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31 may. 2016 - de Abogados su inconducta procesal en caso de incumplimiento. Especialista Judicial Chris- tian Fabiany Alfaro Ope.(30-31 Mayo y 01 Junio).
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Martes, 31 de mayo del 2016

SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA

La República

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SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA

Martes, 31 de mayo del 2016

Avisos Judiciales EDICTO EDICTO Ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de Ilo, que despacho el Juez Williams Norabuena Carpio, Secretario Huber Rojas Huamaní, Expediente 00313-2016-0-2802-JP-CI-01, don Héctor Manuel Clavijo Zavallo solicita la rectificación de la partida de su menor hija indica Luciana Clavijo Canahuire, que deberá figurar en lo sucesivo como Indira Luciana Clavijo Zevallos. Huber Marlon Rojas Huamani – Secretario Judicial – Primer Juzgado de Paz Letrado Ilo – Corte Superior de Justicias de Moquegua. (31 Mayo) EDICTO En el Exp. 238-2016, seguido en Primer Juzgado Paz Letrado de Ilo, despacha Juez Dr. WILIAMS NORABUENA CARPIO, Secretario Dr. Huber Rojas. Se solicita rectificación de Partida de Matrimonio, de SANTIAGO ZEVALLOS CALDERON debiendo figurar como SANTIAGO ZEBALLOS CALDERON debiendo rectificar el apellido paterno en la letra “V” por “B”, de quien fuera esposo de la demandante, según resolución N° 01; de fecha 17 de Mayo 2016. Señalá fecha para Audiencia de Actuación y Declaración Judicial el día 13 de Junio del 2016, a las 10:00 a.m. T.R. y H.S.. Victor Raul Cutipa Ccama Abogado con registro 245 del Colegio de Abogados de Moqugua. (31 Mayo) EDICTO En el Juzgado de Paz de Miramar – Distrito y Provincia de Ilo – Departamento de Moquegua, que despacha la Jueza Verónica Blas Roque, con Expediente N°019-2016, doña María Jessenia Tito Fuentes sigue proceso judicial de COBRO DE ALIMENTOS en contra de JUAN MELITON NINA SUAREZ. La demanda ha sido admitida con Resolución N°01 del catorce de marzo del año dos mil dieciséis. Al ignorarse el domicilio real del demandado en todo el territorio nacional con resolución N°02 del doce de Mayo del año dos mil dieciséis, se ha dispuesto notificar al demandado mediante edicto en el diario oficial “El Peruano”. La resolución admisoria dice: Admitir a trámite la demanda de Alimentos interpuesta por MARIA JESSENIA TITO FUENTES en contra de MELITÓN NINA SUÁREZ, en la vía de Proceso Sumarísimo. Ilo 12 de Mayo del 2016. Verónica M. Blas Roque. Juez de Paz. Juzgado de Paz de Marimar – Ilo – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (31 Mayo) EDICTO Expediente Nro. 00357-2014-0-2801-JMCI-02 seguido por GERMAN PASCUAL SALAS CHAMBILLA, sobre NULIDAD DE ACTO JURÍDICO en contra de JULIA NANCY CHOCANO DE VELANDO Y OTROS, el Juez del Segundo Juzgado Mixto en lo Civil de Moquegua, Dr. Fredy Fernández Sánchez y especialista Gaby Nina Escobar…, expiden la RESOLUCIÓN Nro. 10, Moquegua, 18-04-2016…. RESUELVE: 1. SUSPENDER EL PRESENTE PROCESO, por el plazo de treinta días para que comparezcan los sucesores de quien en vida fue la demanda JULIA NANCY CHOCANO DE VELANDO, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal. 2. SE DISPONE notificar con la presente resolución a la sucesión de la demandada JULIA NANCY CHOCANO DE VELANDO, por edictos, los mismos que deberán ser diligenciados por la parte demandante. 3. SE DEJA SIN EFECTO el llamado de autos para sentenciar. T.R.H.S Moquegua, 26 de Mayo del 2016. David A. Calizaya Pinto. Abogado. Reg. N° 006 C.AM.; Abog. Gaby Edith Nina Escobar – Secretaria Judicial – Segundo Juzgado Mixto de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (31 Mayo y 02-06 Junio) EDICTO Exp. N°00180-2004-0-2801-JM-CI-01, en los seguidos por Abdón Zenón Peñaloza Quintanilla, Julia Rita Arana De Peñaloza con BANCO DE CREDITO DEL PERU, Juana Elena Carillo Segovia

VDA. de Peñaloza, Mario Dario Ramos Vizcarra, Esperanza Yolanda Vizcarra Rea de Ramos sobre NULIDAD DE ESCRITURA PUBLICA y otro, ante el PRIMER JUZGADO MIXTO DE MARISCAL NIETO, Especialista Legal Dr. Tarqui Pedraza, Juez Dr. Juan Porfirio Paredes Romero, a proveído, Resolución N°83, Moquegua 28 marzo 2016, 1. NOTIFICAR por edicto a los Sucesores de quien en vida fue JUANA ELENA CARRILLO VDA. DE PEÑALOZA, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal, 2. NOTIFICAR la presente Resolución en el domicilio real señalado en autos de la demandada fallecida JUANA ELENA CARRILLO VDA, DE PEÑALOZA, sin perjuicio de notificársele en su domicilio procesal. 3. SUSPENDER el proceso hasta que concurra los sucesores, bajo apercibimiento de nombrarse CURADOR PROCESAL en caso de no hacerse parte. 4. Dejar sin efecto el llamado de autos para sentenciar. Lo que se publica de acuerdo a ley. Moquegua, 25 Mayo 2016. J. Cristian Ramos Cordova – Abogado. Reg. N°040 CAM; Abog. Jaime Tarqui Pedraza – Secretario Judicial – Primer Juzgado Mixto Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (31 Mayo)

Resolución no es apelada por las partes dentro del plazo de Ley, sea elevada al superior en CONSULTA. Y por esta mi sentencia, así lo pronuncio, mando y firmo.- REGÍSTRESE Y HÁGASE SABER.- (30-31 Mayo y 01 Junio)

EDICTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA PROVINCIA GENERAL SÁNCHEZ CERRO: a cargo del magistrado Doctor Ramiro José Morales Ali, por intermedio del presente NOTIFICA a DESPROMINC S.R.L, con el contenido de la resolución numero 12, cuyo contenido es el siguiente: Omate, dieciocho de mayo del dos mil dieciséis.-Estando a lo señalado por la abogada de la defensa técnica, al certificado medico que se acompaña y por esta única vez, SE DISPONE: 1) Reprogramar la fecha de la audiencia de JUICIO ORAL que corresponden a la presente causa, la misma que se llevará a cabo el próximo VEINTIDÓS DE JUNIO DEL DOS MIL DIECISÉIS, a las ONCE HORAS, en el local del Juzgado, sito en calle Moquegua Nº 706 – Omate, para cuyo efecto deberá de notificarse a los sujetos procesales, la defensa de los acusados y al Ministerio Público, con arreglo a ley, subsistiendo los apremios indicados en el auto de citación a juicio,. 2) Se le concede a la abogada recurrente el plazo de cuarenta y ocho para que cumpla con presentar debidamente visado el certificado medico correspondiente que da sustento a sus pedido realizado a través del escrito que antecede bajo apercibimiento de imponerse multa y de ponerse en conocimiento de su Colegio de Abogados su inconducta procesal en caso de incumplimiento. Especialista Judicial Christian Fabiany Alfaro Ope.(30-31 Mayo y 01 Junio)

RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN LOS ARTICULOS 13 Y 16 DE LA LEY 26662 SE COMUNICA QUE DON JOSE LUIS HUANCA BARRANTES HA PRESENTADO ANTE EL NOTARIO DE ILO DRA. YOLANDA INSÚA ARROYO, CON DOMICILIO EN JIRON CALLAO N° 300, ILO, LA SOLICITUD DE RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, SEÑALANDO QUE EXISTE OMISION EN LA CONSIGNACION DE LOS NOMBRES DE SU MADRE, EN DONDE DICE: MADRE: “YRENE BARRANTES DE HUANCA” DEBE DECIR MADRE: “ANGELA YRENE BARRANTES HUANCOLLO”. ILO, 10 DE MAYO DEL 2016. YOLANDA L. INSUA ARROYO – ABOGADA. NOTARIA PUBLICA. ILO – PERU (31 MAYO)

EDICTO En el expediente N° 00396-2013-0-2801-JMCI-01 seguido ante el Primer Juzgado Mixto de Mariscal Nieto, que despacha el Juez Juan Porfirio Paredes Romero con intervención del secretario Jaime Targuí Pedraza se ha dispuesto la notificación mediante edicto de la Resolución N° 16 (SENTENCIA) de fecha treinta y uno de marzo del dos mil dieciséis al demandado Arnaldo Ulises Figueroa León; Resolución que resuelve: FALLO: Declarando FUNDADA la demanda de Otorgamiento de Escritura de fojas 11 a 14, presentada por EDUARDO HUMBERTO VENANCIO FLORES, en contra de ARNALDO ULISES FIGUEROA LEON. 1) DECLARO FUNDADA la pretensión de que mediante Sentencia Judicial se ordene al demandado cumpla con su obligación legal de otorgarle la Escritura Pública de Traslación de Dominio de bien inmueble del inmueble ubicado en el Pueblo Joven San Francisco Manzana I, Lote 19A, del Distrito de Moquegua, Provincia de Mariscal Nieto del Departamento de Moquegua, inscrito en la partida registral N° PO8028838, que le transfirió. 2) DISPONGO: Que el demandado dentro del plazo de seis (06) días hábiles otorgue la escritura pública solicita a favor del demandante, bajo apercibimiento de imponérsele multa y eventualmente disponerse su detención en caso de incumplimiento. 3) Sin costas ni costos procesales. 4) DISPONGO: Que si la presente

RECTIFICACION DE AREA Y LINDEROS RECTIFICACION DE PARTIDA ANTE EL JUEZ QUE DESPACHA EL JUZGADO MIXTO (EXP 1|) ILO ADOLFO CORNEJO POLANCO. SECRETARIO MARCO CACERES NINAJA. EXP. 00132-2016-0-2802-JM-CI-01. SE HA EMITIDO LA SIGUIENTE RESOL. Nro. 02 ADMITIR A TRAMITE LA DEMANDA NO CONTENCIOSA SOBRE CAMBIO DE NOMBRE INTERPUESTA POR VALDIVIA CATACORA NOELIA CANDELARIA DE LAS PEÑAS Y AGUILAR AROS FERNANDO EUGENIO EN REPRESENTACION DE SU HIJO EMIR JESUS AROCUTIPA VALDIVIA DEBIENDO DECIR: EMIR JESUS AGUILAR VALDIVIA. SEÑALANDOSE COMO FECHA PARA LA AUDIENCIA. EL DIA 22 DE JUNIO 2016. Marco Caceres Ninaja – Secretario Judicial – 2da. Secretaria Juzgado Mixto de Ilo. Corte Superior de Justicia de Moquegua. (31 Mayo)

RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO NOTARIA INSUA. DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN LOS ARTICULOS 13 Y 16 DE LA LEY 26662 SE COMUNICA QUE DOÑA DUDDY GENOVEVA JUAREZ ARAGON HA PRESENTADO ANTE EL NOTARIO DE ILO DRA. YOLANDA INSUA ARROYO, CON DOMICILIO EN JIRON CALLAO N° 300, ILO, LA SOLICITUD DE RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, SEÑALANDO QUE EXISTE ERROR EN LA CONSIGNACIÓN DE LOS NOMBRES DE SU PADRE, EN DONDE DICE; PADRE: “ELISBAN VICENTE JUAREZ ANCO” DEBE DECIR PADRE: “ELISBAN JUAREZ ANCO”. ILO, 13 DE MAYO DEL 2016. YOLANDA L. INSUA ARROYO. ABOGADA. NOTARIA PUBLICA. ILO – PERU. (31 Mayo) SUCESION INTESTADA SUCESION INTESTADA ANTE EL DESPACHO NOTARIAL DE LA DRA. YOLANDA INSUA ARROYO, UBICADO EN EL JIRON CALLAO 300, DE LA CIUDAD DE ILO, DOÑA CRISTINA GUADALUPE VILCA HUANACUNE ESTA SOLICITANDO LA SUCESION INTESTADA DE DON BONIFACIO NOLBERTO APAZA COSI FALLECIDO EN CALANA (TACNA), EL 04 DE OCTUBRE DEL 2014, TENIENDO SU DOMICILIO REAL EN LA CIUDAD DE ILO; POR LO QUE SE COMUNICA A TODAS LAS PERSONAS QUE TENGAN DERECHO A LA HERENCIA A PRESENTAR LOS DOCUMENTOS PROBATORIOS CONFORME A LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 13 Y 41 DE LA LEY 26662. ILO, 25 DE MAYO DEL 2016. YOLANDA L. INSUA ARROYO. ABOGADA. NOTARIA PUBLICA. ILO – PERU. (31 MAYO) SUCESION INTESTADA NOTARIA INSUA. ANTE EL DESPACHO NOTARIAL DE LA DRA. YOLANDA INSÚA ARROYO, UBICADO EN EL JIRON CALLAO 300, DE LA CIUDAD DE ILO, DOÑA CRISTINA GUADALUPE VILCA HUANACUNE ESTA SOLICITANDO LA SUCESION INTESTADA DE DOÑA MARIA HUANACUNE DE

APAZA FALLECIDA EN ILO, EL 22 DE OCTUBRE DE 1992, TENIENDO SU DOMICILIO REAL EN LA CIUDAD DE ILO; POR LO QUE SE COMUNICA A TODAS LAS PERSONAS QUE TENGAN DERECHO A LA HERENCIA A PRESENTAR LOS DOCUMENTOS PROBATORIOS, CONFORME A LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 13 Y 41 DE LA LEY 26662. ILO, 23 DE MAYO DEL 2016. YOLANDA INSUA ARROYO – ABOGADA. NOTARIA PUBLICA. ILO – PERU. (31 MAYO) SUCESION INTESTADA NOTARIA INSUA. ANTE EL DESPACHO NOTARIAL DE LA DRA. YOLANDA INSUA ARROYO, UBICADO EN EL JIRON CALLAO 300, DE LA CIUDAD DE ILO, DOÑA LIDIA BLACIDA CALAPUJA QUINTANA ESTA SOLICITANDO LA SUCESIÓN INTESTADA DE DON VICTOR ANDRES CALAPUJA QUINTANA FALLECIDO EN ILO, EL 14 DE MARZO DEL 2016, TENIENDO SU DOMICILIO REAL, EN LA CIUDAD DE ILO; POR LO QUE SE COMUNICA A TODAS LAS PERSONAS QUE TENGAN DERECHO A LA HERENCIA A PRESENTAR LOS DOCUMENTOS PROBATORIOS CONFORME A LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 13 Y 41 DE LA LEY 26662 ILO, 16 MAYO DEL 2016. YOLANDA L. INSUA ARROYO. ABOGADA. NOTARIA PUBLICA. ILO – PERU. (31 MAYO) SUCESION INTESTADA NOTARIA INSUA. ANTE EL DESPACHO NOTARIAL DE LA DRA. YOLANDA INSUA ARROYO, UBICADO E EL JIRON CALLAO 300, DE LA CIUDAD DE ILO, DOÑA ESTELITA EDUARDA CHIVIGORRI COAGUILA DE CARRANZA ESTA SOLICITANDO LA SUCESION INTESTADA DE DOÑA BRIGIDA COAGUILA DE CHIVIGORRI FALLECIDA EN ILO, EL 30 DE DICIEMBRE DEL 2015, TENIENDO SU DOMICILIO REAL EN LA CIUDAD DE ILO; POR LO QUE SE COMUNICA A TODAS LAS PERSONAS QUE TENGAN DERECHO A LA HERENCIA A PRESENTAR LOS DOCUMENTOS PROBATORIOS, CONFORME A LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 13 Y 41 DE LA LEY 26662. ILO, 12 MAYO 2016. YOLANDA L. INSUA ARROYO. ABOGADA. NOTARIA PUBLICA. ILO – PERU. (31 MAYO) NOTIFICACION POR EDICTO NOTIFICACION POR EDICTO EXPEDIENTE Nº 00545-2013-0--2801-JP-FC-01 ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Mariscal Nieto que despacha la Sra. Juez LIDIA JOSEFINA VEGA VALENCIA y Secretaria Dra. MELISA PAOLA MANCHEGO RIVERA, ha dispuesto la notificación por edicto a: AURELIA VENEGAS SEGURA RESOLUCIÓN NRO. 01; Moquegua, diez de octubre del dos mil trece.- ADMITIR a trámite la demanda sobre EXONERACION DE ALIMENTOS y como pretensión objetiva originaria alternativa la REDUCCION DE LA PENSION ALIMENTICIA, interpuesta por NIEVES ELIAS VIZCARRA ESPINOZA, en contra de AURELIA VENEGAS SEGURA. Tramítese el presente en la vía procedimental del PROCESO SUMARÍSIMO. Córrase TRASLADO de la demanda a la emplazada, por el término de QUINCE DIAS días para que ejerza su derecho de defensa. Teniéndose por ofrecidos los medios probatorios que se precisan. Agréguese a los autos los anexos que se acompañan. REGISTRESE Y HÁGASE SABER.Dra LIDIA JOSEFINA VEGA VALENCIA Juez del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Mariscal Nieto y Dra. MELISA PAOLA MANCHEGO RIVERA, Primera Secretaria Juzgado de Paz Letrado de Mariscal Nieto. Corte Superior de Justicia de Moquegua.(30-31 Mayo y 01 Junio) EDICTO PENAL EDICTO PENAL EXP: 00440-2015-30-2802-JR-PE-02, Se emplaza, notifica y cita a ROBERTO CHOQUE VILLACA, con la RESOLUCION N° 01 que RESUELVE: 1. CITAR A JUICIO ORAL EMPLAZANDO A: 1. A. ACUSADO: ROBERTO CHOQUE VILLACA identificado con DNI No 42533000. Debiendo ser notificados en sus domicilios reales que aparecen en autos, bajo apercibimiento de ser declarados, reos contumaces, en caso de inasistencia

injustificada. 1. B. MINISTERIO PUBLICO: Fiscal del PRIMER DESPACHO DE INVESTIGACIÓN de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de llo, a cargo de la Investigación Preparatoria de la Fiscalía Provincial penal Corporativa de llo, bajo responsabilidad y, de ser el caso, de disponerse su exclusión y requerirse su reemplazo al Fiscal Superior en grado; debiendo ser notificado y citado en el domicilio legal y procesal señalado en autos. 1. C. AGRAVIADA: YHORDAN GIANFRANCO VIZCARRA PIEROLA Debiendo ser notificadas en su domicilio real y/o procesal señalado en autos. Siendo la notificación del Actor Civil bajo apercibimiento de tenerse por abandonada su constitución en parte en caso de inasistencia injustificada, conforme a lo establecido en el artículo 359.7 del Código procesal Penal. 1-D. TESTIGOS Y PERITOS: YHORDAN GIANFRANCO VIZCARRA PIEROLA. ELIZABETH ANGELA PIEROLA ENRIQUEZ MARIANO ARNULFO VIZCARRA TALAVERA FIDENCIO EDGAR CUAYLA CONDORI (perito) Que deberán ser citados en el domicilio que aparece en el auto de enjuiciamiento. La concurrencia a juicio de los testigos y peritos citados es, conforme al artículo 164.3 y 379.1 del Código Procesal Penal, bajo apercibimiento de ser conducidos compulsivamente por la Policía Nacional del Perú al Juicio oral, en caso de inasistencia. 1.E. ABOGADOS DEFENSORES: Dr. MIRIAM MENDOZA PACORI abogado del acusado ROBERTO CHOQUE VILLACA Debiendo ser notificados dichos letrados en sus domicilios procesales señalados en autos, bajo apercibimiento de imponérseles multa de una unidad de referencia procesal y procederse conforme a lo establecido en el artículo 85 y 359.5 del Código Procesal Penal, en caso de inasistencia injustificada. 2.- SEDE DE JUZGAMIENTO: El juicio oral se realizará en el Modulo Penal de llo, sito en la calle Junín 301- Ilo. 3.- FECHA DE JUZGAMIENTO: El inicio del Juicio se llevará a cabo el día SEIS DE MAYO del dos mil dieciséis, a las QUINCE HORAS. ‘ Se emplaza, notifica y cita a ROBERTO CHOQUE VILLACA, con la RESOLUCION N° 03 que RESUELVE: Visto el informe del Especialista Legal y conforme a la agenda judicial del Juzgado se reprograma el inicio del presente juicio oral para el día DIECISIETE DE JUNIO DEL DOS MlL DlECISElS A LAS DIEZ HORAS, el mismo que se realizará en la Sala de Audiencia del Módulo Penal de Ilo, ubicado en la calle Junín 300 segundo piso, debiendo notificarse a las partes para su asistencia, con los mismos apercibimientos de auto de citación a juicio. (30, 31 Mayo y 01 Junio).

EDICTO EDICTO Ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de Ilo, que despacho el Juez Williams Norabuena Carpio, Secretario Huber Rojas Huamaní, Expediente 00313-2016-0-2802-JP-CI-01, don Héctor Manuel Clavijo Zavallo solicita la rectificación de la partida de su menor hija indica Luciana Clavijo Canahuire, que deberá figurar en lo sucesivo como Indira Luciana Clavijo Zevallos. Huber Marlon Rojas Huamani – Secretario Judicial – Primer Juzgado de Paz Letrado Ilo – Corte Superior de Justicias de Moquegua. (31 Mayo) EDICTO En el Exp. 238-2016, seguido en Primer Juzgado Paz Letrado de Ilo, despacha Juez Dr. WILIAMS NORABUENA CARPIO, Secretario Dr. Huber Rojas. Se solicita rectificación de Partida de Matrimonio, de SANTIAGO ZEVALLOS CALDERON debiendo figurar como SANTIAGO ZEBALLOS CALDERON debiendo rectificar el apellido paterno en la letra “V” por “B”, de quien fuera esposo de la demandante, según resolución N° 01; de fecha 17 de Mayo 2016. Señalá fecha para Audiencia de Actuación y Declaración Judicial el día 13 de Junio del 2016, a las 10:00 a.m. T.R. y H.S.. Victor Raul Cutipa Ccama Abogado con registro 245 del Colegio de Abogados de Moqugua. (31 Mayo)

Martes, 31 de mayo del 2016

EDICTO En el Juzgado de Paz de Miramar – Distrito y Provincia de Ilo – Departamento de Moquegua, que despacha la Jueza Verónica Blas Roque, con Expediente N°019-2016, doña María Jessenia Tito Fuentes sigue proceso judicial de COBRO DE ALIMENTOS en contra de JUAN MELITON NINA SUAREZ. La demanda ha sido admitida con Resolución N°01 del catorce de marzo del año dos mil dieciséis. Al ignorarse el domicilio real del demandado en todo el territorio nacional con resolución N°02 del doce de Mayo del año dos mil dieciséis, se ha dispuesto notificar al demandado mediante edicto en el diario oficial “El Peruano”. La resolución admisoria dice: Admitir a trámite la demanda de Alimentos interpuesta por MARIA JESSENIA TITO FUENTES en contra de MELITÓN NINA SUÁREZ, en la vía de Proceso Sumarísimo. Ilo 12 de Mayo del 2016. Verónica M. Blas Roque. Juez de Paz. Juzgado de Paz de Marimar – Ilo – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (31 Mayo) EDICTO Expediente Nro. 00357-2014-0-2801-JMCI-02 seguido por GERMAN PASCUAL SALAS CHAMBILLA, sobre NULIDAD DE ACTO JURÍDICO en contra de JULIA NANCY CHOCANO DE VELANDO Y OTROS, el Juez del Segundo Juzgado Mixto en lo Civil de Moquegua, Dr. Fredy Fernández Sánchez y especialista Gaby Nina Escobar…, expiden la RESOLUCIÓN Nro. 10, Moquegua, 18-04-2016…. RESUELVE: 1. SUSPENDER EL PRESENTE PROCESO, por el plazo de treinta días para que comparezcan los sucesores de quien en vida fue la demanda JULIA NANCY CHOCANO DE VELANDO, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal. 2. SE DISPONE notificar con la presente resolución a la sucesión de la demandada JULIA NANCY CHOCANO DE VELANDO, por edictos, los mismos que deberán ser diligenciados por la parte demandante. 3. SE DEJA SIN EFECTO el llamado de autos para sentenciar. T.R.H.S Moquegua, 26 de Mayo del 2016. David A. Calizaya Pinto. Abogado. Reg. N° 006 C.AM.; Abog. Gaby Edith Nina Escobar – Secretaria Judicial – Segundo Juzgado Mixto de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (31 Mayo y 02-06 Junio) EDICTO Exp. N°00180-2004-0-2801-JM-CI-01, en los seguidos por Abdón Zenón Peñaloza Quintanilla, Julia Rita Arana De Peñaloza con BANCO DE CREDITO DEL PERU, Juana Elena Carillo Segovia VDA. de Peñaloza, Mario Dario Ramos Vizcarra, Esperanza Yolanda Vizcarra Rea de Ramos sobre NULIDAD DE ESCRITURA PUBLICA y otro, ante el PRIMER JUZGADO MIXTO DE MARISCAL NIETO, Especialista Legal Dr. Tarqui Pedraza, Juez Dr. Juan Porfirio Paredes Romero, a proveído, Resolución N°83, Moquegua 28 marzo 2016, 1. NOTIFICAR por edicto a los Sucesores de quien en vida fue JUANA ELENA CARRILLO VDA. DE PEÑALOZA, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal, 2. NOTIFICAR la presente Resolución en el domicilio real señalado en autos de la demandada fallecida JUANA ELENA CARRILLO VDA, DE PEÑALOZA, sin perjuicio de notificársele en su domicilio procesal. 3. SUSPENDER el proceso hasta que concurra los sucesores, bajo apercibimiento de nombrarse CURADOR PROCESAL en caso de no hacerse parte. 4. Dejar sin efecto el llamado de autos para sentenciar. Lo que se publica de acuerdo a ley. Moquegua, 25 Mayo 2016. J. Cristian Ramos Cordova – Abogado. Reg. N°040 CAM; Abog. Jaime Tarqui Pedraza – Secretario Judicial – Primer Juzgado Mixto Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (31 Mayo) EDICTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA PROVINCIA GENERAL SÁNCHEZ CERRO: a cargo del magistrado Doctor Ramiro José Morales Ali, por intermedio del presente NOTIFICA a DESPROMINC S.R.L, con el contenido de la resolución numero 12, cuyo contenido es el siguiente: Omate, dieciocho de mayo del dos mil dieciséis.-Estando a lo señalado por la abogada de la defensa técnica, al certificado medico que se acompaña y por esta única vez, SE DISPONE: 1) Reprogramar la fecha de la audiencia de JUI-

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CIO ORAL que corresponden a la presente causa, la misma que se llevará a cabo el próximo VEINTIDÓS DE JUNIO DEL DOS MIL DIECISÉIS, a las ONCE HORAS, en el local del Juzgado, sito en calle Moquegua Nº 706 – Omate, para cuyo efecto deberá de notificarse a los sujetos procesales, la defensa de los acusados y al Ministerio Público, con arreglo a ley, subsistiendo los apremios indicados en el auto de citación a juicio,. 2) Se le concede a la abogada recurrente el plazo de cuarenta y ocho para que cumpla con presentar debidamente visado el certificado medico correspondiente que da sustento a sus pedido realizado a través del escrito que antecede bajo apercibimiento de imponerse multa y de ponerse en conocimiento de su Colegio de Abogados su inconducta procesal en caso de incumplimiento. Especialista Judicial Christian Fabiany Alfaro Ope.(30-31 Mayo y 01 Junio)

RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO NOTARIA INSUA. DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN LOS ARTICULOS 13 Y 16 DE LA LEY 26662 SE COMUNICA QUE DOÑA DUDDY GENOVEVA JUAREZ ARAGON HA PRESENTADO ANTE EL NOTARIO DE ILO DRA. YOLANDA INSUA ARROYO, CON DOMICILIO EN JIRON CALLAO N° 300, ILO, LA SOLICITUD DE RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, SEÑALANDO QUE EXISTE ERROR EN LA CONSIGNACIÓN DE LOS NOMBRES DE SU PADRE, EN DONDE DICE; PADRE: “ELISBAN VICENTE JUAREZ ANCO” DEBE DECIR PADRE: “ELISBAN JUAREZ ANCO”. ILO, 13 DE MAYO DEL 2016. YOLANDA L. INSUA ARROYO. ABOGADA. NOTARIA PUBLICA. ILO – PERU. (31 Mayo)

EDICTO En el expediente N° 00396-2013-0-2801-JMCI-01 seguido ante el Primer Juzgado Mixto de Mariscal Nieto, que despacha el Juez Juan Porfirio Paredes Romero con intervención del secretario Jaime Targuí Pedraza se ha dispuesto la notificación mediante edicto de la Resolución N° 16 (SENTENCIA) de fecha treinta y uno de marzo del dos mil dieciséis al demandado Arnaldo Ulises Figueroa León; Resolución que resuelve: FALLO: Declarando FUNDADA la demanda de Otorgamiento de Escritura de fojas 11 a 14, presentada por EDUARDO HUMBERTO VENANCIO FLORES, en contra de ARNALDO ULISES FIGUEROA LEON. 1) DECLARO FUNDADA la pretensión de que mediante Sentencia Judicial se ordene al demandado cumpla con su obligación legal de otorgarle la Escritura Pública de Traslación de Dominio de bien inmueble del inmueble ubicado en el Pueblo Joven San Francisco Manzana I, Lote 19A, del Distrito de Moquegua, Provincia de Mariscal Nieto del Departamento de Moquegua, inscrito en la partida registral N° PO8028838, que le transfirió. 2) DISPONGO: Que el demandado dentro del plazo de seis (06) días hábiles otorgue la escritura pública solicita a favor del demandante, bajo apercibimiento de imponérsele multa y eventualmente disponerse su detención en caso de incumplimiento. 3) Sin costas ni costos procesales. 4) DISPONGO: Que si la presente Resolución no es apelada por las partes dentro del plazo de Ley, sea elevada al superior en CONSULTA. Y por esta mi sentencia, así lo pronuncio, mando y firmo.- REGÍSTRESE Y HÁGASE SABER.- (30-31 Mayo y 01 Junio)

SUCESION INTESTADA ANTE EL DESPACHO NOTARIAL DE LA DRA. YOLANDA INSUA ARROYO, UBICADO EN EL JIRON CALLAO 300, DE LA CIUDAD DE ILO, DOÑA CRISTINA GUADALUPE VILCA HUANACUNE ESTA SOLICITANDO LA SUCESION INTESTADA DE DON BONIFACIO NOLBERTO APAZA COSI FALLECIDO EN CALANA (TACNA), EL 04 DE OCTUBRE DEL 2014, TENIENDO SU DOMICILIO REAL EN LA CIUDAD DE ILO; POR LO QUE SE COMUNICA A TODAS LAS PERSONAS QUE TENGAN DERECHO A LA HERENCIA A PRESENTAR LOS DOCUMENTOS PROBATORIOS CONFORME A LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 13 Y 41 DE LA LEY 26662. ILO, 25 DE MAYO DEL 2016. YOLANDA L. INSUA ARROYO. ABOGADA. NOTARIA PUBLICA. ILO – PERU. (31 MAYO)

RECTIFICACION DE AREA Y LINDEROS RECTIFICACION DE PARTIDA ANTE EL JUEZ QUE DESPACHA EL JUZGADO MIXTO (EXP 1|) ILO ADOLFO CORNEJO POLANCO. SECRETARIO MARCO CACERES NINAJA. EXP. 00132-2016-0-2802-JM-CI-01. SE HA EMITIDO LA SIGUIENTE RESOL. Nro. 02 ADMITIR A TRAMITE LA DEMANDA NO CONTENCIOSA SOBRE CAMBIO DE NOMBRE INTERPUESTA POR VALDIVIA CATACORA NOELIA CANDELARIA DE LAS PEÑAS Y AGUILAR AROS FERNANDO EUGENIO EN REPRESENTACION DE SU HIJO EMIR JESUS AROCUTIPA VALDIVIA DEBIENDO DECIR: EMIR JESUS AGUILAR VALDIVIA. SEÑALANDOSE COMO FECHA PARA LA AUDIENCIA. EL DIA 22 DE JUNIO 2016. Marco Caceres Ninaja – Secretario Judicial – 2da. Secretaria Juzgado Mixto de Ilo. Corte Superior de Justicia de Moquegua. (31 Mayo) RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN LOS ARTICULOS 13 Y 16 DE LA LEY 26662 SE COMUNICA QUE DON JOSE LUIS HUANCA BARRANTES HA PRESENTADO ANTE EL NOTARIO DE ILO DRA. YOLANDA INSÚA ARROYO, CON DOMICILIO EN JIRON CALLAO N° 300, ILO, LA SOLICITUD DE RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, SEÑALANDO QUE EXISTE OMISION EN LA CONSIGNACION DE LOS NOMBRES DE SU MADRE, EN DONDE DICE: MADRE: “YRENE BARRANTES DE HUANCA” DEBE DECIR MADRE: “ANGELA YRENE BARRANTES HUANCOLLO”. ILO, 10 DE MAYO DEL 2016. YOLANDA L. INSUA ARROYO – ABOGADA. NOTARIA PUBLICA. ILO – PERU (31 MAYO)

SUCESION INTESTADA

SUCESION INTESTADA NOTARIA INSUA. ANTE EL DESPACHO NOTARIAL DE LA DRA. YOLANDA INSÚA ARROYO, UBICADO EN EL JIRON CALLAO 300, DE LA CIUDAD DE ILO, DOÑA CRISTINA GUADALUPE VILCA HUANACUNE ESTA SOLICITANDO LA SUCESION INTESTADA DE DOÑA MARIA HUANACUNE DE APAZA FALLECIDA EN ILO, EL 22 DE OCTUBRE DE 1992, TENIENDO SU DOMICILIO REAL EN LA CIUDAD DE ILO; POR LO QUE SE COMUNICA A TODAS LAS PERSONAS QUE TENGAN DERECHO A LA HERENCIA A PRESENTAR LOS DOCUMENTOS PROBATORIOS, CONFORME A LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 13 Y 41 DE LA LEY 26662. ILO, 23 DE MAYO DEL 2016. YOLANDA INSUA ARROYO – ABOGADA. NOTARIA PUBLICA. ILO – PERU. (31 MAYO) SUCESION INTESTADA NOTARIA INSUA. ANTE EL DESPACHO NOTARIAL DE LA DRA. YOLANDA INSUA ARROYO, UBICADO EN EL JIRON CALLAO 300, DE LA CIUDAD DE ILO, DOÑA LIDIA BLACIDA CALAPUJA QUINTANA ESTA SOLICITANDO LA SUCESIÓN INTESTADA DE DON VICTOR ANDRES CALAPUJA QUINTANA FALLECIDO EN ILO, EL 14 DE MARZO DEL 2016, TENIENDO SU DOMICILIO REAL, EN LA CIUDAD DE ILO; POR LO QUE SE COMUNICA A TODAS LAS PERSONAS QUE TENGAN DERECHO A LA HERENCIA A PRESENTAR LOS DOCUMENTOS PROBATORIOS CONFORME A LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 13 Y 41 DE LA LEY 26662 ILO, 16 MAYO DEL 2016. YOLANDA L. INSUA ARROYO. ABOGADA. NOTARIA PUBLICA. ILO – PERU. (31 MAYO) SUCESION INTESTADA NOTARIA INSUA. ANTE EL DESPACHO NOTARIAL DE LA DRA. YOLANDA INSUA ARROYO, UBICADO E EL JIRON CALLAO 300, DE LA CIUDAD DE ILO, DOÑA ESTELITA EDUARDA CHIVIGORRI COAGUILA DE CARRANZA ESTA SOLICITANDO LA SUCESION INTESTADA DE DOÑA BRIGIDA COAGUILA DE CHIVIGORRI FALLECIDA EN ILO, EL 30 DE DICIEMBRE DEL 2015, TENIENDO SU DOMICILIO REAL EN LA CIUDAD DE ILO; POR LO QUE SE COMUNICA A TODAS LAS PERSONAS QUE TENGAN DERECHO A LA HERENCIA A PRESENTAR LOS DOCUMENTOS PROBATORIOS, CONFORME A LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 13 Y 41 DE LA LEY 26662. ILO, 12 MAYO 2016. YOLANDA L. INSUA ARROYO. ABOGADA. NOTARIA PUBLICA. ILO – PERU. (31 MAYO) NOTIFICACION POR EDICTO NOTIFICACION POR EDICTO EXPEDIENTE Nº 00545-2013-0--2801-JP-FC-01

ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Mariscal Nieto que despacha la Sra. Juez LIDIA JOSEFINA VEGA VALENCIA y Secretaria Dra. MELISA PAOLA MANCHEGO RIVERA, ha dispuesto la notificación por edicto a: AURELIA VENEGAS SEGURA RESOLUCIÓN NRO. 01; Moquegua, diez de octubre del dos mil trece.- ADMITIR a trámite la demanda sobre EXONERACION DE ALIMENTOS y como pretensión objetiva originaria alternativa la REDUCCION DE LA PENSION ALIMENTICIA, interpuesta por NIEVES ELIAS VIZCARRA ESPINOZA, en contra de AURELIA VENEGAS SEGURA. Tramítese el presente en la vía procedimental del PROCESO SUMARÍSIMO. Córrase TRASLADO de la demanda a la emplazada, por el término de QUINCE DIAS días para que ejerza su derecho de defensa. Teniéndose por ofrecidos los medios probatorios que se precisan. Agréguese a los autos los anexos que se acompañan. REGISTRESE Y HÁGASE SABER.Dra LIDIA JOSEFINA VEGA VALENCIA Juez del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Mariscal Nieto y Dra. MELISA PAOLA MANCHEGO RIVERA, Primera Secretaria Juzgado de Paz Letrado de Mariscal Nieto. Corte Superior de Justicia de Moquegua.(30-31 Mayo y 01 Junio) EDICTO PENAL EDICTO PENAL EXP: 00440-2015-30-2802-JR-PE-02, Se emplaza, notifica y cita a ROBERTO CHOQUE VILLACA, con la RESOLUCION N° 01 que RESUELVE: 1. CITAR A JUICIO ORAL EMPLAZANDO A: 1. A. ACUSADO: ROBERTO CHOQUE VILLACA identificado con DNI No 42533000. Debiendo ser notificados en sus domicilios reales que aparecen en autos, bajo apercibimiento de ser declarados, reos contumaces, en caso de inasistencia injustificada. 1. B. MINISTERIO PUBLICO: Fiscal del PRIMER DESPACHO DE INVESTIGACIÓN de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de llo, a cargo de la Investigación Preparatoria de la Fiscalía Provincial penal Corporativa de llo, bajo responsabilidad y, de ser el caso, de disponerse su exclusión y requerirse su reemplazo al Fiscal Superior en grado; debiendo ser notificado y citado en el domicilio legal y procesal señalado en autos. 1. C. AGRAVIADA: YHORDAN GIANFRANCO VIZCARRA PIEROLA Debiendo ser notificadas en su domicilio real y/o procesal señalado en autos. Siendo la notificación del Actor Civil bajo apercibimiento de tenerse por abandonada su constitución en parte en caso de inasistencia injustificada, conforme a lo establecido en el artículo 359.7 del Código procesal Penal. 1-D. TESTIGOS Y PERITOS: YHORDAN GIANFRANCO VIZCARRA PIEROLA. ELIZABETH ANGELA PIEROLA ENRIQUEZ MARIANO ARNULFO VIZCARRA TALAVERA FIDENCIO EDGAR CUAYLA CONDORI (perito) Que deberán ser citados en el domicilio que aparece en el auto de enjuiciamiento. La concurrencia a juicio de los testigos y peritos citados es, conforme al artículo 164.3 y 379.1 del Código Procesal Penal, bajo apercibimiento de ser conducidos compulsivamente por la Policía Nacional del Perú al Juicio oral, en caso de inasistencia. 1.E. ABOGADOS DEFENSORES: Dr. MIRIAM MENDOZA PACORI abogado del acusado ROBERTO CHOQUE VILLACA Debiendo ser notificados dichos letrados en sus domicilios procesales señalados en autos, bajo apercibimiento de imponérseles multa de una unidad de referencia procesal y procederse conforme a lo establecido en el artículo 85 y 359.5 del Código Procesal Penal, en caso de inasistencia injustificada. 2.- SEDE DE JUZGAMIENTO: El juicio oral se realizará en el Modulo Penal de llo, sito en la calle Junín 301- Ilo. 3.- FECHA DE JUZGAMIENTO: El inicio del Juicio se llevará a cabo el día SEIS DE MAYO del dos mil dieciséis, a las QUINCE HORAS. ‘ Se emplaza, notifica y cita a ROBERTO CHOQUE VILLACA, con la RESOLUCION N° 03 que RESUELVE: Visto el informe del Especialista Legal y conforme a la agenda judicial del Juzgado se reprograma el inicio del presente juicio oral para el día DIECISIETE DE JUNIO DEL DOS MlL DlECISElS A LAS DIEZ HORAS, el mismo que se realizará en la Sala de Audiencia del Módulo Penal de Ilo, ubicado en la calle Junín 300 segundo piso, debiendo notificarse a las partes para su asistencia, con los mismos apercibimientos de auto de citación a juicio. (30, 31 Mayo y 01 Junio).

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EDICTO EDICTO Ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de Ilo, que despacho el Juez Williams Norabuena Carpio, Secretario Huber Rojas Huamaní, Expediente 00313-2016-0-2802-JP-CI-01, don Héctor Manuel Clavijo Zavallo solicita la rectificación de la partida de su menor hija indica Luciana Clavijo Canahuire, que deberá figurar en lo sucesivo como Indira Luciana Clavijo Zevallos. Huber Marlon Rojas Huamani – Secretario Judicial – Primer Juzgado de Paz Letrado Ilo – Corte Superior de Justicias de Moquegua. (31 Mayo) EDICTO En el Exp. 238-2016, seguido en Primer Juzgado Paz Letrado de Ilo, despacha Juez Dr. WILIAMS NORABUENA CARPIO, Secretario Dr. Huber Rojas. Se solicita rectificación de Partida de Matrimonio, de SANTIAGO ZEVALLOS CALDERON debiendo figurar como SANTIAGO ZEBALLOS CALDERON debiendo rectificar el apellido paterno en la letra “V” por “B”, de quien fuera esposo de la demandante, según resolución N° 01; de fecha 17 de Mayo 2016. Señalá fecha para Audiencia de Actuación y Declaración Judicial el día 13 de Junio del 2016, a las 10:00 a.m. T.R. y H.S.. Victor Raul Cutipa Ccama Abogado con registro 245 del Colegio de Abogados de Moqugua. (31 Mayo) EDICTO En el Juzgado de Paz de Miramar – Distrito y Provincia de Ilo – Departamento de Moquegua, que despacha la Jueza Verónica Blas Roque, con Expediente N°019-2016, doña María Jessenia Tito Fuentes sigue proceso judicial de COBRO DE ALIMENTOS en contra de JUAN MELITON NINA SUAREZ. La demanda ha sido admitida con Resolución N°01 del catorce de marzo del año dos mil dieciséis. Al ignorarse el domicilio real del demandado en todo el territorio nacional con resolución N°02 del doce de Mayo del año dos mil dieciséis, se ha dispuesto notificar al demandado mediante edicto en el diario oficial “El Peruano”. La resolución admisoria dice: Admitir a trámite la demanda de Alimentos interpuesta por MARIA JESSENIA TITO FUENTES en contra de MELITÓN NINA SUÁREZ, en la vía de Proceso Sumarísimo. Ilo 12 de Mayo del 2016. Verónica M. Blas Roque. Juez de Paz. Juzgado de Paz de Marimar – Ilo – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (31 Mayo) EDICTO Expediente Nro. 00357-2014-0-2801-JMCI-02 seguido por GERMAN PASCUAL SALAS CHAMBILLA, sobre NULIDAD DE ACTO JURÍDICO en contra de JULIA NANCY CHOCANO DE VELANDO Y OTROS, el Juez del Segundo Juzgado Mixto en lo Civil de Moquegua, Dr. Fredy Fernández Sánchez y especialista Gaby Nina Escobar…, expiden la RESOLUCIÓN Nro. 10, Moquegua, 18-04-2016…. RESUELVE: 1. SUSPENDER EL PRESENTE PROCESO, por el plazo de treinta días para que comparezcan los sucesores de quien en vida fue la demanda JULIA NANCY CHOCANO DE VELANDO, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal. 2. SE DISPONE notificar con la presente resolución a la sucesión de la demandada JULIA NANCY CHOCANO DE VELANDO, por edictos, los mismos que deberán ser diligenciados por la parte demandante. 3. SE DEJA SIN EFECTO el llamado de autos para sentenciar. T.R.H.S Moquegua, 26 de Mayo del 2016. David A. Calizaya Pinto. Abogado. Reg. N° 006 C.AM.; Abog. Gaby Edith Nina Escobar – Secretaria Judicial – Segundo Juzgado Mixto de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (31 Mayo y 02-06 Junio) EDICTO Exp. N°00180-2004-0-2801-JM-CI-01, en los seguidos por Abdón Zenón Peñaloza Quintanilla, Julia Rita Arana De Peñaloza con BANCO DE CREDITO DEL PERU, Juana Elena Carillo Segovia VDA. de Peñaloza, Mario Dario Ramos Vizcarra, Esperanza Yolanda Vizcarra Rea de Ramos sobre NULIDAD DE ESCRITURA PUBLICA y otro, ante el PRIMER JUZGADO MIXTO DE MARISCAL NIETO, Especialista Legal Dr. Tarqui Pedraza, Juez Dr. Juan Porfirio Paredes Romero, a pro-

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veído, Resolución N°83, Moquegua 28 marzo 2016, 1. NOTIFICAR por edicto a los Sucesores de quien en vida fue JUANA ELENA CARRILLO VDA. DE PEÑALOZA, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal, 2. NOTIFICAR la presente Resolución en el domicilio real señalado en autos de la demandada fallecida JUANA ELENA CARRILLO VDA, DE PEÑALOZA, sin perjuicio de notificársele en su domicilio procesal. 3. SUSPENDER el proceso hasta que concurra los sucesores, bajo apercibimiento de nombrarse CURADOR PROCESAL en caso de no hacerse parte. 4. Dejar sin efecto el llamado de autos para sentenciar. Lo que se publica de acuerdo a ley. Moquegua, 25 Mayo 2016. J. Cristian Ramos Cordova – Abogado. Reg. N°040 CAM; Abog. Jaime Tarqui Pedraza – Secretario Judicial – Primer Juzgado Mixto Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (31 Mayo) EDICTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA PROVINCIA GENERAL SÁNCHEZ CERRO: a cargo del magistrado Doctor Ramiro José Morales Ali, por intermedio del presente NOTIFICA a DESPROMINC S.R.L, con el contenido de la resolución numero 12, cuyo contenido es el siguiente: Omate, dieciocho de mayo del dos mil dieciséis.-Estando a lo señalado por la abogada de la defensa técnica, al certificado medico que se acompaña y por esta única vez, SE DISPONE: 1) Reprogramar la fecha de la audiencia de JUICIO ORAL que corresponden a la presente causa, la misma que se llevará a cabo el próximo VEINTIDÓS DE JUNIO DEL DOS MIL DIECISÉIS, a las ONCE HORAS, en el local del Juzgado, sito en calle Moquegua Nº 706 – Omate, para cuyo efecto deberá de notificarse a los sujetos procesales, la defensa de los acusados y al Ministerio Público, con arreglo a ley, subsistiendo los apremios indicados en el auto de citación a juicio,. 2) Se le concede a la abogada recurrente el plazo de cuarenta y ocho para que cumpla con presentar debidamente visado el certificado medico correspondiente que da sustento a sus pedido realizado a través del escrito que antecede bajo apercibimiento de imponerse multa y de ponerse en conocimiento de su Colegio de Abogados su inconducta procesal en caso de incumplimiento. Especialista Judicial Christian Fabiany Alfaro Ope.(30-31 Mayo y 01 Junio) EDICTO En el expediente N° 00396-2013-0-2801-JMCI-01 seguido ante el Primer Juzgado Mixto de Mariscal Nieto, que despacha el Juez Juan Porfirio Paredes Romero con intervención del secretario Jaime Targuí Pedraza se ha dispuesto la notificación mediante edicto de la Resolución N° 16 (SENTENCIA) de fecha treinta y uno de marzo del dos mil dieciséis al demandado Arnaldo Ulises Figueroa León; Resolución que resuelve: FALLO: Declarando FUNDADA la de-

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manda de Otorgamiento de Escritura de fojas 11 a 14, presentada por EDUARDO HUMBERTO VENANCIO FLORES, en contra de ARNALDO ULISES FIGUEROA LEON. 1) DECLARO FUNDADA la pretensión de que mediante Sentencia Judicial se ordene al demandado cumpla con su obligación legal de otorgarle la Escritura Pública de Traslación de Dominio de bien inmueble del inmueble ubicado en el Pueblo Joven San Francisco Manzana I, Lote 19A, del Distrito de Moquegua, Provincia de Mariscal Nieto del Departamento de Moquegua, inscrito en la partida registral N° PO8028838, que le transfirió. 2) DISPONGO: Que el demandado dentro del plazo de seis (06) días hábiles otorgue la escritura pública solicita a favor del demandante, bajo apercibimiento de imponérsele multa y eventualmente disponerse su detención en caso de incumplimiento. 3) Sin costas ni costos procesales. 4) DISPONGO: Que si la presente Resolución no es apelada por las partes dentro del plazo de Ley, sea elevada al superior en CONSULTA. Y por esta mi sentencia, así lo pronuncio, mando y firmo.- REGÍSTRESE Y HÁGASE SABER.- (30-31 Mayo y 01 Junio) RECTIFICACION DE AREA Y LINDEROS RECTIFICACION DE PARTIDA ANTE EL JUEZ QUE DESPACHA EL JUZGADO MIXTO (EXP 1|) ILO ADOLFO CORNEJO POLANCO. SECRETARIO MARCO CACERES NINAJA. EXP. 00132-2016-0-2802-JM-CI-01. SE HA EMITIDO LA SIGUIENTE RESOL. Nro. 02 ADMITIR A TRAMITE LA DEMANDA NO CONTENCIOSA SOBRE CAMBIO DE NOMBRE INTERPUESTA POR VALDIVIA CATACORA NOELIA CANDELARIA DE LAS PEÑAS Y AGUILAR AROS FERNANDO EUGENIO EN REPRESENTACION DE SU HIJO EMIR JESUS AROCUTIPA VALDIVIA DEBIENDO DECIR: EMIR JESUS AGUILAR VALDIVIA. SEÑALANDOSE COMO FECHA PARA LA AUDIENCIA. EL DIA 22 DE JUNIO 2016. Marco Caceres Ninaja – Secretario Judicial – 2da. Secretaria Juzgado Mixto de Ilo. Corte Superior de Justicia de Moquegua. (31 Mayo) RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN LOS ARTICULOS 13 Y 16 DE LA LEY 26662 SE COMUNICA QUE DON JOSE LUIS HUANCA BARRANTES HA PRESENTADO ANTE EL NOTARIO DE ILO DRA. YOLANDA INSÚA ARROYO, CON DOMICILIO EN JIRON CALLAO N° 300, ILO, LA SOLICITUD DE RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, SEÑALANDO QUE EXISTE OMISION EN LA CONSIGNACION DE LOS NOMBRES DE SU MADRE, EN DONDE DICE: MADRE: “YRENE BARRANTES DE HUANCA” DEBE DECIR MADRE: “ANGELA YRENE BARRANTES HUANCOLLO”. ILO, 10 DE MAYO DEL 2016. YOLANDA L. INSUA ARROYO – ABOGADA. NOTARIA PUBLICA. ILO – PERU (31 MAYO)

RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO NOTARIA INSUA. DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN LOS ARTICULOS 13 Y 16 DE LA LEY 26662 SE COMUNICA QUE DOÑA DUDDY GENOVEVA JUAREZ ARAGON HA PRESENTADO ANTE EL NOTARIO DE ILO DRA. YOLANDA INSUA ARROYO, CON DOMICILIO EN JIRON CALLAO N° 300, ILO, LA SOLICITUD DE RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, SEÑALANDO QUE EXISTE ERROR EN LA CONSIGNACIÓN DE LOS NOMBRES DE SU PADRE, EN DONDE DICE; PADRE: “ELISBAN VICENTE JUAREZ ANCO” DEBE DECIR PADRE: “ELISBAN JUAREZ ANCO”. ILO, 13 DE MAYO DEL 2016. YOLANDA L. INSUA ARROYO. ABOGADA. NOTARIA PUBLICA. ILO – PERU. (31 Mayo) SUCESION INTESTADA SUCESION INTESTADA ANTE EL DESPACHO NOTARIAL DE LA DRA. YOLANDA INSUA ARROYO, UBICADO EN EL JIRON CALLAO 300, DE LA CIUDAD DE ILO, DOÑA CRISTINA GUADALUPE VILCA HUANACUNE ESTA SOLICITANDO LA SUCESION INTESTADA DE DON BONIFACIO NOLBERTO APAZA COSI FALLECIDO EN CALANA (TACNA), EL 04 DE OCTUBRE DEL 2014, TENIENDO SU DOMICILIO REAL EN LA CIUDAD DE ILO; POR LO QUE SE COMUNICA A TODAS LAS PERSONAS QUE TENGAN DERECHO A LA HERENCIA A PRESENTAR LOS DOCUMENTOS PROBATORIOS CONFORME A LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 13 Y 41 DE LA LEY 26662. ILO, 25 DE MAYO DEL 2016. YOLANDA L. INSUA ARROYO. ABOGADA. NOTARIA PUBLICA. ILO – PERU. (31 MAYO) SUCESION INTESTADA NOTARIA INSUA. ANTE EL DESPACHO NOTARIAL DE LA DRA. YOLANDA INSÚA ARROYO, UBICADO EN EL JIRON CALLAO 300, DE LA CIUDAD DE ILO, DOÑA CRISTINA GUADALUPE VILCA HUANACUNE ESTA SOLICITANDO LA SUCESION INTESTADA DE DOÑA MARIA HUANACUNE DE APAZA FALLECIDA EN ILO, EL 22 DE OCTUBRE DE 1992, TENIENDO SU DOMICILIO REAL EN LA CIUDAD DE ILO; POR LO QUE SE COMUNICA A TODAS LAS PERSONAS QUE TENGAN DERECHO A LA HERENCIA A PRESENTAR LOS DOCUMENTOS PROBATORIOS, CONFORME A LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 13 Y 41 DE LA LEY 26662. ILO, 23 DE MAYO DEL 2016. YOLANDA INSUA ARROYO – ABOGADA. NOTARIA PUBLICA. ILO – PERU. (31 MAYO) SUCESION INTESTADA NOTARIA INSUA. ANTE EL DESPACHO NOTARIAL DE LA DRA. YOLANDA INSUA ARROYO, UBICADO EN EL JIRON CALLAO 300, DE LA CIUDAD DE ILO, DOÑA LIDIA BLACIDA CALAPUJA QUINTANA ESTA SOLICITANDO LA SUCESIÓN INTESTADA DE DON VICTOR ANDRES CALAPUJA

Martes, 31 de mayo del 2016

QUINTANA FALLECIDO EN ILO, EL 14 DE MARZO DEL 2016, TENIENDO SU DOMICILIO REAL, EN LA CIUDAD DE ILO; POR LO QUE SE COMUNICA A TODAS LAS PERSONAS QUE TENGAN DERECHO A LA HERENCIA A PRESENTAR LOS DOCUMENTOS PROBATORIOS CONFORME A LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 13 Y 41 DE LA LEY 26662 ILO, 16 MAYO DEL 2016. YOLANDA L. INSUA ARROYO. ABOGADA. NOTARIA PUBLICA. ILO – PERU. (31 MAYO) SUCESION INTESTADA NOTARIA INSUA. ANTE EL DESPACHO NOTARIAL DE LA DRA. YOLANDA INSUA ARROYO, UBICADO E EL JIRON CALLAO 300, DE LA CIUDAD DE ILO, DOÑA ESTELITA EDUARDA CHIVIGORRI COAGUILA DE CARRANZA ESTA SOLICITANDO LA SUCESION INTESTADA DE DOÑA BRIGIDA COAGUILA DE CHIVIGORRI FALLECIDA EN ILO, EL 30 DE DICIEMBRE DEL 2015, TENIENDO SU DOMICILIO REAL EN LA CIUDAD DE ILO; POR LO QUE SE COMUNICA A TODAS LAS PERSONAS QUE TENGAN DERECHO A LA HERENCIA A PRESENTAR LOS DOCUMENTOS PROBATORIOS, CONFORME A LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 13 Y 41 DE LA LEY 26662. ILO, 12 MAYO 2016. YOLANDA L. INSUA ARROYO. ABOGADA. NOTARIA PUBLICA. ILO – PERU. (31 MAYO) NOTIFICACION POR EDICTO NOTIFICACION POR EDICTO EXPEDIENTE Nº 00545-2013-0--2801-JP-FC-01 ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Mariscal Nieto que despacha la Sra. Juez LIDIA JOSEFINA VEGA VALENCIA y Secretaria Dra. MELISA PAOLA MANCHEGO RIVERA, ha dispuesto la notificación por edicto a: AURELIA VENEGAS SEGURA RESOLUCIÓN NRO. 01; Moquegua, diez de octubre del dos mil trece.- ADMITIR a trámite la demanda sobre EXONERACION DE ALIMENTOS y como pretensión objetiva originaria alternativa la REDUCCION DE LA PENSION ALIMENTICIA, interpuesta por NIEVES ELIAS VIZCARRA ESPINOZA, en contra de AURELIA VENEGAS SEGURA. Tramítese el presente en la vía procedimental del PROCESO SUMARÍSIMO. Córrase TRASLADO de la demanda a la emplazada, por el término de QUINCE DIAS días para que ejerza su derecho de defensa. Teniéndose por ofrecidos los medios probatorios que se precisan. Agréguese a los autos los anexos que se acompañan. REGISTRESE Y HÁGASE SABER.Dra LIDIA JOSEFINA VEGA VALENCIA Juez del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Mariscal Nieto y Dra. MELISA PAOLA MANCHEGO RIVERA, Primera Secretaria Juzgado de Paz Letrado de Mariscal Nieto. Corte Superior de Justicia de Moquegua.(30-31 Mayo y 01 Junio) EDICTO PENAL EDICTO PENAL EXP: 00440-2015-30-2802-JR-PE-02, Se empla-

za, notifica y cita a ROBERTO CHOQUE VILLACA, con la RESOLUCION N° 01 que RESUELVE: 1. CITAR A JUICIO ORAL EMPLAZANDO A: 1. A. ACUSADO: ROBERTO CHOQUE VILLACA identificado con DNI No 42533000. Debiendo ser notificados en sus domicilios reales que aparecen en autos, bajo apercibimiento de ser declarados, reos contumaces, en caso de inasistencia injustificada. 1. B. MINISTERIO PUBLICO: Fiscal del PRIMER DESPACHO DE INVESTIGACIÓN de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de llo, a cargo de la Investigación Preparatoria de la Fiscalía Provincial penal Corporativa de llo, bajo responsabilidad y, de ser el caso, de disponerse su exclusión y requerirse su reemplazo al Fiscal Superior en grado; debiendo ser notificado y citado en el domicilio legal y procesal señalado en autos. 1. C. AGRAVIADA: YHORDAN GIANFRANCO VIZCARRA PIEROLA Debiendo ser notificadas en su domicilio real y/o procesal señalado en autos. Siendo la notificación del Actor Civil bajo apercibimiento de tenerse por abandonada su constitución en parte en caso de inasistencia injustificada, conforme a lo establecido en el artículo 359.7 del Código procesal Penal. 1-D. TESTIGOS Y PERITOS: YHORDAN GIANFRANCO VIZCARRA PIEROLA. ELIZABETH ANGELA PIEROLA ENRIQUEZ MARIANO ARNULFO VIZCARRA TALAVERA FIDENCIO EDGAR CUAYLA CONDORI (perito) Que deberán ser citados en el domicilio que aparece en el auto de enjuiciamiento. La concurrencia a juicio de los testigos y peritos citados es, conforme al artículo 164.3 y 379.1 del Código Procesal Penal, bajo apercibimiento de ser conducidos compulsivamente por la Policía Nacional del Perú al Juicio oral, en caso de inasistencia. 1.E. ABOGADOS DEFENSORES: Dr. MIRIAM MENDOZA PACORI abogado del acusado ROBERTO CHOQUE VILLACA Debiendo ser notificados dichos letrados en sus domicilios procesales señalados en autos, bajo apercibimiento de imponérseles multa de una unidad de referencia procesal y procederse conforme a lo establecido en el artículo 85 y 359.5 del Código Procesal Penal, en caso de inasistencia injustificada. 2.- SEDE DE JUZGAMIENTO: El juicio oral se realizará en el Modulo Penal de llo, sito en la calle Junín 301- Ilo. 3.- FECHA DE JUZGAMIENTO: El inicio del Juicio se llevará a cabo el día SEIS DE MAYO del dos mil dieciséis, a las QUINCE HORAS. ‘ Se emplaza, notifica y cita a ROBERTO CHOQUE VILLACA, con la RESOLUCION N° 03 que RESUELVE: Visto el informe del Especialista Legal y conforme a la agenda judicial del Juzgado se reprograma el inicio del presente juicio oral para el día DIECISIETE DE JUNIO DEL DOS MlL DlECISElS A LAS DIEZ HORAS, el mismo que se realizará en la Sala de Audiencia del Módulo Penal de Ilo, ubicado en la calle Junín 300 segundo piso, debiendo notificarse a las partes para su asistencia, con los mismos apercibimientos de auto de citación a juicio. (30, 31 Mayo y 01 Junio).

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Martes, 31 de mayo del 2016

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA OFICINA DESCONCENTRAD DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA UNIDAD DE QUEJAS E INVESTIGACIONES Y VISITAS DE LA ODECMA

Moquegua, 25 de mayo de 2016

La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Moquegua, de conformidad con el cronograma establecido mediante Resolución Administrativa N° 013-2015-J-ODECMA-CSJM/PJ, realizará las VISITAS JUDICIALES ORDINARIAS, en el mes de Marzo del año en curso, al órgano jurisdiccional que se detalla a continuación en la siguiente fecha:

Órgano Jurisdiccional

Día

Hora de inicio

Segundo Juzgado Mixto de Mariscal

Viernes 03 de Junio

08:00

Nieto.

Las Visitas Ordinarias programadas se realizarán en el día y hora indicados, durante la cual los señores abogados y justiciables podrán formular sus pedidos y/o quejas, concernientes a los señores Magistrados y personal Jurisdiccional respectivo, directamente en el local visitado. La labor jurisdiccional en la referida dependencias, proseguirán con sus diligencias programadas.

JOSE ANTONIO ACHOMA TITO MAGISTRADO CONTRALOR DE ODECMA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA MOQUEGUA

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SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA

Martes, 31 de mayo del 2016

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA OFICINA DESCONCENTRAD DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA UNIDAD DE QUEJAS E INVESTIGACIONES Y VISITAS DE LA ODECMA

Moquegua, 26 de mayo de 2016 La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Moquegua, de conformidad con el cronograma establecido mediante Resolución Administrativa N° 013-2015-J-ODECMA-CSJM/PJ, realizará las VISITAS JUDICIALES ORDINARIAS, en el mes de Marzo del año en curso, al órgano jurisdiccional que se detalla a continuación en la siguiente fecha:

Órgano Jurisdiccional

Día

Hora de inicio

Juzgado de Paz Letrado Penal de

Viernes 10 de Junio

08:00

Mariscal Nieto

Las Visitas Ordinarias programadas se realizarán en el día y hora indicados, durante la cual los señores abogados y justiciables podrán formular sus pedidos y/o quejas, concernientes a los señores Magistrados y personal Jurisdiccional respectivo, directamente en el local visitado. La labor jurisdiccional en la referida dependencias, proseguirán con sus diligencias programadas.

RUTH DAYSI COHAILA QUISPE MAGISTRADO CONTRALOR DE ODECMA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA MOQUEGUA

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SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA

Martes, 31 de mayo del 2016

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA OFICINA DESCONCENTRAD DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA UNIDAD DE QUEJAS E INVESTIGACIONES Y VISITAS DE LA ODECMA

Moquegua, 26 de mayo de 2016

La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Moquegua, de conformidad con el cronograma establecido mediante Resolución Administrativa N° 013-2015-J-ODECMA-CSJM/PJ, realizará las VISITAS JUDICIALES ORDINARIAS, en el mes de Marzo del año en curso, al órgano jurisdiccional que se detalla a continuación en la siguiente fecha:

Organo Jurisdiccional

Día

Hora de inicio

Primer Juzgado de Investigación

Viernes 17 de Junio

08:00

Preparatoria de Ilo

Las Visitas Ordinarias programadas se realizarán en el día y hora indicados, durante la cual los señores abogados y justiciables podrán formular sus pedidos y/o quejas, concernientes a los señores Magistrados y personal Jurisdiccional respectivo, directamente en el local visitado. La labor jurisdiccional en la referida dependencias, proseguirán con sus diligencias programadas.

RUTH DAYSI COHAILA QUISPE MAGISTRADO CONTRALOR DE ODECMA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA MOQUEGUA

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La República

SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA

Martes, 31 de mayo del 2016

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA OFICINA DESCONCENTRAD DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA UNIDAD DE QUEJAS E INVESTIGACIONES Y VISITAS DE LA ODECMA

Moquegua, 26 de mayo de 2016

La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Moquegua, de conformidad con el cronograma establecido mediante Resolución Administrativa N° 013-2015-J-ODECMA-CSJM/PJ, realizará las VISITAS JUDICIALES ORDINARIAS, en el mes de Marzo del año en curso, al órgano jurisdiccional que se detalla a continuación en la siguiente fecha:

Órgano Jurisdiccional

Día

Hora de inicio

Sala Mixta de Ilo

Miércoles 22 de Junio

08:00

Nieto.

Las Visitas Ordinarias programadas se realizarán en el día y hora indicados, durante la cual los señores abogados y justiciables podrán formular sus pedidos y/o quejas, concernientes a los señores Magistrados y personal Jurisdiccional respectivo, directamente en el local visitado. La labor jurisdiccional en la referida dependencias, proseguirán con sus diligencias programadas.

MAX WILFREDO SALAS BUSTINZA JEFE DE LA UNIDAD DESCONCENTRADA DE QUEJAS E INVESTIGACION Y VISISTAS DE LA ODECMA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA MOQUEGUA