SALUD Declaran nulidad de otorgamiento de la buena pro en

Nº 174-2002-SA/DM. Lima, 22 de enero del 2002. Visto el documento presentado por el Instituto ... Dicloxacilina 500 mg. - tab no fue declarada ganadora por.
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"SALUD Declaran nulidad de otorgamiento de la buena pro en proceso de adjudicación de menor cuantía para la adquisición de medicamentos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 174-2002-SA/DM Lima, 22 de enero del 2002 Visto el documento presentado por el Instituto Quimioterápico S.A., de fecha 28 de diciembre de 2001; CONSIDERANDO: Que mediante el documento de Visto, el Instituto Quimioterápico S.A., observa que en el Cuadro de Adjudicación de la Buena Pro - General de la Adjudicación de Menor Cuantía R.M. Nº 481-2001-SA/DM ""Adquisición Centralizada de Medicamentos"", su propuesta en el Item Nº 75 Dicloxacilina 500 mg. - tab no fue declarada ganadora por no haberse considerado en la calificación técnica el Certificado de Buenas Prácticas de Manufactura y de Laboratorio; y no obstante que el mismo Comité Especial reconoció la omisión con anterioridad; Que del análisis de los antecedentes documentarios alcanzados, fluye que con fecha 3 de diciembre de 2001, el Comité Especial de la Adjudicación de Menor Cuantía R.M. Nº 481-2001-SA/DM ""Adquisición Centralizada de Medicamentos"", no otorgó la Buena Pro a la propuesta de Instituto Quimioterápico S.A., apareciendo como ganador en el Cuadro de Adjudicación de la Buena Pro - General el postor Corporación Infarmasa S.A., ITEM Nº 75 Dicloxacilima 500 mg. tab; Que de la revisión de la propuesta técnica del postor Instituto Quimioterápico S.A., aparece que a fojas 121 del Sobre Propuesta Técnica obra el Certificado de Buenas Prácticas de Manufactura y de Laboratorio, el cual no ha sido calificado por el Comité Especial, lo que constituye una omisión, que a pesar de ser reconocida por el propio Comité Especial, no fue subsanado por éste, ocasionándose que se haya incurrido en causal que invalida únicamente el proceso en el Item Nº 75; Que, en consecuencia y habiéndose incurrido en causal de nulidad que prevé el Artículo 57º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y concordante con el Artículo 26º del Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0132001-PCM, procede que se declare de oficio la nulidad del otorgamiento de la Buena Pro en el Item Nº 75 y se reponga el estado del proceso, al de calificar nuevamente a los postores participantes en el mencionado ítem;

Estando a lo informado por la Oficina de Asesoría Jurídica en el Informe Nº 0071-2002-OAJ; y, De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 57º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y el Artículo 26º del Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001PCM; SE RESUELVE: Declarar, de oficio la nulidad del otorgamiento de la Buena Pro en el Item Nº 75 Dicloxacilina 500 gm, Tab de la Adjudicación de Menor Cuantía R.M. Nº 481-2001-SA/DM ""Adquisición Centralizada de Medicamentos""; disponiéndose que los actuados se retrotraigan a la etapa de evaluación de las propuestas técnicas, debiendo el Comité Especial efectuar una nueva evaluación de conformidad con lo expresado en la parte considerativa de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO CARBONE CAMPOVERDE Ministro de Salud"