SALUD Inician proceso administrativo disciplinario a servidor ... - Minsa

zo que determina la Ley o en su defecto publicar en el Diario. Oficial El Peruano. Regístrese y comuníquese. LEONARDO BUDD YACILA. Director Ejecutivo"
3KB Größe 0 Downloads 4 vistas
"SALUD Inician proceso administrativo disciplinario a servidor del Hospital Huacho Huaura Oyón y Servicios Básicos de Salud HOSPITAL HUACHO HUAURA OYÓN SERVICIOS BÁSICOS DE SALUD RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 204-2002-HHHO-SBS-D Huacho, 25 de julio del 2002 Visto el Memorándum Nº 1112-2002-DISA-LN-HRHSBSHO-D, y el Informe Nº 001-2002 de fecha 20 de julio de 2002 de la Comisión de Procesos Administrativos Disciplinarios y concordante con el Oficio Nº 053.2002.DISA.III.LN.HHHO.SBS.JOAI, al que adjunta el Informe Administrativo Nº 002-2002-DISAIII. HHO.SBS.OAI; Se pronuncia sobre la procedencia de instaurar proceso administrativo disciplinario al TAP Eduardo Valladares Quispe, con el cargo de Técnico Administrativo III, Nivel STA del Hospital Huacho Huaura Oyón y Servicios Básicos de Salud; CONSIDERANDO: Que, en mérito al Oficio de vistos, la Comisión Permanente de Proceso Administrativo Disciplinario ha encontrado evidencias de la Comisión de Falta Administrativa Disciplinaria por parte del servidor EDUARDO VALLADARES QUISPE, por haber transgredido el Art. 28º incisos a) y c), del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa, así mismo el Art. 133º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Carrera Administrativa y del literal F) del Art. 78º de la R.M. Nº 132-92 SA/P - Reglamento de Control de Asistencia y Permanencia de Personal del Minsa y sus Entidades Ejecutoras, por lo cual en reunión del 20 de julio de 2002 se acordó por UNANIMIDAD según Informe CPPAD Nº 001-2002, pronunciarse sobre la procedencia de instaurar Proceso Administrativo Disciplinario; Estando a lo recomendado; SE RESUELVE: 1º.- Instaurar Proceso Administrativo Disciplinario, por la Comisión de Falta Administrativa Disciplinaria contemplada en el Art. 28º incisos a) y c) del Decreto Legislativo Nº 276; incluso en el Art. 133º del D.S. Nº 005-90-PCM y del literal F del Art. 78º de la R.M. Nº 132-92-SA/P - Reglamento de Control de Asistencia y Permanencia de Personal del Minsa de las Entidades

Ejecutoras a don EDUARDO VALLADARES QUISPE con el cargo de Técnico Administrativo III Nivel STA del Hospital Huacho Huaura Oyón y Servicios Básicos de Salud. 2º.- La Comisión Permanente de Proceso Administrativo del Hospital Huacho Huaura Oyón y Servicios Básicos de Salud, procederá a efectuar la investigación y a evacuar el informe final, dentro del plazo de 30 días hábiles improrrogables que señala el Art. 163º del D.S. Nº 00590-PCM. 3º.- Notificar la presente Resolución al servidor a efectos de que cumpla con presentar sus descargos en el plazo que determina la Ley o en su defecto publicar en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese y comuníquese. LEONARDO BUDD YACILA Director Ejecutivo"

proponer documentos