13 SET. 2016

Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales; los Informes Ws 161 y 165. 2016-MINAMNMDERN/DGDB de fechas 26 de agosto y 2 de ...
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1 3 SET. 2016

Visto, el Memorando W 538-2016-MINAM/DVMDERN de fecha 6 de setiembre de 2016, del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales; los Informes Ws 161 y 165 2016-MINAMNMDERN/DGDB de fechas 26 de agosto y 2 de setiembre de 2016, respectivamente, emitidos por la Dirección General de Diversidad Biológica; la Ficha de Solicitud de Autorización de Viaje al Exterior, y demás antecedentes; y,

CONSIDERANDO: Que, el Ministerio del Ambiente es un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público y constituye pliego presupuestal del Estado; Que, de acuerdo a lo señalado en el Decreto Legislativo W 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, éste tiene la función general de diseñar, establecer, ejecutar y supervisar la política nacional y sectorial ambiental, asumiendo la rectoría con respecto a ella; Que, mediante comunicación de fecha 24 de agosto de 2016, la organización Humane Society Internacional a través de la Subdirección - Vida Silvestre cursa invitación al Ministerio del Ambiente, para participar en la Décimo Séptima Reunión de la Conferencia de las Partes de las CITES (CoP 17 CITES), que se realizará del 24 de setiembre al 5 de octubre de 2016 en la ciudad de Johannesburgo, República de Sudáfrica; Que, la participación del Ministerio del Ambiente en el citado evento permitirá: i) presentar la posición peruana frente a los diversos puntos de la CoP 17 CITES, ii) dar a conocer los avances del país en la implementación de la Convención CITES, iii) propiciar actividades de cooperación para promover el uso sostenible de nuestras especies silvestres y iv) participar en grupos de trabajo que permita la ejecución de programas en la temática CITES; Que, mediante Memorándum W 538-2016 MINAMIDVMDERN el Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales del Ministerio del Ambiente, propone la participación de la señora Fabiola Rocío Núñez Neyra, Especialista CITES I de la Dirección General de Diversidad Biológica del Ministerio del Ambiente, en la Décimo Séptima Reunión de la Conferencia de las Partes de las CITES (CoP 17 CITES), señalando que los gastos de participación serán cubiertos por la organización Humane Society Internacional;

Que, de acuerdo a lo previsto en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprobó las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, "Los viajes al extranjero para concurrir a Asambleas, Conferencias, Seminarios, Cursos de Capacitación o que se realicen por cualquier otro motivo, siempre que no ocasionen ningún tipo de gastos al Estado, serán autorizados mediante Resolución del Titular de la Entidad correspondiente"; Con el visado del Viceministro de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales y de la Directora de la Oficina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo N° 0472002-PCM y sus modificatorias; el Decreto Legislativo W 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Decreto Supremo W 007-2008-MINAM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente;

SE RESUELVE: Artículo 1°._ Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, de la señora Fabiola Rocío Núñez Neyra, Especialista CITES I de la Dirección General de Diversidad Biológica del Ministerio del Ambiente, a la ciudad de Johannesburgo, República de Sudáfrica del 22 de setiembre al 7 de octubre de 2016, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2°._ El viaje autorizado no irrogará gasto alguno al Estado, ni dará derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 3°._ Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la servidora indicada en el artículo 1 de la presente resolución, deberá presentar ante el Ministerio del Ambiente un informe detallado describiendo las acciones realizadas.

Regístrese y comuníquese.