Ficha Resumen - Informes de Control Posterior

X. 21552716 MARTIN ANDRES CAYO PERALES. X. X. 21488356 VICTOR PASTOR ARANGO SALCEDO. X. X. 21410660 WALTER JOSE SALAZAR TATAJE.
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Ficha Resumen - Informes de Control Posterior I. Información general de informes de control posterior: N° de informe:

018-2018-2-0406

Título del informe:

EJECUCIÓN DEL PROYECTO MEJORAMIENTO Y RENOVACIÓN DEL COLECTOR PRINCIPAL DE LA AVENIDA SIETE - PARCONA - LOS AQUIJES, PROVINCIA DE ICA ICA

Objetivo de la auditoría:

DETERMINAR SI LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO MEJORAMIENTO Y RENOVACIÓN DEL COLECTOR PRINCIPAL DE LA AV. SIETE, PARCONA, LOS AQUIJES, PROVINCIA DE ICA, ICA, SE REALIZÓ DE CONFORMIDAD A LAS ESTIPULACIONES CONTRACTUALES Y NORMATIVA APLICABLE.

Entidad auditada:

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ICA

Monto auditado:

S/ 7,357,084.46

Monto examinado:

S/ 7,357,084.46

Ubigeo:

Región: ICA

Fecha de emisión de informe:

30/11/2018

Provincia: ICA

Distrito: ICA

Unidad orgánica que emite OCI - MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ICA el informe:

II. Tipo de servicio de control posterior: Item

Tipo de control:

1

Auditoría de Cumplimiento

2

Auditoría Financiera

3

Auditoría de Desempeño

(marcar con "X") X

III. Resultados del servicio de control posterior. 1

Observaciones: 1. Contratación de ejecución de obra sin disponibilidad de terreno dio lugar a ampliaciones de plazo y resolución del contrato, dejándose la obra inconclusa con un saldo de materiales sin utilizar por S/ 866 157,05; asimismo ocasionó reconocimiento de S/ 24 559,61 a favor del Contratista por concepto de mayores gastos generales y utilidades por partidas dejadas de ejecutar, afectándose la eficiencia de la contratación. 2. Gestión municipal no participó en constatación e inventario, ni recibió saldo de materiales no utilizados en obra, ubicados en la I.E. José Toribio Polo, sin adoptarse medidas para su custodia y resguardo, ocasionando un faltante de materiales por S/ 70 165,22 en perjuicio de la entidad y generando riesgo potencial de pérdida o deterioro del material restante.

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Recomendaciones: 1 - Remitir el presente informe con los recaudos y evidencias documentales correspondientes, al Órgano Instructor competente, para fines del inicio del procedimiento sancionador respecto de los servidores y ex servidores comprendidos en las observaciones N° 1 y 2, de acuerdo al Apéndice N° 1 del Informe.

2 - Comunicar al titular de la entidad, que de acuerdo a la competencia legal exclusiva de la Contraloría General de la República, se encuentra impedido de disponer el deslinde de responsabilidad por los mismos hechos a los servidores y ex servidores comprendidos en las observaciones N ° 1 y 2, de acuerdo al Apéndice N° 1 del informe. 3 - Disponer el inicio de las acciones administrativas para el deslinde de responsabilidades de los servidores de la Municipalidad Provincial de Ica comprendidos en las observaciones N° 1 y 2, de acuerdo al Apéndice N° 1 del Informe, teniendo en consideración que su inconducta funcional no se encuentra a la potestad sancionadora de la Contraloría General de la República. 4 - Poner en conocimiento de la Procuraduría Pública encargada de los asuntos judiciales de la Municipalidad Provincial de Ica, el contenido del presente Informe para que inicie las acciones legales respecto a los servidores y ex servidores señalados en las observaciones N ° 1 y 2 de carácter civil, revelados en el informe. 5 - Disponer que la Gerencia de Administración establezca procedimientos definidos para verificar previo a la contratación de la ejecución de una obra, el cumplimiento de los requisitos establecidos por la normativa, entre ellos, el saneamiento o disponibilidad del terreno o terrenos a emplearse, bajo responsabilidad de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Sub Gerencia de Obras Públicas como representantes de la unidad ejecutora, de la Sub Gerencia de Logística e Informática como órgano encargado de las contrataciones, así como de la unidad orgánica que apruebe el expediente de contratación 6 - Disponer que la gestión municipal conjuntamente con la Gerencia de Desarrollo Urbano, evalúe y defina el uso y destino del saldo de materiales, debiendo brindarse las condiciones de almacenamiento y seguridad para evitar su perdida y/o deterioro. 7 - Disponer que la Sub Gerencia de Racionalización y Estadística en coordinación con la Gerencia de Desarrollo Urbano, Sub Gerencia de Obras Públicas y además unidades orgánicas involucradas, actualicen el Manual de Procedimientos (MAPRO) aprobado con Resolución de Alcaldía N° 296-2011-AMPI de 27 de julio de 2011, estableciéndose plazos para el pronunciamiento de las solicitudes de adicionales de obra y ampliaciones de plazo acordes con la normativa vigente; así como el plazo con que cuenta cada unidad orgánica interviniente en dichos trámites. 8 - Disponer que el Gerente de Desarrollo Urbano cautele que al recepcionarse cada obra, el comité de recepción recabe el original del cuaderno de obra, dejándose constancia de ello en el acta respectiva, bajo supervisión y responsabilidad de la Sub Gerencia de Supervisión y Liquidación. 9 - Que los hechos revelados en el Aspecto Relevante de Auditoría N° 6.1 sean puestos a conocimiento de la Gerencia General de la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado S.A., para el deslinde de responsabilidades correspondiente y la adopción de acciones que eviten la ocurrencia de hechos similares. 10 - Que los hechos revelados en el Aspecto Relevante de Auditoría N ° 6.2 sean comunicados a la Secretaría Técnica del órgano a cargo del régimen disciplinario de los procuradores públicos del Sistema de Defensa Jurídica del Estado, para el deslinde de las responsabilidades que correspondan.

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Funcionarios comprendidos en los hechos y presuntas responsabilidades identificadas (Apéndice 1): DNI

Nombres y apellidos

Civil Penal Admin. Adm. ENT Adm. PAS

21544340 WILDER IVAN LESCANO SEGURA

X

X

21521484 JAVIER ARTURO SALCEDO CABEZAS

X

X

22098638 JENNY MONICA ROMUCHO HUAMAN

X

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31032087 JAVIER ESTEBAN VALVERDE TAPIA

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21552716 MARTIN ANDRES CAYO PERALES

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21488356 VICTOR PASTOR ARANGO SALCEDO

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21410660 WALTER JOSE SALAZAR TATAJE

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21465981 GUSTAVO ENRIQUE PONCE FARFAN

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2019-CPO-0406-00001

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