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SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
Jueves, 12 de noviembre del 2015
Avisos Judiciales EDICTOS EDICTO JUDICIAL Por ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Wanchaq, bajo el Despacho del señor Juez Dr Rafael Enrique Sierra Casanova y la actuación de la Especialista Legal Abog. María Eddie Zulema Villarroel Ccaso, se tramite el proceso N° 2285-2015-0-1001-JP-CI -02 solicitada por Leonor Gallegos Condori sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO donde se ha consignado en forma errónea el nombre de su progenitores siendo el nombre correcto Mariano Asunción Gallegos Barra, la misma que se pone de conocimiento de los interesados, para los fines consiguientes de ley. Wanchaq, 05 de noviembre del 2015. (12, NOV) EDICTO JUDICIAL.Por ante el Primer Juzgado de paz Letrado de Cusco, bajo el Despacho de la Señora Juez Doctora GILDA A. ZEA NUÑEZ y bajo la actuación de la Secretaria Judicial Catalina Salazar Miranda, se tramita el expediente Nro. 02507-2015-0-1001 -JP-CI-01, seguido por ANTONIO MEDRANO ROMERO en representación de JULIA ESTHER MAMANI MUÑOZ, solicita en la Vía del Proceso No Contencioso la rectificación de Partida de Nacimiento, en lo que respecta Al apellido materno de sus señores padres de su poderdante, consignado erróneamente como “MANUEL MAMANI” “IRENE MUÑOZ”, siendo lo correcto “MANUEL MAMANI HUARCAYA” y “IRENE MUÑOZ VALENCIA” se efectúa la presente publicación para los fines consiguientes de ley.. Cusco, 10 Noviembre del 2015. (12, 18, 24, NOV) RECTIFICACION DE PARTIDA DE MATRIMONIO Por ante el Tercer Juzgado de Paz Letrado del Cusco, que despacha el Dr. Mario lafael Ramos Bejar, bajo la actuación de la especialista legal Abog. Matilde Halanoca Puma se viene tramitando el proceso N°02293-2015-0-1001-JP-CI-03 seguido por CESAR AUGUSTO GUZMAN PERALTA sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE MATRIMONIO, DE SUS SEÑORES PADRES, QUE POR ERROR NO HA SIDO CONSIGNADO SE SEGENDO NOMBRE EN FORMA COMPLETA de su progenitor ni SUS APELLIDOS MATERNOS DE SUS PROGENITORES: debiendo ser lo correcto: NESTOR GENARO GUZMAN ESCALANTE y AUGUSTA PERALTA CALVO, , lo que se tramita en la vía del proceso no contencioso, lo que se publica, para los fines de ley. Cusco, 04 de Noviembre del 2015. (12, NOV) EDICTO JUDICIAL.Por ante el Primer Juzgado de paz Letrado de Cusco, bajo el Despacho de la Señora Juez Doctora GILDA A. ZEA NUÑEZ y bajo la actuación de la Secretaria Judicial Catalina Salazar Miranda, se tramita el expediente Nro. 02507-2015-0-1001-JP-CI-01, seguido por ANTONIO MEDRANO ROMERO en representación de JULIA ESTHER MAMANI MUÑOZ, solicita en la Vía del Proceso No Contencioso la rectificación de Partida de Nacimiento, en lo que respecta Al apellido materno de sus señores padres de su poderdante, consignado erróneamente como “MANUEL MAMANI” “IRENE MUÑOZ”, siendo lo correcto “MANUEL MAMANI HUARCAYA” y “IRENE MUÑOZ VALENCIA” se efectúa la presente publicación para los fines consiguientes de ley. Cusco, 10 Noviembre del 2015. (12, NOV) AVISO JUDICIAL Ante el Juzgado de Paz Letrado de Pisac - Calca, Despachado por la Dr. WILBER ABARCA QUISPE bajo la actuación del Secretario Judicial Abogado EDWIN CUENTAS CHACON se tramita la causa No 161-2015 seguida por DONATO CHIPA YO ROMERO sobre Rectificación de Partida de Nacimiento de su menor hijo DEIVIS CHIPAYO CUBA inscrita ante la Municipalidad de Taray, habiéndose consignado en forma errónea el nombre de sus progenitor - recurrente como ERASMO, siendo correcto DONATO ( DONATO CHIPAYO ROMERO); lo que se publica para fines consiguientes. Pisac, 28 de octubre del 2014. (12, NOV) PUBLICACIÓN DE SENTENCIA Ante El 5°Juzgado Civil-Sede Central en el Expediente 01142-2015-0-1001-JR-CI-05 seguido por Rocío Quispe Quispe contra el Ministerio Público sobre cambio de nombre Bajo la Dirección de la Sra. Juez Apaza Béjar y la Actuación de la Especialista Vargas Trujillo Siendo se ha Dispuesto la Publicación de un Extracto de la siguiente Sentencia: SENTENCIA, Resolución N° 08 Cusco, 09 de octubre de 2015. (...) Por estos fundamentos, se RESUELVE: DECLARAR FUNDADA la demanda de cambio de nombre presentada por Rocío Quispe Quispe, en la partida de nacimiento de su menor hija Kiara Solange Ccorimanya Quispe, en consecuencia, se ORDENA el cambio de los nombres de pila de la menor “Kiara Solange” por el de “Génesis Mikal”, debiendo quedar en forma completa como Génesis Mikal Ccorimanya Quispe, debiendo cambiarse el nombre de la titular en el Acta de Nacimiento N° 79000570 (folios 3), extendida el 05 de marzo de 2015 en el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. AUTO DE INGRESO A EJECUCIÓN, Resolución No. 09.- Cusco, 04 de Noviembre del 2015.Por estas consideraciones; SE RESUELVE: 1.- Declarar CONSENTIDA la sentencia de fojas 43 y siguientes, debiendo ingresar el proceso a la etapa de ejecución de sentencia. – (12, NOV)
EDICTO JUDICIAL.Ante el 2do. Juzgado de Paz Letrado del Cusco, despachado por el señor Juez Dr. David Barazorda Velasquez, bajo la actuación de la secretaría judicial Juana Paula Huanca Ccapcha; se tramita el Expediente Civil N°01659-2015-0-1001 -JP-CI-04 de conformidad al artículo 828 del Código Procesal Civil ha dispuesto se publique los edictos. Auto Admisorio Resolución N°05, Cusco veintiséis de octubre del dos mil quince ...SE RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE la solicitud presentada por TEODORO GUSTAVO CALVO RIVAS sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMEITNO N° 142 inscrita en la Municipalidad Provincial de Canchis, por haberse omitido el segundo apellido de su padre CENTENO siendo lo correcto ALEJANDRO CALVO CENTENO, así se ha omitido el segundo apellido de su madre de INOCENCIO, así también en lo que respecta natural de su madre se ha consignado como SICUANI cuando lo correcto es YUCAY y la edad se ha consignado como TREINTA Y DOS cuando lo correcto es TREINTA Y SEIS; en la vía del proceso NO CONTENCIOSO, lo que se publica para los fines de ley. Cusco, 28 de octubre del 2015. (12, NOV) EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Mixto de la Provincia de Espinar, que despacha el señor Juez Dr. Elmer Manuel Ochoa Galloso, bajo la actuación del Secretario Judicial Hugo Guevara Flores, se dictó sentencia en el Proceso Civil N° 151-2015-0-1009-JM-CI-01, seguido por Labriana Taquima Chañi, sobre cambio de nombre; habiéndose RESUELVE: DECLARAR FUNDADA la demanda; y, en consecuencia, SE ORDENO: I. CAMBIAR el nombre que actualmente tiene la demandante de “Labriana Chañi”, con DNI Nro. 24866792; por el de - CLAUDIA TAQUIMA CHAÑI.- debiendo ser identificada en adelante con dicho nombre en todos sus documentos oficiales; precisándose que únicamente se está disponiendo el cambio del nombre, manteniéndose inalterables los apellidos.- II.- SEÑALAR que el cambio de nombre de la demandante no la exime de las obligaciones civiles, judiciales o administrativas que tenga la demandante, tampoco modifica su vínculo consanguíneo o familiar con hijos y/o cónyuge III.- Que se realice la anotación respectiva en el Acta de Nacimiento de los Registros Civiles de la Municipalidad Provincial de Espinar, así como el RENIEC expida nuevo documento de identidad a la solicitante; lo que se publica para los fines pertinentes. Espinar, 01 de octubre de 2015.- HUGO GUEVARA FLORES.- Secretario Judicial.- JUZGADO MIXTO DE ESPINAR.- 12 NOV EDICTO JUDICIAL POR ANTE EL SEGUNDO JUZGADO MIXTO DE LA PROVINCIA DE CANCHIS –SICUANI, A CARGO DEL SEÑOR MAGISTRADO EDWIN FLORENCIO CRUZ DOMINGUEZ, CON LA ACTUACIÓN DEL SECRETARIO JUDICIAL PAÚL CÉSAR IDME UMPIRE, EN EL EXPEDIENTE N° 00276-2015-0-1007-JM-CI-02, RICARDINA CHURA DE TTITO, INTERPONE, DEMANDA SOBRE DECLARACIÓN DE MUERTE PRESUNTA: EL JUZGADO, HA EMITIDO LA RESOLUCIÓN N° 02, DE FECHA 19 DE OCTUBRE DE 2015, CUYO EXTRACTO DE LA PARTE RESOLUTIVA ES EL SIGUIENTE: “SE RESUELVE; 1.- ADMITIR a trámite la solicitud interpuesta por RICARDINA CHURA DE TTITO, sobre DECLARACIÓN DE MUERTE PRESUNTA, con emplazamiento de RICARDO TTITO HUAYHUA, con citación de YOLANDA TTITO CHURA, ROSALIA TTITO CHURA, BENEDICTO TTITO CHURA y ANTONIA TTITO CHURA. 2.- TRAMÍTESE en la vía del proceso NO CONTENCIOSO. 3. NOTIFÍQUESE al emplazado mediante edictos judiciales con el extracto de la presente resolución por tres días consecutivos en el Diario Oficial “El Peruano” a nivel nacional y en los diarios judiciales regionales de Cusco y Madre de Dios. 4.- NOTIFÍQUESE a los citados Yolanda Ttito Chura, Rosalia Ttito Chura, Benedicto Ttito Chura y Antonia Ttito Chura con la solicitud, anexos, subsanación y resolución admisoria, para lo cual cumpla la solicitante con acreditar documentadamente las direcciones domiciliarias de los citados, copias de los actuados pertinentes, derechos de notificaciones judiciales y arancel judicial por concepto de exhorto dentro y fuera del distrito judicial, si corresponde. 5. Respecto de la realización de la AUDIENCIA DE ACTUACIÓN Y DECLARACIÓN JUDICIAL, señálese en su oportunidad…” LO QUE SE PUBLICA PARA LOS FINES DE LEY. SICUANI, 09 DE NOVIEMBRE DE 2015. PAUL CESAR IDME UMPIRI.- Secretario Judicial.- Segundo Juzgado Mixto de Canchis-Sicuani.- 12 NOV
EDICTO JUDICIAL Por ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Wanchaq, bajo el Despacho del señor Juez Dr Rafael Enrique Sierra Casanova y la actuación de la Especialista Legal Abog. María Eddie Zulema Villarroel Ccaso, se tramite el proceso N° 2250-2013-0-1001-JP-CI -02 solicitada por La Cooperativa de Ahorro y Crédito QUILLACOOP sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO se ha dispuesto la notificación mediante edicto judicial a la demdnada Maria Magdalena Pezo Mescco del AUTO ADMISORIO de fecha, veintitrés de Octubre del dos mil trece.-” SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en la vía del proceso UNICO DE EJECUCION la demanda interpuesto por la COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO QUILLABAMBA QUILLACOOP, representada por su apoderada Reyna Angela Arzubialde Portugal, sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO, contra JUAN CARLOS TTITO HUANACO, MARIA MAGDALENA PEZO MESCCO, SILVIO VICENTE HANCCO OLAVE, SANDRA ACOSTA MOLLEHUANCA, BLANCA ISABEL MEDINA HANCCO Y ANTENOR APAZA TTITO, en tal virtud SE ORDENA que en el término de CINCO DIAS, los ejecutados cumplan con cancelar el monto ascendente a la suma de S/.17,150.44 (DIECISIETE MIL CIENTO CINCUENTA CON 44/100 NUEVOS SOLES), mas intereses compensatorios, moratorios, pago de gastos de protesto, costas y costos del proceso, bajo apercibimiento de iniciarse la ejecución forzada” se pone a conocimiento para los fines de ley. Wanchaq, 09 de noviembre del 2015.(11, 12, 13NOV) EDICTO JUDICIAL
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Por ante el Juzgado de Paz Letrado de Urcos, que despacha la señora Juez Dra Marina Hilares Villegas y bajo la actuación de la secretaria judicial Delia Aragón Farfán se tramita el Expediente Nro 119-2015 seguida por Cecilia Ledesma de Huillcahuamán sobre Rectificación de Partida de Nacimiento, a efecto de que se rectifique el nombre de su progenitora consignada en forma errónea como CESILIA LERESMA LOAIZA . siendo lo correcto CECILIA LEDESMA NAULA, se efectúa la presente publicación a fin de que las personas que tengan interés en el presente hagan valer su derecho conforme a ley. Urcos, 9 de noviembre del 2015. (11, 12, 13, nov) EDICTO JUDICIAL Se hace conocer que ante el Juzgado de Paz letrado de Tambobamba-Apurímac, a cargo del señor Juez Gabriel Suarez valencia; en el proceso civil N° 035-2015, julio Atilio Salas Ayerve viene solicitando la rectificación de la partida de nacimiento de quien en vida fuera su progenitora NILDA ROSARIO AYERVE DELGADO asentada en el registro Civil en la municipalidad provincial de Cotabambas, Departamento de Apurímac; respecto al nombre de la madre de la titular, registrado parcial como Elena delgado cuando lo completo es ELENA DELGADO BACILIO. Se emite el presente EDICTO JUDICIAL para los fines de ley. testigo actuario Yuri Carbajal Rojas, Tambobamba 04 de noviembre, del 2015. (11, 12, 13. NOV) EDICTO JUDICIAL Por ante el Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Espinar, que despacha la señorita Juez Nataly Consuelo Caceres Velarde, se viene tramitando el Proceso Judicial N° 214-2015-FC, habiéndose resuelto: ADMITIR A TRAMITE la demanda interpuesta por DELIA HACHA CCAPA, sobre FILIACIÓN JUDICIAL de PATERNIDAD EXTRAMATRIMONIAL y PRESTACIÓN DE ALIMENTOS a favor y en representación de su menor hija SHAMMY SAVINA PINTO HACHA, contra EBER RONMEL PINTO AYALA; debiendo tramitarse en la VÍA DEL PROCESO ESPECIAL; y conforme a lo dispuesto por el ART. 1o tercer párrafo de la Ley 28457 modificada por Ley 29821, DECLARO la paternidad extramatrimonial de EBER RONMEL PINTO AYALA, con relación a la menor SHAMMY SAVINA PINTO HACHA; en consecuencia, córrase traslado al demandado por el PLAZO DE 10 DÍAS, quien puede presentar oposición al mandato, obligándose a someterse a la prueba de ADN, abonando el costo de la prueba, conforme lo dispone el artículo 2o de la referida ley, caso contrario el mandato se convertirá en declaración judicial de Paternidad Extramatrimonial y se procederá a su registro correspondiente en el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil de la Municipalidad que corresponda. H.S.- Juez Dra N. Caceres. Secretaria Judicial K. Apaza.- Lo que se publica para los fines de Ley. Espinar; 28 de Octubre del 2015. (11, 12, 13, NOV) EDICTO JUDICIAL En el proceso civil Nro. 00523-2015-0-1018-JM-CI-01 seguido por Briguitte Eufemia Miranda Sánchez sobre Cambio de Nombre seguido ante el Segundo Juzgado Mixto del distrito de Santiago judicado por la Señora Juez Dra. Lia Evangelina Carhuarupay Béjar se ha dictado la siguiente resolución: Resolución 01-2015.- Santiago, cuatro de septiembre del dos mil quince: SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por BRIGUITTE EUFEMIA MIRANDA SACHEZ, sobre CAMBIO DE NOMBRE solicitando se suprima el segundo nombre de la recurrente “Eufemia” debiendo de quedar como BRIGUITTE MIRANDA SACHEZ Debiendo la demanda tramitarse bajo los mecanismos del PROCESO NO CONTENCIOSO, en consecuencia de conformidad con lo establecido por el artículo 828 del Código Procesal Civil publíquese los avisos por intermedio del Diario Oficial El Peruano y el Diario judicial de esta ciudad, por el plazo establecido por ley, por tal consideración señálese día y hora para la diligencia de actuación y declaración judicial para el día VEINTISEIS DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE A HORAS DOS CON TREINTA DE LA TARDE, acto que tendrá lugar en la sala de audiencias del juzgado Civil de Santiago, bajo apercibimiento concluirse el proceso en caso de inconcurrencia de las partes. A LOS MEDIOS PROBATORIOS: Téngase por ofrecidos los medios probatorios, los mismos que serán admitidos y actuados en su oportunidad. A LOS ANEXOS: Agregúese a sus antecedentes los anexos presentados. COMUNIQUESE. Lo que se pueblica para los fines de Ley-Santiago 30 de octubre del 2015. Santiago 30 de octubre del 2015, (10, 11, 12, NOV) EDICTO JUDICIAL Ante el JPLSJ-Cusco, en el Exped. N° 331-2015-CI seguido por VICTORIA VILCA ATAYUPANQUI sobre RECTIFICACIÓN DE DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD en cuanto a su estado civil, se ha dispuesto la publicación del presente para los fines de Ley.- San Jerónimo, 06-11-2015. (10, 11, 12, NOV) EDICTO JUDICIAL Ante el JPLSJ-Cusco, en el Exped. N° 332-2015-CI seguido por AMILCAR GUERRA TAYRO sobre RECTIFICACION DE SU DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD en cuanto a la consignación de su estado civil como CASADO siendo lo correcto SOLTERO, se ha dispuesto la publicación del presente para los fines de Ley- San Jerónimo, 05-11-2015. (10, 11, 12, NOV) EDICTO JUDICIAL En el Segundo Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de La Convención que despacha la Juez Angela Johanna Cornejo Valderrama, bajo la actuación de la Especialista Legal Norma Palomino Paredes se viene tramitando el Proceso N9 464-2015, seguido por NAZARIA CHAVEZ CCAPCHA, sobre Sucesión intestada de quien en vida fue don IGNACIO RIOS VALDEIGLESIAS fallecido en el distrito de La Victoria, Provincia de Lima, departamento del Lima, el día 11 de Junio del 2015.- Lo que se publica para los fines de ley.- Quillabamba, 26 de Octubre del 2015. (10, 11,12, NOV) EDICTO DE NOTIFICACION Srs. Herederos legales de Ascensión Aguirre Alcázar: En el Proceso N° 42-2014-CI segui-
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do por Fidel Aguirre Alcázar contra Vidal Aguirre Alcázar y otros sobre Nulidad de Acto Jurídico tramitado en la vía del proceso de conocimiento ante el Juzgado Mixto de Paucartambo que despacha el señor Magistrado Dr. Ermitaño Gilberto Gil Caviedes, bajo la actuación de la Secretaria Judicial Yakelin Granula Cora, mediante Resolución N° 12 se ha dispuesto: (...) 2. Se cumpla con emplazar a los herederos legales de Ascensión Aguirre Alcázar con el auto admisorio de demanda (...), cuya parte resolutiva se encuentra contenida mediante Resolución N° 02 con el siguiente tenor: (...) ADMÍTASE la demanda interpuesta por FIDEL AGUIRRE ALCAZAR sobre NULIDAD DE ACTO JURÍDICO Y EL DOCUMENTO QUE LO CONTIENE en contra de VIDAL AGUIRE ALCAZAR, TULA MUÑOZ DE AGUIRRE y la ASOCIACIÓN (ONG) INSTITUTO PAITITI DE PRESERVACIÓN DE ECOLOGÍA Y CULTURA INDÍGENA debidamente representada por Cynthia Ann Robinson y Román Hanis en la vía del proceso de CONOCIMIENTO en consecuencia córrase traslado de la demanda a los demandados por el plazo de TREINTA DIAS para que contesten la demanda, bajo expreso apercibimiento de ser declarados rebeldes y tramitarse el proceso en su rebeldía. (...). AL OTROSI: TÉNGASE como citados en la presente causa a RITA AGUIRRE ALCAZAR y los herederos legales de Q.E.V.F. ASCENSIÓN AGUIRRE ALCAZAR (...).- H.S. Paucartambo, 06 de Noviembre del 2015. (10, 11, 12, NOV) EDICTO JUDICIAL SUCESION INTESTADA.- Por ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de Cusco, Que, despacha la Señora Juez Dra.: GILDA A. ZEA NUÑEZ y bajo la actuación de la Secretaria Judicial Catalina Solazar Miranda; la Señora MIRIAM NEMESIA CACERES GALLEGOS, viene solicitando la SUCESION INTESTADA de la que en vida fue su señora madre Elvira Paulina Gallegos de Cáceres, fallecida el 19 de Enero de año 2010, publicación que se realiza para los que se crean con derecho a la sucesión, se apersonen al Proceso Civil Nro. 023522015-0-1001 -JP-CI-01 a ejercer su derecho. Cusco, 28 de Octubre del 2015. (10, 12, NOV) EDICTO JUDICIAL Por ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Wanchaq, bajo el Despacho del señor Juez Dr Rafael Enrique Sierra Casanova y la actuación de la Especialista Legal Abog. María Eddie Zulema Villarroel Ccaso, se tramite el proceso N° 989-2015-0-1001-JP-FC -02 seguido por Madahi Farfan Rojas sobre alimentos en contra de Julio Gerardo Vásquez Granilla, mediante Rs. 7 se ha dispuesto el emplazamiento del demandado mediante edicto. “Rs. N° 1 de fecha 23 de julio del 2015. ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por MADAHI FARFAN ROJAS en representación de su menor hijo Julio Gerardo Vásquez Farfán contra JULIO GERARDO VASQUEZ GRANILLA sobre PRESTACIÓN DE ALIMENTOS en la VIA DEL PROCESO UNICO, córrase traslado de la demanda al demandado, por el plazo de CINCO DIAS, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal. Dese por ofrecidos los medios probatorios...”, se pone de conocimiento del interesado, para los fines consiguientes de ley. Wanchaq, 05 de noviembre del 2015. (10, 11, 12, NOV) EDICTO JUDICIAL Ante Juzgado Mixto de Quispicanchli que despacha la Señora Jueza Dra. MARGOT INQUILTULPA CALVO , bajo actuación de la Secretaria Judicial Cinthia Karina Astete Samanez, se viene tramitando el Proceso Civil N° 120-2015-0-1014-JM-CI-01, habiéndose RESUELTO : ADMITIR la demanda interpuesta por SAMUEL SALAZAR CORDOVA e IDA VIGNATTI DIAZ DE SALAZAR , sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO DE BIEN INMUEBLE RURAL, denominado Limacpunco chile chile del Distrito de Marcapata Provincia de Quispicanchi del Departamento del Cusco , de una área de 1,2531 HAS., con un perímetro de 510.68 ML. contra Valentina Díaz viuda de vignatti y la sucesión de Carlos vignatti peralta conformada por herederos llamados Norma vignati Díaz, Georgina vignati peralta , Amelia vignati Díaz demanda que deberá ser tramitada en la VÍA DEL PROCESO ABREVIADO ; con citación a los colindantes Ministerio de Transporte y Comunicaciones bebidamente representado por el procurador publico Jaime José Vales carrillo, francisco Ponce Loayza, Celia Martínez Gutiérrez por tanto debiendo publicarse en el Diario Oficial” El Peruano” y en el diario de mayor circulación de la ciudad de Cusco conforme a ley , se publica en aplicación .dispuesto por artículos 506 del C.P.C.- Urcos, 26 de octubre del 2015. (06, 12, 18, NOV) EDICTO JUDICIAL Ante el Tercer Juzgado Especializado en lo Civil del Cusco, despachado por el señor Juez John Aleck Alfaro Tupayachi, se tramita el Proceso Civil Nro. 01967-2015-0-1001-JRCI-03. seguido por PASCUALA HUILLCA HERENCIA y TEOFILO SALAS PANTIGOZO, sobre OTORGAMIENTO DE TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD, en el que mediante Res. 01 de fecha 15-10-2015, SE RESUELVE: 1) ADMITIR A TRÁMITE la demanda interpuesta por PASCUALA HUILLCA HERENCIA y TEOFILO SALAS PANTIGOZO, sobre OTORGAMIENTO DE TÍTULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD, contra VICENTE HUILLCA FLOREZ y MAGDALENA HERENCIA PAUCAR. 2) TRAMÍTESE el presente proceso bajo los mecanismos del proceso ABREVIADO, en consecuencia, córrase traslado a la parte demandada por el término de DIEZ DIAS, bajo apercibimiento de declararse su rebeldía.- Notifíquese a los siguientes colindantes en calidad de citados cuyos domicilios se encuentran fijados en el escrito de demanda; Municipalidad Distrital de San Sebastián, Magdalena Herencia Paucar y Fortunato Carrión Huamanccari. MEDIOS PROBATORIOS: Téngase por ofrecidos los medios probatorios que indica, los cuales serán admitidos y actuados en la oportunidad procesal correspondiente.- OTROSI DIGO: Estese a lo dispuesto precedentemente.- ANEXOS: Agregúese a sus antecedentes los anexos adjuntos. Y conforme a lo establecido por el artículo 506 del Código Procesal Civil, efectúese las publicaciones del extracto de la presente por el término de tres días con intervalo de tres días, en el Diario Judicial de esta Corte Superior de Justicia, para lo cual la parte interesada deberá apersonarse a través de Administración del Módulo Corporativo Civil, a recepcionar edictos respectivos, a horas de atención al público. H. S.-Firmado por el Juez Alfaro Tupayachi.- Secretaria Judicial Altamirano Mayca. Cusco, 04 de Noviembre de 2015. (06, 12, 18, NOV) EDICTO JUDICIAL
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Ante el Juzgado Mixto Canas, que despacha el Dr. Ulises Villena Ramírez, se tramita el Proceso N° 30-2015-JM-CI. ante el Secretario Judicial Abg. Ronald Gayona Maccarcco, proceso seguido por EDUARDO CONDORI POCCO, PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD DE HANOCCA, con: PRETENSION PRINCIPAL: NULIDAD DE ACTO JURIDICO Y EL DOCUMENTO QUE CONTIENE LA ESCRITURA PUBLICA DE VENTA N° 613 DE FECHA 27 DE NOVIEMBRE DE 1999, DEL PREDIO RUSTICO ROSASPATA DE 219HAS. Y RECTIFICADA A 214.0700 HAS. QUE OTORGA VICTOR DEZA CUTIRE Y LINA TECLA ZARATE PADIN, A FAVOR DE LEON DEZA ZARATE Y LUZMARINA DEZA ZARATE, INCURSA EN LAS CAUSALES DE FIN ILICITO Y CONTRARIO AL ORDEN PUBLICO Y BUENAS COSTUMBRES. ACCESORIAMENTE: NULIDAD DE ACTO JURIDICO Y DOCUMENTO QUE LO CONTIENE DE LA ESCRITURA PUBLICA N° 679 DE ACLARACION Y DECLARACION DEL AREA Y MEDIDAS PERIMETRICAS DE INMUEBLE QUE OTORGAN VICTOR DEZA CUTIRE Y LINA TECLA ZARATE PADIN A FAVOR DE LEON DEZA ZARATE Y LUZ MARINA DEZA ZARATE, INCURSA EN LAS CAUSALES DE FIN LICITO Y CONTRARIO AL ORDEN PUBLICO Y BUENAS COSTUMBRES. NULIDAD Y CANCELACION DE LA PARTIDA ELECTRONICA N° 11029192, ASIENTO B0001 Y C0001 DE LA ZONA REGISTRAL X SEDE CUSCO, contra la sucesión hereditaria de Víctor Deza Cutiré Y Lina Tecla Zarate Padín, LEON DEZA ZARATE Y LUZ MARINA DEZA ZARATE; en la vía del PROCESO DE CONOCIMIENTO, Lo que se publica para los fines consiguientes de ley.- Yanaoca, 23 de octubre del 2015. (02, 06, 12, NOV) EDICTO JUDICIAL En el proceso civil N° 0663-2015-0-1018-JM-CI-02 que se tramita en el Segundo Juzgado Mixto del Módulo de Justicia de Santiago - Cusco. Judicado por el doctor Luis Alberto López Trelles y la actuación del Secretario Judicial Efraín Cabana Zuvileta, se ha dispuesto la publicación de edictos de un extracto del auto admisorio de la demanda, por 03 veces con intervalo de 03 dias: Resolución N° 01. Santiago, 05 de octubre de 2015. (...) Por estas consideraciones, SE RESUELVE; ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por LEONCIO JARA HOSCA y BENIGNA HUAMAN AUCCACUSI, contra la COOPERATIVA DE VIVIENDA DEL SINDICATO DE MERCADOS UNIDOS LTDA 144-67, representado por su presidente Juan Callapiña Quispe, que contiene la pretensión de PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO. Por su mérito, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 430 del Código Procesal Civil, concordante con lo precisado en el artículo 486 del citado cuerpo legal, córrase traslado a la parte demandada por el plazo legal. Al amparo de lo dispuesto por el artículo. TRAMÍTESE la demanda por la VIA DEL PROCESO ABREVIADO.H.S. Medía firma del Juez de la causa y, firma del secretario judicial.” Cusco, Santiago, 29 de octubre de 2015. (02, 06, 12 NOV) REMATE REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA En los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE CUSCO S.A. contra JESUS ADRIAN LIMACHI OVADA y MARILUZ CALLAPIÑA CCAMA sobre EJECUCION DE GARANTIAS, Exp. N° 01238-2015-0-1001-JR-CI-02; el Segundo Juzgado Civil de Cusco que Despacha el Juez Dr. Eliot A. Zamalloa Cornejo y Especialista Legal Dra. Saida Chiun Manco, ha ordenado el remate en primera convocatoria del inmueble ubicado en calle Diego de Almagro N° 431, Zona Monumental, distrito de San Sebastián, provincia y departamento de Cusco, cuyos linderos, medidas perimétricas, y demás características se encuentran inscritas en la Partida N° 11003384 del Registro de Propiedad Inmueble de Cusco. Este inmueble fue valorizado en US$. 384,057.00 (TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL CINCUENTA Y SIETE Y 00/100 DOLARES AMERICANOS) y saldrá a remate por la suma de US$. 256,038.00 (DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL TREINTA Y OCHO Y 00/100 DOLARES AMERICANOS) que equivale a los 2/3 de la tasación del bien. GRAVAMENES: 1) Hipoteca a favor de la ejecutante hasta por S/. 380,000.00; 2) Embargo en forma de inscripción a favor de Sunat hasta por S/. 10,000.00 sobre las acciones y derechos que le corresponderían a Jesús Adrián Imachi Ovada al momento de la liquidación de la sociedad de gananciales y ordenado con motivo del proceso coactivo seguido contra Jesús Adrián Imachi Ovada y 3) Embargo en forma de inscripción a favor de Sunat hasta por S/. 3,500.00 sobre las acciones y derechos que le corresponderían a Mariluz Callapiña Ccama al momento de la liquidación de ¡a sociedad de gananciales y ordenado con motivo del proceso coactivo seguido contra Mariluz Callapiña Ccama e inscritas en ios asientos D00007, D00008 y D00009 de la Partida N° 11003384 del Registro de Propiedad Inmueble de Cusco. El remate será el VEINTITRES DE NOVIEMBRE DEL PRESENTE AÑO, A LAS DIEZ DE LA MAÑANA, en la Oficina de Administración del Juzgado Civil, ubicada en el Segundo Piso, del Palacio de Justicia sito en Av. Sol S/N del Distrito, Provincia y Departamento del Cusco. Diligencia que estará a cargo del Martiliero Público Abraham Marinas Sánchez, con Registro N° 224. Los postores, oblarán una cantidad no menor a US$. 38,405.70 (TREINTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS CINCO Y 70/100 DOLARES AMERICANOS) que equivale al 10% del valor de la tasación del bien, en efectivo o cheque de gerencia (endosable y con una antigüedad menor a 30 días) y presentarán su documento oficial de identidad en original y copia, además el arancel judicial correspondiente (tributo 07153), donde conste el nombre del Juzgado, el número de Expediente y el número de documento de identidad del postor, debidamente suscrito. La comisión del Martillero será cancelada por el adjudicatario al finalizar el remate y está afecta al IGV, de conformidad con el Decreto Supremo N° 008-2005 JUS, Cusco, 16 de octubre del 2015. (11, 12, 13, 16, 17, 18 NOV) PRIMER REMATE JUDICIAL - CUSCO En los seguidos por el BBVA BANCO CONTINENTAL con CORDOVA CONSTRUCTORES S.A.C., representado por GENARO CORDOVA TORRES, sobre EJECUCION DE GARANTIAS, Expediente N° 1168-2013-0-1001-JR-CI-03, por orden del Tercer Juzgado Especializado en lo Civil de Cusco, a cargo del magistrado, JHON ALFARO TUPAYACHI, bajo el especialista legal LEYDY SOTO CATILLO; la suscrita Martillero Público, ROXANA ELENA LEON USURIN, con Reg. 302, rematará en primera convocatoria el bien inmueble: LOTES N°
Jueves, 12 de noviembre del 2015
14, 27 Y 28 DE LA MZ. E DE LA URB. LA PLANICIE SACCASHUAYLLA, SANTUTIS CHICO, DEL DISTRITO DE SAN SEBASTIAN PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE CUSCO, inscrita en la Partida Electrónica N° 11108138 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Cusco. VALOR DE TASACION: $1’050,000.00 (UN MILLON CINCUENTA MIL CON 00/100 DOLARES AMERICANOS). PRECIO BASE: $700,000.00 (SETECIENTOS MIL CON 00/100 DOLARES AMERICANOS). GRAVAMENES Y CARGAS: Asiento D0001, hipoteca inscrita a favor del BBVA Banco Continental, rectificada por el Asiento 02, de la Partida Acumulada N° 11108138, del Registro de Predios de la zona Registral N° “X” sede Cusco. Asiento 03, hipoteca a favor de Wilber Urbina Orosco y otros. Asiento 04, embargo en forma de inscripción a favor del BBVA Continental. DIA Y HORA DEL REMATE: ONCE DE DICIEMBRE DEL 2015 A LAS OCHO HORAS Y TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA . LUGAR:: En la sede del Tercer Juzgado Civil de Cusco ubicado en la Av. El Sol 239 Cusco. POSTORES: Obrarán el 10 % del Valor de tasación en efectivo o cheque de gerencia. Adjuntar tasa judicial por derecho de participación en el remate, consignar número del expediente con copia del arancel, DNI y generales de ley. COMISIÓN DEL MARTILLERO: La comisión corre por cuenta del Adjudicatario y será cancelada una vez concluido el acto de remate, de acuerdo a la escala de comisiones determinado en el Art. 18 del Decreto Supremo N° 008-2005- JUS y están afectos al IGV. INFORME: 998952084, ROXANA ELENA LEON USURIN, MARTILLERA PUBLICA. REG. 302 (10, 11, 12, 13, 16, 17, NOV) PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PUBLICO En los seguidos por JUAN ANIBAL MONCADA FREITAS Y LUZ MARINA CISNEROS BARRIOS DE MONCADA contra CARMEN AURORA JARA LOPEZ Y MARCO ANTONIO ORTIZ SERNAQUE, sobre O.D.S.D., Expediente N° 1570-2011, el 1o Juzgado de Paz Letrado del Callao, a cargo del Señor Juez Dr. Guillermo M. Herencia Gambetta, Especialista Legal SaritaLiliana León Suarez, han dispuesto sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA el siguiente inmueble Lote 3B integrante de la Hacienda Condebambilla en el Conjunto Residencial María Mercedes, Distrito de Oropesa, Provincia de Quispicanchi y Departamento del Cusco, inscrita en la partida electrónica N° 02012598 del Registro de Propiedad inmueble del Cusco. AFECTACIONES: a).- asiento 1-D de la ficha 44222 corre los siguientes gravámenes y carga: tomo 04, folio 65 asiento 3,4,5 y 7, 12,16,17 y18; tomo 86 folio 165 asientos 21,22,24 y 26; tomo 99, folio 429, asientos 32,33,35 y 36; tomo 104, folio 471, asientos 39,40,41 y 42: Anticresis, Hipotecas y Embargos, b).- Asiento D00002 Inscripción de Embargo por mandato Judicial del 1o Juzgado de Paz Letrado del Callao, mediante resolución N° 2 de fecha 24/04/12, hasta por la suma de SI. 30,900.00. VALOR COMERCIAL: US $ 39,627.50 (Treinta y Nueve Mil Seiscientos Veintisiete y 50/100 Dólares Americanos). BASE DEL REMATE: US $ 26,418.34(Veintiséis Mil Cuatrocientos Dieciocho y 34/100 Dólares Americanos) monto equivalente a las dos terceras partes del valor de tasación. DIA Y HORA DEL REMATE: El 23 de noviembre del 2015 a horas 9:30 a.m. LUGAR DEL REMATE: En el local del Juzgado sito en Av. Saenz Peña N° 472-Callao. Los postores oblarán el diez por ciento del valor de tasación en efectivo o cheque de gerencia (sin el sello no negociable) y presentar su arancel judicial con número de expediente y generales de ley, DNI original y copia. Arnulfo Alegre Elera- MARTILLERO PUBLICO- Registro Nacional N° 141. (06, 09, 10, 11, 12, 13, NOVIEMBRE) EDICTOS PENALES EDICTO PENAL QUISPICANCHI. EXPEDIENTE N° 0063-2015-9-1014-JR-PE-01. JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PERMANENTEDE QUISPlCANCHI E ITINERANTE EN CANAS. EXPEDIENTE: N° 00063-2015-9-1014-JR-PE-01. IMPUTADO ISAIAS HUANCA HUA YT A AGRAVIADO CLOTILDE VITORINO MAMANI DELITO: O.A.F. JUEZ DRA. LIZBETH YEPEZ PROVINCIA. ESP. JUD. AUD. ABOG. CARMEN VILLAFUERTE ARRIAGA. JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PERMANENTE DE UISPICANCHI¬ITINERANTE EN CANAS. Se pone en conocimiento del acusado ISAIAS HUANCA HUAYTA, se ha reprogramado fecha de Citación a Audiencia Publica de Juicio Oral para el día DOS DE DICIEMBRE DEL AÑO 2015 A HORAS DOCE DEL MEDIO DIA, en la Primera Sala de Audiencias del Juzgado Penal Unipersonal Permanente de Quispicanchi e itinerante en Canas cito en la Urb. Tambillo S/N de Urcos, al ser procesado por el delito OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR en agravio de MENORES HUOS REPRESENTADOS POR CLOTILDE VITORINO MAMANI, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER CONDUCIDO COMPULSIVAMENTE. Se publica para los fines de ley. Urcos, 06 de NOVIEMBRE del año 2015. (11, 12, 13, noviembre) EDICTO PENAL Ex .N° 1162-2014-30-1001- R-PE-04 SEÑOR: JENNER BORDA MOSCOSO Ante el Primer Juzgado Penal Unipersonal de Cusco, que despacha el señor Juez Ignacio Ortega, bajo la actuación de la especialista Gloria Ana Gil Orihuela, se CITA Y EMPLAZA a JENNER BORDA MOSCOSO , a efecto de que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra en el Expediente N°1162-2014-30-1001- R-PE-04, que se le sigue por el delito de Falsificación de Documento en General, en agravio de Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo Resolución Nro.02 Cusco, nueve de noviembre
Jueves, 12 de noviembre del 2015 del año dos mil quince DE OFICIO.-Estando a la Resolución Administrativa N°964-2015-P¬CSJCU-PJ, de fecha 29-10-2015 resolución que precede REPROGRAMESE fecha para la audiencia de juicio oral el día QUINCE DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECISEIS, a horas DIEZ de la mañana (hora exacta) en la DECIMA sala de audiencias ubicado en el tercer piso del Palacio de Justicia, con asistencia obligatoria de las partes procesales, con cuya finalidad notifíqueseles en sus domicilios señalados, subsistiendo los apercibimientos decretados en autos.¬ (11, 12, 13, noviembre) NOTIFICACION VIA EDICTO A LA PERSONA DE YOLVI AUGUSTO GUZMAN CANDIA Ante el Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Cusco, que despacha la señora Juez Dra. Luz Marina Merma Delgado, bajo la actuación de la Especialista de Juzgado Jessica Rudy Donayre Pari, se viene tramitando el Proceso Penal signado Nro. 01833-2015-0-1001-JR-PE-01, seguido contra YOLVI AUGUSTO GUZMAN CANDIA, la presunta comisión del Delito Contra La Familia en la modalidad de omisión de Asistencia Familiar, sub tipo Incumplimiento de Obligación Alimentaría, en agravio de Gladis Vanesa Guzmán Álvarez, donde mediante la resolución N° 05,se ha dispuesto la notificación vía edicto donde se emplaza a la persona de YOLVI AUGUSTO GUZMAN CANDIA, respecto de la acusación directa formulada en su contra por la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Cusco, con el tenor de las siguientes resoluciones judiciales: RESUMEN DEL REQUERIMIENTO DE ACUSACION DIRECTA. Jorge Luis Ortiz Munares, Fiscal Provincial de la Segunda Fiscalía Provincial Penal de Wanchaq a tenor de lo dispuesto en el articulo 336° inciso 4° y 349 del Código procesal Penal, FORMULA REQUERIMIENTO DE ACUSACION DIRECTA, al haber concluido la Investigación Preliminar, seguida contra YOLVI AUGUSTO GUZMAN CANDIA, la presunta comisión del Delito Contra La Familia en la modalidad de omisión de Asistencia Familiar, sub tipo Incumplimiento de Obligación Alimentaría, en agravio de Gladis Vanesa Guzmán Álvarez. DESCRIPCION DE LOS HKHOS ATRIBUIDOS AL IMPUTADO: De la revisión de los actuados de la presente Carpeta Fiscal se tiene que Roxana Alvarez Farroñan y Yolvi Augusto Guzman Candia, han mantenido una relación sentimental y a consecuencia de ello ha nacido su hija de nombre Gladis Vanesa Guzman Alvarez, unión que se realiza sin ningún tipo de problema, hasta que el demandado cambio en su conducta sin motivo aparente hasta el punto de negarse en la paternidad de su hija. El denunciado no ha cumplido con prestar alimentos a favor de la alimentista, quien tiene necesidades que cubrir puesto que se encuentra en edad de estudiar, situación que Roxana Alvarez Farroñan viene afrontando sola. Además, que el denunciado tiene capacidad económica, ya que cuenta con negocio propio dedicado a la venta de auto partes de vehículos motorizados, además de contar con un volquete con _el que se dedica al transporte de cargo, percibiendo un ingreso mensual de CINCO MIL NUEVOS SOLES por tanto, el denunciado, si se encuentra en capacidad económica. Asimismo se tiene el Acta de Audiencia Única de Saneamiento, Conciliación, Pruebas y Sentencia de fecha 05/12/2006, emitida por el Primer Juzgado de Paz Letrado de Wanchaq, en la que ordena a Yolvi Augusto Guzman Candia, por concepto de prestación de Alimentos con la suma ascendiente a S/120.00(ciento veinte conOO/100 Nuevos Soles)a favor de su hija, la Resolución N° 38 de fecha 23/10/2014,que contiene la aprobación de liquidación y requerimiento de alimentos devengados por la suma de S/.11,870.30 (Once Mil Ochocientos setenta con 30/100 Nuevos Soles), obligación que no ha sido cumplida. CUANTÍA DE LA PENA QUE SE SOLICITA: Solicita se imponga al PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD SUSPENDIDA POR EL MISMO PLAZO. Así como el pago de la REPARACIÓN CIVIL: ascendente a favor de la agraviada, sin perjuicio de pagar SI. 11.870.30 por Alimentos Devengados. CON LA RESOLUCIÓN N° 01. Cusco, catorce de agosto Del dos mil quince.¬ ¬ DADO CUENT A,- Con el requerimiento Fiscal de Acusación Directa que antecede presentado en fecha once de agosto del año dos mil quince, por el Fiscal Provincial del Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal de Wanchaq; y, estando al cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 3490 del Código Procesal Penal, y conforme a lo previsto en el artículo 3500 de la norma procesal invocada; este Órgano Jurisdiccional DISPONE: AL PRINCIPAL: 1.- CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HABILES, para que en forma escrita y motivada puedan: 1) Observar formalmente la acusación, 2) Deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) Pedir el sobreseimiento, 5) Instar la aplicación, si fuere el caso, de un criterio de oportunidad, 6) Ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8) Proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) Proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) Plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación y otros reconocidos en la ley. 11) El plazo de absolución de 10 días, se computará sin excusa alguna a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución, con prescindencia de la variación del abogado defensor del acusado no comunicada oportunamente al órgano jurisdiccional, por lo que por ésta vez, se le notificará al acusado en su domicilio real a efectos de garantizar su derecho a la defensa técnica, y en adelante solamente al domicilio procesal del abogado que lo represente en la audiencia preliminar. 2.- DESIGNAR abogado de oficio, para que asuma la defensa del imputado YOLVI AUGUSTO GUZMAN CANDIA al haberse advertido que no cuenta con defensa técnica, dejando a salvo el derecho del investigado para sustituirlo por abogado de su libre elección comunicándolo en forma inmediata al juzgado, para ello, se notificará a la Coordinadora de la Defensoría Pública en su sede institucional, para que cumpla con lo ordenado, con la designación y el apersonamiento inmediato del defensor público. Asimismo, conforme establece el fundamento trece, segundo párrafo del Acuerdo Plenario
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N° 06-201 0/CJ-116; la victima podrá solicitar su constitución en actor civil antes de que concluya el plazo otorgado por el artículo 3500 del C.P.P. 3.- PRECÍSESE que la carpeta fiscal con todos los elementos de convicción se encuentran en el Despacho Fiscal para los fines pertinentes. 4.- PRECÍSESE que sólo será objeto de debate en la audiencia preliminar las solicitudes fundamentadas por escrito y presentadas dentro del plazo legal. 5.- NOTIFÍQUESE a los sujetos procesales, incluida la parte agraviada, en los domicilios procesales proporcionados por el representante del Ministerio Publico, adjuntando copia del requerimiento de acusación directa. AL PRIMER OTROSI DIGO: Téngase en cuenta para los fines de las notificaciones válidas. AL MAS DIGO: Téngase en cuenta. Media firma la señora Juez Dra. Luz Marina Merma Delgado/ ante Jessica Rudy Donayre Pari/ Especialista Judicial de Juzgado.-Doy fe. LO QUE NOTIFICO A USTED, Cusco, 06 de noviembre del 2015, (11, 12, 13, noviembre) NOTIFICACION VIA EDICTO A LA PERSONA DE AURELlO HUAMAN HUAMAN ¬ Ante el Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Cusco, que despacha el señor Juez Dr. Gilbert Arias Paullo, bajo la actuación de la Especialista de Juzgado Jessica Rudy Donayre Pari, se viene tramitando el Proceso Penal signado Nro. 01328-2014-0-1001-JRPE-02, seguido contra AURELlO HUAMAN HUAMAN, por la presunta comisión del Delito Contra La Seguridad Pública, en la modalidad de Delitos de Peligro Común, Sub Tipo: CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD DROGADICCIÓN tipificado y sancionado en el artículo 274° del Código Penal, en agravio de LA SOCIEDAD, representada por el MINISTERIO PUBLICO, donde mediante la resolución N° 05,se ha dispuesto la notificación vía edicto donde se emplaza a la persona de AURELlO HUAMAN HUAMAN, respecto de la acusación directa formulada en su contra por la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Cusco, con el tenor de las siguientes resoluciones judiciales: RESUMEN DEL REQUERIMIENTO DE ACUSACION DIRECTA. Ivan Jesús Loo Su, Fiscal Provincial de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Cusco a tenor de lo dispuesto en el articulo 336° inciso 4° y 349 del Código procesal Penal, FORMULA REQUERIMIENTO DE ACUSACION DIRECTA, al haber concluido la Investigación Preliminar, seguida contra AURELlO HUAMAN HUAMAN, por la presunta comisión del Delito Contra La Seguridad Pública, en la modalidad de Delitos de Peligro Común, Sub Tipo: CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD DROGADICCIÓN tipificado y sancionado en el artículo 274° del Código Penal, en agravio de LA SOCIEDAD, representada por el MINISTERIO PUBLICO. DESCRIPCION DE LOS HECHOS ATRIBUIDOS AL IMPUTADO: Que, en fecha 09 de marzo del ano 2013, siendo las 16:07 horas aproximadamente, por inmediaciones del frontis de la Comisaría PNP de San Jerónimo - Cusco, la efectivo policial S02 PNP Flora Quispillo Chulla intervino a la persona de Aurelio Huaman Huaman, quien conducía el vehículo motorizado de placa de rodaje C3P-210, el mismo que en un primer momento no respeto la orden policial, dándose a la fuga y cuando es intervenido presento visibles signos de ebriedad. Por cuya razón, es sometido al examen de Dosaje Etílico, el que en su primera fase cualitativo dio positivo y el resultado cuantitativo arrojo 1.99 cgr/l, tal como se desprende del Certificado de Dosaje Etílico No. 0025-2426, obrante a fojas 06. CUANTÍA DE LA PENA QUE SE SOLICITA: Solicita se imponga al acusado AURELlO HUAMAN HUAMAN, UN ANO Y SEIS MESES DE PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD SUSPENDIDA EN SU EJECUCION y SE IMPONGA LA PENA DE INHABILlTACION ESPECIFICAMENTE LA INCAPACIDAD PARA OBTENER AUTORIZACION PARA CONDUCIR CUALQUIER TIPO DE Vehículo POR IGUAL TIEMPO QUE LA PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD. Así como el pago de la REPARACIÓN CIVIL: ascendente a UN MIL NUEVOS SOLES (S/1,000.00) a favor de la SOCIEDAD REPRESENTADA POR EL MINISTERIO PUBLICO. CON LA RESOLUCIÓN N° 05. Cusco, seis de noviembre Del dos mil quince.¬ DADO CUENT A.- En la fecha por la recargada labor que viene soportando ésta Secretaría; con el oficio que antecede, presentado por el Despacho Fiscal de la causa y estando a su contenido, téngase en cuenta y glosese a sus antecedentes; ATENDIENDO El requerimiento Fiscal de Acusación Directa que antecede presentado en fecha treinta de junio del año dos mil catorce, por el Fiscal Provincial Penal de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cusco; y estando al cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 3490 del Código Procesal Penal, y conforme a lo previsto en el artículo 3500 de la norma procesal invocada; este Órgano Jurisdiccional DISPONE: 1.-CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS UTlLES, a efectos de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad (principio de oportunidad), 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación a señalarse en su oportunidad. 11) El plazo de absolución de 10 días, se computará sin excusa alguna a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución, con prescindencia de la variación del abogado defensor del acusado no comunicada oportunamente al órgano jurisdiccional, por lo que por ésta vez, se le notificará al acusado en su domicilio real a efectos de garantizar su derecho a la defensa técnica, y en adelante solamente al domicilio procesal del abogado que lo represente en la audiencia preliminar. Asimismo, conforme establece el fundamento trece, segundo párrafo del Acuerdo Plenario N° 06-201 0/CJ-116; la victima podrá solicitar su constitución en actor civil antes de que concluya el plazo otorgado por el artículo 3500 del C.P.P. 2.-NOTIFlCAR la presente resolución a todos los sujetos procesales en sus respectivos domicilios procesales señalados
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en autos; y VIA EDICTOS al imputado por haber sido declarado ausente. 3.¬DESIGNAR abogado de oficio, para que asuma la defensa del imputado AURELlO HUAMAN HUAMAN, al haberse advertido que no cuenta con defensa técnica, dejando a salvo el derecho del investigado para sustituirlo por abogado de su libre elección comunicándolo en forma inmediata al juzgado, para ello, se notificará a la Coordinadora de la Defensoría Pública en su sede institucional, para que cumpla con lo ordenado, con la designación y el apersonamiento inmediato del defensor público. AL OTROSI DIGO: Téngase por NO recepcionada la carpeta fiscal al no estar anexa al requerimiento de Acusación Directa. Media firma el señor Juez Dr. Gilbert Arias Paullo, bajo la actuación de la Especialista de Juzgado Jessica Rudy Donayre Pari.¬ Doy fe. LO QUE NOTIFICO A USTED. Cusco, 06 de noviemmbre del 2015, CON LA RESOLUCIÓN N° 05. Cusco, seis de noviembre Del dos mil quince.¬ DADO CUENT A.- En la fecha por la recargada labor que viene soportando ésta Secretaría; con el oficio que antecede, presentado por el Despacho Fiscal de la causa y estando a su contenido, téngase en cuenta y glosese a sus antecedentes; ATENDIENDO El requerimiento Fiscal de Acusación Directa que antecede presentado en fecha treinta de junio del año dos mil catorce, por el Fiscal Provincial Penal de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cusco; y estando al cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 3490 del Código Procesal Penal, y conforme a lo previsto en el artículo 3500 de la norma procesal invocada; este Órgano jurisdiccional DISPONE: 1.-CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS UTlLES, a efectos de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad (principio de oportunidad), 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación a señalarse en su oportunidad. 11) El plazo de absolución de 10 días, se computará sin excusa alguna a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución, con prescindencia de la variación del abogado defensor del acusado no comunicada oportunamente al órgano jurisdiccional, por lo que por ésta vez, se le notificará al acusado en su domicilio real a efectos de garantizar su derecho a la defensa técnica, y en adelante solamente al domicilio procesal del abogado que lo represente en la audiencia preliminar. Asimismo, conforme establece el fundamento trece, segundo párrafo del Acuerdo Plenario N° 062010/Cj-116; la victima podrá solicitar su constitución en actor civil antes de que concluya el plazo otorgado por el artículo 3500 del C.P.P. 2.-NOTlFICAR la presente resolución a todos los sujetos procesales en sus respectivos domicilios procesales Señalados en autos; y VIA EDICTOS al imputado por haber sido declarado ausente. 3.¬ DESIGNAR abogado de oficio, para que asuma la defensa del imputado AURELlO HUAMAN HUAMAN, al haberse advertido que no cuenta con defensa técnica, dejando a salvo el derecho del investigado para sustituirlo por abogado de su libre elección comunicándolo en forma inmediata al juzgado, para ello, se notificará a la Coordinadora de la Defensoría Pública en su sede institucional, para que cumpla con lo ordenado, con la designación y el apersonamiento inmediato del defensor público. AL OTROSI DIGO: Téngase por NO recepcionada la carpeta fiscal al no estar anexa al requerimiento de Acusación Directa. Media firma el señor Juez Dr. Gilbert Arias Paullo, bajo la actuación de la Especialista de juzgado Jessica Rudy Donayre Pari. Doy fe. LO QUE NOTIFICO A USTED. Cusco, 06 de noviembre del 2015, (11, 12, 13, noviembre) EDICTO JUDICIAL En el proceso Civil Nro 00001-2014-0-1003-JM-FC-01, Por ante el Juzgado Mixto, Liquidador y Unipersonal de la Provincia de Acomayo del departamento del Cusco, que Despacha la señora Juez Titular Vanessa Paulina Castillo Cusi, bajo la actuación del Especialista Judicial Luis Enrique Alvarez Cáceres, se ha dispuesto la publicación edictal siguiente: ~ RESOLUCIÓN N° 20 de fecha tres de noviembre del año dos mil quince¬ Auto que declara consentida la sentencia; VISTO (. ..) 1, CONSIDERANDO (...), este despacho Judicial: RESUELVE: DECLARAR CONSENTIDA la sentencia su fecha dieciséis de marzo del dos mil quince, siendo su estado de la presente causa REQUIÉRASE al sentenciado JAVIER BALLADARES CHARA, a fin de que cumpla con pagar el monto dispuesto en la sentencia por concepto de reparación del daño ocasionado a favor de la agraviada Yovana Ttupa Sicus, dentro del QUINTO día de notificado con la presente resolución bajo apercibimiento de ley; para efectos de la notificación al demandado con la presente resolución, efectúese mediante edictos y en la tabilla del juzgado y el Diario la Republica; lo que se publica para los fines pertinentes de ley. l.Vz. Acomayo, 03 de noviembre del año 2015. (11, 12, 13, noviembre) EDICTO PENAL SEÑOR: WILFREDO ARTURO CALLOQUISPE MARTINEZ El señor Juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dr. Arias Paullo, en el proceso Nro 2070-2015-0-1001-JR-PE-05, seguido contra Wilfredo Arturo Calloquispe Martínez, por el delito de Conducción en Estado de Ebriedad, en agravio de la Sociedad, bajo la actuación ‘del especialista Judicial Abog, Rodríguez Ugarte, se ha dispuesto notificarle con la Resolución N° 01 del 01/09/15 Y el extracto de la acusación fiscal cuyo contenido es el siguiente:
Jueves, 12 de noviembre del 2015
,. REQUERIMIENTO DE ACUSACION DIRECTA.- El Fiscal Provincial de la Primera Fiscalia Provincial Penal de Wachaq formula ACUSACIÓN DIRECTA contra Wilfredo Arturo Calloquispe Martínez como autor de la presunta comisión del Delito Contra la Seguridad Publica en la modalidad de Peligro Común, subtipo CONDUCCIÓN DE VEHICULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, tipificado en el articulo 274 del C.P en agravio de la SOCIEDAD; respecto de los hechos ocurridos en fecha 13/02/15, El Ministerio Publico, solicita que se imponga al acusado DOS AÑOS Y SEIS MESES DE PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD suspendida en su ejecución por el mismo plazo e INHABILlTACION por el mismo plazo consistente en la suspensión para obtener autorización para conducir cualquier tipo de vehículo, y el pago de una REPARACION CIVIL de MIL QUINIENTOS NUEVOS SOLES a favor de la SOCIEDAD. RESOLUCIÓN NRO. 01 Cusco, 01/09/15,- DADO CUENTA: (...) DISPONE: 1. CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HABILES, para que en forma escrita y motivada puedan: 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación, si fuere el caso, de un criterio de oportunidad, 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8), propone( los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación y otros reconocidos en la ley. 11) El plazo de absolución de 10 días, se computará sin excusa alguna a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución, con prescindencia de la variación del abogado defensor del acusado no comunicada oportunamente al órgano jurisdiccional, por lo que por ésta vez, se le notificará al acusado en su domicilio real a efectos de garantizar su derecho a la defensa técnica, y en adelante solamente al domicilio procesal del abogado que lo represente en la audiencia preliminar. 2. Asimismo, conforme establece el fundamento trece, segundo párrafo del Acuerdo Plenario N° 06-2010/CJ-116; la victima podrá solicitar su constitución en actor civil antes de que conduzca el lazo otorgado por el artículo 3500 del C.P.P. 3. PRECISESE que la carpeta fiscal con todos los elementos de convicción se encuentran en las oficinas del Ministerio Público, para los fines pertinentes. 4. PRECISESE que sólo será objeto de debate en la audiencia preliminar las solicitudes fundamentadas por escrito y presentadas dentro del plazo legal. 5. NOTIFIQUESE a los sujetos procesales, incluida la parte agraviada, en los domicilios procesales proporcionados por el representante del Ministerio Publico (...) Lo que notifico a Usted, Media Firma del Señor Juez Dr. Gilbert Arias Paullo, ante mi F. Eduardo Rodríguez Ugarte, de que doy fe. Cusco, 28 de octubre del 2015 EDICTO PENAL SEÑOR: WALTHER ISAAC CONDORI HUAMAN El señor Juez del Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dr. Gudriel Díaz Usca, en el proceso Nro. 01634-2015-0-1001-)R-PE-06, seguido contra Walther Isaac Condori Huamán con DNI 42755418, por el delito de Conducción en Estado de Ebriedad, en agravio de la Sociedad, bajo la actuación del especialista Judicial Abog. Ricardo Zapata Bravo, se le ha dispuesto notificar con la Resolución N° 01 del 23/07/15 y el extracto de la acusación fiscal cuyo contenido es el siguiente: REOUERIMIENTO DE ACUSACION DlRECTA.- El Fiscal Provincial de la Primera Fiscalía Provincial Penal de Wanchaq, formula ACUSACIÓN DIRECTA contra WALTHER ISAAC CONDORI HUAMAN como autor del delito contra la Seguridad Publica - Peligro Común, en la modalidad de CONDUCCION DE VEHICULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de la SOCIEDAD representada por el Ministerio Publico, la Fiscalía ha tipificado en delito en el primer párrafo del Artículo 274° del Código Penal (modificado por la Ley N° 29439); sobre los hechos ocurridos en fecha 28/02/15. El Ministerio Publico, solicita que se IMPONGA al acusado Walther Isaac Condori Huaman, UN ANO DE PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD SUSPENDIDA e INHABILlTACION PARA OBTENER AUTORIZACIÓN PARA CONDUCIR CUALQUIER TIPO DE VEHICULO POR IGUAL TIEMPO, Y el pago de una REPARACION CIVIL de SI. 700 NUEVOS SOLES a favor de la Sociedad. Resolución Nro. 01. Cusco. 23/07/15.- DADO CUENTA: Con el requerimiento Fiscal de Acusación Directa que antecede (...) DISPONE: 1. CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HABILES, para que en forma escrita y motivada puedan: 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación, si fuere el caso, de un criterio de oportunidad, 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8), proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación y otros reconocidos en la ley. 11) El plazo de absolución de 10 días, se computará sin excusa alguna a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución, con prescindencia de la variación del abogado defensor del acusado no comunicada oportunamente al órgano jurisdiccional, por lo que por ésta vez, se le notificará al acusado en su domicilio real a efectos de garantizar su derecho a la defensa técnica, y en adelante solamente al domicilio procesal del abogado que lo represente en la audiencia preliminar. 2. Asimismo, conforme establece el fundamento trece, segundo párrafo del Acuerdo Plenario N° 06-2010ICj-116; la victima podrá solicitar su constitución en actor civil antes de que conduya el plazo otorgado por el artículo 3500 del C.P.P. 3. PRECISESE que @ carpeta fiscal con todos los elementos de
Jueves, 12 de noviembre del 2015 convicción se encuentran en las oficinas del Ministerio Público. para los fines pertinentes. 5. PRECISESE que sólo será objeto de debate en la audiencia preliminar las solicitudes fundamentadas por escrito y presentadas dentro del plazo legal. 6. NOTIFIQUESE a los sujetos procesales, incluida la parte agraviada, (...) Lo que notifico a Usted, Media Firma del Señor Juez Dr. Gudriel Díaz Usca, ante mi Ricardo Zapata Bravo, de que doy fe. Cusco, 23 de setiembre del 2015. (11, 12, 13, noviembre) 1° SALA LABORAL - SEDE CENTRAL EXPEDIENTE : 00005-2015-0-1001-JR-LA-01 MATERIA : REPOSICION RELATOR : AQUILES SOTELO LAYME DEMANDADO : CONSORCIO DE EMPRESAS DE TRANSPORTE TURISTICO MACHUPICCHU CONSETTUR MACHUPICCHU SAC , DEMANDANTE : VELARDE PALACIOS, ANGEL LUIS
Resolución Nro. 9 Cusco, veintitrés de Octubre del dos mil quince.DE OFICIO: AUTOS Y VISTOS: Habiéndose producido Discordia en el presente proceso, por parte de la Señora Jueza Superior Gamarra Flores, voto suscrito por la señora Magistrada Holgado Noa resolviendo: CONFIRMAR en parte la sentencia del 25 de mayo del 2015 contenida en la Resolución Nº 06 (folios 157) respecto al extremo que declara INFUNDADA, la tacha planteada por el demandante, en contra de la sesión de directorio 001-2014 (fojas 71). REVOCAR en parte la sentencia del 25 de mayo del 2015 contenida en la Resolución Nº 06 (folios 157) que falla declarando: INFUNDADA, la demanda de fojas 32 y siguientes, interpuesta por ANGEL LUIS VELARDE PALACIOS contra EL CONSORCIO DE EMPRESAS DE TRANSPORTE TURISTICO MACHUPICCHU – CONSETTUR MACHUPICCHU SAC; sobre, Reposición en su centro de trabajo, en el cargo ocupado antes de la violación de sus derechos de trabajador, siendo esta la de asistente de contabilidad, todo debido al haberse configurado despido fraudulento, del que fue objeto con todos los derechos que percibía y los que se devenguen en el decurso del presente proceso (…)” Y REFORMANDO la misma sentencia declararon: FUNDADA la demanda presentada por ANGEL LUIS VELARDE PALACIOS contra el Consorcio de Empresas de Transporte Turístico Machupicchu “Consettur Machupicchu SAC” sobre reposición en su centro de trabajo en el cargo ocupado antes de la violación de sus derecho de trabajador, siendo esta la de “Asistente de Contabilidad”, en consecuencia ORDENO a la demandada cumpla con reponer al demandante en su puesto de trabajo en calidad de Asistente de Contabilidad en las mismas condiciones y nivel remunerativo que gozaba antes del 30 de noviembre del 2014, lo que debe ser cumplido una vez quede consentida o ejecutoriada la presente.- Con costos y con costas. Al voto Ponente del Señor Juez Superior Bustamante del Castillo resolviendo: REVOCARON la sentencia del 25 de mayo del 2015, contenida en la Resolución N° 06 (folios 176) que falla declarando: Infundada la Excepción de Caducidad planteada por el Consettur Machupicchu SAC; Infundada la tacha planteada por el demandante con el acta de sesión de directorio 001-2004 (…)Infundada la demanda interpuesta por Angel Luis Velarde Palacios contra el Consorcio de Empresas de Transporte Turístico Machupicchu “Consettur Machupicchu SAC”sobre Reposición en su centro de trabajo en el cargo ocupado (...) Y REFORMANDOLA declararon Improcedente la misma sentencia, por la caducidad de la pretensión de reposición por despido fradulento, interpuesta por Angel Luis Velarde Palacios contra el Consorcio deEmpresas de Transporte Turístico Machupicchu “Consettur Machupicchu SAC, en consecuencia, ARCHÍVESE los actuados en forma definitiva una vez quede consentida o ejecutoriada la presente. Sin costas y ni costos Y existiendo Juez Superior hábil en el colegiado de la Segunda Sala Laboral; DISPUSIERON DESIGNAR como vocal Dirimente a la Señora Jueza Superior OFELIA PAREDES SALAS SEÑALANDO como fecha para Audiencia vista de causa (dirimencia) el día 4 de Diciembre del año 2015, a horas 8:30 am., la que se realizara en la Sala de Audiencias ubicada en el Segundo Piso oficina 210 del Palacio de Justicia. ORDENARON que mediante Secretaría de esta Sala se cumpla con las publicaciones del tenor de la presente. S.S
HOLGADO NOA GAMARRA FLORES (11, 12, 13, noviembre) 1° SALA LABORAL - SEDE CENTRAL EXPEDIENTE : 00267-2015-0-1001-JR-LA-01 MATERIA : INDEM. POR DAÑOS Y PERJUICIOS POR INCUMP. DE CONTRATO RELATOR : AQUILES SOTELO LAYME DEMANDADO : LA DIRECCION EJECUTIVA DEL PROGRAMA DE DESARROLLO PRODUCTIVO AGRARIO RURAL AGRORURAL DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA , PROCURADOR PUBLICO DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA , DEMANDANTE : PRADA VARGAS, FELIX AMILCAR
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Resolución Nro.7 Cusco, veintitrés de Octubre Del dos mil quince.DE OFICIO: AUTOS Y VISTOS: Habiéndose producido Discordia en el presente proceso, por parte de la Señora Jueza Superior Gamarra Flores quien resuelve: DECLARE NULA la Sentencia del 28 de mayo del 2015, contenida en la Resolución Nº 2 (folios 59), que declara INFUNDADA la excepción de prescripción extintiva propuesta por el Procurador del Ministerio de Agricultura en el escrito de contestación; FUNDADA en parte la demanda 17 a 23 de autos presentado por FELIX AMILCAR PRADA VARGAS contra LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PROGRAMA DE DESARROLLO PRODUCTIVO AGRARIO RURAL (AGRO RURAL). SE DISPONE que el A quo antes de emitir nuevo pronunciamiento cumpla con observar los aspectos señalados en el contenido del presente Voto en Discordia. RECOMENDARON al señor Juez de origen, para que en observancia de los principios de celeridad, economía procesal y la efectiva tutela de los derechos e intereses de los administrados, cumpla con los extremos del presente Voto en Discordia a la brevedad posible.. Al voto Ponente de la Señora Jueza Superior Holgado Noa y suscrito por el señor Juez Superior Bustamante del Castillo resolviendo: DECLARE NULA la sentencia contenida en la Resolución N° 02, del 28 de mayo del 2015 (fojas 59 a 66), DEBIENDO el Juez del proceso volver a emitir sentencia con la debida motivación y actuar la diligencias que vea conveniente, todo esto en el proceso laboral iniciado por interpuesta por presentado por FELIX AMILCAR PRADA VARGAS contra LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PROGRAMA DE DESARROLLO PRODUCTIVO AGRARIO RURAL (AGRO RURAL) con el siguiente petitorio: 1.- Pago de S/. 220,658.29 nuevos soles por indemnización por daños y perjuicios por lucro cesante en el cargo de Jefe Zonal de Anta desde el 01/04/2005 al 19/08/2009 como consecuencia de la invalidez del despido, una remuneración de gratificación por fiestas patrias, una remuneración de gratificación por navidad y Compensación por tiempo de servicios más los intereses legales laborales de acuerdo a lo siguiente: Abril a Diciembre 2005 Remuneración abril a diciembre, 09 meses, Aguinaldo por fiestas patrias, Aguinaldo por navidad, CTS; Enero 2006 al 19 de agosto 2009 (41 meses más 19 días), 41 Meses y 19 días de remuneraciones, Aguinaldo por fiestas patrias, Aguinaldo por navidad y CTS. Y existiendo Juez Superior hábil en el colegiado de la Segunda Sala Laboral; DISPUSIERON DESIGNAR como vocal Dirimente a la Señora Jueza Superior OFELIA PAREDES SALAS SEÑALANDO como fecha para Audiencia vista de causa (dirimencia) el día 07 de Diciembre del año 2015, a horas 3:00 pm., la que se realizara en la Sala de Audiencias ubicada en el Segundo Piso oficina 210 del Palacio de Justicia. ORDENARON que mediante Secretaría de esta Sala se cumpla con las publicaciones del tenor de la presente. S.S
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(11, 12, 13, noviembre) 1° SALA LABORAL - SEDE CENTRAL EXPEDIENTE : 04083-2012-0-1001-JR-LA-02 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : AQUILES SOTELO LAYME DEMANDADO : GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO , DIRECCION REGIONAL DE SALUD CUSCO , PROCURADOR PUBBLICO DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO , DEMANDANTE : PINARES BONETT, MITSY YAMIL
Resolución Nro.22 Cusco, veintidós de Octubre del dos mil quince.DE OFICIO: AUTOS Y VISTOS: Habiéndose producido Discordia en el presente proceso, por parte de la Señora Jueza Superior Holgado Noa, voto suscrito por el señor Magistrado Ladron de Guevara de la Cruz resolviendo: DECLARAR NULA la sentencia contenida en la Resolución N.° 09, de fecha 4 de noviembre del año 2013 (folio 229-233) que declara IMPROCEDENTE la demanda contenciosa administrativa interpuesta por Mitsy Yamil Pinares Bonett contra la Dirección Regional de Salud con citación al Procurador Público del Gobierno Regional. Renovando el acto nulo SE DISPONGA que el Juez emita nueva sentencia teniendo presente lo señalado en la presente. Al voto Ponente del Señor Juez Superior Bustamante del Castillo resolviendo: CONFIRMAR la Sentencia del 30 de abril del 2015 (folios 337), que falla declarando IMPROCEDENTE en todos sus extremos la demanda contenciosa administrativa interpuesta por MITSY YAMIL PINARES BONNETT contra el Gobierno Regional del Cusco, representado por su presidente y la Dirección Regional del Cusco, con citación del Procurador Publico del gobierno Regional del Cusco Y existiendo Juez Superior hábil en el colegiado de la Segunda Sala Laboral; DISPUSIERON DESIGNAR como vocal Dirimente a la Señora Jueza Superior OFELIA PAREDES SA-
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LAS SEÑALANDO como fecha para vista de causa (dirimencia) el día 03 de Diciembre del año 2015, a horas 3:00 pm., la que se realizara en la Sala de Audiencias ubicada en el Segundo Piso oficina 210 del Palacio de Justicia. ORDENARON que mediante Secretaría de esta Sala se cumpla con las publicaciones del tenor de la presente. S.S
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de Compensación por tiempo de servicios; consecuentemente: - Declara - como desnaturalizado los contratos de servicios no personales celebrados entre las partes en el periodo 01 de enero del 2001 al 31 de diciembre del 2008, y declaro que las partes se encuentran vinculadas por un contrato de trabajo de plazo indeterminado bajo el régimen laboral de la actividad privada D. Leg. 728 desde el 01 de enero del 2001 en adelante; y que desde el 01 de enero del 2009 el actor desempeña el cargo de Supervisor de seguridad; - Declara -como nulos los contratos administrativos de servicios celebrados entre las partes desde el 01 de enero del 2009 en adelante;- Ordena - a la CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO cumpla con pagar al actor por las pretensiones económicas amparadas la suma de DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL NOVENTA Y UN NUEVOS SOLES CON TRES CENTIMOS mas intereses legales laborales que serán liquidados en la etapa de ejecución, una vez quede consentida o ejecutoriada la presente.- Sin costas y con costos….”
1° SALA LABORAL - SEDE CENTRAL EXPEDIENTE : 02280-2014-0-1001-JR-LA-01 MATERIA : DERECHOS LABORALES RELATOR : AQUILES SOTELO LAYME EMPLAZADO : PROCURADOR PUBLICO DEL PODER JUDICIAL , DEMANDADO : CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO , DEMANDANTE : MANGA VALCARCEL, GUILLERMO
Y existiendo Juez Superior hábil en el colegiado de la Segunda Sala Laboral; DISPUSIERON DESIGNAR como vocal Dirimente a la Señora Jueza Superior OFELIA PAREDES SALAS SEÑALANDO como fecha para Audiencia vista de causa (dirimencia) el día 04 de Diciembre del año 2015, a horas 10:30 am., la que se realizara en la Sala de Audiencias ubicada en el Segundo Piso oficina 210 del Palacio de Justicia. ORDENARON que mediante Secretaría de esta Sala se cumpla con las publicaciones del tenor de la presente. S.S
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Resolución Nro. 17 Cusco, veintitrés de Octubre del dos mil quince.DE OFICIO: AUTOS Y VISTOS: Habiéndose producido Discordia en el presente proceso, por parte de la Señora Jueza Superior Holgado Noa quien resuelve: DECLARE NULA la sentencia contenida en la Resolución N° 10 de fecha 28 de abril del 2015 (fojas 568 a 583), venido en grado de apelación que declara: “(...) FUNDADA la demanda de fojas cuatrocientos catorce a cuatrocientos cuarenta y dos de autos presentado por GUILLERMO MANGA VALCARCEL contra la CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO con el siguiente petitorio: i) Que, la relación laboral contractual con la demandada Corte Superior de Justicia del Cusco sea declarada desnaturalizada y como consecuencia de ello se declare uno de plazo indeterminado desde su fecha e ingreso 01 de enero del 2001, en el cargo de Supervisor de Seguridad de la Corte Superior de Justicia del Cusco; ii) Se declare la nulidad de todos los contratos administrativos de servicios – CAS celebrados desde el año 2009 hasta la interposición de la demanda, puesto que desde su ingreso a la Corte Superior de Justicia del Cusco pertenecía y pertenece al régimen laboral de la actividad privada, regulado por el D. leg. N° 728; iii) Que, la demandada cumpla con el pago por concepto de regularización de beneficios sociales consistentes en: a) Asignación familiar; b) Gratificaciones ordinarias; c) Vacaciones e Indemnización Vacacional; d) Escolaridad; e) Bonificación extraordinaria; f ) Horas extras, g) Trabajo nocturno; h) Feriados laborados; i) Bonificación por función jurisdiccional; desde el 01 de enero del 2001 hasta el 31 de julio del 2014, mas intereses legales laborales; e IMPROCEDENTE respecto de la pretensión de Compensación por tiempo de servicios; consecuentemente: 1.- Declaro como desnaturalizado los contratos de servicios no personales celebrados entre las partes en el periodo 01 de enero del 2001 al 31 de diciembre del 2008, y declaro que las partes se encuentran vinculadas por un contrato de trabajo de plazo indeterminado bajo el régimen laboral de la actividad privada D. Leg. 728 desde el 01 de enero del 2001 en adelante; y que desde el 01 de enero del 2009 el actor desempeña el cargo de Supervisor de seguridad; 2.- Declaro como nulos los contratos administrativos de servicios celebrados entre las partes desde el 01 de enero del 2009 en adelante; 3.- Ordeno a la CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO cumpla con pagar al actor por las pretensiones económicas amparadas la suma de DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL NOVENTA Y UN NUEVOS SOLES CON TRES CENTIMOS mas intereses legales laborales que serán liquidados en la etapa de ejecución, una vez quede consentida o ejecutoriada la presente.- Sin costas y con costos”. DEBIENDO el Juez del proceso proceder a EMITIR nueva sentencia conforme a lo desarrollado en los considerandos precedentes.
Al voto Ponente de la Señora Jueza Superior Gamarra Flores y suscrita por el señor Juez Superior Chacón Alfaro resolviendo: CONFIRMAR La sentencia contenida en la Resolución N° 10 del 28 de abril del año 2015 (folios 568 a 583), que declara “ FUNDADA la demanda de fojas cuatrocientos catorce a cuatrocientos cuarenta y dos de autos presentado por GUILLERMO MANGA VALCARCEL contra la CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO con el siguiente petitorio: i) Que, la relación laboral contractual con la demandada Corte Superior de Justicia del Cusco sea declarada desnaturalizada y como consecuencia de ello se declare uno de plazo indeterminado desde su fecha e ingreso 01 de enero del 2001, en el cargo de Supervisor de Seguridad de la Corte Superior de Justicia del Cusco; ii) Se declare la nulidad de todos los contratos administrativos de servicios – CAS celebrados desde el año 2009 hasta la interposición de la demanda, puesto que desde su ingreso a la Corte Superior de Justicia del Cusco pertenecía y pertenece al régimen laboral de la actividad privada, regulado por del D. leg. N° 728; iii) Que, la demandada cumpla con el pago por concepto de regularización de beneficios sociales consistentes en: a) Asignación familiar; b) Gratificaciones ordinarias; c) Vacaciones e Indemnización Vacacional; d) Escolaridad; e) Bonificación extraordinaria; f ) Horas extras, g) Trabajo nocturno; h) Feriados laborados; i) Bonificación por función jurisdiccional; desde el 01 de enero del 2001 hasta el 31 de julio del 2014, mas intereses legales laborales; e IMPROCEDENTE respecto de la pretensión
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(11, 12, 13, noviembre) 1° SALA LABORAL - SEDE CENTRAL EXPEDIENTE : 01512-2013-0-1001-JR-LA-01 MATERIA : REPOSICION RELATOR : AQUILES SOTELO LAYME DEMANDADO : MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO , PROCURADOR PUBLICO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO , DEMANDANTE : POBLETE SALCEDO, KILMER Resolución Nro.21 Cusco, veintisiete de Octubre Del dos mil quince.DE OFICIO: AUTOS Y VISTOS: Habiéndose producido Discordia en el presente proceso, por parte del Señor Juez Superior Bustamante del Castillo quien resuelve: CONFIRMAR el Auto relevante contenido en la Resolución Nº 17 del 19 de junio del 2015 (folios 157), que resuelve: “(…) DECLARAR: NULO todo lo actuado hasta el Auto admisorio contenido en la Resolución N° 1, del 13 de mayo de 2013 (folio 19), DEJESE SIN EFECTO la citación para audiencia Única señala para el día de la fecha de la presente resolución, y volviendo a calificar la demanda y volviendo a calificar la demanda; DECLARO INADMISIBLE la demanda interpuesta por KILMER POBLETE SALCEDO, contra la Municipalidad Distrital de Santiago, representado por su Alcalde; con citación del Procurador Público de la Municipalidad Distrital de Santiago” REVOCAR el mismo Auto en el extremo que concede plazo a efecto de adecuar la demanda y REFORMANDO este extremo DISPONER que se conceda un plazo razonable a efecto de que el actor pueda acreditar las nuevas exigencias del Precedente Huatuco y cumplido, se emita la Resolución correspondiente y/o declare IMPROCEDENTE la demanda, disponiendo la reconducción del presente proceso. Y voto en discordia de la Señora Magistrada Paredes Salas resolviendo: Declarar NULO TODO LO ACTUADO e IMPROCEDENTE la demanda; debiendo REMITIRSE el proceso al Juzgado Especializado de Trabajo – Actividad Pública y Previsional de turno de este Distrito Judicial, a fin de que proceda a calificar la demanda conforme a los fundamentos precedentes. Al voto Ponente de la Señora Jueza Superior Gamarra Flores resolviendo: DECLARAR la NULIDAD del Auto contenido en la Resolución N° 17, de fecha 19 de junio del 2015 (folios 157), que resuelve: NULO todo lo actuado hasta el Auto admisorio contenido en la Resolución N° 1, del 13 de mayo de 2013 (folio 19), DEJESE SIN EFECTO la citación para audiencia Única señala para el día de la fecha de la presente resolución, y volviendo a calificar la demanda y volviendo a calificar la demanda; DECLARO INADMISIBLE la demanda interpuesta por KILMER POBLETE SALCEDO, contra la Municipalidad Distrital de Santiago, representado por su Alcalde; con citación del Procurador Público de la Municipalidad Distrital de Santiago; consecuentemente CONCÉDASELE el plazo de CINCO DÍAS HABILES a efecto de que adecue su demanda conforme a lo establecido en la presente resolución. DISPUSIERON que el Juez de primera instancia emita pronunciamiento de fondo, conforme al estado del proceso.
Y existiendo Juez Superior hábil en el colegiado de la Segunda Sala Laboral; DISPUSIERON DESIGNAR como vocal Dirimente a la Señorita Jueza Superior BEGONIA DEL ROCIO VELASQUEZ CUENTASS SEÑALANDO como fecha para Audiencia vista de causa (dirimencia) el día 16 de Noviembre del año 2015, a horas 3:30 pm., la que se realizara en la Sala de Audiencias ubicada en el Segundo Piso oficina 210 del Palacio de Justicia. ORDENARON que mediante Secretaría de esta Sala se cumpla con las publicaciones del tenor de la presente. Por disposición Superior integra el colegiado la señora Jueza Su-
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perior Paredes Salas. S.S GAMARRA FLORES PAREDES SALAS (11, 12, 13, noviembre) 1° SALA LABORAL - SEDE CENTRAL EXPEDIENTE : 00491-2015-0-1001-JR-LA-01 MATERIA : REPOSICION RELATOR : AQUILES SOTELO LAYME DEMANDADO : MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN SEBASTIAN , PROCURADOR PUBLICO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN SEBASTIAN , DEMANDANTE : BEDIA BARRETO, MOISES
Resolución Nro.8 Cusco, veintitrés de Octubre Del dos mil quince.DE OFICIO: AUTOS Y VISTOS: Habiéndose producido Discordia en el presente proceso, por parte de la Señora Jueza Superior Gamarra Flores, voto suscrito por la señora Magistrada Holgado Noa resolviendo: CONFIRMAR la sentencia de fecha 5 de junio del 2015, contenida en la Resolución Nº 04 (folios 57), que declara: FUNDADA la demanda de fojas 23 a 31 subsanado por escrito de fojas 36 de autos, presentado por MOISES BEDIA BARRETO contra la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN SEBASTIÁN, con lo demás que contiene en sus propios términos. Al voto Ponente del Señor Juez Superior Bustamante del Castillo resolviendo: DECLARAR la NULIDAD de la Sentencia del 05 de junio del 2015, contenida en la Resolución Nº 04 (folios 57). DISPONER, que previo el espacio concedido para que el demandante pueda acreditar las nuevas exigencias del Precedente Huatuco, emita la Resolución correspondiente y/o declare IMPROCEDENTE la demanda, disponiendo la reconducción del presente proceso. Y existiendo Juez Superior hábil en el colegiado de la Segunda Sala Laboral; DISPUSIERON DESIGNAR como vocal Dirimente a la Señora Jueza Superior OFELIA PAREDES SALAS SEÑALANDO como fecha para Audiencia vista de causa (dirimencia) el día 04 de Diciembre del año 2015, a horas 9:30 am., la que se realizara en la Sala de Audiencias ubicada en el Segundo Piso oficina 210 del Palacio de Justicia. ORDENARON que mediante Secretaría de esta Sala se cumpla con las publicaciones del tenor de la presente. S.S
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GAMARRA FLORES (11, 12, 13, noviembre) 1° SALA LABORAL - SEDE CENTRAL EXPEDIENTE : 01742-2013-0-1001-JR-LA-02 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : AQUILES SOTELO LAYME DEMANDADO : DIRECCION REGIONAL DE SALUD DE CUSCO , PROCURADOR PUBLICO DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO , DEMANDANTE : ARRIOLA ESPINOZA, CONSTANTINO
Resolución Nro.15 Cusco, veintinueve de Octubre Del dos mil quince.-
DE OFICIO: AUTOS Y VISTOS: Habiéndose producido Discordia en el presente proceso, por parte del Señor Juez Superior Bustamante del Castillo quien resuelve: CONFIRMAR la sentencia del 09 de octubre del 2014, contenida en la resolución Nº 08 (folios 76), que resuelve declarar INFUNDADA la demanda contenciosa administrativa, interpuesta por Constantino Arriola Espinoza, contra la Dirección Regional de Salud de Cusco (…). Con lo demás que contiene. Al voto Ponente del Señor Juez Superior Ladrón de Guevara de la Cruz y suscrita por la señora Jueza Superior Holgado Noa resolviendo: REVOQUE la Sentencia contenida en la resolución Nº 08, de fecha 09 de octubre del 2014 (folios 76), que resuelve declarar INFUNDADA la demanda contenciosa administrativa, interpuesta por CONSTANTINO ARRIOLA ESPINOZA, contra la DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD DE CUSCO representada por su director, y con citación del PROCURADOR PÚBLICO DEL GOBIERNO REGIONAL CUSCO. Y REFORMANDO la misma sentencia, declara-
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ron FUNDADA la demanda contenciosa administrativa interpuesta por CONSTANTINO ARRIOLA ESPINOZA, contra la DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD DE CUSCO representada por su director, y con citación del PROCURADOR PÚBLICO DEL GOBIERNO REGIONAL CUSCO; en consecuencia, DISPUSIERON que la demandada Dirección Regional de Salud de Cusco, pague la Bonificación Diferencial dispuesta por el artículo 184 de la Ley 25303, a favor del demandante Constantino Arriola Espinoza, aclarando que ésta debe efectuarse sobre la Remuneración Total íntegra, los devengados generados desde el 19 de enero de 1991, más intereses legales, sin costos ni costas procesales. Téngase en cuenta que el cumplimiento de la presente resolución debe hacerse de conformidad a lo preceptuado por el artículo 41 concordado con el artículo 47 del D. S. 013-2008-JUS Y no habiendo conformidad de votos se ha llamado para dirimirla a la señora Jueza Superior Paredes Salas, quien se ha adherido al voto del Señor Juez Magistrado Bustamante del Castillo.
Y existiendo Juez Superior hábil en este colegiado, DISPUSIERON DESIGNAR como vocal Dirimente a la Señora Jueza Superior BONY GAMARRA FLORES SEÑALANDO como fecha para Vista de causa (dirimencia) el día 10 de Noviembre del año 2015, a horas 3:00 pm., la que se realizara en la Sala de Audiencias ubicada en el Segundo Piso oficina 210 del Palacio de Justicia. ORDENARON que mediante Secretaría de esta Sala se cumpla con las publicaciones del tenor de la presente. S.S
HOLGADO NOA (11, 12, 13, noviembre)
PAREDES SALAS
EDICTO PENAL EXPEDIENTE: Nro.: 1595- 2013 SECRETARIA: V. Boza Berdejo. Se cita y emplaza al (los) Acusado(s): ERIX MARVIN AGUIRRE GALLEGOS Para que se ponga(n) a derecho y se defiendan de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por del delito contra la vida, el Cuerpo y la salud, en su modalidad de Lesiones, sub tipo Lesiones Leves por Violencia Familiar, en agravio de LUCERO SHIRLEY ALPACA QUISPE, delito previsto y sancionado por el articulo 122°-B, primer párrafo, del Código Penal. Res. Nro. 05 de fecha 06/11/2015 “(...) Notifíquese: 1° FECHA (PARA LA INSTALACION y APERTURA DEL JUICIO ORAL): El día el día PRIMERO DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A HORAS 08:00 A.M. la misma que se verificara en la QUINTA SALA PENAL DE AUDIENCIAS del Modulo Penal de esta Corte Superior de Justicia. Debiendo concurrir de manera obligatoria las siguientes partes procesales. Notifíquese con arreglo a ley. Subsistiendo los apercibimientos decretados en autos 1.1 A LOS ACUSADOS: ERIX MARVIN AGUIRRE GALLEGOS, en su domicilio procesal ubicado en Av. Micaela Bastidas 657-D, del distrito de Wanchaq, (ABOG. YERALD DAVID GAMARRA PAREDES, teléfono 974951647), Y en su domicilio real Molino 11, bloque 21, sección pescados puesto N° 04, en el distrito de Santiago y domicilio real según ficha de RENIEC en la comunidad Huqui S/N, en el distrito y provincia de Calca, del departamento del Cusco. Bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz y ordenarse su condición compulsiva, para que concurra obligatoriamente en el día y hora señalado al juicio programado, asistida del abogado defensor que quiera designar voluntariamente o al abogado de oficio que se le designara. 1.2. A LA SEÑORA FISCAL: VIOLETA ZAVALA CARRASCO Fiscal Adjunta Provincial Penal de la Primera Fiscalía Provincial Penal de Santiago, con domicilio procesal en la Calle Los Ángeles 1260-A, Cel 952332787. Bajo apercibimiento de ser excluido del juicio en caso de inconcurrencia injustificada o se ausente de la audiencia o no concurra a dos sesiones consecutivas, y se requerirá al Fiscal jerárquicamente superior en grado designe a su reemplazo. 1 .3. A LA PARTE AGRAVIADA - TESTIGO: LUCERO SHIRLEY ALPACA QUISPE en el PPJJ Manco Capac comité 9 B-2 del distrito de Santiago Telf. 983370170. Quien no se ha constituido en parte civil FS. 72 y Sgts.) 2° FECHA (PARA LA CONTINUACION DEL JUICIO ORAL INSTALADO) El día el día TRES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A HORAS 08:00 A.M. la misma que se verificara en la QUINTA SALA PENAL DE AUDIENCIAS del Modulo Penal de esta Corte Superior de Justicia. Debiendo concurrir de manera obligatoria TESTIGOS Y PERITOS, ( que continuación se detallan) quienes tienen la obligación de concurrir bajo apercibimiento de ser conducidos compulsivamente por la fuerza pública en caso de no presentarse a la primera citación (es decir a esta segunda fecha ), conforme lo dispone el inciso 3) del artículo 164° del Código Procesal Penal, debiendo el Ministerio Público o la parte oferente, coadyuvar en la localización y comparecencia de los testigos propuestos, conforme dispone el inciso 5) del artículo 3550 del Código Procesal Penal. Notifíquese con arreglo a ley. Subsistiendo los apercibimientos decretados en autos. A L PERITO Medico Legista RUBEN DARIO CHOQUE CUTIPA, en su domicilio real Jirón Urubamba H¬ 12 - Urb. Progreso, del distrito de Wanchaq, de la provincia y departamento del Cusco. Cusco, 06 de Noviembre del 2015. (12, 13, 16, NOVIEMBRE) NOTIFICACION VIA EDICTO A LA PERSONA DE W AL TER CABEZA LLOCLLE Ante el Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Cusco, que despacha el señor Juez Dr. Gilert Arias PauIlo, ante mi Jessica Rudy Donayre Pari, Especialista Judicial de Juzgado, se viene tramitando el Proceso Penal signado Nro. 608-2015-48-1001-JR-PE-02, seguido contra WALTER CABEZA LLOCLLE, la presunta comisión del Delito Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud en la modalidad de Lesione, sub tipo Lesiones graves por violencia familiar, en agravio de Yanet Cjomo Torres, donde mediante la resolución N° 01,se ha dispuesto la notificación vía edicto donde se emplaza a la persona de WALTER CABEZA LLOCLLE, respecto de la acusación directa formulada en su contra por la Primera Fisca-
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La República
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
lía Provincial Penal Corporativa del Cusco, con el tenor de las siguientes resoluciones judiciales: RESUMEN DEL REQUERIMIENTO DE ACUSACION DIRECTA. Edwin Roan Zuñiga Machado, Fiscal Provincial de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Cusco a tenor de lo dispuesto en el articulo 336° inciso 4° y 349 del Código procesal Penal, FORMULA REQUERIMIENTO DE ACUSACION DIRECTA, al haber concluido la Investigación Preliminar, seguida contra W ALTER CABEZA LLOCLLE, la presunta comisión del Delito Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud en la modalidad de Lesione, sub tipo Lesiones graves por violencia familiar, en agravio de Yanet Cjomo Torres. DESCRIPCION DE LOS HECHOS ATRIBUIDOS AL IMPUTADO: El día 06 de octubre del 2014 a las 22:25 horas aproximadamente, el imputado WALTER CABEZA LLOCLLE ingreso al interior del inmueble, sin autorización alguna, dirigiéndose a la carpa en donde vivía la agraviada YANET CJOMO TORRES, quien era su ex-conviviente. Una vez en el interior de la habitación, coge con una mano desde las prendas de vestir a la altura del pecho a la agraviada Yanet Cjomo Torres, mientras le levanta amenazas cogiendo con la otra mano un cuchillo (objeto punzo cortante y/o punzo cortante penetrante ) marca Tramontina Inox Stainle de 23,5 centímetros de longitud, con mango de material sintético y hoja metálica, para luego agredirla físicamente. Ocasionándole lesiones traumáticas corporales recientes en la agraviada, causadas por agente contundente y agente con punta y/o filo, con perdida del órgano de la visión ( ojo derecho) -menoscabo aparato visual 70%, requiriendo 08 días de atención facultativa y días de incapacidad medico legal. CUANTÍA DE LA PENA QUE SE SOLICITA: Solicita se imponga al acusado W ALTER CABEZA LLOCLLE, 07 años de pena privativa de libertad. Así como el pago de la REPARACIÓN CIVIL: ascendente a SIETE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO NUEVOS SOLES (SI. 7 875,00) a favor de la parte agraviada. CON LA RESOLUCIÓN N° 01. Cusco, tres de noviembre Del año dos mil quince.¬ DADO CUENT A.- Con el requerimiento Fiscal de Acusación que antecede presentado en fecha veintitrés de setiembre del año dos mil quince, por el Fiscal Provincial Penal de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cusco; y estando al cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 3490 del Código Procesal Penal, y conforme a lo previsto en el artículo 3500 de la norma procesal invocada; este Órgano Jurisdiccional DISPONE: CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS UTILES. a efectos de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de ,. oportunidad (principio de oportunidad), 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8) r-¬ proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación a señalarse en su oportunidad. 11) El plazo de absolución de 10 días, se computará sin excusa alguna a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución, con prescindencia de la variación del abogado defensor del acusado no comunicada oportunamente al órgano jurisdiccional, por lo que por ésta vez, se le notificará al acusado en su domicilio real a efectos de garantizar su derecho a la defensa técnica, y en adelante solamente al domicilio procesal del abogado que lo represente en la audiencia preliminar. Asimismo, conforme establece el fundamento trece, segundo párrafo del Acuerdo Plenario N° 06-2010/CJ-116; la victima podrá solicitar su constitución en actor civil antes de que concluya el plazo otorgado por el articuló 0° del C.P.P. NOTIFICAR la presente resolución a todos los sujetos procesales en sus respectivos domicilios procesales señalados en autos; y en cuanto al imputado, al tener la condición de no habido, NOTIFÍQUESE VIA EDICTO de manera que no se vulnere su derecho de defensa. DESIGNAR abogado de oficio, para que asuma la defensa del imputado W AL TER CABEZA LLOCLLE, al haberse advertido que no cuenta con defensa técnica, dejando a salvo el derecho del investigado para sustituirlo por abogado de su libre elección comunicándolo en forma inmediata al juzgado, para ello, se notificará a la Coordinadora de la Defensoría Pública en su sede institucional, para que cumpla con lo ordenado, con la designación y el apersonamiento inmediato del defensor público. Media firma el señor Juez Dr. Gilert Arias Paullo, ante mi Jessica Rudy Donayre Pari, Especialista Judicial de Juzgado.-Doy fe. LO QUE NOTIFICO A USTED. Cusco, 03 de noviembre del 2015, (12, 13, 16, NOVIEMBRE)
Jueves, 12 de noviembre del 2015
mandado Pedro Ccorahua Huamán ya la agraviada Leonarda Huamán Uñapillco con el extracto de la resolución N° 06 de fecha 05/10/2015: SE RESUELVE: 1.Declarar CONCLUIDO EL PROCESO, por INCONCURRENCIA de las partes procesales a la audiencia única sefialada, en los seguidos por el señor representante del Ministerio Público, en contra de PEDRO CCORAHUA HUAMAN, sobre CESE DE ACTOS de VIOLENCIA FAMILIAR, consistente en MALTRATO PSICOLOGICO y FISICO, en agravio de MARLENI AGUILAR HUAMAN. 2.- En consecuencia, una vez consentida o ejecutoriada que sea la presente resolución, ARCHIVESE EN FORMA DEFINITIVA. Hágase. Saber. Firma Juez Víctor Hugo Silva Gamboa, bajo la actuación de la Secretaria Judicial Rocío Callaymara Ayquipa. 3vz (12, 13, 16, NOVIEMBRE) NOTIFICACION EDICTO VIOLENCIA FAMILIAR A: JUAN ENRIQUE LLA VILLA P AUCAR. En el proceso N° 01024-2015-0-1018-JM-FT-02, a demanda instada por el Fiscal Civil y Familia del distrito de Santiago - Cusco, que se tramita en el Segundo Juzgado Mixto del Módulo de Justicia de Santiago - Cusco, Judicado por el doctor Luis Alberto López Trelles y la actuación del Secretario Judicial Efraín Cabana Zuvileta, seguido contra su persona, en agravio de DORA FLORES PERAL T A, sobre Cese de Actos de Violencia Familiar, se ha dispuesto notificarle con un extracto de la resolución número dos, su fecha 10 de noviembre de 2015, cuyo tenor es el siguiente: “(...) Por estas consideraciones, SE RESUELVE: (...) DECLARESE REBELDE a la parte demandada JUAN ENRIQUE LLA VILLA P AUCAR, por no haber absuelto el traslado de la demanda dentro del plazo de quince días de su emplazamiento mediante edicto judicial, dándose por absuelto en su rebeldía y, prosígase el proceso en dicha condición procesal; FIJESE día y hora para la diligencia de AUDIENCIA ÚNICA, para el día miércoles nueve de diciembre del año dos mil quince, a horas dos y cuarenta de la tarde, que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Segundo Juzgado Mixto del Distrito de Santiago sito en el Módulo de Justicia de Santiago - Zarzuela - Santiago – Cusco debiendo concurrir las partes a hora exacta, bajo apercibimiento de ley; DIRI]ASE OFICIO a la Oficina de Administración de la Corte Superior de Justicia del Cusco, adjuntando el formato de edicto, que contenga el extracto de esta resolución, para la publicación por tres veces consecutivas; NOTIFIQUESE al demandado mediante edicto judicial por tres veces consecutivas, con un extracto de esta resolución, para los fines de ley; NOTIFIQUESE al Fiscal y la agraviada, para los fines de ley. H.S. (...). Media firma del citado señor juez y el secretario judicial. Lo que se le notifica, para los fines de ley. Santiago, 10 de noviembre de 2015. (12, 13, 16, NOVIEMBRE)
Exp. 2012 2012-2014-42-1001-IR-PE-05.
EDICTO JUDICIAL Por ante el Primer Juzgado de Familia de Cusco, se viene tramitando el proceso Nro. 3342015 sobre Violencia Familiar seguido por Juliana Tapara Condori con Benedicto Amao Surco, en la que se ha ordenado notificar al demandado BENEDICTO AMAO SURCO con el tenor de la sentencia, siendo como sigue: Resolución Nro. 09. Cusco, veintiocho de agosto del dos mil quince, “ FALLA: Declarando FUNDADA la demanda de fojas veinticuatro y siguientes, postulada por la Primera Fiscalía Provincial Civil y de Familia del Cusco, contra Benedicto Amao Surco, sobre actos de Violencia familiar en su modalidad de maltrato psicológico, en agravio de Juliana Tapara Condori. En consecuencia, SE DISPONE: i) Que el sentenciado Benedicto Amao Surco, se abstenga de ejercer actos de violencia o maltrato psicológico, en cualquiera de sus manifestaciones, directa o indirectamente o por intermedio de terceras personas, de manera tal que eventualmente pueda causar perjuicio en la integridad psicológica de la agraviada Juliana Tapara Condori.) Que en caso de reiteración en la conducta agresora del sentenciado Benedicto Amao Surco, a quién se le impondrá sanción económica a favor de la agraviada Juliana Tapara Condori, por efecto de reparación por el daño ocasionado con motivo de la violencia padecida. lii) Sométanse los justiciables, agraviada Juliana Tapara Condori y demandado Benedicto Amao Surco, a una evaluación psicológica de grupo familiar, y en tal sentido, deberán de concurrir a las charlas de orientación impartidas por el equipo multidisciplinario de esta Corte Superior de Justicia, en la sede institucional de los Juzgados Especializados de Familia del Cusco, (quinto nivel), por 02 sesiones, los días 15 y 16 de octubre de 2015, desde horas 15:00 a 16:00, con el tema” La Familia” y “Consecuencias en la salud a causa de la violencia familiar”, debiéndose informar acerca de los avances profesionales obtenidos los que propenderán a la erradicación o cese de cualquier episodio de violencia domestica ulterior. Sin sanción en costas ni costos procesales, obedeciendo a la materia tutelar sometida a debate judicial. Tómese razón y hágase saber.¬ Cusco, 06 de noviembre de 2015. (12, 13, 16, NOVIEMBRE)
SEÑOR: ALBERTO DURAN QUISPE. Ante el Primer Juzgado Penal Unipersonal de Cusco, que despacha el señor Juez Dr. Ignacio Ortega Mateo, bajo la actuación de la Especialista de Causa Mabely Soto Enríquez se CITA y EMPLAZA al Acusado ALBERTO DURAN QUISPE, a efecto de que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra en el Expediente N° 2012-2014-42-1001-JR-PE-05, que se le sigue por delito de Falsificación de Documentos, en agravio de el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en la Audiencia de Juicio programado para el día OCHO DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA en la Décima sala de Audiencias, sito en el 3er. nivel del Palacio de Justicia de Cusco. Cusco, 10 de agosto del 2015. (12, 13, 16, NOVIEMBRE)
EDICTO PENAL Exp. 00964-2014-47-1 001-IR-PE-01. SEÑOR: LERRY DANNY LA CERNA PADILLA. Ante el Primer Juzgado Penal Unipersonal de Cusco, que despacha el señor Juez Dr. Ignacio Ortega Mateo, bajo la actuación de la Especialista de Causa Mabely Soto Enriquez se CITA y EMPLAZA al Acusado LERRY DANNY LA CERNA PADILLA, a efecto de que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra en el Expediente N° 00964-2014-66-1001-JR-PE-01, que se le sigue por delito de Lesiones culposas, en agravio de Gladys Chutas Camero, en la Audiencia de Juicio programado para el día OCHO DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A HORAS OCHO DE LA MAÑANA en la decima sala de Audiencias, sito en el 3er. nivel del Palacio de Justicia de Cusco. Cusco, 10 de agosto del 2015. (12, 13, 16, NOVIEMBRE)
EDICTO VIOLENCIA FAMILIAR (JUZGADO MIXTO DE ECHARATE) Familia Tutelar N° 22-2015. El Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate NOTIFICA al de-
SEÑOR: JAlDE SINSA y A RAMIREZ
EDICTO PENAL
EDICTO PENAL
Jueves, 12 de noviembre del 2015
El señor Juez del Juzgado de Unipersonal Transitorio del Cusco, Dra. Rina Cabana Heredia, en el proceso Nro 1480-2015-1-1001-JR-PE-06, seguido contra el referido acusado, por el delito de Omisión de Asistencia Familiar, en agravio de la menor de iniciales K.S.S.A. representada por su progenitora Zerly Sasha Arenas Chuchullo, bajo la actuación de la especialista Judicial Abog. Gloria Ana Gil Orihuela, se le ha dispuesto notificar con la Resolución N° 01 del 09/11/15 y el extracto del Auto a Citación A Juicio Oral cuyo contenido es el siguiente: AUTO DE CITACIÓN A JUICIO ORAL r Resolución Nro. 01 Cusco, nueve de noviembre del dos mil quince. VISTO en la fecha el expediente judicial remitido del Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria de Cusco, Y, CONSIDERANDO: Primero El Juez del Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria de Cusco, ha cumplido con lo dispuesto en los artículos 351, 352 Y 353 del Código Procesal Penal, esto es, ha efectuado el Control de la Acusación en la audiencia preliminar emitiendo el auto de Enjuiciamiento respectivo. Segundo: El delito que va a ser materia de juzgamiento, es el delito contra la delito contra la familia, en la modalidad de omisión de asistencia familiar, subtipo INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARÍA, seguido contra el presunto autor JAlDE SINSAYA RAMlREZ, ilícito penal previsto en el primer párrafo del artículo 149 del Código Penal en agravio de la menor de Iniciales KSSA REPRESENTADA POR SU PROGENITORA ZERLY SASHA ARENAS CHUCHULLO, en consecuencia, este Juzgado Unipersonal es competente a tenor de lo dispuesto en el artículo 28°, numeral dos de la norma acotada. 1.- Por las consideraciones expuestas y siendo el estado del presente proceso de conformidad a lo dispuesto en el artículo 355 del Código Procesal Penal, SE RESUELVE: CITAR A JUICIO ORAL para EL DÍA VEINTE DE JULIO DEL DOS MIL DIECISEIS A HORAS DOCE DE LA MAÑANA, (HORA EXACTA), la que se realizará en la QUINTA Sala de Audiencias del Nuevo Código Procesal Penal, ubicado en el tercer piso del Palacio de Justicia. Se deja constancia que la fecha señalada fue otorgada por el Coordinador de los Juzgados Unipersonales Dr. Efraín Flórez Zúñiga 2.- EMPLÁCESE a las siguientes personas para que concurran obligatoriamente a todo el Juicio oral. 2.1. Notifiques e: Al acusado JAlDE SINSAYA RAMlREZ, en su domicilio real incierto y domicilio señalado en la ficha RENIEC ubicado en la Avenida del Ejercito Manzana A Lote 16 del distrito de Santiago (según ficha RENIEC), en bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz y ordenarse su conducción compulsiva, para que concurra obligatoriamente en el día y hora señalado al juicio programado, asistido del abogado defensor que quiera designar voluntariamente o a la abogada de oficio que se le designara. 2.2. Notifíquese: a la abogada MICHAEL BORDA MUÑOZ, Fiscal Provincial penal de la Segunda Fiscalía Provincial Penal de Santiago, con domicilio procesal en calle los Ángeles 1260 del distrito de Santiago, provincia y departamento del Cusco, con celular N° 984115115, bajo apercibimiento de ser excluido del juicio en caso de inconcurrencia injustificada o se ausente de la audiencia o no concurra a dos sesiones consecutivas, y se requerirá al Fiscal jerárquicamente superior en grado designe a su reemplazo. 2.3 Designar como abogado del acusado JAlDE SINSAYA RAMIREZ, a la defensora de oficio DRA. MARIA DEL PILAR DEL CARPIO ARREDONDO con ICAC 2623, con domicilio procesal en la Av. Micaela Bastidas 657-D del distrito de Wanchaq de la provincia y departamento de Cusco. bajo apercibimiento de ser reemplazado en caso de inconcurrencia injustificada a dos sesiones consecutivas o tres sesiones no consecutivas sin perjuicio en ambos casos de que a la segunda sesión se disponga la intervención de otro abogado Defensor de Oficio conforme dispone el articulo 359 inciso 5 del Código Procesal Penal. 2.4.-Notifíquese a los testigos: 1. Cítese: a la testigo Zerly Sasha Arenas ChuchuIlo, a quien se le deberá notificar en la Av. Imperio de los Incas 616 del Distrito de Machupicchu, provincia de Urubamba del departamento de Cusco. PRECISESE: Que todos los TESTIGOS precedentemente mencionados, deberán concurrir al Juicio Oral. En la próxima sesión para cuyo fin serán notificados oportunamente, bajo apercibimiento de ser conducidos compulsivamente por la fuerza pública en caso de no presentarse a la primera citación, conforme lo dispone el artículo 164 inciso 3 del Código Procesal Penal, debiendo el Ministerio Público en coadyuvar en la localización y comparecencia de los testigos y peritos que hayan propuesto, conforme dispone el inciso 5 del articulo 355del código procesal penal. 3.- Disponer: Que la Especialista legal cumpla con formar el CUADERNO DE DEBATE con copia certificada del auto de Enjuiciamiento, el auto de Citación a Juicio, los registros que se realicen durante el juicio oral, así como las demás resoluciones que se dicten hasta la sentencia. 4.- Disponer: Que el expediente judicial se ponga a disposición en secretaría mediante la Unidad de Custodia de grabaciones y Expedientes (Sala de Lectura y Archivo), de los SUJETOS PROCESALES por el plazo de cinco días para su revisión y eventual solicitud de copias simples o certificadas y/o para instar la incorporación de alguna pieza contempladas en el artículo 136 del Código Procesal Penal o la exclusión de alguna que no corresponda. 5.- Precísese Que el desarrollo íntegro de la audiencia del juicio oral será grabado en audio. 6.- Precísese que a la Audiencia de Juicio Oral el representante del Ministerio Publico debe de portar su carpeta fiscal. 7.- Notifíquese la presente resolución a los sujetos procesales. ¬ (12, 13, 16, NOVIEMBRE) EDICTO JUDICIAL EXP: 077-2015-61- PE Juzgado de Investigación Preparatoria de Espinar Especialista: Sofía Ríos Quiroz Se cita a la audiencia de prisión preventiva requerida por la Fiscalía Provincial Penal de
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Espinar, contra el imputado LUCIO SÁNCHEZ FERNÁNDEZ para el día 27 de noviembre del año dos mil Quince a las nueve horas, para la realización de la audiencia de Prisión preventiva en el Juzgado de Investigación Preparatoria de Espinar, seguida en su contra por el presunto delito contra el patrimonio sub. tipo robo agravado en agravio de George Anderson Quispe Kcacha y otros, dispuesto mediante las resoluciónes N° 01 Y 04, de fechas ocho de setiembre y cuatro de noviembre del año 2015. Así mismo se le REQUIERE para Que en el plazo de 24 horas de notificado designe abogado de su libre elección, bajo apercibimiento de nombrársele un defensor público de oficio, en caso de incumplimiento. Espinar, 09 de noviembre del 2015. (12, 13, 16, NOVIEMBRE) EDICTO VIOLENCIA FAMILIAR (JUZGADO MIXTO DE ECHARATE) Familia Tutelar N° 178-2015, El Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate NOTIFICA al demandado MOISES BELLIDO ARMUTO y la agraviada JULIA FLORES CRUZ, con el extracto de la resolución N° 04 de fecha 04/11/2015: DE OFICIO: Estando al tiempo transcurrido, el demandado Moisés Bellido Armuto, no ha cumplido con absolver el traslado corrido mediante resolución número uno de fecha once de setiembre del año dos mil quince y de conformidad al artículo 1700 del Código de los Niños y Adolescentes y el artículo 4580 del Código Procesal Civil, SE DISPONE: Declarar REBELDE al demandado MOISÉS BELLIDO ARMUTO; en consecuencia, fíjese fecha y hora para la AUDIENCIA UNICA A VERIFICARSE EL DÍA VEINTIUNO DE DICIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE A HORAS NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA, con citación de las partes procesales y el Señor Fiscal Provincial de la Fiscalía Mixta de Echarate, bajo apercibimiento de llevarse a cabo la audiencia con la parte que concurra o en su defecto darse por concluido el proceso en caso de inconcurrencia de ambas partes, conforme a lo dispuesto por el artículo 2030 del Código Procesal Civil, modificado por la Ley Nro.-29057. Hágase Saber. Firma Juez Víctor Hugo Silva Gamboa, bajo la actuación de la secretaria Judicial Rocío Callaymara Ayquipa. (12, 13, 16, NOVIEMBRE) EDICTO PENAL Exp. 01672-2012-10-1 001-IR-PE-06. SEÑORES: LUIS FRED QUISPE A VCA DIKENS DARWIN OLIVAS VARA. ,. Ante el Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Cusco, que despacha la señora Juez Dra. Rina Lucia Cabana Heredia, bajo la actuación del Especialista de Causa Severino Huamán Huamanttica, se CITA V EMPLAZA a los Acusados LUIS FRED QUISPE A VCA V DIKENS DARWIN OLIVAS VARA, a efecto de que se pongan a derecho y se defiendan de los cargos formulados en su contra en el Expediente Exp. 01672-2012-10-1 001-)R¬PE06, que se le sigue por delito Lesiones Graves, en agravio de Delvis V. Frisancho Alegria, en la Audiencia de Juicio programado para el día OCHO DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A HORAS OCHO DE LA MAÑANA en la 5° sala de Audiencias, sito en el 3er. nivel del Palacio de Justicia de Cusco. Cusco, 10 de noviembre del 2015. (12, 13, 16, NOVIEMBRE) EDICTO VIOLENCIA FAMILIAR (JUZGADO MIXTO DE ECHARATE) Familia Tutelar N° 206-2015, El Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate NOTIFICA al demandado NATALIO y AQUILE VALENCIA OCHOA, con el extracto de la resolución N° 03 de fecha 04/11/2015: DE OFICIO: Estando al tiempo transcurrido, el demandado Natalio Yaquile Valencia Ochoa, no ha cumplido con absolver el traslado corrido mediante resolución número uno de fecha quince de agosto del año dos mil catorce, y de conformidad al artículo 1700 del Código de los Niños y Adolescentes y el artículo 4580 del Código Procesal Civil, SE DISPONE: Declarar REBELDE al demandado NATALlO y AQUILE VALENCIA OCHOA; en consecuencia, fíjese fecha y hora para la AUDIENCIA UNICA A VERIFICARSE EL DÍA VEINTIUNO DE DICIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE A NUEVE DE LA MAÑANA, con citación de las partes procesales y el Señor Fiscal Provincial de la Fiscalía Mixta de Echarate, bajo apercibimiento de llevarse a cabo la audiencia con la parte que concurra o en su defecto darse por concluido el proceso en caso de inconcurrencia de ambas partes, conforme a lo dispuesto por el artículo 2030 del Código Procesal Civil, modificado por la Ley Nro.-29057. Hágase. Saber. Firma Juez Víctor Hugo Silva Gamboa, bajo la actuación de la Judicial Rocío Callaymara Ayquipa. 3vz (12, 13, 16, NOVIEMBRE) EDICTO VIOLENCIA FAMILIAR Familia Tutelar N° 133-2014, El Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate NOTIFICA al demandado OSCAR SICUS PACHECO y a la agraviada ROSMERY PALOMINO HUALLPA, con el extracto de la resolución N° 04 de fecha 05/10/2015. SE RESUEL VE: l.-Declarar CONCLUIDO EL PROCESO, por INCONCURRENCIA de las partes procesales a la audiencia única señalada, en los seguidos por el señor representante del Ministerio Público, en contra de OSCAR SICUS P ACHECO , sobre CESE DE ACTOS de VIOLENCIA FAMILIAR, consistente en MALTRATO FICICO, en agravio de ROSMERY PALOMINO HUALLP A. 2.- En consecuencia, una vez consentida o ejecutoriada que sea la presente resolución, ARCHIVESE EN FORMA DEFINITIV A. Hágase Saber.-Fil11la Juez del Juzgado Mixto Echarate doctor Víctor Silva Gamboa y la señorita Secretaria Judicial Rocío Callayrnara Ayquipa. 3VC. (12, 13, 16, NOVIEMBRE)
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SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
Jueves, 12 de noviembre del 2015
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CUSCO PODER JUDICIAL NUEVO CÓDIGO PROCESAL PENAL RELACIÓN DE AUDIENCIAS 11 DE NOVIEMBRE DEL 2015 HORA
1
INICIO
TERMINO
08:00
08:29
N° DE EXPEDIENTE
AUDIENCIA
DELITO
IMPUTADO
AGRAVIADO
LUGAR
MAGISTRADO
01781-2014-48
AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
Hurto agravado.
FIGUEROA ROBLES OSWALDO ADAN
RAVEN WOLF CHRIS
10MA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
IGNACIO ORTEGA MATEO
10MA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
IGNACIO ORTEGA MATEO
2
08:30
08:59
01589-2013-52
AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
Usurpación
CHAVEZ TAMAYO WENCESLAO
COMUNIDAD CAMPESINA ANAWARQUE REPRESENTADA POR SALVADOR FERNANDEZ PAUCCAR
3
09:00
09:20
00988-2014-52
AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
Lesiones culposas
ATAYUPANQUI CONZA RUSEL
MENOR DE INCIALES SCPT REPRESENTADO POR SU PROGENITORA CARINA TITO FLORES
10MA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
IGNACIO ORTEGA MATEO
4
09:21
10:00
00107-2011-66
AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
Estafa genérica
ALVARO GUZMAN ROSA
UGARTE CHAVEZ NAY RUTH
10MA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
IGNACIO ORTEGA MATEO
5
10:01
10:30
00107-2014-72
AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
Lesiones graves
VILLAFUERTE MOSCOSO CHARLIE
ORCCON CHALLCO JORGE JAVIER
10MA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
IGNACIO ORTEGA MATEO
6
10:31
10:59
00589-2014-58
AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
Violación de la libertad sexual (Tipo base).
JAEN MOSCOSO MANUEL
MENOR DE INICIALES KALD
10MA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
IGNACIO ORTEGA MATEO
EL ESTADO REP POR PROCURADOR PUBLICO ACARGO DE LOS ASUNTOS DEL MINISTERIO DEL INTERIOR RELATIVO A TR
10MA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
IGNACIO ORTEGA MATEO
7
11:00
11:59
01688-2014-88
AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
Microcomercializa DIAZ PARADA YVAN ción o FERNANDO microproducción.
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
Jueves, 12 de noviembre del 2015
8
9
10
12:00
14:00
15:01
13:00
15:00
15:20
01360-2014-91
AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
Apropiación ilícita.
00763-2011-57
LECTURA DE SENTENCIA
Falsedad ideológica.
01951-2014-96
AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
Conducción en estado de ebriedad o drogadicción.
Omisión de asistencia familiar
Incumplimiento de deberes funcionales.
11
15:21
16:00
01832-2013-26
AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
12
08:00
10:00
00574-2011-60
AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
La República
PALOMINO SINCHI VARGAS CUSI JUSTO JULY MARIEL PASTOR
10MA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
IGNACIO ORTEGA MATEO
ESTADO REPRESENTADO POR EL PROCURADOR PUBLICO A CARGO DE LOS ASUNTOS JUDICIALES DEL MINISTERIO DE JU
10MA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
IGNACIO ORTEGA MATEO
LA SOCIEDAD REPRESENTADO POR EL PAREDES DESPACHO DE MONTESINOS JHAIRO DECISION TEMPRANA JAIME DE LA 2DA FPPC DE CUSCO
10MA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
IGNACIO ORTEGA MATEO
CANDIA CASTILLO FREDY
MENOR DE INICIALES BACT REPRESENTADO POR SU PROGENITORA LEONARDA TORRES HUAMAN
10MA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
IGNACIO ORTEGA MATEO
ACOSTUPA BERMUDEZ ROMMY
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN SEBASTIAN
1RA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
EDWIN DEL POZO CONDORI
1RA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
EDWIN DEL POZO CONDORI
1RA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
EDWIN DEL POZO CONDORI
ORMACHEA DE SALCEDO EMPERATRIZ
13
10:01
10:30
01400-2011-73
AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
Fraude procesal.
PLACIDO CUTIPA SANTA CRUZ
ESTADO REPRESENTADO POR EL PROCURADOR PUBLICO A CARGO DE LOS ASUNTOS JUDICIALES DEL PODER JUDICIAL
14
10:31
10:59
00305-2012-45
AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
Ursurpación Agravada
HUAMANTICA VICTORIO VICENTE FREDI
VICTORIO LENES MARIZELA
13
14
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
Jueves, 12 de noviembre del 2015
15
11:01
11:30
01068-2015-0-
AUDIENCIA DE QUERELLA
QUERELLA
LEON DE MULA GUSTAVO
CCAHUA LLACATA JUSTO
1RA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
EDWIN DEL POZO CONDORI
16
11:31
12:00
00014-2013-54
AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
Usurpación
ROQUE PANTOJA HILARIO
VICAHUAMAN HUAMAN ALEJANDRO
1RA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
EDWIN DEL POZO CONDORI
17
12:01
12:29
01764-2014-80
AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
Conducción en estado de ebriedad o drogadicción.
QUISPE HUAMAN BERNABE
LA SOCIEDAD
1RA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
EDWIN DEL POZO CONDORI
18
12:30
12:59
00217-2012-94
AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
Ursurpación Agravada
COLLANTES DELGADO AGRIPINA
MAMANI HUAYHUA VICTORIANA
1RA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
EDWIN DEL POZO CONDORI
19
14:00
14:30
01598-2014-6-
AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
Conducción en estado de ebriedad o drogadicción.
LA SOCIEDAD ILLANES HUAMAN REPRESENTADA POR VICTOR EL MINISTERIO PUBLICO
1RA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
EDWIN DEL POZO CONDORI
20
14:31
15:00
00181-2015-14
AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
Omisión de asistencia familiar
MENOR DE INICIALES VEGUIROM REP POR GUILLEN CAHVEZ DELIA DARINKA
1RA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
EDWIN DEL POZO CONDORI
AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
MENOR DE INICIALES CIHO Y LFHO REPRESENTADOS POR Omisión de HUAMAN asistencia familiar CARDENAS ZENON SU PROGENITORA FILOMENA OBLITAS GOMEZ
1RA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
EDWIN DEL POZO CONDORI
21
15:01
15:30
02855-2014-89
VELASQUEZ SANDOVAL HARLEY LUIS
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
Jueves, 12 de noviembre del 2015
MAMANI DELGADO ELIZABETH
1RA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
EDWIN DEL POZO CONDORI
MENOR DE INICIALES TMSV REP POR VILLENA CHACON LOURDES
1RA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
EDWIN DEL POZO CONDORI
HUARCO MENDOZA EUSTAQUIO
BEJAR HUAMAN EPIFANIA
1RA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
EDWIN DEL POZO CONDORI
CRUZ ARRAMBIDE LUIS CARLOS
LA SOCIADAD
1RA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
EDWIN DEL POZO CONDORI
MENORES DE INICIALES CDCM Y Violación sexual NKCM de menor de edad BASQUES LOAEZA REPRESENTADO POR (mayor de 10 y JUAN SU PROGENITORA menor de 14 años PAULINA MACHACA de edad) CCOYO
1RA SALA PENAL DE APELACIONES
LUIS ALFONSO SARMIENTO, YURI PEREIRA Y FANY ANDRADE
1RA SALA PENAL DE APELACIONES
LUIS ALFONSO SARMIENTO, YURI PEREIRA Y FANY ANDRADE
PROCURADOR PUBLICO DEL ESTADO ENCARGADO DE LOS 1RA SALA PENAL DE ASUNTOS JUDICIALES APELACIONES DEL MINISTEIRO DEL INTERIOR RELATI
LUIS ALFONSO SARMIENTO, YURI PEREIRA Y FANY ANDRADE
22
15:31
16:00
00774-2015-0-
AUDIENCIA DE QUERELLA
23
16:01
16:31
00576-2015-0-
AUDIENCIA
24
16:32
17:29
01528-2013-36
AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
Ursurpación Agravada
25
18:31
18:35
00697-2014-54
LECTURA DE SENTENCIA
Conducción en estado de ebriedad o drogadicción.
QUERELLA
Omisión de SOTELO GUTIERREZ asistencia familiar LUCIO
26
09:00
09:30
00237-2015-0-
LECTURA DE SENTENCIA
27
09:31
10:00
01180-2011-14
APELACION DE AUTOS
Promoción o favorecimiento al tráfico ilícito de drogas.
APELACION DE AUTOS
Promoción o favorecimiento al tráfico ilícito de drogas.
28
10:01
10:30
00712-2010-57
DELGADO VILLAVICENCIO ALICIA
La República
HUAMAN QUISPE REYNALDO
DUCA AGNETA
ESTADO PERUANO
15
16
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
29
10:31
11:00
02492-2015-70
APELACION DE AUTOS
Hurto Agravado
30
08:30
09:00
01590-2015-13
RESOLVER PEDIDO DE CONSTITUCION EN ACTOR CIVIL
Estafa agravada
31
09:01
10:00
01962-2014-18
fraude AUD. CONTROL DE LA ACUSACION procesal,abusode
LATORRE ORE GRAHAN
Jueves, 12 de noviembre del 2015
MENESSES MUGMANI 1RA SALA PENAL DE RICARDO KALLAI APELACIONES
VENERO QUISPE ROMERO QUINTANILLA VICTOR JESUS MANUEL
LUIS ALFONSO SARMIENTO, YURI PEREIRA Y FANY ANDRADE
2DA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
GILBERT ARIAS PAULLO
Defraudaciones, PFUÑO QUISPE RICHARD
PACURI QUISPE JUAN
2DA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
GILBERT ARIAS PAULLO
firma en blanco.
32
10:01
11:00
02839-2014-22
REVOCATORIA DE PENA
Hurto agravado.
BOZA OJEDA ADRIEL
KUKOROWSKA KUKOROWSKA DARIA MARIA
2DA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
GILBERT ARIAS PAULLO
33
11:01
11:30
01927-2015-50
RESOLVER PEDIDO DE CONSTITUCION EN ACTOR CIVIL
Ursurpación Agravada
QUISPIROKA GALICIA WALTER
QUISPE SALAS SERGIO
2DA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
GILBERT ARIAS PAULLO
01908-2015-86
RESOLVER PEDIDO Exacción ilegal o DE CONSTITUCION cobro indebido. EN ACTOR CIVIL
CARRANZA MILLAN CESAR LUBER
EL ESTADO REP POR PROCURADOR ESPECIALIZADO EN DELITOS DE CORRUPCION DE FUNCIONARIOS CUSCO
2DA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
GILBER ARIAS PAULLO
AUD. CONTROL DE Omisión de LA ACUSACION asistencia familiar
OYOLA RODRIGUEZ ELI RUDYAR
MENOR DE INICIALES ROOR REPRESETADO POR SU PROGENITORA TANIA LIBERTAD RIVEROS RIVEROS
2DA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
GILBERT ARIAS PAULLO
34
35
11:31
12:01
12:00
13:00
02183-2015-0-
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
Jueves, 12 de noviembre del 2015
La República
36
14:30
16:00
02231-2015-32
TERMINACION ANTICIPADA
Hurto Agravado
ANCHAYA MONZON ALEXIS
PAZ CARPIO ESTHER
2DA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
GILBERT ARIAS PAOLO
37
16:01
16:31
02413-2015-0-
AUD. CONTROL DE LA ACUSACION
Conducción en estado de ebriedad o drogadicción.
CHALLCO FLORES JULIO CESAR
LA SOCIEDAD
2DA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
GILBERT ARIAS PAOLO
38
09:00
10:00
00233-2015-0-
APELACION DE SENTENCIAS
Abuso de autoridad.
Conducción en estado de ebriedad o drogadicción.
39
08:30
09:30
01765-2015-0-
AUD. CONTROL DE LA ACUSACION
40
09:31
09:59
02410-2015-2-
CONFIRMACION DE MEDIDAS Hurto agravado. RESTRICTIVA YA EJECUTADAS
41
10:00
11:29
02722-2014-69
AUD. CONTROL DE Lesiones leves por Violencia Familiar LA ACUSACION
42
11:30
13:00
01146-2014-0-
AUD. CONTROL DE LA ACUSACION
Conducción en estado de ebriedad o drogadicción.
DUEÑAS CABRERA DIAZ DEL MAR 2DA SALA PENAL DE ROLANDO FABIOLA ALEJANDRA APELACIONES
URIEL BALLADARES APARICIO, REYNALDO OCHOA MUÑOZ Y ELCIRA FARFAN
LA SOCIEDAD REP POR LA 3ERA CASO HUARICALLO FISCALIA PROVINCIAL SAUL FRANCISCO PENAL CORPORATIVA DE CUSCO
3RA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
LUZ MARINA MERMA DELGADO
HUAMAN CONZA ABEL
UNIVERSIDAD ANDINA DE CUSCO
3RA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
LUZ MARINA MERMA DELGADO
ROJAS PORROA GASTON
JARA MAMANI DAISY
3RA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
LUZ MARINA MERMA DELGADO
PRINCIPE ZUÑIGA TOM ANTONIO
LA SOCIEDAD
3RA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
LUZ MARINA MERMA DELGADO
17
18
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
Jueves, 12 de noviembre del 2015
BUSTINZA CALCINA BASILIO
LA SOCIEDAD REPRESENTADA POR LA FISCAL PROVINCIAL ADJUNTA DE LA SEGUNDA FISCALIA DE SANTIAGO
3RA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
LUZ MARINA MERMA DELGADO
43
14:30
15:30
00708-2015-0-
AUD. CONTROL DE LA ACUSACION
Conducción en estado de ebriedad o drogadicción.
44
15:31
16:30
01739-2014-0-
AUD. CONTROL DE LA ACUSACION
Lesiones leves
SOTO SOTO EDWIN
QUISPE CAMA CESAR ELMERSON
3RA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
LUZ MARINA MERMA DELGADO
45
15:01
15:29
01219-2010-72
AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
Usurpación
AMAUT QUISPE ELSA
BERNA HUAYCHO JACINTO
4TA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
RINA LUCIA CABANA HEREDIA
46
17:30
18:30
00299-2013-8-
AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
Robo Agravado
COPARA HUAYHUA ISIDRO
SOLARES VARGAS CARLOS
4TA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
MIGUEL ANGEL CASTELO ANDIA, EDWIN DEL POZO CONDORI Y CASTAÑEDA CERECEDA EDITH
5TA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
RINA LUCIA CABANA HEREDIA
47
07:45
07:59
01343-2014-93
AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
Omisión de asistencia familiar
PUMA MAMANI MARCELO
MENOR DE INCIALES PPM REPRESENTADA POR SU PROGENITORA BALVINA PINARES JUAREZ
Conducción en estado de ebriedad o drogadicción.
CHAMPI MAMANI JUVENAL
LA SOCIEDAD REP POR 1ER DESPACHO DE INVESTIGACION DE LA 1ERA FPPC DE CUSCO
5TA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
RINA LUCIA CABANA HEREDIA
Apropiación ilícita.
BOLUARTE MEDINA CERECEDA VERGARA VICTOR GERMAN HERACLIO JOSE
5TA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
RINA LUCIA CABANA HEREDIA
48
08:00
08:20
00424-2015-28
AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
49
08:21
08:59
01084-2011-65
AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
Jueves, 12 de noviembre del 2015
50
09:01
09:25
La República
02183-2014-71
AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
Falsificación de documentos.
CHACON CORIMANYA JACKELINE
MINISTERIO DEL INTERIOR REP POR EL PROCURADOR PUBLICO VILMA ISABEL VASQUEZ LORA
5TA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
RINA LUCIA CABANA HEREDIA
Nombramiento y aceptación indebida para cargo público.
GARCIA FUENTES FERMIN
ESTADO PERUANO REPRESENTADO POR LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO
5TA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
RINA LUCIA CABANA HEREDIA
51
09:26
09:40
00687-2014-96
AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
52
09:41
09:59
01369-2010-74
AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
Estafa genérica
PEREIRA GRAGEDA JUANA
VENERO FUENTES ANGEL JESUS
5TA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
RINA LUCIA CABANA HEREDIA
AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
Conducción en estado de ebriedad o drogadicción.
MOLINA PALOMINO KIKE ROGER
EL ESTADO REP POR POR EL 1ER DESPACHO DE INVESTIGACION DE LA 1ERA FISCALI PROVINCIAL PENAL CORPORATI
5TA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
RINA LUCIA CABANA HEREDIA
PEREIRA MEDINA JUAN MANUEL
ASOCIACION MOVIMIENTO SIERVOS DE LOS POBRES DEL TERCER MUNDO REPRESENTADO POR PHILIPPE LOUIS MARIE B
5TA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
RINA LUCIA CABANA HEREDIA
HANCCO QUICO RICHAR
5TA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
RINA LUCIA CABANA HEREDIA
MEJIA YAÑEZ DALMACIA
5TA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
RINA LUCIA CABANA HEREDIA
53
10:01
10:20
02907-2014-61
54
10:21
10:59
00162-2013-29
AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
55
11:01
11:29
00525-2014-5-
AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
56
11:30
11:59
00432-2011-55
AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
Usurpación
CCORIMANYA Lesiones leves por HANCCO JONATAN Violencia Familiar JOSUE
Estafa genérica
HANCCO SUTTA MELCHOR
19
20
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
Jueves, 12 de noviembre del 2015
57
12:01
12:30
01062-2013-16
AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
Fraude procesal.
MORA QUISPE RAUL MARIANO
QUISPE LAZARO ANASTACIA
5TA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
RINA LUCIA CABANA HEREDIA
58
12:31
13:00
00149-2014-2-
AUDIENCIA DE QUERELLA
Lesiones leves
OCHOA CHAVEZ ORLANDO
SANCHEZ PILLCO JESUS ENRIQUE
5TA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
RINA LUCIA CABANA HEREDIA
59
13:45
13:59
01752-2013-0-
LECTURA DE SENTENCIA
QUERELLA
SOUSA DE BARBIERI LORENZO
YABAR GUTIERRES EDWAR
5TA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
RINA LUCIA CABANA HEREDIA
60
14:00
14:30
01102-2014-72
AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
Homicidio culposo
CUELLAR CANO GIORKY
HEREDEROS LEGALES DE QEVF CIDGAR ANDRE TAPIA ZECENARRO
5TA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
RINA LUCIA CABANA HEREDIA
61
14:31
14:59
01702-2013-76
LECTURA DE SENTENCIA
Venta de alimentos nocivos a la salud.
ROJAS ALVAREZ UBALDO
LA SOCIEDAD REPRESENTADA POR EL MINISTERIO DE SALUD
5TA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
RINA LUCIA CABANA HEREDIA
62
15:32
16:30
00099-2011-66
AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA
5TA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
RINA LUCIA CABANA HEREDIA
63
16:31
17:30
00199-2011-24
AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
5TA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
RINA LUCIA CABANA HEREDIA
Negociación CALLAHUE incompatible o ARGANDOÑA JUAN aprovechamiento CESAR indebido de cargo
Incumplimiento de deberes funcionales.
ALFARO AUCCA CRAYLA
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
Jueves, 12 de noviembre del 2015
64
08:00
08:30
02107-2015-49
AUDIENCIA
Omisión de asistencia familiar
SANCHEZ LIPA HENRY JAVIER
MENOR DE INICIALES MTSR REPRESENTADA POR NAYELA GIULIANA RIVERA SOLANO
6TA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
GUDRIEL DIAZ USCA
SANCHEZ LIPA HENRY JAVIER
MENOR DE INICIALES MTSR REPRESENTADA POR NAYELA GIULIANA RIVERA SOLANO
6TA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
GUDRIEL DIAZ USCA
BERMUDEZ VARGAS GUILLERMO ENRIQUE
QEVF ZAMORA MEJIA FELIPE HEREDEROS LEGALES
6TA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
GUDRIEL DIAZ USCA
SALAS CASTILLA CANDIA ROJAS LUCIO ALEX HERNAN APARICIO
6TA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
GUDRIEL DIAZ USCA
65
08:31
09:29
02107-2015-0-
AUD. CONTROL DE Omisión de LA ACUSACION asistencia familiar
66
09:30
10:29
02326-2015-63
CONFIRMACION DE MEDIDAS Lesiones culposas RESTRICTIVA YA EJECUTADAS
67
10:30
11:30
02277-2014-60
68
11:31
13:00
01441-2011-35
La República
AUDIENCIA
Estafa genérica
AUD. CONTROL DE LA ACUSACION
Uso de documentos falsos.
EL ESTADO MINISTERIO DEL INTERIOR LUNA VILLAFUERTE REPRESENTADO POR EBERT LA PROCURADORA PUBLICA ADJUNTA ESPECIALIZADA EN D
6TA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
GUDRIEL DIAZ USCA
Omisión de socorro y exosición al peligro
ROZAS BACA OSCAR
EL ESTADO PERUANO REPRESENTADO POR EL PODE JUDICIAL ATRAVES DEL PROCURADOR PUBLICO
6TA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
GUDRIEL DIAZ USCA
MENDOZA VERA JOHN EMILIO
MENDOZA VERA NOHELY
6TA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
GUDRIEL DIAZ USCA
69
14:30
15:30
00649-2015-0-
AUD. CONTROL DE LA ACUSACION
70
15:31
16:30
00973-2015-0-
AUD. CONTROL DE Omisión de LA ACUSACION asistencia familiar
21
22
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
71
09:00
10:00
01793-2014-58
CONFIRMACION DE MEDIDAS RESTRICTIVA YA EJECUTADAS
72
10:01
11:00
02273-2015-0-
AUD. CONTROL DE Omisión de LA ACUSACION asistencia familiar
73
11:01
12:00
02068-2015-0-
AUD. CONTROL DE LA ACUSACION
Peculado
Conducción en estado de ebriedad o drogadicción.
74
12:01
13:00
01862-2015-49
Destrucción, RESOLVER PEDIDO alteración o DE CONSTITUCION extracción de EN ACTOR CIVIL bienes culturales.
75
14:30
16:30
02316-2015-0-
AUD. CONTROL DE Omisión de LA ACUSACION asistencia familiar
76
08:00
08:59
00454-2015-25
77
09:00
09:59
01500-2015-0-
AUDIENCIA
Actos contra el pudor en menores (edad víctima: < 7 años).
AUD. CONTROL DE Omisión de LA ACUSACION asistencia familiar
Jueves, 12 de noviembre del 2015
CORTES PANCORBO MAX
PROCURADURIA ESPECIALIZADA EN DELITOS DE CORRUPCION DE FUNCIONARIOS
7MA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
REYNALDO OCHOA MUÑOZ
TAPIA QUISPE RAUL
PERSONA DE INICIALES YGTH
7MA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
REYNALDO OCHOA MUÑOZ
GUILLEN MALPARTIDA GUILLERMO WALDIR
LA SOCIEDADEP POR 1ERA FISCALIA PROVINCIAL PENAL DE WANCHAQ
7MA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
REYNALDO OCHOA MUÑOZ
FLOREZ GARCIA LUIS ARTURO
EL ESTADO REPRESENTADO POR EL COMITE DE SERVICIOS INTEGRADOS TURISTICOS CULTURALES COSITUC
7MA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
REYNALDO OCHOA MUÑOZ
MATEOS ROBLES JOSE HENRY
MENORS DE INICIALES JE Y SBMC REP POR CASTILLO POLO OLGA
7MA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
REYNALDO OCHOA MUÑOZ
MAQQUERHUA QUISPE YONEL
MENOR DE INICIALES RNH REP POR NOA HUAMAN HICIDORA
8VA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
AGRIPINA USCA CAVIEDES
CUSI LOAYZA AMERICO WILFREDO
MENOR DE INICIALES HMCH REPRESENTADO POR SU PROGENITORA CONCEPCION HUAYLLANI VEGA
8VA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
AGRIPINA USCA CAVIEDES
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
Jueves, 12 de noviembre del 2015
78
10:00
12:00
01634-2011-68
AUD. CONTROL DE Peculado doloso LA ACUSACION
79
12:01
13:00
02192-2015-0-
AUD. CONTROL DE Omisión de LA ACUSACION asistencia familiar
01846-2015-0-
AUD. CONTROL DE LA ACUSACION
Conducción en estado de ebriedad o drogadicción.
Conducción en estado de ebriedad o drogadicción.
80
14:30
15:30
ESTADO DIRECCION REGIONAL AGRARIA CUSCO SANTON MENDEZ REPRESENTADO POR SONIA BRIGIDA LA PROCURADURIA PUBLICA ANTICORRUPCION DEL
La República
8VA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
AGRIPINA USCA CAVIEDES
8VA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
AGRIPINA USCA CAVIEDES
LA SOCIEDAD REP POR 2DA FISCALIA CACERES HUAMAN PROVINCIAL PENAL HUGO CORPORATIVA DE SANTIAGO
8VA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
AGRIPINA USCA CAVIEDES
LA SOCIEDAD REP POR 2DO DESPACHO DE INVESTIGACION OLAYUNCA CALLAÑAUPA RAUL DE LA 2DA FISCALIA PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA DE
8VA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
AGRIPINA USCA CAVIEDES
VERA DE DIAZ LUCILA
YABAR MAR NAIS MEDALITH
81
15:31
16:30
01443-2015-0-
AUD. CONTROL DE LA ACUSACION
82
16:31
17:30
02668-2015-98
DETERMINAR Promoción o PROCEDENCIA DE favorecimiento al GONZALES PEZUA EL ESTADO PERUANO tráfico ilícito de JOSE CARLOS PRISION drogas. PREVENTIVA
8VA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
ANIBAL PAREDES MATEUS
CESE O SUSTITUCION DE PRISION PREVENTIVA
LOYAGA VALDEIGLESIAS JOEL PAUL
EL ESTADO PERUANO REPRESENTADO POR EL PROCURADUR PUBLICO ANTICORRUOPCION DE CUSCO
9NA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
ANIBAL PAREDES MATEUS
83
Cohecho pasivo propio
08:30
10:00
01413-2015-72
10:01
10:15
02073-2015-65
RESOLVER PEDIDO Omisión de DE CONSTITUCION asistencia familiar EN ACTOR CIVIL
CARPIO QUIÑO DAMIAN
ARROSQUIPA YUCRA LEONARIA
9NA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
ANIBAL PAREDES MATEUS
10:16
10:59
02073-2015-0-
AUD. CONTROL DE Omisión de LA ACUSACION asistencia familiar
CARPIO QUIÑO DAMIAN
ARROSQUIPA YUCRA LEONARIA
9NA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
ANIBAL PAREDES MATEUS
11:00
12:00
02245-2015-0-
AUD. CONTROL DE Lesiones culposas LA ACUSACION
TELLO VENERO VICTOR
9NA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
ANIBAL PAREDES MATEUS
12:01
13:00
01592-2015-0-
AUD. CONTROL DE LA ACUSACION
9NA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
ANIBAL PAREDES MATEUS
14:30
15:30
01911-2015-0-
AUD. CONTROL DE Omisión de COLQUE CHIPANA GIRALDO LA ACUSACION asistencia familiar
9NA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
ANIBAL PAREDES MATEUS
Conducción en estado de ebriedad o drogadicción.
RAMOS ARRIOLA MARIO
RODRIGUEZ HUAMAN NORIO CESAR LA SOCIEDAD REPRESENTADA POR LA DRA DELY ROSSANA PEREZ VALENCIA FISCAL ADJUNTA DEL 1ER DESPACHO DE I APAZA CONDORI ALEJANDRA
23
24
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
AUD. CONTROL DE Omisión de LA ACUSACION asistencia familiar
15:31
16:30
02062-2015-0-
16:30
17:00
02743-2014-68
LECTURA DE SENTENCIA
17:35
18:00
00207-2012-62
BENEFICIO PENITENCIARIO
18:01
18:20
00343-2013-61
AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
Robo Agravado
Violación sexual de Menor ( entre 14 años y menos de 18 años) Defraudaciones, fraude procesal,abusode firma en blanco.
16:31
18:00
00837-2014-91
AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
Actos contra el pudor en menores (edad víctima: 1014 años).
08:00
08:29
02374-2015-81
CESE O SUSTITUCION DE PRISION PREVENTIVA
Robo Agravado
08:30
10:00
00132-2015-69
AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
Robo Agravado
10:01
11:29
01377-2014-97
AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
Robo Agravado
11:30
12:59
02190-2014-70
AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
Robo Agravado
14:00
15:30
01534-2013-3-
AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
Secuestro
16:31
17:30
02578-2014-97
CESE O SUSTITUCION DE PRISION PREVENTIVA
Robo Agravado
18:30
19:30
01784-2011-43
AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
Extorsión.
17:00
18:00
01479-2014-53
DETERMINAR LA PROLONGACION DE LA PRISION PREVENTIVA
Robo Agravado
VERA REBOLLAR ROMERO JOSE MIGUEL
MENOR DE INICIALES TSVRM REPRESENTADO PR SU PROGENITORA VIOLETA MOGOLLON GUTIERREZ
Jueves, 12 de noviembre del 2015
9NA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
ANIBAL PAREDES MATEUS
MENOR DE INCIALES BENGOLEA HCO MIGUEL ANGEL CASTELO ANDIA, QUENCCORO - 1° SALA HUALLPA MIKHAEL REPRESENTADOS POR HECTRO CESAR MUÑOZ BLAS Y DE AUDIENCIAS OMAR SU PROGENITOR CASTAÑEDA CERECEDA EDITH NILDA CUPI ZUÑIGA LAURA QUISPE ZEUS
MENRO DE INCIALES QUENCCORO - 1° SALA PA F BA 16 DE AUDIENCIAS
RINA LUCIA CABANA HEREDIA
SILVA BOLIVAR FREDY
VALENCIA HUAMANI QUENCCORO - 1° SALA PAULINO DE AUDIENCIAS
RINA LUCIA CABANA HEREDIA
RIO CARRILLO EULOGIO FELIPE
MENOR DE INICIALES VLSH REPRESENTADA POR SU QUENCCORO - 2° SALA PROGENITORA DE AUDIENCIAS ANTONIA CRISTINA HURTADO CERECEDA
IGNACIO ORTEGA MATEO
ALARCON LOVON JUAN CARLOS
ARRIAGA MUÑOZ ZIRTAED PATRICIA
QUENCCORO - 3° SALA DE AUDIENCIAS
REYNALDO OCHOA MUÑOZ
MIGUEL ANGEL CASTELO ANDIA, HECTOR MUÑOZ BLAS, EDITH CATAÑEDA CERECEDA MIGUEL ANGEL SATELO ANDIA, CARI CONDORI ALFARO BACA QUENCCORO - 3° SALA HECTOR MUÑOZ BLAS, EDITH MIGUEL ANGEL AMPARO NAZARIA DE AUDIENCIAS CASTAÑEDA CERECEDA MIGUEL ANGEL SATELO ANDIA, VICTORIO QUISPE VERA ZAPACAYO QUENCCORO - 3° SALA HECTOR MUÑOZ BLAS, EDITH JOSE LUIS WILIAN DE AUDIENCIAS CASTAÑEDA CERECEDA MIGUEL ANGEL SATELO ANDIA, MENOR DE INICIALES QUENCCORO - 3° SALA HECTOR MUÑOZ BLAS, EDITH FEE DE AUDIENCIAS CASTAÑEDA CERECEDA QUISPE LORAYCO LUZ CARLA
CCOYLLULLE ASTACIE CESAR FELIPE
QUILLAHUAMAN CONDE PERCY
QUENCCORO - 3° SALA DE AUDIENCIAS
ENRIQUEZ BARRETO QUENCCORO - 3° SALA CYNTIA DE AUDIENCIAS
AGRIPINA USCA CAVIEDES
IGNACIO ORTEGA MATEO, HECTRO BUSTOS VALENCIA CARDENAS QUENCCORO - 3° SALA MUÑOZ BLAS, RINA LUCIA CABANA JANET YUNPANQUI ZENOBIA DE AUDIENCIAS HEREDIA INCARROCA CORRALES SIMON
GAYOSO MUÑIZ ROCELI
QUENCCORO - 4° SALA DE AUDIENCIAS
GUDRIEL DIAZ USCA
EL ESTADO PERUANO REPRESENTADO POR LA PROCURADURIA DEL MEDIO AMBIENTE EXP ORIGEN 16 2013
SALA JIPT MEDIO AMBIENTE
YOSSY ALVAREZ TTITO
08:30
10:00
00766-2014-2-
QUISPE CHUCO AUD. CONTROL DE Formas agravadas: RICHARD HENRRY LA ACUSACION
10:01
11:30
02311-2014-44
AUD. CONTROL DE LA ACUSACION
EL ESTADO VELASQUE REPRESENTADFO POR HUAMAN TOMAS EL MINISTERIO DEL AMBIENTE
SALA JIPT MEDIO AMBIENTE
YOSSY ALVAREZ TTITO
11:31
13:02
01118-2014-34
AGUILAR ALVAREZ EL ESTADO PERUANO AUD. CONTROL DE Formas agravadas: CARLOS ALBERTO EXP ORIGEN 003 2014 LA ACUSACION
SALA JIPT MEDIO AMBIENTE
YOSSY ALVAREZ TTITO
02385-2014-44
EL ESTADO REPRESENTADO POR EL PROCURADOR PUBLICO DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE
SALA JIPT MEDIO AMBIENTE
YOSSY ALVAREZ TTITO
14:30
16:00
AUD. CONTROL DE LA ACUSACION
Depredación de bosques legalmente protegidos.
Depredación de bosques legalmente protegidos.
QUISPE TACURI MATIAS
Luz Marina Azurin Taboada Cordinadora de CDG Modulo Penal Cusco
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
Jueves, 12 de noviembre del 2015
La República
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CUSCO PODER JUDICIAL NUEVO CÓDIGO PROCESAL PENAL RELACIÓN DE AUDIENCIAS 12 DE NOVIEMBRE DEL 2015 HORA
1
2
3
INICIO
TERMINO
08:00
08:29
08:30
09:00
08:59
11:00
N° DE EXPEDIENTE
AUDIENCIA
DELITO
IMPUTADO
AGRAVIADO
LUGAR
MAGISTRADO
01096-2013-18
AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
Lesiones graves
RIVERA LLACCOLLA ENRIQUETA
JARA MENDIVIL MARIA JUDITH
10MA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
IGNACIO ORTEGA MATEO
00132-2014-47
AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
Formas agravadas del delito de violencia y resistencia a la autoridad
ANCAJIMA CLAVIJO MARTIN ALBERTO
EL ESTADO PERUANO REPRESENTADO POR LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE WANCHAQ
10MA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
IGNACIO ORTEGA MATEO
GALDOS TEJADA JORGE LUIS
MENOR DE INICIALES BAGP REPRESENTADA POR SUS PROGENITORES ROBERT GARCIA VERA Y BETSHABEL PALOMINO FL
10MA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
IGNACIO ORTEGA MATEO
Violencia contra la LA PROCURADURIA DEL autoridad para PEÑAFIEL CASTRO impedir el MINISTERIO DEL JOAO ALONSO ejercicio de sus INTERIOR funciones.
10MA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
IGNACIO ORTEGA MATEO
10MA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
IGNACIO ORTEGA MATEO
10MA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
IGNACIO ORTEGA MATEO
10MA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
IGNACIO ORTEGA MATEO
00761-2012-89
AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
Lesiones culposas
4
11:01
12:00
01285-2014-60
AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
5
12:01
13:00
00344-2014-23
AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
Tráfico ilegal de productos forestales maderables
01687-2014-27
AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
Atentado contra DE CULTURA CUSCO MENDOZA VALDIVIA monumentos REP POR EL ABOGADO TIBURCIO arqueológicos. HUGO SANCHEZ DEL
TARCO CORDOVA VICTOR
EL ESTADO EXP DE ORIGEN 435 2011
DIRECCION REGIONAL 6
14:00
14:59
MAR
7
17:01
17:30
00345-2012-77
LECTURA DE SENTENCIA
Alteración del ambiente o paisaje.
EL ESTADO PORTILLA LLANQQUE REPRESENTADO POR EL GUMERCINDO MINISTERIO DEL AMBIENTE
25
26
8
9
10
La República
17:31
07:45
08:00
18:01
07:59
08:30
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
Jueves, 12 de noviembre del 2015
01209-2014-43
LECTURA DE SENTENCIA
MENORES DE INICIALES PLDZ Y GIDZ REPRESENTADO Omisión de DURAND GARCIA POR SU asistencia familiar SANTIAGO PROGENITORA MARTHA MERCEDES ZEA SANCHEZ
02483-2014-52
LECTURA DE SENTENCIA
Omisión de asistencia familiar
00972-2014-88
AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
Omisión de ESCALANTE CARLOS asistencia familiar
MENORES DE INICIALES VSCS CDCS REPRESENTADAS POR SU PROGENITORA HILARIA SAÑAC PILCO
1RA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
EDWIN DEL POZO CONDORI
Omisión de MANTILLA ALVARO asistencia familiar WALTER
MENOR DE INICIALES JCMH REPRESENTADA POR SU PROGENITORA MARLENE HUAMAN CHACCA
1RA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
EDWIN DEL POZO CONDORI
MENOR DE INICIALES TMSV REP POR VILLENA CHACON LOURDES
1RA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
EDWIN DEL POZO CONDORI
SULLCA FARFAN AMERICO
CARDENAS JUAN
10MA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
IGNACIO ORTEGA MATEO
MENOR DE INICIALES JASV JCSV Y RMSV REPRESENTADOS POR SU PROGENITORA CELIA VEGA CASTILLO
1RA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
EDWIN DEL POZO CONDORI
11
08:31
09:00
00457-2015-25
AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
12
09:01
09:15
00576-2015-3-
AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
Omisión de SOTELO GUTIERREZ asistencia familiar LUCIO
13
09:16
09:30
00181-2015-14
AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
Omisión de asistencia familiar
VELASQUEZ SANDOVAL HARLEY LUIS
MENOR DE INICIALES VEGUIROM REP POR GUILLEN CAHVEZ DELIA DARINKA
1RA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
EDWIN DEL POZO CONDORI
14
09:31
10:00
02638-2014-0-
AUDIENCIA DE QUERELLA
QUERELLA
ALOSILLA PORTILLA WASHINGTON
MOLINA ARANDA HELIO HERBERT
1RA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
EDWIN DEL POZO CONDORI
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
Jueves, 12 de noviembre del 2015
La República
MENOR DE INICIALES MSCHCH REPRESENTADO POR SU PROGEMITORA GLADIS MIRIAM CHOQUE VELASQUEZ
1RA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
EDWIN DEL POZO CONDORI
ARGENPER S A CORDOVA BERNAL REPRESENTADO POR MILUSKA LUZMILA NATIVIDAD MAUTINO
1RA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
EDWIN DEL POZO CONDORI
HOSPITAL NACIONAL ADOLFO GUEVARA VELASCO ESSALUD CUSCO
1RA SALA PENAL DE APELACIONES
LUIS ALFONSO SARMIENTO, YURI PEREIRA Y FANY ANDRADE
ESTADO PERUANO REPRESENTADO POR EL MINISTERIO DEL AMBIENTE
1RA SALA PENAL DE APELACIONES
LUIS ALFONSO SARMIENTO, YURI PEREIRA Y FANY ANDRADE
Omisión de CHOQUE MARCA asistencia familiar ARTURO
Apropiación ilícita.
15
10:01
10:30
01008-2015-34
AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
16
10:31
11:00
01652-2013-25
AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
17
09:00
09:30
01648-2013-16
APELACION DE AUTOS
18
09:31
10:00
00224-2011-91
APELACION DE AUTOS
Contaminación del medio ambiente.
CORIMANYA BARRIO DE MENDOZA PORFIRIO
19
10:01
10:30
01649-2011-59
APELACION DE AUTOS
Homicidio Simple
MORA ALMIRON JOSE CARLOS
LOS HEREDEROS 1RA SALA PENAL DE LEGALES DE QVF ROY APELACIONES RUPA BARRIENTOS
LUIS ALFONSO SARMIENTO, YURI PEREIRA Y FANY ANDRADE
20
10:31
11:00
00073-2010-43
APELACION DE AUTOS
Robo Agravado
CHAVEZ BAÑOS DANTE VIRGILIO
CHAHUALLO LAURENTE ROBERTO CARLOS
1RA SALA PENAL DE APELACIONES
LUIS ALFONSO SARMIENTO, YURI PEREIRA Y FANY ANDRADE
APELACION DE AUTOS
Promoción o favorecimiento al tráfico ilícito de drogas.
QUISPE AYMA NELLY ENCARNACION
EL ESTADO REPRESENTADO POR EL PROCURADOR PUBLICO DEL MINISTERIO DEL INTERIOR
1RA SALA PENAL DE APELACIONES
LUIS ALFONSO SARMIENTO, YURI PEREIRA Y FANY ANDRADE
21
11:01
11:30
02250-2015-27
Falsa declaración DEL CAMPO en proceso ESTRADA CARLOS administrativo. GUILLERMO
27
28
22
23
24
25
26
27
28
La República
08:30
10:01
11:01
14:30
09:00
08:30
10:01
10:00
11:00
13:00
14:59
09:30
10:00
11:00
02424-2015-80
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
AUDIENCIA
Defraudacion Tributaria
Jueves, 12 de noviembre del 2015
EL ESTADO REP POR PROCURADOR BARRIENTOS PUBLICO DE LA HUANQUI EDWIN SUOERINTENDENCIA EDWIN DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA SUNAT CUSCO
2DA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
GILBERT ARIAS PAULLO
EL ESTADO RPTDO POR LA PROCURADURIA DEL MINISTERIO DEL INTERIOR RELATIVO A TID
2DA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
GILBERT ARIAS PAULLO
EL ESTADO RPTDO POR LA FERNANDEZ PROCURADURIA DEL MAMANI CARLOS MINISTERIO DEL MENDESTH INTERIOR RELASTIVO A TID
2DA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
GILBERT ARIAS PAULLO
LA SOCIEDAD REPRESENTADO POR 2DA SALA DE LA DRA ETEL DOLIBET AUDIENCIAS PENAL MARQUINA RODRIGUEZ
GILBERT ARIAS PAULLO
02216-2015-53
CONFIRMACION DE Promoción o favorecimiento al MEDIDAS tráfico ilícito de RESTRICTIVA YA drogas. EJECUTADAS
02216-2015-21
DETERMINAR Promoción o PROCEDENCIA DE favorecimiento al tráfico ilícito de PRISION drogas. PREVENTIVA
01767-2015-0-
AUD. CONTROL DE LA ACUSACION
Conducción en estado de ebriedad o drogadicción.
01986-2014-22
APELACION DE AUTOS
Atentado contra monumentos arqueológicos.
EL ESTADO REPRESENTADO POR LA PROCURADURIA HUAMAN NAULA DEL MINISTERIO DE JHON CULTURA DIRECCION REGIONAL DE CULTURA D
2DA SALA PENAL DE APELACIONES
URIEL BALLADARES APARICIO, REYNALDO OCHOA MUÑOZ Y ELCIRA FARFAN
00820-2014-11
AUD. CONTROL DE LA ACUSACION
Usurpación
EL ESTADO GONZALES REPRESENTADO POR VARGAS LUCIANO LA MUNICIPALIDAD ADAN DISTRITAL DE SAN JERONIMO
3RA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
LUZ MARINA MERMA DELGADO
01578-2015-0-
AUD. CONTROL DE LA ACUSACION
Conducción en estado de ebriedad o drogadicción.
LA SOCIEDAD REPRESENTADO POR LA SEGUNDA FISCALIA PROVINCIAL PENAL DE WANCHAQ
3RA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
LUZ MARINA MERMA DELGADO
CHALCO OROS DEBBIE INGRID
RAMOS RAMOS LUIS DAVID
PAZ PEÑA YAHIR EDWAR
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
Jueves, 12 de noviembre del 2015
29
30
11:01
12:01
12:00
13:00
01403-2015-0-
01818-2015-0-
La República
AUD. CONTROL DE Omisión de LA ACUSACION asistencia familiar
PAPEL PALMA ROLANDO
PAPEL PARI GYNA DEL CARMEN
3RA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
LUZ MARINA MERMA DELGADO
AUD. CONTROL DE Omisión de LA ACUSACION asistencia familiar
GUILLEN PACUHUANCA ALFREDO
MENORES DE INICIALES JPLGH Y LAGH REPRESENTADOS POR SU PROGENITORA LUZ MARINA HUAMAN HUAMAN
3RA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
LUZ MARINA MERMA DELGADO
FUENTES CARDENAS NURIAN
PROCURADURIA PUBLICA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO
3RA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
LUZ MARINA MERMA DELGADO
31
14:30
15:30
02133-2014-27
AUDIENCIA
Falsificación de documentos.
32
11:30
12:30
01621-2014-8-
AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
Robo Agravado
ACUÑA ACCOSTUPA DAVID
CHAUCA BORBON RENZO RAUL
4TA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
MIGUEL ANGEL CASTELO ANDIA, HECTOR CESAR MUÑOZ BLAS Y CASTAÑEDA CERECEDA EDITH
33
07:45
07:59
00465-2015-98
LECTURA DE SENTENCIA
Omisión de asistencia familiar
ESCOBEDO PALOMINO RAUL EMERSON
FLORES ALMONACID YNGUEBORT
5TA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
RINA LUCIA CABANA HEREDIA
34
08:00
08:30
00347-2015-21
BENEFICIO PENITENCIARIO
Homicidio Simple
HUAMANI PACHECO JOSE GABRIEL
5TA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
RINA LUCIA CABANA HEREDIA
02018-2014-40
LECTURA DE SENTENCIA
Conducción en estado de ebriedad o drogadicción.
RODRIGUEZ TACORI IRVIN PABLO
5TA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
RINA LUCIA CABANA HEREDIA
35
08:31
08:40
LA SOCIEDAD REP POR LA 2DA FPPC DE CUSCO DEL 2DO DESPACHO DE INVESTIGACION
29
30
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
36
08:45
09:00
02886-2014-61
AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
37
09:01
09:30
00543-2014-0-
AUDIENCIA
00881-2010-96
AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
38
09:31
10:00
Jueves, 12 de noviembre del 2015
Omisión de asistencia familiar
PILLCO QUENA NILO CACIANO
MENOR DE INICIALES RSPL REPRESENTADO POR SU PROGENITORA ENRIQUETA LUZA QUISPE
5TA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
RINA LUCIA CABANA HEREDIA
QUERRELLA
CUEVAS CENTENO HENRY
SUYO CUARESMA ALBERTO
5TA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
RINA LUCIA CABANA HEREDIA
Hurto agravado.
TICONA MARURI ZONIA
PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO REPRESENTADO POR LA JUEZA CARMEN VILLAGARCIA VALENZUELA
5TA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
RINA LUCIA CABANA HEREDIA
ASOCIACION DEPORTIVA CULTURAL LA PEÑA MIRANDA BUENO DE LOS VIERNES Apropiación ilícita. SIMON REPRESENTADO POR CARLOS VIDAL ECHEVARRIA BERNAL
5TA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
RINA LUCIA CABANA HEREDIA
39
10:01
10:29
01388-2013-9-
AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
40
13:45
13:59
02883-2014-3-
LECTURA DE SENTENCIA
Conducción en estado de ebriedad o drogadicción.
QUENAYA CRUZ YURI WILAR
LA SOCIEDAD REPRESENTADO POR LA DRA MIREYA GARCIA MOJONERO
5TA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
RINA LUCIA CABANA HEREDIA
41
14:00
14:29
01776-2013-55
AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
Usurpación
BELLIDO UGARTE BALTAZAR MELCHOR GASPAR
HUAMAN QUISPE EFRAIN
5TA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
RINA LUCIA CABANA HEREDIA
42
14:30
14:45
00630-2012-80
AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
Falsa declaración en proceso administrativo.
GUARDAPUCLLA MASIAS BRAMER
ORGANISMO SUPERVISOR DE CONTRATACIONES DEL ESTADO
5TA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
RINA LUCIA CABANA HEREDIA
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
Jueves, 12 de noviembre del 2015
La República
Omisión de asistencia familiar
PUMA MAMANI MARCELO
MENOR DE INCIALES PPM REPRESENTADA POR SU PROGENITORA BALVINA PINARES JUAREZ
5TA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
RINA LUCIA CABANA HEREDIA
43
14:46
14:59
01343-2014-93
AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
44
16:31
16:59
01320-2014-68
LECTURA DE SENTENCIA
Lesiones leves
VALENCIA DIAZ ALEXANDER
RAMOS HUARI MARCO EUGENIO
5TA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
RINA LUCIA CABANA HEREDIA
45
17:01
17:31
00926-2011-89
AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
Usurpación
LEON ARANZABAL CESAR
QUISPE RAMOS RICHARD
5TA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
RINA LUCIA CABANA HEREDIA
46
17:32
18:00
01943-2013-46
AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
5TA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
RINA LUCIA CABANA HEREDIA
47
09:00
09:59
02234-2015-0-
AUD. CONTROL DE LA ACUSACION
48
10:00
11:30
01498-2015-0-
AUD. CONTROL DE pudor en menores LA ACUSACION (edad víctima: 10-
CCAJAVILCA Lesiones leves por CHOQQUEMAMANI JOVE ANDRADE ANA Violencia Familiar HOOPER ESTHER REYNALDS
Conducción en estado de ebriedad o drogadicción.
TTITO TECSI ABEL
LA SOCIEDAD REPRESENTADO POR EL MINISTERIO PUBLICO
6TA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
GUDRIEL DIAZ USCA
TORRES CANDIA ROBERT
MENOR DE INICIALES FLGT REP POR GAVINO GUERRA TINOCO
6TA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
GUDRIEL DIAZ USCA
MAMANI GONZALES SALUSTIO
MENORES DE INICIALES MMT GBMT Y KEMT REPRERSENTADOS POR SU PROGENITORA MARLENY TTITO ESACALNTE
6TA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
GUDRIEL DIAZ USCA
Actos contra el
14 años).
49
11:31
13:00
01757-2015-0-
AUD. CONTROL DE Omisión de LA ACUSACION asistencia familiar
31
32
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
Jueves, 12 de noviembre del 2015
50
14:30
14:59
01334-2015-0-
AUD. CONTROL DE LA ACUSACION
Conducción en estado de ebriedad o drogadicción.
JANAMPA HUALLPAYUNCA JUAN
LA SOCIEDAD REPRESENTADO POR LA DRA JANETH MIREYA GARCIA MOJONERO
6TA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
GUDRIEL DIAZ USCA
51
09:00
10:30
00432-2015-86
AUD. CONTROL DE LA ACUSACION
Atentado contra monumentos arqueológicos.
CHILLITUPA JOSEFINA
DIRECCION DESCONCENTRADA DE CULTURA DE CUSCO
7MA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
REYNALDO OCHOA MUÑOZ
MENOR DE INICIALES RADMC REPRESENTADO PO SU PROGENITORA ROSA DEL MAR CRUZ
7MA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
REYNALDO OCHOA MUÑOZ
ALARCON BARCENA ALEXANDER
PEREIRA CACERES YULI SANDRA
7MA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
REYNALDO OCHOA MUÑOZ
MAYTA MANUELO DANIEL
PUMALLOCLLA FLORES ANTONIO ISAIAS
8VA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
AGRIPINA USCA CAVIEDES
8VA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
AGRIPINA USCA CAVIEDES
8VA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
AGRIPINA USCA CAVIEDES
52
10:31
11:30
01501-2015-0-
AUD. CONTROL DE Omisión de GONZALES ROZAS LA ACUSACION asistencia familiar ANGEL ROSENDO
53
11:31
13:00
02044-2015-0-
fraude AUD. CONTROL DE LA ACUSACION procesal,abusode
Defraudaciones,
firma en blanco.
54
09:00
10:30
01031-2014-5-
AUD. CONTROL DE LA ACUSACION
Lesiones graves
55
10:31
12:00
01991-2015-20
CONFIRMACION DE MEDIDAS RESTRICTIVA YA EJECUTADAS
Chantaje
56
12:01
13:00
02899-2014-0-
AUD. CONTROL DE Lesiones culposas LA ACUSACION
GONZALES PEZUA QUISPE RODRIGUEZ JAVIER EUSEBIO ADRIEL
MONARES AÑANCA ABELIO
MUÑOZ BACA JOSEFINA
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
Jueves, 12 de noviembre del 2015
57
14:30
15:30
01719-2014-74
EL ESTADO Violencia contra la REPRESENTADO POR autoridad para GONZALO CURILLA EL PROCURADOR AUD. CONTROL DE impedir el GOMERCINDO PUBLICO DE LA ACUSACION ejercicio de sus SAUL ASUNTOS JUDICIALES funciones. DEL MINISTERIO DEL INTERIOR
58
08:30
10:00
02796-2014-83
AUD. CONTROL DE LA ACUSACION
Lesiones graves
La República
8VA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
AGRIPINA USCA CAVIEDES
ESPINOZA BEJAR JOSE IVAN
CANDIA ROMERO SERAPIO
9NA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
ANIBAL PAREDES MATEUS
9NA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
ANIBAL PAREDES MATEUS
59
10:01
11:31
01960-2014-89
AUD. CONTROL DE LA ACUSACION
Atentado contra monumentos arqueológicos.
LUYCHO CCOA SILVESTRE
EL ESTADO REPRESENTADO POR LA PROCURADURIA PUBLICA DE LA DIRECCION REGIONAL DE CULTURA DEL MINISTERI
60
11:32
13:00
01901-2014-49
AUD. CONTROL DE LA ACUSACION
Lesiones leves
VASQUEZ CABANILLAS RICHARD
SANCHEZ OJEDA RUFFINA
9NA SALA DE AUDIENCIAS PENAL
ANIBAL PAREDES MATEUS
61
14:01
14:59
01288-2014-23
AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
Robo Agravado
CACERES RIOS MARIO
CCORAHUA SULLA JHON HENRY
QUENCCORO - 1° SALA DE AUDIENCIAS
MIGUEL ANGEL CASTELO ANDIA, HECTOR CESAR MUÑOZ BLAS Y CASTAÑEDA CERECEDA EDITH
62
15:00
15:44
01030-2013-47
AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
Robo Agravado
CACERES ENCISO DAXI AGUSTIN
CORDOVA VILLAR YULY
QUENCCORO - 1° SALA DE AUDIENCIAS
MIGUEL ANGEL CASTELO ANDIA, HECTOR CESAR MUÑOZ BLAS Y CASTAÑEDA CERECEDA EDITH
63
15:45
16:30
02578-2014-61
AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
Robo Agravado
CCOYLLULLE ASTACIE CESAR FELIPE
ENRIQUEZ BARRETO QUENCCORO - 1° SALA CYNTIA DE AUDIENCIAS
MIGUEL ANGEL CASTELO ANDIA, HECTOR CESAR MUÑOZ BLAS Y CASTAÑEDA CERECEDA EDITH
33
34
64
65
66
67
La República
17:01
11:31
14:00
18:30
18:00
13:00
14:29
19:00
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
01110-2015-49
DETERMINAR LA PROLONGACION DE LA PRISION PREVENTIVA
Robo Agravado
CHAVEZ OVALLE IVAN
00310-2013-32
AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
Violación de la libertad sexual (Tipo base).
JUSTINIANI MOLLEHUANCA JULIAN
MENOR DE INICIALES SLM REPRESENTADA QUENCCORO - 2° SALA POR SU PROGENITOR DE AUDIENCIAS GRACIANO LOPINTA MEZA
RINA LUCIA CABANA HEREDIA
02054-2015-78
TERMINACION ANTICIPADA
Promoción o favorecimiento al tráfico ilícito de drogas.
GARCIA ESPARZA DANIEL ALBERTO
EL ESTADO REP POR EL PROCURADOR QUENCCORO - 2° SALA PUBLICO DEL DE AUDIENCIAS MINISTERIO DEL INTERIOR
ERIKA NUÑEZ ORIHUELA
00094-2014-39
LECTURA DE SENTENCIA
Cohecho pasivo propio
CARBAJAL PALMA EDWAR
EL ESTADO PERUANO REPRESENTADO POR LA PROCURADURIA QUENCCORO - 2° SALA PUBLICA DE AUDIENCIAS ANTICORRUPCION DEL CUSCO
RINA LUCIA CABANA HEREDIA
Violación sexual de menor de edad (mayor de 10 y menor de 14 años de edad)
TILLCA CHUHUI LEOCADIO
MENOR DE INICIALES QUENCCORO - 3° SALA LUIS ALFONSO SARMIENTO, YURI LIY DE AUDIENCIAS PEREIRA Y FANY ANDRADE
Robo Agravado
FERNANDEZ GRANADA VERONICA DE JESUS
EMPRESA MIGUEL ANGEL CASTELO ANDIA, QUENCCORO - 3° SALA MULTISERVICIOS HECTOR CESAR MUÑOZ BLAS Y DE AUDIENCIAS ORTIZ EIR MG LA RED CASTAÑEDA CERECEDA EDITH
CONDORI PACSI JORGE JUVENAL
MENOR ANDRE CALLO INCAROCA MIGUEL ANGEL CASTELO ANDIA, REPRESENTADO POR QUENCCORO - 3° SALA HECTOR CESAR MUÑOZ BLAS Y SU PROGENITORA DE AUDIENCIAS CASTAÑEDA CERECEDA EDITH PATRICIA INCARROCA HUAMAN
68
08:00
08:29
00215-2015-0-
LECTURA DE SENTENCIA
69
08:30
09:29
02519-2014-1-
AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
70
09:30
10:29
Jueves, 12 de noviembre del 2015
02873-2014-57
AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
Robo Agravado
CAMALA JIHUAÑA SAMUEL
QUENCCORO - 1° SALA DE AUDIENCIAS
ANIBAL PAREDES MATEUS
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
Jueves, 12 de noviembre del 2015
71
10:31
11:30
01995-2014-92
AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
72
11:31
13:00
01621-2014-8-
AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
01657-2015-14
DETERMINAR LA PROLONGACION DE LA PRISION PREVENTIVA
73
13:15
13:59
74
14:30
16:30
00624-2015-23
AUDIENCIA
75
17:01
18:00
00380-2015-53
DETERMINAR LA PROLONGACION DE LA PRISION PREVENTIVA
76
19:00
20:00
00094-2014-64
DETERMINAR LA PROLONGACION DE LA PRISION PREVENTIVA
77
11:30
13:00
02242-2015-0-
BENEFICIO PENITENCIARIO
Violación de la libertad sexual (Agravante: a mano armada, con FARFAN MIRANDA el concurso de JHONATAN PAUL más de dos personas, prevalencia de posición, etc).
La República
PERSONA DE INICIALES EFAQ
QUENCCORO - 3° SALA DE AUDIENCIAS
MIGUEL ANGEL CASTELO ANDIA, HECTOR CESAR MUÑOZ BLAS Y CASTAÑEDA CERECEDA EDITH
CHAUCA BORBON RENZO RAUL
QUENCCORO - 3° SALA DE AUDIENCIAS
MIGUEL ANGEL CASTELO ANDIA, HECTOR CESAR MUÑOZ BLAS Y CASTAÑEDA CERECEDA EDITH
ESTADO REPRESENTADO POR Microcomercializa HALANOCA LAPROCURADURIA QUENCCORO - 3° SALA ción o SALAZAR MARCO DEL MINISTERIO DEL DE AUDIENCIAS microproducción. ANTONIO INTERIOR RELATIVO A TRAFICO ILICITO DE DRO
LUZ MARINA MERMA DELGADO
Robo Agravado
ACUÑA ACCOSTUPA DAVID
Violación de la libertad sexual (Agravante: a mano armada, con CHAVEZ LOAYZA el concurso de ELMER ALAIN más de dos personas, prevalencia de posición, etc).
AMORIN SOTO KRIS QUENCCORO - 3° SALA MILAGROS DE AUDIENCIAS
Robo Agravado
FABIAN INCA LUIS ALFREDO
QUENCCORO - 3° SALA DE AUDIENCIAS
LUZ MARINA MERMA DELGADO
Cohecho pasivo propio
EL ESTADO PERUANO REPRESENTADO POR CARBAJAL PALMA LA PROCURADURIA QUENCCORO - 3° SALA EDWAR PUBLICA DE AUDIENCIAS ANTICORRUPCION DEL CUSCO
LUZ MARINA MERMA DELGADO
Asesinato
SERRANO QUISPE JAIME
LAYME TTITO NOLBERTO
EDWIN DEL POZO CONDORI
USCA ARANA HONORATA
QUENCCORO - 4° SALA DE AUDIENCIAS
EDWIN DEL POZO CONDORI
35
36
78
La República
08:30
08:59
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
Jueves, 12 de noviembre del 2015
Luz Marina AZURIN Taboada Cordinadora de CDG Modulo Penal
Jueves, 12 de noviembre del 2015
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
La República
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La República
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
Jueves, 12 de noviembre del 2015
Jueves, 12 de noviembre del 2015
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
La República
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IMPUTADO
DELITO
AGRAVIADO
ACTO PROCESAL
VOCAL DIRECTOR
10-2001
349-2013
11.00
14.30
PECULADO
PECULADO DOLOSO LIMPUQ
FONCODES APERTURA
APERTURA
DR. SILVA
DR. MATHEUS
MONIKA VALENCIA LUCERO SECRETARIA
DIONICIO QUISPE PECULADO MUNICIPALIDAD REQUISITORIA DRA. CÁCERES DRA. UGARTE CONDORI Y DOLOSO Y OTROS DE COLQUEPATA OTROS SS. JUECES SUPERIORES: MARIO HUGO SILVA ASTETE; ROCIO CÁCERES PÉREZ; ANIBAL PAREDES MATHEUS.
JULIA VIVANCO TORBISCO
BORIS ROMERO PAREJA Y OTROS
FISCAL SUPERIOR SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
MARIO HUGO SILVA ASTETE PRESIDENTE
1146-2009
APERTURA Y CONTINUACIÓN DE AUDIENCIAS – 12 DE NOVIEMBRE DE 2015SEDE CENTRAL
EXPEDIENTE
La República
09.00
HORA
SALA PENAL DE APELACIONES TRANSITORIA EN ADICIÓN DE FUNCIONES SALA PENAL LIQUIDADORA
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO
40 Jueves, 12 de noviembre del 2015
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
Jueves, 12 de noviembre del 2015
La República
41
&257(683(5,25'(-867,&,$'(/&86&2 6$/$0,;7$3(1$//,48,'$'25$