crónica judicial crónica judicial

22 oct. 2016 - LUÍS HUR-. TADO LÁZARO. El Señor Juez del Tercer Juzgado Penal. Unipersonal de la Provincia de Jaén, mediante el presente EDICTO NOTIFICA ..... PREPARATORIA. EXPEDIENTE: 03956-2014-0-1706-JR-. PE-02. JUEZ: VASQUEZ RUIZ MARISOL. ESPECIALISTA: ZOILA REGALADO. GUEVARA.
3MB Größe 30 Downloads 46 vistas
PRECIO PRE CIO PO POR R PALA P PALABRA: ALABRA BRA:: 0.025 0 025 INCLUDO INCLUD INC LUDO O IGV IGV

CRÓNICA CRÓN CR ÓNIC ICA A

JUDI JU JUDICIAL DICI CIAL AL

2016 del 2016 bre del ctubre Octu O de Octubre 22 de badoo 22 Sábad Sá yo, Sábado clayo Chiclayo, Chicla Chi

1

2

CRÓNICA

Chiclayo, Sábado 22 de Octubre del 2016

JUDICIAL

PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE MG. ANA ELIZABETH SALES DEL CASTILLO - PRESIDENTA PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV

Chiclayo, Sábado 22 de Octubre del 2016

1. REMATE JUDICIAL

REMATES BIENES INMUEBLES PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO En los seguidos por demandante SCOTIABANK PERÚ SAA contra demandada la sociedad conyugal conformada por HEBER CRUZADO BALCAZAR y ANA MELVA CAYATOPA CHAVEZ sobre la materia de EJECUCION DE GARANTIAS, bajo Expediente N° 00780-2014-01706-JR-CO-08 a cargo del Señor Juez Dr. SANDRO OMAR AGUILAR GAITAN y Especialista Judicial CAROLINA PORTOCARRERO ESTELA ha dispuesto sacar a REMATE EN PRIMERA CONVOCATORIA el bien inmueble ubicado en Mz.24 Lote 4 (Calle Los Claveles # 281) -Asentamiento Humano San Lorenzo, Distrito de José Leonardo Ortiz, Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque inscrita en la Partida Electrónica N° P10088738 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° II Sede Chiclayo-Lambayeque. VALOR DE TASACIÓN: US$ 117,600.00 (Ciento diecisiete mil seiscientos y 00/100 Dólares Americanos) BASE DE REMATE: US$. 78,400.00 (Setenta y ocho mil cuatrocientos y 00/100 Dólares Americanos) que equivalen a las 2/3 partes de la tasación. AFECTACIONES: CARGAS Y GRAVÁMENES: 1. INSCRIPCIÓN DE HIPOTECA.- Corre Inscrita bajo el asiento 00008 de la Partida Electrónica N° P10088738, a favor de SCOTIABANK PERU SAA con RUC 20100043140, hasta por la suma de S/. 345,593.48 soles para garantizar un préstamo de S/250,000.00 asumidos por el deudor frente a SCOTIABANK PERÚ SAA, así consta en la Escritura Pública N° 2147 del fecha 17/5/13 ante Notario Público de Chiclayo Antonio Vera Méndez. FECHA Y HORA DE REMATE: Viernes 4 de noviembre del 2016 a las 09.00 a.m. LUGAR DE REMATE: Sala de Remates del Poder Judicial de Lambayeque, ubicado en Calle San José N° 1070- 2DO PISO (SEDE ANTIGUA) ó 3ER. PISO (EDIFICIO NUEVO) Provincia y Distrito de Chiclayo, Departamento de Lambayeque. POSTORES; Oblarán una cantidad no menor del 10% de la Tasación del inmueble, en efectivo o mediante cheque de gerencia sin sello No Negociable y presentarán el original del pago del arancel judicial respectivo a nombre del Juzgado, consignando el número del Expediente, el número de Documento de Identidad, firma y adjuntando copia simple de todos los documentos. El Adjudicatario cancelará la comisión del Martillero Público al finalizar el acto público, de conformidad con el artículo 18° del D.S. 008-2005JUS-. Así mismo el Adjudicatario deberá depositar el saldo del precio, dentro del tercer día de cerrada el ACTA, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate. Lima, 5 de octubre del 2016. DRA. KATIA PATRICIA MAJLUF DELAUDE - Abogado Martillero Reg. 310. DRA. KATIA PATRICIA MAJLUF DELAUDE ABOGADO MARTILLERO REG. 310. CAROLINA PORTOCARRERO ESTELA SECRETARIA JUDICIAL 8° JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL COMERCIAL PODER JUDICIAL – CSJLA P/ 5564630 F/ 2249 S/. 74.00 22, 24, 25, 26, 27, 28 Oct.

Telf: 481030 - 239182

4. EDICTOS PENALES

EDICTO PENAL Inst. No. 7408-2016-0 JUEZ: REYNERIO DÍAZ TARRILLO ESPECIALISTA LEGAL: Dra. KARINA GONZALES PAREDES MOTIVO: NOTIFICACIÓN.EL SEÑOR JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO ESPECILIZADO PENAL DEL MODULO BÁSICO DE JUSTICIA DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ. CITA, LLAMA Y EMPLAZA al imputado WILMER MUÑOZ GUEVARA; CON UN EXTRACTO DEL REQUERMIENTO FISCAL. DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO; SOLICITA FISCAL: Acudo o vuestro Digno Despacho, con el propósito de SOLICITAR LA INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO contra SEGUNDO VICENTE SÁNCHEZ SILVA, inmerso en la comisión de DELITO DE CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCION, en agravio de LA SOCIEDAD HECHOS: Fluye de la remisión de los actuados del Ministerio Público, en representación de la sociedad de solicitar LA INCOACCION DE PROCESO INMEDIATO contra SEGUNDO VICENTE SÁNCHEZ SILVA por la comisión del delito contra LA SEGURIDAD PUBLICA - PELIGRO COMÚN, en su figura de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD SUPUESTO DE APLICACIÓN DEL PROCESO INMEDIATO: El Artículo 446° inciso 4 del Código Procesal Penal (modificado por D. Leg. N° 1194) establece que para los delitos de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, lo incoación del proceso inmediato es OBLIGATORIA. EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN NÚMERO UNO: Por tales consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 446° inciso 3) y el artículo 447° del Código Procesal Penal SE RESUELVE: 1. CITAR a AUDIENCIA ÚNICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO EN CASO DE DELITOS DE FLAGRANCIA, OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR Y CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD – DROGADICCIÓN requerido por el requerido por el Señor Fiscal Adjunto Provincial Penal de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de José Leonardo Ortiz., Dr. Carlos Enrique Ucañay Millones, contra el imputado SEGUNDO VICENTE SANXCHEZ SILVA, por el delito CONTRA LA SEGURIDAD PUBLICA, en su figura de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD, para el día VEINTICINCO DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS A HORAS DOCE DEL MEDIO DÍA (12:00 hora exacta), en la sala de audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo 1080-Atusparias, con la presencia obligatoria del señor representante del Ministerio Público, el abogado defensor del imputado, del propio imputado; bajo apercibimiento en caso de inasistencia del abogado defensor del procesado se aplicará el artículo 85° inciso 1) del Nuevo Código procesal Penal, modificado por la Ley 30076 , por tratarse de una audiencia de carácter inaplazable como lo establece el artículo 447.4 del código procesal penal modificado por el decreto legislativo 1194. 2. OFICÍESE al Coordinador de la Defensoría Pública del Ministerio de Justicia con sede en este distrito con la finalidad de que DESIGNE Abogado defensor Penal Público que asuma la defensa del investigado, en la anotada diligencia que es de carácter inaplazable, bajo apercibimiento de remitirse copias a la Coordinadora de la Defensoría Pública de Lambayeque Dra. Erlita Gelacio Llontop. 3.- Para evitar cualquier situación imprevista respecto al domicilio del imputado NOTIFIQUESE al imputado SEGUNDO VICENTE SÁNCHEZ SILVA por EDICTO a la brevedad posible. 4 NOTIFÍQUESE al imputado SEGUNDO VICENTE SÁNCHEZ SILVA, en su domicilio real; y si no se devuelve la notificación por parte del ÁREA DE NOTI-

FICACIONES respectiva SE REMITIRÁ copia de lo actuado a la ODECMA de Lima. DEBIENDO LA ESPECIALISTA DE CAUSAS KARINA GONZALES PAREDES todas las acciones tendientes a que se practique la notificación respectiva. NOTIFÍQUESE a los sujetos procesales.Por haberse dispuesto así en la instrucción No. 7408-2016-0, que se le sigue por el delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD. José Leonardo Ortiz, 16 de octubre del 2016 KARINA GONZALES PAREDES ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MODULO BASICO DE JUSTICIA – JLO 21, 22, 24 Oct. EDICTO PENAL Inst. No. 7649-2016-0 ESPECIALISTA LEGAL: Dra. KARINA GONZALES PAREDES MOTIVO: NOTIFICACIÓN.JUEZ: REYNERIO DÍAZ TARRILLO EL SEÑOR JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO ESPECILIZADO PENAL DEL MODULO BÁSICO DE JUSTICIA DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ. CITA, LLAMA Y EMPLAZA al imputado WILMER MUÑOZ GUEVARA; CON UN EXTRACTO DEL REQUERMIENTO FISCAL DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO; SOLICITA FISCAL: Acudo o vuestro Digno Despacho, con el propósito de SOLICITAR LA INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO contra WILMER MUÑOZ GUEVARA, inmerso en la comisión de DELITO DE CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCION, en agravio de LA SOCIEDAD HECHOS: Fluye de la remisión de los actuados del Ministerio Publico, en representación de la sociedad de solicitar LA INCOACCION DE PROCESO INMEDIATO contra WILMER MUÑOZ GUEVARA por la comisión del delito contra LA SEGURIDAD PUBLICA - PELIGRO COMÚN, en su figura de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD SUPUESTO DE APLICACIÓN DEL PROCESO INMEDIATO: El Artículo 446° inciso 4 del Código Procesal Penal (modificado por D. Leg. N° 1194) establece que para los delitos de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, lo incoación del proceso inmediato es OBLIGATORIA. EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN NÚMERO UNO: Por tales consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 446C inciso 3) y el artículo 447° del Código Procesal Penal SE RESUELVE: 1. CITAR a AUDIENCIA ÚNICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO EN CASO DE DELITOS DE FLAGRANCIA, OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR Y CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD – DROGADICCIÓN requerido por el requerido por el Señor Fiscal Adjunto Provincial Penal de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de José Leonardo Ortiz., Dr. Carlos Enrique Ucañay Millones, contra el imputado WILMER MUÑOZ GUEVARA, por el delito CONTRA LA SEGURIDAD PUBLICA, en su figura de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD, para el día VEINTICINCO DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS A HORAS DOCE DEL MEDIO DÍA (12:00 hora exacta), en la sala de audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo 1080Atusparias, con la presencia obligatoria del señor representante del Ministerio Público, el abogado defensor del imputado, del propio imputado; bajo apercibimiento en caso de inasistencia del abogado defensor del procesado se aplicará el artículo 85° inciso 1) del Nuevo Código procesal Penal, modificado por la Ley 30076 , por tratarse de una audiencia de carácter inaplazable como lo establece el artículo 447.4 del

PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV código procesal penal modificado por el decreto legislativo 1194. 2. OFICÍESE al Coordinador de la Defensoría Pública del Ministerio de Justicia con sede en este distrito con la finalidad de que DESIGNE Abogado defensor Penal Público que asuma la defensa del investigado, en la anotada diligencia que es de carácter inaplazable, bajo apercibimiento de remitirse copias a la Coordinadora de la Defensoría Pública de Lambayeque Dra. Erlita Gelacio Llontop. 3.- Para evitar cualquier situación imprevista respecto al domicilio del imputado NOTIFIQUESE al imputado SEGUNDO VICENTE SÁNCHEZ SILVA por EDICTO a la brevedad posible. 4. NOTIFÍQUESE al imputado SEGUNDO VICENTE SÁNCHEZ SILVA, en su domicilio real; y si no se devuelve la notificación por parte del ÁREA DE NOTIFICACIONES respectiva SE REMITIRÁ copia de lo actuado a la ODECMA de Lima. DEBIENDO LA ESPECIALISTA DE CAUSAS KARINA GONZALES PAREDES todas las acciones tendientes a que se practique la notificación respectiva. NOTIFÍQUESE a los sujetos procesales.Por haberse dispuesto así en la instrucción No. 7649-2016-0, que se le sigue por el delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD. José Leonardo Ortiz, 16 de octubre del 2016 KARINA GONZALES PAREDES ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MODULO BASICO DE JUSTICIA – JLO 21, 22, 24 Oct. EDICTO PENAL Oficio N° 1640-2014-29-1708-JR-PE/ DRMQY JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA TRANSITORIO DE LAMBAYEQUE JUEZ: EVE REDRUELLO VILLARREAL ESPECIALISTA: Dante Quiñones Yahiro CITA Y EMPLAZA; a los imputados de autos LUZ MARÍA QUISPE DE LA CRUZ y DANIEL DÍAZ DÍAZ, a quienes se le notifica en este acto con el tenor de la resolución número diecisiete de fecha dieciocho de octubre del año dos mil dieciséis, que dispone se reprograme ía AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACIÓN para el día VEINTISÉIS DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS a horas DOS Y CUARENTA DE LA TARDE (hora exacta), la misma que se realizará en la sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de Lambayeque, sito en calle Víctor Doig y Lora N° 185 - 5to piso de la ciudad de Lambayeque; audiencia que se instalará con presencia obligatoria del señor Fiscal Provincial Penal y de los abogados Defensores de los acusados designado por éste, bajo apercibimiento al abogado defensor de los acusados, y del representante del Ministerio Público, que en caso de inasistencia injustificada a la audiencia programada en autos, se aplicara lo dispuesto en el artículo 85° modificado por la Ley N° 30076 y el artículo 144° inciso 2) del Código Procesal Penal respectivamente.Por haberse dispuesto así en el Exp. N° 1640-2014-29-1708-JR-PE seguida contra Daniel Díaz Díaz y otra, por el delito de Hurto Agravado, en agravio de Rosmery del Pilar Zuñiga Gastulo. ABOG. DANTE QUIÑONES YAHIRO ESPECIALISTA JUDICIAL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA TRANSITORIA - LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL – CSJLA 21, 22, 24 Oct. EDICTO PENAL EXPEDIENTE N°: 01980-2016-0-1708-JPPE-01 JUEZ: Dra. BARBARA I. CASTRO ESCOBEDO SECRETARIO: Dra: CARMEN D.SANTAMARIA DE VERA Por el presente edicto se CITA, LLAMA Y EMPLAZA a las inculpadas YAJAIRA ARBULU CAMPOS, y KATHERTNE ARBULU CAMPOS de quienes se desconoce domicilio real por no contar con DNI; para comunicarles que se ha dispuesto que se presente a este despacho el día VEINTIOCHO DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS a horas DIEZ DE LA MAÑANA, en el local del Juzgado de Paz letrado de la Provincia de Lambayeque sito en la Calle Víctor Doig y Lora NRO. 185, III -PISO-LAMBAYEQUE, a efecto de que se lleve a cabo la audiencia de enjuiciamiento con la concurrencia obligatoria bajo apercibimiento de ley.Por haberse así dispuesto en el Expediente 01980-2016-JPLLY, contra YAJHAIRA ARBULU CAMPOS Y OTRA, por la comi-

CRÓNICA

sión de FALTA contra el PATRIMONIO EN LA MODALIDAD DE DAÑOS en agravio de SONIA ELIZABETH TESEN BELLODAS Lambayeque, 15 de Setiembre del año 2016 BARBARA I. CASTRO ESCOBEDO JUEZ JUZGADO DE PAZ LETRADO LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL – CSJLA ABOG. CARMEN D. SANTA MARIA DE VERA SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL – CSJLA 21, 22, 24 Oct. EDICTO PENAL Oficio N° 02046-2016-0- 1706-JR-PE-01 QUINTO JUZGADO UNIPERSONAL CHICLAYO ESPECIALISTA: MOISÉS MENDOZA JIMÉNEZ CITA Y EMPLAZA al acusado de autos RONALD MEDINA NUÑEZ MEDINA NUÑEZ ; para que se presente a la audiencia signado en el expediente N° 020462016-0-1706-JR-PE-01 que se le sigue por el delito contra EL PATRIMONIO en su modalidad de HURTO, en agravio de MARÍA PALOMINO ROSALES, notificándosele para que concurra a la diligencia de AUDIENCIA ÚNICA DE JUICIO INMEDIATO programada para el día VEINTIOCHO DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS a horas OCHO CON CUARENTA Y CINCO DE LA MAÑANA (hora exacta), la misma que se realizara en la sato de audiencia número 06 de los Juzgados Unipersonales, ubicada en el segundo piso de la nueva Sede Judicial de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, Sito en la Av. José Leonardo Ortiz N° 155 Centro Cívico - Chiclayo. Por haberse dispuesto así en el cuaderno de debates N° 02046-2016-0-1706-JR-PE01 que se sigue contra RONALD MEDINA NUÑEZ por el delito contra EL PATRIMONIO en su modalidad de HURTO, en agravio de MARÍA PALOMINO ROSALES, Notificándosele bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz, reservarse el proceso y ordenarse su conducción compulsiva en caso de inasistencia. Chiclayo, 09 de setiembre del 2016 EVA MARIA VASQUEZ VASQUEZ JUEZ QUINTO JUZGADO UNIPERSONAL PJ-NCPP-CSJLAMB 21, 22, 24 Oct. EDICTO EXP. Nro. 07772-2016-0 JULIO BENAVENTE DELGADO EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DEL MODULO BÁSICO DE JUSTICIA DEJÓSE LEONARDO ORTIZ A CARGO DE LA DR. REINERIO DÍAZ TARRILLO NOTIFICA AL IMPUTADO LUIS ENRIQUE MAZA RIMARACHIN EXP. 07772-2016-0 JBD. POR EL DELITO CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCION EN AGRAVIO DE LA SOCIEDAD, SE LE NOTFICA A LA AUDIENCIA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO EN CASO DE DELITO DE FLAGANCIA PARA EL DÍA VEINTIOCHO DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A LAS DOCE DÉLA TARDE (HORA EXACTA) SITO EN VIRREY TOLEDO CUADRA DIEZ ATUSPARIAS JOSÉ LONARDO ORTIZ REQUERIMIENTO FISCAL DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO SEÑOR JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIADEJOSÉJ.EONARDO ORTIZ ROCIÓ DEL PILAR ARCE CORNEJO, Fiscal Provincial Mixta de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de José Leonardo Ortiz, con domicilio legal y procesal en la calle Incanato N® 438 - José Leonardo Ortiz y con casilla judicial electrónica N® 39232; a El Ministerio Público, a tenor de lo establecido en el artículo 159® de la Constitución, y el artículo 446® inciso 4 y 447® del Código Procesal Penal vigente, y a las actuaciones que se acompañan al presente requerimiento, FORMULA REQUERIMIENTO DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO contra LUIS ENRIQUE MAZA RAMARACHIN por la presunta comisión del delito contra la SEGURIDAD PÚBLICA - DELITOS DE PELIGRO COMÚN en su modalidad de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD en agravio de LA SOCIEDAD, ilícito penal regulado en el artículo 274° del Código Penal; en los términos siguientes; REPRESENTANTE MINISTERIO PÚBLICO De autos fluye que LUIS ENRIQUE MAZA RAMARACHIN, el día 15 de Noviembre del 2015, a las 20:10 horas, fue intervenido por personal policial que se encontraba realizando patrulla] e por la altura del Parque Las Piletas

JUDICIAL de este Distrito de José Leonardo Ortiz, en circunstancias en que conducía su vehículo menor -mototaxi, marca Sanya, color azul, con placa de rodaje M8-4214 con evidentes síntomas de haber ingerido bebidas alcohólicas, por lo que se practicó el examen cualitativo para dosaje etílico el cual arrojó 0.66 g/1 (cero gramos sesenta y seis cgs. de alcohol por litro de sangre). Al investigado LUIS ENRIQUE MAZA RAMARACHIN se le atribuye ser AUTOR del delito contra la SEGURIDAD PÚBLICA - DELITOS DE PELIGRO COMÚN en su modalidad de CONDUCCIÓN DE VEHICULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD en agravio de LA SOCÍEDAD El hecho que se le atribuye al imputado LUIS ENRIQUE MAZA RAMARACHIN se encuadra en el delito contra la SEGURIDAD PUBLICA -DELITOS DE PELIGRO COMÚN en su modalidad de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, delito previsto y sancionado en el artículo 274® primer párrafo del Código Penal, el mismo que prescribe: “El que encontrándose en estado de ebriedad, con presencia de alcohol en la sangre en proporción mayor de 0.5 gramos-litro, o bajo el efecto de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o sintéticas, conduce, opera o maniobra motorizado, será reprimido con pena privativa de ia libertad no menor de seis “ meses ni mayor de dos años ocon prestación de servicios comunitarios de cincuenta y I dos a ciento cuatro jornadas e inhabilitación, conforme al artículo 36, inciso 7) de la norma penal. Cuando el agente presta sen/icios de transporte público de pasajeros, mercancías o carga en general, encontrándose en estado de ebriedad, con presencia de alcohol en la sangre en proporción mayor de 0.25 gramos-litro, o bajo el efecto de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o sintéticas, conduce, opera o maniobra vehículo motorizado, será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de uno ni mayor de tres años o con prestación de servicios comunitarios de setenta a ciento cuarenta jornadas e inhabilitación, conforme al artículo 36, inciso 7). 6.2. Presupuestos para la procedencia del Proceso Inmediato: El artículo 446® numeral 1) del Código Procesal PenaF establece cuales son los presupuestos en los que procede la incoación del Proceso Inmediato; señalando: “1) El Fiscal podrá solicitar la vía del proceso inmediato, cuando: a) el Imputado ha sido sorprendido y detenido en flagrante delito; o, b) el imputado ha confesado la comisión del delito; o, c) los elementos de convicción acumulados durante las diligencias preliminares, y previo interrogatorio del imputado, sean evidentes”... y “4. Independientemente de io señalado en ¡os numerales anteriores, el Fiscal también deberá solicitar la Incoación de! proceso inmediato para los delitos de omisión de asistencia familiar y los de conducción en estado de ebriedad o drogadicción. sin perjuicio de lo señalado en el numera! 3 de! artículo 447 del presente Código”. En el presente caso se ha culminado las diligencias preliminares; y,, el imputado no ha cumplido con el pago de la reparación civil, conforme a las copias certificadas que obran en presente carpeta fiscal, corrientes a folios 01-05, que hacen evidente la comisión del ¡lícito penal contra la SEGURIDAD PÚBLICA - DELITOS DE PELIGRO COMÚN en su modalidad de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD. Al tratarse el presente requerimiento de Proceso Inmediato contra LUIS ENRIQUE MAZA RAMARACHIN se sujeta a las reglas de COMPARECENCIA SIMPLE.- De ser el caso, se solicita a su despacho la oportunidad para instar en audiencia de incoación de proceso inmediato algún mecanismo alternativo de solución del conflicto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2° del Código Procesal Penal. Señor Juez de Investigación Preparatoria, solicito se sirva dar trámite al presente Requerimiento Fiscal de Proceso Inmediato, y declarar en su oportunidad LA PROCEDENCIA DE PROCESO INMEDIATO previa audiencia, José Leonardo Ortiz, 26 de Septiembre del 2016 REYNERIO DIAZ TARRILLO JUEZ 2° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MODULO BASICO DE JUSTICIA – JLO JULIO CESAR BENAVENTE DELGADO ESPECIALISTA DE JUZGADO MBJ-JLO PJ-NCPP-CSJLAMB 21, 22, 24 Oct. EDICTO EXP. Nro. 07768-2016-0 JULIO BENAVENTE DELGADO EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DEL MODULO BÁSICO DE JUSTICIA DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ A CARGO DELADR. REINE-

Chiclayo, Sábado 22 de Octubre del 2016

3

RIO DÍAZ TARRILLO NOTIFICA AL IMPUTADO EDWIN SEGUNDO FARROÑAN YOVERA EXP. 07768-2016-0 JBD. POR EL DELITO CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCION EN AGRAVIO DE LA SOCIEDAD, SE LE NOTFICA A LA AUDIENCIA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO EN CASO DE DELITO DE FLAGANCLA PARA EL DÍA VEINTIOCHO DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A LAS ONCE Y TREINTA DE LA MAÑANA(HORA EXACTA) SITO EN VIRREY TOLEDO CUADRA DIEZ ATUSPARLAS JOSÉ LONARDO ORTIZ REQUERIMIENTO FISCAL DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO SEÑOR JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ ROCIÓ DEL PILAR ARCE CORNEJO, Fiscal Provincial Mixta de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de José Leonardo Ortiz, con domicilio legal y procesal en la calle Incanato N® 438 - José Leonardo Ortiz y con casilla judicial electrónica N° 39232; El Ministerio Público, a tenor de lo establecido en el artículo 159° de la Constitución, y el artículo 446° inciso 4 y 447° del Código Procesal Penal vigente, y a las actuaciones que se acompañan al presente requerimiento, FORMULA REQUERIMIENTO DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO contra EDWIN SEGUNDO FARROÑAN YOVERA por la presunta comisión del delito contra la ‘ SEGURIDAD PÚBLICA - DELITOS DE PELIGRO COMÚN en su modalidad de ICONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD en gravio de LA SOCIEDAD, ilícito penal regulado en el artículo 274° del Código Penal; n los términos siguientes: De autos fluye que EDWIN SEGUNDO FARROÑAN YOVERA, el día 15 de Noviembre del 2015, a las 22:15 horas, fue intervenido por personal policial que se encontraba realizando patrulla] e preventivo por la Avenida Cornejo cuadra 2 del Distrito de José Leonardo Ortiz, en circunstancias en que conducía su vehículo menor - moto taxi, marca Wanxin, color rojo, con placa de rodaje NC-25570, el mismo que al ser intervenido presentaba evidentes síntomas de haber Ingerido bebidas alcohólicas, por lo que se practicó el examen cualitativo para dosaje etílico el cual arrojó 1.10 g/1 (un gramo diez cgs. de alcohol por litro de sangre), en que fue intervenido el imputado. Certificado de Dosaje Etílico N® 00230009389, donde se aprecia que la cantidad de alcohol que tenía el imputado era de 1.10 G/LGRADO DE PARTICIPACIÓN Y CIRCUNSTANCIAS MODIFICATORIAS DE LA Al investigado EDWIN SEGUNDO FARROÑAN YOVERA se le atribuye ser AUTOR del delito contra la SEGURIDAD PÚBLICA - DELITOS DE PELIGRO COMÚN en su modalidad de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD en agravio de LA SOCIEDAD El hecho que se le atribuye al imputado EDWIN SEGUNDO FARROÑAN YOVERA se encuadra en el delito contra la SEGURIDAD PÚBLICA - DELITOS DE PELIGRO COMÚN en su modalidad de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, delito previsto y sancionado en el artículo 274° primer párrafo del Código Penal, el mismo que prescribe: “El que encontrándose en estado de ebriedad, con presencia de alcohol en la sangre en proporción mayor de 0.5 gramos-litro, o bajo el efecto de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o sintéticas, conduce, opera o maniobra vehículo motorizado, será reprimido con pena privativa de ia libertad no menor de seis meses ni mayor de dos años o con prestación de servicios comunitarios de cincuenta y dos a ciento cuatro jornadas e inhabilitación, conforme ai artículo 36, inciso 7) de la acotada norma penal. Cuando el agente presta servicios de transporte público de pasajeros, mercancías o carga en general, encontrándose en estado de ebriedad, con presencia de alcohol en la sangre en proporción mayor de 0.25 gramos-litro, o bajo ei efecto de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o sintéticas, conduce, opera o maniobra vehículo motorizado, será reprimido con pena privativa de ia libertad no menor de uno ni mayor de tres años o con prestación de servicios comunitarios de setenta a ciento cuarenta jornadas e inhabilitación, conforme al artículo 36, inciso 7). En el presente caso se ha culminado las diligencias preliminares; y, el imputado no ha cumplido con el pago de la reparación civil, conforme a las copias certificadas que obran en presente carpeta fiscal, corrientes a folios 01-05, que hacen evidente la comisión del ilícito penal contra la SEGURIDAD PÚBLICA - DELITOS DE PELIGRO COMÚN en su modalidad de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD. De ser el caso, se solicita a su despacho la oportunidad para instar en audiencia de

4

Chiclayo, Sábado 22 de Octubre del 2016

incoación de proceso inmediato. José Leonardo Ortiz, 26 de Septiembre del 2016 REYNERIO DIAZ TARRILLO JUEZ 2° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MODULO BASICO DE JUSTICIA – JLO JULIO CESAR BENAVENTE DELGADO ESPECIALISTA DE JUZGADO MBJ-JLO PJ-NCPP-CSJLAMB 21, 22, 24 Oct. EDICTO PENAL EXPEDIENTE N°: 07579-2015-89-1706JR-PE-06. JUZGADO: PRIMER JUZGADO UNIPERSONAL DE CHICLAYO JUEZ: KARINA VELASQUEZ CAMPOS. ESPECIALISTA JUDICIAL: VÍCTOR MONTEZA BASAURI. Se NOTIFICA a: FRANCISCO SEGUNDO DÍAZ NAVARRO, identificado con DNI N° 43910633, con el acta de audiencia de fecha 14 de setiembre del 2016, en la cual se ha RESUELTO: 1.- REPROGRAMAR la audiencia de JUICIO ORAL para el día VEINTIOCHO DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS, A HORAS OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA, LA MISMA QUE SE REALIZARÁ EN LA SALA DE AUDIENCIAS NÚMERO OCHO - TERCER PISO de la Nueva Sede del Poder Judicial ubicado en Avenida José Leonardo Ortiz 155 - Centro Cívico - Chiclayo; bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz; reservarse el proceso y ordenarse su conducción compulsiva en caso de inasistencia. Por haberse dispuesto así en el EXPEDIENTE N° 07579-2015-89-1706-JR-PE-06 seguido contra el acusado FRANCISCO SEGUNDO DÍAZ NAVARRO, es en calidad de autor, por el delito Contra la Familia, en la modalidad de Incumplimiento de la Obligación Alimentaria, en su figura de OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de DANIEL DAVID DÍAZ ZULOETA, representado por su madre BETTY LEIDY ZULOETA HERNÁNDEZ, tipificado en el artículo 149°, primer párrafo del Código Penal. 2.- La presente publicación se deberá realizar por TRES DÍAS. KARINA VELASQUEZ CAMPOS JUEZ PRIMER JUZGADO UNIPERSONAL PJ-NCPP-CSJLAMB 21, 22, 24 Oct. EDICTO EXP. Nro. 08131-2016-0 JULIO BENAVENTE DELGADO EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DEL MODULO BÁSICO DE JUSTICIA DEJÓSE LEONARDO ORTIZ A CARGO DELADR. REINERIO DÍAZ TARRILLO NOTIFICA AL IMPUTADO SANTOS ORFILES FLORES JULCA EXP. 08131-2016-0 JBD. POR EL DELITO OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR EN AGRAVIO DE GIANMARCO GIRET FLORES QUISPE SE LE NOTFICA A LA AUDIENCIA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO EN CASO DE DELITO DE FLAGANCIA PARA EL DÍA VEINTIOCHO DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A LA UNA DE LA TARDE (HORA EXACTA) SITO EN VIRREY TOLEDO CUADRA DIEZ ATUSPARIAS JOSÉ LONARDO ORTIZ. REQUERIMIENTO DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO SEÑOR JUEZ DE TURNO DE JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA -PERMANENTE DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ. CARLOS ENRIQUE UCAÑAY MILLONES, Fiscal Adjunto Provincial Penal de la Primera Fiscalía Provincia Penal Corporativa y Casilla Electrónica N° 54214 Que, de conformidad al artículo 446° inciso 4 del Código Procesal Penal. Modificado mediante Decreto Legislativo N° 1194’, este Despacho Fiscal FORMULA REQUERIMIENTO DE INCOACIÓN DE PROCESO IN MEDIATO contra SANTOS ORFILES FLORES JULCA, por el presunto delito contra la Familia, en la modalidad de OMISIÓN A LAASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de su menor hijo GIANMARCOS GIRET FLORES QUISPE, representado por su madre YOVANI DEL ROCIÓ QUISPE ROJAS, en los siguientes términos: Míj® SUPUESTO DE APLICACIÓN En el presente caso, se incoa el proceso inmediato en el supuesto previsto en el artículo 446 inciso 4, modificado por Decreto Legislativo N° 1194, dispositivo legal que prescribe: ‘El Fiscal debe solicitar la incoación del proceso inmediato, bajo responsabilidad, cuando se presente alguno de los siguientes supuestos: /independientemente de lo señalado en los numerales anteriores, el Fiscal también deberá solicitar la incoación del proceso inmediato para los delitos de omisión de asistencia familiar Según aparece de las

CRÓNICA copias certificadas del Expediente Civil N° 1 36-20 11-JP-FCMBJ- JLO por Alimentos, seguida ante el Juzgado de Paz Letrado del Módulo Básico de Justicia de José Leonardo Ortiz, mediante resolución número SEIS de fecha 01 de Agosto del 2011, aprueba ordena que el demandado acuda con una pensión mensual y adelantada por la suma de S/l 50.00 (Ciento cincuenta Soles), a favor de su menor hijo GIANMARCOS GIRET FLORES QUISPE, representado por su madre YOVANI DEL ROCIÓ QUISPE ROJAS, sentencia que fue declaró consentida, mediante resolución número SIETE del 16 de Setiembre del 2010, sin embargo, el investigado viene incumpliendo con el pago de pensiones alimenticias devengadas, existiendo una liquidación practicada por el período de marzo del 2011 a junio del 2012, conforme aparece de la liquidación de fecha 24/05/2012; Asimismo se ha practicado la liquidación por el periodo de julio del 2012 a abril del 2015, conforme aparece de la liquidación de Intereses Legales Efectiva-MN, de fecha 24/03/2015; ambas liquidaciones aprobadas mediante la Resolución No, 14 de fecha 17 de Agosto del 2015, por las sumas de S/2,282.42 (Dos mil doscientos ochenta y dos con 42/100 soles) y S/5,252.81 (Cinco rail doscientos cincuenta y dos con 81/100 soles), notificadas al Investigado en su domicilio real, a fin de que en el plazo de tres días, cumpla con pagar la suma que se indica, bajo apercibimiento de ser denunciado por delito de omisión a la asistencia familiar, y ante el incumplimiento se hizo efectivo el apercibimiento decretado, ordenando la remisión de copia a la sede fiscal. En el presente caso estamos ante la presencia de la presunta comisión del delito contra la Familia en su modalidad de Omisión a la Asistencia Familiar previsto y sancionado en el artículo 149 primer párrafo del Código Penal, el cual prescribe “El que omite cumplir su obligación de prestar los alimentos que establece una resolución judicial será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de tres años, o con prestación de servicio comunitario de veinte a cincuentidós jomadas, sin perjuicio de cumplir con el mandato judicial”. Señor Juez solicito tenga por formulado mi requerimiento de Incoación de Proceso Inmediato contra SANTOS ORFILES FLORES JULCA, por el presunto delito contra la Familia, en la modalidad de OMISIÓN A LAASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de su menor hijo GIANMARCOS GIRET FLORES QUISPE, representado por su madre YOVANI DEL ROCIÓ QUISPE ROJAS José Leonardo Ortíz, 26 de Septiembre del 2016 REYNERIO DIAZ TARRILLO JUEZ 2° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MODULO BASICO DE JUSTICIA – JLO JULIO CESAR BENAVENTE DELGADO ESPECIALISTA DE JUZGADO MBJ-JLO PJ-NCPP-CSJLAMB 21, 22, 24 Oct. EDICTO EXPEDIENTE N°: 991-2016-TJPUS-J JUEZ: DR. RIVER ENRIQUE BRAVO HIDALGO ESP. DE JUZGADO: ABOG. LUÍS HURTADO LÁZARO El Señor Juez del Tercer Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de Jaén, mediante el presente EDICTO NOTIFICA AL ACUSADO: JHONATAN JOEL SAAVEDRA GONZÁLES, a fin de que concurra a la Sala de Audiencias del Tercer Juzgado Penal Unipersonal de Jaén, ubicado en la intersección de las calle Mariscal Castilla y Huamantanga de esta ciudad, para efectos de llevarse a cabo la audiencia de JUICIO ORAL, programada para el día VEINTIOCHO DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS. A HORAS TRES DE LA TARDE (HORA EXACTA), bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz, archivarse provisionalmente y ordenarse su captura a nivel nacional, en caso de su inconcurrencia injustificada. Por haberse ordenado así mediante resolución tres, de fecha tres de octubre del año dos mil dieciséis, expedida en el Expediente N° 991-2016-TJPUS-J, seguido contra JHONATAN JOEL SAAVEDRA GONZÁLES, por el delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD en agravio de la SOCIEDAD. Jaén, 05 de octubre del 2016 LUIS A. HURTADO LAZARO ESPECIALISTA JUDICIAL JUZGADO DE JUZGAMIENTO – JAEN PJ-NCPP-CSJLAMB 21, 22, 24 Oct. EDICTO PENAL Oficio N° 06699-2016-97-1706-JR-PE-02 CUARTO JUZGADO UNIPERSONAL

JUDICIAL

PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV

- CHICLAYO ESPECIALISTA: MOISÉS MENDOZA JIMÉNEZ CITA Y EMPLAZA; al acusado de autos RONALD KEY ESPINOZA PASTOR; para que se presente a la audiencia signado en el expediente N° 6699-2016-97-1706JR-PE-02 que se le sigue por el delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCIÓN en agravio de LA SOCIEDAD, notificándosele para que concurra a la diligencia de AUDIENCIA ÚNICA DE JUICIO INMEDIATO programada para el día VEINTIOCHO DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS a horas TRES CON CUARENTA Y CINCO MINUTOS DE LA TARDE (hora exacta), la misma que se realizara en la sala de audiencia número 10 de los Juzgados Unipersonales, ubicada en el tercer piso de la nueva Sede Judicial de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, Sito en la Av. José Leonardo Ortiz N° 155 Centro Cívico - Chiclayo. Por haberse dispuesto así en el cuaderno de debates N° 06699-2016-97-1706-JR-PE-02 que se sigue contra RONALD KEY ESPINOZA PASTOR por el delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCIÓN en agravio de LA SOCIEDAD, Notificándosele bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz, reservarse el proceso y ordenarse su conducción compulsiva en caso de inasistencia. Chiclayo, 28 de setiembre del 2016 HIROKO SANDRA HIYANE RAMIREZ JUEZ CUARTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PODER JUDICIAL – CSJLAMB 21, 22, 24 Oct. EDICTO EXPEDIENTE N° 7512-2016-0 El Juez del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, cita y emplaza al acusado SANTOS JOEL BECERRA RAMÍREZ, a fin de que concurra a la audiencia de Control de Acusación reprogramada para el día VEINTIOCHO DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECISEIS. A HORAS DIEZ Y CUARENTA DE LA MAÑANA, a realizarse en la Sala de audiencias número CUATRO, del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, ubicado en la Av. José Leonardo Ortiz N° 155, Segundo Piso - Chiclayo, en el Expediente N° 7512-2016-0, proceso seguido contra el acusado precitado, por el delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de SOCIEDAD; lo que notifica de acuerdo a ley. Especialista Legal: Jorge Tello Gonzales. CECILIA M. GRANDEZ ROJAS JUEZ TITULAR 4° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PJ-NCPP-CSJLAMB 21, 22, 24 Oct. EDICTO EXPEDIENTE N° 7563-2016-0El Juez del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, cita y emplaza al acusado SEGUNDO EMILIO SALAZAR FERNANDEZ, a fin de que concurra a la audiencia de Incoacción del Proceso Inmediato reprogramada para el día VEINTIOCHO DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECISEIS. A HORAS OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA, a realizarse en la Sala de audiencias número TRES, del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, ubicado en la Av. José Leonardo Ortiz N° 155, Segundo Piso - Chiclayo, en el Expediente N° 7563-201 6-0-, proceso seguido contra el acusado precitado, por el delito Hurto Agravado, en agravio de KAREN LISBETH MUNDACA MUNDACA; lo que notifica de acuerdo a ley, Especialista Legal: Jorge Tello Gonzales. CECILIA M. GRANDEZ ROJAS JUEZ TITULAR 4° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PJ-NCPP-CSJLAMB 21, 22, 24 Oct. EDICTO EXPEDIENTE: N° 2678-2016-0-1706-JRPE-04-JRMI JUZGADO: 6° JUZGADO UNIPERSONAL DE CHICLAYO JUEZ: Dr. SHILLING MARTIN YVANOV CASTAÑEDA SALAZAR ESPECIALISTA JUDICIAL: JOSÉ RUPERTO MERINO IBEROS El Sexto Juzgado Penal Unipersonal de Chiclayo, Juez -, mediante resolución número Ocho de fecha diecinueve de septiembre del dos mil dieciséis cita y emplaza a EDWIN RIVERA CHAPOÑAN , para que se ponga a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra, en el proceso signado con número de expediente N° 2678-2016-0:1706-JR-PE-04-JRMI segui-

do contra el acusado EDWIN RIVERA CHAPOÑAN como presunto autor del delito contra la familia en la figura de Omisión de Asistencia Familiar en la modalidad de INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA tipificado en el primer párrafo del artículo 149 del Código Penal en agravio ANDREA GUADALUPE, MARIECIELO NARUMI Y JOSÉ MIGUEL RIVERA SÁNCHEZ , para que concurran a la audiencia REPROGRAMADA para el día VEINTIOCHO DE OCTUBRE del año en curso, a horas OCHO CON TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA , en esta misma Sala de Audiencias N° QUINCE 2° piso - de ¡a Corte Superior de Justicia de Lambayeque, (avenida José Leonardo Ortiz 155 - Centro Cívico en Chiclayo) , bajo apercibimiento de declarar reo contumaz al acusado, en caso de inconcurrencia injustificada y, disponerse el archivo provisional de la causa conforme al inciso 5 del artículo 79 del Código Procesal Penal. SHILLING CASTAÑEDA SALAZAR JUEZ SEXTO JUZGADO UNIPERSONAL PODER JUDICIAL – CSJLA 21, 22, 24 Oct. EDICTO PENAL Oficio N° 5192-2016-0-1706-JR-PE-01 QUINTO JUZGADO UNIPERSONAL CHICLAYO ESPECIALISTA: JOSUÉ MOISÉS MENDOZA JIMÉNEZ CITA Y EMPLAZA; al acusado de autos JORGE LUIS CHOMBA CARRANZA; para que se presente a la audiencia signado en el expediente N° 5192-2016-0-1706JR-PE-01 que se le sigue por el delito de OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR en agravio de CHOMBA RAMOS NIKOLLE, notificándosele para que concurra a la diligencia de JUICIO ORAL programada para el día VEINTIOCHO DE OCTUBRE del año dos mil dieciséis a horas DOS CON CUARENTA Y CINCO MINUTOS de la tarde (hora exacta), la misma que se realizara en la sato de audiencia número SEIS-06 de los Juzgados unipersonales, ubicada en el segundo piso de la nueva sede judicial de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, Sito en la Av. José Leonardo Ortiz N° 155 Centro Cívico Chiclayo. Por haberse dispuesto así en el cuaderno de debates N° 5192-2016-0-1706-JRPE-01, que se sigue contra JORGE LUIS CHOMBA CARRANZA por el delito de OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR en agravio de CHOMBA RAMOS NIKOLLE. Notificándosele bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz, reservarse el proceso y ordenarse su conducción compulsiva en caso de inasistencia. Chiclayo, 08 de setiembre del 2016 EVA MARIA VASQUEZ VASQUEZ JUEZ QUINTO JUZGADO UNIPERSONAL PJ-NCPP-CSJLAMB 21, 22, 24 Oct. EDICTO PENAL Oficio N° 4870-2016- 16-1706- JR-PE-01 SEXTO JUZGADO UNIPERSONAL - CHICLAYO ESPECIALISTA: JOSUÉ MOISÉS MENDOZA JIMÉNEZ CITA Y EMPLAZA; al acusado de autos SEGUNDO EUGENIO CASTRO LÓPEZ; para que se presente a la audiencia signado en el expediente N° 048 70-20160-1706-JR-PE-01 que se le sigue por el delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD en agravio de LA SOCIEDAD, notificándosele para que concurra a la diligencia de JUICIO ORAL programada para el día VEINTIOCHO DE OCTUBRE del año dos mil dieciséis a horas DIEZ de la mañana (hora exacta), la misma que se realizara en la sala de audiencia número QUINCE-15 de los Juzgados unipersonales, ubicada en el segundo piso de la nueva sede judicial de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, Sito en la Av. José Leonardo Ortiz N° 155 Centro Cívico -Chiclayo. Por haberse dispuesto así en el cuaderno de debates N° 4870-2016-16-1706JR-PE-01, que se sigue contra SEGUNDO EUGENIO CASTRO LÓPEZ por el delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD en agravio de LA SOCIEDAD. Notificándosele bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz, reservarse el proceso y ordenarse su conducción compulsiva en caso de inasistencia. Chiclayo, 21 de setiembre del 2016 SHILLING CASTAÑEDA SALAZAR JUEZ SEXTO JUZGADO UNIPERSONAL PODER JUDICIAL – CSJLA 21, 22, 24 Oct. EDICTO PENAL Oficio N° 5204-2016-0-1706-JR-PE-01 SEXTO JUZGADO UNIPERSONAL - CHI-

PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV

CRÓNICA

CLAYO ESPECIALISTA: JOSUÉ MOISÉS MENDOZA JIMÉNEZ CITA Y EMPLAZA; al acusado de autos WILMER NUÑEZ CERQUERA; para que se presente a la audiencia signado en el expediente N° 5204-2016-0-1706-JRPE-01 que se le sigue por el delito de OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR en agravio de JHARI KIANNY NUÑEZ GABRIEL, notificándosele para que concurra a la diligencia de JUICIO ORAL programada para el día VEINTIOCHO DE OCTUBRE del año dos mil dieciséis a horas TRES CON CUARENTA Y CINCO MINUTOS de la tarde (hora exacta), la misma que se realizara, en la sala de audiencia número QUINCE-15 de los Juzgados unipersonales, ubicada en el segundo piso de la nueva sede judicial de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, Sito en la Av. José Leonardo Ortiz N° 155 Centro Cívico - Chiclayo. Por haberse dispuesto así en el cuaderno de debates N° 5204-2016-0-1706-JR-PE01, que se sigue contra WILMER NUÑEZ CERQUERA por el delito de OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR en agravio de JHARI KIANNY NUÑEZ GABRIEL. Notificándosele bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz, reservarse el proceso y ordenarse su conducción compulsiva en caso de inasistencia Chiclayo, 21 de setiembre del 2016 SHILLING CASTAÑEDA SALAZAR JUEZ SEXTO JUZGADO UNIPERSONAL PODER JUDICIAL – CSJLA 21, 22, 24 Oct.

PODER JUDICIAL – CSJLA 21, 22, 24 Oct.

EDICTO PENAL Oficio N° 4075-2016-0-1706-JR-PE-01 QUINTO JUZGADO UNIPERSONAL CHICLAYO ESPECIALISTA: JOSUÉ MOISÉS MENDOZA JIMÉNEZ CITA Y EMPLAZA: al acusado de autos JOHAN CRISTIAN BARTUREN DUAREZ; para que se presente a la audiencia signado en el expediente N° 4075-2016-01706-JR-PE-01 que se le sigue por el delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD en agravio de LA SOCIEDAD, notificándosele para que concurra a la diligencia de JUICIO ORAL programada para el día VEINTIOCHO DE OCTUBRE del año dos mil dieciséis a horas TRES con TREINTA de la tarde (hora exacta), la misma que se realizara, en la sato de audiencia número SEIS-06 de los Juzgados unipersonales, ubicada en el segundo piso de la nueva sede judicial de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, Sito en la Av. José Leonardo Ortiz N° 155 Centro Cívico - Chiclayo. Por haberse dispuesto así en el cuaderno de debates N° 4075-2016-0-1706JR-PE-01, que se sigue contra JOHAN CRISTIAN BARTUREN DUAREZ por el delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD en agravio de LA SOCIEDAD. Notificándosele bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz, reservarse el proceso y ordenarse su conducción compulsiva en caso de inasistencia. Chiclayo, 08 de setiembre del 2016 EVA MARIA VASQUEZ VASQUEZ JUEZ QUINTO JUZGADO UNIPERSONAL PJ-NCPP-CSJLAMB 21, 22, 24 Oct.

EDICTO PENAL EXPEDIENTE: N° 2387-2014-JPLLY JUZGAD: DE PAZ LETRADO DE LAMBAYEQÜE JUEZ: Dra. BARBARA I. CASTRO ESCOBEDO SECRETARI: Dr. SANTOS AMERICO FLORES RAMOS Por el presente edicto se CITA, LLAMA y EMPLAZA al inculpado SANTIAGO ANTONIO SIME MAUS, quien domicilia en la AVENIDA 02 de Mayo NRO. 321- Departamento NRO, 303 -LAMBAYEQUE, para comunicarle que ha dispuesto que se presente a este despacho el día 28 DE OCTUBRE del año 2016 a HORAS 1.00 de la tarde. Por haberse así dispuesto en el Expediente N° 2387-2014, seguida contra SANTIAGO ANTONIO SIME MAUS, por FALTAS contra el patrimonio - daños, en agravio de HÉCTOR JESÚS VERA SANTAMARIA.Entendido que de no hacerlo así, quedará sujeto a lo que la Ley determine.Lambayeque, 11 de octubre del año 2016 BARBARA I. CASTRO ESCOBEDO JUEZ JUZGADO DE PAZ LETRADO DE LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL – CSJLA ABOG. SANTOS FLORES RAMOS ESPECIALISTA CIVIL – FC JUZGADO DE PAZ LETRADO LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL – CSJL 21, 22, 24 Oct.

EDICTO PENAL Oficio N° 3084-2016-0-1706-JR-PE-01 SEXTO JUZGADO UNIPERSONAL - CHICLAYO ESPECIALISTA: JOSUÉ MOISÉS MENDOZA JIMÉNEZ CITA Y EMPLAZA; al acusado de autos ARTEMIO MILIANO ÁNGULO MONZÓN; para que se presente a la audiencia signado en el expediente N° 3084-2016-0-1706JR-PE-01 que se le sigue por el delito de OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR en agravio de LUIS ÁNGEL ÁNGULO CAJO, notificándosele para que concurra a la diligencia de JUICIO ORAL programada para el día VEINTIOCHO DE OCTUBRE del año dos mil dieciséis a horas TRES de la tarde (hora exacta), la misma que se realizara en la sala de audiencia número QUINCE-15 de los Juzgados unipersonales, ubicada en el segundo piso de la nueva sede judicial de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, Sito en la Av.’ José Leonardo Ortiz N° 155 Centro Cívico - Chiclayo. Por haberse dispuesto así en el cuaderno de debates N° 3084-20160-1706-JR-PE-01, que se sigue contra ARTEMIO MILIANO ÁNGULO MONZÓN por et delito de OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR en agravio de LUIS ÁNGEL ÁNGULO CAJO. Chiclayo, 21 de setiembre del 2016 SHILLING CASTAÑEDA SALAZAR JUEZ SEXTO JUZGADO UNIPERSONAL

EDICTO PENAL 2° JUZG. INVEST. PREPARATORIA EXPEDIENTE: 03956-2014-0-1706-JRPE-02 JUEZ: VASQUEZ RUIZ MARISOL ESPECIALISTA: ZOILA REGALADO GUEVARA MINISTERIO P: ODIAGA SHIMOTAKEHARA, ADELA IMPUTADO: GONZALES MEDINA, JUAN MANUEL DELITO: USURPACIÓN AGRAVIADO: SOUZA RUBIO, LUIS AURELIO DE LOS SANTOS Por el presente Edicto, el Juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, NOTIFICA al acusado GONZALES MEDINA VÍCTOR MANUEL, con la constancia de concurrencia de los sujetos procesales, de fecha 11 de Octubre del 2016, la misma que establece: LA AUDIENCIA ES REPROGRAMADA PARA EL DÍA 28 DE OCTUBRE DEL 2016 A HORAS 11:00 DE LA MAÑANA, EN LA SALA N° 02 del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo; ubicada en la Av. José Leonardo Ortiz N° 155 - Centro Cívico - Chiclayo - 2do piso - Chiclayo. SEGUNDO B. ADRIANZEN CIEZA JUEZ JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PJ-NCPP-CSJLAMB 21, 22, 24 Oct.

EDICTO PENAL JUZGADO: JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL JAÉN JUEZ: DRA. ESMERALDA G. CARLOS PERALTA CITA Y EMPLAZA a los acusados MARIO MARTÍNEZ CABREJOS, identificado con DNI 27740614, SANTOS NOE JIMÉNEZ MINCHAY, identificado con DNI 27736678, para que se pongan a Derecho y se defiendan de los cargos formulados en su contra en el Cuaderno Judicial No 462-2014-361703, por el Delito PARRICIDIO Y OTRO, en agravio de HOMBRO FERNANDEZ MUNDACA, para que tenga Conocimiento de la audiencia programada de Juicio Oral para el día TREINTA Y UNO DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECISEIS, a horas DOS Y CUARENTA DE LA TARDE, en la Sala de Audiencias de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque sede Jaén, ubicado en la intersección de las calles Huamantanga y Mariscal Castilla de la ciudad de Jaén, Por haberse dispuesto así en el Expediente N° 462-2014-36-1703JPCSJ, seguido contra TEÓFILA MUNDACA PÉREZ Y OTROS en agravio de HOMBRO FERNANDEZ MUNDACA por el delito de PARRICIDIO Y OTRO. DRA. ESMERALDA GUISELA CARLOS PERALTA DIRECTOR DE DEBATES JUZGADO PENAL COLEGIADO DE JAEN PODER JUDICIAL – CSJLA 21, 22, 24 Oct. EDICTO PENAL Oficio N° 6032-2014- 1706-JR-PE-kfr OCTAVOJUZGADO PENAL UNIPERSO-

JUDICIAL NAL DE CHICLAYO JUEZ: JORGE ROJAS CUBAS ESPECIALISTA: KARINA FERNANDEZ RAMÍREZ CITA Y EMPLAZA; a los acusados de autos acusados: ISMAEL BENITES CRUZ; JONATHAN DAVID DAVÍLA CRUZ y HITA ROSA DÍAZ PÉREZ en d procesó penal N° (Í6()32-20I4-2I-I706-JR-PE-Ü5, seguido contra los acusados LUIS ALBERTO BENITEZ CRUZ; CESAR AUGUSTO BENITES CRUZ; ISMAEL BENITES CRUZ; JONATHAN DAVID DAVÍLA CRUZ Y HITA ROSA DÍAZ PÉREZ, como presuntos autores del delito Contra l-.l Patrimonio, en la modalidad de USURPACIÓN AGRAVADA POR DESPOJO POR VIOLENCIA, ilícito previsto en el artículo 202° inciso 2 del Código Penal, en agravio de MARTHA VIOLETA SERNAQUE ENCAJIMA, notificándosele para que concurra a la diligencia de JUICIO ORAL reprogramada para el día TREINTA Y UNO DE OCTUBRE del año dos mil DIECISEIS a horas OCHO Y TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA, (hora exacta), la misma que se realizara en la sala de audiencia número DIECISEIS fl6), de loa Juzgado Penales unipersonales, ubicada en el segundo piso de la nueva sede judicial de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, sito en la Av. José Leonardo Ortiz N” 115- Centro Cívico - Chiclayo. Por haberse dispuesto así en el cuaderno de debates N° 06032-2014-21-1706JR-PE-05, seguido contra los acusados LUIS ALBERTO BENITEZ CRUZ; CESAR AUGUSTO BENITES CRUZ; ISMAEL BENITES CRUZ; JONATHAN DAVID DAVÍLA CRUZ Y HITA ROSA DÍAZ PÉREZ, como presuntos autores del delito Contra El Patrimonio, en la modalidad de USURPACIÓN AGRAVADA POR DESPOJO ÍJOR VIOLENCIA, ilícito previno al el artículo 202° inciso 2 del Código Penal, en agravio de MARTHA VIOLETA SERNAQUE ENCAJIMA, Notificándose bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz, reservarse el proceso y ordenarse su conducción compulsiva en caso de inasistencia Edictos que deberán ser publicados por el plazo de tres días. JORGE ASBEL ROJAS CUBAS JUEZ 8° JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PJ-NCPP-CSJLAMB 21, 22, 24 Oct. EDICTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LAMBAYEQUE JUEZ DR. JUAN GUALBERTO SÁNCHEZ DEJO ESPECIALISTA LEGAL: SAMPEDRANO EXP. N° 2726-2015-55-1708-JR-PE-01 Por el pte., cito llamo y emplazo al acusado AUGUSTO RAÚL RAMÍREZ SAAVEDRA, domiciliado en calle Barrio Particular B-l en Pariñas-Talara, para que se presente al Juzgado Penal Unipersonal a mi cargo de esta ciudad el día 31 de Octubre del año en curso a las 10 de la mañana, con motivo de llevar a cabo la Audiencia de Juicio Oral en el Exp. N° 2726-2015-55 que se le sigue por el delito de ESTAFA AGRAVADA en agravio de MARÍA EDITA SÁNCHEZ GONZALES.Lambayeque, 01 de Setiembre del 2016 DR. JUAN GUALBERTO SANCHEZ DEJO JUEZ JUZGADO PENAL UNIPERSONAL LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL – CSJLA 21, 22, 24 Oct. EDICTO EN EL EXP. N° 7760- 2016-0 EL SEGUNDO JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DEL MODULO BÁSICO DE JUSTICIA DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ, DE CHICLAYO, A CARGO DE LA DR. REYNERIO DÍAZ TARRILLO, CITA Y EMPLAZA AL IMPUTADO maricruz carrasco vizconde CON DNIN 48372414, DOMICILIO inca roca 1276- cpm el bosque II- LA victoria -chiclayo y calle huascar 165-jlo, PARA QUE SE PRESENTE AL LOCAL DEL SEGUNDO JUZGADO DE INVETIGACIÓN PREPARATORIA DE JOSÉ LEONARDO RTIZ, EL SEÑOR JUEZ A DISPUESTO LO SIGUIENTE Rs. 01 CITAR a AUDIENCIA ÚNICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO EN CASO DE DELITOS DE FLAGRANCIA, OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR Y CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD - DROGADICCIÓN requerido por el Señor Fiscal Provincial Penal de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de José Leonardo Ortiz. Dr. Rubén Ordemar Heredia, por la presunta comisión del delito contra Maricruz Carrasco Vizconde, como autora del Delito contra la Familia, en la modalidad de Omisión a

Chiclayo, Sábado 22 de Octubre del 2016

5

la Asistencia Familiar - incumplimiento de obligación alimentaria, en agravio de su hermano menor Anthony Jhamir Carrasco Coronel, para el día TREINTA Y UNO DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS A HORAS UNA DE LA TARDE, en la sala de audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo 1080- Atusparias, con la presencia obligatoria del señor representante del Ministerio Público, el abogado defensor del imputado, del propio imputado; bajo apercibimiento en caso de inasistencia del abogado defensor del procesado se aplicará el artículo 85° inciso 1) del Nuevo Código procesal Penal, modificado por la Ley 30076, por tratarse de una audiencia de carácter inaplazable como lo establece él artículo 447.4 del código procesal penal modificado por el decreto legislativo 1194. Requerimiento fiscal Ante el Juzgado de Paz Letrado del Módulo Básico de Justicia de José Leonardo Ortiz, se desarrolló el proceso de Alimentos contra MARICRUZ CARRASCO VIZCONDE, según el expediente N 175 -2013, donde mediante Resolución Nueve (Sentencia), de fecha 30 de octubre del 2014 se fijó la pensión alimenticia mensual y adelantada de S/. 500.00 nuevos soles, a favor de su hermano menor ANTHONY JHAMIR CARRASCO CORONEL, la misma que fue Consentida mediante Resolución Diez de fecha 09 de Enero del 2015; y ante el incumplimiento y previa liquidación de los devengados, ñie requerido mediante Resolución Quince, de fecha 09 de mayo del 2016 para que pague la suma de S/. 7,070.21 nuevos soles correspondientes a las pensiones alimenticias devengadas del periodo de Marzo del 2015 hasta Abril de 2016, siendo que en esta resolución se hizo el apercibimiento de que si en el plazo de tres días no pagaba el monto adeudado, se remitiría copias certificadas al Ministerio Público para que accione penalmente por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar, es que se hace efectivo el apercibimiento; por lo que, advirtiéndose en la investigación fiscal realizada que pese a ser notificado con el inicio de la misma, el acusado tampoco ha cumplido con pagar lo adeudado, siendo así, contando con suficientes elementos de convicción que lo vinculan con el delito de incumplimiento de obligación alimentaría, corresponde incoar proceso inmediato. JOSÉ LEONARDO ORTIZ, 19 DE SETIEMBRE DEL 2016 ESPECIALISTA: MARTHA VILCHEZ QUEVEDO REYNERIO DIAZ TARRILLO JUEZ 2° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MODULO BASICO DE JUSTICIA – JLO 21, 22, 24 Oct. EDICTO EN EL EXP. N° 7824- 2016-0 EL SEGUNDO JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DEL MODULO BÁSICO DE JUSTICIA DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ, DE CHICLAYO, A CARGO DE LA DR. REYNERIO DÍAZ TARRILLO, CITA Y EMPLAZA AL IMPUTADO ANASTACION MARCELINO GÁSTELO MANAY CON DNIN1627904, DOMICILIO CALLE ROMA 246- CPM URRUNAGA- JLO, PARA QUE SE PRESENTE AL LOCAL DEL SEGUNDO JUZGADO DE INVETIGACION PREPARATORIA DE JOSÉ LEONARDO RTIZ, EL SEÑOR JUEZ A DISPUESTO LO SIGUIENTE RS.01 CITAR a AUDIENCIA ÚNICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO EN CASO DE DELITOS DE FLAGRANCIA, OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR Y CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD -DROGADICCION requerido por el Señor Fiscal Provincial Penal de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de José Leonardo Ortiz. Dr. Rubén Ordemar Heredia, por la presunta comisión del delito contra Anastacio Marcelino Gástelo Manay, como autor del Delito contra la Familia, en la modalidad de Omisión a la Asistencia Familiar - incumplimiento de obligación alimentaría, en agravio de su menor hija Nayely Gástelo Barboza, representada por su madre María Rosa Barboza Ramírez, para el día TREINTA Y UNO DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS A HORAS DIEZ Y TREINTA DE LA MAÑANA, en la sala de audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo 1080- Atusparias, con la presencia obligatoria del señor representante del Ministerio Público, el abogado defensor del imputado, del propio imputado; bajo apercibimiento en caso de inasistencia del abogado defensor del procesado se aplicará el artículo 85° inciso 1) del Nuevo

6

Chiclayo, Sábado 22 de Octubre del 2016

Código procesal Penal, modificado por la Ley 30076, por tratarse de una audiencia de carácter inaplazable como lo establece el artículo 447.4 del código procesal penal modificado por el decreto legislativo 1194. Req fiscal Ante el Juzgado de Paz Letrado del Módulo Básico de Justicia de José Leonardo Ortiz, se desarrolló el proceso de Alimentos contra Anastacion Marcelino Gástelo Manay según el expediente N° 624 -2013, donde mediante Resolución Diez/ Sentencia), de Ifccha 11 de enero del 2016 se fijó la pensión alimenticia mensual y adelantada de S/. 250.00 nuevos soles, a favor de su menor hija NAYELY GÁSTELO BARBOZA, la misma que fue Consentida mediante Resolución Once de fecha 15 de abril del 2016; y ante el incumplimiento y previa liquidación de los devengados, fíie requerido mediante Resolución Doce, de fecha 20 de mayo del 2016 para que pague la suma de S/. 7,418.95 nuevos soles correspondientes a la liquidación de pensiones alimenticias devengadas del periodo de Octubre del 2013 hasta Mayo del 2016, siendo que en esta resolución se hizo el apercibimiento de que si en el plazo de tres días no pagaba el monto adeudado, se remitiría copias certificadas al Ministerio Público para que accione penalmente por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar, es que se hace efectivo el apercibimiento; por lo que, advirtiéndose en la investigación fiscal realizada que pese a ser notificado con el inicio de la misma, el acusado tampoco ha cumplido con pagar lo adeudado, siendo así, contando con suficientes elementos de convicción que lo vinculan con el delito de incumplimiento de obligación alimentaría, corresponde incoar proceso inmediato. JOSÉ LEONARDO ORTIZ, 19 DE SETIEMBRE DEL 2016. ESPECIALISTA: MARTHA VILCHEZ QUEVEDO REYNERIO DIAZ TARRILLO JUEZ 2° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MODULO BASICO DE JUSTICIA – JLO 21, 22, 24 Oct. EDICTO EXP. Nro. 07987-2016-0 JULIO BENAVENTE DELGADO EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DEL MODULO BÁSICO DE JUSTICIA DEJÓSE LEONARDO ORTIZ A CARGO DE LA DR. REJNERIO DÍAZ TARRILLO NOTIFICA AL IMPUTADO JORGE RAULRUIZ CHUGDEN EXP. 07987-2016-0 JBD. POR EL DELITO OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR EN AGRAVIO DE KSTHERIN JAZMÍN RUIZ REYES SE LE NOTFICA A LA AUDIENCIA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO EN CASO DE DELITO DE FLAGANCIA PARA EL DÍA TREINTIUNO DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A LAS NUEVE DE LA MAÑANA (HORA EXACTA) SITO EN VIRREY TOLEDO CUADRA DIEZ ATUSPARIAS JOSÉ LONARDO ORTIZ. REQUERIMIENTO DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO SEÑOR JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ. LISSET VELASQUEZ PORRAS, Fiscal Adjunta Provincial (T) de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa Atenor de lo establecido en el Artículo 159® de la Constitución y los Artículos 446® y 447® del Código Procesal Penal vigente, FORMULO REQUERIMIENTO DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO en contra de JORGE RAÚL RUIZ CHUGDEN, como AUTOR del Delito contra la Familia, en la modalidad de Omisión a la Asistencia Familiar - INCUMPLIMIENTO DEOBLIGACIÓN AUMENTARÍA, en agravio de susmenores hijas ICATHERIN JAZMÍN y MARYORITH LISETH RUIZ REYES, representado por su madre Blanca Viviana Reyes Contreras; en los términos siguientes: Ante el Juzgado de Paz Letrado del Módulo Básico de Justicia de José Leonardo Ortiz, se desarrolló el proceso de Alimentos contra JORGE RAÚL RUIZ CHUGDEN, según el expediente N® 44-2013, donde mediante Resolución Ocho (Sentencia), de fecha 15 de septiembre del 2014 se fijó la pensión alimenticia mensual y adelantada de S/. 500.00, a favor de sus menores hijas KATHERIN JAZMÍN y MARYORITH LISETH RUIZ REYES, sin embargo, mediante Resolución Doce (Sentencia de Vista), se confirmó y revocó la resolución ocho en el extremo que fija la pensión de alimentos, reformándola a S/ 400.00 nuevos soles, en una proporción de S/ 200.00 nuevos soles a cada hija alimentista, la misma que fue declarada Consentida. Ante el incumplimiento y previa liquidación de los devengados, fue requerido elimputado mediante ResoluciónCatorce,defecha 22 de marzo del 2016 para que pague la suma

CRÓNICA de S/. 13,326.91, siendo el caso que en esta resolución se hizo el apercibimiento de que si en el plazo de tres días no pagaba lo adeudado, se remitiría copias certificadas al Ministerio Público para que accione penalmente por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar,el cual se hizo efectivo; por lo que, advirtiéndose en la investigación fiscal realizada se advierte que él noha acreditado haber cancelado el total de esa deuda, en su declaración afirma haberla pagado en parte, y no habiendo arribado a un criterio de oportundiad, en autos se aprecia que sigue impaga la deuda puesta a cobro, esto es que ha incumplido con su obligación alimentaria, siendo asi, contando con suficientes elementos de convicción que lo vinculan con el delito de incumplimiento de obligación alimentaria, corresponde promover su juzgamiento. Se atribuye al imputado JORGE RAÚL RUIZ CHUGDEN ser AUTOR del Delito contra la Familia, en la modalidad de Omisión a la Asistencia Familiar - Incumplimiento de la Obligación Alimentaria, en agravio de sus menores hijas KATHERIN JAZMÍN y MARYORITH LISETH RUIZ REYES, conforme lo establece el Art. 23° del C. P.: “el que realiza por si o por medio de otro el hecho punible y los que lo cometan conjuntamente serán reprimidos con ¡a pena establecida Al respecto la Teoría del Dominio del Hecho, presupone una concepción que no se basa en la acusación de efectos de las acciones de los partícipes en su mundo exterior, sino de la realización de un fin, “que es el resultado de una elección entre diversas alternativas y posibilidades de acción en relación al fin que el agente se propone “.El 446° numeral 1) del Código Procesal Penal” establece cuales son los presupuestos en los que procede la incoación del Proceso Inmediato; señalando: “1) El Fiscal podrá solicitar la vía del proceso inmediato, cuando: a) el imputado ha sido sorprendido y detenido en flagrante delito; o, b) el imputado ha confesado la comisión del delito; o, c) los elementos de convicción acumulados durante las diligencias preliminares, y previo interrogatorio del imputado, sean evidentes Independientemente de lo señalado en los numerales anteriores, el Fiscal también deberá solicitar la incoación del proceso inmediato vara los delitos de omisión familiar y ¡os de conducción en estado de ebriedad o drogadicción, sin perjuicio de lo señalado en el numeral 3 del articulo 447del presente Código”. En el presente caso se ha culminado las diligencias preliminares; y, el imputado no ha cumplido con el pago de las pensiones alimenticias devengadas pese al requerimiento efectuado por el Juzgado de Paz Letrado del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz; conforme a las copias certificadas que obran en el Expediente N” 44-20:3, seguido por Blanca Viviana Reyes Contreras contra Jorge Raúl Ruíz Chugdcn por Alimentos, corrientes a folios 01-33, que hacen evidente la comisión del ilícito penal de Incumplimiento de Obligación Alimentaria por parte del investigado JORGE RAÚL RUIZ CHUGDEN.- Al tratarse el presente requerimiento de Proceso Inmediato JORGE RAÚL RUIZ CHUGDEN se sujeta a las reglas de COMPARECENCIA SIMPLE.- De ser el caso, se solicita a su despacho la oportunidad para instar en audiencia de incoación de proceso inmediato algún mecanismo alternativo de solución del conflicto.- A Usted, Señor Juez de Investigación Preparatoria, solicito se sirva dar trámite al presente Requerimiento Fiscal de Proceso Inmediato, y declarar en su oportunidad LA PROCEDENCIA DE PROCESO INMEDIATO previa audiencia, la misma que será convocada por su Despacho. José Leonardo Ortiz, 26 de Septiembre del 2016 REYNERIO DIAZ TARRILLO JUEZ 2° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MODULO BASICO DE JUSTICIA – JLO JULIO CESAR BENAVENTE DELGADO ESPECIALISTA DE JUZGADO MBJ-JLO PJ-NCPP-CSJLAMB 21, 22, 24 Oct. EDICTO EXP. Nro. 07856-2016-0 JULIO BENAVENTE DELGADO EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DEL MODULO BÁSICO DE JUSTICIA DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ A CARGO DE LA DR. REINERIO DÍAZ TARRILLO NOTIFICA AL IMPUTADO JUAN CARLOS FERNANDEZS BIFFI EXP. 07856-2016-0 JBD. POR EL DELITO OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR EN AGRAVIO DE JUAN CARLOS FERNANDEZ TOCAS SE LE NOTFICA A LA AUDIENCIA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO EN CASO

JUDICIAL

PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV

DE DELITO DE FLAGANCIA PARA EL DÍA TREINTIUNO DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A LAS DOCE DEL MEDIO DÍA (HORA EXACTA) SITO EN VIRREY TOLEDO CUADRA DIEZ ATUSPARIAS JOSÉ LONARDO ORTIZ. REQUERIMIENTO DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO SEÑOR JUEZ DE TURNO DE JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA PERMANENTE DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ. CARLOS ENRIQUE UCAÑAY MILLONES, Fiscal Adjunto Provincial Penal de la Primera Fiscalía Provincia Penal Corporativa de José Leonardo Ortiz, con DOMICILIO PROCESAL en Calle Incanato N° 438 - Segundo Piso, de José Leonardo Ortiz, Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque, y Casilla Electrónica N° 54214 En el presente caso, se incoa el proceso inmediato en el supuesto previsto en el artículo 446 inciso 4, modificado por Decreto Legislativo N® 1194, dispositivo legal que prescribe: °B1 Fiscal debe solicitar la incoación del proceso inmediato, bajo responsabilidad, cuando se presente alguno de los siguientes supuestos: /independientemente de lo señalado en los numerales anteriores, el Fiscal también deberá solicitar la incoación del proceso inmediato para los delitos de omisión de asistencia familiar Según aparece de las copias certificadas del Expediente Civil N° 249-2009JP-FC- 01/VCD por Alimentos, seguida ante el Juzgado de Paz Letrado del Módulo Básico de Justicia de José Leonardo Ortiz,’ mediante resolución número CUATRO de fecha 23 de Setiembre del 2009, aprueba ordena que el demandado acuda con una pensión mensual y adelantada por la suma de S/l 50.00 (Ciento cincuenta Soles), a favor de su menor hija KATHERIN DAYANA FERNANDEZ TOCAS, representada por su madre LOREN RAQUEL TOCAS CASTILLO, sentencia que fue declaró consentida, mediante resolución número CINCO del 0 1 de Setiembre del 20 10, sin embargo, el investigado viene incumpliendo con el pago de pensiones alimenticias devengadas, existiendo una liquidación practicada por el período de Marzo del 2015 a Abril del 2016, que suma en total la cantidad de S/ 2,227.21 (Dos mil doscientos veintisiete con 21/100 soles) más el interés legal, conforme aparece de la liquidación de Intereses Legales EfectivaMN, de fecha Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de José Leonardo Ortiz Primer Despacho de investigación 29/04/2016 aprobada mediante la Resolución No. 23 de fecha 10 de Junio del 2016, notificada al investigado en su domicilio real, a fin de que en el plazo de tres días, cumpla con pagar la suma que se indica, bajo apercibimiento de ser denunciado por delito de omisión a la asistencia familiar, y ante el incumplimiento se hizo efectivo el apercibimiento decretado, ordenando la remisión de copia a la sede fiscal. En el presente caso estamos ante la presencia de la presunta comisión del delito contra la Familia en su modalidad de Omisión a la Asistencia Familiar previsto y sancionado en el artículo 149 primer párrafo del Código Penal, el cual prescribe “El que omite cumplir su obligación de prestar los alimentos que establece una resolución judicial será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de tres años, o con prestación de servicio comunitario de veinte a cincuentidós jomadas, sin perjuicio de cumplir con el mandato judicial”. Señor Juez solicito tenga por formulado mi requerimiento de Incoación de Proceso Inmediato contra JUAN CARLOS FERNANDEZ BIFFI, por el presunto delito contra la Familia, en la modalidad de OMISIÓN A LAASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de su menor hija KATHERIN DAYANA FERNANDEZ TOCAS, representada por su madre LOREN RAQUEL TOCAS CASTILLO, José Leonardo Ortiz, 26 de Septiembre del 2016. REYNERIO DIAZ TARRILLO JUEZ 2° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MODULO BASICO DE JUSTICIA – JLO JULIO CESAR BENAVENTE DELGADO ESPECIALISTA DE JUZGADO MBJ-JLO PJ-NCPP-CSJLAMB 21, 22, 24 Oct. EDICTO EXP. Nro. 07872-2016-0 JULIO BENAVENTE DELGADO EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DEL MODULO BÁSICO DE JUSTICIA DEJÓSE LEONARDO ORTIZ A CARGO DELADR. REINERIO DÍAZ TARRILLO NOTIFICA AL IMPUTADO PEDRO PÉREZ CORREA EXP. 07872-2016-0 JBD. POR EL DELITO CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCION EN AGRAVIO DE LA SOCIEDAD, SE LE NOTFICA A LA

AUDIENCIA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO EN CASO DE DELITO DE FLAGANCIA PARA EL DÍA TREINTIUNO DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A LAS DOCE Y TREINTA DEL MEDIO DÍA (HORA EXACTA) SITO EN VIRREY TOLEDO CUADRA DIEZ ATUSPARIAS JOSÉ LONARDO ORTIZ. REQUERIMIENTO DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO SEÑOR DOCTOR: JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO DE PERMANENTE DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ. INVESTIGACIÓN PREPARATORIA EDGAR JUVENAL CAMACHO GLANO. Fiscal Adjunto Provincial Penal de la Primera Fiscalía Provincia Penal Corporativa CASILLA ELECTRÓNICA: 43900; A Usted muy Que, en representación de la sociedad, y de conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1194 que modifica los artículos 446, 447 y 448 del Código Procesal Penal y estando a los alcances del Protocolo de Actuación Interinstitucional para el Proceso Inmediato, de conformidad con la Resolución Administrativo Nro. 102-2015-P-CE-PJ de fecha 26.11.2015 y estando a la Resolución Administrativa Nro. 347-2015- CE-PJ - pagina 12 - de fecha 24.11.2015: Acudo aA vuestro Digno Despacho, con el propósito de SOLICITAR LA INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO contra PEDRO PÉREZ CORREA inmerso en la presunta comisión de DELITO CONTRA LA SEGURIDAD PÚBLICA en su figura de PELIGRO COMÚN en su modalidad de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD en agravio de LA SOCIEDAD Que, conforme se aprecia del Acta de Intervención Policial de tecina 04.09.2016 que personal policial debidamente identificado como el SOS PNP JULIO TIMOTEO NEYRA al promediarlas 17:10 horas, en circunstancias que realizaba patrullaje por las Avenidas Panamá y Parguay en la jurisdicción de JLO., se logró lo intervención de PEDRO PÉREZ CORREA, identificado con DN1. Nro. 27406934 con I domicilio real sito en Calle Romo N® 146 -Urrunaga en JLO, el mismo quien se encontraba conduciendo el vehículo menor Mototaxi J signada con Placa de Rodaje Nro. 9505-7M, Marca WANXIN, color rojo, en visilbles síntomas de haber Ingerido bebidas alcohólicas, motivo por el cual fue sometido a las diligencias correspondientes, siendo del caso que conforme aparece del Certificado de Dosaje Etílico Nro. 023-003857, Registro de Dosaje Nro. B-002877 expedido por el PERITO MAYOR SPNP LLANOS MATALLANA CESAR JOSÉ, de la muestra de sangre extraía a la persona de SANDOVAL DAMIÁN JOSÉ, ARROJÓ: 0.94 G/L (GRAMOS DE ALCOHOL POR LITRO DE SANGRE).- Segundo Periodo de Alcoholemía; EBRIEDAD, según Tabla de Referencia para la Reparación Civil por Conducción en estado de Ebriedad. Se atribuye oí imputado PEDRO PÉREZ CORREA ser AUTOR del DELITO CONTRA LA SEGURIDAD PÚBLICA en su figura de PELIGRO COMÚN en su modalidad de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD en agravio de LA SOCIEDAD, contemplado en el artículo 274° primer párrafo del Código Penal, que establece: será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de seis meses ni mayor de dos años o con prestación de servicios comunitarios de cincuenta y dos a ciento cuatro jornadas e inhabilitación, conforme al artículo 36 inciso 7. Cuando e! agente presta servicios de transporte público de pasajeros, mercancías o carga en general, encontrándose en estado de ebriedad, con presencia de alcohol en la sangre en proporción superior de 0.25 gramos-litro, o bajo el efecto de drogas tóxicos, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o sintéticas, la pena privativa de libertad será no menor de uno ni mayor de tres años o con prestación de servicios comunitarios de setenta a ciento cuarenta jornadas e inhabilitación El Artículo 446° inciso 4 del Código Procesal Penal (moditicado por D. Leg. N° 1194) establece que para los DELITOS CONTRA LA SEGURIDAD PÚBLICA en su figura de PELIGRO COMÚN en su modalidad de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD en agravio de LA SOCIEDAD, la incoación del proceso inmediato es OBLIGATORIA. 002877, PERTINENTE, CONDUCENTE Y ÚTIL en la medida que acredito el contenido de alcohol en la sangre del imputado ascendente a 0,94 G/L (GRAMOS DE ALCOHOL POR LITRO DE SANGRE), que resulta ser mayor o lo previsto en la norma penal sub materia, art. 274 del Código Penal.cancelando el Importe de S/. 197.50 soles, según Tabla de Alcoholemia (5%) UIT al haber estado conduciendo un vehículo MENOR y siempre y cuando además carezca de antecedentes penales. : Solicito a Usted Señor Juez se sirva fijar día y hora para la realización de la Audiencia de Incoación de Proceso Inmediato. José Leonardo Ortiz, 28 de Septiembre del 2016

PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV REYNERIO DIAZ TARRILLO JUEZ 2° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MODULO BASICO DE JUSTICIA – JLO JULIO CESAR BENAVENTE DELGADO ESPECIALISTA DE JUZGADO MBJ-JLO PJ-NCPP-CSJLAMB 21, 22, 24 Oct. EDICTO EN EL EXP. N° 8161- 2016-0 EL SEGUNDO JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DEL MODULO BÁSICO DE JUSTICIA DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ, DE CHICLAYO, A CARGO DE LA DR. REYNERIO DÍAZ TARRILLO, CITA Y EMPLAZA AL IMPUTADO RICHAR DALEN CUBAS JARA, CON DNIN45714126, DOMICILIO EN CALLE LOS PETALOS 299- URB. CARLOS STEIN CHA VEZ- JLO, PARA QUE SE PRESENTE AL LOCAL DEL SEGUNDO JUZGADO DE INVETIGACION PREPARATORIA DE JOSÉ LEONARDO RTIZ, EL SEÑOR JUEZ A DISPUESTO LO SIGUIENTE: Res. 01 CITAR a AUDIENCIA ÚNICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO EN CASO DE DELITOS DE FLAGRANCIA, OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR Y CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD - DROGADICCIÓN requerido por el Señor Fiscal Provincial de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de José Leonardo Ortiz. Dr. Rober Edwin Becerra Pérez por la presunta comisión del delito contra Richar Dalen Cubas Jara, por el delito contra la Familia, en la modalidad de omisión a la asistencia familiar, en agravio del menor Dayron Del Piero Cubas Barrantes, representados por su madre Rosmeri Sadith Barrantes Mego, para el día TREINTA Y UNO DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA, en la sala de audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo 1080— Atusparias, con la presencia obligatoria del señor representante del Ministerio Público, el abogado defensor del imputado, del propio imputado; bajo apercibimiento en caso de inasistencia del abogado defensor del procesado se aplicará el artículo 85° inciso 1) del Nuevo Código procesal Penal, modificado por la Ley 30076, por tratarse de una audiencia de carácter inaplazable como lo establece el artículo 447.4 del código procesal penal modificado por el decreto legislativo 1194. Req. fiscal Que de los actuados se tiene que en el proceso de alimentos signado con el Expediente N 601 - 2009, mediante sentencia de fecha 26 de marzo del 2010, contenida en la Resolución N® 08. se resuelve declarar fundada en parte la demanda de alimentas interpuesta por Rosmeri Sadith Barrantes Mego y se ordena que el demandado (ahora Imputado) Richard Dalen Cubas Jara, acuda con una pensión alimenticia mensual y adelantada de DOSCIENTOS NUEVOS SOLES (S/.200.00) favor de su menor hijo DAYRON DEL FIERO CUBAS BARRANTES, de la resolución N° 20 de fecha veinticuatro de julio de 2015,se solicita poner a conocimiento la presente causa a la juez... . Resulta que el Imputado no ha cumplido con pagar las pensión fijada judicialmente, motivo por el cual se dispuso que se practique liquidación de pensiones devengadas correspondiente al periodo de marzo de 2013 a agosto de 2015, ascendiendo a la suma de SEIS MIL CIENTO CINCUENTA Y CINCO CON 04/100 SOLES (S/. 6,155.04), la misma que fue aprobada mediante resolución N° 21 de fecha 08 de septiembre de 2015, asimismo en dicha resolución se le requirió que en el término de tres días cumplía con cancelar la suma aprobada bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas al Ministerio Público a fin que proceda conforme a sus atribuciones, resolución que notificado válidamente al demandado hoy imputado en domicilio real y ante su negativa de pago se hace efectivo el apercibimiento decretado en autos y mediante resolución N° 22 de fecha 16 de agosto del 2016, se remite copias certificadas del proceso al Ministerio Público para que procesa conforme a sus atribuciones. En ei presente caso estamos ante la presencia de la presunta comisión del delito contra la Familia en su modalidad de Omisión a la Asistencia Familiar previsto y sancionado en el artículo 149° primer párrafo del Código Penal. JOSÉ LEONARDO ORTIZ, 21 DE SETIEMBRE DEL 2016. ESPECIALISTA; MARTHA VILCHEZ QUEVEDO REYNERIO DIAZ TARRILLO JUEZ

CRÓNICA

2° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MODULO BASICO DE JUSTICIA – JLO 21, 22, 24 Oct. EDICTO EXPEDIENTE N°: 847-2016-TJPUS-J JUEZ: DR. RIVER ENRIQUE BRAVO HIDALGO ESP. DE JUZGADO: ABOS. LUÍS HURTADO LÁZARO El Señor Juez del Tercer Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de Jaén, mediante el presente EDICTO NOTIFICA AL ACUSADO: ISAÍAS MUÑOZ ALTAMIRANO, a fin de que concurra a la Sala de Audiencias del Tercer Juzgado Penal Unipersonal de Jaén, ubicado en la intersección de las calle Mariscal Castilla y Huamantanga de esta ciudad, para efectos de llevarse a cabo la audiencia de JUICIO ORAL, programada para el día TREINTA Y UNO DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS. A HORAS OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA (HORA EXACTA), bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz, archivarse provisionalmente y ordenarse su captura a nivel nacional, en caso de su inconcurrencia injustificada. Por haberse ordenado así mediante resolución uno, de fecha veintiséis de septiembre del año dos mil dieciséis, expedida en el Expediente N° 847-2016-TJPUS-J, seguido contra ISAÍAS MUÑOZ ALTAMIRANO, por el delito de OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR en agravio de ANA PAULA MUÑOZ SÁNCHEZ. Jaén, 27 de septiembre del 2016 LUIS A. HURTADO LAZARO ESPECIALISTA JUDICIAL JUZGADO DE JUZGAMIENTO – JAEN PJ-NCPP-CSJLAMB 21, 22, 24 Oct. EDICTO PENAL 1° JUZG. INVEST. PREPARATORIA EXPEDIENTE: 6132-2013-0-1706-JR-PE01 JUEZ: WILSON MEDINA MEDINA IMPUTADOS: VÍCTOR MANUEL CORNEJO LAZO : OCTAVIO GALVARINO DELGADO GUZMAN : NILDA DIANA MORALES POZO : HAYDEE CANCHAPOMA HIDALGO DELITO: FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTOS AGRAVIADOS: EL ESTADO - SUNARP : MIGUEL CONRADO ARANDA GÓMEZ : VILMA JESÚS BELTRÁN DE ARANDA ESPECIALISTA: CINTHIA FLORES HUAMÁN QUISPE Mediante el presente edicto, el señor Juez del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria-flagrancia, OAF Y CEED, notifica a: VÍCTOR MANUEL CORNEJO LAZO; OCTAVIO GALVARINO DELGADO GUZMAN; NILDA DIANA MORALES POZO y HAYDEE CANCHAPOMA HIDALGO con la resolución que dispone: 1. Reprogramar la presente audiencia para el día treinta y uno de octubre del dos mil dieciséis a horas ocho de la mañana (31-10-2016 - H. 8.00 am) la misma que se llevará a cabo en esta misma sala de audiencias, sala N° 01 del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, ubicado en la avenida José Leonardo Ortiz N° 155 de Chiclayo. 2. Reiterar los apercibimientos consignados en la resolución número doce emitida en la audiencia pasada. WILSON V. MEDINA MEDINA JUEZ PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PJ-NCPP-CSJLAMB 21, 22, 24 Oct. EDICTO El Juzgado Penal Unipersonal y Liquidador del MBJ de Azángaro, a cargo del Dr. RUBÉN CHARAJA GONZALES, con intervención del Especialista Legal Alfredo Berlín Lima Mamani, en el proceso penal 00282-2015-35-2102-JR-PE01, seguido en contra de WILSON WALDIR PIZARRO ASALDE, con documento nacional de identidad número 42947647, masculino, nacido el dos de octubre de mil novecientos ochenta y uno, siendo el lugar de nacimiento distrito y provincia de Chiclayo, Región Lambayeque, estado civil soltero, grado de instrucción secundaria completa, hijo de Francisco y Luisa, con domicilio real en la Avenida Los Incas 833 del distrito La Victoria provincia de Chiclayo departamento de Lambayeque; como AUTOR del delito Contra el Patrimonio, en su modalidad de Hurto, en su forma de HURTO SIMPLE, previsto en el artículo 185 del Código Penal, en agravio de la Empresa PACOSA S.A.C., mediante resolución número 03-2016 de fecha 7 de

JUDICIAL septiembre del dos mil dieciséis; CITA Y NOTIFICA al acusado WILSON WALDIR PIZARRO ASALDE, a fin de que asista acompañado de su abogado defensor a la AUDIENCIA PÚBLICA DE JUICIO ORAL señalado para el día treinta y uno de octubre del dos mil dieciséis a horas once de la mañana (11:00 am), la misma que se realizará en la Sala de Audiencias del Juzgado Penal Unipersonal y Liquidador del Módulo Básico de Justicia de Azángaro, bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz, ordenarse su conducción compulsiva y archivarse provisionalmente el proceso hasta que sea habido, en caso de su inasistencia a la audiencia programada. Lo que se pone en conocimiento para los fines consiguiente. Azángaro, 8 de septiembre del 2016 ALFREDO BERLIN LIMA MAMANI MBJ-AZANGARO 21, 22, 24 Oct. EDICTO EL JUEZ DEL NOVENO JUZGADO DE PAZ LETRADO ESPECIALIZADO EN FALTAS DE CHICLAYO. Cita y emplaza y llama a LUZ MARLENI REYES DE LA CRUZ, para que concurra al Noveno Juzgado de Paz Letrado Chiclayo, sito en la Av. Santa Victoria N° 404 - Urb. Santa Victoria - Chiclayo, el día 31/10/2016, a horas DIEZ de la mañana (hora exacta), a efectos que responda de los cargos imputados, en audiencia única fijada. Bajo apercibimiento de hacer efectivo los dispuesto en el Art. 110 del Código Procesal Penal. Por haberse dispuesto así, en la Inst. N° 192-2016-9°JPLEF-CH, seguido contra Emeli Paola Medina Llenque, Luz Marleni Reyes de la Cruz y Donatila Medina Llenque, por faltas contra la persona en la modalidad de Lesiones Dolosas, en agravio de Yessica Marleny Farro Tineo. HUGO SANTA CRUZ PARCO JUEZ JUZGADO DE PAZ LETRADO DE FALTAS PODER JUDICIAL – CSJLA RAIMUNDO HEREDIA MALDONADO ESPECIALISTA LEGAL 9° JUZGADO DE PAZ LETRADO NCPP PODER JUDICIAL – CSJLA 21, 22, 24 Oct. EDICTO PENAL 2° JUZG. INVEST. PREPARATORIA EXPEDIENTE: 08752-2016-0-1706-JRPE-02 JUEZ: VASQUEZ RUIZ MARISOL ESPECIALISTA: TELLO GONZALES JORGE ENRIQUE MINISTERIO PUB.: LARREA WONG, MARÍA A REPRESENTANT: SENADOR FIESTAS, KAREN LISBETH IMPUTADO: PAIVA PAZOS, ELMER IVAN DELITO: OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR AGRAVIADO: PAIVA SENADOR, ARIELA Por el presente Edicto, la Juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, NOTIFICA al imputado ELMER IVAN PAIVA PAZOS y a la representante de la parte agraviada KAREN LISBETH SENADOR FIESTAS, con la resolución número dos de fecha 19 de Octubre del 2016, la misma que dispone: REPROGRAMAR LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DÍA TREINTA Y UNO DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECISEIS A HORAS 08:20 DE LA MAÑANA EN LA SALA N° 02 del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo; ubicada en la Av. José Leonardo Ortiz N° 155 - Centro Cívico - Chiclayo - 2do piso, quedando debidamente notificadas las partes procesales asistentes. MARISOL VASQUEZ RUIZ JUEZ TITULAR 2° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PJ-NCPP-CSJLAMB 21, 22, 24 Oct. EDICTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LAMBAYEQUE JUEZ DR. JUAN GUALBERTO SÁNCHEZ DEJO ESPECIALISTA LEGAL: MATILDE R. SAMPEDRANO DURANGO EXP. N° 5327-2016-5-1708-JR-PE-01 Por el pte., cito llamo y emplazo al acusado contumaz OSCAR DANILO SÁNCHEZ SANTISTEBAN, domiciliado en calle Siete de Enero 424 en el distrito de Illimo, para que se presente al Juzgado Penal Unipersonal a mi cargo ubicado en calle Víctor Doig y Lora 185 de esta localidad, a responder por los cargos que le resultan en el Expediente N° 5327-2016-5 que se le sigue por el delito de OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR en agravio

Chiclayo, Sábado 22 de Octubre del 2016

7

de MILAGROS DEL PILAR SÁNCHEZ SANDOVAL. Lambayeque, 14 de Octubre del 2016 DR. JUAN GUALBERTO SANCHEZ DEJO JUEZ JUZGADO PENAL UNIPERSONAL LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL – CSJLA 21, 22, 24 Oct. EDICTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LAMBAYEQUE JUEZ DR. JUAN GUALBERTO SÁNCHEZ DEJO ESPECIALISTA LEGAL: MATILDE R. SAMPEDRANO DURANGO EXP. N° 4964-2016-83-1708-JR-PE-01 Por el pte., cito llamo y emplazo al acusado contumaz JACINTO SANTAMARÍA BANCES, domiciliado en calle Real sin número en Cruz del Médano del distrito de Mórrope, para que se presente al Juzgado Penal Unipersonal a mi cargo ubicado en calle Víctor Doig y Lora 185 de esta localidad, a responder por los cargos que le resultan en el Expediente N° 4964-2016-83 que se le sigue por el delito de OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR en agravio de ESTEBAN DANIEL SANTAMARÍA SANTISTEBAN. Lambayeque, 03 de Octubre del 2016 DR. JUAN GUALBERTO SANCHEZ DEJO JUEZ JUZGADO PENAL UNIPERSONAL LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL – CSJLA 21, 22, 24 Oct. EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 000432-2000-0-1706JR-PE-10 PRIMER JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE CHICLAYO JUEZ: DR. SEGUNDO B. ADRIANZEN CIEZA ESPECIALISTA LEGAL: Dra. GLORIA LOCONI CAPITÁN Por el presente, cito llama y Emplaza al sentenciado JUAN CARLOS LUCERO, para hacerle de su conocimiento que éste Juzgado ha resuelto: Proveyendo según su estado notifíquese al sentenciado Juan Carlos Lucero cumpla con cancelar el integro de la reparación civil impuesta en autos, a favor de la parte agraviada dejándose constancia, interviene la cursora por disposición superior. Dr. SEGUNDO B. ADRIANZEN CIEZA, Juez.- Dra. GLORIA LOCONI CAPITÁN -Secretaria. Chiclayo, 06 de octubre del 2016 SEGUNDO B. ADRIANZEN CIEZA JUEZ PRIMER JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO PODER JUDICIAL – CSJLA 21, 22, 24 Oct. EDICTO PENAL EXP-N°-04405-2005 El SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE CHICLAYO-DRSEGUNDO BENJAMÍN ADRIANZEN CIEZA ESPECIALISTA LEGAL: GLORIA LOCONI CAPITÁN Por intermedio de la presente, notifico, llamo y emplazo al sentenciado JOSÉ ALEXANDER SÁNCHEZ AGOSTA con la resolución veintiséis de fecha 15-09-2016 que RESUELVE: REHABILITAR a José Alexander Sánchez Acosta en la presente instrucción que se le sigue por el delito Contra La vida el cuerpo y la salud, en su figura de Lesiones Leves en Agravio de Luis Armando Calle Zavala. Por haberse ordenado en la presente instrucción N°-04405-2005, por el delito de Lesiones Leves agravio de Luis Armando Calle Zavala- Dr-Segundo Adrianzen Cieza-Juez- Especialista Legal - Dra. Gloria Loconi CapitánChiclayo, 04 de Octubre del 2016 SEGUNDO B. ADRIANZEN CIEZA JUEZ PRIMER JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO PODER JUDICIAL – CSJLA 21, 22, 24 Oct. EDICTO Señor Ledy Del Rosario Tantalean Díaz, mediante la presente cumplo con notificar la Investigación N° 390-2014.- en la que se ha resuelto lo siguiente. Resolución número SEIS: Chiclayo, once de junio del dos mil quince.- Al escrito presentado por los letrados Juan Carlos Centurión Portales y Roberto Fredy Cerpa Rodríguez, conforme lo exponen: téngase por apersonados a los recurrentes en su calidad de Representantes de la Sociedad Civil ante la OCMA, y respecto a las notificaciones, precísese que estas se efectuarán a través de la casilla judicial proporcio-

8

Chiclayo, Sábado 22 de Octubre del 2016

nada por el Poder Judicial, sin perjuicio de ello por esta única vez notifíquese a los recurrentes tanto en su domicilio procesal que indican así como en su casilla electrónica. NOTIFÍQUESE Resolución número: SIETE.- Chiclayo, diecinueve de junio del dos mil quince.Al informe remitido por el Encargado de la Oficina de Estadística de esta Corte: agréguese a los autos y téngase presente lo que informa. Suscribe la suscrita en virtud de lo dispuesto en el artículo 122° del Código Procesal Civil. NOTIFÍQUESE.Resolución número: OCHO.- Al informe remitido por el Encargado de la Oficina de Estadística de esta Corte: agréguese a los autos y téngase presente lo que informa. Al informe remitido por el Coordinador de Personal de esta Corte: téngase presente lo que informa y agréguese a los autos. De otro lado, OFÍCIESE al Jefe de Personal para que en el plazo de dos días informe sobre las licencias de las que habría gozado la servidora investigada durante el año 2014. NOTIFÍQUESE.Resolución número: NUEVE.- DADO CUENTA con la razón que antecede; al reporte de control de asistencia de la investigada: agréguese a los autos y téngase presente. De otro lado, siendo el estado del proceso, imprímase el reporte de medidas disciplinarias de la servidora Ledy del Rosario Tantalean Díaz y póngase los autos a despacho para emitir el informe o resolución que corresponde. NOTIFÍQUESE.FDO. Dr. Willy López Fernández, Magistrado Integrante de La Unidad Desconcentrada de Quejas; FDO. Cynthia Galina Ruiz Hidalgo, Secretaria Judicial adscrita a la Unidad Desconcentrada de Quejas. Chiclayo 27 de setiembre del 2016 CYNTHIA RUIZ HIDALGO ASISTENTE DE LA UNIDAD DESCONCENTRADA DE QUEJAS ODECMA – LAMBAYEQUE 21, 22, 24 Oct. EDICTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LAMBAYEQUE JUEZ DR. JUAN GUALBERTO SÁNCHEZ DEJO ESPECIALISTA LEGAL: MATILDE R. SAMPEDRANO DURANGO EXP. N° 4968-2016-87-1708-JR-PE-01 Por el pte., cito llamo y emplazo al acusado contumaz SEGUNDO SANTISTEBAN SANDOVAL, domiciliado en campiña Quemazón en el distrito de Mórrope, para que se presente al Juzgado Penal Unipersonal a mi cargo ubicado en calle Víctor Doig y Lora 185 de esta localidad, a responder por los cargos que le resultan en el Expediente N° 4968-2016-87 que se le sigue por el delito de OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR en agravio de NOEMI DEL MILAGRO SANTISTEBAN SANDOVAL.Lambayeque, 14 de Octubre del 2016 DR. JUAN GUALBERTO SANCHEZ DEJO JUEZ JUZGADO PENAL UNIPERSONAL LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL – CSJLA 21, 22, 24 Oct. EDICTO PENAL EXP. N°: 02238-2016-40-1708-JR-PE-01 JUEZ: DR. JUAN EDUARDO VALDERA OLIVOS. ESP. DE JUZG.: ABOG. NANCY RAMOS MONTOYA IMPUTADO: WENDY MARIELA SIMÓN ZURITA Y OTROS AGRAVIADO: CRISTIAN ALCIDES SALAZAR FIESTAS Por el presente, CITO LLAMO Y EMPLAZO, a la acusada WENDY MARIELA SIMÓN ZURITA, con DNI 43249412, quien deberá concurrir a la Audiencia de Juicio Oral señalado en la presente causa seguida en su contra como presunto autor del delito contra LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD, en su modalidad de POSESIÓN ILEGAL DE ARMAS DE FUEGO, en agravio de CRISTIAN ALCIDES SALAZAR FIESTAS, señalada para el día VEINTICINCO DE OCTUBRE del año dos mil dieciséis a horas NUEVE DE LA MAÑANA, en el ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DE CHICLAYO - PISCI. NOTIFICAR a la ACUSADA WENDY MARIELA SIMÓN ZURITA, en su domicilio real consignado por el representante del Ministerio Publico el ubicado en EL PASAJE LOS F1CUS MZ. 6 HC LOTE 2 TABLADA DE LURIN COMITÉ 41 - VILLA MARÍA DEL TRIUNFO - LIMA Y CALLE HUAMACHUCO N” 023 -JAYANCA. Asimismo, NOTIFIQUESE mediante edictos Judiciales, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia de ser DECLARADO REO CONTUMAZ, y ordenarse su captura a nivel nacional. Publíquese el presente edicto por tres días consecutivos.

CRÓNICA JUAN E. VALDERA OLIVOS JUEZ SUPERNUMERARIO CSJLAMB 20, 21, 22 Oct. EDICTO PENAL JUZGADO: UNIPERSONAL PERMANENTE - CUTERVO JUEZ: DR. EDWIN IBAÑEZ FARFAN. CITA Y EMPLAZA a los acusado MERMES HERRERA CAYAO, identificado con DNI 42292928 para que se ponga a Derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra en el Expediente Judicial No 213-2015-170606, por el Delito de LESIONES LEVES POR VIOLENCIA FAMILIAR, en agravio de GLADYS PÉREZ CRUZADO, expediente en el cual se ha emitido la siguiente resolución: RESOLUCIÓN NÚMERO: CUATRO, Cutervo, diez de agosto, Del Año Dos Mil Dieciséis. AUTOS Y VISTOS: Con Lo solicitado por el representante del Ministerio Público y abogado del acusado, por lo que a efecto de no generar Indefensión respecto a la Defensa del Acusado de Autos y no generar Nulidades Posteriores; SE RESUELVE: REPROGRAMAR. la presente Audiencia de Juicio Oral para el día, VEINTISÉIS DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. A HORAS UNA DE LA TARDE (Hora Exacta), en la Sala de Audiencia de este Órgano Jurisdiccional. NOTIFIQUESE. al acusado, HERMES HERRERA CAYAO, en su domicilio Real, señalado autos, sitio Caserío El Arenal del Distrito de Santo Tomás de Cutervo,, sin perjuicio de ser notificado mediante Edicto Judicial Penal, por Tres Días Hábiles en el Diario Oficial, BAJO APERCIBIMIENTO: de ser declarado reo contumaz en caso de inasistencia injustificada y ordenarse su ubicación y captura a nivel nacional. Cutervo, 10 de agosto del 2016 EDWIN IBAÑEZ FARFAN JUEZ JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PERMANENTE PJ-CSJLAMB-CUTERVO 20, 21, 22 Oct. EDICTO PENAL EXP. N°: 08020-2015-0-1708-JR-PE-01 JUEZ: DR. VALDERA OLIVOS JUAN E. ESP. DE JUZG.: ABOG. NANCY RAMOS MONTOYA IMPUTADO: RONALDO JHOAU SAYAVERDE DÍAZ AGRAVIADO: JAMES ÍTALO SAYAVERDE LARRAIN Por el presente, CITO LLAMO Y EMPLAZO, al acusado RONALDO JHOAU SAYAVERDE DÍAZ, con DNI 41655789, quien deberá concurrir a la Audiencia de Juicio Oral señalado en la presente causa seguida en su contra como presunto autor del delito OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de JAMES ÍTALO SAYAVERDE LARRAIN, señalada para el día VEINTISÉIS DE OCTUBRE del año dos mil dieciséis a horas NUEVE DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias de este Juzgado de Motupe. NOTIFICAR al ACUSADO RONALDO JHOAU SAYAVERDE DÍAZ, en su domicilio real consignado por el representante del Ministerio Público ubicado en CASERÍO SHOTORCO RAMBRAN PATA CHOTA -CAJAMARCA y según Reniec EN EL AA.HH LOS ROBLES DE SAN FERNANDO B07 SAN JUAN D LURIGANCHO- LIMA: Asimismo, NOTIFIQUESE mediante edictos Judiciales, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia de ser DECLARADO REO CONTUMAZ, y ordenarse su captura a nivel nacional. Publíquese el presente edicto por tres días consecutivos. NANCY RAMOS MONTOYA ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL TRANSITORIO MOTUPE PODER JUDICIAL – CSJLA 20, 21, 22 Oct. EDICTO PENAL EXPEDIENTE: N° 01981-2014-85-1706JR-PE-01 SECRETARIO: VILMA NOELIA HERRERA TIMANA DELITO: CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD ACUSADO: YORH WILLIAM FERNANDEZ PAZ JESÚS EDILBERTO MARRUFO ALVARADO AGRAVIADO: JONATAN JAVIER BENITES SALAS LUIS GUILLERMO SOSA PISCOYA. Señor Gerente del Diario “La República”, por medio del presente documento, solicito a usted, publique por tres días consecutivos, el presente EDICTO PENAL, en los siguientes términos: La Señora Juez del Quinto Juzgado Penal Unipersonal Supraprovincial de Chiclayo

JUDICIAL

PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV

y Ferreñafe, cita, llama y emplaza a don JESÚS EDILBERTO MARRUFO ALVARADO, para su JUZGAMIENTO, en el proceso recaído en el EXP. N° 019812014-85-1706-JR-PE-01, seguido en su contra por la presunta comisión del delito de CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD, en su figura de HOMICIDIO SIMPLE EN GRADO DE TENTATIVA, en agravio de JONATAN JAVIER BENITES SALAS y LUIS GUILLERMO SOSA PISCOYA, disponiendo su notificación con lo resuelto en la resolución número dieciséis, de fecha cinco de setiembre del año dos mil dieciséis, en los siguientes términos: 1) DECLARAR LA IMPOSIBILIDAD de instalar la presente audiencia, al no haberse notificado válidamente al acusado. 2) REPROGRAMAR la audiencia de JUICIO ORAL para el día VEINTISÉIS DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS a horas OCHO Y TREINTA de la mañana, diligencia que se realizará en la sala de audiencias NUMERO SEIS (06), correspondiente al Quinto Juzgado Penal Unipersonal, ubicado en el 2do, piso de la Nueva Sede de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque (Av. José Leonardo Ortiz 155 - Centro Cívico en Chiclayo); dejando constancia que la fecha de audiencia debe a la recargada agenda que registra este juzgado. 3) SE DISPONE LA NOTIFICACIÓN al ACUSADO mediante EDICTOS, bajo apercibimiento en caso de su inconcurrencia, de ser declarado REO CONTUMAZ, y disponerse su ubicación y captura a nivel nacional para su presencia en el Juzgamiento. 4) QUEDÓ debidamente notificado el FISCAL; bajo los mismos apercibimientos establecidos contemplados en autos, ante sus inasistencias. Chiclayo, 06 de septiembre de 2016 EVA MARIA VASQUEZ VASQUEZ JUEZ QUINTO JUZGADO UNIPERSONAL PJ-NCPP-CSJLAMB 20, 21, 22 Oct. EDICTO PENAL JUZGADO: JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL JAEN JUEZ: DR. MIGUEL ÁNGEL OLIVOS ARELLANO CITA Y EMPLAZA a los acusados GEINER ANTONIO PALACIOS GARCÍA, identificado con DNI 46188761, para que se pongan a Derecho y se defiendan de los cargos formulados en su contra en el Cuaderno Judicial No 4133-2014-52-1703, por el Delito ROBO AGRAVADO EN GARDO DE TENTATIVA, en agravio de MARIANO HUAMAN QUINTOS, para que tenga Conocimiento de la audiencia programada de Juicio Oral para el día VEINTISÉIS DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECISEIS, a horas ONCE DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque sede Jaén, ubicado en la intersección de las calles Huamantanga y Mariscal Castilla de la ciudad de Jaén, Por haberse dispuesto así en el Expediente N° 41333-2014-521703-JPCSJ, seguido contra GEINER ANTONIO PALACIOS GARCÍA en agravio de MARIANO HUAMAN QUINTOS por el delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA. DR. MIGUEL ANGEL OLIVOS ARELLANO JUEZ PROVISIONAL DEL JUZGADO PENAL COELGIADO PODER JUDICIAL – CSJLA 20, 21, 22 Oct. EDICTO PENAL JUZGADO: PENAL UNIPERSONAL PERMANENTE - CUTERVO JUEZ: DR. EDWIN IBAÑEZ FARFAN. CITA Y EMPLAZA al acusado ELMER ELI DÍAZ VASQUEZ, identificado con DNI 47378450 para que se ponga a Derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra en el Expediente Judicial No 206-2016-170606, por el Delito de OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de ELIANA YARELI DÍAZ ALEJANDRÍA, expediente en el cual se ha emitido la siguiente resolución: RESOLUCIÓN NÚMERO: DOS, Cutervo, cinco de setiembre, del año dos mil dieciséis. AUTOS Y VISTOS: Con lo solicitado por el representante del Ministerio Público y abogado del acusado, sin oposición alguna, por lo que a efecto de no generar Indefensión respecto a la Defensa del Acusado de Autos y no generar Nulidades Posteriores; SE RESUELVE: REPROGRAMAR. la presente Audiencia de Juicio Oral para el día, VEINTISÉIS DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. A HORAS TRES DE LA TARDE (Hora Exacta), en la Sala de Audiencia de este Órgano Jurisdiccional. NOTIFIQUESE, al acusado, ELMER ELI DÍAZ VASQUEZ en su domicilio real ubicado en el Jr. Gral. Luis José Orbegoso 329,

Distrito Breña-Lima, sin perjuicio de ser notificado mediante Edicto Judicial Penal, por Tres Días Hábiles en el Diario Oficial, bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz, en caso de inasistencia injustificada, y girarse las ordenes de captura respectivas a nivel nacional. Cutervo, 05 de setiembre del 2016 EDWIN IBAÑEZ FARFAN JUEZ JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PERMANENTE PJ-CSJLAMB-CUTERVO 20, 21, 22 Oct. EDICTO PENAL EXPEDIENTE N°: 38-2012-0-JIP-SI (REQUERIMIENTO ACUSATORIO) C. FISCAL: 297-2011-2°FPPCSI IMPUTADO: CERVANDO PUERTA PEÑA AGRAVIADO: MIRIAM ESPERANZA FLORES GRANDA DELITO: PECULADO POR EXTENSIÓN JUEZA: DRA. ROSA FERNANDEZ ARRASCUE ESP. JUDICIAL: ABG. CLARA CECILIA LEONARDO RIOJA Por el presente edicto, la Señorita Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria de la Provincia de San Ignacio, ha dispuesto NOTIFICAR al acusado CERVANDO PUERTA PEÑA: con la RESOLUCIÓN NUMERO DIECIOCHO de fecha 21.06.2016, y; en la cual se DISPONE: REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN FISCAL PARA EL DÍA VEINTISÉIS DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS, A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 AM) hora exacta, la misma que se llevara a cabo en la sala de audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de esta Provincia, con la presencia obligatoria del representante del Ministerio Público, y el abogado defensor del acusado. CÚRSESE: OFÍCIESE al Juez de Paz de Distrito de San José de Lourdes, a fin de que notifique a la parte imputada en su domicilio real respectivo, asimismo solicitarle la devolución de las cédulas notificación de la Resolución número diecisiete; sin perjuicio de HABILITAR día y hora al especialista en comunicaciones Marco Benjamín Molocho Silva, para la notificación en forma personal del imputado; y se le EXHORTA solicitar las cédulas de notificaciones de la resolución número diecisiete al Juez de Paz de Distrito de San José de Lourdes NOTIFÍQUESE al Señor Fiscal y Defensor Público. Y a fin de evitar dilatación en el presente proceso NOTIFÍQUESE a la parte imputada de conformidad con el artículo 128° del Código Procesal Penal “Cuando se ignore el lugar donde se encuentra la persona que deba ser notificada, la resolución se le hará saber por edicto que se publicara en el Diario Oficial de la sede de la Corte Superior...” a fin de que en el plazo de veinticuatro horas designe defensa particular. Al escrito presentado por el representante del Ministerio Público este a lo resuelto. Interviene la Especialista Judicial que da cuenta por Disposición Superior. Notifíquese. Ordenado así en el Expediente N° 38-2012-00, seguido contra CERVANDO PUERTA PEÑA por el delito de PECULADO POR EXTENSIÓN en agravio de MIRIAM ESPERANZA FLORES GRANDA. San Ignacio, 07 de julio de 2016 DRA. ROSA FERNANDEZ ARRASCUE JUEZ INVESTIGACION PREPARATORIA SAN IGNACIO PODER JUDICIAL – CSJLA ABG. CLARA CECILIA LEONARDO RIOJA ESPECIALISTA JUDICIAL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA SAN IGNACIO PODER JUDICIAL – CSJLA 20, 21, 22 Oct. EDICTO PENAL EXP. N°: 0044-2016-25-1708-JR-PE-01 JUEZ: DR. JUAN EDUARDO VALDERA OLIVOS. ESP. DE JUZG.: ABOG. NANCY RAMOS MONTOYA IMPUTADO: CRISTIAN YERFERSON MONJA AGRAVIADO: SÁNCHEZ DIEGO ALONSO MONJA LIZANA Por el presente, CITO LLAMO Y EMPLAZO, al acusado CRISTIAN YERFERSON MONJA SÁNCHEZ, con DNI 48056720, quien deberá concurrir a la Audiencia de Juicio Oral señalado en la presente causa seguida en su contra como presunto autor del delito CONTRA LA FAMILIA, en su modalidad de OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de DIEGO ALONSO MONJA LIZANA, señalada para el día VEINTISÉIS DE OCTUBRE del año dos míl dieciséis a horas OCHO CON TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA,

PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV en la Sala de Audiencias de este Juzgado de Motupe. NOTIFICAR al ACUSADO CRISTIAN YERFERSON MONJA SÁNCHEZ, en su domicilio real consignado por el representante del Ministerio Publico el ubicado en CALLE EDMUNDO PINV N° 334 URBANIZACIÓN MIGUEL GRAU SEMINARIO - SAN MARTIN DE PORRES - LIMA. Asimismo. NOTIFIQUESE mediante edictos Judiciales, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia de ser DECLARADO REO CONTUMAZ, y ordenarse su captura a nivel nacional. Publíquese el presente edicto por tres días consecutivos. NANCY RAMOS MONTOYA ESPECIALISTA LEGAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL TRANSITORIO MBJ-MOTUPE PODER JUDICIAL – CSJLA 20, 21, 22 Oct. EDICTO EN EL EXP. N° 7405- 2016-0 EL SEGUNDO JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DEL MODULO BÁSICO DE JUSTICIA DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ, DE CHICLAYO, A CARGO DE LA DR. REYNERIO DÍAZ TARRILLO, CITA Y EMPLAZA AL IMPUTADO Joeel Hernández VEGA CON DNI N 43751289, DOMICILIO EN PP. JJ SANTA LUCIA MZ. C LT. 42-JLO, PARA QUE SE PRESENTE AL LOCAL DEL SEGUNDO JUZGADO DE INVETIGACION PREPARATORIA DE JOSÉ LEONARDO RTIZ, EL SEÑOR JUEZ A DISPUESTO LO SIGUIENTE Rs. 01 CITAR a AUDIENCIA ÚNICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO EN CASO DE DELITOS DE FLAGRANCIA, OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR Y CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD - DROGADICCIÓN requerido por el Señor Fiscal Adjunto Provincial Penal de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de José Leonardo Ortiz. Dr. Carlos Enrique Ucañay Millones, por la presunta comisión del delito contra Joeel Hernández Vega por la comisión del delito contra la seguridad pública -peligro común en su figura de conducción en estado de ebriedad en agravio de La Sociedad para el día VEINTISÉIS DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS A HORAS DOCE Y TREINTA DEL DÍA, en la sala de audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo 1080— Atusparias, con la presencia obligatoria del señor representante del Ministerio Público, el abogado defensor del imputado, del propio imputado; bajo apercibimiento en caso de inasistencia del abogado defensor del procesado se aplicará el artículo 85° inciso 1) del Nuevo Código procesal Penal, modificado por la Ley 30076, por tratarse de una audiencia de carácter inaplazable como lo establece el artículo 447.4 del código procesal penal modificado por el decreto legislativo 1194. Requerimiento fiscal Que, conforme al Acta de Intervención Policial, de fecha 19 de Junio de 2016, que forma parte integrante del presente requerimiento, el día indicado, a las 18:45 horas, aproximadamente, en circunstancias que personal policial realizaba labores depatruliaje por las Av. México - Saenz Peña de este distrito de José Leonardo Ortiz, refiere que se encontraba una mototaxi de color azul, marca Wanxin con placa de rodaje N° 6793-7M, en actitud sospechosa, por lo que se le indico que se estacione ei mismo que hizo caso omiso dándose a la fuga, lográndose ser capturado entre las Av. San Martín - Av. Chiclayo, dicha unidad era conducida por Hernández Vega Joel, quién al momento de la intervención presentaba visibles síntomas de ebriedad, motivo por el cual fue puesto a disposición de la Comisaría PNP de José Leonardo Ortiz para las investigaciones de ley. Que, en el marco de las investigaciones por dicha intervención policial, el imputado fue conducido al Hospital de la Sanidad de la Policía Nacional, a efectos de que se le practique el correspondiente dosaje etílico (examen cuantitativo), cuyo resultado está recogido en el Certificado de Dosaje Etílico N° 0023-000377, emitido por la Jefe del Departamento de Dosaje Etílico de dicho nosocomio, Cmdte. S. PNP Edith R. Ramírez Zelada, en el cual se detalla que el imputado, al momento del examen, presentó 1.10 gramos de alcohol por Htro de sangre, con lo cual queda evidenciado que dicha persona ha incurrido en el delito de Conducción en Estado de Ebriedad. Se atribuye al imputado HERNÁNDEZ VEGA JOBEL, ser autor del delito Contra Seguridad Pública en la figura de peligro común modalidad de conducción en estado de ebriedad. JOSÉ LEONARDO ORTIZ, 12 DE SETIEMBRE DEL 2016 ESPECIALISTA: MARTHA VILCHEZ

CRÓNICA

QUEVEDO REYNERIO DIAZ TARRILLO JUEZ 2° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MODULO BASICO DE JUSTICIA – JLO 20, 21, 22 Oct. EDICTO EN EL EXP. N° 7409- 2075-0 EL SEGUNDO JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DEL MODULO BÁSICO DE JUSTICIA DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ, DE CHICLAYO, A CARGO DE LA DR. REYNERIO DÍAZ TARRILLO, CITA Y EMPLAZA AL IMPUTADO LUIS RÓÑALO VASQUEZ CÁRDENAS CON DNI N 48523429, DOMICILIO EN CALLE 23 DE AGOSTO 170- PP.JJ JOSÉ SANTOS CHOCANO- JLO, PARA QUE SE PRESENTE AL LOCAL DEL SEGUNDO JUZGADO DE INVETIGACION PREPARATORIA DE JOSÉ LEONARDO RTIZ, EL SEÑOR JUEZ A DISPUESTO LO SIGUIENTE Rs. 01 CITAR a AUDIENCIA ÚNICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO EN CASO DE DELITOS DE FLAGRANCIA, OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR Y CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD - DROGADICCIÓN requerido por el Señor Fiscal Adjunto Provincial Penal de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de José Leonardo Ortiz. Dr. Carlos Enrique Ucañay Millones, por la presunta comisión del delito contra Luis Ronald Vasquez Cárdenas por la comisión del delito contra la seguridad pública peligro común en su figura de conducción en estado de ebriedad en agravio de La Sociedad para el día VEINTISÉIS DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS A HORAS UNA DE LA TARDE, en la sala de audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo 1080- Atusparias, con la presencia obligatoria del señor representante del Ministerio Público, el abogado defensor del imputado, del propio imputado; bajo apercibimiento en caso de inasistencia del abogado defensor del procesado se aplicará el artículo 85° inciso 1) del Nuevo Código procesal Penal, modificado por la Ley 30076, por tratarse de una audiencia de carácter inaplazable como lo establece el artículo 447.4 del código procesal penal modificado por el decreto legislativo 1194. Req. Fiscal Que, conforme al Acta de Intervención Policial, de fecha 23 de Mayo de 2016, que forma parte integrante del presente requerimiento, el día indicado, a las 22:50 horas, aproximadamente, en circunstancias que personal policial realizaba labores de patrullaje por las calles Chalpon intersección con la Av. Saenz Peña- Chiclayo del distrito de José Leonardo Ortiz, se intervino al vehículo menor - mototaxi de placa de rodaje Tl-9241, marca Sumoto, color rojo, la cual era conducida por VASQUEZ CÁRDENAS LUIS RONALD, quién al momento de la intervención presentaba visibles síntomas de ebriedad, motivo por el cual fue puesto a disposición de la Comisaría PNP de José Leonardo Ortiz para las investigaciones de ley. Que, en el marco de las investigaciones por dicha intervención policial, el imputado fue conducido al Hospital de la Sanidad de la Policía Nacional, a efectos de que se le practique el correspondiente dosaje etílico (examen cuantitativo), cuyo resultado está recogido en el Certificado de Dosaje Etílico N° 0023-014526, emitido por la Jefe del Departamento de Dosaje Etílico de dicho nosocomio, Cmdte. S. PNP Edlth R. Ramírez Zelada, en el cual se detalla que el imputado, al momento del examen, presentó 0.53 gramos de alcohol por litro de sangre, con lo cual queda evidenciado que dicha persona ha incurrido en el delito de Conducción en Estado de Ebriedad. DELITO QUE SE ATRIBUYE AL IMPUTADO Se atribuye al imputado VASQUEZ CÁRDENAS LUIS RONALD, ser AUTOR del delito Contra Seguridad Pública en la figura de PELIGRO COMÚN modalidad de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD JOSÉ LEONARDO ORTIZ, 12 DE SETIEMBRE DEL 2016. ESPECIALISTA: MARTHA VILCHEZ QUEVEDO REYNERIO DIAZ TARRILLO JUEZ 2° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MODULO BASICO DE JUSTICIA – JLO 20, 21, 22 Oct. EDICTO PENAL EXP. N°: 0551-2013-63-1708-JR-PE-01 JUEZ: DR. JUAN EDUARDO VALDERA OLIVOS.

JUDICIAL ESP. DE JUZG.: ABOG. NANCY RAMOS MONTOYA IMPUTADO: ANÍBAL LEÓN CERVERA y BERNARDINA ALARCON HERNANEZ AGRAVIADA: MERCI TARRILLO MONTALVO Por el presente, CITO LLAMO Y EMPLAZO, a los acusados ANÍBAL LEÓN CERVERA y BERNARDINA ALARCON HERNADEZ, con DNI 27746839 Y DNI. 80143386 respectivamente, quienes deberá concurrir a la Audiencia de Juicio Oral señalado en la presente causa seguida en su contra como presuntos autores del delito CONTRA LA FE PUBLICA , en su modalidad de FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTOS, en agravio de MERCI TARRILLO MONTALVO, señalada para el día VEINTISÉIS DE OCTUBRE del año dos mil dieciséis a horas DIEZ DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias de este Juzgado de Motupe. NOTIFICAR al acusado ANÍBAL LEÓN CERVERA Y BERNARDINA ALARCON HERNÁNDEZ, en sus domicilios real consignado por el representante del Ministerio Publico el ubicado en LA CAMPIÑA DE QUEROMARCA - CUTERVO y/o CALLE LA PAZ S/N PITIPO - FERREÑAFE. Asimismo. NOTIFIQUESE mediante edictos Judiciales, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia de ser DECLARADO REO CONTUMAZ, y ordenarse su captura a nivel nacional. Publíquese el presente edicto por tres días consecutivos. JUAN E. VALDERA OLIVOS JUEZ SUPERNUMERARIO JUP MOT-CSJLAMB 20, 21, 22 Oct. EDICTO PENAL Oficio N° 7484-2015-49-1706-JR-PE/ JCHM JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE LAMBAYEQUE JUEZ: CHÁÑAME PARRAGUEZ ESPECIALISTA: Patricia Balarezo Ocon. CITA Y EMPLAZA; al acusado de autos JUAN ESTEBAN ROJAS QUESQUEN, a efecto de notificarle con el tenor de la resolución ONCE de fecha 12 de setiembre del 2016. que contiene el auto de que dispone: 1. CITAR a la AUDIENCIA PRISIÓN PREVENTIVA -SIN DETENIDOS PARA EL DÍA VEINTISÉIS DE OCTUBRE DEL AÑO EN CURSO a horas DOCE DEL MERIDIANO - 12:00 (Hora Exacta) por el delito de AGRUPACIÓN ILÍCITA en agravio del Estado , la misma que se realizara en la Sala de Audiencias del Juzgado de investigación Preparatoria de Lambayeque sito en Calle Víctor Doig y Lora ¡85 - Lambayeque; Audiencia que se instalara con la presencia obligatoria del señor representante del Ministerio público, bajo apercibimiento de aplicarse el artículo 144 inciso 2) del Código Procesal Penal. Por haberse dispuesto así en el Exp. N° 7484-2015-49-1708-JR-PE, que se sigue en contra JUAN ESTEBAN ROJAS QUESQUEN por el delito Agrupación ilícita en agravio del Estado. JOSE LUIS CHANAME PARRAGUEZ JUEZ PENAL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL – CSJLA 20, 21, 22 Oct. EDICTO PENAL 2° JUZG. INVEST. PREPARATORIA EXPEDIENTE: 06953-2015-0-1706-JRPE-02 JUEZ: MARISOL VÁSQUEZ RUIZ ESPECIALISTA: GUILIANA AGUILAR TORRES CUADERNO: PRINCIPAL IMPUTADO: JOSÉ FÉLIX NÚÑEZ CIEZA y Otros. AGRAVIADO: WILMER WALTER MEDINA GAYOSO. MINIST. PUBLICO: RODOLFO DANIEL PORTALATINO SEGURA DELITO: LESIONES LEVES Por el presente Edicto, la Juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, NOTIFICA al acusado JHON RAFAEL VÁSQUEZ, con la resolución número siete de fecha 27 de Septiembre del 2016, la misma que dispone: REPROGRAMAR LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DÍA VEINTISÉIS DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECISEIS A HORAS 08:30 DE LA MAÑANA EN LA SALA N° 02 del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo; ubicada en la Av. José Leonardo Ortiz N° 155 - Centro Cívico - Chiclayo - 2do piso, quedando debidamente notificados ¡as partes procesales asistentes. MARISOL VASQUEZ RUIZ JUEZ TITULAR 2° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PJ-NCPP-CSJLAMB 20, 21, 22 Oct.

Chiclayo, Sábado 22 de Octubre del 2016

9

EDICTO PENAL Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Jaén Expediente N° 211 -2016-2JIP-J-CSJLA/ PJ. Procesado: JOSÉ DAVID VASQUEZ REQUEJO Agraviado: JHONATAN LEONARDO CHUNGUE Delito: ROBO AGRAVADO Juez: Dr. Orlando Parí Gonzales. Esp. Juzgado: Nidya M. Pretell Alejandría Por el presente Edicto, el señor Juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Jaén, NOTIFICA al procesado JOSÉ DAVID VAQUEZ REQUEJO, con la Resolución N° TRES de fecha 20/09/2016. AUTOS Y VISTOS: dado cuenta con el presente expediente, disposición fiscal número tres y, requerimiento de sobreseimiento remitido por el Representante del Ministerio Público: TÉNGASE POR CONCLUÍDA LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA, seguida contra JOSÉ DAVID VASQUEZ REQUEJO por el delito Contra el Patrimonio, en la figura de Robo, en su modalidad de Robo Agravado, en agravio de Jhonatan Leonardo Chunque; y, de conformidad con lo establecido por el artículo 345° numeral 1 del Código Procesal Penal, CÓRRASE TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo de DIEZ DÍAS útiles, a efectos de que puedan por escrito formular oposición debidamente fundamentado, bajo sanción de inadmisibilidad, pudiendo incluso solicitar la realización de actos de investigación adicionales, indicando su objeto y los medios de investigación que consideren pertinentes, todo ello con el objeto de ser debatido en la AUDIENCIA DE CONTROL DE SOBRESEIMIENTO, la misma que vencido el plazo del traslado y en atención del artículo 345° numeral 3 del Código Procesal Penal, se CITA para el día VEINTISÉIS DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS, A HORAS DOCE DEL MEDIO DÍA (12:00 m.) hora exacta, en la Sala de Audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Jaén, ubicada en la intersección de las calles Mariscal Castilla y Huamantanga de ésta ciudad (2do piso); audiencia que quedará instalada con los que asistan a dicho acto procesal de conformidad con lo prescrito por el artículo 345° numeral 3 del Código Procesal Penal; PRECÍSESE que la resolución dictada oralmente en la audiencia preliminar, se entenderá notificada a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan concurrido, tal como se dispone el artículo 16 incisos 1 y 2 del Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones bajo las normas del Código Procesal Penal, aprobado por resolución Administrativa N° 096-2006-CE-PJ. Se programa en la fecha y hora indicada por la recargada agenda del Juzgado; NOTIFIQUESE a los sujetos procesales por todos los medios legalmente establecidos por ley. NIDYA M. PRETELL ALEJANDRIA ESPECIALISTA LEGAL PJ-CSJLA-JAEN 20, 21, 22 Oct. EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 07292-2016-0-1706-JRPE-09 JUZGADO: 9° JUZGADO DE INV. PREPARATORIA ESPECIALIZADO EN DELITOS AD. TRIB. MCDO Y AMB. JUEZ: ULIBERTO CHAPOÑAN ANCAJIMA ESPECIALISTA LEGAL: JORGE JAVIER PISFIL MONTALVAN Se NOTIFICA a: MARCOS SERGIO ROMÁN CAUCHA y EMILIO CORDOVA NUÑEZ con el requerimiento de acusación, por haberse ordenado CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio 10 DÍAS HÁBILES, a efectos de que puedan por escrito: 1) observar formalmente la acusación,2) deducir excepciones y otros medios de defensa 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de criterio de oportunidad, 6) ofrecer prueba para el juicio, 7)objetar la reparación civil ofreciendo los medios de prueba pertinentes, 8) Proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados y, 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación. Y A LA VEZ SE LES CITA Y EMPLAZA a MARCOS SERGIO ROMÁN CAUCHA y EMILIO CORDOVA NUÑEZ, a fin de que concurran a la reprogramación de la AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACIÓN, para el día VEITISEIS DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIE-

10

Chiclayo, Sábado 22 de Octubre del 2016

CISEIS A LAS DIEZ DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias N° VEINTE del Noveno Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente, Especializado en Delitos Aduaneros, Tributarios, de Mercado y Ambientales, ubicado en la Av. José Leonardo Ortiz N° 115 (Primer Piso) - Chiclayo. Por haberse dispuesto asi en el Expediente N° 7292-2016-0-1706JR-PE-09, que se sigue contra MARCO SERGIO ROMÁN CAUCHA y EMILIO CÓRDOVA NUÑEZ por el presunto delito CONTRA LOS BOSQUES O FORMACIONES BOSCOSAS, en agravio del ESTADO -MINISTERIO DEL AMBIENTE. ULIBERTO CHAPOÑAN ANCAJIMA JUEZ 9° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA ESPECIALIZADO EN DERECHOS ADUANEROS Y TRIBUTARIOS PJ-NCPP-CSJLAMB 20, 21, 22 Oct. EDICTO PENAL JUZGADO: PENAL UNIPERSONAL PERMANENTE - CUTERVO JUEZ: DR. EDWIN IBAÑEZ FARFAN. CITA Y EMPLAZA al acusado OSMAR GUEVARA HUAMÁN, identificado con DNI 47550357 para que se ponga a Derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra en el Expediente Judicial No 63-2016-170606, por el Delito de LESIONES LEVES POR VIOLENCIA FAMILIAR, en agravio de VESICA LILI PÉREZ CARRANZA, expediente en el cual se ha emitido la siguiente resolución: RESOLUCIÓN NÚMERO: TRES, Cutervo, veinte de julio, del año dos mil dieciséis. AUTOS Y VISTOS: Con lo solicitado por el representante del Ministerio Público y abogado del acusado, sin oposición alguna, por lo que a efecto de no generar Indefensión respecto a la Defensa del Acusado de Autos y no generar Nulidades Posteriores; SE RESUELVE: REPROGRAMAR. la presente Audiencia de Juicio Oral para el día, VEINTISIETE DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. A HORAS DOCE DEL MEDIO DÍA (Hora Exacta), en la Sala de Audiencia de este Órgano Jurisdiccional. NOTIFIQUESE, al acusado, OSMAR GUEVARA HUAMÁN en su domicilio real ubicado en el Comunidad Lentejal-Batán Grande-Distrito de PítipoProvincia de Ferreñafe y en el Jr. La Merced S/N-Cutervo. referencia a dos cuadres de la Zapatería “Vásquez”, sin perjuicio de ser notificado mediante Edicto Judicial Penal, por Tres Días Hábiles en el Diario Oficial, bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz, en caso de inasistencia injustificada, y girarse las ordenes de captura respectivas a nivel nacional. Cutervo, 20 de julio del 2016 EDWIN IBAÑEZ FARFAN JUEZ JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PERMANENTE PJ-CSJLAMB-CUTERVO 20, 21, 22 Oct. EDICTO PENAL EXP. N°: 01746-2016-0-1708-JR-PE-01 JUEZ: DR. JUAN EDUARDO VALDERA OLIVOS. ESP. DE JUZG.: ABOG. NANCY RAMOS MONTOYA IMPUTADO: STEVE ANTONHY LEÓN PIÑAN AGRAVIADO: ELSA STHEFANIA LEÓN ANDONAIRE Por el presente, CITO LLAMO Y EMPLAZO, al acusado STEVE ANTONHY LEÓN PIÑAN, con DNI 41655789, quien deberá concurrir a la Audiencia de Juicio Oral señalado en la presente causa seguida en su contra como presunto autor del delito CONTRA LA FAMILIA, en su modalidad de OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de ELSA STHEFANIA LEÓN ANDONAIRE, señalada para el día VEINTISIETE DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECISEIS A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias de este Juzgado de Motupe. NOTIFICAR al ACUSADO STEVE ANTONHY LEÓN PIÑAN, en su domicilio real consignado por el representante del Ministerio Publico el ubicado en VILLA EL SALVADOR - SECTOR 2 GRUPO 13 MZ. “M” LT. 10 - LIMA. Asimismo. NOTIFIQUESE mediante edictos Judiciales, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia de ser DECLARADO REO CONTUMAZ, y ordenarse su captura a nivel nacional. Publíquese el presente edicto por tres días consecutivos. NANCY RAMOS MONTOYA ESPECIALISTA LEGAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL TRANSITORIO MBJ-MOTUPE PODER JUDICIAL – CSJLA 20, 21, 22 Oct.

CRÓNICA EDICTO PENAL JUZGADO: 2DO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL SUPRAPROVINCIAL - JAÉN JUEZ: DRA. ESMERALDA G. CARLOS PERALTA CITA Y EMPLAZA al acusado ELMER SAMANIEGO MORALES, identificado con DNI 41965260, para que se ponga a Derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra en el Cuaderno Judicial No 1162-2015-1703, por el Delito OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de GIULIANA NICOLE SAMANIEGO RIVERA, para que tenga Conocimiento de la audiencia programada de Juicio Oral para el día VEINTISIETE DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECISEIS, a horas DOS Y CUARENTA DE LA TARDE, en la Sala de Audiencias de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque sede Jaén, ubicado en la intersección de las calles Huamantanga y Mariscal Castilla de la ciudad de Jaén, Por haberse dispuesto así en el Expediente N° 1162-2015-1703-SJPUSJ, seguido contra ELMER SAMANIEGO MORALES en agravio de GIULIANA NICOLE SAMANIEGO RIEVRA por el delito de OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR. DRA. ESMERALDA GUISELA CARLOS PERALTA JUEZ DEL JUZGADO UNIPERSONAL DE JAEN PODER JUDICIAL – CSJLA 20, 21, 22 Oct. EDICTO PENAL EXP. N°: 01746-2016-0-1708-JR-PE-01 JUEZ: DR. VALDERA OLIVOS JUAN E. ESP. DE JUZG.: ABOG. NANCY RAMOS MONTOYA IMPUTADO: LEÓN PIÑAN ESTEVE ANTONHY AGRAVIADO: LEÓN ANDONAIRE ELSA STHEFANIA Por el presente, CITO LLAMO Y EMPLAZO, al acusado LEÓN PIÑAN ESTEVE ANTONHY, con DNI 41655789, quien deberá concurrir a la Audiencia de Juicio Oral señalado en la presente causa seguida en su contra como presunto autor del delito OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de LEÓN ANDONAIRE ELSA STHEFANIA, señalada para el día VEINTISIETE DE OCTUBRE del año dos mil dieciséis a horas NUEVE DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias de este Juzgado de Motupe. NOTIFICAR al ACUSADO LEÓN PIÑAN ESTEVE ANTONHY, en su domicilio real consignado por el representante del Ministerio Público ubicado en VILLA EL SALVADOR -SECTOR 2 GRUPO 13 MZ. “M”LT. 10LIMA; Asimismo, NOTIFIQUESE mediante edictos Judiciales, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia de ser DECLARADO REO CONTUMAZ, y ordenarse su captura a nivel nacional. Publíquese el presente edicto por tres días consecutivos. NANCY RAMOS MONTOYA ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL TRANSITORIO MOTUPE PODER JUDICIAL – CSJLA 20, 21, 22 Oct. EDICTO PENAL Oficio N° 04653-2016-0- 1706-JR-PE-02 QUINTO JUZGADO UNIPERSONAL CHICLAYO ESPECIALISTA: MOISÉS MENDOZA JIMÉNEZ CITA Y EMPLAZA; al acusado de autos JÚNIOR ARMANDO CATRO CASTILLO; para que se presente a la audiencia signado en el expediente N° 04653-20160-1706-JR-PE-02 que se le sigue por el delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD en agravio de la SOCIEDAD, notificándosele para que concurra a la diligencia de AUDIENCIA ÚNICA DE JUICIO INMEDIATO programada para e] día VEINTISIETE DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS a horas DOCE Y TREINTA DEL MEDIO DÍA (hora exacta), la misma que se realizara en la sala de audiencia número 06 de los Juzgados Unipersonales, ubicada en el segundo piso de la nueva Sede Judicial de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, Sito en la Av. José Leonardo Ortiz N° 155 Centro Cívico -Chiclayo. Por haberse dispuesto así en el cuaderno de debates N° 04653-2016-0- 1706JR-PE-02 que se sigue contra JÚNIOR ARMANDO CASTRO CASTILLO por el delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de la SOCIEDAD, Notificándosele bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz, reservarse el proceso y ordenarse su conducción compulsiva en caso de inasistencia. Chiclayo, 09 de setiembre del 2016 EVA MARIA VASQUEZ VASQUEZ JUEZ

JUDICIAL

PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV

QUINTO JUZGADO UNIPERSONAL PJ-NCPP-CSJLAMB 20, 21, 22 Oct. EDICTO EXP. Nro. 6881-2016-0 JULIO BENAVENTE DELGADO. EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DEL MODULO BÁSICO DE JUSTICIA DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ A CARGO DEL DR. DÍAZ TARRILLO NOTIFICA AL IMPUTADO GUIDO VASQQUEZ SÁNCHEZ EXP. N°. 06881- 2016 JBD. POR EL DELITO OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR EN AGRAVIO LIZ CAROL VASQUEZ ALARCON SE LE NOTIFICA A LA: AUDIENCIA ÚNICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO PARA EL DÍA 27 DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A LAS NUEVE DE LA MAÑANA HORA (EXACTA) REQUERIMIENTO DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO SEÑOR JUEZ DE TURNO DE JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA PERMANENTE DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ. CARLOS ENRIQUE UCAÑAY MILLONES, Fiscal Adjunto Provincial Penal de la Primera Fiscalía Provincia Penal Corporativa de José Leonardo Ortiz, Casilla Electrónica N° 54214; a Usted, respetuosamente, me presento y digo:Que, de conformidad al articulo 446° inciso 4 del Código Procesal Penal. Modificado mediante Decreto Legislativo N° 1194’, este Despacho Fiscal FORMULA REQUERIMIENTO DE INCOACIÓN DE PROCESO IN MEDIATO contra GUIDO VASQUEZ SÁNCHEZ, por el presunto delito contra la Familia, en la modalidad de OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de su menor hija LIZ CAROL VASQUEZ ALARCON, representada por su madre CELINDA ALARCON SÁNCHEZ, en los siguientes términos: Según aparece de las copias certificadas del Expediente Civil N° 293-2013-JP-FC- 01/VCD por Alimentos, seguida ante el Juzgado de Paz Letrado del Módulo Básico de Justicia de José Leonardo Ortiz, mediante resolución número SIETE de fecha 29 de Setiembre del 2014, aprueba ordena que el demandado acuda con una pensión mensual y adelantada por la suma de S/300.00 (Trescientos Soles), a favor de su menor hija LIZ CAROL VASQUEZ ALARCON, representada por su madre CELINDA ALARCON SÁNCHEZ, sentencia que fue declaró consentida, mediante resolución número NUEVE del 21 de Julio del 2015, sin embargo, el investigado viene incumpliendo con el pago de pensiones alimenticias devengadas, existiendo una-liquidación practicada por el periodo de 01 de agosto del 2013 al 21 de julio del 2015, que suma en total la cantidad de S/ 7,864.59 (Siete Mil ochocientos sesenta y cuatro con 59/100 soles), conforme aparece de la HquidacjófPdeMntereses Legales Efectiva-MN, de fecha 30/07/2015 aprobada medíame laRelación N” 10 de fecha 08 de Septiembre del 2015, notificada al Primera Fiscalía Provincial Penal Corporotiva de José Leonardo Ortiz Primer Despacho de Investigación investigado en su domicilio real, a fin de que en el plazo de tres días, cumpla con pagar la suma que se indica, bajo apercibimiento de ser denunciado por delito de omisión a la asistencia familiar, y ante el incumplimiento se hizo efectivo el apercibimiento decretado, ordenando la remisión de copia a la sede fiscal. En el presente caso estamos ante la presencia de ia presunta comisión del delito contra la Familia en su modalidad de Omisión a la Asistencia Familiar previsto y sancionado en el articulo 149 primer párrafo del Código Penal, el cual prescribe”El que omite cumplir su obligación de prestar los alimentos que establece una resolución judicial será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de tres años, o con prestación de servicio comunitario de veinte a cincuentidós jornadas, sin perjuicio de cumplir con el mandato judidal”. Señor Juea-solicito tenga por formulado mi requerimiento de Incoación de Proceso JOSÉ L1EONARDO ORTIZ 12 DE SEPTIEMBRE DEL 2016 REYNERIO DIAZ TARRILLO JUEZ 2° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MODULO BASICO DE JUSTICIA – JLO JULIO CESAR BENAVENTE DELGADO ESPECIALISTA DE JUZGADO MBJ-JLO PJ-NCPP-CSJLAMB 20, 21, 22 Oct. EDICTO PENAL Expediente N° 7648 - 2016 0-1706-JRPE-01 ECM Juzgado: 2 Juzgado de Investigación Preparatoria José Leonardo Ortiz - Lambayeque Especialista: César Augusto Salazar Pis-

coya. Imputado: MARIO ALARCON VARGAS Delito: CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD Agraviado: LA SOCIEDAD SE NOTIFICA A: MARIO ALARCON VARGAS con domicilio en calle Huáscar N° 618 Garces. REQUERIMIENTO FISCAL: Se solicita la incoación de proceso inmediato en su contra, por el delito contra la Seguridad Pública - Delito de Peligro Común. En su modalidad de Conducción en estado de ebriedad, en agravio de la Sociedad, teniendo como antecedente el acta de intervención policial de fecha 29 -08-16 hora 21:15 a horas , donde efectivos policiales intervino al imputado por la intersección de la Av México - Balta del distrito de José L. Ortíz , quien conducía el vehículo de placa de rodaje M-859 en evidente estado de ebriedad, corroborado con el certificado de dopaje etílico que arrojó 0.66 g/l de alcohol por litro de sangre.RESOLUCION NUMERO UNO: CITAR audiencia de incoación inmediato, para el 27-10-16 a horas 01.00 , la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencia N° 02 de los Juzgados de Investigación Preparatoria de José Leonardo Ortiz. José L. Ortiz 14 Septiembre del 2016 CESAR AUGUSTO SALAZAR PISCOYA ESPECIALISTA DE JUZGADO MBJ-JLO PJ-NCPP-CSJLAMB 20, 21, 22 Oct. EDICTO PENAL Expediente N° 7652 - 2016 0-1706-JRPE-01 ECM Juzgado: 2 Juzgado de Investigación Preparatoria José Leonardo Ortiz - Lambayeque Especialista: César Augusto Salazar Piscoya. Imputado: BUENAVENTURA CUBAS TAPIA Delito: CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD Agraviado: LA SOCIEDAD SE NOTIFICA A: BUENAVENTURA CUBAS TAPIA, con domicilio en calle Juan Cuglievan N° 1681 – Chiclayo REQUERIMIENTO FISCAL: Se solicita la incoación de proceso inmediato en su contra, por el delito contra la Seguridad Pública - Delito de Peligro Común. En su modalidad de Conducción en estado de ebriedad, en agravio de la Sociedad, teniendo como antecedente el acta de intervención policial de fecha 20-08-16 hora 22.30a horas, donde efectivos policiales intervino al imputado por la intersección de la Av Panamá - Keendy del distrito de José L. Ortíz, quien conducía el vehículo de placa de rodaje M-859 en evidente estado de ebriedad, corroborado con el certificado de dopaje etílico que arrojó 0.66 g/l de alcohol por litro de sangre.RESOLUCIÓN NUMERO UNO: CITAR audiencia de incoación inmediato, para el 27-10-16 a horas 12:30, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencia N° 02 de los Juzgados de Investigación Preparatoria de José Leonardo Ortiz. José L. Ortiz 14 Septiembre del 2016 CESAR AUGUSTO SALAZAR PISCOYA ESPECIALISTA DE JUZGADO MBJ-JLO PJ-NCPP-CSJLAMB 20, 21, 22 Oct. EDICTO PENAL Expediente N° 7410 - 2016 0- 1706JR-PE-01 ECM Juzgado: 2 Juzgado de Investigación Preparatoria José Leonardo Ortiz - Lambayeque Especialista: César Augusto Salazar Piscoya. Imputado: ANDRÉS DE LA CRUZ DÍAZ Delito: CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD Agraviado: LA SOCIEDAD SE NOTIFICA A: ANDRÉS DE LA CRUZ DÍAZ, con domicilio en calle Héctor Aurich N° 824 Ferreñafe REQUERIMIENTO FISCAL: Se solicita la incoación de proceso inmediato en su contra, por el delito contra la Seguridad Pública - Delito de Peligro Común. En su modalidad de Conducción en estado de ebriedad, en agravio de la Sociedad, teniendo como antecedente el acta de intervención policial de fecha 14-05-16 a horas 18.30 horas, donde efectivos policiales intervino al imputado por la intersección de la Av Agricultura del distrito de José L. Ortíz , quien conducía el vehículo de placa de rodaje 3306DM en evidente estado de ebriedad, corroborado con el certificado de dopaje etílico que arrojó 0.96 g/l de alcohol por litro de sangre.RESOLUCIÓN NUMERO UNO: CITAR audiencia de incoación inmediato, para el

PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV 27-10-16 a horas 11:30 am, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencia N° 02 de los Juzgados de Investigación Preparatoria de José Leonardo Ortiz. José L. Ortiz 14 Septiembre del 2016 CESAR AUGUSTO SALAZAR PISCOYA ESPECIALISTA DE JUZGADO MBJ-JLO PJ-NCPP-CSJLAMB 20, 21, 22 Oct. EDICTO PENAL Expediente N° 7325 - 2016 0- 1706JR-PE-01 ECM Juzgado: 2 Juzgado de Investigación Preparatoria José Leonardo Ortiz - Lambayeque Especialista: César Augusto Salazar Piscoya. Imputado: JOSÉ CARLOS SOBERON ESTELA Delito: CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD Agraviado: LA SOCIEDAD SE NOTIFICA A: JOSÉ CARLOS SOBERON ESTELA, con domicilio en calle Santa Rosa N° 469 PJ San Miguel - José L. Ortiz REQUERIMIENTO FISCAL: Se solicita la incoación de proceso inmediato en su contra, por el delito contra la Seguridad Pública - Delito de Peligro Común. En su modalidad de Conducción en estado de ebriedad, en agravio de la Sociedad, teniendo como antecedente el acta de intervención policial de fecha 19-08-16 hora 22.30 a horas, donde efectivos policiales intervino al imputado por la intersección de la Av Panamá - Keendy del distrito de José L. Ortiz, quien conducía el vehículo de placa de rodaje 3306DM en evidente estado de ebriedad, corroborado con el certificado de dopaje etílico que arrojó 0.55 g/l de alcohol por litro de sangre.RESOLUCIÓN NUMERO UNO: CITAR audiencia de incoación inmediato, para el 27 -10-16 a horas 12:00, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencia N° 02 de los Juzgados de Investigación Preparatoria de José Leonardo Ortiz. José L. Ortiz 14 Septiembre del 2016 CESAR AUGUSTO SALAZAR PISCOYA ESPECIALISTA DE JUZGADO MBJ-JLO PJ-NCPP-CSJLAMB 20, 21, 22 Oct. EDICTO PENAL Expediente N° 7407 - 2016 0 - 1706-JRPE-01 ECM Juzgado: 2 Juzgado de Investigación Preparatoria José Leonardo Ortiz - Lambayeque Especialista: César Augusto Salazar Piscoya. Imputado: ÁNGEL CORRALES PORTAL Delito: CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD Agraviado: LA SOCIEDAD SE NOTIFICA A: ÁNGEL CORRALES PORTAL, con domicilio en Av Paraguay N° 1677 PJ Víctor Raúl Haya de la TorreJosé L. Ortíz. REQUERIMIENTO FISCAL: Se solicita la incoación de proceso inmediato en su contra, por el delito contra la Seguridad Pública - Delito de Peligro Común. En su modalidad de Conducción en estado de ebriedad, en agravio de la Sociedad, teniendo como antecedente el acta de intervención policial de fecha 10-05-16 a horas 22:40 horas, donde efectivos policiales intervino al imputado por la intersección de la Av España y Miraflores del distrito de José L. Ortíz, quien conducía el vehículo de placa de rodaje 3306DM en evidente estado de ebriedad, corroborado con el certificado de dopaje etílico que arrojó 1.80 g/l de alcohol por litro de sangre.RESOLUCION NUMERO UNO: CITAR audiencia de incoación inmediato, para el 27 -10-16 a horas 11:00 am, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencia N° 02 de los Juzgados de Investigación Preparatoria de José Leonardo Ortiz. José L. Ortiz 14 Septiembre del 2016 CESAR AUGUSTO SALAZAR PISCOYA ESPECIALISTA DE JUZGADO MBJ-JLO PJ-NCPP-CSJLAMB 20, 21, 22 Oct. EDICTO PENAL Expediente N° 7479 - 2016 0 - 1706JR-PE-01 ECM Juzgado: 2 Juzgado de Investigación Preparatoria José Leonardo Ortiz - Lambayeque Especialista: César Augusto Salazar Piscoya. Imputado: WILMER LUCERO RINCA Delito: CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD Agraviado: LA SOCIEDAD

CRÓNICA

SE NOTIFICA A: WILMER LUCERO RINZA, con domicilio en calle Andrés Razurí N° 590 URRUNAGA-José L. Ortíz. REQUERIMIENTO FISCAL: Se solicita la incoación de proceso inmediato en su contra, por el delito contra la Seguridad Pública - Delito de Peligro Común. En su modalidad de Conducción en estado de ebriedad, en agravio de la Sociedad, teniendo como antecedente el acta de intervención policial de fecha 22-08-16 a horas 07:22 horas , donde efectivos policiales intervino al imputado por la intersección de la Av Chiclayo y Juan Velasco Alvarado del distrito de José L. Ortíz , quien conducía el vehículo de placa de rodaje 3306DM en evidente estado de ebriedad, corroborado con el certificado de dopaje etílico que arrojó 1.33 g/l de alcohol por litro de sangre.RESOLUCION NUMERO UNO: CITAR audiencia de incoación inmediato, para el 27 -10- 16 a horas 10:30 am, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencia N° 02 de los Juzgados de Investigación Preparatoria de José Leonardo Ortiz. José L Ortiz 14 Septiembre del 2016 CESAR AUGUSTO SALAZAR PISCOYA ESPECIALISTA DE JUZGADO MBJ-JLO PJ-NCPP-CSJLAMB 20, 21, 22 Oct. EDICTO EXP. Nro. 07053-2016-0 JULIO BENAVENTE DELGADO EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DEL MODULO BÁSICO DE JUSTICIA DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ A CARGO DE LA DR. REINERIO DÍAZ TARRILLO NOTIFICA AL IMPUTADO WALTER ALFREDO POLANCO SENISSE EXP. 07053-2016-0 JBD. POR EL DELITO OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR EN AGRAVIO DE SONIA VLERIA POLANCO CABRERA , SE LE NOTFICA A LA AUDIENCIA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO EN CASO DE DELITO DE FLAGANCIA PARA EL DÍA VEINTISIETE DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A LAS NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA (HORA EXACTA) SITO EN VIRREY TOLEDO CUADRA DIEZ ATUSPARIAS JOSÉ LONARDO ORTIZ REQUERIMIENTO FISCAL DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ ROCÍO DEL PILAR ARCE CORNEJO, Fiscal Provincial Mixta en apoyo a la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de José Leonardo Ortiz, con domicilio legal y procesal en la calle Incanato N° 438 - José Leonardo Ortiz y con casilla judicial electrónica N° 39232; a El Ministerio Público, a tenor de lo establecido en el artículo 159° de la Constitución, y el artículo 446° inciso 4 y 447° del Código Procesal Penal vigente, y a las actuaciones que se acompañan al presente requerimiento, FORMULA REQUERIMIENTO DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO contra WALTHER ALFREDO POLANCO SENISSE por la presunta comisión del delito CONTRA LA FAMILIA en la modalidad de INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA en agravio de su menor hija SONIA VALERIA POLANCO CABRERA, representada por su madre CLARA JUANA CABRERA MERLO; ilícito penal regulado en el artículo 149° primer párrafo del Código Penal; en los términos siguientes: De los actos de investigación se desprende que CLARA JUANA CABRERA MERLO interpuso demanda de alimentos contra el imputado WALTHER ALFREDO POLANCO SENISSE ante el Juzgado de Paz Letrado del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz, para que acuda con una pensión alimenticia a favor de su menor hija SONIA VALERIA POLANCO CABRERA con la finalidad de cubrir los alimentos (gastos de educación, alimento, vestido, recreación, etc.) de los referidos menores. Es así que esta demanda se tramitó en el Expediente N® 0719-2013-0-1714-JP-FC-O1, en el cual mediante Resolución N® 06 de fecha 30 de octubre del 2014 (fs. 10), se aprobó la conciliación arribada entre las partes y en la cual el imputado se comprometía con acudir con una pensión alimenticia mensual y adelantada ascendente a la suma de S/. 480.00 (cuatrocientos ochenta y 00/100 nuevos soles), a favor de su menor hija SONIA VALERIA POLANCO CABRERA. Es el caso, que pese a existir una orden judicial, el imputado no cumplió con el pago acordado; por lo que, mediante Resolución N° 08 de fecha 16 de noviembre del 2015 (fs. 15), se aprobó el pago de la liquidación de pensión alimenticia devengada en la suma de DIEZ MIL DOSCIENTOS ONCE CON 16/100 NUEVOS SOLES (S/. 12,211.16), que comprende ei período desde diciembre del 2013 hasta agosto del 2015, y no habiendo ei impu-

JUDICIAL tado cumplido con pagar dicho monto; en efectividad del apercibimiento decretado se remitieron copias certificadas ai Ministerio Público para ser denunciado por ei delito de Omisión a la Asistencia Familiar. Al investigado WALTHER ALFREDO POLANCO SENISSE se le atribuye ser AUTOR delA delito Contra La Familia en la modalidad de INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA en agravio de su menor hija SONIA VALERIA POUNCO CABRERA. El hecho que se le atribuye al Imputado WALTHER ALFREDO POLANCO SENISSE se encuadra en el delito de INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, delito previsto y sancionado en el artículo 149® primer párrafo del Código Penal, el mismo que prescribe: “£7 que omite cumplir su obligación de prestar ios alimentos que establece una resolución judicial será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de tres años, o con prestación de servicio comunitario de veinte a cincuenta dos jornadas, sin perjuicio de cumplir ei mandato judicial. (...) “. Presupuestos para ia procedencia del Proceso Inmediato: El artículo 446® numeral 1) del Código Procesal Penal” establece cuales son los presupuestos en los que procede la incoación del Proceso Inmediato; señalando: “1) El Fiscal podrá solicitar la vía del proceso inmediato, cuando: a) el imputado ha sido sorprendido y detenido en flagrante delito; o, b) el imputado ha confesado ia comisión del delito; o, c) los elementos de convicción acumulados durante las diligencias preliminares, y previo interrogatorio del imputado, sean evidentes”... “4. Independientemente de lo señalado en los numerales anteriores, el Fiscal también deberá solicitar la incoación del proceso inmediato para los delitos de omisión de asistencia familiar y los de conducción en estado de ebriedad o drogadicción, sin perjuicio de lo señalado en el numeral 3 del artículo 447 del presente Código”. En el presente caso se ha culminado las diligencias preliminares; y, el Imputado no ha cumplido con el pago de las pensiones alimenticias devengadas pese al requerimiento efectuado por el Primer Juzgado de Paz Letrado del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz; conforme a las copias certificadas que obran en el Expediente N° 0564-2011 seguido por CLARA JUANA CABRERA MERLO contra WALTHER ALFREDO POLANCO SENISSE por ALIMENTOS, corrientes a folios 01-18, que hacen evidente la comisión del ilícito penal de Incumplimiento de Obligación Alimentaria por parte del investigado WALTHER ALFREDO POLANCO SENISSE. Al tratarse el presente requerimiento de Proceso Inmediato contra WALTHER ALFREDO POLANCO SENISSE se sujeta a las reglas de COMPARECENCIA SIMPLE.- De ser el caso, se solicita a su despacho la oportunidad para instar en audiencia de incoación de proceso inmediato algún mecanismo alternativo de solución del conflicto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2° del Código Procesal Penal. AUsted, Señor Juez de Investigación Preparatoria, solicito se sirva dar trámite al presente Requerimiento Fiscal de Proceso Inmediato, y declarar en su oportunidad LA PROCEDENCIA DE PROCESO INMEDIATO previa audiencia, la misma que será convocada por su Despacho en el plazo legal correspondiente.JOSE LEINARDO ORTIZ, 26 DE SEPTIEMBRE DEL 2016 REYNERIO DIAZ TARRILLO JUEZ 2° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MODULO BASICO DE JUSTICIA – JLO JULIO CESAR BENAVENTE DELGADO ESPECIALISTA DE JUZGADO MBJ-JLO PJ-NCPP-CSJLAMB 20, 21, 22 Oct. EDICTO EXP. Nro. 07698-2016-0 JULIO BENAVENTE DELGADO EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DEL MODULO BÁSICO DE JUSTICIA DEJÓSE LEONARDO ORTIZ A CARGO DE LA DR. REINERIO DÍAZ TARRILLO NOTIFICA AL IMPUTADO JOSÉ ELVER DELGADO COTRINA EXP. 07698-2016-0 JBD. POR EL DELITO CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCION EN AGRAVIO DE LA SOCIEDAD, SE LE NOTFICA A LA AUDIENCIA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO EN CASO DE DELITO DE FLAGANCIA PARA EL DÍA VEINTISIETE DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A LAS NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA (HORA EXACTA) SITO EN VIRREY TOLEDO CUADRA DIEZ ATUSPARIAS JOSÉ LONARDO ORTIZ requerimiento: proceso inmediato SEÑOR JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA

Chiclayo, Sábado 22 de Octubre del 2016

11

DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ SEGUNDO GAMALIEL CANARIO SANTA CRUZ, Fiscal Adjunto Provincial de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de José Leonardo Ortiz, señalando domicilio procesal en la calle Incanato N° 438, 4to piso, J.L.O., Casilla Electrónica N° 40555; De conformidad con lo establecido por los Artículos 446® y Art. 447°, Inciso Primero del Código Procesal Penal vigente, recurro a vuestro Juzgado de Investigación Preparatoria, formulando REQUERIMIENTO DE PROCESO INMEDIATO; en la investigación preliminar seguida contra JOSÉ ELVER DELGADO COTRINA (24) por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD en agravio de LASOCIEDAD. HECHOS: Que, el día 14 de agosto del 2016 a las 20:25 horas, personal policial intervino a la persona de José Elver Delgado Cotrina, en la intersección de las calles Argentina y Paraguay, J.L.O., quien se encontraba manejando el vehículo menor de placa de rodaje 0217-5M de marca WX de color negro, año 2013. en presunto estado de ebriedad, por lo que se puso a disposición de la Comisaria de J.L.O. Asimismo, mediante Certificado de Dosaje Etílico N° 0023-003172, practicado al imputado, arroja como resultado: Un gramo con ocho ‘CGS. de Alcohol por litro de sangre (1.08 G/L), es decir la muestra contiene alcohol etílico. Que, el delito de Conducción de Vehículo Motorizado en Estado de Ebriedad, previsto en el primer párrafo del artículo 274 del Código Penal, se configura, en su aspecto objetivo, cuando el agente, encontrándose en estado de ebriedad, con presencia de alcohol en la sangre en proporción mayor de 0.5 gramos-liüro, o bajo el efecto de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o sintéticas, conduce, opera o maniobra vehículo motorizado, será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de seis meses ni mayor de dos años o con prestación de servidos comunitarios de cincuenta y dos a ciento cuatro jomadas e inhabilitación, conforme al artículo 36, inciso 7) de la acotada norma penal; requiriendo elemento subjetivo, el dolo, es decir el conocimiento y voluntad para cometer el delito, siendo los hechos expuestos en el considerando primero pasibles de ser subsumidos en el tipo penal antes mencionado y que ameritan se investigados por este órgano persecutor a fin de lograr su pleno es esclarecimiento y determinar establecer o eximir al investigado de la pretensión punitiva estatal, en virtud de lo prescrito en el artículo 330 incisos 1 y 2 del Código Procesal Penal, que señala: “ 1)E1 Fiscal puede, bajo su dirección, requerir la intervención de la de la Policía a realizar por si mismo diligencias preliminares de investigación para determinar si debe formalizar la Investigación Preparatoria. 2) Diligencias Preliminares tienen por finalidad inmediata realizar los actos urgentes o inapelables destinados a determinar si han tenido lugar los hechos objeto de conocimiento así como asegurar los elementos materiales de su comisión, individualizar a las personas involucradas en su comisión, incluyendo a los agraviados Preparatoria. 2) Diligencias Preliminares tienen por finalidad inmediata realizar los actos urgentes destinados a determinar si han tenido lugar los hechos objeto de conocimiento, así como asegurar los elementos materiales de su comisión, individualizar a las personas involucradas en su comisión, incluyendo a los agraviados,, dentro de los límites de la LA, asegurarlas debidamente’. La existencia de suficientes elementos de convicción acumulados durante las diligencias preliminares, y recibido la declaración del imputado, resulta evidente la comisión delictiva por los mismos, dándose, igualmente, el cumplimiento de lo establecido en el Art. 446° Inciso 4 de dicho artículo que establece; Independientemente de lo señalado en los numerales anteriores, el fiscal también deberá de solicitar la incoación de proceso inmediato para los delitos de Omisión de asistencia familiar y de los de conducción en estado de ebriedad o drogadicción, sin perjuicio de lo señalado en el numeral 3 del artículo 447° de! Código Procesal Luego de haberse practicado las investigaciones preliminares realizadas en este despacho Fiscal, se ha logrado recabar los siguientes elementos de prueba, que vinculan al imputado, con el hecho ilícito materia de investigación: Sírvase Usted, Señor Juez, sírvase dar el trámite de Ley al presente Requerimiento de Proceso Inmediato, José Leonardo Ortiz, 26 de Septiembre del 2016 REYNERIO DIAZ TARRILLO JUEZ 2° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MODULO BASICO DE JUSTICIA – JLO JULIO CESAR BENAVENTE DELGADO

12

Chiclayo, Sábado 22 de Octubre del 2016

ESPECIALISTA DE JUZGADO MBJ-JLO PJ-NCPP-CSJLAMB 20, 21, 22 Oct. EDICTO PENAL Expediente N° 7410 - 2016 0- 1706JR-PE-01 ECM Juzgado: 2 Juzgado de Investigación Preparatoria José Leonardo Ortiz - Lambayeque Especialista: César Augusto Salazar Piscoya. Imputado: ANDRÉS DE LA CRUZ DÍAZ Delito: CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD Agraviado: LA SOCIEDAD SE NOTIFICA A: ANDRÉS DE LA CRUZ DÍAZ, con domicilio en calle Héctor Aurich N° 824 - Ferreñafe REQUERIMIENTO FISCAL: Se solicita la incoación de proceso inmediato en su contra, por el delito contra la Seguridad Pública - Delito de Peligro Común. En su modalidad de Conducción en estado de ebriedad, en agravio de la Sociedad, teniendo como antecedente el acta de intervención policial de fecha 14-05-16 hora 18.30 a horas, donde efectivos policiales intervino al imputado por la intersección de la Av Augusto B. Leguia y Av Saenz Peña del distrito de José L. Ortíz, quien conducía el vehículo de placa de rodaje 7350- OC, en evidente estado de ebriedad, corroborado con el certificado de dopaje etílico que arrojó 0.96 g/l de alcohol por litro de sangre.RESOLUCIÓN NUMERO UNO: CITAR audiencia de incoación inmediato, para el 27 -10 -16 a horas 11:30, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencia N° 02 de los Juzgados de Investigación Preparatoria de José Leonardo Ortiz. José L. Ortiz, 27 septiembre del 2016 CESAR AUGUSTO SALAZAR PISCOYA ESPECIALISTA DE JUZGADO MBJ-JLO PJ-NCPP-CSJLAMB 20, 21, 22 Oct. EDICTO PENAL Oficio N° 6324-2016-0-1706-JR-PE/JCHM JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE LAMBAYEQUE JUEZ: CHÁÑAME PARRAGUEZ ESPECIALISTA: Patricia Balarezo Ocon CITA Y EMPLAZA; al acusado de autos Luis Alberto Vélez Tesen, CONFIÉRASE TRASLADO a los sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBILES, a efectos de que puedan por escrito: 1) observar formal mente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de criterio de oportunidad (principio de oportunidad). 6) ofrecer prueba para el juicio. 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados y, 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio, a efecto de notificarte con el tenor de la resolución nueve de fecha 26 de Agosto del 2016. que contiene el auto de que dispone: DECLARAR FRUSTRADA la instalación de ía presente Audiencia y «programar la misma para el día VEINTISIETE DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS, a horas DIEZ CON CUARENTA Y CINCO MINUTOS DE LA MAÑANA, 10.45 am (hora exacta), en la Sala de Audiencias del Juzgado de investigación Preparatoria de Lambayeque, sito en Calle Víctor Doig y Lora 185 – Lambayeque; Audiencia que se instalara con la presencia obligatoria del señor representante del Ministerio público, bajo apercibimiento de aplicarse el artículo 144 inciso 2) del Código Procesal Penal. Por haberse dispuesto así en el Exp. N° 6324-2016-0-1708-JR-PE, que se sigue en contra LUIS ALBERTO VELEZ TESEN, por el delito INCUMPLIMINETO DE LA OBLIGACIÓN ALIMENTARIA. JOSE LUIS CHANAME PARRAGUEZ JUEZ PENAL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL – CSJLA 20, 21, 22 Oct. EDICTO PENAL Expediente N° 7652-2016-0 - 1706JR-PE-01 ECM Juzgado: 2 Juzgado de Investigación Preparatoria José Leonardo Ortiz - Lambayeque Especialista: César Augusto Salazar Pis-

CRÓNICA coya. Imputado: BUENAVENTURA CUBAS TAPIA Delito: CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD Agraviado: LA SOCIEDAD SE NOTIFICA A BUENAVENTURA CUBAS TAPIA, con domicilio en calle Juan Cuglievan N° 1681 –Chiclayo REQUERIMIENTO FISCAL: Se solicita la incoación de proceso inmediato en su contra, por el delito contra la Seguridad Pública - Delito de Peligro Común. En su modalidad de Conducción en estado de ebriedad, en agravio de la Sociedad, teniendo como antecedente el acta de intervención policial de fecha 14-05-16 hora 18.30 a horas, donde efectivos policiales intervino al imputado por la intersección de la Av Panamá y Paraguay del distrito de José L. Ortíz, quien conducía el vehículo de placa de rodaje 7350- OC, en evidente estado de ebriedad, corroborado con el certificado de dopaje etílico que arrojó 0.66 g/l de alcohol por litro de sangre.RESOLUCION NUMERO UNO: CITAR audiencia de incoación inmediato, para el 27 -10 -16 a horas 12:30, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencia N° 02 de los Juzgados de Investigación Preparatoria de José Leonardo Ortiz. José L. Ortiz 27 Septiembre del 2016 CESAR AUGUSTO SALAZAR PISCOYA ESPECIALISTA DE JUZGADO MBJ-JLO PJ-NCPP-CSJLAMB 20, 21, 22 Oct. EDICTO PENAL Expediente N° 7464 --2016-0-0-1706-JRPE-01 Juzgado: 2 Juzgado de Investigación Preparatoria José Leonardo Ortiz - Lambayeque Especialista: César Augusto Salazar Piscoya. Imputado: JHONATTAN JESÚS SALDAÑA TORRES Delito: OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR Agraviado: LORENA VALERIA SALDAÑA FERNANDEZ SE NOTIFICA A: JHONATTAN JESÚS SALDAÑA TORRES, con domicilio AV Chiclayo ~N° 904 CMP Primero de Mayo - José L. Ortiz REQUERIMIENTO FISCAL: Se solicita la incoación de proceso inmediato en su contra, por el delito de Omisión a la asistencia familiar, en agravio de Lorena Valeria Saldaña Fernández; toda vez que de la remisión de copias certificadas derivada del Exp. N° 414-2009 Juzgado de Paz Letrado de José Leonardo Ortiz, se advierte que el imputado adeuda la fecha de s/ 4,445.99 nuevos soles, por pensiones alimenticias devengadas. Se adjunta como elementos de convicción: a) La sentencia b) La resolución que declara consentida la sentencia c) La liquidación de pensiones alimenticias devengadas. Y notificaciones d) La resolución que aprueba la liquidación y notificaciones RESOLUCIÓN NUMERO UNO: el Representante del Ministerio Público, presenta requerimiento de incoacción de proceso inmediato en su contra por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar en agravio Lorena Valeria Saldaña Fernández Audiencia 27-10-16 hora 10:00am, José L. Ortiz 30 Septiembre 2016 CESAR AUGUSTO SALAZAR PISCOYA ESPECIALISTA DE JUZGADO MBJ-JLO PJ-NCPP-CSJLAMB 20, 21, 22 Oct. EDICTO Oficio N° 4290-2016-0-1706-JR-PE/JCHM JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE LAMBAYEQUE JUEZ: CHÁÑAME PARRAGUEZ JOSÉ LUIS ESPECIALISTA: HOYOS MONSALVE JUAN CARLOS. CITA Y EMPLAZA; al acusado de autos JORGE ARTURO CHAFIO RUMICHE, a efecto de notificarle con el tenor de la resolución UNO de fecha 10 de Junio del 2016. que contiene el auto de que dispone: 1. CITAR a la AUDIENCIA ÚNICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO EN CASO DE DELITOS DE FLAGRANCIA, OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR - Y CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD requerido por el señor Fiscal de la Segunda Fiscalía Penal de Lambayeque; Asimismo se le notificar con el tenor de la resolución de la RESOLUCIÓN CUATRO de fecha

JUDICIAL

PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV

27 de Setiembre del 2016 que dispone: DECLARAR FRUSTRADA la instalación de la presente audiencia y reprogramar la misma, para el día VEINTISIETE DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECISEIS a horas OCHOY CUARENTA Y CINCO MINUTOS DE LA MAÑANA , en esta misma sala de audiencia, la misma que se realizara en la Sala de Audiencias del Juzgado de investigación Preparatoria de Lambayeque, sito en Calle Víctor Doig y Lora 185 -Lambayeque. Por haberse dispuesto así en el Exp. N° 4290-2016-0-1708-JR-PE, que se sigue en contra JORGE ARTURO [CHAFIO RUMICHE por el delito con la familia en la modalidad de omisión a la asistencia familia. JORGE LUIS CHANAME PARRAGUEZ JUEZ PENAL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL – CSJLA 20, 21, 22 Oct. EDICTO EXP. Nro. 03453-2015-0 JULIO BENAVENTE DELGADO EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DEL MODULO BÁSICO DE JUSTICIA DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ A CARGO DE LADRA. SARA VERA ZULOETA NOTIFICA AL IMPUTADO HULDO MAVEL HERNÁNDEZ SUAREZ EXP. 03453-2015-0 JBD. POR EL DELITO USURPACIÓN AGRAVADA EN AGRAVIO DE JAIME ALCÁNTARA PAUCAR SE LE NOTFICA LA RESOLUCIÓN # 06 : RESOLUCIÓN NÚMERO: SEIS José Leonardo Ortiz, nueve de septiembre de Dos mil dieciséis.- AUTOS Y VISTOS; Por recibido el requerimiento fiscal con los requisitos previstos en el artículo 349° del Código Procesal Penal, formulando acusación contra OLGA NÍCIDA FLORES FERNÁNDEZ y HULDO MAVEL HERNÁNDEZ SUAREZ, por el delito Contra el Patrimonio en la modalidad de USURPACIÓN, en agravio de JAIME ALCÁNTARA PAUCAR; y, CONSIDERANDO: PRIMERO: El articulo trescientos cincuenta del CPP señala que la acusación será notificada a los demás sujetos procesales por el plazo de diez días, a efecto de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad, 6) ofrecer pruebas para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de prueba pertinentes, y 8) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación. SEGUNDO: La Resolución N° 096-2006-CE-PJ del veintinueve de junio que contiene el Reglamento de Expedientes Judiciales en el Capítulo Segundo denominado del Cuaderno de la Etapa Intermedia en el artículo 18° establece que las actuaciones y trámites que se realicen en la etapa intermedia generarán un cuaderno cuya denominación será Cuaderno de la Etapa Intermedia; que el Órgano Jurisdiccional competente ordenará su formación una vez que reciba la acusación fiscal o un requerimiento de sobreseimiento; el Cuaderno de la Etapa Intermedia tendrá como anexo el Expediente Fiscal así como los objetos y cosas en caso estos hayan sido introducidos como prueba anticipada. Por las anteriores consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los articules 349° y siguientes del Código Procesal Penal y Resolución N° 096-2006-CE-PJ y advirtiéndose que no se ha requerido de medida coercitiva de prisión preventiva o comparecencia con restricciones como lo dispone los artículo 286° y 287.1° del Código Procesal penal; SE RESUELVE: DAR POR INICIADA LA ETAPA INTERMEDIA; DISPONIENDO que el expediente judicial sea considerado como el Expediente Fiscal que servirá de anexo del Cuaderno de la Etapa Intermedia; CÓRRASE TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo de DIEZ DÍAS del requerimiento de acusación, acompañándose copia del mismo. PRECÍSESE que la carpeta fiscal con todos los elementos de convicción se encuentra en las oficinas de la Fiscalía encargada del caso, para los fines que correspondan. IMPONER la medida de COMPARECENCIA SIMPLE a los acusados Olga Nicida Flores Fernández y Huido Mavel Hernández Suárez quienes se encuentran obligados a concurrir a las diligencias del proceso en que sea necesaria su presencia, bajo apercibimiento de ser conducidos compulsivamente por la policía; asimismo, apareciendo de los

actuados que la acusada Olga Nicida Flores Fernández no cuenta con abogado defensor particular, sin perjuicio de que en el plazo de cuarenta y ocho horas nombre uno de su elección, a fin de no vulnerar su derecho a la defensa y evitar nulidades posteriores: OFICÍESE al Coordinador de la Defensoría Pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos con sede en este distrito para que designe un defensor público que asuma su defensa en caso no nombre un abogado particular, adjuntándose copia de la presente resolución y de la acusación fiscal; y, por el principio de celeridad procesal: CÍTESE para el día VEINTISIETE DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS a horas DOCE DEL MEDIODÍA (hora exacta) a efecto de realizar la audiencia preliminar de control de acusación en la Sala de Audiencias NÚMERO UNO de los Juzgados de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo N° 1080 - Atusparias, con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado defensor de los acusados, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada de este último de excluirlo de la defensa y designar un defensor público como lo autoriza el artículo 85.1° del Código Procesal Penal, modificado por la Ley 30076, o, según sea el caso, otro defensor público con conocimiento de la Dirección Distrital de la Defensoría Pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos con sede en Chiclayo. COMUNIQÚESE al representante del Ministerio público que deberá concurrir a la audiencia con el íntegro de la carpeta fiscal, con la finalidad que las partes puedan entregar en ese mismo acto las pruebas ofrecidas y admitidas por el juez, en tanto que las pruebas declaradas inadmisibles nuevamente serán incorporadas a la carpeta fiscal. PRECÍSESE que las resoluciones dictadas oralmente en la audiencia preliminar, se entenderá notificadas a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan concurrido, como lo dispone el artículo 16°, incisos 1° y 2° del Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones bajo las normas del Código Procesal Penal, aprobado por Resolución Administrativa N° 096-2006-CE-PJ. NOTIFÍQUESE a las partes en sus respectivos domicilios reales y procesales o casillas electrónicas señalados en autos, incluida a la parte agraviada; al otrosí digo de la acusación: téngase presente.JOSÉ LEINARDO ORTIZ, 30 DE SEPTIEMBRE DEL 2016 SARA VERONICA VERA ZULOETA JUEZ 1° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MBJ-JLO PODER JUDICIAL – CSJLA JULIO CESAR BENAVENTE DELGADO ESPECIALISTA DE JUZGADO MBJ-JLO PJ-NCPP-CSJLAMB 20, 21, 22 Oct. EDICTO PENAL Oficio N° 5316-2016-0-1706-JR-PE-01 TERCER JUZGADO UNIPERSONAL CHICLAYO ESPECIALISTA: JOSUÉ MOISÉS MENDOZA JIMÉNEZ CITA Y EMPLAZA; al acusado de autos EVER RAMÓN SALVATIERRA CONTRERAS; para que se presente a la audiencia signado en el expediente N° 5316-20160-1706-JR-PE-01 que se le sigue por el delito de OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR en agravio de BRUNO y DAYANA SALVATIERRA GUERRERO, notificándosele para que concurra a la diligencia de JUICIO ORAL programada para el día VEINTISIETE DE OCTUBRE del año dos mil dieciséis a horas DOCE CON TREINTA MINUTOS de la mañana (hora exacta), la misma que se realizara en la sala de audiencia número NUEVE-09 de los Juzgados unipersonales, ubicada en el tercer piso de la nueva sede judicial de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, Sito en la Av. José Leonardo Ortiz N° 155 Centro Cívico - Chiclayo. Por haberse dispuesto así en el cuaderno de debates N° 5316-2016-0-1706JR-PE-01, que se sigue contra EVER RAMÓN SALVATIERRA CONTRERAS por el delito de OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR en agravio de BRUNO y DAYANA SALVATIERRA GUERRERO. Notificándosele bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz, reservarse el proceso y ordenarse su conducción compulsiva en caso de inasistencia. Chiclayo, 23 de setiembre del 2016 JORGE LUIS ROJAS CRUZ JUEZ TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PJ-NCPP-CSJLAMB

PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV 20, 21, 22 Oct. EDICTO PENAL Oficio N° 03307-2016-36-1706-JR-PE-04 CUARTO JUZGADO UNIPERSONAL CHICLAYO ESPECIALISTA: MOISÉS MENDOZA JIMÉNEZ CITA Y EMPLAZA: al acusado de autos JUAN FRANCISCO LÓPEZ PRIETO; para que se presente a la audiencia signado en el expediente N° 03307-2016-36-1706JR-PE-04 que se le sigue por el delito de OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR en agravio de DIEGO ALEXANDER LÓPEZ GONZALES Y JUAN JÚNIOR LÓPEZ GONZALES, notificándosele para que concurra a la diligencia de AUDIENCIA ÚNICA DE JUICIO INMEDIATO programada para el día VEINTISIETE DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS a horas ONCE DE LA MAÑANA (hora exacta), la misma que se realizara en la sala de audiencia número 1O de los Juzgados Unipersonales, ubicada en el tercer piso de la nueva Sede Judicial de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, Sito en la Av. José Leonardo Ortiz N° 155 Centro Cívico - Chiclayo. Por haberse dispuesto así en el cuaderno de debates N° 03307-2016-36-1706JR-PE-04 que se sigue contra JUAN FRANCISCO LÓPEZ PRIETO por el delito de OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR en agravio de DIEGO ALEXANDER LÓPEZ GONZALES Y JUAN JÚNIOR LÓPEZ GONZALES, Notificándosele bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz, reservarse el proceso v ordenarse su conducción compulsiva en caso de inasistencia. Chiclayo, 28 de setiembre del 2016 HIROKO SANDRA HIYANE RAMIREZ JUEZ CUARTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PODER JUDICIAL – CSJLAMB 20, 21, 22 Oct. EDICTO PENAL Oficio N° 5624-2016-90-1706-JR-PE-01 CUARTO JUZGADO UNIPERSONAL CHICLAYO ESPECIALISTA: JOSUÉ MOISÉS MENDOZA JIMÉNEZ CITA Y EMPLAZA; al acusado de autos FÉLIX MARX LAUREL RODRÍGUEZ; para que se presente a la audiencia signado en el expediente N° 5624-2016-0-1706-JR-PE01 que se le sigue por el delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD en agravio de LA SOCIEDAD, notificándosele para que concurra a la diligencia de JUICIO ORAL programada para el día VEINTISIETE DE OCTUBRE del año dos mil dieciséis a horas TRES con CUARENTA Y CINCO MINUTOS de la tarde (hora exacta), la misma que se realizara en la sala de audiencia número DIEZ-10 de los Juzgados unipersonales, ubicada en el tercer piso de la nueva sede judicial de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, Sito en la Av. José Leonardo Ortiz N° 155 Centro Cívico - Chiclayo. Por haberse dispuesto así en el cuaderno de debates N° 5624-2016-90-1706JR-PE-01, que se sigue contra FÉLIX MARX LAUREL RODRÍGUEZ por el delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD en agravio de LA SOCIEDAD. Notificándosele bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz, reservarse el proceso y ordenarse su conducción compulsiva en caso de inasistencia. Chiclayo, 26 de setiembre del 2016 HIROKO SANDRA HIYANE RAMIREZ JUEZ CUARTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PODER JUDICIAL – CSJLAMB 20, 21, 22 Oct. EDICTO PENAL Oficio N° 00938-2016-0-1706-JR-PE-01 CUARTO JUZGADO UNIPERSONAL CHICLAYO ESPECIALISTA: JOSUÉ MOISÉS MENDOZA JIMÉNEZ CITA Y EMPLAZA; al acusado de autos ULISES SALOMÓN ELESCANO CASTILLO; para que se presente a la audiencia signado en el expediente N° 00938-2016-0-1706JR-PE-01 que se le sigue por el delito de OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR en agravio de ELESCANO SAAVEDRA JHON ALEXIS, notificándosele para que concurra a la diligencia de JUICIO ORAL programada para el día VEINTISIETE DE OCTUBRE del año dos mil dieciséis a horas DOCE CON TREINTA de la mañana (hora exacta), la misma que se realizara en la sala de audiencia numero DIEZ-10 de los Juzgados unipersonales, ubicada en el tercer piso de la nueva sede

CRÓNICA

judicial de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, Sito en la Av. José Leonardo Ortiz N° 155 Centro Cívico - Chiclayo. Por haberse dispuesto así en el cuaderno de debates N° 00938-2016-01706-JR-PE-01, que se sigue ULISES SALOMÓN ELESCANO CASTILLO por el delito de OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR en agravio de ELESCANO SAAVEDRA JHON ALEXIS. Notificándosele bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz, reservarse el proceso y ordenarse su conducción compulsiva en caso de inasistencia. Chiclayo, 21de setiembre del 2016 HIROKO SANDRA HIYANE RAMIREZ JUEZ CUARTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PODER JUDICIAL – CSJLAMB 20, 21, 22 Oct. EDICTO PENAL Juez: Dr. SHILLING CASTAÑEDA SALAZAR Especialista Legal: VÍCTOR MONTEZA BASAURI Por el presente, me dirijo a usted, CITO LLAMO Y EMPLAZO, a los acusados, JARSIN EDWIN SAAVEDRA VILLANUEVA Y ANDRÉS ZENOBIO CHAFIO ORDOÑEZ, quien deberá concurrir a la Audiencia de Juicio Oral, la misma que se llevara a cabo el día 27 de OCTUBRE del 2O16 a horas 09:00 a.m., la misma que se realizara en la sala de audiencia del establecimiento penal de Chiclayo Picsi. Por haberse ordenado en el Exp. N° 4456-2013-7, seguido en su contra por el delito CONTRA LA SALUD PÚBLICA en figura MICROCOMERCIALIZACION DE DROGA en agravio del ESTADO. Publíquese el presente edicto por tres días consecutivos. SHILLING CASTAÑEDA SALAZAR JUEZ SEXTO JUZGADO UNIPERSONAL PODER JUDICIAL – CSJLA 20, 21, 22 Oct. EDICTO EXPEDIENTE N° 7709-2016-0El Juez del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, cita y emplaza al acusado ROSEL SALAZAR CARRANZA, a fin de que concurra a la audiencia de Incoacción del Proceso Inmediato reprogramada para el día VEINTISIETE DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECISEIS. A HORAS OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA. a realizarse en la Sala de audiencias número TRES, del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, ubicado en la Av. José Leonardo Ortiz N° 155, Segundo Piso - Chiclayo, en el Expediente N° 7709-2016-0-proceso seguido contra el acusado precitado, por el delito CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de SOCIEDAD; lo que notifica de acuerdo a ley. Especialista Legal: Jorge Tello Gonzales. CECILIA M. GRANDEZ ROJAS JUEZ TITULAR 4° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PJ-NCPP-CSJLAMB 20, 21, 22 Oct. EDICTO PENAL Oficio N° 4079-2016-0-1706-JR-PE-01 QUINTO JUZGADO UNIPERSONAL CHICLAYO ESPECIALISTA: JOSUÉ MOISÉS MENDOZA JIMÉNEZ CITA Y EMPLAZA; al acusado de autos LÍDER PAZ AYALA; para que se presente a la audiencia signado en el expediente N° 4079-2016-0-1706-JR-PE-01 que se le sigue por el delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD en agravio de LA SOCIEDAD, notificándosele para que concurra a la diligencia de JUICIO ORAL programada para el día VEINTISIETE DE OCTUBRE del año dos mil dieciséis a horas ONCE con TREINTA de la mañana (hora exacta), la misma que se realizara en la sala de audiencia número SEIS-06 de los Juzgados unipersonales, ubicada en el segundo piso de la nueva sede judicial de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, Sito en la Av. José Leonardo Ortiz N° 155 Centro Cívico - Chiclayo. Por haberse dispuesto así en el cuaderno de debates N° 4079-2016-0-1706JR-PE-01, que se sigue contra LÍDER PAZ AYALA por el delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD en agravio de LA SOCIEDAD. Notificándosele bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz, reservarse el proceso y ordenarse su conducción compulsiva en caso de inasistencia. Chiclayo, 08 de setiembre del 2016 EVA MARIA VASQUEZ VASQUEZ JUEZ QUINTO JUZGADO UNIPERSONAL

JUDICIAL PJ-NCPP-CSJLAMB 20, 21, 22 Oct. EDICTO Expediente N° 05502-2013-33 Tercer Juzgado Penal Unipersonal de Piura. Juez: Dra. Nancy Carmen Choquehuanca. Especialista Judicial: Abog. Ornar Galindo Ascoy Mauricio. Se cita y emplaza al acusado RÓGER GUILLERMO MONTES PÓRTELA, para que concurra a la Audiencia de Juicio Oral, la misma que ha sido REPROGRAMADA para el día 27 (VEINTISIETE) DE OCTUBRE DEL 2016, A HORAS 11:00 A.M. (ONCE) DE LA MAÑANA, la misma que se realizará en la Sala de Audiencias del Tercer Juzgado Penal Unipersonal de Piura (EX 6° JPUP), ubicado en el Tercer Piso de la Corte Superior de Justicia de Piura, sito en la Calle Lima 997 - PIURA, DEBIENDO CUMPLIR con remitir con la debida anticipación copias certificadas de las publicaciones efectuadas. En el Expediente N° 05502-2013-33, que se sigue contra RÓGER GUILLERMO MONTES PORTELLA, como presunto autor del delito Contra el Patrimonio en la modalidad de APROPIACIÓN ILÍCITA, tipificado en el Artículo 190° del Código Penal, y por el delito Contra la Fe Pública, en la modalidad de FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTOS PÚBLICO Y PRIVADO, tipificado en el Artículo 427° del Código Penal, en agravio de la Empresa Lasd Import S.R.L., Juan More Cárcamo, Maura Macalupú Chiroque, Pedro Lalupú Suárez y Corina Rivas de Lalupú, y por el delito de FABRICACIÓN O FALSIFICACIÓN DE SELLOS O TIMBRES OFICIALES, tipificado en el Artículo 434° segundo párrafo del Código Penal, en agravio de la Notaría Pública Amarilis Ramírez Carranza. NANCY CARMEN CHOQUEHUANCA JUEZ TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PIURA 20, 21, 22 Oct. EDICTO PENAL Oficio N° 2608-2016-0-1706-JR-PE/JCHM JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE LAMBAYEQUE JUEZ: CHÁÑAME PARRAGUEZ ESPECIALISTA: Patricia Balarezo Ocon CITA Y EMPLAZA; al acusado de autos Enrique Alberto Suyon Bravo, CONFIÉRASE TRASLADO a los sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBILES, a efectos de que puedan por escrito: 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de criterio de oportunidad (principio de oportunidad), 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados y, 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio, a efecto de notificarle con el tenor de la resolución cinco de fecha 19 de setiembre del 2016, que contiene el auto de que dispone: DECLARAR FRUSTRADA la instalación de la presente Audiencia y reprogramar la misma para el día VEINTISIETE DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS, a horas NUEVE CON QUINCE MINUTOS DE LA MAÑANA, 09.15 am (hora exacta), en la Sala de Audiencias del Juzgado de investigación Preparatoria de Lambayeque, sito en Calle Víctor Doig y Lora 185 - Lambayeque; Audiencia que se instalara con la presencia obligatoria del señor representante del Ministerio público, bajo apercibimiento de aplicarse el artículo 144 inciso 2) del Código Procesal Penal. Por haberse dispuesto así en el Exp. N° 2608-2016-0-1708-JR-PE, que se sigue en contra Enrique Alberto Suyon Bravo, por el delito Incumplimiento de la Obligación Alimentaria. JOSE LUIS CHANAME PARRAGUEZ JUEZ PENAL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL – CSJLA 20, 21, 22 Oct. EDICTO PENAL Expediente N° 7325 -2016-0-1706-JRPE-01 ECM Juzgado: 2 Juzgado de Investigación

Chiclayo, Sábado 22 de Octubre del 2016

13

Preparatoria José Leonardo Ortiz - Lambayeque Especialista: César Augusto Salazar Piscoya. Imputado: JOSÉ CARLOS SOBERON ESTELA Delito: CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD Agraviado: LA SOCIEDAD SE NOTIFICA A: JOSÉ CARLOS SOBERON ESTELA, con domicilio en calle Santa Rosa N° 469 PJ San Miguel - José L. Ortíz, REQUERIMIENTO^ FISCAL: Se solicita la incoación de proceso inmediato en su contra, por el delito contra la Seguridad Pública - Delito de Peligro Común. En su modalidad de Conducción en estado de ebriedad, en agravio de la Sociedad, teniendo como antecedente el acta de intervención policial de fecha 19-08-16 hora 22.30 a horas, donde efectivos policiales intervino al imputado por la intersección de la Av Panamá y Kenendy del distrito de José L. Ortíz, quien conducía el vehículo de placa de rodaje B1-2559, en evidente estado de ebriedad, corroborado con el certificado de dopaje etílico que arrojó 0.55 g/l de alcohol por litro de sangre.RESOLUCIÓN NUMERO UNO: CITAR audiencia de incoación inmediato, para el 27-10-16 a horas 11:30 la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencia N° 02 de los Juzgados de Investigación Preparatoria de José Leonardo Ortiz. José L. Ortiz 30 Septiembre del 2016. CESAR AUGUSTO SALAZAR PISCOYA ESPECIALISTA DE JUZGADO MBJ-JLO PJ-NCPP-CSJLAMB 20, 21, 22 Oct. EDICTO PENAL 1° JUZG. INVEST. PREPARATORIA FLAGRANCIA, OAF Y CEED EXPEDIENTE: 7368-2016-0-1706-JRPE-01 JUEZ: NIVIA CORREA JIBAJA IMPUTADO: DEYVI ELKI LLUEN YOVERA DELITO: OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR AGRAVIADO: LESLIE NAYELI LLUEN EFFIO ESPECIALISTA: JORGE ENRIQUE TELLO GONZÁLES Mediante el presente edicto, el señor Juez del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria- flagrancia, OAF Y CEED, notifica al señor DEYVI ELKI LLUEN YOVERA con la resolución que dispone: Reprogramar la presente audiencia para el día veintisiete de octubre del dos mil dieciséis a horas una y quince de la tarde (27-10-2016 - H. 13.15 p.m.) la misma que se llevará a cabo en esta misma sala de audiencias, sala N° 01 del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, ubicado en la avenida José Leonardo Ortiz N° 155 de Chiclayo. NIVIA MAGGALY CORREA JIBAJA JUEZ JUZGADOS DE INVESTIGACION PREPARATORIA PODER JUDICIAL – CSJLA 20, 21, 22 Oct. EDICTO PENAL Oficio N° 2645-2015-10-1708-JR-PE-01/ DRMQY JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE LAMBAYEQUE JUEZ: EVE REDRUELLO VILLARREAL. ESPECIALISTA: Dante Quiñones Yahiro. CITA Y EMPLAZA; al imputado de autos JUAN CARLOS GARCÍA MEZA a efectos de notificarle con el tenor de la resolución número doce - de fecha diecisiete de octubre de 2016, que REPROGRAMA AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACIÓN para el día VEINTISIETE DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MÍL DIECISEIS a horas NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA (hora exacta), la mi sin a que se realizara en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria Transitoria de la ciudad de Lambayeque, sito en calle Víctor Doig y Lora N° 185 5to piso - Lambayeque Por haberse dispuesto así en el Exp. N° 2645-2015-10-1708-JR-PE seguida contra Juan Carlos García Meza y otro, por el delito de Falsedad Ideológica, en agravio del Estado.Edictos Que deberán ser publicados por espacio de tres días hábiles con una anticipación no menor de 3 días a la realización de la audiencia. EVE REDRUELLO VILLARREAL JUEZ JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA TRANSITORIO LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL – CSJLA 20, 21, 22 Oct.

14

Chiclayo, Sábado 22 de Octubre del 2016

CRÓNICA

JUDICIAL

PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV

PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV

CRÓNICA

JUDICIAL

Chiclayo, Sábado 22 de Octubre del 2016

15

16

Chiclayo, Sábado 22 de Octubre del 2016

CRÓNICA

JUDICIAL

PRECIO POR PALABRA: 0.025 INCLUDO IGV