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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO

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La República

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

Lunes, 4 de junio del 2018

AVISOS JUDICIALES

EDICTO JUDICIAL

Expediente N° 00104-2017-0-1001-JR-CI-04. ante el Cuarto Juzgado Civil del Cusco, que Despacha la Doctora FANNY LUPE PEREZ CARLOS; bajo la actuación del Especialista Legal Fresh Lennin García Luna, se ha dispuesto la publicación edictal a efecto de y a efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 506° del Código Procesal Civil, con el contenido de las siguientes resoluciones: RESOLUCIÓN Nro. 02, Del 03 de abril de 2017, (...) AUTO ADMISORIO (...) VISTO: (...); Y CONSIDERANDO(...)SE RESUELVE: 1.- ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por JOSE MANUEL MAMANI SUCA peticiona tutela jurisdiccional efectiva en cuya virtud pretende PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO CON JUSTO TITULO respecto del bien inmueble denominado Lote de Terreno N° 08 Mz. H con un área de 196.47 m2, (minuta de compra venta de área vendido 200 m2 el cual se encuentra con los aportes efectuados para las calles) ubicado en la APV Horacio Zevallos Games, del distrito de San Sebastián, Provincia y departamento de Cusco, contra EUSEBIO FAUSTINO ALARCON CAHUANA Y LIVIA ALARCON CAHUANA ( SUCESORES DE JUAN ALARCON MAMANI Y ELVIRA CAHUANA CONDORI); con CITACIÓN de la Municipalidad Distrital de San Sebastián, Pedro Libio Tayña y José Limache en la vía del PROCESO ABREVIADO, confiérase traslado a los demandados por el término de DIEZ DIAS..-2.- Conforme a lo dispuesto por la norma del artículo 506° del Código Procesal Civil: PUBLIQUESE un extracto del Auto Admisorio de la Demanda por tres veces con intervalo de tres días en la forma prevista por los artículos 167° y 168° del mismo cuerpo legal.- 3.- De igual forma notifíquese al Procurador Publico de la Municipalidad Distrital de San Sebastián- Conforme lo establece el DECRETO LEGISLATIVO NB 1068- DECRETO LEGISLATIVO DEL SISTEMA DE DETENSA JURÍDICA DEL ESTADO.- (...).

por su mérito córrase traslado a los demandados por el término de DIEZ DÍAS a fin de que cumpla con absolverla, bajo el apercibimiento de ser declarados rebeldes. Y conforme lo prescrito en el artículo 506° del Código Procesal Civil, publíquese el extracto de demanda por tres veces con intervalos de tres días de igual forma cumpla con difundir en una emisora local la presente resolución por cinco dias consecutivos en la forma prescrita por los artículos 167° y 168° del acotado cuerpo legal, para lo cual cumpla el cursor con entregar el respectivo extracto al demandante en horas de atención al público.RESOLUCIÓN N° 02 Urcos, 20 de abril de 2018. SE RESUELVE: 1. CORREGIR el error material incurrido, en la resolución N° 01 de fecha 04 de enero de 2018, que contiene el auto admisorio al haberse consignado erróneamente el nombre de los demandado y citados colindantes, siendo lo correcto “...contra Asociación de Agricultores Qquerohuasi, representado por su presidente Gregorio Ocsa Mamani, con citación de los colindantes Municipalidad Distrital de Andahuaylilas, Silvio Gerónimo Vergara Valenza y la Asociación de Agricultores Qquerohuasi”, quedando inalterable en los demás datos que contiene dicha resolución. 2. Debiendo correr el plazo para la absolución de la demanda a partir de la notificación con la presente resolución, ello para evitar posteriores nulidades. 3. Notifíquese a las partes procesales en sus domicilios señalados en autos. H. S.Urcos, 10 de mayo de 2018. CARLOS ASTETE SAAVEDRA SECRETARIO JUDICIAL P. 6738599 F. (23, 29 MAY, 04 JUN)

EDICTO JUDICIAL

Cusco, 09 de abril de 2018.

Señora: SONIA MERCEDES LENCINAS BALLON.-

FRESH LENNIN GARCÍA LUNA SECRETARIO JUDICIAL

Ante el Tercer Juzgado Especializado en lo Civil del Cusco, despachado por el señor Juez John Aleck Alfaro Tupayachi, se tramita el Proceso Civil Nro. 00876-2016-0-1001-JR-CI-03, seguido por LA COOPERATIVA AGRARIA DE USUARIOS MARISCAL RAMÓN CASTILLA DE ANGOSTURA LTDA. 003-B-VII, sobre Mejor derecho de propiedad y otro, contra la Superintendencia Nacional de los Registro Públicos y otros; proceso en el que se ha dispuesto notificar a la demandada SONIA MERCEDES LENCINAS BALLON, mediante edictos, con el auto admisorio de la demanda para que comparezcan al proceso; cuyo tenor es el siguiente: SE RESUELVE: SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta LA COOPERATIVA AGRARIA DE USUARIOS MARISCAL RAMÓN CASTILLA DE ANGOSTURA LTDA. 003-B-VII, representado por Roberto Ttito Altamirano y Augusto Ccalla Ahuati, en su condición de Presidente del Consejo de Administración y Gerente General, sobre MEJOR DERECHO DE PROPIEDAD y en forma acumulativa objetiva originaria accesoria LA CANCELACION DE LOS ASIENTOS REGISTRALES contra 1.- LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS DEL CUSCO, con citación del PROCURADOR PÚBLICO DE REGISTROS PUBLICOS; 2.- LA SUCESIÓN DE QUIEN EN VIDA FUE CARLOS AUGUSTO LENCINAS FERNANDEZ, conformada por; 1. LEONOR BALLON DE LENCINAS, 2. SONIA MERCEDES LENCINAS BALLON, 3. DANIEL GUILLERMO LENCINAS BALLON, 4. BEATRIZ ROXANA LENCINAS BALLON, 5. BETSABE ELINOR LENCINAS BALLON, 6. CARLOS FERNANDO LENCINAS YANEZ, 7. CAROLINA GIOVANNA LENCINAS YAÑEZ Y

P. 6738335 F. (23, 29, 04 MAY)

EDICTO JUDICIAL

Ante el Juzgado Mixto de Urcos, que despacha la señora Juez Dra. Ana Cecilia Sotomayor Tejada, bajo la actuación del Secretario Judicial Carlos Astete Saavedra, se tramita el Expediente N° 224-2017-CI, sobre Prescripción Adquisitiva de Dominio, se ha dispuesto mediante resolución N° 01 de fecha 04/01/2018, la publicación mediante edictos de un extracto del auto admisorio, y el auto de corrección, contenido en la resolución N° 02 de fecha 20/04/2018 como sigue: “Resolución N° 01, Urcos, cuatro de enero del año 2018: SE RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE en vía del PROCESO ABREVIADO la demandada instada por METODIA ALCCA ESPINOZA, SILVIO GERÓNIMO VERGARA VALENZA Y ALVIN HENRI VERGARA ALCCA, contra la ARQUIDIÓCESIS DE CUSCO, con la pretensión Principal de PRESCRIPCION DE ADQUISITIVA DE DOMINIO del inmueble rustico denominado AYACMARKA, ubicado en el sector de Querohuasi s/n del distrito de Andahuayiillas, provincia de Quispicanchi y departamento de Cusco y como pretensión accesoria Se ordene la independización registral del predio “Ayacmarcka”, materia de prescripción de la P.E. N° 02026174 del Registro de Predios de la Zona Registral X- sede Cusco; con citación de los predios colindantes: Director Regional de Transportes y Comunicaciones del Cusco, SILVERIO VERGARA VALENZA, LA ASOCIACIÓN DE AGRICULTORES QQUEROHUASI;

8. CARLA PAOLA LENCINAS YÁÑEZ 9. LA SUCESIÓN DE CARLOS EDUARDO LENCINAS BALLON, Debiendo sustanciarse la misma en la vía del PROCESO CONOCIMIENTO, y por su mérito CÓRRASE traslado a los demandados, por el plazo de treinta días. Téngase por ofrecidos lo medios probatorios indicados reservándose su admisión y actuación para el momento procesal oportuno. A sus antecedentes los anexos acompañados. CUMPLASE con notificar a los sucesores hereditarios del demandado CARLOS EDUARDO LENCINAS BALLON, mediante edictos, con la finalidad de que se apersonen al proceso dentro del plazo de ley, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. Ahora considerando que existe demandados que radican en otro país, (España), CUMPLA la demandante con proporcionar tasa judicial por exhorto, así como el pago correspondiente por trámites consulares. Con respecto a los demandados que tienen su domicilio en la ciudad de Arequipa y Ayacucho, CUMPLA la demandante con proporcionar la tasa judicial por exhorto. H.S.Cusco, 21 de mayo del 2018 RONALD ELORRIETA SALAZAR SECRETARIO JUDICIAL P.6746403 F. (29 MAY, 04, 08 JUN)

EDICTO JUDICIAL

Ante el Juzgado Mixto de la Provincia de Espinar, que despacha el señor Juez Dr. Edwin Florencio Cruz Domínguez, bajo la actuación del Secretario Judicial Hugo Guevara Flores, en el expediente N° 40-2016-0-1009-JMCI-01, por Resolución N° 12, de fecha 20/04/2018, se ha RESUELTO ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por IDAHO BUSTAMANTE VERA, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO respecto al predio rural denominado Ccajaraccay Ancatiana de 68.46 hectáreas, ubicado en la comunidad campesina de Cahuaya, del distrito de Alto Pichigua, provincia de Espinar y departamento de Cusco, seguida en contra de la SUPERINTEDENCIA DE NACIONAL DE BIENES NACIONALES con citación de su Procurador Público, y la DIRECCION REGIONAL DE AGRICULTURA DE CUSCO con citación de su Procurador Público; y CON CITACIÓN de los colindantes: Ornar Bustamante Cáceres, Andrés Bustamante Cáceres, Augusto Bustamante Cáceres y Wilbert Bustamante Alencastre; la misma que se tramite en la VÍA DEL PROCESO ABREVIADO; disponiéndose que el extracto de la misma (vía edictos) se publique por tres veces con intervalos de tres días en la forma prevista por el artículo 167° y 168° del Código Procesal Civil. Asimismo se dispone la notificación por radio difusión por el plazo de cinco días; como lo dispone el artículo 169° de la norma acotada; lo que se publica para los fines pertinentes. Espinar, 25 de mayo de 2018. HUGO GUEVARA FLORES SECRETARIO JUDICIAL P. 6746423 F. (29 MAY, 04, 08 JUN)

EDICTO TUDICIAL

Expediente N° 00626-2018-0-1001-JR-CI-04. ante el Cuarto Juzgado Civil del Cusco, que Despacha la Doctora FANNY LUPE PEREZ CARLOS; bajo la actuación del Especialista Legal Fresh Lennin Garcia Luna, se ha dispuesto la publicación edictal a efecto de y a efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 506° del Código Procesal Civil, con el contenido de las siguiente resolución:

RESOLUCIÓN Nro. 01, Del 15 de mayo de 2017, (...) AUTO ADMISORIO (...) VISTO: (...); Y CONSIDERANDO (...) SE RESUELVE: 1.- ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por MARIO CARLOS BERMUDEZ HUAYNASI, contra LA COMUNIDAD CAMPESINA DE AYARMARCA PUMAMARCA representado por WENCESLAO ACUSE CCOSCCO, con CITACIÓN DE: I) MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN SEBASTIAN; II) FRANCISCA LLAMOCCA VILLCORTA, Y III) SEBASTIAN PINO LLAMOCCA, IV) JUAN HUANUCO HUACHACA y V) ASOCIACION PRO VIVIENDA SR DE TAYANCANI representado por VICTOR CCAPATINTA PAJA sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO CON JUSTO TITULO respecto del predio ubicado en la APV SEÑOR DE TAYANCANI MANZANA A LOTE 8 del distrito de San Sebastián, provincia y departamento de Cusco; en la vía del PROCESO ABREVIADO, confiérase traslado a los demandados por el término de DIEZ DIAS.- 2-Conforme a lo dispuesto por la norma del artículo 506 del Código Procesal Civil: PUBLIQUESE un extracto del Auto Admisorio de la Demanda por tres veces con intervalo de tres días en la forma prevista por los artículos 167° y 168° del mismo cuerpo legal.-3.-De igual forma notifíquese al Procurador Publico de la Municipalidad Distrital de San Sebastián- Conforme lo establece el DECRETO LEGISLATIVO Na 1068- DECRETO LEGISLATIVO DEL SISTEMA DE DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO.-(...). Cusco, 23 de mayo de 2018. FRESH LENNIN GARCIA LUNA SECRETARIO JUDICIAL P. 6746427 F. (29 MAY, 04 08 JUN)

EDICTO TUDICIAL

Expediente N° 00626-2018-0-1001-JR-CI-04. Ante el Cuarto Juzgado Civil del Cusco, que Despacha la Doctora FANNY LUPE PEREZ CARLOS; bajo la actuación del Especialista Legal Fresh Lennin Garcia Luna, se ha dispuesto la publicación edictal a efecto de y a efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 506° del Código Procesal Civil, con el contenido de la siguiente resolución: RESOLUCIÓN Nro. 01, Del 15 de mayo de 2017, (...) AUTO ADMISORIO (...) VISTO: (...); Y CONSIDERANDO (...) SE RESUELVE: 1.- ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por MARIO CARLOS BERMUDEZ HUAYNASI, contra LA COMUNIDAD CAMPESINA DE AYARMARCA PUMAMARCA representado por WENCESLAO ACUSE CCOSCCO, con CITACIÓN DE: I) MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN SEBASTIAN; II) FRANCISCA LLAMOCCA VILLCORTA, Y III) SEBASTIAN PINO LLAMOCCA, IV) JUAN HUANUCO HUACHACA y V) ASOCIACION PROVIVIENDA SR DE TAYANCANI representado por VICTOR CCAPATINTA PAJA sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO CON JUSTO TITULO respecto del predio ubicado en la APV SEÑOR DE TAYANCANI MANZANA A LOTE 8 del distrito de San Sebastián, provincia y departamento de Cusco; en la vía del PROCESO ABREVIADO, confiérase traslado a los demandados por el término de DIEZ DIAS.- 2.-Conforme a lo dispuesto por la norma del artículo 506 del Código Procesal Civil: PUBLIQUESE un extracto del Auto Admisorio de la Demanda por tres veces con intervalo de tres días en la forma prevista por los artículos 167° y 168° del mismo cuerpo legal.-3.-De igual forma notifíquese al Procurador Publico de la Municipalidad Distrital de San SebastiánConforme lo establece el DECRETO LEGISLATIVO Ne 1068- DECRETO LEGISLATIVO DEL SISTEMA DE DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO.-(...). Cusco, 23 de mayo de 2018.

Lunes, 4 de junio del 2018

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

LEGAL FRESH LENNIN GARCIA LUNA SECRETARIO JUDICIAL P.6746427 F. (29 MAY, 04, 08 JUN)

EDICTO JUDICIAL

La señora Juez del Juzgado Mixto. Dra. Melody Contreras Barineza, en el Proceso 00066-2018-0-1015-CI, ha dispuesto la Publicación por edicto Judicial con la resolución número 01 de fecha dos de Mayo del año 2018 (Autoadmisorio)... RESUELVE: ADMITIR LA DEMANDA interpuesta por el actor HOLGER GERMAN MENACHO FARFAN SOBRE CAMBIO DE NOMBRE DE SU PROGENITORA, consignado en el acta de nacimiento del actor inscrito en el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil de la ciudad del Cusco, consistente en la SUPRESIÓN del segundo prenombre de la progenitora del actor, de ESTHER JUANA por el de ESTHER, y la ADICIÓN del segundo apellido (materno) de dicha progenitora -FARFAN-; en la vía del proceso SUMARÍSIMO; con CITACIÓN de la Representante de la Fiscalía Provincial Civil y de Familia de Urubamba. REALIZAR la publicación del extracto de la presente resolución mediante edicto judicial, en el Diario Judicial Del Cusco y el Diario Oficial El Peruano, por tres días hábiles en cada diario, a costa del recurrente, debiendo alcanzarse al Juzgado las publicaciones correspondientes para ser anexadas al proceso. TENER por ofrecidos los medios probatorios que se indican en la demanda, reservándose su admisión y actuación en la etapa procesal correspondiente..- H.S. Secretaria Judicial Milagros Paz Chuspe. Urubamba ,28 de Mayo del año 2018. MILAGROS PAZ CHUSPE SECRETARIA JUDICIAL P. 6750105 F. (01, 04, 05 JUN)

EDICTO JUDICIAL

Expediente N° 27-2018-0-1010-JP-CI-01, tramitado ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de Santa Ana, que despacha el Dr. Jorge Luis Linares Cuadros, en los seguidos por MARIA ESTHER MOYANO RECHARTE, sobre SUCESIÓN INTESTADA: SE RESUELVE: Admitir a trámite la demanda sobre SUCESIÓN INTESTADA de quien en vida fue JUANA RECHARTE CORNEJO, que ha promovido MARIA ESTHER MOYANO RECHARTE, en la vía procedimental del proceso no contencioso. Por ofrecidos los medios probatorios propuestos, a sus antecedentes los documentos adjuntados. Tómese razón y hágase saber Santa Ana, 28 de mayo de 2018. CARMEN MELLANO PASTOR SECRETARIA JUDICIAL P. 6751013 F. (31 MAY, 01, 04 JUN)

EDICTO JUDICIAL

Se hace conocer que ante el Juzgado de Paz Letrado de Santiago, bajo la dirección del señora Juez BASILISKA DUEÑAS ZUÑIGA, en el Proceso Civil N° 03585-2017-0-1018-JP-CI-01, MARGOT ARDILES PALAO Y OTRO, viene solicitando la sucesión intestada de quien en vida fue, NOHELIA CONTRERAS ARDILES, fallecido el 30 de agosto del 2017, inscrito en le Registro nacional de identificación y Estado Civil la RENIEC - Cusco. Se publica a efecto de que tomen conocimiento las personas que tengan interés sucesorio. Santiago, 29 de mayo del 2018. MARIA ELENA OLARTE LEIVA ESPECIALISTA LEGAL P. 6751749 F. (01, 04, 05 JUN)

EDICTO FAMILIA TUTELAR

EXPEDIENTE: 2008-16-F JUZGADO MIXTO DE SALVACIÓN - MANU DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRE DE DIOS SECRETARIO J.: Abog. TAIRO Se notifica mediante la presente los señores: Juan Ceferino Zoloaga Rayo y Benita Laura Lima, para que tomen conocimiento en el proceso que se les sigue por abandono de menor. Con la siguiente resolución: RESOLUCIÓN N° 117(22-05-2018) De conformidad con lo prescrito por el artículo 249 del Código de los Niños y Adolescentes se resuelve: Declarar fundada la demanda de abandono de menor seguida en contra de Benita Laura Lima y Juan Ceferino Zoloaga Rayo en agravio de la menor Rusba Zoloaga Laura. Respecto al pedido formulado en el primer otrosí del escrito presentado el catorce de mayo del año dos mil dieciocho: Se tenga en cuenta en lo que fuere de Ley. Respecto al pedido formulado en el segundo otrosí del escrito presentado el catorce de mayo del año dos mil dieciocho: Estando a lo solicitado: Se remita debidamente certificadas las copias de los actos procesales que se indican, en breve plazo. Respecto al pedido formulado en el tercer otrosí del escrito presentado el catorce de mayo del año dos mil dieciocho: Téngase presente. Villa Salvación, 25 de Mayo del año 2018 J. S (31 MAY, 01, 04 JUN)

EDICTO PENAL

Expediente: 0094-2017-12-1001-JR-PE-03 QUINTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CUSCO Secretario: Zenaida Gonzáles Yucra. Se cita y emplaza a EDWIN JERÓNIMO MENDOZA GÓMEZ; para que se ponga a derecho el dia TRECE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE a las NUEVE HORAS (hora exacta) en la ONCEAVA SALA de audiencias ubicado en el tercer nivel del Palacio de Justicia del Cusco, y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito Contra La Vida, el Cuerpo y la Salud, en la modalidad de Lesiones Leves Graves por Violencia Familiar, en agravio de Lisbet Chacma Palomino. Asimismo se notifica a la agraviada LISBET CHACMA PALOMINO a fin de que concurra a la audiencia programada para el dia referido. Cusco, 28 de mayo de 2018. J. S (31 MAY, 01, 04 JUN)

NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO

A LAS PERSONAS DE NÉSTOR GUZMAN FLORES Y YOLANDA LOAYSA HUAMANI Ante el Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Cusco, que despacha el señor Juez Dr. Guido Castillo Lira, bajo la actuación de la Especialista de Juzgado Ana Gabriela Calderón Navarro, se viene tramitando el Proceso Penal signado Nro. 01718-2018-0-1001-JR-PE-05, seguido contra NÉSTOR GUZMAN FLOREZ, como presunto coautores de la comisión del delito Contra la Vida, el cuerpo y la Salud, en la modalidad de Lesiones, sub tipo Lesiones Leves por Violencia Familiar en agravio de y Yolanda Loaysa Huamani, se ha dispuesto la notificación vía edicto de: Acta de audiencia de fecha 28-05-2018 JUEZ: SE NOTIFIQUE AL IMPUTADO POR EDICTOS CON UN RESUMEN DE LA RESOLUCIÓN 01 Y LA PRESENTE ACTA. Y SE REPROGRAMA LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DÍA 23 DE JULIO A LAS 12.00 AM. EN ESTA MISMA SALA DE AUDIENCIAS Resolución Nro. 01 Cusco, nueve de abril del año dos mil dieciocho.-SE RESUELVE: CORRER TRASLADO del requerimiento acusatorio, a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES, a efectos de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o

la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad (principio de oportunidad), 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio. Asimismo, conforme establece el fundamento trece, segundo párrafo del Acuerdo Plenario N° 06-2010/CJ-116; la victima podrá solicitar su constitución en actor civil. BREVE RESUMEN DEL REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN DIRECTA: Formulado por el Fiscal Provincial del Primer Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Cusco, contra NÉSTOR GUZWIAN FLORES, como autor directo del delito contra la Vida, el Cuerpo y la Salud en la modalidad de Lesiones, subtipo Agresiones en contra de las Mujeres o Integrantes del Grupo Familiar previsto en el artículo 122-B del código penal incorporado por el Decreto Legislativo N° 1323, en agravio de YOLANDA LOAYZA HUAMAN. El Ministerio Público solicita que al acusado NÉSTOR GUZMAN FLOREZ, se le imponga un año de pena privativa de la libertad suspendida en su ejecución por el mismo plazo, asimismo se le imponga la pena de inhabilitación en cuanto a la prohibición de acercarse a la víctima por el mismo plazo de la condena y el pago de S/. 500.00 soles por concepto de reparación civil a favor de la parte agraviada. J. S (31 MAY, 01, 04 JUN)

NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO

A LAS PERSONAS DE RICARDO BARAZORDA FUENTES Y EUFEMIA FUENTES ANDRADE Ante el Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Cusco, que despacha el señor Juez Dr. Guido Castillo Lira, bajo la actuación de la Especialista de Juzgado Ana Gabriela Calderón Navarro, se viene tramitando el Proceso Penal signado Nro. 02882-2018-0-1001 -JRPE-05, seguido contra RICARDO BARAZORDA FUENTES, como presunto coautores de la comisión del delito Contra la Vida, el cuerpo y la Salud, en la modalidad de Lesiones, sub tipo Lesiones Leves por Violencia Familiar en agravio de, y EUFEMIA FUENTES ANDRADE, se ha dispuesto la notificación vía edicto de: Resolución Nro. 01 Cusco, quince de Mayo del año dos mil dieciocho.- SE RESUELVE: CORRER TRASLADO del requerimiento acusatorio, a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES, a efectos de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad (principio de oportunidad), 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio. Asimismo, conforme establece el fundamento trece, segundo párrafo del Acuerdo Plenario N° 06-2010/ CJ-116; la victima podrá solicitar su constitución en actor civil. BREVE RESUMEN DEL REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN DIRECTA: Formulado por el Fiscal Provincial del Primer Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Cusco, contra RICARDO BARAZORDA FUENTES, como autor directo del delito contra la Vida, el Cuerpo y la Salud en la modalidad de Lesiones, subtipo Agresiones en contra de las Mujeres o Integrantes del Grupo Familiar

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previsto en el artículo 122-B del código penal incorporado por el Decreto Legislativo N° 1323, en agravio de EUFEMIA FUENTES ANDRADE. El Ministerio Público solicita que al acusado RICARDO BARAZORDA FUENTES, se le imponga un año de pena privativa de la libertad suspendida en su ejecución por el mismo plazo, asimismo se le imponga la pena de inhabilitación en cuanto a la prohibición de acercarse a la víctima por el mismo plazo de la condena y el pago de S/. 1,000.00 soles por concepto de reparación civil a favor de la parte-agraviada. J. S (31 MAY, 01, 04 JUN)

EDICTO PENAL

SEÑOR: EMANUELVASQUEZLLOCLLE El señor Juez del Séptimo Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dr. Alex León Martínez, en el proceso Nro. 0027-2018-0-1001-JR-PE-07, seguido contra EMANUEL VASQUEZ LLOCLLE con D.N.I. 46543711, por el delito Contra la Seguridad Publica, en la modalidad de de Delitos de Peligro Común, Sub tipo CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de la Sociedad representada por la Primera Fiscalía Provincial de Wanchaq, bajo la actuación de la Especialista Judicial de Juzgado, Ruth Elena Ñahue Choque, se ha dispuesto notificar con la Resolución N° 03 de fecha veintinueve de mayo del año dos mil dieciocho y el extracto del requerimiento fiscal de Proceso Inmediato al citado procesado, cuyo contenido es el siguiente: REQUERIMIENTO DE PROCESO INMEDIATO.- La Primera Fiscalía provincial Penal de Wanchaq, formula PROCESO INMEDIATO contra EMANUEL VASQUEZ LLOCLLE, como autor del delito Contra la Seguridad Publica, en la modalidad de de Delitos de Peligro Común, Sub tipo CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, tipificado en el artículo 274° del Código Penal, en agravio de la Sociedad representada por la Primera Fiscalía Provincial de Wanchaq, Por lo que la representante de Ministerio Publico, solicita que se declare procedente el requerimiento de Proceso Inmediato. Resolución Nro. 03 Cusco, veintinueve de mayo Del año dos mil dieciocho.DE OFICIO: Revisado los autos, y estando al estado del presente proceso, se tiene que el presente proceso penal está pendiente de celebración de Audiencia de Incoación de proceso inmediato, en consecuencia REPROGRAMESE la Audiencia Pública de INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, diligencia que se verificará el día VEINTE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, A HORAS NUEVE CON TREINTA (09:30 a.m. hora exacta), en la DOCEAVA SALA DE AUDIENCIAS de los Juzgados de Investigación Preparatoria de la Corte Superior de Justicia del Cusco, audiencia que tiene carácter de INAPLAZABLE, debiendo contarse con la presencia obligatoria del Fiscal, del abogado del acusado y de las demás partes procesales, subsistiendo los apremios decretados en autos; así mismo, cúmplase con notificar al imputado via edictos. NOTIFIQUESE.Cusco, 29 de Mayo de 2018.. J. S (31 MAY, 01, 04 JUN)

EDICTO PENAL

SEÑOR: MARCOS MERMA ROJAS El señor Juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dra. Sonia Alvarez Mendoza, en el proceso Nro. 1195-2018-0-1001-JR-PE-02, seguido contra MARCOS MERMA ROJAS con D.N.I. 24973048, por el delito Contra la Seguridad Publica, en la modalidad de de Delitos de Peligro Común, Sub tipo CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de la Sociedad, bajo la actuación de la Especialista Judicial de Juzgado, Ruth Elena Ñahue Choque, se ha dispuesto notificar con la Resolución N° 03 de fecha veintinueve de mayo del año dos mil dieciocho y el extracto del requerimiento fiscal de Proceso Inmediato al citado procesado, cuyo contenido es el siguiente: REQUERIMIENTO DE PROCESO INMEDIATO.- El

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Cuarto Despacho de Investigación de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cusco, formula PROCESO INMEDIATO contra MARCOS MERMA ROJAS, como autor del delito Contra la Segundad Publica, en la modalidad de de Delitos de Peligro Común, Sub tipo CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, tipificado en el artículo 274° del Código Penal, en agravio de la Sociedad, Por lo que la representante de Ministerio Publico, solicita que se declare procedente el requerimiento de Proceso Inmediato. Resolución Nro. 03 Cusco, veintinueve de mayo Del año dos mil dieciocho.DE OFICIO: Revisado los autos, y estando a la constancia que precede, se tiene que el presente proceso penal está pendiente de celebración de Audiencia de Incoación de proceso inmediato, en consecuencia REPROGRAMESE la Audiencia Pública de INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, diligencia que se verificará el dia CATORCE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA {09:00 a.m. hora exacta), en la SEGUNDA SALA DE AUDIENCIAS de los Juzgados de Investigación Preparatoria de la Corte Superior de Justicia del Cusco, audiencia que tiene carácter de INAPLAZABLE, debiendo contarse con la presencia obligatoria del Fiscal, del abogado del acusado y de las demás partes procesales, subsistiendo los apremios decretados en autos; NOTIFIQUESE.Cusco, 29 de Mayo de 2018. J. S (31 MAY, 01, 04 JUN)

EDICTO PENAL

SEÑORES: JESÚS NINANQUI CAMPO y DINA CHAMPÍ HUAMAN La Señora Juez del Primer Juzgado Penal Unipersonal de Cusco, Dra. Nayda Castillo Curz, en el proceso Nro. 4656-2017-21-1001-JR-PE-02, seguido contra JESÚS NINANQUI CAMPO con D.N.I. 44674970 y DINA CHAMPÍ HUAMAN con D.N.I. 76917954 por el delito Contra la Vida el Cuerpo y la Salud, en la modalidad de Lesiones, Sub tipo AGRESIONES EN CONTRA DE LOS INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR - LESIONES CORPORALES, en agravio de Dina Champí Huaman y Jesús Ninanqui Campo, bajo la actuación de la Especialista Judicial de Juzgado, Ruth Elena Ñahue Choque, se ha dispuesto notificar con la Resolución N° 03 de fecha veintiocho de mayo del año dos mil dieciocho y el extracto de la Acusación Fiscal, cuyo contenido es el siguiente: ACUSACIÓN FICAL DE PROCESO INMEDIATO.- La Fiscal Provincial del Segundo Despacho de Investigación de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cusco, formula PROCESO INMEDIATO contra JESÚS NINANQUI CAMPO y DINA CHAMPÍ HUAMAN, como autor del delito Contra la Vida el Cuerpo y la Salud, en la modalidad de Lesiones, Sub tipo AGRESIONES EN CONTRA DE LOS INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR - LESIONES CORPORALES, tipificado en el primer y segundo párrafo del numeral 4) del articulo 122°-B del Código Penal, en agravio de Jesús Ninanqui Campo y Dina Champí Huaman, Por lo que la representante de Ministerio Publico. Resolución Nro. 03 Cusco, veintiocho de mayo Del año dos mil dieciocho.DE OFICIO: Revisado los autos, y conforme a lo dispuesto mediante resolución número dos de fecha cuatro de mayo del año dos mil dieciocho, REPROGRAMESE la Audiencia Pública de JUICIO INMEDIATO, diligencia que se verificará el día VEINTISIETE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, A LAS QUINCE HORAS (03:00 p.m. hora exacta), en la DECIMA SALA DE AUDIENCIAS de los Juzgados unipersonales de la Corte Superior de Justicia del Cusco, audiencia que tiene carácter de INAPLAZABLE, debiendo contarse con la presencia obligatoria del Fiscal, del abogado del acusado y de las demás partes procesales, subsistiendo los apremios decretados en autos; así mismo, cúmplase con notificar a los acusados vía edictos. NOTIFIQUESE.Cusco, 28 de mayo de 2018. J. S (31 MAY, 01, 04 JUN)

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

EDICTO PENAL

SEÑOR: PEDRO CARPIÓ MORALES El señor Juez del Tercer Juzgado Penal Unipersonal del Cusco, Dr. Carlos Adalberto Román Gil, en el proceso Nro. 2163-2017-31-1001-JR-PE-07, seguido contra PEDRO CARPIÓ MORALES con D.N.I. 80027129, por el delito contra la Familia, en la modalidad de Omisión de Asistencia Familiar, sub tipo INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, en agravio del menor de iniciales J.P.V.C.M., representada por Martha Mamani Churata, bajo la actuación de la Especialista Judicial de Juzgado, Ruth Elena Ñahue Choque, se ha dispuesto notificar con la Citación a juicio Inmediato de fecha veintiocho de mayo del año dos mil dieciocho y el extracto del requerimiento fiscal de Acusación, cuyo contenido es el siguiente: REQUERIMIENTO DE PROCESO INMEDIATO.- El Cuarto Despacho de Investigación de la Primera Fiscalía Provincial Penal de Wanchaq, formula ACUSACIÓN DE PROCESO INMEDIATO contra PEDRO CARPIÓ MORALES, como autor del delito contra la Familia, en la modalidad de Omisión de Asistencia Familiar, sub tipo INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, tipificado en el artículo 149° del Código Penal, en agravio del menor de iniciales J.P.V.C.M., representada por Martha Mamani Churata, Por lo que la representante de Ministerio Publico. AUTO DE CITACIÓN A JUICIO INMEDIATO. Resolución N° 01. Cusco, veintiocho de mayo del dos mil dieciocho.Dese por recibido en el día los actuados que contienen la resolución emitida por el Séptimo Juzgado de Investigación Preparatoria - Flagrancia de Cusco y el requerimiento de acusación (proceso inmediato) formulada por el Representante del Ministerio Público de la Primera Fiscalía Provincial Penal de Wanchaq, respectivamente con los actuados que preceden, Requerimiento de Acusación en Proceso Inmediato y, CONSIDERANDO: PRIMERO: El Art. 447.6 del C.P.P modificado por el D. Leg. N° 1194 establece: “Luego de emitirse la resolución de procedencia de la incoación del proceso inmediato que contiene además la formulación de la acusación fiscal y, recibido por el Juzgado penal competente, debe dictarse acumulativamente el Auto de Enjuiciamiento y la Citación a Juicio con arreglo al numeral 3 del Art. 448° de dicha norma procesal”. En el presente caso seguido contra PEDRO CARPIÓ MORALES, por la presunta comisión del delito contra la Familia en su modalidad de Omisión de Asistencia Familiar, subtipo INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, previsto y sancionado en el primer párrafo del artículo 149° del Código Penal en agravio del menor de inicíales J.P.V.C.M., representado por su progenítora Martha Mamani Churata; en aplicación del Articulo 446°.4 del C.P.P. modificado por el D. Leg. N° 1194, debe aplicarse el trámite indicado precedentemente. SEGUNDO: El numeral 1 del Art. 448° del C.P.P. modificado por el D. Leg. N° 1194 obliga a que, recibido el Auto que incoa el proceso inmediato debe realizarse la Audiencia de Juicio Inmediato en el día o en todo caso en un plazo de que no exceda las setenta y dos horas, (...) Y, en consecuencia SE RESUELVE: 1.- CONVOCAR: Para Audiencia de Juicio Inmediato al imputado PEDRO CARPIÓ MORALES, con DNI. N° 80027129, nacido el 29/04/1976, lugar de nacimiento Colquemarca/Chumbivilcas/Cusco, con Domicilio Real en la Urb. Santa Teresa E-4 del distrito de San Sebastián, Provincia y Departamento del Cusco, hijo de Vicente y Lucia, quien OBLIGATORIAMENTE deberá concurrir el día TREINTA DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, A HORAS DIEZ Y TREINTA DE LA MAÑANA {HORA EXACTA) EN LA TERCERA SALA DE AUDIENCIAS de esta Sede Judicial ubicado en el Tercer Piso del Palacio de Justicia, debidamente asistido (a) por su abogado defensor. Cabe precisar que la fecha de audiencia señalada obedece a la agenda judicial de este despacho, en el sentido de que; “ la agenda judicial del señor magistrado a cargo del

Lunes, 4 de junio del 2018

3o Juzgado Penal Unipersonal - Flagrancia se encuentre saturada, considerando además que este Despacho conoce procesos ordinarios, querellas, delitos comunes, habeas corpus, reos contumaces cuyas audiencias se han programadas con anticipación”, y a la fecha se encuentra con una recargada labor.El imputado deberá concurrir bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz y ordenarse su conducción compulsiva. El abogado del imputado, deberá concurrir obligatoriamente por cuanto al haberse declarado INAPLAZABLE la presente audiencia, Si no concurre se designara un defensor de oficio; GÍRESE oficio a la Coordinación de Defensores Públicos a fin de que se designe un abogado defensor para los fines de ley, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de designársele a la Dra. Miluska Baca Beltrán, a efecto de que asuma la defensa del imputado y así garantizar el desarrollo de la presente audiencia de carácter inaplazable. 2.- CONVOQUESE: para su concurrencia obligatoria a la audiencia citada en el lugar día y hora al Representante del Ministerio Público ROCÍO QUISPE ASTETE, FISCAL PROVINCIAL DE LA PRIMERA FISCALÍA PROVINCIAL PENAL DE WANCHAQ, con domicilio procesal en la casilla electrónica 59608. Bajo responsabilidad funcional y de aplicarse lo establecido en el Artículo 359°.6 del C.P.P. Sin perjuicio de remitir copias al O.C.I. del M.P. 3.- CONVOQUESE: A la PARTE AGRAVIADA menor de iniciales J.P.V.C.M., representado por su progenitura Martha Mamani Churata, con domicilio procesal en la Av. Micaela Bastidas 657-D, 6to Piso modulo C, del distrito de Wanchaq. 4.- ESTABLÉZCASE: Que la Audiencia Única de Juicio Inmediato es oral, pública e inaplazable, rigiendo o establecido en el Artículo 5o del C.P.P. 5.- ESTABLÉZCASE: Que las partes son responsables de preparar y convocar a sus órganos de prueba, garantizando su presencia en la audiencia, bajo apercibimiento de prescindirse de ellos. 6.- ESTABLÉZCASE: Que el Juicio se realizará en sesiones continuas e interrumpidas hasta su conclusión, pudiendo aplicarse las reglas del proceso común en tanto sean compatibles con la naturaleza del proceso inmediato convocado. Notifíquese en el día la presente bajo responsabilidad funcional de quien tiene a su cargo dicha función. H.S. Cusco, 28 de mayo de 2018.

HUAHUACHAMPI y ANDRÉS TEJADA CASTILLO. En consecuencia y de conformidad con lo prescrito por el artículo 350” del Código Procesal Penal; CÓRRASE TRASLADO del requerimiento de acusación fiscal a los sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS ÚTILES, a efectos de que dentro del plazo establecido, puedan las partos por escrito: formular lo que señala la norma procesal penal. ACTA DE REGISTRO DE AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN: 1.- Declarar frustrada la audiencia. 2.REPROGRAMAR la presente audiencia para el DÍA 17 DE AGOSTO DEL AÑO 2018, A LAS 15:30 PM (HORA EXACTA), EN LA SÉPTIMA SALA DE AUDIENCIAS DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO. 3.Cumpla el Especialista con notificar al acusado MEDIANTE EDICTOS JUDIClALES. Cusco, 20 de m.ivo del 2018. J. S (31 MAY, 01, 04 JUN)

EDICTO PENAL

EXPEDIENTE PENAL: N°27-2007-0-1001-SP-PE-01 Secretaria: Carmela Velasco Guzmán. Se cita y emplaza a los acusados GRIMALDO GUZMAN QUISPE y SATURNINO MAMANI CURI, a fin que se pongan a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra por el delito Contra la libertad, en la modalidad de Violación Sexual de menor, en agravio de la menor de iniciales M.M.T. Cusco, 29 de Mayo del 2018. J. S (31 MAY, 01, 04 JUN)

EDICTO PENAL

EXPEDIENTE PENAL: N° 2006-0059-0-100 l-SP-PE-03. Secretaria: Carmela Velasco Guzmán. Se cita y emplaza al acusado CARMEN EUSTAQUIO VALENCIA SANTOS, a fin que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra en el proceso que se le sigue por el delito contra la libertad, en su modalidad de violación sexual de menor de edad, en agravio de la menor de iniciales D.C.D. Cusco, 29 de Mayo del 2018. J. S (31 MAY, 01, 04 JUN)

J. S (31 MAY, 01, 04 JUN)

EDICTO PENAL

EDICTO PENAL

SEÑOR: JARKO SAMUEL LOBATON MARMANILLO. La Señora |ueza del Guarió luzgado de Investigación Preparatoria del Cusco. Dra. Lizzele Alegría Valencia, en el proceso N° 3587-2017-17-1001-JR-PE-04. seguido contra JARKO SAMUEL LOBATON MARMANILLO, por el delito de APROPIACIÓN ILÍCITA, en agravio do ANDRÉS TEJADA CASTILLO y olro, bajo la actuación del especialista Judicial Abog. Darwin Tiujillo Tejada, se le ha dispuesto notificar con el requerimiento de acusación fiscal, la resolución uno que corre traslado y con el acta de audiencia de fecha 28/05/2018, cuyo contenido os el siguiente: REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN FISCAL- El Fiscal del caso formula REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN FISCAL contra JARKO SAMUEL LOBATON MARMANILLO, por el delito do apropiación ilícita, delito tipificado en el artículo 190° del Código Penal, en agravio ríe HERMEL1NDA TOMAYCONZA HUAHUACHAMPI y ANDRÉS TEJADA CASTILLO, asimismo, solicita una pena de 02 años y 08 meses de pena privativa de libertad suspendida en su ejecución por el mismo plazo y pide por concepto de reparación civil la suma de S/. 44,500.00 soles. RESOLUCIÓN N° 01 - TRASLADO Y AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN: DADO CUENTA: El requerimiento de acusación fiscal - presentarlo por la representante del Ministerio Público; Estando a la formulación de requerimiento de acusación fiscal, en contra de JARKO SAMUEL LOBATON MARMANILLO, por el delito de apropiación ilícita, delito tipificado en el artículo 190° del Código Penal, en agravio de HERMELINDA TOMAYCONZA

Proceso Penal N° 2007-00364-0-1001-SP-PE-03. Secretaria: Carmela Velasco Guzmán. Se cita y emplaza al acusado PRIMITIVA QUISPE DE HUAMAN, a fin que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra en el proceso que se le sigue por el delito contra La Vida el Cuerpo y la Salud, en su modalidad de homicidio calificado, en agravio de QEVF Daniel Santi León. Cusco, 28 de MAYO del 2018. J. S (31 MAY, 01, 04 JUN)

EDICTO PENAL

EXPEDIENTE PENAL:N°2404-2007-0-100l-SP-PE-05. Secretaria: Carmela Velasco Guzmán. Se cita y emplaza al acusado CARLOS CHAUCCA SOTO , a fin que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra en el proceso que se le sigue por el delito Contra la libertad, en la modalidad de Violación Sexual de menor de diez años agravado, en agravio de la menor de iniciales Y.C.C.H. Cusco, 29 de Mayo del 2018. J. S (31 MAY, 01, 04 JUN)

EDICTO PENAL

EXPEDIENTE : 004749-2017-0-1001-JR-FP-03 En el 3o JUZGADO FAMILIA DE CUSCO que despacha

Lunes, 4 de junio del 2018

el señor juez EdwinRomel Bejar Rojas se ha dispuesto la notificación del presunto infractor CRISTIAN ROJAS QUISIYUPANQUI para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra , en el proceso que se le sigue por infracción contra el patrimonio , en su modalidad de hurto sub tipo robo agravado en agravio de Dimas Forton Mendoza y Shirley Quispe Sánchez. Se fijo nueva fecha y hora para la Audiencia de Esclarecimiento de Hechos para el día diecinueve de junio del dos mil dieciocho a horas doce. Bajo la actuación de la Secretaria Judicial Jeanette Editha Haro Pimentel. Cusco, 25 de mayo del 2018 / J. S (31 MAY, 01, 04 JUN)

NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO

A LAS PERSONAS DE EUSEBIO GUERREROS OLMEDA y BENIGNO QUISPE FLORES El Señor Juez del 7° Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, en el proceso Nro. 00392-2018-0 seguido contra EUSEBIO GUERREROS OLMEDA y BENIGNO QUISPE FLORES quienes vienen siendo investigados por la presunta comisión del Delito Especifico de Violencia Familiar en agravio de Hilda Quispe Huamán y Otro, bajo la actuación del Especialista Legal Abog. Américo Jordán Chillitupa emplaza a la persona de EUSEBIO GUERREROS OLMEDA y BENIGNO QUISPE FLORES con el tenor de la siguiente resolución: RESOLUCIÓN Nro.03 Cusco, Dieciocho de mayo Del año dos mil dieciocho.PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Queda registrado en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe. SE RESUELVE: 1. DECLARAR FRUSTRADA LA INSTALACIÓN DE AUDIENCIA de proceso inmediato por mal emplazamiento de la notificación de los acusados. 2. REPROGRAMAR la presente audiencia para el Día 15 DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS CATORCE DE LA TARDE CON TREINTA MINUTOS a realizarse en la decimosegunda Sala de Audiencias del Modulo Penal de la Corte Superior de Justicia del Cusco. 3. CUMPLA EL ESPECIALISTA DE CAUSA CON NOTIFICAR AL ACUSADO BENIGNO QUISPE FLORES y EUSEBIO GUERREROS OLMEDA mediante edicto judicial por tres fechas consecutivas en el diario judicial de cusco, así como a las demás partes. J. S (31 MAY, 01, 04 JUN)

EDICTO PENAL

EXPEDIENTE: Nro : 02792-2017-76-1001 -JR-PE-04 JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRA PROVINCIAL DE CUSCO ESPECIUSTA JUDICIAL: Marleny Sarayasy Gómez. Se cita y emplaza a la agraviada: menor de iniciales Q.H.Y. representada por su progenitora Bertha Hancco Pitancio de Quispe con DNI 73855044. Para que se apersone y se defienda sobre los cargos que se les atribuye al acusado MARIO CUSIHUAMAN QUISPE por la comisión del delito contra la Libertad en su modalidad de violación de la liberta sexual en agravio de la menor de iniciales Q.H.Y. representada por su progenitora Bertha Hancco Pitancio de Quispe el cuerpo y la salud, Res. Nro. 01 Cusco, 15 de diciembre del año dos mil diecisiete, mediante el cual dispone CITAR A JUICIO ORAL DE PROCESO COMÚN, audiencia que se realizar el día DOS DE JULIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA (hora exacta); ACTO QUE TENDRÁ LUGAR EN LA CUARTA SALA PENAL DE AUDIENCIAS del MÓDULO PENAL de esta Corte Superior de Justicia. Subsistiendo los apercibimientos de ley, notifíquese a las partes procesales. Cusco, 06 de Marzo del 2018. J. S (31 MAY, 01, 04 JUN)

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La República

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

SEÑOR: WENCESLAO ROQUE CCORI La señora Juez del Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dra. SANDRA VILLA HUMPIRI, en el proceso N° 1160-2018-92, seguido contra el mencionado, por el delito de Actos Contra el Pudor en Menores en agravio de menor de iniciales MCR, ha dispuesto notificarle con el extracto del Acta de audiencia de fecha 2805-2018 y el requerimiento de prisión preventiva cuyo contenido es el siguiente: III. PARTE RESOLUTIVA: REQUERIMIENTO DE PRISIÓN PREVENTIVA. (PARTE PERTINENTE): MICHELL GUARDAMINO MUÑOZ, Fiscal Provincial del Segundo Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Santiago, con domicilio procesal en el inmueble ubicado en la Urb. Las Malvinas lote A-4, Av. Alameda Pachacuteq del distrito de Santiago - Cusco, ante Usted me presento y digo: REQUERIMIENTO FISCAL. Que al amparo del artículo 268° numeral Io del Nuevo Código Procesal Penal, acudo a su despacho a fin de solicitar se realice la Audiencia referida en el artículo 271° del mismo cuerpo legal y que en ella se resuelva la PROCEDENCIA DE LA PRISIÓN PREVENTIVA contra el imputado WENCESLAO ROQUE CCORI, por la presunta comisión del delito contra la Libertad la modalidad de Violación de la Libertad Sexual, subtipo ACTOS CONTRA EL PUDOR EN MENOR DE SIETE ANOS DE EDAD AGRAVADO POR EL VINCULO FAMILIAR DEL AUTOR (PADRE) en agravio de la menor de iniciales M.C.R. (05) presentada por su madre Miguelina Ccansaya Condori.- ACTA DE FECHA 28 DE MAYO DEL 2018. RESOLUCIÓN N° 04. Cusco, veintiocho de mayo del año dos mil dieciocho.SE RESUELVE.-1. DECLARAR FRACASADA la realización de la presente audiencia por falta de notificación valida dirigida al imputado. 2. REITÉRESE la notificación al domicilio real del imputado, la misma que deberá ser remitida a la sede judicial de Echarati, provincia de La Convención de esta Corte Superior de Justicia a efectos de que el imputado pueda ser notificado con la Disposición de Formalización de Investigación Preparatoria y el requerimiento de Prisión Preventiva, Resolución N° 01 y Acta de la presente audiencia, debiendo efectuar la Especialista de Causa las notificaciones referidas y la coordinación directa con el personal de notificaciones de dicha sede, esto es el Auxiliar Judicial Yeral Salas Meza, quien deberá devolver la cédula de notificación a ser remitida a la brevedad posible y bajo responsabilidad. 3.GIRESE oficio al Juzgado de Paz No Letrado de Quellouno, provincia de La Convención, a efectos de procedan a devolver la cédula de notificación remitida mediante Oficio N° 128-2018, de fecha 13 de abril del 2018, bajo responsabilidad. 4. NOTIFIQUESE al imputado con un extracto del contenido del requerimiento de prisión preventiva y la presente acta de audiencia mediante EDICTOS, lo que deberá ser efectuado por la Especialista de causa asignada al trámite del presente proceso. 6. REPROGRAMAR la presente audiencia para fecha 19 DE IULIO DEL AÑO 2018. A LAS 08:30 HORAS DE LA MAÑANA, a verificarse en la Octava Sala de Audiencias de la Corte Superior de Justicia de Cusco; dándose por notificadas las partes presentes en este acto; subsistiendo los apremios de ley para las mismas. . (...) Lo que Notifico a Usted, Media Firma de la Señora Juez Dra. SANDRA VILLA HUMPIRI, ante mi, Gina Frisancho Parada, de que doy fe. J. S (31 MAY, 01, 04 JUN)

EDICTO PENAL

Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al Señor Ebert Pinedo Yupanqui, en el Proceso Nro.636-2018-0-1010-JR-PE-01 que se le sigue por la presunta comisión del delito contra la seguridad pública, en la modalidad de delitos de peligro común, SUB TIPO CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD, representada por el Ministerio Publico, para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día NUEVE DE JULIO DEL DOS MIL DIECIOCHO ALAS

QUINCE HORAS (15:00PM) en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 29 de mayo del 2018. J. S (31 MAY, 01, 04 JUN)

EDICTO PENAL

Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al Señor Luis Fernando Chacmani Quispe, en el Proceso Nro. 225-2018-0-1010-JR-PE-01 que se le sigue por la presunta comisión del delito contra la vida, el cuerpo y la salud, en la modalidad AGRESIONES EN CON IRA DE LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR, en agravio de ANA SOLEDAD YUCRA CMUMBIMUNI Y JHOSED STEVEN YUCRA CHUMBIMUNI. para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día UNO DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS NUEVE I TREINTA DE LA MAÑANA (09:30AM) en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 29 de mayo del 2018. J. S (31 MAY, 01, 04 JUN)

EDICTO PENAL

Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al Señor Job Huan Miranda, en el Proceso Nro.2262018-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito contra la vida, el cuerpo y la salud, en la modalidad de LESIONES TIPO PENAL AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES, en agravio de BERTHA ARMOTO CHULLA, para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día UNO DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DIEZ I QUINCE DE LA MAÑANA (I0:15AM) en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 29 de mayo del 2018. J. S (31 MAY, 01, 04 JUN)

EDICTO PENAL

Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al Señor ERNESTO LÓPEZ NINA, en el Proceso Nro.227-2018-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito contra la vida, el cuerpo y la salud, en la modalidad de LESIONES. TIPO PENAL, AFECTACIÓN PSICOLÓGICA Y AGRESIÓN FÍSICA EN CONTRADI- LAS MUJERES, en agravio de JOSIE JIANINA GIL ALVAREZ, para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día UNO DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS ONCE DE LA MAÑANA (1L00AM) en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabaniba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 29 de mayo del 2018. J. S (31 MAY, 01, 04 JUN)

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Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala

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Se cita y emplaza al Señor ADA VARGAS DE MASSI en el Proceso Nro.239-2018-0-1010-JR-PE-01 que se le sigue por la presunta comisión del delito contra la vida, el cuerpo y la salud, en la modalidad de LESIONES, TIPO PENAL, AFECTACIÓN PSICOLÓGICA Y AGRESIÓN FÍSICA EN CONTRA DE LAS MUJERE O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR, en agravio de EUFENIA VARGAS PACCO para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día DIECISIETE DE JULIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS ONCE DE LA MAÑANA (11:00AM) en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 29 de mayo del 2018 J. S (31 MAY, 01, 04 JUN)

EDICTO PENAL

Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al Señor Sixto Yungury Ttito, en el Proceso Nro.242-2018-0-1010-.IR-PE-01 que se le sigue por la presunta comisión del delito contra la vida, el cuerpo y la salud, en la modalidad de LESIONES. TIPO PENAL, AFECTACIÓN PSICOLÓGICA Y AGRESIÓN FÍSICA EN CONTRA DE LAS MUJERE O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR, en agravio de FELICITAS QUISPE BUSTAMANTE, para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día DIECISIETE DE JULIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS ONCE Y CUARENTA I CINCO (11:45AM) en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 29 de mayo del 2018. J. S (31 MAY, 01, 04 JUN)

EDICTO PENAL

Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al Señor Douglas Jhunior Torre Laurente en el Proceso Nro.245-2018-0-1010-JR-PE-01 que se le sigue por la presunta comisión del delito contra la vida, el cuerpo y la salud, en la modalidad de LESIONES, TIPO PENAL. AGRESIÓN FÍSICA EN CONTRA DE LAS MUJERES, en agravio de RUTH YADIRA MENDOZA CALLUCO para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día DIECISIETE DE JULIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS ONCE Y CUARENTA I CINCO (11:45AM) en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba. 29 de mayo del 2018. J. S (31 MAY, 01, 04 JUN)

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Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al Señor Federico Illanes Estrada, en el Proceso Nro. 257-2018-0-1010-JR-PE-01 que se le sigue por la presunta comisión del delito contra la vida, el cuerpo y la salud, en la modalidad de LESIONES, SUB TIPO PENAL, AGRESIÓN FÍSICA EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR, en agravio de INÉS ENDOZA HUAMAN, para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se delicada de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día DIECISEIS DE JULIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS NUEVE I TREINTA DE LA MAÑANA (09:30AM) en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Es-

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pinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 29 de mayo del 2018. J. S (31 MAY, 01, 04 JUN)

EDICTO PENAL

Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al Señor FELIPE TTITO BETANCURT. en el Proceso Nro.639-2018-0-1010-.IR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito contra la FAMILIA SUB TIPO OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR EN LA MODALIDAD DE IMCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, en agravio de la menor Ruth ttito Condori debidamente representado por su progenitora ELENA CONDORI LUQUE. para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día NUEVE DE JULIO DEL DOS IL DIECIOCHO A LAS DIECISEIS Y TREINTA HORAS (16:30PM) en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 29 de mayo del 2018. J. S (31 MAY, 01, 04 JUN)

EDICTO PENAL

Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al Señor JOSÉ CESAR ODICIO CAMPANA, en el Proceso Nro.207-2018-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito contra la vida, el cuerpo y la salud-lesiones, en la modalidad AGRESIONES EN CONTRA DE LAS UJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR, en agravio de BERNICE ALVAREZ ESTRADA, para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día DIECISIETE DE JULIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS OCHO DE LA MAÑANA (08:00AM) en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba. 29 de mayo del 2018. J. S (31 MAY, 01, 04 JUN)

EDICTO PENAL

Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al Señor BEIDER QUIÑONES BACA, en el Proceso Nro. 215-2018-0-1010-JR-PE-01 que se le sigue por la presunta comisión del delito contra la vida, el cuerpo y la salud, en su modalidad DE LESIONES. SUB TIPO LESIONES LEVES, en agravio de JORGE LUIS MONTALVO PARRA, para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día DIECISEIS DE JULIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS OCHO DE LA MAÑANA (08:00AM) en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 29 de mayo del 2018. J. S (31 MAY, 01, 04 JUN)

EDICTO PENAL

Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al Señor Roger Lizardo Santander To-

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

rres, en el Proceso Nro. 216-2018-0-1010-.IR-PE-01 que se le sigue por la presunta comisión del delito contra la vida, el cuerpo y la salud . en la modalidad AGRESIONES EN CONTRA DE LAS UJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR, en agravio de ISABEL GÓMEZ QUISPE, para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día DIECISIETE DE JULIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS NUEVE I TREINTA DE LA MAÑANA (09:30AM) en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 29 de mayo del 2018. J. S (31 MAY, 01, 04 JUN)

EDICTO PENAL

Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al Señor DAVID MANTUPA QUISPE, en el Proceso Nro.217-2018-0-1010-JR-PE-01.. que se le sigue por la presunta comisión del delito contra la vida, el cuerpo y la salud, en la modalidad de LESIONES sub tipo LESIONES GRAVES, en agravio de ZACARÍAS ALTAIRANO ROMERO, para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día DIECISIETE DE JULIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DIEZ I QUINCE DE LA MAÑANA (10:15AM) en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 29 de mayo del 2018. 3.V.

EDICTO PENAL

Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al Señor Kermint Manuel Calachahuin Huayta, en el Proceso Nro. 222-2018-0-I010-JR-PE-01 que se le sigue por la presunta comisión del delito contra la vida, el cuerpo y la salud, en la modalidad de LESSIONES tipo penal de AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES en agravio ANAMELBA CHALLCO LOAIZA, para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día DIECISIETE DE JULIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS OCHO I CUARENTA I CINCO DE LA MAIÑANA(08:45AM) en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Pspinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 29 de mayo del 2018. J. S (31 MAY, 01, 04 JUN)

EDICTO PENAL

Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al Señor Henrry Molló Torres, en el Proceso Nro. 223-2018-0-1010-JR-PE-01 que se le sigue por la presunta comisión del delito contra la vida, el cuerpo y la salud, en la modalidad de LESSIONES tipo penal de AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES, en agravio PATRICIA TINCO YEPEZ, para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día DIECIOCHO DE JULIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS OCHO I CUARENTA I CINCO DE LA MAÑANA(08:45AM) en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 29 de mayo del 2018.

Lunes, 4 de junio del 2018

J. S (31 MAY, 01, 04 JUN)

EDICTO PENAL

Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al Señor Abimael Aguilar Buizo Y Analia Paiva Quicohuaman, en el Proceso Nro. 224-2018-0-1010-JR-PE-01 que se le sigue por la presunta comisión del delito contra la vida, el cuerpo y la salud, en la modalidad de LESIONES, en agravio de ambos respectivamente, para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día UNO DE AGOSTO DEL DOS IL DIECIOCHO A HORAS OCHO I CUARENTA I CINCO DE LA MAÑANA (08:45AM) en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 29 de mayo del 2018. J. S (31 MAY, 01, 04 JUN)

EDICTO PENAL

Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al Señor LUCIO PEÑA PRADO, en el Proceso Nro. 582-2018-0-1010-JR-PE-01 que se le sigue por la presunta comisión del delito contra la FAMILIA SUB TIPO OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR EN LA MODALIDAD DE IMCÜMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, en agravio de los menores Laura Lucia Peña Peña y Nohelia Peña Peña quienes se encuentran representadas por su progenitora LISETII ZULI PEÑA MAMAN I., para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día CATORCE DE JUNIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS CATORCE HORAS (14:00PM) en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 29 de mayo del 2018. J. S (31 MAY, 01, 04 JUN)

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Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al Señor Yang Haibo Mellado Portilla, en el Proceso Nro.638-2018-0-1010-JR-PE-01 que se le sigue por la presunta comisión del delito contra la seguridad pública, en la modalidad de delitos de peligro común, SUB TIPO CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de la sociedad, representado por el Ministerio Publico, para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día NUEVE DE JULIO DEL DOS IL DIECIOCHO A LAS quince y treinta horas (15:30pm) en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quiliabamba, 29 de mayo del 2018. J. S (31 MAY, 01, 04 JUN)

EDICTO PENAL

Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al Señor Edu Huamán Galicia, en el Proceso Nro. 259-2017-0-1010-JR-PE-OL, que se le sigue por la presunta comisión del delito contra la vida, el cuerpo y la salud, en la modalidad de HOMICIDIO, sub tipo FEINICIDIO, EN GRADO TENTATIVA. en agravio de SANDRA PANIURA POCCORI, para que asista a la

audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día CUATRO DE JUNIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS ONCE DE LA MAÑANA (1L00AM) en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 29 de mayo del 2018. J. S (31 MAY, 01, 04 JUN)

EDICTO PENAL

Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al Señor DANIEL HUAYCHO HUAYCHO, en el Proceso Nro.264-2017-0-1010-JR-PE-01 que se le sigue por la presunta comisión del delito contra la libertad en su Modalidad de violación de la libertad sexual, sub tipo VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE CATORCE Y ENOS DE DIECIOCHO AÑOS DE EDAD en agravio de la Menor de iniciales SA.CO.AR. representada por su progenitor RAÚL CONDORI CACERES. para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día TREINTA I UNO DE MAYO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS TRES DE LA TARDE (03:00PM)en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 29 de mayo del 2018. J. S (31 MAY, 01, 04 JUN)

EDICTO PENAL

Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al Señor Francisco Anampa Aguirre en el Proceso Nro.267-2018-0-1010-JR-PE-01, que se le sigue por la presunta comisión del delito contra el patrimonio en la Modalidad de hurto sub. tipo HURTO AGRAVADO en agravio de LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUELLOUNO representado por el procurador público de la municipalidad de Qucllouno, para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día UNO DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS ONCE I CUARENTA I CINCO DE LA MAÑANA (11:45AM) la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 29 de mayo del 2018. J. S (31 MAY, 01, 04 JUN)

EDICTO PENAL

Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Avala Se cita y emplaza al Señor Juan Marino Valencia, en el Proceso Nro. 556-2018-0-1010-JR-PE-01 que se le sigue por la presunta comisión del delito contra la FAMILIA SUB TIPO OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR EN LA MODALIDAD DE IMCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, en agravio de la menor Kiara Marino Ccoyo debidamente representada por su progenitora ELIANA CCOYO YAPO, para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día CATORCE DE JUNIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS QUINCE Y TREINTA HORAS (15:30PM) en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 29 de mayo del 2018.

Lunes, 4 de junio del 2018

J. S (31 MAY, 01, 04 JUN)

EDICTO PENAL

Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al Señor Mauro Mayta Gutiérrez, en el Proceso Nro.559-2018-0-1010-JR-PE-01 que se le sigue por la presunta comisión del delito contra la FAMILIA SUB TIPO OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR EN LA MODALIDAD DE IMCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, en agravio de del menor Edison Mayta Aviles debidamente representada por su progenitura YOVANA AVILES RUBIO, para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día CATORCE DE JUNIO DEL DOS MIL DIECIOIIO ALAS DIECISEIS HORAS (16:00PM) en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba. 29 de mayo del 2018. J. S (31 MAY, 01, 04 JUN)

EDICTO PENAL

Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al Señor Fredy Flores Yapo Y Betzaida Orccon Huaman, en el Proceso Nro.548-2016-0-1010JR-PE-01 que se le sigue por la presunta comisión del delito contra la la libertad, en su Modalidad violación de la libertad personal, tipo violación de la libertad sexual, sub tipo ACTOS CONRA EL PUDOR, en agravio de BETZAIDA ORCCON HUAMAN., para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día VEINTE DE JUNIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOS DE LA TARDE (02:00pm) en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 29 de mayo del 2018. J. S (31 MAY, 01, 04 JUN)

EDICTO PENAL

Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza al Señor Vila Rojas De Velásquez en el Proceso Nro. 578-20I8-0-1010-JR-PE-01 que se le sigue por la presunta comisión del delito contra la vida, el cuerpo y la salud, en la modalidad AGRESIONES EN CONTRA DE LAS UJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR, en agravio de MARÍA DE LOS ANGELES PIMENTEL ROJAS, para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día CATORCE DE JUNIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS QUINCE HORAS (15:00PM) en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 29 de mayo del 2018. J. S (31 MAY, 01, 04 JUN)

EDICTO PENAL

CUADERNO DE DEBATES Nº 03438-2018-81-1001-JRPE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: CLEOFE ANCO HUAMAN. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza al procesado JESUS PUMA CRUZ, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA MARTES NUEVE DE

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

OCTUBRE DEL 2018 A HORAS 09:30 DE LA MAÑANA (hora exacta); acto que se llevara a cabo, en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial, ubicado en Av. Sol S/N – Palacio de Justicia-Segundo Piso. Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 03438-2018-81-1001-JR-PE-01, como presunto autor del delito contra la libertad, sub tipo en la modalidad de violación sexual de menor de 10 años de edad, en agravio de la menor de iníciales T.C.C.Cusco, 30 de Mayo del 2018. J. S (31 MAY, 01, 04 JUN)

EDICTO PENAL

CUADERNO DE DEBATES Nº 03437-2018-78-1001-JRPE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: CLEOFE ANCO HUAMAN. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza a los procesados JUVENAL CAHUANA FABRE y MARIA OJEDA CALLIÑAUPA, a fin que concurran a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA MARTES NUEVE DE OCTUBRE DEL 2018 A HORAS 10:30 DE LA MAÑANA (hora exacta); acto que se llevara a cabo, en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial, ubicado en Av. Sol S/N – Palacio de Justicia-Segundo Piso, mediante videoconferencia con la sede del Poder Judicial sede la Convención. Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 03437-2018-78-1001-JRPE-01, como presuntos autores del delito contra la libertad, sub tipo en la modalidad de violación de la libertad personal, sub tipo trata de persona agravada, en agravio de la menor de iníciales M.A.CC.S, debidamente representada por su progenitora Marisol Suarez Usca.Cusco, 30 de Mayo del 2018. J. S (31 MAY, 01, 04 JUN)

EDICTO PENAL

CUADERNO DE DEBATES Nº 03546-2018-26-1001-JRPE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: CLEOFE ANCO HUAMAN. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza al procesado NICO CLAY QUISPE QUISPE, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA MARTES NUEVE DE OCTUBRE DEL 2018 A HORAS 09:00 DE LA MAÑANA (hora exacta); acto que se llevara a cabo, en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial, ubicado en Av. Sol S/N – Palacio de Justicia-Segundo Piso. Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 03546-2018-26-1001-JR-PE-01, como presunto autor del delito actos contra el pudor, sub tipo actos contra el pudor de menor de 9 años de edad, agravada por la calidad del agente, en agravio de la menor de iníciales R.K.Q..Q, representada por su progenitor Celestino Quispe Vargas.Cusco, 30 de Mayo del 2018. J. S (31 MAY, 01, 04 JUN)

EDICTO PENAL

CUADERNO DE DEBATES Nº 03433-2018-55-1001-JRPE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: CLEOFE ANCO HUAMAN. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza a los procesados JHON CLINTON BERROCAL RODAS, IVAN CHISTIAN BOHORQUEZ BERROCAL y ROCIO MILAGROS QUISPE ARROYO, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA MARTES NUEVE DE OCTUBRE DEL 2018 A HORAS 10:00 DE LA MAÑANA (hora

exacta); acto que se llevara a cabo, en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial, ubicado en Av. Sol S/N – Palacio de Justicia-Segundo Piso, en videoconferencia con la Sala de audiencias de la sede Judicial de la Convención. Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 03433-2018-55-1001-JRPE-01, como presuntos autores del delito contra la salud pública, en la modalidad de tráfico ilícito de drogas, sub tipo promoción, favorecimiento y facilitación al consumo ilegal de drogas toxicas mediante actos de tráfico, en agravio del Estado Peruano, representado por la Procuraduría del Ministerio Del Interior relativo a TID.Cusco, 30 de Mayo del 2018. J. S (31 MAY, 01, 04 JUN)

EDICTO JUDICIAL

En el Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Maranura, que despacha el señor Magistrado Francisco Ponce Atencio, asistido por la secretaria judicial Betsy Rocio Sencca Condori, se viene tramitando el Proceso N° 0034-2018-CI, seguido por Concepción Challco Cardeña sobre SUCESION INTESTADA, se ha resuelto: ADMITIR la solicitud presentada por CONCEPCION CHALLCO CARDEÑA, sobre SUCESION INTESTADA DEL Q.E.V.F CELIA CHALLCO CARDEÑA, en la vía del proceso NO CONTENCIOSO. Publicación que se pone a conocimiento publico para los fines Hágase Saber. Maranura, 25 de mayo del 2018. BETSY ROCIO SENCCA CONDORI SECRETARIA JUDICIAL P. 6751732 F. (01, 04, 05 JUN)

EDICTO JUDICIAL

Por ante el Juzgado de Paz Letrado de Acomayo, que despacha la Sra. Juez Dra. Kelyn Haydee Tapia Llerena, y bajo la actuación del Secretario Judicial Abogado Richard Huaman Baca; se viene tramitando el Proceso Judicial N° 00005-2018-0-1003-JP-CI-01, sobre Sucesión Intestada; en la cual se ha resuelto: SE RESUELVE: 1) ADMITIR a trámite, en la vía del PROCESO NO CONTENCIOSO, la solicitud interpuesta por Nemesio Luna Delgado y Eufemia Luna Jerí Vda de Villafuerte, sobre SUCESIÓN INTESTADA, de Q.V.F su progenitor Benjamín Luna Villena, fallecido el treinta de enero de mil novecientos sesenta; 2) ORDENO: la notificación con la solicitud y la presente resolución a la Beneficencia Pública de Acomayo, al Ministerio Público de conformidad a lo dispuesto pe el artículo 835° del Código Procesal Civil, se cumpla con la anotación de la solicitud en el Registro de Sucesión Intestada, para cuyo fin gírese y entréguese a cualquiera de los solicitante las partes correspondientes a los Registros Públicos a que corresponda. DEBIENDO: publicarse un aviso en el Diario Judicial del distrito judicial así como en la tabla de Edictos del Juzgado. Por ofrecidos los medios probatorios que se adjuntan para su oportunidad procesal. Hágase Saber. Sigue media firma de la Sra. Magistrada. Secretario Judicial Abg. Richard Huaman Baca. Acomayo, 24de mayo del 2018. RICHARD HUAMAN BACA SECRETARIO JUDICIAL P. 6753120 F. (04, 05, 06 JUN)

SEGUNDO REMATE PÚBLICO

En el expediente N° 00034-2017-0-1001-JR-CI-01, sobre Ejecución de Garantías seguido por Scotiabank Perú S.A.A. en contra de Ana Julia Butrón Cárdenas y Walter Turpo Sánchez, la señora Jueza del Primer Juzgado Civil de Cusco, doctora Sandra Contreras Campana, con actuación de la

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Especialista Legal doctora Isabel Huamán Sequeiros, ha dispuesto se lleve a efecto el SEGUNDO REMATE PUBLICO del inmueble que a continuación se detalla: INMUEBLE: STAND B-63 de la fracción “A” del terreno ubicado en la margen derecha del rio Huatanay, sector comprendido entre el terminal terrestre y el puente Cusichaca en el distrito de Santiago, provincia y departamento de Cusco, inscrito en la partida electrónica N° 11001704 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Zona Registral X - Sede Cusco en donde figuran sus medidas perimétricas y demás características. AFECTACIONES: 1) Hipoteca a favor de Scotiabank Perú S.A.A. hasta por la suma de S/ 165,400.81 inscrita en la partida N° 11001704, asiento 09. 2) Embargo en forma de inscripción a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Tacna S.A. hasta por la suma de S/ 60,000.00 inscrita en la partida N° 11001704, asiendo 11. No se conocen otros gravámenes vigentes. VALOR DE TASACIÓN: El valor de la tasación es de S/ 165,400.81 (Ciento sesenta y cinco mil cuatrocientos con 81/100 Soles) PRECIO BASE: S/ 93,727.12 (Noventa y tres mil setecientos veinte y siete con 12/100 Soles) hecho el descuento de Ley con relación a la primera convocatoria. LUGAR, DIA Y HORA DEL REMATE: El remate tendrá lugar en la Oficina de Administración del Módulo Corporativo Civil Laboral de Cusco, la que está ubicada en el segundo piso de la Corte Superior de Justicia de Cusco sita en la Av. El Sol 239. - Cusco, el día 22 de junio del 2018 a horas 10.30.AM. El Remate Público será efectuado por el Martiliero Público señor José Carlos Eulalio Chirinos Escobedo con Registro N9 65. DE LOS POSTORES: Los postores deberán depositar, en efectivo o en cheque de gerencia girado a nombre del propio postor, el 10% del valor de la tasación del bien o sea S/16,540.08 (Art. 735 del Código Procesal Civil); además se deberá adjuntar la tasa judicial por derecho de participación en remate de bien inmueble en la que deberán figurar el Juzgado, el número de expediente y número de DNI del postor. Los honorarios del Martiliero Público más IGV., deberán ser cancelados por el adjudicatario en forma inmediata a la conclusión del remate (Art. N° 732 del C.P.C.). Especialista Legal: Dra. Isabel Huamán Sequeiros. Martiliero Público: Sr. José CE. Chirinos E. (959600795).- Cusco, mayo 2018. ISABEL HUAMÁN SEQUEIROS ESPECIALISTA LEGAL JOSÉ CHIRINOS ESCOBEDO MARTILLERO PÚBLICO P. 6750027 F. (01, 04, 05 JUN)

EDICTO

NOTIFICACIÓN DIRIGIDA FELIX WASHINGTON FARFAN MENDOZA. Ante el Primer Juzgado Especializado en lo Civil de Cusco, despachado por la Sra. Jueza Doctora Sandra Contreras Campana, se tramita el proceso civil N° 00561-2017-0-1001-JR-CI-01, seguido por Ruth Marina Baca Mendoza, sobre Declaración Judicial de Filiación Extramatrimonial, contra los Herederos de Juan Rubén Baca Guerra y Julia Rosa Mendoza Flores; en el que se ha emitido la resolución número 15, de 17-042018, que dispone: “Al Principal.- Estando a lo solicitado y habiendo cumplido con la formalidad correspondiente estando a la formalidad respectiva y siendo su domicilio incierto, notifiquese por EDICTOS, a FELIX WASHINGTON FARFAN MENDOZA, los que contendrán un estrado de la demanda y el auto admisorio y en aplicación a la modificatoria del artículo 167 del TUO del Código Procesal Civil, efectuado por Ley N° 30293, publíquese los edictos en el diario judicial de la Corte Superior de Justicia del Cusco (La República), por el término de tres días con intervalo de tres días, así como fíjese una copia del edicto en la tablilla del Módulo Civil destinado para ello, debiendo la demandante apersonarse a través de Administración del Módulo Civil en horas de atención al público, a recepcionarlos. Al Otrosí.- Agregúese a sus antecedentes y téngase en cuenta para el diligenciamiento

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La República

de las notificaciones. H. S.” Fdo. Juez Contreras Campana, Esp. Legal. Huamán Sequeiros. DEMANDA: SOLICITO DECLARACIÓN JUDICIAL DE FILIACIÓN ESXTRAMATRIMONIAL, y ordene la inscripción de una nueva partida de nacimiento donde aparezca la fecha y hora de nacimietno, lugar de nacimiento y nombre de los padres de la demandante Juan Rubén Baca Guerra y Julia Rosa Mendoza Florez. AUTO ADMISORIO: Resolución N° 01, de fecha 13-032017; que dispone: “ADMITIR A TRÁMITE la demanda interpuesta por RUTH MARINA BACA MENDOZA, sobre DECLARACIÓN JUDICIAL DE FILIACIÓN EXTRAMATRIMONIAL, contra LA SUCESIÓN HEREDITARIA DE JUAN RUBEN BACA GUERRA Y JULIA ROSA MENDOZA FLOREZ, conformada por sus hijos FELIX WASHINGTON FARFAN MENDOZA, ENSUEÑO BUENAVENTURA BACA MENDOZA, AMERICA BACA MENDOZA, NELLY AMÉRICA BACA MENDOZA Y CESAR AUGUSTO BACA MENDOZA, debiendo de tramitarse bajo los mecanismos del proceso de CONOCIMIENTO, en consecuencia, córrase traslado a la parte demandada por el término de TREINTA DÍAS, bajo apercibimiento de seguirse el proceso en su rebeldía, Téngase por ofrecidos los medios probatorios que indica, los cuales serán admitidos y actuados en la oportunidad procesal correspondiente y agregúese a sus antecedentes los anexos adjuntos. Al Otrosí.- Téngase en cuenta. Al Mas.- Estando a lo solicitado, y tratándose de persona incierta efectúese la notificación a través de edictos los que contendrán un estracto de la demanda y la presente, los que en aplicación a la modificatoria del artículo 167 del Código Procesal Civil, efectuado por Ley N° 30293, publiquese los edictos en el diario de mayor circulación de la Corte Superior de Justicia del Cusco, por el término de tres días, así como fíjese una copia del edicto en la tablilla del Módulo Civil destinado para ello, debiendo apersonarse a través de Administración del Módulo Corporativo Civil a recepcionar los edictos respectivos, en horas de atención al público. Al Primer Mas.- Téngase en cuenta. H. S.” Fdo. Juez Contreras Campana, Especialista Legal Huaman Sequeiros. Cusco, 17 de mayo de 2018. ISABEL CRISTINA SEQUEIROS ESPECIALISTA LEGAL P. 6767957 F. (04, 08, 14 JUN)

EDICTO JUDICIAL

Por ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Wanchaq, bajo el Despacho del señor Juez Dr Rafael Enrique Sierra Casanova y la actuación de la Especialista Legal Abog. María Eddie Zulema Villarroel Ccaso, se tramita el proceso N° 1013-2018-0-1001-JP-CI-02 solicitada por Fany Azalia Lasteros Barcena sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE MATRIMONIO donde se ha consignado en forma errónea el nombre de su progenitora siendo el conecto ELSA LUCY BARCENA VILLASANTE, la misma que se pone de conocimiento de los interesados, para los fines consiguientes de ley. Wanchaq, 21 de mayo del 2018. ZULEMA VILLARROELCCASO SECRETARIA JUDICIAL P. 6768018 F. (04 JUN)

EDICTO JUDICIAL

Ante el Tercer Juzgado Especializado en lo Civil del Cusco, despachado por el señor Juez John Aleck Alfaro Tupayachi, se tramita el Proceso Civil Nro. 02709-2017-0-1001-JR-CI-03 en el que mediante Res.02 de fecha 15-01-2018, SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por YOLANDA BATALLANOS ENCISO, en representación de sus menores hijos, sobre CAMBIO DE NOMBRE - CAMBIO DE APELLIDOS de sus menores hijos YORAYMA VICTORIA BALLÓN BATALLANOS Y THIAGO ERNETS JESÚS BALLÓN BA-

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

Lunes, 4 de junio del 2018

TALLANOS, por los apellidos maternos de la recurrente BATALLANOS ENCISO, debiendo de tramitarse bajo los mecanismos del proceso SUMARÍSIMO, con citación del Representante del MINISTERIO PÚBLICO y de JUSTINO BALLÓN PINARES, en consecuencia córrase traslado de la demanda por el término de CINCO DÍAS.- debiendo efectuarse las publicaciones de un extracto de la presente a través de edictos por el término de un día en el diario oficial “El Peruano” y el Diario Judicial de esta localidad. AL OTROSI DIGO: Téngase por ofrecidos los medios probatorios - AL PRIMER Y AL SEGUNDO MÁS DIGO: Téngase en cuenta y agregúese a sus antecedentes. AL TERCERO MAS DIGO: Téngase en cuenta para su oportunidad procesal.-. H.S. Firmado por el Juez Alfaro Tupayachi.- Secretaria Judicial Altamirano Mayca.

tablecido por el artículo 479 del Código Procesal Civil, deberán apersonarse dentro del término de SESENTA DÍAS, bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal, edictos que contendrán un estracto de la demanda y la presente, los que en aplicación a la modificatoria del artículo 167 del TUO del Código Procesal Civil, efectuado por Ley N° 30293, publiquese los edictos en el diario de mayor circulación de la Corte Superior de Justicia del Cusco (La República), por el término de tres veces con intervalo de tres días. Téngase por ofrecidos los medios probatorios que indica, los cuales serán admitidos y actuados en la oportunidad procesal correspondiente. Al Mas.- Agregúese a sus antecedentes los anexos adjuntos. H. S.” Fdo. Juez Contreras Campana, Esp. Legal. Huamán Sequeiros.

Cusco, 29 de Mayo de 2018.

Cusco, 01 de junio de 2018.

PAMELA DESIREE ALTAMIRANO MAYCA SECRETARIO JUDICIAL

ISABEL CRISTINA HUAMAN SEQUEIROS ESPECIALISTA LEGAL

P. 67554571 F. (04 JUN)

P. 6768089 F. (04, 08, 14 JUN)

EDICTO JUDICIAL

Ante el Primer Juzgado Mixto de Santiago, a cargo del señor Juez Dr. Pol David Medina Pinares se viene tramitando el expediente N° 00087-2018-0-1018-JM-CI-01 seguido por Hilber Joyas Gamarra y Lucha Cañari Loayza contra la Cooperativa de Vivienda del Sindicato de mercados unidos N° 144-67, sobre Prescripción Adquisitiva de Dominio y en fecha 03 de mayo del 2018 se ha admitido la demanda y se ha resuelto: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por HILBER JOYAS GAMARRA y LUCHA CAÑARÍ LOAIZA, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, seguido contra la COOPERATIVA DE VIVIENDA DEL SINDICATO DE MERCADOS UNIDOS N° 144-67, representado por JuanCallapiña Quispe. Debiendo tramitarse VÍA DEL PROCESO ABREVIADO. En consecuencia córrase traslado al demandado por el plazo de DIEZ DIAS. Bajo expreso apercibimiento de declarársele rebelde. CITESE con la demanda y esta resolución a la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO, al PROCURADOR DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO y a los colindantes FELIPE ROA QUISPE y TEÓFILO FARFÁN OLARTE, para que tomen conocimiento de la tramitación de la presente causa.- Y conforme a lo preceptuado por el artículo 506 del Código Procesal Civil, procédase con la publicación del extracto del Auto Admisorio de la demanda por tres veces con intervalo de tres días en la forma prevista en los artículos 167 y 168 del mismo cuerpo legal- H.S.¬

EDICTO JUDICIAL

1o JUZ. DE INVES. PREPARATORIA Sede Espinar EXPEDIENTE: 0085-2016-93-1009-JRPE-01 JUEZ: ESTEBAN FREDDY ACHOMA TITO ESPECIALISTA: CINTHIA ELIANA CONDORI ZARATE Se pone er conocimiento de la señora ELENA ELSA HUACAINE MULLISACA la RESOLUCIÓN N°. 01 de fecha, quince de diciembre del año dos mil diecisiete,Dado cuenta con el requerimiento Mixto de la Fiscalía Provincial Penal de Espinar, conforme a lo previsto en el artículo 350° del CPP; CÓRRASE TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES, a efectos de que puedan por escrito formular oposición debidamente fundamentado, bajo sanción de inadmisibilidad e incluso podrán solicitar la realización de actos de investigación adicionales, indicando su objeto y los medios de investigación que considere procedentes; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de Requerimiento Mixto. CÍTESE para el día VEINTINUEVE DE JUNIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS DIEZ HORAS, a la audiencia de control de Requerimiento Mixto, que se llevara a cado en la sala de audiencias del juzgado de Investigación preparatoria de Espinar Espinar, 30 de mayo del 2018. J. S (04, 05, 06 JUN)

Santiago, 30 de mayo del 2018 CLAUDIA CALDERON MAYTA SECRETARIA JUDICIAL P. 6754564 F. (04, 08, 15 JUN)

EDICTO

NOTIFICACIÓN DIRIGIDA A LOS HEREDEROS LEGALES DE JOSE EDILBERTO IBARRA RAMOS. Ante el Primer Juzgado Especializado en lo Civil de Cusco, despachado por la Sra. Jueza Doctora Sandra Contreras Campana, se tramita el proceso civil N°00764-2018-01001-JR-CI-01, seguido por Mica Josefina Ibarra Ramos y otro, sobre petición de Herencia y otro, contra Los Herederos Legales de José Edilberto Ibarra Ramos; en el que se ha emitido la resolución número 02, de 18-052018, que dispone: “ADMITIR A TRÁMITE la demanda interpuesta por MICA JOSEFINA IBARRA RAMOS Y LUCAS IBARRA RAMOS, sobre PETICIÓN DE HERENCIA y en forma acumulativa accesoria DECLARATORIA DE HEREDEROS, contra LOS HEREDEROS LEGALES DE JOSE EDILBERTO IBARRA RAMOS, debiendo de tramitarse bajo los mecanismos del proceso de CONOCIMIENTO, en consecuencia, tratándose de una persona indeterminada la parte demandada, efectúese la notificación a través de edictos, para que conforme a lo es-

EDICTO

Quillabamba, 30 de mayo del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Alex S. Franco Palomino. Se cita y emplaza a los señores MARIO CASTILLO GONZALES y SAUL CALVO GALIANO, en el Proceso Nro. 368-2014-97-1010-JR-PE-01., que se les sigue por la presunta comisión del delito contra el patrimonio, en la modalidad de daños, sub tipo daño simple, en agravio de LISBETH MILAGROS SOLIS ZERON, se ha dispuesto notificar al imputado con la resolución N° 13, Quillabamba veintitrés de mayo de 2018, REPROGRAMAR LA AUDIENCIA PÚBLICA PARA EL DÍA SIETE DE JUNIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS ONCE DEL DÍA (11:00 A.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba). J. S (04, 05, 06 JUN)

EDICTO - LA CONVENCIÓN

EXPEDIENTE N° 00141 -2018-99-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN.

ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: YURI HUAYHUA ARENAS, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en proceso inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día martes 09 DE OCTUBRE DEL AÑO 2018, A LAS 09:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de La Sociedad, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 30 de Mayo del 2018. J. S (04, 05, 06 JUN)

EDICTO - LA CONVENCIÓN

EXPEDIENTE N° 00261-2015-54-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: YRENE GUILLEN VALENZUELA, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día miércoles 04 DE JULIO DEL AÑO 2018, A LAS 08:30 DE LA MAÑANA: dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión de DELITO ELECTORAL, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 29 de Mayo del 2018. J. S (04, 05, 06 JUN)

EDICTO - LA CONVENCIÓN

EXPEDIENTE N° 01173-2017-86-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: RONALD HUAMAN SACA, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en proceso inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día jueves 04 DE OCTUBRE DEL AÑO 2018, A LAS 10:30 DE LA MAÑANA: dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de La Sociedad, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 28 de Mayo del 2018. J. S (04, 05, 06 JUN)

EDICTO - LA CONVENCIÓN

EXPEDIENTE N° 00264-2014-44-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: GLENDY AGUILAR TORRES, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día miércoles 22 DE AGOSTO DEL AÑO 2018, A LAS 08:30 DE LA MAÑANA: dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de TRAFICO DE ALIMENTOS DESTINADOS AL CONSUMO HUMANO, en agravio del Estado, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 22 de Mayo del 2018.

Lunes, 4 de junio del 2018

J. S (04, 05, 06 JUN)

EDICTO - LA CONVENCIÓN

EXPEDIENTE N° 00277-2018-58-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: ROÑAL LEMA HANCCO, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en proceso inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día martes 02 DE OCTUBRE DEL AÑO 2018, A LAS 11:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de La Sociedad, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 2 de Mayo del 2018. J. S (04, 05, 06 JUN)

EDICTO-LA CONVENCIÓN

EXPEDIENTE N° 00640-2017-64-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: FREDY FIDEL JAUREGUI ROJAS, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en proceso inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día martes 02 DE OCTUBRE DEL AÑO 2018, A LAS 10:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de La Sociedad, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 21 de Mayo del 2018. J. S (04, 05, 06 JUN)

EDICTO-LA CONVENCIÓN

EXPEDIENTE N° 00302-2018-36-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: EDDY HUAMAN OCHOA, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en proceso inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día martes 02 DE OCTUBRE DEL AÑO 2018, A LAS 08:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de La Sociedad, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabarnba, 21 de Mayo del 2018. J. S (04, 05, 06 JUN)

EDICTO - LA CONVENCIÓN

EXPEDIENTE N° 00249-2018-69-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: WILMERT SOTO MARTÍNEZ, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en proceso inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día jueves 27 DE SETIEMBRE DEL AÑO 2018, A LAS 11:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

del Delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de La Sociedad, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 21 de Mayo del 2018. J. S (04, 05, 06 JUN)

EDICTO - LA CONVENCIÓN

EXPEDIENTE N° 00284-2018-46-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: ROY HEINER SILVA CONDORI, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en proceso inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día jueves 27 DE SETIEMBRE DEL AÑO 2018. A LAS 10:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de La Sociedad, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 21 de Mayo del 2018. J. S (04, 05, 06 JUN)

EDICTO - LA CONVENCIÓN

EXPEDIENTE N° 00254-2018-2-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: EMERSON YUCRA CCASANI, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en proceso inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día jueves 27 DE SETIEMBRE DEL AÑO 2018, A LAS 09:30 DE LA MAÑANA: dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de La Sociedad, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. de Mayo del 2018. J. S (04, 05, 06 JUN)

EDICTO - LA CONVENCIÓN

EXPEDIENTE N° 00366-2018-80-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: JOSÉ LÍDER GUTIÉRREZ TAPIA, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en proceso inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día jueves 27 DE SETIEMBRE DEL AÑO 2018, A LAS 08:30 DE LA MAÑANA: dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de La Sociedad, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 21 de Mayo del 2018. J. S (04, 05, 06 JUN)

EDICTO - LA CONVENCIÓN

EXPEDIENTE N° 00096-2018-54-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVEN-

CIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: LUCIO HUAMAN KACHAHUALLPA, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en proceso inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día martes 25 DE SETIEMBRE DEL AÑO 2018, A LAS 11:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de La Sociedad, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 21 de Mayo del 2018. J. S (04, 05, 06 JUN)

EDICTO - LA CONVENCIÓN

EXPEDIENTE N° 00039-2018-41 -1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: ELEAZAR LENES BORDA, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en proceso inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día martes 25 DE SETIEMBRE DEL AÑO 2018. A LAS 10:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de La Sociedad, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 21 de Mayo del 2018. J. S (04, 05, 06 JUN)

EDICTO - LA CONVENCIÓN

EXPEDIENTE N° 00137-2018-10-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: ALEY SDAEY CAMACHO HERMOZA, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en proceso inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día martes 25 DE SETIEMBRE DEL AÑO 2018, A LAS 09:30 DE LA MAÑANA: dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de La Sociedad, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 16 de Mayo del 2018. J. S (04, 05, 06 JUN)

EDICTO - LA CONVENCIÓN

EXPEDIENTE N° 01222-2017-58-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: EDISON ANGLES RAMOS SONCCO, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en proceso inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día martes 25 DE SETIEMBRE DEL AÑO 2018. A LAS 08:30 DE LA MAÑANA: dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de La Sociedad, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba.

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Quillabamba, 16 de Mayo del 2018. J. S (04, 05, 06 JUN)

EDICTO - LA CONVENCIÓN

EXPEDIENTE N° 01213-2017-4-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: JUAN ARNALDO TINCO CASTILLA, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en proceso inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día jueves 20 DE SETIEMBRE DEL AÑO 2018, A LAS 11:30 DE LA MAÑANA: dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de La Sociedad, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 16 de Mayo del 2018. J. S (04, 05, 06 JUN)

EDICTO

Quillabamba, 31 de mayo del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Alex S. Franco Palomino. Se cita y emplaza al señor CALVO CARMONA YISHAR EDBERTO, en el Proceso Nro. 624-2017-0-1010-JRPE-01., que se le sigue por presunta comisión Por la presunta comisión del delito Contra la Seguridad Pública, modalidad delitos de Peligro Común, Sub Tipo CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCIÓN previsto y sancionado en el primer párrafo del artículo 274° del Código Penal, en agravio del Estado representado por el Procurador Público del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. se ha dispuesto notificar al imputado en la resolución N° 04, Quillabamba treinta de mayo de 2018, REPROGRAMAR LA AUDIENCIA PÚBLICA PARA EL DÍA (26-06-2018) VEINTISEIS DE JUNIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOCE DEL DÍA (12:00 P.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba). J. S (04, 05, 06 JUN)

EDICTO

Quillabamba, 31 de mayo del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Alex S. Franco Palomino. Se cita y emplaza al señor UCHUPE SALCEDO HUBERT, en el Proceso Nro. 29-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito Contra la Seguridad Pública, modalidad delitos de Peligro Común, Sub Tipo CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCIÓN previsto y sancionado en el primer párrafo del artículo 274° del Código Penal, en agravio del Estado representado por el Procurador Público del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Se ha dispuesto notificar al imputado en la resolución N° 03, Quillabamba treinta de mayo de 2018, REPROGRAMAR LA AUDIENCIA PÚBLICA PARA EL DÍA VEINTISEIS DE JUNIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS OCHO DEL DÍA (11:00 A.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba). J. S (04, 05, 06 JUN)

EDICTO

Quillabamba, 31 de mayo del 2018

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La República

Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Alex S. Franco Palomino. Se cita y emplaza al señor SALDIVAR VALDEZ JUAN CARLOS, en el Proceso Nro. 408-2017-0-1010-JRPE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito Contra la Seguridad Pública, modalidad delitos de Peligro Común, Sub Tipo CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCIÓN previsto y sancionado en el primer párrafo del artículo 274° del Código Penal, en agravio del Estado representado por el Procurador Público del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Se ha dispuesto notificar al imputado en la resolución N° 03, Quillabamba treinta de mayo de 2018, REPROGRAMAR LA AUDIENCIA PÚBLICA PARA EL DÍA VEINTIDOS DE JUNIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS OCHO DEL DÍA (10:00 A.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba). J. S (04, 05, 06 JUN)

EDICTO

Quillabamba, 31 de mayo del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Alex S. Franco Palomino. Se cita y emplaza al señor SALDIVAR VALDEZ JUAN CARLOS, en el Proceso Nro. 408-2017-0-1010-JRPE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito Contra la Seguridad Pública, modalidad delitos de Peligro Común, Sub Tipo CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCIÓN previsto y sancionado en el primer párrafo del artículo 274° del Código Penal, en agravio del Estado representado por el Procurador Público del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Se ha dispuesto notificar al imputado en la resolución N° 03, Quillabamba treinta de mayo de 2018, REPROGRAMAR LA AUDIENCIA PÚBLICA PARA EL DÍA VEINTIDOS DE JUNIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS OCHO DEL DÍA (10:00 A.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba). J. S (04, 05, 06 JUN)

EDICTO PENAL

Señor: MARIO ALBERTO QUISPE CUSÍ: Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención, que despacha el Señor Juez Abogado Carlos Reinaldo Huañac Contreras, bajo la actuación de la Especialista de Causas Jennifer Tupayachi Ayala, en el Incidente Penal Na 0751-2017-0-1010-JR-PE-01, seguido contra MARIO ALBERTO QUISPE CUSÍ, por la comisión del Delito de CONDUCCIO EN ESTADO DE EBRIEDAD, se ha dispuesto notificar al imputado MARIO ALBERTO QUISPE CUSÍ, con la resolución N° 03 cuyo tenor es el siguiente: RESOLUCIÓN N° 03. Quillabamba, dieciocho de mayo del año dos mil dieciocho. PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Se deja registro en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe: SE RESUELVE: PRIMERO.- DECLARAR POR NO INSTALADA VALIDAMENTE la AUDIENCIA PÚBLICA DE PROCESO INMEDIATO (.^.SEGUNDO: REPROGRAMAR LA AUDIENCIA PÚBLICA DE PROCESO INMEDIATO para el día DOCE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOCE DEL DÍA CON TREINTA MINUTOS (12:30 PM). La audiencia es de carácter INAPLAZABLE. Quedando notificados en éste acto los presentes, se dispone notificar al imputado MARIO ALBERTO QUISPE CUSÍ mediante edictos para que concurra a la audiencia reprogramada y se defienda de los cargos que se le imputan, en su domicilio real y mediante edictos. (...). HÁGASE SABER. J. S (04, 05, 06 JUN)

EDICTO PENAL

Señor: RONALD MAYTAN RIVAS:

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención, que despacha el Señor Juez Abogado Carlos Reinaldo Huañac Contreras, bajo la actuación de la Especialista de Causas Jennifer Tupayachi Ayala, en el Incidente Penal Na 0970-2017-0-1010-JR-PE-01, seguido contra RONALD MAYTAN RIVAS, por la comisión del Delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio del Esrtado, se ha dispuesto notificar al imputado RONALD MAYTAN RIVAS, con la resolución N° 04 cuyo tenor es el siguiente: RESOLUCIÓN N° 04. Quillabamba, veintidós de mayo del año dos mil dieciocho. PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Se deja registro en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe: SE RESUELVE: PRIMERO.- DECLARAR POR NO INSTALADA VALIDAMENTE la AUDIENCIA PÚBLICA DE PROCESO INMEDIATO (...).SEGUNDO: REPROGRAMAR LA AUDIENCIA PÚBLICA DE PROCESO INMEDIATO para el día SIETE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOS DE LA TARDE (02:00 PM). La audiencia es de carácter INAPLAZABLE. Quedando notificados en éste acto los presentes, se dispone notificar al imputado RONALD MAYTAN RIVAS mediante edictos para que concurra a la audiencia reprogramada y se defienda de los cargos que se le imputan, en su domicilio real y mediante edictos. (...). HÁGASE SABER. J. S (04, 05, 06 JUN)

EDICTO PENAL

Señor: CESAR HANCCO ESCALANTE: Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención, que despacha el Señor Juez Abogado Carlos Reinaldo Huañac Contreras, bajo la actuación de la Especialista de Causas Jennifer Tupayachi Ayala, en el Incidente Penal Na 0580-2017-0-1010-JR-PE-01, seguidos contra CESAR HANCCO ESCALANTE por la presunta comisión de OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR previsto y sancionado en el articulo 149.1 del Código Penal, en agravio de CELIA HOYOS CONTÓ, se ha dispuesto notificar al imputado CESAR HANCCO ESCALANTE con la resolución N° 03 cuyo tenor es el siguiente: RESOLUCIÓN N° 03. Quillabamba, dieciocho de abril del año dos mil dieciocho. PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Se deja registro en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe: SE RESUELVE: PRIMERO.- DECLARAR POR NO INSTALADA VALIDAMENTE la AUDIENCIA PÚBLICA DE PROCESO INMEDIATO (...).SEGUNDO: REPROGRAMAR LA AUDIENCIA PÚBLICA DE PROCESO INMEDIATO para el día CINCO DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOCE DEL DÍA (12:00 PM). La audiencia es de carácter INAPLAZABLE. Quedando notificados en éste acto los presentes, se dispone notificar al imputado CESAR HANCCO ESCALANTE mediante edictos para que concurra a la audiencia reprogramada y se defienda de los cargos que se le imputan, en su domicilio real y mediante edictos. (...). HÁGASE SABER. J. S (04, 05, 06 JUN)

EDICTO PENAL

Señor: MIGUEL ALGEL CLAVERI SANTA FE: Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención, que despacha el Señor Juez Abogado Carlos Reinaldo Huañac Contreras, bajo la actuación de la Especialista de Causas Jennifer Tupayachi Ayala, en el Incidente Penal Na 0660-2017-0-1010-JR-PE-01, seguido contra MIGUEL ALGEL CLAVERI SANTA FE, por la comisión del Delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, se ha dispuesto notificar al imputado MIGUEL ALGEL CLAVERI SANTA FE, con la resolución N° 04 cuyo tenor es el siguiente: RESOLUCIÓN N° 04. Quillabamba, veintidós de mayo del año dos mil dieciocho. PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Se deja registro en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe: SE RESUELVE: PRIMERO.- DECLARAR POR NO INSTALADA VALIDAMENTE la AUDIENCIA PÚBLICA DE PROCESO INMEDIATO (..^.SEGUNDO: REPROGRAMAR LA AUDIENCIA PÚBLICA DE PROCESO INMEDIATO para

Lunes, 4 de junio del 2018

el día SIETE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 AM). La audiencia es de carácter INAPLAZABLE. Quedando notificados en éste acto los presentes, se dispone notificar al imputado MIGUEL ALGEL CLAVERI SANTA FE mediante edictos para que concurra a la audiencia reprogramada y se defienda de los cargos que se le imputan, en su domicilio real y mediante edictos. (...). HÁGASE SABER. J. S (04, 05, 06 JUN)

EDICTO PENAL

Señor: JUAN CARLOS VILLAFUERTE QUISPE: Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención, que despacha el Señor Juez Abogado Carlos Reinaldo Huañac Contreras, bajo la actuación de la Especialista de Causas Jennifer Tupayachi Ayala, en el Incidente Penal Na 00234-2018-0-1010-JR-PE-01, seguido contra JUAN CARLOS VILLAFUERTE QUISPE como AUTOR por la presunta comisión del delito de INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIEMENTARIA, en agravio de JUAN CARLOS VILLAFUERTE RONDÓN; se ha dispuesto notificar al imputado JUAN CARLOS VILLAFUERTE QUISPE, con la resolución N° 02 cuyo tenor es el siguiente: RESOLUCIÓN N° 02. Quillabamba, ocho de mayo del año dos mil dieciocho. PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Se deja registro en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe: SE RESUELVE: PRIMERO.- DECLARAR POR NO INSTALADA VALIDAMENTE la AUDIENCIA PÚBLICA DE PROCESO INMEDIATO (...). SEGUNDO: REPROGRAMAR LA AUDIENCIA PÚBLICA DE PROCESO INMEDIATO para el día OCHO DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS NUEVE Y TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA (09:30 AM). La audiencia es de carácter INAPLAZABLE. Quedando notificados en éste acto los presentes, se dispone notificar al imputado JUAN CARLOS VILLAFUERTE QUISPE mediante edictos para que concurra a la audiencia reprogramada y se defienda de los cargos que se le imputan, en su domicilio real y mediante edictos. (...). HÁGASE SABER. J. S (04, 05, 06 JUN)

EDICTO

Quillabamba, 31 de mayo del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Alex S. Franco Palomino. Se cita y emplaza al señor GUZMAN ALTAMIRANO MAYCOLL ARNOLD, en el Proceso Nro. 645-2018-0-1010-JRPE-01., que se le sigue por presunta comisión del delito Contra la Seguridad Pública, modalidad delitos de Peligro Común, Sub Tipo CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCIÓN previsto y sancionado en el primer párrafo del artículo 274° del Código Penal, en agravio del Estado representado por el Procurador Público del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Se ha dispuesto notificar al imputado con la resolución N° 02, Quillabamba treintaiuno de mayo de 2018, REPROGRAMAR LA AUDIENCIA PÚBLICA PARA EL DÍA VEINTIOCHO DE JUNIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS ONCE DEL DÍA (11:00 A.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba). J. S (04, 05, 06 JUN)

EDICTO

Quillabamba, 18 de mayo del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Alex S. Franco Palomino. Se cita y emplaza al señor JULIAN SILVA CHAMPI, en el Proceso Nro. 1098-2017-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por presunta comisión del delito Contra la Seguridad Pública, modalidad delitos de Peligro Común, Sub Tipo CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCIÓN previsto y sancionado en el primer

párrafo del artículo 274° del Código Penal, en agravio del Estado representado por el Procurador Público del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Se ha dispuesto notificar al imputado con la resolución N° 02, Quillabamba treintaiuno de mayo de 2018, REPROGRAMAR LA AUDIENCIA PÚBLICA PARA EL DÍA VEINTISIETE DE JUNIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DIEZ DEL DÍA (10:00 A.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba). J. S (04, 05, 06 JUN)

EDICTO

Quillabamba, 18 de mayo del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Alex S. Franco Palomino. Se cita y emplaza al señor LORENZO CHALLCO MONJE, en el Proceso Nro. 1105-2017-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por presunta comisión del delito Contra la Seguridad Pública, modalidad delitos de Peligro Común, Sub Tipo CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCIÓN previsto y sancionado en el primer párrafo del artículo 274° del Código Penal, en agravio del Estado representado por el Procurador Público del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Se ha dispuesto notificar al imputado con la resolución N° 04, Quillabamba treintaiuno de mayo de 2018, REPROGRAMAR LA AUDIENCIA PÚBLICA PARA EL DÍA VEINTIDOS DE MAYO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS ONCE DEL DÍA (11:00 A.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba). J. S (04, 05, 06 JUN)

EDICTO

Quillabamba, 31 de mayo del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Alex S. Franco Palomino. Se cita y emplaza al señor WILY SULLA QUISPE, en el Proceso Nro. 40-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por presunta comisión del delito Contra la Seguridad Pública, modalidad delitos de Peligro Común, Sub Tipo CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCIÓN previsto y sancionado en el primer párrafo del artículo 274° del Código Penal, en agravio del Estado representado por el Procurador Público del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Se ha dispuesto notificar al imputado con la resolución N° 03, Quillabamba veintinueve de mayo de 2018, REPROGRAMAR LA AUDIENCIA PÚBLICA PARA EL DÍA VEINTISIETE DE JUNIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOCE DEL DÍA (12:00 P.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba). J. S (04, 05, 06 JUN)

EDICTO

TERCER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TAMBOPATA EXPEDIENTE: 00583-2018-0-2701-JR-PE-03 JUEZ: EDGARD LEÓN QUISPE. ESPECIALISTA JUDICIAL: EDITH DINA POMA SACA NÚMERO DE RESOLUCIÓN: Res. 02, de fecha 30 de Mayo del 2018. SE NOTIFICA al imputado IVAN ZAPATA ZAMORA, un extracto de la resolución número Dos, de fecha treinta de mayo del dos mil dieciocho, a fin de que asista a la AUDIENCIA DE PROCESO INMEDIATO PROGRAMADA PARA EL MARTES, 03 DE JULIO DEL 2018, A HORAS 07:30 DE LA MAÑANA (Hora Exacta), a realizarse en la Sala de Audiencias del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Tambopata, sito en Av.

Lunes, 4 de junio del 2018

Ernesto Rivero N° 722 - I Bloque, 3o Piso- de ésta ciudad; ello por haberse dispuesto en el Proceso Penal N° 00583-2018-0-2701-JR-PE-03, seguido en su contra, por la presunta comisión del delito de Incumplimiento de Obligación Alimentaria, en agravio de sus menores hijas Angeluz Adirana y Karen Fabiana Zapata, representadas por su progenitora Milusca Dolores Escalante Sequeiros. Puerto Maldonado, 30 de Mayo del 2018. J. S (04, 05, 06 JUN)

EDICTO

PUBLICACIÓN QUE SE EFECTUA DE CONFORMIDAD A LO DISPUESTO POR EL ART. 144 DE L .O.P.J. 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 00120-2017-0-1001-SP-LA-02 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO DEMANDADO : UGEL PARURO , DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION DEL CUSCO , DEMANDANTE : ZAMALLOA ESCALANTE, PEDRO NOLASCO Resolución Nro. 14 Cusco, 25 de mayo de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 7 del 31 de agosto de 2017 (folio 93 a 102) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en ponencia para que se revoque en parte la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Ttito Quispe; y la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de la bonificación diferencial”, para que se confirme la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFARO HERRERA, TTITO QUISPE.Nadhim Nicole Josselyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala. J. S (04, 05, 06 JUN)

EDICTO

2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 01867-2017-0-1001-JR-LA-05 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

DEMANDADO : PROCURADOR DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO , DIRECCION DE LA UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE CUSCO , DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION CUSCO , DEMANDANTE : VILLA QUISPE, BERNARDINA Resolución Nro. 10 Cusco, 25 de mayo de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 6 del 30 de octubre de 2017 (folio 119 a 129) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en ponencia para que se revoque en parte la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Ttito Quispe; y la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de la bonificación diferencial”, para que se confirme la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFARO HERRERA, TTITO QUISPE.Nadhim Nicole Josselyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala. J. S (04, 05, 06 JUN)

EDICTO

2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 02325-2017-0-1001-JR-LA-03 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO DEMANDADO : UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL CUSCO , DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION CUSCO , DEMANDANTE : MOLLO ROJAS, JAVIER ENRIQUE Resolución Nro. 10 Cusco, 25 de mayo de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 6 del 30 de noviembre de 2017 (folio 103 a 114) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en ponencia para que se confirme la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Ttito Quispe; y la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de la bonificación diferencial”, para que se revoque la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto; el artículo 141 del Texto

Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFARO HERRERA, TTITO QUISPE.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez ZevallosSecretaria de Sala. J. S (04, 05, 06 JUN)

EDICTO

2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 01571-2017-0-1001-JR-LA-03 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO DEMANDADO : GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO , DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION DEL CUSCO , DEMANDANTE : VALENZUELA CUEVA, ADRIAN Resolución Nro. 12 Cusco, 25 de mayo de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 8 del 28 de noviembre de 2017 (folio 118 a 132) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en ponencia para que se confirme la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Ttito Quispe; y la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de la bonificación diferencial”, para que se revoque la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo

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52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFARO HERRERA, TTITO QUISPE.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez ZevallosSecretaria de Sala. J. S (04, 05, 06 JUN)

EDICTO

2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 00884-2016-0-1001-JR-LA-03 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO DEMANDADO : PROCURADOR PUBLICO DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO , UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE URUBAMBA , DEMANDANTE : BEJAR MORMONTOY, LINO NICANOR Resolución Nro. 12 Cusco, 25 de mayo de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 8 del 26 de octubre de 2017 (folio 70 a 83) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en ponencia para que se confirme la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Ttito Quispe; y la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de la bonificación diferencial”, para que se revoque la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFARO HERRERA, TTITO QUISPE.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez ZevallosSecretaria de Sala. J. S (04, 05, 06 JUN)

EDICTO

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2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 00946-2017-0-1001-JR-LA-03 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO DEMANDADO : UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE ESPINAR , DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION DE CUSCO , DEMANDANTE : MERMA HUAYLLA, SIMONA Resolución Nro. 9 Cusco, 25 de mayo de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 5 del 26 de setiembre de 2017 (folio 85 a 93) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en ponencia para que se confirme la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Ttito Quispe; y la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en discordia para que se revoque la resolución antes mencionada; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFARO HERRERA, TTITO QUISPE.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez ZevallosSecretaria de Sala. J. S (04, 05, 06 JUN)

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2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 00701-2017-0-1001-JR-LA-03 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO DEMANDADO : DIRECTOR DE LA UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DEL CUSCO , DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION DEL CUSCO , DEMANDANTE : AZA GONZALES, CLEDY LUZ Resolución Nro. 16 Cusco, 25 de mayo de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 9 del 25 de setiembre de 2017 (folio 83 a 94) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en ponencia para que se confirme la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Ttito Quispe; y la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de la bonificación diferencial”, para que se revoque la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial,

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFARO HERRERA, TTITO QUISPE.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez ZevallosSecretaria de Sala. J. S (04, 05, 06 JUN)

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2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 00891-2017-0-1001-JR-LA-03 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO DEMANDADO : UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE CUSCO , DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION DEL CUSCO , DEMANDANTE : CCURO OLAVE, BERTHA Resolución Nro. 9 Cusco, 25 de mayo de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 5 del 27 de octubre de 2017 (folio 74 a 86) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en ponencia para que se confirme la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Ttito Quispe; y la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de la bonificación diferencial”, para que se revoque la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo

Lunes, 4 de junio del 2018

52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFARO HERRERA, TTITO QUISPE.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez ZevallosSecretaria de Sala. J. S (04, 05, 06 JUN)

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2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 04184-2017-0-1001-JR-LA-03 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO DEMANDADO : DIRECCION D ELA UGEL CUSCO , DEMANDANTE : QUISPE BACA, MARTHA Resolución Nro. 6 Cusco, 25 de mayo de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 3 del 29 de enero de 2018 (folio 60 a 74) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en ponencia para que se confirme la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Ttito Quispe; y la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en discordia para que se revoque la resolución antes mencionada; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFARO HERRERA, TTITO QUISPE.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez ZevallosSecretaria de Sala. J. S (04, 05, 06 JUN)

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2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 02755-2017-0-1001-JR-LA-05 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO DEMANDADO : DIRECCION REGIONAL DE EDUCA-

CION CUSCO , DEMANDANTE : SANCHEZ DE MOSCOSO, JENNIE AMERICA Resolución Nro. 7 Cusco, 25 de mayo de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 3 del 31 de octubre de 2017 (folio 53 a 61) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en ponencia para que se confirme la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Ttito Quispe; y la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de la bonificación diferencial”, para que se revoque la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFARO HERRERA, TTITO QUISPE.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez ZevallosSecretaria de Sala. Cusco, 1 de junio de 2018. J. S (04, 05, 06 JUN)

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CUADERNO DE DEBATES Nº 03495-2016-69-1001-JRPE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza a los procesados EUFRACIA TACURI MAMANI, JUAN QUISPE LAIME, ISAIAS LUNA TACURI, VICTOR QUISPE LAIME y PATRICIA LUNA TACURI, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA VIERNES 03 DE AGOSTO DEL 2018 A HORAS 08:30 A.M, la misma que se verificara la audiencia en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, sito en Av. El Sol S/N Palacio de Justicia - Cusco, segundo nivel del palacio de Justicia, por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 03495-2016-69-1001-JRPE-01, seguido en contra de los referidos imputados, como presuntos autores de la comisión del delito contra la vida, el cuerpo y la salud en su modalidad de homicidio, sub tipo homicidio calificado por ferocidad en agravio de Q.E.V.F, Inocencio Tacuri Mamani.Cusco, 01 de Junio del 2018.

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J. S (04, 05, 06 JUN)

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CUADERNO DE DEBATES Nº 04213-2017-15-1001-JRPE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza al procesado LIBIO HUAMAN CCALLO, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA JUEVES VEINTIOCHO DE JUNIO DEL 2018 A HORAS 08:00 DE LA MAÑANA (hora exacta); la misma que se verificara en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial del Cusco – B (sito en la Av. Sol S/N segundo piso). Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 04213-2017-15-1001-JR-PE-01, seguido como por la comisión del delito contra la libertad, en la modalidad de violación de la libertad sexual, sub tipo violación sexual en grado de consumado, en agravio de la menor de iníciales M.M.Q.Cusco, 01 de Junio del 2018. J. S (04, 05, 06 JUN)

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CUADERNO DE DEBATES Nº 04009-2017-33-1001-JRPE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza a la procesada HILDA NOA MERMA, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA VIERNES 21 DE SETIEMBRE DEL 2018 A HORAS 11:00 DE LA MAÑANA (hora exacta); la misma que se verificara en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial del Cusco – B (sito en la Av. Sol S/N segundo piso). Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 04009-2017-33-1001-JR-PE-01, seguido por la comisión del delito contra la vida el cuerpo y la salud en la modalidad de homicidio, sub tipo parricidio en grado de tentativa, en agravio del menor de iníciales M.M.P.N.Cusco, 01 de Junio del 2018. J. S (04, 05, 06 JUN)

NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO

A LAS PERSONAS DE GOVANNI ÁNGEL ROJAS CHALCO El Señor Juez del 3o Juzgado Unipersonal del Cusco, en el proceso Nro. 03952-2017-5 seguido contra GOVANNI ÁNGEL ROJAS CHALCO quien vienen siendo investigados por la presunta comisión del Delito Especifico de Conducción en Estado de Ebriedad en agravio del Estado, bajo la actuación del Especialista Legal Abog. Américo Jordán Chillitupa emplaza a la persona de GOVANNI ÁNGEL ROJAS CHALCO con el tenor de la siguiente resolución: RESOLUCIÓN N° 02: Cusco, veinticinco de mayo Del año dos mil dieciocho.PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Se registra en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe: SE RESUELVE: 1. DECLARAR FRUSTRADA la instalación de la presente audiencia por no haber sido notificado el imputado Govanni Ángel Rojas Chalco. 2. Se reprograma la presente audiencia para el DÍA 09 DE AGOSTO DEL 2018 A LAS 09:00 DE LA MAÑANA EN LA TERCERA SALA DE AUDIENCIAS DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO quedan notificados los presentes, subsisten los apercibimientos establecidos por ley.

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SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

3. Se dispone notificar al imputado en su domicilio consignado en autos sin perjuicio que sea notificado en su teléfono celular 971828200 y también mediante edictos 4. Asimismo se dispone notificar con esta resolución al defensor publico JOSÉ LUIS NINATAY ARCIGA a su casilla electrónica 50046 NOTIFICACIÓN: FISCAL: Conforme. DEFENSA PÚBLICA DEL IMPUTADO: Conforme. J. S (04, 05, 06 JUN)

NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO

A LA PERSONA DE RODOLFO PALOMINO PALMA Ante el Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria de Cusco, que despacha la señorita Juez Dra. Sandra Villa Humpiri, bajo la actuación de la Especialista de Juzgado Ingrid Christa Farfan Vargas de Urbiola, se viene tramitando el Proceso Penal signado Nro. 3470-2017-78-1001-JR-PE-05, seguido contra Rodolfo Palomino Palma por la presunta comisión del delito de Atentado contra Monumentos Arqueológicos, en agravio del Estado Peruano, se ha dispuesto la notificación vía edicto de: RESOLUCIÓN NRO.01 Cusco, once de Mayo del año dos mil diecisiete DADO CUENTA; Con el requerimiento fiscal de Acusación directa presentado por el Fiscal Provincial del Tercer Despacho de Investigación de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cusco; y; SE RESUELVE: 1. CORRER TRASLADO del requerimiento acusatorio, a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES, a efectos de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad (principio de oportunidad), 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio. Asimismo, conforme establece el fundamento trece, segundo párrafo del Acuerdo Plenario N° 06-2010/CJ-116; la victima podrá solicitar su constitución en actor civil. 2. NOTIFIQUESE al abogado de oficio designado para asumir el derecho de defensa del acusado, debiendo el defensor público asignado proceder a su apersonamiento inmediato, 3. CITAR para el día DIECISEIS DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a las ONCE HORAS (hora exacta) la realización de la audiencia preliminar de control de acusación en la Octava Sala de Audiencias de los Juzgados de Investigación Preparatoria de Cusco, ubicado en el inmueble N° 239 de la avenida el Sol de ésta ciudad, Corte Superior de Justicia del Cusco, la que se realizará con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado del acusado. 4. PRECÍSESE que la audiencia programada tiene el carácter de INAPLAZABLE, conforme el Artículo 85, inciso 1 del Código Procesal Penal, pudiendo la parte acusada concum’r con abogado defensor de libre elección, quien deberá estar debidamente preparado para asumir la defensa en acto de audiencia no siendo admisible ningún pedido de reprogramación; audiencia a la que las partes deberán concurrir; bajo apercibimiento, en caso de la inconcurrencia de la defensa pública de comunicarse tal hecho a la Dirección de su institución; y en caso de inconcurrencia injustificada del representante del Ministerio Publico comunicarse tal hecho a la Oficina de Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores de dicha institución. 5. NOTIFÍQUESE a las partes en sus respectivos domicilios procesales y reales señalados en autos. Regístrese y comuniquese.- 2. DESIGNAR abogado de oficio, para que asuma la defensa del acusado, al no contar con defensa técnica, para ello, OFICÍESE a la Coordinación de la Defensoría Pública adjuntando copia de actuados, a efectos de que proceda con la designa-

ción del número necesario de defensores públicos para ejercer la defensa del acusado(s), debiendo el defensor público asignado procederá su apersonamiento inmediato. RESUMEN DEL REQUERIMIENTO ACUSATORIO ALBERTO PÉREZ CÁRDENAS, Fiscal Provincial del Tercer Despacho de Investigación de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Cusco formula requerimiento acusatorio contra LEÓNIDAS LACAVERAZT GALINDO y RODOLFO PALOMINO PALMA como autores mediatos por la presunta comisión del delito contra el Patrimonio Cultural, en la modalidad de delitos contra Bienes Culturales, sub-tipo Atentado contra Monumentos Arqueológicos, ¡lícito previsto en el artículo 226° del Código Penal; solicitando se imponga la pena privativa de libertad para LEÓNIDAS LACAVERAZT GALINDO de 2 AÑOS Y11 MESES PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD y 119 DÍAS MULTA y para RODOLFO PALOMINO PALMA 4 AÑOS DE PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD y 170 DÍAS MULTA; así como se solicita el pago de SI. 2, 000 soles por cada uno de los hechos por concepto de reparación civil. J. S (04, 05, 06 JUN)

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SEÑORES: JUANA FRANCISCA HUALLPA CHACÓN Ante el tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Cusco, que despacha el señor Juez Dr. Guido Castillo Lira, bajo la actuación de la Especialista de Juzgado Johanna Alexandra Almanza Chevarria, se ha presentado el proceso penal que ha sido signado con el N° 0741-2018-0-1001-JR-PE-03,Seguido contra JUANA FRANCISCA HUALLPA CHACÓN, por la presunta comisión del delito de agresiones en contra de las mujeres o integrantes del grupo familiar en agravio de PABLO HANCCO HUISA, se ha dispuesto. NOTIFÍCAR: a la imputada JUANA FRANCISCA HUALLPA CHACÓN, con el requerimiento de Acusación Directa , que indica lo siguiente: REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN DIRECTA: El cuarto despacho de la Tercera Fiscalía Penal Corporativa de cusco , a tenor de lo establecido en el artículo 349° y el inciso 4o del artículo 336’A del Código Procesal Penal, FORMULO REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN DIRECTA, contra JUANA FRANCISCA HUALLAPA CHACÓN, en calidad de AUTORA DIRECTO de la comisión del delito contra la Vida, el Cuerpo y la Salud, en la modalidad de Lesiones, sub tipo AGRESIONES EN CONTRA DE LOS INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR, previsto y sancionado en el primer párrafo del artículo 122o-B del Código Penal, en agravio de PABLO HANCCO HUISA. DE LA PENA: El Cuarto Despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cusco, con criterio de objetividad SOLICITA que se imponga a la acusada UN AÑO DE PENA PRIVATIVA DE LA LIBERTAD, en su condición de AUTORA del Delito contra la Vida el Cuerpo y la Salud, en la modalidad de lesiones, tipo específico AGRESIONES EN CONTRA DE INTEGRANTES DE UN GRUPO FAMILIAR, previsto en el artículo 122-B del Código Penal, en agravio de PABLO HANCCO HUISA. DE LA REPARACIÓN CIVIL: Cabe precisar que la fijación de la reparación civil también obedece a criterios de racionalidad, objetividad y proporcionalidad; en tal sentido, considerando que por la comisión del delito imputado se ha causado lesiones a la persona en cuanto a su integridad física o corporal, siendo necesario resarcirlo o reponerlo aun si ello pueda ser posible solo en parte. Este Despacho Fiscal, solicita el pago de una REPARACIÓN CIVIL ascendente a la suma de SI. 400.00 (CUATROSCIENTOS Y 00/100 SOLES) que el acusado deberá pagar a favor de PABLO HANCCOHUISA. RESOLUCIÓN N°1: SE RESUELVE: 1. CORRER TRASLADO del requerimiento acusatorio, a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES, a efectos de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una

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medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad (principio de oportunidad), 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio. Asimismo, conforme establece el fundamento trece, segundo párrafo del Acuerdo Plenario N° 06 2010/CJ-116; la victima podrá solicitar su constitución en actor civil. RESOLUCIÓN N° 3 PARTE RESOLUTIVA: REPROGRAMESE LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DÍA 13 DE 1ULIO DEL AÑO 2018 A HORAS 10:00 AM EN LA NOVENA SALA DE AUDIENCIAS DE ESTA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO. EDICTO PENAL SEÑORES: ISIDRO CRISPIN GONZALO y ALEJANDRINA CONDORI CONTRERAS Ante el Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria de Cusco, que despacha la señora Juez Dra. Sandra Villa Humpiri, bajo la actuación de la Especialista de Juzgado Johanna Alexandra Almanza Chevarria, se ha presentado el proceso penal que ha sido signado con el N° 01884-2018-0-1001-JR-PE-05, Seguido contra ISIDRO CRISPIN GONZALO, por la presunta comisión del delito de agresiones en contra de las mujeres o integrantes del grupo familiar en agravio de ALEJANDRINA CONDORI CONTRERAS, se ha dispuesto. NOTIFICAR: al imputado ISIDRO CRISPIN GONZALO, y a la agraviada ALEJANDRINA CONDORI CONTRERAS, con el requerimiento de Acusación Directa , que indica lo siguiente: REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN DIRECTA: ANGELA MARÍA PAREDES MENDOZA Fiscal Provincial del Tercer Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal de Cusco, con domicilio procesal en la Av. Pedro Vlica Apaza N° 313 {cuarto piso) del Distrito de Wanchaq de esta ciudad, con casilla electrónica 55808; en la Investigación seguida contra Isidro Crispín Gonzalo por el delito de Agresiones contra integrantes del grupo familiaA en agravio Alejandrina Condori Contreras. DE LA PENA: en el caso del acusado /sidra Crispín Gonzalo, se puede concluir que concurre la circunstancia atenuante referida a la carencia de antecedentes penales prevista en el Inciso 1) literal a) del artículo 46 del Código Penal, correspondiendo en consecuencia solicitar la pena dentro del tercio inferior de la pena establecida para el delito materia de acusación; por lo que este Despacho Fiscal solicita la pena de UN AÑO DE PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD efectiva en su ejecución por el mismo plazo de la condena e INHABILITACIÓN por el plazo de UN AÑO de conformidad con lo establecido en el inciso 11 del artículo 36 del Código Penal consistente en la prohibición de aproximarse o comunicarse con la víctima. DE LA REPARACIÓN CIVIL: Conforme a lo prescrito por el artículo 92° del Código Penal, todo delito acarrea como consecuencia no sólo la imposición de una pena, sino también puede dar lugar al surgimiento de responsabilidad civil por parle del autor, es así que la reparación civil debe tender a compensar de alguna manera dicho agravio, fijándose prudencialmente de acuerdo a la magnitud del mismo; es que el monto de la reparación civil que solicita este Ministerio al acusado Isidro Crispín Gonzalo quien deberá pagar a favor de la agraviada Alejandrina Condori Contreras la suma de CUATROCIENTOS SOLES (S/, 400.00). RESOLUCIÓN N° 1: Cusco, cinco de abril del dos mil dieciocho SE RESUELVE: 1. CORRER TRASLADO del requerimiento acusatorio, a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES, a efectos de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad (principio de oportunidad), 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos

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La República

acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio. Asimismo, conforme establece el fundamento trece, segundo párrafo del Acuerdo Plenario N° 06-2010/CJ-116; la victima podrá solicitar su constitución en actor civil. RESOLUCIÓN N° 3 cusco, veintidós de mayo del año dos mil dieciocho. SE REPROGRAME LA PRESENTE AUDIENCIA PARA FECHA 06 DE IUL1Q DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS 15:00 PM LA MISMA QUE SE REALIZARA EN LA OCTAVA SALA DE AUDIENCIAS DE ESTA MISMA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO. J. S (04, 05, 06 JUN)

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

se viene tramitando el Proceso Penal signado con el Nro. 29-2013-05-NCPP, seguido contra YERKO MIRKO ZAVALETA OTAIU, por la presunta comisión del Delito de delitos cometidos por funcionarios públicos, en agravio del Jurado nacional de Elecciones, en la cual se ha dispuesto la notificación vía edicto al imputado YERKO MIRKO ZAVALETA OTAIU. a fin de que concurra con su abogado de su libre elección a LA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN REPROGRAMADA PARA EL DÍA DIECINUEVE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A ONCE Y TREINTA DE LA MAÑANA en el Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Maranura, bajo apercibimiento de designarse un defensor de oficio. Maranura, 25 de mayo del 2018. J. S (04, 05, 06 JUN)

EDICTO PENAL DE NOTIFICACIÓN

El Juzgado Penal Unipersonal de la provincia de Quispicanchis, en el proceso penal N° 00311-2016-97-1014-JRPE-01; seguido contra EDGAR YUPANQUI POCCO por ia comisión del delito de OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR en agravio de ROSSMERY ALVAREZ AGUILAR, se ha dispuesto mediante resolución N° 07 dictada en audiencia pública de fecha 29 de mayo de 2018, la NOTIFICACIÓN POR EDICTO a EDGAR YUPANQUI POCCO, a fin de que concurra a la AUDIENCIA PÚBLICA señalada para el día DIEZ DE JULIO DE DOS MIL DIECIOCHO a HORAS DOS CON TREINTA MINUTOS DE LA TARDE, que se llevara a cabo en la sede judicial de Urcos de la ciudad de Cusco; Del que doy fe: Urcos, 30 de mayo de 2018. J. S (04, 05, 06 JUN)

EDICTO PENAL

Proceso Penal Nro.: 00957-2008-0-1007-SP-PE-01. SALA MIXTA, PENAL LIQUIDADORA Y DE APELACIONES DE CANCHIS - SICUANI. Secretario: Moisés Palomino Tunqui. Se cita y emplaza al acusado AUSENTE: MIGUEL CJUNO ARMENDARIS; para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, por el delito de Homicidio Calificado y otro, en agravio de Q.E.V.F. Laureana Saraya Ttito de Quispe. Sicuani, 28 de mayo de 2018. J. S (04, 05, 06 JUN)

EDICTO PENAL

EXPEDIENTE: Nro : 01279-2014-15- 700 7-JR-PE-02 PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: Marleny Sarayasy Gómez. Se cita y emplaza al (los) acusados: FREDY SILVA ESTRADA con DNI23976819 Para que se ponga a derecho y se defienda sobre los cargos que se le atribuye por la comisión del delito Usar en Provecho Propio o de otro el Patrimonio de Persona Jurídica en agravio de ia APV Nuevo Amanecer Res. Nro. 26 Cusco, once de mayo del año dos mil diecisiete, Se dispone REPROGRAMAR la audiencia de Juicio Oral que se realizar el día OCHO DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA ( hora exacta); ACTO QUE TENDRÁ LUGAR EN LA DECIMA SALA PENAL DE AUDIENCIAS del Palacio de Justicia DEL MÓDULO PENAL. Subsistiendo los apercibimientos de ley, notifíquese a las partes procesales. Cusco, 01 de junio del 2018. J. S (04, 05, 06 JUN)

NOTIFICACION VÍA EDICTO

A LA PERSONA DE YERKO MIRKO ZAVALETA OTAZU Ante el Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Maranura que despacha el Juez Supernumerario Francisco Ponce Atencio, bajo la actuación de la Especialista de Juzgado Betsy Rocio Séneca Condori,

NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO

A LA PERSONA DE FLORENTINO PEÑA AGUILAR Ante el Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Maranura que despacha el Juez Supernumerario Francisco Ponce Atencio, bajo la actuación de la Especialista de Juzgado Betsy Rocío Séneca Condori, se viene tramitando el Proceso Penal signado con el Nro. 29-2013-05-NCPP, seguido contra FLORENTINO PEÑA AGUILAR, por la presunta comisión del Delito de delitos cometidos por funcionarios públicos, en agravio del Jurado nacional de Elecciones, en la cual se ha dispuesto la notificación vía edicto al imputado FLORENTINO PEÑA AGUILAR, a fin de que concurra con su abogado de su libre elección a LA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN REPROGRAMADA PARA EL DÍA DIECINUEVE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A ONCE Y TREINTA DE LA MAÑANA en el Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Maranura, bajo apercibimiento de designarse un defensor de oficio. Maranura, 25 de mayo del 2018. J. S (04, 05, 06 JUN)

NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO

A LA PERSONA DE CARMEN YOVANA CASTRO FARFAN Ante el Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Maranura que despacha el Juez Supernumerario Francisco Ponce Atencio, bajo la actuación de la Especialista de Juzgado Betsy Rocio Séneca Condori, se viene tramitando el Proceso Penal signado con el Nro. 29-2013-05-NCPP, seguido contra CARMEN YOVANA CASTRO FARFAN por la presunta comisión del Delito de delitos cometidos por funcionarios públicos, en agravio del Jurado nacional de Elecciones, en la cual se ha dispuesto la notificación vía edicto al imputado CARMEN YOVANA CASTRO FARFAN, a fin de que concurra con su abogado de su libre elección a LA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN REPROGRAMADA PARA EL DÍA DIECINUEVE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A ONCE Y TREINTA DE LA MAÑANA en el Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Maranura, bajo apercibimiento de designarse un defensor de oficio. Maranura, 25 de mayo del 2018. J. S (04, 05, 06 JUN)

EDICTO JUDICIAL

A LA PERSONA DE EDGAR CECILIO TORRES NAJAR Ante el Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Maranura que despacha el Juez Supernumerario Francisco Ponce Atencio, bajo la actuación de la Especialista de Juzgado Betsy Roció Séneca Condori, se viene tramitando el Proceso Penal signado con el Nro. 29-2013-05-NCPP, seguido contra FLORENTINO PEÑA AGUILAR, por la presunta comisión del Delito de delitos cometidos por funcionarios públicos, en agravio del Jurado nacional de Elecciones, en la cual se ha dispuesto la notificación vía edicto al imputado FLORENTINO PEÑA

Lunes, 4 de junio del 2018

AGUILAR, a fin de que concurra con su abogado de su libre elección a LA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN REPROGRAMADA PARA EL DÍA DIECINUEVE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A ONCE Y TREINTA DE LA MAÑANA en el Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Maranura, bajo apercibimiento de designarse un defensor de oficio. Maranura, 25 de mayo del 2018 J. S (04, 05, 06 JUN)

NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO

A LA PERSONA DE MAMERTO JOSÉ CÉSPEDES HUAMANÑAHUI Ante el Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Maranura que despacha el Juez Supernumerario Francisco Ponce Atencio quien se avoca del conocimiento del presente proceso por disposición superior, bajo la actuación de la Especialista de Juzgado Betsy Rocio Séneca Condori, se viene tramitando el Proceso Penal signado con el Nro. 29-2017-NCPP, seguido contra MAMERTO JOSÉ CÉSPEDES HUAMANÑAHUI. por la presunta comisión del Delito contra la vida el cuerpo y la salud en la modalidad de lesiones, sub tipo lesiones culposas en agravio de Heyli Mayeli Aroste Lima, Rosmeri Cornejo Paullo y Rayssa Jimena Kashiari Yoveni y Kimberly Yandira Barrientos Salas, en la cual se ha dispuesto en audiencia de control de acusación, la notificación vía edicto al imputado MAMERTO JOSÉ CÉSPEDES HUAMANÑAHUI, a fin de que concurra con su abogado de su libre elección a LA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN REPROGRAMADA PARA EL DÍA VEINTIOCHO DE JUNIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS NUEVE DE LA MAÑANA en el Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Maranura, bajo apercibimiento de designarse un defensor de oficio. Maranura, 29 de mayo del 2018 J. S (04, 05, 06 JUN)

NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO

A LA PERSONA DE ROSMERY CORNEJO PAULLO Ante el Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Maranura que despacha el Juez Supernumerario Francisco Ponce Atencio quien se avoca del conocimiento del presente proceso por disposición superior, bajo la actuación de la Especialista de Juzgado Betsy Roció Séneca Condori, se viene tramitando el Proceso Penal signado con el Nro. 29-2017-NCPP, seguido en agravio de ROSMERY CORNEJO PAULLO Y HEYU AROSTE LIMA REPRESENTADA POR ADELAIDA PAULLO CASTILLO, por la presunta comisión del Delito contra la vida el cuerpo y la salud en la modalidad de lesiones, sub tipo lesiones culposas contra MAMERTO JOSÉ CÉSPEDES HUAMANÑAHUI. en la cual se ha dispuesto en audiencia de control de acusación, la notificación vía edicto a las agraviadas ROSMERY CORNEJO PAULLO Y HEYU AROSTE LIMA REPRESENTADA POR ADELAIDA PAULLO CASTILLO, a fin de que concurra con su abogado de su libre elección a LA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN REPROGRAMADA PARA EL DÍA VEINTIOCHO DE JUNIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS NUEVE DE LA MAÑANA en el Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Maranura, bajo apercibimiento de designarse un defensor de oficio. Maranura, 29 de mayo del 2018. J. S (04, 05, 06 JUN)

NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO

A LA PERSONA DE FRANKLIN FERMÍN COLLANTES CAJAMARCA Ante el Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Maranura que despacha el Juez Supernumerario Francisco Ponce Atencio quien se avoca del conocimiento del presente proceso por disposición superior, bajo la actuación de la Especialista de Juzgado Betsy Roció Séneca Condori, se viene tramitando el Proceso

Penal signado con el Nro. 46-2017-NCPP, seguido contra FRANKLIN FERMÍN COLLANTES CAJAMARCA. por la presunta comisión del Delito de Conducción en estado de ebriedad o drogadicción en agravio de La Sociedad, en la cual se ha dispuesto en audiencia de control de acusación de fecha 23 de octubre del 2017, la notificación vía edicto al imputado FRANKLIN FERMÍN COLLANTES CAJAMARCA. a fin de que concurra con su abogado de su libre elección a LA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN REPROGRAMADA PARA EL DÍA TRES DE JULIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS ONCE DE LA MAÑANA en ei Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Maranura, bajo apercibimiento de designarse un defensor de oficio. Maranura, 05 de abril del 2018. J. S (04, 05, 06 JUN)

EDICTO PENAL

JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CANCHIS – SICUANI EXPEDIENTE PENAL N° 00067-2017-44-1007-JRPE-01 JUEZ Dr. GUALBERTO SERRANO TRUJILLO Se cita y emplaza a MANUEL PILCO MAQUERA, para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso penal que se le sigue, por el delito Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud, en su modalidad de Lesiones, tipo específico LESIONES CULPOSAS GRAVES, en agravio de los herederos legales de Q.E.V.F. RAMÓN LIPA QUISPE, conforme lo dispuesto en la resolución N° 01 de fecha 23 de mayo del año 2018. Y comparecer a la audiencia que se llevará a cabo el día VEINTIUNO DE JUNIO DEL AÑO 2018, A HORAS 09:00 DE LA MAÑANA en la Tercera Sala de Audiencias del Juzgado Unipersonal de la Provincia de Canchis - Sicuani: Asimismo, se notifica con un extracto de la resolución No. 01 auto de citación a juicio oral de fecha 23 de mayo del año 2018. “CITAR A JUICIO ORAL, en la presente causa seguida contra MANUEL PILCO MAQUERA, como presunto autor del delito Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud, en su modalidad de Lesiones, tipo específico LESIONES CULPOSAS GRAVES, tipificado en el primer y segundo párrafo del artículo 124 del Código Penal, concordado con el numeral tercero del artículo 121, en agravio de los herederos legales de Q.E.V.F. RAMÓN LIPA QUISPE”. Sicuani, 30 de mayo del 2018. J. S (04, 05, 06 JUN)

EDICTO PENAL

SEÑORES: JHON HURTADO QUISPE YESS1 PAMELA BRAVO BAUTISTA La señora Jueza del Sexto juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dra. Sánchez Farfán, en el proceso Nro 3161-2018-0-1001-JR-PE-06, seguido contra Jhon Hurtado Quispe, por el delito de Lesiones, en agravio de Yessi Pamela Bravo Bautista, bajo la actuación del especialista Judicial Abog. Rodríguez Ugarte, se ha dispuesto notificarle con la Resolución N° 01 del 10/05/18 y el extracto de la acusación fiscal cuyo contenido es el siguiente: REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN.- El 4to Despacho de la 3ra FPPC de Cusco, formula ACUSACIÓN DIRECTA contra: Jhon Hurtado Quispe, por el delito de Agresiones contra Integrantes del Grupo Familiar, en agravio de Yessi Pamela Bravo Bautista, respecto de los hechos ocurridos en fecha 31/03/18; se solicita contra el acusado 01 AÑO Y 08 MESES DE PPL y el pago de S/. 800.00 soles por concepto de REPARACIÓN CIVIL a favor de la agraviada. RESOLUCIÓN NRO. 01, Cusco. 14/05/18.- DADO CUENTA: Con el requerimiento fiscal de Acusación Directa; SE DISPONE: 1. CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBILES, para que en forma escrita con abogado defensor puedan de considerarlo contradecir la acusación (...). Asimismo considerando los principios de economía

Lunes, 4 de junio del 2018

y celeridad procesal SE DISPONE: 1. CITAR a las partes procesales para el día VEINTIUNO DE IUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a las DIEZ HORAS (hora exacta) la realización de la audiencia preliminar de control de acusación en la SEXTA SALA DE AUDIENCIAS (...). 2. SE PRECISA que en virtud del artículo 85.1 del C.P.P. la presente audiencia es de carácter INAPLAZABLE. 3. (...). 4. Al ser inaplazable la audiencia, la inasistencia del abogado defensor particular de la parte imputada determina que se le excluya del proceso a dicho abogado y se designe UN DEFENSOR PUBLICO a efecto de que asuma la defensa técnica del imputado (...). 5. Nolifíquese la presente resolución a la parte imputada en su domicilio real a fin de que conozca los apercibimientos dispuestos, esto es, que si su abogado no concurre a la audiencia de control de acusación se dispondrá en dicha audiencia que un abogado del Estado lo defienda en el proceso (...). 6. SE REQUIERE a las partes procesales (...) CUMPLAN CON SEÑALAR LA CASILLA ELECTRÓNICA correspondiente (...) 7. NOTIFIQUESE a las partes mediante la publicación de edictos (...) Lo que notifico a Usted, Media Firma de la Señora Jueza Dra. Zulay Sánchez Farfán, ante mi F. Eduardo Rodríguez Ugarte, de que doy fe. Cusco, 14 de mayo del 2018. J. S (04, 05, 06 JUN)

NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIAL

A LA PERSONA DE: TULA CAMPANA GUZMAN Y DOMITILA VENTURA CARRION. Por ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Wanchaq, bajo el Despacho del señor Juez Dr. Rafael Enrique Sierra Casanova y la actuación de la Especialista Legal Abog. María Eddie Zulema Villarroel Ccaso, se tramita el proceso N° 265-2017-0- 1023-JP-FC -02 seguido en contra de Tula Campana Guzmán en agravio de Domitila Ventura Carrion sobre faltas contra la persona, se ha dispuesto la notificación vía edicto judicial de la Resolución Nro.03 de fecha 28 de mayo del 2018.- “Wanchaq, 28 de mayo del 2018.-Asume la tramitación el señor Juez titular en cumplimiento a la Rs. Adm. N° 188-2018-PCSJCU-PJ. I. VISTO: DE OFICIO el presente proceso, y en atención a los siguientes, II. FUNDAMENTOS: I.- De conformidad a lo previsto en el artículo 484.1 del Código Procesal Penal para instalar la audiencia necesariamente se requiere la presencia del imputado, por lo que ante su inconcurrencia esta no se puede llevar a cabo. Correspondiendo su reprogramación. 2.- De otro lado, conforme a la constancia de devolución por la central de notificaciones respecto a la notificación de la imputada esta no ha sido diligenciada por falta de ubicación de su domicilio (fojas 17) por lo que NO es posible el apercibimiento dictado sin disponer su notificación vía telefónica y mediante edicto judicial. DECISIÓN: Estando a los fundamentos expuestos, al amparo de las facultades conferidas a este despacho por el artículo 138 de la Constitución Política del Estado, se resuelve REPROGRAMAR la presente audiencia para el 2 de JULIO de 2018 a las 09:00 AM. a realizarse ante este mismo despacho, debiendo acudir las partes con sus abogados defensores. REITERANDO que en caso de inconcurrencia la imputada Tula Campana Guzmán SERA conducida compulsivamente por grado y fuerza a este despacho para la audiencia programada con apoyo de la Policía Nacional del Perú. REQUERIR a ambas partes -agraviada e imputada- que se presenten a la audiencia con sus abogados defensores cada uno, así como con los medios probatorios que consideren pertinente actuar. NOTD7IQUESE a las partes procesales vía telefónica y a la imputada mediante edicto judicial. H.S.” la misma que se pone de conocimiento del interesado, para los fines consiguientes de ley. Wanchaq, 28 de mayo del 2018. J. S (04, 05, 06 JUN)

EDICTO JUDICIAL

Se hace constar que ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Santiago, bajo la dirección del Juez Manuel

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

Sánchez Kcana, con la actuación de la Secretaria Judicial Flor de María Espinoza Joyas, se viene tramitando el proceso N° 3731-2017-PE, seguido por faltas contra la Persona en la modalidad de Lesiones Dolosas contra la imputada SERAFINA GAAAARRA TUIRO EN AGRAVIO DE LUZ AAERY GONZALES GAAAARRA REPRESENTA DA POR LUZ AAARIA GONZALES HUAAAÁN, para cuyo efecto se ha reprogramado la verificación de la audiencia única el día SEIS DE JUNIO DEL AÑO DOS AAIL DIECIOCHO A HORAS TRES AAY DIEZ DE LA TARDE EN EL LOCAL DEL JUZGADO-AAODULO BÁSICO DE SANTIAGO; oportunidad en que el imputado deberá concurrir acompañado de su abogado defensor, se decreta que en caso de inconcurrencia de la denunciante se dará por desistida tácitamente de su denuncia y se dispondrá el archivamiento del proceso. Se publica el presente EDICTO JUDICIAL para los fines de ley. Santiago, 28 de mayo del 2018.

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO SEGUNDA SALA PENAL DE APELACIONES DE CUSCO ROL DE AUDIENCIAS PÚBLICAS Y PRIVADAS LUNES 04 DE JUNIO DE 2018

HORA

LUGAR

N° CAUSA

TIEMPO DE DURACION

DELITO (s)

AGRAVIADO (a)

ACTO IMPUGNADO

JUEZ SUPERIOR PONENTE

IMPUGNANTE

PROCEDENCIA

Álvarez-FarfánAndrade

Justo Quispe Ccori

Primer Juzg. De Investigación Preparatoria de Urubamba

Álvarez-FarfánAndrade

Patricio Ruthmar Pérez Escobar, Fabricio Pérez Escobar y Daniel Antonio Miranda Yari

Tercer Juzgado penal unipersonal de Cusco

Álvarez-FarfánAndrade

Cesar Anibal Gómez Quispe

Álvarez-FarfánAndrade

Elsa Alegría Causto

08:30

SEDE

236-2017-8

10 minutos

Justo Quispe Ccori y otros

Usurpación

Santusa pfuyo Arones

08:40

SEDE

2343-2014-13

10 minutos

Patricio Ruthmar Pérez Escobar, Fabricio Pérez Escobar y Daniel Antonio Miranda Yari

Lesiones graves

Daniel Antonio Miranda Yari y Patricio Ruthmar Pérez Escobar

Lectura de sentencia

08:50

SEDE

11-2018-36

20 minutos

Cesar Anibal Gómez Quispe

Apropiación ilícita

09:10

SEDE

78-2018-1

20 minutos

Elsa Alegría Causto

Estafa simple

09:30

SEDE

3981-2016-11

1 hora

10:30

SEDE

1627-2014-20

1 hora

11:30

SEDE

869-2014-41

1 hora

12:30

SEDE

038-2018-0

30 minutos

HORA

LUGAR

N° CAUSA

TIEMPO DE DURACION

EDICTO JUDICIAL

Benjamin Segundo Pinto, Peculado doloso Eder Yamil Palomino Espinoza

Auto infundada excepción de Ubher Sotomayor improcedencia de Paucar acción Auto infundada excepción de Corina Fernanda improcedencia de Alvarez Nuñez acción

El Estado

Sentencia condenatoria

Álvarez-FarfánAndrade

Juzg. De Investigación Preparatoria de Urubamba Juzg. De Investigación Preparatoria de Urubamba

Benjamin Cuarto Juzg. Penal Segundo Pinto, Unipersonal de Eder Yamil Cusco Palomino Espinoza Segundo Juzg. Penal Unipersonal de Cusco Juzg. Penal Colegiado de Cusco

Yalex Cusi Hacho

Lesiones graves

Judith Jackeline Quenaya Huamani

Sentencia condenatoria

Álvarez-FarfánAndrade

Yalex Cusi Hacho

Raul Subleto Huillca

Violación sexual agravada

T.Q.T.

Sentencia condenatoria

Álvarez-FarfánAndrade

Raul Subleto Huillca

JUSTO CAHUA LLACTA

Lectura de sentencia

Álvarez-FarfánAndrade

JUSTO CAHUA LLACTA Y REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PÚBLICO

Juzgado penal unipersonal de Urubamba

IMPUGNANTE

PROCEDENCIA

JOSÉ RODRIGUEZ VALLE, LUCIO ESCOBEDO GAMARRA, TURBACIÓN DE LA DIÓGENES POSESIÓN ESCOBEDO ÁLVAREZ, LUIS SILVA SOLÍS Y EDWIN AVILÉS SOLÍS

ROL DE AUDIENCIAS PÚBLICAS Y PRIVADAS MARTES 05 DE JUNIO DE 2018

08:30

QUENCORO

1973-2013

09:30

QUENCORO

432-2016-39

11:30

QUENCORO

3020-2018-95

HORA

LUGAR

N° CAUSA

ACTO JUEZ SUPERIOR DELITO (s) AGRAVIADO (a) IMPUGNADO PONENTE José Emilio Marroquín Sarmiento, Yhon Sentencia Álvarez-FarfánCarlos Challco colusión agravada El Estado 1 hora condenatoria Andrade Tupacyupanqui, Juan Carlos Luque Cutipa y José Luis Rodríguez Anaya Jorge Eulogio Tecsi Costillo, trata de personas Sentencia Álvarez-FarfánCésar André NSB, PFL y MQG 2 horas agravado condenatoria Andrade Zuloaga Araoz, Mishelle Andrea Chávez Sotelo ERICK JHON VILLANUEVA Auto fundada Álvarez-FarfánPeculado doloso El Estado 30 minutos LOAIZA y RUIZ prisión preventiva Andrade ESCOBEDO SAIRE ROL DE AUDIENCIAS PÚBLICAS Y PRIVADAS MIÉRCOLES 06 DE JUNIO DE 2018 IMPUTADO (a)

TIEMPO DE DURACION

IMPUTADO (a)

DELITO (s)

AGRAVIADO (a)

08:00

SEDE

4427-2016-29

1 hora

Edison Vargas Estrada

08:30

SEDE

205-2017-19

20 minutos

Moisés Bendezú Sandoval, Julián Quispe Anchaya

Falsificación de documentos y uso de documento falso y otro

El Estado

08:50

SEDE

1898-2015-39

20 minutos

Miguel Aquilino Espinoza Rojas

Violación sexual de perssona en estado de inconsciencia

menor de iniciales J.C.R.

09:10

SEDE

1120-2018-94

20 minutos

Felix Minanqui Pfocco

J. S (04, 05, 06 JUN)

EDICTO PENAL

Expediente: 00645-2015-70-1001-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DELITOS AMBIENTALES Secretario: Zenaida Gonzáles Yucra. Se cita y emplaza a EDWIN FERNANDO CERRILLO ZAPANA; para que se ponga a derecho el dia VEINTIOCHO DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a las OCHO HORAS (hora exacta) en la PRIMERA SALA de audiencias ubicado en el tercer nivel del Palacio de Justicia del Cusco, y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito Contra los Recursos Naturales, en su modalidad de Trafico de Productos maderables protegidos por la Legislación Nacional sub tipo Transportar Productos Maderables Protegidos por Ley sin autorización , en agravio del Estado Peruano representado por el Procurador Publico del Ministerio del Ambiente. Cusco, 30 de mayo de 2018.

IMPUTADO (a)

Auto dfundada consittución en actor civil

J. S (04, 05, 06 JUN)

Se hace constar que ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Santiago, bajo la dirección del Juez Manuel Sánchez Kcana, con la actuación de la Secretaria Judicial Flor de María Espinoza Joyas, se viene tramitando el proceso N° 2448-2016-PE, seguido por faltas contra la Persona en la modalidad de Lesiones Dolosas contra los imputados/agraviados CLOTILDE CECILIA CABRERA CALSINA Y FÉLIX MÁXIMO HUALLPA LICONA, para cuyo efecto se ha reprogramado la verificación de la audiencia única el día VEINTIOCHO DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOCE DEL DÍA EN EL LOCAL DEL JUZGADO-MODULO BÁSICO DE SANTIAGO; oportunidad en que el imputado deberá concurrir acompañado de su abogado defensor, se decreta que en caso de inconcurrencia de la denunciante se dará por desistida tácitamente de su denuncia y se dispondrá el archivamiento del proceso. Se publica el presente EDICTO JUDICIAL para los fines de ley. Santiago, 21 de mayo del 2018.

15

09:30

SEDE

943-2012-65

1 hora

10:30

SEDE

1025-2012-95

1 hora

12:30

SEDE

246-2017-0

20 minutos

HORA

LUGAR

N° CAUSA

TIEMPO DE DURACION

Desobediencia a la Juzgado Mixto de autoridad Wanchaq

Actos contra el Menor de iniciales pudor en menores LULETTMA y otras

Santusa Alejandrina López Contaminación de Valderrama, atmósfera Germán Molero mediante Dueñas y Joaquín emisiones de Jesús Ricalde ruido Palma

Oscar Eduardo Cornejo Sayra, Roberto Nieto Fernández, Juan Cancio Tejada Apaza

Contaminación de atmósfera mediante emisiones de ruido

Leonidas Segundo Lazo Alvarez, Abel Peculado doloso, Dueñas peculado culposo Cusihuallpa, y falsificación de Victoria Aparicio documento Huacarpuma, privado Daniel Cayo Palomino y otros

José Emilio Marroquín Quinto Sarmiento, Yhon JuzgadoPenal Carlos Challco Unipersonal de Tupacyupanqui, Cusco Juan Carlos Luque Cutipa y José Luis Rodríguez Anaya Jorge Eulogio Juzgado Penal Tecsi Costillo, Colegiado César André Supraprovincial de Zuloaga Araoz, Cusco Mishelle Andrea Chávez Sotelo Primer Juzgado de ERIK JHON Investigación VILLANUEVA Preparatoria de LOAIZA Cusco

ACTO IMPUGNADO

JUEZ SUPERIOR PONENTE

IMPUGNANTE

PROCEDENCIA

Lectura de sentencia

Álvarez-FarfánAndrade

Edison Vargas Estrada

Cuarto juzgado penal Unipersonal de Cusco

Auto infundada excepción de improcedencia de acción

Álvarez-FarfánAndrade

Julián Quispe Anchaya

Primer Juzg. De Investigación Preparatoria de Machupicchu

Álvarez-FarfánAndrade

Representante del Ministerio Público

Auto fundado beneficio penitenciario de semilibertad Auto improcedente nulidad

Álvarez-FarfánAndrade

Felix Minanqui Pfocco

Quinto Juzgado de Invest. Preparatoria de Cusco Juzg. Penal Colegiado de Cusco

Carlos Alberto Felix Cavero y El Estado

Sentencia absolutoria

Álvarez-FarfánAndrade

Representante de la Procuraduría pública, Santusa Alejandrina Lopez Segundo Juzg. Valderrama, Penal Unipersonal Sociedad Mutua de Cusco de Empleados de Cusco, Carlos Alberto Felix Cavero

El Estado

Sentencia absolutoria

Álvarez-FarfánAndrade

representante del Ministerio Publico

Estado Peruano

Lectura de sentencia

Álvarez-FarfánAndrade

Representante de Primer juzgado la procuraduria penal unipersonal anticorrupción de Sicuani descentralizada de Cusco

Juzg. Penal Ambiental Unipersonal de Cusco

ROL DE AUDIENCIAS PÚBLICAS Y PRIVADAS JUEVES 07 DE JUNIO DE 2018

IMPUTADO (a)

DELITO (s)

AGRAVIADO (a)

ACTO IMPUGNADO

JUEZ SUPERIOR PONENTE

IMPUGNANTE

Ana Maria Torre viuda de Iturriaga

auto infundada ministración provisional

Álvarez-FarfánAndrade

Ana Maria Torre viuda de Iturriaga

Álvarez-FarfánAndrade

Ciriaco Condori Cruz

Álvarez-FarfánAndrade

Asociación Arariwa

Álvarez-FarfánAndrade

Karin Pino Farfán

08:10

SEDE

140-2017-36

20 minutos

Carla Luana Palma Escobar y otros

Usurpación agravada

08:30

SEDE

99-2018-91

20 minutos

Ciriaco Condori Cruz

Usurpación de funciones

08:50

SEDE

254-2014-76

20 minutos

Omar Valdivia Arana

Apropiación Ilícita común

09:10

SEDE

4253-2017-43

20 minutos

Karin Pino Farfán

Fraude procesal

El Estado

Sentencia condenatoria y absolutoria

Álvarez-FarfánAndrade

J. S (04, 05, 06 JUN)

Auto infundada la Municipalidad excepción de Provincial de Calca improcedencia de acción Asociación Arariwa

Auto de rehabilitación

Dirección regional Amparo indebido Auto infundada de Salud de Cusco en el ejercicio excepción de y el Centro ilegal de la improcedencia de Odontológico de profesión acción Perú

09:30

SEDE

1608-2013-41

1 hora

Gicel Gleydy Ticona Pareja, Chedorlaomer Matheus Sanchez, José Miranda Oquendo, Julio Amílcar Álvares Agramonte

10:30

SEDE

2366-2016-9

1 hora

Eustaquio Agapito Alcca Arqque

Atentados contra monumentos arqueológicos

El Estado

Sentencia condenatoria

Álvarez-FarfánAndrade

12:00

SEDE

1096-2014-18

1 hora

Arturo Jara Tapia, Edwin Soto Cortez y Josefa Mejia Masias

Abandono exposición a peligro

Rita Paulina Quispe Condori

Sentencia condenatoria CONTINUACIÓN

Álvarez-FarfánAndrade

PROCEDENCIA Juzgado de Investigacion Preparatoria de Calca Primer Juzg. De Investigación Preparatoria de Calca Primer Juzg. De Investigación Preparatoria de Calca Quinto Juzgado de Invest. Preparatoria de Cusco

Cherdolaomer Matheus Sanchez, representante del Ministerio Quinto Juzg. Penal ´Público, Jorge Unipersonal de Augusto San Cusco Miguel y Martha Enestina Galarza de Meza, y otros Quinto Juzg. Penal Eustaquio Agapito Unipersonal de Alcca Arqque Cusco Arturo Jara Tapia, Edwin Soto Cuarto Juzgado Cortez, Josefa penal unipersonal Mejia Masias y Rita de Cusco Paulina Quispe Condori

Pedro Álvarez Dueñas Presidente Segunda Sala Penal de Apelaciones

Miguel Ángel Pérez Soria Especialista Judicial Segunda Sala Penal de Apelaciones

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La República CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO SALA CIVIL DE CUSCO TABLA DE VISTA DE CAUSAS (Lunes 4 de junio al viernes 8 de junio de 2018)

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