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12 mar. 2018 - Exp. N°: 01508-2017-0-2701-JR-PE-. 03Tercer Juzgado de Investigación. Preparatoria de Tambopata – Madre de. DiosJuez: Edgard León Quispe. Especialista Judicial: Carla del Rosario. Veliz Cabrera.Se notifica al imputado. Manuel Luis Gamboa Palomino lo dis- puesto mediante Resolución N° 05 de.
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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO

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SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

Lunes, 12 de marzo del 2018

AVISOS JUDICIALES J.S (08, 09, 12) NOTIFICACIÓN POR EDICTO Sr. JUAN CARLOS FARFAN RODRÍGUEZ Se pone en conocimiento lo siguiente: Ante el Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial del Cusco bajo la dirección del señor Juez Dr. Héctor César Muñoz B. y conformado por los Dr. Miguel Ángel Castelo y Dra. Marina Inés Supanta C. y actuación del especialista legal Aurelio Román Villacorta, se viene tramitando la causa penal N° 166-201790, seguido contra JUAN CARLOS FARFÁN RODRÍGUEZ, como presuntos autor por el delito CONTRA LA LIBERTAD en la modalidad de VIOLACIÓN DE LA LIBERTAD SEXUAL, sub tipo ACTOS CONTRA EL PUDOR DE MENOR DE EDAD en grado de CONSUMADO, en agravio de la menor de iniciales K.I.F.Q (12 años) representada por su progenitora BERTHA QUISPE TILCA; donde se ha dispuesto lo siguiente: RESUELVE: 1.- CITAR A JUICIO ORAL (...); cuyo acto procesal se realizará el día VEINTITRÉS DE JULIO del dos mil DIECIOCHO, a horas NUEVE de la mañana (hora exacta) en la cuarta sala de audiencias ubicado en el tercer nivel del Palacio de Justicia de Cusco, acto al cual comparecerá el imputado JUAN CARLOS FARFÁN RODRÍGUEZ, asistido por Abogado de su elección o el defensor de oficio que se le designe oportunamente, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia de declarársele REO CONTUMAZ y disponerse su conducción compulsiva por la fuerza pública; para cuyo efecto NOTIFÍQUESE en sus domicilios señalados en autos (consignado en la acusación escrita y auto de enjuiciamiento). Teniendo en cuenta que el imputado Juan Carlos Farfán Rodríguez viene siendo notificado en su domicilio real en el Jirón Iquique 5-101 del distrito de Breña-Lima (Reniec), donde al parecer ya no domicilia y el domicilio actual se desconoce; consiguientemente al ignorarse su domicilio real actual, se DISPONE que se le notifique también mediante EDICTOS en el diario Judicial del Cusco. (...). Cusco, 31 de enero de 2018.

EDICTO JUDICIAL JUZGADO MIXTO Y UNIPERSONAL DE ECHARATE.Cita al acusado JUAN JOSÉ CASTILLO ESCALANTE (Reo Libre), a efecto de que concurra a la AUDIENCIA DE JUICIO ORAL programada para el día MARTES 27 DE MARZO DEL 2017 a HORAS 14:00. Proceso Penal Nro. 113-2013-92-PE-1010-JR-PE-01, seguido contra el referido acusado, por la presunta comisión del delito de Tenencia Ilegal de Armas de Fuego, en agravio del Estado Peruano. Bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz y/o Ausente y disponer su conducción compulsiva en caso de su inconcurrencia.- Firma. Sr. Juez Nataly Cáceres Velarde.- Secretaria Rocío Callaymara Ayquipa. Echarate, 16 de enero de 2018. J.S (08, 09, 12)

EDICTO PENAL Exp. N°: 01508-2017-0-2701-JR-PE03Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Tambopata – Madre de DiosJuez: Edgard León Quispe. Especialista Judicial: Carla del Rosario Veliz Cabrera.Se notifica al imputado Manuel Luis Gamboa Palomino lo dispuesto mediante Resolución N° 05 de fecha seis de marzo del dos mil dieciocho, mediante el cual se reprograma la Audiencia Única de Incoación del Proceso Inmediato, con carácter INAPLAZABLE para el día 09 de abril del 2018 a horas 07:30 de la mañana, la que se realizará en la Sala de Audiencias del 3° Juzgado de Investigación Preparatoria de Tambopata, sito en la Av. Ernesto Rivera N° 722 – Puerto Maldonado, 1er. Bloque 3er Piso.Puerto Maldonado, 07 de marzo del 2018. J.S (08, 09, 12)

EDICTO JUDICIAL 1o JUZ. DE INVES. PREPARATORIA Sede Espinar. EXPEDENTE: 296-2017-0-1009-JRPE-01. JUEZ: ESTEBAN FREDDY ACHOMA TITO ESPECIALISTA: KATTY ELIZABETH APAZA HOLGUINO Se pone en conocimiento del señor JOSÉ LUIS MAQUERA ROSAS, que la Fiscalía provincial Penal de Espinar ha requerido proceso inmediato en su contra por el delito contra la familia en su modalidad de omisión a la asistencia familiar en su forma de OMISIÓN DE PRESTACIÓN DE ALIMENTOS previsto en el artículo 149 primer párrafo del Código Penal, en agravio de Kelvin Rossell Maquera Huamani, representado por su progenitura Mariaelena Huamani Quispe; asimismo, mediante resolución número uno de fecha dieciocho de octubre del dos mil diecisiete, se ha ADMITIDO a trámite el requerimiento de proceso inmediato, requiriéndose al imputado para que en el plazo de 24 horas designe abogado defensor de su libre elección o ratificar al abogado defensor designado, bajo apercibimiento de designar Defensor Público en caso de incumplimiento; asimismo se pone en su conocimiento que mediante resolución número cinco se dispuso reprogramarla audiencia de incoación de proceso inmediato para el dia CATORCE DE MARZO DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS DIEZ Y TREINTA HORAS, en la sala de audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Espinar.Espinar, 31 de enero del 2018. J.S (08, 09, 12)

EDICTO PENAL EXP. 02838-2015-65 NOTIFICACIÓN: El Tercer Juzgado Penal Unipersonal del Cusco, CITA Y EMPLAZA al acusado ROLANDO VARGAS YLLA, a fin de que concurra a la AUDIENCIA DE JUICIO ORAL, señalada para DÍA 11 DE ABRIL DEL AÑO 2018 a las 14.30 Hrs. de la tarde, a realizarse en la Ter-

cera Sala de Audiencias del Palacio de Justicia de Cusco, ubicado en la Av. El Sol de la ciudad de Cusco, ordenado en el cuaderno de DEBATES N° 02838-2015-65-JR-PE-06, seguido por delito Lesiones Leves por violencia Familiar en agravio de Liliana Ravelo Estrada. En caso de inasistencia se le declarará CONTUMAZ. Especialista de causa: Severino HUAMÁN HUAMANTICA. Cusco, 07 de marzo del 2018. J.S (9, 12, 13 MAR)

NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO A LA PERSONA DE VÍCTOR GONZALO CHOQUE Ante el Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria de Cusco, que despacha la señora Juez Dra. Zulay Sánchez Farfan, bajo la actuación de la Especialista de Juzgado Ingrid Christa Farfan Vargas de Urbiola, se viene tramitando el Proceso Penal signado Nro. 0580-2018-20-1001-JR-PE-06, seguido contra Víctor Gonzalo Choque por la presunta comisión del delito de Actos contra el Pudor en menores en agravio de menor de iniciales LAQC, se ha dispuesto la notificación via edicto de: Resolución Nro.02 Cusco, cinco de Marzo del año dos mil dieciocho. Dado cuenta después del período vacacional. A la constancia que antecede: REPROGRAMESE la diligencia de autos para el día DIECISEIS DE MARZO DEL AÑO EN CURSO A OCHO HORAS DE LA MAÑANA, en la Sexta Sala de Audiencia de los Juzgados de Investigación Preparatoria de Cusco (Av. Sol S/N. Palacio de Justicia, 3er Nivel) debiendo notificarse a todas las partes, previniéndose los apercibimiento decretados en autos. J.S (9, 12, 13 MAR)

EDICTO PENAL EXPEDIENTE 0008-2015-4-2701-JRPE-02 JUEZ: DR. GINO CESAR YARLEQUE

Lunes, 12 de marzo del 2018

OLIVA ESPECIALISTA JUDICIAL: JUAN ENRIQUE CASTRO VILCA NUMERO DE RESOLUCIÓN: Resolución N° OCHO. Se notifica al imputado CLEMENTE QUISPE HUARAKA, en el presente Proceso Penal por la presunta comisión del delito de Lesiones Leves Agravadas por Violencia Familiar, con el extracto de la resolución Número OCHO mediante el cual se cita a Audiencia Pública de Control de Acusación para el día VEINTE DE MARZO DE DOS MIL DIECIOCHO a horas OCHO CON TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA (hora exacta) la que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Tambopata, sito en la Av. Ernesto Rivero N° 720 de Puerto Maldonado, debiendo acudir patrocinado por el Abogado de su libre elección bajo apercibimiento de llevarse a cabo la Audiencia con el Defensor Público citado. J.S (9, 12, 13 MAR)

AVISO JUDICIAL Señor: NICANOR MAMANI HUILCA. Ante el juzgado de paz letrado del distrito de San Sebastian que corre bajo la dirección de la señorita magistrado Dra. Lynda Vargas Manga, en el proceso judicial No. 00495-2017-0-1023-JPFC-01 seguida por Aurelia Quispe Puma, en contra de Nicanor Mamani Huilca sobre prestación de alimentos, mediante resolución No. 05 del 05 de enero del 2018, se ha dispuesto se le emplace mediante edictos el extracto de la demanda: AUTOADMISORIO RESOLUCIÓN N° 03 San Sebastián, 12 de octubre del 2017.-AUTOS, VISTOS: Con la demanda interpuesta por Aurelia Quispe Puma y, CONSIDERANDO: PRIMERO.- Toda persona con interés y legitimidad para obrar, tiene derecho a la tutela jurisdiccional efectiva para el ejercicio o defensa de sus derechos o intereses, conforme lo establecen los Artículos I y IV del Título Preliminar del Código Procesal Civil. SEGUNDO.- La calificación de la demanda importa el proceso de verificación que efectúa el juzgador respecto de la concurrencia o ausencia de los presupuestos procesales y materiales de la pretensión. La demanda que precede reúne los re-

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quisitos de admisibilidad y procedencia contenidos en los artículo 424° y 425° del Código Procesal Civil, así como los requisitos de forma previstos por el artículo 130° del código acotado y no se halla inmersa dentro de los supuestos de inadmisibilidad e improcedencia establecidos en los artículos 426° y 427° de la norma adjetiva señalada. Por estos considerandos; SE ADMITASE a trámite la demanda interpuesta por doña: AURELIA QUISPE PUMA en representación de sus menores hijas Gladis e Irma Mamani Quispe, sobre PRESTACION DE ALIMENTOS, en contra de NICANOR MAMANI HUILCA en la VIA DEL PROCESO UNICO regulada por el Código de los Niños y Adolescentes por su mérito al amparo del artículo 168 del citado cuerpo legal córrase traslado a la parte demandada por el plazo legal, bajo expreso apercibimiento de declararse su rebeldía en caso de incurrir en los supuestos que regula el artículo 458 del Código procesal Civil. MEDIOS PROBATORIOS: Téngase por ofrecidos los medios probatorios que se indican, reservando su admisión, y actuación para la audiencia respectiva. AL OTROSI DIGO.- Estando al pedido de tutela ‘anticipada se dispone que el demandado Nicanor Mamani Huilca cumpla con asistir con la suma de quinientos soles mensuales, a favor de las alimentistas. H.S. lo que se le pone en conocimiento para los fines consiguientes, media firma del especialista y firma completa del señor Juez. San Sebastián, 08 de enero del 2018 PODER JUDICIAL JUAN RONALD BORNAS GUERRA SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE SAN SEBASTIAN CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO PODER JUDICIAL P. 6574097 F. (12, 16, 22 MAR)

EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Mixto de Paruro, que despacha el señor Juez Félix Villegas Cajachagua, bajo la actuación del Secretario Judicial Aladino Roldan Aparicio Salas, se tramita el Expediente N° 15-2016-CI, seguido por Julia Gutiérrez Eguiluz de Sanabria, sobre Prescrip-

ción Adquisitiva de propiedad, contra la Parroquia del distrito de Huanoquite, representado por el párroco Prbt. Roy Wilson Aroni Peralta, se ha dispuesto mediante resolución N° 10 del 04 de enero del 2018, la publicación mediante edictos de un extracto del auto admisorio, así como el auto de corrección contenido en la Resolución N° 10 de fecha 04 de enero del 2018, como sigue: “Resolución N° 10, Paruro 04 de enero del 2018: SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por JULIA GUTIERREZ EGUILUZ DE SANABRIA, con la Pretensión Principal de: PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE PROPIEDAD de terreno de una extensión superficial de 5,443.00 m2. Ubicado en el Sector Sacse del distrito de Huanoquite. provincia de Paruro - Cusco y en Acumulación Accesoria Originaria: 1) RECONOCIMIENTO DE DERECHO DE PROPIEDAD DEL PREDIO ANOTADO PRECEDENTEMEHTE, y; 2) IINSCRIPCIÓN Y RECONOCIMIENTO DE DERECHO DE PROPIEDAD EN EL REGISTRO DE PROPIEDAD INMUEBLE DE LOS REGISTROS PÚBLICOS, contra la PARROQUIA DEL DISTRITO DE HUANOQUITE, representado por el PARROCO Prbt. ROY WILSON ARONI PERALTA, con citación de: JESÚS CASTILLO EGUILUZ y EDMUNDO CRUZ CASTILLO. Debiendo tramitarse en la VÍA DEL PROCESO ABREVIADO. Córrase traslado al demandado por el plazo de DIEZ DÍAS, para que absuelva la demanda, bajo apercibimiento de declárasela rebelde y seguir el proceso en su rebeldía. Notifíquese a los citados con la demanda y anexos por el plazo de ley. A LOS MEDIOS PROBATORIOS: Téngase por ofrecidos, los mismos que se admitirán, actuarán y merituarán en la oportunidad procesal. A LOS ANEXOS.- Agréguese a sus antecedentes los anexos adjuntos.- AL OTROSI Y MAS DIGO.- Notifíquese a través de la Central de Notificaciones de ésta Sede Judicial.- AL PRIMER MÁS DIGO.- Téngase presente”. H.S.Paruro, 25 de enero del 2018. PODER JUDICIAL DEL PERU ALADINO ROLDAN APARICIO SALAS SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO MIXTO, JUZGADO PENAL UNIPERSONAL Y JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE PARURO CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE

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CUSCO PODER JUDICIAL P.6574111 F. (12, 16, 22 MAR)

EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado de Paz Letrado de San Jerónimo-Cusco, en el Exped. N° 262018-Cl, en la vía del PROCESO NO CONTENCIOSO La solicitud de TERESA HAYDEE ZAPATA HUALLPA, sobre la SUCESIÓN INTESTADA de su progenitor Q.E.V.F. Mario Sebastian Zapata Rimachi, se ha dispuesto la publicación del presente para los fines de Ley.San Jerónimo, 07-03-2018. ISABEL DEL CARMEN ROJAS PINO SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE SAN JERONIMO CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO PODER JUDICIAL P. 6574120 F. (12, 13, 14 MAR)

EDICTO JUDICIAL Por ante el Primer Juzgado de paz Letrado de Cusco, bajo el Despacho de la Señora Juez Doctora MARIA DEL CARMEN VILLAGARCIA VALENZUELA y bajo la actuación de la Secretaria Judicial Catalina Salazar Miranda, se tramita el expediente Nro. 02893-20170-1001 -JP-CI-01, seguido por BENEDICTO GONZALES ALVARES, solicita en la Vía del Proceso No Contencioso la rectificación de Partida de Matrimonio de quienes en vida fueron sus señores padres Enrique Gonzales Olivera y doña María Jesús Álvarez Cruz, por haberse omitido en consignar el primer nombre de pila de su señora madre del recurrente, consignado erróneamente como “JESUSA ALVAREZ CRUZ”, siendo lo correcto “MARIA JESUS ALVAREZ CRUZ”, se efectúa la presente publicación para los fines consiguientes de ley. Cusco, 29 de Enero del 2018. MARIA DEL CARMEN VILLAGARCIA VALENZUELA JUEZ TITULAR

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PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CUSCO CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO PODER JUDICIAL

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Lunes, 12 de marzo del 2018

YEPEZ PEREZ, y a sus hijos MARIELA YEPEZ VELASQUE y PERCY GUILLERMO YEPEZ VELASQUE. Publicación que se pone a conocimiento del público para los fines de ley. Cusco, 09 de marzo de 2018.

en el plazo establecido por Ley, bajo expreso apercibimiento de nombrársele Curador Procesal.- Lo que se publica para los fines de Ley.

KETTY CONCHOY OCHOA SECRETARIA JUDICIAL PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CUSCO CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO PODER JUDICIAL

ELIZABETH MAGNOLIA PAREDES SALAS SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE SAN JERONIMO CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO PODER JUDICIAL

San Jerónimo, 16-01-2018.

P. 6574141 F. (12 MAR)

EDICTO En el proceso N° 2544-2017, seguido por GUILLERMO YEPEZ PEREZ, sobre CAMBIO DE NOMBRE, se ha dispuesto la notificación por edictos de: “Resolución 02.- Cusco, cuatro de Enero del año dos mil dieciocho. VISTOS; (...) SE RESUELVE: ADMITIR y tramitar en la vía del proceso NO CONTENCIOSO la solicitud interpuesta por GUILLERMO YEPEZ PEREZ, sobre CAMBIO DE NOMBRE, de GREGORIO YEPEZ PEREZ, por el de GUILLERMO YEPEZ PEREZ, con citación del representante del Ministerio Público.- Publíquese por única vez el extracto de la solicitud en el diario judicial de la localidad por el plazo de ley.- (...) H.S.” Fdo. Sra. Juez Sandra Contreras -Champaña.- Esp. Legal Boris Santos de la Gala. Cusco, 09 Marzo 2018. PODER JUDICIAL DEL PERU BORIS JUVENAL SANTOS DE LA GALA ESPECIALISTA LEGAL PRIMER JUZGADO CIVIL MODULO CORPORATIVO CIVIL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO P. 6574212 F. (12 MAR)

EDICTO JUDICIAL Ante el Primer Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Cusco, a cargo de la señora Juez Dra. María del Carmen Villagarcía Valenzuela y bajo la actuación de la Secretaria Judicial Ketty Conchoy Ochoa, se viene tramitando el proceso civil Nro. 03312-2017, solicitado por MARIELA YEPEZ VELASQUE, sobre SUCESIÓN INTESTADA de quien en vida fue su señora madre MERCEDES VELASQUE VALER, fallecida en fecha 20 de junio del año 2017, en el distrito de Wanchaq, provincia y departamento del Cusco, a fin de que se declare como sus únicos y universales herederos a su cónyuge supérstite GUILLERMO

P. 6574210 F. (12 MAR) P. 6574219 F. (12, 13, 14 MAR)

EDICTO JUDICIAL SEÑOR: PAUL SALAS OJEDA. Ante el Juzgado de Paz Letrado de San Jerónimo - Cusco, en el Exped. N° 2642017-FC, se ha dispuesto la publicación del edicto judicial en los siguientes términos. RESOLUCIÓN NRO. 01 DEL 10-08-2017. SE RESUELVE ADMITIR A TRAMITE en la VÍA ÚNICA la demanda instada por YONY HUAQQUISTO HUAMAN en representación del menor de iniciales J.A.S.H. contra PAUL SALAS OJEDA sobre PRESTACIÓN DE ALIMENTOS. Por su mérito córrase traslado al demandado por el término de cinco días a fin de que cumpla con absolver la demanda, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde (...). SE RESUELVE: DICTAR LA MEDIDA CAUTELAR TEMPORAL SOBRE EL FONDO a favor del menor de iniciales J.A.S.H. representado por su progenitora YONY HUAQQUISTO HUAMAN consistente en la ASIGNACIÓN ANTICIPADA DE AUMENTOS en la suma de TRESCIENTOS SOLES que deberá pagar el demandado PAUL SALAS OJEDA RESOLUCIÓN N 04 del 15-01-2018. Estando a lo expuesto por la demandante y habiendo cumplido la formalidad exigida por Ley, por lo que de conformidad a lo dispuesto en los Artículos 165”, 167” modificado por Ley N° 30293, 168°y 435° del Código Procesal Civil y el Oficio Circular N° 03-USJ-CSJCU, NOTIFÍQUESE al demandado PAUL SALAS OJEDA con el auto admisorio y la presente resolución, mediante la publicación de EDICTOS por un periodo de TRES DÍAS HÁBILES en el Diario Judicial de Cusco, a fin de que el mismo se apersone al proceso

EDICTO JUDICIAL Ante el JPLSJ-Cusco, en el Exped. N° 19-2018-CI seguido por SARA MERCEDES ACEVEDO VALENCIA sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO en cuanto a la consignación de su fecha de nacimiento como 25 de setiembre de 1968, siendo lo correcto 25 de setiembre de 1973, se ha dispuesto la publicación del presente para los fines de Ley.San Jerónimo, 30-01-2018. ELIZABETH MAGNOLIA PAREDES SALAS SECRETARIA JUDICIAL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO PODER JUDICIAL P. 6574231 F. (12, 13, 14 MAR)

EDICTO PENAL Exp. N°: 01508-2017-0-2701-JR-PE-03 Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Tambopata - Madre de Dios Juez: Edgard León Quispe. Especialista Judicial: Carla del Rosario Veliz Cabrera. Se notifica al imputado Manuel Luis Gamboa Palomino lo dispuesto mediante Resolución N° 05 de fecha seis de marzo del dos mil dieciocho, mediante el cual se reprograma la Audiencia Única de Incoación del Proceso Inmediato, con carácter INAPLAZABLE para el día 09 de abril del 2018 a horas 07:30 de la mañana, la que se realizará en la

Sala de Audiencias del 3o Juzgado de Investigación Preparatoria de Tambopata, sito en la Av. Ernesto Rivera N° 722 -Puerto Maldonado, 1er. Bloque 3er Piso.Puerto Maldonado, 07 de marzo del 2018. J.S (12, 13, 14 MAR)

EDICTO PENAL Ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Wanchaq, que despacha el señor Juez doctor RAFAEL ENRIQUE SIERRA CASANOVA, y bajo la actuación del Secretario Judicial Dr. Daniel Barrientos Cárdenas, se tramita el expediente Nro. 001941-2017,se dispone: SE NOTIFIQUE: al imputado JEFFERSON ANDRE AGUILAR CHICLLA, con DNI Nro. 48248816, mediante EDICTO con la resolución Nro. 09 señala fecha y hora para audiencia de juicio) a efecto que asista el día 25 de Abril del 2018 a HORAS 11:00 de la mañana; la misma que se realizara en la Sala de Despacho del Segundo Juzgado de Paz letrado de Wanchaq, sito en la Urb. La Florida C-14 Pasaje Kantus -Wanchaq-, por estar dispuesto así en el proceso penal Nro. 01941-2017-0-1001-JP-PE-02, seguido contra el imputado Jefferson André Aguilar Chiclla, por la comisión de Faltas contra la persona (lesiones dolosas), en agravio Mariela Montañe Victoria.-Debiendo concurrir el imputado a dicha diligencia asistido con su abogado defensor que designe. Se publica el presente edicto por el termino de ley. Cusco, 07 de Marzo del 2018. J.S (12, 13, 14 MAR)

EDICTO PENAL Ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Wanchaq, que despacha el señor Juez doctor RAFAEL ENRIQUE SIERRA CASANOVA, y bajo la actuación del Secretario Judicial Dr. Daniel Barrientos Cárdenas, se tramita el expediente Nro. 001464-2017,se dispone: SE NOTIFIQUE: al imputado Miguel Quispe Quentasi con QNI Nro. 74615897., mediante EDICTO con la resolución Nro. 15 señala fecha y hora para audiencia

Lunes, 12 de marzo del 2018

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de juicio) a efecto asista para el día 25 de Abril del 2018 a HORAS 10:00 de la mañana; la misma que se realizara en la Sala de Despacho del Segundo Juzgado de Paz letrado de Wanchaq, sito en la Urb. La Florida C-14 Pasaje Kantus -Wanchaq-, por estar dispuesto así en el proceso penal Nro. 014642017-0-1001 -JP-PE-02, seguido contra el imputado Miguel Quispe Quentasi comisión de Faltas contra el Patrimonio (Daños), en agravio Néstor Carrasco León.- Debiendo concurrir el imputado a dicha diligencia asistido con su abogado defensor que designe. Se publica el presente edicto por el termino de ley. Cusco, 07 de Marzo del 2018.

nal del Cusco, CITA Y EMPLAZA a la acusada VERÓNICA MAMANl CCOYO, a fin de que concurra a la AUDIENCIA DE JUICIO ORAL, señalada para DÍA 12 DE AGOSTO DEL AÑO 2018 a las 10.00 Hrs. a realizarse en la lera. Sala de Audiencias del Palacio de Justicia de Cusco, ubicado en la Av. El Sol de la ciudad de Cusco, ordenado en el cuaderno de DEBATES N° 04055-2017-69-JRPE-04, seguido por delito de Lesiones Leves por Violencia Familiar, en agravio de Cirilo Huamán Meza. En caso de inasistencia se le declarará CONTUMAZ. Especialista de causa: Severino HUAMÁN HUAMANTTICA. Cusco, 08 de marzo del 2018.

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EDICTO PENAL Ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Wanchaq, que despacha el señor Juez doctor RAFAEL ENRIQUE SIERRA CASANOVA, y bajo la actuación del Secretario Judicial Dr. Daniel Barrientos Cárdenas, se tramita el expediente Nro. 02566-2017,se dispone: SE NOTIFIQUE: al imputado WALTER MEZA APAZA, con DNI Nro. 45043815, mediante EDICTO con la resolución Nro. 04 señala fecha y hora para audiencia de juicio) a efecto que asista el día 24 de Abril del 2018 a HORAS 12:00 del dia; la misma que se realizara en la Sala de Despacho del Segundo Juzgado de Paz letrado de Wanchaq, sito en la Urb. La Florida C-14 Pasaje Kantus -Wanchaq-, por estar dispuesto así en el proceso penal Nro. 02566-2017-0-1001-JP-PE-02, seguido contra el imputado Walter Meza Apaza a, por la comisión de Faltas contra la persona (lesiones dolosas), en agravio Richard Cesar Valverde Valdez.- Debiendo concurrir el imputado a dicha diligencia asistido con su abogado defensor que designe. Se publica el presente edicto por el termino de ley. Cusco, 07 de Marzo del 2018.

EDICTO PENAL Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de Vacaciones de La Convención, que despacha el Señor Juez Francisco Ponce Atencio, bajo la actuación de la Especialista Judicial Abogada Jennifer Tupayachi Ayala, en el proceso N° 00459-2017-69-1010-JR-PE-01, en los seguidos RAFAEL GONZALES ALEJANDRO, por la presunta comisión del delito contra LA LIBERTAD, en la modalidad de VIOLACIÓN DE LA LIBERTAD SEXUAL, sub tipo VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE DIEZ AÑOS, tipificado en el numeral 1)del Artículo 173° del Código Penal, en agravio de la menor de iniciales R.Y.S.C. representada por su progenitura DORA SANTE CONDORI: se ha dispuesto se efectué la presente publicación NOTIFICANDO CON LA RESOLUCIÓN N° 02, de fecha ocho de febrero del año dos mil dieciocho; al acusado: RAFAEL GONZALES ALEJANDRO, cuyo tenor es el siguiente: RESOLUCIÓN N° 02. Quillabamba, ocho de febrero Del año dos mil dieciocho.-PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Se deja registrado en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe.SE RESUELVE: A).-DECLARAR FRUSTRADA LA AUDIENCIA PÚBLICA DE CONTROL DE ACUSACIÓN, por los fundamentos esgrimidos en la parte considerativa de la presente resolución y REPROGRAMAR la AUDIENCIA PÚBLICA de CONTROL DE ACUSACIÓN, para el día DIECISEIS DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas DOS DE LA TARDE. (...). HÁGASE SA-

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EDICTO PENAL EXP. 04055-2017-69 NOTIFICACIÓN: El Segundo Juzgado Penal Uniperso-

BERRESOLUCIÓN N° 01. RESOLUCIÓN Nro.01 Quillabamba; treinta de noviembre del año dos mil diecisiete.DADO CUENTA con el requerimiento de Acusación presentado por el Ministerio Público, (...);Por estas consideraciones el Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención. RESUELVE: A. CORRER traslado de la acusación a los sujetos procesales por el plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES, a efectos de que puedan presentar por escrito los medios de defensa antes precisados para su debate en la audiencia preliminar de control de acusación, y, (...). EXTRACTO DE REQUERIMIENTO ACUSATORIO: Osear Santiago Benavides Luna, fiscal provincial de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de La Convención. De conformidad a lo establecido en el artículo 349a del Código Procesal Penal, formulo acusación en contra de RAFAEL GONZALES ALEJANDRO, por la comisión del delito de Violación Sexual de menor de edad, previsto en el primer numeral del artículo 173a del código penal, en agravio de la menor de iniciales R.Y.S.C. (08) años de edad de conformidad a los siguientes fundamentos: II. DATOS DE INDENTIFICACIÓN DEL IMPUTADO: (...). III. HECHOS OBJETOS DE ACUSACIÓN: Se imputa a RAFAEL GONZALES ALEJANDRO, haber abusado sexualmente de la menor de inciales R.Y.S.C. de 08 años de edad, siendo que la menor agraviada el día 15 de setiembre del 2016 contó a su progenitora que dos semanas antes aproximadamente el denunciado RAFAEL GONZALES ALEJANDRO al promediar las 03:30 a 05:00 horas de la madrugada aproximadamente, le había abusado sexualmente, en circunstancias que su madre había salido a esa hora a trabajar (...) y la menor agraviada se encontraba sola y durmiendo en la habitación donde Vivían, sito en el Jirón Timpia s/n de la ciudad de Quillabamba, habiéndole quitado su ropita para luego ultrajarla sexualmente contranatura. Precisa las circunstancias precedentes, concomitantes y posteriores conforme se encuentran en el requerimiento de acusación. Señala los elementos de convicción: 1). Acta de denuncia verbal de fecha 16 de setiembre de 2016. 2). Declaración testimonial de Dora Sante Condori. 3). Certificado Médico legal N° 0012426-E-IS. 4). Copia del Documento de identidad de la menor agraviada S.C.R.Y. 5). Acta de entrevista

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única en Cámara Gesell. 6). Informe Psicológico contra la libertad sexual N° 00196-2017.PS-DCLS. 7). Oficio N° 10839-2016-REDIJU. 8). Oficio N° 6688-2016-INPE. 9). Un sobre conteniendo un CD. 10). LA PARTICIPACIÓN QUE SE ATRIBUYE AL IMPUTADO RAFAEL GONZALES ALEJANDRO, es el de autor del delito de Violación Sexual de menor de edad por tener 07 años la menor agraviada al momento de los hechos, en agravio de la menor de iniciales S.C.R.Y., previsto y sancionado en el numeral 1) del articulo 173a del Código Penal. Señala que existen circunstancias modificatorias conforme se encuentra detallado en el requerimiento acusatorio. La conducta atribuida al imputado RAFAEL GONZALES ALEJANDRO se subsume en el numeral 1) del articulo 173a del Código Penal. La pena solicitada es de CADENA PERPETUA y por concepto reparación civil la suma de DIEZ MIL CON 00/100 SOLES {SI. 10,000.00). Como medios probatorios ofrece: 1). Declaración testimonial de Dora Sante Condori. 2). Declaración del médico legista Dr. Willy Huacac Abarca sobre el certificado médico legal Na 0012426-E-IS. 3). Declaración del Psicólogo Dr. Edwin Cáceres Ángulo sobre el Informe Psicológico contra la libertad sexual Na 00196-2017.PS-DCLS. OTROS MEDIOS DE PRUEBA QUE SE OFRECE: PRUEBA DOCUMENTALES: 1) Declaración testimonial de Dora Sante Condori fojas 3/4. 2) Certificado Médico Legal N° 002426-E-IS, de fojas 5/6. 3) Copia del Documento de Identidad de la menor agraviada S.C.R.Y. 4) Acta de Entrevista Única en Cámara Gesell. 5) Informe Psicológico contra la Libertad sexual N° 00196-2017-PSDCLS. 6) Oficio N° 10829-2016-REDIJU. 7) Oficio N° 6688-2016-INPE. 8) 01 CD que contiene el video de la Entrevista Única agraviada. J.S (12, 13, 14 MAR)

EDICTO PENAL Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención, que despacha el Señor Juez Carlos Reinaldo Huañac Contreras, bajo la actuación del especialista Judicial Abogada JENNIFER TUPAYACHI AYALA, en el proceso en el proceso N° 00103-2017-0-1010-JRPE-01, seguido contra WILDOR LEO-

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NEL POVES BARRIENTOS, por la presunta comisión del delito contra la Seguridad Publica, en agravio de la Sociedad; se ha dispuesto efectué la presente publicación NOTIFICANDO CON LA RESOLUCIÓN N° 02, de fecha veintisiete de junio del año dos mil diecisiete; a la persona de WILDOR LEONEL POVES BARRIENTOS. RESOLUCIÓN N° 04: Quillabamba. cinco de marzo del año dos mil dieciocho. PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Se deja registro en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe: SE RESUELVE: PRIMERO.- DECLARAR POR NO INSTALADA VALIDAMENTE LA AUDIENCIA PUBLICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, señalada para el dia de la fecha por los fundamentos esgrimidos en la presente resolución. SEGUNDO: SEÑALAR NUEVA FECHA Y HORA PARA AUDIENCIA PÚBLICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, para el día VEINTISÉIS DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, a horas DIEZ Y TREINTA DE LA MAÑANA, quedando notificado el abogado defensor público presente. TERCERO.- DISPONE la notificación del acusado WILDOR LEONEL POVES BARRIENTOS en su domicilio real señalado en autos, sin perjuicio de notificarse mediante EDICTOS, (...). HÁGASE SABER. J.S (12, 13, 14 MAR)

EDICTO PENAL Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención, que despacha el Señor Juez Carlos Reinaldo Huañac Contreras, bajo la actuación del especialista Judicial Abogada JENNIFER TUPAYACHI AYALA, en el proceso en el proceso N° 00499-2016-0-1010-JRPE-01, seguido contra ROGER LIGARTE DUEÑAS, por la presunta comisión del delito contra la Seguridad Publica, en agravio del Estado Peruano; se ha dispuesto efectué la presente publicación NOTIFICANDO CON LA RESOLUCIÓN N° 06, de fecha cinco de marzo del año dos mil dieciocho; a la persona de ROGER UGARTE DUEÑAS: RESOLUCIÓN N° 06: Quillabamba, cinco de marzo del año dos mil dieciocho. PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Se deja registro en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe: SE RESUELVE: PRIMERO.- DECLARAR POR

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO NO INSTALADA VALIDAMENTE LA AUDIENCIA PÚBLICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, señalada para el día de la fecha por los fundamentos esgrimidos en la presente resolución. REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO para el día VEINTISÉIS DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas ONCE DE LA MAÑANA, quedando notificado en este acto de audiencia al señor representante del Ministerio Público, la audiencia es de carácter inaplazable. TERCERO.- DISPONE la notificación del acusado ROGER UGARTE DUEÑAS en su domicilio real señalado en autos, sin perjuicio de notificarse mediante EDICTOS, (...). HÁGASE SABER. J.S (12, 13, 14 MAR)

EDICTO PENAL Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención, que despacha el Señor Juez Carlos Reynaldo Huañac Contreras, bajo la actuación de la Especialista Judicial Abogada Jennifer Tupayachi Ayala, en el proceso N° 0282-2015-0-1010-JR-PE-01, en los seguidos contra CARLOS FELICIANO DUEÑAS GONZALES, por el delito de HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 185° del Código Penal, en agravio de LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LA CONVENCIÓN; se ha dispuesto se efectué la presente publicación NOTIFICANDO CON LA RESOLUCIÓN N° 07, de fecha cinco de marzo del año dos mil dieciocho; al acusado: CARLOS FELICIANO DUEÑAS GONZALES Cuyo tenor es el siguiente: RESOLUCIÓN N° 07. Quillabamba. cinco de marzo del año dos mil dieciocho-PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Se deja registrado en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe SE RESUELVE: (...). SEGUNDO: REPROGRAMAR la AUDIENCIA PÚBLICA de CONTROL DE ACUSACIÓN, para el día DIECINUEVE DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas DOECE DEL DÍA. (...). HÁGASE SABER. RESOLUCIÓN N° 01. RESOLUCIÓN Nro.01 Quillabamba; once de junio del año dos mil quince.- DADO CUENTA con el requerimiento de Acusación; presentado por la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de La Convención, se

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tiene que el representante del Ministerio Público ha motivado debidamente su requerimiento, así mismo conforme a lo previsto en el artículo 350° del Código Procesal Penal; en consecuencia: SE DISPONE: 1.-CÓRRASE TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS ÚTILES, a efectos de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) (...). EXTRACTO DE REQUERIMIENTO ACUSATORIO: EXP. N° 282-2015-0-1010-JR-PE-01. Conforme lo estable el Articulo 349- y siguientes de Código Procesal Penal, recurro a su despacho a fin de formular acusación fiscal contra CARLOS FELICIANO DUEÑAS GONZALES, como presunto autor del Delito Contra el Patrimonio en su modalidad de Hurto, sub tipo Hurto Simple; en concurso real con el Delito Contra la Fe Pública, en su modalidad de Falsificación de documentos en general, sub tipo Falsificación de Documentos, en agravio del Estado Municipalidad Provincial de La Convención representado por el Procurador Publico. Requerimiento de Acusación: con los requisitos establecidos en el artículo 349°, del Código Penal, estos son: Los datos de identificación del imputado, (...).- RELATO DE LOS HECHOS QUE SE ATRIBUYEN AL ACUSADO:HECHOSANTERIORES: Siendo las 07:30 horas de la mañana del día 07 de Febrero del año 2014, el acusado Carlos Feliciano Dueñas Gonzales, le llamo vía celular al Gerente de Recursos Naturales y Gestión Ambiental de la Municipalidad Provincial de La Convención José Luis Moscoso CUSÍ, señalando que era el asistente administrativo del mantenimiento de trochas carrozables cuyo residente era el Ingeniero Leónidas Cano Quiroga, y que ellos habían viajado de urgencia a Huayopata para atender una emergencia por lo que quería solicitar autorización para la extracción de agregados para ser llevados al depósito de Pavayoc y no tenía a quien pedir autorización, por lo que el Gerente de Recursos Naturales y Gestión Ambiental le dijo que se acerque a su oficina con la solicitud de requerimiento para la extracción de material especificando la cantidad. HECHOS CONCOMITANTES PARA EL DELITO DE FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTOS: Luego el acusado Carlos Feliciano Dueñas Gonzales, sorprendió al señor Gerente de Recursos Natura-

les y Gestión Ambiental José Luis Moscoso CUSÍ, por cuanto elaboro el Informe N° 023-2013 CDV/RO/MPLC, de fecha 07 de febrero del 2014, mediante el cual se hace pasar por el Asistente Carlos Delgado Vargas dirigiéndose al Gerente de Recursos Naturales y Gestión Ambiental Ing. José Luis Moscoso Cusi, en cuyo asunto solicita autorización para la extracción de material para la obra “Rehabilitación de los servicios de protección contra deslizamientos y taludes” la cantidad de 250 m3. Consiguiendo su proposito doloso, para sacar dicho material de la Cantera de Salaspampa. El acusado al momento de elaborar el informe no era asistente administrativo, ni trabajador de la Municipalidad. HECHOS CONCOMITANTES AL HURTO SIMPLE DE MATERIAL AGREGADO: siendo las 08:30 de la mañana el acusado Carlos Feliciano Dueñas Gonzales les llamo a las personas de Cesar Paniura Trujillo y José Antonio Hilares Condori quienes alquilan volquete y cargador frontal, respectivamente, a la Municipalidad Provincial de La Convención, indicándoles que tenia autorización para extraer 250 m3 de material agregado. Dichas personas se constituyeron a la cantera de Salaspampa de propiedad de la Municipalidad, logrando extraer 60 m3 de arena agregado sin procesar, depositándolo frente al terreno de Jhonatan Peceros Fierro. HECHOS POSTERIORES: Siendo aproximadamente las 11:00 de la mañana del día 07 de Febrero del año 2012, el Gerente de Recursos Naturales y Gestión Ambiental José Luis Moscoso Cusí, tomo conocimiento de que el Informe N° 023-2013 CDV/RO/MPLC era falsificado, y que el acusado Carlos Feliciano Dueñas Gonzales no era trabajador de la Municipalidad, por lo que inmediatamente llamo a la controladora de la Cantera de Salaspampa, para indicarle que paren con la extracción. III.ELEMENTOS DE CONVICCIÓN que detalla en número de 09. IV- GRADO DE PARTICIPACIÓN. Indica el grado de participación del imputado CARLOS FELICIANO DUEÑAS GONZALES es el de autor, por cuanto por cuanto conforme a la doctrina: “En los delitos dolosos es autor quien domina finalmente la ejecución del hecho y sus consecuencias concretas son las siguientes:- Siempre es autor el que ejecuta por su propia mano todos los elementos del tipo. Se considera autor a aquel que se encuen-

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tra en una relación especialmente importante respecto de alguno de los hechos previstos como delitos en la parte especial o que constituyen fases de imperfecta ejecución de los mismos (autoría directa, o dominio de la acción).(...)”. En el presente caso, es necesario señalar que el imputado tiene la condición de autor por cuanto, tuvo el dominio del hecho es así que actuó con pleno conocimiento de los hechos. Señala que no existen circunstancias modificatorias de la responsabilidad penal. VI. TIPIFICACIÓN DEL HECHO: los hechos se pueden considerar como delitos: a) Delito Contra el Patrimonio en su modalidad de Hurto, subtipo Hurto Simple, tipificado en el articulo 185 del Código Penal, b) Delito contra la Fe Pública, en su modalidad de falsificación de documentos en general, sub tipo falsificación de documentos, tipificado en el artículo 427 del código penal. CUANTÍA DE LA PENA: solicita la pena concreta de 07 AÑOS DE PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD EFECTIVA por el concurso real de delitos, asimismo solicita pena de multa equivalente a S/. 360.00 que el acusado debe pagar a favor del Estado y por concepto de REPARACIÓN CIVIL: solicita la suma de SI. 1000.00 por la indemnización de los daños y perjuicios y SI. 3000.00, por la restitución del material hurtado los cuales deben ser pagados por el acusado CARLOS FELICIANO DUEÑAS GONZALES a favor de la agraviada MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LA CONVENCIÓN, conforme lo prescribe el articulo 93° del Código Penal. J.S (12, 13, 14 MAR)

EDICTO PENAL Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención, que despacha el Señor Juez Carlos Reynaldo Huañac Contreras, bajo la actuación de la Especialista Judicial Abogada Jennifer Tupayachi Ayala, en el proceso N° 00187-2017-88-1010-JR-PE-01, en los seguidos contra JUAN CARLOS CONDORI BARRETO y otros, por la presunta comisión del delito contra el patrimonio en la modalidad de ROBO subtipo ROBO AGRAVADO, en agravio de AYDE CASTILLO CHOQUE y RICHARD BARRETO SALAMANCA; se ha dispuesto se efectué la presente publica-

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

ción LOTIFICANDO CON LA RESOLUCIÓN M° 03, de fecha cinco de marzo del año dos mil dieciocho; al acusado: JUAN CARLOS CONDORI BARRETO, cjyo tenor es el siguiente: RESOLUCIÓN M° 03. Quillabamba, cinco de marzo riel año dos mil dieciocho.-PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Se ceja registrado en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe.SE RESUELVE: (...)• SEGUNDO: REPROGRAWIAR la AUDIENCIA PÚBLICA de CONTROL DE ACUSACIÓN, para el DÍA VEINTISIETE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS TRES Í3E LA TARDE CON TREINTA H/ HÜTOS (03:30 PM). (...). HÁGASE SABER. RESOLUCIÓN N° 01. Quillabamba; once de agosto del año dos mil diecisiete.- VISTOS el requerimiento de Acusación formulado por el representante del Ministerio Público, y; COMSIDERANDO: (...): SE RESUELVE: 1.CORRER TRASLADO de la acusación a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBILES, a efectos de que puedan presentar por escrito los medios de defensa antes precisados para su debate en la audiencia preliminar de control de acusación, (...). EXTRACTO DE REQUERIMIENTO ACUSATORIO: EXP. N° 187-2017-88-1010-JR-PE-01. Que, de conformidad con lo establecido por los Artículos 344® numeral 1), y 349* del Código Procesal Penal, formulo ACUSACIÓN, en la investigación seguida contra ROLANDO HUAMAN QUISPE,” EMANUEL GALLEGOS ARROYO y JUAN CARLOS CÓNDORI BARRETO por la presunta comisión del delito Contra el Patrimonio en la Modalidad ce ROBO, subtipo ROBO AGRAVADO ilícito penal regulado en el Inciso 2) y 4) del primer párrafo el Aticulo 189°, concordante con el Articulo 188° (tipo tase) del Código Penal, en agravio de AVDE CASTILLO CHOQUE y RICHARD BARRETO SALAMANCA. En los términos siguientes: con los requisitos establecidos en el artículo 349°, del Código Penal, estos son: Los datos de identificación del imputado, (...).- ll.- HECHOS QUE SE ATRIBUYE AL IMPUTADO A) CIRCUNSTANCIAS PRECEDENTES: El imputado Rolando Huamán Quispe, en fecha 10 de febrero de 2017, desde las 22:00 horas aproximadamente se encontraba al interior de la discoteca PACHAS, ubicada en la Av. Nicanor Larrea s/n.( Mas arriba del cementerio) en

compañía de unas amigas, y al promediar las 02:00 horas del di a 11 de febrero de 2017, se encontró con tres amigos que conocían a sus amigas, luego de bailar i libar licor, salieron del local los imputados Rolando Huamán Quispe, Emanuel Gal’egos Arroyo y Juan Carlos Condori Barreta (El pepa), y el menor Jacob Valencia Díaz, quienes abordando la moto taxi de color azul con blanco marca Bajac, ele placa de rodaje 868855, conducida por el segundo de los nombrados, dirigiéndose hacia la Av. Confraternidad, para seguir tomando, desviándose del camino por otra arteria, donde observaron a una señora junto con un varón caminando en aparente estado de ebriedad, circunstancias que Juan Carlos Condori Barreto, incita para asaltarlos y robarles a estas personas. B) CIRCUNSTANCIAS CONCOMITANTES; Al promediar las 03:50 horas del día 11 de febrero de 2017, dirigiéndose hacia la Av. Confraternidad, en circunstancias en que los agraviados. Ayde Castillo Choque y Richard Wilfedo Barreto Salamanca, transitando la calle los Geranios a media cuadra de su domicilio, bajaron del moto taxi los imputados Rolando Huamán Quispe, Juan Carlos Condori Barreto y el menor Jacob Valencia Díaz, procediendo a asaltarlos al agraviado varón el imputado Juan Carlos Condori Barreto apoyado por el menor Jacob Valencia Díaz; mientras que a la fémina el imputado Rolando Huamán Quispe apoyado también por el menor Jacob Valencia Díaz, sustrayéndole su cartera que contenía dinero en la suma de S/. 500.00 nuevos soles, una billetera de color rojo con documentos y tarjetas bancarias y su celular- marca SAMSUNG J-5 color negro con número 974462223; dándose a la fuga. c) CIRCUNSTACIAS POSTERIORES: Luego de perpetrado el hecho, los imputados se dieron a la fuga, y el agraviado Richard Wilfredo Barreto Salamanca, trato de perseguirlos percatándose que el numero de circulación de la moto taxi era el N° 182, color azul con blanco, para luego pedir auxilio al personal de Serenazgo, y a los pocos momentos fueron intervenidos por estos en circunstancias que transitaban por la Prolongación Martín Pió Concha con la Av. Francisca Zubiaga, quienes al notar la presencia de las autoridades el acusado Juan Carlos Condori Barreto se dio a la fuga, y la moto taxi abordado por los imputados se dirigía hacia el Jr.

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Vilcanota, donde fueron intervenidos; ya en el interior de la Comisaria PNP de Quillabamba, los agraviados los reconocieron plenamente, como las personas que los asaltaron. III.- ELEMENTOS DE CONVICCIÓN: 1. El Informe N° 102-2017-VII V. AGRO REGPOL-C/ RP-CUSCO-DEPICAJLC-SEINCRI. 2.Acta de Intervención policial, de fecha 11 de Febrero del 2017. 3.- Acta de Registro Personal del imputado Rolando Huamán Quispe, de fecha 11 de febrero del 2017. 4.- Acta de Registro Personal del imputado Emanuel Gallegos Arroyo de fecha 11 de febrero del 2017. 5.Acta de Situación del Vehículo Trimovil de fecha 11 de lebrero del 2017, de la trimovil de Placa de Rodaje N° B68855, marca Bajaj. 6.-Declaración de la agraviada AYDE CASTILLO CHOQUE. 7.-Declaración del agraviado RICHARD WILFREDO B ARRETO SALAMANCA. 8.- Acta de declaración voluntaria de! imputado EMANUEL GALLEGOS ARROYO. 9.- Ata de declaración del Imputado ROLANDO HUAMÁN QUISPE. 10.-Ficha RENIEC del imputado JUAN CARLOS CONDORI BARRETO, con el que se identifican a al referido imputado. 11.-Ficha RENIEC del Imputado Rolando Huamán Quispe, con que se identifican si referido imputado. 12.-Acta de Constatación fiscal y policial en el lugar de los hechos. 13.-Acta de la referencial del menor JACOB VALENCIA DÍAZ, el mismo que corrobora en parte los hechos imputados y la partición de los autores en el ¡lícito penal. 14.-Acta de Declarasen voluntaria de DIRYAN IVAMANI ARENAS propietario de la mototaxi que conducía Emanuel Gallegos A royo 15.-Consulta en Línea el registro de Identidad RENIC del imputado ROLANDO HUAMÁN QUISPE. 18.-Consulta en Linea el registro de Identidad RENIC del imputado Emanuel Gallegos Arroyo. V.- Certificado Medico Legal N° 000369L-M, Practicado en la agraviada AYDE CASTILLO CHOQUE. 18.-Certificadc Medio Legal N° 000370-L-M, practicado en el agraviado RICHARD WILFREDO BARRETO SALAMANCA. 19.-Certficado Medico Legal N° 000367-LO-D, practicado en el imputado ROLANDO HUAMÁN QUISPE. 20.- Certificado Medico Legal N° 000368-L-D-R, practicado en el Imputado EMANUEL. GALLEGOS ARROYO. IV. GRADOS DE PARTICIPACIÓN: Los acusados han participado en el hecho delictivo a titulo de COAUTORES, del delito materia de

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la presente acusación, puesto que de los actos de investigación realizados en la etapa preliminar e investigación preparatoria, se acredita indubitablemente su responsabilidad pena por los mismos. Siendo estos los acusados, ROLANDO HUAMAN QUISPE, EMANUEL GALLEGOS ARROYO / JUAN CARLOS CONDORI BARRETO, conjuntamente que el adolescente JACOB VALENCIA DÍAZ han satisfecho todos los elementos objetivos y subjetivos, que configuran el delito Contra el Patrimonio en la Modalidad de ROBO, subtipo ROBO AGRAVADO ilícito penal regulado en el inciso 2) y 4) del primer párrafo del Articulo 189°, concordante con el Articulo 138c (tipo base) del Código Penal en agravio de AYDE CASTILLO CHOQUE y RICHARD BARRETO SALAMANCA. v. CIRCUNSTANCIAS MODIFICATORIAS DE LA RESPONSABILIDAD PENAL: Que, analizados los Art. 20° al 22” del Código Penal, SI existen circunstancias modificatorias de la responsabilidad penal, restringida por la edad; pues los acusados fluctúan en la edad ce más de 18 años y menos de 21 años de edad, conforme es de ver sus generales ele ley; sin embargo por disposición del D. Leg. N° 1181, publicado en fecha 27 de julio del 2015, esta atenuante no es aplicable en los delitos de Robo Agravado entre otros. VI. TIPIFICACIÓN PENAL. CUANTÍA DE LA PENA. REPARACIÓN CIVIL: A) JUICIO DE SUBSUNCION: (...). B) CUANTÍA DE LA PENA: (...) En consecuencia éste Despacho solicita DOCE AÑOS DE PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD EFECTIVA para ROLANDO HUAMAN QUSPE, EMANUEL GALLEGOS ARROYO y JUAN CARLOS CONDORI BARRETO por lo que se adecúa al delito Contra el Patrimonio en la Modalidad de ROBO, subtipo ROBO AGRAVADO ilícito penal regulado en el inciso 2) y 4) del primera párrafo el Articulo 189°, concordante con el Articulo 138° (tipo jase) del Código Penal, en agravio de AYDE CASTILLO CHOQUE y RICHARD BARRETO SALAMANCA. C) DE LA REFARACIÓN CIVIL: (...) De le precedentemente expuesto y en atención a que lo que este Despacho pretende es la restauración de la situación jurídica alterada por el hecho cometido por el acusado, la misma que se debe integrar de acuerdo a la entidad y magnitud del daño causado, el monte que solicita el Ministerio Público por concepto de reparación civil

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es de S/. 3,003.00 (TRES MIL SOLES CON 00/100) que serán pagados en su totalidad en forma solidaria por los acusados. ROLAMDO HUAMAN QUISPE, EMANUEL GALLEGOS ARROYO y JUAN CARLOS CONDORI BARRETO, por la comisión del delito Contra el Patrimonio en la Modalidad de ROBO, subtipo ROBO AGRAVADO ilícito penal regulado en el Inciso 2) y 4) del primer párrafo el Articulo 189°, concordante con el Articulo 188° (tipo base) del Código Penal, en agravio de AYDE CASTILLO CHOQUE y RICHARD BARRETO SALAMANCA. J.S (12, 13, 14 MAR)

EDICTO PUBLICACIÓN QUE SE EFECTUA DE CONFORMIDAD A LO DISPUESTO POR EL ART. 144 DE L .O.P.J. 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 00017-2015-0-1001-JRLA-02 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO DEMANDADO : MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JERONIMO , PROCURADOR PUBLICO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JERONIMO , DEMANDANTE : CONTO BLANCO, BERLY PAULINO Resolución Nro. 33 Cusco, 30 de enero de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 25 del 12 de junio de 2017 (folio 899 a 906) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Ladrón de Guevara De La Cruz, emite voto en ponencia para que se confirme la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Ttito Quispe; y la Juez Superior señora Alfaro Herrera emite voto en discordia para que se revoque la resolución antes mencionada al que se ha adherido el Juez Superior señor Murillo Flores; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144

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del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFARO HERRERA, TTITO QUISPE.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala. Cusco, 9 de marzo de 2018. J.S (12, 13, 14 MAR)

EDICTO PRIMER JUZGADO PENAL INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TAMBOPATA EXPEDIENTE 1991-2016-88-2701-JRPE-01 JUEZ: Edgard Leon Quispe ASISTENTE JUDICIAL: Elizabeth B. Anco Gallegos. NUMERO DE RESOLUCIÓN: 09 de fe-

cha 07 de marzo de 2018. SE CITA a los imputados MEYSTER SANCHEZ TORIBIO y PORFIRIO SULLA LIMA, por la comisión del delito contra la tranquilidad pública, sub tipo penal delito contra la paz pública, en la modalidad de marcaje y reglaje, en agravio del estado, representado por la procuraduría publica especializada en delitos de orden público del ministerio del interior, con el extracto de la resolución número 09 de fecha 07 de marzo del año 2018, mediante el cual se reprograma audiencia para el DÍA 14 DE MARZO DEL AÑO 2018 A HORAS 09:00 DE LA MAÑANA [hora exacta] para la realización de la AUDIENCIA PUBLICA DE PRISION PREVENTIVA, audiencia que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del Establecimiento Penitenciario de Puerto Maldonado - Madre de Dios. Asimismo los imputados en mención deberá de designar defensor privado de su libre elección caso contrario persistirá la designación de la defensa pública.Puerto Maldonado, 07 de Marzo del 2018. J.S (12, 13, 14 MAR)

EDICTO PENAL CUADERNO DE DEBATES N° 0655-2018-50-1001-JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: CLEOFE HUAMAN ANCCO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza a los procesados ROMUALDO VILLAVICENCIO CONISLLA y SEGUNDINA JAIMES HUAMAN, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA MARTES VEINTISÉIS DE JUNIO DEL 2018 A HORAS 03:30 DE LA TARDE (hora exacta): la misma que se verificara en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial del Cusco - B fsito en la Av. Sol S/N segundo piso). Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES N° 0655-2018-50-1001-JRPE-01, seguido por la comisión del delito contra el patrimonio en su modalidad de robo, sub tipo robo agravado, en agravio del Estado Peruano.Cusco, 09 de Marzo del 2018.

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EDICTO PENAL. CUADERNO DE DEBATES N° 4731-2016-36-1001-JR-PE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: CLEOFE HUAMAN ANCCO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza a los procesados ELIAS HUAMÁN TECSI v JUSTINO FLORES CHAINA, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA LUNES CATORCE DE MAYO DEL 2018 A HORAS 03:30 DE LA TARDE (hora exacta) la misma que se verificara en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial del Cusco B (sito en la Av. Sol S/N segundo piso), vio enlace por video conferencia con la sala de audiencias del Juzgado Penal de la Convención. Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES N° 4731-2016-36-1001-JR-PE-01, seguido por la comisión del delito contra la salud pública, sub tipo tráfico ilícito de drogas en la modalidad de actos de conspiración para la promoción, favorecimiento o facilitación de tráfico Ilícito de drogas, en agravio del Estado Peruano.Cusco, 09 de Marzo del 2018. J.S (12, 13, 14 MAR)

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

Ebriedad en agraviode la Sociedad representado por el Ministerio Publico se ha dispuesto NOTIFÍCAR al imputado con la Res. 02, de fecha veintiséis de enero del año dos mil dieciocho, que dispone:-RESOLUCIÓN N° 02. Cusco, veintiséis de enero Del año dos mil dieciocho.PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA.- Queda registrado en el sistema de audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe. SE RESUELVE: 1. DECLARAR FRUSTRADA la instalación de la presente audiencia por inconcurrencia injustificada del acusado así como de su abogado defensor. 2. REPROGRAMAR LA PRESENTE AUDIENCIA POR ÚNICA VEZ PARA EL DÍA 06 DE ABRIL DEL AÑO EN CURSO A LAS 14:30 HORAS A VERIFICARSE EN LA TERCERA SALA DE AUDIENCIAS SITO EN EL TERCER PISO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO; quedando notificados los presentes y vigentes los apercibimientos decretados en resoluciones anteriores. 3. NOTIFIQUESE a todos los inconcurrentes; especialmente al acusado en su domicilio real así como mediante edictos judiciales por el plazo de ley como se ha venido realizando a la fecha; y en su domicilio procesal. III. NOTIFICACIÓN FISCAL: Conforme. Cusco, 08 de Marzo del 2018. J.S (12, 13, 14 MAR)

NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIAL Exp. N° 01274-2017-8-1001-JR-PE-07 TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL -FLAGRANCIA DE CUSCO. Especialista Judicial: RUTH ELENA ÑAHUE CHOQUE. Ante el Tercer Juzgado Penal Unipersonal de Cusco, que despacha el Señor Juez Dr. Carlos Román Gil, bajo la actuación de la Especialista Judicial de Juzgado Abg. Ruth Elena Ñahue Choque, se ha presentado el proceso penal que ha sido signado con el Exp. N° 01274-2017-8-1001 -JR-PE-07. seguido contra ROSBEL QUISPE ACCOSTUPA por la presunta comisión del delito de Peligro Común en la modalidad de Conducción de Vehículo en Estado de

EDICTO PENAL EXPEDIENTE: Nro: 02822-2017-92-1001-JR-PE-03 SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: Marleny Sarayasy Gómez. Se cita y emplaza al (los) acusados: JUAN BAUTISTA NINAPUMA HUAMAN. Para que se ponga a derecho y se defienda sobre los cargos que se les atribuye por la comisión de los delitos contra la administración pública, en la modalidad de posesión indebida de teléfono celular en establecimiento penitenciario, previsto en el segundo párrafo del artículo 368-D del Código Penal; y por la comisión del delito contra la sa-

lud pública, en su modalidad de tráfico ilícito de drogas, sub tipo micro comercialización, previsto en el numeral 1 y último párrafo del artículo 298 del Código Penal; todo en agravio del Estado Peruano, representado por el Procurador Publico del Ministerio del Interior en Asuntos Judiciales relativos al Tráfico Ilícito de Drogas. Res. Nro. 21 Cusco, veintinueve de enero del año dos mil dieciocho, mediante el cual dispone CITAR A JUICIO ORAL DE PROCESO COMÚN, audiencia que se realizar el día CINCO DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA ( hora exacta); ACTO QUE TENDRÁ LUGAR EN LA DECIMA SALA PENAL DE AUDIENCIAS del MÓDULO PENAL de esta Corte Superior de Justicia del cusco. Subsistiendo los apercibimientos de ley, notifíquese a las partes procesales. Cusco, 06 de Marzo del 2018. J.S (12, 13, 14 MAR)

EDICTO PENAL EXPEDIENTE: Nro: 02822-2017-92-1001-JR-PB-03 SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL Marleny Sarayasy Gómez. Se cita y emplaza al (los) acusados: EDGAR LOAIZA CACERES con DNI 25003282. Para que se ponga a derecho y se defienda sobre los cargos que se les atribuye por la comisión del delito contra la vida el cuerpo y la salud, en la modalidad de Lesiones Leves en agravio Sofia kjuiro Murillo Res. Nro. 01 Cusco, siete de diciembre del año dos mil diecisiete, mediante el cual dispone CITAR A JUICIO ORAL DE PROCESO COMÚN, audiencia que se realizar el día DIEZ DE JUNIO DEL DOS MIL DIECINUEVE A HORAS OCHO DE LA MAÑANA (hora exacta); ACTO QUE TENDRÁ LUGAR EN LA PRIMERA SALA PENAL DE AUDIENCIAS del MÓDULO PENAL de esta Corte Superior de Justicia. Subsistiendo los apercibimientos de ley, notifíquese a las partes procesales. Cusco, 06 de Marzo del 2018. J.S (12, 13, 14 MAR)

La República

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EDICTO PENAL EXPEDIENTE: Nro: 03457-2016-9-1001-JR-PE-03 CUARTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: Marleny Sarayasy Gómez. Se cita y emplaza al (los) acusados: LEONARDO HUILCAPAZ MENDOZA con DNI 23854221. Para que se ponga a derecho y se defienda sobre los cargos que se les atribuye por la comisión del delito de Lesiones Culposas en agravio de Fidel Cruz Quispe Res. Nro. 02 Cusco, veintiséis de enero del año dos mil dieciocho, que dispone CITAR A JUICIO DE PROCESO COAAUN, audiencia de Juicio Oral que se realizar el día UNO DE ABRIL DEL DOS MIL DIECINUEVE A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA ( hora exacta); ACTO QUE TENDRÁ LUGAR EN LA QUINTA SALA PENAL DE AUDIENCIAS del Palacio de Justicia DEL MÓDULO PENAL. Subsistiendo los apercibimientos de ley, notifíquese a las partes procesales. Cusco, 07 de marzo del 2018. J.S (12, 13, 14 MAR)

EDICTO PENAL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DEL CUSCO. EXP: Nro. 4003-2016-78-1001-JRPE-07 ESPECIALISTA DE CAUSA: Fernando Christian Aparicio Chávez SEÑOR: FREDY FEDERICO LOAYZA CACERES Se ha dispuesto notificar con la Resolución N° 06 de fecha 04/01/2018, cuyo contenido es el siguiente: Resolución N° 08 de fecha 08/03/2018. DE OFICIO: Estando a lo dispuesto en el Acta de Audiencia de Juicio de Proceso Inmediato; PROGRÁMESE fecha y hora de audiencia para el día TRECE DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, la misma que se verificara en la DECIMA SALA PENAL DE AUDIENCIAS del Modulo Penal de esta Corte Superior de Justicia. Subsistiendo los apercibimientos decretados en autos. Notifíquese a las partes procesales con arreglo a ley la fecha y hora señalados obedecen a la Agenda Judicial del Juzgado asi como mediante edictos judiciales.-

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La República

Cusco, 08 de marzo del 2018 J.S (12, 13, 14 MAR)

EDICTO JUDICIAL En la Sala Civil de Cusco se viene tramitando el Expediente Nro. 00885-2014-0-1001-JR-CI-01, que sigue Jorge Barrientos Guerra y otra, sobre Indemnización contra Alex Chaparro Vargas, siendo que por resolución Nro. 42, se ha dispuesto notificar a los sucesores procesales del demandado LUIS CHAPARRO CUSIHUAMAN, con lo siguiente: Resolución Nro. 42. Cusco, 7 de marzo de 2018 “(...) Por estos fundamentos DISPUSIERON: A. SUSPENDER el trámite del presente proceso. B. NOTIFÍQUESE mediante edictos a los sucesores procesales de Luis Chaparro Cusihuaman, los que deberán de publicarse por el plazo de tres días en el Diario Judicial del Cusco, con el fin de que se apersonen dentro de TREINTA DÍAS HÁBILES de efectuada la última publicación, bajo apercibimiento de proseguirse el trámite del proceso nombrándose curador procesal en su representación; debiendo Secretaría de la Sala efectuar las publicaciones antes dispuestas. C. Notifíquese con la presente resolución a Luis Chaparro Cusihuaman en su último domicilio real declarado ante la RENIEC.- Integran el Colegiado las Señoras Jueces Superiores Begonia del Rocío Velásquez Cuentas, Yenny Margot Delgado Aybar, y Karinna Justina Holgado Noa conforme lo dispone la Resolución Administrativa No. 001-2018-P-CSJCU-PJ.- H.S. S.S (…) Lo que notifico a Usted, Media firma de las señoras Jueces Superiores VELASQUEZ CUENTAS.- DELGADO AYBAR.HOLGADO. Ante mi Roxana Bohórquez Abarca Secretaria de Sala, de que doy fe. Cusco, 09 de marzo de 2018. J.S (12, 13, 14 MAR)

SEGUNDO REMATE PÚBLICO Expediente N° 475-2017-0-1001 -JRCI-01, sobre Ejecución de Garantía Hipotecaria, en autos seguidos por PAU-

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

LINO VALENCIA HUAMANI, en contra de LUZ MARINA QUISPE HUAMÁN y JUAN MAMANI DANCUART, el Primer Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Cusco, a cargo de la Señora Juez Sandra Contreras Campana, y como Especialista Legal Isabel Cristina Huamán Sequeiros, ha dispuesto sacar a Remate Público: EN SEGUNDA CONVOCATORIA.- El bien inmueble ubicado en LOTE N° 05 DE LA MANZANA “D”, UBICADO EN EL PREDIO DENOMINADO PATA PATA BIMBILLAY - FRACCION 02; EN EL DISTRITO DE SAN SEBASTIÁN, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE CUSCO, cuyo, área, linderos, medidas perimétricas y demás características, corren inscritas en la Partida N° 11137364 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° X Sede - Cusco. AFECTACIONES.- Asiento 00003: Hipoteca.- La sociedad conyugal conformada por JUAN MAMANI DANCURART y LUZ MARINA QUISPE HUAMAN, en calidad de propietaria, constituye hipoteca a favor de PAULINO VALENCIA HUAMANI, hasta por S/ 70,000.00 Soles, Según Escritura Pública del 30/03/2016, otorgada ante Notario Público Dr. Rodolfo Oros Carrasco. Cusco, 01 de Abril del 2016. Asiento 004: Rectificación de Oficio.- Se procede a rectificar el asiento N° 03 de esta partida registral en lo que respecta al nombre de uno de los propietarios al haberse señalado dice: “JUAN MAMANI DANCURART”. Debe decir JUAN MAMANI DANCUART, quedando inalterable todo lo demás en dicho asiento. Cusco, 18 de Abril del 2016. VALOR DE TASACIÓN.- SI 70,000.00 (Setenta mil con 00/100 Soles) BASE DEL REMATE.- SI 39,666.67 (Treinta y nueve mil seiscientos sesenta y seis con 67/100 Soles), equivalente a dos terceras partes del valor de tasación, menos un 15% por tratarse de segunda convocatoria. DIA Y HORA.- VIERNES 23 DE MARZO DEL 2018, A LAS 10:30 A.M. LUGAR DEL REMATE.- Frontis de la Oficina de Administración del Módulo Civil, ubicada en el segundo piso de la Corte Superior de Justicia de Cusco, sito en Avenida El Sol N° 239; en el Distrito, Provincia y Departamento de Cusco. POSTORES: Deben presentar: A) Original de su Documento de Identidad y/o RUC si corresponde, con los Documentos que acrediten su Representación. B)

Lunes, 12 de marzo del 2018

Arancel por derecho a participar en remate judicial de bienes inmuebles (Banco de la Nación), indicando el Juzgado (Civil), número de DNI o RUC (según postor) y número de Expediente (N° 475-2017). C) Monto no menor al 10% del valor de tasación (S/ 7,000.00), en efectivo o Cheque de Gerencia, suma que será devuelta a los postores no beneficiados. El Adjudicatario cancelará los honorarios del Martiliero Público que están afectos al IGV, una vez concluida la diligencia, de conformidad con el D.S. N° 008-2005-JUS. El remate será efectuado por Jairzinho Jorge Arturo Arce Almirón, Martiliero Público con Registro N° 347. Celular 995904045. Cusco, 08 de Enero del 2018. JAIRZINHO ARCE ALMIRON CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO MARTILLERO PÚBLICO ISABEL CRISTINA HUAMAN SEQUEIROS REG. NAC. N° 347 ESPECIALISTA LEGAL PRIMER JUZGADO CIVIL MODULO CORPORATIVO CIVIL

en el diario Oficial El Peruano, diario judicial de la Corte Superior de Justicia de Cusco, tablillas del Juzgado y de la Municipalidad Distrital de Echarate, y por radio difusión.-AUTO ADMISORIO.Echarate, cinco de abril del año dos mil diecisiete.- .SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por SAMUEL BERNARDO RIVAS VALDEZ, sobre REIVINDICACION DEL PREDIOO RUSTICO DENOMINADO MESADAPATA-LA FLORIDA ubicado en el Sector La Florida del Distrito de Echarate, contra ISMAEL GUARDAPUCLLA ROMERO, BERNARDO PAREJA LUIZAR, FRANCISCO QUISPE HUAMAN, VALENTINA GUEVARA TAMAYO, JOSEFINA HUAMAN QUISPE, LIBERTATO NESTOR TAPIA RIOS, SEGUNDINA FLORES TUMPAY, SERGIO INCARROCA DAVILA, GERMAN HUAMAN MOREANO, FREDY SOLIS CALDERON y ZOILO MEZA BERRIO. debiendo sustanciarse el trámite de la presente en la vía del PROCESO DE CONOCIMIENTO, en cuya virtud CORRASE traslado de la demanda a la parte demandada, a fin de que ejerzan su derecho a la defensa, por el plazo de TREINTA DIAS HABILES, bajo apercibimiento de declararse rebelde. H. S.- Firma Sr. Juez Dr. M. Arizábal - Secretario F. Puma Lo que notifico a Uds., para nuestro conocimiento y fines de ley.

PODER JUDICIAL Echarate, 05 de marzo del 2018 P. 6574766 F. (12, 13, 14 MAR)

PROCESO CONTENCIOSO Señores HEREDEROS del que en vida fue ISMAEL GUARDAPUCLLA ROMERO. Hago saber a Uds., que en el proceso No. 010-2017, en los seguidos por SAMUEL BERNARDO RIVAS VALDEZ, sobre REIVINDICACION, contra ISMAEL GUARDAPUCLLA ROMERO y otros, ante el Juzgado Mixto y Unipersonal del Distrito de Echarate, Despachado por la Srta. Juez Dra. Nataly C. Cáceres, bajo la actuación del Secretario Judicial Francisco Puma Molina, se ha resuelto lo siguiente: Echarate, veinticuatro de agosto del año dos mil diecisiete.- AL OTROSI: Conforme solicita y estando acreditada con la partida de defunción Ismael Guadapuclla Romero, se dispone la notificación por edicto judicial del extracto del auto admisorio de la demanda, a sus herederos legales,

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO FRANCISCO S. PUMA MOLINA SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO MIXTO Y UNIPERSONAL DE ECHARATE PODER JUDICIAL P. 6574781 F. (12 MAR)

Lunes, 12 de marzo del 2018

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

La República

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La República

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

Lunes, 12 de marzo del 2018

Lunes, 12 de marzo del 2018

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO

09:00-09:29 03633-2017-0- CONCILIACION

NUEVA LEY PROCESAL DE TRABAJO RELACIÓN DE AUDIENCIAS DEL 05 AL 09 MARZO DEL 2018 LOCAL : URBANIZACION LA FLORIDA C-14 PASAJE KANTUS UBICACIÓN: 1º SALA DE AUDIENCIAS LABORAL LUNES, DÍA 05 DE MARZO DEL AÑO 2018 Número de Tipo Audiencia Materia Expediente 08:30-08:59 03507-2017-0- CONCILIACION DERECHOS LABORALES 09:00-09:29 03510-2017-0- CONCILIACION ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA 09:30-09:59 03034-2017-0- CONCILIACION NULIDAD DE DESPIDO Hora

10:00-10:59 02168-2017-0- JUZGAMIENTO 11:00-11:59 03526-2016-0- JUZGAMIENTO 12:00-12:59 02270-2017-0- JUZGAMIENTO 14:00-14:59 03772-2017-0- UNICA

08:30-08:59 03392-2017-0- CONCILIACION 09:00-09:29 03400-2017-0- CONCILIACION

09:30-09:59 03067-2017-0- CONCILIACION 10:00-10:59 02095-2017-0- JUZGAMIENTO 11:00-11:59 01481-2017-0- JUZGAMIENTO

12:00-12:59 01993-2017-0- JUZGAMIENTO 14:00-14:59 00360-2017-0- JUZGAMIENTO

Demandado MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO

Demandante

CORTE SUPERIOR DEJUSTICIA DE CUSCO PRESIDENTE DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO COSITUC

Magistrado

CUSIHUAMAN RODOLFO COLQUE ROJAS PAUCARMAYTA DAVID OROS YLACONDO RODOLFO COLQUE ROJAS PAULINO CLEMENTE

COOPERATIVA DE AHORRO Y PUMA RAMIREZ CREDITO SANTO DOMINGO AMILCAR DE GUZMAN DERECHOS MUNICIPALIDAD OSORIO HUAMAN LABORALES PROVINCIAL DEL CUSCO JUAN DE DIOS ALBINO DESNATURALIZACI MUNICIPALIDAD LUNA SERRANO ÓN DE CONTRATO PROVINCIAL DEL CUSCO LIBERTAD DERECHOS MUNICIPALIDAD AÑACATO MACHACA LABORALES PROVINCIAL DE CUSCO ADIMIR JESUS REPOSICION MUNICIPALIDAD COLQUE CORTEZ PROVINCIAL DE CUSCO RAYMUNDO EDI MARTES, DÍA 06 DE MARZO DEL AÑO 2018

DERECHOS LABORALES DERECHOS LABORALES

HUAMAN RIVAS MAGDA PATRICIA SANTOS DE LA GALA BORIS JUVENAL

CREDITOS CONDE ALVARO LABORALES JOSEFINA DERECHOS QUIÑONES CARRASCO LABORALES JUSTO ROJAS PALIZA NESTOR INDEMNIZACION AUGUSTO POR DESPIDO ARBITRARIO Y OTROS DERECHOS MUNICIPALIDAD HUAMAN QUISPE LABORALES PROVINCIAL DEL CUSCO JULIO CESAR DERECHOS MUNICIPALIDAD MENDOZA SANCHEZ ROSA ELENA LABORALES PROVINCIAL DE CUSCO MIERCOLES, DÍA 07 DE MARZO DEL AÑO 2018

RODOLFO COLQUE ROJAS RODOLFO COLQUE ROJAS

RODOLFO COLQUE ROJAS

RODOLFO COLQUE ROJAS

RODOLFO COLQUE ROJAS

RODOLFO COLQUE ROJAS

11:00-11:59 03251-2017-0- UNICA

REPOSICION

12:00-12:59 03683-2017-0- UNICA

REPOSICION

14:00-14:29 02284-2017-0- CONCILIACION

REPOSICION

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS SUNARP CUSCO ELECTRO SUR ESTE SAA

11:00-12:59 02074-2017-0- JUZGAMIENTO

14:00-15:30 03651-2017-0- UNICA

08:30-08:59 03621-2017-0- CONCILIACION

RODOLFO COLQUE ROJAS

CUBA PEREZ ANA CECILIA

RODOLFO COLQUE ROJAS

DUEÑAS ARCE JOSE ANTONIO

CARLOS CERVANTES LUQUE

MAXI HUILLCA ENRIQUE

CARLOS CERVANTES LUQUE

ZEVALLOS LIMACHE ROGELIO

CARLOS CERVANTES LUQUE

RODOLFO COLQUE ROJAS

DERECHOS LABORALES DERECHOS LABORALES

09:00-10:59 01972-2017-0- JUZGAMIENTO

14:30-15:00 04291-2017-0- CONCILIACION

09:00-10:59 02304-2017-0- UNICA

RODOLFO COLQUE ROJAS RODOLFO COLQUE ROJAS

11:00-12:59 02702-2017-0- UNICA 14:30-14:59 03526-2017-0- CONCILIACION

08:30-08:59 03707-2017-0- CONCILIACION

RODOLFO COLQUE ROJAS

09:00-10:59 02115-2017-0- JUZGAMIENTO RODOLFO COLQUE ROJAS RODOLFO COLQUE ROJAS

MONTAÑEZ HUAMANI RODOLFO COLQUE ROJAS WILBER

EMPRESA DE TRANSPORTES ESPECIALIZADO HUAYNAAUSANGANTE EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDDA LIMITADA DERECHOS DIRECIO REGIONAL DE LABORALES TRANSPORTES Y COMUNICACIONES DEL CUSCO INDEM. POR DAÑOS UNIDAD DE CERVECERIAS Y PERJUICIOS POR PERUANAS BACKUS Y INCUMP. DE JOHNSTON SAA NORMAS LABORAL

08:30-08:59 03972-2017-0- CONCILIACION

08:00-08:59 02121-2017-0- JUZGAMIENTO RODOLFO COLQUE ROJAS

DESNATURALIZACI ÓN DE CONTRATO

ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA

RODOLFO COLQUE ROJAS

MUNICIPALIDAD HUALLPAYUNCA LUNA RODOLFO COLQUE ROJAS PROVINCIAL DE CUSCO YANET MELVIN CORTE SUPERIOR DE SANTOS DE LA GALA RODOLFO COLQUE ROJAS JUSTICIA DE CUSCO BORIS JUVENAL PRESIDENTE DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO REPOSICION ASOCIACION CIVIL HUILLCA OCAÑA RODOLFO COLQUE ROJAS FUNDACION NIÑOS UNIDOS SONIA PERUANOS VIERNES, DÍA 09 DE MARZO DEL AÑO 2018

PAGO DE MUNICIPALIDAD BENEFICIOS PROVINCIAL DEL CUSCO SOCIALES Y/O INDEMNIZACION U OTROS BENEFICIOS ECONOMICOS

RODOLFO COLQUE ROJAS

08:00-08:29 02622-2017-0- CONCILIACION

11:00-12:59 02901-2017-0- JUZGAMIENTO

14:30-14:59 02683-2017-0- AUDIENCIA DERECHOS QUISPE CRUZ HECTOR RODOLFO COLQUE ROJAS COMPLEMENTA LABORALES RIA JUEVES, DÍA 08 DE MARZO DEL AÑO 2018

10:00-10:59 01906-2017-0- JUZGAMIENTO

AMACHE HANAMPA LEANDRO BORDA HUAYPAR JAVIER

ACCION DIRECCION REGIONAL DE COLEGIO PARTICULAR CARLOS CERVANTES LUQUE CONTENCIOSA EDUCACION DEL CUSCO MIXTO DOMINGO ADMINISTRATIVA SAVIO DEL CUSCO MARTES, DÍA 06 DE MARZO DEL AÑO 2018

RODOLFO COLQUE ROJAS

QUISPE BOCANGELINO NILO MENDEZ SOTO GERARDO QUIJHUA HUALLPAMAYTA HAYDEE CARRANZA CIEZA GEREMIAS OROS GUILLEN ALEJANDRO MELITON CUEVA BUSTAMANTE ELIUSKA

TTITO JANCCO LUCIANO CCORIMANYA CATALAN LOURDES BARCENA UGARTE YANET CORINA

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO DIRECCION DESCONCENTRADA DE CULTURA DE CUSCO PROCURADOR PUBLICO DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO

14:00-16:00 03784-2013-0- JUZGAMIENTO

RODOLFO COLQUE ROJAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO

09:30-09:59 03549-2017-0- CONCILIACION

11:00-12:59 00544-2015-0- JUZGAMIENTO

RODOLFO COLQUE ROJAS

DERECHOS LABORALES DERECHOS LABORALES DERECHOS LABORALES

09:00-09:29 03554-2017-0- CONCILIACION

09:00-10:59 00195-2017-0- JUZGAMIENTO

RODOLFO COLQUE ROJAS

09:00-09:29 03136-2017-0- CONCILIACION

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JERONIMO MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO

08:00-08:59 02271-2017-0- CONCILIACION

RODOLFO COLQUE ROJAS

RODOLFO COLQUE ROJAS

DERECHOS LABORALES DERECHOS LABORALES ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA DERECHOS LABORALES DERECHOS LABORALES

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO

PANOCCA TTITO RODOLFO COLQUE ROJAS GABRIELA ANCCALLE NOA JUAN RODOLFO COLQUE ROJAS

LUNES, DÍA 05 DE MARZO DEL AÑO 2018 RODOLFO COLQUE ROJAS

PALACIOS GONZALES SANTIAGO

08:30-08:59 03493-2017-0- CONCILIACION

ESCEMG SRL

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UBICACIÓN: 2º SALA DE AUDIENCIAS LABORAL

INDEM. POR DAÑOS MUNICIPALIDAD Y PERJUICIOS POR PROVINCIAL DEL CUSCO INCUMP. DE NORMAS LABORAL

10:00-10:59 01648-2017-0- JUZGAMIENTO

DERECHOS LABORALES 09:30-09:59 03668-2017-0- CONCILIACION INDEMNIZACION POR DESPIDO ARBITRARIO Y OTROS 10:00-10:59 01592-2017-0- JUZGAMIENTO DESNATURALIZACI ÓN DE CONTRATO 11:00-12:59 02331-2017-0- JUZGAMIENTO ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA 14:00-14:59 02678-2016-0- JUZGAMIENTO DESNATURALIZACI ÓN DE CONTRATO

RODOLFO COLQUE ROJAS

08:30-08:59 03077-2017-0- CONCILIACION

09:30-09:59 03556-2017-0- CONCILIACION

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

11:00-12:59 01740-2017-0- AUDIENCIA DE EXPLICACIÓN DE PERICIA 14:30-15:30 03431-2017-0- CONCILIACION

MOLLINEDO CCOPA CARLOS CERVANTES LUQUE EDU EUSEBIO REPRESENTANTE DE LA FDTC COLQUE CCASANI CARLOS CERVANTES LUQUE MERY CARLOS CERVANTES LUQUE MAMANI CHOQUE WALTER

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN SEBASTIAN PODER JUDICIAL REPRESENTADO POR PDTE DR DUBERLI APOLINAR RODRIGUEZ TINEO DERECHOS EMPRESA NACIONAL DE LA VENERO VASQUEZ CARLOS CERVANTES LUQUE LABORALES COCA SOCIEDAD ANONIMA ADRIAN CESAR CERRADA ENACO SA DERECHOS MUNICIPALIDAD DISTRITAL MUJICA ARGANDOÑA CARLOS CERVANTES LUQUE LABORALES DE WANCHAQ JULIO CESAR MIERCOLES, DÍA 07 DE MARZO DEL AÑO 2018 DERECHOS LABORALES REPOSICION

JEFATURA ZONAL DE LA ZONA REGISTRAL N X CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO PRESIDENTE DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIOA DEL CUSCO REPOSICION MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO DERECHOS GOBIERNO REGIONAL DEL LABORALES CUSCO JUEVES, DÍA 08 DE MARZO DEL AÑO 2018

CCARITA YUCRA JUVENAL JULIO SALAZAR DURAND RENZO ANTONIO

ALARCON ARRIAGA DORIS SOCORRO

CARLOS CERVANTES LUQUE

DERECHOS LABORALES DERECHOS LABORALES EXHORTO

QQUENTA BACA CESAR KCANA PAUCAR FRANKLIN ANTONIO CJUNO TRUJILLO TIMOTEO

CARLOS CERVANTES LUQUE

GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO PROCURADOR PUBLICO DEL GOBIERNO REGIONAL MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ESPINAR

DIRECCION ESCOBAR SEQUEIROS DESCONCENTRADA DEL LUCRECIA MINISTERIO DE CULTURA VIERNES, DÍA 09 DE MARZO DEL AÑO 2018

DERECHOS LABORALES

09:00-10:59 01082-2017-0- JUZGAMIENTO

DERECHOS LABORALES

ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA 14:30-15:00 04405-2017-0- CONCILIACION DERECHOS LABORALES

ASOCIACION DE PROPIETARIOS DEL CENTRO COMERCIAL EL MOLINO I APROCCOM-I DIRECCION REGIONAL DE CULTURA DEL CUSCO DRCC INSTITUO NACIONAL DE CULTURA INC PRESIDENTE DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE WANCHAQ

CARLOS CERVANTES LUQUE CARLOS CERVANTES LUQUE

TAPARA QUISPE RUDIE CARLOS CERVANTES LUQUE

DERECHOS LABORALES

08:00-08:59 02396-2017-0- CONCILIACION

11:00-12:59 02221-2016-0- JUZGAMIENTO

ABOGADO DE DDOS GONZALES HINOJOSA CEFERINO

CARLOS CERVANTES LUQUE CARLOS CERVANTES LUQUE

CARLOS CERVANTES LUQUE

MUÑOZ TUNQUI JUSTINA

CARLOS CERVANTES LUQUE

OLIVERA AGUIRRE SANDRA

CARLOS CERVANTES LUQUE

ALVAREZ GONZALES LUIS ALBERTO

CARLOS CERVANTES LUQUE

OLIVERA LOAYZA MIGUEL

CARLOS CERVANTES LUQUE

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La República

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