educacion - El Peruano

16 feb. 2016 - arqueológico prehispánico, de acuerdo al plano, área y perímetro que ... se determina la condición cultural como Asentamiento. Prehispánico ...
636KB Größe 4 Downloads 1 vistas
El Peruano / Martes 16 de febrero de 2016

NORMAS LEGALES

Lima de los Registros Públicos, del cumplimiento de las notificaciones correspondientes y del vencimiento del plazo otorgado sin que los titulares registrales hayan presentado las alegaciones correspondientes conforme a ley; Que, mediante Informe Técnico Nº 2430-2015-DSFLDGPA/MC de fecha 7 de octubre de 2015, la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, informa sobre la conclusión del procedimiento de saneamiento físico incluida la búsqueda registral realizada en la SUNARP y notificaciones respectivas en referencia al Monumento Arqueológico Prehispánico Cerro Huarangal, con la clasificación del Sitio Arqueológico ubicado en el distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima, recomendando; Declarar Patrimonio Cultural de la Nación monumento arqueológico prehispánico siguiente: Departamento

Lima

Provincia

Lima

Nombre del Sitio Arqueológico Cerro Huarangal

Distrito

al

Datum WGS 84 Zona 18

UTM Este UTM Norte Carabayllo 281 207.4980 8693168.5330

Aprobar el expediente técnico (plano de delimitación, memoria descriptiva y ficha técnica) del monumento arqueológico prehispánico, de acuerdo al plano, área y perímetro que a continuación se consignan: Nombre del Sitio N° de plano en Datum Área Perímetro Área (m2) Arqueológico WGS 84 (ha) (m) PP-065-MC_DGPC/ Cerro Huarangal 200 009.08 20.0009 1 653.66 DA-2013 WGS84

Que, estando a los Informes Técnicos elaborados por la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, se determina la condición cultural como Asentamiento Prehispánico del Monumento Arqueológico Prehispánico Cerro Huarangal, por ende se advierte la necesidad de aprobar el Expediente Técnico (plano de delimitación, memoria descriptiva y ficha técnica) del Monumento Arqueológico Prehispánico Cerro Huarangal en el distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima; Con el visado del Director General de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, de la Directora (e) de la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, y de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444; Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, Ley N° 28296; Ley de Creación del Ministerio de Cultura, Ley N° 29565; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC; y el Decreto Supremo N° 003-2014MC que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueológicas; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar bien integrante del Patrimonio Cultural de la Nación al Monumento Arqueológico Prehispánico Cerro Huarangal, ubicado en el distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima, con clasificación de Sitio Arqueológico según los datos señalados en el siguiente cuadro: Departamento

Lima

Provincia

Lima

Nombre del Sitio Arqueológico Cerro Huarangal

Distrito

Datum WGS84 Zona 18 UTM Este

Carabayllo 281 207.4980

UTM Norte 8 693 168.5330

Artículo 2º.- Aprobar el expediente técnico (plano delimitación, memoria descriptiva y ficha técnica) del

578153

Monumento Arqueológico Prehispánico Cerro Huarangal, de acuerdo al plano, área y perímetro siguientes: Nombre del Sitio Arqueológico

Nº de Plano en Datum WGS84

Área (m2)

Área (ha)

Perímetro (m)

Cerro Huarangal

PP-065-MC_DGPC/ DA-2013 WGS84

200 009.08

20.0009

1 653.66

Artículo 3.- Encargar a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal del Ministerio de Cultura la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) de ser el caso, de la condición de Patrimonio Cultural de la Nación del monumento arqueológico prehispánico mencionado en el Artículo 1 y los planos señalados en el Artículo 2 de la presente Resolución. Artículo 4°.- Remitir copia certificada de la presente Resolución a la Municipalidad Metropolitana de Lima y a la Municipalidad Distrital de Carabayllo para efectos que el Monumento Arqueológico Prehispánico Cerro Huarangal, sea considerado dentro de los planes de ordenamiento territorial que se desarrollen. Artículo 5°.- Remitir copia certificada de la presente Resolución a los propietarios, al Organismo de Formalización de la Propiedad Informal (COFOPRI), y a la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP). Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN PABLO DE LA PUENTE BRUNKE Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 1345754-1

EDUCACION Autorizan viaje de funcionario del PRONABEC a Cuba, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 003-2016-MINEDU Lima, 15 de febrero de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante comunicación electrónica de fecha 15 de febrero de 2016, el Director General de América del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Perú, expone la necesidad de contar con la participación de un funcionario del sector Educación especializado en becas para que integre la comitiva que acompañará al Señor Presidente de la República en su visita oficial a la ciudad de La Habana, República de Cuba del 16 al 18 de febrero de 2016; Que, en la referida visita se llevarán a cabo reuniones con los representantes del Ministerio de Educación Superior de Cuba, de Cuba Deportes S.A. y del Centro de Referencia Latinoamericano para la Educación Especial – CELAEE; asimismo, se suscribirán convenios para la especialización de profesores de Educación Física, profesores de Educación Especial y otras especialidades; Que, la Jefa de la Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales del Ministerio de Educación, a través del Informe Nº 026-2016-MINEDU/SG-OGCI, señala que resulta relevante la participación del Jefe de la Oficina de Becas Pregrado del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo - PRONABEC en la referida visita; puesto que dichas actividades beneficiarán a profesores y estudiantes del país; Que, por lo expuesto y siendo de interés para el PRONABEC, resulta necesario autorizar el viaje del señor VICTOR CARLOS SALAZAR CONDOR, Jefe de la Oficina de Becas Pregrado del PRONABEC, cuyos gastos de pasajes aéreos y viáticos serán asumidos con cargo al Pliego Presupuestal 010: Ministerio de Educación Unidad Ejecutora: 117;

578154

NORMAS LEGALES

Que, al respecto, el penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, respecto a los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, establece que el requerimiento de excepciones adicionales a las señaladas en los literales del citado numeral, para el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, deberá canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el Diario Oficial El Peruano; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificada por la Ley Nº 26510; en la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar, por excepción, el viaje del señor VICTOR CARLOS SALAZAR CONDOR, Jefe de la Oficina de Becas Pregrado del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo a la ciudad de La Habana, República de Cuba, del 16 al 18 de febrero de 2016, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Articulo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán con cargo al Pliego Presupuestal 010: Ministerio de Educación – Unidad Ejecutora: 117, de acuerdo al siguiente detalle: VICTOR CARLOS SALAZAR CONDOR Pasajes aéreos (incluye TUUA) : US$ 1 493,00 Viáticos : US$ 860,00 (2 días de evento US$ 430.00 x día) Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el funcionario citado en el artículo precedente deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos de ninguna clase o denominación. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ Ministro de Educación 1345818-8

MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Aceptan renuncia de Directora II de la Oficina de Comunicación de la Secretaría General del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL №. 027-2016-MIMP Lima, 15 de febrero de 2016

Martes 16 de febrero de 2016 /

El Peruano

CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial № 033-2015MIMP se designó a la señora Liliana Isabel Carrasco Pérriggo en el cargo de confianza de Directora II de la Oficina de Comunicación de la Secretaría General del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP; Que, la referida funcionaria ha formulado renuncia al citado cargo, la que resulta pertinente aceptar; Con las visaciones de la Secretaría General y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley № 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley № 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo № 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo № 003-2012-MIMP y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia formulada por la señora LILIANA ISABEL CARRASCO PÉRRIGGO al cargo de confianza de Directora II de la Oficina de Comunicación de la Secretaría General del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCELA HUAITA ALEGRE Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1345562-1

Designan Asesora II de la Secretaría General del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 028-2016-MIMP Lima, 15 de febrero de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1098 se aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, organismo del Poder Ejecutivo, rector en las políticas nacionales y sectoriales sobre mujer y promoción y protección de las poblaciones vulnerables, con personería jurídica de derecho público que constituye un pliego presupuestal; Que, se encuentra vacante el cargo de confianza de Asesor/a II de la Secretaría General del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – Plaza Nº 027 del Cuadro para Asignación de Personal del MIMP, en consecuencia es necesario designar a la persona que desempeñará dicho cargo; Con las visaciones de la Secretaría General, de la Oficina General de Recursos Humanos y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594 – Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 1098 – Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora LILIANA ISABEL CARRASCO PÉRRIGGO en el cargo de confianza de Asesora II de la Secretaría General del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCELA HUAITA ALEGRE Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1345562-2