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Peñaranda (antes propiedad de Zenobio Hurtado) y propiedad de Justo Guillen con 29.20 ml, y; por el Fondo con ... Jaime Tarqui Pedraza – Secretario Judicial – Primer. Juzgado Mixto Mariscal Nieto – Corte Superior de .... VICTOR ENRIQUE ORTIZ YANCE DISPONGO que se tramite, por la vía procedimental de PROCE-.
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La República

SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA

Viernes, 10 de febrero del 2017

Avisos Judiciales EDICTO EDICTO EXPEDIENTE: 905-2016-INV INVESTIGADO: FRANCISCO FELICIACO FLORES. MATERIA: INCONDUCTA FUNCIONAL – OMISION DE FUNCIONES EL MAGISTRADO CONTRALOR CESAR AUGUSTO SALINAS LINARES HA DISPUESTO SE NOTIFIQUE MEDIANTE EDICTO A DON FRANCISCO FELICIANO FLORES LA SIGUIENTE RESOLUCIÓN: Resolución N° 10 Moquegua, dos de febrero Del dos mil diecisiete. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Por Resolución N°08 del 14 de Noviembre del 2016, se declaró la improcedencia de abrir procedimiento disciplinario en contra de don Francisco Feliciano, en actuación funcional como Juez de Paz de la Comunidad Campesina de Pasto Grande, por los hechos puestos en conocimiento por el magistrado contralor Jose Antonio Achoma Tito mediante informe de fecha 08 de Julio del 2016, disponiendo su archivo definitivo. SEGUNDO: La mencionada resolución ha sido notificada a los representantes de la Sociedad Civil ante la OCMA (folio 116), siendo que se acuerdo con lo establecido por el artículo 59° del Reglamento del Régimen Disciplinario del Juez de Paz “Solo es admisible el recurso de apelación contra las resoluciones de sanción”. En tal sentido, la resolución indicada debe declararse consentida y una vez hecho, cursarse las comunicaciones ordenadas y remitirse los actuados al Archivo Central de la Corte Superior de Justicia de Moquegua para su conservación y custodia. Fundamentos por los cuales: SE RESUELVE: PRIMERO: Declarar consentida la Resolución N°08 del 14 de Noviembre del 2016 que declaró la improcedencia de abrir procedimiento disciplinario en contra de don Francisco Feliciano Flores, en su actuación funcional como Juez de Paz de la Comunidad Campesina de Pasto Grande, disponiendo su archivo definitivo. SEGUNDO: Cúrsese las comunicaciones ordenadas en dicha resolución y, una vez hecho remítase los actuados al Archivo Central de la Corte Superior de Justicia de Moquegua para su conservación y custodia. Regístrese y hágase saber.Firmado: César Augusto Salinas Linares – Magistrado Contralor Cecilia Adela Hurtado Cuellar – Asistente. EDICTO JUDICIAL RECTIFICACION DE ÁREAS Y LINDEROS.- Ante el Juzgado Segundo Juzgado Mixto de la Provincia de Mariscal Nieto - Moquegua, despachado por el Dr. Fredy Fernández Sánchez, en el Expediente Civil N° 00027-2017-0-2801-JM-CI-02, bajo la actuación del Testigo Actuario Abog. Eder Cassa Jihuallanca, viene tramitándose el proceso de RECTIFICACION DE ÁREAS Y LINDEROS, Resolución N° 01 de fecha 16 de enero 2017.- Que RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por JULIA MANRIQUE ARANCIBIA VDA. DE VALDIVIA, GIDA HORTENCIA ALVARADO MEDINA Y NOE JOSÉ MEDINA, como PRETENSION PRINCIPAL En Vía De Proceso Abreviado sobre la RECTIFICACION DE AREAS Y LINDEROS; respecto del bien inmueble ubicado en la avenida El Ejercito N° 135, del Distrito de Moquegua, Provincia Mariscal Nieto, Departamento Moquegua, cuya área actual es de 744.87 m2 y un perímetro de 114.50 ml, siendo las colindancia como sigue: por el Frente, con la avenida El Ejercito en línea recta con 30.70 ml; por la Derecha Entrando, con calle Andrés Avelino Cáceres y propiedad de don Guillermo Condori Flores con 15.70 ml, 6.15 ml y 10.40 ml respectivamente; por la Izquierda Entrando con propiedad de Juan Peñaranda (antes propiedad de Zenobio Hurtado) y propiedad de Justo Guillen con 29.20 ml, y; por el Fondo con propiedad de José Bombilla Yanque con 22.35 ml.; Rectificación que se solicita a fin de que se modifique con un área de 752.57 m2 y un

perímetro de 114.50 ml., siendo las colindancias como sigue: por el Frente, con la avenida El Ejercito en línea recta con 30.70 ml, por la Derecha Entrando, con calle Andrés Avelino Cáceres y propiedad de don Quintiliano Apolinar Pino Calizaya y esposa (antes Guillermo Condori Flores) línea quebrada de tres tramos con 15.75 ml, 6.10 ml y 10.52 ml respectivamente; por la Izquierda Entrando con propiedad de Juan Peñaranda y propiedad de Justo Guillen, línea recta de 2825 ml, y; por el Fondo con propiedad de José Bombilla Yanque, línea recta de con 23.18 ml.; PRETENSION ACCESORIA SE DEBERA DISPONER LA INSCRIPCION DEL FALLO DE RECTIFICACION ANTE LA OFICINA REGISTRAL DE MOQUEGUA, LA RECTIFICACION DE AREA Y LINDEROS, EN LA PARTIDA REGISTRAL N° 6581, en contra de los citados colindantes QUINTILIANO APOLINAR PINO CALIZAYA, MIGUELINA JUANA QUISPE SAIRA, JUAN FERNAN PENARANDA QUINTANILLA, JUSTO GUILLEN GOMEZ Y JOSE BOMBILLA YANQUE. Corrase traslado de la presente demanda a los citados, por el plazo de DIEZ DÍAS HABILES, para que contesten la demanda o hagan valer su derecho conforme a Ley; teniéndose por ofrecidos los medios probatorios que se precisan y agréguese a los autos los anexos que se adjuntan; CUMPLASE con la publicación de los edictos de ley a costas de los recurrentes de conformidad al articulo 506° del Código Procesal Civil; H.S.- Se publica el presente para los fines de ley (por tres fechas interdiario).- Moquegua, 07 de febrero del 2017.- Abog. Eder Cassa Jihuallanca.Testigo Actuario.- (10-16-22 Febrero) EDICTO JUDICIAL En el Expediente N°00026-2017-0-2801-JM-CI-01, ante el Primer Juzgado Mixto de Mariscal Nieto de Moquegua, que despacha el Juez Fredy Fernández Sánchez, actuando como Especialista Legal Jaime Tarqui Pedraza, en la demanda interpuesta por LINO ANDRES TICONA MAMANI sobre Rectificación de Partida de Nacimiento, por lo que mediante Resolución N°02 de fecha 01 febrero del 2017 se ha RESUELTO lo siguiente ADMITIR a trámite la solicitud de RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO, en la modalidad de adición del primer nombre. Interpuesta por LINO ANFRES TICONA MAMANI, solicitando adición del Primer nombre de “LINO”. Corresponde la vía de PROCESO NO CONTENCIOSO, DISPONGO que el extracto de la demanda se publique por una sola vez en la forma prevista en el artículos 828 del Código Procesal Civil. Señalese fecha para llevar a cabo la Audiencia de Actuación y Declaración Judicial el día CATORCE DE MARZO del año en curso a las DIEZ HORAS DE LA MAÑANA, en el local del Juzgado, debiendo de efectuarse las publicaciones de ley en el Diario Judicial y Franelografo del Juzgado. Moquegua, 09 de Febrero del 2017. Danny S. Ninaraqui Vilca – Abogado C.A.M. N°01045; Abog. Jaime Tarqui Pedraza – Secretario Judicial – Primer Juzgado Mixto Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (10-13-14 Febrero)

quienes crean tener derecho para los fines de ley. Se fija la fecha de la audiencia el día 15 de febrero del 2017 a las 11 horas. Moquegua, 24 de Enero del 2017. Aldo F. Choquehuanca Revilla – Abogado. CAM 176; Abog. Melisa Manchego Rivera – Primera Secretaria del Juzgado de Paz Letrado Familia – Civil de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua (10 Febrero) EDICTO Exp. N° 00843-2016-0-2801 -JP-CI-02, en los seguidos por TEODORA VIRGINIA FLORES VERA con MINISTERIO PUBLICO, sobre SUCESION INTESTADA, ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Mariscal Nieto, Especialista Legal Dra. MELISA PAOLA MANCHEGO RIVERA, Juez Dra. ESTEFANY ROJAS CORONEL, a proveído, Resolución Nro 02 fecha 24 enero 2017, ADMITIR a trámite, vía proceso no contencioso, la solicitud de SUCESION INTESTADA de TEODORA VIRGINIA FLORES VERA, de quien en vida fue su madre, ANGÉLICA ENCARNACIÓN VERA FLORES. NOTIFICAR POR EDICTOS a la sucesión de GREGORIO REYCER FLORES VERA, LUCIO LUCAS FLORES VERA Y MARIO FRANCISCO FLORES VERA, a gestión de la parte solicitante y FIJESE como plazo especial de emplazamiento QUINCE DIAS, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. PUBLIQUESE por tres días hábiles los edictos en el Diario la Republica y en el Diario de avisos judiciales de la Corte del lugar del proceso. Lo que se publica de acuerdo a ley. Moquegua, 08 febrero 2017. J. Cristian Ramos Cordova – Abogado. Reg. N°0040 C.A.M.; Abog. Melisa Manchego Rivera – Primera Secretaria del Juzgado de Paz. Letrado Familia – Civil de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua (09-10-13 Febrero) EDICTO DE RECTIFICACION DE PARTIDA Ante el SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MARISCAL NIETO, que despacha la Dra. ESTEFANY ROJAS CORONEL y Especialista MELISA PAOLA MANCHEGO RIVERA, Expediente N° 00416-2016-0-2801-JP-CI-02, APAZA NINA JULIA ISAURA, solicita RECTIFICACION DE PARTIDA, a fin de que se AUTORICE rectificar la partida de nacimiento en el extremo que el nombre y apellidos de mi progenitor está como YGNACIO APAZA QUISPE, se rectifique debiendo quedar en lo sucesivo y en forma correcta como IGNACIO VICENTE APAZA QUISPE, y en la parte del cuerpo de la partida donde figura los datos de la recurrente como JULIA YSAURA se consigne mis apellidos, debiendo quedar en lo sucesivo como JULIA ISAURA APAZA NINA. Por lo que solicito su publicación en el diario “La Republica” y fijar cartel en el local del juzgado. Moquegua, 02 de enero de 2017. Miguel C. Aycache Flores – Abogado. C.A.M N°788; Abog. Melisa Manchego Rivera – Primera Secretaria del Juzgado de Paz Letrado Familia – Civil de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (09 Febrero) NOTIFICACION POR EDICTO

EDICTO JUDICIAL Ante el Segundo JPL – Moquegua, que Despacha el Dra. ESTEFANY ROJAS CORONEL, Expediente 814-2016-0-2801-JP-CI-02 FLORA SATURNINA FIGUEROA SAENZ VDA DE RAMOS Y EDGAR FREDDY RAMOS FIGUEROA, solicita SUCESION INTESTADA de quien en vida fue su esposo y padre respectivamente, don PEDRO RAMOS MAMANI, con la finalidad que se declare como herederos en lo referente a FLORA SATURNINA FIGUEROA SAENZ VDA DE RAMOS y EDGAR FREDDY RAMOS FIGUEROA, en su calidad de esposa e hijo del causante, lo que se pone a conocimiento de los interesados. Moquegua 01 de Febrero del 2017. Dra. Melisa Paola Manchego Rivera. Juan Fredy Machaca Chipana – Abogado. CAM. 402. (10 Febrero) EDICTO Ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Mariscal Nieto que despacha la Juez Estefany Rojas Coronel, Especialista Melisa Paola Manchego Rivera, Expediente 663-2016-0-2801 -JP-CI-02, SE RESUELVE: Admitir la Solicitud de Rectificación de partida de Nacimiento presentada por Ángel Manuel Catacora Mamani, en Vía de Proceso No Contencioso, para que se rectifique en la partida de nacimiento de su hija, el segundo nombre de la madre que aparece como GRIMALDA NATIVIDAD, debiendo quedar como GRIMALDA TEODOSA PEÑALOZA CUAYLA, se pone en conocimiento para

NOTIFICACION POR EDICTO EXPEDIENTE N°00121-2016-0-2801-JP-FC-01 ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Mariscal Nieto que despacha la Sra. Jue ESTEFANY ROJAS CORNEL y Secretaria Dra. IVONNE LIMA QUISPE, ha dispuesto la notificación por edicto a VICTOR ENRIQUE ORTIZ YANCE RESOLUCION NRO. 02: Moquegua, veinticinco de abril del dos mil dieciséis. SE RESUELVE: ADMITIR la demanda sobre ALIMENTOS, Interpuesta por VICTORIA ALEJANDRA VARGAS HUANCOLLO, seguido en contra de VICTOR ENRIQUE ORTIZ YANCE DISPONGO que se tramite, por la vía procedimental de PROCESO ÚNICO. TRASLADO de la demanda al demandado por el término de CINCO días a fin de que absuelva el traslado de la demanda y ejerza su derecho de defensa mediante su contestación bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento, de declararse su rebeldía. Tener por ofrecidos los medios probatorios que se precisan y se ordena agregar a los autos de anexos que se acompañan. RECHAZAR la demanda de alimentos presentada por VICTORIA ALEJANDRA VARGAS HUANCOLLA en representación de su menor hija KYARA ENRIQUETA ORTIZ VARGAS, dejando a salvo su derechos para que lo haga valer conforme lo establecido en la ley 28457, modificada por la ley 29821. TOMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER.- César H. Banegas Quispe – Abogado. Reg. CAM. 0817;

Ivonne Lima Quispe – Segunda Secretaria del Juzgado de Paz – Letrado Familia - Civil de Mariscal Nieto. Corte Superior de Justicia de Moquegua. (10-13-14 Febrero) DECLARACION DE UNION DE HECHO DECLARACION DE HECHO ANTE MÍ DRA. YOLANDA LUCIA INSUA ARROYO, NOTARIO DE LA PROVINCIA DE ILO, CON OFICIO EN EL JR. CALLAO N°300, SE HAN PRESENTADO ANTE MI OFICIO DON ANGELO HERNAN ARROYO TOLENTINO Y DOÑA ALEXANDRA MARSYORI PAREDES AGUILAR SOLICITANDO QUE SE RECONOZCA SU UNIÓN DE HECHO POR HABER CONVIVIDO LIBRE DE IMPEDIMENTO PARA CONTRAER MATRIMONIO, POR MÁS DE OCHO AÑOS. ILO, 26 DE ENERO 2017. YOLANDA L. INSUA ARROYO – ABOGADA. (09 FEBRERO) SUCESION INTESTADA SUCESION INTESTADA Ante mí: JOHN SOTO GAMERO, Notario Público de Ilo, con oficio notarial e Calle Moquegua N° 429 de esta ciudad, la señora ESTHER AMPARO ZAPATA CAMARA, solicita la Sucesión Intestada de su señora madre SANTOS URSULA CAMARA ABARCA. Se procede conforme a los Artículos 13 y 41 de la Ley 26662. Ilo, 13 de Enero del 2017. (10 Febrero). SUCESION INTESTADA Exp. N° 00843-2016-0-2801-JP-CI-02 ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Mariscal Nieto que despacha Dra. ESTEFANY ROJAS CORONEL, Especialista Legal Dra. MELISA PAOLA MANCHEGO RIVERA, en la solicitud de TEODORA VIRGINIA FLORES VERA, sobre Sucesión Intestada, Resolución Nro 02 fecha 24 enero 2017. Se RESUELVE: Admitir a tramite vía proceso no contencioso, la solicitud sobre Sucesión Intestada de que en vida fuera ANGELINA ENCARNACION VERA PEREZ, falleció 27 enero 2000 en Arequipa, Distrito Arequipa, Provincia Arequipa, Región Arequipa, para lo cual se pone en conocimiento a fin de que los interesados hagan valer su derecho. Lo que se publica de acuerdo a ley. Moquegua, 08 febrero 2017. J. Cristian Ramos Cordova – Abogado. Reg. N°0040 C.A.M.; Abog. Melisa Manchego Rivera – Primera Secretaria del Juzgado de Paz Letrado Familia – Civil de Mariscal Nieto- Corte Superior de Justicia de Moquegua. (09-10-13 Febrero) SUCESION INTESTADA ANTE EL DESPACHO NOTARIAL DE LA DRA. YOLANDA INSUA ARROYO, UBICADO EN EL JIRON CALLAO 300, DE LA CIUDAD DE ILO, DOÑA MARIA CHIRI DE ROMERO ESTA SOLICITANDO LA SUCESIÓN INTESTADA DE DON JUAN PORTAN ROMERO TONE FALLECIDO EM CALANA (TACNA) EL 01 DE SETIEMBRE DEL 2016, TENIENDO SU DOMICILIO REAL EN LA CIUDAD DE ILO; POR LO QUE SE COMUNICA A TODAS LAS PERSONAS QUE TENGAN DERECHO A LA HERENCIA A PRESENTAR LOS DOCUMENTOS PROBATORIOS, CONFORME A LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 13 Y 41 DE LA LEY 26662. ILO, 03 DE FEBRERO DEL 2017. YOLANDA L. INSUA ARROYO - ABOGADA (10 FEBRERO) REMATE PRIMER REMATE En los seguidos por VICTOR ROMMEL OLAZABAL VASQUEZ, representado por Teodoro Balboa Talavera, en contra de RAMON AGUSTIN CARBAJAL HURTADO; HENRY MIGUEL CARBAJAL GUEVARA Y MARIA LUZ HURTADO DE CARBAJAL, sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍAS; Expediente: N° 00960-2015-0-0410-JR-CI-07; el señor Juez del Séptimo Juzgado Civil de Arequipa, Dr. Rafael Aucahuaqui Puruhuaya, con intervención de la Especialista Legal Dra. Sandra Saturnina Ccallo Cuevas, ha autorizado a la suscrita Martillero Publico Marlene Cleofe Flores de Mendoza, con registro N° 318, sacar a REMATE el inmueble ubicado en COOPERATIVA DE VIVIENDA AMERICO GARIBALDI LTDA. N° 72, MANZANA C, LOTE 33, CON FRENTE AL JIRON EE.UU., (JR. EE. UU. MZ. C, LETRA 33, ILO) DISTRITO Y PROVINCIA DE ILO, DEPARTAMENTO DE MOQUEGUA, INSCRITO EN LA PARTIDA N° 05000005, DE LA ZONA REGISTRAL N° XIII - SEDE TACNA, OFICINA REGISTRAL TACNA; VALOR DE TASACIÓN (comercial): US$ 150.000.00 (ciento

cincuenta mil 00/100 dólares americanos); PRECIO BASE: US$100,000.00 (cien mil 00/100 dólares americanos), equivalente a las 2/3 partes del valor de tasación del inmueble materia del presente; AFECTACIONES: 1)Embargo en forma de inscripción a favor de Mi Banco, Banco de la MICROEMPRESA S.A., hasta por la suma de S/. 80,000.00 (ochenta mil 00/100 nuevos soles), así consta inscrito en el asiento D00004; 2) Hipoteca a favor de Flora Ticona Valdarrago y Víctor Rommel Olazabal Vasquez, hasta por la suma de US$8,500.00 dólares americanos, así consta inscrito en el asiento D00005, materia de ejecución; afectaciones que se hallan inscritas en la partida N° 05000005, de la Zona Registral N° XIII - Sede Tacna, de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos; DIA Y HORA DE REMATE: LUNES 20 DE MARZO DEL 2017, A HORAS 8:30 AM.; LUGAR DEL REMATE: Se realizara en la sala de remates, ubicado en el sótano de la sede central de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, sito en la esquina formada por la Plaza España con Avenida Siglo XX S/N cercado Arequipa; LOS POSTORES: Depositaran no menos del diez por ciento (US$15,000.00) del valor de la tasación, en efectivo o en cheque de gerencia (negociable) a su nombre. Presentaran Tasa Judicial por derecho de participar en remate, consignando número de expediente, Juzgado y Documento Nacional de Identidad. El Adjudicatario abonará el saldo del precio de remate dentro del tercer día de realizado el acto de la subasta pública, caso contrario perderá la suma depositada sin lugar a reclamo. Los honorarios del Martillero Público, más el IGV, son por cuenta del adjudicatario de acuerdo a Ley. Arequipa 2017 enero 18. MARLENE C. FLORES DE MENDOZA MARTILLERO PUBLICO REG. Nº 318. SANDRA CCALLO CUEVAS SECRETARIA JUDICIAL SETIMO JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL. (10-13-14-15-16-17 FEBRERO) PRIMER REMATE JUDICIAL Expediente No. 00349-2014-0-2802-JP-CI-01 En los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA SA con HIDALGO PEÑA, CLARA AZUCENA; sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE PINERO, el Primer Juzgado de Paz Letrado de Ilo, a cargo del señor Juez, Doctor WILLIAMS NORABUENA CARPIO, Especialista Legal Dr. HUBER MARLON ROJAS HUAMANI, ha dispuesto sacar a REMATE PUBLICO en primer convocatoria el siguiente inmueble: -DESCRIPCION DEL INMUEBLE: ubicado en el PROGRAMA MUNICIPAL DE VIVIENDA MIRADOR DEL PACIFICO MZ. 141, LOTE 7 DE PAMPA INALAMBRICA, DISTRITO Y PROVINCIA DE ILO, DEPARTAMENTO DE MOQUEGUA, inscrito en la partida electrónica No. 11005458 de la Zona Registral XIII-Sede Tacna-Oficina Registral de Ilo; con un área de 160.00 m2., cuyos linderos y medidas perimétricas son: POR EL FRENTE: CON LA CALLE 6 CON 08.00 ML. POR LA DERECHA: CON EL LOTE 6 CON 20.00 ML. POR LA IZQUIERDA: CON EL LOTE 8 CON 20.00 ML POR EL FONDO: CON EL LOTE 14 CON 08.00 ML -CARGAS Y GRAVÁMENES: CAUSALES DE RESOLUCION DE LA TRANSFERENCIA INSCRITA EN EL ASIENTO C00002, inscritas en el asiento D00002. MEDIDA CAUTELAR DE EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION: ordenado por el Primer Juzgado de paz Letrado de Ilo, hasta por fa suma de S/. 20,000.00, inscrita en el asiento D00003 -VALOR DE LA TASACIÓN: S/ 47,128.22 -BASE DEL REMATE: S/ 31,418.81, que son las dos terceras partes del valor de la tasación. -DIA Y HORA DEL REMATE: 22 de FEBRERO del 2017, a horas 11:30. -LUGAR DEL REMATE: En el local del Juzgado ubicado en el Jr. Matará No. 325, Ilo. -CONDICIONES DEL REMATE: A) LOS POSTORES: Al momento del acto de remate deberán oblar el 10% del valor de la tasación del inmueble, en efectivo o en cheque de gerencia a su nombre (sin el sello de no negociable). Presentaran en el acto de remate el arancel judicial por participación en remate, que deberán adquirir en el Banco de la Nación (Código 07153), indicando número de expediente, documento de identidad y Juzgado. B) EL ADJUDICATARIO: A la firma del acta de remate deberá pagar los honorarios del Martillero Público de conformidad con el artículo 18 de D.S. No. 008-2005-JUS. Deberá consignar en el Banco de la Nación el saldo de precio de adjudicación, dentro del tercer día hábil posterior a la fecha de remate Ilo, 06 de FEBRERO del 2017. (10, 13, 14, 15, 16, 17 Febrero). PRIMER REMATE

Viernes, 10 de febrero del 2017

En los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA S.A., en contra de MIREIDI ELIZABETH JACOBO CASTRO Y JULIO ENRIQUE MANRIQUE CRUZ, en el proceso sobre EJECUCION DE GARANTIAS; EXPEDIENTE Nº 00038-2015-0-2801-JM-CI-02; el señor Juez del Segundo Juzgado Mixto- Sede Nuevo Palacio, (Segundo Juzgado Mixto de Mariscal Nieto) Dr. Fredy Fernández Sánchez, con intervención de la especialista legal Dra. Gaby Nina Escobar, han autorizado a la suscrita Martillero Publico Marlene Cleofe Flores de Mendoza, con registro Nº 318, llevar adelante el REMATE PÚBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA del inmueble ubicado en: ASENTAMIENTO HUMANO PAMPAS DE SAN ANTONIO, SECTOR B, MZ. N7, LOTE 16, DISTRITO DE MOQUEGUA, PROVINCIA DE MARISCAL NIETO, DEPARTAMENTO DE MOQUEGUA, INSCRITO EN LA PARTIDA Nº P08010190, DE LA ZONA REGISTRAL Nº XIII–SEDE TACNA; VALOR DE TASACIÓN: US$ 39,825.00 (treinta y nueve mil ochocientos veinticinco 00/100 dólares americanos); PRECIO BASE: US$ 26,550.00 (veintiséis mil quinientos cincuenta 00/100 dólares americanos), equivalente a las 2/3 partes del valor de tasación; AFECTACIONES: HIPOTECA: Inscrito en el asiento 00008 a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa, hasta por la suma de US$ 39,825.00 dólares americanos, materia de ejecución, afectación que se halla inscrita en la partida N° P08010190, de la Zona Registral Nº XIII – Sede Tacna; DIA Y HORA DE REMATE: MIERCOLES 22 DE FEBRERO DEL 2017, A HORAS 11:30 (ONCE Y TREINTA) A.M.; LUGAR DE REMATE: en el lugar de espera del Segundo Juzgado Mixto - Sede Nuevo Palacio, de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, ubicado en la Av. Malecón Rivereño S/N, Moquegua; LOS POSTORES: oblaran no menos del diez por ciento (US$ 3,982.5) del valor de la tasación, en efectivo o en cheque de gerencia (negociable) a su nombre. Presentaran tasa judicial por derecho de participar en remate, consignando número de expediente, juzgado y documento nacional de identidad. El adjudicatario abonará el saldo del precio de remate dentro del tercer día de realizado el acto de la subasta pública, caso contrario perderá la suma depositada sin lugar a reclamo. Los honorarios del Martillero Público, más el IGV, son por cuenta del adjudicatario, finalizada la diligencia del remate de conformidad a lo establecido por la ley del martillero público. Moquegua 2017, enero 18. Marlene Cleofe Flores De Mendoza – Martillero Publico – Registro N°318; Abog. Gaby Edith Nina Escobar – Secretaria Civil - Segundo Juzgado Mixto de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (07-08-09-10-13-14 Febrero) PRIMER REMATE En los seguidos por COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO FINANSUR LTDA., en contra de AUGUSTO ALBERTO TICONA BENEGAS, sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO; Expediente N° 00659-2014-0-2801-JP-CI-02; la señorita Juez del Segundo Juzgado de Paz Letrado- Familia Civil Sede Nuevo Palacio de Moquegua, Dra. Estefany Rojas Coronel, con intervención de la Especialista Legal Dra. Melisa Paola Manchego Rivera, han autorizado a la suscrita Martillero Publico Marlene Cleofe Flores de Mendoza, con registro N° 318, llevar adelante el REMATE PÚBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA el inmueble ubicado en: MZ. Ñ, LOTE 18, SECTOR A-3, CHEN CHEN - MOQUEGUA, INSCRITO EN LA PARTIDA N° 11003366, DE LA OFICINA REGISTRAL DE MOQUEGUA, ZONA REGISTRAL N° XIII - SEDE TACNA; VALOR DE TASACION (comercial): S/42,531.00 (cuarenta y dos mil quinientos treinta y uno 00/100 soles); PRECIO BASE: S/28,354.00 (veintiocho mil tres cientos cincuenta y cuatro 00/100 soles), equivalente a las 2/3 partes del valor de tasación; AFECTACIONES: 1) EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION, inscrito en el asiento D00003: a favor de Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa, hasta por el monto de S/ 12,000.00 nuevos soles; 2) EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION, inscrito en el asiento D00004: a favor de Cooperativa de Ahorro y Crédito FINANSUR Ltda., hasta por el monto de S/ 7,000.00 nuevos soles, materia de ejecución, afectaciones que se hallan inscritas en la partida N° partida N° 11003366, de la oficina Regis00000000000000000ral de Moquegua, Zona Registral N° XIII - Sede Tacna; DIA Y HORA DE REMATE: MIERCOLES 22 DE FEBRERO DEL 2017, A HORAS 11:00 A.M. (ONCE) A.M.; LUGAR DEL REMATE:, En la sala (lugar) de espera del Segundo Juzgado de Paz Letrado - Familia Civil - Sede Nuevo Palacio, ubicado en la Avenida Malecón Rivereño S/N - Moquegua, de la Corte Superior de Justicia de Moquegua; LOS POSTORES: Oblaran no menos del diez por ciento (S/4,253.10) del valor de la ta-

sación, en efectivo o en cheque de gerencia (negociable) a su nombre. Presentaran Tasa Judicial por derecho de participar en remate, consignando número de expediente, Juzgado y Documento Nacional de Identidad. El Adjudicatario abonara el saldo del precio de remate dentro del tercer día de realizado el acto de la subasta pública, caso contrario perderá la suma depositada sin lugar a reclamo. Los honorarios del Martillero Publico, más el IGV, son por cuenta del adjudicatario, finalizada la diligencia del remate de conformidad a lo establecido por la Ley del Martillero Publico. Moquegua 2017, enero 18. Marlene Cleofe Flores De Mendoza – Martillero Público. Registro N°318; Abog. Melisa Manchego Rivera – Primera Secretaria del Juzgado de Paz Letrado Familia Civil de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua (06-07-08-09-10-13 Febrero) EDICTO PENAL EDICTO PENAL EDICTO PENAL EXP: 00324-2016-52-2802-JRPE-02, Se emplaza. notifica y cita a CHRYSTIAN JESUS BUSTINZA CHECMA, con la RESOLUCION N° 04 que PRIMERO: Declarar reo contumaz al acusado Chrystian Jesús Bustinza Checma. identificado con DNI N° 46461507, natural de departamento de Moquegua, provincia de lio, nacido el 02 de octubre de 1985, conviviente, grado de instrucción primaria completa, hijo de Julia, con domicilio real en José Carlos Mariátegui Mz. B Lt. 09, en contra de quien se ordena su conducción compulsiva por la Policía Nacional del Perú, debiendo de cursarse los oficios correspondientes para su ubicación, captura y puesta a disposición de este Despacho, en hora y día hábil, sin perjuicio de notificársele vía edictos en el diario oficial de esta localidad. SEGUNDO: Se le nombra como su abogado defensor en su nueva situación jurídica a la defensora pública Mabel Gómez Peñaloza, a efecto de que asuma su defensa en dicha calidad. TERCERO: Se dispone el ARCHIVO PROVISIONAL del presente proceso, hasta la puesta a disposición de este Juzgado del acusado para el inicio del juicio. Tómese Razón y Hágase Saber.- (10, 13, 14 Febrero). EDICTO PENAL Exp. N° 2003-00430-0-2801-JR-PE-01, JUZGADO MIXTO DE ILO, Secretaria. Abog. Judith Magali Gallegos Ramos. El señor Juez Juzgado Mixto de Ilo, ha dispuesto mediante Resolución N° 41 de fecha 17 de Octubre del 2016, se notifique mediante edictos al sentenciado Francisco Antonio Gutiérrez Condori, con el extracto de la Res N° 37 de fecha 27 de Junio del 2016 y de la Resolución N° 41 de la fecha antes indicada: Res. N° 37: REQUERIR a los sentenciados Juan Manuel Mamani Condori o Francisco Antonio Gutiérrez Condori y Donato Cusi Cabrera o Faustino Eduardo Viveros Zona, a fin que en el termino del tercer día cumpla con pagar en forma solidaria, el monto de S/.2,000.00 Soles, bajo apercibimiento de ejecución forzada Res. N° 41 corregida mediante Res N° 42: REQUERIR a los sentenciados Faustino Eduardo Viveros Zona y Francisco Antonio Gutiérrez Condori, a fin que en el término de diez días, cumpla, con pagar la suma de S/.2,000.00 Soles, bajo apercibimiento de disponer su inscripción como deudora en el Registro de Deudores de Reparaciones Civiles, ante su incumplimiento. Ilo, 19 de Enero del 2017. (10, 13, 14 Febrero). EDICTO PENAL Expediente Nº 00121-2017-67-2801-JR-PE-01. Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Especialista: Juan Carlos Espinoza Chipana. Se cita y emplaza a don EDGAR ADOLFO BARRAZUETA PACO, identificado con DNI Nº 40792791, de sexo masculino, nacido el 12 de setiembre de 1978, de 38 años, de estado civil soltero, con grado de instrucción secundaria completa, hijo de Oscar y Filomena, a efecto de que se ponga a derecho, debido a que mediante Resolución Nº 02 de fecha 01 de febrero de 2017 ha sido declarado Reo Contumaz, disponiéndose su conducción compulsiva por parte de la Policía Nacional del Perú, institución que deberá proceder a su ubicación y captura a nivel nacional, una vez hecho, deberá ponerlo a disposición del juzgado, a fin de que afronte la audiencia única de juicio inmediato en su contra; sin perjuicio de que se informe cada sesenta días de las acciones realizadas tendientes al cumplimiento del mandato judicial, bajo responsabilidad. Se nombra como abogado defensor del acusado contumaz al doctor Jaime Henrry Chirinos, quien deberá hacerse cargo de la defensa del mismo. SE DISPONE la citación del acusado contumaz mediante edictos a fin de que se ponga

SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA

a disposición de la autoridad competente para afrontar la audiencia única de Juicio Inmediato en su contra. SE DISPONE el archivo provisional de la causa en tanto sea puesto a disposición del juzgado el acusado contumaz. Fdo. Raul Emiliano Jalixto Sucapuca - Juez Provisional del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Abog. Juan Carlos Espinoza Chipana - Especialista Legal.- Moquegua, 01 de febrero de 2017. (08-0910 Febrero) EDICTO PENAL Expediente N° 281-2013-9-2801-JR-PE-02. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE MARISCAL NIETO – MOQUEGUA. Se cita, emplaza y notifica al imputado JOEL JORGE GUERRA SOSA, a fin de que concurra a la sesión de audiencia de Inicio de Juicio Oral para el DIA VEINTE DE FEBRERO DE 2017 A HORAS 09:00 (HORA EXACTA), la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias Nro. 05 del Módulo Penal de Mariscal Nieto, sito en Avenida Malecón Ribereño s/n (sede del nuevo Palacio de Justicia de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, BAJO EXPRESO APERCIBIMIENTO DE SER CONDUCIDOS COMPULSIVAMENTE POR LA POLICIA NACIONAL DEL PERU. Todo ello conforme a lo ordenado en el expediente consignado líneas arriba, proceso penal por robo T.I.D., seguido en contra de Joel Jorge Guerra Sosa, en agravio del Estado Peruano. Regístrese y Hágase Saber.; Abog. Edwin Alexander Quispe Maquera, Especialista Legal – Módulo Penal. Moquegua, 06 de Febrero del 2017. (08-0910 Febrero) EDICTO PENAL Expediente N° 0272-2016-0-2801-JR-PE-02. SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARISCAL NIETO. En el proceso N° Nº 0272-2016-0-2801-JR-PE-02, seguida en contra de Carla Choque Zapana, por el delito de Trata de Personas en agravio de la menor de iniciales M.P.V.; el señor Juez encargado del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto, ha dispuesto mediante Resolución N° 15 (del día de la fecha). Estando al informe efectuado por la Especialista de Audiencia y a lo vertido por el representante del Ministerio Público dado que no se tiene la certeza de la notificación dirigida a la imputada Feliberta Quisoccapa Soncco, no se puede instalar la presente audiencia, por cuanto de lo contrario se vulneraria su derecho de defensa, se tiene que la resolución que cita a la presente audiencia, es de data diecisiete de enero del año en curso, es decir a la fecha han transcurrido catorce días sin que la Central de Notificaciones de la Corte Superior de Puno, haya procedido a efectuar el acto de notificación y/o devolver la cedula de notificación debidamente notificada o en su caso el informe respectivo, lo que acarrea que el proceso se venga dilatando en forma innecesaria, por lo que ORDENA se remitan las copias correspondientes al Órgano de Control correspondientes a fin de que se determinen responsabilidades del caso. Se Resuelve: 1) Tener por no instalada la presente audiencia REPROGRAMANDOSE la presente Audiencia para el día DIECISEIS DE FEBRERO DEL AÑO EN CURSO a las QUINCE HORAS en la Sala de Audiencias N° 05, quedando notificado las partes en el presente acto, dicta los siguientes apercibimientos en caso de inasistencia injustificada, en caso del representante del Ministerio Público se informara a su órgano de control, en caso de la defensa, se impondrá una multa ascendente a 2 URP, además de poner de conocimiento de la Comisión de Ética del Colegio de Abogados al que pertenezcan y dictarse la exclusión de la defensa, siendo en el caso de la imputada Carla Choque Zapana cuenta con defensa particular en caso que no concurra será asistida por un defensor público, para tal efecto cúrsese el oficio correspondiente, se ordena la notificación de la imputada Filiberta Quissocapa Soncco, en su domicilio real ubicado en cito en centro poblado menor UchuhumaDistrito Carbaya- Provincia de Puno, debiendo el administrador del Módulo Penal coordinar con el administrador de la Corte Superior de Justicia de Puno o el que haga las veces del mismo, a efecto se garantice la devolución de la constancia de notificación oportuna. DISPONE se notifique a la referid imputada vía edictos los mismos que se serán publicado en el diario judicial de esta corte superior de Justicia así como en el diario Judicial de la Corte Superior de Justicia de Puno, asimismo se oficie a la Defensoría Pública a efecto designe un abogado defensor publica a la imputada Feliberta Quissocapa Soncco, en caso que esta no asista o concurra sin defensa técnica. FIRMADO. DR. JORGE EDUARDO GARCIA APAZA, JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPA-

RATORIA DE MARISCAL NIETO. ABOG. VANESSA CARLA CHOQUECAHUA CCAMA, ESPECIALISTA JUDICIAL MODULO PENAL.- Moquegua, 31 de enero del 2017. (08-09-10 Febrero) EDICTO PENAL Expediente Nro.: 00606-2015-64-2801-JR-PE-01. Juzgado: Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. Se hace saber y emplaza: Al agraviado ELMER MAMANI CUENTAS con el Requerimiento de Sobreseimiento, el contenido en la Resolución N° 01, de fecha 01 de Junio del 2016 e Índice de Audiencia de fecha 25 de enero de 2017: El Primer Despacho de Investigación de Mariscal Nieto, presenta el requerimiento de sobreseimiento indicando que Con fecha cinco de octubre del año dos mil quince, éste Ministerio Público dispuso formalizar y continuar la investigación preparatoria contra CRISTIAN ALEX PIMENTEL FLORES, MARIO SALVADOR MAMANI RIVERO Y VITTORIO ABRAHAM VALDIVIA NAVARRO, por la presunta comisión del Delito contra el Patrimonio en la modalidad de ROBO (Artículo 188° del Código Penal concordante con el inciso 4 del Artículo 189° del mismo cuerpo normativo) y alternativamente TENTATIVA (Artículo 16° del Código Penal, en agravio de Elmer Mamani Cuentas y Edelmir Facundo Quilla Calderón. Sucede, pues, que el hecho objeto de la investigación era determinar con elementos de convicción suficientes si “El 05 de octubre del año 2015, las personas de Edelmir Facundo Quilla Calderón y Elmer Mamani Cuentas, luego de haber estado ingiriendo bebidas alcohólicas al interior de un bar ubicado en la Calle Bolognesi, Cercado de Moquegua, a la altura de la zona denominada “Los Agachados”, es que; al pretender retornar al inmueble en donde ambos viven, se dirigen con dirección a la Av. La Paz a fin de poder tomar un taxi, advirtieron que en sentido contrario venían tres personas de sexo masculino, los mismos que serían las personas de CRISTIAN ALEX PIMENTEL FLORES, VITTORIO ABRAHAM VALDIVIA NAVARRO y MARIO SALVADOR MAMANI RIVERO, los mismos que habían acordado previamente sustraer bienes ajenos para venderlos y así poder continuar libando licor. El Juzgado, conforme a lo previsto por el artículo 345.1 del Código Procesal Penal: CORRE TRASLADO a los sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES con el requerimiento de acusación, para efectos de cumplir con lo establecido en el artículo 345.2 del Código Procesal Penal; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de sobreseimiento. Asimismo, en el desarrollo de la Audiencia de fecha 25 de enero de 2017, ha resuelto declarar la nulidad de todo lo actuado, disponiendo la notificación del agraviado Elmer Mamani Cuentas en su domicilio de ficha RENIEC y mediante edictos. Juez: Doctor Jorge Eduardo García Apaza. Especialista Legal: Tom Ricardo Palao Villasante. Moquegua, 30 de Enero del 2017. (08-09-10 Febrero) EDICTO EDICTO EXPEDIENTE: 905-2016-INV INVESTIGADO: FRANCISCO FELICIACO FLORES. MATERIA: INCONDUCTA FUNCIONAL – OMISION DE FUNCIONES EL MAGISTRADO CONTRALOR CESAR AUGUSTO SALINAS LINARES HA DISPUESTO SE NOTIFIQUE MEDIANTE EDICTO A DON FRANCISCO FELICIANO FLORES LA SIGUIENTE RESOLUCIÓN: Resolución N° 10 Moquegua, dos de febrero Del dos mil diecisiete. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Por Resolución N°08 del 14 de Noviembre del 2016, se declaró la improcedencia de abrir procedimiento disciplinario en contra de don Francisco Feliciano, en actuación funcional como Juez de Paz de la Comunidad Campesina de Pasto Grande, por los hechos puestos en conocimiento por el magistrado contralor Jose Antonio Achoma Tito mediante informe de fecha 08 de Julio del 2016, disponiendo su archivo definitivo. SEGUNDO: La mencionada resolución ha sido notificada a los representantes de la Sociedad Civil ante la OCMA (folio 116), siendo que se acuerdo con lo establecido por el artículo 59° del Reglamento del Régimen Disciplinario del Juez de Paz “Solo es admisible el recurso de apelación contra las resoluciones de sanción”. En tal sentido, la re-

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solución indicada debe declararse consentida y una vez hecho, cursarse las comunicaciones ordenadas y remitirse los actuados al Archivo Central de la Corte Superior de Justicia de Moquegua para su conservación y custodia. Fundamentos por los cuales: SE RESUELVE: PRIMERO: Declarar consentida la Resolución N°08 del 14 de Noviembre del 2016 que declaró la improcedencia de abrir procedimiento disciplinario en contra de don Francisco Feliciano Flores, en su actuación funcional como Juez de Paz de la Comunidad Campesina de Pasto Grande, disponiendo su archivo definitivo. SEGUNDO: Cúrsese las comunicaciones ordenadas en dicha resolución y, una vez hecho remítase los actuados al Archivo Central de la Corte Superior de Justicia de Moquegua para su conservación y custodia. Regístrese y hágase saber.Firmado: César Augusto Salinas Linares – Magistrado Contralor Cecilia Adela Hurtado Cuellar – Asistente. EDICTO JUDICIAL RECTIFICACION DE ÁREAS Y LINDEROS.- Ante el Juzgado Segundo Juzgado Mixto de la Provincia de Mariscal Nieto - Moquegua, despachado por el Dr. Fredy Fernández Sánchez, en el Expediente Civil N° 00027-2017-0-2801-JM-CI-02, bajo la actuación del Testigo Actuario Abog. Eder Cassa Jihuallanca, viene tramitándose el proceso de RECTIFICACION DE ÁREAS Y LINDEROS, Resolución N° 01 de fecha 16 de enero 2017.- Que RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por JULIA MANRIQUE ARANCIBIA VDA. DE VALDIVIA, GIDA HORTENCIA ALVARADO MEDINA Y NOE JOSÉ MEDINA, como PRETENSION PRINCIPAL En Vía De Proceso Abreviado sobre la RECTIFICACION DE AREAS Y LINDEROS; respecto del bien inmueble ubicado en la avenida El Ejercito N° 135, del Distrito de Moquegua, Provincia Mariscal Nieto, Departamento Moquegua, cuya área actual es de 744.87 m2 y un perímetro de 114.50 ml, siendo las colindancia como sigue: por el Frente, con la avenida El Ejercito en línea recta con 30.70 ml; por la Derecha Entrando, con calle Andrés Avelino Cáceres y propiedad de don Guillermo Condori Flores con 15.70 ml, 6.15 ml y 10.40 ml respectivamente; por la Izquierda Entrando con propiedad de Juan Peñaranda (antes propiedad de Zenobio Hurtado) y propiedad de Justo Guillen con 29.20 ml, y; por el Fondo con propiedad de José Bombilla Yanque con 22.35 ml.; Rectificación que se solicita a fin de que se modifique con un área de 752.57 m2 y un perímetro de 114.50 ml., siendo las colindancias como sigue: por el Frente, con la avenida El Ejercito en línea recta con 30.70 ml, por la Derecha Entrando, con calle Andrés Avelino Cáceres y propiedad de don Quintiliano Apolinar Pino Calizaya y esposa (antes Guillermo Condori Flores) línea quebrada de tres tramos con 15.75 ml, 6.10 ml y 10.52 ml respectivamente; por la Izquierda Entrando con propiedad de Juan Peñaranda y propiedad de Justo Guillen, línea recta de 2825 ml, y; por el Fondo con propiedad de José Bombilla Yanque, línea recta de con 23.18 ml.; PRETENSION ACCESORIA SE DEBERA DISPONER LA INSCRIPCION DEL FALLO DE RECTIFICACION ANTE LA OFICINA REGISTRAL DE MOQUEGUA, LA RECTIFICACION DE AREA Y LINDEROS, EN LA PARTIDA REGISTRAL N° 6581, en contra de los citados colindantes QUINTILIANO APOLINAR PINO CALIZAYA, MIGUELINA JUANA QUISPE SAIRA, JUAN FERNAN PENARANDA QUINTANILLA, JUSTO GUILLEN GOMEZ Y JOSE BOMBILLA YANQUE. Corrase traslado de la presente demanda a los citados, por el plazo de DIEZ DÍAS HABILES, para que contesten la demanda o hagan valer su derecho conforme a Ley; teniéndose por ofrecidos los medios probatorios que se precisan y agréguese a los autos los anexos que se adjuntan; CUMPLASE con la publicación de los edictos de ley a costas de los recurrentes de conformidad al articulo 506° del Código Procesal Civil; H.S.- Se publica el presente para los fines de ley (por tres fechas interdiario).- Moquegua, 07 de febrero del 2017.- Abog. Eder Cassa Jihuallanca.Testigo Actuario.- (10-16-22 Febrero) EDICTO JUDICIAL En el Expediente N°00026-2017-0-2801-JM-CI-01, ante el Primer Juzgado Mixto de Mariscal Nieto de Moquegua, que despacha el Juez Fredy Fernández Sánchez, actuando como Especialista Legal Jaime Tarqui Pedraza, en la demanda interpuesta por LINO ANDRES TICONA MAMANI sobre Rectificación de Partida de Nacimiento, por lo que

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mediante Resolución N°02 de fecha 01 febrero del 2017 se ha RESUELTO lo siguiente ADMITIR a trámite la solicitud de RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO, en la modalidad de adición del primer nombre. Interpuesta por LINO ANFRES TICONA MAMANI, solicitando adición del Primer nombre de “LINO”. Corresponde la vía de PROCESO NO CONTENCIOSO, DISPONGO que el extracto de la demanda se publique por una sola vez en la forma prevista en el artículos 828 del Código Procesal Civil. Señalese fecha para llevar a cabo la Audiencia de Actuación y Declaración Judicial el día CATORCE DE MARZO del año en curso a las DIEZ HORAS DE LA MAÑANA, en el local del Juzgado, debiendo de efectuarse las publicaciones de ley en el Diario Judicial y Franelografo del Juzgado. Moquegua, 09 de Febrero del 2017. Danny S. Ninaraqui Vilca – Abogado C.A.M. N°01045; Abog. Jaime Tarqui Pedraza – Secretario Judicial – Primer Juzgado Mixto Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (10-13-14 Febrero) EDICTO JUDICIAL Ante el Segundo JPL – Moquegua, que Despacha el Dra. ESTEFANY ROJAS CORONEL, Expediente 814-2016-0-2801-JP-CI-02 FLORA SATURNINA FIGUEROA SAENZ VDA DE RAMOS Y EDGAR FREDDY RAMOS FIGUEROA, solicita SUCESION INTESTADA de quien en vida fue su esposo y padre respectivamente, don PEDRO RAMOS MAMANI, con la finalidad que se declare como herederos en lo referente a FLORA SATURNINA FIGUEROA SAENZ VDA DE RAMOS y EDGAR FREDDY RAMOS FIGUEROA, en su calidad de esposa e hijo del causante, lo que se pone a conocimiento de los interesados. Moquegua 01 de Febrero del 2017. Dra. Melisa Paola Manchego Rivera. Juan Fredy Machaca Chipana – Abogado. CAM. 402. (10 Febrero) EDICTO Ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Mariscal Nieto que despacha la Juez Estefany Rojas Coronel, Especialista Melisa Paola Manchego Rivera, Expediente 663-2016-0-2801 -JP-CI-02, SE RESUELVE: Admitir la Solicitud de Rectificación de partida de Nacimiento presentada por Ángel Manuel Catacora Mamani, en Vía de Proceso No Contencioso, para que se rectifique en la partida de nacimiento de su hija, el segundo nombre de la madre que aparece como GRIMALDA NATIVIDAD, debiendo quedar como GRIMALDA TEODOSA PEÑALOZA CUAYLA, se pone en conocimiento para quienes crean tener derecho para los fines de ley. Se fija la fecha de la audiencia el día 15 de febrero del 2017 a las 11 horas. Moquegua, 24 de Enero del 2017. Aldo F. Choquehuanca Revilla – Abogado. CAM 176; Abog. Melisa Manchego Rivera – Primera Secretaria del Juzgado de Paz Letrado Familia – Civil de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua (10 Febrero) EDICTO Exp. N° 00843-2016-0-2801 -JP-CI-02, en los seguidos por TEODORA VIRGINIA FLORES VERA con MINISTERIO PUBLICO, sobre SUCESION INTESTADA, ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Mariscal Nieto, Especialista Legal Dra. MELISA PAOLA MANCHEGO RIVERA, Juez Dra. ESTEFANY ROJAS CORONEL, a proveído, Resolución Nro 02 fecha 24 enero 2017, ADMITIR a trámite, vía proceso no contencioso, la solicitud de SUCESION INTESTADA de TEODORA VIRGINIA FLORES VERA, de quien en vida fue su madre, ANGÉLICA ENCARNACIÓN VERA FLORES. NOTIFICAR POR EDICTOS a la sucesión de GREGORIO REYCER FLORES VERA, LUCIO LUCAS FLORES VERA Y MARIO FRANCISCO FLORES VERA, a gestión de la parte solicitante y FIJESE como plazo especial de emplazamiento QUINCE DIAS, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. PUBLIQUESE por tres días hábiles los edictos en el Diario la Republica y en el Diario de avisos judiciales de la Corte del lugar del proceso. Lo que se publica de acuerdo a ley. Moquegua, 08 febrero 2017. J. Cristian Ramos Cordova – Abogado. Reg. N°0040 C.A.M.; Abog. Melisa Manchego Rivera – Primera Secretaria del Juzgado de Paz. Letrado Familia – Civil de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua (09-10-13 Febrero) EDICTO DE RECTIFICACION DE PARTIDA Ante el SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MARISCAL NIETO, que despacha la Dra. ESTEFANY ROJAS CORONEL y Especialista MELISA PAOLA MANCHEGO RIVERA, Expediente N° 00416-2016-0-2801-JP-CI-02, APAZA NINA JULIA ISAURA, solicita RECTIFICACION DE PARTIDA, a fin de que se AUTORICE rectificar la partida de nacimiento en el extremo que el nombre y apellidos de mi progenitor está como YGNACIO APAZA

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QUISPE, se rectifique debiendo quedar en lo sucesivo y en forma correcta como IGNACIO VICENTE APAZA QUISPE, y en la parte del cuerpo de la partida donde figura los datos de la recurrente como JULIA YSAURA se consigne mis apellidos, debiendo quedar en lo sucesivo como JULIA ISAURA APAZA NINA. Por lo que solicito su publicación en el diario “La Republica” y fijar cartel en el local del juzgado. Moquegua, 02 de enero de 2017. Miguel C. Aycache Flores – Abogado. C.A.M N°788; Abog. Melisa Manchego Rivera – Primera Secretaria del Juzgado de Paz Letrado Familia – Civil de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (09 Febrero)

SUCESION INTESTADA ANTE EL DESPACHO NOTARIAL DE LA DRA. YOLANDA INSUA ARROYO, UBICADO EN EL JIRON CALLAO 300, DE LA CIUDAD DE ILO, DOÑA MARIA CHIRI DE ROMERO ESTA SOLICITANDO LA SUCESIÓN INTESTADA DE DON JUAN PORTAN ROMERO TONE FALLECIDO EM CALANA (TACNA) EL 01 DE SETIEMBRE DEL 2016, TENIENDO SU DOMICILIO REAL EN LA CIUDAD DE ILO; POR LO QUE SE COMUNICA A TODAS LAS PERSONAS QUE TENGAN DERECHO A LA HERENCIA A PRESENTAR LOS DOCUMENTOS PROBATORIOS, CONFORME A LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 13 Y 41 DE LA LEY 26662. ILO, 03 DE FEBRERO DEL 2017. YOLANDA L. INSUA ARROYO - ABOGADA (10 FEBRERO)

NOTIFICACION POR EDICTO REMATE NOTIFICACION POR EDICTO EXPEDIENTE N°00121-2016-0-2801-JP-FC-01 ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Mariscal Nieto que despacha la Sra. Jue ESTEFANY ROJAS CORNEL y Secretaria Dra. IVONNE LIMA QUISPE, ha dispuesto la notificación por edicto a VICTOR ENRIQUE ORTIZ YANCE RESOLUCION NRO. 02: Moquegua, veinticinco de abril del dos mil dieciséis. SE RESUELVE: ADMITIR la demanda sobre ALIMENTOS, Interpuesta por VICTORIA ALEJANDRA VARGAS HUANCOLLO, seguido en contra de VICTOR ENRIQUE ORTIZ YANCE DISPONGO que se tramite, por la vía procedimental de PROCESO ÚNICO. TRASLADO de la demanda al demandado por el término de CINCO días a fin de que absuelva el traslado de la demanda y ejerza su derecho de defensa mediante su contestación bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento, de declararse su rebeldía. Tener por ofrecidos los medios probatorios que se precisan y se ordena agregar a los autos de anexos que se acompañan. RECHAZAR la demanda de alimentos presentada por VICTORIA ALEJANDRA VARGAS HUANCOLLA en representación de su menor hija KYARA ENRIQUETA ORTIZ VARGAS, dejando a salvo su derechos para que lo haga valer conforme lo establecido en la ley 28457, modificada por la ley 29821. TOMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER.- César H. Banegas Quispe – Abogado. Reg. CAM. 0817; Ivonne Lima Quispe – Segunda Secretaria del Juzgado de Paz – Letrado Familia - Civil de Mariscal Nieto. Corte Superior de Justicia de Moquegua. (10-13-14 Febrero) DECLARACION DE UNION DE HECHO DECLARACION DE HECHO ANTE MÍ DRA. YOLANDA LUCIA INSUA ARROYO, NOTARIO DE LA PROVINCIA DE ILO, CON OFICIO EN EL JR. CALLAO N°300, SE HAN PRESENTADO ANTE MI OFICIO DON ANGELO HERNAN ARROYO TOLENTINO Y DOÑA ALEXANDRA MARSYORI PAREDES AGUILAR SOLICITANDO QUE SE RECONOZCA SU UNIÓN DE HECHO POR HABER CONVIVIDO LIBRE DE IMPEDIMENTO PARA CONTRAER MATRIMONIO, POR MÁS DE OCHO AÑOS. ILO, 26 DE ENERO 2017. YOLANDA L. INSUA ARROYO – ABOGADA. (09 FEBRERO) SUCESION INTESTADA SUCESION INTESTADA Ante mí: JOHN SOTO GAMERO, Notario Público de Ilo, con oficio notarial e Calle Moquegua N° 429 de esta ciudad, la señora ESTHER AMPARO ZAPATA CAMARA, solicita la Sucesión Intestada de su señora madre SANTOS URSULA CAMARA ABARCA. Se procede conforme a los Artículos 13 y 41 de la Ley 26662. Ilo, 13 de Enero del 2017. (10 Febrero). SUCESION INTESTADA Exp. N° 00843-2016-0-2801-JP-CI-02 ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Mariscal Nieto que despacha Dra. ESTEFANY ROJAS CORONEL, Especialista Legal Dra. MELISA PAOLA MANCHEGO RIVERA, en la solicitud de TEODORA VIRGINIA FLORES VERA, sobre Sucesión Intestada, Resolución Nro 02 fecha 24 enero 2017. Se RESUELVE: Admitir a tramite vía proceso no contencioso, la solicitud sobre Sucesión Intestada de que en vida fuera ANGELINA ENCARNACION VERA PEREZ, falleció 27 enero 2000 en Arequipa, Distrito Arequipa, Provincia Arequipa, Región Arequipa, para lo cual se pone en conocimiento a fin de que los interesados hagan valer su derecho. Lo que se publica de acuerdo a ley. Moquegua, 08 febrero 2017. J. Cristian Ramos Cordova – Abogado. Reg. N°0040 C.A.M.; Abog. Melisa Manchego Rivera – Primera Secretaria del Juzgado de Paz Letrado Familia – Civil de Mariscal Nieto- Corte Superior de Justicia de Moquegua. (09-10-13 Febrero)

PRIMER REMATE En los seguidos por VICTOR ROMMEL OLAZABAL VASQUEZ, representado por Teodoro Balboa Talavera, en contra de RAMON AGUSTIN CARBAJAL HURTADO; HENRY MIGUEL CARBAJAL GUEVARA Y MARIA LUZ HURTADO DE CARBAJAL, sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍAS; Expediente: N° 00960-2015-0-0410-JR-CI-07; el señor Juez del Séptimo Juzgado Civil de Arequipa, Dr. Rafael Aucahuaqui Puruhuaya, con intervención de la Especialista Legal Dra. Sandra Saturnina Ccallo Cuevas, ha autorizado a la suscrita Martillero Publico Marlene Cleofe Flores de Mendoza, con registro N° 318, sacar a REMATE el inmueble ubicado en COOPERATIVA DE VIVIENDA AMERICO GARIBALDI LTDA. N° 72, MANZANA C, LOTE 33, CON FRENTE AL JIRON EE.UU., (JR. EE. UU. MZ. C, LETRA 33, ILO) DISTRITO Y PROVINCIA DE ILO, DEPARTAMENTO DE MOQUEGUA, INSCRITO EN LA PARTIDA N° 05000005, DE LA ZONA REGISTRAL N° XIII - SEDE TACNA, OFICINA REGISTRAL TACNA; VALOR DE TASACIÓN (comercial): US$ 150.000.00 (ciento cincuenta mil 00/100 dólares americanos); PRECIO BASE: US$100,000.00 (cien mil 00/100 dólares americanos), equivalente a las 2/3 partes del valor de tasación del inmueble materia del presente; AFECTACIONES: 1)Embargo en forma de inscripción a favor de Mi Banco, Banco de la MICROEMPRESA S.A., hasta por la suma de S/. 80,000.00 (ochenta mil 00/100 nuevos soles), así consta inscrito en el asiento D00004; 2) Hipoteca a favor de Flora Ticona Valdarrago y Víctor Rommel Olazabal Vasquez, hasta por la suma de US$8,500.00 dólares americanos, así consta inscrito en el asiento D00005, materia de ejecución; afectaciones que se hallan inscritas en la partida N° 05000005, de la Zona Registral N° XIII - Sede Tacna, de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos; DIA Y HORA DE REMATE: LUNES 20 DE MARZO DEL 2017, A HORAS 8:30 AM.; LUGAR DEL REMATE: Se realizara en la sala de remates, ubicado en el sótano de la sede central de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, sito en la esquina formada por la Plaza España con Avenida Siglo XX S/N cercado Arequipa; LOS POSTORES: Depositaran no menos del diez por ciento (US$15,000.00) del valor de la tasación, en efectivo o en cheque de gerencia (negociable) a su nombre. Presentaran Tasa Judicial por derecho de participar en remate, consignando número de expediente, Juzgado y Documento Nacional de Identidad. El Adjudicatario abonará el saldo del precio de remate dentro del tercer día de realizado el acto de la subasta pública, caso contrario perderá la suma depositada sin lugar a reclamo. Los honorarios del Martillero Público, más el IGV, son por cuenta del adjudicatario de acuerdo a Ley. Arequipa 2017 enero 18. MARLENE C. FLORES DE MENDOZA MARTILLERO PUBLICO REG. Nº 318. SANDRA CCALLO CUEVAS SECRETARIA JUDICIAL SETIMO JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL. (10-13-14-15-16-17 FEBRERO) PRIMER REMATE JUDICIAL Expediente No. 00349-2014-0-2802-JP-CI-01 En los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA SA con HIDALGO PEÑA, CLARA AZUCENA; sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE PINERO, el Primer Juzgado de Paz Letrado de Ilo, a cargo del señor Juez, Doctor WILLIAMS NORABUENA CARPIO, Especialista Legal Dr. HUBER MARLON ROJAS HUAMANI, ha dispuesto sacar a REMATE PUBLICO en primer convocatoria el siguiente inmueble: -DESCRIPCION DEL INMUEBLE: ubicado en el PROGRAMA MUNICIPAL DE VIVIENDA MIRADOR DEL PACIFICO MZ. 141, LOTE 7 DE PAMPA INALAMBRICA, DISTRITO Y PROVINCIA DE ILO, DEPARTAMENTO DE MOQUEGUA, inscrito en la partida electrónica No. 11005458 de la Zona Registral XIII-Sede Tacna-Oficina Registral de Ilo; con un área de 160.00 m2., cuyos linderos y medidas perimétricas son: POR EL FRENTE: CON LA CALLE 6 CON 08.00 ML. POR LA DERECHA: CON

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EL LOTE 6 CON 20.00 ML. POR LA IZQUIERDA: CON EL LOTE 8 CON 20.00 ML POR EL FONDO: CON EL LOTE 14 CON 08.00 ML -CARGAS Y GRAVÁMENES: CAUSALES DE RESOLUCION DE LA TRANSFERENCIA INSCRITA EN EL ASIENTO C00002, inscritas en el asiento D00002. MEDIDA CAUTELAR DE EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION: ordenado por el Primer Juzgado de paz Letrado de Ilo, hasta por fa suma de S/. 20,000.00, inscrita en el asiento D00003 -VALOR DE LA TASACIÓN: S/ 47,128.22 -BASE DEL REMATE: S/ 31,418.81, que son las dos terceras partes del valor de la tasación. -DIA Y HORA DEL REMATE: 22 de FEBRERO del 2017, a horas 11:30. -LUGAR DEL REMATE: En el local del Juzgado ubicado en el Jr. Matará No. 325, Ilo. -CONDICIONES DEL REMATE: A) LOS POSTORES: Al momento del acto de remate deberán oblar el 10% del valor de la tasación del inmueble, en efectivo o en cheque de gerencia a su nombre (sin el sello de no negociable). Presentaran en el acto de remate el arancel judicial por participación en remate, que deberán adquirir en el Banco de la Nación (Código 07153), indicando número de expediente, documento de identidad y Juzgado. B) EL ADJUDICATARIO: A la firma del acta de remate deberá pagar los honorarios del Martillero Público de conformidad con el artículo 18 de D.S. No. 008-2005-JUS. Deberá consignar en el Banco de la Nación el saldo de precio de adjudicación, dentro del tercer día hábil posterior a la fecha de remate Ilo, 06 de FEBRERO del 2017. (10, 13, 14, 15, 16, 17 Febrero). PRIMER REMATE En los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA S.A., en contra de MIREIDI ELIZABETH JACOBO CASTRO Y JULIO ENRIQUE MANRIQUE CRUZ, en el proceso sobre EJECUCION DE GARANTIAS; EXPEDIENTE Nº 00038-2015-0-2801-JM-CI-02; el señor Juez del Segundo Juzgado Mixto- Sede Nuevo Palacio, (Segundo Juzgado Mixto de Mariscal Nieto) Dr. Fredy Fernández Sánchez, con intervención de la especialista legal Dra. Gaby Nina Escobar, han autorizado a la suscrita Martillero Publico Marlene Cleofe Flores de Mendoza, con registro Nº 318, llevar adelante el REMATE PÚBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA del inmueble ubicado en: ASENTAMIENTO HUMANO PAMPAS DE SAN ANTONIO, SECTOR B, MZ. N7, LOTE 16, DISTRITO DE MOQUEGUA, PROVINCIA DE MARISCAL NIETO, DEPARTAMENTO DE MOQUEGUA, INSCRITO EN LA PARTIDA Nº P08010190, DE LA ZONA REGISTRAL Nº XIII–SEDE TACNA; VALOR DE TASACIÓN: US$ 39,825.00 (treinta y nueve mil ochocientos veinticinco 00/100 dólares americanos); PRECIO BASE: US$ 26,550.00 (veintiséis mil quinientos cincuenta 00/100 dólares americanos), equivalente a las 2/3 partes del valor de tasación; AFECTACIONES: HIPOTECA: Inscrito en el asiento 00008 a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa, hasta por la suma de US$ 39,825.00 dólares americanos, materia de ejecución, afectación que se halla inscrita en la partida N° P08010190, de la Zona Registral Nº XIII – Sede Tacna; DIA Y HORA DE REMATE: MIERCOLES 22 DE FEBRERO DEL 2017, A HORAS 11:30 (ONCE Y TREINTA) A.M.; LUGAR DE REMATE: en el lugar de espera del Segundo Juzgado Mixto - Sede Nuevo Palacio, de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, ubicado en la Av. Malecón Rivereño S/N, Moquegua; LOS POSTORES: oblaran no menos del diez por ciento (US$ 3,982.5) del valor de la tasación, en efectivo o en cheque de gerencia (negociable) a su nombre. Presentaran tasa judicial por derecho de participar en remate, consignando número de expediente, juzgado y documento nacional de identidad. El adjudicatario abonará el saldo del precio de remate dentro del tercer día de realizado el acto de la subasta pública, caso contrario perderá la suma depositada sin lugar a reclamo. Los honorarios del Martillero Público, más el IGV, son por cuenta del adjudicatario, finalizada la diligencia del remate de conformidad a lo establecido por la ley del martillero público. Moquegua 2017, enero 18. Marlene Cleofe Flores De Mendoza – Martillero Publico – Registro N°318; Abog. Gaby Edith Nina Escobar – Secretaria Civil - Segundo Juzgado Mixto de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (07-08-09-10-13-14 Febrero) PRIMER REMATE En los seguidos por COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO FINANSUR LTDA., en contra de AUGUSTO ALBERTO TICONA BENEGAS, sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO; Expediente N° 00659-2014-0-2801-JP-CI-02; la señorita Juez del Segundo Juzgado de Paz Letrado- Familia Civil -

Sede Nuevo Palacio de Moquegua, Dra. Estefany Rojas Coronel, con intervención de la Especialista Legal Dra. Melisa Paola Manchego Rivera, han autorizado a la suscrita Martillero Publico Marlene Cleofe Flores de Mendoza, con registro N° 318, llevar adelante el REMATE PÚBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA el inmueble ubicado en: MZ. Ñ, LOTE 18, SECTOR A-3, CHEN CHEN - MOQUEGUA, INSCRITO EN LA PARTIDA N° 11003366, DE LA OFICINA REGISTRAL DE MOQUEGUA, ZONA REGISTRAL N° XIII - SEDE TACNA; VALOR DE TASACION (comercial): S/42,531.00 (cuarenta y dos mil quinientos treinta y uno 00/100 soles); PRECIO BASE: S/28,354.00 (veintiocho mil tres cientos cincuenta y cuatro 00/100 soles), equivalente a las 2/3 partes del valor de tasación; AFECTACIONES: 1) EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION, inscrito en el asiento D00003: a favor de Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa, hasta por el monto de S/ 12,000.00 nuevos soles; 2) EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION, inscrito en el asiento D00004: a favor de Cooperativa de Ahorro y Crédito FINANSUR Ltda., hasta por el monto de S/ 7,000.00 nuevos soles, materia de ejecución, afectaciones que se hallan inscritas en la partida N° partida N° 11003366, de la oficina Regis00000000000000000ral de Moquegua, Zona Registral N° XIII - Sede Tacna; DIA Y HORA DE REMATE: MIERCOLES 22 DE FEBRERO DEL 2017, A HORAS 11:00 A.M. (ONCE) A.M.; LUGAR DEL REMATE:, En la sala (lugar) de espera del Segundo Juzgado de Paz Letrado - Familia Civil - Sede Nuevo Palacio, ubicado en la Avenida Malecón Rivereño S/N - Moquegua, de la Corte Superior de Justicia de Moquegua; LOS POSTORES: Oblaran no menos del diez por ciento (S/4,253.10) del valor de la tasación, en efectivo o en cheque de gerencia (negociable) a su nombre. Presentaran Tasa Judicial por derecho de participar en remate, consignando número de expediente, Juzgado y Documento Nacional de Identidad. El Adjudicatario abonara el saldo del precio de remate dentro del tercer día de realizado el acto de la subasta pública, caso contrario perderá la suma depositada sin lugar a reclamo. Los honorarios del Martillero Publico, más el IGV, son por cuenta del adjudicatario, finalizada la diligencia del remate de conformidad a lo establecido por la Ley del Martillero Publico. Moquegua 2017, enero 18. Marlene Cleofe Flores De Mendoza – Martillero Público. Registro N°318; Abog. Melisa Manchego Rivera – Primera Secretaria del Juzgado de Paz Letrado Familia Civil de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua (06-07-08-09-10-13 Febrero) EDICTO PENAL EDICTO PENAL EDICTO PENAL EXP: 00324-2016-52-2802-JRPE-02, Se emplaza. notifica y cita a CHRYSTIAN JESUS BUSTINZA CHECMA, con la RESOLUCION N° 04 que PRIMERO: Declarar reo contumaz al acusado Chrystian Jesús Bustinza Checma. identificado con DNI N° 46461507, natural de departamento de Moquegua, provincia de lio, nacido el 02 de octubre de 1985, conviviente, grado de instrucción primaria completa, hijo de Julia, con domicilio real en José Carlos Mariátegui Mz. B Lt. 09, en contra de quien se ordena su conducción compulsiva por la Policía Nacional del Perú, debiendo de cursarse los oficios correspondientes para su ubicación, captura y puesta a disposición de este Despacho, en hora y día hábil, sin perjuicio de notificársele vía edictos en el diario oficial de esta localidad. SEGUNDO: Se le nombra como su abogado defensor en su nueva situación jurídica a la defensora pública Mabel Gómez Peñaloza, a efecto de que asuma su defensa en dicha calidad. TERCERO: Se dispone el ARCHIVO PROVISIONAL del presente proceso, hasta la puesta a disposición de este Juzgado del acusado para el inicio del juicio. Tómese Razón y Hágase Saber.- (10, 13, 14 Febrero). EDICTO PENAL Exp. N° 2003-00430-0-2801-JR-PE-01, JUZGADO MIXTO DE ILO, Secretaria. Abog. Judith Magali Gallegos Ramos. El señor Juez Juzgado Mixto de Ilo, ha dispuesto mediante Resolución N° 41 de fecha 17 de Octubre del 2016, se notifique mediante edictos al sentenciado Francisco Antonio Gutiérrez Condori, con el extracto de la Res N° 37 de fecha 27 de Junio del 2016 y de la Resolución N° 41 de la fecha antes indicada: Res. N° 37: REQUERIR a los sentenciados Juan Manuel Mamani Condori o Francisco Antonio Gutiérrez Condori y Donato Cusi Cabrera o Faustino Eduardo Viveros Zona, a fin que en el termino del tercer día cumpla con pagar en forma solidaria, el monto de S/.2,000.00 Soles, bajo apercibimiento de ejecución forzada

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Res. N° 41 corregida mediante Res N° 42: REQUERIR a los sentenciados Faustino Eduardo Viveros Zona y Francisco Antonio Gutiérrez Condori, a fin que en el término de diez días, cumpla, con pagar la suma de S/.2,000.00 Soles, bajo apercibimiento de disponer su inscripción como deudora en el Registro de Deudores de Reparaciones Civiles, ante su incumplimiento. Ilo, 19 de Enero del 2017. (10, 13, 14 Febrero). EDICTO PENAL Expediente Nº 00121-2017-67-2801-JR-PE-01. Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Especialista: Juan Carlos Espinoza Chipana. Se cita y emplaza a don EDGAR ADOLFO BARRAZUETA PACO, identificado con DNI Nº 40792791, de sexo masculino, nacido el 12 de setiembre de 1978, de 38 años, de estado civil soltero, con grado de instrucción secundaria completa, hijo de Oscar y Filomena, a efecto de que se ponga a derecho, debido a que mediante Resolución Nº 02 de fecha 01 de febrero de 2017 ha sido declarado Reo Contumaz, disponiéndose su conducción compulsiva por parte de la Policía Nacional del Perú, institución que deberá proceder a su ubicación y captura a nivel nacional, una vez hecho, deberá ponerlo a disposición del juzgado, a fin de que afronte la audiencia única de juicio inmediato en su contra; sin perjuicio de que se informe cada sesenta días de las acciones realizadas tendientes al cumplimiento del mandato judicial, bajo responsabilidad. Se nombra como abogado defensor del acusado contumaz al doctor Jaime Henrry Chirinos, quien deberá hacerse cargo de la defensa del mismo. SE DISPONE la citación del acusado contumaz mediante edictos a fin de que se ponga a disposición de la autoridad competente para afrontar la audiencia única de Juicio Inmediato en su contra. SE DISPONE el archivo provisional de la causa en tanto sea puesto a disposición del juzgado el acusado contumaz. Fdo. Raul Emiliano Jalixto Sucapuca - Juez Provisional del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Abog. Juan Carlos Espinoza Chipana - Especialista Legal.- Moquegua, 01 de febrero de 2017. (08-0910 Febrero) EDICTO PENAL Expediente N° 281-2013-9-2801-JR-PE-02. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE MARISCAL NIETO – MOQUEGUA. Se cita, emplaza y notifica al imputado JOEL JORGE GUERRA SOSA, a fin de que concurra a la sesión de audiencia de Inicio de Juicio Oral para el DIA VEINTE DE FEBRERO DE 2017 A HORAS 09:00 (HORA EXACTA), la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias Nro. 05 del Módulo Penal de Mariscal Nieto, sito en Avenida Malecón Ribereño s/n (sede del nuevo Palacio de Justicia de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, BAJO EXPRESO APERCIBIMIENTO DE SER CONDUCIDOS COMPULSIVAMENTE POR LA POLICIA NACIONAL DEL PERU. Todo ello conforme a lo ordenado en el expediente consignado líneas arriba, proceso penal por robo T.I.D., seguido en contra de Joel Jorge Guerra Sosa, en agravio del Estado Peruano. Regístrese y Hágase Saber.; Abog. Edwin Alexander Quispe Maquera, Especialista Legal – Módulo Penal. Moquegua, 06 de Febrero del 2017. (08-0910 Febrero) EDICTO PENAL Expediente N° 0272-2016-0-2801-JR-PE-02. SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARISCAL NIETO. En el proceso N° Nº 0272-2016-0-2801-JR-PE-02, seguida en contra de Carla Choque Zapana, por el delito de Trata de Personas en agravio de la menor de iniciales M.P.V.; el señor Juez encargado del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto, ha dispuesto mediante Resolución N° 15 (del día de la fecha). Estando al informe efectuado por la Especialista de Audiencia y a lo vertido por el representante del Ministerio Público dado que no se tiene la certeza de la notificación dirigida a la imputada Feliberta Quisoccapa Soncco, no se puede instalar la presente audiencia, por cuanto de lo contrario se vulneraria su derecho de defensa, se tiene que la resolución que cita a la presente audiencia, es de data diecisiete de enero del año en curso, es decir a la fecha han transcurrido catorce días sin que la Central de Notificaciones de la Corte Superior de Puno, haya procedido a efectuar el acto de notificación y/o devolver la cedula de notificación debidamente notificada o en su caso el informe respectivo, lo que acarrea que el proceso se venga dilatando en forma innecesaria, por lo que ORDENA se remitan las copias correspondientes al Órgano de Control correspondientes a fin de que se determinen responsabilidades

del caso. Se Resuelve: 1) Tener por no instalada la presente audiencia REPROGRAMANDOSE la presente Audiencia para el día DIECISEIS DE FEBRERO DEL AÑO EN CURSO a las QUINCE HORAS en la Sala de Audiencias N° 05, quedando notificado las partes en el presente acto, dicta los siguientes apercibimientos en caso de inasistencia injustificada, en caso del representante del Ministerio Público se informara a su órgano de control, en caso de la defensa, se impondrá una multa ascendente a 2 URP, además de poner de conocimiento de la Comisión de Ética del Colegio de Abogados al que pertenezcan y dictarse la exclusión de la defensa, siendo en el caso de la imputada Carla Choque Zapana cuenta con defensa particular en caso que no concurra será asistida por un defensor público, para tal efecto cúrsese el oficio correspondiente, se ordena la notificación de la imputada Filiberta Quissocapa Soncco, en su domicilio real ubicado en cito en centro poblado menor UchuhumaDistrito Carbaya- Provincia de Puno, debiendo el administrador del Módulo Penal coordinar con el administrador de la Corte Superior de Justicia de Puno o el que haga las veces del mismo, a efecto se garantice la devolución de la constancia de notificación oportuna. DISPONE se notifique a la referid imputada vía edictos los mismos que se serán publicado en el diario judicial de esta corte superior de Justicia así como en el diario Judicial de la Corte Superior de Justicia de Puno, asimismo se oficie a la Defensoría Pública a efecto designe un abogado defensor publica a la imputada Feliberta Quissocapa Soncco, en caso que esta no asista o concurra sin defensa técnica. FIRMADO. DR. JORGE EDUARDO GARCIA APAZA, JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARISCAL NIETO. ABOG. VANESSA CARLA CHOQUECAHUA CCAMA, ESPECIALISTA JUDICIAL MODULO PENAL.- Moquegua, 31 de enero del 2017. (08-09-10 Febrero) EDICTO PENAL Expediente Nro.: 00606-2015-64-2801-JR-PE-01. Juzgado: Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. Se hace saber y emplaza: Al agraviado ELMER MAMANI CUENTAS con el Requerimiento de Sobreseimiento, el contenido en la Resolución N° 01, de fecha 01 de Junio del 2016 e Índice de Audiencia de fecha 25 de enero de 2017: El Primer Despacho de Investigación de Mariscal Nieto, presenta el requerimiento de sobreseimiento indicando que Con fecha cinco de octubre del año dos mil quince, éste Ministerio Público dispuso formalizar y continuar la investigación preparatoria contra CRISTIAN ALEX PIMENTEL FLORES, MARIO SALVADOR MAMANI RIVERO Y VITTORIO ABRAHAM VALDIVIA NAVARRO, por la presunta comisión del Delito contra el Patrimonio en la modalidad de ROBO (Artículo 188° del Código Penal concordante con el inciso 4 del Artículo 189° del mismo cuerpo normativo) y alternativamente TENTATIVA (Artículo 16° del Código Penal, en agravio de Elmer Mamani Cuentas y Edelmir Facundo Quilla Calderón. Sucede, pues, que el hecho objeto de la investigación era determinar con elementos de convicción suficientes si “El 05 de octubre del año 2015, las personas de Edelmir Facundo Quilla Calderón y Elmer Mamani Cuentas, luego de haber estado ingiriendo bebidas alcohólicas al interior de un bar ubicado en la Calle Bolognesi, Cercado de Moquegua, a la altura de la zona denominada “Los Agachados”, es que; al pretender retornar al inmueble en donde ambos viven, se dirigen con dirección a la Av. La Paz a fin de poder tomar un taxi, advirtieron que en sentido contrario venían tres personas de sexo masculino, los mismos que serían las personas de CRISTIAN ALEX PIMENTEL FLORES, VITTORIO ABRAHAM VALDIVIA NAVARRO y MARIO SALVADOR MAMANI RIVERO, los mismos que habían acordado previamente sustraer bienes ajenos para venderlos y así poder continuar libando licor. El Juzgado, conforme a lo previsto por el artículo 345.1 del Código Procesal Penal: CORRE TRASLADO a los sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES con el requerimiento de acusación, para efectos de cumplir con lo establecido en el artículo 345.2 del Código Procesal Penal; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de sobreseimiento. Asimismo, en el desarrollo de la Audiencia de fecha 25 de enero de 2017, ha resuelto declarar la nulidad de todo lo actuado, disponiendo la notificación del agraviado Elmer Mamani Cuentas en su domicilio de ficha RENIEC y mediante edictos. Juez: Doctor Jorge Eduardo García Apaza. Especialista Legal: Tom Ricardo Palao Villasante. Moquegua, 30 de Enero del 2017. (08-09-10 Febrero)

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servidores judiciales atienden con normalidad en todas las instancias y en las 33 cortes superiores del país. y