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SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA

Lunes, 31 de julio del 2017

Avisos Judiciales EDICTOS EDICTO Ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Ilo, se sigue el Proceso N° 0 0 2 6 7 - 2 0 1 7 - 0 - 2 8 0 2 -J P- C I - 0 2 , sobre Rectificación de Partida, proceso en el cual mediante Resolución Número 02, de fecha 06 de Julio de 2017, SE RESUELVE: Admitir a trámite la solicitud que contiene la pretensión no contenciosa de RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO, interpuesta por Yaqueline Borda Mandamientos, debiendo corregirse la partida de nacimiento respecto al nombre de su señora madre en el rubro “MAXIMILIANA”, cuando lo correcto es “ TOMASA, debiendo declararse hija de doña “TOMASA MANDAMIENTOS HINOJOSA”. Dispongo que se realice publicación de ley en el Diario “La Republica” y en el Diario Oficial “El Peruano” TOMESE RAZON y HAGASE SABER. Fdo. Dr. Julio Martín Pinazo Quispe – Juez Sra. Usmelda Felina Valdivia Flores – Especialista Legal. Ilo, 06 de Julio de 2017. U. FELINA VALDIVIA FLORES- Secretaria Segundo Juzgado de Paz Letrado Ilo – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (27-31 Julio y 01 Agosto) NOTIFICACION DE EDICTOS NOTIFICACION JUDICIAL POR EDICTO Ante Juzgado Mixto de Ilo, Despacha el Juez Adolfo Cornejo Polanco, Especialista Judith Gallegos Ramos, se tramita Expediente 00126-2017, seguido por CARMEN JULIA LAZO DE POSTIGO contra EL BANCO DE MATERIALES SAC. Sobre Prescripción Adquisitiva de Dominio, habiéndose ordenado NOTIFICAR por EDICTOS, con extracto de demanda, mediante resolución N°02 de fecha seis de abril del 2017, es como sigue: EXTRACTO DE DEMANDA: LUIS ELUT POSTIGO VILCHEZ, con DNI 04339846 Y CARMEN JULIA LAZO DE POSTIGO con DNI N° 01629477, ambos con domicilio Real Edificios ENACE BLOCK D Dpto. 406 distrito y provincia de Ilo. PETITORIO: Que, invocando Tutela Jurisdiccional Efectiva, al amparo de lo establecido en numeral 16 del Art. 2 de la Constitución Política (…), interpongo demanda de PRESCIPCION ADQUISITVA DE DOMINIO Y PRETENSION ACCESORIA se disponga la Inscripción de la Propiedad en los Registros Públicos de Ilo y la cancelación del asiento registral

respecto del propietario BANCO DE MATERIALES. Del Inmueble ubicado en Programa TEPRO PAMPA INALAMBRICA Mz. A DPTO. 406 EDF. PIS/RED. DE BARRIO I Distrito y Provincia de Ilo y la cancelación del asiento registral respecto del propietario BANCO DE MATERIALES. Del Inmueble ubicado en Programa TEPRO PAMPA INALAMBRICA MZ. A DPTO. 406 EDF. PIS/REF D. BARRIO I Distrito y Provincia de Ilo Departamento Moquegua Inscrito en los Registros Públicos con la Partida Electrónica P08027469 se nos declare propietarios del bien inmueble mencionado. Abogado – Reg. CAM. N°255. Miguel Phatti Cauna – Abogado. (17-2131 Julio) NOTIFICACION POR EDICTO EXPEDIENTE N° 00410-2016-0-2801-JP-FC-01 ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Mariscal Nieto que despacha la Sra. Juez ESTEFANY ROJAS CORONEL y Secretaria Dra. MELISA PAOLA MANCHEGO RIVERA, ha dispuesto la notificación por edicto a: FACUNDO LIBORIO CORACE HUACHO RESOLUCION NRO. 06; Moquegua, diecisiete de Julio del dos mil diecisiete.-SE RESUELVE: DECLARAR la NULIDAD de las resoluciones N° 02, 03, 04, y 05 con sus respectivas notificaciones. REPONER el proceso al estado de emplazamiento de demanda. 2) DEJAR SUBSISTENTES todos los actos procesales independientes de los que son materia de la presente resolución. 3) DISPONGO: Emplazar al demando FACUNDO LIBORIO CORACE HUACHO, mediante EDICTOS, con un extracto de la demanda, la sumaria transcripción de la resolución admisoria y la presente en lo que fuera pertinente, emitida en la fecha, mediante en el diario “La Republica” por el plazo de tres días hábiles bajo apercibimiento de nombrársele CURADOR PROCESALR Y H.S. Esrefany Benilda Rojas Coronel – Juez (s) del Juzgado de Paz Letrado Civil – Familia de Mariscal Nieto. Corte Superior de Justicia de Moquegua. (27-31 Julio y 01 Agosto) NOTIFICACION POR EDICTO DE VIOLENCIA FAMILIAR Ante el Juzgado Especializado de Familia que despacha el Señor Juez Cesar Augusto Salinas Linares, especialista legal Rosemary Chambe Vargas; en el Expediente N° 00325-2014-0-2801-JR-FC-01 sobre VIOLENCIA FAMILIAR; mediante Resolución N° 07 de fecha

14 de octubre del 2014 (SENTENCIA): FALLO: Declarando FUNDADA la demanda sobre Violencia Familiar interpuesta por el representante del Ministerio Publico; en consecuencia, DECLARO la existencia de violencia familiar en la modalidad de maltrato físico ejercido por el demandado VICTOR CESAR LLANOS TACO en agravio de LORENZA GRACIELA CALIZAYA ROMERO. En consecuencia, ESTABLEZCO como medidas de protección a favor de la parte agraviada: 1.-Que, la parte demandada se abstenga definitivamente de realizar cualquier acto u omisión de violencia sea física y/o psicológica, en perjuicio de la parte agraviada, ya sea en la vía publica, en su centro de estudios, en su trabajo, en su casa o en cualquier otro lugar. 2.- Que, en caso de reiterarse cualquier tipo de maltrato físico o psicológico por la parte demandada en contra de la parte agraviada, debidamente comprobados, se dispondrá el retiro del agresor del hogar de la agraviada o la prohibición de acercamiento con fines de agresión por el periodo de seis meses, acompañado de una multa de hasta dos Unidades de Referencia Procesal a favor del Poder Judicial; y, si se establece que la agresión fue grave se dispondrá la detención del agresor hasta por el plazo de veinticuatro horas que podrá dispondrá el Poder Judicial. 3.- Que de igual forma, sin perjuicio de lo anterior, se conmina a la parte sentenciada a evitar persistir con los actos de agresión física o psicológica en contra de la parte agraviada, bajo apercibimiento de que el Ministerio Publico formule las denuncias en su contra por los nuevos hechos de violencia familiar y además por resistencia a la autoridad. 4.- Cumpla el demandado VICTOR CESAR LLANOS TACO con el pago de una reparación civil de SI. 300.00 (TRESCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES) a favor de la agraviada LORENZA GRACIELA CALIZAYA ROMERO, los que a criterio del Juzgador, tendrán por objeto resarcir en forma razonable y prudencial los danos ocasionados a la víctima como consecuencia de los hechos de violencia suscitados, en el plazo y condiciones de ley. DISPONGO: Que, las partes asistan a terapias psicológicas y charlas de orientación familiar programadas por ante la Psicóloga y Asistenta Social adscritas al Juzgado de Familia de Mariscal Nieto, debiendo dichas profesionales informar al Juzgado sobre los resultados de las te-

rapias y charlas, para cuyo efecto las partes del proceso deberán aproximarse por ante el especialista legal de la causa a recabar los oficios correspondientes para efectos de su presentación a la Psicóloga y Asistenta Social respectivamente. Declaro IMPROCEDENTE el pago de COSTAS Y COSTOS del proceso. Dispongo: Notificar adicionalmente al demandado en su domicilio RENIEC. ANEXO YOJO S/N, DISTRITO DE CUCHUMBAYA, PROVINCIA MARISCAL NIETO, DEPARTAMENTO DE MOQUEGUA. Por esta mi sentencia así la pronuncio, mando y firmo. Tómese Razón y Hágase Saber.- Resolución 13.- Se dispone la NOTIFICACION de la Sentencia (fallo) por EDICTOS a la agraviada LORENZA GRACIELA CALIZAYA ROMERO, al no haber sido posible su emplazamiento. Cúmplase con las publicaciones en el Diario la Republica, por tres días hábiles y en el Portal Web del Poder Judicial. Ofíciese a la Oficina de Administración de esta Corte Superior de Justicia para dar cumplimiento a la publicación de los edictos ordenados por el Juzgado.- (26-27-31 Julio) NOTIFICACION POR EDICTOS Ante el Primer Juzgado Especializado de Familia de Mariscal Nieto que despacha el Juez Titular Cesar Augusto Salinas Linares con intervención de la especialista legal Pamela Huaman Valdivia: En el Expediente 01090-2017-0-2801-JRFC-01, sobre Adopción; En la Resolución Nro. 01..SE RESUELVE: 1) Admitir a trámite la presente demanda sobre ADOPCION, interpuesta por LOURDES FLORES LOPEZ y HENRY RAUL CORRALES a favor de la menor N.N. (identificada como Priscila Lucero Corrales Flores), en contra de LOS PADRES BIOLOGICOS DE LA MENOR N.N. (cuya identidad se desconoce), con CITACION del Ministerio Publico; 2) Tramítese en la vía de PROCESO UNICO; 3) Se confiere TRASLADO de la demanda a la parte demandada por cinco días, a fin de que cumpla con contestar la misma, caso contrario se declarara su rebeldía; 4) Disponer la NOTIFICACION POR EDICTOS a los padres biológicos de la menor (cuya identidad se desconoce), debiendo para tal efecto la parte demandante cumplir con efectuar las publicaciones correspondientes en el Diario “La Republica” y la publicación que se realizara en el portal web oficial del Poder Judicial, ello de conformidad a lo dispuesto en el artículo 167 del Código Procesal

Civil, para cuyo efecto se cursara el oficio respectivo a la Oficina de Administración de esta Corte Superior de Justicia. 5) Designar CURADOR PROCESAL en representación de la menor N.N. identificada como Priscila Lucero Corrales Flores, al abogado BELFOR MANUEL PAZ BASURCO, debiendo notificarse en su casilla electrónica 2313, a fin de que acepte el cargo encomendado en el plazo de tres días, bajo apercibimiento de ser subrogado. 6) Téngase por ofrecidos los medios probatorios y agréguese a sus antecedentes los anexos que adjunta. REGISTRESE Y HAGASE SABER. Pamela Huaman Valdivia. Secretaria Judicial. Primer Juzgado de Familia Mariscal Nieto. Corte Superior de Justicia Moquegua. (26-27-31 Julio) REMATE PRIMER REMATE JUDICIAL En los seguidos por COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTA CATALINA DE MOQUEGUA LTDA 103, contra ESCOBAR ASQUE, CLAUDIA EVELYN Y ESCOBAR ASQUE, JULIO JOEL sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, Expediente N°00029-2015-2802-JP-CI-02, el señor Juez del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Ilo Dr. Julio Martin Pinazo Quispe, con intervención de la especialista Legal Dra. Usmelda Valdivia Flores, ha dispuesto que el suscrito Martillero Publico con Matricula Nro. 209, saque a remate en PRIMERA CONVOCATORIA, un bien inmueble ubicado en: ASENTAMIENTO HUMANO MONTERRICO, LOTE 04 DE LA MZ. O, DEL DISTRITO A PROVINCIA DE ILO, DEPARTAMENTO DE MOQUEGUA, CUYA AREA (125.79.M2.), LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS SON: POR EL FRENTE CON AV. NRO. 01 CON 5.92 ML; POR LA DERECHA CON EL PASAJE N° 01 CON 21.08 ML; POR LA IZQUIERDA CON EL LOTE N°03 CON 20.41 ML Y POR EL FONDO CON EL LOTE 05 CON 6.23 ML. EN LA PARTIDA ELECTRONICA N° P08026409 DEL REGISTRO DE PROPIEDAD INMUEBLE DE LA OFICINA REGISTRAL DE ILO, ZONA REGISTRAL NRO. XIII, SEDE TACNA. VALOR DE TASACION (Comercial): S/98,585.01 Soles. BASE DE REMATE: S/. 65,723.34 Soles, equivalente a las 2/3 partes de la tasación. AFECTACIONES: EMBARGO en el Asiento 00009, a favor de COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTA CATALINA DE MOQUEGUA LTDA. 103, hasta por la suma de S/. 9,000.00. En la Partida Registral N° P08026409 del Registro de la

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Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Ilo. DIA, HORA Y LUGAR DEL REMATE: 15 de Agosto del 2017, a horas 08:30 am. En el Hall del Local del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Ilo, ubicado en Calle Matara Nro. 325 – ILO. FUNCIONARIO QUE REALIZARA EL REMATE: La subasta se hará a viva voz, a cargo del Martillero Publico Dr. Asdel Vega Tirado. Teléfono: #999098701, correo: asdel_v@ hotmail.com. DEPOSITO PARA SER POSTOR: (Art. 735 del Código Procesal Civil). Los Postores Oblarán no menos del diez por ciento del valor de la tasación del bien inmueble, en efectivo o cheque de gerencia, endosable girado a nombre del postor; deben presentar original y copia de la tasa judicial por derecho de participación en remate, indicando DNI, número de Expediente y Juzgado. El adjudicatario abonara el saldo del precio del remate dentro del tercer día de realizado el acto de la subasta pública, caso contrario perderá la suma depositada sin lugar a reclamo. Los Honorarios del Martillero Publico son por cuenta del adjudicatario, mas el IGV, de común acuerdo y de conformidad con la Ley del Martillero Publico Ley Nro. 27728 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nro. 008-2005-JUS. Ilo, Junio 26 de 2017 (31 Julio, 01, 02, 03, 04, 07 Agosto). EDICTO DE PRIMER REMATE JUDICIAL En los seguidos por CONSUELO MANUELA ZAMBRANO OLIN, en contra de ERNESTO JOSE TORRES TOLEDO, REGINA LIDIA QUISPE CUAYLA DE TORRES, sobre cobro de Dólares Americanos, Expediente N° 00444-2007-0-2801-JP-CI01, la señorita Juez del Segundo Juzgado Paz Letrado- Familia civil, sede nuevo palacio, Dra, Estefany Rojas Coronel, con intervención del Especialista Legal, Dr. Cesar David Huanca Maquera, ha autorizado al suscrito Martillero Publico FRANY HEBER DIAZ DIAZ, con registro 278, CONVOCAR A PRIMER REMATE JUDICIAL, el siguiente bien inmueble ubicado en la Manzana C, Lote 10 , Sector A-l 1 Pampas de Chen Chen, Distrito de Moquegua, Provincia de Mariscal Nieto, Departamento de Moquegua, , inscrito en la Partida Registral N° 11005106, del Registro de Predios de Moquegua, cuya área, linderos, medidas perimétricas y demás características constan en la partida registral, Zona Registral N° XII sede Tacna, Oficina Registral - Moquegua, Área 140.00 M2, TASACION DEL PREDIO, S/. 60.322.50 soles, PRECIO BASE DEL REMATE, S/. 40.215.00 soles, equivalente a las dos terceras partes del valor

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de tasación. AFECTACIONES: 1.Asiento D0002: Inscripción de Hipoteca: a favor del Banco de Materiales, hasta por la suma de S/. 12.100.00 Nuevo Soles, 2^ Asiento D0004- embargo en forma de Inscripción, hasta por el monto S/. 27.000.00 nuevo soles, a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa S.A. no se conocen otras afectaciones, POSTORES: para ser postores deberán pagar o depositar en efectivo o cheque de gerencia (endosable) el 10% de la Tasación S/.60.322.50 Soles, además de arancel judicial respectivo por la suma de S/. 405.00 soles por derecho a participar en remate, dentro del tercer día de realizado el acto, consignando el número del expediente, juzgado, y Documento Nacional de Identidad, El Adjudicatario abonara del precio de remate dentro del tercer día de realizado el acto de la Subasta Pública, caso contrario perderá la suma depositada sin lugar a reclamo, los honorarios del martillero público, mas IGV, son por cuenta propia del adjudicatario, finalizada la diligencia del remate de conformidad a lo establecido por la Ley del Martillero Publico, la diligencia del remate judicial está a cargo del Martillero Publico, Frany Heber Diaz Diaz con Registro N° 278- SUNARP, Dia y Hora del Remate Lunes 14 de Agosto del 2017, a Horas 10.30 AM- Lugar del Remate, en\el Local del Juzgado Celular, 997219766, Correo Electrónico franydiazhotmail.com. Moquegua, 17 de julio del 2017, abogado Cesar David Huanca Maquera, secretario del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Moquegua. Felipe Isaias Apaza Pacsi – Abogado. Reg. N° C.A.A. 4347 (26-27-31 Julio y 01-02-03 Agosto) PRIMER REMATE JUDICIAL Expediente No. 00124-2015-0-2801-JP-CI-03. En los seguidos por WENCESLADO GREGORIO CUAYLA CORE y BRIGIDA CATARE QUISPE con BERNABE JEREMIAS CORI LUMPE y JESSENIA DEL CARMEN FLORES ACAHUANA, sobre obligación de dar suma de dinero, el 2° JUZGADO DE PAZ LETRADO -FAMILIA CIVIL- SEDE NUEVO PALACIO, a cargo de la señora Juez, Doctora ESTEFANY ROJAS CORONEL, Especialista Legal Dr. CESAR DAVID HUANCA MAQUERA, ha dispuesto sacar a REMATE PUBLICO en primera convocatoria el siguiente inmueble: DESCRIPCION DEL INMUEBLE: constituido por ubicado en las PAMPAS DE CHEN CHEN, MANZANA A LOTE 09, SECTOR A-9, Moquegua; con un área de 122.50 m2., cuyos linderos y medidas perimétricas son: POR EL FRENTE PRINCIPAL: CON 7 ML. CON LA CALLE No. 1. POR LA

DERECHA: CON 17.50 ML CON EL LOTE No. 10. POR LA IZQUIERDA: CON 17.50 ML CON EL LOTE No. 08. POR EL FONDO: CON 7 ML CON EL LOTE 18 (RECREACION). -CARGAS Y GRAVAMENES: A.- HIPOTECA, a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Arequipa, hasta la suma de USD 22,477.00, según consta en el asiento D00003. B.- EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION ordenado por el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Mariscal Nieto, hasta la suma de S/ 10,000.00, en los seguidos por COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO FINANSUR, Exp. 4162014, según consta en el asiento D00004. C- EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION ordenado por el Primer Juzgado de Paz Letrado de Mariscal Nieto, hasta la suma de S/ 70,000.00, en los seguidos por EFRAIN MEJIA MASIAS, Exp. 3952014, según consta en el asiento D00005. D.- EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION ordenado por el Tercer Juzgado de Paz Letrado de Mariscal Nieto, hasta la suma de S/ 65,000.00, en los seguidos por WENCESLADO GREGORIO CUAYLA CORE y BRIGIDA CATARE QUISPE, Exp. 124-2015, según consta en el asiento D00006. E.- EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION ordenado por el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Mariscal Nieto, hasta la suma de S/ 5,000.00, en los seguidos por COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO CREDICOOP LA ISLA, Exp. 740-2015, según consta en el asiento D00007. -VALOR DE LA TASACION: USD 55,220.00 (CINCUENTA Y CINCO MIL DOSQENTOS VEINTE CON 00/100 DOLARES AMERICANOS). -BASE DEL REMATE: USD 36,813.33 (TREINTA Y SEIS MIL OCHOQENTOS TRECE Y 33/100 DOLARES AMERICANOS), que son las dos terceras partes del valor de la tasación. -DIA Y HORA DEL REMATE: 15 de agosto del 2017 a horas 09:15. -LUGAR DEL REMATE: En el local del 2° JUZGADO DE PAZ LETRADO -FAMILIA CIVIL- SEDE NUEVO PALACIO -CONDICIONES DEL REMATE: A) L O S POSTORES: Al momento del acto de remate deberán oblar el 10% del valor de la tasación del inmueble, en efectivo o en cheque de gerencia a su nombre (sin el sello de no negociable). Presentaran en el acto de remate el arancel judicial por participación en remate. que deberán adquirir en el Banco de la Nación (Código 07153), indicando número de expediente, documento de identidad y Juzgado. B) EL ADJUDICATARIO: 1. A la firma del acta de remate deberá pagar los honorarios del Martillero Publico de conformidad con el artículo 18 de D.S. No. 0082005-JUS. 2. Deberá consignar en el Banco de la Nación el saldo de

precio de adjudicación, dentro del tercer día hábil posterior a la fecha de remate. Moquegua, 15 de julio del 2017. German Casapia Soto. Martillero Publico. Reg. 121; Abog Cesar David Huanca Maquera – Segunda Secretaria del Juzgado de Paz letrado Familia – Civil de Mariscal Nieto. Corte Superior de Justicia de Moquegua. 06 veces. (26-27-31 Julio y 01-02-03 Agosto) PRIMER REMATE En los seguidos por COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTA CATALINA DE MOQUEGUA LTDA N° 103, en contra de YOLANDA CHANA CHURA, sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO; Expediente N°00449-2015-0-2802-JPCI-02; el señor Juez del Segundo Juzgado de Paz Letrado – Ilo, Dr. Julio Martin Pinazo Quispe, con intervención de la Especialista Legal Dra. Usmelda Valdivia Flores, ha autorizado a la suscrita Martillero Publico Marlene Cleofe Flores de Mendoza, con registro N° 318, llevar adelante el REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA el inmueble ubicado en: ASENTAMIENTO HUMANO PROGRAMA MUNICIPAL DE VIVIENDA N° IV NUEVO ILO, MZ.28, LOTE 15, DISTRITO Y PROVINCIA DE ILO, DEPARTAMENTO DE MOQUEGUA, INSCRITO EN LA PARTIDA N° P08025272, DE LA ZONA REGISTRAL N° XIII- SEDE TACNA; VALOR DE TASACION (comercial): S/ 117,141.44 (ciento diecisiete mil ciento cuarenta y uno con 44/100 soles); PRECIO BASE: S/ 78,094.30 (Setenta y ocho mil noventa y cuatro con 30/100 soles), equivalente las 2/3 partes del valor de tasación; AFECTACIONES: 1) HIPOTECA inscrito en el asiento 00009: a favor del Banco de Materiales S.A.C. hasta por la suma de S/ 25,000.00 nuevos soles; 2) EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION , inscrito en el asiento 00010: a favor de a favor de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Santa Catalina de Moquegua Ltda. N° 103, hasta por la suma de S/ 25,000.00 nuevos soles; 3) EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION, inscrito en el asiento 00011: a favor de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Santa Catalina de Moquegua Ltda. N° 103 , hasta por la suma de S/ 14,000.00 soles, materia de Ejecución, afectaciones que se hallan inscritas en la partida N° P08025272, DE LA ZONA REGISTRAL N° XIII – SEDE TACNA ; DIA Y HORA DE REMATE: JUEVES 31 DE AGOSTO DEL 2017 A HORAS 11:45 ( ONCE Y CUARENTA Y CINCO ) A.M.; LUGAR DEL REMATE: Se llevara a cabo en el lugar de espera del SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO – ILO, SEDE JUZGADOS ILO, ubicado en la Calle Matara N° 325 – Ilo, de la Corte Superior de Justicia de Moquegua; LOS POS-

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TORES : oblaran no menos del diez por ciento (S/11,714.15) del valor de la tasación, en efectivo o en cheque de gerencia (negociable) a su nombre. Presentaran Tasa Judicial por derecho de participar en remate, consignando número de expediente, Juzgado y Documento Nacional de Identidad. El Adjudicatario abonara el saldo del precio de remate dentro del tercer día de realizado el acto de la subasta pública, caso contrario perderá la suma depositada sin lugar a reclamo. Los honorarios del Martillero Publico, mas el IGV, son por cuenta del adjudicatario, finalizada la diligencia del remate de conformidad a lo establecido por la Ley del martillero Publico. Ilo 2017, Junio 27. (21, 24, 25, 26, 27, 31 Julio). AVISO DE REMATE EN 1RA CONVOCATORIA DE BIEN INMUEBLE En el Expediente N° 00319-20130-2801 -JM-CI-01 en los autos seguidos por BANCO DE CRÉDITO DEL PERÚ en contra de CIRILO CAPOGRA CONTRERAS Y GUILLERMINA CONTRERAS QUISPE, Sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO, el Señor Juez del Juzgado Mixto de Moquegua Dr. FREDY FERNANDEZ SANCHEZ, Especialista Legal Dr. RAUL ANGEL CCALLO CALLI, ha dispuesto Sacar a REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA, el siguiente Bien Inmueble: - Inmueble Ubicado en el Asentamiento Humano Programa Municipal de Vivienda Pampas de San Antonio Mz. U2, Lote 6, del Distrito de Moquegua, Provincia de Mariscal Nieto, Departamento de Moquegua, cuyas medidas perimétricas y colindancias se encuentran Inscritas en la Partida Electrónica N° P08007680 de la Zona Registral XIII - Sede Tacna - Oficina Registral Moquegua. VALOR DE TASACIÓN: El Valor de Tasación asciende a la Suma de US$25,902.38. DOLARES AMERICANOS. BASE DE REMATE: Las Dos Terceras Partes de la Tasación, lo que asciende a la suma de US$ 17,268.25. DOLARES AMERICANOS. AFECTACIONES: -HIPOTECA: A Favor de la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO DE AREQUIPA, Hasta por la Suma de US$.4,400.00.DOLARES AMERICANOS, Inscrita en el Asiento 00005, El 04/09/2000.- EMBARGO JUDICIAL: A Favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE TACNA S.A, Hasta por la suma de S/.36,000.00 SOLES, Expedido por el 2DO Juzgado de Paz Letrado de Mariscal Nieto de Moquegua, Inscrito en el Asiento 00006 el 22/05/2012. - EMBARGO JUDICIAL: A Favor de BANCO DE CREDITO DEL PERU, Hasta por la suma de

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S/. 36,000.00 SOLES, Expedido por el 1ER Juzgado Mixto de Moquegua, Inscrito en el Asiento 00007 el 06/05/2013 FECHA Y HORA DEL REMATE: El Día 15 de Agosto del 2017, a Horas 16:30.P.M. y será llevado a cabo por el Abogado Martillero Público Alberto Oscar Ramos Wong, con Registro Nacional N° 226, con Telf.: #942089706 #945010777, E-mail: [email protected]. LUGAR DE REMATE: Sito en la Av. Malecón Ribereño S/N, del Distrito, Provincia y Departamento de Moquegua. LOS POSTORES: Oblarán el 10% del Valor de la Tasación del bien a rematarse, mediante depósito, en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre y presentarán el arancel y su DNI. Los Honorarios del Martillero Público más el IGV se cancelaran al finalizar el Remate y será por cuenta del Adjudicatario. RAUL ANGEL CCALLO CALLI SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO MIXTO DE MARISCAL NIETO CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA. (6V/ 2021-24-25-26-31 JUL). EDICTO PENAL EDICTO PENAL EXP: 00325-2017-6-2802-JR-PE-01, Se emplaza, notifica a JOHN CARLOS MENDIZABAL BALLADARES, con la RESOLUCION N° 02, Por lo que SE RESUELVE: 3.1.- PRIMERO: REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL INMEDIATO, para el día 10 DE AGOSTO DEL 2017, A LAS 15:30 HORAS, EN ESTA MISMA SALA DE AUDIENCIAS, quedando subsistente los apercibimientos dispuestos en la Resolución 01; asimismo bajo apercibimiento de declarase al acusado Reo Ausente o Contumaz en caso de inasistencia a la audiencia de Juicio Oral Inmediato; de igual modo la fecha de la audiencia de Juicio Oral Inmediato es inaplazable, debiendo de tomar las previsiones del caso el acusado para que asista su Abogada defensora bajo apercibimiento de designársele un Abogado de la Defensoría Pública y se realice dicha audiencia y, por último el especialista legal deberá realizar las coordinaciones pertinentes a fin que las cedulas de notificación dirigido al acusado y los edictos estén diligenciados y obre en el cuaderno de Debates, bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas a ODECMA a fin que procedan conforme a sus atribuciones. 3.2.- SEGUNDO: Se Notifique al acusado en su domicilio consignado en el Requerimiento de Acusación, en el domicilio real de la Ficha RENIEC del acusado y mediante Edictos, dentro del plazo de ley, y vía telefónica, bajo apercibimiento de

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remitirse copias certificadas de los principales actuado a ODECMA a fin que proceda conforme a sus atribuciones. 3.3.- TERCERO: SE DISPONE en caso de inasistencia injustificada del abogado Héctor Acuña Robles se le impondrá una multa de dos unidades de referencia procesal y se comunicara a las autoridades pertinentes de la conducta procesal de la abogada antes referida, a efecto que procedan conforme a sus atribuciones; asimismo en caso de inasistencia de la señor Fiscal se comunicara a su órgano de control, a fin que proceda conforme a sus atribuciones. 3.4.- CUARTO: SE DISPONE tenerse por notificado a todos las partes asistentes a esta audiencia con la presente resolución. Tómese Razón y Hágase Saber. (31 Julio, 01, 02 Agosto). EDICTO PENAL EXP: 00110-2017-08-2802-JRPE-01, Se emplaza, notifica a WALTER FILIBERTO LA ROSA ÑAHUIRO, con la RESOLUCION N° 02. Por lo que SE RESUELVE: 3.1.- PRIMERO: REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL INMEDIATO, para el día 17 DE AGOSTO DEL 2017, A LAS 14:30 HORAS, EN ESTA MISMA SALA DE AUDIENCIAS, quedando subsistente los apercibimientos dispuestos en la Resolución 01; asimismo bajo apercibimiento de declarase al acusado Reo Ausente o Contumaz en caso de inasistencia a la audiencia de Juicio Oral Inmediato; de igual modo la fecha de la audiencia de Juicio Oral Inmediato es inaplazable, debiendo de tomar las previsiones del caso el acusado para que asista su Abogada defensora bajo apercibimiento de designársele un Abogado de la Defensoría Pública y se realice dicha audiencia y, por último el especialista legal deberá realizar las coordinaciones pertinentes a fin que las cedulas de notificación dirigido al acusado y los edictos estén diligenciados y obre en el cuaderno de Debates, bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas a ODECMA a fin que procedan conforme a sus atribuciones. 3.2.- SEGUNDO: Se Notifique al acusado en su domicilio consignado en el Requerimiento de Acusación, en el domicilio real de la Ficha RENIEC del acusado y mediante Edictos, dentro del plazo de ley, bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas de los principales actuado a ODECMA a fin que proceda conforme a sus atribuciones. 3.3.- TERCERO: SE DISPONE en caso de inasistencia injustificada del abogado Arturo Walter Flores Estuco se le impondrá una multa de dos unidades de referencia procesal y se comunicara a las autoridades pertinen-

tes de la conducta procesal de la abogada antes referida, a efecto que procedan conforme a sus atribuciones; asimismo en caso de inasistencia de la señor Fiscal se comunicara a su órgano de control, a fin que proceda conforme a sus atribuciones. 3.4.- CUARTO: SE DISPONE tenerse por notificado a todos las partes asistentes a esta audiencia con la presente resolución. Tómese Razón y Hágase Saber. (31 Julio, 01, 02 Agosto). EDICTO PENAL EXP: 00299-2017-10-2802-JRPE-01, Se emplaza, notifica a LUIS JESUS VILCHEZ AMPUERO, con la RESOLUCION N° 02, Por lo que SE RESUELVE: 3.1.- PRIMERO: REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL INMEDIATO, para el día 17 DE AGOSTO DEL 2017, A LAS 16:00 HORAS, EN ESTA MISMA SALA DE AUDIENCIAS, quedando subsistente los apercibimientos dispuestos en la Resolución 01; asimismo bajo apercibimiento de declarase al acusado Reo Ausente o Contumaz en caso de inasistencia a la audiencia de Juicio Oral Inmediato; de igual modo la fecha de la audiencia de Juicio Oral Inmediato es inaplazable, debiendo de tomar las previsiones del caso el acusado para que asista su Abogada defensora bajo apercibimiento de designársele un Abogado de la Defensoría Pública y se realice dicha audiencia y, por último el especialista legal deberá realizar las coordinaciones pertinentes a fin que las cedulas de notificación dirigido al acusado y los edictos estén diligenciados y obre en el cuaderno de Debates, bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas a ODECMA a fin que procedan conforme a sus atribuciones. 3.2.- SEGUNDO: Se Notifique al acusado en su domicilio consignado en el Requerimiento de Acusación, en el domicilio real de la Ficha RENIEC del acusado y mediante Edictos, dentro del plazo de ley, bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas de los principales actuado a ODECMA a fin que proceda conforme a sus atribuciones. 3.3.- TERCERO: SE DISPONE en caso de inasistencia injustificada del abogado Arturo Flores Estuco se le impondrá una multa de dos unidades de referencia procesal y se comunicara a las autoridades pertinentes de la conducta procesal de la abogada antes referida, a efecto que procedan conforme a sus atribuciones; asimismo en caso de inasistencia de la señor Fiscal se comunicara a su órgano de control, a fin que proceda conforme a sus atribuciones. 3.4.- CUARTO: SE DISPONE tenerse por notificado a todos las partes asistentes a esta audiencia

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con la presente resolución. Tómese Razón y Hágase Saber. (31 Julio, 01, 02 Agosto). EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 00019-2017-3-2802-JR-PE-01, PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE ILO. JUEZ : Abog. JACKIE MARLENE MARIÑAS ZOTO, ESPECIALISTA: Abog. JEIMY LIDIA SILVA ZEGARRA. La Señora Juez, del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de llo, que suscribe, ha dispuesto mediante resolución cuatro de fecha veinticinco de julio del presente NOTIFICAR: Se atribuye a WILLIAM CARHUAPOMA CONDORI. Que en fecha 23 de junio del 2016 indujo a error a José Luis Huancollo Piteo, al ofrecerle en venta, vía página web denominada OLX, una pinza amperimetrica modelo AMEC514 por la suma de S/350.00 soles, afirmando falsamente que una vez que realizara el depósito bancario a su favor le remitiría dicho objeto a la ciudad de 110; siendo que para convencerlo de la entrega de dicho objeto, remitió a su correo electrónico las fotografías de dicha herramienta. El engaño aludido dio lugar a que José Luis Huancollo Pilco desplace su patrimonio a favor del primero, bajo la creencia que se le entregaría la pinza amperimétrica en el plazo de dos días, y asi realizó el telegiro N° 0146603297 en el Banco de la Nación por la suma de S/350.00 a favor del imputado William Carhuapoma Condori, siendo que este último para mantenerlo en error y posibilitar el cobro del dinero transferido, le remitió a su correo electrónico una copia escaneada de un voucher supuestamente emitido por la empresa Olva Courier con numero de remito 04317007/16 de fecha 24 de junio del 2016, que da cuenta de la remisión a su favor de la pinza amperimétrica, sin embargo dicho documento resultó ser falso; finalmente el procesado William Carhuapoma Condori cobró el telegiro en fecha 24 de junio del 2016 a horas 09:20 a.m 1) CORRASE TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES con el requerimiento de acusación, para efectos de que puedan por escrito y en lo que fuera pertinente, cumplir con lo establecido en el artículo 350 del Código Procesal Penal; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación: 2) PROGRAMAR AUDIENCIA INAPLAZABLE DE CONTROL DE ACUSACION para el día VEINTICUATRO DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECISIETE a las ONCE DE LA MAÑANA (hora exacta) en la sala de Audiencias del Jirón JUNIN

N° 301 — llo. Tercer Piso. Disponer la asistencia obligatoria del fiscal y el defensor del acusado, bajo los apremios contenidos en el artículo 85 del Código Procesal Penal. llo, 26 de julio de 2017. (27, 31 Julio y 01 Agosto). EDICTO PENAL Expediente Nº 00521-2017-7-2801-JR-PE-02. Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Especialista: Gloria Marisol Cuayla Choque. Se cita y emplaza a don DANGER PABLO CALIZAYA CUAYLA, identificado con DNI Nº 42087836, de sexo masculino, de fecha de nacimiento 29 de septiembre de 1983, de estado civil soltero según ficha RENIEC, natural de Cuchumbaya, Mariscal Nieto, Moquegua, nombre de los padres Francisco y Nicolaza, a efecto de que se ponga a derecho, debido a que mediante Resolución Nº 02 de fecha 12 de julio de 2017 ha sido declarado Reo Contumaz, disponiéndose su conducción compulsiva por parte de la Policía Nacional del Perú, institución que deberá proceder a su ubicación y captura a nivel nacional, una vez hecho, deberá ponerlo a disposición del juzgado dentro del horario de jornada laboral a fin de que afronte la audiencia única de juicio inmediato en su contra; sin perjuicio de que se informe cada sesenta días de las acciones realizadas tendientes al cumplimiento del mandato judicial, bajo responsabilidad. Se nombra como abogado defensor a la doctora María del Carmen Loza Quiroz, quien deberá hacerse cargo de la defensa del mismo. SE DISPONE la citación del acusado contumaz mediante edictos a fin de que se ponga a disposición de la autoridad competente para afrontar la audiencia única de Juicio Inmediato en su contra. SE DISPONE el archivo provisional de la causa en tanto sea puesto a disposición del juzgado el acusado contumaz. Fdo. Claudio Washington Altamirano Bellido - Juez Titular del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Abog. Gloria Marisol Cuayla Choque- Especialista Legal.- Moquegua, 21 de julio de 2017. (27-31 Julio y 01 Agosto) EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 257-2017-0-2801-JP-PE-03, notificar a la agraviada ANDREINA LEONOR RUELAS AICO la RESOLUCIÓN N° 03 de fecha 18.07.2017 que RESUELVE: 1. DECLARAR CONCLUIDO EL PROCESO de faltas contra la persona en la modalidad de Lesiones Dolosas con agravante, seguido en contra de Jose Soncco Mamani en agravio de Andreina

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Leonor Ruelas Aico por desistimiento tácito. 2. SE DISPONE el ARCHIVO del proceso. Regístrese y Notifíquese. Moquegua, 24 de julio del 2017. Jenrry Deyvi Corrales Aranibar. Juez del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto. Abogado Edwin Valencia Sánchez, Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (26-27-31 Julio)

do CONTUMAZ y disponerse su DETENCION a NIVEL NACIONAL, en caso de inasistencia. Regístrese y Notifíquese. Moquegua, 24 de julio del 2017. Jenrry Corrales Aranibar. Juez del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto. Abogado Edwin Valencia Sánchez, Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (26-27-31 Julio)

EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 469-2017-0-2801-JPPE-03, Notificar mediante Edicto al imputado LUIS FELIPE VERANO TABORDA, la Resolución N° 02 de fecha 12.07.2017 que RESUELVE: 1. DECLARAR CONCLUIDO el PROCESO de faltas contra la persona en la modalidad de maltrato de obra, únicamente en agravio JIMENA PAOLA BERLANGA MAQUERA, por DESISTIMIENTO TÁCITO de la misma. 2. FIJAR NUEVA FECHA para la realización del Audiencia Única - Juicio Oral, y teniendo en cuenta el rol de audiencias de éste despacho. se llevara a cabo el SEIS DE SETIEMBRE DE DOS MIL DIECISIETE A LAS DOCE HORAS, en la sala del Despacho de este Juzgado. REQUERIR al imputado LUIS FELIPE VERANO TABORDA, concurra a la audiencia programada, bajo apercibimiento de ser declara-

EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 513-2017-0-2801-JP-PE-03, notificar a la agraviada LENNY ARACELLI RIOS CHARCA la RESOLUCIÓN N° 02 de fecha 19.07.2017 que RESUELVE: 1. DECLARAR CONCLUIDO EL PROCESO de faltas contra el patrimonio en la modalidad de Hurto, seguido en contra de José Guillermo Espino Acosta en agravio de Lenny Aracelli Rios Charca por DESISTIMIENTO TÁCITO. 2. SE DISPONE el ARCHIVO del proceso. Regístrese y Notifíquese. Moquegua, 24 de julio del 2017. Jenrry Deyvi Corrales Aranibar. Juez del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto. Abogado Edwin Valencia Sánchez, Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (26-27-31 Julio)

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA UNIDADDE QUEJASEINVESTIGACIONESYVISITASDELAODECMA

EDICTO

Moquegua, 18 de julio de 2017 La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Moquegua, de conformidad con el cronograma establecido mediante Resolución Administrativa N° 003-2017-J-ODECMA-CSJMO/PJ, y por motivos de fuerza mayor ha reprogramado la VISITA JUDICIAL ORDINARIA del mes de julio del año en curso, al órgano jurisdiccional que se detalla a continuación para la siguiente fecha:

Organo Jurisdiccional

Día

Hora de Inicio

Sala Mixta de Mariscal Nieto

Lunes 31

08:00

Las Visitas Ordinarias programadas, se realizaran en el día y hora indicados, durante la cual los señores abogados y justiciables, podrán formular sus pedidos y/o quejas, concernientes a los señores Magistrados y personal Jurisdiccional respectivo, directamente en el local visitado. La labor jurisdiccional en la referida dependencia, proseguirá con sus diligencias programadas.

MAX WILFREDO SALAS BUSTINZA MAGISTRADO CONTRALOR DE ODECMA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA

"Ano del Buen Servicio al Ciudadano"

"Ano del Buen Servicio al Ciudadano"

llo, 24 de Julio del 2017

llo, 24 de Julio del 2017 La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, de conformidad con el cronograma establecido mediante Resolución Administrativa N° 003-2017-J-ODECMA-CSJMO-PJ del 18 de Enero del 2017, realizara durante el mes de agosto del 2017, la siguiente Visita Judicial Ordinaria:

Organo Jurisdiccional

Fecha

Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de llo

Miércoles 09 de Agosto del 2017

Hora de Inicio 08.00 horas

La Visita Ordinaria programada se realizara en el día y hora indicados. Durante su realización los señores abogados y justiciables podrán formular pedidos y/o quejas concernientes a los magistrados y/o servidores del órgano jurisdiccional visitado, directamente en el local visitado. La labor jurisdiccional del órgano jurisdiccional visitado proseguirá con sus diligencias programadas.

Yohel W. Cornejo Chávez Magistrado Contralor de ODECMA Corte Superior de Justicia Moquegua

La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, de conformidad con el cronograma establecido mediante Resolución Administrativa N° 003-2017-J-ODECMA-CSJMO-PJ del 18 de Enero del 2017, realizara durante el mes de agosto del 2017, la siguiente Visita Judicial Ordinaria:

Organo Jurisdiccional Oficina de Sub Administración del Módulo Penal de Ilo

Fecha Miércoles 16 de Agosto del 2017

Hora de Inicio 08.00 horas

La Visita Ordinaria programada se realizara en el día y hora indicados. Durante su realización los señores abogados y justiciables podrán formular pedidos y/o quejas concernientes a la dependencia mencionada directamente en el local visitado. La Labor del órgano visitado proseguirá con su labores habituales

Yohel W. Cornejo Chávez Magistrado Contralor de ODECMA Corte Superior de Justicia Moquegua

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PODER JUDICIAL DEL PERU

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA “UNIDAD DE CONCENTRADA DE QUEJAS E INVESTIGACION Y VISITA”

"Año del Buen Servicio al Ciudadano" Moquegua, 21 de Julio del 2017

La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, de conformidad con el cronograma establecido mediante Resolución Administrativa N° 003-2017-J-ODECMA-CSJMO-PJ del 18 de Enero del 2017, realizara durante el mes de agosto del 2017, la siguiente Visita Judicial Ordinaria: Organo Jurisdiccional Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto

Fecha Miércoles 09 de Agosto del 2017

Hora de Inicio 08.00 horas

La Visita Ordinaria programada se realizara en el día y hora indicados. Durante su realización los señores abogados y justiciables podrán formular pedidos y/o quejas concernientes a los magistrados y/o servidores del órgano jurisdiccional visitado, directamente en el local visitado. La labor jurisdiccional del órgano jurisdiccional visitado proseguirá con sus diligencias programadas.

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