"SALUD Declaran nulo el proceso de selección del Concurso ... - Minsa

Nº 387-2002-SA/DM. Lima, 22 de febrero del 2002. Visto el Oficio Nº 100-2002-CE/CP06, del 31 de enero del 2002 y el Informe Legal Nº 262-2002-OGAJ, del ...
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"SALUD Declaran nulo el proceso de selección del Concurso Público Nº 0006-2001MINSA ""Contratación del Servicio de Impresión"" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 387-2002-SA/DM Lima, 22 de febrero del 2002 Visto el Oficio Nº 100-2002-CE/CP06, del 31 de enero del 2002 y el Informe Legal Nº 262-2002-OGAJ, del 15 de febrero del 2002. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 543-2001-SAOGA del 26 de julio del 2001 se autorizó el Concurso Público Nº 0006-2001-MINSA ""Contratación del Servicio de Impresión"", asimismo se designó a los miembros del Comité Especial; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 567-2001-SA/DM, de fecha 10 de octubre del 2001 se modificó la Resolución Viceministerial Nº 546-2001-SA-OGA del 26 de julio del 2001, reconformando a los miembros del Comité Especial; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 735-2001-SA/ DM de fecha 12 de diciembre del 2001 se aprobaron las Bases Administrativas del Concurso Público Nº 0006-2001MINSA ""Contratación del Servicio de Impresión""; Que las Bases Administrativas antes mencionadas se encuentran integradas, conteniendo un error insuperable que limita la libertad contractual al obligar a todos los postores a presentarse a la totalidad de los ítems convocados, contraviniendo el inciso 14) del Artículo 2º y el Artículo 62º de la Constitución Política del Perú, así como el Artículo 16º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el proceso de selección antes mencionado carece de validez; Que, de acuerdo al Artículo 26º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el Titular del Pliego podría declarar de Oficio la Nulidad del proceso de selección en base a algunas de las causales contempladas en el Artículo 57º de la Ley citada, hasta antes de la celebración del contrato; Que la Resolución que declara la nulidad de oficio deberá expresar la etapa a la que se retrotraerá el proceso conforme a lo dispuesto en el Artículo 57º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, y la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/Pre Aprobado; Que, la Resolución que declara la Nulidad de Oficio debe publicarse en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los cinco

días siguientes a su expedición, conforme a lo dispuesto en el Artículo 26º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Con la visación de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el Artículo 57º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el Artículo 26º de su Reglamento; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar nulo el Proceso de Selección del Concurso Público Nº 0006-2001-MINSA ""Contratación del Servicio de Impresión"", retrotrayéndolo a la etapa de elaboración de las Bases Administrativas. Artículo 2º.- Devolver todo lo actuado al Comité Especial para que proceda a la elaboración de las Bases Administrativas. Artículo 3º.- Publíquese en el Diario Oficial El Peruano dentro de los cinco días siguientes a su expedición. Regístrese y comuníquese. FERNANDO CARBONE CAMPOVERDE Ministro de Salud"

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