MINISTERIO DE SALUD • Visto, el Expediente N" 14

4 sept. 2018 - Que, el artículo 15° del Reglamento de la Ley de Modernización de la Seguridad. Social en Salud, aprobado por Decreto Supremo N" ...
251KB Größe 0 Downloads 0 vistas
MINISTERIO DE SALUD



Visto, el Expediente N" 14-031792-001 , que contiene la solicitud de doña Gloria Isabel PRINCIPE RUIZ DE SALLO N y el Informe N° 554-2015-EIE-OARH/MINSA, de fecha 23 de julio de 2015 , emitido por el Equipo de Ingreso y Escalafón de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, sobre licencia por enfermedad ; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 15° del Reglamento de la Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud , aprobado por Decreto Supremo N" 009-97-SA, establece que el derecho a subsidio por cuenta del Seguro Social de Salud , se adquiere a partir del vigésimo primer día de incapacidad. Durante los primeros 20 días de incapacidad, la entidad empleadora conti núa obligada al pago de la remuneración o retribució n. Para tal efecto , se acumulan los días de incapaci dad remunerada durante cada año calendario;

~~~c-

Que, asimismo , el Decreto Leg islativo N° 276 , Ley de Bases de la Carre ra Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento , aprobado por Decreto Supremo N" 005-90-PCM , y en la Resolución Ministeria l N" 0132-92-SA, que aprueba el Reglamento de Control de Asistencia y Permanencia de los Trabajadores del Ministerio de Salud , se establecen las condiciones para el otorgamiento de Licencia por Enfermedad ; Que, mediante Memorándum N" 485-2014-DG-/DIGESA, de fecha 27 de marzo de 2014, la Directora General de la Dirección de General de Sa lud Ambiental del Ministerio de Salud, corre traslado de el Certificado de Incapacidad Temporal para el Trabaj o - CITT N° A-0 01 -000 13482-4, correspondiente a la servidora nom brada Gloria Isabe! PRINCIPE RU IZ DE SALLON , por diez (10) a partir del 13 al 22 de marzo de 201 4, emitido por el Dr. Marcos Antonio DE LA CRUZ TASAYC O - CM P: 44807 - RN E: 241 30 del Hospita l Nacional Edga rdo Rebag liati Martins - EsSalud y solicita se emita el acto resolutivo respectivo; Que, mediante Informe N° 027-2014/M AHR/DIGESA de fecha 17 de marzo de 2014 , obrante en el expediente de la refere ncia , la Unidad de Ap oyo Admin istrativo de la Dirección General de Salud Ambiental , info rma que a la fecha se está subsidiando 10 días por motivos de salud a doña Glo ria Isabel PRINCI PE RU IZ DE SAL LON ; y adjunta el Reporte de Descansos Médicos, que registril veinte (20) días de descansos médicos anteriores a la presente solicitud de licenci a por en ferm edad , entre el 7 de feb rero al 12 de marzo de 2014 ;

Que , mediante Nota Informativa N° 199-2014-SMO-ESST-ODRH/MINSA, de fecha 27 de marzo de 2014, el Servicio Médico Odontológico del Equipo de Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Oficina de Desarrollo de Recursos Humanos de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, opina de manera favorable en relación a la solicitud de licencia por enfermedad , toda vez que de la evaluación del expediente, se ha verificado que la documentación sustenta lo solicitado por la citada servidora; Que, el Equipo de Ingreso y Escalafón con Informe N° 554-2015-EIEOARH/MINSA , de fecha 23 de julio de 2015, emite opinión favorable en relación a la solicitud de la servidora Gloria Isabel PRINCIPE RUIZ DE BALLON , dado que su petición se encuentra amparada en los dispositivos legales acotados en los párrafos precedentes, así como en el Certificado de Incapacidad Temporal para el Trabajo , que acompaña a la solicitud , precisando que la citada licencia por enfermedad debe ser concedida con eficacia anticipada por el periodo indicado en el citado documento; Que , el numeral 17.1 del artículo 17 de la Ley N° 27444 , Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados', y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción ;



Que, en mérito a lo señalado en los considerandos precedentes, resulta pertinente adoptar las acciones de personal, a fin de atender la solicitud formulada por la servidora Gloria Isabel PRINCIPE RUIZ DE BALLON ; Con la visación de la Jefa de Equipo (e) de Ingreso y Escalafón y del Ejecutivo Adjunto I de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos; y,

CI

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 276 , Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo W 005-090-PCM; la Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 009-97SA y la Ley N° 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General ; SE RESUELVE: Artículo 1°._ CONCEDER, con eficacia anticipada licencia por enfermedad con goce de subsidios, a doña Gloria Isabel PRINCIPE RUIZ DE BALLON , Asistente Ejecutivo 1, Nivel STA, de la Dirección General de Salud Ambiental del Ministerio de Salud , por diez (10) días a partir del13 al 22 de marzo de 2014. Artículo 2°._ ENCARGAR a la Oficina General de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución Directoral en el Portal Institucional del Ministerio de Salud , en la dirección electrónica: http://www.minsa.gob.pe/portada/transparencia/normas/asp. Artículo 3°.- Notificar la presente Resolución Directora ! a doña Gloria Isabel PRINCIPE RUIZ DE BALLON y al Equipo de Remuneraciones y Pensiones y a la Oficina de Desarrollo de Recursos Humanos.