MINISTERIO DE SALUD
~. Visto el Expediente N° 14-119792-001 Y el Informe N° 105-2015-EIEOARH/MINSA de fecha 05 de febrero de 2015, del Equipo de Ingreso y Escalaf6n de la Oficina General de Gesti6n de Recursos Humanos, sobre la solicitud de licencia sin goce de haber por asuntos particulares de don Jorge Luis NAUCAPOMA TUAMANA; CONSIDERANDO: Que, el articulo 109 del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, establece que la licencia es la autorizaci6n para no asistir al centro de trabajo uno 0 mas dias. EI uso del derecho de licencia se inicia a petici6n de parte y esta condicionado a la conformidad institucional. La licencia se formaliza con la resoluci6n correspondiente; 0
J. TRU~IILl.O P
Que, el referido Reglamento senala que los funcionarios y servidores tienen derecho a licencia con goce de remuneraciones y sin goce de remuneraciones, en este ultimo caso, el Reglamento Interno de Trabajo del Ministerio de Salud, aprobado par Resoluci6n Directoral N° 0076-2006-0GGRH/SA, senala que las licencias sin goce de remuneraciones seran concedidas, por motivos particulares; Que, asimismo el articulo 26 del acotado Reglamento senala que la licencia se inicia a solicitud del servidor 0 funcionario, la que se derivara a la Oficina General de Gesti6n de Recursos Humanos, para la emisi6n de la resoluci6n autoritativa correspondiente, previa conformidad del Jefe Inmediato y aprobaci6n del superior jerarquico. La presentaci6n de la solicitud no da derecho al goce de la licencia, de modo que si el servidor se ausentara, dicha ausencia se considerara como inasistencia injustificada; 0
Que, mediante Documento sin de fecha 12 de noviembre de 2014, don Jorge Luis NAUCAPOMA TUAMANA, solicita licencia sin goce de haber por motivos particulares por el periodo de noventa (90) dias a partir del 17 de noviembre del 2014; Que, mediante Memorandum N° 1956-2014-DG/DIGESA, de fecha 17 de noviembre del 2014, la Directora General de la Direcci6n General de Salud Ambiental,
autoriza la solicitud de licencia sin goce de haber por asuntos particulares por el periodo de noventa (90) dias a partir del 17 de noviembre del 2014 al 14 de febrero del 2015, formulada por don Jorge Luis NAUCAPOMA TUAMANA, Asistente Profesionall, Nivel SPF, de la Direccion General de Salud Ambiental del Ministerio de Salud, remitiendo a la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos para las acciones administrativas correspond ientes; Que, el Equipo de Ingreso y Escalafon con Informe W 105-2015-EIEOARH/MINSA de fecha 5 de febrero del 2015, opina de manera favorable respecto a la solicitud de licencia por asuntos particulares, formulada por don Jorge Luis NAUCAPOMA TUAMANA, toda vez que cuenta con la aprobacion de Directora General de la Direccion General de Salud Ambiental; Que, el numeral 17.1 del articulo 17° de la Ley ND27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que la autoridad podra disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emision, solo si fuera mas favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales 0 intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativ~ para su adopcion; y Con la visacion de la Jefa (e) del Equipo de Ingreso y Escalafon y del Ejecutivo Adjunto de la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos; De conformidad con 10 dispuesto en el Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM, Y el Reglamento Interno de Trabajo del Ministerio de SaIud aprobado con Resolucion Directoral N° 0076-2006-0GGRH/SA; SE RESUELVE: Articulo 1°._ CONCEDER con eficacia anticipada, Licencia por Asuntos Particulares sin goce de haber, a don Jorge Luis NAUCAPOMA TUAMANA, Asistente Profesionall, Nivel SPF, de la Direccion General de Salud Ambiental, por noventa (90) dias del 17 de noviembre del 2014 al 14 de febrero del 2015. Articulo 2°._ EI periodo que comprende esta Licencia no sera considerado para el computo de su tiempo de servicios. Articulo 3°._ ENCARGAR a la Oficina General de Comunicaciones la publicacion de la presente Resolucion Directoral en el Portal Institucional del Ministerio de Salud en la direccion electronica: http://www.minsa.gob.pe/portada/transparencia/normas/asp. 1\1aUISPE
CH.
Articulo 4°._ Notificar la presente Resolucion Directoral a don Jorge Luis NAUCAPOMA TUAMANA Y al Equipo de Remuneraciones y Pensiones.
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