Visto, el Expediente N" 14-098873-001, que contienen

4 sept. 2018 - Administrativa, aprobado por Decreto Supremo W 005-90-PCM, y la ... de la Sede Central del Ministerio de Salud, ocurridas del 1 al 31 de.
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MINISTERIO DE SALUD

Visto, el Expediente N" 14-098873-001, que contienen la solicitud del señor Jua n Alcides ARQUINIGO PAJUELO y el Informe N° 70Q-2015-EIE-OARH/MINSA de fecha 27 de agosto de 2015 , emitido por el Equipo de Ingreso y Escalafón de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, sobre devolución de descuento por inasistencia injustificada; y, CONSID ERA NDO: Que, el Decreto Legislativo N" 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa

y de Remuneraciones del Sector Público; y su Reglamento de la Ley de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo W 005-90-PCM, y la Resolución Ministerial N° 0132-92-SA-P, que aprueba el Reglamento de Control de Asistencia y Permanencia de los Trabajadores del Ministerio de Salud, establecen que las inasistencias justificadas por motivos particulares y las inasistencias injustificadas, están sujetas al descuento equivalente al valor inlegro de la remuneración total correspondiente al tiempo no laborado, en el mes que se produce la falta; Que, mediante Resoluciones Directorales N°s 394, 444 Y 544-2014OGGRH/SA, se autorizó el descuento de haberes por inasistencias y tardanzas, a los trabajadores de la Sede Central del Ministerio de Salud, ocurridas del 1 al 31 de marzo, del 1 al 30 de abril y del 1 al 31 de mayo de 2014, en las cuales se observa que, se ha descontado tres (3) días por inasistencia injustificada a don Juan Al ci des ARQUI NIGO PAJUElO, de la Oficina de Logística de la Oficina General de Administración del Ministerio de Salud; Que, mediante Nota Informativa N° 3353-2014-0L-OGAlMINSA de fecha 3 de octubre de 2014, el Director Ejecutivo de la Oficina de Logística de la Oficina General de Administración del Ministerio de Salud, informa que el servidor nombrado J uan Alcides ARQ UINIGO PAJUElO, solicita se efectué el reintegro del descuento efectuado de los días: 20 de marzo, 11 de abril y 12 de mayo de 2014; asimismo precisa que dicho servidor laboró normalmente los días antes descritos según el Control de Asistencia Interno que adjunta al presente, con copia del Parte Diario de Comisión de Servicio; ).

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Que, el Equipo de Ingreso y Escalafón con Informe W 700-2015-EIEOARH/MINSA de fecha 27 de agosto de 2015 , señala que es factible la em isión del acto resolutivo que autorice se efectué la devolución del monto descontado a don Juan Alcides ARQUINIGO PAJUElO, teniendo en cuenta la justificación expuesta en la Nota Informativa W 3353-2014-0L-OGNMINSA, que los días 20 de marzo, 11 de abril y 12 de mayo de 2014 , laboró normalmente; Con la visación de la Jefa de Equipo (e) de Ingreso y Escalafón y del Ejecutivo Adjunto de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley W 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General; el Decreto Leg islativo W 276 Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo W 005-090-PCM; y la Resolución Ministerial N° 0132-92-SA-P, que aprueba el Reglamento de Control de Asistencia y Permanencia de los Trabajadores del Ministerio de Salud; SE RESUELVE : A rt ículo 1°._ AUTORIZAR, a favor de don Juan Al cides ARQUINIGO PAJUElO , identificado con Documento Nacional de Identidad W 08028394 , Técnico Administrativo 1, Nivel STO, de la Oficina de Logística de la Oficina General de Administración del Ministerio de Salud , la devolución del descuento de haberes por inasistencia injustificada, efectuado en las Planillas Unicas de Pagos de los meses de abril , mayo y junio de 2014 , por la suma de Setenta y 59/100 Nuevos Soles (SI. 70.59), correspondiendo e115% al CAFAEMSA (SI. 10.59) Y el 85% al Sub - Comité de Fondo de Asistencia y Estímulo (SI. 60.00) , por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2°. _ TRANSCRIBIR la presente Resolución al Equipo de Remuneraciones y Pensiones de la Oficina de General de Gestión de Recursos Humanos, CAFAEMSA y Sub CAFAE , para su conocimiento y demás fines. Articulo 3°._ ENCARGAR a la Oficina General de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución Directoral en el Portal Institucional del Ministerio de Salud, en la dirección electrónica: hup ://www.minsa.90b.pe/portada/tran sparenc ialnormas/asp. Artículo 4°._ Notificar la presente Resolución Directoral a don Juan Alcides ARQUINIGO PAJUELO. A OUl

ECH.

Regístrese y comuníquese.