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MINISTERIO DE SALUD

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Vistos, los Expedientes N"s 14-012968 y 018270-001, que contienen las solicitudes de don José Santiago CHÁVEZ TORRES y el Informe N" 266-2015-EIE-OARH/MINSA, de fecha 1 de abril de 2015, emitido por el Equipo de Ingreso y Escalafón de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos sobre licencia a cuenta del período vacacional 2014; y, CONSIDERANDO:

Que, con Resolución Directora! N" 0243-2014-0GGRH/SA, de fecha 2 de abril del 2014, se resuelve aprobar el rol de vacaciones correspondiente al año 2014 de la Administración Central del Ministerio de Salud, incluyendo entre otros a don José Santiago CHÁVEZ TORRES, programado para el mes de setiembre de 2014; Que, el Decreto Legislativo N" 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, concede a !os servidores públicos, del derecho a gozar anualmente de treinta días de vacaciones remuneradas, salvo acumulación convencional hasta de 02 periodos; así como de hacer uso de permisos y licencias por causas justificadas o motivos personales en la forma que determine el Reglamento; Que, el Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por Decreto Supremo N" 005-90-PCM, en su artículo 11 oo dispone que, entre las licencias a que tienen derecho los funcionarios y servidores, se encuentran aquellas "a cuenta del periodo vacacional", que se otorgan por matrimonio o por enfermedad grave del cónyuge, padres o hijos; Que, la misma norma en su artículo 118°, establece que las licencias por matrimonio y por enfermedad grave del cónyuge, padres o hijos, serán deducidas del periodo vacacional inmediato siguiente del funcionario o servidor, sin exceder de treinta (30) días; Que, con Memorándum N" 015-2014-DVM-SP/MINSA, de fecha 4 de febrero del 2014, y Hoja de Envío de Trámite General de fecha 18 de febrero del 2014, el Señor Viceministro de Salud Pública corre traslado de la solicitud de adelanto de vacaciones programadas en el mes de setiembre de 2014, de don José Santiago CHÁVEZ TORRES, por tres (3) días a partir del19 al21 de febrero del2014, por encontrarse delicada de salud su esposa; Que, 126-2014-SMO-ESST-ODRH/MINSA, de fecha 24 de febrero del 2014, el Servicio Médico Odontológico del Equipo de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Oficina

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de Desarrollo de Recursos Humanos de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, indica que se ha verificado la documentación presentada por la citada servidora y que cuenta con opinión favorable; Que, el Equipo de Ingreso y Escalafón con Informe W xxx-2015-EIE-OARH/MINSA, de fecha 23 de marzo de 2015, manifiesta que teniendo en consideración lo señalado en los párrafos precedentes, resulta atendible la solicitud presentada por el servidor, debiendo emitirse el acto resolutivo de licencia a cuenta del periodo vacacional 2014, con eficacia anticipada, formulada por don José Santiago CHÁVEZ TORRES; Que, el numeral 17.1 del artículo 17 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción; Con la visación de la Jefa (e) del Equipo de Ingreso y Escalafón y del Ejecutivo Adjunto de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo W 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo W 005-090-PCM, la Ley W 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y la Resolución Directora! W 0132-92-SA-P, que aprueba el Reglamento de Control de Asistencia de los Trabajadores del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1°.- CONCEDER, con eficacia anticipada y con goce de remuneraciones, Licencia a cuenta de su período vacacional 2014, a don José Santiago CHÁVEZ TORRES, Técnico Administrativo 1, Nivel STO, del Despacho Vice Ministerial de Salud, tres (3) días a partir del19 al21 de febrero del2014, por encontrarse delicado de salud suesposa. Artículo 2°.- El período que comprende esta licencia, será deducido de sus vacaciones del año 2014. Artículo 3°.- ENCARGAR a la Oficina General de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución Directora! en el Portal Institucional del Ministerio de Salud, en la dirección electrónica: http://www.minsa.gob.pe/portada/transparencia/normas/asp. Artículo 4°.- Notificar la presente Resolución Directora! a don José Santiago CHÁVEZ TORRES.

Regístrese y comuníquese.