MIN ISTERIO DE SA LUD
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Visto el Informe W 991-2015-ERP-OARH/MINSA de fecha 30 de junio del 2015, contenido en el Expediente W 14-1151 17-001 , emitido por el Equipo de Re muneraciones y Pensiones de la Oficina General de Gestión de Recu rsos Humanos; CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento de la sentencia emitida por la Tercera Sala Adm in istrativa de la Corte Superior de Justicia de Lima, se emite la Resolución Directora l W 0039-2012-0GGRH/SA, de fecha 18 de enero del 2012 , reco nociendo a favor de doña CARMEN VIRG INIA CASANOVA VALLEJOS , los devengados del articulo 2 de la Bon ificación Especial del Decreto de Urgencia W 037 -94, desde el 01 de j ulio de 1994 hasta el 31 de diciembre del 2010, con deducción de lo abonado por el Decreto Supremo W 019-94-PCM, cuyo monto asciende a Vei ntisiete Mil Doscientos Ochenta y Ocho co n 60/100 Nuevos Soles (SI.27 ,288.60) ;
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Que, en ese sentido, durante los meses de diciembre del 2012, abril, junio, diciembre del 2013 y octubre del 2014, se efectúo a favor de doña CARMEN VIRGIN IA CASANOVA VALLEJOS , seis (06) depós itu~; parc:ales con cargo a la d(;uda principal, habiéndose cancei",,'D la 'otalidad de los devengados reconocidos en la Reso lución antes mencionada, como a continuación se gráfica:
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J. IIIE/WOZA 1\
MONTO PAGADO MONTO RECONOCIDO
2012
27,288 .60 -
5,523.43
1
2014
2013
DICIEMBRE
3,750.01
ABRIL
I
861.72
I
JUNIO
3.180.40
I
DICIEMBRE
OCTUBRE
TO TAL AMORTIZADO
13,700,20
:>72.84
27,288.60
Que, según Informe Situacion al Actua l N° 943-2015-S ERL-E IE-OAR H-OGGR H, de fecha 26 de marzO de 2015, emitido por el Equ ipo de In greso y Escalafón, doña CARM EN VIRG INIA / IOD~ CASANOVA VALLEJOS , figura como pensionista de la Administración Central , con el cargo de :~., .' ~"'.,. J'1- Secretaria V, Nivel STA;
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; ~ Que, mediante Resol ución Número Cinco , C.o fE. .. ha ~ R de mayo del 2011 , emitida por la Tercera Sala Contenciosa Adm inistrativa de la Corte Superior ae Justicia de Lima , se CONFIRMA la sentencia dictada a través de la Resolución W 08 , de fecha 23 de diciembre de 2009 , emitida por el 35° Juzgado Civil y Sentenciador (Previsional) , reca ido en el Expediente 02535-2009-0-180 1-JR-CA-35 , que ordena el abono de los devengados del articulo 2 de la bonificación especial del Decreto de Urgencia W 037-94 con deducción de lo pagado con el Decreto Supremo W 019-94-PCM , más los intereses legales generados; Que, la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, en estricto cumplim iento de !a obligación legal impuesta por el artículo 4° del Texto Único Ordenado de la Ley Or9ánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo W 017-93-JUS , dispone que "toda persona y autoridad está obligada a acatar y dar cumplim iento a las decisiones judici21es de índole administrativa, emanadas de
autoridad judicial competente, en sus propios términos, sin poder calificar su contenido o sus fundamentos, restringir sus efectos o interpretar sus alcances, bajo responsabilidad civil, penal o administrativa que la Ley señala", ha cumplido en parte con lo ordenado por el Órgano Jurisdiccional , mediante Resolución Directoral W 0039-2012-0GGRH/SA al haber reconocido y cancelado lo devengados de la bonificación especial del Decreto de l. rgencia W 037-94 , quedando peml iente el reconocimiento de los intereses legales; Que, de acuerdo al Informe de Visto , y a la Liquidación W 148-2015-ERP-OARH/M INSA, de fecha 30 de junio del 2015, emitido por el Equipo de Remuneraciones y Pensiones , se ha determinado que corresponde reconocer a doña CARMEN VIRGINIA CASANOVA VALLEJOS la suma de SI.8 ,672 .:) 2 ;Jor GC ;lC (' :J~' ) :!E. ir.lerlises legales laborales, del periodo com¡'w di'!, del '11 d \~ ¡uli:' d ~'· 1994 al31 de diciembre del 2010 , generado de los devengados de la bonificación especial del Decreto de Urgencia W 037-94 ; Que, a razón de las obligaciones derivadas de sentencias judiciales con calidad de cosa juzgada, mediante Resolución Ministerial W 210-2014/MINSA de fecha 11 de marzo del 2014, se conformó el Comité para la elaboración y aprobación del listado priorizado para la atención del pago de sentencias judiciales a efectos de reducir costos al Estado, en aplicación a lo dispuesto por el artículo 5° del Reglamento de la Ley W 30137, aprobado por Decreto Supremo W 001 2014-JUS ; Que, en este contexto , resulta conveniente expedir el acto resolutivo mediante el cual se cumple el mandato judicial expedido por la Tercera Sala Contenciosa Administrativa de la Corte Superior de Justicia de Lima;
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Con los visados del Jefe de Equipo de Remuneraciones y Pensiones y del Ejecutivo Adjunto I de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos; De conformidad con lo previsto en el artículo 4° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial , aprobado por Decreto Supremo W 017 -93-JUS; SE RESUELVE : Artículo 1°._ RECONOCER a favor de doña CARMEN VIRGINIA CASANOVA VALLEJOS , identificada con D.N.I. N' 06266207, la suma de OCHO MIL SEISCIENTOS SETENTA Y DOS CON 02/100 NUEVOS SOLES (SI.8 ,672.02), por concepto de intereses legales laborales derivados de la aplicación de la bonificación especial del Decreto de Urgencia N' 037-94 , del período comprendido del 01 de julio de 1994 al 31 de diciembre del 2010 , conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución , de acuerdo al siguiente detalle: W Expedi ente Judicial
Periodo
Meses
Intereses legaies laborales del O.U. W 037-94
02535-2009-O-1801-JR-CA-35
Oel 0 1/07/1994 al 31/1212010
198
8,672.02
Artículo 2',_ El monto reconocido en el artículo precedente de la presente resolución , será abonado con cargo a la Especifica de Gasto 25.51 .21 , Meta 0133 y de acuerdo a la disponibilidad presupuestal de la Unidad I::jecutora 001 , Pliego 11 , Ministerio de Salud . Artículo 3°._ Remitir copia de la presente resolución a' D:rector General de la Oficina General de Administración , quien preside el Comité encargado del listado de priorización de sentencias con calidad de cosa juzgada. Artículo 4°,_ Remitir copia dA la ::>resente resolución al Procurador Público del Ministerio de S 3 Il : ~ , para su conocimiento y presentación ~nte la Tercera Sala Contenciosa Administrativa de la Corte Superior de Justicia de Lima , para su aprobación. Regístrese y Comuníquese,
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