2 1 SET. 2016

Rosario Elena Gonzáles Seminario, de la Dirección Nacional de Urbanismo, como representantes alternos del Ministerio de Vivienda, Construcción y ...
137KB Größe 12 Downloads 2 vistas
N° Lima,

322

-2016-VIVIENDA

2 1 SET. 2016

VISTO; el Informe N°' 011-2016-VIVIENDA-VMVU-DGADT de la Dirección General de Accesibilidad y Desarrollo Tecnológico; y, CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo N° 002-2013-MIMP, se aprobó el "Plan Nacional para las Personas Adultas Mayores 2013-2017", y el Anexo: "Matriz del Plan t"S"lrte Nacional para las Personas Adultas Mayores 2013-2017"; y se constituyó la Comisión '_:.--...._.,,~, ~ ultisectorial Permanente encargada del seguimiento, monitoreo y evaluación de la . Ji plementación del citado Plan, con la finalidad de contribuir al cumplimiento eficaz de ~us objetivos y metas, integrada entre otros, por el Viceministro de Vivienda y 0 ·./NIS1f. ' Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y ~aneamiento; Que, el artículo 6 del citado Decreto Supremo establece que las entidades del Estado, mediante resolución de su titular, podrán designar a dos (2) representantes alternos; preferentemente especializados en temas de personas adultas mayores; Que, con Resolución Ministerial N° 172-2013-VIVIENDA, se designó al señor Oscar Eduardo Llúncor Mendoza, de la Dirección Nacional de Vivienda; y a la señora Rosario Elena Gonzáles Seminario, de la Dirección Nacional de Urbanismo, como representantes alternos del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, ante la Comisión Multisectorial Permanente, creada por Decreto Supremo N° 002-2013MI,MP; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA y modificado por Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA, establece una nueva estructura orgánica del Ministerio, que comprende entre otras unidades orgánicas de la Dirección General de Políticas y R~gulación en Vivienda y Urbanismo, a la Dirección de Ordenamiento e Integración de Centros Poblados; Que, por Resolución Ministerial N° 191-2015-VIVIENDA se designó entre otros, a la señora Rosario Elena Gonzáles Seminario, como Directora de la Dirección de Ordenamiento e Integración de Centros Poblados de la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, por Resolución Ministerial N° 264-2016-VIVIENDA, se designó al señor Luis Alberto Aranibar Medina, en el cargo de Director General de la Dirección General

de Accesibilidad y Desarrollo Tecnológico del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, en ese sentido, es necesario dar por concluida la designación del señor Oscar Eduardo Llúncor Mendoza y designar a la persona que lo reemplazará; así como, actualizar la denominación de la Dirección a cargo de la señora Rosario Elena Gonzáles Seminario; De conformidad con la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo N° 0062015-VIVIENDA; SE RESUELVE:

Artículo 1.- Dar por concluida la designación del señor Oscar Eduardo Llúncor Mendoza, como representantes alterno del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, ante la Comisión Multisectorial Permanente, creada por Decreto Supremo N° 002-2013"':MIMP, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar a los representantes alternos del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ante la Comisión Multisectorial Permanente, creada por Decreto Supremo N° 002-2013-MIMP, según se indica: Luis Alberto Aranibar Medina, Director General de la Dirección General de Accesibilidad y Desarrollo Tecnológico. Rosario Elena Gonzáles Seminario, Directora de la Dirección de Ordenamiento e Integración de Centros Poblados.

Artículo 3.- Notificar la presente Resolución Ministerial al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y a las personas señaladas en los artículos 1 y 2, para los fines pertinentes. Regístrese y comuníquese

- EOME~ T~üjiLLo·MORt···· Mintit,. de VlYieMa. Construccitn y Sane.mlento