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31 ene. 2014 - Vivar, Fernando Posse Saguier y Mabel De los Santos, confirmó una sentencia de ... amenazas (tres hechos), daños y lesiones, todo en concurso real". ..... Musharraf fue trasladado a un hospital militar este mes cuando.
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Coordinación de Derechos Humanos y Asesoría de la Presidencia 31 de enero de 2014 Año XI, no. 2,300

Reporte sobre la Magistratura en el Mundo (Reserva de Derechos: 04-2011-102610220300-102)

1º al 7 de febrero: Semana Mundial de la Armonía Interconfesional 2 de febrero: Día Mundial de los Humedales

Costa Rica (La Nación): •

Juicio a empresario demandado por Presidenta será en julio. El Tribunal Penal de San José fijó para los días 14, 15 y 16 de julio el juicio al empresario turístico Alberto Rodríguez Baldí, a quien demandó por difamación la presidenta de la República, Laura Chinchilla. Juan Marco Rivero defenderá a Alberto Rodríguez. La oficina de prensa del Poder Judicial informó de que, por el momento, se desconoce el nombre de los jueces que se encargarán de dirigir este debate. La querella quedó presentada el 26 de junio del 2013, justo 10 días después de que Rodríguez publicara en su perfil de Facebook un texto en el que señaló que la mandataria, presuntamente, compró terrenos valorados en millones de dólares en Nicoya, Guanacaste. Además, el empresario, quien tiene un desarrollo hotelero en La Fortuna de San Carlos, dijo que Chinchilla tiene negocios en la generación de energía eólica. Chinchilla demandó al empresario por ¢100 millones. Abogados. El abogado Alexánder Rodríguez Campos, quien representa a la Presidenta, dijo que espera que durante el debate se verifique que había razón para interponer la querella pues se cometió un delito. Por su parte, Juan Marco Rivero, defensor de Rodríguez, declaró que lo primordial que está en juego en este juicio “es el derecho de las personas a solicitarle a los jerarcas de la Administración explicaciones de sus actos”. Agregó que tampoco se le puede limitar a la colectividad el derecho a criticar por los mecanismos que considere apropiados. Rodríguez había dicho en su cuenta en Facebook que tenía contratado un equipo de especialistas para enfrentar este caso.

Argentina (Diario Judicial): •

La Sala M de la Cámara Civil confirmó una sentencia de primera instancia que declaró el divorcio de una pareja por culpa de la mujer ya que esta maltrataba al hombre acusando a su familia de “terroristas” sólo por su origen árabe. La sala M de la Cámara Civil, con las firmas de Elisa Diaz de Vivar, Fernando Posse Saguier y Mabel De los Santos, confirmó una sentencia de primera instancia que decretó el divorcio vincular de una pareja por las injurias graves de la mujer. En primera instancia, el juez que intervino en la causa decretó la separación personal de J.A. D. y L.A.S, “por injurias graves vertidas por la cónyuge”. Esto fue apelado por la mujer y la causa llegó a la Cámara Civil. Entre uno de los argumentos de la mujer estaba la crítica a los testimonios de los familiares del marido incorporados

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en el expediente. “Respecto de mis injurias graves”, argumenta la mujer, “señalo que se centran genéricamente, en la escasa envergadura y parcialidad de los testimonios aportados por lo que la condena deviene injusta y arbitraria”. Por lo que para la mujer “corresponde revocar la sentencia -se agregó- y hacer lugar a la causal objetiva por culpa de ambos”. Sin embargo, los jueces si valoraron los testimonios ya que consideraron que “es pacífica la jurisprudencia que señala que el hecho de que los testigos sean parientes, amigos íntimos o vecinos, no quita eficacia probatoria a sus declaraciones, pues las personas más allegadas son quienes tienen mejor conocimiento de los hechos”. “Es por ello que suelen ser considerados testigos insustituibles, sin perjuicio del posterior análisis de sus dichos”, explicaron los magistrados en la sentencia. Según se desprende de los testimonios de los familiares del hombre, la mujer “realzaba defectos del marido delante de la familia, lo desvalorizaba, tenía una actitud hostil, enojada hacia la llegada del marido después del trabajo y ese clima lo transmitía”. Asimismo, figura que la mujer criticaba “las raíces de la familia acusándolos de terrorista”, mientras que el hombre, por el contrario, “le daba un trato cariñoso, evitaba peleas y era respetuoso priorizando la familia”. En el expediente también se consigna que la mujer excluía al hijo del “trato con la familia paterna por el origen árabe alegando que era una cultura llena de violencia, guerras, etc., a punto que cuando había contacto luego limpiaba todo y desinfectaba con Lysoform en forma paranoide”. Teniendo en cuenta estas declaraciones, los camaristas adhirieron a lo resuelto en primera instancia y confirmaron la sentencia decretando el divorcio por injurias graves de la mujer. •

La Corte de Justicia de Salta confirmó una condena a prisión efectiva contra un hombre cuyo delito cometido podría haber tenido prisión condicional. Los jueces argumentaron "el temor que infunde entre sus vecinos" para que la prisión sea efectiva. La Corte de Justicia "en feria" de la provincia de Salta confirmó una condena de prisión efectiva contra un hombre que fue condenado por un delito que, tal y como lo solicitó la defensa del hombre, podría haber obtenido la prisión condicional. El hombre, llamado Pablo Ezequiel Cruz, fue condenado a tres años y dos meses de prisión efectiva impuesta a "como autor responsable de los delitos de violación de domicilio (dos hechos), coacción, amenazas (tres hechos), daños y lesiones, todo en concurso real". La defensa presentó un escrito donde solicitaba la ejecución de la pena de manera condicional pero, aunque la condena podía haber sido de ejecución condicional el máximo tribunal provincial tuvo en cuenta, en forma coincidente con la Sala V del Tribunal de Juicio, "el temor que infunde entre sus vecinos" el imputado para justificar la prisión "efectiva". El máximo tribunal salteño "tuvo en cuenta la personalidad de Cruz demostrada en los reiterados hechos que protagonizó y además el temor que infunde entre sus vecinos”. Por todo ello, los magistrados resolvieron que “la condena de cumplimiento efectivo a pesar de la falta de antecedentes condenatorios". Los jueces de la Corte de Justicia de Salta basaron el rechazó a la prisión condicional del condenado en "la personalidad agresiva, impulsiva y violenta del condenado, el temor que infunde en el barrio que habita y su problemática como adicto". Además, los jueces ordenaron al hombre que "realice tratamiento psicológico durante el tiempo de reclusión". “La prisión efectiva es la regla y la condicionalidad lo extraordinario, por lo que ésta no es una obligación del juez" concluyeron los jueces.

Colombia (El Tiempo): •

Fiscalía negociaría con el 'eslabón perdido' del Palacio de Justicia. Casi 20 años después de que dijo, en un proceso judicial, que fue testigo de las torturas y los asesinatos de varios de los desaparecidos en el Palacio de Justicia, el sargento Bernardo Alfonso Garzón volverá a declarar oficialmente ante las autoridades que investigan ese oscuro capítulo de la historia del país. La Fiscalía tiene lista una oferta de negociación con Garzón, quien fue capturado el jueves en Cali y quien, según el fiscal Eduardo Montealegre, es el “eslabón perdido” del caso del Palacio. En 1991 le dijo a la Procuraduría (y ratificó esa versión 3 años después ante la Fiscalía) que la guerrillera Irma Franco salió viva del Palacio y que fue torturada y asesinada por militares del Batallón de Inteligencia Charry Solano. El Estado colombiano reconoció ante la Corte Interamericana responsabilidad en la desaparición de Franco, quien entregó datos sobre los lugares donde se planeó la toma del Palacio que días después fueron allanados por los militares. Según Montealegre, Garzón “es supremamente importante para esclarecer el caso de los desaparecidos del Palacio y otros crímenes” ocurridos a mediados de los 80. Entre ellos están la desaparición y asesinato de la guerrillera Nidia Érika Bautista, por el que fue destituido en su momento el general Álvaro Velandia (quien luego logró tumbar la decisión con una demanda en el Consejo de Estado) y varios asesinatos de supuestos miembros de grupos de izquierda. El sargento Garzón, un curtido hombre de inteligencia que ingresó al Ejército en 1971 y logró infiltrarse durante años en el M-19, en el que era conocido como ‘Lucas’, tenía orden de captura desde junio de 2009 por su participación en el asesinado del exmilitante del M-19 Guillermo Marín. Para ese momento ninguna autoridad colombiana tenía certeza de su paradero. Hace 15 días, hombres del CTI de la

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Fiscalía que habían reactivado su búsqueda por orden de la fiscal Martha Lucía Zamora empezaron a recibir información sobre la presencia del exmilitar en el Valle del Cauca. Allí fue ubicado por la Fiscalía. El capturado hacía parte de un grupo de inteligencia del Batallón Charry Solano que tenía como fachada la Asociación Nacional de Estudios Técnicos (Anet). El hombre más comprometido por la versión de Garzón, el general Iván Ramírez, fue absuelto hace dos años por el caso del Palacio y su caso está en apelación ante el Tribunal Superior de Bogotá. Gracias a su testimonio se encontraron los restos de la socióloga Nidia Érika Bautista, una exmilitante del M-19 desaparecida en Bogotá el 30 de agosto de 1987 y cuyo cuerpo fue entregado a su familia en agosto del 2007. El exmilitar, que hoy tiene 63 años, tendría información sobre los asesinatos del negociador del Epl Óscar William Calvo y de la desaparición de Amparo Tordecillas, compañera de un jefe del Epl, en 1989. El abogado Rafael Barrios, representante de las víctimas del Palacio, dijo que ese testimonio será clave para saber qué pasó con los desaparecidos y “permitirá conocer muchas de las operaciones encubiertas del Batallón Charry Solano que terminaron en el asesinato de exmilitantes del M-19”.

España (El País): •

El juez decano de Palma autoriza que la Infanta acceda al juzgado en coche. El juez decano de Palma, Francisco Martínez Espinosa, ha anunciado esta mañana en una rueda de prensa que ha decidido autorizar que la infanta Cristina pueda acceder el próximo día 8 de febrero a bordo de un vehículo a los juzgados de la ciudad para declarar como imputada ante el juez José Castro. Martínez Espinosa recibió ayer los informes policiales en los que se ha basado para tomar esta decisión. Queda ahora en manos de la hija del Rey si enfrentarse al paseíllo a pie en la famosa cuesta, por la que ya ha caminado en dos ocasiones su marido, o superar esa distancia a bordo de un vehículo. Doña Cristina decidirá en el último momento. Según ha explicado el juez decano, la policía alude a "grupos hostiles, a la gran repercusión en las redes sociales y a la relevancia del personaje". El Ministerio del Interior ha elaborado un plan de intervención. La conclusión de la policía es que "por estrictos motivos de seguridad" la Infanta llegue en coche y así evitarle el paseíllo de 50 pasos por la cuesta de la puerta de atrás de los juzgados. Uno de sus abogados, Jesús María Silva, había declarado este viernes a los medios que acatarían "cualquier decisión del juez", pero había recordado que existen "razones de seguridad", según el informe de la policía. Iñaki Urdangarin hizo el paseíllo en dos ocasiones, en sendas citaciones como imputado. Entonces, el juez decano concedió al yerno del Rey el privilegio de poder llegar en coche hasta la puerta, argumentando circunstancias excepcionales, pero Urdangarin lo descartó. El plan de entonces y de ahora, elaborado por el Ministerio de Interior ha sido pactado por representantes de la Casa Real, la Policía Nacional, la Guardia Civil y la Policía Local. Las fuerzas de seguridad bloquearán la circulación de las dos calles más cercanas a la puerta trasera de los juzgados, donde se encuentra la popular cuesta. Reacciones al anuncio. Los principales partidos han valorado positivamente la posibilidad de que la Infanta se ahorre el paseíllo. La vicepresidenta Soraya Sáenz de Santamaría ha manifestado, tras la reunión del Consejo de Ministros que "respeta" la opción del juez: "Se pidieron los oportunos informes, se dieron y nosotros desde luego respetamos la decisión del juez decano y no podemos entrar a valorar las decisiones de las partes", ha recalcado la vicepresidenta. También ha subrayado que, "hasta en cuanto no haya una sentencia que diga otra cosa", hay que respetar la presunción de inocencia de la hija del Rey. Para la vicesecretaria general del PSOE, Elena Valenciano, la Infanta Cristina es "igual ante la ley", pero "no ante la seguridad" porque "corre riesgos que otros ciudadanos no corren". La número dos de los socialistas lamentó que se haya hecho "un asunto central" del "recorrido hasta el juez" que deberá realizar la Infanta, "cuando no lo es". "Creo que si fuera la Infanta, lo haría a pie", puntualizó Valenciano, que aun así justificó que hay circunstancias de seguridad que "afectan, no solo a la infanta, sino a muchas personas de relevancia pública". Desde Izquierda Unida,Cayo Lara calificó de "positiva", la opción de permitir a la Infanta trasladarse en vehículo: "El escarnio público nunca formó parte del ADN de Izquierda Unida ni de su línea de pensamiento". Aún así, cree que el anuncio "vuelve a definir que la justicia no es igual para todos en este caso", ha sostenido.No obstante, ha precisado que el juez del caso Nóos "se la está jugando y está de verdad plantándole cara al poder real en nuestro país".

Italia (El País): •

La justicia italiana vuelve a condenar por asesinato a Amanda Knox. Sospechosa, culpable, inocente, de nuevo sospechosa y finalmente, culpable. La joven norteamericana Amanda Knox ha sido condenada este jueves por un tribunal italiano a 28 años y seis meses de cárcel por cometer el brutal asesinato la noche del 1 al 2 de noviembre de 2007 de la británica Meredith Kercher, de 21 años, con la que compartía un piso de estudiantes en la ciudad de Perugia. También estaba de nuevo encausado el

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italiano Raffaele Sollecito, su novio de entonces, que este jueves ha sido condenado a 25 años de prisión. Knox y Sollecito, que fueron detenidos unas horas después del crimen y condenados en 2009 a 26 y 25 años de prisión por violación y asesinato, recobraron la libertad en 2011, después de que un tribunal de apelación formado por seis vecinos de Perugia y dos magistrados los considerase no culpables. No obstante, el pasado mes de marzo el Tribunal Supremo anuló la sentencia —por no haber tenido en cuenta el 70% de las pruebas— y ordenó repetir el proceso. Amanda Knox, está en su casa de Seattle, aparentemente decidida a no regresar a Italia jamás, y Raffaele Sollecito, en Florencia. El fallo, contra el que los abogados de Knox han anunciado un recurso ante el Supremo, mitiga en parte un dolor ya de por sí terrible, no solo por la muerte de una muchacha de 21 años que disfrutaba en Italia de una beca Erasmus, sino por las circunstancias del crimen. Según la versión de los fiscales que adoptó como valida el tribunal de primera instancia en su sentencia de 2009, la noche de autos, Amanda Knox, que entonces tenía 21 años, Raffaele Sollecito, de 22, y el marfileño Rudy Guede —también condenado en un juicio rápido a 16 años de prisión— llegaron juntos al piso de vía della Pergola donde ya se encontraba la joven Meredith: “Knox, Sollecito y Guede, bajo el efecto de estupefacientes y quizá del alcohol, decidieron llevar a cabo el proyecto de implicar a Meredith en un fuerte juego sexual”. Según los fiscales, la joven inglesa trató de negarse, pero la agresión desembocó “en un crescendo incontrolado, imparable, de violencia y juego sexual que acabó con la muerte de la muchacha británica”. Meredith recibió 43 puñaladas. El tribunal que condenó en 2009 a la pareja de novios se basó en las trazas descubiertas en el sujetador de la víctima y en un cuchillo con restos de sangre encontrado en casa de Sollecito. Según los análisis de la policía científica, se encontraron restos de ADN del joven italiano en el gancho del sujetador que Meredith llevaba en el momento del crimen y trazas de ADN de Amanda en el cuchillo. Sin embargo, un nuevo peritaje ordenado por el tribunal de apelación desacreditó esas pruebas. Los profesores Stefano Conti y Carla Vecchiotti no solo no pudieron rehacer los test debido a las malas condiciones de conservación de las pruebas, sino que advirtieron que la policía científica no había respetado “los protocolos internacionales de recolección [de pruebas] y almacenamiento”. Todo ello, unido a la falta de un móvil del delito, a la falta de testigos que situaran a la pareja aquella noche en el lugar del crimen y a una gran presión mediática y diplomática, contribuyeron al fallo absolutorio. Aquel día de octubre de 2011, ante el tribunal formado por seis vecinos de Perugia, Amanda Knox se presentó como una víctima de la justicia italiana: “Es difícil expresar lo que he sufrido en estos cuatro años. Perdí a una amiga de la manera más brutal e inexplicable posible. Y luego tuve que enfrentarme con acusaciones injustas, sin base alguna. Estoy pagando con mi vida algo que no hice. Nunca he violado, ni he asesinado ni he robado. Yo no lo hice. No estuve presente durante aquel crimen. Meredith era amiga mía. Pasaba la vida con ella. Siempre fue gentil conmigo. Ahora solo quiero volver a casa. No quiero ser privada de mi vida, de mi futuro…”. Sollecito adoptó idéntica estrategia, aunque con una ligera variación. Si Knox intentó convencer al tribunal de lo injustificado de su fama de arpía, de mujer fría y diabólica, capaz de cometer un crimen horrendo y mantener su gesto angelical, el joven italiano se esforzó en que no viesen en él al calzonazos dispuesto a hacer cualquier cosa, incluso de matar, por orden de su amada: “No soy el don Nadie que se deja manipular y haría cualquier cosa para complacer a su Venus [así lo presenta la acusación, un títere en manos de Amanda]. La noche del 1 de noviembre solo queríamos pasar una velada tierna, abrazados. Espero que para mí y Amanda existan nuevas esperanzas, un futuro nuevo. En mi pulsera llevo escrito ‘Liberi Amanda e Raffaele’ [Raffaele y Amanda libres]”. En la noche del jueves, Knox dijo estar "atemorizada y entristecida" por el veredicto, que consideró "injusto". "Habiendo sido declarada inocente antes, esperaba algo mejor del sistema de justicia italiano", aseguró Knox en un comunicado difundido por su abogado. En unas declaraciones a The New York Times, Amanda Knox dice que ha sido injustamente presentada como un ser diabólico: “Nada podrá borrar la experiencia de haber sido injustamente encarcelada”. Y que no regresará a Italia.

India (Xinhua): •

La Suprema Corte detiene ejecución de un terrorista sij. El Tribunal Supremo de la India detuvo el viernes la ejecución de un terrorista sij, Devinder Pal Singh Bhullar, y solicitó un informe sobre su salud mental. El preso fue sentenciado a pena de muerte por un tribunal indio en 2001 por su papel en un atentado con coche bomba en la capital india en 1993, en el que al menos nueve personas perdieron la vida. La decisión del tribunal se produjo tras una petición presentada recientemente por la familia de Bhullar para conmutar la pena de muerte a la de cadena perpetua, citando que tiene problemas mentales. La decisión del Tribunal Supremo llega diez días después de conmutar las penas de muerte de 15 prisioneros a las de cadena perpetua por "una demora excesiva" en decidir sus peticiones de indulto. En abril del año pasado, el Tribunal Supremo se negó a conmutar la sentencia de pena de muerte de Bhullar por la de cadena perpetua por enfermedad mental y por una demora del presidente indio sobre una petición de su familia.

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Pakistán (Xinhua): •

Tribunal emite orden de arresto contra Musharraf. Un tribunal paquistaní ha emitido una orden de arresto contra el anterior líder Pervez Musharraf hoy viernes durante la vista de un caso de alta traición después de que no se haya personado en el tribunal a pesar de haber recibido numerosas órdenes, dijeron funcionarios del mismo. La formación de tres jueces también rechazó la petición de Musharraf de salir al extranjero para recibir tratamiento médico, ya que su nombre se encuentra en la lista de personas que no pueden salir del país. Musharraf fue trasladado a un hospital militar este mes cuando se encontraba de camino al tribunal para comparecer en el caso de alta traición. El expresidente militar todavía se encuentra en tratamiento en el Instituto de Cardiología de las Fuerzas Armadas en la ciudad de guarnición de Rawalpindi, cerca de Islamabad. El hospital había presentado un informe médico al tribunal la semana pasada y el tribunal decidió que no había nada en el informe lo suficientemente serio como para impedir que Musharraf compareciera en el tribunal. El tribunal, tras expresar su veredicto sobre el informe médico de Musharraf, emitió una orden de arresto contra el antiguo líder militar. La vista ha quedado pospuesta al 7 de febrero.

Para tener en cuenta:

LUNES 3 La Paz.- El presidente de Bolivia, Evo Morales, analiza con su agente ante la CIJ, Eduardo Rodríguez, y excancilleres el fallo de la Corte sobre el litigio por límites marítimos entre Chile y Perú. San José.- Audiencia en la CIDH por el caso Cruz Sánchez contra Perú, referido a la presunta ejecución extrajudicial de tres miembros del Movimiento Revolucionario Túpac Amaru (MRTA). MARTES 4 México.- Cuarta ronda de negociaciones para alcanzar un Tratado de Libre Comercio entre México y Panamá (hasta el 7). México.- La Secretaria de Comercio de los Estados Unidos, Penny Pritzker, comienza una visita oficial a la capital mexicana y la ciudad norteña de Monterrey (hasta el 7). México.- Foro para conmemorar el 20 aniversario del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) con la participación del titular de Economía, Ildefonso Guajardo, y ex negociadores. México.- Visita oficial a México del viceprimer ministro británico, Nick Clegg. Moscú.- Arranca el juicio contra Serguéi Udaltsov, uno de los dirigentes de la oposición extraparlamentaria, acusado de planificar desórdenes masivos en 2012. MIÉRCOLES 5 San José.- Audiencia en la CIDH por el caso Gudiel Ramos contra Guatemala, sobre la supuesta falta de prevención del asesinato del defensor de derechos humanos Florentín Gudiel Ramos en 2004. JUEVES 6 San José.- Audiencia en la CIDH del caso contra Venezuela por las supuestas ejecuciones extrajudiciales de los hermanos Igmar y Eduardo Landaeta Mejías. El Cairo.- El Tribunal de Casación egipcio se pronuncia sobre los recursos contra las condenas por las 74 muertes registradas en los choques de febrero de 2012 en el estadio de fútbol de Port Said.

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Fez (Marruecos).- Audiencia sobre el caso de Mohamed al Biladi, condenado a dos años y medio en primera instancia por convertirse al cristianismo. VIERNES 7 La Haya.- La Corte Penal Internacional (CPI) dicta sentencia en el caso contra el congolés Germain Katanga, acusado de varios cargos por crímenes de guerra y contra la humanidad. SÁBADO 8 El Cairo.- Nueva sesión del juicio contra el expresidente egipcio Hosni Mubarak por su implicación en la muerte de manifestantes en 2011. Rabat.- Sentada de protesta convocada por el Club de los magistrados para reclamar la independencia del poder judicial en Marruecos. Palma de Mallorca (España).- La infanta Cristina declara ante el juez que le imputa por los presuntos delitos de fraude fiscal y blanqueo de capitales.

De nuestros archivos: archivos: 16 de enero de 2008 Italia (El Financiero) •

Corte de Casación autoriza filmes de sexo sin conocimiento de la pareja. Grabar videos en secreto de sexo con su pareja no es ilegal, dictaminó la Corte de Casación de Italia. El dictamen busca absolver a un hombre de 49 años que, sin el conocimiento de su novia, había grabado y guardado películas de ellos teniendo sexo. La disposición invalidó dos veredictos previos que le habían dado un sentencia de cuatro meses de cárcel. La mujer había accedido a que el hombre usara una cámara de video para proyectar en vivo imágenes de ellos teniendo sexo en la pared de la habitación, pero no sabía que estaba grabando la acción. La corte absolvió al hombre porque no había distribuido los filmes a otras personas. Cuando la relación terminó, el hombre dio los videos a su pareja en un paquete acompañado por una nota que decía: "Este es mi último pensamiento para ti".

Fue absuelto porque no distribuyó las películas caseras a otras personas.

Elaboración: Dr. Alejandro Anaya Huertas [email protected]

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