de la Dirección

De conformii Articulo 8 O de la Ley I Salud;

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SE RESUELVE: Articulo lo.De la creación de la Comisión Y Objeto Constituir una Comisión Sectorial del Ministerio de Salud. encargada de analizar v evaluar la informaci6n tbcnica v administrativa relativa a la presunta nealiaencia médica én el Instituto Nacional de ~ b n c i a s~eur6lbgicas, respectoal caso del sefíor Walter Durand Erazo. debiendo estáblecer las conclusiones y recomendaciones del caso.

SE RESUELVE: Articulo lo.Dar por concluida la designación del economista Carios Alberto Basilio Estacio. en el cargo de Director Ejecutivo. Nivel F-4. de la Oficina Ejecutiva de Planeamiento Estratbgico. del Hospital Nacional Cayetano Heredia, de la Dirección de Salud V Lima Ciudad del Ministerio de Salud. dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo P.-Designar a la mbdico c i ~ j a n oDuniska Tarco Virto, en el cargo de Directora Ejecutiva, Nivel F-4, de la Oficina Ejecutiva de Planeamiento Estratégico, del Hospital Nacional Cayetano Heredia, de la Direcci6n de Salud V Lima Ciudad del Ministerio de Salud.

Artículo P.-De la confonnaclón La Comisión Sectorial estare confmada por los siguientes miembros:

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El Director General de la Dirección General de Salud de las Personas o su representante. quien la presidirá; Un representante de la Direccdn de Servicios de Salud de la Direcci6n General de Salud de las Personas: Un representantede la Direcciónde Calidad en Salud de la Dirección General de Salud de las Personas; Un representante de la Defensoría de le Salud y Transparencia; y, Un representante del Seguro Integral de Salud.

Regístrese, comuníquese y publlquese. OSCAR RAUL UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 531330-2

Aloculo 3O.- Instalación Dicha Comisión se instalará en un plazo no mayor' de cinco (05) días calendario. contados a pafür de la publicación de la presente Resolución.

Crean Comisión Sectoriai del Ministerio de Salud encargadade anaíizary evaluar la información tCcnica y administrativa relativa a presunta negügencia médica en el Instituto Nacional de Ciencias Neuro16gicas

Artículo 49- Plazo para el cumplimiento de sus funciones .-... .- ..- -

La Comisión Sectorial es de naturaleza temporal v tiene un plazo de treinta (30) días calendario Dara el &umplimientode sus funciones.

REsOLUCI~NMINISTERIAL N' 632-2OlOlMINSA

Articulo So.- A ~ o v o Para el cumplimieñtode sus funciones. la mencionada Comisión podrá solicitar a las entidades públicas y privadas. el asesoramiento. informaciónv. awvo . - necesario Para el wmplimiento de los objetivos.

Lima. 13 de agosto del 2010 Visto los Expedientes No 10-031677-001 y ,N0 10031677-003, que contienen las Notas Informativas No 519-2010-DGSPIMINCA N0674-2010-DGSPIMINSA,de la Dirección General de &lud de las Personas;

Articulo 69- Difusión Encargar a la Oficina General de Comunicaciones del Ministerio de Salud la publicación de la presente Resolución Ministerial en la dirección electrónica h t t ~ : l l vinw.minsa.gob.peAransparen~ialdge~normas.asp del Portal de lnternet del Ministerio de Salud.

CONSIDERANDO: Que. el numeral II del Titub Preliminar de la Ley No 26842. Ley General de Salud, estableceque la pmtecu6n de la salud es de interés públim, por lo que es reipnsabiliad del Estado regularla, vigilarla y promoveiia; Que. el literal e) del numeral 15.1 del artlculo 15O de la Lev No26842. Lev General de Salud. establece aue toda peisona tiene derécho a obtener servicios, medi&mentos y productos sanitarios adecuados y necesanos para

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Regístrese, comuníquese y publíquese.

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OSCAR RAUL UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud S313363