CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO
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La República
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
Miércoles, 8 de agosto del 2018
AVISOS JUDICIALES EDICTO JUDICIAL NOTIFICACIÓN MEDIANTE EDICTOS CONFORME EL ARTÍCULO 506 DEL CÓDIGO PROCESAL CIVIL. Expediente N° 00411-2018-0-1001-JR-CI-04, seguido por CRISPIN CONDORI QUISPE contra LA URBANIZACION UCCHULLO GRANDE, y EL CONVENTO DE LA RECOLETA, representado por Jorge Huanca Larota CON CITACIÓN DE LOS COLINDANTES: MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO, VALENTIN TINCO SENCI y JUAN RUPA LICONA, sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO DE BIEN INMUEBLE -Lote 17 de la Manzana T ubicado en la Av. Argentina de la Urbanización Ucchullo Grande, del distrito, provincia y departamento de Cusco-; bajo la actuación del ESPECIALISTA LEGAL JUAN SANTIAGO CALLAÑAUPA SORIA, la señora Juez del Cuarto Juzgado Civil del Cusco Doctora FANNY LUPE PEREZ CARLOS, ha dispuesto la publicación edictal, de un extracto del auto admisorio contenida en la Resolución N° 01 de fecha dos de abril del año dos mil dieciocho.- Resolución N° 01, del dos de abril del año dos mil dieciocho. (...) VISTO (...) y CONSIDERANDO (...), SE RESUELVE: 1. ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por CRISPIN CONDORI QUISPE contra LA URBANIZACION UCCHULLO GRANDE, representado por la Presidenta del Consejo Directivo Maria Antonieta Hermoza Pilares y EL CONVENTO DE LA RECOLETA, representado por Jorge Huanca Larota, sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO DE BIEN INMUEBLE -Lote 17 de la Manzana T ubicado en la Av. Argentina de la Urbanización Ucchullo Grande, del distrito, provincia y departamento de Cusco; en la vía del PROCESO ABREVIADO, confiérase traslado a la demandada por el término de DIEZ DIAS bajo apercibimiento de declarársele rebelde, con CITACION de los colindantes MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO, VALENTIN TINCO SENCI y JUAN RUPA LICONA. 2. De conformidad con lo dispuesto por la norma del artículo 506 del Código Procesal Civil publíquese un extracto de la presente resolución por tres veces, con intervalo de tres días, en la forma prevista en los Artículos 167 y 168 del mismo cuerpo normativo.- Firma de la señora Juez Dra. Fanny Lupe Pérez Carlos, Especialista Legal Juan Santiago Callañaupa Soria. Cusco, 20 de julio del año 2018. JUAN SANTIAGO CALLAÑAUPA SORIA ESPECIALISTA LEGAL P. 6859024 F. (25 JUL, 01, 08 AGO)
EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Mixto de Calca, a cargo del señor Juez Gudriel Díaz Usca y, bajo la actuación de la Secretaria Judicial Sofía Ríos Quiroz, se viene tramitando el proceso N° 003-2018-0-1005-JM-CI-01, la demanda interpuesta por Alberto Baca Chaucca sobre rectificación de área y linderos, se ha dispuesto la publicación de Edictos, siendo el contenido de la resolución NÚMERO DOS, de fecha dieciocho de mayo del año dos mil dieciocho en forma sumillada el siguiente SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en la vía del PROCESO ABREVIADO la demanda interpuesta por ALBERTO BACA CHAUCCA en representación de Josefa Carmona Vda. de Laime sobre RECTIFICACIÓN DE ÁREAS Y LINDEROS del predio rustico denominado Santa Rosa ubicado en el Distrito y Provincia de Calca con CITACION: 1) Victoria Tapara Quispe; 2) Ubaldina Córdova Mendoza; 3) Hortencia Córdova Mendoza; 4) Rita Zapata Masías; 5) Víctor Zapata Masías; 6) Efraín Aguilar Mendoza; 7) Teresa Mendoza Melo y 8) Comunidad Campesina de Arin representado por Aurelio Ortiz Nieble. En consecuencia CÓRRASE TRASLADO a los citados por el plazo de DIEZ DÍAS improrrogables, bajo apercibimiento de ley. debiendo cumplirse con la publicación del extracto del auto admisorio mediante Edictos en el Diario el peruano y el de mayor circulación de la ciudad en cumplimiento a lo previsto por el artículo 506Q del Código Procesal Civil por tres veces con intervalo de tres días y
por radiodifusión por cinco días consecutivos. A LOS MEDIOS PROBATORIOS: Téngase por ofrecido los medios probatorios del recurrente, los que serán merituados en su oportunidad procesal. REQUIERASE; al actor a fin de que cumpla con señalar domicilio procesal dentro del radio urbano, bajo apercibimiento de ley. Calca, 23 de julio del 2018. SOFIA RIOS QUIROZ SECRETARIA JUDICIAL
SEISCIENTOS SOLES a doscientos soles para cada uno de los alimentistas de los ingresos de la demandada.ANTONIA PONCE DE LEON PAGUADA SECRETARIO JUDICIAL P. 6870606 F. (31 JUL, 08, 16 AGO)
PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO
Cusco, 17 de julio de 2018.
En el Expediente N° 01436-2015-0-1001-JR-CI-03, seguido por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO DE CUSCO S.A. REPRESENTADO POR NORMA TITO PACHECO contra DORIS ELSA SAIRE DE SALLO, GEHOVANNA SALLO SAIRE y DEMETRIO TORRES TORRES, sobre OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO, el Tercer Juzgado Civil del Cusco, Juez JOHN ALECK ALFARO TUPAYACHI, Especialista Legal RONALD ELORRIETA SALAZAR, ha facultado al Martiliero Público ALDO MARTÍN ZAMORA MILLONES con Reg. N° 211, REMATAR EN PRIMERA CONVOCATORIA el bien inmueble constituido por el Stand “0-51” Sector “O”, Zona N° 2, Segundo Nivel del Centro Comercial Confraternidad, ubicado en la Avenida Confraternidad S/N del distrito de Wanchaq, provincia y departamento de Cusco, inscrito en Partida 11023214 del Registro de Predios - Oficina Registral de Cusco (Área 3.60 m2, Frente 1.80 ml, Derecha 2.00 ml, Izquierda 2.00 ml, Fondo 1.80 ml). AFECTACIONES: Embargo en forma de inscripción, hasta por la suma de S/.38,000.00 nuevos soles, por orden del Tercer Juzgado Civil del Cusco, dentro del proceso N° 01436-2015-33-1001-JR-CI-03, seguido por Caja Municipal de Ahorro y Crédito Cusco S.A. contra Gehovanna Sallo Saire, sobre obligación de dar suma de dinero, mediante Resolución N° 02 de fecha 19/08/2015, según Asiento D0006. VALOR DE TASACIÓN: SI 37,052.57 (TREINTA Y SIETE MIL CINCUENTA Y DOS Y 57/100 SOLES), PRECIO BASE: S/ 24,701.71 (VEINTICUATRO MIL SETECIENTOS UNO Y 71/100 SOLES). LUGAR: Oficina de Administración de Juzgados Civiles, en el segundo piso de la Corte Superior de Justicia de Cusco, sito en Av. El Sol s/n - Cusco. DÍA Y HORA: 14 de agosto del 2018 - 11:25 a.m. POSTORES: Presentar 1.- Documento de identidad y/o RUC (personas jurídicas con vigencia de poder); 2.Arancel judicial (código 07153) correspondiente, consignando expediente, juzgado, documento de identidad; y, 3.- Depositar en efectivo o cheque de gerencia (ENDOSABLE) girado a su nombre una cantidad no menor al 10% del valor de tasación. Adjudicatario pagará honorarios del Martiliero Público. INFORMES: 978171100. =====
FRESH LENNIN GARCIA LUNA SECRETARIA JUDICIAL
ALDO MARTÍN ZAMORA MILLONES MARTILLERO PÚBLICO
P. 6861543 F. (26 JUL, 02, 08 AGO)
PAMELA DESIREE ALTAMIRANO MAYCA SECRETARIA JUDICIAL
P. 6860669 F. (26 JUL, 02, 08 AGO)
EDICTO JUDICIAL Expediente N° 00843-2018-0-1001-JR-CI-04. ante el Cuarto Juzgado Civil del Cusco, que Despacha la Doctora FANNY LUPE PEREZ CARLOS; bajo la actuación del Especialista Legal Fresh Lennin Garda Luna, se ha dispuesto la publicación edictal a efecto de y a efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 506° del Código Procesal Civil, con el contenido de las siguientes resoluciones: RESOLUCIÓN Nro. 02, Del 11 de junio de 2018, (...) AUTO ADMISORIO (...) VISTO: (...); Y CONSIDERANDOS. 1.- ADMITIR A TRAMITE LA DEMANDA instada por YONI LEONOR ANGULO CORNEJO DE HERNANDEZ debidamente representada por su apoderado TEOFILO MENGOA CORONADO sobre RECTIFICACIÓN DE AREAS Y LINDEROS del inmueble ubicado en la calle Cabra Cancha N° 142 Barrio Santo Domingo San Agustín , del distrito, Provincia y departamento de Cusco inscrito en la partida N° 02032741 del Registro de Predios de los Registros Públicos del Cusco, dirigida contra AURELIO HERNANDEZ ALARCON, ROSA EMMA HERNANDEZ ALARCON, CARMEN LUISA HERNANDEZ ALARCON, ANGEL CUSTODIO HERNANDEZ ALARCON, ROBERTO HERNANDEZ ALARCON, JUAN BAUTISTA HERNANDEZ ALARCON, en la vía del PROCESO ABREVIADO, confiérase traslado de la demanda y anexos a los demandados por el término de DIEZ DÍAS bajo apercibimiento de declarárseles rebelde. 2.- Conforme a lo dispuesto por la norma del artículo 506° del Código Procesal Civil: PUBLIQUESE un extracto del Auto Admisorio de la Demanda por tres veces con intervalo de tres días en la forma prevista por los artículos 167° y 168° del mismo cuerpo legal.- (...).
NOTIFICACION POR EDICTOS En el proceso Nro. 633-2017 tramitada por ante el juzgado Paz Letrado del Distrito de San Sebastián, despachado por la Srta. Juez Dra. Lynda Vargas, bajo la actuación de la secretaria Dra. Antonina Ponce de León ,mediante resolución numero 5 se ha dispuesto notificar mediante edictos a la demandada Nathali Montes Gonzales con la demanda y auto admisorio debiendo de realizarse las publicaciones de los edictos en el diario judicial y en el de mayor circulación, por el termino establecido por ley , bajo apercibimiento de nombrarse Curador Procesal resolución Nro. 02 de 5 de enero 2017 AUTO ADMISORIO.- admitir: a trámite la demanda interpuesta por CHARLES RENE BOLAÑOS ALVAREZ en representación legal de sus menores hijos sobre PRESTACION DE ALIMENTOS contra NATHALI MONTES GONZALES en la vía de proceso único .- Estando a lo dispuesto por el artículo 554 del código Procesal Civil ,traslado a la parte demandada por el plazo de cinco días Por ofrecidos los medios probatorios al que hace referencia.- Concédase asignación anticipada a favor de los menores alimentos en la suma de
P. 6872130 F. (02, 03, 06, 07, 08, 09 AGO)
EDICTO PRIMER REMATE JUDICIAL.Expediente. 00714-2013-0-1018-JP-CI-01, en los seguidos por SCOTIABANK PERU S.A. contra GARCES SILVA HIGIDIO AUGUSTO Y QUISPE ANTITUPA ERNESTINA, sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO. El 01° Juzgado de Paz Letrado Sede Santiago, de la Corte Superior de Justicia de Cusco que Despacha la Sra. Jueza Dra. DUEÑAS ZUÑIGA BASILISKA, Especialista Legal Dra. CARMEN ROSA DELGADO SANCHEZ; ha dispuesto sacar a remate en PRIMERA CONVOCATORIA el siguiente Bien Inmueble: UBICACION: Constituido por el Predio Rustico Denominado Quillasanyoc Huaycco Sector Eureka Valle Huatanay con UC N° 32259, Distrito de San Sebastian, Provincia y Departamento de Cusco, cuya área es de 0.2800 Has., y los linderos, medidas perimétricas y títulos de dominio se encuentran inscritos en la
Partida N° 02059958, del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° X - Sede Cuzco TASACIÓN: En la suma de US$ 140,000.00 (CIENTO CUARENTA MIL CON 00/100 DOLARES AMERICANOS). PRECIO BASE: Siendo su precio base las dos terceras partes del valor de la tasación, la misma que asciende a la suma de US$ 93,333.33 (NOVENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES CON 33/100 DOLARES AMERICANOS). DIA Y HORA DE REMATE: martes 14 de agosto de 2018 a horas doce del mediodía (2:30 PM). LUGAR DEL REMATE: En el local del 1°Juzgado de Paz Letrado - Sede Santiago-ubicada en la Avenida Micaela Bastidas S/N, Provincia y Departamento de Cusco.- -CARGAS Y GRAVAMENES: HIPOTECA: (Inscrita en el Asiento D00001 de la Partida N° 02059958). Hasta por la suma de SI. 15,999.72 (QUINCE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON 72/100 NUEVOS SOLES) a favor del BANCO AGROPECUARIO. Así y más consta de la Escritura Pública de fecha 05/01/2010 otorgada ante el Notario OCAMPO DE LA HAZA LUCILA ANTONIETA en la ciudad de CUSCO.EMBARGO: (Inscrita en el Asiento D00006 de la Partida N° 02059958). Hasta por la suma de SI. 22,704.47 (VEINTIDOS MIL SETECIENTOS CUATRO CON 47/100 NUEVOS SOLES). Así consta de la referida resolución dictada en el Expediente N° 00714-2013-65-1018-JP-CI-01, en los seguidos por SCOTIABANK PERU S.A., sobre obligación de dar suma de dinero; cuyos partes judiciales han sido remitidos con Oficio N° 297-2014-1JPLS-PJ-JLE de fecha 31/07/2014. EMBARGO: (Inscrita en el Asiento D00007 de la Partida N° 02059958). Hasta por la suma de SI. 15,000.00 (QUINCE MIL CON 00/100 NUEVOS SOLES). Así y mas consta de los partes judiciales remitidos mediante con Oficio N° 00251-2015-1JPLS-PJ-rhl de fecha 15/05/2015. La Juez Supernumeraria del Primer Juzgado de Paz Letrado de Santiago, Dra. Basiliska Dueñas Zuñiga, en el proceso N° 01646-2014-5-1018-JP-CI-01, seguidos por Juan Mario Bautista Amachi Lonconi y otros, Ernestina Quispe Antitupa, sobre obligación de dar suma de dinero, mediante Res. N° 3 de fecha 27/01/2015, ha ordenado trabar embargo en forma de inscripción sobre el 50% de derechos y acciones que le pudiera corresponder a Ernestina Quispe Antitupa. EMBARGO: (Inscrita en el Asiento D00008 de la Partida N° 02059958). Hasta por la suma de US$ 5,000.00 (CINCO MIL CON 00/100 DOLARES AMERICANOS). Así y mas consta de los partes judiciales remitidos mediante con Oficio N° 00299-2017-JPLS-PJ-rhl de fecha 28/02/2017. La Juez Supernumerario - del Primer Juzgado de Paz Letrado de Santiago, Dr. Daniel Banda Laucata, en el proceso N° 00326-2016-0-1023-JP-CI-01, seguidos por Silveria Pantoja Mendoza, sobre obligación de dar suma de dinero, mediante Res. N° 1 de fecha 01/02/2017 y Res. N° 6 de fecha 10/05/2017, ha ordenado trabar embargo en forma de inscripción sobre el 50% de derechos y acciones que le pudiera corresponder a Ernestina Quispe Antitupa. POSTORES: Presentarán en Efectivo o en Cheque de Gerencia girado a su nombre el 10% del valor de la tasación sin sello de no negociable, D.N.I. original y adjuntar la Tasa Judicial correspondiente a la orden del Juzgado, debiendo consignarse en la misma el número de expediente, monto, el acto procesal a realizar y el número de documento de identidad del postor; con la firma de este al dorso del arancel, (con una copia fotostática del arancel y D.N.I.), en caso corresponda original de la Vigencia de Poder debidamente registrado y actualizado. El presente remate estará a cargo del Martiliero Público MIGUEL ANGEL LLAQUE MOYA, con Reg. N° 312. Los HONORARIOS DEL MARTILLERO será de cargo del adjudicatario conforme a la Ley 28371 y el Decreto Supremo N° 008-2005-JUS más IGV, y se pagan al finalizar el Acto del Remate. Celular: 999451224, 946065640. Cusco, 28 de Junio de 2018 MIGUEL A. LLANQUE MOYA MARTILLERO PÚBLICO CARMEN ROSA DELGADO SANCHEZ
Miércoles, 8 de agosto del 2018
SECRETARIA JUDICIAL P. 6871576 F. (02, 03, 06, 07, 08, 09 AGO)
EDICTO JUDICIAL HAGASE SABER al público en general, los que se crean con derecho, conforme a lo dispuesto en el artículo 506 del C.P.C., que en el proceso N° 00054-2017-0-1006-JM-C1-01, que se tramita en el Juzgado Mixto de la Provincia de Canas - Yanaoca, bajo la dirección del Señor Magistrado Ulises Villena Ramírez, se ha dispuesto la publicación con un extracto del Auto Admisorio, cuyo tenor es como sigue: “Resolución N° 03 de fecha 01 de diciembre del 2017 (...) SE RESUELVE: A.- Admitir a trámite en la vía del proceso ABREVIADO la demanda instada por FIDEL QUINTANILLA HUARCA Y CLEOFE NOA DE QUINTANILLA con la pretensión de PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE PROPIEDAD del bien inmueble denominado JAYUNUMA con una Área de 84.0763 Has, con un perímetro de 4458.47ml ubicado en el sector Jayunuma del distrito de Kunturkanki Provincia de Canas Departamento del Cusco; en contra de VICENTE ESQUIVEL CABALLERO y su cónyuge FORTUNATA CAHUATA CORRALES, así como también en contra LA COMUNIDAD CAMPESINA DE TJUCSA, representado por su presidente Armando Noa Huayllani con citación de los propietarios de los bienes colindantes como son: Marcos Hachircana Quiroz en representación del Predio Amayane Distrito de Pichigua Provincia de Espinar, así como también con la persona de Jorge Enríquez Esquivel en representación del predio Jayunuma Patillani del Distrito de Kunturkanki Provincia de Canas; en consecuencia notifíquese a los citados con copia de demanda, anexos y la presente resolución y córrase traslado a la demandada por el término de diez días para su absolución, bajo el apercibimiento de continuarse el proceso en su rebeldía. A LOS MEDIOS PROBATORIOS: Téngase por ofrecidos los medios probatorios que precisa para la etapa procesal correspondiente. A sus antecedentes los anexos de su referencia (...)”.- H.S. Lo que se publica para los fines de ley. Yanaoca, 23 de julio del 2018 ERIC ALEXANDER NUÑEZ VILLA SECRETARIO JUDICIAL P. 6861388 F. (02, 08, 14 AGO)
EDICTO JUDICIAL Que, en el Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarati, que despacha la señorita Juez Dra. Nataly C. Cáceres Velarde, se viene tramitando la causa N° 077-2018-FC seguida por ADELA RICARDO SILVANO, contra FELICIA CARPIO RICARDO, DORA CARPIO RICARDO Y ARNALDO CARPIO RICARDO y herederos legales del que en vida fue DANIEL CARPIO SERAPIO, sobre DECLARACIÓN JUDICIAL DE RECONOCIMIENTO DE UNION DE HECHO, se ha dispuesto la publicación por edictos para los fines de ley, parte pertinente del auto admisorio de la demanda. Resolución N° 01 ADMÍTASE y CÓRRASE traslado a los demandados por el término de ley en la vía del proceso SUMARÍSIMO por ofrecido los medios probatorios, PUBLÍQUESE extracto de la presente resolución en el diario oficial el Peruano y de la ciudad del Cusco así como en el local de la Municipalidad Distrital de Megantoni y la Oficina del Teniente gobernador de Megantoni por el término de ley Fdo Juez N. Cáceres Velarde Fdo. Rocío Callaymara Ayquipa Especialista del Juzgado. Echarati. 18 de julio del 2018 ROCIO CALLAYMARA AYQUIPA SECRETARIO JUDICIAL P. 6884930 F. (02, 08, 14 AGO)
EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Mixto de Quispicanchi, que dirige la Señora
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
Juez Doctora ANA CECILIA SOTOMAYOR TEJADA, bajo la actuación del Secretario Judicial Abogado MANUEL JUAN CORDERO SANCHEZ, se viene tramitando el Proceso Civil No. 075-2017-CI, se ha dictado la siguiente resolución: AUTO ADMISORIO DE DEMANDA. Res. No. 01. Urcos, 16 de Junio del año 2017. Donde SE RESUELVE: admitir la demanda interpuesta por DOMINGA ALVAREZ YANQUI, URIEL ALVAREZ ÑACCHA, ALICIA ALVAREZ ÑACCHA, sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, del predio rural Allcco Quiscayoc, ubicado en el Distrito de Lucre, Provincia de Quispicanchi, departamento de Cusco. Contra SAVINA YANQUI GARCIA VIUDA DE ALVAREZ y la SUCESION DE SANTIAGO ALVAREZ SULLCA, Demanda que deberá ser tramitada en la VIA del PROCESO ABREVIADO, Córrase traslado a la parte contraria por el plazo de DIEZ DIAS, bajo apercibimiento de declararse su rebeldía; con citación de los colindantes: Natividad Vería Carlos, Municipalidad Distrital de Lucre, representado por su Alcalde, el Procurador Publico de la Municipalidad de Lucre, La Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones, el Procurador del Gobierno Regional. De conformidad a lo establecido en el artículo 506 del Código Procesal Civil PUBLIQUESE el extracto del auto admisorio mediante edictos, por tres veces con intervalos de tres días, en la forma prescrita por los artículo 167 y 168 del Código Acotado, en el Diario Judicial de la República de la ciudad del Cusco; y, por radio difusión, por cinco días consecutivos, conforme a ley. Urcos, 25 de Julio del 2018. MANUEL JUAN CORDERO SANCHEZ SECRETARIO JUDICIAL P. 6884380 F. (02, 08, 14 AGO)
PUBLICACION DE EDICTOS Por ante este Despacho Judicial del Segundo Juzgado Mixto de Santiago, judicado por el señor Juez doctor Luis Alberto López Trenes y bajo la gestión procesal del Especialista Legal Abog. Alberto Leiva Villavicencio, se viene tramitando el expediente Nro. 281-2018-0-1018-JM-CI-02 se ha dispuesto la publicación edictal, mediante Res. 03, a los herederos legales del QVF Alejandro Cuvarrubias Yañez con el auto admisorio de la demanda: Resolución Nro. Uno, su fecha 04-07-2018: SE RESUELVE : ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por SEBASTIAN ALATA LUQUE, en contra de: ROLANDO DONATO COVARRUBIAS QUISPE Y CONTRA LA SUCESIÓN INTESTADA de QVF ALEJANDRO CUVARRUBIAS YAÑEZ, que contiene la pretensión jurídico procesal de; NULIDAD DE ACTO JURIDICO DEL CONTENIDO Y SUSCRIPCIÓN DEL DOCUMENTO PRIVADO DENOMINADO CONSTANCIA de fecha dieciocho de febrero de mil novecientos noventa y tres; por su mérito de conformidad a lo dispuesto por el artículo 430 del Código Procesal Civil, concordante con lo precisado por el inciso quinto del artículo 478 del citado cuerpo legal, córrase traslado a la parte demandada por el plazo legal, tramítese la presente demanda por la vía del PROCESO DE CONOCIMIENTO.- MAS DIGO; MEDIOS PROBATORIOS .- Téngase por ofrecidas como pruebas de ésta parte. ANEXOS.- A sus antecedentes.- H. S.ALBERTO LEIVA VILLAVICENCIO SECRETARIO JUDICIAL P. 6884926 F. (02, 08, 14 JUL)
EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Mixto de Quispicanchi, que dirige la Señora Juez Doctora ANA CECILIA SOTOMAYOR TEJADA, bajo la actuación del Secretario Judicial Abogado MANUEL JUAN CORDERO SANCHEZ, se viene tramitando el Proceso Civil No. 071-2018-CI, se ha dictado la siguiente resolución: AUTO ADMISORIO DE DEMANDA. Res. No. 02. Urcos, 02 de Julio del año 2018. Donde SE RESUELVE: admitir la demanda interpuesta por MERCEDES MAMANI HUAYLLANI, sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, del predio rústico “ SUNCHUBAMBA “ ubicado en el distrito de Ccatcca de la Provincia de Quispicanchi, contra el Ministerio de Agricultura, Demanda que deberá ser tramitada en la VIA del
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PROCESO ABREVIADO, Córrase traslado a la parte contraria por el plazo de DIEZ DIAS, bajo apercibimiento de declararse su rebeldía; con citación de los colindantes: La Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones.- De conformidad a lo establecido en el artículo 506 del Código Procesal Civil PUBLIQUESE el extracto del auto admisorio mediante edictos, en el Diario Oficial el Peruano o en el Diario Judicial del Cusco. Y, por radio difusión por cinco días consecutivos, por el término de ley.
DIAS, para que cumplan con absolver la presente demanda, bajo apercibimiento de ser declarados rebeldes y de seguir el proceso en su rebeldía. A LOS MEDIOS PROBATORIOS: Téngase por ofrecidas, las mismas que se admitirán, actuarán y merituarán en la oportunidad procesal - H.S.-
Urcos, 23 de Julio del 2018.
FABIO CÉSAR FARÁN MOLLEDA SECRETARIO JUDICIAL
MANUEL JUAN CORDERO SANCHEZ SECRETARIO JUDICIAL
Paruro, 01 de agosto del 2018.
P. 6888397 F. (06, 07, 08 AGO)
P. 6884376 F. (02, 08, 14 AGO)
EDICTO JUDICIAL EDICTO JUDICIAL SEÑORA: SARA AMERICA MERCADO RODRIGUEZ. En el 2do Juzgado Mixto de Wanchaq-Cusco. Exp. Nro. 00668-2017-0-1001-JM-CI-02, seguido por Jasmin Malene Vera Beltrán, contra Hugo Mercado Rodríguez y otros, sobre Indemnización de Daños y Perjuicios y otros, se ha dispuesto la notificación por edictos el extracto de la resolución Nro. 01 del 28-09-2017: “...ADMITIR a trámite, en la vía del PROCESO ABREVIADO la demanda interpuesta por JASMIN MARLENE VERA BELTRAN, contra LA SUCESION DE HILARIO MERCADO FERNANDEZ CONFORMADA POR TATIANA MERCADO RODRIGUEZ, EDITH MERCADO RODRIGUEZ, HERMENEGILDA MERY MERCADO RODRIGUEZ, SARA AMERICA MERCADO RODRIGUEZ, HUGO MERCADO RODRIGUEZ Y MARIA TRINIDAD MERCADO RODRIGUEZ, sobre AUTORIZACION JUDICIAL PARA CORTE DE RAMAS Y RAICES Y ACCESORIAMENTE SOBRE INDEMNIZACION DE DAÑOS Y PERJUICIOS, EL PAGO DE COSTAS Y COSTOS Y GASTOS GENERADOS; por tanto, confiérase traslado a los demandados por el término de DIEZ DIAS bajo apercibimiento de declarárseles rebeldes.... AL TERCER MAS DIGO.- Téngase por reservado su derecho de ampliar la cuantía de la pretensión de indemnización de daños y perjuicios en el supuesto mencionado”.- R. 13 del 19-Julio-2018.- “..Se dispone la notificación por Edictos de la codemandada SARA AMERICA MERCADO RODRIGUEZ...”.-H.S.- Firma y sello de la señora Juez Elvia Barriga Morón- Ante mí: Evangelina Conza Choque.- Secretaria Judicial.- Lo que se le notifica para los fines consiguientes.Wanchaq, 31 de Julio del 2018.EVANGELINA CONZA CHOQUE SECRETARIA JUDICIAL P. 6884932 F. (02, 06, 08 AGO)
EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Mixto de Paruro, que despacha el Señor Juez Dr. Aladino Roldan Aparicio Salas, bajo la actuación del Especialista Legal Fabio Cesar Farfán Molleda, se tramita el Expediente N° 04-2017--CI, seguido por Georgina Monge Zúñiga, sobre Obligación de Hacer, contra Silvio Monge Zúñiga y otros, se ha dispuesto mediante resolución N° 12 de fecha 25 de mayo del 2018, NOTIFÍCAR a los herederos legales de QEVF. Arístides Loayza Urquizo e Isaac Álvarez Rodríguez, mediante edictos; con un extracto del auto admisorio, siendo lo siguiente: “Resolución N° 03; Paruro, 03 de mayo del 2017.- RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por GEORGINA MONGE ZÚÑIGA, sobre OBLIGACIÓN DE HACER, consistente en OTORGAMIENTO DE ESCRITURA PÚBLICA DE LA MINUTA DE COMPRA VENTA DE DERECHOS Y ACCIONES DE FECHA 27 DE NOVIEMBRE DE 1991, suscrita entre Isaac Álvarez Rodríguez, Evangelina Monge de Álvarez, Arístides Loayza Urquizo, Valeriana Monge de Loayza, Silvio Monge Zúñiga, Emilia Baca de Monge y la recurrente Georgina Monge Zúñiga. La misma que la dirige contra: ISAAC ALVAREZ RODRÍGUEZ, EVANGELINA MONGE DE ÁLVAREZ, ARISTIDES LOAYZA URQUIZO, VALERIANA MONGE DE LOAYZA, SILVIO MONGE ZÚÑIGA Y EMILIA BACA DE MONGE. Debiendo tramitarse VÍA DEL PROCESO ABREVIADO. Notifíquese a los demandados con la demanda y anexos por el plazo de DIEZ
Ante el Juzgado de Paz Letrado de San Jerónimo-Cusco, Juez Luis Joel Peña Mendoza y actuación de la Secretaria Judicial Isabel del Carmen Rojas Pino en el Exped. N° 241-2018-CI, en la vía del PROCESO NO CONTENCIOSO La solicitud de ADMITIR a trámite la demanda instada por ANDRES ESQUIVEL RAMOS sobre RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO en la vía del PROCESO NO CONTENCIOSO respecto a la omisión del primer nombre de pila de su progenitura, consignado como “Virginia Ramos Urbiola”, siendo lo correcto Julia Virginia Ramos Urbiola, se ha dispuesto la publicación del presente para los fines de LeySan Jerónimo, 30-07-2018 ISABEL DEL CARMEN ROJAS PINO SECRETARIA JUDICIAL P. 6887768 F. (06,07,08 AGO)
EDICTO JUDICIAL Ante el JPLSJ-Cusco, en el Exped. N° 242-2018-CI seguido por PATRICIA ESQUIVEL RAMOS sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO en cuanto a la consignación de los datos de su progenitora, siendo lo correcto JULIA VIRGINIA RAMOS URBIOLA, se ha dispuesto la publicación del presente para los fines de Ley.San Jerónimo, 18-07-2018 ELIZABETH MAGNOLIA PAREDES SALAS SECRETARIA JUDICIAL P. 6887765 F. (06,07 Y 08 AGO)
AVISO DE PRIMER REMATE PÚBLICO EN LA CAUSA N° 01607-2015-0-1001-JR-C1-03 SEGUIDA POR EL BBVA BANCO CONTINENTAL CONTRA D’LAMINADOS Y ACEROS S.A.C. (OBLIGADO PRINCIPAL), BANCO INTERAMERICANO DE FINANZAS Y SCOTIABANK PERÚ S.A.A.(TERCEROS ACREEDORES NO EJECUTANTES) SOBRE EJECUCIÓN DE GARANTÍAS REALES, EL SEÑOR JUEZ TITULAR DEL TERCER JUZGADO CIVIL DEL CUSCO DR. JOHN ALECK ALFARO TUPAYACHI, BAJO LA ACTUACIÓN DEL ESPECIALISTA LEGAL DR. RONALD ELORRIETA SALAZAR, HA DISPUESTO SACAR A REMATE EN PRIMERA CONVOCATORIA EL SIGUIENTE BIEN: INMUEBLE URBANO DENOMINADO PARUSTTACCA S/N UBICADO EN EL DISTRITO DE SAN JERÓNIMO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO, CUYO DOMINIO CORRE INSCRITO EN LA PARTIDA ELECTRÓNICA N° 02005170 DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LA ZONA REGISTRAL N° X. SEDE CUSCO.---VALOR DE TASACIÓN: US$ 1’228,626.00 (UN MILLÓN DOSCIENTOS VEINTIOCHO MIL SEISCIENTOS VEINTISEIS Y 00/100 DÓLARES AMERICA-
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La República
NOS). BASE DEL REMATE: US$ 819,084.00 (OCHOCIENTOS DIECINUEVE MIL OCHENTA Y CUATRO Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS, QUE EQUIVALE A LAS DOS TERCERAS PARTES DEL VALOR DE TASACIÓN. GRAVÁMENES Y CARGAS: 1) HIPOTECA CONSTITUIDA A FAVOR DEL BBVA BANCO CONTINENTAL HASTA POR LA SUMA DE US$ 1’433,397.00 (UN MILLÓN CUATROCIENTOS TREINTA Y TRES MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y SIETE CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS), INSCRITA EN EL ASIENTO 08 DE LA PARTIDA N° 02005170 DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LA ZONA REGISTRAL N° X. SEDE CUSCO; 2) EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCIÓN. ORDENADO POR EL JUEZ TITULAR DEL PRIMER JUZGADO CIVIL DEL CUSCO DRA. SANDRA CONTRERAS CAMPANA, DENTRO DEL EXP. N° 2227-2015 SOBRE OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO, SEGUIDO POR SCOTIABANK PERÚ S.A.A. EN CONTRA DE D’LAMINADOS Y ACEROS S.A.C. HASTA POR LA SUMA DE US$ 40,000.00 (CUARENTA MIL CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS), INSCRITA EN EL ASIENTO 10 DE LA PARTIDA N° 02005170 DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LA ZONA REGISTRAL N° X. SEDE CUSCO; Y, 3) EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCIÓN, ORDENADO POR LA JUEZ SUPERNUMERARIA DEL JUZGADO CIVIL TRANSITORIO DEL CUSCO DRA. ELVIA BARRIGA MORÓN, DENTRO DEL EXP. N° 00204-2016 SOBRE OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO, SEGUIDO POR BANCO INTERAMERICANO DE FINANZAS EN CONTRA DE D´AMINADOS Y ACEROS S.A.C. HASTA POR LA SUMA DE S/. 76,674.51 (SETENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS SETENTA Y CUATRO CON 00/100 SOLES), INSCRITA EN EL ASIENTO 11 DE LA PARTIDA N° 02005170 DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LA ZONA REGISTRAL N° X. SEDE CUSCO. DÍA Y HORA DEL REMATE: DIECISIETE DE AGOSTO DEL AÑO 2018 A HORAS 12:00 PM.. LUGAR DEL REMATE: OFICINA DE ADMINISTRACIÓN DEL MÓDULO CORPORATIVO CIVIL LABORAL QUE ES PARTE DEL LOCAL DEL JUZGADO, UBICADA EN EL SEGUNDO NIVEL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO, UBICADO EN LA AV. EL SOL S/N CERCADO DEL CUSCO. LOS POSTORES: 1) OBLARÁN MEDIANTE DEPÓSITO EN EFECTIVO O CHEQUE DE GERENCIA UNA CANTIDAD NO MENOR AL DIEZ POR CIENTO DEL VALOR DE TASACIÓN; 2) PRESENTARÁN EN ORIGINAL EL DOCUMENTO DE IDENTIDAD; 3) PRESENTARÁN ARANCEL JUDICIAL POR PARTICIPACIÓN EN REMATE JUDICIAL, CONSIGNANDO EL JUZGADO RESPECTIVO, NÚMERO DE EXPEDIENTE Y NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD O RUC (PRESENTAR COPIA DEL ARANCEL JUDICIAL Y DNI); Y, 4) EN CASO DE ACTUAR A TRAVÉS DE UN REPRESENTANTE LEGAL DEBERÁN ACREDITARLO CON EL CERTIFICADO DE VIGENCIA DE PODER CORRESPONDIENTE.— EL ADJUDICATARIO: DEBERÁ DEPOSITAR EL SALDO DEL PRECIO, DENTRO DEL TERCER DIA DE LLEVADA A CABO LA DILIGENCIA DE REMATE, BAJO APERCIBIMIENTO DE DECLARARSE LA NULIDAD DEL REMATE. LOS HONORARIOS DEL MARTILLERO PÚBLICO SERÁN CANCELADOS POR EL ADJUDICATARIO, CONFOME A LA DISPUESTO EN LA LEY DEL MARTILLERO Y N° 27728 Y SU REGLAMENTO (ART. 18 DEL D.S. 008-2005-JUS) Y ESTÁN AFECTOS AL IGV.--------------MARTILLERO PÚBLICO ABOG. ELENA LISSETTE ALAZAR ALCÁZAR CON REG. N° 248. CELULAR 991345501.---------CUSCO, 15 DE JUNIO DEL AÑO 2018 LEIDY SOTO CASTILLO ESPECIALISTA LEGAL ABOG. ELENA SALAZAR ALCAZAR MARTILLERO PÚBLICO P. 6887864 F. (06.07.08.09,10 Y 13 AGO)
AVISO DE PRIMER REMATE PÚBLICO EN LA CAUSA N° 01430-2014 SEGUIDA POR CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO CUSCO S.A. CONTRA ED-
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
SON RICHARD ORTIZ ERQUINIGO SOBRE EJECUCIÓN DE GARANTÍA HIPOTECARIA, LA SEÑORA JUEZ DEL QUINTO JUZGADO CIVIL DEL CUSCO DRA. MARIANELLA CÁRDENAS VILLANUEVA, BAJO LA ACTUACIÓN DEL ESPECIALISTA LEGAL DR. RAFAEL CASTILLO CANAL, HA DISPUESTO SACAR A REMATE EN PRIMERA CONVOCATORIA EL SIGUIENTE BIEN INMUEBLE: PREDIO RÚSTICO DENOMINADO “IGLESIA HUANCACNIYOC IDENTIFICADO CON UNIDAD CATRASTAL N° 76183, UBICADA EN EL SECTOR DE CCAYTOPAMPA, VALLE DEL VILCANOTA DEL DISTRITO Y PROVINCIA DE CALCA, DEPARTAMENTO DEL CUSCO, CUYO DOMINIO CORRE INSCRITO EN EL ASIENTO 09 DE LA PARTIDA ELECTRÓNICA N° 03001646 DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LA ZONA REGISTRAL N° X. SEDE CUSCO. VALOR DE TASACIÓN: US$ 138,371.1 7 (CIENTO TREINTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y UNO CON 17/100 DÓLARES AMERICANOS). BASE DEL REMATE: US$ 92,247.45 (NOVENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE CON 45/100 DÓLARES AMERICANOS), QUE EQUIVALE A LAS DOS TERCERAS PARTES DEL VALOR DE TASACIÓN. GRAVÁMENES Y CARGAS: HIPOTECA CONSTITUIDA HASTA LA SUMA DE S/. 230,000.00 (DOSCIENTOS TREINTA MIL Y 00/100 SOLES) A FAVOR DE LA CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO CUSCO S.A., INSCRITA EN EL ASIENTO 10 DE LA PARTIDA N° 03001646 DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LA ZONA REGISTRAL N° X. SEDE CUSCO. DÍA Y HORA DEL REMATE: DIECISIETE DE AGOSTO DEL AÑO 2018 A HORAS 9:00 AM. MAÑANA. LUGAR DEL REMATE: OFICINA DE ADMINISTRACIÓN DEL MÓDULO CIVIL DEL CUSCO UBICADA EN EL SEGUNDO NIVEL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO, UBICADO EN LA AV. EL SOL S/N CERCADO DEL CUSCO. LOS POSTORES: 1) OBLARÁN MEDIANTE DEPÓSITO EN EFECTIVO O CHEQUE DE GERENCIA UNA CANTIDAD NO MENOR AL DIEZ POR CIENTO DEL VALOR DE TASACIÓN; 2) PRESENTARÁN EN ORIGINAL EL DOCUMENTO DE IDENTIDAD; 3) PRESENTARÁN ARANCEL JUDICIAL POR PARTICIPACIÓN EN REMATE JUDICIAL, CONSIGNANDO EL JUZGADO RESPECTIVO, NÚMERO DE EXPEDIENTE Y NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD O RUC (PRESENTAR COPIA DEL ARANCEL JUDICIAL Y DNI); 4) EN CASO DE ACTUAR A TRAVÉS DE UN REPRESENTANTE LEGAL DEBERÁN ACREDITARLO CON LOS PODERES RESPECTIVOS Y EL CERTIFICADO DE VIGENCIA CORRESPONDIENTE. EL ADJUDICATARIO: LOS HONORARIOS DEL MARTILLERO PÚBLICO SERÁN CANCELADOS POR EL ADJUDICATARIO CONFORME A LEY. MARTILLERO PÚBLICO ELENA LISSETTE SALAZAR ALCÁZAR CON REG. N° 248 CELULAR (1) : 991345501. CUSCO, 16 DE MAYO DEL AÑO 2018 ELENA SALAZAR ALCAZAR MARTILLERO PÚBLICO RAFAEL CASTILLO CANAL ESPECIALISTA LEGAL P. 6887572 F. (06, 07, 08, 09, 10, 13 AGO)
EDICTO PENAL ACOMAYO La Señora Juez del Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Acomayo Kelyn Haydee Tapia Llerena, ha dispuesto mediante resolución N° 14 de fecha 25 de abril del año dos mil dieciocho, que se notifique al demandado Edgar Luis Miraval Berrospi, por el termino de tres días hábiles, un extracto del Auto Admisorio de la demanda, para fines del proceso penal N° 00043-2016-0-1003-JP-FC-01, seguido por Olinda Cconislla Castro, en el proceso de alimentos, seguido contra Edgar Luis Miraval Berrospi; bajo la actuación del Secretario Richard Huaman Baca.
Miércoles, 8 de agosto del 2018
ADMISORIO DE LA DEMANDA Resolución N° 01 Acomayo veintiséis de setiembre de dos mil dieciseis.SE RESUELVE: ADMITIR A TRAMITE en la vía de! PROCESO ÚNICO la demanda interpuesta por Olinda Cconislla Castro, por derecho propio y en representación de sus menores hijos Deysi Xiomara Miraval Ccosnislla (de 2 años de edad), Dafne Ximena Miraval Ccosnislla (de 2 años de edad), en contra de EDGAR LUIS MIRAVAL BERROSPI. CÓRRASE TRASLADO con la demanda, auto admisorio y anexos al demandado por el término de CINCO DÍAS para que la conteste bajo apercibimiento de declarársele rebelde y continuar el proceso en su rebeldía, debiendo tomar en cuenta que, al momento de absolver esta demanda, deberá acompañar los requisitos especiales previstos por el artículo 565 del Código Procesal Civil, sin cuyo requisito no será admitida su contestación. A LOS MEDIOS PROBATORIOS; Téngase por ofrecido como medio probatorio que indica, reservándose la admisión y actuación de los mismos para la estación procesal correspondiente. A LOS ANEXOS.- Agréguese a sus antecedentes los anexos acompañados para los fines pertinentes. AL OTRO SI DIGO.- LIBRE EXHORTO al Juez de Paz Letrado de la provincia de Huarochiri del Departamento de Lima para efectos de la notificación al domicilio consignado por la demandante, y remítase así también las notificaciones a la Central de Notificaciones del Distrito Judicial de Huarochiri - Lima. AL MAS SI DIGO.- Estando a lo manifestado por la recurrente, acreditándose de manera indubitable la relación familiar entre el demandado con las menores alimentistas con la respectiva acta de nacimiento, conforme dispone el artículo 675 del Código Procesal Civil, OTÓRGUESE la asignación anticipada a favor de la misma por la suma dinerada de TRESCIENTOS NUEVOS SOLES, de los ingresos que percibe el demandado EDGAR LUIS MJRAVAL BERROSPI, a razón de ciento cincuenta nuevos soles para los menores Deysi Xiomara Miraval Ccosnislla (2 años) y , Dafne Ximena Miraval Ccosnislla (2 años). Para dicho fin, previamente cúmplase con aperturarse una cuenta a favor con el nombre de la demandante, deóiendo girar el oficio respectivo al Banco de la Nación - Agencia Acomayo, debiendo concurrir la recurrente en horario de oficina portando su documento de identidad. Encargándose del trámite la secretaria que suscribe por disposición superior H.S.RICHARD HUAMAN BACA SECRETARIO JUDICIAL P. 6888724 F. (06, 07, 08, 09 Y 10 AGO)
el Diario Judicial del Cusco, y en el Diario Oficial el Peruano, por el término de ley. Urcos, 31 de Mayo del 2018 MANUEL CORDERO SÁNCHEZ SECRETARIO JUDICIAL P. 6889066 F. (06, 08 Y 10 AGO)
EDICTO LABORAL SALA MIXTA DESCENTRALIZADA DE LA PROVINCIA DE LA CONVENCIÓN Y EN ADICIÓN A SUS FUNCIONES SALA PENAL DE APELACIONES EXPEDIENTE : 00364-2017-0-1010-JM-LA-01 MATERIA : ACCIÓN CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : CHOQUE ZEA MIGUEL DEMANDADO : PROCURADOR EL GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO , UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL LA CONVENCIÓN , DEMANDANTE : ACUÑA ROSADO. JOSÉ EDWIN Habiéndose producido discordia parcial respecto a la resolución materia de grado; y para fines de la conformidad exigida por el artículo 141° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en aplicación de lo previsto por el artículo 144° del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez Superior Dirimente expedita al señor Juez Superior Ángel Cáceres Cáceres, señalando como fecha para VISTA DE LA CAUSA, el día Jueves 09 de Agosto del 2018, a horas 09:00am, la misma que se realizara en la Sala de Audiencias de la Sala Mixla de La Convención, ubicada en el tercer piso de las instalaciones del Poder Judicial Jr. Espinar N°152-156, distrito de Santa Ana, Provincia de la Convención, Departamento de Cusco; debiendo las partes si consideran necesario informar oralmente y solicitar el uso de la palabra con dicho fin. Asimismo, DISPUSIERON que la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones que ponen fin de la instancia, tres votos conformes hacen resolución; que la fecha de la vista de la causa se señala en atención a la agenda y disponibilidad de la Segunda Sala Laboral de Cusco; ordenaron que mediante Secretaria de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad a lo dispuesto por el por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SS. CORNEJO SÁNCHEZ- TRELLES SULLA -VELASCO CHÁVEZ. Quillabamba, 02 de Agosto del 2018. J.S (06,07 Y 08)
EDICTO JUDICIAL NOTIFICACION PARA: EDGAR JESUS ESPINOZA OLCAY. Ante el Juzgado Mixto de Quispicanchi, que dirige la Señora Juez Doctor a ANA CECILIA SOTOMAYOR TEJADA, bajo la actuación del Secretario Judicial Abog. Manuel J. Cordero Sánchez, se viene tramitando el Proceso Civil No. 0005-2015-LA ( CI ), se ha dictado la siguiente resolución: AUTO ADMISORIO DE DEMANDA. Res. No. 2. Urcos, 06 de Marzo del año 2015. Donde SE RESUELVE: admitir la demanda interpuesta por YOMAR SARAYA SIL VERA, contra la Dirección de Educación y Doctrina de la PNP, Consejo de Disciplina de la Escuela de Educación Superior Técnica de la Policía Nacional del Perú sede Cusco, con citación del Procurador Público de la Policía Nacional del Perú, sobre: 1) Nulidad de la Resolución No. 1816-2014- DIREED - PNP, de fecha 06 de octubre de 2014, 2 ) Nulidad de la resolución No.008-2014- DIREED- PNP-EESTP-PNPC/CONS.DISC, de fecha 15 de agosto de 2014 y ACUMULATIVAMENTE en forma accesoria: Se disponga la reincorporación en calidad de Alumno de la Escuela de Educación Superior Técnica de la PNP - Cusco, en vía del proceso ESPECIAL, CORRASE traslado de la demanda a los demandados por el plazo de ley. Por ofrecido los medios de prueba que indica.- A sus antecedentes los anexos que adjunta.- H.S.- En consecuencia, publíquese la presente en
EDICTO
SALA MIXTA DESCENTRALIZADA DE LA PROVINCIA DE LA CONVENCIÓN Y EN ADICIÓN A SUS FUNCIONES SALA PENAL DE APELACIONES EXPEDIENTE : 00494-2017-0-1010-JM-LA-01 MATERIA : ACCIÓN CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR ; CHOQUE ZEA MIGUEL DEMANDADO : PROCURADOR PUBLICO DEL GOBIERNO REGIONAL CUSCO . UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LA CONVENCIÓN . DEMANDANTE : HERMOZA LATORRE, MARIEL EDICTO LABORAL Habiéndose producido discordia parcial respecto a la resolución materia de grado; y para fines de la conformidad exigida por el artículo 141° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en aplicación de lo previsto por el artículo 144° del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez Superior Dirimente expedita al señor Juez Superior Ángel Caceres Caceres, señalando como fecha para VISTA DE LA CAUSA, el día Jueves 09 de Agosto del 2018, a horas 09:00am, la misma que se realizara en la Sala de Audiencias de la Sala Mixta de La Convención, ubicada en el tercer piso de las instalaciones del Poder Judicial Jr. Espinar N°152-156, distrito de Santa Ana, Provincia de la Convención, Departamento de Cusco; debiendo las partes si consideran necesario informar oralmente y solicitar el uso de la palabra con dicho fin. Asimismo, DISPUSIERON que la publicación respectiva de conformidad con lo
Miércoles, 8 de agosto del 2018
dispuesto por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones que ponen fin de la instancia, tres votos conformes hacen resolución; que la fecha de la vista de la causa se señala en atención a la agenda y disponibilidad de la Segunda Sala Laboral de Cusco; ordenaron que mediante Secretaria de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad a lo dispuesto por el por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SS. CORNEJO SÁNCHEZ- TRELLES SULLA -VELASCO CHÁVEZ. Quillabamba, 02 de Agosto del 2018. J.S (06,07 Y 08)
EDICTO SALA MIXTA DESCENTRALIZADA DE LA PROVINCIA DE LA CONVENCIÓN Y EN ADICIÓN A SUS FUNCIONES SALA PENAL DE APELACIONES EXPEDIENTE : 00478-2017-0-1010-JM-LA-01 MATERIA : ACCIÓN CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : CHOQUE ZEA MIGUEL DEMANDADO : PROCURADOR PUBLICO DEL GOBIERNO REGIONAL . UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL LA CONVENCIÓN . DEMANDANTE : MENDOZA ACHAYA, SENA Habiéndose producido discordia parcial respecto a la resolución materia de grado; y para fines de la conformidad exigida por el artículo 141° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en aplicación de lo previsto por el artículo 144° del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez Superior Dirimente expedita al señor Juez Superior Ángel Cáceres Cáceres, señalando como fecha para VISTA DE LA CAUSA, el día Jueves 09 de Agosto del 2018, a horas 09:00am, la misma que se realizara en la Sala de Audiencias de la Sala Mixta de La Convención, ubicada en el tercer piso de las instalaciones del Poder Judicial Jr. Espinar N° 152-156, distrito de Santa Ana, Provincia de la Convención. Departamento de Cusco; debiendo las partes si consideran necesario informar oralmente y solicitar el uso de la palabra con dicho fin. Asimismo, DISPUSIERON que la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones que ponen fin de la instancia, tres votos conformes hacen resolución; que la fecha de la vista de la causa se señala en atención a la agenda y disponibilidad de la Segunda Sala Laboral de Cusco; ordenaron que mediante Secretaria de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad a lo dispuesto por el por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SS. CORNEJO SÁNCHEZ- TRELLES SULLA -VELASCO CHÁVEZ. Quillabamba, 02 de Agosto del 2018. J.S (06,07 Y 08)
EDICTO SALA MIXTA DESCENTRALIZADA DE LA PROVINCIA DE LA CONVENCIÓN Y EN ADICIÓN A SUS FUNCIONES SALA PENAL DE APELACIONES EXPEDIENTE : 00571-2017-0-1010-JM-LA-01 MATERIA : ACCIÓN CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : CHOQUE ZEA MIGUEL DEMANDADO : PROCURADOR PUBLICO DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO , UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL LA CONVENCIÓN . DEMANDANTE : SIMÓN ECHEGARAY, GLADYS EDICTO LABORAL Habiéndose producido discordia parcial respecto a la resolución materia de grado; y para fines de la conformidad exigida por el artículo 141° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en aplicación de lo previsto por el artículo 144° del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez Superior Dirimente expedita al señor Juez Superior Ángel Cáceres Cáceres, señalando como fecha para VISTA DE LA CAUSA, el día Jueves 09 de Agosto del 2018, a horas 09:00am,
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
la misma que se realizara en la Sala de Audiencias de la Sala Mixta de La Convención, ubicada en el tercer piso de las instalaciones del Poder Judicial Jr. Espinar N°152-156, distrito de Santa Ana, Provincia de la Convención, Departamento de Cusco; debiendo las partes si consideran necesario informar oralmente y solicitar el uso de la palabra con dicho fin. Asimismo, DISPUSIERON que la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones que ponen fin de la instancia, tres votos conformes hacen resolución; que la fecha de la vista de la causa se señala en atención a la agenda y disponibilidad de la Segunda Sala Laboral de Cusco; ordenaron que mediante Secretaria de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad a lo dispuesto por el por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SS. CORNEJO SÁNCHEZ- TRELLES SULLA -VELASCO CHÁVEZ. Quillabamba, 02 de Agosto del 2018. J.S (06,07 Y 08)
EDICTO SALA MIXTA DESCENTRALIZADA DE LA PROVINCIA DE LA CONVENCIÓN Y EN ADICIÓN A SUS FUNCIONES SALA PENAL DE APELACIONES EXPEDIENTE : 00550-2017-0-1010-JM-LA-01 MATERIA : ACCIÓN CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : CHOQUE ZEA MIGUEL DEMANDADO : PROCURADOR PUBLICO DEL GOBIERNO REGIONAL . UNIDADA DE GESTIÓN EDUCATIVA LA CONVENCIÓN . DEMANDANTE : GALARRETA NIHUA, EFRAIN EDICTO LABORAL Habiéndose producido discordia parcial respecto a la resolución materia de grado; y para fines de la conformidad exigida por el artículo 141° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en aplicación de lo previsto por el artículo 144° del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez Superior Dirimente expedita al señor Juez Superior Ángel Cáceres Cáceres, señalando como fecha para VISTA DE LA CAUSA, el día Jueves 09 de Agosto del 2018, a horas 09:00am, la misma que se realizara en la Sala de Audiencias de la Sala Mixta de La Convención, ubicada en el tercer piso de las instalaciones del Poder Judicial Jr. Espinar N°152-156, distrito de Santa Ana, Provincia de la Convención, Departamento de Cusco; debiendo las partes si consideran necesario informar oralmente y solicitar el uso de la palabra con dicho fin. Asimismo, DISPUSIERON que la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones que ponen fin de la instancia, tres votos conformes hacen resolución; que la fecha de la vista de la causa se señala en atención a la agenda y disponibilidad de la Segunda Sala Laboral de Cusco; ordenaron que mediante Secretaria de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad a lo dispuesto por el por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SS. CORNEJO SÁNCHEZ- TRELLES SULLA -VELASCO CHÁVEZ. Quillabamba, 02 de Agosto del 2018. J.S (06,07 Y 08)
EDICTO SALA MIMA DESCENTRALIZADA DE LA PROVINCIA DE LA CONVENCIÓN Y EN ADICIÓN A SUS FUNCIONES SALA PENAL DE APELACIONES EXPEDIENTE : 00483-2017-0-1010-JM-LA-01 MATERIA : ACCIÓN CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : CHOQUE ZEA MIGUEL DEMANDADO : PROCURADOR PUBLICO DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO . UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE LA CONVENCIÓN . DEMANDANTE : SALAS ERRASQUIN. NÉSTOR EDICTO LABORAL Habiéndose producido discordia parcial respecto a la resolución materia de grado; y para fines de la conformidad exigida por
el artículo 141° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en aplicación de lo previsto por el artículo 144° del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez Superior Dirimente expedita al señor Juez Superior Ángel Cáceres Cáceres, señalando como fecha para VISTA DE LA CAUSA, el día Jueves 09 de Agosto del 2018, a horas 09:00am, la misma que se realizara en la Sala de Audiencias de la Sala Mixta de La Convención, ubicada en el tercer piso de las instalaciones del Poder Judicial Jr. Espinar N° 152-156, distrito de Santa Ana, Provincia de la Convención, Departamento de Cusco: debiendo las partes si consideran necesario informar oralmente y solicitar el uso de la palabra con dicho fin. Asimismo, DISPUSIERON que la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones que ponen fin de la instancia, tres votos conformes hacen resolución; que la fecha de la vista de la causa se señala en atención a la agenda y disponibilidad de la Segunda Sala Laboral de Cusco; ordenaron que mediante Secretaria de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad a lo dispuesto por el por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SS. CORNEJO SÁNCHEZ- TRELLES SULLA -VELASCO CHÁVEZ. Quillabamba, 02 de Agosto del 2018. J.S (06,07 Y 08)
EDICTO SALA MIXTA DESCENTRALIZADA DE LA PROVINCIA DE LA CONVENCIÓN Y EN ADICIÓN A SUS FUNCIONES SALA PENAL DE APELACIONES EXPEDIENTE : 00491-2017-0-1010-JM-LA-01 MATERIA : ACCIÓN CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : CHOQUE ZEA MIGUEL DEMANDADO : PROCURADOR PUBLICO DEL GOBIERNO REGIONAL , UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LA CONVENCIÓN , DEMANDANTE : FARFAN CÁRDENAS. RAMÓN ARISTIDES EDICTO LABORAL Habiéndose producido discordia parcial respecto a la resolución materia de grado; y para fines de la conformidad exigida por el artículo 141° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en aplicación de lo previsto por el artículo 144° del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez Superior Dirimente expedita al señor Juez Superior Ángel Cáceres Cáceres, señalando como fecha para VISTA DE LA CAUSA, el día Jueves 09 de Agosto del 2018, a horas 09:00am, la misma que se realizara en la Sala de Audiencias de la Sala Mixta de La Convención, ubicada en el tercer piso de las instalaciones del Poder Judicial Jr. Espinar N°152-15ó, distrito de Santa Ana, Provincia de la Convención, Departamento de Cusco: debiendo las partes si consideran necesario informar oralmente y solicitar el uso de la palabra con dicho fin. Asimismo, DISPUSIERON que la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones que ponen fin de la instancia, tres votos conformes hacen resolución; que la fecha de la vista de la causa se señala en atención a la agenda y disponibilidad de la Segunda Sala Laboral de Cusco; ordenaron que mediante Secretaria de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad a lo dispuesto por el por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SS. CORNEJO SÁNCHEZ- TRELLES SULLA -VELASCO CHÁVEZ. Quillabamba, 02 de Agosto del 2018. J.S (06,07 Y 08)
EDICTO SALA MIXTA DESCENTRALIZADA DE LA PROVINCIA DE LA CONVENCIÓN Y EN ADICIÓN A SUS FUNCIONES SALA PENAL DE APELACIONES EXPEDIENTE : 00387-2017-0-1010-JM-LA-01 MATERIA : ACCIÓN CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : CHOQUE ZEA MIGUEL DEMANDADO : PROCURADOR PUBLICO DEL GOBIERNO
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REGIONAL DEL CUSCO , UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL LA CONVENCIÓN , DEMANDANTE : CACERES ARIAS, ELÍSEO EDICTO LABORAL Habiéndose producido discordia parcial respecto a la resolución materia de grado; y para fines de la conformidad exigida por el artículo 141° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en aplicación de lo previsto por el artículo 144° del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez Superior Dirimente expedita al señor Juez Superior Ángel Cáceres Cáceres, señalando como fecha para VISTA DE LA CAUSA, el día Jueves 09 de Agosto del 2018, a horas 09:00am, la misma que se realizara en la Sala de Audiencias de la Sala Mixta de La Convención, ubicada en el tercer piso de las instalaciones del Poder Judicial Jr. Espinar N°152-156, distrito de Santa Ana, Provincia de la Convención, Departamento de Cusco; debiendo las partes si consideran necesario informar oralmente y solicitar el uso de la palabra con dicho fin. Asimismo, DISPUSIERON que la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones que ponen fin de la instancia, tres votos conformes hacen resolución; que la fecha de la vista de la causa se señala en atención a la agenda y disponibilidad de la Segunda Sala Laboral de Cusco; ordenaron que mediante Secretaria de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad a lo dispuesto por el por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SS. CORNEJO SÁNCHEZ- TRELLES SULLA -VELASCO CHÁVEZ. Quillabamba, 02 de Agosto del 2018. J.S (06,07 Y 08)
EDICTO SALA MIXTA DESCENTRALIZADA DE LA PROVINCIA DE LA CONVENCIÓN Y EN ADICIÓN A SUS FUNCIONES SALA PENAL DE APELACIONES EXPEDIENTE : 00231-2017-0-1010-JM-LA-01 MATERIA : ACCIÓN CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : CHOQUE ZEA MIGUEL DEMANDADO : PROCURADOR PUBLICO DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO . UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL LA CONVENCIÓN . DEMANDANTE : HINOJOSA HUAMAN. DANIA DOLKA EDICTO LABORAL Habiéndose producido discordia parcial respecto a la resolución materia de grado; y para fines de la conformidad exigida por el artículo 141° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en aplicación de lo previsto por el artículo 144° del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez Superior Dirimente expedita al señor Juez Superior Ángel Cáceres Cáceres, señalando como fecha para VISTA DE LA CAUSA, el día Jueves 09 de Agosto del 2018, a horas 09:00an% la misma que se realizara en la Sala de Audiencias de la Sala Mixta de La Convención, ubicada en el tercer piso de las instalaciones del Poder Judicial Jr. Espinar N° 152-156, distrito de Santa Ana, Provincia de la Convención, Departamento de Cusco; debiendo las partes si consideran necesario informar oralmente y solicitar el uso de la palabra con dicho fin. Asimismo, DISPUSIERON que la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones que ponen fin de la instancia, tres votos conformes hacen resolución; que la fecha de la vista de la causa se señala en atención a la agenda y disponibilidad de la Segunda Sala Laboral de Cusco; ordenaron que mediante Secretaria de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad a lo dispuesto por el por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SS. CORNEJO SÁNCHEZ- TRELLES SULLA -VELASCO CHÁVEZ. Quillabamba, 02 de Agosto del 2018. J.S (06,07 Y 08)
EDICTO LABORAL
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La República
SALA MIXTA DESCENTRALIZADA DE LA PROVINCIA DE LA CONVENCIÓN Y EN ADICIÓN A SUS FUNCIONES SALA PENAL DE APELACIONES EXPEDIENTE : 00382-2017-0-1010-JM-LA-01 MATERIA : ACCIÓN CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : CHOQUE ZEA MIGUEL DEMANDADO : PROCURADOR PUBLICO DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO . UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL LA CONVENCIÓN . DEMANDANTE : SEGOVIA GUERRERO, WALTER VICTOR EDICTO LABORAL Habiéndose producido discordia parcial respecto a la resolución materia de grado; y para fines de la conformidad exigida por el artículo 141° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en aplicación de lo previsto por el artículo 144° del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez Superior Dirimente expedita al señor Juez Superior Ángel Cáceres Cáceres, señalando como fecha para VISTA DE LA CAUSA, el día Jueves 09 de Agosto del 2018, a horas 09:00am, la misma que se realizara en la Sala de Audiencias de la Sala Mixta de La Convención, ubicada en el tercer piso de las instalaciones del Poder Judicial Jr. Espinar N° 152-156, distrito de Santa Ana, Provincia de la Convención, Departamento de Cusco; debiendo las partes si consideran necesario informar oralmente y solicitar el uso de la palabra con dicho fin. Asimismo, DISPUSIERON que la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones que ponen fin de la instancia, tres votos conformes hacen resolución; que la fecha de la vista de la causa se señala en atención a la agenda y disponibilidad de la Segunda Sala Laboral de Cusco; ordenaron que mediante Secretaria de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad a lo dispuesto por el por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SS. CORNEJO SÁNCHEZ- TRELLES SULLA -VELASCO CHÁVEZ. Quillabamba, 02 de Agosto del 2018. J.S (06,07 Y 08)
EDICTO LABORAL SALA MIXTA DESCENTRALIZADA DE LA PROVINCIA DE LA CONVENCIÓN Y EN ADICIÓN A SUS FUNCIONES SALA PENAL DE APELACIONES EXPEDIENTE : 00054-2017-0-1010-JM-LA-01 MATERIA : ACCIÓN CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : CHOQUE ZEA MIGUEL DEMANDADO : PROCURADOR PUBLICO DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO . UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL LA CONVENCIÓN . DEMANDANTE : MORA ARIAS, JORGE. EDICTO LABORAL Habiéndose producido discordia parcial respecto a la resolución materia de grado; y para fines de la conformidad exigida por el artículo 141° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en aplicación de lo previsto por el artículo 144° del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez Superior Dirimente expedita al señor Juez Superior Ángel Cáceres Cáceres, señalando como fecha para VISTA DE LA CAUSA, el día Jueves 09 de Agosto del 2018, a horas 09:00am, la misma que se realizara en la Sala de Audiencias de la Sala Mixta de La Convención, ubicada en el tercer piso de las instalaciones del Poder Judicial Jr. Espinar N° 152-156. distrito de Santa Ana. Provincia de la Convención, Departamento de Cusco; debiendo las partes sí consideran necesario informar oralmente y solicitar el uso de la palabra con dicho fin. Asimismo, DISPUSIERON que la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones que ponen fin de la instancia, tres votos conformes hacen resolución; que la fecha de la vista de la causa se señala en atención a la agenda y disponibilidad de la Segunda Sala Laboral de Cusco; ordenaron que mediante Secretaria de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad a lo dispuesto por el por el artículo 144° del
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SS. CORNEJO SÁNCHEZ- TRELLES SULLA -VELASCO CHÁVEZ. Quillabamba, 02 de Agosto del 2018. J.S (06,07 Y 08)
EDICTO SALA MIXTA DESCENTRALIZADA DE LA PROVINCIA DE LA CONVENCIÓN Y EN ADICIÓN A SUS FUNCIONES SALA PENAL DE APELACIONES EXPEDIENTE : 00517-2017-0-1010-JM-LA-01 MATERIA : ACCIÓN CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : CHOQUE ZEA MIGUEL DEMANDADO : PROCURADOR PUBLICO DEL GOBIERNO REGIONAL . UNIDAD DE GESTIÓN EDUCTAIVA LA CONVENCIÓN . DEMANDANTE : CANDÍA GONZALES. MARTÍN EDICTO LABORAL Habiéndose producido discordia parcial respecto a la resolución materia de grado; y para fines de la conformidad exigida por el artículo 141° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en aplicación de lo previsto por el artículo 144° del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez Superior Dirimente expedita al señor Juez Superior Ángel Cáceres Cáceres, señalando como fecha para VISTA DE LA CAUSA, el día Jueves 09 de Agosto del 2018, a horas 09:00am, la misma que se realizara en la Sala de Audiencias de la Sala Mixta de La Convención, ubicada en el tercer piso de las instalaciones del Poder Judicial Jr. Espinar N°152-156. distrito de Sania Ana. Provincia de la Convención, Departamento de Cusco: debiendo las partes si consideran necesario informar oralmente y solicitar el uso de la palabra con dicho fin. Asimismo, DISPUSIERON que la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones que ponen fin de la instancia, tres votos conformes hacen resolución: que la fecha de la vista de la causa se señala en atención a la agenda y disponibilidad de la Segunda Sala Laboral de Cusco; ordenaron que mediante Secretaria de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad a lo dispuesto por el por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SS. CORNEJO SÁNCHEZ- TRELLES SULLA -VELASCO CHÁVEZ. Quillabamba, 02 de Agosto del 2018. J.S (06,07 Y 08)
EDICTO SALA MIXTA DESCENTRALIZADA DE LA PROVINCIA DE LA CONVENCIÓN Y EN ADICIÓN A SUS FUNCIONES SALA PENAL DE APELACIONES EXPEDIENTE : 00434-2017-0-1010-JM-LA-01 MATERIA : ACCIÓN CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : CHOQUE ZEA MIGUEL DEMANDADO : PROCURADOR PUBLICO REGIONAL . UNIDAD DE GESTIÓN EDICATIVA LOCAL DE LA ONVENCION . DEMANDANTE : RIVERA GUEVARA. MARCO ANTONIO EDICTO LABORAL Habiéndose producido discordia parcial respecto a la resolución materia de grado; y para fines de la conformidad exigida por el artículo 141° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en aplicación de lo previsto por el artículo 144° del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez Superior Dirimente expedita al señor Juez Superior Ángel Cóceres Cóceres, señalando como fecha para VISTA DE LA CAUSA, el día Jueves 09 de Agosto del 2018, a horas 09:00am, la misma que se realizara en la Sala de Audiencias de la Sala Mixta de La Convención, ubicada en el tercer piso de las instalaciones del Poder Judicial Jr. Espinar N°152-156, distrito de Santa Ana. Provincia de la Convención, Departamento de Cusco; debiendo las partes si consideran necesario informar oralmente y solicitar el uso de la palabra con dicho fin. Asimismo, DISPUSIERON que la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la
Miércoles, 8 de agosto del 2018
Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones que ponen fin de la instancia, tres votos conformes hacen resolución; que la fecha de la vista de la causa se señala en atención a la agenda y disponibilidad de la Segunda Sala Laboral de Cusco; ordenaron que mediante Secretaria de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad a lo dispuesto por el por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SS. CORNEJO SÁNCHEZ- TRELLES SULLA -VELASCO CHÁVEZ. Quillabamba, 02 de Agosto del 2018. J.S (06,07 Y 08)
EDICTO SALA MIXTA DESCENTRALIZADA DE LA PROVINCIA DE LA CONVENCIÓN Y EN ADICIÓN A SUS FUNCIONES SALA PENAL DE APELACIONES EXPEDIENTE : 00537-2017-0-1010-JM-LA-01 MATERIA : ACCIÓN CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : CHOQUE ZEA MIGUEL DEMANDADO : PROCURADOR PUBLICO DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO . UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL LA CONVENCIÓN , DEMANDANTE : SORIA VARGAS. ROXANA EDICTO LABORAL Habiéndose producido discordia parcial respecto a la resolución materia de grado; y para fines de la conformidad exigida por el artículo 141° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en aplicación de lo previsto por el artículo 144° del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez Superior Dirimente expedita al señor Juez Superior Ángel Cáceres Cáceres, señalando como fecha para VISTA DE LA CAUSA, el día Jueves 09 de Agosto del 2018, a horas 09:00am, la misma que se realizara en la Sala de Audiencias de la Sala Mixta de La Convención, ubicada en el tercer piso de las instalaciones del Poder Judicial Jr. Espinar N°152-156. distrito de Santa Ana, Provincia de la Convención, Departamento de Cusco; debiendo las partes sí consideran necesario informar oralmente y solicitar el uso de la palabra con dicho fin. Asimismo, DISPUSIERON que la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones que ponen fin de la instancia, tres votos conformes hacen resolución; que la fecha de la vista de la causa se señala en atención a la agenda y disponibilidad de la Segunda Sala Laboral de Cusco; ordenaron que mediante Secretaria de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad a lo dispuesto por el por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SS. CORNEJO SÁNCHEZ- TRELLES SULLA -VELASCO CHÁVEZ. Quillabamba, 02 de Agosto del 2018. J.S (06,07 Y 08)
EDICTO SALA MIXTA DESCENTRALIZADA DE LA PROVINCIA DE LA CONVENCIÓN Y EN ADICIÓN A SUS FUNCIONES SALA PENAL DE APELACIONES EXPEDIENTE : 00058-2017-0-1010-JM-LA-01 MATERIA : ACCIÓN CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : CHOQUE ZEA MIGUEL DEMANDADO : PROCURADOR PUBLICO DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO . UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL LA CONVENCIÓN . DEMANDANTE : VARGAS QUINTANILLA. RAMÓN EDICTO LABORAL Habiéndose producido discordia parcial respecto a la resolución materia de grado; y para fines de la conformidad exigida por el artículo 141° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en aplicación de lo previsto por el artículo 144° del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez Superior Dirimente expedita al señor Juez Superior Ángel Cóceres Cáceres, señalando como fecha para VISTA DE LA CAUSA, el día Jueves 09 de Agosto del 2018, a horas 09:00am, la misma que se realizara en la Sala de Audiencias de la Sala
Mixta de La Convención, ubicada en el tercer piso de las instalaciones del Poder Judicial Jr. Espinar N°152-156, distrito de Santa Ana, Provincia de la Convención, Departamento de Cusco; debiendo las partes si consideran necesario informar oralmente y solicitar el uso de la palabra con dicho fin. Asimismo, DISPUSIERON que la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones que ponen fin de la instancia, tres votos conformes hacen resolución; que la fecha de la vista de la causa se señala en atención a la agenda y disponibilidad de la Segunda Sala Laboral de Cusco; ordenaron que mediante Secretaria de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad a lo dispuesto por el por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SS. CORNEJO SÁNCHEZ- TRELLES SULLA -VELASCO CHÁVEZ. Quillabamba, 02 de Agosto del 2018. J.S (06,07 Y 08)
EDICTO SALA MIXTA DESCENTRALIZADA DE LA PROVINCIA DE LA CONVENCIÓN Y EN ADICIÓN A SIS FUNCIONES SALA PENAL DE APELACIONES EXPEDIENTE : 00484-2017-0-1010-JM-LA-01 MATERIA : ACCIÓN CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : CHOQUE ZEA MIGUEL DEMANDADO : PROCURADOR PUBLICO DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO , UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LA CONVENCIÓN . DEMANDANTE . CAMACHO CÉSPEDES. EUNICE EDICTO LABORAL Habiéndose producido discordia parcial respecto a la resolución materia de grado; y para fines de la conformidad exigida por el artículo 141° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en aplicación de lo previsto por el artículo 144° del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez Superior Dirimente expedita al señor Juez Superior Ángel Cáceres Cáceres, señalando como fecha para VISTA DE LA CAUSA, el día Jueves 09 de Agosto del 2018, a horas 09:00am, la misma que se realizara en la Sala de Audiencias de la Sala Mixta de La Convención, ubicada en el tercer piso de las instalaciones del Poder Judicial Jr. Espinar N°152-156, distrito de Santa Ana, Provincia de la Convención, Departamento de Cusco; debiendo las partes si consideran necesario informar oralmente y solicitar el uso de la palabra con dicho fin. Asimismo, DISPUSIERON que la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones que ponen fin de la instancia, tres votos conformes hacen resolución: que la fecha de la vista de la causa se señala en atención a la agenda y disponibilidad de la Segunda Sala Laboral de Cusco; ordenaron que mediante Secretaria de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad a lo dispuesto por el por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SS. CORNEJO SÁNCHEZ- TRELLES SULLA -VELASCO CHÁVEZ. Quillabamba, 02 de Agosto del 2018. J.S (06,07 Y 08)
EDICTO SALA MIXTA DESCENTRALIZADA DE LA PROVINCIA DE LA CONVENCIÓN Y EN ADICIÓN A SUS FUNCIONES SALA PENAL DE APELACIONES EXPEDIENTE : 00262-2017-0-1010-JM-LA-01 MATERIA : ACCIÓN CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : CHOQUE ZEA MIGUEL DEMANDADO : PROCURADOR PUBLICO DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO . UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL LA CONVENCIÓN , DEMANDANTE : VELARDE TORRES, YONY EDICTO LABORAL Habiéndose producido discordia parcial respecto a la resolución materia de grado; y para fines de la conformidad exigida por el artículo 141° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del
Miércoles, 8 de agosto del 2018
Poder Judicial, en aplicación de lo previsto por el artículo 144° del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez Superior Dirimente expedita al señor Juez Superior Ángel Cáceres Cáceres, señalando como fecha para VISTA DE LA CAUSA, el día Jueves 09 de Agosto del 2018, a horas 09:00am, la misma que se realizara en la Sala de Audiencias de la Sala Mixta de La Convención, ubicada en el tercer piso de las instalaciones del Poder Judicial Jr. Espinar N°152-156, distrito de Santa Ana, Provincia de la Convención, Departamento de Cusco; debiendo las partes si consideran necesario informar oralmente y solicitar el uso de la palabra con dicho fin. Asimismo, DISPUSIERON que la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones que ponen fin de la instancia, tres votos conformes hacen resolución; que la fecha de la vista de la causa se señala en atención a la agenda y disponibilidad de la Segunda Sala Laboral de Cusco; ordenaron que mediante Secretaria de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad a lo dispuesto por el por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SS. CORNEJO SÁNCHEZ- TRELLES SULLA -VELASCO CHÁVEZ. Quillabamba, 02 de Agosto del 2018. J.S (06,07 Y 08)
EDICTO SALA MIXTA DESCENTRALIZADA DE LA PROVINCIA DE I.A CONVENCIÓN Y EN ADICIÓN A SI S FUNCIONES SALA PENAL DE APELACIONES EXPEDIENTE : 00330-2017-0-1010-JM-LA-01 MATERIA : ACCIÓN CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : CHOQUE ZEA MIGUEL DEMANDADO : PROCURADOR PUBLICO DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO . UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL LA CONVENCIÓN , DEMANDANTE : ZAMALLOA SOLIS. MÁXIMO EDICTO LABORAL Habiéndose producido discordia parcial respecto a la resolución materia de grado; y para fines de la conformidad exigida por el artículo 141° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en aplicación de lo previsto por el artículo 144° del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez Superior Dirimente expedita al señor Juez Superior Ángel Cáceres Cáceres, señalando como fecha para VISTA DE LA CAUSA, el día Jueves 09 de Agosto del 2018, a horas 09:00am, la misma que se realizara en la Sala de Audiencias de la Sala Mixta de La Convención, ubicada en el tercer piso de las instalaciones del Poder Judicial Jr. Espinar N°152-156, distrito de Santa Ana, Provincia de la Convención, Departamento de Cusco: debiendo las partes si consideran necesario informar oralmente y solicitar el uso de la palabra con dicho fin. Asimismo, DISPUSIERON que la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones que ponen fin de la instancia, tres votos conformes hacen resolución; que la fecha de la vista de la causa se señala en atención a la agenda y disponibilidad de la Segunda Sala Laboral de Cusco; ordenaron que mediante Secretaria de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad a lo dispuesto por el por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SS. CORNEJO SÁNCHEZ- TRELLES SULLA -VELASCO CHÁVEZ. Quillabamba, 02 de Agosto del 2018. J.S (06,07 Y 08)
EDICTO SALA MIXTA DESCENTRALIZADA DE LA PROVINCIA DE LA CONVENCIÓN Y EN ADICIÓN A SUS FUNCIONES. SALA PENAL DE APELACIONES EXPEDIENTE : 00546-2016-0-1010-JM-LA-01 MATERIA : ACCIÓN CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : CHOQUE ZEA MIGUEL DEMANDADO : PROCURADOR DEL GOBIERNO REGIONAL CUSCO .
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL LA CONVENCIÓN . DEMANDANTE : OTAZU VARGAS. SAÚL EDICTO LABORAL Habiéndose producido discordia parcial respecto a la resolución materia de grado; y para fines de la conformidad exigida por el artículo 141° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en aplicación de lo previsto por el artículo 144° del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez Superior Dirimente expedita al señor Juez Superior Ángel Cáceres Cáceres, señalando como fecha para VISTA DE LA CAUSA, el día Jueves 09 de Agosto del 2018, a horas 09:00am, la misma que se realizara en la Sala de Audiencias de la Sala Mixta de La Convención, ubicada en el tercer piso de las instalaciones del Poder Judicial Jr. Espinar N°152-156, distrito de Santa Ana, Provincia de la Convención, Departamento de Cusco; debiendo las partes si consideran necesario informar oralmente y solicitar el uso de la palabra con dicho fin. Asimismo, DISPUSIERON que la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones que ponen fin de la instancia, tres votos conformes hacen resolución; que la fecha de la vista de la causa se señala en atención a la agenda y disponibilidad de la Segunda Sala Laboral de Cusco; ordenaron que mediante Secretaria de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad a lo dispuesto por el por el artículo 144° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SS. CORNEJO SÁNCHEZ- TRELLES SULLA -VELASCO CHÁVEZ. Quillabamba, 02 de Agosto del 2018. J.S (06,07 Y 08)
EDICTO PENAL Señor: RONY LANDER GÓMEZ LEGUIA: Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención, que despacha el Señor Juez Abogado Carlos Reinaldo Huañac Contreras, bajo la actuación de la Especialista de Causas Jennifer Tupayachi Ayala, en el Incidente Penal N° 00993-2017-1010-JR-PE-01, seguido contra RONY LANDER GÓMEZ LEGUIA. por el delito contra la Vida, el Cuerpo y la Salud, en la modalidad de LESIONES. su tipo AGRESIONES CONTRA LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR, previsto en el articulo 122a B del código Penal, en agravio de MAGALY BEJAR VIDAURRE, se ha dispuesto notificar al imputado: RONY LANDER GÓMEZ LEGUIA: con la REPROGRAMACION DE LA AUDIENCIA PÚBLICA DE CONTROL DE ACUSACIÓN para el dia VEINTICUATRO DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS OCHO DE LA MAÑANA (08:00 AM). La audiencia es de carácter INAPLAZABLE. Quedando notificados en éste acto los presentes, se dispone notificar al imputado: RONY LANDER GÓMEZ LEGUIA mediante edictos para que concurra a la audiencia reprogramada, en su domicilio real y mediante edictos. (...). HÁGASE SABER. RESOLUCIÓN Na 01. Quillabamba. catorce de noviembre del año dos mil diecisiete. VISTOS: El requerimiento de acusación formulado por el representante del Ministerio Público y: CONSIDERANDO: PRIMERO: Que de conformidad a lo previsto por el artículo 350”’ del Código Procesal Penal, corresponde otorgar a los demás sujetos procesales el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBILES, (...). (...). RESUELVE: CORRER traslado de la acusación a los sujetos procesales por el plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES, a efectos de que puedan presentar por escrito los medios de defensa antes precisados para su debate en la audiencia preliminar de control de acusación, y. (...) (...)..-EXTRACTO DEL REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN (...) Que, de conformidad con lo establecido por los Artículos 344 numeral 1o, y 349 del Código Procesal Penal, formulo ACUSACIÓN, en la investigación seguida contra RONY LANDER GÓMEZ LEGUIA, por el delito contra la Vida, el Cuerpo y la Salud, en la modalidad de LESIONES, su tipo AGRESIONES CONTRA LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR, previsto en el artículo 122a B del código Penal, en agravio de MAGALY BEJAR VIDAURRE (...). Solicita para el imputado RONY LANDER GÓMEZ LEGUIA la pena de 01 año y 08 meses de pena privativa de la libertad suspendida y la REPARACIÓN CIVIL de S/. 1.000.00 (UN MIL con 00/100 soles).
J.S (06,07 Y 08)
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EDICTO EDICTO PENAL
Señor. ISAÍAS MANUEL MENDOZA: Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención, que despacha el Señor Juez Abogado Carlos Reinaldo Huañac Contreras. bajo la actuación de la Especialista de Causas Jennifer Tupayachi Ayala, en el Incidente Penal N° 00979-2017-1010-JR-PE-01, seguido contra ISAÍAS MANUEL MENDOZA, por el delito contra la Vida, el Cuerpo y la Salud, en la modalidad de LESIONES, su tipo AGRESIONES CONTRA LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR, previsto en el articulo 122a B del código Penal, en agravio de SURANAIDA MENDOZA BERRIO, se ha dispuesto notificar al imputado: ISAÍAS MANUEL MENDOZA: con la RESOLUCIÓN N° 03. Quillabamba, veintiocho de junio del año dos mil dieciocho. PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Se deja registro en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe: SE RESUELVE: PRIMERO.- DECLARAR POR NO INSTALADA VALIDAMENTE la AUDIENCIA PUBLICA DE CONTROL DE ACUSACIÓN (...). SEGUNDO: REPROGRAMAR LA AUDIENCIA PÚBLICA DE CONTROL DE ACUSACIÓN para el día VEINTIDÓS DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS ONCE DE LA MAÑANA (11:00 AM). La audiencia es de carácter INAPLAZABLE. Quedando notificados en éste acto los presentes, se dispone notificar al imputado: ISAÍAS MANUEL MENDOZA, mediante edictos para que concurra a la audiencia reprogramada, en su domicilio real y mediante edictos. (...). HÁGASE SABER. RESOLUCIÓN N° 01. Quillabamba, catorce de noviembre del año dos mil diecisiete. VISTOS: El requerimiento de acusación formulado por el representante del Ministerio Público y; CONSIDERANDO: PRIMERO: Que de conformidad a lo previsto por el artículo 350° del Código Procesal Penal, corresponde otorgar a los demás sujetos procesales el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBILES, (...). (...). RESUELVE: CORRER traslado de la acusación a los sujetos procesales por el plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES, a efectos de que puedan presentar por escrito los medios de defensa antes precisados para su debate en la audiencia preliminar de control de acusación, y, (...) (...)..-EXTRACTO DEL REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN (...) Que, de conformidad con lo establecido por los Artículos 344 numeral 1o, y 349 del Código Procesal Penal, formulo ACUSACIÓN, en la investigación seguida contra ISAÍAS MANUEL MENDOZA, por el delito contra la Vida, el Cuerpo y la Salud, en la modalidad de LESIONES, su tipo AGRESIONES CONTRA LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR, previsto en el articulo 122a B del código Penal, en agravio de SURANAIDA MENDOZA BERRIO (...). Solicita para el imputado ISAÍAS MANUEL MENDOZA, la pena de 01 año y 08 meses de pena privativa de la libertad suspendida y la REPARACIÓN CIVIL de S/. 1,000.00 (UN MIL con 00/100 soles).
PUBLICACIÓN QUE SE EFECTUA DE CONFORMIDAD A LO DISPUESTO POR EL ART. 144 DE L .O.P.J. 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 00091-2018-0-1001-JR-LA-03 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO DEMANDADO : UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE CANCHIS , DEMANDANTE : GAMARRA MUÑOZ, LUIS ANGEL Resolución Nro. 6 Cusco, 31 de julio de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 3 del 30 de abril de 2018 (folio 46 a 53) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Cáceres Cáceres, emite voto en ponencia para que se revoque la sentencia al que se ha adherido la Juez Superior señora Alfaro Herrera; y el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en discordia, para que se confirme la resolución antes mencionada; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFARO HERRERA, CÁCERES CÁCERES.Nadhim Nicole Josselyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala. J.S (06,07 Y 08)
J.S (06,07 Y 08)
EDICTO EDICTO PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00935-2017-18-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN ESPECIALISTA DE AUDIENCIA: LUCY HAYDEE APAZA APAZA Se cita y emplaza a: AMERICO CJUNO PILA, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día MARTES 14 DE AGOSTO DEL 2018 A HORAS 12:30 PM ; bajo apercibimiento de declararlo reo asunte o contumaz, dispuesto en el proceso que se sigue en contra de AMERICO CJUNO PILA por la presunta comisión del delito Conducción en Estado de Ebriedad; ilícito penal que está regulado en el primer párrafo del artículo 274° del Código Penal, en agravio del Estado representado por el Ministerio de Trasportes y Comunicaciones, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 02 de agosto de 2018. J.S (06,07 Y 08)
2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 00762-2016-0-1001-JR-LA-02 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO DEMANDADO : PROCURADOR PUBLICO DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO , DEMANDANTE : VASQUEZ BUSTAMANTE, EFRAIN Resolución Nro. 19 Cusco, 31 de julio de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 14 del 31 de enero de 2018 (folio 213 a 237) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Cáceres Cáceres, emite voto en ponencia para que se revoque en parte la sentencia al que se ha adherido la Juez Superior señora Alfaro Herrera; y el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de la bonificación diferencial “, para que se confirme la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo
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La República
normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFARO HERRERA, CÁCERES CÁCERES.Nadhim Nicole Josselyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala. Cusco, 3 de agosto de 2018.
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
si fuere el caso, de un criterio de oportunidad, f) ofrecer prueba para el juicio. 2. DESIGNAR abogado de oficio, para que asuma la defensa técnica del imputado LUIS ALBERTO CONDORI, al haberse advertido que no cuenta con defensa técnica, dejando a salvo el derecho del imputado para sustituirlo por abogado de su libre elección. 3. en aplicación del principio de celeridad procesal, señalase fecha para la diligencia de audiencia de Control de Acusación PARA EL DÍA ONCE DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA(hora exacta) audiencia que se realizara en la SALA DE AUDIENCIA DEL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE PAUCARTAMBO. Paucartambo 02 de agosto 2018. J.S (06,07 Y 08)
EDICTO DE NOTIFICACIÓN - JIP PAUCARTAMBO
EXPEDIENTE: 27501-2018-0-1001-JR-FP-03. En el 3° JUZGADO DE DMILAIR DE CUSCO que despacha el señor Juez Edwin Romel Bejar se ha dispuesto la notificación del presunto infractor BRAYAN GUTIERREZ TAYPE para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados, en su modalidad de hurto sub tipo de robo agravado en agravio del Gobierno Regional de Cusco. Se fija nueva fecha y hora para la Audiencia de Esclarecimiento de hechos para el día 28 de agosto del 2018 a horas 2:30 pm. Tramita Joselin Pezo Huallpa. Cusco, 30 de julio de 2018.
Exp. 209-2018-0-1013-JR-PE-01, Juzgado de Investigación Preparatoria de Paucartambo, Juez Wald Duran Chicata, Especialista Liz Acuña Molle, Imputado JESÚS TTITO LLAMAJPONCA, agraviada BEATRIZ MAMANI CHOQQUE; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución Nro. 01; Paucartambo, 02 de agosto del 2018: (...) SE RESUELVE: 1.CORRER TRASLADO a los sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES, para que en forma escrita a) observar formalmente la acusación, b) deducir excepciones y otros medios de defensa, c) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, d) pedir el sobreseimiento, e) instar la aplicación, si fuere el caso, de un criterio de oportunidad, f) ofrecer prueba para el juicio. 2. DESIGNAR abogado de oficio, para que asuma la defensa técnica del imputado JESÚS TTITO LLAMAJPONCA, al haberse advertido que no cuenta con defensa técnica, dejando a salvo el derecho del imputado para sustituirlo por abogado de su libre elección. 3. en aplicación del principio de celeridad procesal, señalase fecha para la diligencia de audiencia de Control de Acusación PARA EL DÍA ONCE DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA (hora exacta) audiencia que se realizara en la SALA DE AUDIENCIA DEL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE PAUCARTAMBO. Paucartambo 02 de agosto 2018.
J.S (06,07 Y 08)
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EDICTO
EDICTO PENAL
EDICTO DE NOTIFICACIÓN - JIP PAUCARTAMBO
Exp. 0410-2018-18. El Segundo Juzgado Penal Unipersonal del Cusco, CITA Y EMPLAZA al acusado NOLBERTO HUILLCA JIMENEZ a fin de que concurra a la AUDIENCIA DE JUICIO ORAL, señalada para DÍA DOCE DE MARZO DEL AÑO 2018 a las 12.00 Hrs. A realizarse en la Primera Sala de Audiencias del Palacio de Justicia de Cusco, sito en la Av. El sol de la ciudad de Cusco, ordenado en el cuaderno de DEBATES N° 0410-2018-18-1001-JRPE-05, seguido por delito Lesiones Leves por violencia familiar en agravio de Nely Rina Quispe García. En caso de inasistencia se le declarará CONTUMAZ. Especialista de causa: SEVERINO HUAMÁN HUAMANTICA. Cusco, 03 de agosto del 2018.
Exp. 198-2018-0-1013-JR-PE-01, Juzgado de Investigación Preparatoria de Paucartambo, Juez Wald Duran Chicata, Especialista Liz Acuña Molle, Imputado RIMACHE MIGUEL GUTIÉRREZ TORRE, agraviada PASCUALA PALOMINO JACHO; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución Nro. 01; Paucartambo, 02 de agosto del 2018: (...) SE RESUELVE: 1.CORRER TRASLADO a los sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES, para que en forma escrita a) observar formalmente la acusación, b) deducir excepciones y otros medios de defensa, c) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, d) pedir el sobreseimiento, e) instar la aplicación, si fuere el caso, de un criterio de oportunidad, f) ofrecer prueba para el juicio. 2. DESIGNAR abogado de oficio, para que asuma la defensa técnica del imputado RIMACHE MIGUEL GUTIÉRREZ TORRE, al haberse advertido que no cuenta con defensa técnica, dejando a salvo el derecho del imputado para sustituirlo por abogado de su libre elección. 3. en aplicación del principio de celeridad procesal, señalase fecha para la diligencia de audiencia de Control de Acusación PARA EL DÍA ONCE DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DIEZ Y TREINTA DE LA MAÑANA (hora exacta) audiencia que se realizara en la SALA DE AUDIENCIA DEL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE PAUCARTAMBO. Paucartambo, 02 de agosto 2018.
J.S (06,07 Y 08)
EDICTO DE NOTIFICACIÓN - JIP PAUCARTAMBO Exp. 213-2018-0-1013-JR-PE-01, Juzgado de Investigación Preparatoria de Paucartambo, Juez Wald Duran Chicata, Especialista Liz Acuña Molle, Imputado LUIS ALBERTO CONDORI, agraviada WEMNER ENSON CHAVEZ REVILLA; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución Nro. 01; Paucartambo, 02 de agosto del 2018: (...) SE RESUELVE: 1.CORRER TRASLADO a los sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES, para que en forma escrita a) observar formalmente la acusación, b) deducir excepciones y otros medios de defensa, c) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, d) pedir el sobreseimiento, e) instar la aplicación,
J.S (06,07 Y 08)
EDICTO DE NOTIFICACIÓN - JIP PAUCARTAMBO
Miércoles, 8 de agosto del 2018
Exp. 204-2018-0-1013-JR-PE-01, Juzgado de Investigación Preparatoria de Paucartambo, Juez Wald Duran Chicata, Especialista Liz Acuña Molle, Imputado JUAN ARMANDO AMAO AMAO, agraviada PATRICIA CHAMPÍ QUISPE; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución Nro. 01; Paucartambo, 02 de agosto del 2018: (...) SE RESUELVE: 1.CORRER TRASLADO a los sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES, para que en forma escrita a) observar formalmente la acusación, b) deducir excepciones y otros medios de defensa, c) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, d) pedir el sobreseimiento, e) instar la aplicación, si fuere el caso, de un criterio de oportunidad, f) ofrecer prueba para el juicio. 2. DESIGNAR abogado de oficio, para que asuma la defensa técnica del imputado PATRICIA CHAMPÍ QUISPE, al haberse advertido que no cuenta con defensa técnica, dejando a salvo el derecho del imputado para sustituirlo por abogado de su libre elección. 3. en aplicación del principio de celeridad procesal, señalase fecha para la diligencia de audiencia de Control de Acusación PARA EL DÍA ONCE DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS ONCE Y TREINTA DE LA MAÑANA(hora exacta) audiencia que se realizara en las INSTALACIONES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COLQUEPATA. Paucartambo, 02 de agosto 2018. J.S (06,07 Y 08)
EDICTO DE NOTIFICACIÓN - JIP PAUCARTAMBO Exp. 206-2018-0-1013-JR-PE-01, Juzgado de Investigación Preparatoria de Paucartambo, Juez Wald Duran Chicata, Especialista Liz Acuña Molle, Imputado JUAN APOSTÓLES CCOYORI PÉREZ, agraviado VÍCTOR CCOYORI PÉREZ; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución Nro. 01; Paucartambo, 02 de agosto del 2018: (...) SE RESUELVE: 1.CORRER TRASLADO a los sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS~UTILES, para que en forma escrita a) observar formalmente la acusación, b) deducir excepciones y otros medios de defensa, c) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, d) pedir el sobreseimiento, e) instar la aplicación, si fuere el caso, de un criterio de oportunidad, f) ofrecer prueba para el juicio. 2. DESIGNAR abogado de oficio, para que asuma la defensa técnica del imputado JUAN APOSTÓLES CCOYORI PÉREZ, al haberse advertido que no cuenta con defensa técnica, dejando a salvo el derecho del imputado para sustituirlo por abogado de su libre elección. 3. en aplicación del principio de celeridad procesal, señalase fecha para la diligencia de audiencia de Control de Acusación PARA EL DÍA ONCE DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DIEZ Y TREINTA DE LA MAÑANA (hora exacta) audiencia que se realizara en las INSTALACIONES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COLQUEPATA. Paucartambo, 02 de agosto 2018. J.S (06,07 Y 08)
EDICTO DE NOTIFICACIÓN - JTP PAUCARTAMBO Exp. 208-2018-0-1013-JR-PE-01, Juzgado de Investigación Preparatoria de Paucartambo, Juez Wald Duran Chicata, Especialista Liz Acuña Molle, Imputado SABINO AMAO SUMA, agraviada ALEJA Q.UISPE QUISPE; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución Nro. 01; Paucartambo, 02 de agosto del 2018: (...) SE RESUELVE: 1.CORRER TRASLADO a los sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES, para que en forma escrita a) observar formalmente la acusación, b) deducir excepciones y otros medios de defensa, c) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, d) pedir el sobreseimiento, e) instar la aplicación, si fuere el caso, de un criterio de oportunidad, f) ofrecer prueba para el juicio. 2. DESIGNAR abogado de oficio, para que asuma la defensa técnica del imputado SABINO AMAO SUMA, al haberse advertido que no cuenta con defensa técnica, dejando a salvo el derecho del imputado para sustituirlo por abogado de su libre elección. 3. en aplicación del principio de celeridad procesal, señalase fecha para la diligencia de audiencia de
Control de Acusación PARA EL DÍA ONCE DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA (hora exacta) audiencia que se realizara en las INSTALACIONES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COLQUEPATA. Paucartambo 02 de agosto 2018. J.S (06,07 Y 08)
EDICTO DE NOTIFICACIÓN - JIP PAUCARTAMBO Exp. 202-2018-0-1013-JR-PE-01, Juzgado de Investigación Preparatoria de Paucartambo, Juez Wald Duran Chicata, Especialista Liz Acuña Molle, Imputado CELESTINO QÜISPE CAMALA, agraviada FAUSTINA MAURI PARO; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución Nro. 01; Paucartambo, 02 de agosto del 2018: (...) SE RESUELVE: 1.CORRER TRASLADO a los sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES, para que en forma escrita a) observar formalmente la acusación, b) deducir excepciones y otros medios de defensa, c) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, d) pedir el sobreseimiento, e) instar la aplicación, si fuere el caso, de un criterio de oportunidad, f) ofrecer prueba para el juicio. 2. DESIGNAR abogado de oficio, para que asuma la defensa técnica del imputado CELESTINO QUISPE CAMALA, al haberse advertido que no cuenta con defensa técnica, dejando a salvo el derecho del imputado para sustituirlo por abogado de su libre elección. 3. en aplicación del principio de celeridad procesal, señalase fecha para la diligencia de audiencia de Control de Acusación PARA EL DÍA ONCE DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA (hora exacta) audiencia que se realizara en las INSTALACIONES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COLQUEPATA. Paucartambo 02 de agosto 2018. J.S (06,07 Y 08)
EDICTO DE NOTIFICACIÓN - JIP PAUCARTAMBO Exp. 211-2018-0-1013-JR-PE-01, Juzgado de Investigación Preparatoria de Paucartambo, Juez Wald Duran Chicata, Especialista Liz Acuña Molle, Imputado RUBÉN TECSI MIRANDA, agraviado GENARA NINAYA HACCO; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución Nro. 01; Paucartambo, 02 de agosto del 2018: {...) SE RESUELVE: 1.CORRER TRASLADO a los sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES, para que en forma escrita a) observar formalmente la acusación, b) deducir excepciones y otros medios de defensa, c) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, d) pedir el sobreseimiento, e) instar la aplicación, si fuere el caso, de un criterio de oportunidad, f) ofrecer prueba para el juicio. 2. DESIGNAR abogado de oficio, para que asuma la defensa técnica del imputado RUBÉN TECSI MIRANDA, al haberse advertido que no cuenta con defensa técnica, dejando a salvo el derecho del imputado para sustituirlo por abogado de su libre elección. 3. en aplicación del principio de celeridad procesal, señalase fecha para la diligencia de audiencia de Control de Acusación PARA EL DÍA CUATRO DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA (hora exacta) audiencia que se realizara en las INSTALACIONES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUANCARANI. Paucartambo 02 de agosto 2018. J.S (06,07 Y 08)
EDICTO DE NOTIFICACIÓN - JIP PAUCARTAMBO Exp. 210-2018-0-1013-JR-PE-01, Juzgado de Investigación Preparatoria de Paucartambo, Juez Wald Duran Chicata, Especialista Liz Acuña Molle, Imputado VALENTÍN HÜARACCA CONDORI, agraviado GUMERClNDA SÜLLCA HÜARACCA; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución Nro. 01; Paucartambo, 02 de agosto del 2018: (...)SE RESUELVE: 1.CORRER TRASLADO a los sujetos
Miércoles, 8 de agosto del 2018
procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES, para que en forma escrita a) observar formalmente la acusación, b) deducir excepciones y otros medios de defensa, c) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, d) pedir el sobreseimiento, e) instar la aplicación, si fuer-e el caso, de un criterio de oportunidad, f) ofrecer prueba para el juicio. 2. DESIGNAR abogado de oficio, para que asuma la defensa técnica del imputado VALENTÍN HÜARACCA CONDORI, al haberse advertido que no cuenta con defensa técnica, dejando a salvo el derecho del imputado para sustituirlo por abogado de su libre elección. 3. en aplicación del principio de celeridad procesal, señalase fecha para la diligencia de audiencia de Control de Acusación PARA EL DÍA CUATRO DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA (hora exacta) audiencia que se realizara en las INSTALACIONES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUANCARANI. Paucartambo 02 de agosto 2018. J.S (06,07 Y 08)
EDICTO DE NOTIFICACIÓN - JIP PAUCARTAMBO Exp. 203-2018-0-1013-JR-PE-01, Juzgado de Investigación Preparatoria de Paucartambo, Juez Wald Duran Chicata, Especialista Liz Acuña Molle, Imputado VÍCTOR CUTIPA CRUZ, agraviado ALICIA MAMANI PUMA; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución Nro. 01; Paucartambo, 02 de agosto del 2018: (...) SE RESUELVE: 1.CORRER TRASLADO a los sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES, para que en forma escrita a) observar formalmente la acusación, b) deducir excepciones y otros medios de defensa, c) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, d) pedir el sobreseimiento, e) instar la aplicación, si fuere el caso, de un criterio de oportunidad, f) ofrecer prueba para el juicio. 2. DESIGNAR abogado de oficio, para que asuma la defensa técnica del imputado VÍCTOR CUTIPA CRUZ, al haberse advertido que no cuenta con defensa técnica, dejando a salvo el derecho del imputado para sustituirlo por abogado de su libre elección. 3. en aplicación del principio de celeridad procesal, señalase fecha para la diligencia de audiencia de Control de Acusación PARA EL DÍA CUATRO DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA (hora exacta) audiencia que se realizara en las INSTALACIONES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUANCARANI. Paucartambo, 02 de agosto 2018. J.S (06,07 Y 08)
EDICTO DE NOTIFICACIÓN - JIP PAUCARTAMBO Exp. 200-2018-0-1013-JR-PE-01, Juzgado de Investigación Preparatoria de Paucartambo, Juez Wald Duran Chicata, Especialista Liz Acuña Molle, Imputado NICANOR SÜLLCA MAMANI, agraviada SEGUNDINA PUMA LAURA; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución Nro. 01; Paucartambo, 02 de agosto del 2018: (...) SE RESUELVE: 1.CORRER TRASLADO a los sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES, para que en forma escrita a) observar formalmente la acusación, b) deducir excepciones y otros medios de defensa, c) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, d) pedir el sobreseimiento, e) instar la aplicación, si fuere el caso, de un criterio de oportunidad, f) ofrecer prueba para el juicio. 2. DESIGNAR abogado de oficio, para que asuma la defensa técnica del imputado NICANOR SULLCA MAMANI, al haberse advertido que no cuenta con defensa técnica, dejando a salvo el derecho del imputado para sustituirlo por abogado de su libre elección. 3. en aplicación del principio de celeridad procesal, señalase fecha para la diligencia de audiencia de Control de Acusación PARA EL DÍA CUATRO DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS ONCE Y TREINTA DE LA MAÑANA (hora exacta) audiencia que se realizara en las INSTALACIONES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUANCARANI. Paucartambo, 02 de agosto 2018.
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
J.S (06,07 Y 08)
EDICTO DE NOTIFICACIÓN - JIP PAUCARTAMBO Exp. 199-2018-0-1013-JR-PE-01, Juzgado de Investigación Preparatoria de Paucartambo, Juez Wald Duran Chicata, Especialista Liz Acuña Molle, Imputado CRISPIN QUISPE PUMALLICA, agraviada SORAIDA QUISPE QUISPE; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución Nro. 01; Paucartambo, 02 de agosto del 2018: (...) SE RESUELVE: 1.CORRER TRASLADO a los sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES, para que en forma escrita a) observar formalmente la acusación, b) deducir excepciones y otros medios de defensa, c) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, d) pedir el sobreseimiento, e) instar la aplicación, si fuere el caso, de un criterio de oportunidad, f) ofrecer prueba para el juicio. 2. DESIGNAR abogado de oficio, para que asuma la defensa técnica del imputado CRISPIN QUISPE PUMALLICA, al haberse advertido que no cuenta con defensa técnica, dejando a salvo el derecho del imputado para sustituirlo por abogado de su libre elección. 3. en aplicación del principio de celeridad procesal, señalase fecha para la diligencia de audiencia de Control de Acusación PARA EL DÍA CUATRO DE OCTUBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOCE Y TREINTA DE LA TARDE (hora exacta) audiencia que se realizara en las INSTALACIONES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUANCARANI. Paucartambo, 02 de agosto 2018. J.S (06,07 Y 08)
EDICTO DE NOTIFICACIÓN - JIP PAUCARTAMBO Exp. 201-2018-0-1013-JR-PE-01, Juzgado de Investigación Preparatoria de Paucartambo, Juez Wald Duran Chicata, Especialista Liz Acuña Molle, Imputado SERGIO ASCONA CJUNO, agraviado EPIFANÍA MELENDRES HUAMAN; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución Nro. 01; Paucartambo, 02 de agosto del 2018: (...) SE RESUELVE: 1.CORRER TRASLADO a los sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES, para gue en forma escrita a) observar formalmente la acusación, b) deducir excepciones y otros medios de defensa, c) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, d) pedir el sobreseimiento, e) instar la aplicación, si fuere el caso, de un criterio de oportunidad, f) ofrecer prueba para el juicio. 2. DESIGNAR abogado de oficio, para que asuma la defensa técnica del imputado SERGIO ASCONA CJUNO, al haberse advertido que no cuenta con defensa técnica, dejando a salvo el derecho del imputado para sustituirlo por abogado de su libre elección comunicándolo en forma inmediata al Juzgado, para ello, se notificará en su sede institucional al Defensor Público de la Provincia de Paucartambo, para que cumpla con su apersonamiento inmediato. 3. en aplicación del principio de celeridad procesal, señalase fecha para la diligencia de audiencia de Control de Acusación PARA EL DÍA CINCO DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA (hora exacta) audiencia que se realizara en las INSTALACIONES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHALLABAMBA. Paucartambo 02 de agosto 2018. J.S (06,07 Y 08)
EDICTO DE NOTIFICACIÓN - JIP PAUCARTAMBO Exp. 207-2018-0-1013-JR-PE-01, Juzgado de Investigación Preparatoria de Paucartambo, Juez Wald Duran Chicata, Especialista Liz Acuña Molle, Imputado DARWIN QUISPE DURAN, agraviado JULIA REYNA CONDORI APAZA; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución Nro. 01; Paucartambo, 02 de agosto del 2018: (...) SE RESUELVE: 1.CORRER TRASLADO a los sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES, para que en forma escrita a) observar formalmente la acusación, b) deducir excepciones y otros medios de defensa, c) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de
prueba anticipada, d) pedir el sobreseimiento, e) instar la aplicación, si fuere el caso, de un criterio de oportunidad, f) ofrecer prueba para el juicio. 2. DESIGNAR abogado de oficio, para que asuma la defensa técnica del imputado DARWIN QUISPE DURAN, al haberse advertido que no cuenta con defensa técnica, dejando a salvo el derecho del imputado para sustituirlo por abogado de su libre elección. 3. en aplicación del principio de celeridad procesal, señalase fecha para la diligencia de audiencia de Control de Acusación PARA EL DÍA CINCO DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA (hora exacta) audiencia que se realizara en las INSTALACIONES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHALLABAMBA. Paucartambo, 02 de agosto 2018. J.S (06,07 Y 08)
EDICTO DE NOTIFICACIÓN - JIP PAUCARTAMBO Exp. 196-2018-0-1013-JR-PE-01, Juzgado de Investigación Preparatoria de Paucartambo, Juez Wald Duran Chicata, Especialista Liz Acuña Molle, Imputado NICANOR PUMALIQUE PÉREZ, agraviado ANTOLINA AUCCAPURU TINTA; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución Nro. 01; Paucartambo, 02 de agosto del 2018: (...) SE RESUELVE: 1.CORRER TRASLADO a los sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES, para que en forma escrita a) observar formalmente la acusación, b) deducir excepciones y otros medios de defensa, c) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, d) pedir el sobreseimiento, e) instar la aplicación, si fuere el caso, de un criterio de oportunidad, f) ofrecer prueba para el juicio. 2. DESIGNAR abogado de oficio, para que asuma la defensa técnica del imputado NICANOR PUMALIQUE PÉREZ, al haberse advertido que no cuenta con defensa técnica, dejando a salvo el derecho del imputado para sustituirlo por abogado de su libre elección. 3. en aplicación del principio de celeridad procesal, señalase fecha para la diligencia de audiencia de Control de Acusación PARA EL DÍA CINCO DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DIEZ Y TREINTA DE LA MAÑANA (hora exacta) audiencia que se realizara en las INSTALACIONES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHALLABAMBA. Paucartambo 02 de agosto 2018. J.S (06,07 Y 08)
EDICTO DE NOTIFICACIÓN - JIP PAUCARTAMBO Exp. 216-2018-0-1013-JR-PE-01, Juzgado de Investigación Preparatoria de Paucartambo, Juez Wald Duran Chicata, Especialista Liz Acuña Molle, Imputado GREGORIO CASILLA CCOYA, agraviada menor LI.YE.HU.MA representado por YOVANA MAMANI CHAMPÍ; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución Nro. 01; Paucartambo, 02 de agosto del 2018: (...) SE RESUELVE: 1.CORRER TRASLADO a los sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES, para que en forma escrita a) observar formalmente la acusación, b) deducir excepciones y otros medios de defensa, c) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, d) pedir el sobreseimiento, e) instar la aplicación, si fuere el caso, de un criterio de oportunidad, f) ofrecer prueba para el juicio. 2. DESIGNAR ahogado de oficio, para que asuma la defensa técnica del imputado GREGORIO CASILLA CCOYA, al haberse advertido que no cuenta con defensa técnica, dejando a salvo el derecho del imputado para sustituirlo por abogado de su libre elección. 3. en aplicación del principio de celeridad procesal, señalase fecha para la diligencia de audiencia de Control de Acusación PARA EL DÍA ONCE DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS ONCE Y TREINTA DE LA MAÑANA(hora exacta) audiencia que se realizara en la SALA DE AUDIENCIA DEL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE PAUCARTAMBO. Paucartambo, 02 de agosto 2018. J.S (06,07 Y 08)
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EDICTO DE NOTIFICACIÓN - JIP PAUCARTAMBO Exp. 219-2018-0-1013-JR-PE-01, Juzgado de Investigación Preparatoria de Paucartambo, Juez Wald Duran Chicata, Especialista Liz Acuña Molle, Imputado BARTOLOMÉ DOMINGO TACÜRI SONCCO, agraviado LUZMARINA CURASI MAMANI; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución Nro. 01; Paucartambo, 02 de agosto del 2018: (...)SE RESUELVE: 1.CORRER TRASLADO a los sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES, para que en forma escrita a) observar formalmente la acusación, b) deducir excepciones y otros medios de defensa, c) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, d) pedir el sobreseimiento, e) instar la aplicación, si fuere el caso, de un criterio de oportunidad, f) ofrecer prueba para el juicio. 2. DESIGNAR abogado de oficio, para que asuma la defensa técnica del imputado BARTOLOMÉ DOMINGO TACURI SONCCO, al haberse advertido que no cuenta con defensa técnica, dejando a salvo el derecho del imputado para sustituirlo por abogado de su libre elección. 3. en aplicación del principio de celeridad procesal, señalase fecha para la diligencia de audiencia de Control de Acusación PARA EL DÍA CINCO DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS ONCE Y TREINTA DE LA MAÑANA (hora exacta) audiencia que se realizara en las INSTALACIONES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHALLABAMBA. Paucartambo, 02 de agosto 2018. J.S (06,07 Y 08)
EDICTO DE NOTIFICACIÓN - J1P PAUCARTAMBO Exp. 095-2017-23-1013-JR-PE-01, Juzgado de Investigación Preparatoria de Paucartambo, Juez Wald Duran Chicata, Especialista Liz Acuña Molle, Imputado AURELIO QUISPE APAZA, agraviada herederos legales de Q.E.V.F Emilia Condori Ccapa, representado por Valentín Condori Apaza; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución Nro. 01; Paucartambo, 04 julio del 2018: (...) SE RESUELVE: CORRER TRASLADO a los sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES, a efectos de que dentro del mismo puedan por escrito: formular oposición a la solicitud de sobresemiento; de conformidad al numeral 2 del articulo 345° del Código Procesal Penal; asimismo se dispuso citar a audiencia para el día VEINTINUEVE DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECIOCHO a las ONCE Y TREINTA DE LA MAÑANA, (hora exacta) para la realización de la audiencia de sobreseimiento en la SALA DE AUDIENCIAS del Juzgado de Investigación Preparatoria de Paucartambo, ubicado en el Pasaje Colon s/n, con la presencia del Fiscal y de los demás sujetos procesales, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada del representante del Ministerio Publico de ponerse en conocimiento de su Superior. Paucartambo 30 de julio 2018 J.S (06,07 Y 08)
EDICTO DE NOTIFICACIÓN - JIP PAUCARTAMBO Exp. 167-2018-4-1013-JR-PE-01, Juzgado de Investigación Preparatoria de Paucartambo, Juez Wald Duran Chicata, Especialista Liz Acuña Molle, Imputado VANESA TORRES BUSTAMANTE, agraviados Ángel Rodolfo Ochoa Bejar, Denis Carrasco Valenzuela, y los herederos legales de QEVF.LIZHAL GELCYS ALVARADO CABALLERO, representado por Rafael Ángel Albarado Rubina, y Gladys Sarita Caballero de Alvarado, y los herederos legales de QEVF HUAQIU GAN, representado por su progenitora Liao Yu Ying; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución Nro. 01; Paucartambo, 30 de JULIO del 2018: (...) SE RESUELVE: 1.CORRER TRASLADO a los sujetos procesales por el plazo perentorio de 05 DÍAS ÚTILES, para que en forma escrita a efectos de que puedan por escrito pronunciarse acerca de la procedencia del proceso de terminación anticipada y, en su caso, formular sus pretensiones. (...). 5 Asimismo en aplicación del principio de celeridad procesal, señalase fecha para la diligencia de audiencia de Terminación anticipada PARA EL DÍA VEINTINUEVE DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DIEZ Y TREINTA DE LA MAÑANA {hora
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La República
exacta) audiencia que se realizara en la PRIMERA SALA DE AUDIENCIAS DEL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE PAUCARTAMBO, con la presencia obligatoria del Fiscal, el imputado y su abogado defensor, bajo apercibimiento en caso de la inconcurrencia injustificada de aquellos de declararse inadmisible el requerimiento. Paucartambo, 30 de julio 2018. J.S (06,07 Y 08)
EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Mixto y Penal Liquidador de Anta, despachado por el Magistrado Mario Sota Álvarez, bajo la actuación de la Secretaria Judicial Marcia Nataly Tejada Flores se tramita el Proceso N° 00263-2018-0-1004-JM-FT-01, en la que por resolución N° 01 de fecha 01.06.2018 se dispuso notificar por edictos a DORIS APAZA QUISPE a fin de que se apersone al local del Juzgado a prestar su declaración en audiencia inmediata, respecto al presunto estado de abandono de su menor hija KAREN APAZA QUISPE, así mismo se dispuso aperturar investigación tutelar por abandono moral y material a favor de la referida menor en contra de su progenitora Doris Apaza Quispe. Lo que se publica para los fines de ley. Anta, 01 de agosto del 2018 J.S (06,07 Y 08)
EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Mixto y Penal Liquidador de Anta, despachado por el Magistrado Mario Sota Alvarez, bajo la actuación de la Secretaria Judicial Irma G. Cutipa Gonzales se tramita el Proceso N° 00227-2017-0-1004-JM-FT-01. sobre violencia familiar, seguido en contra de Salome Vargas Huaman en agravio de Madely Hermoza Paniagua, en la que por resolución N° 08 de fecha 28-05-2018, se dispuso notificar por edictos a SALOME VARGAS HUAMAN, por lo que se procede a notificar a la referida denunciada el extracto del AUTO FINAL contenido en la resolución N° 09 de fecha 25 de junio del 2018 por el cual se dicta las siguientes medidas de protección: A. ORDENAR que SALOME VARGAS HUAMAN y MADELY HERMOSA PANIAGUA SE ABSTENGAN de todo acto de violencia física y psicológica, así como toda forma de acoso u hostigamiento mutuo. B. ORDENAR que SALOME VARGAS HUAMAN y MADELY HERMOSA PANIAGUA protagonicen actos de violencia familiar delante del menor JEREMY YONATAHAN PAREDES HERMOZA C. RECOMENDAR a la denunciada SALOME VARGAS HUAMAN y MADELY HERMOSA PANIAGUA a que mantengan una conducta armoniosa en base a la comunicación y al dialogo. Estas medidas de protección son de cumplimiento obligatorio para SALOME VARGAS HUAMAN y MADELY HERMOSA PANIAGUA, por tanto su desobediencia, incumplimiento o resistencia genera la comisión del delito de resistencia o desobediencia a la autoridad, previsto en el artículo 368° del Código Penal 1 como lo prevé el artículo 24° de la Ley N° 30364, al margen del inicio del proceso penal conforme a las reglas del Código Procesal Penal. I. GÍRESE OFICIO a la Comisaria sectorial de Anta, anexando copia de esta acta, a fin de realizar el seguimiento de las medidas de protección dictadas conforme lo establece el artículo 45° del Decreto Supremo que aprueba el reglamento de la Ley N° 30364. 2. NOTIFÍQUESE a las partes procesales con la presente resolución conforme a ley, por no haber concurrido a la audiencia especial fijada en el presente caso, pese a estar válidamente notificadas. 3. REMITIR el expediente a la Fiscalía Penal de Anta, para los fines legales consiguientes con oficio de atención, y así dar por concluido trámite judicial en este Juzgado. Hágase Saber. Lo que se publica para los fines de ley. Anta, 02 de julio del 2018. J.S (06,07 Y 08)
EDICTO PENAL Exp Nro. 0234-2018-73-1004-JR-PE-01 El Juzgado Penal Unipersonal de Anta. Secretaria: Vanessa Ccohua Mayta. Se cita, y emplaza a ALEXZANDERT MAYTA CORVACHO,
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por delito contra la Familia, en la modalidad de Omisión de Asistencia Familiar, sub tipo Incumplimiento de Obligación Alimentaria, en agravio de su menor hijo representado por su progenitora Riña Esther Ccoya Quispe; se tiene que mediante resolución numero 01 de fecha 31 de julio del 2018 se dispone la notificación vía edicto de la resolución N° 1, en la cual SE RESUELVE: CITAR A LA AUDIENCIA ÚNICA DE JUICIO INMEDIATO, la misma que se realizará el DÍA NUEVE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS TRES Y TREINTA DE LA TARDE (15:30 PM) (hora exacta) en la Sala de Audiencias del Juzgado Penal Unipersonal de Anta. NOTIFIQUESE a las partes procesales para que concurran obligatoriamente a la citada audiencia. 2.1. AL ACUSADO: ALEXZANDERT MAYTA CORVACHO mediante edictos judiciales, conforme se hizo en el Juzgado de Investigación Preparatoria, así como en su domicilio procesal en la Casilla Electrónica N° 68161; para el caso del juzgamiento que se ha de verificar en el mismo acto. (....) Anta, 02 de Agosto del 2018 J.S (06,07 Y 08)
NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO A LA PERSONA DE ROLANDO VILLEGAS CONDORI Ante el Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Maranura que despacha el Juez Supernumerario Francisco Ponce Atencio, bajo la actuación de la Especialista de Juzgado Betsy Roció Séneca Condori, se viene tramitando el Proceso Penal signado con el Nro.23-2014-45-NCPP, seguido contra ROLANDO VILLEGAS CÓNDOR/, por la presunta comisión del Delito de Actos contra el pudor, en agravio de de los menores de iniciales MA.LU.PEJ?E, en la cual se ha dispuesto la notificación vía edicto al imputado ROLANDO VILLEGAS CONDORI, a fin de que concurra con su abogado de su libre elección a LA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN REPROGRAMADA PARA EL DÍA VEINTITRÉS DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS DOS DE LA TARDE en el Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Maranura, bajo apercibimiento de designarse un defensor de oficio. Maranura, 02 de agosto del 2018. J.S (06,07 Y 08)
Miércoles, 8 de agosto del 2018
respectivo. 4. Designa como defensor del imputado defensor Publico RAÚL BARRIENTO CHIPANA, quien podrá intervenir en todas las diligencias y podrá hacer uso de todos los medios de defensa que la Ley le reconoce. 5. SE DISPONE en este acto, el archivamiento provisional del presente proceso, mientras sea habido el acusado y sea puestos a disposición de éste Juzgado. 6. NOTIFÍQUESE con la presente resolución a los inconcurrentes y especialmente al acusado declarado Reo Ausente en su domicilio real fijado en autos, debiendo notificarse mediante edictos bajo responsabilidad. Cusco, agosto 02 de 2018. J.S (06,07 Y 08)
NOTIFICACION JUDICIAL Señor : NICOLÁS AGUILAR HUILLCA; en el Expediente N° 001-2017-0-1007-JM-CI-02, seguido contra Ud., por Isabel Inés Lupaca Surco y Luis Eduardo Lupaca Surco sobre TERCERÍA EXCLUYENTE DE PROPIEDAD, tramitado ante el Juzgado Mixto de Sicuani - Canchis- Cusco; se ha ordenado su notificación con el extracto de las siguientes resoluciones: Resolución N°. 07: Sicuani, 24 de abril del 2018.- (...) NOTIFÍQUESE al demandado Nicolás Aguilar Huillca mediante el Diario Oficial El Peruano y el Diario Judicial de Cusco (...) por tres días hábiles consecutivos, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal.- Firman: Juez: Gilda Zea Núñez.- Secretaria: Francisca Llanos Fora.Resolución N° 01 (Auto admisorio): Sicuani, 01 de marzo del 2017.- (...) Admitir a trámite la demanda interpuesta por Isabel Inés Lupaca Surco y Luis Eduardo Lupaca Surco, sobre Tercería Excluyente de propiedad (...) contra Pió Lupaca Díaz y Nicolás Aguilar Huillca, en la vía del proceso Abreviado, en consecuencia córrase traslado de la demanda por el plazo de diez días, bajo apercibimiento de declararse rebelde (...) H.S.- Firman: Juez Karina Verónica Echegaray Vidal, Secretaria: Elena Pino Ccoricasa.- Se notifica para los fines consiguientes. Sicuani, 02 de mayo del 2018. FRANCISCA LLANOS FORA SECRETARIA JUDICIAL
EDICTO PENAL TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CUSCOSEDE CENTRAL. Expediente: 883-2018-36-1001-JR-PE-05. Secretaria: Agripina Usca Caviedes. El Señor juez del Tercer Juzgado Penal Unipersonal de Cusco, Dr. Carlos Adalberto Román Gil, en el proceso Nro. 883-2018-36-1001-JR-PE-05 seguido en contra de MARCO ANTONIO HUILLCA CHAMPÍ por el delito Contra La Vida, el Cuerpo y la Salud, en su modalidad de Lesiones, subtipo Lesiones por Violencia Familiar, en agravio de Margarita Bedoya Quispe, EMPLAZA a la persona de Marco Antonio Huillca Champi con el tenor de la resolución N° 8 que RESUELVE: 1. Declarar FRUSTRADA la instalación de la presente audiencia por inconcurrencia del acusado. 2. SE DECLARA REO AUSENTE al acusado MARCO ANTONIO HUILLCA CHAMPÍ, identificado con DNI Nro. 41405083, de 46 años, de estado civil Soltero, nacido el 30 de octubre del año 1972, natural del Distrito de Echarate, Provincia de la Convención del Departamento del Cusco, hijo de Mariano y Genara, con domicilio real en Calle Los Jardines Lote 04, del distrito de San Jerónimo, provincia y departamento de Cusco, con domicilio procesal en la casilla electrónica Nro.55074, como presunto AUTOR de la comisión del Delito Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud, en su modalidad de Lesiones, en su forma de agresión en CONTRA DE LA MUJER, previsto y tipificado en el artículo 122°-B el primer párrafo del Código Penal, concordante con el articulo 108-B primer párrafo, inciso 1) de Código Penal, en agravio de MARGARITA BEDOYA QUISPE 3. SE DISPONE LA CONDUCCIÓN COMPULSIVA del acusado Y MARCO ANTONIO HUILLCA CHAMPÍ, declarado Reo Ausente, debiendo la especialista de audiencia girar el oficio
P. 6891200 F. (07, 08 Y 09 AGO)
EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Mixto de Quispicanchi, que dirige la Señora Juez Doctora ANA CECILIA SOTOMAYOR TEJADA, bajo la actuación del Secretario Judicial Abogado MANUEL JUAN CORDERO SANCHEZ, se viene tramitando el Proceso Civil No. 071-2018-CI, se ha dictado la siguiente resolución: AUTO ADMISORIO DE DEMANDA. Res. No. 02. Urcos, 02 de Julio del año 2018. Donde SE RESUELVE: admitir la demanda interpuesta por MERCEDES MAMANI HUAYLLANI, sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, del predio rústico “ SUNCHUBAMBA “ ubicado en el distrito de Ccatcca de la Provincia de Quispicanchi, contra el Ministerio de Agricultura, Demanda que deberá ser tramitada en la VIA del PROCESO ABREVIADO, Córrase traslado a la parte contraria por el plazo de DIEZ DIAS, bajo apercibimiento de declararse su rebeldía; con citación de los colindantes: La Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones.- De conformidad a lo establecido en el artículo 506 del Código Procesal Civil PUBLIQUESE el extracto del auto admisorio mediante edictos, en el Diario Oficial el Peruano o en el Diario Judicial del Cusco. Y, por radio difusión por cinco días consecutivos, por el término de ley. Urcos, 23 de Julio del 2018. MANUEL JUAN CORDERO SÁNCHEZ SECRETARIO JUDICIAL
P. 6891329 F. (07, 08, 09, 10 Y 13 AGO)
PRIMER REMATE JUDICIAL EN EL PROCESO SOBRE O.D.S.D. EXPEDIENTE N°011612016-0-1018-JP-CI-01, SEGUIDO POR MARTHA ZUÑIGA NIETO EN CONTRA DE ARTURO SUELDO CHALLHUA; LA JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO SEDE SANTIAGO -CUSCO, DRA. BASILISKA V. DUEÑAS ZUÑIGA, ESPECIALISTA LEGAL CARMEN ROSA DELGADO SANCHEZ, HA NOMBRADO AL MARTILLERO PUBLICO DR. WITMAN ARMANDO SALAS PACHECO, CON REG. N°190. QUIEN HA SEÑALADO CON LA FACULTAD CONFERIDA, LA DILIGENCIA DEL PRIMER REMATE, QUE SE LLEVARÁ A CABO, EL DIA 20 DE AGOSTO DEL 2018, A LAS 10:00 HORAS, ACTO QUE SE EJECUTARA EN EL FRONTIS DE LOCAL DEL JUZGADO, SITO EN LA AV. MICAELA BASTIDAS S/N, ZARZUELA ALTA, SANTIAGO, CUSCO. SOBRE EL BIEN INMUEBLE NO INSCRITO: STAND COMERCIAL N° G-35, DE LA ASOCIACION DE COMERCIANTES VIRGEN ASUNTA, CON UNA AREA DE 30M2, UBICADO EN LA CALLE PROFESIONALES N°286, DEL SECTOR DE HUANCARO, SANTIAGO, CUSCO, CUSCO. PREDIO MATRIZ SE ENCUENTRA ISNCRITO EN LA PARTIDA REGISTRAL N°02026653 DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE LA ZONA REGISTRAL N°X, SEDE-CUSCO TASACION TOTAL: US$.33,494.24 DOLARES AMERICANOS; PRECIO BASE US$.22,329.49 DOLARES AMERICANOS, DEPOSITO PARA SER POSTOR 10% DEL VALOR DE TASACION (US$.3,349.42 DOLARES AMERICANOS), EN EFECTIVO O CHEQUE DE GERENCIA GIRADO A SU NOMBRE, MAS PAGO DEL ARANCEL JUDICIAL POR DERECHOS DE PARTICIPACION COMO POSTOR. AFECTACIONES Y CARGAS: 1).- MEDIDA CAUTELAR FUERA DEL PROCESO DE EMBARGO DE INMUEBLE SIN INSCRIPCION REGISTRAL, RECAIDA POR LA RESOLUCION NRO 1 DEL CUADERNO CAUTELAR DEL PRESENTE PROCESO JUDICIAL. HASTA POR LA SUMA DE S/36,000.00 SOLES DE UNA DEUDA DE S/30,000.00 SOLES MAS INTERESES LEGALES, COSTOS Y COSTAS DEL PROCESO. SE DESCONOCEN OTRAS AFECTACIONES. HONORARIOS DEL MARTILLERO ESTARAN A CARGO DEL ADJUDICATARIO DEL ACTO DEL REMATE. MARTILLERO PÚBLICO, DR. W. ARMANDO SALAS PACHECO REG. N° 190. CEL. 959648263, RPM: #959648263 CUSCO, 2018-07-30 CARMEN ROSA DELGADO SÁNCHEZ SECRETARIA JUDICIAL W. ARMANDO SALAS PACHECHO MARTILLERO PÚBLICO P. 6891298 F. (07, 08, 09, 10, 13 Y 14 AGO)
PRIMER REMATE En los seguidos por SCOTIABANK PERU S.A.A. en contra de JUBER TORRES QUIÑONES, sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍAS; Expediente 00010-2017-0-1001-JR-CI-02; el señor Juez del Segundo Juzgado Civil de Cusco, Sede Central, Dr. Eliot Alcibiades Zamalloa Cornejo, Especialista Legal Dra. Saida Chiun Manco, ha autorizado a la suscrita Martiliero Publico Marlene Cleofe Flores de Mendoza, con registro N° 318, sacar a REMATE el inmueble ubicado en: DEPARTAMENTO 401, INDEPENDIZADO DE LA FRACCION E’ 29, 30 - A UBICADO EN LA CALLE SIN NOMBRE DEL EX FUNDO SANTUTIS O SACASHUAYLLA, EN EL DISTRITO DE SAN SEBASTIAN, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO, INSCRITO EN LA PARTIDA N° 11048013, DE LA ZONA REGISTRAL N° X - SEDE CUSCO, OFICINA REGISTRAL CUSCO, DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS; VALOR DE TASACIÓN: S/382,775.62 (Tres cientos ochenta y dos mil setecientos setenta y cinco con 62/100 soles); PRECIO BASE: S/255,183.75 (Dos cientos cincuenta y cinco mil ciento ochenta y tres con 75/100 soles), equivalente a las 2/3 partes del valor de tasación del inmueble materia del presente; AFECTACIONES: 1) HIPOTECA.-Hasta por la suma de US$69,500.10 dólares americanos a favor de Scotia-
Miércoles, 8 de agosto del 2018
bank Perú Sociedad Anónima Abierta, así consta inscrito en el asiento D00005, del rubro gravámenes y Cargas, materia de ejecución; 2) EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION.- Hasta por la suma de S/68,968.12 a favor de Mi Banco Banco de la Microempresa S.A., así consta inscrito en el asiento D00007, del rubro gravámenes y Cargas; 3) EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION.- Hasta por la suma de US$5,000.00 a favor de PROMOTORA OPCION S.A. EAFC, así consta inscrito en el asiento D00008, del rubro gravámenes y Cargas; 4) ANOTACION DE DEMANDA.- Ordenada por el Sr. Juez del Segundo Juzgado Civil - Cusco, seguido por Scotiabank Perú S.A.A, contra Juber Torres Quiñones, así consta inscrito en el asiento D00009, del rubro gravámenes y Cargas, afectaciones que se hallan inscritas en la partida N° 11048013, de la Zona Registral N° X - Sede Cusco, Oficina Registral Cusco, de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos; DIA Y HORA DE REMATE: LUNES 20 DE AGOSTO DEL 2018 A HORAS 10:00 (DIEZ) AM.; LUGAR DEL REMATE: Se realizara en LA OFICINA DE ADMINISTRACIÓN DEL MODULO CIVIL (2o PISO), UBICADO EN LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICA DE CUSCO, AV. EL SOL S/N - CUSCO.; LOS POSTORES: Depositaran no menos del diez por ciento (S/38,277.60) del valor de la tasación, en efectivo o en cheque de gerencia (negociable) a su nombre. Presentaran Tasa Judicial por derecho de participar en remate, consignando número de expediente, Juzgado y Documento Nacional de Identidad. El Adjudicatario abonará el saldo del precio de remate dentro del tercer día de realizado el acto de la subasta pública, caso contrario perderá la suma depositada sin lugar a reclamo. Los honorarios del Martiliero Público, más el IGV, son por cuenta de la parte adjudicataria, finalizada la diligencia del remate de conformidad a lo establecido por la Ley del martiliero Público. SAIDA CHIUN MANCO ESPECIALISTA LEGAL MARLENE FLORES DE MENDOZA MARTILLERO PÚBLICO P. 6891245 F. (07, 08, 09, 10, 13 Y 14 AGO)
SEGUNDO REMATE JUDICIAL En los seguidos por Asociación Arariwa con Francisca Ccanchi Yana sobre Ejecución de Garantías, Expediente N° 0090-2014, la Señora Juez del Juzgado Civil de Sicuani, Dra. Liliam Selene Monasterio Alarcón y Especialista Legal Dra. Indyra Raysha Paredes Sanca, ha dispuesto sacar a Remate lo siguiente: Centro Poblado Pitumarca, Manzana Q, Lote 5, (Jr. Pumacahua s/n), Distrito de Pitumarca, Provincia de Canchis, Departamento de Cusco, cuyas demás características se encuentran inscritas en la Partida N° P59008745 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Sicuani, Zona Registral N° X Sede Cusco. 2. TASACIÓN: SI. 105.757.09 (Ciento cinco mil setecientos cincuenta y siete con 09/100 soles). 3. BASE DEL REMATE: S/. 59,929.02 (Cincuenta y nueve mil novecientos veintinueve con 02/100 Soles) equivalentes a las 2/3 partes del valor de Tasación, menos el 15%. 4 - GRAVAMENES: A) Hipoteca.- Hasta por la suma de S/. 25,000.00 a favor de Asociación Arariwa, según Escritura Pública, inscrita en el asiento 00004 de la Partida N° P59008087 del Registro de Propiedad Inmueble del Cusco. Fecha de Inscripción 28/10/10. 5. DIA Y HORA DEL REMATE: 26 de Septiembre del 2018 a las 4:00 de la tarde. 6. LUGAR DEL REMATE: Local del Juzgado Civil de Sicuani, sito en Av. San Martin s/n San Felipe, Sicuani, Canchis, Cusco. 7. POSTORES: Los postores Oblarán el equivalente al 10% de! valor de tasación, en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre, presentarán DNI, Arancel Judicial por derecho a participar en Remate con el N° de Expediente, Juzgado correspondiente, y N° de DNI del postor (con copia de estos). Adjudicatario cancela Honorarios de la Martiliera conforme a ley. El remate será realizado por María Ángela Zeballos Alva, Martiliera Pública con Reg. N°142. Cel. 998706190,
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SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
INDYRA RAYSHA PAREDEZ SANCA SECRETARIA JUDICIAL MA. ANGELA ZEBALLOS A. MARTILLERA PÚBLICA P. 6891495 F. (07, 08 Y 09 AGO) EDICTO PENAL CUADERNO DE DEBATES Nº 04775-2018-25-1001-JRPE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: CLEOFE HUAMAN ANCCO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza al procesado JUAN PABLO CANSAYA VARGAS, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA MARTES 19 DE MARZO DEL 2019 A HORAS 09:00 DE LA MAÑANA (hora exacta); acto que se llevara a cabo, en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial, ubicado en Av. Sol S/N – Palacio de Justicia-Segundo Piso, vía enlace por video conferencia con la sala de audiencia de los juzgados penales de la Convención. Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES Nº 04775-2018-25-1001-JR-PE-01, como presunto autor de la comisión del delito contra la libertad, en la modalidad de violación de la libertad sexual, sub tipo actos contra el pudor, en agravio de la menor de iníciales Yo.CCa.Ba, representada por su progenitora Aurelia Bautista Huaranca.Cusco, 03 de Agosto del 2018. J. S. (07.08 Y 09 AGO)
NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de Paucartambo que Despacha el señor Juez Wald Duran Chicata, bajo la actuación de la secretaria Judicial Liz Dennis Acuña Molle, se ha dispuesto mediante resolución 05 del 01 de agosto del 2018, la notificación vía edicto en el expediente N° 009-2017-72-1013-JR-PE seguido contra Julián Rocca Quispe y otros, con la resolución 05 del 01 de agosto del 2018, en consecuencia, NOTIFIQUESE al acusado JULIÁN ROCCA QUISPE, que mediante RESOLUCIÓN 05 del 01 de agosto del 2018 este Despacho DISPONE: (...) 1) DECLARAR FRUSTRADA la presente audiencia por defecto en la notificación al imputado Franc Kenedy Vargas Trauco. 2) REPROGRAMAR la presente audiencia para el día VEINTISIETE DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS DIEZ HORAS CON TREINTA MINUTOS, a llevarse a cabo en esta misma sala de audiencias del juzgado de investigación preparatoria de la ciudad de Paucartambo. 3) SE DISPONE la notificación del imputado Frank Kenedy Vargas Trauco, a si como a los demás justiciables con copia de esta resolución. JUEZ: Integrando la resolución cinco, emitida precedentemente, DISPONE que en relación al imputado JULIÁN ROCCA QUISPE, atendiendo a que se desconoce el lugar exacto de su domicilio real, ubicado en la calle 12 de enero N° 224 Huaypetue -Manu - Madre de Dios, e incluso no ha sido válidamente notificado inclusive por la fiscalía, en consecuencia desconociéndose su domicilio real, se dispone que con arreglo al artículo 128° del Código Procesal Penal se le notifique mediante edictos, que se publicarán en el diario judicial de Cusco, bajo responsabilidad. H.S.J. S. (07.08 Y 09 AGO)
EDICTO JUDICIAL Se hace constar que ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Santiago, bajo la dirección del Juez Manuel Sánchez Kcana, con la actuación de la Secretaria Judicial Flor de María Espinoza Joyas, se viene tramitando el proceso N° 3028-2016-PE, seguido por faltas contra la Persona en la modalidad de Lesiones Dolosas contra el imputado WALTER CABEZA QUISPE EN AGRAVIO DE EVARSITA CHECCA MECHE, para cuyo efecto se ha reprogramado la verificación de la audiencia única el día CATORCE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS TRES Y CUARENTA DE LA TARDE EN EL LOCAL
DEL JUZGADO-MODULO BÁSICO DE SANTIAGO; oportunidad en que el imputado deberá concurrir acompañado de su abogado defensor, se decreta que en caso de inconcurrencia de la denunciante se dará por desistida tácitamente de su denuncia y se dispondrá el archivamiento del proceso. Se publica el presente EDICTO JUDICIAL para los fines de ley. Santiago, 01 de agosto del 2018. J. S. (07.08 Y 09 AGO)
EDICTO PENAL SEÑOR: ANDY CCANSAYA MOREANO La señora Juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dra. Sonia Álvarez Mendoza, en el proceso Nro. 1397-2017-83-1001-JR-PE-07, seguido contra ANDY CCANSAYA MOREANO con D.NJ. 45427556, por el delito Contra la Familia, en la modalidad de omisión de Asistencia Familiar, Sub tipo INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, en agravio del menor de iniciales M.F.C.H., representado por Luz Marina Huaman Condori, bajo la actuación de la Especialista Judicial de Juzgado, Giovana Lazo Cárdenas, se ha dispuesto notificar con la Resolución N° 03 de fecha veintitrés de julio del dos mil dieciocho y el extracto del requerimiento fiscal de Proceso Inmediato al citado procesado, cuyo contenido es el siguiente: REQUERIMIENTO DE REVOCATORIA DE PENA.- El Primer Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Cusco, presenta REQUERIMIENTO DE REVOCATORIA DE PENA contra ANDY CCANSAYA MOREANO, como autor del delito Contra la Familia, en la modalidad de omisión de Asistencia Familiar, Sub tipo INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, ANDY CCANSAYA MOREANO; en virtud a que sentenciado no ha cumplido con las reglas de conducta impuestas en la sentencia emitida en fecha dieciséis de febrero del dos mil dieciocho, en donde se le condenó a diez meses de pena privativa de la libertad suspendida en su ejecución por el plazo de un año; por lo que la representante de Ministerio Publico, solicita REVOCAR EL PERÍODO DE PRUEBA DE PENA SUSPENDIDA, DEBIENDO CONVERTIRSE EN EFECTIVA. RESOLUCIÓN N° 03. Cusco, veintitrés de julio Del año dos mil dieciocho. PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Conforme queda registrado en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se trascribe. SE RESUELVE: 1. DECLARAR FRUSTRADA la instalación de esta audiencia Y DISPONER LA REPROGAMACION de la misma PARA EL 27 DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS 14:30,ACTO QUE SE REALIZARA EN LA EN LA SEGUNDA SALA DEL MODULO PENAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO. 2. SE EXHORTA al personal encargado del presente proceso, a efecto de que en el día y bajo responsabilidad se emitan LOS EDICTOS correspondientes, debiendo ser remitido al Diario Judicial, a efecto de que tenga que llevarse a cabo las publicaciones conforme a ley, con la finalidad de preservar el Derecho de Defensa que le asiste al sentenciado ANDY CCANSAYA MOREANO. Cusco, 03 de agosto del 2018. J. S. (07.08 Y 09 AGO)
NOTIFICACIÓN POR EDICTO Sra. MARÍA CONSUELO GUEVARA HERNÁNDEZ Se pone en conocimiento lo siguiente: Ante el Cuarto Juzgado Penal Unipersonal del Cusco bajo la dirección del señor Juez Dr. Jimmy Alan Manchego Enríquez y actuación del especialista legal Aurelio Román Villacorta, se viene tramitando la causa penal N° 5457-2017-46, seguido contra MARÍA CONSUELO GUEVARA HERNÁNDEZ como presunta autora, por la comisión del delito CONTRA LA CONFIANZA Y BUENA FE EN LOS NEGOCIOS, en la modalidad de LIBRAMIENTO Y COBROS INDEBIDOS, sub tipo LIBRAMIENTO INDEBIDO, en agravio de ELIO MARIO AVILA MUÑOZ; donde se ha dispuesto lo siguiente: RESOLUCIÓN N° 1- Cusco, tres de agosto del dos mil dieciocho.- (...) 1.- 1.- CITAR A JUICIO ORAL, en la presente causa seguida contra MARÍA CONSUELO GUEVARA HERNÁNDEZ
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como presunta autora, por la comisión del delito CONTRA LA CONFIANZA Y BUENA FE EN LOS NEGOCIOS, en la modalidad de LIBRAMIENTO Y COBROS INDEBIDOS, sub tipo LIBRAMIENTO INDEBIDO, previsto y tipificado en el primer párrafo numeral 6 del artículo 215 del Código Penal, en agravio de ELIO MARIO AVILA MUÑOZ; cuyo acto procesal se realizará el día VEINTIOCHO DE OCTUBRE del año dos mil DIECINUEVE, a horas DOCE del medio día (hora exacta) en la quinta sala de audiencias ubicado en el tercer nivel del Palacio de Justicia de Cusco, acto al cual comparecerá la imputada MARÍA CONSUELO GUEVARA HERNÁNDEZ, asistido por Abogado de su elección o el defensor de oficio que se le designe oportunamente, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia de declararse REO CONTUMAZ y disponerse su conducción compulsiva por la fuerza pública; para cuyo efecto NOTIFÍQUESE en su domicilio real y procesal señalado en autos (consignados en la acusación escrita y auto de enjuiciamiento).- Teniendo en cuenta que la imputada María Consuelo Guevara Hernández, con los requerimiento efectuados por el Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria, no ha sido notificado en su domicilio real del Jirón Circunvalación Mz-lote 3 de Cajamarca donde al parecer la referida imputada ya no domicilia; consiguientemente al ignorarse su domicilio real actual, se DISPONE que la acusada MARÍA CONSUELO GUEVARA HERNÁNDEZ sea notificado también con la presente resolución (citación ajuicio oral) mediante EDICTOS en el diario Judicial. (...). J. S. (07.08 Y 09 AGO)
EDICTO JUDICIAL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CALCA Mediante el presente se cita, llama y em.pla.za a los acusados CIRILO GONZALES QUISPE, sin D.N.I., nacido el 23/03/1992; en el proceso Nro. 257-2018, seguida en su contra como AUTOR por la presunta comisión del delito Contra la Vida el Cuerpo y la Salud en su modalidad de Lesiones, Subtipo AGRESIONES EN CONTRA DE INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR, en agravio MARINES CONTRERAS NAYHUA, y tenga a bien CONCURRIR el día CUATRO DE SETIEMBNRE DEL DOS MIL DIECIOCHO, a las NUEVE DE LA MAÑANA (hora exacta), a la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN, que ha de llevarse a cabo en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de esta provincia, ubicada en el Primer Nivel del local del Juzgado, Avenida Vilcanota 869 - Calca, con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado defensor del imputado. Calca, 03 de agosto del 2018. J. S. (07.08 Y 09 AGO)
EDICTO PENAL EXP: N° 00173-2018-0-1010-JR-PE-01. JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE ECHARATI. ESPECIALISTA DE CAUSA: Luis Carlos Carranza Cárdenas Se emplaza A Alexander Huamán Peña, con DNI N° 48660117. Se ha dispuesto notificar con un extracto cuyo contenido es el siguiente: Resolución Nro. 02 Echarati, veinticuatro de julio Del año dos mil dieciocho.- Teniéndose en cuenta a la constancia que antecediese y estando a la devolución de la cédula N° 2831-2018-JR-PE; REQUIÉRASE al representante del Ministerio Público para que cumpla con precisar la dirección domiciliaria actual de ALEXANDER HUAMAN PEÑA, a fin de que pueda ser notificado y siendo imposible la ; realización de la audiencia programada y conforme lo precisado REPROGRAMESE LA AUDIENCIA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO PARA EL DÍA VEINTE DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS ONCE DE LA MAÑANA (HORA EXACTA) en la sala de audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Echarati, subsistiendo los apercibimientos decretados en autos. PRECÍSESE que la presente citación se realiza en dicha fecha debido a la recargada agenda del Magistrado de este Juzgado, por existir diligencias programadas con anticipación en otros procesos tramitados en este Despacho. Asimismo notifíquese mediante edictos al imputado ALEXANDER HUAMAN PEÑA, con la respectiva resolución que cita audiencia.-
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EDICTO JUDICIAL EPX. N° 00127-2018-0-1010-JR-PE-01 JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA - Sede de Echarati ESPECIALISTA JUDICIAL: LUIS CARLOS CARRANZA CÁRDENAS. Se emplaza al señor RELY HUAMAN NOA, con la resolución N° 03 de fecha, treinta de julio del 2018. RESOLUCIÓN N° 03. Echarati, treinta de julio Del año dos mil dieciocho. VISTOS Y OÍDOS: Respecto de la constancia dejada por este despacho Judicial. PARTE CONSIDERATIVA: Se deja registro en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe: SE RESUELVE: PRIMERO.- DECLARAR FRUSTRADA la instalación de la presente audiencia por no estar debidamente notificado el imputado. SEGUNDO.- DISPONER LA REPROGRAMACIÓN de la presente audiencia para ser llevada a cabo el DÍA LUNES VEINTE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS ONCE DE LA MAÑANA, en esta misma sala de audiencias, con la concurrencia obligatoria del señor Fiscal y la defensa técnica del imputado. TERCERO.- DISPONGO SE NOTIFIQUE MEDIANTE EDICTOS al imputado RELY HUAMAN NOA con la finalidad de que tome conocimiento del proceso que se sigue en su contra y así preservar su derecho de defensa y H.S.J. S. (07.08 Y 09 AGO) .
EDICTO PENAL EXP: N° 0044-2017-0-1010-JR-PE-01. JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE ECHARATI. ESPECIALISTA DE CAUSA: Luis Carlos Carranza Cárdenas Se emplaza A EDWIN MANUEL CHALLCO QUISPE, con DNI N° 42018585. Se ha dispuesto notificar con un extracto cuyo contenido es el siguiente: RESOLUCIÓN N° 02. Echarati, treinta de julio Del año dos mil dieciocho. VISTOS Y OÍDOS: Respecto de la constancia dejada por este despacho Judicial. PARTE CONSIDERATIVA: Se deja registro en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe: SE RESUELVE: PRIMERO.- DECLARAR FRUSTRADA la instalación de la presente audiencia por no contar por devuelta con la cédula de notificación dirigida al imputado. SEGUNDO.- DISPONGO la reprogramación de la presente diligencia para ser tramitada el DÍA LUNES VEINTE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOCE DEL MEDIO DÍA, en esta misma sala de audiencias, con la presencia obligatoria del representante del Ministerio Publico y el abogado defensor de oficio, persistiendo los apercibimiento legales antes previstos. TERCERO.- EXHÓRTESE A LA CENTRAL DE NOTIFICACIÓN DE LA SEDE JUDICIAL DE QUILLABAMBA que Quillabamba, para que cumpla diligentemente las funciones que se le tiene encomendada, ello bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas al Órgano de Control Interno, en caso de persistencia. HÁGASE SABER. J. S. (07.08 Y 09 AGO)
EDICTO PENAL SEÑORES: BENIGNO SERRANO PUMA Y YOLANDA HUANCA MONROY.
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
El Señor Juez del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dr. REYNALDO OCHOA MUÑOZ, en el proceso N° 2846-2018-0-1001-JR-PE-04, seguido contra BENIGNO SERRANO PUMA, por el delito Contra La Vida, El Cuerpo y La Salud, en la modalidad de Lesiones subtipo Agresiones en Contra de las Mujeres y Integrantes del Grupo Familiar, en agravio de YOLANDA HUANCA MONROY Y LOS MENORES DE INICIALES J.B.S.H., S.S.H. Y N.Y.S.H. bajo la actuación del especialista Judicial Abog. Darwin Trujillo Tejada, se le ha dispuesto notificar el requerimiento de subsanación de la acusación fiscal y la resolución uno que COITO traslado: REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN FISCAL.- La fiscal del Cuarto Despacho de Invesligac ion de la Segunda Fiscalía Penal de Cusco, formula REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN FISCAL contra BENIGNO SERRANO PUMA, por el delito Contra La Vida, El Cuerpo y La Salud, en la modalidad de Lesiones subtipo Agresiones en Contra de las Mujeres y Integrantes del Grupo I amiliai. delito tipificado en el artículo 122-B° del Código Penal, en agravio de YOLANDA HUANCA MONROY Y LOS MENORES DE INICIALES J.B.S.H., S.S.H. Y N.Y.S.H,, asimismo, solicita una pena de 02 años de pena privativa de libertad y la pena de inhabilitación por un plazo de 21 años, en la prohibición al imputado de aproximarse a la víctima con fines de agresión y pide por concepto de reparación civil la suma de S/. 1,500.00 soles. RESOLUCIÓN N° 08 - TRASLADO Y AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN: DADO CUENTA: El requerimiento de acusación fiscal - presentado por la representante del Ministerio Público; Estando a la formulación de requerimiento de acusación fiscal, en contra de BENIGNO SERRANO PUMA, por el delito Contra La Vida, El Cuerpo y La Salud, en la modalidad de Lesiones subtipo Agresiones en Contra de las Mujeres y Integrantes del Grupo Familiar, delito tipificado en el artículo 122-B” del Código Penal, en agravio de YOLANDA HUANCA MONROY Y LOS MENORES DE INICIALES J.B.S.H., S.S.H. Y N.Y.S.H.,. En consecuencia, CITAR para el DÍA CINCO DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2018 A LAS 10:00 A.M. HORA EXACTA LA REALIZACIÓN DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACIÓN DIRECTA EN LA SÉPTIMA SALA DE AUDIENCIAS DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO.. !.- Precísese que la audiencia tiene el carácter de inaplazable. 4.- Cumpla el Especialista con notificar al acusado BENIGNO SERRANO PUMA Y a la agraviada YOLANDA HUANCA MONROY con el requerimiento de acusación, la resolución uno MEDIANTE EDICTOS IUDICIALES. J. S. (07.08 Y 09 AGO)
EDICTO PENAL SEÑORES: YOVANA VARGAS SINCHE. La Señorita Jueza del Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dra. SANDRA NATALI VILLA HUMPIRI, en el proceso N° 4457-2018-69-1001-JR-PE-05, seguido contra YOVANA VARGAS SINCHE, por la presunta comisión del delito contra el Patrimonio, en la modalidad de Receptación Agravada en agravio de los que resulten responsables, bajo la actuación del especialista Judicial Abog. Darvvin Trujillo Tejada, se ha dispuesto notificarle con el extracto de Requerimiento de Confirmatoria de incautación y la Resolución N° 01del 06/07/18 cuyo contenido es el siguiente: El requerimiento de confirmatoria de Incautación, presentado por el Fiscal Provincial de la Segunda Fiscalía Provincial penal Solicito la CONFIRMATORIA DEL ACTA L)L INCAUTACIÓN DE DOS (02) EQUIPOS CELULARES de marca SAMSUNG, con pantalla trizada con IMEl N°356523074479131 y N° 359771079052265 a YOVANA VARGAS SINGUE. Resolución N °1 de fecha seis de julio del dos mil dieciocho, DADO CUENTA.- II requerimiento de confirmatoria de incautación presentado por el Fiscal encargado del caso; atendiendo, este Juzgado dispone CORRER TRASLADO por el PLAZO DE CINCO DÍAS, a efecto de que absuelvan el traslado del requerimiento en el plazo otorgado; DE OFICIO.- Y de la revisión del mismo, se advierte que el representante del Ministerio Publico no precisa el domicilio procesal de la afectada con esta medida, en tal virtud, DESÍGNESE abogado de oficio, para que asuma la defensa de la afectada YOVANA VARGAS SINCHE, para ello, se notificara a la Coordinadora de los Defensores de Oficio en su sede institucional, para que cumpla con lo ordenado, debiendo cumplir
Miércoles, 8 de agosto del 2018
con el apersonamiento inmediato del abogado de oficio, bajo apercibimiento de tenerse por designada a ella misma; notifíquese a la Coordinadora ele la Defensoría Publica Dra. Miluska Baca Beltrán con el requerimiento que antecede. J. S. (07.08 Y 09 AGO)
EDICTO PENAL SEÑORES: WILSON CHACMANA QUISPE - BRICILA SUMA CASILLA. La Señorita Jueza del Quinto juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco. Dra. Sandra Natali Villa Humpiri, en el proceso N° 4766-2018-0-1001-JR-PE-05. seguido contra WILSON CHACMANA QUISPE, por el delito de AGRESIONES EN CONTRA DE I.AS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR, en agravio de BRICILA SUMA CASILLA, bajo la actuación del especialista Judicial Abog. Darwin Trujillo Tejada, se le ha dispuesto notificar ron el requerimiento de acusación fiscal y la resolución uno que corre traslado , cuyo contenido es el siguiente: REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN DIRECTA FISCAL.- La Fiscal del Segundo Despacho de Investigación de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cusco, formula REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN DIRECTA FISCAL contra WILSON CHACMANA QUISPE, por el delito de Agresiones en contra de las Mujeres o integrantes del grupo familiar, delito tipificado en el artículo 122°-B del Código Penal, en agravio de BRICILA SUMA CASILLA, asimismo, solicita una pena de 02 años de pena privativa de libertad e Inhabilitación y pide por concepto de reparación civil la suma de S/. 600.00 soles. RESOLUCIÓN N° 01 - TRASLADO Y AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN DIRECTA: DADO CUENTA: El requerimiento de acusación directa fiscal - presentado por la representante del Ministerio Público: Estando a la formulación de requerimiento de acusación fiscal, en contra de WILSON CHACMANA QUISPE, por el delito de agresiones en contra de las mujeres o integrantes del grupo familiar delito tipificado en el artículo 122” -B del Código Penal, en agravio de BRICILA SUMA CASILLA. En consecuencia y de conformidad con lo prese rilo por el artículo 350” del Código Procesal Penal; CÓRRASE TRASLADO del requerimiento de acusación fiscal a los sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS ÚTILES, a efectos de que dentro del plazo establecido, puedan las partes por escrito: formular lo que señala la norma procesal penal. CITAR para el día VEINTIUNO DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a las OCHO HORAS CON TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA (hora exacta) la realización de la audiencia preliminar de control de acusación directa en la OCTAVA SALA de Audiencias de los juzgados de Investigación Preparatoria de Cusco, ubicado en el inmueble N” 239 de la avenida el Sol de ésta ciudad, Corte Superior de justicia del Cusco, la que se realizará con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado del acusado. Cusco, 03 de Agosto del 2018. J. S. (07.08 Y 09 AGO)
EDICTO PENAL SEÑORES: ACUSADA FILOMENA OCHOA ALANOCA, Y AGRAVIADO JUAN CONDORI COAQUIRA. El señor Juez del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dr. GUIDO CASTILLO LIRA, en el proceso N° 1716-2015-61, seguido contra FILOMENA OCHOA ALANOCA Y OTROS, por el delito de Hurto Agravado y otros, en agravio de Juan Condori Coaquira, ha dispuesto notificarle con el requerimiento Mixto Fiscal, resolución N° 01 cuyo contenido es el siguiente: III. PARTE RESOLUTIVA: REQUERIMIENTO MIXTO FISCAL. (PARTE PERTINENTE): HUGO PAULINO SOTOMAYOR ORIHUELA. Fiscal Provincial del Tercer Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cusco, con domicilio legal y procesal ubicado en la oficina N° 408 de la sede central del Ministerio Público, ubicada en la Avenida Pedro Víica Apaza N° 313 del distrito de Wanchaq. provincia y departamento del Cusco; a usted digo; PETITORIO: Luego de efectuarse las diligencias correspondientes en la Investigación Preparatoria y conforme a lo establecido con el artículo 344° y 349° del Códi-
go Procesal Penal; cumplo con FORMULAR REQUERIMIENTO MIXTO; solicitando el: A) SOBRESEIMIENTO del presente proceso a favor de: 1) ROSA ZUNIGA PARO, 2) RICARDINA PACURI DE CÁCERES, 3) APOLINAR KJURO LIZARASU, 4) JOSE WIGBERTO CHALLGO. OJEDA, 5} LEONIDAS CANO QUIROGA. 6) NAZARIA CORONEL DE LA VEGA, 7) CELSO VALDERRAMA USCAMAYTA, 8) LUZ MARINA PUCHO HUAYTA, 9) SERGIO OPORTO TORRES, 10) ROLANDO SALAS CARDENAS, 11) RAFAEL CHACÓN OLIVERA, 12) EUSTAQUIA DEL SOLAR DE ATAYUPANQUI, 13) FILOMENA OCHOA ALANOCA, 14) GREGORIO CUEVA HUAMAN, 15) RAYMUNDA HUAMÁN QUISPE DE TAPIA, 16) FÉLIX ANDIA SANTILLANA, 17) LUCIO SÁNCHEZ NINA, 18) CARLOS BRUNO RODRIGUEZ CAZORLA. 19) LEONIDAS CANO QUIROGA, 20) RIÑA UBALDA LUNA CASTRO, 21) ALEJANDRO VILLAVICENCIO SÁNCHEZ y 22) FERNANDO ZUNIGA PARO, por la presunta comisión de delito contra el patrimonio, en la modalidad de Hurto Sub tipo Hurto Agravado previsto y sancionado en al artículo 186 primer parrafo incicso 5 del Código Penal, en agravio de 1) LUÍS FRANCISCO RODRÍGUEZ ROMERO. 2} CECILIO CCORI SAICO, 3) JUAN BAUTISTA TACUSI LLALLA, 4) NICANOR MAMANI ZÁRATE. 5) MARIA DANIELA LIMA PAUCAR, 6) EUSEBIO JALISTO JALISTO. 7) VICTORIA FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ, 8) MARGOT FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ, 9} MATILDE QUISPE APAZA, 10) ALEJANDRA FERNANDEZ FERNANDEZ, 11) AGUIRRE, 12) SIMON SUNI NUNONCA CONDORI SANAC, 14) PAULINA VALVERDE MAMANI 15) MARINA HUAMAN REYES, 17) JULIANA MAITA CCUNO, 20) ROBERTINA CCOSCCO 21 GABINO ZAMORA QUISPE 22) CECILIA CÁCERES PALOMA, 23) MARIA DEL PILAR CABRERA 24) ALFREDO, 26) JUAN LEONIDAS CARDENAS MERCADO PAUCAR, 28) MELCHORA SILVA VDA. DE VARGAS, 29) JUAN FLORES MAMANI, 30) TIMOTEA SANADA AYQUiPA, 31) PAULINA ENRIQUEZ HERMELINDA FELIPA MEJIA MORALES, 33) JULIA MARTA 39} JACINTA EMMA GARCIA VDA. 44) RUDECINDO AGUIRRE CONDORI, 45) JUAN CONDORI COAQUIRA y 46) BERTHA HUAYTA FLORES. 5) LEONIDAS CANO QUIROGA 6) CELSO VALDERRAMA USCAMAYTA. 18) CARLOS BRUNO , por la presunta comisión de delito contra la administración de modalidad de delitos contra la función jurisdiccional, sub tipo EJERCICIO ARBITRARIO DEL DERECHO POR PROPIA MANO, previsto y sancionado en el artículo 417° del Código Penal, en agravio del ESTADO representado por el PROCURADOR PUBLICO A CARGO DE LOS ASUNTOS JUDICIALES DEL PODER JUDICIAL. ACUSACION en contra de 1) ROSA ZUNIGA PARO, CELSO VALDERRAMA USCAMAYTA, LUCIO SANCHEZ NINA, CARLOS BRUNO ZUNIGA PARO, por la presunta comisión de delito contra el patrimonio en la modalidad de usurpación, sub típp USURPACIÓN AGRAVADA, previsto y sancionado en el artículo 204° inciso 2) del Código Penal vigente al momento de los hechos, concordante con el artículo 202° inciso 2) del mismo cuerpo normativo, en agravio de 1) LUÍS FRANCISCO RODRÍGUEZ ROMERO. 2} CECILIO CCORI SAICO, 3) JUAN BAUTISTA TACUSI LLALLA, 4) NICANOR MAMANI ZÁRATE. 5) MARIA DANIELA LIMA PAUCAR, 6) EUSEBIO JALISTO JALISTO. 7) VICTORIA FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ, 8) MARGOT FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ, 9) MATILDE QUISPE APAZA, 10) ALEJANDRA FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ, 11) SATURNINA VALDERRAMA VDA. DE AGUIRRE, 12) SIMÓN SUNI NUÑONCA, 13) MELQUIADES CONDORI SANAC, 14) PAULINA VALVERDE MAMAN!, 15) TOMASA MULLISACAAPAZA, 16) LUZ MARINA HUAMÁN REYES. 17) JULIANA MAITA CCUNO. 18) NEMECIA CONDORI DE CONDORI. 19) RAIMUNDA MORALES CCOR!, 20) ROBERTINA CCOSCCO SULLCA, 22) CECILIA CÁCERES PALOMA, 23) MARÍA DEL PILAR CABRERA JUAN LEONIDAS CÁRDENAS MERCADO, 27) ADELA LUCRECIA GAMARRA PAUCAR, 28) MELCHORA SILVA VDA. DE VARGAS, 29) JUAN MAMANI, 30) TIMOTEA SANALIA AYQUIPA, 31) PAULINA ENRÍQUEZ QUISPE. 32) HERMELINDA FELIPA MEJÍA MORALES, 33) JULIA MARTA CUSITITTO PILLCO, 34) JHON CUSITITTO PILLCO. 35) FLORENCIA HUAIHUA BONIFACIO, 36) GREGORIO BONIFACIO HUAYHUA. 37) CELIA VARGAS, 38) CRISTOBAL CONDOR HUAMAN, 39) JACINTA EMMA GARCIA VDA. CUEVA, 40) DELICIA QUISPE HUILLCA, 41) JUSTO SANALIA AYQUIPA. 42) LUCIA ANTONIA CONDORI CUSIHUALLPA, 43) MARIA MAGDA YARIN ORTIZ DE ORUE, 44) RUDECINDO, AGUIRRE CONDORI, 45) JUAN CONDORI COAQUIRA y 46) BERTHA HUAYTA FLORES. (...) RESOLUCIÓN NRO. 01. Cusco, ocho de junio dos mil dieciocho. SE DISPONE: 1. CORRER TRASLADO a los demás sujetos pro-
Miércoles, 8 de agosto del 2018
cesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBILES, para que puedan por escrito formular oposición debidamente fundamentada al sobreseimiento, con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de sobreseimiento; asimismo puedan en forma escrita y motivada: 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación, si fuere el caso, de un criterio de oportunidad, 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8), proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que será necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio. 2. DESIGNAR abogado de oficio, para que asuma la defensa de los acusados, que no cuentan con defensa técnica, para ello, NOTIFÍQUESE a la Coordinación de la Defensoría Pública adjuntando copia de actuados, a efectos de que proceda con la designación del número necesario de defensores públicos para ejercer la defensa del acusado(s), debiendo el defensor público asignado proceder a su apersonamiento inmediato. 3. CITAR para el día OCHO DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS ONCE HORAS (hora exacta) la realización de la audiencia preliminar de requerimiento mixto en la Séptima Sala de Audiencias de los Juzgados de Investigación Preparatoria de Cusco, ubicado en el inmueble Nº 239 de la avenida el Sol de ésta ciudad, Palacio de Justicia sede de la Corte Superior de Justicia del Cusco, con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado del acusado, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada del representante del Ministerio Publico de comunicar de tal hecho a su Superior. 4. PRECÍCESE que sólo será objeto de debate en la audiencia preliminar las solicitudes fundamentadas por escrito y presentadas dentro del plazo legal. 5. PRECISESE que la audiencia preliminar se iniciara con el control de requerimiento de Sobreseimiento conforme a ley. 6. COMUNÍQUESE a las partes que la carpeta fiscal, se encuentra n la oficinas del Juzgado, y que con motivo de la audiencia podrán entregar en ese Mismo acto las pruebas ofrecidas y admitidas por el juez, en tanto que las pruebas declaradas inadmisibles nuevamente serán incorporadas a la carpeta fiscal o devueltas directamente a la parte oferente en caso no se hayan encontrado incorporadas en la carpeta fiscal. 7. PRECÍSESE que las resoluciones dictadas oralmente en la audiencia preliminar se entenderán notificadas a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan concurrido, como lo dispone el artículo 16º, incisos 1º y 2º del Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones bajo las Normas del Código Procesal Penal, aprobado por resolución Administrativa Nº 096-2006-CE-PJ. 8. PRECÍSESE además que la inasistencia injustificada de los abogados defensores de la parte imputada a la audiencia programada motivara que el operador judicial imponga las sanciones correspondientes, según corresponda. 9. NOTIFÍQUESE a las partes en sus respectivos domicilios procesales señalados en autos, incluida a la parte agraviada.- Lo que Notifica a Usted, Media Firma del Señor Juez Dr. GUIDO CASTILLO LIRA, ante mi, Gina Frisancho Parada, de que doy fe. J. S. (07.08 Y 09 AGO)
EDICTO PENAL EXP: Nro. 03734-2018-0-1001-JR-PE-07 SÉPTIMO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DEL CUSCO. ESPECIALISTA DE CAUSA: Wilberth Sarmiento Baez SEÑOR: EDWIN MONTEROLA HUANCA Se ha dispuesto notificar con la resolución 03 dictada en el Acta de Audiencia de fecha 02/08/2018, cuyo contenido es el siguiente: RESOLUCIÓN N° 03 de fecha 02/08/2018 SE RESUELVE: 1. DECLARAR FRUSTRADA LA INSTALACIÓN DE AUDIENCIA ÚNICA Y PÚBLICA DE PROCESO INMEDIATO POR FALTA DE NOTIFICACIÓN AL IMPUTADO EN SU DOMICILIO REAL. 2. REPROCRAMESE LA INSTALACIÓN DE LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DÍA 06 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO
La República
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EN CURSO A HORAS 09:30 AM, EN ESTA MISMA SALA DE AUDIENCIAS, SUBSISTIENDO LOS APERCIBIMIENTOS EN CASO DE INCONCURRENC1A DE LAS PARTES. 3. SE DISPONE QUE LA ESPECIALISTA DE CAUSA SE SIRVA NOTIFICAR AL IMPUTADO MEDIANTE EDICTOS. 4. SUBSISTEN LOS APERCIBIMIENTOS DISPUESTOS EN LA RESOLUCIÓN N° 1 PARA EL CASO DE INCONCURRENCIA DE LAS PARTES Y SIENDO QUE ES INAPLAZABLE ESTA AUDIENCIA, SE DISPONE LA CONCURRENCIA DEL IMPUTADO Y SU DEFENSA BAJO APERCIBIMIENTO DE DESIGNARSE EN ESE ACTO ABOCADO DEFENSOR PUBLICO QUE GARANTIZE SU DEFENSA TÉCNICA. III.- NOTIFICACIÓN: FISCAL: Conforme DEFENSA DEL IMPUTADO: Conforme. Cusco, 06 de agosto del 2018. J. S. (07.08 Y 09 AGO)
EDICTO SOBRE CONTRAVENCIÓN NOTIFIQUESE A LA DEMANDADA. SONIA GUZMAN DORADO. Expediente Nro. 13-2017, en el Juzgado de Familia La Convención, Juez: Dr. R.CALLO.D, existe denuncia en agravio de la menor FLOR YUREXIA BARRIENTOS CCAHUA, sobre, Investigación TUTELAR, (Contravención),contra SONIA GUZMAN DORADO, admitida la denuncia en la vía del Proceso Único i córrase traslado a la demandada por el termino de ley, y NOTIFIQUE: a la misma SONIA GUZMAN DORADO, mediante el Diario Judicial de la ciudad del Cusco, i por carteles en los lugares púbicos de costumbre por el termino de ley.-Firmado Juez Dr. R.CALLO D., y Secretario P. Condori-Quillabamba, 20 de Julio 2018. J. S. (07.08 Y 09 AGO)
EDICTO JUDICIAL (ECHARATE) EL JUZGADO UNIPERSONAL DE ECHARATE- Notifica a los acusados MARCO LUQUE ALVAREZ (Reo Contumaz), a efecto de que se pongan a derecho ante el Juzgado, para el inicio de Juicio Oral, en el proceso Penal N° 21-2015-26, por delito Contra El Patrimonio, modalidad de Hurto Agravado, en agravio de Francisco Luque Huamanricra.- Firma Juez Nataly Consuelo Cáceres Velarde.- Secretaria Rocío Callaymara Ayquipa. 3v. Echarate, 26 de julio de 2018. J. S. (07.08 Y 09 AGO)
EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Mixto de Urcos, que despacha la señora Juez Dra. Ana Cecilia Sotomayor Tejada, bajo la actuación del Secretario Judicial Carlos Astete Saavedra, se tramita el PROCESO TUTELAR N° 422-2018-JM-FT, seguido por la Fiscalía Provincial Civil y Familia de Quispicanchi, sobre Investigación Tutelar, se ha dispuesto la publicación mediante edictos el contenido del auto admisorio, (extractó), como sigue: SE RESUELVE: APERTURAR INVESTIGACIÓN TUTELAR por presunto estado de desprotección a favor de la adolescente JENIFER AYMITUMA CCORIMANYA en la vía especial, contra su progenitura GLORIA CCORIMANYA YUCRA, debiéndose realizar las siguientes diligencias: 1. RECÁBESE informe del equipo multidisciplinario a fin de precisar los factores que han determinado la situación de desprotección de la menor tutelada, debiendo realizar una visita al domicilio donde se encontraba viviendo. 2. Se practique en la progenitura del menor por tutelar evaluación psicológica a fin de determinar sus rasgos de personalidad y la por disposición al consumo de bebidas alcohólicas, para el cual, la progenitura Alejandrina Quispe Manottupa, debe aproximare a la secretaria del juzgado a recabar el oficio dirigida al Instituto de Medicina Legal de Quispicanchi. 3. Se recabe la declaración de la progenitora de la menor por tutelar, Gloria Ccorimanya Yucra, debiendo presentarse debidamente identificada al local del juzgado en la fecha y hora citada por el secretario judicial bajo apercibimiento de ser conducida de grado o fuerza ordenán-
dose su captura a nivel nacional.- 4. PUBLIQUESE mediante edictos la presente investigación a fin de que alguna persona interesada concurra a despacho.Urcos, 13 de julio de 2018.
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a Usted, Media Firma de la Señora Juez Dra. Zulay Sánchez Farfán, ante mi Mirlan Huacac Carrillo, de que doy fe. J. S. (07.08 Y 09 AGO)
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EDICTO EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Mixto de Urcos, que despacha la señora Juez Dra. Ana Cecilia Sotomayor Tejada, bajo la actuación del Secretario Judicial Carlos Astete Saavedra, se tramita el PROCESO TUTELAR N° 404-2018-JM-FT, seguido por la Fiscalía Provincial Civil y Familia de Quispicanchi, sobre Investigación Tutelar, a favor de la adolescente DINA SORAIDA HUAMAN QUISPE, se ha dispuesto la publicación mediante edictos el contenido del auto admisorio, resolución N° 01 de fecha 28 de junio de 2018, como sigue: SE RESUELVE: APERTURAR INVESTIGACIÓN TUTELAR por presunto estado de desprotección a favor de la adolescente DINA SORAIDA HUAMAN QUISPE de 17 años de edad, en la vía especial, contra su progenitora ALEJANDRINA QUISPE MANOTTUPA, debiéndose realizar las siguientes diligencias: 1. RECÁBESE informe del equipo multidisciplinario a fin de precisar los factores que han determinado la situación de desprotección de la menor tutelada, debiendo realizar una visita al domicilio donde se encontraba viviendo. 2. Se practique en la progenitora del menor por tutelar evaluación psicológica a fin de determinar sus rasgos de personalidad y la por disposición al consumo de bebidas alcohólicas, para el cual, la progenitora Alejandrina Quispe Manottupa, debe aproximare a la secretaria del juzgado a recabar el oficio dirigida al Instituto de Medicina Legal de Quispicanchi. 3. Se recabe la declaración de la progenitora de la menor por tutelar, Alejandrina Quispe Manottupa, debiendo presentarse debidamente identificada al local del juzgado en la fecha y hora citada por el secretario judicial bajo apercibimiento de ser conducida de grado o fuerza ordenándose su captura a nivel nacional.- 4. PUBLIQUESE mediante edictos la presente investigación a fin de que alguna persona interesada concurra a despacho.Urcos, 13 de julio de 2018. J. S. (07.08 Y 09 AGO)
EDICTO PENAL SEÑORES: ORCCON CHALLCO ROSA MARÍA La señora Jueza del Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dra. ZULAY SÁNCHEZ FARFAN, en el proceso N° 03312-2018-3-1001-JR-PE-06, seguido contra ORCCON CHALLCO ROSA MARÍA, por la presunta comisión del Delito Contra el Patrimonio, en la modalidad de Estafa y otras defraudaciones sub-tipo ESTAFA, en agravio de HUAYHUA SALAS MARTHA CRISTINA, ha dispuesto notificarle con la Resolución N° 01 del 21/06/18 y Resolución Nro 01 de fecha 24/07/2018 cuyo contenido es el siguiente: Resolución Nro.01. Cusco, veintiuno de junio Del año dos mil dieciocho y de fecha veinticuatro de julio Del año dos mil dieciocho. VISTA: La petición de constitución en Actor Civil presentado por MARTHA CRISTINA HUAYHUA SALAS y ELIZABETH LUCILA MENDOZA CONSIDERANDO: PRIMERO. Que, la parte agraviada, se apersona al proceso y realiza la solicitud de constitución en actor civil. SEGUNDO. Que, el actor civil en sentido amplio es cualquier persona que en un proceso penal, ejercita la acción civil. En sentido estricto, el titular de la acción civil es la persona física o jurídica ofendida, distinto al acusado, que ejercita únicamente la acción dentro del proceso penal pretendiendo la restitución de la cosa, la reparación del daño o la indemnización de perjuicios materiales o morales. TERCERO. Que, la petición de constitución en Actor Civil cumple con los requisitos exigidos en el artículo 100° del Código Procesal Penal, por consiguiente debe admitirse a trámite. SE DISPONE: 1. ADMÍTIR a trámite la petición de Constitución en actor Civil. 2. RECÁBESE información de los sujetos procesales apersonados en la presente causa, del Despacho Fiscal pertinente, dentro del plazo de dos días hábiles de recepcionada la presente. 3. CÓRRASE traslado a los sujetos procesales por el plazo de TRES DÍAS, y se resolverá conforme lo dispuesto por el artículo 102 del Código Procesal Penal modificado por Decreto Legislativo Nro 1307. NOTIFÍQUESE. Hágase Saber. Lo que notifico
GEORGINA RODRIGUEZ AGUIRRE ha demandado el Reconocimiento de Unión de Hecho con respecto al señor que en vida fue JULIO CÉSAR FLORES MENDIZABAL, demanda que fue admitida ante el Segundo Juzgado de Familia de Cusco con el número 3074-2018 en la vía del proceso ABREVIADO notificándose mediante la presente a todos los herederos legales del mismo con la finalidad de que cumplan en contestar la demanda en el término de DIEZ DÍAZ, bajo apercibimiento de designárseles Curador Procesal para que les represente enjuicio. INGRID SIERRA TAMAYO SECRETARIA JUDICIAL P. 6891317 F. (08, 10 Y 14 AGO)
EDICTO JUDICIAL En el Juzgado de Paz Letrado de Maranura, que despacha el señor Magistrado Francisco Ponce Atencio, asistido por la secretaria judicial Betsy Rocio Sencca Condori, se viene tramitando el Proceso N° 0042-2018-CI, seguido por Magdalena Ninahuillca Baca sobre SUCESION INTESTADA, se ha resuelto: ADMITIR la solicitud presentada por MAGDALENA NINAHUILLCA BACA, sobre SUCESION INTESTADA DE QEVF CLEMENTE NINAHUILLCA ALVAREZ, en la vía del proceso NO CONTENCIOSO a fin de que se declare como únicos herederos a GRACIELA BACA SACA, MAGDALENA NINAHUILLCA BACA, RAFAEL NINAHUILLCA BACA, NOE NINAHUILLCA BACA Y MANASE NINAHUILLCA BACA. Publicación que se pone a conocimiento publico para los fines. H.S. Maranura, 30 de julio del 2018. BETSY ROCIO SENCCA CONDORI SECRETARIA JUDICIAL P. 6892360 F. (08 AGO)
AVISO JUDICIAL Señor: FRANKLIN CHOQUETICO HUANCA. Ante el juzgado de paz letrado del distrito de San Sebastián que corre bajo la dirección de la señorita magistrado Dra.Lynda Vargas Manga en el proceso judicial No. 00310-2018-0-1023-JPFC-01 seguida por Bety Cárdenas Condori en contra de Franklin Choquetico Huanca sobre Prestación de alimentos, se ha dispuesto se proceda al emplazamiento de la parte demandada mediante edictos de la resolución 01 del 06 de junio 2018. ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por BETY CARDENAS CONDORI en representación legal de su menor hija Lisbeth Choquetico Cardenas sobre PRESTACIÓN DE ALIMENTOS contra FRANKLIN CHOQUETICO HUANCA debiendo sustanciarse el trámite de la presente en la vía del PROCESO ÚNICO.- Estando a lo solicitado NOTIFÍQUESE a la parte demandada POR EDICTO para que conteste la demanda, bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal, siendo el plazo de emplazamiento de quince días. Debiendo acompañar en su escrito de contestación a la demanda el anexo requerido, conforme lo dispone el artículo 565° del Código Procesal Civil, sin cuyo requisito no será admitida. A LOS MEDIOS PROBATORIOS: Téngase por ofrecidos los medios probatorios que se indican, firma del especialista y firma completa de la señorita Juez. San Sebastián, 03 de agosto del 2018 JUAN R. BORNAS GUERRA SECRETARIO JUDICIAL P. 6892338 F. (08 AGO)
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En el Proceso Civil Nro. 01606-2018-0-1018-JP-CI-01, la Señora Juez BASILISKA DUEÑAS ZUÑIGA, dispuso la publicación de la solicitud admitida e interpuesta por ADOLFO SALAZAR TAPIA, sobre RECTIFICACION DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO, habiéndose omitido los apellidos maternos de sus progenitores siendo lo correcto ADOLFO SALAZAR YABAR Y HILDA ANGELICA TAPIA ALFARO, en los Registro Civil de la Municipalidad Provincial del Cusco. Lo que se publica por una sola vez para los fines de Ley pertinente. Santiago, 31 de julio del 2018. MARÍA E. MACEDO CASTILLO SECRETARIA JUDICIAL P. 6892301 F. (08 AGO)
EDICTO JUDICIAL Que, el Proceso Civil N° 0012-2018-0-1010-JM-CI-Ol, seguido por LUCRECIA DAZA PERALTA contra los Herederos Legales de Pió Ccahuana Zuñiga representada por sus hijos Andres Ccahuana López, Celia Ccahuana López y Mario Ccahuana López, herederos Legales de Asunción Monteagudo Valencia Viuda de Monteagudo, Ministerio de Defensa del Perú (Ministerio de Guerra), Dirección Regional de Agricultura de Cusco, Rolando Ugarte Albarracin, Lucio Cancapa Solaligue, Víctor Prudencio Chávez y Eva Chávez Velasquez, con citación de Andres Ccahuana López, Celia Ccahuana López, Eulalia López Ccahuana, Antonio Quispe Acostupa, Marco Quispe Acostupa, Daniel Quispe Acostupa, Eustaquio Quispe Acostupa, Adolfo La Torre López, Procurador Público del Ministerio de Defensa del Perú y Procurador Público del Gobierno Regional de Cusco, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO del predio “Puerto Carrero” ubicado en el sector de Macamanago del distrito de Santa Ana con un área de 0.9084 Has, se viene tramitando en el Juzgado Mixto de La Convención, en la forma siguiente: DEMANDA: Por interpuesta la demanda, admítase en la vía del proceso Abreviado; y CÓRRASE traslado a los demandados, por el término de ley, admítase los medios probatorios que se indica. Fdo. Juez Dr. E. Waldir Urruchi Zúñiga. Fdo. Mónica Maccapa Asto Secretaria Judicial. Publíquese por TRES DÍAS con intervalo de tres días. Lo que se pública páralos fines de lev. MÓNICA MACCAPA ASTO SECRETARIA JUDICIAL P. 6891256 F. (08, 14 Y 20 AGO)
PRIMER REMATE JUDICIAL En el proceso de Ejecución de Garantía Hipotecaria. Expediente N° 01475-2017-01001-JR-CI-02, que sigue SCOTIABANK PERU S.A.A. en contra de PUSHARO DISTRIBUCIONES-MANU EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (deudor principal e hipotecante) Y CLAUDIA PATRICIA DEL SOLAR SALAS (adquiriente); el Señor Juez de! Segundo Juzgado Civil - Sede Central de la Corte Superior de justicia de Cusco, Dr. Eliot Alcibiades Zamalloa Cornejo, especialista legal Dr. David Américo Olivera Sarmiento, ha encargado a la Martillero Público Dra. Patricia Victoria Vásquez Zubieta la realización del PRIMER REMATE el día 17 de Septiembre del 2018 a horas 08:30 am, el cual se llevara a cabo en la Oficina de Administración de Módulo Corporativo Civil de la Corte Superior de Justicia de Cusco, ubicada en Av. El Sol N° 239, cercado Cusco, del Distrito, Provincia y Departamento de Cusco, del siguiente bien inmueble de propiedad de CLAUDIA PATRICIA DEL SOLAR SALAS; DESCRIPCIÓN: SUB LOTE DE TERRENO N-4-8 PARTE INTEGRANTE DEL LOTE DE TERRENO N°4 DE LA MANZANA
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
“N” DE LA URBANIZACIÓN POPULAR SANTA ROSA UBICADO EN EL Distrito San Sebastián, Provincia y Departamento de Cusco, cuyo dominio, linderos y medidas perimétricas obran Inscritos en la Partida: Electrónica 02060386 del Registre de Predios de la Zona Registral N° X - Sede Cusco, Oficina Registral Cusco.- VALOR DE TASACIÓN: US $. 182,505.59 (CIENTO OCHENTA Y DOS MIL QUINIENTOS CINCO CON 59/100 DÓLARES AMERICANOS).- BASE DEL REMATE: US $. 121,070.39 (CIENTO VEINTIUN MIL SEISCIENTOS SETENTA CON 39/100 DÓLARES. AMERICANOS), importe equivalente a las dos terceras partes del valor de tasación AFECTACIONES: 1.- Asiento D00016: HIPOTECA: A favor de SCOTIABANK PERU SOCIEDAD: ANÓNIMA ABIERTA hasta por la suma de US 5 104,505.00 (CIENTO CUATRO MIL QUINIENTOS CINCO CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS).- 2.- Asiento D00017.- RATIFICACIÓN Y AMPLIACION DE HIPOTECA: A favor de SCOTIABANK PERU SOCIEDAD ANÓNIMA ABIERTA hasta por la suma de US S 136,740.00 (CIENTO TREINTA Y SEIS MIL SETECIENTOS CUARENTA CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS).- 3.- Asiento D00019: AMPLIACIÓN DE HIPOTECA: A favor de SCOTIABANK PERU SOCIEDAD ANÓNIMA ABIERTA hasta por la suma de US S 183,890.37 (CIENTO OCHENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS NOVENTA CON 37/100 DÓLARES AMERICANOS).- 4.- Asiento D00021: MEDIDA CAUTELAR EN FORMA DE ANOTACIÓN DE DEMANDA: Solicitada por SCOTIABANK PERU SOCIEDAD ANÓNIMA ABIERTA en contra de PUSHARO DISTRIBUCIONES-MANU. EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Y CLAUDIA PATRICIA DEL SOLAR SALAS, Expediente N° 01475-2017-0-1001-JR-CI-02.-No se conocen otras afectaciones.- Depósito para ser postor: Los postores deberán oblar una cantidad no menor a US S 18,250.56 (DIECIOCHO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA CON 56/100 DÓLARES AMERICANOS) que equivale al 10%. del valor de la tasación, en efectivo o cheque de gerencia girado a nombre del postor y con una antigüedad menor a 30 días y presentarán el original del arancel judicial por Participación en Remate Judicial de Inmueble (cód. 07153) en el que debe estar consignado el número del Expediente, Juzgado y el número de documento de identidad del postor (arancel debidamente suscrito, original y copia del .documento de identidad).- COMISION DEL MARTILLERO: Será de cargo del adjudicatario, según lo dispuesto en la tabla de honorarios establecida en el Decreto Supremo N° 008-2005-JUS + IGV y deberá ser cancelada al finalizar la diligencia de remate.- juez: Dr. Eiiot Alcibiades Zamalloa Cornejo, especialista legal Dr. David Américo Olivera Sarmiento, Martiliero Público Dra. Patricia Victoria Vásquez Zubieta, Registro SUNARP N° 315. DAVID A. OLIVERA SARMIENTO SECRETARIO JUDICIAL PATRICIA VÁSQUEZ ZUBIETA MARTILLERO PÚBLICO P. 6892293 F. (08, 09, 10, 13, 14 Y 15 AGO)
EDICTO JUDICIAL Que, en el Proceso Civil N° 0012-2018-0-1010-JM-CI-O1, seguido por LUCRECIA DAZA PERALTA contra los Herederos Legales de Pió Ccahuana Zuñiga representada por sus hijos Andres Ccahuana López, Celia Ccahuana López y Mario
Miércoles, 8 de agosto del 2018
Ccahuana López, herederos Legales de Asunción Monteagudo Valencia Viuda de Monteagudo, Ministerio de Defensa del Perú (Ministerio de Guerra), Dirección Regional de Agricultura de Cusco y otros, con citación de Andres Ccahuana López, Celia Ccahuana López, Eulalia López Ccahuana y otros, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO del predio “Puerto Carrero” ubicado en el sector de Macamanago del distrito de Santa Ana con un área de 0.9084 Has, tramitado en el Juzgado Mixto de la Convención, se ha dispuesto la notificación mediante Edictos del presente proceso, a fin de que se apersonen al presente proceso los posibles sucesores procesales de la demandada ASUNCIÓN MONTEAGUDO VALENCIA VIUDA DE MONTEAGUDO, bajo apercibimiento de nombrarse Curador Procesal en la forma siguiente: DEMANDA: Por interpuesta la demanda, ADMÍTASE en la vía del proceso de Abreviado; y CÓRRASE traslado a la demandada por el término de ley. Fdo. Juez Dr. E. Waldir Urruchi Zúñiga. Fdo. Abog. Ménica Maccapa Asto. Publíquese por tres días.Quillabamba, 01 de agosto del 2018. MONICA MACCAPA ASTO SECRETARIA JUDICIAL P. 6891253 F. (08,07 Y 09)
EDICTO JUDICIAL En el Juzgado de Paz Letrado de Maranura, que despacha el señor Magistrado Francisco Ponce Atencio, asistido por la secretaria judicial Betsy Rocio Sencca Condori, se viene tramitando el Proceso N° 0012-2018-CI, seguido por Leonor Alegría Uvalde sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, se ha resuelto: ADMITIR la solicitud presentada por LEONOR ALEGRIA UVALDE, sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, en la vía del proceso NO CONTENCIOSO. Publicación que se pone a conocimiento público para los fines. H.S. Maranura, 05 de julio del 2018. BETSY SENCCA CONDORI SECRETARIA JUDICIAL P. 6892595 F. (08 AGO)
EDICTO JUDICIAL Se hace conocer que ante el Juzgado de Paz Letrado de Santiago, bajo la dirección del señora Juez BASILISKA DUEÑAS ZUÑIGA, en el Proceso Civil N° 01716-2018-0-1018-JP-CI-01, FELICITAS SONCCO ANCHAYAS VDA DE HUICAPA, viene solicitando la sucesión intestada de quien en vida fue, JESUS HUICAPA CRUZ, fallecido el 25 de Junio del 2018, inscrito en el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil RENIECCusco . Se publica a efecto de que tomen conocimiento las personas que tengan interés sucesorio. Santiago, 01 de agosto del 2018. MARIA E. MACEDO CASTILLO SECRETARIA JUDICIAL P. 6892374 F. (08, 14 Y 20 AGO)
RECTIFICACION DE PARTIDA En el proceso civil N° 00043-2018-0-1007-JM-CI-02, tramitado ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de Canchis, en los seguidos por Catalina Ttito Phoco, sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO (rectificación de apellido), se ha resuelto lo siguiente: Resolución Nro. 01. Sicuani, nueve de Julio del año dos mil dieciocho: Admitir a trámite la demanda instada por Catalina Ttito Phoco sobre Rectificación de Partida de Nacimiento de la titular, para que en su partida de nacimiento se rectifique en el extremo que se consigna de manera errónea el nombre de CATALINA ANITO PHOCO, siendo lo correcto
CATALINA TTITO PHOCCO, anexando además el apellido TTITO en el extremo de la línea Nro. 05 que consigna el nombre de su padre como ISAA CETITO siendo lo correcto ISAAC TTITO TAPARA, y en el extremo de la línea 16 en el nombre de su madre se consigna como MARCELO PCOCO, siendo lo correcto MARCELA PHOCCO MAMANI; errores atribuidos al Registrador, debiendo quedar inalterables los demás datos de su partida e inscribirse como tal en el Registro correspondiente; publíquese edicto conforme a ley. H.S.- Farroñan Juez. Olivera Secretario.Sicuani 03 de Agosto del 2018. MARCO OLIVERA HUAMAN SECRETARIO JUDICIAL P. 6892598 F. (08 AGO) A LOS HEREDEROS Y/O A LA SUCESIÓN INTESTADA DE RENSO FEDERICO GUZMAN DELGADO En el Juzgado Mixto del Distrito de Santiago, que despacha la Señora Juez Doctora BONY EVE GAMARRA FLORES, bajo la actuación de la Especialista Legal Nancy Victorio Vásquez, en el proceso civil Nro. 01885-2018-0-1018-JM-FC-01, se ha dispuesto notificar con la siguiente resolución: Resolución Nro. 01. Santiago, veinticinco de julio del año dos mil dieciocho.-... SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por JUDITH ALVAREZ NUÑEZ, sobre DECLARACIÓN JUDICIAL DE UNIÓN DE HECHO, con quien en vida fue RENSO FEDERICO GUZMAN DELGADO, seguido contra CLAUDIA ANDREA GUZMAN CASTRO Y RENZO ADILSON GUZMAN CASTRO y/o los herederos y quienes tengan la condición de tal; todo bajo expreso apercibimiento de nombrárseles Curador Procesal (de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 486, Numeral 8) del Código Procesal Civil); tramítese la presente demanda en la vía del PROCESO ABREVIADO. A LOS MEDIOS PROBATORIOS: Téngase por ofrecidos, los mismos que serán admitidos y actuados en su respectiva oportunidad procesalA LOS ANEXOS.- Agréguese a sus antecedentes.- AL OTRO SI- Cumpla la demandante en justificar lo peticionado. DE OFICIO.- Estando a lo dispuesto por el Artículo 167 del Código Procesal Civil, concordante con el artículo 435 de la normas antes acotada, procédase a emplazar a los Herederos y/o a la Sucesión de RENSO FEDERICO GUZMAN DELGADO, mediante Edictos Judiciales (...). - H.S.¬ Santiago, 31 de julio del 2018. NANCY VICTORIO VÁSQUEZ ESPECIALISTA LEGAL P. 6891453 F. (08, 09 Y 10 AGO)
EDICTO TUDICIAL Expediente N° 01980-2016-0-1001-JR-CI-04. ante el Cuarto Juzgado Civil del Cusco, que Despacha la Doctora FANNY LUPE PEREZ CARLOS; bajo la actuación del Especialista Legal Fresh Lennin Garcia Luna, se ha dispuesto la publicación edictal a efecto de y a efecto emplazar al demandado FREDY DAVID PUMASUPA LEZAMA, con el contenido de las siguientes resoluciones: RESOLUCIÓN Nro. 01, Del 08 de noviembre de 2016, (...) AUTO ADMISORIO (...) VISTO: (...); Y CONSIDERANDOS ..U.- ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por FRANZ SAMANIEGO MONZON contra FREDY DAVID PUMASUPA LEZAMA, ELSA MERCEDES CASTILLO LEZAMA, EDGAR ENRIQUE ABARCA LEZAMA, YMELDA YANETT ABARCA LEZAMA, WILLIE PEDRO PUMASUPA LEZAMA, MARCIA DEL CARMEN ABARCA LEZAMA sobre DIVISION Y PARTICION; en la vía del PROCESO ABREVIADO, confiérase traslado a los demandados por el término de DIEZ DIAS bajo apercibimiento de declarársele rebeldes. (...). RESOLUCIÓN Nro. 11, Del 16 de julio de 2018, (...)AUTO ADMISORIO (...) VISTO; (...); Y CONSIDERANDOS.:) Al Principal,- De conformidad a lo establecido por el artículo 165° del Código Procesal Civil se tiene que “ La notificación por edictos procederá cuando se trate de personas inciertas o cuyo domi-
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cilio se ignore. En este último caso, la parte deberá manifestar bajo juramento o promesa que ha agotado las gestiones destinadas a conocer el domicilio de le persona a quien se le deba notificar/....)” el énfasis corresponde al Organo Jurisdiccional, que en el caso concreto se tiene de la tramitación del presente proceso que se ha tratado de verificar el emplazamiento a la parte demandada integrada por FREDY DAVID PUMASUPA LEZAMA, en consecuencia corresponde DISPONER la notificación a la parte demandada integrada por FREDY DAVID PUMASUPA LEZAMA VÍA EDICTOS, a efecto que se apersone al proceso bajo expreso apercibimiento de NOMBRARSELE CURADOR PROCESAL para cuyo efecto cumpla la parte actora con recabar el edicto correspondiente dentro del TERCER DIA DE NOTIFICADO con la presente (...).
del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFARO HERRERA, CÁCERES CÁCERES.Nadhim Nicole Josselyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala. J.S (08, 09 Y 10 AGO)
Cusco, 01 de agosto de 2018.
EDICTO
FRESH L. GARCÍA LUNA SECRETAIO JUDICIAL P. 6891460 F. (08, 09 Y 10 AGO)
EDICTO JUDICIAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CANAS Ante el Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de Canas, en el Expediente Penal N° 225-2017-61, seguido contra Abrahan Alejo Huaman, acusado por la presunta comisión del delito de omisión de asistencia familiar, en agravio de Erika Mamani Banda, en el cual se dicto la resolución N° 02 que programa audiencia para el DÍA 01 DE OCTUBRE DE 2018 A LAS ONCE HORAS DE LA MAÑANA, debiendo concurrir al mismo el acusado Abrahan Alejo Huaman, bajo los apercibimientos señalados en c! Código Procesal Penal. Se publica el presente para los fines de ley.Yanaoca, 06 de agosto de 2018. J.S (08, 09 Y 10 AGO)
EDICTO PUBLICACIÓN QUE SE EFECTUA DE CONFORMIDAD A LO DISPUESTO POR EL ART. 144 DE L .O.P.J. 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 03193-2016-0-1001-JR-LA-02 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO DEMANDADO : DIRECCION DE LA UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE PAUCARTAMBO , DEMANDANTE : DAVILA VILLALBA, MARIA ROSARIO Resolución Nro. 12 Cusco, 1 de agosto de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 5 del 27 de setiembre de 2018 (folio 60 a 78) materia de grado, debido a que la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en ponencia para que se revoque la sentencia, al que se ha adherido el Juez Superior señor Cáceres Cáceres; y el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en discordia, para que se confirme la resolución antes mencionada; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 02911-2016-0-1001-JR-LA-03 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO DEMANDADO : MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO , DEMANDANTE : VARGAS ELGUERA, EDGARDO Resolución Nro. 17 Cusco, 1 de agosto de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 10 del 18 de enero de 2018 (folio 176 a 186) materia de grado, debido a que la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en ponencia para que se revoque la sentencia, al que se ha adherido el Juez Superior señor Cáceres Cáceres; y el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en discordia, para que se confirme la resolución antes mencionada; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFARO HERRERA, CÁCERES CÁCERES.Nadhim Nicole Josselyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala. J.S (08, 09 Y 10 AGO)
EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 00762-2016-0-1001-JR-LA-02 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO DEMANDADO : PROCURADOR PUBLICO DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO , DIRECION REGIONAL DE EDUCACION DE CUSCO , GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO , DEMANDANTE : VASQUEZ BUSTAMANTE, EFRAIN Resolución Nro. 19
Cusco, 31 de julio de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 14 del 31 de enero de 2018 (folio 213 a 237) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Cáceres Cáceres, emite voto en ponencia para que se revoque en parte la sentencia al que se ha adherido la Juez Superior señora Alfaro Herrera; y el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de la bonificación diferencial “, para que se confirme la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFARO HERRERA, CÁCERES CÁCERES.Nadhim Nicole Josselyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala. Cusco, 7 de agosto de 2018.
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inconcurrencia injustificada, conforme dispone el artículo 355° numeral 4 del Código Procesal Penal. (....) Anta, 06 de Agosto del 2018. J.S (08, 09 Y 10 AGO)
EDICTO PENAL SEÑOR: NICOLÁS ALEJANDRO RIVERA QUISPE La señora Juez del Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dra. SANDRA VILLA HUMPIRI, en el proceso Nro. 2042-2017-4-1001 -JR-PE-05, seguido contra RUDY ALAIN ZAMBRANO SALAS y NICOLÁS ALEJANDRO RIVERAS QUISPE por la presunta comisión del delito contra la Administración de Justicia en su modalidad de Falso testimonio en Juicio, tipificado en el artículo 409° del Código Penal en agravio del Estado Peruano personalizado por Sala Penal Liquidadora Transitoria del Cusco representado por el Procurador Publico del Poder Judicial, bajo la actuación de la especialista Judicial Abg. Ana Calderón Navarro; ha dispuesto notificarle con la Resolución N° 01 del 21/09/2017 y la solicitud de constitución en actor civil, cuyo contenido es el siguiente: Resolución Nro. 02 Cusco, uno de Agosto del año dos mil dieciocho.- SE RESUELVE: 1. DECLARAR FUNDADO EL REQUERIMIENTO DE CONSTITUCIÓN EN ACTOR CIVIL planteado por la Procuradora Pública Adjunta encargada de los asuntos judiciales del Poder Judicial, en consecuencia TENGASE por constituido en actor civil a la Procuraduría Pública encargada de los asuntos judiciales del Poder Judicial, con las facultades establecidas en los artículos 104 y 105 del Código Procesal Penal; por tanto cesa la legitimación del Representante del Ministerio Publico en torno al objeto civil del proceso. 2. PRECISAR que el quantum indemnizatorio solicitado es la suma de UN MIL SOLES, la misma que es de carácter provisional debiendo sustentarse en forma definitiva en la oportunidad procesal (etapa intermedia del proceso). Encárguese el trámite de la presente causa a la Especialista Judicial que da cuenta, por disposición superior. H.S. J.S (08, 09 Y 10 AGO)
J.S (08, 09 Y 10 AGO)
EDICTO JUDICIAL EDICTO PENAL Exp Nro. 0137-2018-64-1004-JR-PE-01 El Juzgado Penal Unipersonal de Anta. Secretaria: Vanessa Ccohua Mayta. Se cita, y emplaza a NAZARIO PUMASUPA ACCOSTUPA, para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por delito contra la Vida, el Cuerpo y la Salud, en la modalidad de Lesiones, sub tipo Agresiones en Contra de las Mujeres o Integrantes del Grupo Familiar, en agravio de John Franco Sallo; se tiene que mediante resolución numero 01 de fecha 06 de agosto del 2018 se dispone la notificación vía edicto de la resolución N° 1, en la cual SE RESUELVE: CITAR A JUICIO ORAL en la presente causa seguido contra NAZARIO PUMASUPA ACCOSTUPA, identificado con DNI Nro. 24383293 como presunto autor del delito Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud, en su modalidad de Lesiones, subtipo AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR, tipificado en el artículo 122-B0 del Código Penal, en agravio de John Franco Sallo, la misma que se realizará el día VEINTITRÉS DE AGOSTO DEL AÑO EN CURSO, a las NUEVE DE LA MAÑANA (HORA EXACTA) en la Sala de Audiencias del Juzgado Penal Unipersonal de Anta, ubicado en la Plaza Cívica de Izcuchaca - Anta. 2.- EMPLÁCESE a las siguientes personas para que concurran obligatoriamente al Juicio Oral, considerando los domicilios fijados en el Auto de Enjuiciamiento. 2.1) Notifíquese: Al acusado NAZARIO PUMASUPA ACCOSTUPA mediante edictos judiciales (conforme se hizo en la etapa intermedia), sin perjuicio de ser emplazado en su domicilio procesal sito en la Casilla electrónica N° 68161 (conforme se advierte de la audiencia de control de acusación), bajo apercibimiento de declararlo reo ausente o contumaz en caso de
PUBLICACION QUE SE EFECTUA DE CONFORMIDAD A LO DISPUESTO POR EL ART.144 DE L.OPJ. 1° SALA CIVIL - Sede Central EXPEDIENTE : 00201-2015-0-1001-JR-CI-04 MATERIA : NULIDAD DE ACTO JURIDICO Resolución Nro. 31 Cusco, 2 de agosto de 2018. Habiéndose producido discordia respecto de la sentencia venida en grado de apelación, por cuanto en el VOTO de la Señora Juez Superior Yenny Margot Delgado Aybar opina por: “DECLARAR: La NULIDAD de la sentencia contenida en la Resolución N° 21 de 20 de noviembre de 2017 (fojas 193), que resuelve “1.DECLARAR FUNDADA la demanda interpuesta por LA PROCURADURIA PUBLICA DEL GOBIERNO REGIONAL CUSCO sobre NULIDAD DE ACTO JURIDICO CONSISTENTE EN EL ACTA DE CONCILIACION NRO. 0190-2014- TRAHE CELEBRADO ENTRE EL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO Y LA EMPRESA INGENIEROS CIVILES Y CONTRATISTAS S.A. de fecha 30 de Diciembre de 2014 suscrita por el Presidente regional de entonces RENE CONCHA LEZAMA con la Empresa INGENIEROS CIVILES Y CONTRATISTAS S.A. representada por MARGARET CARRILLO ESPINOZA. 2.- En consecuencia : DECLARAR la invalidez del acto jurídico contenido en el Acta de Conciliación Nro. 0190-2014-TRAHE celebrado entre el Gobierno Regional de Cusco y la empresa Ingenieros Civiles y Contratistas S.A. de fecha 30 de Diciembre de 2014 suscrita por el Presidente Regional de entonces RENE CONCHA LEZAMA con la Empresa Ingenieros Civiles y Contratistas S.A. representada por MARGARET CARRILLO ESPINOZA. 3.- DISPONER se comunique la presente declaración al Centro de Conciliación “TRATO HECHO” a fin de que se proceda a anotar en el Expediente Nro. 02-41-2014-TRAHE y Registro correspondiente la declaración de nulidad del acto jurídico conciliatorio contenido en el Acta de Conciliación Nro. 190-2014 TRHE. de fecha 30
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La República
de Diciembre de 2014 suscrita por el Presidente Regional de entonces RENE CONCHA LEZAMA con la Empresa INGENIEROS CIVILES Y CONTRATISTAS S.A. representada por MARGARET CARRILLO ESPINOZA, una vez consentida la presente resolución”. En consecuencia, DISPONER: se emita nueva sentencia con arreglo a ley. Y, los devolvieron”; y en el VOTO EN DISCORDIA de la Señora Juez Superior Karinna Justina Holgado Noa al que se adhiere la Señorita Juez Superior Begonia del Rocío Velásquez Cuentas, es porque: “CONFIRMAR la Resolución N° 21 que contiene la Sentencia de fecha 20 de noviembre de 2017 que resuelve declarar: “FUNDADA la demanda interpuesta por la PROCURADURIA PUBLICA DEL GOBIERNO REGIONAL CUSCO sobre NULIDAD DE ACTO JURIDICO consistente en el ACTA DE CONCILIACION NRO. 0190-2014-TRAHE CELEBRADO ENTRE EL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO Y LA EMPRESA INGENIEROS CIVILES Y CONTRATISTAS S.A de fecha 30 de diciembre de 2014 suscrita por el PRESIDENTE REGIONAL de ese entonces Rene Concha Lezama con la EMPRESA INGENIEROS CIVILES Y CONTRATISTAS S.A …”. Y devolvieron los actuados”. En consecuencia, teniendo en cuenta lo dispuesto por el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones, que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que DISPUSIERON llamar como Juez dirimente al Señor Juez Superior Franklin Gregorio Gutiérrez Merino integrante de la Primera Sala Laboral de Cusco; SEÑALÁNDOSE fecha de VISTA DE CAUSA para el 23 DE AGOSTO DE 2018, a horas 3:00 DE LA TARDE, la que se realizará en la sala de audiencias ubicada en el segundo piso, oficina 200 del Palacio de Justicia, pudiendo informar los abogados de las partes que lo soliciten por el término de cinco minutos; no es necesario que los abogados ya autorizados para informar, reiteren su pedido.- ORDENARON que mediante Secretaría de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- S.S. Media Firma de las Señoras Jueces Superiores. VELÁSQUEZ CUENTAS.- DELGADO AYBAR Y HOLGADO NOA.- Firma de la Secretaria de Sala, Roxana Bohórquez Abarca. Cusco, 7 de agosto de 2018 J.S (08, 09 Y 10 AGO)
EDICTO JUDICIAL PUBLICACION QUE SE EFECTUA DE CONFORMIDAD A LO DISPUESTO POR EL ART.144 DE L.OPJ. 1° SALA CIVIL - Sede Central EXPEDIENTE : 00428-2016-0-1001-JR-CI-01 MATERIA : NULIDAD DE ACTO JURIDICO Resolución Nro. 40 Cusco, 2 de agosto de 2018. Habiéndose producido discordia respecto de la sentencia venida en grado de apelación, por cuanto en el VOTO de la Señora Juez Superior Yenny Margot Delgado Aybar opina por: “1.- REVOCAR: La sentencia contenida en la Resolución N° 27 de 11 de septiembre de 2017 que resuelve declarar: “1.- FUNDADA en la demanda interpuesta por DINA GIL PARILLO, en contra de FRANCISCO CHALLCO HUAMANRIMACHI, FRANCISCO CHALLCO UNSUETA Y MARCIAL DELGADO DELGADO, sobre nulidad de acto jurídico e indemnización de daños y perjuicios, en consecuencia: i) Declaro la nulidad del contrato de compraventa de derechos y acciones del 6.46% equivalente a 246.50 m2 respecto del area total de 3,810.00 m2 del predio denominado Marcapata parcialidad de Sucso Aucaylle del distrito de San Sebastián, otorgado por Francisco Challco Huamanrimacho en calidad de vendedor a favor de Marcial Delgado Delgado, por escritura de fecha 4 de mayo del 2013, inscrito en el asiento 15 de la partida registral Nro. 11052693 y de la escritura pública que lo contiene. ii) La nulidad del acto jurídico celebrado entre Francisco Challco Huamnarimachi y Francisco Challco Unsueta mediante escritura pública de fecha 28 de noviembre del año 2013 por el que resuelven el contrato de compraventa del 23.58% de derechos y acciones, equivalente a 74.35 m2 del predio J-6 de la Asociación Pro vivienda Los Licenciados de las Fuerzas Armadas del distrito de San Sebastián y de la escritura pública que lo contiene. iii) Dispongo la cancelación del asiento registral Nro. 15 de la partida registral Nro. 11052693, en donde se ha inscrito la venta del predio Marcapata. iv) Ordeno que el
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO demandado Francisco Challco Huamanrimachi page a favor de la demandante por concepto de indemnización de daños y perjuicios por daño moral la suma de S/. 20,000.00. Con costas y costos” (fojas 281). Y, REFORMÁNDOLA DECLARAR INFUNDADA dicha demanda en todos sus extremos. 2.- REVOCAR la misma sentencia en el extremo que declara “Con costas y costos”; y REFORMÁNDOLA DECLARAR sin costas ni costos procesales. Y, los devolvieron”; en el VOTO EN DISCORDIA de la Señora Juez Superior Karinna Justina Holgado Noa, opina por: “CONFIRMAR la Sentencia contenida en la resolución N° 27 de fecha 11 de septiembre de 2017 que resuelve declarar: “1.- FUNDADA en la demanda interpuesta por DINA GIL PARILLO, en contra de FRANCISCO CHALLCO HUAMANRIMACHI, FRANCISCO CHALLCO UNSUETA Y MARCIAL DELGADO DELGADO, sobre nulidad de acto jurídico e indemnización de daños y perjuicios, en consecuencia: i) Declaro la nulidad del contrato de compraventa de derechos y acciones del 6.46% equivalente a 246.50 m2 respecto del área total de 3,810.00 m2 del predio denominado Marcapata parcialidad de Sucso Aucaylle del distrito de San Sebastián, otorgado por Francisco Challco Huamanrimachi en calidad de vendedor a favor de Marcial Delgado Delgado, por escritura de fecha 4 de mayo del 2013, inscrito en el asiento 15 de la partida registral Nro. 11052693 y de la escritura pública que lo contiene. ii) La nulidad del acto jurídico celebrado entre Francisco Challco Huamnarimachi y Francisco Challco Unsueta mediante escritura pública de fecha 28 de noviembre del año 2013 por el que resuelven el contrato de compraventa del 23.58% de derechos y acciones, equivalente a 74.35 m2 del predio J-6 de la Asociación Pro vivienda Los Licenciados de las Fuerzas Armadas del distrito de San Sebastián y de la escritura pública que lo contiene. iii) Dispongo la cancelación del asiento registral Nro. 15 de la partida registral Nro. 11052693, en donde se ha inscrito la venta del predio Marcapata. iv) Ordeno que el demandado Francisco Challco Huamanrimachi page a favor de la demandante por concepto de indemnización de daños y perjuicios por daño moral la suma de S/. 20,000.00. Con costas y costos.”. INTEGRANDO en sede de instancia la Sentencia contenida en la resolución N° 27 de fecha 11 de septiembre de 2017 DECLARARON LA NULIDAD del contrato de compra venta de fecha 26 de abril de 2016 suscrito por Marcial Delgado Delgado a favor de Jesús Quiño Hancco en aplicación del principio de trascendencia de la nulidad conforme se ha señalado en la presente. Y los devolvieron”; y en el VOTO EN DISCORDIA de la Señorita Juez Superior Begonia del Rocío Velásquez Cuentas, es porque: “se declare nula la sentencia apelada contenida en la resolución N° 27, del 11 de septiembre de 2017 que declara fundada la demanda interpuesta por Dina Gil Parillo; en consecuencia, se declare nulo de todo lo actuado, hasta la calificación con la demanda, a fin de que la demandante tenga la oportunidad de adecuar su demanda. En consecuencia, teniendo en cuenta lo dispuesto por el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones, que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que DISPUSIERON llamar como Juez dirimente al Señor Juez Superior Franklin Gregorio Gutiérrez Merino integrante de la Primera Sala Laboral de Cusco; SEÑALÁNDOSE fecha de VISTA DE CAUSA para el 27 DE AGOSTO DE 2018, a horas 3:00 DE LA TARDE, la que se realizará en la sala de audiencias ubicada en el segundo piso, oficina 200 del Palacio de Justicia, pudiendo informar los abogados de las partes que lo soliciten por el término de cinco minutos; no es necesario que los abogados ya autorizados para informar, reiteren su pedido.- ORDENARON que mediante Secretaría de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.-.-S.S. Media Firma de las Señoras Jueces Superiores. VELÁSQUEZ CUENTAS.- DELGADO AYBAR Y HOLGADO NOA.- Firma de la Secretaria de Sala, Roxana Bohórquez Abarca. Cusco, 7 de agosto de 2018. J.S (08, 09 Y 10 AGO)
Miércoles, 8 de agosto del 2018
Miércoles, 8 de agosto del 2018
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
La República
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La República
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
Miércoles, 8 de agosto del 2018
SALA MIXTA DESCENTRALIZADA DE LA CONVENCIÓN Y EN ADICIÓN DE SUS FUNCIONES SALA PENAL DE APELACIONES AUDIENCIAS – 09 DE AGOSTO JULIO DEL 2018 SALA DE AUDIENCIAS - Tercer piso de las instalaciones del Poder Judicial - Jirón Espinar 152-156 – Quillabamba. JUZGADO DE ORIGEN HORA
Nro. Exp.
IMPUTADO (DEMANDADO)
DELITO (MATERIA)
AGRAVIADO (DEMANDANTE)
ACTO PROCESAL
PARTE APELANTE
08:30
507-2017-1010-LA
JUZGADO MIXTO LA CONVENCIÓN
UGEL LA CONVENCIÓN
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
PAULINO ROJAS MONTUFAR
VISTA DE LA CAUSA
_
08:30
519-2017-0-1010-LA
JUZGADO MIXTO LA CONVENCIÓN
UGEL LA CONVENCIÓN
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
MARIO MARTINEZ DURAN
VISTA DE LA CAUSA
_
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
RAUL USTO CACERES
VISTA DE LA CAUSA
_
08:30
580-2017-0-1010-LA
JUZGADO MIXTO LA CONVENCIÓN
HOSPITAL LA CONVENCIÓN
DIR. DEBATE
_
_
_
DIRIMENCIA DR. CÁCERES CÁCERES 484-2017-0-1010-LA
JUZGADO MIXTO LA CONVENCIÓN
UGEL LA CONVENCIÓN
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
EUNICE CAMACHO CESPEDES
VISTA DE LA CAUSA
_
09:00
262-2017-0-1010-LA
JUZGADO MIXTO LA CONVENCIÓN
UGEL LA CONVENCIÓN
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
YONI VELARDE TORRES
VISTA DE CAUSA
_
_
09:00
330-2017-0-1010-LA
JUZGADO MIXTO LA CONVENCIÓN
UGEL LA CONVENCIÓN
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
MAXIMO ZAMALLOA SOLIS
VISTA DE LA CAUSA
_
_
09:00
546-2016-0-1010-LA
JUZGADO MIXTO LA CONVENCIÓN
UGEL LA CONVENCIÓN
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SAUL OTAZU VARGAS
VISTA DE LA CAUSA
_
_
09:00
58-2017-0-1010-LA
JUZGADO MIXTO LA CONVENCIÓN
UGEL LA CONVENCIÓN
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
RAMON VARGAS QUINTANILLA
VISTA DE LA CAUSA
_
_
09:00
537-2017-0-1010-LA
JUZGADO MIXTO LA CONVENCIÓN
UGEL LA CONVENCIÓN
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
ROXANA SORIA VARGAS
VISTA DE LA CAUSA
_
09:00
434-2017-0-1010-LA
JUZGADO MIXTO LA CONVENCIÓN
UGEL LA CONVENCIÓN
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
MARCO ANTONIO RIVERA GUERRA
VISTA DE LA CAUSA
_
_
09:00
517-2017-0-1010-LA
JUZGADO MIXTO LA CONVENCIÓN
UGEL LA CONVENCIÓN
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
MARTIN CANDIA GONZALES
VISTA DE LA CAUSA
_
_
54-2017-0-1010-LA
JUZGADO MIXTO LA CONVENCIÓN
UGEL LA CONVENCIÓN
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
JORGE MORA ARIAS
VISTA DE LA CAUSA
_
_
09:00
382-2017-0-1010-LA
JUZGADO MIXTO LA CONVENCIÓN
UGEL LA CONVENCIÓN
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
WALTER SEGOVIA GUERRERO
VISTA DE LA CAUSA
_
_
09:00
231-2017-0-1010-LA
JUZGADO MIXTO LA CONVENCIÓN
UGEL LA CONVENCIÓN
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
DANI HINOJOSA HUAMAN
VISTA DE LA CAUSA
_
_
09:00
387-2017-0-1010-LA
JUZGADO MIXTO LA CONVENCIÓN
UGEL LA CONVENCIÓN
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
ELISEO CACERES ARICA
VISTA DE LA CAUSA
_
_
09:00
491-2017-0-1010-LA
JUZGADO MIXTO LA CONVENCIÓN
UGEL LA CONVENCIÓN
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
RAMÓN FARFAN CARDENAS
VISTA DE LA CAUSA
_
_
09:00
483-2017-0-1010-LA
JUZGADO MIXTO LA CONVENCIÓN
UGEL LA CONVENCIÓN
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
NESTOR SALAS ERRASQUIN
VISTA DE LA CAUSA
_
_
09:00
494-2017-0-1010-LA
JUZGADO MIXTO LA CONVENCIÓN
UGEL LA CONVENCIÓN
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
MARIEL HERMOZA LA TORRE
VISTA DE LA CAUSA
_
_
09:00
364-2017-0-1010-LA
JUZGADO MIXTO LA CONVENCIÓN
UGEL LA CONVENCIÓN
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
JOSE ACUÑA ROSADO
VISTA DE LA CAUSA
_
_
09:00
571-2017-0-1010-LA
JUZGADO MIXTO LA CONVENCIÓN
UGEL LA CONVENCIÓN
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
GLADYS SIMON ECHEGARAY
VISTA DE LA CAUSA
_
_
09:00
478-2017-0-1010-LA
JUZGADO MIXTO LA CONVENCIÓN
UGEL LA CONVENCIÓN
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SONIA MENDOZA ACHAYA
VISTA DE LA CAUSA
_
_
09:00
550-2017-0-1010-LA
JUZGADO MIXTO LA CONVENCIÓN
UGEL LA CONVENCIÓN
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
EFRAIN GALARRETA NIHUA
VISTA DE LA CAUSA
_
_
09:00
09:00
_
_
SS. JUECES SUPERIORES: CORNEJO SÁNCHEZ, TRELLES SULLA, Y VELASCO CHÁVEZ.
Miércoles, 8 de agosto del 2018
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
19
CORTE AUDIENCIAS SUPERIOR – 07 DE AGOSTO JUSTICIADEL DE CUSCO 2018 SALA DE AUDIENCIAS - Tercer piso de las instalaciones del Poder Judicial - Jirón Espinar 148-152 – Quillabamba. JUZGADO DE ORIGEN HORA
Nro. Exp.
IMPUTADO (DEMANDADO)
DELITO (MATERIA)
AGRAVIADO (DEMANDANTE)
ACTO PROCESAL
PARTE APELANTE
DIR. DEBATE
08:30
443-2017-0-1010-LA
JUZGADO MIXTO LA CONVENCION
RED DE SALUD LA CONVENCION
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
ARTURO COISO MASIAS
VISTA DE LA CAUSA
_
_
08:30
497-2017-0-1010-LA
JUZGADO MIXTO LA CONVENCION
HOSPITAL LA CONVENCION
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
MARGOT NAVARRETE ALZAMORA
VISTA DE LA CAUSA
_
_
08:30
588-2017-0-1010-LA
JUZGADO MIXTO LA CONVENCION
UGEL LA CONVENCION
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
DANIEL VILLAFUERTE VIVANCO
VISTA DE LA CAUSA
_
_
09:00
92-2018-92-1010-PE
JUZGADO MIXTO LA CONVENCION
DELIA NAVARRO MONTAÑEZ
TID
EL ESTADO
ALEGATOS FINALES
_
Dr. VELASCO
DIR. DEBATE
SS. JUECES SUPERIORES: CORNEJO SÁNCHEZ, TRELLES SULLA, Y VELASCO CHÁVEZ.
DRA. MARILIANA CORNEJO SÀNCHEZ PRESIDENTA DE SALA
ANA ROCÍO CASAPINO RODRÍGUEZ SECRETARIA DE SALA
AUDIENCIAS – 08 DE AGOSTO DEL 2018 SALA DE AUDIENCIAS - Tercer piso de las instalaciones del Poder Judicial - Jirón Espinar 152-156 – Quillabamba. JUZGADO DE ORIGEN HORA
Nro. Exp.
IMPUTADO (DEMANDADO)
DELITO (MATERIA)
AGRAVIADO (DEMANDANTE)
ACTO PROCESAL
PARTE APELANTE
482-2017-0-1010-LA
JUZGADO MIXTO LA CONVENCIÓN
UGEL LA CONVENCION
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
ANNA DELGADO AGUIRRE
VISTA DE LA CAUSA
_
08:30
541-2017-0-1010-LA
JUZGADO MIXTO LA CONVENCION
HOSPITAL DE QUILLABAMBA
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
JOSE GOMEZ URQUIZO
VISTA DE LA CAUSA
_
_
08:30
570-2017-0-1010-LA
JUZGADO MIXTO LA CONVENCION
UGEL LA CONVENCION
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
HUGO OLAZABAL DELGADO
VISTA DE LA CAUSA
_
_
08:30
SS. JUECES SUPERIORES: CORNEJO SANCHEZ, TRELLES SULLA, Y VELASCO CHÁVEZ.
DRA. MARILIANA CORNEJO SÀNCHEZ PRESIDENTA DE SALA
ANA ROCÍO CASAPINO RODRÍGUEZ SECRETARIA DE SALA
_
20
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
Miércoles, 8 de agosto del 2018
AUDIENCIAS – 10 DE AGOSTO DEL 2018 SALA DE AUDIENCIAS - Tercer piso de las instalaciones del Poder Judicial - Jirón Espinar 148-152 – Quillabamba. JUZGADO DE ORIGEN HORA
Nro. Exp.
IMPUTADO (DEMANDADO)
DELITO (MATERIA)
AGRAVIADO (DEMANDANTE)
ACTO PROCESAL
PARTE APELANTE
DIR. DEBATE
08:30
501-2017-0-1010-LA
JUZGADO MIXTO LA CONVENCIÓN
UGEL LA CONVENCION
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
BELTRAN QUISPE AUCA
VISTA DE LA CAUSA
_
_
08:30
561-2017-0-1010-LA
JUZGADO MIXTO LA CONVENCIÓN
UGEL LA CONVENCION
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
LUIS ACUÑA ROSAS
VISTA DE LA CAUSA
_
_
08:30
518-2017-0-1010-LA
JUZGADO MIXTO LA CONVENCIÓN
UGEL LA CONVENCIÒN
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
JOSEFINA LLERANA PACHECO
VISTA DE LA CAUSA
_
_
SS. JUECES SUPERIORES: CORNEJO SANCHEZ, TRELLES SULLA, Y VELASCO CHÁVEZ.
DRA. MARILIANA CORNEJO SÀNCHEZ PRESIDENTA DE SALA
ANA ROCÍO CASAPINO RODRÍGUEZ SECRETARIA DE SALA
AUDIENCIAS – 06 DE AGOSTO DEL 2018 SALA DE AUDIENCIAS - Tercer piso de las instalaciones del Poder Judicial - Jirón Espinar 148-152 – Quillabamba. JUZGADO DE ORIGEN HORA
Nro. Exp.
IMPUTADO (DEMANDADO)
DELITO (MATERIA)
AGRAVIADO (DEMANDANTE)
ACTO PROCESAL
PARTE APELANTE
DIR. DEBATE
08:30
551-2017-0-1010-LA
JUZGADO MIXTO LA CONVENCIÓN
UGEL LA CONVENCION
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
LUIS YARIN ALVAREZ
VISTA DE LA CAUSA
_
_
08:30
522-2017-0-1010-LA
JUZGADO MIXTO LA CONVENCIÓN
UGEL LA CONVENCION
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
FREDY GONZALES BEDOYA
VISTA DE LA CAUSA
_
_
08:30
579-2017-0-1010-LA
JUZGADO MIXTO LA CONVENCIÓN
UGEL LA CONVENCIÒN
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
JOSE JUAREZ DORADO
VISTA DE LA CAUSA
_
_
08:30
623-2016-0-1010-FT
JUZGADO MIXTO LA CONVENCIÓN
WILBERT SALAS CASTILLO
VIOLENCIA FAMILIAR
JUSTO SALAS CHACON
APELACION DE SENTENCIA
_
Dr.
JIP LA CONVENCION
FRANCISCO MAMANI ROJAS
VIOLACION SEXUAL
MENOR MCR
JUICIO ORAL (CONTINUACIÓN)
_
Dr.
09:00
205-2007-0-1010-PE
SS. JUECES SUPERIORES: CORNEJO SANCHEZ, TRELLES SULLA, Y VELASCO CHÁVEZ.
DRA. MARILIANA CORNEJO SÀNCHEZ PRESIDENTA DE SALA
ANA ROCÍO CASAPINO RODRÍGUEZ SECRETARIA DE SALA
Miércoles, 8 de agosto del 2018
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
21
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO SEGUNDA SALA ESPECIALIZADA LABORAL DEL CUSCO TABLA DE VISTA DE CAUSAS Y AUDIENCIAS (Del Lunes 06 al Viernes 10 de Agosto de 2018) Lunes, 06 de Agosto de 2018 Apelación
Procede
Colegiado
1
08:30a.m.
01844-2017-0-1001-JR-LA-05
María Ventura Coa Cabrera
Municipalidad Distrital de San Sebastián
Contencioso Adm
Auto de Improcedencia de la Demanda
5JETC
Murillo Flores-Alfaro Herrera-Cáceres Cáceres
2
08:35a.m.
02122-2016-0-1001-JR-LA-03
Exaltación Tijera Huanaco
Gobierno Regional del Cusco
Contencioso Adm
Sentencia
3JETC
Murillo Flores-Alfaro Herrera-Cáceres Cáceres
3
08:40a.m.
01675-2017-0-1001-JR-LA-03
John Quispe Paccha
Municipalidad Distrital de Santiago
Contencioso Adm
Sentencia
3JETC
Murillo Flores-Alfaro Herrera-Cáceres Cáceres
Apelación
Nº
Hora
Exp.
Demandante
Materia
Demandado
Martes, 07 de Agosto de 2018 Nº
Hora
Exp.
Demandante
Materia
Demandado
Procede
Colegiado
Auto de Improcedencia de la Demanda
3JETC
Murillo Flores-Alfaro Herrera-Cáceres Cáceres
1
08:30a.m.
00809-2018-0-1001-JR-LA-03
Dushan Alexis Astete Pareja
Segunda Sala del Tribunal de Disciplina Policial de la Policía Nacional del Perú y otros
2
08:35a.m.
00287-2017-0-1001-JR-LA-03
Celia Quispe Farfán
Dirección Regional de Salud de Cusco y otro Contencioso Adm
Sentencia
3JETC
Murillo Flores-Alfaro Herrera-Cáceres Cáceres
3
08:40a.m.
02815-2013-0-1001-JR-LA-02
Benito Quispe Cusi
Presidencia de la Derrama de los Trabajadores del Sector Educación del Cusco
Sentencia
3JETC
Murillo Flores-Alfaro Herrera-Cáceres Cáceres
Contencioso Adm
Contencioso Adm
Miercoles, 08 de Agosto de 2018 Apelación
Procede
Colegiado
1
08:30a.m.
03676-2017-0-1001-JR-LA-03
Hermenegilda Suma Huanca
Unidad de Gestión Educativa Local de Cusco Contencioso Adm y otro
Sentencia
3JETC
Murillo Flores-Alfaro Herrera-Cáceres Cáceres
2
08:35a.m.
02577-2017-0-1001-JR-LA-03
Jerónima Surco Fuentes de Pérez
Universidad Nacional de San Antonio Abad de Cusco
Contencioso Adm
Sentencia
3JETC
Murillo Flores-Alfaro Herrera-Cáceres Cáceres
3
08:40a.m.
01291-2016-0-1001-JR-LA-03
Esperanza Paucarpura Paz
Unidad de Gestión Educativa Local de Cusco Contencioso Adm y otro
Sentencia
3JETC
Murillo Flores-Alfaro Herrera-Cáceres Cáceres
Apelación
Procede
Colegiado
Sentencia
2JETC
Dirim. Holgado Noa
Nº
Hora
Exp.
Demandado
Demandante
Materia
Viernes, 10 de Agosto de 2018 Nº 1
Hora 10:00a.m.
Exp.
Demandante
00454-2016-0-1001-JR-LA-02
Edward Valery Romoacca Cazas
Materia
Demandado
Gobierno Regional del Cusco
Contencioso Adm
Cusco, 03 de Agosto de 2018
_____________________________________
______________________________________
LUIS FERNANDO MURILLO FLORES
NADHIM NICOLE JOSSELYNE CHÁVEZ ZEVALLOS
PRESIDENTE
SECRETARIA DE SALA
SEGUNDA SALA ESPECIALIZADA LABORAL
SEGUNDA SALA ESPECIALIZADA LABORAL
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO SALA CIVIL DE CUSCO TABLA DE VISTA DE CAUSAS (Lunes 6 de agosto al viernes 9 de agosto de 2018)
LUNES 6 DE AGOSTO DE 2018 HORA
NÚMERO EXPEDIENTE
DEMANDANTE
DEMANDADO
MATERIA
RESOL. IMPUG.
PROCEDE
COLEGIADO
sentencia
3JFC
Dirimencia Pereira Alagón
auto improce
4JCC
1
08:00
01808-2016-0-1001-JR-CI-05
Eudit Durand Sequeiros
Juan Wilbert Valencia Farfán
Reconocimiento de unión de hecho
2
15:00
00012-2018-0-1001-JR-CI-04
SIGHTSEEING CUSCO CITY S.A.C.
Municipalidad Provincial de Cusco
Proceso de amparo
Dirimencia Gutiérrez Merino
MARTES 7 DE AGOSTO DE 2018 HORA
NÚMERO EXPEDIENTE
DEMANDANTE
DEMANDADO
MATERIA
RESOL. IMPUG.
PROCEDE
COLEGIADO
Nulidad de acto jurídico
sentencia
1JMx Wanchaq
Dirimencia Pereira Alagón
Nulidad de cosa Juzgada fraudulenta
sentencia
2JMx Santiago
Dirimencia Gutiérrez Merino
1
08:00
00514-2010-0-1001-JM-CI-01
Maria Jesus Trujillo Rado
Grupo Inmobiliario LOS FAROS SAC y otros
2
15:00
00823-2013-0-1018-JM-CI-01
Damaso Paucarmayta Bravo
Juez Bony Eve Gamarra Flores y otros
MIERCOLES 8 DE AGOSTO DE 2018 HORA
NÚMERO EXPEDIENTE
DEMANDANTE
DEMANDADO
MATERIA
RESOL. IMPUG.
PROCEDE
COLEGIADO
1
08:00
00423-2014-0-1001-JR-FT-02
Ministerio Público, agraviada
Hector Andres Ojeda Cornejo
Violencia familiar
sentencia
2JFC
Dirimencia Pereira Alagón
2
15:00
00087-2017-0-1001-SP-FC-01
Mitzi Rios Apaza
Jose Rolando Lasteros Villa
Divorcio por causal
sentencia
JMx Calca
Dirimencia Gutiérrez Merino
JUEVES 9 DE AGOSTO DE 2018
1
HORA
NÚMERO EXPEDIENTE
DEMANDANTE
DEMANDADO
MATERIA
RESOL. IMPUG.
PROCEDE
COLEGIADO
15:00
00938-2016-0-1001-JM-FT-01
Ministerio Público
Flora Farfán Vera y otro
Violencia familiar
sentencia
1JMx Wanchaq
Dirimencia Gutiérrez Merino
Begonia del Rocío Velásquez Cuentas Presidenta de Sala
Roxana Bohórquez Abarca Secretaria de Sala
22
La República
Miércoles, 8 de agosto del 2018
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO
PRIMERA SALA LABORAL
TABLA DE AUDIENCIAS DE VISTAS DE CAUSA Lunes, 6 de agosto de 2018 Nº
Hora 1 2 3 4 5 6
Exp.
08:20 08:45 09:45 10:45 11:45 12:20
Apelación
2858-2017 340-2018 1949-2017 3712-2017 3927-2017 58-2018
Sentencia Sentencia Sentencia Sentencia Sentencia Sentencia
Demandante Suyo Quispe, Lidy Elisa Silva Pérez, Jhon Becerra Aragón, Adan Culpar Sánchez, Máximo Luque Alagón, Percy Miranda Taype, Hermenegilda
Demandado Municipalidad de Cusco Caja Municipal Ahorro y Crédito Cusco Instituto Nacional de Cultura de Cusco Inca Rail SAC Municipalidad de Santiago Municipalidad de Santiago
Materia
Proc.
Colegiado
Reconoc. de Régimen Laboral
1.J.T.C.
Pinares-Gutiérrez-Cáceres
Reposición
4.J.T.C.
Pinares-Gutiérrez-Cáceres
Desnaturalización de Contrato
4.J.T.C.
Pinares-Gutiérrez-Cáceres
Reposición
4.J.T.C.
Pinares-Gutiérrez-Cáceres
Reposición
1.J.T.C.
Pinares-Gutiérrez-Cáceres
Reposición
1.J.T.C.
Pinares-Gutiérrez-Cáceres
Martes, 7 de agosto de 2018 Nº
Hora 1 2 3 4 5 6
Exp.
08:20 08:45 09:30 10:00 10:45 11:45
Apelación
2597-2017 3976-2017 2857-2017 4134-2017 3882-2017 2952-2017
Sentencia Sentencia Sentencia Sentencia Sentencia Sentencia
Demandante Bedia Barreto, Aydee Huamán Turpo, Guillermina Portillo Becerra, Edson Arriola Tuni, Carlos Antonio Condori Quispe, Rosmery Rosell Bocanegra, Lourdes
Demandado Municipalidad de Wanchaq Municipalidad de Cusco Municipalidad de Cusco Direc.Desconcent. de Cultura Cusco Gestión de Servcios Ambientales SAC Direc.Desconcent. de Cultura Cusco
Materia
Proc.
Colegiado
Reconoc. de Régimen Laboral
1.J.T.C.
Pinares-Gutiérrez-Cáceres
Reposición
1.J.T.C.
Pinares-Gutiérrez-Cáceres
Indemnización por Lucro Cesante
1.J.T.C.
Pinares-Gutiérrez-Cáceres
Reconoc. de Contrato de Trabajo
4.J.T.C.
Pinares-Gutiérrez-Cáceres
Indemn. por Despido Arbitrario
4.J.T.C.
Pinares-Gutiérrez-Cáceres
Pago de Beneficios Sociales
4.J.T.C.
Pinares-Gutiérrez-Cáceres
Miércoles, 8 de agosto de 2018 Nº 1 2 3 4 5 6
Hora 08:20 08:45 09:45 10:45 11:45 12:20
Exp. 3453-2017 3368-2017 921-2018 2695-2017 1371-2017 4527-2017
Apelación Sentencia Sentencia Sentencia Sentencia Sentencia Sentencia
Demandante Zúñiga Martinez, Pablo Meza del Castillo, Miriam Eliana Huillca Espinoza, Rubén Quispe Tintaya, Walter Javier Araujo Núñez, Dina Huarcaya Zegarra, Enriqueta
Demandado Municipalidad de Cusco Corporación Khipu SAC Plan COPESCO Alviz Montañez, Reynaldo Municipalidad de Santiago Municipalidad de Santiago
Materia
Proc.
Colegiado
Reconoc. de Régimen Laboral
1.J.T.C.
Pinares-Gutiérrez-Cáceres
Reposición
4.J.T.C.
Pinares-Gutiérrez-Cáceres
Reposición
4.J.T.C.
Pinares-Gutiérrez-Cáceres
Indemn. por Despido Arbitrario
4.J.T.C.
Pinares-Gutiérrez-Cáceres
Pago de CTS y otro
1.J.T.C.
Pinares-Gutiérrez-Cáceres
Reposición
1.J.T.C.
Pinares-Gutiérrez-Cáceres
Jueves, 9 de agosto de 2018 Nº
Hora 1 2 3 4 5 6
Exp.
08:20 08:45 09:30 10:00 10:45 11:45
Apelación
2946-2017 3166-2017 1769-2017 543-2018 4149-2017 4398-2017
Sentencia Sentencia Sentencia Sentencia Sentencia Sentencia
Demandante Ríos Mamani, Nadir Manga Villafuerte, María Roxana Amache Huallpayunca, Juan Quispe Huillca, Samuel Escalante Mancilia, Jacqueline Rondón Sánchez, Pascuala
Demandado
Materia
Proc.
Colegiado
Municipalidad de Cusco Municipalidad de Cusco Municipalidad de Cusco ENACO Corte Superior de Justicia de Cusco
Reconoc. de Régimen Laboral
1.J.T.C.
Pinares-Gutiérrez-Cáceres
Indemn. por Despido Arbitrario
1.J.T.C.
Pinares-Gutiérrez-Cáceres
Pago de Remuneración Básica
1.J.T.C.
Pinares-Gutiérrez-Cáceres
Reposición
4.J.T.C.
Pinares-Gutiérrez-Cáceres
Reint.de Bono por Función Jurisdic.
4.J.T.C.
Pinares-Gutiérrez-Cáceres
IMA Cusco
Reposición
1.J.T.C.
Pinares-Gutiérrez-Cáceres
Viernes, 10 de agosto de 2018 Nº 1 2
Hora 10:30 11:00
Exp. Apelación 2901-2017 Sentencia 3274-2016 Sentencia
Demandante Venero Vásquez, Adrian Cesar Farfán Delgado, Carmen Rosa
Demandado
Materia
ENACO Direc.Desconcent. de Cultura Cusco
Proc.
Nulidad de Despido
4.J.T.C.
Reconoc. de Contrato de Trabajo
4.J.T.C.
Colegiado Dirimencia: Caceres Dirimencia: Caceres
Cusco, 06 de agosto del 2018
MIRIAM HELLY PINARES SILVA PRESIDENTA
MARIA DEL ROSARIO DONGO CALLO SECRETARIA
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO PRIMERA SALA PENAL DE APELACIONES DE CUSCO
Rol de audiencias Publicas y Privadas -Miercóles , 08 de agosto de 2018
HORA
LUGAR
N° CAUSA
TIEMPO DE DURACIÓN
IMPUTADO (a)
DELITO (s)
AGRAVIADO (s)
ACTO IMPUGNADO
JUEZ SUPERIOR PONENTE
IMPUGNANTE
PROCEDENCIA
EL ESTADO PERUANO
LECTURA DE SENTENCIA
*Sarmiento
Abogado de la sentenciada Sonia Velasquez Hancco
1° JUZG. UNIPERSONAL - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL
8:00 a.m.
Sede
1577-2016-51
20 minutos
VELASQUEZ HANCCO, SONIA
ATENTADO CONTRA MONUMENTOS ARQUEOLÓGICOS
8:20 a.m.
Sede
1419-2013-94
20 minutos
MUÑOZ SUAREZ, MARINA
PREVARICATO
EL ESTADO PERUANO
LECTURA DE SENTENCIA
*Barra
Abogado de la sentenciada Marina Muñoz Suarez
5º JUZGADO PENAL UNIPERSONAL - SEDE CENTRAL
8:40 a.m.
Sede
3605-2016-80
20 minutos
SULUAGA CISNEROS, LUIS ALBERTO
LESIONES CULPOSAS
PAREJA CHAVEZ, SUSAN
LECTURA DE SENTENCIA
*Balladares
Abogado del sentenciado Luis Alberto Suluaga Cisneros
3° JUZ. PENAL UNIPERSONAL - Sede Central
9:00 a.m.
Sede
268-2012-0
20 minutos
ZEGARRA OLAVE, DIONI Y OTRO
USURPACIÓN
RODRIGUEZ RIVAS, RINA
LECTURA DE SENTENCIA
*Balladares
Abogado de los imputados Dioni Zegarra Olave y otro
Juzgado Penal Unipersonal de Urubamba,
9:20 a.m.
Sede
791-2017-36
20 minutos
MUJICA ARGANDOÑA, EFRAIN
LESIONES CULPOSAS
ESCUDERO HUAMANI, MARILUZ
APELACIÓN DE AUTO FUNDADO SOBRESEIMIENTO
Barra
Abogado de la parte agraviada Mariluz Escudero Huamani
6° JUZ. DE INVES. PREPARATORIA - Sede Central
9:40 a.m.
Sede
308-2016-4
20 minutos
DIAZ CAVIEDES, MILLTON EDWARD
OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR
MENOR DE INICIALES E.A.D.C.
APELACIÓN DE AUTO FUNDADA DE REVOCATORIA DE REGIMEN DE PRUEBA
Balladares
Abogado del sentenciado Millton E. Diaz Caviedes
2° JUZ. INVES. PREP. - FLAGRANCIA, OAF Y CEED SEDE CENTRAL
10:00 a.m.
Sede
242-2018-85
20 minutos
LOAIZA OLARTE, JAIME
HOMICIDIO SIMPLE
QEVF MIGUEL ANGEL ESCOBAR YABAR
APELACIÓN DE AUTO DESAPRUEBA TERMINACIÓN ANTICIPADA
Sarmiento
Representante del Ministerio Püblico y abogado del imputado Jaime Loaiza Olarte
4° JUZ. DE INVES. PREPARATORIA - Sede Central
10:20 a.m.
Sede
270-2017-73
20 minutos
BARBACHAN LLERENA, ARGENIS ANTONIO
MICRO COMERCIALIZACIÓN O MICROPRODUCCIÓN DE DROGA
EL ESTADO PERUANO
APELACIÓN DE AUTO IMPROCEDENTE EXCEPCIÓN DE IMPROCEDENCIA DE LA ACCIÓN
Barra
Abogado del investigado Argenis A. Barbachan Llerena
4° JUZ. DE INVES. PREPARATORIA - Sede Central
10:40 a.m.
Sede
2558-2014-54
20 minutos
INCA ROCA LABRA, DAVID
HOMICIDIO CULPOSO
MENOR DE INICIALES F.L.C.
APELACIÓN DE AUTO IMPROCEDENTE CONVERSIÓN DE LA PENA
Balladares
Abogado del investigado David Inca Roca Labra
5º JUZGADO PENAL UNIPERSONAL - SEDE CENTRAL
11:00 a.m.
Sede/VC Quenccoro
4471-2016-4
1 hora
LAURA QUISPE, JUAN DE DIOS Y OTRA
ASESINATO
QEVF SILVIA NIETO QUISPE REP POR RENE NIETO QUISPE
CONTINUACIÓN - APELACIÓN DE SENTENCIA CONDENATORIA
* Barra
Abogado del sentenciado Juan de Dios Laura Quispe
JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL - SEDE CENTRAL
3:00 p.m.
Sede
296-2016-6
20 minutos
BLANCO PAUCAR AMERICO Y OTRO
USURPACIÓN
RIVAS ARAUJO, JORGE AMERICO
LECTURA DE SENTENCIA
*Balladares
Abogado del investigado Américo Blanco Paucar
Juzgado Penal Unipersonal de Anta,
JUECES SUPERIORES:
BALLADARES APARICIO, SARMIENTO NUÑEZ, BARRA PINEDA
URIEL BALLADARES APARICIO PRESIDENTE PRIMERA SALA PENAL DE APELACIONES DEL CUSCO
LIA MILAGROS CASTRO WARTHON ESPECIALISTA JUDICIAL DE SALA PRIMERA SALA PENAL DE APELACIONES DEL CUSCO
Miércoles, 8 de agosto del 2018
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO NUEVA LEY PROCESAL DE TRABAJO RELACIÓN DE AUDIENCIAS DEL 23 AL 26 DE JULIO DE 2018 LOCAL : URBANIZACION LA FLORIDA C-14 PASAJE KANTUS Número de Hora Tipo Audiencia Materia Demandado Expediente UBICACIÓN: 1º SALA DE AUDIENCIAS LABORAL LUNES DÍA DE 06 DE AGOSTO DEL AÑO 2018 PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES Y/O MUNICIPALIDAD DISTRITAL 08:30 08:59 00615-2018-0CONCILIACION INDEMNIZACION U DE SANTIAGO OTROS BENEFICIOS ECONOMICOS 09:00
09:29
00606-2018-0-
CONCILIACION
09:30
09:59
00621-2018-0-
CONCILIACION
10:00
11:29
03109-2017-0-
JUZGAMIENTO
DERECHOS LABORALES CESE DE ACTOS DE HOSTILIDAD DEL EMPLEADOR INDEMNIZACION POR DESPIDO ARBITRARIO Y OTROS
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO PROYECTO ESPECIAL REGIONAL PLAN MERISS
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
23
LUNES DÍA DE 06 DE AGOSTO DEL AÑO 2018
Demandante
SENCIA SOTOMAYOR ALEJANDRO OLARTE VELASQUEZ WASHINGTON DELGADO AEDO MATEO AMERICO
08:00
08:59
01048-2018-0-
CONCILIACION
PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES Y/O INDEMNIZACION U OTROS BENEFICIOS ECONOMICOS
ARZOBISPADO DEL CUSCO
CONTO QUISPE PATRICIA NATALY
09:00
10:59
00796-2018-0-
JUZGAMIENTO
DERECHOS LABORALES
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN SEBASTIAN
CERVANTES ONOFRE DE LUQUE CARLOS MOLLO DONATA ENRIQUE
11:00
12:59
04407-2017-0-
JUZGAMIENTO
DERECHOS LABORALES
GERENTEREGIONAL DEL SUR ALVAREZ DE PANAMERICANA CACERES FIDEL TELEVISION SA
14:30
15:29
01392-2018-0-
CONCILIACION
INDEM. POR DAÑOS Y PERJUICIOS POR FALTA JIBAJA SOTOMAYOR RUTH GRAVE DEL TRABAJADOR
Magistrado
COLQUE ROJAS RODOLFO
COLQUE ROJAS RODOLFO COLQUE ROJAS RODOLFO
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN SEBASTIAN
YUCRA NINA EPIFANIO
COLQUE ROJAS RODOLFO
LONCONI HUILLCA ALEX
COLQUE ROJAS RODOLFO
11:30
12:29
00743-2018-0-
UNICA
REPOSICION
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO
12:30
12:59
04417-2017-0-
CONCILIACION
INDEMNIZACION POR DESPIDO ARBITRARIO Y OTROS
MENACHO CONSETTUR MACHUPICCHU COLQUE ROJAS DURAN JOSEPH SAC RODOLFO IRWIN
CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE
CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE
ELECTRO SUR ESTE S.A.A.
CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE
MARTES DÍA DE 07 DE AGOSTO DEL AÑO 2018 08:00
08:59
01394-2018-0-
CONCILIACION
DERECHOS LABORALES
PROYECTO ESPECIAL RGIONAL PLAN COPESCO
HUAMAN FUENTES MARITHZA
CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE
09:00
10:59
03231-2017-0-
JUZGAMIENTO
DERECHOS LABORALES
EL BANCO AGROPECUARIO AGROBANCO
CORNEJO MENDIGURI ERIKA PATRICIA
CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE
11:00
12:59
04449-2017-0-
JUZGAMIENTO
REPOSICION
GOBIERNO REGIONAL CUSCO
CUBA PUMA SUSANA
CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE
14:30
15:29
00329-2018-0-
CONCILIACION
PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES Y/O INDEMNIZACION U OTROS BENEFICIOS ECONOMICOS
CONDORI CASTILLO JOSE CARLOS
CERVANTES CCAIRA LUQUE CARLOS MACEDO ROCIO ENRIQUE
MARTES DÍA DE 07 DE AGOSTO DEL AÑO 2018
14:00
14:59
04130-2017-0-
CONCILIACION
PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES Y/O INDEMNIZACION U OTROS BENEFICIOS ECONOMICOS
ADVENTURES SAS EIRL
SUMIRE BUSTINCIO HILBERT
COLQUE ROJAS RODOLFO
08:30
08:59
04313-2017-0-
CONCILIACION
DERECHOS LABORALES
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO
ARAOZ QUISPE VICTORIANO
COLQUE ROJAS RODOLFO
09:00
09:29
00649-2018-0-
CONCILIACION
DERECHOS LABORALES
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JERONIMO
BACA BORDA YENI
COLQUE ROJAS RODOLFO
DIRECCION REGIONAL DE TRANSPORTES Y CONDORI TAIPE TELECOMUNICACIONES DEL TEODORO GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO CARDENAS CORTE SUPERIOR DE ESTEVES LUZ JUSTICIA DE CUSCO JANNET
MIERCOLES DÍA DE 08 DE AGOSTO DEL AÑO 2018 08:00
08:59
01414-2018-0-
CONCILIACION
DERECHOS LABORALES
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE WANCHAQ
QUISPE MUJICA CERVANTES DE HUAYLLA LUQUE CARLOS MARGARITA ENRIQUE
09:00
10:59
01466-2018-0-
UNICA
REPOSICION
MUNICIPALIDD DISTRITAL DE SANTIAGO
QUISPE ROJAS RONAL
CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE
COLQUE ROJAS RODOLFO
09:30
09:59
02959-2017-0-
CONCILIACION
DERECHOS LABORALES
10:00
11:29
03877-2017-0-
JUZGAMIENTO
DERECHOS LABORALES
11:30
12:29
00877-2018-0-
UNICA
REPOSICION
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE WANCHAQ
HUAMAN COLQUE ROJAS PAUCAR YUDITH RODOLFO
11:00
11:29
01310-2018-0-
CONCILIACION
DERECHOS LABORALES
BANCO DE LA NACION
ESCALANTE TITO ZULEIMA DENISSE
CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE
12:30
12:59
03785-2017-0-
CONCILIACION
ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO
PALACIOS GONZALES SANTIAGO
11:31
12:59
01154-2018-0-
UNICA
REPOSICION
CAJA MUNICIPAL AREQUIPA
PARI GUTIERREZ COLQUE ROJAS SANTOS RODOLFO
MORANTE VARGAS JAVIER
DERECHOS LABORALES
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO
CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE
14:30
15:29
01437-2018-0-
CONCILIACION
DERECHOS LABORALES
RIOS MENCIA VICTORIA
COLQUE ROJAS RODOLFO
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE WANCHAQ
GUTIERREZ CERVANTES CHARA GRENNY LUQUE CARLOS MARLITH ENRIQUE
CESE DE ACTOS DE HOSTILIDAD DEL EMPLEADOR
CORPORACION PERUANA DE AEROPUERTOS Y AVIACION COMERCIAL SA CUSCO
CORRALES CERVANTES ALVAREZ JAVIER LUQUE CARLOS ELIAZAR ENRIQUE
14:30
15:29
02956-2017-0-
JUZGAMIENTO
COLQUE ROJAS RODOLFO
COLQUE ROJAS RODOLFO
MIERCOLES DÍA DE 08 DE AGOSTO DEL AÑO 2018 08:30
08:59
00446-2018-0-
CONCILIACION
POR DEFINIR
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO
09:00
09:29
00711-2018-0-
CONCILIACION
DERECHOS LABORALES
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO
CALVO BACA HERNAN
COLQUE ROJAS RODOLFO
NINA YABAR LIZBET
COLQUE ROJAS RODOLFO
09:30
09:59
00735-2018-0-
CONCILIACION
DERECHOS LABORALES
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN SEBASTIAN MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO
HUAMAN GOMEZ CRISTOBAL
COLQUE ROJAS RODOLFO
TTITO QUISPE ANDREA
COLQUE ROJAS RODOLFO
10:00
10:59
03542-2017-0-
JUZGAMIENTO
INDEMNIZACION POR DESPIDO ARBITRARIO Y OTROS
11:00
11:59
03706-2017-0-
JUZGAMIENTO
DERECHOS LABORALES
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO
12:00
13:00
03385-2017-0-
JUZGAMIENTO
DERECHOS LABORALES
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO
14:30
15:29
03215-2017-0-
JUZGAMIENTO
DERECHOS LABORALES
PRESIDENTE DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO
CASTILLO MARCOTE YOBANA MARIBEL FERNANDEZ POMALAZA CARMEN VICTORIA
08:59
00128-2018-0-
CONCILIACION
DERECHOS LABORALES
CEP MARIA AUXILIADORA CUSCO MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JERONIMO
09:00
09:29
00050-2018-0-
CONCILIACION
INDEMNIZACION POR DESPIDO ARBITRARIO Y OTROS
09:30
09:59
00775-2018-0-
CONCILIACION
DERECHOS LABORALES
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO
10:00
10:59
03387-2017-0-
JUZGAMIENTO
DERECHOS LABORALES
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO
11:00
11:59
03659-2017-0-
JUZGAMIENTO
DERECHOS LABORALES
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO
12:00
12:59
02377-2017-0-
JUZGAMIENTO
DERECHOS LABORALES
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO
14:30
15:29
03308-2017-0-
JUZGAMIENTO
DERECHOS LABORALES
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO
ARRIOLA HOLGADO ANGIE PAOLA QUISPE MACHACCA VICTORIANO SEGUNDO CATALAN RUBEN ESTANISLAO
08:29
00453-2018-0-
CONCILIACION
POR DEFINIR
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO
08:30
08:59
00117-2018-0-
CONCILIACION
DERECHOS LABORALES
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO
11:00
12:59
03848-2017-0-
JUZGAMIENTO
PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES Y/O INDEMNIZACION U OTROS BENEFICIOS ECONOMICOS
DIRECCION DESCONCENTRADA DE CULTURA DE CUSCO
CUADROS CERVANTES CORNEJO JESUS LUQUE CARLOS RAUL ENRIQUE
14:30
15:29
01419-2018-0-
CONCILIACION
DERECHOS LABORALES
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO
MENDOZA CONDORI TERESA ROSA
CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE
CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE
SERVICIOS POSTALESDEL PERU SA SERPOST
CABEZAS DE CACERES PILAR RITA
09:00
10:59
00175-2018-0-
JUZGAMIENTO
DERECHOS LABORALES
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN SEBASTIAN
LOPEZ CERVANTES HUAHUASONCC LUQUE CARLOS O ISABEL ENRIQUE
11:00
12:59
00089-2018-0-
JUZGAMIENTO
DERECHOS LABORALES
DIRECCION DESCONCENTRADA DE CULTURA DE CUSCO
HUARANCA ALLASI JORGE
CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE
14:00
14:29
00464-2018-0-
JUZGAMIENTO
POR DEFINIR
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO
CHOCCATA QUISPE JULIAN
CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE
14:30
15:29
01238-2018-0-
CONCILIACION
CESE DE ACTOS DE HOSTILIDAD DEL EMPLEADOR
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE WANCHAQ
HUAMAN CERVANTES MOLINA JORGE LUQUE CARLOS JHON ENRIQUE
OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO INICIADAS POR AFPS
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO
PRIMA AFP SA
RODRIGUEZ TORREBLANCA CHRISTIAN ANTHONY
PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES Y/O INDEMNIZACION U OTROS BENEFICIOS ECONOMICOS
LIMPET CORP S.A.C.
VELARDE PERALTA JOSE ANGEL
RODRIGUEZ TORREBLANCA CHRISTIAN ANTHONY
PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES Y/O INDEMNIZACION U OTROS BENEFICIOS ECONOMICOS
CLINICA SAN JOSE S.A.C.
HUARANCA VILLANUEVA JACKELIN YOVANA
RODRIGUEZ TORREBLANCA CHRISTIAN ANTHONY
PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES Y/O INDEMNIZACION U OTROS BENEFICIOS ECONOMICOS
EMPRESA ODIN INGENIEROS SOCIEDA DE CONDORI RESPONSABILIDAD TINOCO LIMITADA ODIN INGENIEROS ERIBERTO SCR LTDA
COLQUE ROJAS RODOLFO
OLMEDA COLQUE ROJAS QUISPE YANESA RODOLFO HUILLCA CASTILLA ROSALIA HUAMAN SARMIENTO FRANCISCO TRUJILLO GAMARRA LUIS ALBERTO
COLQUE ROJAS RODOLFO COLQUE ROJAS RODOLFO COLQUE ROJAS RODOLFO
QUISPEHUAMA N PEREZ MARINA VERGARA ESTRADA NARCISA MARCAVILLACA ALVAREZ LUZMILA
COLQUE ROJAS RODOLFO
UBICACIÓN: 4º SALA DE AUDIENCIAS LABORAL MARTES DÍA DE 07 DE AGOSTO DEL AÑO 2018
COLQUE ROJAS RODOLFO
00697-2018-0-
CONCILIACION
DERECHOS LABORALES
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE WANCHAQ
CHAMBI QUISPE COLQUE ROJAS ALBERTO RODOLFO
COLQUE ROJAS RODOLFO
10:00
10:59
00487-2018-0-
UNICA
REPOSICION
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO
CJURO PACCO PERCY LUIS
COLQUE ROJAS RODOLFO
11:00
11:59
01076-2018-0-
UNICA
REPOSICION
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN SEBASTIAN
PALOMINO ZAMORA FRANCISCO
COLQUE ROJAS RODOLFO
UBICACIÓN: 2º SALA DE AUDIENCIAS LABORAL
MUNICIPALIDAD DSITRITAL DE SANTIAGO
IMPUGNACION DE LAS SANCIONES DISCIPLINARIAS IMPUESTAS POR EL EMPLEADOR
09:59
JUZGAMIENTO
DERECHOS LABORALES
CONCILIACION
09:30
03723-2017-0-
JUZGAMIENTO
01428-2018-0-
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO
15:29
04057-2017-0-
08:59
DERECHOS LABORALES
14:30
10:59
08:00
CONCILIACION
VISTA DE LA CAUSA
09:00
SINDICATO DE OBREROS MUNICIPALES CERVANTES PERMANENTES LUQUE CARLOS DEL MUNICIPIO ENRIQUE DE SANTIAGO SOMUPSMDS
COLQUE ROJAS RODOLFO
00039-2018-0-
01297-2017-0-
CONCILIACION
VIERNES 10 DE AGOSTO DEL AÑO 2018
09:29
12:59
01321-2018-0-
COLQUE ROJAS RODOLFO
09:00
12:00
08:59
COLQUE ROJAS RODOLFO
VIERNES 10 DE AGOSTO DEL AÑO 2018 08:00
08:00
COLQUE ROJAS RODOLFO
JUEVES DÍA DE 09 DE AGOSTO DEL AÑO 2018 08:30
JUEVES DÍA DE 09 DE AGOSTO DEL AÑO 2018
09:00
09:59
00116-2018-0-
UNICA
MIERCOLES DÍA DE 08 DE AGOSTO DEL AÑO 2018
09:00
09:59
01090-2018-0-
UNICA
JUEVES DÍA DE 09 DE AGOSTO DEL AÑO 2018
09:00
PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES Y/O INDEMNIZACION U OTROS BENEFICIOS ECONOMICOS
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO
ESCOBAR FARFAN DOMINGO
CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE
DERECHOS LABORALES
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO
MANGA HUAMAN JAKELINE
COLQUE ROJAS RODOLFO
09:59
00525-2018-0-
UNICA
VIERNES 10 DE AGOSTO DEL AÑO 2018
09:00
09:59
01046-2018-0-
UNICA
RODRIGUEZ TORREBLANCA CHRISTIAN ANTHONY
24
La República CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO
&257(683(5,25'(-867,&,$'(/&86&2 6$/$0,;7$3(1$//,48,'$'25$