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7 may. 2019 - CION DE GARANTÍAS, por orden del señor Juez del Octavo. Juzgado Civil Sub Especializado en lo Comercial de Chiclayo. - Lambayeque ...
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2 Chiclayo, martes 7 de mayo del 2019

PRECIO POR PALABRA: 0.030 INCLUDO IGV

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE MG. OSCAR MANUEL BURGA ZAMORA

PRECIO POR PALABRA: 0.030 INCLUDO IGV

Chiclayo, martes 7 de mayo del 2019

1. REMATE JUDICIAL PRIMER REMATE JUDICIAL (01044-2014-0-1706-JR-CO-08) En los seguidos por BBVA BANCO CONTINENTAL contra NADIA CAROLINA BARDALES AGURTO sobre EJECUCION DE GARANTÍAS, por orden del señor Juez del Octavo Juzgado Civil Sub Especializado en lo Comercial de Chiclayo - Lambayeque, que despacha el Dr. Sandro Ornar Aguilar Gaitán, Especialista Legal Dra. Betty Varias Céspedes, han dispuesto mediante resolución N° 24 de fecha 13/11/2018, sacar a Remate Público, en PRIMERA CONVOCATORIA, sobre el bien inmueble dado en garantía, ubicado en el Pueblo Joven “Vista Hermosa”, Mz. D, Lote 12, Distrito de Chiclayo, Provincia de Chiclayo; Región de Lambayeque, inmueble cuyo dominio, área, linderos, medidas perimétricas corren inscrito en la Partida Registral N° P10080049, del registro de predios de la oficina Registral N° II sede Chiclayo, (con área de 126.60M2); remate que será efectuado por el Martillero Público Lenin Eduardo Chávez Ydrugo con Reg. N° 165, designado en autos. VALOR DE TASACIÓN: US$ 81,823.99 (Ochenta y un mil ochocientos veintitrés con 99/100 Dólares Americanos) BASE DE REMATE:US$ 54,549.33 (Cincuenta y cuatro mil quinientos cuarenta y nueve con 33/100 Dólares Americanos), que son las dos terceras partes de la tasación, por ser la primera convocatoria. GRAVÁMENES Y CARGAS: 1.- Constitución de Hipoteca, La propietaria del inmueble inscrito en la presente Partida en calidad de deudor, constituye hipoteca a favor de la BBVA Banco Continental, hasta por la suma de US$ 75,000.00 dólares americanos, así y más consta en la escritura pública N° 317 de fecha 25/02/2013, otorgada ante Notario Público Jaime Cárdenas Fonseca en la Ciudad de Chiclayo, asiento 00009. 2.- Hipoteca legal, de conformidad con lo establecido en el Art 1119° del Código Civil, se procede a inscribir de oficio, Hipoteca legal a favor de Nadia Carolina Bardales Agurto hasta por la suma de S/. 100,000.00 (Cien mil nuevos soles), para garantizar el saldo del precio de la compra venta inscrita en el asiento 00010 de la presente partida; así consta de la Escritura Publica N° 1761 de fecha 31/03/2015, otorgada ante Notario Público de la ciudad de Chiclayo Dr. Domingo E. Dávila Fernández, asiento 00011. DIA Y HORA DEL REMATE: 22 de Mayo del 2019 a las 10:00 horas del día LUGAR DEL REMATE: En La Sala de Remates sito en la calle San José N°1070, 2- Piso, distrito y provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque. LOS POSTORES: Solo se admitirá como postor a quien antes del remate haya depositado en efectivo o en Cheque de Gerencia, girado a su nombre, una cantidad no menor al 10% del valor de la tasación, esto es (US$ 8,182.39 dólares americanos), asimismo presentarán la tasa judicial correspondiente, en original y copia del arancel, suscribiendo el número del expediente y generales de ley, adjuntando la tasa judicial en original y copia de la misma en la que se consignará a este Juzgado, número de Expediente y número de DNI. (VALIDACIÓN: TODO PARTICIPANTE EN REMATE DEBE VALIDAR PREVIAMENTE EL ARANCEL POR “PARTICIPACIÓN DE REMATE: OFIC. REPEJ - REMAP) los honorarios del Martillero Público serán a cargo del adjudicatario según (D. S.-008-2005- JUS) teléfono RPM #947413142. Lenin Eduardo Chávez Ydrugo Martillero Público Reg. N° 165 Dra. Betty del Socorro Varias Céspedes Especialista Legal Octavo Juzgado Civil – Comercial P: 7443660 F: 8154 FP: 6.7.8.9.10.13 S/. 108.00

Telf: 481030 - 239182

SEGUNDO REMATE JUDICIAL EXP. N° 00894 -2015 (Corte Superior de Justicia de Lambayeque) en los seguidos por BBVA BANCO CONTINENTAL, contra FLORES POMACHARI MIGUEL ANGEL, sobre EJECUCION DE GARANTIAS, Exp. 00894-2015, por orden del Señor Juez del Octavo Juzgado Civil Comercial de Chiclayo, que despacha el Señor Juez Dr. SANDRO OMAR AGUILAR GAITAN, Especialista Legal Dra. Yessenia Gordillo Carbonel, ha dispuesto a sacar a Remate Público en SEGUNDA CONVOCATORIA el bien inmueble constituido por el Sub-Lote 07-02, que forma parte del Sub-Lote 7, Distrito de Pimentel , Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque, cuyo dominio, área, linderos y demás medidas perimétricas obran inscritas en la partida Registral N° 1106621 7, del Registro de la Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° II Sede Chiclayo. -VALOR DE TASACIÓN: US $ 122,306.10 (CIENTO VEINTIDOS MIL TRESCIENTOS SEIS CON 10/100 DOLARES AMERICANOS). BASE DE REMATE: US $ 69,306.79 (OCHENTA Y UN MIL QUIENTOS TREINTA Y SIETE CON 40/100 DOLARES AMERICANOS), que son las dos terceras partes de la tasación menos el 15% CARGAS Y GRAVÁMENES: A) CONSTITUCION DE HIPOTECA. El propietario Miguel Ángel Pomachari, soltero con Documento de identidad N° 16650818 ha constituido

primera y preferencial hipoteca, sobre el inmueble inscrito en la presente Partida, a favor del BANCO CONTINENTAL la entidad ejecutante hasta por la suma de U$ 115,000.00, dólares americanos, a fin de garantizar el préstamo de US $ 80,500.00 dólares americanos la misma que se encuentra inscrita en el Asiento D00003 de la partida 1106621 7. Chiclayo 06 de marzo de 2014. DIA Y HORA DEL REMATE: 24 DE MAYO DEL 2019 a las 12:00 horas. LUGAR DE REMATE: En el Local de la sala de Remates ubicado en CALLE SAN JOSE 1052 - SEGUNDO PISO, Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque. POSTORES: Solo se admitirá como postor a quien antes del remate haya validado el arancel en sala de remates oficina Repej, depositar en efectivo o en Cheque de Gerencia, girado a su nombre, una cantidad no menor al 10% del valor de la tasación, presentarán la tasa judicial correspondiente, en original y copia del arancel, suscribiendo el Número del expediente y generales de ley, adjuntando además, copia de su DNI, Los honorarios del Martillero Público serán a cargo del adjudicatario según (D.S. 008-2005-JUS) de conformidad con el artículo 732° del Código Procesal Civil y están afectos al IGV. Rosa Francisca Díaz García Martillero Público Reg. Racional N° 168. Rosa Francisca Diaz Garcia Martillero Público Reg. N° 168 Yessenia Milagros Gordillo Carbonel Secretaria Judicial Octavo Juzgado Especializado Civil P: 7443141 F: 8153 FP: 6.7.8. S/. 53.00

PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE JUDICIAL EXP. N° 01047-2014 En los seguidos por BBVA BANCO CONTINENTAL contra HONG KONG MOTORS EIRL. Y CRUZADO BALCAZAR HEBER sobre EJECUCION DE GARANTIAS por orden del señor Juez del 08°Juzgado Civil Comercial de Chiclayo, que despacha la Dr. Sandro Omar Aguilar Gaitan, Especialista Legal Dr. Fabrizio Carbajal Bravo, ha dispuesto sacar a Remate Público en PRIMERA CONVOCATORIA el bien inmueble dado en garantía hipotecaria, consistente en la Manzana 36, Lote 16, del Programa Municipal de Vivienda Urbanización José Leonardo Ortiz - San Carlos, Distrito de José Leonardo Ortiz, Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque, cuya área, linderos, medidas perimétricas y dominio se encuentran inscritos en la Partida Numero P10097530, del Registro de Propiedad Inmueble (Registro de Predios) de la Zona Registral N° II - Sede Chiclayo, remate que será efectuado por la señora Martillero Público JUDITH MARLENI CHAVEZ COTRINA con Reg. N° 169 designado en autos. VALOR DE TASACIÓN: US$. 380,081.31 (Trescientos Ochenta Mil Ochenta y Uno con 31/100 Dólares Americanos). BASE DE REMATE: US$. 253,387.54 (Doscientos Cincuenta y Tres Mil Trescientos Ochenta y Siete con 54/100 Dólares Americanos); que son las dos terceras partes de la tasación. -GRAVÁMENES: 1) INSCRIPCIÓN DE HIPOTECA: El propietario del inmueble inscrito en la presente partida, en calidad de Garante, constituye hipoteca a favor del BANCO CONTINENTAL, debidamente representado, hasta por la suma de US$ 291.000.00 Dólares Americanos a fin de garantizar un préstamo por la suma de S/. 700,000.00 N.S. Adicionalmente se garantiza el pago de las siguientes obligaciones que la deudora mantiene o pudiera mantener frente al acreedor, sin reserva ni limitación alguna, por concepto de líneas de crédito, descuento de letras, factoring, leasing, lease back, créditos comerciales, pagares descontados y no descontados, financiamientos de importaciones y exportaciones, adelanto de cuenta especial ME/ MN, adelanto de cuenta corriente ME/MN, cartas fianzas, avales , forwards, contilocal, préstamo promotor, préstamo CTS,RFA,FOPE, PRIVID, SWAPS, compra de cheques, financiamiento de advance account, letras avaladas ( comercio exterior), confirming, apertura de créditos documentados de importación y exportación, tarjetas de crédito, créditos personales y de consumo, créditos mi vivienda, re financiamientos, créditos hipotecarios, stand by letter of credit, sobregiros, limite de créditos en cuenta corriente, avance en cuenta, confort letter, forfaiting, créditos sindicados, así como refinanciamientos o restructuraciones de obligaciones asumidas por la deudora en las que tuviera la condición de deudora, aceptante, endosante a favor del acreedor por terceros o adquiridas por el acreedor a terceros bajo cualquier título. Igualmente garantiza toda deuda u obligación de la deudora a favor del acreedor por intereses compensatorios y moratorios y las penalidades, comisiones, gastos, seguros e impuestos que fueran procedentes de conformidad con el art. 1107 del Código Civil; garantizando en las mismas condiciones cualquier renovación, restructuración o refinanciación de las obligaciones garantizadas. Así y más consta en la Escritura Publica N° 753 de fecha 23/02/2012 otorgada ante Notario Público Carlos caballero Burgos en la ciudad de Chiclayo. Asiento 00014. 2) MODIFICACIÓN DE HIPOTECA: AMPLIACIÓN DE HIPOTECA, la hipoteca inscrita en el Asiento 00014 de la presente Parida, hasta por el monto de US$ 291,000.00 Dólares Americanos a favor del BBVA BANCO CONTINENTAL; SE AMPLIA por conveniencia de las partes, hasta por un monto de US$ 520,000.00 Dólares Americanos, siendo este el monto actual del gravamen, dicha ampliación de hipoteca garantiza el préstamo comercial

Chiclayo, martes 7 de mayo del 2019

PRECIO POR PALABRA: 0.030 INCLUDO IGV

por S/. 300,000.00 Nuevos Soles, así como toda la deuda u obligación del deudor a favor del acreedor por intereses compensatorios y moratorios y las comisiones, penalidades, gastos, seguros e impuestos que fueran precedentes, aun cuando por estos conceptos la responsabilidad del deudor excediera al valor de gravamen, así mismo se garantizan las siguientes obligaciones que el deudor mantiene o pudiera mantener sin reserva ni limitación alguna, por concepto de líneas de crédito, descuento de letras , factoring, leasing, lease back, créditos comerciales, pagares descontados y no descontados, financiamientos de importaciones y exportaciones, adelanto de cuenta especial ME/ MN, adelanto de cuenta corriente ME/ MN, cartas fianzas, avales , forwards, contilocal, préstamo promotor, préstamo CTS,RFA,FOPE, PRIVID, SWAPS, compra de cheques, financiamiento de advance account, letras avaladas ( comercio exterior), confirming, apertura de créditos documentados de importación y exportación, tarjetas de crédito, créditos personales y de consumo, créditos mi vivienda, refinanciamientos, créditos hipotecarios, stand by letter of credit, sobregiros, límite de créditos en cuenta corriente, avance en cuenta, confort letter, forfaiting, créditos sindicados, así como refinanciamientos o restructuraciones de obligaciones asumidas por la deudora en las que tuviera la condición de deudora, aceptante, endosante a favor del acreedor por terceros o adquiridas por el acreedor a terceros bajo cualquier título. Igualmente garantiza toda deuda u obligación de la deudora a favor del acreedor por intereses compensatorios y moratorios y las penalidades, comisiones, gastos, seguros e impuestos que fueran procedentes de conformidad con el art. 1107 del Código Civil; garantizando en las mismas condiciones cualquier renovación, restructuración o refinanciación de la obligación garantizada. Así y más consta en la Escritura Publica N° 848 de fecha 31/05/2013 otorgada ante Notario Público Jaime Cárdenas Fonseca, en la ciudad de Chiclayo. Asiento 00016. 3) EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION: Mediante Resolución N° UNO de fecha 22/12/2015, expedida por el Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado Civil de Chiclayo Juan F. García Mayorga, y secretario judicial Víctor M. Arbulú Norabuena sobre MEDIDA CAUTELAR FUERA DEL PROCESO en los seguidos por CAJA DE AHORRO Y CRÉDITO SIPAN S.A. se ha RESUELTO: TRABAR EMBARGO EN FOEMA DE INSCRIPCIÓN hasta por la suma de S/.26,000.00 (VEINTISEIS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES), sobre las acciones y derechos que le corresponden a TELMO CRUZADO BALCAZAR. Sobre el inmueble inscrito en la presente partida. Así consta en las partes judiciales debidamente certificadas por especialista legal Víctor M. Arbulú Norabuena, remitidos mediante en Oficio N° 3678-2015- 14-1JPLC-CH. De fecha 21/01/2016 DIA Y HORA DEL REMATE: 24 de Mayo del 2019 a las 11.00 horas. LUGAR DE REMATE’: En la Sala de Remates ubicada en la calle San José N° 1052, Segundo Piso, Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque. LOS POSTORES: Solo se admitirá como postor a quien antes del remate haya depositado en efectivo o en Cheque de Gerencia, girado a su nombre, una cantidad no menor al 10% del valor de la tasación, suma que será devuelta a los postores no beneficiados, asimismo presentarán la tasa judicial correspondiente, en original y copia del arancel, suscribiendo el número del expediente y generales de ley, adjuntando además, copia de su DNI, en caso de personas jurídicas presentaran copia del RUC y poderes correspondientes. Los honorarios del Martillero Público serán a cargo del adjudicatario según (D.S-008-2005-JUS) de conformidad con el artículo 732° del Código Procesal Civil y están afectos al IGV Judith Marleni Chavez Contrina Abogado Martillero Público a Nivel Nacional Reg. N° 169 Carlos Fabrizio Carbajal Bravo Secretario Judicial Octavo Juzgado Civil Comercial P:7442367 F: 8152 FP: 6.7.8.9.10.13 S. 245.00

REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA En el Exp. Nº 447-2017, proceso sobre ejecución de garantías reales seguido por SCOTIABANK PERÚ S.A.A. en contra de TULIO ANTONIO MINERVO TOCHE MARTINEZ, el señor Juez del Octavo Juzgado Civil con Sub Especialidad Comercial de Chiclayo Dr. Sandro Omar Aguilar Gaitán, interviniendo la Especialista Legal Dra. Yessenia Gordillo Carbonel, ha dispuesto se saque a remate público en PRIMERA CONVOCATORIA el inmueble ubicado en el Lote 11, Manzana “A” de la Urbanización Nuestra Señora de la Paz, Distrito y Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque; inscrito en la partida electrónica N° 11220423 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral Nº II – sede Chiclayo. PRECIO BASE: US$ 45,361.44 (CUARENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y UNO CON 44/100 DÓLARES AMERICANOS). TASACIÓN COMERCIAL: US$ 68,042.16 (SESENTA Y OCHO MIL CUARENTA Y DOS CON 16/100 DÓLARES AMERICANOS). La base corresponde a las 2/3 partes del valor de tasación. GRAVÁMENES: HIPOTECA constituida a favor del ejecutante hasta por la suma de S/ 209,787.57 obrando la inscripción correspondiente a ésta garantía en el asiento D00002 de la indicada partida electrónica N° 11220423. DÍA Y HORA DEL REMATE: 15-05-2019 a horas 10:00 a.m. LUGAR DEL REMATE: En la sala de remates ubicada en calle San José Nº 1052 – 1070, segundo piso (sede antigua de la Corte Superior de Justicia), Distrito y Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque. LOS POSTORES: Deberán oblar en efectivo o en cheque de gerencia girado a su nombre (el cheque debe ser NEGOCIABLE) el 10% del valor de la tasación. POR RAZONES LEGALES Y DE SEGURIDAD SE EXHORTA A LOS POSTORES A REALIZAR EL OBLAJE CON CHEQUE DE GERENCIA. Igualmente los postores deberán presentar el arancel por derecho de participación en remate judicial de bien inmueble. Los postores en forma anticipada deberán VALIDAR dicho arancel de participación ante la oficina de REPEJ-REMAP (sito también en calle San José Nº 1052 – 1070, 2do. piso – Distrito de Chiclayo). Los postores además deberán presentarse con su DNI (original y copia) y sea el caso, con los documentos que sustenten su representación legal. PAGO DE HONORARIOS: El adjudicatario a la firma

del acta de remate deberá cancelar la comisión del Martillero Público de conformidad con el artículo 18 del D.S. Nº 0082005-JUS. Consultas cel: 949307024 Jorge Luis Ñaupa Contreras Abogado Martillero Público Reg. Prof. 251 Yessenia Milagros Gordillo Carbonel Secretaria Judicial Octavo Juzgado Especializado Civil Comercial P: 7429388 F: 7010-8121 FP: 30.2.3.6.7.8 S/.82.00

PRIMERA REMATE JUDICIAL – CHICLAYO LAMBAYEQUE En los seguidos por SERVICIOS COBRANZAS E INVERSIONES S.A.C. con MARRUFO TARRILLO Jose Joel y VASQUEZ LLAJA Gisela Karina; sobre Ejecución de Garantías Reales, Expediente Nº 00802-2014-0-1706-JRCO-08, por orden del Octavo Juzgado Civil- Comercial de Lambayeque, a cargo de la Señor Magistrado SANDRO OMAR AGUILAR GAITAN, Especialista Legal Betty del Socorro VARIAS CESPEDES, el suscrito Martillero Público rematará en Primera convocatoria, el inmueble ubicado en Asentamiento Humano Primero de Junio Mz B, Lt 1, Distrito La Victoria, Provincia Chiclayo, Departamento Lambayeque con número de partida P10163816 de la Zona Registral N° II sede Chiclayo. VALOR DE TASACION: US$ 68,436.16 (SESENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y SEIS CON 16/100 DÓLARES AMERICANOS). PRECIO BASE: US$ 45,624.11 (CUARENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS VEINTICUATRO CON 11/100 DÓLARES AMERICANOS), que son las dos terceras partes del precio de la tasación. GRAVÁMENES Y CARGAS: Asiento 00004- INSCRIPCIÓN DE HIPOTECA - El propietario del inmueble inscrito en esta partida constituye hipoteca a favor del SCOTIABANK PERU SAA, hasta por la suma de S/. 199,476.54 Soles. El título fue presentado el 19/08/2013. Asiento 00005 INSCRIPCIÓN DE EMBARGO expedida por el Primer Juez de Paz Letrado de Chiclayo Dr. Wilberto NAVARRO NARANJO y secretaria Judicial Martha USQUIANO MARQUEZ se concede medida cautelar de embargo en forma de inscripción, a favor de BANCO PICHINCHA, hasta por la suma de S/. 30,000.00 Soles. El titulo fue presentado el 23-10-14. Asiento 00006 INSCRIPCIÓN DE EMBARGO expedida por el Juez del Octavo Juzgado Civil de Chiclayo Dr. Sandro OMAR AGUILAR GAITAN y secretaria Judicial Betty del Socorro VARIAS CESPEDES se concede medida cautelar de embargo en forma de inscripción, a favor de SCOTIABANK PERU SAA, hasta por la suma de S/. 125,000.00 Soles. El titulo fue presentado el 20-01-16. DIA DEL REMATE: 30 de MAYO del 2019. HORA: 03:50 PM. LUGAR: En la Sala de remates de la Corte Superior de Lambayeque, sito en la calle San José N°1070, segundo piso, Chiclayo. POSTORES: Oblarán el 10% (US $ 6,843.61) del Valor de Tasación en efectivo o cheque de gerencia. Adjuntar tasa judicial (CODIGO: 07153) (IMPORTE: S/. 630.00 Soles) por derecho de participación en el remate, consignar número del expediente con copia del arancel, DNI y generales de ley. COMISION DEL MARTILLERO: Corre por cuenta del comprador, y se cancela a la firma del Acta de adjudicación. De acuerdo a la escala de comisiones determinado en el Art. 18 del DECRETO SUPREMO Nº 008 -2005 –JUS y están afectos al IGV. INFORMES: TEL. 01-4222359 / RPM: #949-063-616/ www.martillerocorrea.es.tl Orlando Correa Guerrero Abogado Martillero Público Reg. N° 193 Dra. Betty del Socorro Varias Céspedes Especialista Legal Octavo Juzgado Civil - Comercial P: 7430105 F:8122 FP: 30.2.3.6.7.8 S/. 98.00

PRIMER REMATE PÚBLICO En autos sobre Ejecución de Garantías, seguido por SCOTIABANK PERU S.A.A., en contra de TRANSPORTE Y OPERADOR LOGISTICO FLORES S.A.C., y JOSE ENRIQUE FLORES GUEVARA, actuando como Tercero Acreedor No Ejecutante BANCO DE CREDITO DEL PERU. El Octavo Juzgado Civil - Comercial de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, a cargo del Señor Juez Sandro Omar Aguilar Gaitán, y como Especialista Legal Yessenia Milagros Gordillo Carbonel, según lo ordenado en el Expediente N° 00911-2013-0-1706-JR-CO-08, dispuso la Subasta Pública del bien inmueble con la siguiente descripción: POSESION INFORMAL URBANIZACION URRUNAGA, MZ. 27, LOTE 3A, SECTOR 1° SECTOR; en el distrito de JOSE LEONARDO ORTIZ, provincia de CHICLAYO, departamento de LAMBAYEQUE, cuyas características y afectaciones están inscritas en la Partida P10108506 del Registro de Predios de la Zona Registral N° II Sede - Chiclayo. VALOR DE TASACIÓN.- US$. 59,458.00 (Cincuenta y nueve mil cuatrocientos cincuenta y ocho con 00/100 Dólares Americanos). BASE DEL REMATE EN PRIMERA CONVOCATORIA.- US$. 39,638.66 (Treinta y nueve mil seiscientos treinta y ocho con 66/100 Dólares Americanos), equivalente a 2/3 del valor de tasación. DÍA y HORA.- MIÉRCOLES 15 DE MAYO DEL 2019, A LAS 12:00 M. LUGAR.- SALA DE REMATES, sito en Calle San José N° 1070, 2.° Piso (Sede Antigua); en el distrito y provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque. AFECTACIONES.- AS. 00010: CARGA TECNICA.- Constituyente: FLORES GUEVARA, BEATRIZ - SOLTERA DNI 16790203, Conforme al artículo 76° del Reglamento del Registro de Predios y artículos 13 y 32 del D.S. 008-2000-MTC, por cuanto el Informe Técnico de Verificación que dio mérito para extender la Fábrica inscrita en el asiento que antecede contiene observaciones al NO CUMPLIR CON EL 30% DEL AREA LIBRE según el Certificado de Parámetros Urbanísticos. AS. 00015: HIPOTECA.- A favor de SCOTIABANK PERU SAA, hasta por $. 35,073.71 Dólares Americanos. AS.

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00016: EMBARGO.- A favor de CAJA RURAL DE AHORRO Y CREDITO SEÑOR DE LUREN, hasta por S/ 5,445.05 Soles. AS. 00017: EMBARGO.- A favor de BANCO DE CREDITO DEL PERU, hasta por S/ 130,000.00 Soles. AS. 00018: EMBARGO.- A favor de BANCO DE CREDITO DEL PERU, hasta por S/ 120,000.00 Soles. POSTORES.- Presentarán: A) Original de su Documento de Identidad y/o RUC, si corresponde, con documentos de representación. B) Arancel por participación en remate judicial de bienes inmuebles (Banco de la Nación), indicando el número del Documento de Identidad o RUC según postor, el Juzgado y el número de Expediente. C) Monto no menor al 10% del valor de tasación (US$. 5,945.80 Dólares Americanos), en efectivo o Cheque de Gerencia girado a su nombre, que será devuelto a los no beneficiados. Antes de participar en el Remate, el postor deberá validar el arancel por “Participación en Remate”, en la Oficina REPEJ - REMAP. El Adjudicatario cancelará los Honorarios del Martillero al concluir la diligencia, según D.S. N° 008-2005-JUS. El remate será efectuado por Jairzinho Jorge Arturo Arce Almirón, Martillero Público con Registro N° 347. Informes al 995904045. Chiclayo, 29 de marzo, 2019. Jairzinho Arce Almirón Martillero Público Reg. N.° 347 Yessenia Milagros Gordillo Carbonel Secretaria Judicial Octavo Juzgado Especializado Civil - Comercial P: 7431235 FP: 30.2.3.6.7.8 S/. 117.00

PRIMER REMATE JUDICIAL. Exp. 00881-2014-0-1706-JR-CO-08, en los seguidos por BANCO DE CREDITO DEL PERU contra EUFEMIA ROJAS MIO, sobre EJECUCION DE GARANTIAS. El 08° Juzgado Civil - Comercial de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque que Despacha el Sr. Juez Dr. SANDRO OMAR AGUILAR GAITAN, con intervención de la Secretaria Judicial Dra. BETTY VARIAS CESAPEDES; ha dispuesto sacar a remate en PRIMERA CONVOCATORIA el siguiente Bien Inmueble: UBICACION: Constituido por el Inmueble, ubicado en Pasaje Alfonso Ugarte N° 166, Manzana Q, Lote 8, Pueblo Joven José Santos Chocano, Distrito de José L. Ortiz, Provincia de Chiclayo y Departamento de Lambayeque, con un área total de 133.3400 m2, inscrito en la Partida Electrónica N° P10004746, del Registro de Predios de la Zona Registral N° II - Sede Chiclayo TASACIÓN: En la suma de US$ 21,360.90 (VEINTIUN MIL TRESCIENTOS SESENTA Y 90/100 DOLARES AMERICANOS). PRECIO BASE: Siendo su precio base las dos terceras partes del valor de la tasación, la misma que asciende a la suma de US$ 14,240.60 (CATORCE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y 60/100 DOLARES AMERICANOS). DIA Y HORA DE REMATE: miércoles 06 de Junio del 2019 a horas diez de la mañana (10:00 AM). LUGAR DEL REMATE: Local del 08° Juzgado Civil - Comercial, sito en Calle 7 de Enero N° 841, Distrito de Chiclayo, Provincia de Chiclayo y Departamento de CARGAS Y GRAVAMENES: HIPOTECA: (Inscrita en el Asiento 00009 de la Partida N° P10004746). Hasta por la suma de US$ 20,832.84 Dólares Americanos a favor del BANCO DE CREDITO DEL PERU. Así consta de la ESCRITURA PUBLICA N° 552 del 07/02/2013 otorgada ante ANTONIO VERA MENDEZ, en la ciudad de CHICLAYO. INSCRIPCION DE DEMANDA: (Inscrita en el Asiento 00010 de la Partida N° P10004746). Mediante Resolución N° 02 de fecha 24/03/2014, el Juez del 01° Juzgado civil de Chiclayo Dra. Clara Narcisa Odar Puse y Secretario Judicial el Dr. Tito U. Bazán Vergara. Se resuelve: Admitir a trámite la demanda de medida cautelar de Anotación de Demanda, interpuesta por FELIX NIZAMA SOSA contra MARTIN NIZAMA SOSA; en consecuencia, se anota la Demanda admitida mediante Resolución N° 02 de fecha 22/01/2014, sobre las partes judiciales, debidamente certificados por secretaría judicial Tito U Bazán Vergara, remitidos mediante oficio N° 2013-5403-95-1706-JR-CI-PECCH- TBV de fecha 22/05/2014. INSCRIPCION DE DEMANDA: (Inscrita en el Asiento 00011 de la Partida N° P10004746). Mediante Resolución N° 05 de fecha 05/10/2017, el Juez del 05° Juzgado civil de Chiclayo Dra. Lourdes Cristina Quiroz Vigil y Secretario Judicial el Dra. Karim Sánchez Mendoza. Expediente 007762017-21-1706-JR-CI-05 Se resuelve: Admitir a trámite la demanda de medida cautelar de Anotación de Demanda, interpuesta por NIZAMA SOSA MARIA LEONOR contra Rojas Mío Eufemia, Banco de Crédito del Perú y Nizama Sosa Martín; se ha Resuelto: Trabar medida cautelar de ANOTACION DE DEMANDA sobre el predio que corre inscrito en esta partida en propiedad de EUFEMIA ROJAS MIO. Así consta en la parte Judicial debidamente certificado con fecha 27/11/2017, por la especialista legal KARIM SANCHEZ MENDOZA, en mismo que se adjunta el oficio N° 776-2017-21 -JR-CI-5, suscrito el 27/11/2017, por la Juez Dra. LUORDES QUIROZ VIGIL del 05° Juzgado Civil de Chiclayo. POSTORES: Presentarán en Efectivo o en Cheque de Gerencia girado a su nombre el 10% del valor de la tasación sin sello de no negociable, D.N.I. original y adjuntar la Tasa Judicial correspondiente a la orden del Juzgado, debiendo consignarse en la misma el número de expediente, monto, el acto procesal a realizar y el número de documento de identidad del postor; con la firma de este al dorso del arancel, (con una copia fotostática del arancel y D.N.I.), en caso corresponda original de la Vigencia de Poder debidamente registrado y actualizado. El presente remate estará a cargo del Martillero Público MIGUELANGEL LLAQUE MOYA, con Reg. N° 312. Los HONORARIOS DEL MARTILLERO será de cargo del adjudicatario conforme a la Ley 28371 y el Decreto Supremo N° 008-2005-JUS más IGV, y se pagan al finalizar el Acto del Remate. CELULAR; 999451224, 946065640. Miguel Llaque Moya Martillero Público Registro N° 312 Dra. Betty del Socorro Varías Céspedes Especialista Legal Octavo Juzgado Civil P: 7429176

4 Chiclayo, martes 7 de mayo del 2019 F: 8120 FP: 30.2.3.6.7.8 S/. 152.00 PRIMER REMATE PÚBLICO En autos sobre Ejecución de Garantía Hipotecaria, seguido por CAJA MUNICIPAL DE AHORROS Y CREDITO DE SUULLANA S.A, en contra de JUAN JOSE VILCHEZ CARPIO y EDUVIGUES PATRICIA GRANDEZ TAFUR, el Octavo Juzgado Civil – Comercial de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, a cargo del Señor Juez SANDRO OMAR AGUILAR GAITAN, y como Especialista legal Yessenia Milagros Gordillo Carbonel, según lo ordenado en el Expediente N° 832-2017-0-1706-JR-CO-08, ha dispuesto la Subasta Pública del bien inmueble con la siguiente descripción: PREDIO DON ABRAHAM PAC-0483, SECTOR PAMPAS DE CERRO COLORADO VALLE JEQUETEPEQUE, distrito de PACANGA, provincia de CHEPEN y departamento de LA LIBERTAD, cuya características y afectaciones, corren inscritas en la partida N° 11007579 del Registro De Perdidos De La Zona Registral N° II Sede Chiclayo. VALOR DE TASACION. US$ 227,523.00 (Doscientos veintisiete mil quinientos veintitrés con 00/100 Dólares Americanos). BASE DEL REMATE PRIMERA CONVOCATORIA. – US$. 151,682.00 (Ciento cincuenta y un mil seiscientos ochenta y dos con 00/100 Dólares Americanos), equivalente a 2/3 del valor de tasación. DIA.- MIERCOLES 15 DE MAYO DEL 2019. HORA.- 12:30 P.M. LUGAR.- SALA DE REMATES, ubicada en Calle San José N° 1070, Segundo Piso (Sede Antigua); en el distrito y provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque. AFECTACIONES- AS D00001: HIPOTECA.- A favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORROS Y CREDITO DE SULLANA S.A., hasta por US$. 204,770.70 Dólares Americanos según Escritura Publica N° 5544 del 26/12/2014, otorgado ante Notario Antonio Enrique Vera Méndez (Chiclayo). POSTORES.- Presentaran: A) Original de su Documento de Identidad y/o RUC, si corresponde, con documentos de representación. B) Arancel por participación en remate judicial de bienes inmuebles (Banco de la Nación), indicando el número del Documento de Identidad o RUC según postor, el Juzgado y el Número de Expediente. C) Monto no menor al 10% del valor de tasación (US$. 22,752.30), en efectivo o cheque de Gerencia girado a su nombre, que será devuelto de no resultar beneficiado. Antes de participar en el Remate, el postor deberá validar el arancel por “Participación en Remate”, en el Oficio REPEJ – REMAP. El Adjudicatario cancelara los Honorarios del Martillero, al concluir la diligencia, conforme al D.S N° 008-2005-JUS. El remate será efectuado por Jairzinho Jorge Arturo Arce Almirón, Martillero Publico con registro N°347. Informes al 995904045. P: 7431527 F: 8132 FP: 29.30.02.03.06.07 S/. 104.00

2. EDICTOS CLASIFICADOS INSCRIPCIÓN Y RECTIFICACIÓN DE PARTIDAS RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO EXP. NRO. 142-2019: Por ante el Juzgado de Paz Letrado de la provincia de San Ignacio- Cajamarca, que despacha el Señor Juez Dr. JAIME ADÁN FLORES SUAREZ, y el Secretario Judicial: CAROLINA DEL PILAR PORTOCARRERO ESTELA, don: VIRGILIO SINESIO CONDE HUARINDA, solicita la RECTIFICACIÓN JUDICIAL DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO, del año 1954, en el siguiente extremo: 1 )En cuanto a la fecha de nacimiento del titular de la partida.- Se ha consignado erróneamente el año de 1959, cuando lo correcto es 1954, quedando una fecha de nacimiento una vez corregida como 21 de Mayo de 1954 inscrita en el Registro Civil de la Municipalidad Distrital de Namballe, Provincia de San Ignacio - departamento de Cajamarca, en cuanto al número del Documento Nacional de Identidad, siendo el correcto en el año 1954, y aparece en dicha partida de nacimiento a rectificar” San Ignacio, 15 de Abril del 2019 JAIME ADAN FLORES SUAREZ JUEZ TITULAR JUZGADO DE PAZ LETRADO SAN IGNACIO PODER JUDICIAL – CSJLA P/ 7455837 F/ 2953 FP/ 07 may. S/. 7.50

3. NOTIFICACIONES POR EDICTOS NOTIFICACIÓN POR EDICTOS Por ante la OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA LAMBAYEQUE - UNIDAD DESCONCENTRADA DE QUEJAS, en la Queja N° 2530-2015-ODECMA/L, seguido por: WERNER CABRERA CAMPOS, contra el magistrado: LUCIEN ELI MONTOYA URBINA, se ha dispuesto notificar la resolución cinco y siete: RESOLUCION CINCO, Chiclayo, veinte de noviembre del año dos mil diecisiete; AUTOS Y VISTOS; SE RESUELVE: a) NO HABER MÉRITO PARA INICIAR PROCEDIMIENTO DISCIPLINARIO contra el magistrado Lucien Elí Montoya Urbina, en su actuación como Juez del Primer Civil Mixto de Jaén. RESOLUCION SIETE, Chiclayo, quince de marzo del año dos mil diecinueve; AUTOS Y VISTOS; SE RESUELVE: (...) SEGUNDO: TENER por devuelta la cédula de notificación que contiene la resolución N° 05, dirigida al ciudadano Werner Cabrera Campos, por consiguiente se le deberá NOTIFICAR con la mencionada resolución y la presente, mediante EDICTO de ley en los Diarios “El Peruano” y “La

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República”; por el término de “TRES DÍAS, concediéndole el plazo de CINCO DÍAS a efectos que alegue lo que a su derecho corresponde; devuelto que sean los edictos debidamente diligenciados, póngase los autos a despacho a fin de emitir el pronunciamiento correspondiente. Notifíquese.Chiclayo, 15 de marzo del año 2019. DR. RAÚL SOLANO CHAMBERGO MAGISTRADO CONTROLADOR ODECMA/LAMBAYEQUE FP/ 07, 08, 09 may.

EDICTO EXPEDIENTE N° 4611 -2017-0-2°JPLF-CH-LRZ-AZT En el Expediente Judicial N° 4611-2017-0 seguido por IRMA ROSA UCAÑAY MILLONES contra LUIS FERNANDO NEIRA PINTADO por motivo de ALIMENTOS, ante el SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO DE FAMILIA que dirige la Señora JUEZ BLANCA FLOR BUSTAMANTE SÁNCHEZ asistido por el SECRETARIO JUDICIAL LEOPOLDO REYES ZEÑA, se ha dispuesto publicar mediante edictos la Resolución N° CINCO, que ordena: NOTIFICAR al demandado con la RESOLUCIÓN ADMISORIA N° UNO, para que en el plazo de CINCO DÍAS, conteste la presente acción; bajo apercibimiento de nombrársele CURADOR PROCESAL, en caso de incumplimiento, debiendo el demandado acompañar la última declaración jurada presentada para la aplicación de su impuesto a la renta o documento que legalmente la sustituye: de no estar obligado a la declaración citada, acompañará una certificación jurada de sus ingresos, con firma legalizada, documento sin el cual no se admitirá su contestación de demanda: NOTIFIQUESE por EDICTOS al demandado y publíquese en el Diario Oficial EL PERUANO y LA REPÚBLICA, por un plazo de TRES DÍAS. Leopoldo Reyes Zeña Secretario Judicial 2° Juzgado de Paz Letrado de Familia P: 7447451 B: 13295 FP: 6.7.8. S/. 20.50 ALIMENTOS EXP. N° 01889-2018-0-1703-JP-FC-02 Ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Jaén, que despacha el DR. ELMER ALONSO TORRES HUAMANCHUMO, Secretario Judicial Dr. Jorge Eduardo Malca Soraluz, doña KARIN JANETT MONTENEGRO UGAZ, ha interpuesto la demanda de ALIMENTOS, contra NILTON CESAR GARCIA CARRION, se ha resuelto mediante la resolución número DOS de fecha veintitrés de abril del dos mil diecinueve ,notificar al demandado mediante edictos, con un extracto mediante la resolución número uno que RESUELVE:ADMITIR en vía de PROCESO UNICO, adjuntado demanda y anexos, la demanda interpuesta por doña KARIN JANETT MONTENEGRO UGAZ, sobre ALIMENTOS, acción que dirige contra, NILTON CESAR GARCIA CARRION, confiérase el traslado de DIEZ DIAS a la bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal, Notifíquese. Jaén, 25 de Abril del 2019 JORGE EDUARDO MALCA SORALUZ SECRETARIO JUDICIAL SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO DE JAÉN PODER JUDICIAL – CSJLA – JAÉN P: 7450636 F: 2950 FP: 03, 06, 07 may. S/. 21.00

4. EDICTOS PENALES EDICTO PENAL Expediente: 380-2018-JIPSI-CSJLA Carpeta: 191-2018-2°FPPCSI Procesado: HUGO RUSEL GUERRERO LOYAGA Agraviado : MENORES DE INICIALES U.G.H y Y.G.H. Delito: VIOLACION SEXUAL DE MENORES Juez: Dr. HECTOR HUMBERTO HINOSTROZA HUERTA Esp.Jud.: Abg. ELMER YOEL CHAPOÑAN SANDOVAL Por el presente edicto, el Señor Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria de la Provincia de San Ignacio, ha dispuesto NOTIFICAR a la representante de las agraviadas LEYDA HUACHEZ CONCHA, con un extracto de la RESOLUCIÓN NUMERO UNO, más RESOLUCIÓN NUMERO DOS, en las cuales se DISPONE: RESOLUCION NUMERO 01: AUTOS Y VISTOS: Con la Disposición Fiscal número tres de fecha 21.08.2018 (recepcionada con fecha veintidós de agosto del dos mil Dieciocho a horas 09:18 A.M), remitida por la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Ignacio, en la cual comunica la Formalización y Continuación de la Investigación Preparatoria contra HUGO RUSEL GUERRERO LOYAGA por la presunta comisión del delito contra la libertad sexual, en la modalidad de VIOLACION SEXUAL DE MENOR DE EDAD, en agravio de MENORES U.G.H y Y.G.H., ilícito previsto y sancionado en el artículo 173° inciso 1 del Código Penal, y, SE RESUELVE: PRIMERO: RECEPCIONAR, la comunicación de la Disposición de Formalización y Continuación de la Investigación Preparatoria expedida por el Fiscal de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Ignacio, mediante la cual comunica la Formalización y Continuación de la Investigación Preparatoria contra HUGO RUSEL GUERRERO LOYAGA por la presunta comisión del delito contra la libertad sexual, en la modalidad de VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD, en agravio de MENORES U.G.H y Y.G.H, ilícito previsto y sancionado en el artículo 173° inciso 1 del Código Penal. SEGUNDO: SEÑALAR el plazo de CIENTO VEINTE DIAS NATURALES (120) conforme al requerimiento de Formalización, para la realización de las diligencias de la Investigación Preparatoria que correspondan conforme a ley. TERCERO: COMUNICAR, a la parte agraviada que tiene derecho a ser informado y escuchado antes de cada decisión que implique la extinción o suspensión de la acción penal siempre que lo solicite al juzgado y solamente tendrá derecho a impugnar el sobreseimiento y la sentencia absolutoria; asimismo, tiene la facultad de solici-

tar su constitución en actor civil, con la finalidad de obtener mayores facultades de actuación en el proceso. CUARTO: PRECISAR, a los sujetos procesales que la carpeta fiscal con todo lo que se actúe en la investigación preparatoria, se encuentra disponible en las oficinas de la fiscalía encargada de la presente investigación, para su revisión, expedición de copias u otros tiñes que correspondan, QUINTO: ADVERTIR, a las partes que los requerimientos y solicitudes se presentan por escrito y deben ser sustentados en audiencia pública, bajo apercibimiento de declararse inadmisible en caso de inconcurrencia del peticionante. SEXTO: EXPLICAR, que el desarrollo íntegro de las audiencias judiciales serán grabadas en audio, pudiendo acceder las partes a una copia. La resolución dictada oralmente en audiencia, se entenderá notificada a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan asistido. SETIMO: ORDENAR, a las partes procesales que fijen en autos un domicilio procesal dentro del radio urbano del Juzgado, precisándose que las resoluciones escritas en adelante serán notificadas sólo en el domicilio procesal, siendo de su entera responsabilidad la valoración del mismo no comunicada al juzgado o fijado fuera del radio urbano; para lo primero, se entenderá válida la notificación en el último domicilio fijado en autos y para lo segundo, se entenderá válida la notificación en el mismo día de expedida la resolución. OCTAVO: DESIGNAR al abogado de la Defensa Pública, para que asuma la defensa del imputado sin perjuicio de que éste pueda apersonarse en cualquier estado del proceso, con abogado de su libre elección. NOVENO: EXHORTAR al abogado particular del imputado (de ser el caso) su obligación de asistirá las citaciones judiciales, a las audiencias, bajó apercibimiento de ser excluido y sustituido por abogado de la Defensoría Pública del Ministerio de Justicia, en los casos previstos taxativamente en la ley. RESOLUCIÓN NÚMERO: TRES: DADO CUENTA, con el escrito fiscal que antecede, mediante el cual precisa domicilio de la representante de las agraviadas; NOTIFIQUESE A LA SRA. LEYDA HUACHEZ CONCHA, en su domicilio real consignado en su ficha RENIEC, sito en CASERÍO NUEVA UNION-DISTRITO SAN JOSE DE LOURDES-SAN IGNACIO, con la presente resolución, resolución número uno y disposición fiscal número tres; asimismo notifíquese a la mencionada persona MEDIANTE EDICTOS, en la Crónica Judicial de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, con la presente resolución y resolución número uno. Reasumiendo funciones el Juez Titular que suscribe, luego de su periodo vacacional durante el mes de febrero del 2019. NOTIFIQUESE: a la agraviada en su domicilio reales y procesales, consignados en la disposición que antecede, PROCEDASE A NOTIFICAR VÍA EDICTOS en el diario Oficial de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, at imputado, con un extracto de la resolución número uno, y la presente resolución. Firma el Especialista Legal el que suscribe, por mandato Superior: NOTIFIQUESE, conforme a ley. HÉCTOR HUMBERTO HINOSTROZA HUERTA JUEZ (T) JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA SAN IGNACIO PODER JUDICIAL – CSJLA ABG. ELMER YOEL CHAPOÑAN SANDOVAL ESPECIALISTA JUDICIAL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA – SAN IGNACIO PODER JUDICIAL – CSJLA FP/ 07, 08, 09 may. EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 01727-2018-1702-JR-PE-01 JUEZ: Mag°. ALDO JORGE HOYOS BENAVIDES ESPECIALISTA: MARLENI ROJAS SEMPERTEGUI IMPUTADO: SEVERINO HUAMAN TELLO DELITO: FALSEDAD IDEOLOGICA AGRAVIADO: EL ESTADO- RENIEC FISCAL: Abog°. WILSON PAZ CASTRO Por el presente, CITO LLAMO Y EMPLAZO, a SEVERINO HUAMAN TELLO, con DNI N°48965457, quien deberá concurrir a la presente audiencia de control de sobreseimiento para el DIA 27 DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE, A HORAS ocho y media DE LA MAÑANA (HORA EXACTA), EN LA SALA DE AUDIENCIAS DEL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CUTERVO; señalado en la presente causa seguida por el delito de FALSEDAD IDEOLIGA en agravio del ESTADO RENIEC. MG. ALDO JORGE HOYOS BENAVIDES JUEZ DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CUTERVO CSJ – LAMBAYEQUE FP/ 07, 08, 09 may. EDICTO PENAL JUZGADO: PENAL UNIPERSONAL PERMANENTE -CUTERVO CUADERNO: 839 - 2018-56 - JPUP-C- CSJLA /PJ JUEZ: DR. RIGOBERTO FLORES TORRES ESPECIALISTA: LILY MARLENY REAÑO CAMPOS CITA Y EMPLAZA al acusado: 1).- DECIDERIO VALLEJOS PEREZ, identificado con DNI. 70054484, para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, derivado del Expediente N°.839-2018-56-JPUPC, por el delito CONTRA LA FAMILIA en su figura de OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR en la modalidad de INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA agravio de LUZ ADELA PEREZ URIARTE, a quien además se le hace de conocimiento que mediante Resolución número cuatro, de fecha veintidós de abril del año dos mil diecinueve, se ha resuelto: PROGRAMAR EL JUICIO ORAL, para el día MARTES VEINTIOCHO DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE, A HORAS OCHO DE LA MAÑANA CON TREINTA MINUTOS (08:30 AM) HORA EXACTA. BAJO APERCIBIMIENTO, de que en caso de inconcurrencia del acusado, se declarado reo contumaz, y se ordenara su ubicación y captura a nivel nacional. Cutervo, 24 de Abril del 2019 MG. RIGOBERTO FLORES TORRES JUEZ PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CUTERVO FP/ 07, 08, 09 may.

EDICTO PENAL CUADERNO: N° 615 2018-12 - 1702 - JR-PE-01.

Chiclayo, martes 7 de mayo del 2019

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JUZGADO: INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CUTERVO IMPUTADO: CESAR GONZALES DIAZ DELITO: USURPACIÓN AGRAVIADO: ELCIRA GONZALES BUSTAMANTE JUEZ: Mag°. ALDO JORGE HOYOS BENAVIDES FISCAL: Abog°. DANNY MARTIN SALAZAR BERRIOS ESPECIALISTA: Abog° MARLENI ROJAS SEMPERTEGUI. Por el presente, CITO LLAMO Y EMPLAZO, a al imputado CESAR GONZALES DIAZ, con DNI 42707616, quien deberán concurrir a la audiencia de sobreseimiento señalada para el VEINTINUEVE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE, A HORAS OCHO CON TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA (HORA EXACTA), EN LA SALA DE AUDIENCIAS DEL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CUTERVO; señalado en la presente causa seguida en su contra por el delito de USURPACIÓN en agravio de ELCIRA GONZALES BUSTAMANTE. MG. ALDO JORGE HOYOS BENAVIDES JUEZ DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CUTERVO CSJ – LAMBAYEQUE FP/ 07, 08, 09 may.

EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 315-2017-0-1703-JR-PE-02. CARPETA FISCAL: 1558-2016 IMPUTADO (S): NEVER VICTOR GUEVARA SAUCEDO Y OTROS. DELITO: SICARIATO AGRAVIADO: ESTEBAN PEREZ CARRANZA JUEZ: DR. ORLANDO GERMAN PARI GONZALES. ESPECIALISTA: NIDYA M. PRETELL ALEJANDRÍA Por intermedio de la presente el señor Juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de la ciudad de Jaén Dr. ORLANDO GERMAN PARI GONZALES, asistido de la especialista judicial NIDYA M. PRETELL ALEJANDRÍA, se ha dispuesto notificar mediante edictos a la representante de la parte agraviada MARITZA PEREZ CARRANZA, con la RESOLUCION N 06 DEL EXPEDIENTE : 315-2017-0-1703-JR-PE-02 QUE DISPONE: Declarar FUNDADO el sobreseimiento de la presente causa seguida en contra de VICTOR GUEVARA SAUCEDO, SEGUNDO GERMAN CUBAS VASQUEZ, ESTEBAN VASQUEZ GONZALES Y ABSALON GUEVARA SAUCEDO por la presunta comisión del DELITO CONTRA LA VIDA, EL CUERPO Y LA SALUD, modalidad SICARIATO en agravio de ESTEBAN PEREZ CARRANZA. 2.- CONSENTIDA o EJECUTORIADA sea la presente resolución. DISPONGO el archivamiento definitivo de la presente causa y su remisión al área respectiva para su guarda y custodia; asimismo, el levantamiento de las medidas coercitivas personales o reales que se hayan emitido en el presente proceso en contra de VICTOR GUEVARA SAUCEDO, SEGUNDO GERMAN CUBAS VASQUEZ, ESTEBAN VASQUEZ GONZALES Y ABSALON GUEVARA SAUCEDO. DR. ORLANDO GERMÁN PARI GONZÁLES JUEZ (T) 2° JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA P.J. – NCPP-JAÉN FP/ 07, 08, 09 may.

EDICTO PENAL JUZGADO: SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE JAEN JUEZ: DRA. ESMERALDA G. CARLOS PERALTA CITA Y EMPLAZA al imputado CESAR HONORES RAMIREZ, identificado con DNI. N° 44952441, para que se pongan a Derecho y se defiendan de los cargos formulados, en su contra en el Cuaderno Judicial N° 1247-2016-49-SJPUJ, por el delito de COACCION EN GRADO DE TENTATIVA, en agravio de SANDY DENISSE PALACIOS PUPUCHE, para que tenga Conocimiento de la audiencia programada de Juicio Oral para el día VEINTISIETE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE, A HORAS TRES DE LA TARDE, HORA EXACTA, en la Sala de Audiencias de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque - Sede Jaén, ubicado en la intersección de las calles Huamantanga y Mariscal Castilla de la Ciudad de Jaén, bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz, archivarse provisionalmente y ordenarse su captura a nivel nacional, en caso de su inconcurrencia injustificada. Por haberse dispuesto así en el Exp. N° 1247-2016-49-SJPUJ, seguido contra CESAR HONORES RAMIREZ, en agravio de SANDY DENISSE PALACIOS PUPUCHE, por el delito de COACCION EN GRADO DE TENTATIVA. Jaén, 03 de abril del 2019. DRA. ESMERALDA G. CARLOS PERALTA JUEZ DEL 2DO. JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE JAEN PODER JUDICIAL FP/ 07, 08, 09 may.

EDICTO PENAL JUZGADO : TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE JAEN JUEZ: DR. JUAN JOSE HERRERA SANCHEZ SECRETARIA : FERNANDEZ HERNANDEZ LAURA CITA Y EMPLAZA al acusado LUIS JOSE AQUINO VASQUEZ identificado con DNI 78803807, para que se ponga a Derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra en el Cuaderno Judicial N° 711-2018, por el delito de AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR en agravio de JOSIE ESTEFANY OLIVA JULCA para que tenga Conocimiento de la audiencia Única de Proceso Inmediato para el día VEINTIOCHO DE MAYO DEL AÑO 2019, A HORAS TRES DE LA TARDE – HORA EXACTA, en la Sala de Audiencias de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque - Sede Jaén, ubicado en la intersección de las calles Huamantanga y Mariscal Castilla de la ciudad de Jaén, bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz, archivarse provisionalmente y ordenarse su captura a nivel nacional, en caso de su inconcurrencia injustificada. Por haberse dispuesto así en el Expediente Nº 711-2018-TJPUJ, seguido contra de LUIS JOSE AQUINO VASQUEZ i, por el delito de AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR

en agravio de JOSIE ESTEFANY OLIVA JULCA. DR. JUAN JOSE HERRERA SANCHEZ JUEZ DEL 3ER. JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE JAEN PODER JUDICIAL FP/ 07, 08, 09 may.

EDICTO PENAL EXPEDIENTE : Nº 00295-2018-0-1703-JR-PE-01 IMPUTADO: RÉGULO MALCA CASTILLO Y OTRO. DELITO: OMISIÓN DE SOCORRO Y EXPOSICIÓN AL PELIGRO Y OTRO. AGRAVIADA: REGINA MONDRAGÓN LEYVA Y OTROS. JUEZ: MARÍA ELIZABETH CAMPOS IDROGO. ESP. JUZGADO: NIDYA M. PRETELL ALEJANDRÍA. Por intermedio de la presente la señora Juez del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de la ciudad de Jaén Dra. MARÍA ELIZABETH CAMPOS IDROGO, asistido de la especialista judicial NIDYA M. PRETELL ALEJANDRÍA, se ha dispuesto notificar mediante edictos a GONZALES NUÑEZ JULIO CESAR, ROMERO COTRINA MARIA FLOR, REGULO MALCA CASTILLO Y JUAN NEIBER DELGADO GUEVARA, con el REQUERIMINETO ACUSACION contra -OSWALDO PRADO SAUREZ por el presunto delito de HOMICIDIO CULPOSO (ART. 111 DEL CODIGO PENAL), en agravio de MARIA FLOR ROMERO COTRINA Y JUAN NEIBER DELGADO GUEVARA así también por el presunto delito de LESIONES CULPOSAS GRAVES (ART. 124 DEL CODIGO PENAL) en agravio de REGINA MONDRAGON LEYVA, JULIO CESAR GONZALES NUÑEZ Y CESI KEYSITA GONZALEZ ROMERO- contra RÉGULO MALCA CASTILLO por el presunto delito de OMISION DE SOCORRO Y EXPOSICION AL PELIGRO (ART. 126 DEL CP), en agravio de REGINA MONDRAGON LEYVA , JULIO CESAR GONZALES NUÑEZ, CESI KEYSITA GONZALEZ ROMERO Y ELBER CABRERA REGALADO así también por el presunto delito de FUGA DEL LUGAR DEL ACCIDENTE DE TRANSITO (ART. 408 DEL CODIGO PENAL) en agravio de ESTADO, y en uso de la facultad procesal conferida en el art. 349 del Código Procesal Penal EL FISCAL formula REQUERIMINETO DE ACUSACION; en donde el representante del ministerio público requiere PARA EL ACUSADO REGULO MALCA CASTILLO UN AÑO CON SEIS MESES DE PENA PRIVATIVA DE LA LIBERTAD y el monto de la reparación civil por QUINIENTOS NUEVOS SOLES QUE DEBERÁ CANCELAR EN FORMA SOLIDARIA CON EL TERCERO CIVILMENTE RESPONSABLE MAXIMO GUAMURO GUEVARA; Y PARA EL ACUSADO OSWALDO PRADO SAUREZ CUATRO AÑOS OCHO MESES DE PENA PRIVATIVA DE LA LIBERTAD y el monto de la reparación civil por TREINTA MIL NUEVOS SOLES y con la RESOLUCIÓN NÚMERO CINCO, de fecha 20 de MARZO de 2019 que: SE RESUELVE: CORRER TRASLADO a los sujetos procesales por el plazo perentorio DIEZ DIAS útiles, a efectos de que puedan por escrito: TODO LO ESTABLECIDO EN EL ART. 350 DEL CODIGO PROCESAL PENAL; bajo apercibimiento de declararse improcedente. CÍTESE para el día VEINTIOCHO DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE, A HORAS ONCE Y TREINTA DE LA MAÑANA (11:30 a.m.) hora exacta, para la realización de la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN en la Sala de Audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Jaén ubicada en la esquina de las calles Mariscal Castilla y Huamantanga de ésta ciudad (2do piso), con la presencia obligatoria del Fiscal y Abogado de los procesados, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada de éste último de excluirlo de la defensa, subrogarlo, y designar a otro Defensor Público u otro letrado en ese mismo acto, puesto que esta audiencia es de carácter inaplazable, tal como lo prescribe el artículo 85° numeral 1 del Código Procesal Penal DR. ORLANDO GERMÁN PARI GONZÁLES JUEZ (T) 2° JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA P.J. – NCPP-JAÉN FP/ 07, 08, 09 may.

EDICTO PENAL EXPEDIENTE : 0858 - 2018-1702-JR-PE-01 JUEZ : Mag°. ALDO JORGE HOYOS BENAVIDES ESPECIALISTA: MARLENI ROJAS SEMPERTEGUI IMPUTADO : MIGUEL ANGEL DIAZ TAPIA DELITO : LESIONES LEVES AGRAVIADO : ESMER MEJIA CABRERA FISCAL : Abog°. MARCELLA MONJA YTURREGUI Por el presente, CITO LLAMO Y EMPLAZO, a MIGUEL ANGEL DIAZ TAPIA, con DNI N° 41208836, quien deberá concurrir a la presente audiencia de control de sobreseimiento para el 24 DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE. A HORAS DIEZ Y MEDIA DE LA MAÑANA DE LA MAÑANA (HORA EXACTA), EN LA SALA DE AUDIENCIAS DEL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CUTERVO; señalado en la presente causa seguida por el delito de LESIONES LEVES en agravio de ESMER MEJIA CABRERA Mg. Aldo Jorge Hoyos Benavides Juez de Investigación Preparatoria de Cutervo FP: 6.7.8

EDICTO PENAL Expediente : 160-2017-JIPSI-CSJLA. Carpeta : 99-2017-2°FPPCSI Procesado : MARIO CESAR TORRES CACERES Agraviado : ANTON ANDERSON CORDOVA PEÑA Delito : OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR Juez : Dr. HECTOR HUMBERTO HINOSTROZA HUERTA Esp. Jud. : Abg. ELMER YOEL CHAPOÑAN SANDOVAL Por el presente edicto, el Señor Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria de la Provincia de San Ignacio, ha dispuesto NOTIFICAR al ACUSADO MARIO CESAR TORRES CACERES, con un extracto de la RESOLUCIÓN NUMERO DIECISIETE, en la que se DISPONE: RESOLUCION NUMERO 17: DADO CUENTA; con la razón que antecede, y a fin de efectuar una debida notificación al sentenciado procédase a REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE CONTROL DE EJECUCION DE SENTENCIA PARA EL DÍA VEINTITRES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL

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DIECINUEVE A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA (09:00 A.M-HORA EXACTA), la cual se realizará en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de San Ignacio, ubicado en la Av. Mariano Melgar S/N - Malecón Mariano Melgar Tercer Piso. Distrito y Provincia de San Ignacio. Dicha audiencia se instalará con la asistencia obligatoria del representante del ministerio público y abogado defensor del sentenciado, bajo apercibimiento: a) Por inasistencia injustificada del señor (a) Fiscal comunicarse al órgano de control del Ministerio Público; b) Por inconcurrencia de la parte agraviada (actor civil) y su defensa, si fuese el caso, prescindirse de su presencia y continuarse con la audiencia fijada, c) Por inasistencia del abogado defensor del sentenciado, de imponérsele multa ascendente a DOS UNIDADES DE REFERENCIA PROCESAL, sin perjuicio de poner en conocimiento de su Colegio Profesional, el abandono de la defensa, la exclusión del caso y se procederá conforme a lo establecido en el artículo 85° del Código Procesal Penal; ASIMISMO se dispone notificar a la Defensoría Pública de esta Provincia a efecto de que designe abogado defensor para la audiencia programada, en caso de inasistencia del abogado de libre elección del sentenciado, bajo apercibimiento de informar a su Coordinador Distrital. En aplicación del artículo 128° del Código Procesal Penal, que señala que, cuando se ignore el lugar donde se encuentra la persona que deba ser notificada, la resolución se le hará saber por Edicto que se publicará en el Diario Oficial de la sede de la Corte Superior, PROCEDASE A NOTIFICAR MEDIANTE EDICTOS AL SENTENCIADO, en la Crónica Judicial de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque. Asimismo, se le requiere al sentenciado cumpla con efectuar el pago de las CUATRO CUOTAS pendientes de pago, por la suma de S/. 280.00 soles cada una, las mismas que debieron ser canceladas los días 28 09.2018, 26.10.2018, 28.11.2018 y 28 12.2018. Notifíquese al sentenciado en su domicilio real sito en URB. NICOLAS GARATEA MZ. 112-LOTE 22-DISTRITO NUEVO CHIMBOTE-PROVINCIA SANTA-DEPARTAMENTO ANCASH (ficha RENIEC), y en su domicilio procesal, y a las demás partes procesales, conforme a ley. Hector H. Hinostroza Huerta Juez (T) Juzgado de Investigación Preparatoria San Ignacio Abg. Elmer Yoel Chapoñan Sandoval Especialista Judicial FP: 6.7.8 EDICTO PENAL EXPEDIENTE : 0550-2018-0-1702-JR-PE-01 JUEZ : Mag°. ALDO JORGE HOYOS BENAVIDES ESPECIALISTA: MARLENI ROJAS SEMPERTEGUI IMPUTADO : GEINER PEREZ DIAZ DELITO : LESIONES LEVES AGRAVIADO : GLADDYS SAUCEDO GONZALES FISCAL : Dra. MARCELA MONJA YTURREGUI Por el presente, CITO LLAMO Y EMPLAZO, a GLADYS SAUCEDO GONZALES, con DNI N° 46204237, quien deberá concurrir a la presente audiencia de control de sobreseimiento para el DIA VEINTITRÉS DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE a horas DOCE DEL MEDIO DIA (HORA EXACTA), EN LA SALA DE AUDIENCIAS DEL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA; señalado en la presente causa seguida por el delito de LESIONES LEVES, en contra de GEINER PEREZ DIAZ. Mg. Aldo Jorge Hoyos Benavides Juez de Investigación Preparatoria de Cutervo FP: 6.7.8

EDICTO PENAL JUZGADO : INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CUTERVO. IMPUTADO : EDLER LENIN GARCIA TORRES DELITO : ACTOS CONTRA EL PUDOR. AGRAVIADO : MGMS JUEZ : Abog°. Dr. EDGARDO HERNAN ASENJO TAMAY. FISCAL : Abog°. FRANCISCO EUGENIO FARRO EFFIO ESPECIALISTA: Abog°. MARLENI ROJAS SEMPERTEGUI. Por el presente, CITO LLAMO Y EMPLAZO, al imputado EDLER LENIN GARCIA TORRES, con DNI 71049441, quien deberá concurrir a la presente audiencia de control de acusación señalada para el DIA VEINTICUATRO DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE. A HORAS ONCE DE LA MAÑANA (HORA EXACTA), EN LA SALA DE AUDIENCIAS DEL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA; señalado en la presente causa seguida en su contra por el delito CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL, en su figura de ACTOS CONTRA EL PUDOR DE MENOR DE EDAD, en agravio de la menor de iniciales M.S.M. Mg. Aldo Jorge Hoyos Benavides Juez de Investigación Preparatoria de Cutervo FP: 6.7.8

EDICTO PENAL EXPEDIENTE : 1238-2017-0-1702-JR-PE-01 JUEZ : EDGARDO ASENJO TAMAY ESPECIALISTA : MARLENI ROJAS SEMPERTEGUI IMPUTADO : SEGUNDO MAURO ORDOÑEZ AVELLANEDA CLEIVER MUNDACA ARAUJO DELITO : HOMICIDIO SIMPLE AGRAVIADO : ACENJO JARA YOEL JORGE DUBERLY ARAUJO MARTINEZ Por el presente, CITO LLAMO Y EMPLAZO, al imputado CLEIVER MUNDACA ARAUJO con DNI 80589582, quien deberá concurrir a la presente audiencia de control de acusación señalada para el día VEINTITRÉS DE MAYO DEL AÑO EN CURSO AHORAS NUEVE DE LA MAÑANA (HORA EXACTA), EN LA SALA DE AUDIENCIAS DEL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA - CUTERVO; señalado en la presente causa seguida en su contra, por el delito de LESIONES; en agravio de YOEL ACENJO JARA. Edgardo A. Asenjo Tamay Juez I Preparatoria FP: 6.7.8

Chiclayo, 7 de martes martes 7 de mayo del mayo 2019 del 2019 62 Chiclayo,

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