"SALUD Inician proceso disciplinario a ex Director Ejecutivo de Apoyo Administrativo de la Dirección de Salud II Lima Sur RESOLUCION DIRECTORAL Nº 476-99-DISA-II-LS/DG Lima, 16 de junio de 1999 Visto el Oficio Nº 009-DISA-II-LS, de fecha 10 de junio de 1999, de la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, relacionado con la instauración de Proceso Administrativo Disciplinario al TAP. don: Roberto Joaquín GUERRERO FALCONI, Asistente Administrativo I, Nivel SPC, ex Director Ejecutivo de Apoyo Administrativo de la Dirección de Salud II Lima Sur; CONSIDERANDO: Que, con Informe Nº 011-98-DISA-II-LS-OAI, de fecha 24 de setiembre de 1998, la Dirección de Auditoría Interna, remitió el expediente la Evaluación del Examen Especial de la Dirección Subregional de Salud II Lima Sur Ejercicio 1997; Que, del análisis efectuado a las conclusiones Nºs. 04, 05, 06, 08, 09, 10 y los respectivos hallazgos del Informe Nº 011-98-DISA-II-LS-OAI. Examen Especial a la Dirección Subregional de Salud II Lima Sur - Ejercicio 1997, se concluye que el TAP. Roberto Joaquín GUERRERO FALCONI, transgredió lo dispuesto en el Artículo 21º, incisos a), b) y d) del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público; Que, la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios se ha pronunciado por unanimidad por la procedencia de Instaurar Proceso Administrativo Disciplinario, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 167º del Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Instaurar Proceso Administrativo Disciplinario al TAP. Roberto Joaquín GUERRERO FALCONI, con el cargo de Asistente Administrativo I, Nivel SPC; por presuntas faltas disciplinarias en el desempeño de sus funciones como Director Ejecutivo de Apoyo Administrativo de la Dirección de Salud II Lima Sur, incurriendo en faltas de carácter administrativos tipificadas en los incisos a) y d) del Artículo 28º del Decreto Legislativo Nº 276. Artículo Segundo.- Notificar la presente Resolución
al interesado, a fin que presente sus pruebas escritas de descargo en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles contados a partir de la fecha de su notificación. Regístrese y comuníquese. ITALO F. ARBULU TEJERO Director General Dirección de Salud II - Lima Sur"