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La República
SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA
Jueves, 10 de agosto del 2017
Avisos Judiciales EDICTOS EDICTO EDICTO NOTIFICACION JUDICIAL: Sres. Charly Robert Nina Quispe, Victor Rafael Valerio Reynoso, Juana Hortencia Delgado Blanco, Jimmy Hans Manrique Alponte, Juana De La Cruz Escalante de Pena, Joeluis Antonio Roldan Yufra, Lisaura Karina Navarro Tapia, Romy Estefania Siguayro Aquino, Miguel Angel Calatayud Villafuerte, Efrain Juan Quilla Mamani, Jhenson Sanders Pari Coaguila, Louis Celedonio, Barrios Yufra, Monica Vilca Cruz, Miguel Angel Bravo Yufra, David Angel Medina Roque, Jacqueline Fraquita Saccsi, Meliza Lisseth Saira Durand de Valerio, Beatriz Felicitas Quispe Pari, Renso David Gallegos Curo, Victor Giancarlo Valerio Rojas y Richard German Cerpa Condori. Por ante el Juzgado Mixto de Ho de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, Juez Dr. Adolfo Cornejo Polanco, Expediente 00267-2012-02802-JMCI-02, Especialista Legal Judith Gallegos Ramos, en el cual mediante Resolucion N° 40 de fecha seis de abril del dos mil diecisiete se ha dispuesto notificar por edicto a ustedes co demandados condicha resolución que en su parte resolutiva RESUELVE: Declarar REBELDES a los codemandados Amparo Serafina Sihuayro Aquino, Julia Mamani Aroapaza, Virginia Adriana Fraquita Sacci, quienes han sido notificadas personalmente, y a los demandados: Charly Robert Nina Quispe, Victor Rafael Valerio Reynoso, Juana Hortencia Delgado Blanco, Jimmy Hans Manrique Alponte, Juana De La Cruz Escalante de Pena, Joeluis Antonio Roldan Yufra, Lisaura Karina Navarro Tapia, Romy Estefania Siguayro Aquino, Miguel Angel Calatayud Villafuerte, Efrain Juan Quilla Mamani, Jhenson Sanders Pari Coaguila, Louis Celedonio, Barrios Yufra, Monica Vilca Cruz, Miguel Angel Bravo Yufra, David Angel Medina Roque, Jacqueline Fraquita Saccsi, Meliza Lisseth Saira Durand de Valerio, Beatriz Felicitas Quispe Pari, Renso David Gallegos Curo, Victor Giancarlo Valerio Rojas y Richard German Cerpa Condori, los mismos que han sido notificados mediante edictos y radiodifusión, todos pueden 9ncorporarse al proceso en cualquier momento, sujetandose al estado en que se encuentre, debiendo notificárseles la presente en la misma forma en que se les ha notificado la demanda. Resolucion N° 42 del veintiuno de julio del dos mil diecisiete. Al principal y otros: Estando a lo solicitado, se señala nueva fecha a fin de Ilevar a cabo la AUDIENCIA UNICA para el día VEINTICINCO DE SETIEMBRE del ano en curso a horas s ONCE de la mañana, debiendo efectuarse la notificación por edictos y radiodifusión, con la resolución numero cuarenta y con la presente resolución, a fin que los demandados respecto de los cuales no ha sido posible su emplazamiento mediante notificación directa, tomen conocimiento de dichas resoluciones. Lo que notifico a Uds. Para los fines de ley. Con intervalo de tres días conforme a lo previsto en el Código Procesal Civil, Judith Gallegos Ramos, Especialista Legal- Corte Superior de Justicia de Moquegua.- llo, 09 de agosto de 2017.(1011-14 Agosto) EDICTO En el PRIMER JUZGADO PAZ LETRADO DE ILO - EXPEDIENTE: 00239-2017-0-2802-JP-CI-01, consta Ia Resolución Nro.02, Ilo, 23 de junio
2017.- SE RESUELVE: Admitir a tramite en Ia vía del Proceso NO CONTENCIOSO, la Solicitud de Sucesión INTESTADA, presentada por don CLODOALDO ALBERO JIMENEZ CAIPA, respecto de la causante LIDIA CARMEN CAIPA LAZO, por ofrecidos los medios probatorios que indica y agréguese a los autos los anexos que acompaña. debiendo NOTIFICARSE mediante edictos a los presuntos herederos, a Ia Beneficencia Publica de Ilo y al Ministerio Publico, en el diario la “La Rep6blica y el Peruano”; por un día hábil ESPECIALISTA : NAOKA ARUHUANCA CCOPA, SECRETARI DE JUZGADO, CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA.(10 Agosto) EDICTO Exp. N° 00553-2016-0-2801-JP-FC-02, ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado, que despacha la Jueza ESTEFANY ROJAS CORONEL, especialista Legal la Dra. Melisa Paola Manchego Rivera, Mediante Resolución Nro. 02 de fecha trece de setiembre del 2016 se Resuelve: Admitir la demanda interpuesto por JUAN MANUEL AMESQUITA, quien actúa en representación de sus menores hijos YULIANA JULIA, NOELI ANDREA, JORDY LINDON, CORALY LUCIA AMESQUITA CAUSA, seguido en contra de doña GENOVEVA EMILIANA CAUSA YUCRA, por la vía procedimental de PROCESO UNICO, disponiendo el traslado de la demanda por el termino de CINCO DIAZ, a fin de que absuelva el traslado de la demanda y ejerza su derecho de defensa mediante contestación, Con Resolución Nro. 05 de fecha nueve de mayo del 2017, RESUELVE: La notificación EDICTAL con el extracto de la demanda y admisorio en el Diario La República y en el franelografo del juzgado, por el plazo de ley bajo apercibimiento de nombrarse un curador procesal en caso de no contestar la demanda. Moquegua, 03 de agosto del 2017. Nelida Maquera Cuayla – Abogado. Reg. N° 353 C.A.M.. Abog. Rita Mamani Apaza. Testigo Actuario. Juzgado de Paz Letrado Familia Civil – Corte Superior de Justicia de Moquegua (09-10-11 Agosto) EDICTO JUZGADO DE MIXTO DE ILO, JUEZ: ADOLFO CORNEJO POLANCO. ESPECIALISTA: JUDITH GALLEGOS RAMOS. EXPEDIENTE: 00434-2016-0-2802-JM-CI-01. MATERIA: EXCLUSIÓN DE NOMBRES. DEMANDANTE: APAZA PFUYO, RICARDO. DEMANDADA:: APAZA CALDERON, LIZBETH YUNET. CON RESOLUCIÓN 09 QUE DISPONE NOTIFICACION VÍA EDICTO DE RESOLUCIÓN 02, QUE ADMITE LA DEMANDA SOBRE EXCLUSIÓN DE NOMBRE Y DATOS PERSONALES DE PARTIDA DE NACIMIENTO DE LIZBETH YUNET APAZA CALDERÓN, INTERPUESTA POR RICARDO APAZA PFUYO, SE CORRE TRASLADO A LA DEMANDA POR EL TÉRMINO DE LEY BAJO APERCIBIMIENTO DE DECLARÁRSELE REBELDE. ILO, 26 DE JULIO 2017. Abg. Judith Magali Gallegos Ramos – Secretaria Judicial. 1ra. Secretaria – Juzgado Mixto de Ilo – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (08-09-10 Agosto) EDICTO Por ante el Juzgado Mixto de Ilo, Juez Dr. Adolfo Cornejo Polanco, Especialista Marco Cáceres Ninaja, Expediente N° 00342-2017-0-2802-JM-CI-01, doña Lidia Cristina Ayma Canqui solicita el cambio de nombre de su menor hijo Jair Riquelme Ccama Ayma nacido el 19 de Abril del 2008, a fin
de que a futuro se identifique como Jordan Jair Ccama Ayma. Ilo, 04 de Agosto del 2017. Edgard Galdos Avalos – Abogado. Reg. CAM 386. (08-09-10 Agosto) NOTIFICACION DE EDICTOS NOTIFICACION POR EDICTO EXPEDIENTE N° 00183-2012-66-2802-JRPE-01. El Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de lio, notifica al sentenciado JOSE JUAN FLORES CABALLERO, mediante edicto, la Resolución N°08 de fecha uno de junio de dos mil diecisiete que dispone: DE OFICIO: Por cumplido el mandato, REQUIERASE al sentenciado JUAN JOSE FLORES CABALLERO para que en el plazo de tercero día de notificado cumpla con pagar la suma de S/ 7 000.00 (Siete mil y 00/100 soles); bajo apercibimiento de ser amonestado en caso de incumplimiento, precia solicitud fiscal. Tómese razón y hágase saber.- Especialista Legal Juan! Howard Zegarra Coaila.- (09-1011 Agosto) CAMBIO DE NOMBRE CAMBIO DE NOMBRE En el Exp. N° 309-2017-0-2801-JM-CI-02, ante el Juzgado Mixto de Moquegua, que despacha el Juez Fredy Fernández Sánchez, con la intervención de la Especialista Gaby Nina Escobar, se ha emitido la Resolución N° 01 de fecha 17 de Julio del.2017 que resuelve: admitir a trámite la solicitud sobre Cambio de Nombre; presentada por MIRIAM DUEÑAS LEVITA en representación de su menor hija JESSENIA LORETTA TICONA DUEÑAS, solicita el cambio de nombre en la partida de nacimiento de su menor hija: se Suprima el segundo prenombre LORETTA para que en el futuro figure como JESSENIA TICONA DUEÑAS, en la vía procedimental de proceso No Contencioso, disponiéndose el emplazamiento al Ministerio Publico y de Richard Marco Ticona Mamani, señalándose la Audiencia de actuación y Declaración judicial para el día MARTES (12) DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECISIETE A LAS ONCE HORAS CON TREINTA MINUTOS, en la Sala de Audiencias N° 09 de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, debiendo efectuarse las publicaciones en el Diario encargado de los Avisos Judiciales de esta Ciudad. Moquegua, 07 de Agosto del 2017. Felipe Jhonson Vellano Laque. Abogado. CAM N° 796; Abog. Gaby Edith Nina Escobar – Secretario Judicial – Juzgado Mixto de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua (10 Agosto) REMATE CONVOCATORIA A PRIMER REMATE PUBLICO En los seguidos por MI BANCO - BANCO DE LA MICROEMPRESA A.S., contra Juan Tito Chambi Rojas y Carmela Choque de Chambi, sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, Expediente N° 2465-2014-0-3201-JP-CI-03; por orden del Tercer Juzgado de Paz Letrado de Tacna, a cargo del Dr. Máximo Caballero Roldan, con la intervención del Especialista Legal Dr. Juan Carlos Ramos Hume, ha dispuesto sacar a REMATE PÚBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA el inmueble ubicado en el Asentamiento Humano Programa Municipal de Vivienda N° IV Nuevo Ilo , Manzana 40 Lote 17 del distrito y provincia de Ilo departa-
mento de Moquegua, con un área de 175.60 m2; cuyos antecedentes, colindancias, medidas perimétricas y demás características se encuentran inscritas en la Partida Electrónica N° P08025604 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N ° XII Sede Tacna. VALOR DE TASACIÓN: S/ 223,020.00 (doscientos veintitrés mil veinte soles) PRECIO BASE DEL REMATE: S/ 148,680.00 (ciento cuarentiocho mil seiscientos ochenta soles), equivalente a las 2/3 partes de la valorización del bien DIA, HORA Y LUGAR DEL REMATE: El día 23 de agosto de! 2017 a horas 11.00 de la mañana, a realizarse en el frontis del local del Tercer Juzgado de Paz Letrado de Tacna ubicado en el primer piso del Modulo Básico de Justicia del distrito Gregorio Albarracín Lanchipa provincia y departamento de Tacna, sito en la avenida Municipal S/N del distrito Gregorio Albarracín Lanchipa provincia y departamento de Tacna. FUNCIONARIO QUE EFECTUA EL REMATE: Dr. Pedro Nolasco Gonzáles Villanueva, Martillero Publico, con Registro Nacional N° 261; domicilio procesal Agrup. Jorge Basadre G. Block “C” 101 Of.01 frente al local del Poder Judicial de la ciudad de Tacna (CEL. 952685901 RPM #952685901) GRAVAMENES y CARGAS: 1.- Asiento 00010 Inscripción de Hipoteca según escritura N° 324 de fecha 24/04/2015 que paso por la Notaría que despacha la Dra. Yolanda Insua de Arroyo de la ciudad de lio, hasta por la suma de S/ 21,425.44 soles; no se conoce otros gravámenes POSTORES: Solo se admitirá como postor a quien antes del remate haya depositado en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre (SIN SELLO NO NEGOCIABLE) una cantidad no menor del 10% del valor de tasación; esto es no menor de S/. 22,302.00 soles, suma que será devuelta íntegramente a los postores no beneficiados; además deberán presentar el original y dos copias del arancel judicial por derecho de participación en remate judicial de bienes inmuebles por la suma de S/ 607.50 soles, que será adquirido en el Banco de la Nación, donde conste el nombre del Juzgado, el número del expediente, y el numero de DN° del postor, asimismo deberá adjuntar el original de su DNI y dos fotocopias; tratándose de personas jurídicas deberán además entregar la vigencia de poderes correspondientes; Los honorarios del Martillero Público, son por cuenta del adjudicatario una vez concluido el remate, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 732 del Código Procesal Civil, concordante con la ley 28371 y D.S. N° 008-2005; más el IGV.JUAN CARLOS RAMOS HUME SECRETARIO JUDICIAL DEL 3ER JUZGADO DE PAZ LETRADO CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA. (6V/ 08-09-10-11-14-15 AGOS). EDICTO PENAL EDICTO PENAL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PERMANENTE DE ILO. EXPEDIENTE N°: 00295.2017-54-2802-JRPE-01. JUEZ: Abog. JOSE ANTONIO ACHOMA TITO. ESPECIALISTA: Abog. LUIS PALOMINO BARRANZUELA. Se emplaza, notifica y cita al acusado ALEXANDER LOIS MOY SOLAR con la RESOLUCION N° 01 Y 02 que RESUELVE: PROGRAMAR la AUDIENCIA UNICA DE JUICIO INMEDIATO, con carácter INAPLAZABLE, para el dia DIECISIETE DE AGOSTO DEL 2017 A HORAS DIECISIETE HORAS CON QUINCE
MINUTOS en Ia Sala de Audiencias del Módulo Penal de llo sito en Jirón Junín 301 de esta ciudad — segundo piso; en el proceso seguido en su contra por la presunta comisión del delito de Omisión a la asistencia familiar en agravio del menor de iniciales asimismo bajo apercibimiento de declarase al acusado Reo Ausente o Contumaz en caso de inasistencia a Ia audiencia de Juicio Oral Inmediato. 3.2. SEGUNDO: DISPONER Ia concurrencia obligatoria de Ia Fiscal del Primer Despacho de Decisión Temprana de Ho y de Ia abogada defensora del imputado Dra. Mabel Gomez Peñaloza; siendo que en caso de inasistencia del abogado defensor se le impondrá una MULTA equivalente a (2 URP) así como dar cuenta su Superior o al Colegio de abogados que corresponda; sin perjuicio de ser subrogado de la defensa y designarse nuevo abogado defensor conforme a ley, y en caso de inasistencia del Ministerio Publico de comunicar a su Organo de Control para que proceda conforme a sus atribuciones. 3.3. TERCERO: SE DISPONE la concurrencia obligatoria del acusado, bajo apercibimiento de ser declarado contumaz o ausente conforme establece el numeral 1 y 2 articulo 79 del Código Procesal Penal y el numeral 4 del artículo 355 Código Procesal Penal. 3.4. CUATRO: SE COMUNICA: Que las partes son responsables de convocar a sus órganos de prueba y de garantizar su presencia en la audiencia, bajo apercibimiento de prescindirse de ellos, en aplicación del numeral 2 articulo 448 del Código Procesal Penal. 4.5.- QUINTO: DISPONER Ia notificación de los sujetos procesales en las casillas electrónicas, domicilios procesales, direcciones domiciliarias de todas las partes, o vía telefónica según fuese en el caso; bajo responsabilidad funcional, Tómese Razón y Hágase Saber.-(09-10-11 Agosto) EDICTO PENAL EXP: 00440-2016-29-2802-JR-PE-02. Se emplaza, notifica y cita a ROSA MARIELA ANGULO LOAYZA, con la RESOLUCION N° 03 que RESUELVE: PRIMERO: Declarar contumaz a Ia acusada Rosa Mariela Angulo Loayza, identificada con DNI N° 70319564, con secundaria incompleta, nacida el trece de marzo de mil novecientos noventa y uno, en el distrito y provincia de llo, departamento de Moquegua, de veintiséis años de edad, hija de Carlos Cesar y Paula Rosa, con domicilio real en Miramar Parte Alta Comité numero treinta y uno manzana “a” lote doce, de la ciudad de llo. SEGUNDO: Disponer la conducción compulsiva de la acusada Rosa Mariela Angulo Loayza, por parte de la Policía Nacional del Perú, institución que deberá proceder a su ubicación y captura nacional y una vez realizado deberá ponerla a disposición del juzgado sin perjuicio de que informe cada sesenta días las acciones realizadas para el cumplimiento del mandato judicial, bajo responsabilidad, para lo cual se deberán cursar los oficios correspondientes. TERCERO: Disponer la notificación de la acusada contumaz además de la dirección señalada en el control de acusación en la consignada en el registro nacional de identificación y estado civil, además de edictos a fin de que pongan a disposición de la autoridad competente para afrontar el enjuiciamiento en su contra. CUATRO: Disponer el archivo provisional de Ia presente causa hasta que la acusada declarada contumaz sean puesta a disposición del juzgado por la autoridad policial. Regístrese
Jueves, 10 de agosto del 2017
y notifíquese.- (09-10-11 Agosto) EDICTO PENAL Expediente Nº 00541-2016-8-2801-JR-PE-02. Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Especialista: Gloria Marisol Cuayla Choque. Se cita y emplaza a don CLEOFE MAMANI OHA, identificado con DNI Nº 41155055, de sexo masculino, de fecha de nacimiento 23 de setiembre de 1981, de 35 años de edad, natural de Capachica, provincia y departamento de Puno, estado civil soltero, grado de instrucción secundaria, a efecto de que se ponga a derecho, debido a que mediante Resolución Nº 03 de fecha 13 de julio de 2017 ha sido declarado Reo Contumaz, disponiéndose su conducción compulsiva por parte de la Policía Nacional del Perú, institución que deberá proceder a su ubicación y captura a nivel nacional, una vez hecho, deberá ponerlo a disposición del juzgado dentro del horario de jornada laboral a fin de que afronte la audiencia única de juicio inmediato en su contra; sin perjuicio de que se informe cada sesenta días de las acciones realizadas tendientes al cumplimiento del mandato judicial, bajo responsabilidad. Se nombra como abogado defensor al doctor Lino Ariel Jara Zubieta, quien deberá hacerse cargo de la defensa del mismo. SE DISPONE la citación del acusado contumaz mediante edictos a fin de que se ponga a disposición de la autoridad competente para afrontar la audiencia única de Juicio Inmediato en su contra. SE DISPONE el archivo provisional de la causa en tanto sea puesto a disposición del juzgado el acusado contumaz. Fdo. Claudio Washington Altamirano Bellido - Juez Titular del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Abog. Gloria Marisol Cuayla Choque - Especialista Legal.- Moquegua, 26 de julio de 2017. (09-10-11 Agosto) EDICTO PENAL Expediente Nº 00561-2017-16-2801-JRPE-02. Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Especialista: Gloria Marisol Cuayla Choque. Se cita y emplaza a don ELIAS GABINO HUALLPA, identificado con DNI N° 04428814, de sexo masculino, de fecha de nacimiento 04 de marzo de 1966, de 51 años de edad, lugar de nacimiento Ilave, El Collao, Puno, hijo de Elías y Emiliana, a efecto de que se ponga a derecho, debido a que mediante Resolución Nº 02 de fecha 13 de julio de 2017 ha sido declarado Reo Ausente, disponiéndose su conducción compulsiva por parte de la Policía Nacional del Perú, institución que deberá proceder a su ubicación y captura a nivel nacional, una vez hecho, deberá ponerlo a disposición de este juzgado dentro de horario de jornada laboral a efecto de que afronte la audiencia única de juicio inmediato en su contra; sin perjuicio de que informe cada sesenta días de las acciones realizadas tendientes al cumplimiento del mandato judicial, bajo responsabilidad. Se nombra como abogado defensor del acusado ausente al doctor Jesús Alberto Bonifacio Castillo, quien deberá hacerse cargo de la defensa del citado acusado. SE DISPONE la citación del acusado ausente mediante edictos a fin de que se ponga a disposición de la autoridad competente para afrontar la audiencia única de Juicio Inmediato en su contra. SE DISPONE el archivo provisional de la causa en tanto sea puesto a disposición del juzgado el acusado ausente. Fdo. Claudio Washington Altamirano Bellido - Juez Titular del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Abog. Gloria Marisol Cuayla Choque - Especialista Legal.- Moquegua, 26 de julio de 2017. (09-10-11 Agosto)
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SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA
EDICTO PENAL Expediente N° 671-2017-0-2801-JR-PE-2. SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARISCAL NIETO. En el proceso N° 671-2017-0-2801-JR-PE-02, seguida en contra ROGELIO SEGUNDINO VELAZCO LIMACHI, por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio del menor de iniciales L.V.V.F. Rep. por Flavia Flores Nina; el señor Juez encargado del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto, ha dispuesto SE NOTIFIQUE por Edictos a ROGELIO SEGUNDINO VELAZCO LIMACHI, con la RESOLUCIÓN N° 01 DEL 02/08/17, SEGUNDO: Téngase por consignados los domicilios reales de los sujetos procesales conforme lo informa el representante del Ministerio Público. TERCERO: Téngase por adjuntada la Carpeta Fiscal N° 2017-442 a folios 87. CUARTO: REQUIERASE al Imputado para que presente en Audiencia comprobante de depósito judicial si desea someterse a una Terminación Anticipada. QUINTO: Se REQUIERE al Imputado que concurra a la audiencia con un Abogado Defensor de su libre elección, bajo apercibimiento de designársele uno de oficio, ello de conformidad a lo señalado en el artículo 85.1 de la norma adjetiva, teniendo en cuenta el carácter INAPLAZABLE de esta audiencia. Asimismo cúrsese oficio al Director de la Defensoría Pública y Acceso a la Justicia, a fin de que designe un Abogado Defensor de Oficio para que realice la defensa técnica del Imputado. Con un extracto del REQUERIMIENTO DE PROCESO INMEDIATO: Que, de conformidad con lo establecido por los Artículos 446° numeral 4 del Código Procesal Penal, acudo a su Despacho para efectos de requerir la instauración del Proceso Inmediato en la presente investigación preliminar, seguida en contra de Rogelio Secundino Velazco Limachi, por la comisión del delito contra la Familia en la modalidad de omisión a la asistencia familiar, previsto y sancionado en el Primer Párrafo del Artículo 149° del Código Penal, en agravio de su menor hija de iniciales L.V.V.F., debidamente Rep. por Flavia Flores Nina. Hechos investigados: 1. De los antecedentes se tiene que el 21/01/15, doña Flavla Flores Nina, interpuso demanda de alimentos en representación de su menor hija Leydi Jazmín Velasco Flores; en contra de Rogelio Secundino Velazco Limache, ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Mariscal Nieto, Exp. 2015-00029, proceso que concluyó con la Sentencia - Resolución 07-2015 de fecha 19/05/2015 que falló que el demandado Rogelio Secundino Velazco Limache, acuda con la cantidad de s/. 350.00 nuevos soles por concepto de alimentos a favor de su menor hija 2.- Sin embargo; el denunciado a incumplido con el pago de alimentos, por lo que se procedió a practicar la respectiva liquidación en fecha 26/07/2016 que comprende el periodo, de enero del 2015 a Mayo del año 2016, aprobándose la misma conforme la resolución N° 14 de fecha 14/09/2016, por la suma de S/ 4.460.95 nuevos soles. Asimismo, mediante ésta resolución se Requirió a Rogelio Segundino Velasco Limache, a fin de que cumpla con pagar las pensiones devengadas S/ 4.460.95 nuevos soles, dentro del plazo del tercer día de notificado, bajo apercibimiento de remitirse copias al Ministerio Publico a efecto de que actúe de acuerdo a sus atribuciones, al no cumplir con el pago se hizo efectivo el apercibimiento prevenido, mediante la resolución N° 16, de fecha 07/11/16. Sustento jurídico del requerimiento de proceso inmediato: Se sustenta el presente requerimiento en lo previsto en el inciso 4o
del Artículo 446° del Código Procesal Penal. Asimismo, es de tenerse presente que conforme a los recaudos obtenidos durante la investigación preliminar, hacen evidente la responsabilidad penal del imputado. Resolución N° 02 emitida en la audiencia de proceso inmediato de fecha 01/08/17 mediante la cual SE RESUELVE: REPROGRAMAR la presente audiencias para el día VEINTITRÉS DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECISIETE, a las NUEVE HORAS CON QUINCE MINUTOS, en la SALA DE AUDIENCIAS N° 02 de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. SE DISPONE: SE NOTIFIQUE al imputado tanto en el domicilio real que aparece en autos, así como VÍA EDICTOS. FIRMADO. DR. JENRRY DEYVI CORRALES ARANIBAR. JUEZ PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARISCAL NIETO. ABOG. VANESSA MALAGA BUSTAMANTE ESPECIALISTA JUDICIAL MODULO PENAL.- Moquegua, 04 de agosto del 2017. (09-10-11 Agosto) EDICTO PENAL Expediente N° 104-2014-5-2801-JR-PE-03. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE MARISCAL NIETO – MOQUEGUA. Se cita, emplazando y notificando a los acusados ERI RODRIGO AREVALO CASTELLANOS, AGITH VILLANUEVA MEJIA y VICTOR VILLANUEVA MEJIA, a fin de que concurra, en su calidad de acusados a la sesión de audiencia de Juicio Oral para el DIA OCHO DE ENERO DE DOS MIL DIECIOCHO A HORAS 11:30 (HORA EXACTA), la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias Nro. 05 del Módulo Penal de Mariscal Nieto, sito en Avenida Malecón Ribereño s/n sede del nuevo Palacio de Justicia de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, Distrito de Moquegua, Provincia de Mariscal Nieto Departamento de Moquegua, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADOS REOS CONTUMAZ Y DISPONERSE SU ORDEN DE CAPTURA POR LA POLICIA NACIONAL DEL PERU. Todo ello conforme a lo ordenado en el expediente consignado líneas arriba, proceso penal por Trafico Ilícito de Drogas, seguido en contra de Eri Rodrigo Arévalo Castellanos y otros, en agravio del Estado Peruano. Regístrese y Comuníquese; Juez Luís Antonio Talavera Herrera, Juez Especializado Penal del Tercer Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto, integrante del Juzgado Penal Colegiado. Moquegua, 03 de Agosto del 2017. (09-10-11 Agosto) EDICTOS EDICTO EDICTO NOTIFICACION JUDICIAL: Sres. Charly Robert Nina Quispe, Victor Rafael Valerio Reynoso, Juana Hortencia Delgado Blanco, Jimmy Hans Manrique Alponte, Juana De La Cruz Escalante de Pena, Joeluis Antonio Roldan Yufra, Lisaura Karina Navarro Tapia, Romy Estefania Siguayro Aquino, Miguel Angel Calatayud Villafuerte, Efrain Juan Quilla Mamani, Jhenson Sanders Pari Coaguila, Louis Celedonio, Barrios Yufra, Monica Vilca Cruz, Miguel Angel Bravo Yufra, David Angel Medina Roque, Jacqueline Fraquita Saccsi, Meliza Lisseth Saira Durand de Valerio, Beatriz Felicitas Quispe Pari, Renso David Gallegos Curo, Victor Giancarlo Valerio Rojas y Richard German Cerpa Condori. Por ante el Juzgado Mixto de Ho de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, Juez Dr. Adolfo Cornejo Polanco, Expediente 00267-2012-02802-JMCI-02, Especialista Legal Judith Gallegos Ramos, en el cual mediante Resolucion N° 40 de fecha seis de abril del dos mil diecisiete se ha dispuesto notificar por edicto a ustedes co demandados condicha resolución que en su
parte resolutiva RESUELVE: Declarar REBELDES a los codemandados Amparo Serafina Sihuayro Aquino, Julia Mamani Aroapaza, Virginia Adriana Fraquita Sacci, quienes han sido notificadas personalmente, y a los demandados: Charly Robert Nina Quispe, Victor Rafael Valerio Reynoso, Juana Hortencia Delgado Blanco, Jimmy Hans Manrique Alponte, Juana De La Cruz Escalante de Pena, Joeluis Antonio Roldan Yufra, Lisaura Karina Navarro Tapia, Romy Estefania Siguayro Aquino, Miguel Angel Calatayud Villafuerte, Efrain Juan Quilla Mamani, Jhenson Sanders Pari Coaguila, Louis Celedonio, Barrios Yufra, Monica Vilca Cruz, Miguel Angel Bravo Yufra, David Angel Medina Roque, Jacqueline Fraquita Saccsi, Meliza Lisseth Saira Durand de Valerio, Beatriz Felicitas Quispe Pari, Renso David Gallegos Curo, Victor Giancarlo Valerio Rojas y Richard German Cerpa Condori, los mismos que han sido notificados mediante edictos y radiodifusión, todos pueden 9ncorporarse al proceso en cualquier momento, sujetandose al estado en que se encuentre, debiendo notificárseles la presente en la misma forma en que se les ha notificado la demanda. Resolucion N° 42 del veintiuno de julio del dos mil diecisiete. Al principal y otros: Estando a lo solicitado, se señala nueva fecha a fin de Ilevar a cabo la AUDIENCIA UNICA para el día VEINTICINCO DE SETIEMBRE del ano en curso a horas s ONCE de la mañana, debiendo efectuarse la notificación por edictos y radiodifusión, con la resolución numero cuarenta y con la presente resolución, a fin que los demandados respecto de los cuales no ha sido posible su emplazamiento mediante notificación directa, tomen conocimiento de dichas resoluciones. Lo que notifico a Uds. Para los fines de ley. Con intervalo de tres días conforme a lo previsto en el Código Procesal Civil, Judith Gallegos Ramos, Especialista Legal- Corte Superior de Justicia de Moquegua.- llo, 09 de agosto de 2017.(1011-14 Agosto) EDICTO En el PRIMER JUZGADO PAZ LETRADO DE ILO - EXPEDIENTE: 00239-2017-0-2802-JP-CI-01, consta Ia Resolución Nro.02, Ilo, 23 de junio 2017.- SE RESUELVE: Admitir a tramite en Ia vía del Proceso NO CONTENCIOSO, la Solicitud de Sucesión INTESTADA, presentada por don CLODOALDO ALBERO JIMENEZ CAIPA, respecto de la causante LIDIA CARMEN CAIPA LAZO, por ofrecidos los medios probatorios que indica y agréguese a los autos los anexos que acompaña. debiendo NOTIFICARSE mediante edictos a los presuntos herederos, a Ia Beneficencia Publica de Ilo y al Ministerio Publico, en el diario la “La Rep6blica y el Peruano”; por un día hábil ESPECIALISTA : NAOKA ARUHUANCA CCOPA, SECRETARI DE JUZGADO, CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA.(10 Agosto) EDICTO Exp. N° 00553-2016-0-2801-JP-FC-02, ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado, que despacha la Jueza ESTEFANY ROJAS CORONEL, especialista Legal la Dra. Melisa Paola Manchego Rivera, Mediante Resolución Nro. 02 de fecha trece de setiembre del 2016 se Resuelve: Admitir la demanda interpuesto por JUAN MANUEL AMESQUITA, quien actúa en representación de sus menores hijos YULIANA JULIA, NOELI ANDREA, JORDY LINDON, CORALY LUCIA AMESQUITA CAUSA, seguido en contra de doña GENOVEVA EMILIANA CAUSA YUCRA, por la vía procedimental de PROCESO UNICO, disponiendo el traslado de la demanda por el termino de CINCO DIAZ, a fin de que absuelva el traslado de la deman-
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da y ejerza su derecho de defensa mediante contestación, Con Resolución Nro. 05 de fecha nueve de mayo del 2017, RESUELVE: La notificación EDICTAL con el extracto de la demanda y admisorio en el Diario La República y en el franelografo del juzgado, por el plazo de ley bajo apercibimiento de nombrarse un curador procesal en caso de no contestar la demanda. Moquegua, 03 de agosto del 2017. Nelida Maquera Cuayla – Abogado. Reg. N° 353 C.A.M.. Abog. Rita Mamani Apaza. Testigo Actuario. Juzgado de Paz Letrado Familia Civil – Corte Superior de Justicia de Moquegua (09-10-11 Agosto) EDICTO JUZGADO DE MIXTO DE ILO, JUEZ: ADOLFO CORNEJO POLANCO. ESPECIALISTA: JUDITH GALLEGOS RAMOS. EXPEDIENTE: 00434-2016-0-2802-JM-CI-01. MATERIA: EXCLUSIÓN DE NOMBRES. DEMANDANTE: APAZA PFUYO, RICARDO. DEMANDADA:: APAZA CALDERON, LIZBETH YUNET. CON RESOLUCIÓN 09 QUE DISPONE NOTIFICACION VÍA EDICTO DE RESOLUCIÓN 02, QUE ADMITE LA DEMANDA SOBRE EXCLUSIÓN DE NOMBRE Y DATOS PERSONALES DE PARTIDA DE NACIMIENTO DE LIZBETH YUNET APAZA CALDERÓN, INTERPUESTA POR RICARDO APAZA PFUYO, SE CORRE TRASLADO A LA DEMANDA POR EL TÉRMINO DE LEY BAJO APERCIBIMIENTO DE DECLARÁRSELE REBELDE. ILO, 26 DE JULIO 2017. Abg. Judith Magali Gallegos Ramos – Secretaria Judicial. 1ra. Secretaria – Juzgado Mixto de Ilo – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (08-09-10 Agosto) EDICTO Por ante el Juzgado Mixto de Ilo, Juez Dr. Adolfo Cornejo Polanco, Especialista Marco Cáceres Ninaja, Expediente N° 00342-2017-0-2802-JM-CI-01, doña Lidia Cristina Ayma Canqui solicita el cambio de nombre de su menor hijo Jair Riquelme Ccama Ayma nacido el 19 de Abril del 2008, a fin de que a futuro se identifique como Jordan Jair Ccama Ayma. Ilo, 04 de Agosto del 2017. Edgard Galdos Avalos – Abogado. Reg. CAM 386. (08-09-10 Agosto) NOTIFICACION DE EDICTOS NOTIFICACION POR EDICTO EXPEDIENTE N° 00183-2012-66-2802-JRPE-01. El Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de lio, notifica al sentenciado JOSE JUAN FLORES CABALLERO, mediante edicto, la Resolución N°08 de fecha uno de junio de dos mil diecisiete que dispone: DE OFICIO: Por cumplido el mandato, REQUIERASE al sentenciado JUAN JOSE FLORES CABALLERO para que en el plazo de tercero día de notificado cumpla con pagar la suma de S/ 7 000.00 (Siete mil y 00/100 soles); bajo apercibimiento de ser amonestado en caso de incumplimiento, precia solicitud fiscal. Tómese razón y hágase saber.- Especialista Legal Juan! Howard Zegarra Coaila.- (09-1011 Agosto) CAMBIO DE NOMBRE CAMBIO DE NOMBRE En el Exp. N° 309-2017-0-2801-JM-CI-02, ante el Juzgado Mixto de Moquegua, que despacha el Juez Fredy Fernández Sánchez, con la intervención de la Especialista Gaby Nina Escobar, se ha emitido la Resolución N° 01 de fecha 17 de Julio del.2017 que resuelve: admitir a trámite la solicitud sobre Cambio de Nombre; presentada por MIRIAM DUEÑAS LEVITA en representación de su menor hija JESSENIA LORETTA TICONA DUEÑAS,
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solicita el cambio de nombre en la partida de nacimiento de su menor hija: se Suprima el segundo prenombre LORETTA para que en el futuro figure como JESSENIA TICONA DUEÑAS, en la vía procedimental de proceso No Contencioso, disponiéndose el emplazamiento al Ministerio Publico y de Richard Marco Ticona Mamani, señalándose la Audiencia de actuación y Declaración judicial para el día MARTES (12) DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECISIETE A LAS ONCE HORAS CON TREINTA MINUTOS, en la Sala de Audiencias N° 09 de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, debiendo efectuarse las publicaciones en el Diario encargado de los Avisos Judiciales de esta Ciudad. Moquegua, 07 de Agosto del 2017. Felipe Jhonson Vellano Laque. Abogado. CAM N° 796; Abog. Gaby Edith Nina Escobar – Secretario Judicial – Juzgado Mixto de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua (10 Agosto)
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de participación en remate judicial de bienes inmuebles por la suma de S/ 607.50 soles, que será adquirido en el Banco de la Nación, donde conste el nombre del Juzgado, el número del expediente, y el numero de DN° del postor, asimismo deberá adjuntar el original de su DNI y dos fotocopias; tratándose de personas jurídicas deberán además entregar la vigencia de poderes correspondientes; Los honorarios del Martillero Público, son por cuenta del adjudicatario una vez concluido el remate, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 732 del Código Procesal Civil, concordante con la ley 28371 y D.S. N° 008-2005; más el IGV.JUAN CARLOS RAMOS HUME SECRETARIO JUDICIAL DEL 3ER JUZGADO DE PAZ LETRADO CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA. (6V/ 08-09-10-11-14-15 AGOS). EDICTO PENAL EDICTO PENAL
REMATE CONVOCATORIA A PRIMER REMATE PUBLICO En los seguidos por MI BANCO - BANCO DE LA MICROEMPRESA A.S., contra Juan Tito Chambi Rojas y Carmela Choque de Chambi, sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, Expediente N° 2465-2014-0-3201-JP-CI-03; por orden del Tercer Juzgado de Paz Letrado de Tacna, a cargo del Dr. Máximo Caballero Roldan, con la intervención del Especialista Legal Dr. Juan Carlos Ramos Hume, ha dispuesto sacar a REMATE PÚBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA el inmueble ubicado en el Asentamiento Humano Programa Municipal de Vivienda N° IV Nuevo Ilo , Manzana 40 Lote 17 del distrito y provincia de Ilo departamento de Moquegua, con un área de 175.60 m2; cuyos antecedentes, colindancias, medidas perimétricas y demás características se encuentran inscritas en la Partida Electrónica N° P08025604 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N ° XII Sede Tacna. VALOR DE TASACIÓN: S/ 223,020.00 (doscientos veintitrés mil veinte soles) PRECIO BASE DEL REMATE: S/ 148,680.00 (ciento cuarentiocho mil seiscientos ochenta soles), equivalente a las 2/3 partes de la valorización del bien DIA, HORA Y LUGAR DEL REMATE: El día 23 de agosto de! 2017 a horas 11.00 de la mañana, a realizarse en el frontis del local del Tercer Juzgado de Paz Letrado de Tacna ubicado en el primer piso del Modulo Básico de Justicia del distrito Gregorio Albarracín Lanchipa provincia y departamento de Tacna, sito en la avenida Municipal S/N del distrito Gregorio Albarracín Lanchipa provincia y departamento de Tacna. FUNCIONARIO QUE EFECTUA EL REMATE: Dr. Pedro Nolasco Gonzáles Villanueva, Martillero Publico, con Registro Nacional N° 261; domicilio procesal Agrup. Jorge Basadre G. Block “C” 101 Of.01 frente al local del Poder Judicial de la ciudad de Tacna (CEL. 952685901 RPM #952685901) GRAVAMENES y CARGAS: 1.- Asiento 00010 Inscripción de Hipoteca según escritura N° 324 de fecha 24/04/2015 que paso por la Notaría que despacha la Dra. Yolanda Insua de Arroyo de la ciudad de lio, hasta por la suma de S/ 21,425.44 soles; no se conoce otros gravámenes POSTORES: Solo se admitirá como postor a quien antes del remate haya depositado en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre (SIN SELLO NO NEGOCIABLE) una cantidad no menor del 10% del valor de tasación; esto es no menor de S/. 22,302.00 soles, suma que será devuelta íntegramente a los postores no beneficiados; además deberán presentar el original y dos copias del arancel judicial por derecho
PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PERMANENTE DE ILO. EXPEDIENTE N°: 00295.2017-54-2802-JRPE-01. JUEZ: Abog. JOSE ANTONIO ACHOMA TITO. ESPECIALISTA: Abog. LUIS PALOMINO BARRANZUELA. Se emplaza, notifica y cita al acusado ALEXANDER LOIS MOY SOLAR con la RESOLUCION N° 01 Y 02 que RESUELVE: PROGRAMAR la AUDIENCIA UNICA DE JUICIO INMEDIATO, con carácter INAPLAZABLE, para el dia DIECISIETE DE AGOSTO DEL 2017 A HORAS DIECISIETE HORAS CON QUINCE MINUTOS en Ia Sala de Audiencias del Módulo Penal de llo sito en Jirón Junín 301 de esta ciudad — segundo piso; en el proceso seguido en su contra por la presunta comisión del delito de Omisión a la asistencia familiar en agravio del menor de iniciales asimismo bajo apercibimiento de declarase al acusado Reo Ausente o Contumaz en caso de inasistencia a Ia audiencia de Juicio Oral Inmediato. 3.2. SEGUNDO: DISPONER Ia concurrencia obligatoria de Ia Fiscal del Primer Despacho de Decisión Temprana de Ho y de Ia abogada defensora del imputado Dra. Mabel Gomez Peñaloza; siendo que en caso de inasistencia del abogado defensor se le impondrá una MULTA equivalente a (2 URP) así como dar cuenta su Superior o al Colegio de abogados que corresponda; sin perjuicio de ser subrogado de la defensa y designarse nuevo abogado defensor conforme a ley, y en caso de inasistencia del Ministerio Publico de comunicar a su Organo de Control para que proceda conforme a sus atribuciones. 3.3. TERCERO: SE DISPONE la concurrencia obligatoria del acusado, bajo apercibimiento de ser declarado contumaz o ausente conforme establece el numeral 1 y 2 articulo 79 del Código Procesal Penal y el numeral 4 del artículo 355 Código Procesal Penal. 3.4. CUATRO: SE COMUNICA: Que las partes son responsables de convocar a sus órganos de prueba y de garantizar su presencia en la audiencia, bajo apercibimiento de prescindirse de ellos, en aplicación del numeral 2 articulo 448 del Código Procesal Penal. 4.5.- QUINTO: DISPONER Ia notificación de los sujetos procesales en las casillas electrónicas, domicilios procesales, direcciones domiciliarias de todas las partes, o vía telefónica según fuese en el caso; bajo responsabilidad funcional, Tómese Razón y Hágase Saber.-(09-10-11 Agosto) EDICTO PENAL EXP: 00440-2016-29-2802-JR-PE-02. Se emplaza, notifica y cita a ROSA MARIELA ANGULO LOAYZA, con la RESOLUCION N° 03 que RESUELVE: PRIMERO: Declarar contumaz a Ia acusada Rosa Mariela Angulo Loayza, identi-
ficada con DNI N° 70319564, con secundaria incompleta, nacida el trece de marzo de mil novecientos noventa y uno, en el distrito y provincia de llo, departamento de Moquegua, de veintiséis años de edad, hija de Carlos Cesar y Paula Rosa, con domicilio real en Miramar Parte Alta Comité numero treinta y uno manzana “a” lote doce, de la ciudad de llo. SEGUNDO: Disponer la conducción compulsiva de la acusada Rosa Mariela Angulo Loayza, por parte de la Policía Nacional del Perú, institución que deberá proceder a su ubicación y captura nacional y una vez realizado deberá ponerla a disposición del juzgado sin perjuicio de que informe cada sesenta días las acciones realizadas para el cumplimiento del mandato judicial, bajo responsabilidad, para lo cual se deberán cursar los oficios correspondientes. TERCERO: Disponer la notificación de la acusada contumaz además de la dirección señalada en el control de acusación en la consignada en el registro nacional de identificación y estado civil, además de edictos a fin de que pongan a disposición de la autoridad competente para afrontar el enjuiciamiento en su contra. CUATRO: Disponer el archivo provisional de Ia presente causa hasta que la acusada declarada contumaz sean puesta a disposición del juzgado por la autoridad policial. Regístrese y notifíquese.- (09-10-11 Agosto) EDICTO PENAL Expediente Nº 00541-2016-8-2801-JR-PE-02. Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Especialista: Gloria Marisol Cuayla Choque. Se cita y emplaza a don CLEOFE MAMANI OHA, identificado con DNI Nº 41155055, de sexo masculino, de fecha de nacimiento 23 de setiembre de 1981, de 35 años de edad, natural de Capachica, provincia y departamento de Puno, estado civil soltero, grado de instrucción secundaria, a efecto de que se ponga a derecho, debido a que mediante Resolución Nº 03 de fecha 13 de julio de 2017 ha sido declarado Reo Contumaz, disponiéndose su conducción compulsiva por parte de la Policía Nacional del Perú, institución que deberá proceder a su ubicación y captura a nivel nacional, una vez hecho, deberá ponerlo a disposición del juzgado dentro del horario de jornada laboral a fin de que afronte la audiencia única de juicio inmediato en su contra; sin perjuicio de que se informe cada sesenta días de las acciones realizadas tendientes al cumplimiento del mandato judicial, bajo responsabilidad. Se nombra como abogado defensor al doctor Lino Ariel Jara Zubieta, quien deberá hacerse cargo de la defensa del mismo. SE DISPONE la citación del acusado contumaz mediante edictos a fin de que se ponga a disposición de la autoridad competente para afrontar la audiencia única de Juicio Inmediato en su contra. SE DISPONE el archivo provisional de la causa en tanto sea puesto a disposición del juzgado el acusado contumaz. Fdo. Claudio Washington Altamirano Bellido - Juez Titular del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Abog. Gloria Marisol Cuayla Choque - Especialista Legal.- Moquegua, 26 de julio de 2017. (09-10-11 Agosto) EDICTO PENAL Expediente Nº 00561-2017-16-2801-JRPE-02. Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Especialista: Gloria Marisol Cuayla Choque. Se cita y emplaza a don ELIAS GABINO HUALLPA, identificado con DNI N° 04428814, de sexo masculino, de fecha de nacimiento 04 de marzo de 1966, de 51 años de edad, lugar de nacimiento Ilave, El Collao, Puno, hijo de Elías y Emiliana, a
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efecto de que se ponga a derecho, debido a que mediante Resolución Nº 02 de fecha 13 de julio de 2017 ha sido declarado Reo Ausente, disponiéndose su conducción compulsiva por parte de la Policía Nacional del Perú, institución que deberá proceder a su ubicación y captura a nivel nacional, una vez hecho, deberá ponerlo a disposición de este juzgado dentro de horario de jornada laboral a efecto de que afronte la audiencia única de juicio inmediato en su contra; sin perjuicio de que informe cada sesenta días de las acciones realizadas tendientes al cumplimiento del mandato judicial, bajo responsabilidad. Se nombra como abogado defensor del acusado ausente al doctor Jesús Alberto Bonifacio Castillo, quien deberá hacerse cargo de la defensa del citado acusado. SE DISPONE la citación del acusado ausente mediante edictos a fin de que se ponga a disposición de la autoridad competente para afrontar la audiencia única de Juicio Inmediato en su contra. SE DISPONE el archivo provisional de la causa en tanto sea puesto a disposición del juzgado el acusado ausente. Fdo. Claudio Washington Altamirano Bellido - Juez Titular del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Abog. Gloria Marisol Cuayla Choque - Especialista Legal.- Moquegua, 26 de julio de 2017. (09-10-11 Agosto) EDICTO PENAL Expediente N° 671-2017-0-2801-JR-PE-2. SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARISCAL NIETO. En el proceso N° 671-2017-0-2801-JR-PE-02, seguida en contra ROGELIO SEGUNDINO VELAZCO LIMACHI, por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio del menor de iniciales L.V.V.F. Rep. por Flavia Flores Nina; el señor Juez encargado del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto, ha dispuesto SE NOTIFIQUE por Edictos a ROGELIO SEGUNDINO VELAZCO LIMACHI, con la RESOLUCIÓN N° 01 DEL 02/08/17, SEGUNDO: Téngase por consignados los domicilios reales de los sujetos procesales conforme lo informa el representante del Ministerio Público. TERCERO: Téngase por adjuntada la Carpeta Fiscal N° 2017-442 a folios 87. CUARTO: REQUIERASE al Imputado para que presente en Audiencia comprobante de depósito judicial si desea someterse a una Terminación Anticipada. QUINTO: Se REQUIERE al Imputado que concurra a la audiencia con un Abogado Defensor de su libre elección, bajo apercibimiento de designársele uno de oficio, ello de conformidad a lo señalado en el artículo 85.1 de la norma adjetiva, teniendo en cuenta el carácter INAPLAZABLE de esta audiencia. Asimismo cúrsese oficio al Director de la Defensoría Pública y Acceso a la Justicia, a fin de que designe un Abogado Defensor de Oficio para que realice la defensa técnica del Imputado. Con un extracto del REQUERIMIENTO DE PROCESO INMEDIATO: Que, de conformidad con lo establecido por los Artículos 446° numeral 4 del Código Procesal Penal, acudo a su Despacho para efectos de requerir la instauración del Proceso Inmediato en la presente investigación preliminar, seguida en contra de Rogelio Secundino Velazco Limachi, por la comisión del delito contra la Familia en la modalidad de omisión a la asistencia familiar, previsto y sancionado en el Primer Párrafo del Artículo 149° del Código Penal, en agravio de su menor hija de iniciales L.V.V.F., debidamente Rep. por Flavia Flores Nina. Hechos investigados: 1. De los antecedentes se tiene que el 21/01/15, doña Flavla Flores Nina, interpuso demanda de alimentos en representación de su menor hija Leydi Jazmín Velasco Flores; en contra de Rogelio Secundino Velazco
Limache, ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Mariscal Nieto, Exp. 2015-00029, proceso que concluyó con la Sentencia - Resolución 07-2015 de fecha 19/05/2015 que falló que el demandado Rogelio Secundino Velazco Limache, acuda con la cantidad de s/. 350.00 nuevos soles por concepto de alimentos a favor de su menor hija 2.- Sin embargo; el denunciado a incumplido con el pago de alimentos, por lo que se procedió a practicar la respectiva liquidación en fecha 26/07/2016 que comprende el periodo, de enero del 2015 a Mayo del año 2016, aprobándose la misma conforme la resolución N° 14 de fecha 14/09/2016, por la suma de S/ 4.460.95 nuevos soles. Asimismo, mediante ésta resolución se Requirió a Rogelio Segundino Velasco Limache, a fin de que cumpla con pagar las pensiones devengadas S/ 4.460.95 nuevos soles, dentro del plazo del tercer día de notificado, bajo apercibimiento de remitirse copias al Ministerio Publico a efecto de que actúe de acuerdo a sus atribuciones, al no cumplir con el pago se hizo efectivo el apercibimiento prevenido, mediante la resolución N° 16, de fecha 07/11/16. Sustento jurídico del requerimiento de proceso inmediato: Se sustenta el presente requerimiento en lo previsto en el inciso 4o del Artículo 446° del Código Procesal Penal. Asimismo, es de tenerse presente que conforme a los recaudos obtenidos durante la investigación preliminar, hacen evidente la responsabilidad penal del imputado. Resolución N° 02 emitida en la audiencia de proceso inmediato de fecha 01/08/17 mediante la cual SE RESUELVE: REPROGRAMAR la presente audiencias para el día VEINTITRÉS DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECISIETE, a las NUEVE HORAS CON QUINCE MINUTOS, en la SALA DE AUDIENCIAS N° 02 de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. SE DISPONE: SE NOTIFIQUE al imputado tanto en el domicilio real que aparece en autos, así como VÍA EDICTOS. FIRMADO. DR. JENRRY DEYVI CORRALES ARANIBAR. JUEZ PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARISCAL NIETO. ABOG. VANESSA MALAGA BUSTAMANTE ESPECIALISTA JUDICIAL MODULO PENAL.- Moquegua, 04 de agosto del 2017. (09-10-11 Agosto) EDICTO PENAL Expediente N° 104-2014-5-2801-JR-PE-03. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE MARISCAL NIETO – MOQUEGUA. Se cita, emplazando y notificando a los acusados ERI RODRIGO AREVALO CASTELLANOS, AGITH VILLANUEVA MEJIA y VICTOR VILLANUEVA MEJIA, a fin de que concurra, en su calidad de acusados a la sesión de audiencia de Juicio Oral para el DIA OCHO DE ENERO DE DOS MIL DIECIOCHO A HORAS 11:30 (HORA EXACTA), la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias Nro. 05 del Módulo Penal de Mariscal Nieto, sito en Avenida Malecón Ribereño s/n sede del nuevo Palacio de Justicia de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, Distrito de Moquegua, Provincia de Mariscal Nieto Departamento de Moquegua, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADOS REOS CONTUMAZ Y DISPONERSE SU ORDEN DE CAPTURA POR LA POLICIA NACIONAL DEL PERU. Todo ello conforme a lo ordenado en el expediente consignado líneas arriba, proceso penal por Trafico Ilícito de Drogas, seguido en contra de Eri Rodrigo Arévalo Castellanos y otros, en agravio del Estado Peruano. Regístrese y Comuníquese; Juez Luís Antonio Talavera Herrera, Juez Especializado Penal del Tercer Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto, integrante del Juzgado Penal Colegiado. Moquegua, 03 de Agosto del 2017. (0910-11 Agosto)
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PODER JUDICIAL DISTRITO JUDICIAL DE MOQUEGUA CONCESION DEL SERVICIO TERCERIZADO DE CAFETERÍA - 1° Conv. CONVOCATORIA
1.
ENTIDAD
Poder Judicial - Corte Superior de Justicia de Moquegua, sito en Calle Junin Nº 520 - Moquegua. Teléfonos: Administración Central Telefónica 053-463555. 2.
OBJETO DE LA ADJUDICACION
El Poder Judicial a través de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, otorgará a terceros en calidad de concesión el SERVICIO DE CAFETERIA, a efecto se instalen los equipos requeridos en un ambiente implementado para tal efecto, con la finalidad de brindar el servicio de expendio de bebidas calientes y frías, así como sándwiches y snacks y almuerzo para el personal de la Corte y público usuario. 3.
CALENDARIO DEL PROCESO
Nombre de la Entidad Descripción Convocatoria Entrega de Bases Lugar Absolución de Consultas Presentación de Propuestas Evaluación de Propuestas Adjudicación de Concesión
: PODER JUDICIAL – CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA : CONCESIÓN DEL SERVICIO DE CAFETERÍA EN LA SEDE PRINCIPAL DE LA CORTE - 1° Conv. : 10 al 14 de Agosto del 2017 : 15 y 16 de Agosto del 2017 : Oficina de Administración – Servicios Judiciales, Calle Junín Nº 520 - Moquegua. : 17 y 18 de Agosto del 2017 : 21 de Agosto del 2017 : 22 de Agosto del 2017 : 23 de Agosto del 2017
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"Ano del Buen Servicio al Ciudadano"
llo, 24 de Julio del 2017 La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, de conformidad con el cronograma establecido mediante Resolución Administrativa N° 003-2017-J-ODECMA-CSJMO-PJ del 18 de Enero del 2017, realizara durante el mes de agosto del 2017, la siguiente Visita Judicial Ordinaria:
Organo Jurisdiccional Oficina de Sub Administración del Módulo Penal de Ilo
Fecha Miércoles 16 de Agosto del 2017
Hora de Inicio 08.00 horas
La Visita Ordinaria programada se realizara en el día y hora indicados. Durante su realización los señores abogados y justiciables podrán formular pedidos y/o quejas concernientes a la dependencia mencionada directamente en el local visitado. La Labor del órgano visitado proseguirá con su labores habituales
Yohel W. Cornejo Chávez Magistrado Contralor de ODECMA Corte Superior de Justicia Moquegua
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