"SALUD Inician procedimiento administrativo a profesional de centro

El Informe Inicial Nº 004-2000-CPPAD-DISA-IV-LE de fecha 4 de agosto del 2000, de la Comisión Permanente de. Procesos Administrativos Disciplinarios.
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"SALUD Inician procedimiento administrativo a profesional de centro de salud RESOLUCION DIRECTORAL Nº 0417-2000-DISA-IV-LE-DG/DP Lima, 18 de setiembre de 2000 VISTO: El Informe Inicial Nº 004-2000-CPPAD-DISA-IV-LE de fecha 4 de agosto del 2000, de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios. CONSIDERANDO: Que mediante Informe Inicial Nº 004-2000-CPPAD-IVLE de fecha 4 de agosto del 2000, la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios ha recomendado la apertura de proceso administrativo disciplinario a la Cirujano Dentista ROSARIO MONTOYA QUEVEDO, por haber incurrido en la presunta comisión de faltas administrativas graves de carácter disciplinarias previstas en el Artículo 28º incisos a) y k) del Decreto Legislativo Nº 276, incumplimiento de las normas establecidas en la Ley y el Reglamento, y ausencias injustificadas por más de tres (3) días consecutivos. Que con Informe Nº 072-2000-DISA-IV-LE-DEA-DPURCL de fecha 17 de marzo del 2000, la Unidad de Control de Asistencia y Permanencia señala que la T.A.P. ROSARIO MONTOYA QUEVEDO, del Centro de Salud ""Musa"", ha incurrido en faltas graves de carácter disciplinarias al haber hecho abandono de cargo a partir del 28 de febrero del 2000, previstas en el Artículo 28º incisos a) y k) del Decreto Legislativo Nº 276, a pesar de haberse presentado en forma extemporánea solicitud de Licencia por Asuntos Particulares sin Goce de Haberes, de fecha 6 de marzo del 2000. Que según Oficio Nº 0475-DISA-IV-LE/DP-2000 de fecha 5 de julio del 2000, la Dirección de Personal señala que la Cirujano Dentista ROSARIO MONTOYA QUEVEDO ha incurrido en falta de carácter disciplinaria tipificada en el Artículo 28º incisos a) y k) del Decreto Legislativo Nº 276, recomendando que el caso sea remitido a la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios. Que analizado los hechos ocurridos y el Expediente Administrativo correspondiente, existen indicios razonables y atendibles que conllevan a señalar que la Cirujano Dentista ROSARIO MONTOYA QUEVEDO, ha incumplido sus obligaciones señaladas en el Artículo 21º incisos a) y c) del Decreto Legislativo Nº 276, cumplir personal y diligentemente

los deberes que impone el servicio público, y concurrir puntualmente y observar los horarios establecidos, incurriendo en la presunta comisión de faltas administrativas graves de carácter disciplinaria, señaladas en el Artículo 28º, incisos a) y k) del Decreto Legislativo Nº 276, incumplimiento de las normas establecidas en la Ley y el Reglamento, y ausencias injustificadas por más de tres (3) días consecutivos, situación que amerita la apertura de proceso administrativo disciplinario a fin de deslindar la responsabilidad administrativa incurrida por la mencionada servidora. Estando a lo informado por la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, y con la opinión favorable de la Dirección Ejecutiva de Administración, la Dirección de Personal y la Asesoría Legal. De conformidad con las normas contenidas en el Decreto Legislativo Nº 276 y los Artículos 163º, 166º, 167º, 172º y demás pertinentes del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM. En uso de las facultades conferidas por la Resolución Ministerial Nº 141-87-SA-P y su ampliatoria. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Abrir proceso administrativo disciplinario a doña ROSARIO MONTOYA QUEVEDO, Cirujano Dentista Nivel IV, del Centro de Salud ""Musa"", por la presunta comisión de faltas administrativas graves de carácter disciplinarias señaladas en los considerandos de la presente Resolución Directoral. Artículo 2º.- Remitir el presente Expediente Administrativo a la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, quien procederá a efectuar la investigación correspondiente y elevar su Informe Final respectivo a la Dirección General, en el plazo de treinta (30) días hábiles e improrrogables. Artículo 3º.- Disponer que la Dirección de Personal notifique a la mencionada servidora la presente Resolución Directoral, para que en un plazo de cinco (5) días hábiles presente su descargo ante la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios. Regístrese, comuníquese y cúmplase. PABLO S. CORDOVA TICSE Director General Dirección de Salud IV Lima Este"