N° Lima,
2,97
-2016-VIVIENDA
O1 SET. 2016
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley N° 25323, se creó el Sistema Nacional de Archivos con la finalidad de integrar estructural, normativa y funcionalmente los archivos de las entidades públicas existentes en el ámbito nacional, mediante la aplicación de principios, normas, técnicas y métodos de archivo, garantizando con ello la defensa, conservación, organización y servicio del "Patrimonio Documental de la Nación"; Que, con Decreto Supremo N° 008-92-JUS, se aprobó el Reglamento de la Ley N° 25323, que establece que el Sistema Nacional de Archivos integra a las Entidades e Instituciones de carácter público que realizan funciones de archivos en el ámbito Nacional para alcanzar objetivos en la defensa, conservación, organización y servicio del Patrimonio Documental de la Nación, aplicando principios, normas, técnicas y métodos de archivos; precisando en su Quinta Disposición Transitoria que las normas y directivas emitidas por el Archivo General de la Nación antes de la dación del citado Reglamento, conservan su vigencia como normas del Sistema Nacional de Archivos; Que, por Resolución Jefatural N° 173-86-AGN-J se aprobó la Directiva N° 004/86-AGN-DGAI "Normas para la formulación del Programa de Control de Documentos en los archivos administrativos del Sector Público Nacional", señalando que el ProgralJ'la de Control de Documentos es un documento de gestión archivística que establece las series documentales que produce o recibe una entidad pública como resultado de sus actividades, precisando el número de años que deben conservarse y los períodos de retención en cada nivel de archivo hasta su transferencia al Archivo General de la Nación o su eliminación; Que, la citada Directiva establece que el Comité de Evaluación de Documentos tiene a su cargo la conducCión del proceso de formulación del Programa de Control de Documentos y es designado por la más alta autoridad institucional; QUe, en ese sentido, mediante Resolución Ministerial N° 337-2009-VIVIENDA, modificada por Resolución Ministerial N° 140-2015-VIVIENDA, se constituyó el Comité Evaluador de Documentos del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; siendo necesario reconformar el mismo, conforme a lo requerido por la Secretaría General mediante Hoja de Trámite N° 1-00149218-2016; Que, en consecuencia, es necesario expedir el acto resolutivo correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; su Reglamento de
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Organización y Funciones aprobado con Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; y la Directiva N° 004/86AGN-DGAI, aprobada por Resolución Jefatura I N° .173-86-AGN-J; SE RESUELVE: Artículo 1.- Reconformar el Comité Evaluador de Documentos del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, constituido mediante Resolución Ministerial N° 337-2009-VIVIENDA, y modificado por Resolución Ministerial N° 140-2015-VIVIENDA, el cual queda constituido de la siguiente manera:
EI(La) Director(a) de la Oficina de Gestión Documentaria y Archivo, quien lo presidirá. EI(La) Director(a) General de la Oficina General de· Asesoría Jurídica o su representante. Los(Las) Titulares de los .Órganos, Unidades Orgánicas y/o Programas, cuya documentación será evaluada . .EI(La) Director(a) General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, quien actuará como Secretario(a) Técnico(a) del Comité. Artículo 2.- Notificar la presente Resolución Ministerial a las personas que ejercen los cargos a que se refiere el artículo 1; así como, disponer su publicación en el portal institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe). Regístrese y comuníquese