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MINISTERIO DE SALUD

2:ma_, .J ... de .... !:!::.01-. !-:....... .del. .. ?/!J.r? VISTO, e! Expediente 16-019286-001 que contiene el Informe N" 001-20160GPPM-OPEE/MINSA y el Memorándum No 0270-2016-0GPPM-OPEE/MINSA, emitidos por la Oficina de Planeamiento y Estudios Económicos de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, CONSIDERANDO:

Que, conforme lo dispuesto en el numeral 79.1 del artículo 79 del Texto Único Ordenado de la Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, el Presupuesto por Resultados (PpR) es una estrategia de gestión pública que vincula la asignación de recursos a productos y resultados medibles a favor de la población, que requiere de la existencia de una definición de los resultados a alcanzar, el compromiso para alcanzar dichos resultados por sobre otros objetivos secundarios o procedimientos internos, la determinación de responsables, los procedimientos de generación de infomiación de los resultados, productos y las herramientas de gestión institucional, así como la rendición de cuentas; A. Velásquez

Que, conforme lo dispuesto en el precitado artículo, ·el Presupuesto por '"'· Resultados (PpR) se implementa progresivamente a través de los programas presupuestales, ,•....•:\, as. acciones de seguimiento del desempeño sobre la base de indicadores, las evaluaciones y ~~~) ,~ os incentivos a la gestión, entre otros instrumentos que determine el Ministerio de Economía :~~l y Finqnzas, a través de la Dirección General de Presupuesto Público, en colaboración con las GRILLO demás entidades del Estado. Los Programas presupuestales son unidades de programación de las acciones del Estado que se realizan en cumplimiento de las funciones encomendadas a favor de la sociedad, siendo que las entidades públicas implementan programas presupuestales o participan de la ejecución de los mismos, sujetándose a la metodología y directivas establecidas por el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Presupuesto Público;

S.RUIZZ.

Que, el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la referida norma legal señala que el responsable del programa presupuesta! es el titular de la entidad que tiene a cargo la implementación de dicho programa, quien, además, debe dar cuenta sobre el diseño, uso de los recursos públicos asignados y el logro de los resultados esperados. En el caso de programas presupuestales que involucren a más de uria entidad, la responsabilidad recae en el titular de la entidad que ejerce la rectoría de la política pública correspondiente a dicho programa presupuesta!. El titular de la entidad puede designar a un responsable técnico del

C. KUROIWA P.

programa presupuesta!, el que tiene funciones relacionadas implementación, seguimiento y evaluación del programa;

con

el

diseño,

Que, mediante Resolución Directora! N° 021-2015-EF/50.01, se aprobó la Directiva N° 003-2015-EF/50.01 "Directiva para los Programas Presupuestales en el Marco de la Programación y Formulación del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017", la cual tiene como objeto establecer disposiciones para la identificación, diseño, revisión, modificación y registro de los Progrc,tmas Presupuestales (PP), los cuales conforman la unidad básica de programación del presupuesto del sector público; Que, el artículo 8 de la Directiva en mención, establece que para el proceso de diseño de los Programas Presupuestales, se requiere que las entidades definan adecuadamente actores, roles y responsabilidades, con la finalidad de asegurar un adecuado y eficiente trabajo de diseño de un Programa Presupuesta!, siendo los actores de dicho diseño, la Comisión, el Equipo Técnico, el Responsable del Programa Presupuesta!, el Responsable Técnico del Programa Presupuesta! y el Coordinador de Seguimiento y Evaluación del Programa Presupuesta!; Que, el literal d) del artículo mencionado en el párrafo precedente, establece que ei responsable técnico del Programa Presupuesta!, representa a la entidad que tiene a cargo el PP y es designado por su titular mediante Resolución. Lidera el Equipo Técnico de diseño del PP, debiendo permanecer en funciones durante las distintas fases del proceso presupuestario; Que, con Resolución Ministerial N" 188-2015/MINSA, se designó al Coordinador de Seguimiento y Evaluación de los Programas Presupuestales y se formaliza la designación del Coordinador Territorial, responsable de la articulación territorial durante el diseño de los Programas Presupuestales y en las fases de programación, formulación, ejecución, y evaluación del presupuesto; Que, mediante Decreto Supremo N" 007-2016/SA, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, el cual establece la estructura orgánica y asimismo las funciones de los órganos y unidades orgánicas comprendidas en la citada estructura; Que, en tal sentido, atendiendo a la estructura orgánica y las competencias y funciones asignadas a los ·órganos del Ministerio de Salud en el citado Reglamento de Organización y Funciones, es necesario dejar sin efecto la Resolución Ministerial N" 1882015/MINSA; Que, en ese contexto, corresponde emitir el acto resolutivo correspondiente, mediante el cual se designe asimismo al/los Responsable/s Técnico/s de los Programas Presupuestales, al Coordinador de Seguimiento y Evaluación de los Programas Presupuestales, y al Coordinador Territorial durante el diseño de los Programas Presupuestales y en las fases de programación, formulación, ejecución, y evaluación del presupuesto; Estando a lo informado por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y con las visaciones de la Directora General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaria General, del Viceministro de Salud Pública, del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N" 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, el Decreto Legislativo N" 1161, que aprueba la Ley de Organización y Funciones

C. KUROIWA P.

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MINISTERIO DE SALUD

2:ma_, .. :f... rie.. ./+!?.t~.~ ....... .dd...?P/f> del Ministerio de Salud; SE RESUELVE:

Artículo 1.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial No 188-2015/MJNSA. Artículo 2.- Designar a los Responsables Técnicos de Jos Programas Presupuestales del Ministerio de Salud, en el marco de la Programación y Formulación del Presupuesto del Sector Público para el año fiscal2017, según el siguiente detalle:

A. Ve\ásquez.

Programa Presupuesta!

Responsable Técnico

0001 Programa Articulado Nutricional 0002 Salud Materno Neonatal 0018 Enfennedades No Transmisibles 0024 Prevención y Control de Cáncer 0129 .Prevención y manejo de condiciones secundarias de salud en personas con discapacidad 0131 Control y Prevención en Salud Mental

Director/a General de intervenciones Estratégicas en Salud Pública

0016 Tuberculosis y VIH-SIDA 0017 Enfennedades Metaxenicas y Zoonosis

0104 Reducción de la Mortalidad por Emergencias y Urgencias Médicas

Director/a General del Centro Nacional de Epidemiologfa, Prevención y Control de Enfennedades Director/a General de Prestaciones de Salud

Artículo 3.- Designar a el/la Director/a General de la Oficina General de · Planeamiento, Presupuesto y Modernización como Coordinador/a de Seguimiento y Evaluación de Jos Programas Presupuestales del Ministerio de Salud. S. RUIZZ.

Artículo 4.- Designar a el/la Director/a. General de la Oficina General de Articulación y Coordinación como Coordinador Territorial durante el diseño de Jos Programas Presupuestales y, en las fases de programación, formulación, ejecución, y evaluación del presupuesto.

Artículo 5.- Disponer que la Oficina General de Comunicaciones publique la presente Resolución Ministerial, en el Portal _Institucional del Ministerio de Salud, en la dirección: http:/www.minsa.gob.pe/transparencia/index.asp?op=·J15.

Regístrese y comuníquese.

~!Jf(J::tj;¡ ANIBAL VELASQUEZ VALDIVIA Ministro de Salud