MINISTERIO DE SALUD
Visto, el Expediente W 15-102738-001, que contiene el Memorandum N" 8172015-ERP/MINSA, emitido por el Equipo de Remuneración y Pensiones, y el Informe N" 847-2015-EIE-QARH/MINSA, del Equipo de Ingreso y Escalafón de la Oficina General de Gestión de Recu rsos Humanos: y, CO NSIDERANDO :
Que , el literal f) del artículo 1r del Reglamento del Sistema Nacional del Residenlado Médico, aprobado por la Resolución Suprema N° 002-2006-SA, señala que las instituciones de servicios de salud tienen la función de suscribir un contrato renovable anualmente o solicitar autorización o renovación de destaque, al inicio del Residentado Médico y al ser promovido al año inmediato superior, cumpliendo con los requisitos administrativos pertinentes; Que, con Resolución Directoral W 733-2013-0GGRH/SA, de fecha 20 de mayo del 2013, se resolvió contratar con eficacia anticipada , desde el1 de julio al 31 de diciembre del 2012, a los médicos cirujanos de primer año del Residentado Médico del Programa Académico de Segunda Especialización en Medicina Humana; en las sedes docentes que se precisan en el Anexo 01, que forma parte de la citada resolución, con la remuneración mensual de Tres Mil Sesenta y Ocho y 03/100 Nuevos Soles (SI. 3,068.03). Asimismo, en el articulo 3" se resuelve renovar el contrato a partir del 1 de enero al 30 de junio de 2013, a los médicos residentes de primer año 2012. figurando entre otros la médico cirujano Jeanne Nadia Ramos Alarcon, Especialidad en Medicina Familiar y Comunitaria, de la Universidad Peruana Cayetano Heredia, de la Sede Docente Dirección de Salud V Lima Ciudad; Que , mediante Memorandum W 817-2015-ERP/MINSA, de fecha 27 de octubre del 2015, el Equipo de Remuneraciones y Pensiones de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, informa que la médico residente Jeanne Nadia RAMOS ALARCÓN, ingresó a la Planilla Única de Pagos en el mes de agosto del 2012, remuneración que se le otorgó mensualmente hasta el 30 de junio del 2015, fecha en que terminó su Residentado Méd ico. Asimismo adjunta copia de la Resolución Directoral W 1216-2013DG-OEGDRRH/DISA.V. L.C. , la cual da conformidaa a la renovación de contrato por el periodo del 1 de julio al 31 de diciembre del 2013; Que, mediante Informe W 847-2015-EIE-OARH/MINSA, el Equipo de Ingreso y Escalafón de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos emite opinión favorable de oficializar en vía de regularización con eficacia anticipada la renovación de contrato en la Especialidad de Medicina Familiar y Comunitaria de la Universidad Peruana Cayetano Heredia , en Sede Docente Dirección de Salud V Uma Ciudad, de la Médico Residente Jeanne Nadia RAMOS ALARCÓN , como sigue: segundo año de residencia a partir del 1
de julio al 30 de junio de 2014; tercer a"o de residencia a partir del 1 de julio del 2014 al 30 de junio del 2015; debiendo precisar que a partir del inicio del Residentado Médico hasta el mes de agosto del 2013, percibió la remuneración mensual de Tres Mil Sesenta y Ocho y 03/100 Nuevos Soles (SI. 3,068,03); Que, mediante Decreto Legislativo W 11 53, se regula la Politica Integral de Compensaciones y Entregas Económicas del Personal de la Salud del Estado, la cual, en virtud de su Tercera Disposición Complementaria Final , resulta de aplicación a los profesionales de la salud que se encuentren desarrollando la Segunda Especialidad en Medicina Humana y Odontología , dentro del Sistema Nacional del Residentado Médico y Residentado Odontológico, respectivamente; Que, mediante Decreto Supremo W 223-2013-EF, se aprobó el monto mensual de la valorización principal, para los profesionales de la salud, conforme a lo dispuesto en la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto leg islativo W 1153, que regula la Política Integral de Compensaciones y Entregas Económicas del Personal de la Salud al Servicio del Estado: en la Fe de Erratas del Decreto Legislativo W 1153, se dispone su vigencia a partir del 1 de setiembre de 2013, correspond iendo a los médicos cirujanos residentes la suma de Cuatro Mil Quinientos Sesenta y Ocho con 00/100 Nuevos Soles (SI. 4,568.00); Que , mediante Decreto Supremo W 216-2014-EF, se aprobó a partir del 1 de setiembre del 2014, el incremento en un 55% del monto que por concepto de bonificación de las guardias hospitalarias vienen percibiendo los profesionales de la salud médicos cirujanos; Que, el numeral 17.1 del artrculo Ir de la Ley N" 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo, y siempre que no se lesionen derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que se pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción; Con la visación de la Jefa (e) del Equipo de Ingreso y Escalafón y del Ejecutivo Adjunto I de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos; y, De conformidad con lo previsto en el numeral 17.1 del artículo Ir de la Ley W 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; en la Ley W 29951 - ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 20 13: en la Ley W 30114 - ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2014 ; en la Ley N" 30281 - ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2015: en el Decreto Legislativo N" 1153; en el Decreto Supremo N" 223-2013-EF; en la Fe de Erratas del Decreto Legislativo 1153: en el Decreto Supremo 216-2014-EF ; en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado mediante Decreto Supremo N" 023-2005-SA y modificatorias; en la Resolución Ministerial N° 949-2003-SNDM ; en la Resolución Ministerial N° 182-2008/MINSA y demás disposiciones conexas y complementarias; SE RESUELVE : Artículo 1... • Renovar contrato en vía de regularización con eficacia anticipada, a partir del 1 de julio del 2013 hasta el 30 de junio del 2015 . a la profesional Jeanne Nadia RAMOS ALARCÓN , Médico Residente de tercer año del Programa Académico de Segunda EspecializaCión en Medicina Humana del Proceso 2012, modalidad libre, en la Especialidad de Medicina Familiar y Comunitaria de la Universidad Peruana Cayetano Heredia, en la Sede Docente Dirección de Salud V lima Ciudad , por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artícu lo 2°._ Precisar que durante el tiempo de la contratación de la profesional, se le otorgó una remuneración mensual de TRES MIL SESENTA Y OCHO y 03/100 NUEVOS SOLES (S,. 3,068.03) hasta el mes de agosto de 2013, y a partir del 1 de setiembre de 2013 , se le otorgó una compensación económica, equivalente a una valorización principal de CUATRO MIL QUINIENTOS SESENTA y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (SI . 4,568.00) mensuales a la mencionada médico residente .
MINISTERIO DE SALUD
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Articulo Disponer que el egreso que demandó el cumplimiento del Artículo 2° de la presente resolución, se aplicó a la Específica de Gastos 2.1.1 .3.1.2, de la Unidad Ejecutora 001 del Pliego 011 • Ministerio de Salud del Presupuesto del Sector Público de
los respectívos ar'los. Artícu lo 4°._ Notificar la presente Resolución, en el domicilio de la interesada sito en Av. Francisco Pizarra W 568, Opio. 9, Distrito del Rímac, a los Equipos de Programación '1 Presupuesto, Remuneración '1 Pensiones, Ingreso y Escalafón de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General de Gestión del Desa rrollo de Recursos Humanos. Articulo 5°._ Disponer que la Oficina General de Comunicaciones publique la presente Resolución Directoral en el Portal Institucional del Ministerio de Salud .
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