CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO
2
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
Martes, 12 de febrero del 2019
AVISOS JUDICIALES AM; en caso de Inasistencia de la parte solicitante a la primera EDICTO JUDICIAL fecha de audiencia se realizará la segunda fecha el 09/04/2019 SUCESION INTESTADA.- Por a horas 09:00. AM, bajo aperciante el Primer Juzgado de Paz bimiento de darse por concluido Letrado de Cusco, Que, despa- el proceso según el artículo 203 cha la Señora Juez Dra.: MARIA del CPC. DEL CARMEN VILLAGARCIA VALENZUELA y bajo la actua- Santa Ana, 31 de enero del 2019. ción de la Secretaria Judicial Catalina Salazar Miranda; la CARMEN MELLADO PASTOR Señora ERICA ALMANZA ES- SECRETARIA JUDICIAL COBEDO, viene solicitando la SUCESION INTESTADA de la R. C (08, 11, 12 FEB) que en vida fue su señor padre Pedro Celestino Almanza BelliEDICTO do, fallecido el 19 de Diciembre de año 1978, publicación que se realiza para los que se crean Proceso 70-2019, seguido por con derecho a la sucesión, se FELICITAS CHACÓN RIOS, conapersonen al Proceso Civil Nro. tra YESENIA VILLENA GIBAJA; 02498-2018-0-1001-JP-CI-01 a y otros, sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, se ejercer su derecho. ha dispuesto la publicación de EDICTOS de “Resolución 01.Cusco, 24 de Enero del 2019.Cusco, dieciocho de Enero del CATALINA SALAZAR MIRANDA año dos mil diecinueve.— VISSECRETARIA JUDICIAL TA; (...)SE RESUELVE: ADMITIR y tramitar en la vía del proceso P. 7278295 F. (12 FEB) ABREVIADO la demanda interpuesta por FELICITAS CHACÓN RIOS, contra YESENIA VILLEEDICTO JUDICIAL NA GIBAJA; y, PRESIDENTE DEL CONSEJO DIRECTIVO Expediente 507-2018-CI, ante el DE LA ASOCIACION FRENTE Primer Juzgado de Paz Letrado DE DEFENSA DE LOS INTEde Santa Ana, que despacha el RESES DE LOS CAMPESINOS Dr. Jorge Luis Linares Cuadros, DE SAN SEBASTIAN JACINTO seguido por IGNACIA ROJAS CORRALES NINANCURO, soZEGARRA, sobre SUCESIÓN bre PRESCRIPCION ADQUISIINTESTADA: RESUELVO: Ad- TIVA DE DOMINIO del inmueble mitir la demanda sobre SUCE- LOTE DE TERRENO P-19 ubiSIÓN INTESTADA, de quien cado en ASOCIACION FRENTE en vida fue SANTIAGO ROJAS DE DEFENSA DE LOS INTEREALVAREZ, que ha promovido SES DE LOS CAMPESINOS DE IGNACIA ROJAS ZEGARRA, en SAN SEBASTIAN, Provincia y el proceso no contencioso. Fijar Departamento de Cusco; CON fecha de la primera convocato- CITACIÓN de la Municipalidad ria el 26/03/2019 a horas 09:00. Distrital de San Sebastián y la
ASOCIACION FRENTE DE DEFENSA DE LOS INTERESES DE LOS CAMPESINOS DE SAN SEBASTIAN, representada por su Presidente JACINTO CORRALES NINANCURO; y, de los colindantes JOSE EDGAR APAZA MOLINA, APV AGUA BUENA, HELOY VILCA CCALLOHUANCA; y, HELADIA QUISPE ANCALLA; en tal virtud notifíquese a los demandados a fin de que dentro del plazo de diez días cumplan con absolver el traslado de la demanda bajo APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADOS REBELDES; de igual manera notifíquese a los citados y colindantes antes mencionados, bajo apercibimiento de Ley.- (...) publíquese el extracto de la presente resolución en el Diario Judicial del Cusco y en el Diario Oficial “El Peruano” por tres veces con intervalo de tres días.- H.S.” Fdo. Sandra Contreras Campana - Juez.- Boris Santos de la Gala Especialista Legal”.-
LLAR SUAREZ sobre: CAMBIO DE NOMBRE consistente en el cambio de nombre del menor Sly Cuellar Dueñas; EN LA VÍA DEL PROCESO SUMARISIMO, en tal virtud; CÓRRASE traslado de la demanda al demandado por el término de ley. A LOS MEDIOS PROBATORIOS.- Con la tasa judicial adjunto, TÉNGASE por ofrecidos los medios probatorios los que serán admitidos o rechazados en su oportunidad. Por presentados los anexos que indica. DE OFICIO: De conformidad con lo dispuesto por el artículo 29° del Código Civil: PUBLIQUESE en el Diario judicial en la Ciudad del Cusco y fíjese AVISOS en los lugares públicos de costumbre, un extracto del presente auto, por el término de tres días con intervalo de tres días. Fdo. Juez Titular Erasmo Waldir Urruchi Zúñiga, Fdo. Abogada Yvonne Tupiño Merma. H.S. YVONNE TUPIÑO MERMA SECRETARIA JUDICIAL
Cusco, 31 Enero 2019. R. C (06, 12, 18 FEB) BORIS JUVENAL SANTOS DE LA GALA ESPECIALISTA LEGAL
EDICTO JUDICIAL
Ante el Juzgado Mixto de Canas, que Despacha el señor Juez Ulises Villena Ramírez, bajo la EDICTO JUDICIAL actuación de la Secretaria Judicial Mery Luz Farfán Parisaca Que, el Proceso Civil N° se ha dispuesto mediante reso00182-2018-0-1010-JM-CI-01, lución N° 31 del 01 de julio del se viene tramitando en el Juz- 2018 la publicación vía edictos gado Mixto de La Convención, en el proceso N°: 00025-2018en la forma siguiente: DEMAN- 0-1006-JM-C1-01, que dispone: DA interpuesta por: FERMINA (...) 1-ADMITIR a trámite en la DUEÑAS OCHOA en represen- vía del Proceso de CONOCItación del menor Sly Cuellar MIENTO la demanda instada por Dueñas, contra: ISMAEL CUE- COMUNIDAD CAMPESINA DE P. 7271537 F. (06, 12, 18 FEB)
Martes, 12 de febrero del 2019
CHIGNAYHUA , representado por su actual Presidente de la Directiva Comunal Cesar Bolaños Ramírez, sobre: A. MEJOR DERECHO DE PROPIEDAD y POSESION, respecto al total del predio Jabón Mayo de 23.90 Has Acumulativamente; B. NULIDAD DE ACTO JURIDICO y COMPRA VENTA DE INMUEBLE RUSTINO Y LA ESCRITURA PUBLICA QUE LO CONTIENE OTORGADO EN FECHA 05 DE MAYO DEL 2010.C. C- NULIDAD DE ACTO JURIDICO DE COMPRA VENTA DE INMUEBLE Y LA ESCRITURA PUBLICA QUE LO CONTIENE OTORGADO EN FECHA 20 DE DICIEMBRE DEL 2015. D. REIVINDICACION DEL FRACCION 1 DEL PREDIO JABON MAYO A FAVOR DE LA COMUNIDAD RECURRENTE. E. PAGO DE INDENMIZACION DE DAÑOS Y PERJUICIOS A FAVOR DE LA COMUNIDAD DEMANDANTE. Todo ello; en contra de JOSE HELAR SALINAS ESTRADA, ROSA MARCIA SALINAS ESTRADA; así mismo contra la SUCESION INTESTADA DE DANIEL MELQUIADES SALINAS ALVAREZ Y ELVIRA FRANCISCA ESTRADA ALVARADO VIUDA DE SALINAS; ;así mismo en contra de LA ASOCIACION PRO VIVIENDA ANDA LUZ , Representado por su Presidente del Consejo Ejecutivo SATURNINO CHQOUEPUMA TACO y en contra de LA DIRECCION REGIONAL DE AGRICULTURA DE LA REGION CUSCO Representado pro el Procurado Publico de dicha entidad Estatal. En consecuencia córrase traslado de la demanda a los emplazados por el plazo de TREINTA DIAS, para su absolución, bajo el apercibimiento de continuarse el proce-
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
so en su rebeldía. Téngase por ofrecidos los medios probatorios que precisa para la etapa procesal correspondiente. A sus antecedentes los anexos que adjunta. Debiendo cumplirse con las publicaciones de ley en el Diario Judicial y oficial el Peruano, por las veces que corresponda, para el emplazamiento a los que se crean con derecho, respecto a los fallecidos. 2.- DECLARESE IMPOCEDENTE LA AMPLIACION DE DEMANDA instada por la Comunidad recúrrete sobre NULIDAD DE ACTO JURIDICO Y DE LA ESCRITURA PUBLICA QUE LO CONTIENE OTORGADO EN FECHA 15 DE NOVIEMBRE DEL 2015, dirigida en contra de JOSE SALINAS ESTRADA, SATURNINO USCAMAYTA CONDORI, HERNAN USCAMAYTA CONDORI, por las razones indicadas en el considerando “CUARTO” deducida en el extremo “Otro si “ del escrito de subsanación de fojas 135 y siguientes. Reservándose el derecho de la entidad recúrrete, para que lo haga valer conforme a ley. H.S. Lo que se publica para los fines de ley. ULISES RAMIRES VILLENA JEFE DE JUZGADO MIXTO DE CANAS P. 7272007 F. (06, 12, 18 FEB) EDICTO RESPECTO DE QEVF FRANCISCO VICTOR YAÑEZ CHAVEZ Ante el Juzgado Mixto de la Provincia de Urubamba, despachado por la Sra. Juez Provisional ANGULO CORNEJO DE HERNANDEZ YONI LEONOR en el Exp. N° 141-2Q18-0-1015-JMCI-01, bajo la actuación de la
Secretaria Judicial Abg. Sandra Paola Núñez Ruiz, se ha emitido la resolución N° 03 de fecha veinticuatro de agosto del dos mil dieciocho que dispone ADMITIR: A trámite la demanda interpuesta por LUZ MARINA YAÑEZ ARANIBAR por derecho propio y en representación de CELEDONIA YAÑEZ ARANIBAR, TEODORA YAÑEZ ARANIBAR, WASHINGTON YAÑEZ ARANIBAR Y SONIA CARRASCO YAÑEZ sobre: PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO DEL INMUEBLE denominado CcatanCcantuchavoc de la extensión de 0.3988 has ubicado en el sector de Ccatan distrito de Urubamba y Departamento del Cusuco con UC 05810. contra LA SUCESION DE QEVF FRANCISCO VÍCTOR YAÑEZ CHAVEZ. Debiendo tramitarse en la vía del PROCESO ABREVIADO. Córrase traslado a los demandados por el plazo de 10 días, conforme a Ley , bajo apercibimiento de declarar su rebeldía.- AL OTROSI DIGO: En mérito a la tasa judicial adjunta por ofrecidos los medios probatorios que indica reservándose su admisión y actuación para la etapa procesal correspondiente.- Conforma o lo dispuesto por el Art. 506 del C.P.C notifíquese mediante publicaciones a las personas interesadas.-AL PRIMER MAS DIGO: NOTIFÍQUESE a los colindantes del inmueble MUNICIPIO DE URUBAMBA representado por su Procurador Publico, PRUDENCIA LOAYZA MENDOZA, CAMILO HURTADO ASTETE LÓPEZ, TEOFILO VIDAL CHÁVEZ CARRAZAS, GUILLERMO OTAZU CARBAJAL. AL SEGUNDO MAS DIGO: Habiendo cumplido con presentar los certificados negativo de sucesión intestada y el certificado negativo de testamento de QEVF FRANCISCO VÍCTOR
La República
3
YAÑEZ CHÁVEZ mediante edictos, para lo cual cumpla la parte demandante con apersonarse a Secretaria dentro del horario de atención al público a fin de recabar dichos edictos. H.S.Urubamba, 17 de enero del 2019 SANDRA PAOLA NUÑEZ RUIZ SECRETARIA JUDICIAL P. 7250588 F. (31, 06, 12 FEB) EDICTO JUDICIAL Expediente N° 01525-2018-0-1001-JR-CI-04. ante el Cuarto Juzgado Civil del Cusco, que Despacha la Doctora FANNY LUPE PEREZ CARLOS; bajo la actuación del Especialista Legal Fresh Lennin Garcia Luna, se ha dispuesto la publicación edictal a efecto de EMPLAZAR a la parte demandada, con el contenido de la siguiente resolución: RESOLUCIÓN Nro. 03, Del 03 de setiembre de 2018, (...) AUTO ADMISORIO (...) VISTO; (...); Y CONSIDERANDO (...) ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por ASOCIACION DE VIVIENDA EL EDEN representada por su Presidente de su Junta Directiva EDITH TOCRE QUSIPE, contra 1. JUAN FRANCISCO SANCHEZ LAZO, 2. OCTAVIO BERNARDO ROJAS, 3. ALICIA HUAMBO ARREDONDO, 4. VIOLETA SABINA CHAVEZ ALFARO DE PUENTE DE LA VEGA, 5. EDGAR PUENTE DE LA VEGA CHOQUE, 6. EUSTAQUIO TEOFILO GUTIERREZ CALLAPIÑA, 7. HILARIA OLIVERA DE GUTIERREZ, 8. JUAN PABLO LAGOS RIMA, 9. BEATRIZ PUMA HUANCA, 10. IVAN VLADIMIRO HERENCIA PEREZ, 11. LUZ DIVINA MILLA
4
La República
DAGA, 12. RUBEN HUANCA CARO, 13. NICASIO MARQUEZ BERNO, 14. ANTONIA SUTTA GUTIERREZ, 15. FRANZ TIMOTEO OROZ VILLENA, 16. IRENE BARRIENTOS DIAZ, 17. ROBERTO TUNI GARCILAZO, 18. RAFAEL YAHUIRA GARCIA, 19. YONI HUILLCA PARHUAYO, 20. JIMMY DIAZ TAFUR, 21. ANA ADELMA HUAMAN LOPEZ, 22. EDISON CONISLLA CASTAÑEDA, 23. ERASMO CCONISLLA HUAMANI, 24. GIOVANNI FERNANDEZ MENDOZA, 25. KATY GONZALES ESPINOZA, 26. MARIA LUZ BAEZ OCHOA, 27. MANUELA QUISPE HANCCO, 28. GADIEL ADLAI QUISPE ESPINOZA, 29. JOSEFINA AGUIRRE LAZARTE DE SANCHEZ, 30. WALTER VARGAS CALDERON y 31. YESENIA QUINTANILLA CUELLAR; con la pretensión PRINCIPAL de DIVISION Y PARTICION DE BIEN INMUEBLE EN ESTADO DE COPROPIEDAD INDIVISO, respecto del inmueble en copropiedad de la ASOCIACION DE VIVIENDA EL EDEN, ello es, predio rústico que corre inscrito en la partida electrónica N°02047960 del Registro de Predios de la Zona Registral N° X - Sede Cusco, constituido por el predio matriz denominado Predio Huacapunco Fundo Quispiquilla, ubicado en el distrito de San Sebastián, provincia y departamento del Cusco, con un área total de 8,389.42m2. (área rectificada en el asiento N° 40 de la referida partida electrónica), en la vía del PROCESO ABREVIADO, confiérase traslado a las demandadas por el término de DIEZ DIAS, bajo apercibimiento de declarárseles rebeldes. (...).CONFORME a lo dispuesto por el Art. 166° del Código Procesal Civil, que establece la Notificación Especial por Edictos, verifíquese el EMPLAZAMIENTO por
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
edictos a todos los demandados; en consecuencia cumpla la parte actora con recabar el edicto correspondiente para cuyo efecto constitúyase por ante Administración del Módulo Corporativo Civil, dentro del TERCER DIA de notificada con la presente a efecto de recabar el edicto correspondiente y facilitar su publicación, la misma que deberá notificarse tanto en el diario judicial del Distrito Judicial de Cusco así como en el Diario el Peruano.CUMPLA la parte actora con precisar la dirección de cuatro de los demandados a efecto de proceder con la notificación por cédula conforme lo establece el artículo 166° del Código Procesal Civil, ello es, verificar la notificación regular en la proporción de uno por cada diez o fracción de diez, de igual forma cumpla con presentar cuatro juegos de la demanda y anexos, así como los aranceles judiciales para verificar la correspondiente notificación, dentro del TERCER DIA de notificada con la presente bajo expreso apercibimiento de imponerse multa de 01 URP(S/. 415.00).-(...). Cusco, 29 de enero de 2019. FRESH LENNIN GARCIA LUNA SECRETARIO JUDICIAL P. 7249091 F. (31 ENE, 06, 12 FEB) EDICTO JUDICIAL Ante el Tercer Juzgado Civil del Cusco. Que despacha el Doctor John Aleck Alfaro, bajo la actuación de la secretaria Angela Joanna Cornejo Valderrama, se tramita el proceso N° 15242018, seguido por Noemi Delgado Loaiza, sobre Prescripción
Martes, 12 de febrero del 2019
adquisitiva de propiedad, Alejandro Loayza y otros, con citación de la Municipalidad Provincial del Cusco, se ha dispuesto la notificación con el extracto de la resolución número 03 de fecha cinco de noviembre del año dos mil dieciocho SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por NOEMI DELGADO LOAIZA sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE PROPIEDAD respecto del inmueble urbano N° 213 DE UN AREA DE 513.91 m2 de la calle Carmen Bajo del barrio de San Blas del cercado del Cusco CONTRA; 1. ALEJANDRO LOAYZA CENTENO. 2. JOSE ENRIQUE LOAIZA CENTENO. 3. TOMASA OLIMPIA LOAYZA CHACON. 4. AUGUSTO FABIAN LOAIZA SALAS. 5. JUAN FRANCISCO LOAYZA SALAS. 6. LA SUCESION DE ANTONIO LOAIZA VILLAGARCIA. 7. LA SUCESION DE GERTRUDES HORTENCIA LOAIZA SALAS. 8. LA SUCESIÓN DE HILARION LOAIZA CENTENO. CON CITACIÓN DE; 9. LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO 10. CIRILO VILLAFUERTE VIVERO 11. GARY PATRICK FEENEY 12. JAVIER SOTA SOTO. Debiendo de tramitarse bajo los mecanismos del proceso ABREVIADO, en consecuencia. Téngase por ofrecidos los medios probatorios que indica los cuales serán admitidos y actuados en la oportunidad procesal. Insértese en autos los anexos de su referencia. Asimismo efectúese la publicación de un extracto del presente en el Diario Judicial de esta ciudad y el diario oficial
“El Peruano”, por el término de tres días con intervalo de tres días, debiendo para tal efecto recabar los edictos por la Oficina de Administración del Módulo Civil en horarios de atención al público. CUMPLASE con notificar a los demandados; ALEJANDRO LOAYZA CENTENO, JOSE ENRIQUE LOAIZA CENTENO, TOMASA OLIMPIA LOAYZA CHACON, AUGUSTO FABIAN LOAIZA SALAS y JUAN FRANCISCO LOAYZA SALAS, mediante edictos, con la finalidad de que se apersonen al proceso, dentro del plazo de ley, BAJO APERCIBIMIENTO de nombrarles curador procesal, asi mismo NOTIFÍQUESE mediante edictos a los sucesores procesales de LA SUCESION DE ANTONIO LOAIZA VILLAGARCIA, LA SUCESION DE GERTRUDES HORTENCIA LOAIZA SALAS, LA SUCESIÓN DE HILARION LOAIZA CENTENO, con la finalidad de que se apersonen dentro del plazo de ley, bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal. H. S.- FIRMA Juez Dr. Alfaro.- Sec. Cornejo. Cusco, 10 de enero del 2019 ANGELA JOANNA CORNEJO VALDERRAMA SECRETARIA JUDICIAL P. 7249145 F. (31 ENE, 06, 12 FEB)
Martes, 12 de febrero del 2019
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
La República
5
6
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
Martes, 12 de febrero del 2019
Martes, 12 de febrero del 2019
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
La República
7
8
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
Martes, 12 de febrero del 2019