CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO
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Lunes, 4 de febrero del 2019
AVISOS JUDICIALES Santa Ana, 15 de enero del 2019. EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Paz Letrado de la provincia de Quispicanchis, con intervención de la Secretaria Judicial Dra. Naditht Masías Sánchez viene tramitándose en el EXPEDIENTE CIVIL Nro. 00204-2018-0-1014-JPCI-01 seguido por ROSARIO PERALTA PAUCAR , sobre Rectificación de Partida de nacimiento a fin de que se rectifique el nombre de sus progenitores que figura como Marcelino Peralta y Carlota Paucca siendo el correcto Marcelino Peralta Ccolqque y Carlota Pauccar Anaya admitiéndose a trámite la demanda en la Vía del PROCESO NO CONTENCIOSO, mediante Resolución Nro. 02 de fecha 18 de Enero del 2019 disponiéndose la publicación del extracto de la demanda conforme a Ley. Urcos, 31 de Enero del 2019. NADITH MASIAS SANCHEZ SECRETARIA JUDICIAL P. 7268405 F. (04 FEB) EDICTO JUDICIAL Expediente 466-2018-CI, ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de Santa Ana, que despacha el Dr. Jorge Luis Linares Cuadros, seguido por ANTONIO MENDOZA HUAMAN, sobre Inscripción Supletoria de Partida de Defunción: RESUELVO: Admitir la demanda sobre Inscripción Supletoria de Partida de Defunción, promovido por ANTONIO MENDOZA HUAMAN en el proceso no contencioso. Fijar fecha de la primera convocatoria el 18/03/2019 a horas 10: AM; en caso de Inasistencia de la parte solicitante a la primera fecha de audiencia se realizará la segunda fecha el 10/04/2019 a horas 9:0. AM, bajo apercibimiento de darse por concluido el proceso según el artículo 203 del CPC.
ROSMERY AVILA SEQUEIROS SECRETARIA R. C (04 FEB) EDICTO JUDICIAL Señor: DOMINGO USCAPI HUALLPA. Ante el Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Echarati, que despacha el Dr. Marco Antonio Flores Espezua, bajo la actuación del especialista legal Edwin Cupi Zuniga, se viene tramitando el Proceso Nro. 00051-2017-0-1010-JP-CI-01, instada por Tomas Irineo Quispicusi Álvarez, sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO en contra de Domingo Uscapi Huallpa, en el cual se ha dispuesto la publicación del edicto judicial (extracto de la resolución Nro. 06 -SENTENCIA de fecha 01-08-2013) SE RESUELVE: DECLARAR fundada la demanda de Obligación de Dar Suma de Dinero formulada por Tomas Irineo Quispicusi contra Domingo Uscapi Huallpa, debiendo este último cumplir con el pago de la suma de S/. 2,500.00 soles en favor de Tomas Irineo Quispicusi Álvarez, más los intereses pactados y costas y costos del proceso, para tal efecto se hace de conocimiento del demandado a fin de que formule los recursos que la ley le franquea.- Hágase Saber Echarati, 10 de enero del 2019. EDWIN CUPI ZUÑIGA JUZGADO DE PAZ LETRADO E INVESTIGACIÓN R. C (04 FEB) EDICTO Ante el Primer Juzgado Especializado en lo Civil de Cusco, despachado por la Sra. Jueza Doctora Sandra Contreras Campana, se tramita el proceso civil N°
00069-2019-0-1001-JR-CI-01, seguido por Héctor Rusvel Huamani Oviedo, sobre Cambio de nombre; en el que se ha emitido la resolución número 01, de 21-01-2019, que dispone: “ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por HECTOR RUSVEL HUAMANI OVIEDO, sobre CAMBIO Y SUPRESIÓN DE NOMBRE (apellido paterno), con citación del Representante del Ministerio Público, debiendo de tramitarse bajo los mecanismos del proceso NO CONTENCIOSO, en consecuencia, señálese como fecha para el verificativo de la diligencia de AUDIENCIA DE ACTUACIÓN y DECLARACIÓN JUDICIAL para el día VEINTINUEVE DE MARZO DE DOS MIL DIECINUEVE, A HORAS DIEZ Y TREINTA DE LA MAÑANA, debiendo efectuarse las publicaciones de un estrado de la presente a través de edictos por el término de un día, los que conforme a la comunicación puesta en conocimiento a este Despacho por Oficio Circular N° 02-2015- GSJR-GG/PJ, de 18 de junio de 2015 y Oficio Circular N° 03-USJ-CSJCU, de 18 de agosto de 2015, en aplicación a la modificatoria del artículo 167 del TUO del Código Procesal Civil, efectuado por Ley N° 30293, publíquese los edictos en el diario de mayor circulación de la Corte Superior de Justicia del Cusco (La República), así como fíjese una copia del edicto en la tablilla del Módulo Civil destinado para ello. Téngase en cuenta los medios probatorios ofrecidos para su oportunidad procesal. A sus antecedentes los anexos de su referencia. Al Otrosí.- Apersónese a través de Administración del Módulo Civil a recepcionar los mismos. H. S.” Fdo. Juez Contreras Campana, Esp. Legal. Huamán Sequeiros. Cusco, 31 de enero de 2019. ISABEL CRISTINA HUAMAN SEQUEIROS ESPECIALISTA LEGAL R. C (04 FEB)
EDICTO JUDICIAL EXPEDIENTE N° 79-2018-CI Ante el Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Maranura, despachado por el Juez Supernumerario Francisco Ponce Atencio y bajo la actuación de la secretaria judicial Yaquelin Chipana Catalán, se viene tramitando el proceso Nro. 79-2018-CI, en el cual se ha dispuesto la publicación del edicto judicial (extracto de la Resolución Nro. 01 del 30-10-2018): SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la solicitud de Sucesión intestada de QEVF MARIA ERNESTINA AÑAMACO CONTRERAS interpuesta por NAYDA LECHUGA AÑAMACO, en la vía de PROCESO NO CONTENCIOSO, en tal virtud notifíquese al recurrente, co-supuesto heredero único, al Ministerio Publico y la Beneficencia Publica de Cusco. Maranura, 22 de enero de 2019.YAQUELINE CHIPANA CATALAN SECRETARIA JUDICIAL R. C (04, 05, 06 FEB) EDICTO JUDICIAL SALA CIVIL(EX 1°) - SEDE CENTRAL E X P E D I E N T E : 02723-2017-58-1001-JR-CI-02 MATERIA: NULIDAD DE ACTO JURIDICO Resolución Nro. 18 Cusco, 29 de enero de 2019. Habiéndose producido discordia respecto del auto venido en grado de apelación, por cuanto en el VOTO de la Señora Juez Superior Karinna Justina Holgado Noa, al que se adhiere la Señora Juez Superior Yenny Margot Delgado Aybar opina por: “DECLARARON LA NULIDAD de la resolución N° 13 de fecha 5 de noviembre de 2018 que resuelve declarar: “INFUNDADA la excepción de falta de legitimidad para obrar del demandante..” y, NULO TODO LO
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ACTUADO hasta la resolución N° 12 debiendo correr traslado a la parte demandante del medio de prueba materia de proceso. .Y devolvieron los actuados”; y en el VOTO EN DISCORDIA de la Señorita Juez Superior Begonia del Rocío Velásquez Cuentas, es porque: “se anule el auto apelado así como se anule todo lo actuado hasta la calificación de la demanda, con la precisión efectuada en el fundamento 3.5. Y se devuelva”. (...).DISPUSIERON llamar como Juez Superior dirimente al Señor Juez Superior Yuri Jhon Pereira Alagón integrante de este Tribunal; SEÑALÁNDOSE fecha de VISTA DE CAUSA para el 11 DE MARZO DE 2019, a horas 3:00 DE LA TARDE, (...).- Integran el Colegiado los Señores Jueces Superiores Luis Fernando Murillo Flores, Yuri Jhon Pereira Alagón, y Yenny Margot Delgado Aybar de acuerdo a lo dispuesto en la Resolución Administrativa No. 001-2019-P-CSJCUPJ.S.S. Media Firma de los Señores Jueces Superiores MURILLO FLORES, PEREIRA ALAGÓN Y DELGADO AYBAR .Firma de la Secretaria de la Sala Civil de Cusco, Roxana Bohórquez Abarca. Cusco, 30 de enero de 2019. J. S (01, 04, 05 FEB) EDICTO PENAL - ACOMAYO Ante el Juzgado de investigación Preparatoria de Acomayo, que despacha la señora Magistrada Kelyn Hayde Tapia Llerena; bajo la actuación del Especialista Legal Abg. María Eugenia Li Meza Salas, se viene tramitando el proceso penal N° 00033-2017-28-1003-JR-PE-01, sobre delito de Estafa Agravada, contra Erick Homero Rojas Juica; Miguel Ángel Membrillo Leguía; Rosa Elizabeth Mendoza Alfaro y Juan Carlos Chanpoñan Gutiérrez: como presuntos autores del delito contra el patrimonio en la modalidad de Estafa y otras defraudaciones, sub tipo Estafa Agravada y otros en agravio de Banco de la Nación - Agencia Acomayo, en la cual se ha dispuesto notificar a los imputados referidos con el extracto de la resolución seis
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fija fecha de audiencia de control de Sobreseimiento; cuyo tenor as el siguiente: “Resolución N° 06 Acomayo, veinticuatro da enero del Año dos mil diecinueve.DE OFICIO: Estando a la revisión del presente incidente se advierte que ia audiencia programada dentro del presente proceso se ha señalado para el día viernes 25 de Enero del 2019; sin embargo, por error involuntario no se ha cumplido con efectuar las publicaciones de los Edictos Judiciales para que ¡os imputados declarados como ausentes tengan conocimiento de la programación de audiencia; por tanto, en aplicación de! principio de equidad y a fin de evitar nulidades posteriores, RBPROGRÁMESE FECHA para el verificativo de la audiencia de Sobreseimiento, !a misma que se llevará a cabo el día LUNES DIECIOCHO DE MARZO DEL AÑO EN CURSO A LAS NUEVE DE LA MAÑANA CON TREINTA MINUTOS en la segunda sale de audiencias del Establecimiento Penitenciario del Penal de varones de Quenccoro de la ciudad del Cusco; subsistiendo los apercibimientos decretados en autos; pare tal efecto GÍRESE LOS OFICIOS CORRESPONDIENTES. Así mismo, publíquese los Edictos Judiciales correspondientes a través de la Página Web del Poder Judicial.” Lo que se publica para los fines de ley. Sigue media firma de la señora Magistrada.Acomayo, 24 de Enero del 2019. J. S (01, 04, 05 FEB) EDICTO JUDICIAL SALA CIVIL(EX 1°) - SEDE CENTRAL E X P E D I E N T E : 01550-2018-0-1001-JR-CI-05 MATERIA: NULIDAD DE RESOLUCION ADMINISTRATIVA Resolución Nro. 06 Cusco, 28 de enero de 2019. Habiéndose producido discordia respecto del auto venido en grado de apelación, por cuanto en el VOTO del Señor Juez Superior Yuri Jhon Pereira Alagón, al cual se adhiere el Señor Juez Superior Supernume-
rario Ángel Cáceres Cáceres opina por: “5.1. CONFIRMAR la resolución N° 01, (...); y en el VOTO EN DISCORDIA de la Señora Juez Superior Yenny Margot Delgado Aybar es porque: “DECLARAR NULO el Auto de Remisión, contenido en la Resolución Nro. 01, del 06 de agosto de 2,108 (folio 19 y siguiente), que resuelve declarar: “DECLARAR LA INCOMPETENCIA de este juzgado para el conocimiento del presente proceso, por razón de territorio, en consecuencia, REMÍTASE al juzgado contencioso administrativo de Lima de turno para que le imprima el trámite correspondiente, con la debida nota de atención”; y RENOVANDO el acto procesal viciado, DISPONER que la señora Juez del proceso proceda a calificar nuevamente la demanda con arreglo a ley.- Y los devolvieron”. Y devolvieron los actuados”.(...). DISPUSIERON llamar como Juez Superior dirimente al Señor Juez Superior Luis Fernando Murillo Flores integrante de este Tribunal; SEÑALÁNDOSE fecha de VISTA DE CAUSA para el 5 DE MARZO DE 2019, a horas 8:00 DE LA MAÑANA,(...). Integran el Colegiado los Señores Jueces Superiores Luis Fernando Murillo Flores, Yuri Jhon Pereira Alagón, y Yenny Margot Delgado Aybar de acuerdo a lo dispuesto en la Resolución Administrativa No. 001-2019-PCSJCU-PJ.S.S. Media Firma de los Señores Jueces Superiores MURILLO FLORES, PEREIRA ALAGÓN Y DELGADO AYBAR .Firma de la Secretaria de la Sala Civil de Cusco, Roxana Bohórquez Abarca. Cusco, 29 de enero de 2019. J. S (31 ENE, 01, 04 FEB) NOTIFICACION VIA EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de Paucartambo que Despacha el señor Juez Wald Duran Chicata, bajo la actuación de la secretaria Judicial Liz Acuña Molle, se ha dispuesto mediante resolución 04 del 28 de enero del 2019, la notificación vía edicto en el expediente N° 36-2018-76-1013-JMPE-01 seguido contra la persona
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de Erocsi Zamata Ccapa por el delito de Lesiones Leves Por Violencia Familiar, en agravio de Rolando Cruz Yana, en consecuencia, NOTIFIQUESE al acusado que mediante RESOLUCIÓN 04 del 28 de enero del 2019 este Despacho DISPONE: (…) 1. DECLARAR FRUSTRADA la presente audiencia por defecto en la notificación del acusado y del agraviado. 2. REPROGRAMAR la presente audiencia de control de acusación para el día 08 DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE A HORAS 09:30 DE LA MAÑANA, a llevarse a cabo en esta misma sala de audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria, ubicada en la Calle colon S/N de la ciudad de Paucartambo. 3. SE DISPONE la notificación tanto de la parte acusada y de la parte agraviada en sus domicilios reales señalados en el requerimiento fiscal; sin perjuicio de ello se dispone la notificación vía edictos de ley, que se publicaran en el diario judicial bajo responsabilidad. H.S.J. S (31 ENE, 01, 04 FEB) EDICTO JUDICIAL SALA CIVIL(EX 1°) - SEDE CENTRAL E X P E D I E N T E : 01161-2016-0-1001-JR-CI-01 MATERIA: ACCION DE AMPARO Resolución Nro. 53 Cusco, 28 de enero de 2019. Habiéndose producido discordia respecto de la sentencia venida en grado de apelación, por cuanto en el VOTO de la Señora Juez Superior Karinna Justina Holgado Noa, al que se adhiere el Señor Juez Superior Franklin Gregorio Gutierrez Merino, opina por: “PRIMERO.- REVOCARON la sentencia contenida en la Resolución N° 46 de fecha 29 de octubre de 2018 que resuelve declarar: “IMPROCEDENTE la demanda interpuesta por Mauricio Quispe Ticona y Juliana Condory Idme, representados por su hija Aliguery Quispe Condori, en contra del Juez del Tercer Juzgado Especializado en lo Civil de Cusco, Jhon Alex Alfaro Tupayachi, la Asociación ARARIWA representada por su Director Ejecutivo Hugo Ramiro Yanque Martínez
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y Emver Huaylla Ramos, respecto de la denuncia de afectación de los derechos a un debido proceso, a la tutela jurisdiccional efectiva y al derecho de defensa. En consecuencia dispongo se archive el proceso una vez que se declare consentida la sentencia. Con costas y costos. SEGUNDO.- REFORMANDOLA DECLARARON FUNDADA(...); y en el VOTO EN DISCORDIA de la Señorita Juez Superior Begonia del Rocío Velásquez Cuentas, es porque: “SE CONFIRME la Sentencia contenida en la Resolución N° 46, (..)DISPUSIERON llamar como Juez Superior dirimente a la Señora Juez Superior Elcira Farfán Quispe integrante del Colegiado de la Sala de Vacaciones; SEÑALÁNDOSE fecha de VISTA DE CAUSA para el 11 DE FEBRERO DE 2019, a horas 3:00 DE LA TARDE, (...).Integran el Colegiado los Señores Jueces Superiores Luis Fernando Murillo Flores, Yuri Jhon Pereira Alagón, y Yenny Margot Delgado Aybar de acuerdo a lo dispuesto en la Resolución Administrativa No. 001-2019-P-CSJCU-PJ.S.S. Media Firma de los Señores Jueces Superiores MURILLO FLORES, PEREIRA ALAGÓN Y DELGADO AYBAR .Firma de la Secretaria de la Sala Civil de Cusco, Roxana Bohórquez Abarca. Cusco, 30 de enero de 2019. J. S (31 ENE, 01, 04 FEB) NOTIFICACION VIA EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de Paucartambo que Despacha el señor Juez Wald Duran Chicata, bajo la actuación de la secretaria Judicial Liz Acuña Molle, se ha dispuesto mediante resolución 06 del 30 de enero del 2019, la notificación vía edicto en el expediente N° 27-2018-0-1013-JM-PE-01 seguido contra la persona de ROMUALDA LUQUE VALENCIA por el delito de Lesiones Leves, en agravio de ALEJANDRO GOMEZ ARAGON, en consecuencia, NOTIFIQUESE a la acusada y agraviado que mediante RESOLUCIÓN 06 del 30 de enero del 2019 este Despacho DISPONE: (…) DECLARAR FRUSTRADA la
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presente audiencia por defecto en la notificación de la acusada ROMUALDA LUQUE VALENCIA, al agraviado ALEJANDRO GOMEZ ARAGON y al representante del Estado Procurador de los asuntos Jurídicos del Poder Judicial.2.REPROGRAMAR la presente audiencia para el día 18 DE ABRIL DE 2019 A HORAS 02:00 DE LA TARDE, a llevarse a cabo en el local que la municipalidad de Kosñipata otorgue para tal. 3.SE DISPONE la notificación de la acusada mediante edictos de ley, que se publicaran en el Diario Judicial por el plazo legal.4.SE DISPONE la notificación del agraviado ALEJANDRO GOMEZ ARAGON en su domicilio real y edictos de ley 5.SE DISPONE la notificación de Procurador Público de los asuntos Jurídicos del Poder Judicial en su domicilio procesal señalado en autos. H.S.J. S (31 ENE, 01, 04 FEB) EDICTO DE NOTIFICACIÓN PAUCARTAMBO Exp. 26-2019-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil Caviedes, especialista Yakelin Granilla Cora seguido por MARIBEL PELAYO MEZA contra JUAN DE LA CRUZ HACHO CONDORI; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N°01.- ADMITIR en la via del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra las Mujeres e Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de JUAN DE LA CRUZ HACHO CONDORI, en agravio de INÉS MARIBEL PELAYO MEZA. En virtud de dar protección inmediata a las presuntas victimas, se dicta PROVISIONALMENTE la siguiente MEDIDA DE PROTECCIÓN: ORDENAR al denunciado JUAN DE LA CRUZ HACHO CONDORI, El Impedimento de acercamiento o proximidad a la victima en cualquier forma a 50 metros a la redonda, prohibición de comunicación con la victima directa y telefónica, asi como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal
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de INÉS MARIBEL PELAYO MEZA. PARA fines de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de las Medidas Cautelares, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el dia 14 de marzo del año 2019 a horas 10:00 de la mañana (fecha señalada tomando en cuenta la agenda de programación de audiencias, el otorgamiento de medidas de protección inmediatas, el diligenciamiento de las cédulas de notificación) a realizarse en el Despacho del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran.
año 2019 a horas 11:00 de la mañana (fecha señalada tomando en cuenta la agenda de programación de audiencias, el otorgamiento de medidas de protección inmediatas, el diligenciamiento de las cédulas de notificación) a realizarse en el Despacho del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran.
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Exp. 13-2019-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil Caviedes, especialista Yakelin Granilla Cora seguido por GLORIA SANTOYO QQUELLCA contra ROLANDO DURAND YANA; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: -Resolución N°02.- REPROGRAMAR la Audiencia Oral señalada en el presente proceso para el dia 19 de marzo del año 2019 a horas 10:00 de la mañana (fecha señalada tomando en cuenta la agenda de programación de audiencias, el otorgamiento de medidas de protección inmediatas, y el diligenciamiento de las cédulas de notificación) a realizarse en el Despacho del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran.
EDICTO DE NOTIFICACIÓN PAUCARTAMBO Exp. 29-2019-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil Caviedes, especialista Yakelin Granilla Cora seguido por CENTRO DE EMERGENCIA MUJER contra ENRIQUE HUAMAN TECSI; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N°01.- ADMITIR en la via del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra las Mujeres e Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de ENRIQUE HUAMAN TECSI, en agravio de NANCY VILMA PUMA. En virtud de dar protección inmediata a las presuntas victimas, se dicta PROVISIONALMENTE la siguiente MEDIDA DE PROTECCIÓN: ORDENAR al denunciado ENRIQUE HUAMAN TECSI, EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión Psicológica, asi como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de NANCY VILMA PUMA. PARA fines de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de las Medidas Cautelares, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el dia 13 de marzo del
J. S (31 ENE, 01, 04 FEB) EDICTO DE NOTIFICACIÓN PAUCARTAMBO
J. S (31 ENE, 01, 04 FEB) EDICTO DE NOTIFICACIÓN PAUCARTAMBO Exp. 003-2019-FT. Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil Caviedes, especialista Yakclin Granilla Cora seguido por ALICIA CONDORI QUISPE contra PEDRO CAMALA QUISPE: se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N°02.- REPR0GRAMAR la Audiencia Oral señalada
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en el presente proceso para el día 19 de marzo del año 2019 a horas 09:00 de la mañana (techa señalada tomando en cuenta la agenda de programación de audiencias, el otorgamiento de medidas de protección inmediatas, y el diligenciamiento de las cédulas de notificación) a realizarse en el Despacho del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Hornokaile) del Distrito de Paucartambo. bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. J. S (31 ENE, 01, 04 FEB) EDICTO DE NOTIFICACIÓN PAUCARTAMBO Exp. 34-2019-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil Caviedes, especialista Yakelin Granilla Cora seguido por AGUSTINA CHAMPÍ TAPARA contra EULALIA CHILLIHUANI HUISA; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N°01.- ADMITIR en la via del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra las Mujeres e Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de EULALIA CHILLIHUANI HUISA en agravio de AGUSTINA CHAMPÍ TAPARA. En virtud de dar protección inmediata a las presuntas victimas, se dicta PROVISIONALMENTE la siguiente MEDIDA DE PROTECCIÓN: ORDENAR a la denunciada EULALIA CHILLIHUANI HUISA, EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión física y Psicológica, asi como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de AGUSTINA CHAMPÍ TAPARA. PARA fines de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de las Medidas Cautelares, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el dia 18 de marzo del año 2019 a horas 10:00 de la mañana (fecha señalada tomando en cuenta la agenda de programación de audiencias, el otorgamiento
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de medidas de protección inmediatas, el diligenciamiento de las cédulas de notificación) a realizarse en el Despacho del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. J. S (31 ENE, 01, 04 FEB) EDICTO DE NOTIFICACIÓN PAUCARTAMBO Exp. 33-2019-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil Caviedes, especialista Yakelin Granilla Cora seguido por FRYDA MAMANI QUISPE contra FELICIANO LAURA QUISPE; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N°01.- ADMITIR en la via del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra las Mujeres e Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de FELICIANO LAURA QUISPE en agravio de FRYDA MAMANI QUISPE y los menores JHON JEFERSON LAURA MAMANI (06) Y JHON DAYER LAURA MAMANI (04). Con citación del Ministerio Público. En virtud de dar protección inmediata a las presuntas victimas, se dicta PROVISIONALMENTE la siguiente MEDIDA DE PROTECCIÓN: ORDENAR al denunciado FELICIANO LAURA QUISPE, EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión fisica y Psicológica, asi como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de FRYDA MAMANI QUISPE. ORDENAR al denunciado FELICIANO LAURA QUISPE, EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión Psicológica, así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de los menores JHON JEFERSON LAURA MAMANI (06) Y JHON DAYER LAURA MAMANI (04). PARA fines de pronunciarse sobre el
otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de las Medidas Cautelares, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el día 18 de marzo del año 2019 a horas 09:00 de la mañana (fecha señalada tomando en cuenta la agenda de programación de audiencias, el otorgamiento de medidas de protección inmediatas, el diligenciamiento de las cédulas de notificación) a realizarse en el Despacho del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. J. S (31 ENE, 01, 04 FEB) EDICTO DE NOTIFICACIÓN PAUCARTAMBO Exp. 30-2019-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil Caviedes, especialista Yakelin Granilla Cora seguido por VALENTINA IHUACLLANCO GUTIÉRREZ contra LUCIO CCOYO CÓRDOBA; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo• siguiente: Resolución N°01.- ADMITIR en la via del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra las Mujeres e Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de LUCIO CCOYO CORDOVA, en agravio de VALENTINA IHUACLLANCO GUTIÉRREZ. En virtud de dar protección inmediata a las presuntas victimas, se dicta PROVISIONALMENTE la siguiente MEDIDA DE PROTECCIÓN: ORDENAR al denunciado LUCIO CCOYO CORDOVA, EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión fisica y Psicológica, asi como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de VALENTINA IHUACLLANCO GUTIÉRREZ. PARA fines de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de las Medidas Cautelares, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el dia 14 de marzo del año 2019 a ho-
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ras 09:00 de la mañana (fecha señalada tomando en cuenta la agenda de programación de audiencias, el otorgamiento de medidas de protección inmediatas, el diligenciamiento de las cédulas de notificación) a realizarse en el Despacho del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. J. S (31 ENE, 01, 04 FEB) EDICTO DE NOTIFICACIÓN – PAUCARTAMBO Exp. 25-2019-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil Caviedes, especialista Yakelin Granilla Cora seguido por SINFOROSA SUMA DE GONZALO contra JUAN RAÚL QUISPE YAURI; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N°01.- ADMITIR en la via del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra las Mujeres de Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de JUAN RAÚL QUISPE YAURI, en agravio de SINFOROSA SUMA DE GONZALO. En virtud de dar protección inmediata a las presuntas victimas, se dicta PROVISIONALMENTE la siguiente MEDIDA DE PROTECCIÓN:ORDENAR al denunciado JUAN RAÚL QUISPE YAURI, EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión fisica, asi como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de SINFOROSA SUMA DE GONZALO. PARA fines de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de las Medidas Cautelares, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el dia 11 de marzo del año 2019 a horas 11:00 de la mañana (fecha señalada tomando en cuenta la agenda de programación de audiencias, el otorgamiento de medidas de protección inmediatas, el diligenciamiento de las cédu-
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las de notificación) a realizarse en el Despacho del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. J. S (31 ENE, 01, 04 FEB) EDICTO DE NOTIFICACIÓN PAUCARTAMBO Exp. 21-2019-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil Caviedes, especialista Yakelin Granilla Cora seguido por JUAN PABLO MENDOZA CONDORI contra DORIS CHUA APAZA; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N°01.- ADMITIR en la via del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra las Mujeres de Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de JUAN PABLO MENDOZA CONDORI en agravio de DORIS CHUA APAZA. En virtud de dar protección inmediata a las presuntas victimas, se dicta PROVISIONALMENTE la siguiente MEDIDA DE PROTECCIÓN: ORDENAR al denunciado JUAN PABLO MENDOZA CONDORI, EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión fisica y Psicológica, asi como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de DORIS CHUA APAZA. PARA fines de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de las Medidas Cautelares, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el dia 06 de marzo del año 2019 a horas 10:00 de la mañana (fecha señalada tomando en cuenta la agenda de programación de audiencias, el otorgamiento de medidas de protección inmediatas, el diligenciamiento de las cédulas de notificación) a realizarse en el Despacho del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las
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Lunes, 4 de febrero del 2019
partes procesales que concurran. J. S (31 ENE, 01, 04 FEB) EDICTO DE NOTIFICACIÓN PAUCARTAMBO Exp. 28-2019-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil Caviedes, especialista Yakelin Granilla Cora seguido por MARGOT HUALLA QUISPE contra DANIEL MERMA GUTIÉRREZ; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N°01.- ADMITIR en la vía del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia’ contra las Mujeres de Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de DANIEL MERMA GUTIÉRREZ en agravio de MARGOT HUALLA QUISPE. En virtud de dar protección inmediata a las presuntas víctimas, se dicta PROVISIONALMENTE la siguiente MEDIDA DE PROTECCIÓN: ORDENAR al denunciado DANIEL MERMA GUTIÉRREZ, EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión fisica, así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos/ debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de MARGOT HUALLA QUISPE.PARA fines de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de las Medidas Cautelares, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el día 07 de marzo del año 2019 a horas 09:00 de la mañana (fecha señalada tomando en cuenta la agenda de programación de audiencias, el otorgamiento de medidas de protección inmediatas, el dilígenciamiento de las cédulas de notificación) a realizarse en el Despacho del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. J. S (31 ENE, 01, 04 FEB) EDICTO DE NOTIFICACIÓN PAUCARTAMBO
Exp. 17-2019-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil Caviedes, especialista Yakelin Granilla Cora seguido por JULIANA AVENDANO LAURA Y GUILLERMINA ARIZACA QUISPE contra BRAULIO CCOYORI MAMANI; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N°01.ADMITIR en la via del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra las Mujeres de Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de BRAULIO CCOYORI MAMANI en agravio de GUILLERMINA ARIZACA QUISPE y JULIANA AVENDANO LAURA. En virtud de dar protección inmediata a las presuntas victimas, se dicta PROVISIONALMENTE la siguiente MEDIDA DE PROTECCIÓN:ORDENAR al denunciado BRAULIO CCOYORI MAMANI, EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión fisica, asi como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de GUILLERMINA ARIZACA QUISPE y JULIANA AVENDANO LAURA. PARA fines de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de las Medidas Cautelares, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el dia 06 de marzo del año 2019 a horas 09:00 de la mañana (fecha señalada tomando en cuenta la agenda de programación de audiencias, el otorgamiento de medidas de protección inmediatas, el diligenciamiento de las cédulas de notificación) a realizarse en el Despacho del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. J. S (31 ENE, 01, 04 FEB) EDICTO DE NOTIFICACIÓN PAUCARTAMBO Exp. 19-2019-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil Ca-
viedes, especialista Yakelin Granilla Cora seguido por BERTHA CHIPANA ROJAS contra ÁNGEL CAHUANA PERALES; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N°01.ADMITIR en la via del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra las Mujeres de Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de ÁNGEL CAHUANA PERALES, en agravio de la persona BERTHA CHIPANA ROJAS. En virtud de dar protección inmediata a las presuntas victimas, se dicta PROVISIONALMENTE la siguiente MEDIDA DE PROTECCIÓN: ORDENAR al denunciado ÁNGEL CAHUANA PERALES, EL El Impedimento de acercamiento o proximidad a la victima en cualquier forma a 50 metros a la redonda, prohibición de comunicación con la victima directa y telefónica, asi como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de BERTHA CHIPANA ROJAS. PARA fines de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de las Medidas Cautelares, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el dia 06 de marzo del año 2019 a horas 11:00 de la mañana (fecha señalada tomando en cuenta la agenda de programación de audiencias, el otorgamiento de medidas de protección inmediatas, el diligenciamiento de las cédulas de notificación) a realizarse en el Despacho del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. J. S (31 ENE, 01, 04 FEB) EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Mixto de Canas, que Despacha el señor Juez Ulises Villena Ramírez, bajo la actuación de la Secretaria Judicial Mery Luz Farfán Parisaca se ha dispuesto mediante resolución N° 01 del 02
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de mayo del 2018 la publicación mediante edictos en el proceso N° 00062-2018-0-1006-JM-CI-01, seguido por Lucio Lazo Alata, sobre adopción excepcional contra Antonia Ccoricasa Huallpa y los que se consideren sucesores de quien en vida fue Justino Nina Mamani, en consecuencia EMPLACESE a los que se consideren sucesores de quien en vida fue JUSTINO NINA MAMANI, con la resolución uno de fecha dos de mayo del 2018, que sumilladamente RESUELVE: A.- En la vía del Proceso sumario admitir a trámite la demanda interpuesta per LUCIO LAZO ALATA sobre ADOPCION POR EXCEPCIÓN del menor José Ángel Nina Ccoricasa (10) contra de (su cónyuge) ANTONIA CCORICASA HUALLPA y en contra de la Sucesión Intestara de QEVF JUSTINO NINA MAMANI y con citación del Señor Fiscal Provincial de Civil y Familia de esta sede Judicial; B.-En su virtud, córrase traslado a la parte demandada; por el plazo de cinco días, a fin de que cumpla con absolver el traslado, bajo apercibimiento de continuarse el proceso en su rebeldía; Por ofrecidos los medios probatorios ofrecidos por esta parte y a sus antecedentes los anexos que adjunta. Y sin perjuicio de ello cumpla con las publicaciones de ley en el diario judicial y oficial de la ciudad del cusco, para el conocimiento del público en general. AL MAS .- Estando acredito el fallecimiento de quien envida fue JUSTINO NINA MAMANI, cúmplase con efectuar las publicaciones de ley a efectos de que cumpla con emplazar a quienes se consideren con derecho sucesorios de quien en vida fue Justino Nina Mamani, bajo apercibimiento de nombrase curador procesal. H.S. Lo que se publica para los fines de ley. MERY LUZ FARFAN PARISACA ESPECIALISTA JUDICIAL P. 7250421 F. (31 E NE, 01, 04 FEB) PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA Ante el Juzgado Mixto de la Provincia de Urubamba, despachado por la Sra. Juez Provisional AN-
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GULO CORNEJO DE HERNANDEZ YONI LEONOR en el Exp. N° 164-2018-0-1015-JM-CI-01, bajo la actuación de la Secretaria Judicial Abg. Sandra Paola Núñez Ruiz, se ha emitido la resolución N° 04 de fecha tres de diciembre del dos mil dieciocho que dispone ADMITIR: A trámite la demanda interpuesta por JORGE CONDORI QUISPE y FELICIANA LLIMPE CAHUANA sobre: PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO E INSCRIPCIÓN DEL INMUEBLE ubicado en la Av. Señor de Torrechayoc ahora a la fecha signado con el N° 515 del Disfrito y provincia de Urubamba contra LA SUCESIÓN DE QEVF HUMBERTO HERMOSA VIVANCO Y SUCESIÓN DE QEVF JULIA BONILLA ROBLETE. Debiendo tramitarse en la vía del PROCESO ABREVIADO. Córrase traslado a los demandados por el plazo de 10 días, conforme a Ley, bajo apercibimiento de declarar su rebeldía.-AL OTROSI DIGO: En mérito a la tasa judicial adjunta por ofrecidos los medios probatorios que indica reservándose su admisión y actuación para la etapa procesal correspondiente.-NOTIFÍQUESE A LA SUCESIÓN DE QEVF HUMBERTO HERMOSA VIVANCO Y SUCESIÓN DE QEVF JULIA BONILLA POBLETE. mediante edictos judiciales a fin de que se apersonen sus sucesores, bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal, para lo cual cumpla la parte actora con apersonarse a este Juzgado dentro del horario de atención al público a fin de recabara los edictos judiciales. Conforme a lo dispuesto por el Art. 506 del C.P.C notifíquese mediante publicaciones a las personas interesadas.-NOTIFÍQUESE a los-colindantes del inmueble MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE URUBAMBA, DELIA HERMOSA BONILLA, ROSA ALLENDE FLORES, LUISA CABRERA PEÑA.- AL MAS DIGO: A sus antecedentes los anexos que indica. Así mismo se ha emitido la resolución cinco de fecha doce de diciembre del dos mil dieciocho que dispone INTEGRAR el Auto Admisorio debiendo considerarse como demandados a CELESTINO HERMOSA BONILLA y LUIS HERMOSA BONILLA: -ADMITIR: A trámite la demanda interpuesta por
JORGE CONDORI QUISPE y FELICIANA LLIMPE CAHUANA sobre: PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO E INSCRIPCIÓN DEL INMUEBLE ubicado en ¡a Av. Señor de Torrechayoc ahora a la fecha signado con el N° 515 del Distrito y provincia de Urubamba contra LA SUCESIÓN DE QEVF HUMBERTO HERMOSA VIVANCO, SUCESIÓN DE QEVF JULIA BONILLA POBLETE Y CELESTINO HERMOSA BONILLA y LUIS HERMOSA BONILLA. H.S.Urubamba, 14 de enero del 2018 SANDRA PAOLA NUÑEZ RUIZ SECRETARIA JUDICIAL R. V (23, 29 ENE, 04 FEB) EDICTO NOTIFICACIÓN DIRIGIDA A LOS HEREDEROS LEGALES DE RUPERTA OCHOA BLANCO DE MEDÍNA. Ante el Primer Juzgado Especializado en lo Civil de Cusco, despachado por la Sra. Jueza Doctora Sandra Contreras Campana, se tramita el proceso civil N° 02177-2018-0-1001-JRCI-01, seguido por Dolores Jordán Alagon y otros, sobre Mejor derecho de propiedad, contra Los herederos de Ruperta Ochoa Blanco Medina y otros; en el que se ha emitido la resolución número 03, de 04-12-2018, que dispone: “ADMITIR A TRÁMITE la demanda interpuesta por DOLORES JORDAN ALAGON y LA SUCESIÓN INTESTADA de Luis Julio Carmona Jordán, conformada por su cónyuge (la demandante) y sus hijos LUIS JULIO CARMONA JORDAN, LUCERO CARMONA JORDAN Y MANUEL JORGE CARMONA JORDAN, sobre MEJOR DERECHO DE PROPIEDAD, contra LOS HEREDEROS DE RUPERTA OCHOA BLANCO DE MEDINA, ROSA EUFRACIA MEDINA OCHOA, ROSA VICTORIA MEDINA OCHOA, MANUEL MEDINA OCHOA, los herederos legales de ISABEL MEDINA OCHOA, SABINA MEDINA OCHOA, RODOLFO ALVAREZ MEDINA Y JOSE MEDINA MACUTELA, debiendo de tramitarse bajo los mecanismos del proceso de CONOCIMIENTO, en consecuencia,
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córrase traslado a la parte demandada por el término de TREINTA DÍAS, bajo apercibimiento de seguirse el proceso en su rebeldía, debiendo notificarse a los demandados Sabina Medina Ochoa y Rodolfo Álvarez Medina, de conformidad a lo establecido por la Directiva N° 010-2009-CE-PJ, aprobada por Resolución administrativa número 247-2009-CE-PJ. Sin embargo y desconociéndose los domicilios de los demandados ROSA EUFRACIA MEDINA OCHOA, ROSA VICTORIA MEDINA OCHOA, MANUEL MEDINA OCHOA, RODOLFO ALVAREZ MEDINA Y JOSE MEDINA MACUTELA y siendo los demás demandados personas indeterminadas, NOTIFÍQUESE a través de edictos, los que contendrán un estracto de la demanda y la presente para que dentro de SESENTA DIAS de notificados se apersonen al procesos y de las personas indeterminadas sus herederos, bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal. Téngase por ofrecidos los medios probatorios que indica, los cuales serán admitidos y actuados en la oportunidad procesal correspondiente y agregúese a sus antecedentes los anexos adjuntos. Al Otrosí.- Téngase por delegada la representación a favor de su abogado, conforme a lo establecido por el artículo 80 del Código Procesal Civil. Al Primer Otrosí.- Téngase en cuenta que no se trata de un proceso de obligación de pagar suma dineraria. H. S.” Fdo. Juez Contreras Campana, Esp. Legal. Huamán Sequeiros. DEMANDA: interponemos demanda de Mejor Derecho de Propiedad con la finalidad de que se nos reconozca y declare mediante sentencia judicial como propietarios de 22.07% de derechos y acciones equivalente a 195 m2 del predio ubicado en la Calle Socctacucho del distrito, provincia y departamento de Cusco. Cusco, 25 de enero de 2019 ISABEL CRISTINA HUAMAN SEQUEIROS ESPECIALISTA LEGAL PRIMER JUZGADO CIVIL 7239994 (29 ENE, 04 08 FEB)
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