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La República

SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA

Martes, 10 de octubre del 2017

Avisos Judiciales EDICTO PUBLICACION EN EL PERUANO Y REPUBLICA POR EL TÉRMINO DE UN DÍA HABIL Que, por ante el Juzgado Mixto de Ilo, el Sr. Kleber Rogelio Jurado Rodríguez, viene solicitando la Autorización para disponer derecho de incapaz de la interdicta Katy Silvia Jurado Rodríguez, a fin de que se ordene que el recurrente en calidad de CURADOR, proceda a retirar sumas de dinero o cobrar la prensión definitiva de sobrevivienteorfandad por interdicción abonada por el distrito Judicial de Lima en la cuenta bancaria del Banco de la Nación que mantiene el recurrente, la misma que se tramita con el Expediente 403-2017-0-2802-JM-CI-01, con intervención de la especialista Judith Gallegos Ramos. Admitiéndose a trámite la solicitud de AUTORIZACION JUDICIAL PARA DISPONER BIEN DE INCAPAZ, interpuesta por Kleber Rogelio Jurado Rodríguez, con conocimiento del Ministerio Público quien interviene como parte, tramitándose en la vía del proceso NO CONTENCIOSO. Señalandose para la AUDIENCIA DE ACTUACIÓN Y DECLARACION JUDIDICAL el día VEINTIDOS DE NOVIEMBER del año en curso, a las ONCE de la mañana. Debiéndose de cumplirse con las publicaciones previstas en el artículo 828 del C.P.C. Betty Yeny Montalvo Cruz – Abogado C.A.M N°215 (09-10-11 Octubre) EDICTO DE RECTIFICACION DE PARTIDA Ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Ilo, Juez Dr. Julio Martin Pinazo Quispe, Expediente 00274-2017-0-2802-JP-CI-02, Especialista Legal Usmelda Valdivia Flores, en la vía del proceso no contencioso sobre Rectificación de Partida Defunción admitido por el juzgado mediante Resolución N° 02 de fecha 14 de Julio del 2017 señalando RESUELVO: ADMITIR la solicitud que contiene la pretensión no contenciosa de RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE DEFUNCION de la quien en vida fue José María Gonzáles Alvarez, interpuesta por LUZ MARINA GONZALES DE RODRIGUEZ, en la vía del PROCESO NO CONTENCIOSO; debiendo: Corregirse la parte de nombre y apellidos de su señor Padre apareciendo como José María Pedro Nicolás Gonzáles Álvarez, cuando lo conecto es “JOSE MARIA. GONZALES ALVAREZ” consecuentemente, DISPONGO que se realice la publicación del extracto de la solicitud por una sola vez en el diario oficial El Peruano y en el diario judicial encargado de las publicaciones, debiendo la solicitante gestionarlas y adjuntadas al expediente; agréguese a sus antecedentes los anexos adjuntados. AL PRIMER Y SEGUNDO OTROSI: Se tuvo presente.- TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. Ilo, 25 de Agosto del 2017. (06, 09, 10 Octubre). EDICTO EDICTO NOTIFICACION JUDICIAL: Sres. Charly Robert Nina Quispe, Víctor Rafael Valerio Reynoso, Juana Hortencia Delgado Blanco, Jimmy Hans Manrique Alponte, Juana De La Cruz Escalante de Peña, Joeluis Antonio Roldan Yufra, Lisaura Karina Navarro Tapia, Romy Estefanía Siguayro Aquino, Miguel Ángel Calatayud Villafuerte, Efraín

Juan Quilla Mamani, Jhenson Sanders Pari Coaguila, Louis Celedonio Barrios Yufra, Mónica Vilca Cruz, Miguel Ángel Bravo Yufra, David Ángel Medina Roque, Jacqueline Fraquita Saccsi, Meliza Lisseth Saira Durand de Valerio, Beatriz Felicitas Quispe Pari, Renso David Gallegos Curo, Víctor Giancarlo Valerio Rojas y Richard German Cerpa Condori. Por ante el Juzgado Mixto de llo de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, Juez Dr. Adolfo Cornejo Polanco, Expediente 00267-2012-02802-JM-CI-02, Especialista Legal Judith Gallegos Ramos, en el cual mediante Resolución N° 40 de fecha seis de abril del dos mil diecisiete se ha dispuesto notificar por edicto a ustedes co demandados condicha resolución que en su parte resolutiva RESUELVE: Declarar REBELDES a los codemandados Amparo Serafina Sihuayro Aquino, Julia Mamani Aroapaza, Virginia Adriana Fraquita Sacci, quines han sido notificadas personalmente, y a los demandados: Charly Robert Nina Quispe, Víctor Rafael Valerio Reynoso, Juana Hortencia Delgado Blanco, Jimmy Hans Manrique Alponte, Juana De La Cruz Escalante de Peña, Joeluis Antonio Roldan Yufra, Lisaura Karina Navarro Tapia, Romy Estefanía Siguayro Aquino, Miguel Ángel Calatayud Villafuerte, Efraín Juan Quilla Mamani, Jhenson Sanders Poni Coaguila, Louis Celedonio Barrios Yufra, Mónica Vilca Cruz, Miguel Ángel Bravo Yufra, David Ángel Medina Roque, Jacqueline Fraquita Saccsi, Meliza Lisseth Saira Durand de Valerio, Beatriz Felicitas Quispe Pari, Renso David Gallegos Curo, Víctor Giancarlo Valerio Rojas y Richard German Cerpa Condori, los mismos que han sido notificados mediante edictos y radiodifusión, todos pueden Incorporarse al proceso en cualquier momento, sujetándose al estado en que se encuentre, debiendo notificárseles la presente en la misma forma en que se les ha notificado la demanda. T.R.H.S. Resolución N° 45 del veinticinco de julio del dos mil diecisiete. SE RESUELVE: SEGUNDO: se fija nueva fecha para la realización de la AUDIENCIA UNICA para el día VEINTINUEVE DE NOVIEMBRE del presente año en curso a las ONCE DE L MAÑANA, debiendo notificarse a las partes con arreglo a ley, y a los demandados respecto de los cuales no ha sido posible su emplazamiento en forma personal, se dispone que la notificación con la presente resolución, sea efectuada mediante edictos y radiodifusión. NOTIFIQUESE. Judith Gallegos Ramos, Especialista Legal- Corte Superior de Justicia de Moquegua.- Ilo, 05 de octubre de 2017. (10 Octubre). EDICTO (Exp. N° 00650-2010-0-2801-JM-CI-02) Ante Juzgado Mixto de Mariscal Nieto, despacha el señor Juez Dr. Fredy Fernández Sánchez, secretaria Dra. Gaby Nina Escobar, MIURY ZARELLA TEJERINA RIVERA, solicita PRESCRIPCION ADQUISITIVA, de inmueble urbano, con fecha 16 de Noviembre del 2010 se admite a trámite la demanda interpuesta por Miury Zarella Tejerina Rivera, con conocimiento de los colindantes Domitila Blanca Flor Chulque, Guillermo Benigno Ramírez Jiménez, Inés Jiménez Manchego, respecto a la prescripción adquisitiva de dominio del lote urbano ubicado en la calle Ayacucho 1041 del distrito de Moquegua provincia de

Mariscal Nieto con una extensión superficial de 149.1182m2 encontrándose encerrado dentro de los siguientes linderos: por el frente con la calle Ayacucho con 8.42 ml, por el costado derecho entrando con propiedad de Domitila Blanca Flor Chulque con 19.22ml; por el costado izquierdo entrando con propiedad de Guillermo Benigno Ramírez Jiménez en tres tramos y consecutivos, con 15.75; 4.37 y 2.57ml, y por el fondo con propiedad de Inés Jiménez Manchego con 4.25ml, indica que la posesión la tiene hace más de 15 años. Asimismo dicho proceso se sigue con intervención del Procurador Publico Municipal de la Provincia de Mariscal Nieto. Por resolución 45 se ha dispuesto notificar mediante edictos a la sucesión de doña Domitila Blanca Flor Chulque, a fin de que comparezcan al proceso los sucesores, bajo apercibimiento de nombrarle curador procesal, de conformidad con lo dispuesto en el art 108 inc 1 del C.P.C, para cuyo efecto cúmplase con las publicaciones en el Diario Oficial “El Peruano” y en la “La Republica”, por el termino de tres días hábiles. Moquegua, 27 de Setiembre del 2017. Esperanza Catacora de Cornejo – Abogada. Reg. C.A.M. N°010, Abog. Gaby Edith Nina Escobar – Secretario Judicial – Juzgado Mixto de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (09-11-13 Octubre) EDICTO - SUCESION INTESTADA ANTE EL SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO A CARGO DE LA DRA. LIDIA JOSEFINA VEGA VALENCIA. ESP. MELISA PAOLA MANCHEGO RIVERA. EXP.003552017-0-2801-JP-CI-02 MEDIANTE RESOLUCION N° 02, SE RESUELVE: ADMITIR A TRAMITE, VIA PROCESO NO CONTENCIOSO LA SOLICITUD DE SUCESION INTESTADA, PRESENTADA POR DON JANHN POL SILVA QUIROZ Y DOÑA HERLY BEATRIZ QUIROZ DAMIAN EN REPRESENTACION DE LOS MENORES JENRRY SERGIO RAMON SILVA QUIROZ Y POOL NIKEL ALESSANDRO SILVA QUIROZ Y CON CITACION DEL MINISTERIO PUBLICO Y LA SOCIEDAD DE BENEFICENCIA PUBLICA DE MOQUEGUA. SOUCITANDO SUCESION INTESTADA DE QUIEN EN VIDA FUE DON JENRRY JAMES SILVA CHILCON, FALLECIDO EL 06 DE JUNIO DE 2015, QUIEN TUVO COMO ULTIMO DOMICILIO ESTA CIUDAD, A FIN DE QUE SE DECLARE COMO HEREDERO AL SOLICITANTE JANHN POL SILVA QUIROZ Y A LOS MENORES JENRRY SERGIO RAMON SILVA QUIROZ Y POOL NIKEL ALESSANDRO SILVA QUIROZ POR SER LOS HIJOS DEL CAUSANTE, CON CONOCIMIENTO DE QUIENES CREAN TENER DERECHO A LA SUCESION O HACER VALER ALGÚN DERECHO CON ARREGLO A LEY. MOQUEGUA, 14 DE SETIEMBRE DE 2017. Abog. Carolina Shirley Vizcarra Lipa – Reg. CA.M. N° 0853. Defensor Público – Direccion General de Defensa Pública y Acceso a la Justicia – Ministerio de Justicia y Derecho Humanos; Abog. Melisa Manchego Rivera – Primera Secretaria del Juzgado de Paz Letrado Familia – Civil de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (09-10-11 Octubre) EDICTO DEL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE SAN ROMAN – JULIACA La Juez del Primer Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de San Román Juliaca, del

Distrito Judicial de Puno, a cargo de la Magistrada JACKELINE REINA LUZA CACERES, con la intervención del Especialista de Causas Jurisdiccionales Miguel Alcides Jiménez Aliaga, en el proceso penal del expediente N° 1412-2017-87-2111-JR-PE-01, seguido en contra de YRVEN MARCELO FONSECA TINEO, como presunto autor del delito Contra la familia, en su Modalidad de omisión de asistencia familiar, en su Forma de incumplimiento de obligación alimentaria, ilícito previsto en el primer párrafo del artículo 149 del Codigo Penal, en agravio de NATSU ALENKA FONSECA HUALLPARIMACHI, representado por su madre ELIZABETH HUALLPARIMACHI CAMAN, CITA Y NOTIFICA al acusado YRVEN MARCELO FONSECA TINEO, a fin de que asista acompañado de su abogado defensor a la AUDIENCIA PUBLICA DE JUICIO INMEDIATO, señalado para el día TREINTA DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECISIETE A HORAS ONCE DE LA MANANA CON TREINTA MINUTOS en el salón de audiencias del Módulo Penal de San Román Juliaca, bajo apercibimiento de declarársele REO CONTUMAZ y ordenarse su captura hasta que sea habido en caso de inasistencia.- Juliaca, 19 de Setiembre del 2017. (06-09-10 Octubre) EDICTO JUDICIAL DE RECTIFICACION DE PARTIDA Por ante el Primer Juzgado Mixto Omate, que despacha el Juez Dr. RAMIRO JOSE MORALES ALI, Especialista Legal Dr. Mario Manuel Tacuri, se viene tramitando el EXP. 2017-00077-0-2801-JM-CI-1sobre Rectificación de Partida en la modalidad de CAMBIO DE NOMBRE que sigue Maternidad Cristobal Quispe, en el que solicita se sirva disponer el cambio de su nombre que aparece como “Martinidad”, por “Maternidad”, y consecuentemente quede en lo posterior como “MATERNIDAD CRISTOBAL QUISPE”, y por ende se disponga se Oficie a la Municipalidad Provincial General Sánchez Cerro -Moquegua, para que proceda a la rectificación en el Acta de Nacimiento de la demandante. Omate 20 de septiembre del 2017. Christian Omar Vizcarra Ordóñez – Abogado C.A.M. 0846. (10 Octubre) EDICTO Ante el Segundo Juzgado de Paz LetradoFamilia Civil de Mariscal Nieto, Juez Dra. Lidia Josefina Vega Valencia, Especialista Abog. Darío Paniagua Parihuana, Expediente N° 00440-2017-0-2801-JP-CI-02, seguido por MIRIANA CENTENO CHICANI, sobre Sucesión Intestada, por el fallecimiento de su padre don JULIAN CENTENO PILCO, teniendo como demandados al Ministerio Publico y a la Beneficencia Pública de Moquegua, se ha admitido a trámite por Resolución N° 01, del 25 de setiembre del 2017, por la cual Vistos y Considerando; SE RESUELVE: 1.- ADMITIR a trámite, vía proceso no contencioso, la solicitud de Sucesión Intestada presentada por MIRIANA CENTENO CHICANI, de quien en vida fue su padre don JULIAN CENTENO PILCO, con la finalidad de que se les declare como herederos a MIRIANA CENTENO CHICANI, MARIA ROSARIO CENTENO CHICANI, RICHARD EDILBERTO CENTENO CHICANI, ROBERTO CENTENO CHICANI Y EULOGIA CHICANI PALOMINO, en su calidad de hijos y cónyuge respectivamente del causante.

Por ofrecidos los medios probatorios, a sus antecedentes los anexos acompañados. 2.- Notifíquese al Ministerio Publico, de conformidad con el artículo 835° del CPC y a la Sociedad de Beneficencia Pública de Moquegua de conformidad con el artículo 832° del CPC. 3.- Dispongo que los solicitantes cumpla con efectuar las publicaciones de ley en el Diario La República de este distrito judicial, debiendo presentar las mismas a este Juzgado y fijar el cartel en el local del Juzgado. 4.- Conforme a ley CURSESE los partes judiciales respectivos para la anotación preventiva de la demanda una vez el recurrente adjunte la tasa judicial respectiva. AL PRIMER OTROSI: Téngase presente para efectos de notificación, R. y H.S. Las personas que tengan derechos, pueden presentar su oposición conforme a ley. Moquegua, Setiembre 28, 2017. Maximo Fermín Mamani Coayla – Abogado. CAM Mat. N° 0382; Abog. Dario Paniagua Parihuana – Tercera Secretaria del Juzgado de Paz Letrado Familia – Civil de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (10 Octubre) EDICTO - SUCESION INTESTADA EXPEDIENTE: 00365-2017-0-2801-JP-CI-02. Ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado Familia Civil Sede Nuevo Palacio, Departamento de Moquegua, que despacha la señora Juez LIDIA JOSEFINA VEGA VALENCIA y Especialista CESAR DAVID HUANCA MAQUERA. RESUELVE: 1.- Tener por subsanada las observaciones efectuadas, 2.- ADMITIR a trámite, vía proceso no contencioso, la solicitud de SUCESION INTESTADA presentada por BEATRIZ ANAHUA CUTIPA, de quien en vida fue su esposo, don MOISES ANAHUA PEDRAZA, con la finalidad que se declare como herederos a BEATRIZ ANAHUA CUTIPA, FANI EUSTAQUIA ANAHUA ANAHUA, BLANCA VEOLITA ANAHUA ANAHUA, ROEY GOEL ANAHUA ANAHUA Y RUSO JACINTO ANAHUA ANAHUA, en su calidad de esposa e hijos del causante, Por ofrecidos los medios probatorios, a sus antecedentes !os anexos acompañados. 3.- Notifíquese con la presente demanda a FANl EUSTAQUIA ANAHU ANAHUA, BLANCA VEOLITA ANAHUA ANAHUA, ROEY GOEL ANAHUA ANAHUA Y RUSO JACINTO ANAHUA ANAHUA. 4.- NOTIFIQUESE al Ministerio Publico, de conformidad al artículo 835° de! CPC, y la Sociedad de Beneficencia Pública de Moquegua de conformidad con el artículo 832° del CPC, 5,Dispongo que los solicitantes cumplan con efectuar las publicaciones de ley en el Diario “La Republica” de este distrito judicial, debiendo presentar las mismas a este Juzgado y fijar el cartel en el local del Juzgado. 6,conforme a ley CURSESE los partes judiciales respectivos para la anotaciónón preventiva de la demanda. Entre otro. Moquegua 21 de setiembre del 2017. César H. Banegas Quispe – Abogado. Reg. CAM: 0817; Abog. Cesar David Huanca Maquera – Segunda Secretaria del Juzgado de Paz Letrado Familia – Civil de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (06-09-10 Setiembre) SUCESION INTESTADA SUCESION INTESTADA Ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Mariscal Nieto -Moquegua, en el expe-

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diente Nro. 00445-2017-0-2801-JP-CI-02, la Juez Dra. LIDIA JOSEFINA VEGA VALENCIA y Especialista MELISA PAOLA MANCHEGO RIVERA, se viene tramitando la Sucesión Intestada presentada por CARLOS ADRIAN PINTO CARDENAS, de la causante quien fuera su señora madre LORENZA MAXIMILIANA CARDENAS ALARCON, fallecido el 01 de Agosto del 2015 en esta ciudad; emplazándose a CLAUDINA GLADYS PINTO CARDENAS, IGNACIO ADRIAN PINTO CARDENAS, CRISTINA FRANCISCA PINTO CARDENAS Y OCTAVIO IGINIO PINTO CARDENAS, proceso que se tramitara con citación de la Beneficencia Publica conforme lo dispone el artículo 832 del C.P.C. y Ministerio Publico conforme lo dispone el artículo 835 del C.P.C. T.R.H.S. Moquegua, 05 de octubre del 2017. David A. Calizaya Pinto – Abogado. Reg. N°0005 C.A.M., Abog. Melisa Manchego Rivera – Primera Secretaria del Juzgado de Paz Letrado Familia Civil de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (10 Octubre) DECLARACION DE UNIÓN DE HECHO DECLARACION DE UNION DE HECHO Ante el Juzgado de Familia de Ilo – Moquegua, que despacha la Doctora Aleni Díaz Pome, Expediente 01005-2017, Joissie Margot Vera Chirinos Viuda de Pérez, está tramitando el reconocimiento Judicial de Unión de Hecho con quien en vida fue Carlos Humberto Jorge Pérez Árias; la demanda la dirige contra los herederos legales de su difunto esposo. Se publica para los fines de Ley. Ilo, 08 de Setiembre del 2017. (09-10-11 Octubre) NOTIFICACION POR EDICTO NOTIFICACIÓN POR EDICTO PENAL Expediente Nº 00611-2017-80-2801-JRPE-02. Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Especialista: Juan Carlos Espinoza Chipana. Se NOTIFICA a don MAXBEL VALDIVIEZO CORSINO , que en el proceso seguido en su contra por el Delito de omisión a la asistencia familiar, mediante Resolución N° 001 de fecha 02 de octubre de 2017: SE CITA a la AUDIENCIA ÚNICA DE JUICIO INMEDIATO, a los sujetos procesales: Acusado: MAXBEL VALDIVIEZO CORSINO; identificado con DNI N° 43040283, quien deberá ser notificado y citado en el domicilio real señalado en la acusación y mediante Edictos, bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz o ausente y disponerse su CAPTURA a nivel nacional, en caso de inasistencia; audiencia que ha sido PROGRAMADA para llevarse a cabo el día 06 DE DICIEMBRE DE 2017 a las 12:30 HORAS, en la sala de Audiencias Nro.04 del Módulo Penal de Mariscal Nieto, sito en Av. Malecón Ribereño S/N – Moquegua; disponiendo además de la notificación en su domicilio real, la notificación mediante edictos. Fdo. Claudio Washington Altamirano Bellido - Juez Titular del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Abog. Juan Carlos Espinoza Chipana - Especialista Legal.- Moquegua, 03 octubre de 2017. (09-10-11 Octubre) REMATE JUDICIAL SEGUNDO REMATE JUDICIAL En los seguidos por COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTA CATALINA DE MOQUEGUA LTDA 103, Tercero: Financiera Confianza SAA. Acreedores no ejecutantes: Banco de Materiales SAC; Caja Municipal de Tacna y Caja Rural de Ahorro y Crédito

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Nuestra Gente S.A.A; contra NICOLASA JILAPA CONDORI y RAUL CHURA MENDOZA sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, Expediente N° 00364-2011-0-2802-JP-CI-02, el señor Juez del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Ilo Dr. Julio Martin Pinazo Quispe, con intervención del especialista Legal Dr. Eber Colque Valdivia, ha dispuesto que el suscrito Martillero Publico con Matricula Nro. 209, saque a remate en SEGUNDA CONVOCATORIA, un bien inmueble ubicado en: ASENTAMIENTO HUMANO PROGRAMA MUNICIPAL DE VIVIENDA (PROMUVI) V, SECTOR B, LOTE 09 DE LA MZ. 65, DEL DISTRITO Y PROVINCIA DE ILO, DEPARTAMENTO DE MOQUEGUA, CUYA AREA (163.51 M2.), LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS SON: POR EL FRENTE CON EL PASAJE 39 CON 8.20 ML; POR LA IZQUIERDA ENTRANDO CON EL LOTE N° 10 CON 20.06 ML; POR LA DERECHA ENTRANDO CON EL PASAJE N° 34 CON 20.05 ML Y POR EL FONDO CON EL LOTE 08 CON 8.10 ML. EN LA PARTIDA ELECTRONICA N° P08013580 DEL REGISTRO DE PROPIEDAD INMUEBLE DE LA OFICINA REGISTRAL DE ILO, ZONA REGISTRAL NRO. XIII, SEDE TACNA. VALOR DE TASACION (Comercial): US$ 12,421.62 (Doce Mil cuatrocientos veinte y uno con 62/100 Dólares Americanos). BASE DE REMATE: US$ 7,038.92 Dólares Americanos, equivalente a las 2/3 partes de la tasación, menos el quince por ciento. AFECTACIONES: HIPOTECA en el Asiento 00004, a favor de Banco de Materiales, hasta la suma de S/. 9,160.00. EMBARGO en el Asiento 00005, a favor de Elena Elvira Sota Valdez hasta por la suma de S/. 4,532.21. EMBARGO en el Asiento 00006, a favor de Caja Municipal Tacna, hasta por la suma de S/. 2,500.00. EMBARGO en el Asiento 00007, a favor de CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO NUESTRA GENTE S.A.A, hasta por la suma de S/. 23,000.00. EMBARGO en el Asiento 00008, a favor de COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTA CATALINA DE MOQUEGUA LTDA 103 hasta por la suma de S/. 23,000.00. EMBARGO en el Asiento 00009, a favor de Banco de la Nación, hasta por la suma de S/. 650,000.00. Todos en la Partida Registral N° P08013580 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Ilo. DIA, HORA Y LUGAR DEL REMATE: martes 05 de diciembre de 2017, a horas 08:45 am. En el Hall del Local del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Ilo, ubicado en Calle Matara Nro.325-ILO. FUNCIONARIO QUE REALIZARA EL REMATE: La subasta se hará a viva voz, a cargo del Martillero Publico Dr. Asdel Vega Tirado. Teléfono 999098701, correo: [email protected]. LOS POSTORES: Oblarán no menos de diez por ciento del valor de tasación, en efectivo o cheque de gerencia, endosable, girado a nombre del Postor. Deben presentar Original y copia de Tasa Judicial por derecho de participación, indicando DNI, número de Expediente y Juzgado. El adjudicatario abonara el saldo del precio del remate dentro del tercer día de realizado el acto de la subasta Pública, caso contrario perderá la suma depositada sin lugar a reclamo. Los Honorarios del Martillero Publico son por cuenta del Adjudicatario mas el IGV., de común acuerdo y de conformidad con la Ley 27728 “Ley del Martillero Publico” y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nro. 008-2005-JUS. Ilo, 11 de Septiembre del 2017. (10, 11, 12 Octubre). AVISO DE REMATE PÚBLICO EN 1RA CONVOCATORIA DE BIEN INMUEBLE En el Expediente N° 00030-2015-0-2802-JPCI-02 en los autos seguidos por COOPERATI-

VA DE AHORRO Y CREDITO SANTA CATALINA DE MOQUEGUA LTDA No 103 contra GUIDO EMILIO CORNEJO GUILLEN y LUCILA LINA HERRERA DE CORNEJO , Sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO, el 2DO Juzgado de Paz Letrado de Ilo, de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, a cargo del Señor Juez Dr. JULIO MARTIN PINAZO QUISPE , Especialista Legal Dr. EBER COLQUE VALDIVIA, ha dispuesto sacar a REMATE PUBLICO, EN PRIMERA CONVOCATORIA, el siguiente Bien: 1.-Inmueble Ubicado del Asentamiento Humano Bello Horizonte Mz I Lt 6, del Distrito y Provincia de Ilo y Departamento de Moquegua, Inscrita en la Partida Electrónica N° P08017327 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Ilo –Zona Registral XIII-Sede Tacna. TASACION: En la Suma de S/.108,113.00. SOLES. BASE DE TEMATE: Las Dos Terceras Partes de la Tasación, lo que asciende a la Suma de S/.72,075.33 SOLES. AFECTACIONES: 1.- EMBARGO JUDICIAL: A Favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA Hasta por la Suma de S/.10,000.00. SOLES, Inscrito en el Asiento 00008 el 14-03-2014. 2.- EMBARGO JUDICIAL: A Favor de COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTA CATALINA DE MOQUEGUA LTDA No 103 Hasta por la Suma de S/.3,000.00.SOLES, Inscrito en el Asiento 00009 el 31-03-2016. 3.- EMBARGO JUDICIAL: A Favor de LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ILO Hasta por la Suma de S/.10,000.00.SOLES, Inscrito en el Asiento 00010 el 08-03-2017. FECHA Y HORA DEL REMATE: El Día 05 de Diciembre del Año 2017, a Horas 16.30.p.m. LUGAR DE REMATE: En la Calle Matara 325 -3ER Piso, del Distrito y Provincia de Ilo y Departamento de Moquegua. LOS POSTORES: Oblarán el 10% del Valor de la Tasación, mediante depósito, en efectivo o cheque de gerencia y presentarán el arancel y su DNI. La presente Diligencia de Remate estará a cargo del Abogado Martillero Publico Alberto Oscar Ramos Wong, con Registro Nacional No. 226, con Tlfs. #942089706 - #945010777, Email: [email protected]. Los Honorarios del Martillero Público más el IGV serán cancelado al finalizar el Acto de Remate y es por cuenta del Adjudicatario. Ilo, 08 de Agosto del Año 2017. (05, 06, 09, 10, 11, 12 Octubre). PRIMER REMATE JUDICIAL En los seguidos en el Exp. 21-2015-0-2802-JPCI-02, sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO que sigue la COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTA CATALINA DE MOQUEGUA LTDA N° 103, en contra de GONZALES VALDIVIA LOURDES MARIBEL. HERRERA PACOTICONA JOSE SAUL; El señor Juez del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Ilo, Dr. JULIO MARTIN PINAZO QUISPE, con intervención del especialista Legal Dra. UMELDA VALDIVIA FLORES, ha dispuesto sacar a remate público lo siguiente: EN PRIMERA CONVOCATORIA: El bien inmueble ubicado en el Asentamiento Humano Programa Municipal de Vivienda PROMUVI VII, Manzana 11, Lote 4, Distrito y Provincia de Ilo, Departamento de Moquegua, cuyos Linderos y medidas perimétricas se hallan detalladas debidamente en la partida Nro. 11002591, Zona Registral Nro. XIII, Sede Tacna. VALOR DE TASACION DEL BIEN: ha sido valorizado en S/. 24,000.00 (VEINTICUATRO MIL CON 00/100 SOLES) PRECIO BASE DEL PRIMER REMATE: Es sobre la BASE de las dos terceras partes del Valor de Tasación, y es S/.16,000.00 (DIECISEIS MIL CON 00/100 SOLES). AFECTACIONES Y GRAVAMENES,

EMBARGO: Se dicta medida cautelar de embargo en forma de inscripción sobre esta partida, hasta por la suma de S/. 6,000.00 nuevos soles, a favor de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Santa Catalina de Moquegua LTDA 103, en merito a la Resolución Judicial Nro. 01, de fecha 22/01/2015, del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Ilo, en el proceso sobre Obligación de Dar Suma de Dinero. EMBARGO: Se dicta Medida Cautelar de embargo en forma de inscripción sobre esta partida, hasta por la suma de S/. 21,000.00 (soles), a favor de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Santa Catalina de Moquegua LTDA 103, en merito a la resolución Judicial Nro. 01, de fecha 12/01/2016, Exp 09-2016, Del segundo Juzgado de Paz Letrado DE Ilo, en el proceso sobre Obligación de Dar Suma de Dinero. FECHA DE REMATE: El 30 de Octubre del 2017, a las 12.30 m. (Del medio Día). LUGAR REMATE PÚBLICO: En el local del segundo Juzgado de Paz Letrado de Ilo, sito en la Calle Matara Nro. 325, IloProvincia de Ilo, Departamento de Moquegua. POSTORES: Para ser postor se depositara en efectivo o Cheque de Gerencia girado a su nombre, la cantidad no menor al 10% del Valor de Tasación, además deberán presentar el D.N.I. y el arancel Judicial indicando el número del D.N.I. del postor, Juzgado y número de Expediente, Los honorarios del Martillero Publico son por cuenta del adjudicatario, de conformidad con el Art. 732° del Código Procesal Civil; El remate será efectuado por Renee Salomón Díaz Coaquira-Martillero Publico Registro Nro. 267. Moquegua 18 de Septiembre del 2017. (05, 06, 09, 10, 11, 12 Octubre). EDICTO PENAL EDICTO PENAL Expediente N° 571-2016-5-2801-JR-PE-2. SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARISCAL NIETO. En el proceso N° 571-2016-5-2801-JR-PE-02 , seguida en contra de HILARIO ASIS RAMOS RAMOS, por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de Lourdes Silviana Ramos Quispe; el señor Juez encargado del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto, ha dispuesto SE NOTIFIQUE por Edictos a HILARIO ASIS RAMOS RAMOS, con el acta de audiencia de Proceso inmediato de fecha 29/09/17, mediante la cual se dispuso REPROGRAMAR la audiencia para el día 19/10/2017, a las 10:00 am en la SALA DE AUDIENCIAS N° 02 DE LA CORTE SUPRIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA.Extracto del REQUERIMIENTO DE REVOCATORIA DEL RÉGIMEN DE PRUEBA de fecha 31/08/17.De conformidad con el artículo 488, inciso 3, del Código Procesal Penal, corresponde al Ministerio Público el control de la ejecución de las sanciones penales en general, instando las medidas de supervisión y control que correspondan, y formulando al Juez de Investigación Preparatoria los requerimientos que fueren necesarios, para la correcta aplicación de la ley. En el caso de autos, mediante Resolución N° 05 (Sentencia N° 100-2016) de fecha veintitrés de noviembre de 2016 se dispuso la Reserva de Fallo Condenatorio contra Hilario Asis Ramos Ramos, por delito de omisión a la asistencia familiar, en agravio de Lourdes Silvana Ramos Quispe, y fijó como periodo de prueba para el sentenciado el plazo de un año, periodo dentro del cual deberá observarse las reglas de conducta, y el pago de la reparación civil que asciende a S/.2,220.62 para ser pagados en dos cuotas de S/. 1,110.31 cada una, el úl-

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timo día hábil de cada mes, empezando por el mes de diciembre de 2016. Sin embargo, revisado el cuaderno de ejecución de sentencia, se verifica que el sentenciado no está cumpliendo con efectuar el pago de la reparación civil de S/.2,220.62 de las pensiones alimenticias devengadas. De lo expuesto, resulta evidente que el sentenciado no está cumpliendo con reparar el daño ocasionado con el delito; por lo que, al amparo del artículo 65, inciso 3, del Código Penal, solicito señor Juez se sirva señalar fecha para la AUDIENCIA DE REVOCACIÓN DEL RÉGIMEN DE PRUEBA del sentenciado Hilario Asis Ramos Ramos. FIRMADO. DR. JENRRY DEYVI CORRALES ARANIBAR. JUEZ PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARISCAL NIETO. ABOG. VANESSA MALAGA BUSTAMANTE ESPECIALISTA JUDICIAL MODULO PENAL.- Moquegua, 09 de octubre del 2017. (10-11-12 Octubre) EDICTO PENAL Expediente Nro. Juzgado: 00086-2016-68-2801-JR-PE-03. Juzgado: Tercer Juzgado Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. Se hace saber y emplaza: Tercer Juzgado Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. Al acusado ILARIO ABRAN PACHECO RAMOS, con el requerimiento de Acusación presentado por el Fiscal Provincial Emilio Ernesto Salas Apaza - Primer Despacho Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Moquegua, en contra de los imputados Julio cesar Cuayla Mamani, Samuel Vidal Medina Vizcarraz, Fidel Raul Copacondori Cuayla, Gregorio Huaraya Jincuna, Marino Esteban Pacheco Cordova, Robbins Herbert Falcon Falcon, Juan de La Cruz Casillas Mamani, Nestor Julio Angles Caceres, Melissa Ellinor Codova Cordova, Ediza Alarcon Peralta, Max Helder Contreras Quispe, Hilario Apaza Condori, Jorge Percy Paredes Choquehuanca, e Mario Abran Pacheco Ramos, por el delito Contra la Administración Publica en la modalidad de Peculado, en agravio de la Municipalidad Distrital de Carumas, solicitando la pena de 06 años de pena privativa de libertad e inhabilitación por el mismo plazo, ofreciendo como medios de prueba testigos, peritos y otras diligencias, y con la Resolución número dos, por la cual se corre traslado a los sujetos procesales por el plazo perentorio de diez días útiles, a efectos de que puedan presentar por escrito y en lo que fuera pertinente, cumplir con lo establecido en el artículo 350° del Código Procesal Penal y sea debatido en audiencia preliminar de control de acusación, así mismo se le requiere a Mario Abran Pacheco Ramos para que el plazo de 24 horas cumpla con señalar abogado defensor de su libre elección para que asuma su defensa en el presente proceso, bajo apercibimiento de incumplimiento designarle defensor público. Dr. Rafael Bartolome Copaja Mamani - Juez del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto, Abog. Yeny Mendoza Condori, Especialista Legal - Modulo Penal. Moquegua, 04 de Octubre de 2017. (10-10-12 Octubre) EDICTO PENAL EXP: 00018-2017-3-2802-JR-PE-02, Se emplaza, notifica y cita a JORGE RAMOS CHINGA, con la RESOLUCION N° 02 de fecha veintinueve de septiembre de dos mil siete, que RESUELVE: 1) DECLARAR CONTUMAZ al ACUSADO JORGE RAMOS CHINGA, identifi-

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La República

cado con Documento Nacional de Identidad N° 15713656, nacido el 25 de diciembre de 1956, de 60 años de edad, soltero, nacido en Caleta de Carquin, Huaura, Lima, pescador, con domicilio en Tarata 350, distrito de Supe Puerto, provincia de Barranca, departamento de Lima, hijo de Alejandro y Mercedes. 2) CURSAR OFICIO a la Policía Nacional del Perú a efecto de que proceda a la ubicación y captura del acusado declarado contumaz y sea puesto a disposición ante la autoridad judicial sin perjuicio de que cada sesenta días informe las actividades tendientes a la búsqueda y ubicación del acusado. 3) DISPONER LA NOTIFICACION del acusado en su dirección domiciliaria y a través de edictos a efecto de que tenga conocimiento de su situación y se ponga a disposición de la autoridad judicial correspondiente, sin perjuicio de que la Especialista Legal verifique en el Sistema Integrado Judicial en interconexión con Reniec a efecto de verificar si la dirección que se consigna es el mismo domicilio o si ha variado, y de ser el caso se disponga la notificación también en el mismo. 4) DISPONER EL ARCHIVO PROVISIONAL del presente proceso hasta que el acusado declarado contumaz sea puesto a disposición del juzgado. 5) PONER EN CONOCIMIENTO del requerimiento efectuado a efecto de que se pueda realizar la videoconferencia con el perito Nicolás Rivera Villcas, y se precise la ubicación del mismo para efectuar la videoconferencia en la oportunidad que corresponda.- REGISTRESE Y NOTIFIQUESE.(10, 11, 12 Octubre). EDICTO PENAL EXP: 00432-2017-23-2802-JR-PE-01. Se emplaza, notifica a PERCY ZENON LAQUISE GALARZA, con la RESOLUCION N° 02. 3.- SE RESUELVE: 3.1.- PRIMERO: REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL INMEDIATO, PARA LAS 11:00 HORAS DE LA MAÑANA DEL DIA 13 DE OCTUBRE DEL 2017, EN LA MISMA SALA DE AUDIENCIAS, quedando subsistente los apercibimientos dispuestos en la Resolución 01; asimismo bajo apercibimiento de declarase al acusado Reo Ausente o Contumaz en caso de inasistencia a la audiencia de Juicio Oral Inmediato; de igual modo la fecha de la audiencia de Juicio Oral Inmediato es inaplazable, debiendo de tomar las previsiones del caso el acusado para que asista su Abogado defensor; bajo apercibimiento de designársele un Abogado de la Defensoría Pública y se realice dicha audiencia y, por último el especialista legal deberá realizar las coordinaciones pertinentes a fin que las cedulas de notificación dirigido al acusado y los edictos estén diligenciados y obre en el cuaderno de Debates; bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas a ODECMA a fin que procedan conforme a sus atribuciones. 3.2.- SEGUNDO: SE DISPONE se Notifique al acusado en su domicilio consignado en el Requerimiento de Acusación, en el domicilio real de la Ficha RENIEC del acusado y mediante Edictos, dentro del plazo de ley; bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas de los principales actuado a ODECMA a fin que proceda conforme a sus atribuciones. 3.3.- TERCERO: SE DISPONE en caso de inasistencia injustificada de la abogada Mabel Gómez Peñaloza se le impondrá una multa de dos unidades de referencia procesal y se comunicará a las autoridades pertinentes de la conducta procesal del abogada antes referido, a efecto que procedan conforme a sus atribuciones; asimismo en caso de inasistencia del señorita Fiscal se comunicará a su órgano de control, a fin

SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA

que proceda conforme a sus atribuciones y en el caso de inasistencia de la abogada del actor civil se procederá conforme a ley. 3.4.CUARTO: SE DISPONE tenerse por notificado a todos las partes asistentes a esta audiencia con la presente resolución. Tómese Razón y Hágase Saber.- (10, 11, 12 Octubre). EDICTO PENAL Expediente N° 00716-2017-90-2801 -JRPE-02. Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto Especialista: Gloria Marisol Cuayla Choque. Se cita y emplaza a don EDUARDO MARCIAL TORRES GUTIERREZ, identificado con DNI N° 80441866, natural de Mariscal Nieto, Moquegua, hijo de Valerio y Aurora, estado civil soltero, a efecto de que se ponga a derecho, debido a que mediante Resolución N° 02 de fecha 22 de setiembre de 2017 ha sido declarado Reo Contumaz, disponiéndose su conducción compulsiva por parte de la Policía Nacional del Perú, institución que deberá proceder a su ubicación y captura a nivel nacional, una vez hecho, deberá ponerlo a disposición del juzgado dentro del horario de Jornada laboral a fin de que afronte la audiencia única de juicio inmediato en su contra; sin perjuicio de que se informe cada sesenta días de las acciones realizadas tendientes al cumplimiento del mandato judicial, bajo responsabilidad. Se nombra como abogado defensor al doctor Alberto Bonifacio Castillo, quien deberá hacerse cargo de la defensa del mismo. SE DISPONE la citación del acusado contumaz mediante edictos a fin de que se ponga a disposición de la autoridad competente para afrontar la audiencia única de Juicio Inmediato en su contra. SE DISPONE el archivo provisional de la causa en tanto sea puesto a disposición del juzgado el acusado contumaz. Fdo. Claudio Washington Altamirano Bellido - Juez Titular del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Abog. Gloria Marisol Cuayla Choque - Especialista Legal.- Moquegua, 04 de octubre de 2017. (09-10-11 Octubre) EDICTO PENAL EXP: 00218-2016-77-2802-JR-PE-02, Se emplaza, notifica y cita a JORGE GERARDO CCAMAPAZA AGUILAR, con la RESOLUCION N° 03 de fecha veintiocho de septiembre de dos mil diecisiete, que RESUELVE: 1) DECLARAR CONTUMAZ AL ACUSADO JORGE GERARDO CCAMAPAZA AGUILAR, identificado con Documento Nacional de Identidad N° 04646181, natural del distrito de Acora, provincia y departamento de Puno, nacido el 28 de junio de 1971, hijo de Gerardo y Adela, estado civil casado, con domicilio real ubicado en Villa El Edén Mz. C Lote 12 del distrito y provincia de llo, departamento de Moquegua; 2) DISPONER LA CONDUCCION COMPULSIVA del acusado Jorge Gerardo Ccamapaza Aguilar por parte de la Policía Nacional del Perú, institución que deberá de proceder a su ubicación y captura a nivel nacional y una vez realizado, deberá de ponerlo a disposición del juzgado, sin perjuicio de que se informe cada sesenta días las acciones realizadas tendientes al cumplimiento del mandato judicial. 3) DISPONER LA NOTIFICACION del acusado declarado contumaz, además de la dirección señalada en el escrito de acusación mediante edictos, debiendo la Especialista Legal verificar en el Sistema Integrado Judicial que tiene interconexión con el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, si el acusado consigna en su documento de identidad un domicilio distinto o si ha variado de domi-

cilio a efecto de que también se efectúe la notificación en el mismo, ello a efecto de que se ponga a disposición de la autoridad competente para afrontar el juzgamiento en su contra. 4) DISPONER EL ARCHIVO PROVISIONAL del presente proceso respecto del acusado declarado contumaz, hasta que sea puesto a disposición al juzgado por la autoridad competente. 5) DISPONER LA CONTINUACION del juicio respecto de la acusada asistente al presente juicio.- REGISTRESE Y NOTIFIQUESE.- (09, 10, 11 Octubre). EDICTO PENAL Expediente Nro.: 00090-2015-0-2801-JRPE-02. Juzgado: Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. Se hace saber y emplaza: A los imputados QUIÑONEZ CRUZ ISRAEL; SANTUSA CRUZ LIDIA, MARGRITA TICONA DE LA CRUZ con el extracto de la Resolución N° 11: El Segundo Despacho de Decisión Temprana de Mariscal Nieto, Resolución N° 11: Dado cuenta en la fecha por las recargadas labores, y habiendo vencido el término de ley preceptuado en el artículo 350 inciso 1° del Código Procesal Penal; teniendo en cuenta el rol de audiencias de éste despacho, la disponibilidad de las Salas de Audiencias: SE DISPONE: 1) SEÑALAR fecha y hora para la REALIZACIÓN DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR DE REQUERIMIENTO MIXTO, para el día VEINTITRES DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIEICISIETE, A LAS QUINCE HORAS (hora exacta) en las instalaciones de la Sala N° 07 del Módulo Penal de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, ubicado en el Malecón Ribereño, con la asistencia obligatoria del representante del Ministerio Público y el abogado del acusado, con cuya asistencia se instalará la audiencia; 2) SE DISPONE: La concurrencia obligatoria del fiscal, bajo apercibimiento de comunicar a la Oficina de Control Interno del Ministerio Público; del abogado defensor privado, bajo apercibimiento de imponer multa de dos unidades de referencia procesal (2 URP) y ser excluidos de la defensa; 3) Teniendo la presente audiencia la calidad de inaplazable, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 85.1 del Código Procesal Penal, regula el procedimiento en caso de inasistencia de los sujetos procesales a las audiencias: ”1. Si el abogado defensor no concurre a la diligencia para la que es citado, y ésta es de carácter inaplazable, será reemplazado por otro que, en ese acto, designe el procesado, o por un defensor público, llevándose adelante la diligencia. (…) Son audiencias inaplazables las previstas en los artículos 271, 345, 351, 367, 447 y 448” , en tal sentido SE DISPONE: CURSAR oficio a la Defensoría Pública para que designe abogado o que asuma la defensa del imputado en el presente proceso en caso de inconcurrencia de alguna defensa privada; 4) REQUERIR, a los sujetos procesales concurran a la audiencia de control de Acusación con sus respectivos medio probatorios ofrecidos de cargo y de descargo, en cuadernillo aparte en el orden presentado en su escrito, bajo apercibimiento de incumplimiento en el caso del representante del Ministerio Público poner de conocimiento de su Órgano de Control Interno y del abogado defensor tenerse por no ofrecido su medio de prueba; Interviene el señor Juez que suscribe por Disposición de la Resolución Administrativa No. 593-2017-P/CSJMO-PJ. JUEZ: JENRRY CORRALES ARANIBAR. ESPECIALISTA LEGAL: IRMA LIPA FIGUEROA. Moquegua, 03 de octubre del 2017. (09-10-11 Octubre)

Martes, 10 de octubre del 2017

EDICTO PENAL Expediente Nro.: 00181-2016-23-2801-JRPE-02. Juzgado: Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. Se hace saber y emplaza: Al imputado CLEMENTE CONDORI CABANA con el extracto de la Resolución N° 13: Resolución N° 13. SE RESUELVE: PRIMERO: Declarar CONSENTIDA la resolución número doce de fecha veinte de septiembre del dos mil diecisiete, que resuelve declarar fundado el requerimiento de sobreseimiento solicitado por el representante del Ministerio Público en el extremo seguido contra CLEMENTE CONDORI CABANA por el delito de Actos contra el pudor en agravio del menor de iniciales B.D.R.C, se dispone el cese de medias de coerción personal o real que se hayan dictado en contra de la procesado o sus bienes en este extremo. SEGUNDO: CÚRSESE los oficios a efecto de que se inscriba la cancelación de los antecedentes generados respecto a este extremo y para los fines de ley. DEVUELVASE la Carpeta Fiscal al representante del Ministerio Público. REGÍSTRESE.- Siendo el estado de la causa y habiendo vencido el término de ley preceptuado en el artículo 350 inciso 1° del Código Procesal Penal; teniendo en cuenta el rol de audiencias de éste despacho, la disponibilidad de las Salas de Audiencias: SE DISPONE: 1) SEÑALAR fecha y hora para la REALIZACIÓN DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACIÓN, para el día VEINTITRES DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIEICISIETE A LAS NUEVE HORAS DEL DIA (hora exacta) en las instalaciones de la Sala N° 07 del Módulo Penal de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, ubicado en el Malecón Ribereño, con la asistencia obligatoria representante del Ministerio Público y el abogado del acusado, con cuya asistencia se instalará la audiencia; 2) SE DISPONE: La concurrencia obligatoria del fiscal, bajo apercibimiento de comunicar a la Oficina de Control Interno del Ministerio Público; del abogado defensor privado, bajo apercibimiento de imponer multa de dos unidades de referencia procesal (2 URP) y ser excluidos de la defensa; 3) Teniendo la presente audiencia la calidad de inaplazable, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 85.1 del Código Procesal Penal, regula el procedimiento en caso de inasistencia de los sujetos procesales a las audiencias: ”1. Si el abogado defensor no concurre a la diligencia para la que es citado, y ésta es de carácter inaplazable, será reemplazado por otro que, en ese acto, designe el procesado, o por un defensor público, llevándose adelante la diligencia.(…) Son audiencias inaplazables las previstas en los artículos 271, 345, 351, 367, 447 y 448” , en tal sentido SE DISPONE: CURSAR oficio a la Defensoría Pública para que designe abogado o que asuma la defensa del imputado en el presente proceso en caso de inconcurrencia de alguna defensa privada; 4) REQUERIR, a los sujetos procesales concurran a la audiencia de control de Acusación con sus respectivos medio probatorios ofrecidos de cargo y de descargo, en cuadernillo aparte en el orden presentado en su escrito, bajo apercibimiento de incumplimiento en el caso del representante del Ministerio Público poner de conocimiento de su Órgano de Control Interno y del abogado defensor tenerse por no ofrecido su medio de prueba; Interviene el señor Juez que suscribe por Disposición de la Resolución Administrativa No. 593-2017-P/CSJMO-PJ. REGÍSTRESE. Juez:

JENRRY CORRALES ARANIBAR. Especialista Legal: IRMA LIPA FIGUEROA.- Moquegua, 03 de octubre del 2017. (09-10-11 Octubre) EDICTO PENAL Expediente Nro.: 00012-2016-85-2801-JRPE-03. Juzgado: Tercer Juzgado Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. Se hace saber y emplaza : Al acusado ILARIO ABRAN PACHECO RAMOS, con el requerimiento de Acusación presentado por el Fiscal Provincial Roberto Miguel Giraldo Cadillo – Quinto Despacho Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Moquegua, en contra de los imputados Roman Aguilar Quispe, Julio Paxi Castro, Oclides Néstor Escobar Laque, Oscar Martín Centeno Córdova, Isabel Marina Choqueña Ccallata, Roberto Rene Mamani Flores, Ilario Abran Pacheco Ramos y Nelly Nelida Vilca Venegas, por el delito Contra la Administración Pública en la modalidad de Colusión Agravada, en agravio de la Municipalidad Distrital de Carumas, solicitando la pena de 10 años de pena privativa de libertad, ofreciendo como medios de prueba testigos, peritos y otras diligencias, y con la Resolución número uno, por la cual se corre traslado a los sujetos procesales por el plazo perentorio de diez días útiles, a efectos de que puedan presentar por escrito y en lo que fuera pertinente, cumplir con lo establecido en el artículo 350° del Código Procesal Penal y sea debatido en audiencia preliminar de control de acusación, así mismo se le requiere para que el plazo de 24 horas cumpla con señalar abogado defensor de su libre elección para que asuma su defensa en el presente proceso, bajo apercibimiento de incumplimiento designarle defensor público. Dr. Rafael Bartolomé Copaja Mamani - Juez del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto, Abog. Yeny Mendoza Condori, Especialista Legal - Módulo Penal. Moquegua, 03 de Octubre de 2017. (09-10-11 Octubre) EDICTO PENAL Expediente N° 97-2017-0-2801-JP-PE-03, NOTIFICAR al imputado KAREN LUPE NATHALY MAMANCHURA NINA, la Resolución N° 05 de fecha 22.09.2017 que RESUELVE: 1. DECLARAR CONTUMAZ a la imputada KAREN LUPE NATHALY MAMANCHURA NINA con DNI N° 76964358. 2. DISPONER la CONDUCCION COMPULSIVA por parte de la Policía Nacional del Perú. Regístrese. Moquegua, 27 de setiembre del 2017. Erly Alejo Cruz. Juez del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto, Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (06-09-10 Octubre) EDICTO PENAL Expediente N° 338-2017-0-2801-JP-PE-03, NOTIFICAR al imputado EDWIN QUISPE CANDENAS a Resolución N° 04 de fecha 25.09.2017 que RESUELVE: 1. DECLARAR CONTUMAZ al imputado EDWIN QUISPE CANDENAS con DNI N° 48278460. 2. DISPONER la CONDUCCION COMPULSIVA por parte de la Policía Nacional del Perú Regístrese. Moquegua, 27 de setiembre del 2017. Erly Alejo Cruz. Juez del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto, Secretario Judicial del Juzgado de Paz Letrado Penal de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. (06-09-10 Octubre)

Martes, 10 de octubre del 2017

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA "UNIDAD DESCONCENTRADA DE QUEJA E INVESTIGACION Y VISITAS"

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA UNIDAD DE QUEJAS E INVESTIGACIONES Y VISITAS DE LA ODECMA

"Año del Buen Servicio al Ciudadano"

EDICTO

Moquegua, 05 de Octubre del 2017 Moquegua, 05 de octubre de 2017

La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, de conformidad con el cronograma establecido mediante Resolución Administrativa N° 003-2017-J-ODECMA-CSJMO-PJ del 18 de Enero del 2017, realizara durante el mes de octubre del 2017, la siguiente Visita Judicial Ordinaria: Organo Jurisdiccional Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto

Fecha Viernes 31 de Octubre del 2017

Hora de Inicio 08.00 horas

La Visita Ordinaria programada se realizara en el día y hora indicados. Durante su realización los señores abogados y justiciables podrán formular pedidos y/o quejas concernientes a los magistrados y/o servidores del órgano jurisdiccional visitado, directamente en el local visitado. La labor jurisdiccional del órgano jurisdiccional visitado proseguirá con sus diligencias programadas.

Firmado digitalmente por SALINAS LINARES Cesar Augusto (FAU20159981216 Motivo Soy el autor del Documento Fecha: 05/10/2017 13:05:53 -0500

PODER JUDICIAL DEL PERU CORTE SUPERIROR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA

Moquegua, 09 de Octubre del 2017

Jefatura de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, por Resolución Administrativa N5 009-2015-J-ODECMA-CSJMO/PJ de fecha 06 de octubre del 2015, ha dispuesto realizar itinerancias en la ciudad de Ilo, a fin de dirigir la función de control, razón por la cual los días 12 y 13 de Octubre del 2017 se realizara en la ciudad de llo la itinerancia respectiva, lo que se pone a conocimiento de los justiciables.

DR. RODOLFO SOCRATES NAJAR PINEDA JEFE DE LA ODECMA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA

La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Moquegua, de conformidad con el cronograma establecido mediante Resolución Administrativa N° 003-2017-J-ODECMA-CSJMO/PJ, reprograma la VISITA JUDICIAL ORDINARIA fijada para el mes de octubre del año en curso, al órgano jurisdiccional que se detalla a continuación, para la siguiente fecha:

Organo Jurisdiccional

Día

Hora de Inicio

Primer Juzgado de Paz Letrado de llo

Jueves 26

08:00

Las Visitas Ordinarias programadas, se realizaran en el día y hora indicados, durante la cual los señores abogados y justiciables, podrán formular sus pedidos y/o quejas, concernientes a los señores Magistrados y personal Jurisdiccional respectivo, directamente en el local visitado. La labor jurisdiccional en la referida dependencia, proseguirá con sus diligencias programadas. Firmado digitalmente por SALINAS LINARES Cesar Augusto (FAU20159981216) Motivo: Soy el autor del Documento Fecha: 06/10/2017 10:28:08 -0500

MAGISTRADO CONTRALOR DE LA UNIDAD DE INVESTIGACIONES QUEJAS Y VISISTAS DE LA ODECMA MOQUEGUA

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SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA UNIDAD DE QUEJAS E INVESTIGACIONES Y VISITAS DE LA ODECMA

Martes, 10 de octubre del 2017

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA UNIDAD DE QUEJAS E INVESTIGACIONES Y VISITAS DE LA ODECMA

EDICTO

EDICTO Ilo, 18 de setiembre de 2017 La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Moquegua, de conformidad con el cronograma establecido mediante Resolución Administrativa N° 003-2017-JODECMA-CSJMO/PJ, realizara la VISITA JUDICIAL ORDINARIA en el mes de octubre del año en curso, al órgano jurisdiccional que se detalla a continuación en la siguiente fecha:

Organo Jurisdiccional

Día

Hora de Inicio

Juzgado de Familia de Ilo

Miércoles 18

08:00

Moquegua, 18 de setiembre de 2017

La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Moquegua, de conformidad con el cronograma establecido mediante Resolución Administrativa N° 003-2017-J-ODECMA-CSJMO/PJ, realizara la VISITA JUDICIAL ORDINARIA en el mes de octubre del año en curso, al órgano jurisdiccional que se detalla a continuación en la siguiente fecha:

Organo Jurisdiccional Primer Juzgado de Paz Letrado de Ilo

Las Visitas Ordinarias programadas, se realizaran en el día y hora indicados, durante la cual los señores abogados y justiciables, podrán formular sus pedidos y/o quejas, concernientes a los señores Magistrados y personal Jurisdiccional respectivo, directamente en el local visitado. La labor jurisdiccional en la referida dependencia, proseguirá con sus diligencias programadas.

Día

Hora de Inicio

Viernes 20

08:00

Las Visitas Ordinarias programadas, se realizaran en el día y hora indicados, durante la cual los señores abogados y justiciables, podrán formular sus pedidos y/o quejas, concernientes a los señores Magistrados y personal Jurisdiccional respectivo, directamente en el local visitado. La labor jurisdiccional en la referida dependencia, proseguirá con sus diligencias programadas.

MAGISTRADO CONTRALOR DE LA UNIDAD DE INVESTIGACIONES, QUEJAS Y VISITAS DE LA ODECMA MOQUEGUA

MAGISTRADO CONTRALOR DE LA UNIDAD DE INVESTIGACIONES, QUEJAS Y VISITAS DE LA ODECMA MOQUEGUA

YOHEL WUILVER CORNEJO CHAVEZ MAGISTRADO CONTRALOR DE ODECMA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA UNIDAD DE QUEJAS E INVESTIGACIONES Y VISITAS DE LA ODECMA

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA UNIDAD DE QUEJAS E INVESTIGACIONES Y VISITAS DE LA ODECMA

EDICTO EDICTO Moquegua, 18 de setiembre de 2017

Moquegua, 18 de Setiembre de 2017

La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Moquegua, de conformidad con el cronograma establecido mediante Resolución Administrativa N° 003-2017-JODECMA-CSJMO/PJ, realizara la VISITA JUDICIAL ORDINARIA en el mes de octubre del año en curso, al órgano jurisdiccional que se detalla a continuación en la siguiente fecha:

Organo Jurisdiccional

Día

Juzgado de Trabajo de Mariscal Nieto

La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Moquegua, de conformidad con el cronograma establecido mediante Resolución Administrativa N° 003-2017-J-ODECMA-CSJMO/PJ, realizara la VISITA JUDICIAL ORDINARIA en el mes de octubre del año en curso, al órgano jurisdiccional que se detalla a continuación en la siguiente fecha:

Órgano Jurisdiccional

Día

Hora de Inicio

Juzgado Mixto de llo

Viernes 27

08:00

Hora de inicio

Martes 24

08:00

Las Visitas Ordinarias programadas, se realizaran en el día y hora indicados, durante la cual los señores abogados y justiciables, podrán formular sus pedidos y/o quejas, concernientes a los señores Magistrados y personal Jurisdiccional respectivo directamente en el local visitado. La labor jurisdiccional en la referida dependencia, proseguirá con sus diligencias programadas.

MAGISTRADO CONTRALOR DE LA UNIDAD DE QUEJAS, INVESTIGACIONES Y VISITAS DE LA ODECMA MOQUEGUA

Las Visitas Ordinarias programadas, se realizaran en el día y hora indicados, durante la cual los señores abogados y justiciables, podrán formular sus pedidos y/o quejas, concernientes a los señores Magistrados y personal Jurisdiccional respectivo directamente en el local visitado. La labor jurisdiccional en la referida dependencia, proseguirá con sus diligencias programadas.

MAGISTRADO CONTRALOR DE LA UNIDAD DE INVESTIGACIONES, QUEJAS Y VISITAS DE LA ODECMA MOQUEGUA

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA

Martes, 10 de octubre del 2017

PODER JUDICIAL DEL PERU

PODER JUDICIAL DEL PERU CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA “Unidad Desconcentrada de Quejas E Investigaciones y Visitas”

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA “Unidad Desconcentrada de Quejas E Investigaciones y Visitas”

"Año del Buen Servicio al Ciudadano"

“Año del Buen Servicio al Ciudadano" Moquegua, 12 de Septiembre del 2017

Moquegua, 19 de Septiembre del 2017

La Oficina Desconcetrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, de conformidad con el cronograma establecido mediante Resolución Administrativa N° 003-2017-J-ODECMA-CSJMO-PJ del 18 de Enero del 2017, realizara durante el mes de octubre del 2017, la siguiente Visita Judicial Ordinaria:

Organo Jurisdiccional

Fecha

Hora de Inicio

Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto

Viernes 13 de Octubre del 2017

08.00 horas

La Visita Ordinaria programada se realizara en el día y hora indicados. Durante su realización los señores abogados y justiciables podrán formular pedidos y/o quejas concernientes a los magistrados y/o servidores del órgano jurisdiccional visitado, directamente en el local visitado. La labor jurisdiccional del órgano jurisdiccional visitado proseguirá con sus diligencias programadas.

La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, de conformidad con el cronograma establecido mediante Resolución Administrativa N° 003-2017-J-ODECMA-CSJMO-PJ del 18 de Enero del 2017, realizara durante el mes de septiembre del 2017, la siguiente Visita Judicial Ordinaria:

Organo Jurisdiccional

Fecha

Hora de Inicio

Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto

Viernes 29 de Septiembre del 2017

08.00 horas

La Visita Ordinaria programada se realizara en el día y hora indicados. Durante su realización los señores abogados y justiciables podrán formular pedidos y/o quejas concernientes a los magistrados y/o servidores del órgano jurisdiccional visitado, directamente en el local visitado. La labor jurisdiccional del órgano jurisdiccional visitado proseguirá con sus diligencias programadas.

Firmado Digitalmente por FERNANDEZ SANCHEZ Fredy LINARES, Cesar Augusto (FAU20159981216) Motivo: Soy el autor del Documento Fecha : 12/09/2017 09:02:120 -0500

Firmado Digitalmente por SALINAS LINARES, Cesar Augusto (FAU20159981216 Motivo: Soy el autor del Documento Fecha : 20/09/2017 15:36:00 -0500

PODER JUDICIAL DE PERU CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA “Unidad Desconcentrada de Quejas e Investigación y Visitas”

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA “Unidad Desconcentrada de Quejas e Investigación y Visitas”

"Año del Buen Servicio al Ciudadano"

"Año del Buen Servicio al Ciudadano" Moquegua, 29 de Septiembre del 2017

Moquegua, 26 de Septiembre del 2017

La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, de conformidad con el cronograma establecido mediante Resolución Administrativa N° 003-2017-J-ODECMA-CSJMO-PJ del 18 de Enero del 2017, realizara durante el mes de octubre del 2017, la siguiente Visita Judicial Ordinaria:

Organo Jurisdiccional

Fecha

Hora de Inicio

Tercer Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto

Martes 17 de Octubre del 2017

08.00 horas

La Visita Ordinaria programada se realizara en el día y hora indicados. Durante su realización los señores abogados y justiciables podrán formular pedidos y/o quejas concernientes a los magistrados y/o servidores del órgano jurisdiccional visitado, directamente en el local visitado. La labor jurisdiccional del órgano jurisdiccional visitado proseguirá con sus diligencias programadas. Firmando digitalmente por FERNANDEZ SANCHEZ Fredy (FAU20159981216) Motivo: Soy el autor del documento Fecha 26/09/2017 08:5814 -0500

La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, de conformidad con el cronograma establecido mediante Resolución Administrativa N° 003-2017-J-ODECMA-CSJMO-PJ del 18 de Enero del 2017, realizara durante el mes de octubre del 2017, la siguiente Visita Judicial Ordinaria: Organo Jurisdiccional

Fecha

Hora de Inicio

Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Ichuña- Ubinas

Viernes 03 de Noviembre del 2017

08.00 horas

La Visita Ordinaria programada se realizara en el día y hora indicados. Durante su realización los señores abogados y justiciables podrán formular pedidos y/o quejas concernientes a los magistrados y/o servidores del órgano jurisdiccional visitado, directamente en el local visitado. La labor jurisdiccional del órgano jurisdiccional visitado proseguirá con sus diligencias programadas.

Firmado digitalmente por FERNANDEZ SANCHEZ Fredy (FAU2015998 1216 Motivo: Soy el autor del Documento Fecha: 29/09/2017 16:26:54 -0500

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La República

SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA

Martes, 10 de octubre del 2017