MINISTERIO DE SAL UD
Visto el Expediente N° 15-082029-001, que contiene la solicitud de doña Luz Marilinda PANDURO CARBAJAL y el Informe N° 962-2015-EIE-OARH/MINSA, emitido por el Equipo de Ingreso y Escalafón de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos , sobre licencia sin goce de haber por motivos particulares; CONSIDERANDO: 0
Que, el artículo 109 del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Admin istrativa y de Remuneraciones del Sector Público, establece que la licencia es la autorización para no asistir al centro de trabajo uno o mas días. El uso del derecho de licencia se inicia a pelición de parte y está condicionado a la conformidad institucional. La licencia se formaliza con la resolución correspondiente; Que, el referido Reglamento señala que los funcionarios y servidores tienen derecho a licencia con goce de remuneraciones y sin goce de remuneraciones, en este último caso, el Reglamento Interno de Trabajo del Ministerio de Salud , aprobado por Resolución Directoral W 0076-2006-0GGRH/SA , señala que las licencias sin goce de rem uneraciones serán concedidas, a) Por motivos particulares y b) Por capacitación no oficializada; Que , as imismo el articulo 26° del acotado Reglamento señala que la licencia se inicia a solicitud del servidor o funcionario , la que se derivará a la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos , para la emisión de la resolución autoritat iva correspondiente, previa conformidad del Jefe Inmediato y aprobación del superior jerárqu ico. La presentación de la solicitud no da derecho al goce de la licencia , de modo que si el servidor se ausentara, dicha ausencia se cons:derara como inasistencia injustificada;
J. TRUIJII'.O B.
Que, mediante Memorandum W 1568-2015-DG/DIGESA, de fecha 24 de agoste de 2015 la Directora General de la Dirección General de Sa lud Ambiental del Ministerio de Salud, autoriza y rem ite la solicitud de licencia sin goce de haber por motivos particulares por ochenta y cuatro (84) días a partir del 7 de setiembre al 29 de noviembre de 201 5, formu lada por doña Luz Marilinda PANDURO CARBAJAL, a la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos para que se efectúen las acciones correspo ndientes ;
Que, el Equipo de Ingreso y Escalafón con Informe W 962-2015-EIEOARH/MIN SA de fecha 24 de noviembre de 2015 , opina que cumplidos los requisitos exigidos de acuerdo con la normatividad vigente, resulta procedente emitir la Resolución Directoral de Licencia por asuntos particulares requerido por doña Luz Marilinda PANDURO CARBAJAL, por ochenta y cuatro (84) días a partir del 7 de setiembre al29 de noviembre de 2015; y Que , teniendo en cuenta todo lo antes expuesto , la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos , considera viable aceptar lo solicitado por el recurrente; Con la visación de la Jefa de Equipo (e ) de Ingreso y Esca lafón y del Ejecutivo Adjunto I de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto legislativo W 276 l ey de Bases de la Carrera Adm inistrativa y de Remuneraciones del Sector Público y de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo W 005-090-PCM y el Reglamento Interno de Trabajo del Ministerio de Salud aprobado con Resolución Directoral W 0076-2006-0GGRH/SA; SE RESUELVE: Articulo 1°._ CO NCEDER la Licencia por Asuntos Particulares sin goce de haber, a doña Luz Marilind a PANDURO CARBAJAL, Promotora Social, Nivel SPD , de la Dirección General de Salud Ambiental del Ministerio de Salud por ochenta y cuatro (84) días a partir del 7 de setiembre al 29 de noviembre de 2015. Articulo ~.- El periodo que comprende esta licencia no será considerado para el cómputo de su tiempo de servicios. Articulo 3°._ ENCARGAR a la Oficina General de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución Directoral en el Portal Institucional del Ministerio de Salud en la dirección electrónica : hltp :/twww .minsa.gob.pe/portadaltra nsparencia/norm as/as p. Artículo 4°._ Notificar la presente Resolución Directoral a doña Luz Marilinda PANDURO CARBAJAL y al Equ ipo de Remuneraciones y Pensiones.
-r---,
Reg ístrese y comUll1[¡u........