MINISTERIO DE SALUD
•
No ../..?~..:z.-:.?.!!./J
{)0& RI1¡.JI}-
Visto , el Expediente N" 15-101932-001 , que contiene el Memorándum N" 14232015-DG-DGRH/MINSA, de la Dirección General de Gestión de Desarrollo de Recursos Humanos ; el Memorándum N" 061-2015-EPP-OARH/MINSA, del Equipo de Programación y Presupuesto; y el Informe W 809-2015-EIE-OARH/MINSA, del Equ ipo de Ingreso y Escalafón de la Oficina de Administración de Recursos Humanos de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud ; y,
CONSIDERANDO: Que, las Normas Básicas del Sistema Nacional de Residentado Médico aprobadas por Decreto Supremo N" 008-88-SA, establecen que el SINAREME es responsable de la coordinación del proceso de formación de especialistas en las diversas ramas de la Medicina Humana ; Que, el literal d) del artículo 17" del Decreto Supremo N" 008-88-SA, Normas Básicas del Sistema Nacional de Residentado Médico, dispone que las Instituciones de Servicios de Salud tienen la función de contratar a los médicos cirujanos ganadores del concurso de selección, dentro de las normas laborales y administrativas vigentes; Que, el artículo 15° del Reglamento del Sistema Nacional del Residentado Médico, aprobado por Resolución Suprema N" 002-2006-SA, establece que los médicos residentes son profesionales que están realizando estudios universitarios de Segunda Especialización en Medicina (Posgrado) , los cuales se realizan bajo la modalidad de docencia en servicio en las instituciones autorizadas y acreditadas por el CONAREME como sede del Residentado Médico; Que, el artículo 17" del Reglamento citado en el párrafo precedente, establece que la condición de médico residente conlleva el cumplimiento de obligaciones y responsabilidades , entre otras, cumplir con sus obligaciones académicas de docencia en servicio de acuerdo al programa. Asimismo con las actividades académicas y de investigación; asumir todas las responsabilidades cOírespondientes a su condición de médico residente , de acuerdo a las competencias as ignadas a su ca rgo ; Que, el artículo 18° del referido Reglamento, establece que el Médico Residente tiene derecho, entre otros , a percibir la remuneración correspondiente, recibi r los beneficios legales que la ley acuerda a los empleados públicos o privados y que les sean aplicables ;
.
,
Que, mediante Memorándum W 1423-2015-DG-DGRH/MINSA, de fecha 14 de octubre del 2015, la Dirección General de Gestión del Desarrollo de Recursos Humanos, remite la relación de 417 médicos cirujanos quienes han ingresado al Residentado Médico en el Proceso de Admisión Extraordinario 20 15, en la modalidad libre, financiados por el Ministerio de Salud, adjuntando la relación nominal de adjudicados por sedes docentes en medio magnético e impreso; Que, a través de Memorándum W 061-2015-EPP-OARH /M INSA, de fecha 13 de octubre del 2015, el Equipo de Programación y Presupuesto de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, hace de conocim iento que con Memorándum W 0232015-EPP-OARH-OGGRH/MINSA, se dio a conocer la CertificacIón Presupuestal el costo que demanda las planillas de Residentes , SERUMS e Internos de la Unidad Ejecutora 001 - Administración Central a nivel de Genérica de Gasto y Fuente de Financiamiento, Meta Presupuestaria, categoría presupuestal, producto y actividades Que, mediante Informe W 809-2015-EIE-OARH/MINSA, el Equipo de Ingreso y Escalafón de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, opina que resulta viable emitir la Resolución Directoral de contratación de los médicos cirujanos , quienes adjudicaron plazas remuneradas al Residentado Médico del Proceso de Admisión Extraordinario 2015, en la modalidad libre, del 15 de octubre al 31 de diciembre del 2015, período durante el cual se desarrolla el ciclo académico universitario correspondiente al primer año; Que, el Decreto Legislativo W 11 53, que regula la Política Integral de Compensaciones y Entregas Económ icas del Personal de la Salud al Servicio del Estado, en su Tercera Disposición Complementaria Final, establece que se encuentran comprendidos dentro de sus alcances normativos , en cuanto les corresponda , los profesionales de la salud que se encuentren desarrollando la Segunda Especialidad en Medicina Humana y Odontología, dentro del Sistema Nacional de Residentado Médico y Residentado Odontológico, respectivamente;
•
Que, mediante Decreto Supremo W 223-2013-EF se aprobó el monto mensual de la valorización principal, para los profesionales de la salud , conforme a lo dispuesto en la Primera Disposición Complementaria Trans itoria del Decreto Legislativo W 1153, que regula la Política Integral de Compensaciones y Entregas Económicas del Personal de la Salud al Servicio del Estado, correspondiendo a los médicos cirujanos residentes la suma de Cuatro Mil Qu inientos Sesenta y Ocho con 00/100 Nuevos Soles (SI. 4 ,568 .00); Que, el artículo 2° de la Resolución Ministerial W 182-2008/MINSA, dispone que los contratos de los Programas del Servicio Rural y Urbano Marginal de Salud - SERUMS , Residentado Médico e Internado en Medicin a y Odontología, se encuentran comprendidos en los alcances del literal d) del artículo 1° de la Resolución Ministerial W 949-2003SAlDM ; en tal sentido, corresponde al titular de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos emitir la respectiva Resolución Directoral formalizando la contratación de los profesionales de la salud que han adjudicado plazas remuneradas de Presupuesto Nacional - MINSA, ingresantes al Residentado Médico del Proceso de Admisión Extraordinario 2015, en modalidad libre; ....
UISPE CH.
Que, en este contexto, resulta perti nente formalizar la contratación con eficacia anticipada, a partir del15 de octubre al 31 de diciembre de 2015, de los profesionales de la salud quienes han adjud icado plazas remuneradas de Presupuesto Nacional, fi nanciados por el Ministerio de Salud , al Residen tado Médico del Proceso de Admisión Extraordinario 2015, en modalidad libre, quedando la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos de la Administración Central del Ministerio de Salud, en ejercicio del privilegio de controles posteriores; Con las visaciones del Jefe (e) de Equipo de Programación y Presupuesto, Jefa (e) de Equipo de Ingreso y Escalafón , y el Ejecutivo Adjunto I de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos; y,
N. CORJA
•
MINISTERIO DE SALUD
De conformidad con lo previsto en el numeral 17.1 del artículo 17" de la Ley W 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; en la Ley W 30281 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; en las Normas Básicas del Sistema Nacional de Residentado Médico (SINAREME) , aprobadas por Decreto Supremo W 008-88-SA; en el Reglamento del Sistema Nacional del Residentado Médico, aprobado por Resolución Suprema W 002-2006-SA y sus modificatorias; en el Decreto Legislativo W 1153; en el Decreto Supremo W 223-2013-EF; en el Decreto Supremo 216-2014-EF , que aprueba a partir del 1 de setiembre de 2014, el incremento a un 55% del monto por concepto de bonificación de las guardias hospitalarias que vienen percibiendo los profesionales de la salud médicos cirujanos ; en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado mediante Decreto Supremo W 023-2005-SA y modificatorias; en la Resolución Ministerial N° 949-2003-SA/DM ; en la Resolución Ministerial N° 182-2008/MINSA y demás disposiciones conexas y complementarias ; SE RESUELVE: Artículo 1°._ Contratar con eficacia anticipada, a partir del 15 de octubre al 31 de diciembre del 2015, a los 417 médicos cirujanos de primer año en el Residentado Médico del Programa Académico de Segunda Especialización en Medicina Humana, quienes adjudicaron plaza remunerada en el Proceso de Admisión Extraordinario 2015, en modalidad libre, según se precisa en la relación de adjudicados que forman parte integrante de la presente resolución . Artículo 2°._ Otorgar una compensación económica, equivalente a una valorización principal de CUATRO MIL QUINIENTOS SESENTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 4,568.00) mensuales a los médicos cirujanos residentes , en las sedes docentes, según nómina del articulo precedente. Artículo 3°._ Disponer que el egreso que demanda el cumplimiento del Artículo 2° de la presente Resolución , se aplicará a la Específica de Gastos 2.1.1.3.1.2 Personal Contratado de la Cadena Funcional 9001 .3999999 .5000005-20.006 - Personal Contratado Meta 0093, de la Unidad Ejecutora 001 - Administración Central del Ministerio de Salud del Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2015. Artículo 4°._ Disponer que las sedes docentes remitan los primeros diez (10) días de cada mes a la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud , el record de asistencia, la programación y resolución de guardias de dichos médicos residentes, a fin de elaborar las planillas de pago.
Artículo 5°._ Notificar la presente Resolución a las sedes docentes, partes interesadas e instancias pertinentes del Min isterio de Salud . Artículo 6°._ Disponer que la Oficina General de Comun icaciones publique la presente Resolución Directoral en el Portal Institucional del Ministerio de Salud .
Regístrese y Comuníquese,
• •