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La República

SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA

Viernes, 1 de setiembre del 2017

Avisos Judiciales EDICTOS EDICTO DE SUCESION PROCESAL DE JULIO CESAR JIMENEZ A RAN DA Y NOLBERTA ARAN DA ZARZURI Expediente N° 00057-2017: Tramitado ante el Juzgado Mixto de Mariscal Nieto -Moquegua- Juez Dr. Fredy Fernández Sánchez, Especialista Dr. Raúl Angel Ccallo Calli, sobre Prescripción Adquisitiva de Dominio, seguido por José Eduardo Becerra Ríos, en contra de don Julio César Jiménez Aranda y su conyugue dona Nolberta Aranda Zarzuri, con citación de los colindantes: Ceferino Máximo, Linares Linares; Marianela, Maquera Jimenez; Paulina, Quispe Colque; y Sucesión de Jesús Fierro Valdivia; SE RESUELVE Con Resolución N° 12-2017 de fecha 07 de aqosto del 2017: Suspender el presente proceso por el plazo de treinta días a efectos de que comparezcan al proceso los sucesores de los demandados JULIO CESAR JIMENEZ ARANDA y NOLBERTA ARANDA ZARZURI bajo apercibimiento de nombrarles curador procesal. Traslado por 30 dias a los sucesores de los demandados precitados para que se apersonen al proceso de conformidad con lo dispuesto por el Art. 108 Ultimo Párrafo del Código Procesal Civil. Disponiéndose notificar con la presente resolución a la Sucesión de JULIO CESAR, JIMENEZ ARANDA y NOLBERTA ARANDA ZARZURI vía edictos, los mismos que deberán ser diligenciados por la parte demandante. Moquegua, 28 de agosto del 2017, Fidel Cuayla Mamani Abogado, Reg. CAM. N° 0499, Abogado. Raul Angel Ccallo Secretario Judicial del Juzgado Mixta de Mariscal Nieto, Corte Superior de Justicia de Moquegua. (29-31 Agosto y 01 Setiembre) EDICTO EL JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO MIXTO DE LA PROVINCIA MARISCAL NIETO DR. FREDY FERNANDEZ, SECRETARIO DRA. GABY NINA, EXP.760-2010, MEDIANTE RESOLUCION N°33, RESUELVE: NOTIFICAR A LOS SUCESORES PROCESALES DE QUIEN EN VIDA FUE RAMIRO LUTGARDO QUINTANA ZUNIGA MEDIANTE LA PUBLICACION DE EDICTOS EN EL DIARIO EL PERUANO Y LA REPUBLICA A FIN DE QUE SE APERSONEN Y COMPAREZCAN AL PROCESO EN EL TERMINO DE TREINTA DIAS HABILES, BAJO APERCIBIMNIENTO DE NOMBRARSE UN CURADOR PROCESAL. MOGUEGUA, 21 DE AGOSTO DEL 2,017 MARCOS NOEL CALIZAYA PINTO – ABOGADO. CAM N°20; ABOG. GABY EDITH NINA ESCOBAR – SECRETARIO JUDICIAL – JUZGADO MIXTO DE MARISCAL NIETO – CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA. (29 AGOSTO Y 01-05 SETIEMBRE) EDICTO Exp. No. 00155-2017-0-2801-JM-CI-02, ante el Juzgado Mixto de Mariscal Nieto, que despacha el Juez Dr. Fredy Fernández Sánchez, Especialista la Dra. Gaby Nina Escobar, mediante resolución No 03 fecha 24 de mayo de 2017 RESUELVE: Admitir a trámite la solicitud de CAMBIO DE NOMBRE interpuesta por BRAIAM SELSO MAMANI AGUADO, en la vía de PROCESO NO CONTENCIOSO,

solicitando se le autorice el cambio de sus apellidos de CORDOVA por el de MAMANI, y AGUADO por el de SALAZAR en forma acumulativa, accesoria solicita se rectifique su segundo nombre SELSO, se cambie la letra “S” por la letra “Z” debiendo figurar en lo sucesivo BRAIAM ZELSO CORDOVA SALAZAR, Señala fecha para la AUDIENCIA DE ACTUACION Y DECLARACION JUDICIAL para el día 26 de setiembre a horas 3.00. P.M. Lo que se publica de acuerdo a ley. Moquegua, 29 de Agosto 2017. Nélida Maquera Cuayla – Abogado. Reg. 353 C.A.M; Abog. Gaby Edith Nina Escobar – Secretario Judicial. Juzgado Mixto de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (31 Agosto y 01-04 Setiembre) NOTIFICACION POR EDICTO NOTIFICACIÓN POR EDICTO PENAL Expediente Nº 00671-2017-70-2801-JRPE-02. Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Especialista: Juan Carlos Espinoza Chipana. Se NOTIFICA a don ROGELIO SECUNDINO VELAZCO LIMACHE, que en el proceso seguido en su contra por el Delito de Omisión a la Asistencia Familiar, mediante Resolución N° 001 de fecha veinticinco de agosto 2017: SE CITA a la AUDIENCIA ÚNICA DE JUICIO INMEDIATO, a los sujetos procesales: Acusado: ROGELIO SECUNDINO VELAZCO LIMACHI; identificado con DNI N° 01845607, quien deberá ser notificado y citado en el domicilio real señalado en autos y por EDICTOS, bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz o ausente y disponerse su CAPTURA a nivel nacional, en caso de inasistencia; audiencia 1que ha sido PROGRAMADA para llevarse a cabo el día 20 DE SETIEMBRE DE 2017 a las 12:00 HORAS, en la sala de Audiencias Nro.08 del Módulo Penal de Mariscal Nieto, sito en Av. Malecón Ribereño S/N – Moquegua; disponiendo además de la notificación en su domicilio real, la notificación mediante edictos. Fdo. Claudio Washington Altamirano Bellido - Juez Titular del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Abog. Juan Carlos Espinoza Chipana - Especialista Legal.- Moquegua, 25 de agosto de 2017. (01-04-05 Setiembre) NOTIFICACION POR EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 00422-2016-11-2802-JRPE-02, SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ILO. JUEZ: Abog. SAUL FELIPE ARENAS PEREZ. ESPECIALISTA LEGAL: Abog. GEOVANNA MONTOYA TEJERINA. El Señor Juez, del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de 110, hace de conocimiento al imputado Ramón Agustín Carbajal Hurtado que, la audiencia programada para el día veinticuatro de agosto del año en curso a horas quince, no se pudo efectuar por la inasistencia del propio acusado por lo que el Juzgado RESOLVIO: PRIMERO: Aceptar la renuncia del patrocinio del abogado Mateo Mamani Ramos y designar como la defensa del acusado a la defensora publica asistente a esta diligencia. SEGUNDO: Declarar CONTUMAZ al acusado RAMON AGUSTIN CARBAJAL HURTADO, identificado con documento de identidad N°04649459, con dirección domiciliaria en Alto II° 18 de Mayo

H-5, distrito y provincia de llo, departamento Moquegua, nacido el 15 de mayo de 1974, de 43 años de edad, estado civil casado, hijo de Henry y María, nacido en el distrito de llo, departamento Moquegua. TERCERO: Disponer la conducción compulsiva del acusado RAMON AGUSTIN CARBAJAL HURTADO, por parte de la Policía Nacional del Perú, institución que deberá proceder a su ubicación y captura nacional y una vez realizado deberá ponerlo a disposición del juzgado sin perjuicio de que informe cada sesenta días las acciones realizadas para el cumplimiento del mandato judicial, bajo responsabilidad, para lo cual se deberán cursar los oficios correspondientes. CUARTO: Disponer la notificación del acusado contumaz además de la dirección señalada en el control de acusación, mediante edictos, y eventualmente que la especialista legal verifique la consignada en ficha RENIEC, a efecto de determinar si hay alguna clase de domicilio distinto, se efectúe la notificación que se registra en el registro nacional de identificación y estado civil, ello a efecto que pongan a disposición de la autoridad competente para afrontar el enjuiciamiento en su contra. QUINTO: Disponer el archivo provisional de la presente causa hasta que el acusado declarada contumaz sea puesta a disposición del juzgado por la autoridad policial. Regístrese y notifíquese.llo, 24 de agosto de 2017. (31 Agosto y 01, 04 Septiembre). NOTIFICACION POR EDICTO EXPEDIENTE N° 00463-2008-0-2801-JP-FCOl ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Mariscal Nieto que despacha la Sra. Juez LIDIA JOSEFINA VEGA VALENCIA y Secretaria Dra. MELISA PAOLA MANCHEGO RIVERA, ha dispuesto la notificación por edicto a: DIONISIO JUAN GUTIERREZ CHAMBILLA RESOLUCION NRO. 36; Moquegua, uno de Junio del dos mil diecisiete.-SE RESUELVE: DECLARAR FUNDADO el pedido de NULIDAD de folios doscientos treinta y ocho, formulado por parte demandante Justina Rumalda Cacallica Mamanchura por derecho propio, y en representación del menor Carlos Daniel Gutierrez Cacalla y Lisbeth Marjhorie Gutierrez Cacallica. En consecuencia NULO todo lo actuado hasta el estado de notificarse la Resolución N° 09 de fecha 21.01.2011 -Sentencia. 2. SE DISPONE NOTIFICAR al demandado con la Resolución N^ 09 de fecha 21 de enero del dos onceSentencia vía edicto bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal. Cuyo fallo es el siguiente: RESOLUCION NRO. 09; 1) FUNDADA en parte la demanda de fojas nueve a trece, interpuesta por dona JUSTINA RUMALDA CACALLICA MAMANCHURA, por derecho y en representación de sus menores hijos LIZBETH MARJORIE GUTIERREZ CACALLICA y CARLOS DANIEL GUTIERREZ CACALLICA en contra de DIONISIO JUAN GUTIERREZ CHAMBILLA sobre COBRO DE ALIMENTOS; 2) DISPONGO que el demandado acuda a favor de los alimentistas con una pensión alimenticia de CUATROCIENTOS NUEVOS SOLES, correspondiendo a su cónyuge la suma de CIEN NUEVOS SOLES, y a favor de sus menores hijos una pensión alimenticia de CIENTO CINCUENTA NUEVOS

SOLES, para cada uno debiendo abonarse dicha suma favor de la demandante por derecho propio y en representación de sus menores hijos, pensión que empezara a regir a partir del día siguiente de la notificación con la demanda. Por esta mi sentencia así la pronuncio, mando y firmo T. R. y H.S. Abog. Karina Eleana Carbajal Aparicio Reg. CAM N° 004 – Defensor Público. Direccion Gernal de Defensa Publica y Acceso a la Justicia – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Abog. Melissa Manchego Rivera – Primera Secretaria del Juzgado de Paz Letrado Familia – Civil de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (29-31 Agosto y 01 Setiembre) RECTIFICACION DE PARTIDA NACIMIENTO RECTIFICACION DE PARTIDAS Exp. N° 00348-2017-0- 2801 - JP - CI - 02., ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado Familia Civil - Sede Nuevo Palacio, a cargo de la Señora Juez Dra. Lidia Josefina Vega Valencia, Especialista Dr. Dario Paniagua Parihuanca, mediante Resolución N° 02 de fecha 21 de agosto del 2017, ha resuelto ADMITIR a trámite la solicitud de RECTIFICACION DE PARTIDA de nacimiento presentada por ELIZABETH CRISTINA MALDONADO PALACIOS, ANA MONICA MALDONADO PALACIOS DE ROMAN sobre RECTIFICACION DE PARTIDA, quienes solicitan la rectificación: a) Elizabeth Cristina Maldonado Palacios solicita la rectificación vía adición del segundo apellido de su progenitora que dice Lidia Florentina Palacios de Maldonado y debe decir LIDIA FLORENTINA PALACIOS VELEZ DE MALDONADO. b) Ana Mónica Maldonado Palacios de Roman solicita la rectificación vía adición del segundo apellido de su progenitora que dice Lidia Florentina Palacios de Maldonado y debe decir LIDIA FLORENTINA PALACIOS VELEZ DE MALDONADO. Corresponde tramitarse en la vía del Proceso No Contencioso. Cita a la Audiencia de declaración y actuación de pruebas que se llevara a cabo el día 31 de octubre del 2017, a horas 12:00 PM, en el local del Juzgado, publicación que se pone en conocimiento del público para los fines de ley. Moquegua, 29 de agosto del 2017. J. Carlos Condori Ch. – Abogado. Reg. N° 650 C.A.M. Abog. Dario Paniagua Parihuana – Tercera Secretaria del Juzgado de Paz Letrado Familia – Civil de Mariscal Nieto. Corte Superior de Justicia de Moquegua. (31 Agosto y 01-04 Setiembre) PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO DE VEHICULO LEYES N° 28325 Y 26662

S/C.- CARROCERIA: CABINA SIMPLE.- MARCA: NISSAN.- MODELO: FLG-D21-SF.- AÑO DE FABRICACION: 1986.- COLOR 1: ANARANJADO.- MOTOR N° : Z20544316.- SERIE N° : FGD21A00431.- COMBUSTIBLE: GASOLINA; APARECIENDO COMO TITULAR REGISTRAL PEDRO ARNALDO RIVERA HURTADO, CONVOCANDOSE A TODO AQUEL QUE TENGA DERECHOS SOBRE DICHA PROPIEDAD PARA HACERLO VALER DE ACUERDO A LEY. ILO, 28 DE AGOSTO DEL 2017. (01 Septiembre) CAMBIO DE NOMBRE CAMBIO DE NOMBRE Ante el Juzgado Mixto (EX 2°) de Moquegua que despacha el Juez FREDY FERNANDEZ SANCHEZ, con la intervención del Especialista Legal CCALLO CALLI RAUL ANGEL, en el Exp N°0208-2017-0-2801 JM-Cl-02, se ha emitido la Sentencia N°047-2017-JMMN (Resolución N°05) de fecha 14 de Agosto del 2017, en la que FALLA: 1) declarando FUNDADA la demanda interpuesta por RAUL ALAN PARI MENDOZA Y ALEXANDRA JARITZA PEREZ MAMANI, sobre cambio de nombre de su menor hija ESPERANZA BELLA MARIBEL PARI PEREZ en su Partida de Nacimiento que obra en la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto Moquegua, 2) DISPONGO en el Acta de Nacimiento N°79703875 del año 2016, se proceda a cambiar el nombres, de la menor de BELLA MARIBEL por JASMIN ANTHONELLA; debiendo quedar en lo sucesivo los datos de la titular de la partida como ESPERANZA JASMIN ANTHONELLA PARI PEREZ; sin alterar la condición civil, ni constituir prueba de filiación 3) PUBLJQUESE la presente sentencia en el diario la república y consentida que quede la misma, REMITASE partes judiciales para que se proceda a la anotación respectiva, previa pago de los aranceles judiciales pertinentes 4) SIN COSTAS, NI COSTOS del proceso. Moquegua 31 de agosto 2017. Plinio German Cuevas Chayña – Abogado. Mat. 779 –ICAM; Abog. Raul Angel Ccallo Calli – Secretario Judicial. Juzgado Mixto de Mariscal Nieto. Corte Superior de Justicia de Moquegua. ( 01 Setiembre) DECLARACION DE UNION DE HECHO DECLARACION DE UNION DE HECHO Ante mí: JOHN SOTO GAMERO, Notario Público de Ilo, con oficio notarial en Calle Moquegua N° 429 de esta ciudad, el señor JHONATAN HUGO GUILLEN MAMANI y la señora LIZET MAGALY ROMERO MARCE, solicitan la Declaración de Reconocimiento de Unión de Hecho entre ambos recurrentes. Se procede conforme a los Artículos 1 y 2 de la Ley 29560 y Ley 26662. Ilo, 29 de Agosto del 2017. (01 Septiembre). EDICTO PENAL

ANTE MI, JOHN SOTO GAMERO, NOTARIO PUBLICO DE ILO, CON OFICIO NOTARIAL EN CALLE MOQUEGUA N° 429, DE ESTA CIUDAD, SE HA PRESENTADO EL SEÑOR JORGE NERY DILL’ERVA BALDARRAGO, SOLICITANDO PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO DEL VEHICULO DESCRITO A CONTINUACION: PLACA : 01 6069.- TIPO USO:

EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 00019-2017-3-2802-JRPE-01. PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE ILO. JUEZ: Abog. JACKIE MARLENE MARIÑAS ZOTO. ESPECIALISTA: Abog. JEIMY LIDIA SILVA ZEGARRA. La Señora Juez, del Primer Juzgado

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de Investigación Preparatoria de 110, que suscribe, ha dispuesto mediante resolución seis de fecha veinticinco de agosto del presente NOTIFICAR: a WILLIAM CARHUAPOMA CONDORI. 1) REPROGRAMAR LA AUDIENCIA INAPLAZABLE DE CONTROL DE ACUSACION para el día ONCE DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECISIETE a las NUEVE DE LA MAÑANA (hora exacta) en la sala de Audiencias del Calle Matara N° 325 (Ex sala Laboral) — llo. Subsistiendo en lo demás que contiene la resolución N° 04 de fecha 25 de julio de 2017. Disponer la asistencia obligatoria del fiscal y el defensor del acusado, bajo los apremios contenidos en el artículo 85 del Código Procesal Penal. llo, 31 de agosto de 2017. (01 Septiembre). EDICTO PENAL Expediente N° 150-2014-78-280l-JR-PE-01. TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE MARISCAL NIETO – MOQUEGUA. Se cita, emplaza y notifica a los imputados Edwin Jesús Cuayia Mamani, Justo Jilver Vizcarra Cuevas, Cyndi Marilia Mamani Ramos, Pedro Pablo Ramos Calizaya, Pedro Eloy Capa Ramos, Alberto Alfonso Huanca Causa, Miriam Lupe Mamani Choque, Rogelio Hernaldo Ventura Zapata, Elvis Quispe Mestas, Vidal Quispe Mestas, Froyian Leonardo Centeno Marca, Praynelf Pelagio Flores Quispe, Juan Lucas Flores Mamani, Jorge Rolando Luque Puma, Ornar Kenedy Mamani Sosa, Wilber Coaguila Mamani, Darwin Guerra Gutiérrez, Ronal Juan Nina Huacan, Manuel Daniel Flores Tala, Alex Miguel Corace Mamani, José Arocutipa Ccalahuille, Ivan José Juárez Chura, Ertk Bertrán Valdivia Ayala con el auto de citación a juicio oral que CITA A LA AUDIENCIA DE INICIO DE JUICIO ORAL INCOADO EN SU CONTRA por el delito de Financiamiento por medio de Información Fraudulenta en agravio de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Tacna PARA EL DÍA DIECISIETE DE MAYO DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS NUEVE HORAS (HORA EXACTA), la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias Nro. 04 del Módulo Penal, sito en el Malecón Ribereño s/n (sede del nuevo palacio de Justicia de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADOS REOS CONTUMACES O AUSENTES Y DISPONERSE SU CAPTURA A NIVEL NACIONAL – Tómese Razón y Hágase Saber.; Abog Rosario Vizconde Rojas, Especialista Legal - Módulo Penal. Moquegua, 22 de agosto del 2017. (01-0405 Setiembre) EDICTO PENAL Expediente N° 00483-2016-71-2801-JRPE-01. TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARISCAL NIETO – MOQUEGUA. Se cita y notifica al acusado ROMÁN FERNANDO CENTENO TOLEDO, con la Resolución N° 06 de fecha 23 de agosto 2017, que RESUELVE: Hacer efectivo el apercibimiento dispuesto en la resolución N° 02, en consecuencia, se dispone cursar oficio a la Defensoría Pública para que designe abogado defensor público que asuma la defensa del imputado Román Fernando Centeno Toledo, debiendo de adjuntar copia de requerimiento de acusación y resolución N° 02. Asume competencia el magistrado por disposición de Presidencia y reasume funciones la especialista que suscribe por término de periodo vacacional. Regístrese y Hágase Saber.-Firmando Dr. Rafael Bartolomé Copaja Mamani - Juez del Tercer Juzgado de Investigación Prepa-

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ratoria de Mariscal Nieto, Yeny Mendoza Condori, Especialista Legal - Módulo Penal. Moquegua, 23 de agosto de 2017. (01-0405 Setiembre) EDICTO PENAL Expediente N° 00483-2016-71-2801-JRPE-01. TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARISCAL NIETO – MOQUEGUA. Se cita y notifica al acusado ROMÁN FERNANDO CENTENO TOLEDO, con la Resolución N° 07 de fecha 23 de agosto 2017, que RESUELVE: PRIMERO: SEÑALAR Audiencia Preliminar de Control de Acusación para el día VEINTE DESETIEMBRE DEL DOS MIL DIECISIETE, a las QUINCE HORAS (hora exacta) en la Sala de Audiencias Nro. 03 de la Sede Central, ubicada en Malecón Ribereño S/N –Moquegua. (Se agenda el presente acto procesal por la recargada agenda del Juzgado como es de verse del Sistema de agendamiento y debido a que algunos imputados tiene su domicilio fuera del Distrito Judicial y se notifica por edicto). SEGUNDO: DISPONER notificar al Ministerio Público, a la parte agraviada, a los imputados y a sus abogados defensores, para que concurran a la audiencia inaplazable; bajo apercibimiento, en el caso del Fiscal Penal, de comunicar a la Oficina de Control del Ministerio Público su inasistencia, y en el caso de los abogado de los imputados, imponerles una multa equivalente a UNA URP, si es que no concurre a la audiencia. TERCERO: Teniendo la presente audiencia la calidad de inaplazable, se dispone cursar Oficio a la Defensoría Pública para que designe abogado o abogados que asuman la defensa de los imputados en el presente proceso en caso de inconcurrencia de alguna defensa privada. CUARTO: Requerir, a los sujetos procesales concurran a la audiencia de control de acusación con sus respectivos medio probatorios ofrecidos de cargo y de descargo, en cuadernillo aparte en el orden presentado en su escrito, bajo apercibimiento de incumplimiento en el caso del representante del Ministerio Público poner de conocimiento de su Órgano de Control Interno, se exhorta a los abogados defensores de ser el caso que sus medios de prueba se encuentren en la carpeta fiscal, realizar las gestiones respectivas para que dicha prueba sea presentada en acto de audiencia bajo apercibimiento de incumplimiento imponerles multa de UNA URP. QUINTO: La presente resolución, deberá ser notificada tanto en los domicilios reales como procesales de las partes, ello estando al carácter inaplazable de la audiencia. Regístrese y Hágase Saber.-Firmando Dr. Rafael Bartolomé Copaja Mamani - Juez del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto, Yeny Mendoza Condori, Especialista Legal - Módulo Penal. Moquegua, 23 de agosto de 2017. (01-04-05 Setiembre) EDICTO PENAL Expediente N° 412-2015-46-2801-JR-PE-02. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE MARISCAL NIETO – MOQUEGUA. Se cita, emplaza y notifica a GERARDO JUAN MAMANI ALAVE, a fin de que concurra en su calidad de ACUSADO a la sesión de audiencia de Juicio Oral para los días CUATRO Y ONCE DE SETIEMBRE DE 2017 A HORAS 09:00 (HORA EXACTA), la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias Nro. 05 del Módulo Penal de Mariscal Nieto, sito en Avenida Malecón Ribereño s/n (sede del nuevo Palacio de Justicia de la Corte

Superior de Justicia de Moquegua, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO REO CONTUMAZ O AUSENTE Y ORDENARSE SU ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL. Todo ello conforme a lo ordenado en el expediente consignado líneas arriba, proceso penal por violación sexual de menor de edad, seguido en contra de Gerardo Juan Mamani Alave, en agravio de la menor de iniciales L.M.V. Regístrese y Hágase Saber; Abog. Edwin Alexander Quispe Maquera, Especialista Legal – Módulo Penal. Moquegua, 28 de Agosto del 2017. (01-04-05 Setiembre) EDICTO PENAL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ILO, EXPEDIENTE N° : 00394-2017-77-2802-JR-PE-01. JUEZ : Abog. JOSE ANTONIO ACHOMA TITO. ESPECIALISTA: Abog. LUIS A.PALOMINO BARRAZUELA. Se emplaza, notifica A EXALTACION QUISPE HUISA, con la RESOLUCION N° 02 Por lo que SE RESUELVE: 3.1.- PRIMERO: REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL INMEDIATO, para el día 07 DE SETIEMBRE DEL 2017, A LAS 12:00 HORAS, EN ESTA MISMA SALA DE AUDIENCIAS, quedando subsistente los apercibimientos dispuestos en la Resolución 01; asimismo bajo apercibimiento de declarase al acusado Reo Ausente o Contumaz en caso de inasistencia a la audiencia de Juicio Oral Inmediato; de igual modo la fecha de la audiencia de Juicio Oral Inmediato es inaplazable, debiendo de tomar las previsiones del caso el acusado para que asista su Abogada defensora bajo apercibimiento de designársele un Abogado de la Defensoría Pública y se realice dicha audiencia y, por último el especialista legal deberá realizar las coordinaciones pertinentes a fm que las cedulas de notificación dirigido al acusado y los edictos estén diligenciados y obre en el cuaderno de Debates, bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas a ODECMA a fin que procedan conforme a sus atribuciones. 3.2.- SEGUNDO: Se Notifique al acusado en su domicilio consignado en el Requerimiento de Acusación, en el domicilio real de la Ficha RENIEC del acusado y mediante Edictos, dentro del plazo de ley, bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas de los principales actuado a ODECMA a fin que proceda conforme a sus atribuciones. 3.3.- TERCERO: SE DISPONE en caso de inasistencia injustificada de la abogado Fredy Mamani Callalla se le impondrá una multa de dos unidades de referencia procesal y se comunicara a las autoridades pertinentes de la conducta procesal de la abogada antes referida, a efecto que procedan conforme a sus atribuciones; asimismo en caso de inasistencia de la señor Fiscal se comunicara a su órgano de control, a fin que proceda conforme a sus atribuciones. 3.4.- CUARTO: SE DISPONE tenerse por notificado a todos las partes asistentes a esta audiencia con la presente resolución. Tómese Razón y Hágase Saber. (31 Agosto, 01, 04 Septiembre). EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 353-2015-78-2802-JR-PE-01, Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Ilo — Corte Superior de Moquegua, Juez: Abog. Edgardo Carpio Yzaguirre, Especialista Legal: Abog. Mayra Patricia Pacheco Pachao. El señor Juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de llo, que suscribe ha dispuesto NOTIFICAR a: STACIO AUTOMOTRIZ SAC (en calidad

de tercero civil) a efecto que concurra a la audiencia de control de acusación programada en autos para el día VEINTINUEVE DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A LAS NUEVE DE LA MAÑANA, la misma que se realizará en la sala de audiencias ubicada en la calle Matará 325- Ilo, ello según lo dispuesto en el proceso seguido en contra de María Esther Ramírez Arévalo por la presunta comisión del delito de Falsedad genérica, en agravio de BBVA Banco Continental. llo, 25 de agosto de 2017. (31 Agosto y 01, 04 Septiembre). EDICTO PENAL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ILO, EXPEDIENTE N° : 00283-2017-10-2802-JR-PE-01. JUEZ : Abog. JOSE ANTONIO ACHOMA TITO. ESPECIALISTA: Abog. LUIS ACHOMA PALOMINO BARRAZUELA. Se emplaza, notifica A Octavio Almirón Baca, Rafael Santos Pachacama García y Freddy Telesforo Maxi Helguera con la RESOLUCION N° 06 Por lo que SE RESUELVE: 3.1.- PRIMERO: SE DISPONE REPROGRAMAR EL INICIO DEL JUICIO ORAL, el día 08 DE SEPTIEMBRE DEL 2017, a las 08:30 HORAS DE LA MAÑANA (JUICIO ORAL SE REALIZARA DESDE 08:30 HASTA LAS 17:00 HORAS), el cual se efectuara la sala de audiencias, ubicado en la calle Junín Nro. 301, Distrito y, Provincia de ILO, Departamento de Moquegua, segundo piso, quedando subsistente los apercibimientos dispuestos en la Resolución 01 (Auto de Citación a Juicio Oral); asimismo bajo apercibimiento de declarase a los acusados Reos Ausentes o Contumaces en caso de inasistencia a la audiencia de Juicio Oral; de igual modo la fecha de la audiencia de Juicio Oral es inaplazable, debiendo de tomar las previsiones del caso los acusados para que asistan su abogados defensores bajo apercibimiento de excluirse de la defensa técnica a los abogados particulares y designárseles un Abogado de la Defensoría Pública en forma inmediata y se realice dicha audiencia; de igual modo el especialista legal deberá realizar las coordinaciones pertinentes a fin que la cedula de notificación y los edictos dirigido a los acusados, testigos y peritos estén debidamente diligenciados y obren en el cuaderno de debates, bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas a ODECMA a fin que procedan conforme a sus atribuciones. 3.2.- SEGUNDO: SE DISPONE notificar al acusado Octavio Almirón Baca en su domicilio real señalado en el requerimiento de Acusación, en el domicilio real señalado en su Ficha RENIEC del acusado y mediante Edictos, bajo apercibimiento de declarase al acusado Reo Ausente o Contumaz en caso de inasistencia a la audiencia de Juicio Oral. 3.3.- TERCERO: SE DISPONE notificar a los acusados Rafael Santos Pachacama García y Freddy Telesforo Maxi Helguera en penal de socabaya de la ciudad de Arequipa, lugar donde se encuentra internados actualmente y mediante Edictos; bajo apercibimiento de declarase a los acusados Reos Ausentes o Contumaces en caso de inasistencia a la audiencia de Juicio Oral. (En el caso que, se nieguen participar o ser trasladar a la audiencia para que participen en el juicio oral). 3.4.- CUARTO: SE DISPONE notificar a los testigos y peritos con la presente resolución en el día y bajo responsabilidad; bajo apercibimiento de ser conducido por la fuerza pública conforme se ordenó en el Auto de Citación a Juicio Oral; asimismo el

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señor Fiscal, las partes y sus abogados, deben coadyuvar para la comparecencia de sus testigos y peritos el día del inicio del juicio oral; bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas a quien corresponda. 3.5.- QUINTO: SE DISPONE la asistencia obligatoria de los abogados de los acusados al inicio del juicio oral; bajo apercibimiento de excluirse de la defensa técnica en forma inmediata y designarse en la misma audiencia un defensor público a fin que ejerza el derecho de defensa de los acusados; de igual modo en caso de inasistencia injustificada de los abogados Fredy Mamani Callalla, Lena Guadalupe Cori Humire, Tito Vidal Choque Ardiles, Juan Carlos Gallegos Navarro, Victor Fernandez Rodriguez, se les impondrá a cada uno de los abogados una multa de cuatro unidades de referencia procesal y se comunicara a las autoridades pertinentes de la conducta procesal de los abogados de la defensa técnica, a efecto que procedan conforme a sus atribuciones y por último en el caso de inasistencia del señor Fiscal se comunicara a su órgano de control, a fin que proceda conforme a sus atribuciones. 3.6.- SEXTO: SE DISPONE designarse al señor Fredy Mamani Callalla como abogado del acusado Rafael Santos Pachacama García, David Zarate Atajo Fredy Telesforo Maxi Elguera, asimismo se dispone designar a la señorita Lena Guadalupe Cori Humire como abogado del acusado Octavio Almiron Baca. 3.7.- SEPTIMO: SE DISPONE tenerse por notificado a las partes asistentes a la presente audiencia con esta resolución. Tómese Razón y Hágase Saber. (29, 31 Agosto y 01 Septiembre). EDICTO PENAL Expediente N°0181-2016-23-2801-JRPE-01. SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARISCAL NIETO – MOQUEGUA. Resolución N° 11. Estando a la razón expuesta por el señor Especialista de Audiencias, se tiene que el Juez de Paz de Segunda Nominación de Santa Lucía, ha devuelto la cedula de notificación dirigida al imputado Clemente Condori Cabana, ello al no ubicar su domicilio, señalando que el número del domicilio real no existe, solicitando un croquis de ubicación o fotografía del domicilio; siendo ello así, no se tiene la certeza que el imputado Clemente Condori Cabana haya tomado conocimiento de la realización de la presente audiencia, más aún si no ha asistido algún abogado defensor particular que lo represente, por lo que se no se puede tener por instalada la presente audiencia, procede a reprogramarla para el día OCHO DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECISIETE A LAS DIEZ HORAS en la Sala de Audiencias N° 02, quedando notificada en este acto la representante del Ministerio Público; DISPONE la notificación de la parte agraviada inconcurrente en el domicilio precisado en autos, ASIMISMO LA NOTIFICACIÓN DEL IMPUTADO EN EL DOMICILIO PRECISADO EN SU FICHA RENIEC, ADEMÁS DE NOTIFICÁRSELE VÍA EDICTOS; teniendo la audiencia de carácter inaplazable, ORDENA se oficie a la Defensoría Pública de este Distrito Judicial a efecto de que asegure la concurrencia de un abogado defensor público que asesore al imputado en la realización de la referida audiencia.. REGÍSTRESE. Juez: JORGE EDUARDO GARCÍA APAZA. Especialista Legal: Tom Ricardo Palao Villasante.- Moquegua, 28 de Agosto de 2017. (29-31 Agosto y 01 Setiembre)

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Viernes, 1 de setiembre del 2017

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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA UNIDADDEQUEJASEINVESTIGACIONESY VISITASDELAODECMA

"Año del Buen Servicio al Ciudadano"

Moquegua, 14 de Agosto del 2017 La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, de conformidad con el cronograma establecido mediante Resolución Administrativa N° 003-2017-J-ODECMA-CSJMO-PJ del 18 de Enero del 2017, realizara durante el mes de agosto del 2017, la siguiente Visita Judicial Ordinaria: Organo Jurisdiccional Sala Penal de Apelaciones de Moquegua

Fecha Martes 29 de Agosto del 2017

Hora de Inicio 08.00 horas

La Visita Ordinaria programada se realizara en el día y hora indicados. Durante su realización los señores abogados y justiciables podrán formular pedidos y/o quejas concernientes a los magistrados y/o servidores del órgano jurisdiccional visitado, directamente en el local visitado. La labor jurisdiccional del órgano jurisdiccional visitado proseguirá con sus diligencias programadas.

MAXIMO JESUS LOO SEGOVIA JEFE DE LA UNIDAD DESCONCENTRADA DE QUEJAS E INVESTIGACIONES Y VISITAS DE LA ODECMA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA

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Viernes, 1 de setiembre del 2017

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA UNIDAD DE QUEJAS E INVESTIGACIONES Y VISITAS DE LA ODECMA EDICTO Moquegua, 15 de Agosto de 2017

La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Moquegua, de conformidad con el cronograma establecido mediante Resolución Administrativa N° 003-2017-J-ODECMA-CSJMO/PJ, realizara la VISITA JUDICIAL ORDINARIA en el mes de setiembre del año en curso, al órgano jurisdiccional que se detalla a continuación en la siguiente fecha: Organo Jurisdiccional

Día

Hora de inicio

Juzgado de Trabajo de Mariscal Nieto

Viernes 29

08:00

Las Visitas Ordinarias programadas, se realizaran en el día y hora indicados, durante la cual los señores abogados y justiciables, podrán formular sus pedidos y/o quejas, concernientes a los señores Magistrados y personal Jurisdiccional respectivo directamente en el local visitado. La labor jurisdiccional en la referida dependencia, proseguirá con sus diligencias programadas.

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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA UNIDADDEQUEJASEINVESTIGACIONESYVISITASDELAODECMA

EDICTO

Moquegua, 15 de Agosto de 2017

La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Moquegua, de conformidad con el cronograma establecido mediante Resolución Administrativa N° 003-2017-J-ODECMA-CSJMO/PJ, realizara la VISITA JUDICIAL ORDINARIA en el mes de setiembre del año en curso, al órgano jurisdiccional que se detalla a continuación en la siguiente fecha: Órgano Jurisdiccional

Dia

Hora de Inicio

Primer Juzgado de Familia de Mariscal Nieto

Jueves 21

08:00

Las Visitas Ordinarias programadas, se realizaran en el día y hora indicados, durante la cual los señores abogados y justiciables, podrán formular sus pedidos y/o quejas, concernientes a los señores Magistrados y personal Jurisdiccional respectivo directamente en el local visitado. La labor jurisdiccional en la referida dependencia, proseguirá con sus diligencias programadas.

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