Pre-‐borrador de propuesta de Principios Organizativos de PODEMOS
(versión ampliada, explicativa y no vinculante) Redacción inicial por Pablo Echenique-‐Robba, en Zaragoza, a 29 de agosto de 2014 Enmiendas, propuestas y transacciones:
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Preámbulo y antecedentes
Este documento es la versión ampliada y no vinculante (la versión breve y vinculante se puede encontrar en [9]) de un pre-‐borrador de propuesta integral para los Principios Organizativos de PODEMOS que se basa principalmente en la propuesta inicial del Equipo Técnico [1], que toma una gran parte de las ideas que se hallan en la misma y que la completa o modifica en algunos puntos importantes: • Definiendo en mayor detalle el funcionamiento de los Círculos de PODEMOS, sus competencias y obligaciones, así como las relaciones entre ellos y los Círculos de ámbitos territoriales o temáticos más amplios. • Dotando de contenido e independencia política y financiera a los Círculos, siempre que estos hayan sido debidamente validados. • Aumentando la intensidad y el alcance de los procesos de participación, control y revocación, así como la frecuencia con la cual se consulta a los Miembros de los Círculos —y de PODEMOS en general— respecto de las decisiones importantes. • Separando las Portavocías de las labores de organización interna y haciéndolas más plurales. En la búsqueda de un amplio consenso, además del pre-‐borrador de propuesta del Equipo Técnico [1] —en el que este pre-‐borrador se basa principalmente—, también nos hemos apoyado en una propuesta de organización para el Círculo de Zaragoza que se está debatiendo en estos momentos y que ha sido redactada por más de una veintena de personas (entre ellas, el autor de la redacción inicial de este borrador), en un paquete de enmiendas aprobadas por el Círculo de Munich que persiguen una mayor participación y horizontalidad, en una propuesta de organización de Círculos sectoriales redactada por el Círculo de Cooperación Internacional [2], en varios documentos publicados en Plaza PODEMOS [3-‐7] y hasta en algún artículo de opinión en la prensa [8]. Son ideas y principios básicos que vertebran esta propuesta: • La apertura de PODEMOS a la mayor cantidad de personas posible. • La paridad de género.
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El acomodo de los diferentes perfiles de participación y compromiso de cada uno, sin juzgar, sin establecer categorías entre diferentes tipos de Miembros y facilitando que todo el mundo pueda aportar sus capacidades, sus ideas y su esfuerzo del modo que mejor pueda o sepa, habilitando todo tipo de canales presenciales (asambleas, eventos, debates, elecciones con urnas en la calle, oficinas, grupos de apoyo y formación, etc.) así como telemáticos (Plaza PODEMOS, Appgree, Loomio, el Banco de Ideas, el Banco de Talentos, elecciones online, etc.). La necesidad de que los canales de participación sean accesibles para todos. La apertura de las decisiones de mayor alcance (listas, programas, acuerdos con otras fuerzas) a toda la ciudadanía; el sometimiento de las decisiones internas más importantes (cargos internos, reglamentos, posicionamientos políticos, presupuestos, revocaciones) a la totalidad de los Miembros de PODEMOS en el ámbito territorial o temático correspondiente (no solamente a aquellos Miembros que tienen el tiempo, el aguante y las condiciones laborales, familiares y económicas para asistir a todas las Asambleas Presenciales); y la gestión de las decisiones ejecutivas del día a día a órganos más ágiles como los Grupos de Trabajo, los Consejos Ciudadanos o las Portavocías y sus Equipos de Apoyo. Esto maximiza la horizontalidad en la toma de decisiones en cada nivel sin comprometer la agilidad y la eficiencia de PODEMOS. La intención de buscar un punto medio que conjugue los principios de subsidiaridad con los de coordinación y responsabilidad. Según el primero, los diferentes Círculos, en tanto que las estructuras a las que ciertos problemas afectan más directamente y que mayor contacto tienen con los territorios y las temáticas específicas, deben tener la máxima independencia política que sea compatible con el segundo grupo de principios; es decir, siempre que las decisiones que se tomen no afecten de un modo relevante a un ámbito más amplio. En tal caso, los principios de coordinación y responsabilidad se imponen y la decisión se eleva o se consulta al ámbito más amplio. Cabe destacar que esta "cesión de soberanía" no sólo es lógica en tales circunstancias sino que, además, el hecho de que todos los Miembros de un Círculo lo sean también, automáticamente, de los Círculos de los ámbitos más amplios que los incluyen hace que aquellos que elevan la decisión "hacia arriba" participen en igualdad de condiciones de la decisión final. En este sentido, más que una "cesión", estaríamos hablando de una "ampliación" de la soberanía. El reconocimiento de que conjugar un alto nivel de independencia e iniciativa política de los Círculos con la necesidad de que todos ellos sean validados a un nivel más amplio de representatividad y con la posibilidad de que las Comisiones de Derechos y Garantías de ámbitos territoriales más amplios puedan actuar de oficio o a solicitud de un grupo significativo de Miembros del Círculo en cuestión —cuando haya problemas importante de funcionamiento o de violación de los Principios Éticos de PODEMOS o de este reglamento— es algo que combina eficientemente agilidad con control. El reconocimiento de que las Asambleas Presenciales tienen innumerables aspectos positivos y son una seña de identidad irrenunciable de PODEMOS que, de hecho, hay que fomentar e intensificar, pero que, como órgano decisorio de los Círculos, adolecen de importantes fallos. A saber: Que, si
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tienen más de 100 o 200 miembros se vuelven poco ágiles, teniendo que elegir, por tanto, entre el tamaño y la operatividad. Que su composición puede ser notablemente antidemocrática, ya que sólo aquellos que, dadas sus condiciones personales, económicas, familiares y laborales, tienen tiempo, dinero, aguante y movilidad suficiente para acudir pueden participar activamente de las mismas. Que el hecho de que sean usadas como órgano decisorio tiende a centrarlas en temas internos del Círculo, a cerrarlas en sí mismas, a volverlas áridas, aburridas para la mayoría de la sociedad, autorreferentes, conservadoras en lo táctico y cada vez menos ilusionantes y más pequeñas. Por todo ello, se plantea aquí que el ámbito de decisión se eleve a una Asamblea Ciudadana online más amplia y más ágil, abriendo así las Asambleas Presenciales a las propuestas de los movimientos y la sociedad civil y haciéndolas más amplias e ilusionantes. El aprovechamiento de las nuevas tecnologías para instituir una Asamblea Ciudadana en cada Círculo, formada por todos sus Miembros y que se considere reunida permanentemente —de un modo online y asíncrono— sin perjuicio de que, en aquellos casos en los que sea posible, se convoquen también Asambleas Presenciales u otro tipo de eventos similares como se comenta en el punto anterior. Esta facilidad tecnológica, inexistente hace unas pocas décadas, permite una participación de todos los Miembros en las decisiones importantes de un modo tan contínuo como se desee, sin que haya que organizar un gran evento —con los costes y problemas logísticos que ello conlleva en los ámbitos territoriales más amplios— y por tanto sin que se tenga que limitar el ejercicio del poder de decisión de los Miembros a una vez cada varios años. El reconocimiento de que, para que este modo online de votación llege efectivamente a todo el mundo, es urgente e ineludible la creación de Grupos de Apoyo y Formación en cada Círculo, que no sólo asistan a las personas que no tienen acceso a recursos informáticos o que tienen más dificultades con el uso de los mismos, sino que, además, las formen en estas habilidades, empoderándolas para que, con el paso del tiempo, puedan hacerlo ellas mismas sin ayuda. La convicción de que las caras visibles de un movimiento tienen una gran importancia a la hora de configurar las perspectivas electorales y de desborde, sumada al reconocimiento de que este efecto puede ser potenciado mediante una pluralidad y una coralidad en lo comunicativo. Esto, que ha sido puesto en práctica con notable éxito en los últimos meses con la aparición en los medios —y en calidad de portavoces interinos— de los cinco Eurodiputados de PODEMOS, de otros candidatos en la lista electoral a las europeas y de otras personas relevantes del movimiento y miembros del Equipo Técnico. Es esto lo que está detrás de nuestra propuesta de aumentar el número de Portavoces de 1 a 3-‐7.
Es también necesario mencionar que, al igual que el pre-‐borrador de propuesta del Equipo Técnico [1], esta propuesta no puede funcionar como una unidad coherente hasta que no se la complemente con: • La especificación y desarrollo de las herramientas informáticas que implementen los debates y votaciones online que aquí se proponen.
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Un documento de Principios Éticos de PODEMOS final, concreto y vinculante. Un Protocolo de Validación de Círculos. Un Protocolo de Financiación, Contabilidad y Transparencia de los Círculos que estructure la independencia financiera y contable que aquí se defiende, siempre siguiendo los principios de coordinación y coherencia. Unos Estatutos que implementen legalmente lo que aquí se dice con las alteraciones mínimas requeridas por la ley.
La colaboración de toda la ciudadanía a través de Plaza PODEMOS, el contacto y debate con el Equipo Técnico, con los Círculos y con toda la gente que ha contribuido o desee contribuir con propuestas organizativas al proceso no sólo será fundamental para producir estas piezas faltantes, sino también para enmendar y modificar este documento —que es tan sólo un pre-‐borrador inicial— y producir así una propuesta final de consenso que pueda ser defendida en la Asamblea Ciudadana "Sí se puede", marcando el principio histórico de una nueva forma de organización política participativa, ágil, transparente y audaz. Invitamos a aquellas personas, grupos o Círculos que quieran comentar detalles sobre este documento que lo hagan en el hilo correspondiente en Plaza PODEMOS [9] y pedimos a quienes quieran enviar enmiendas estructuradas o propuestas de fusión o transacción que lo hagan al email
[email protected]. Por último, cabe repetir que esta es la versión ampliada y más detallada de un documento de Principios Organizativos más breve que se encuentra en [9]. Así, esta versión ha de entenderse como una ampliación explicativa y no vinculante del documento más breve y vinculante; una ampliación que tiene como función la de aportar al lector más datos y reflexiones respecto de las ideas y principios que subyacen a la propuesta, así como sugerir un posible desarrollo reglamentario más detallado que pretende contribuir con un poco de concreción a las siguientes fases del proceso, las cuales sin duda requerirán de una implementación detallada que se base en los principios que se aprueben. Referencias [1] http://bit.ly/1o6r3Cd [2] http://bit.ly/1o6rht8 [3] http://bit.ly/1o6rHQo [4] http://bit.ly/1o6sIaY [5] http://bit.ly/1o6sZe5 [6] http://bit.ly/1o6ty7D [7] http://bit.ly/1o6tVPD [8] http://bit.ly/1o6vnl9 [9] http://bit.ly/1tMw75n
1. Los Miembros de PODEMOS
Cualquier persona puede ser Miembro de PODEMOS. Para ello, simplemente deberá: • ser mayor de 16 años, • inscribirse en PODEMOS según los canales habilitados a tal efecto, • y suscribir el documento de Compromisos Éticos de PODEMOS. Los Miembros tienen derecho a: a. Integrarse como Miembros de pleno derecho en los Círculos sectoriales que deseen y en aquellos Círculos territoriales correspondientes a los barrios, ciudades, comarcas, provincias o autonomías en las que habiten normalmente. b. Tener voz y voto en todos los espacios de discusión PODEMOS y en todas las Asambleas Ciudadanas de los Círculos en los que participen. El voto de todos los Miembros tendrá el mismo peso, sin que quepa alteración alguna a este principio básico de igualdad política. c. Obtener, en el momento de su inscripción, un código de votación permanente que los habilitará para participar en todos los procesos de decisión de PODEMOS. d. El ejercicio del sufragio activo (elegir) y pasivo (ser elegidos) en todos los niveles de la organización. e. Recurrir a las diferentes Comisiones de Derechos y Garantías de PODEMOS para velar por el cumplimiento de sus derechos. f. Agruparse para elevar propuestas, comunicados o preguntas a aquellos Círculos en los que participen y a los de ámbito más amplio; así como a cualquier órgano específico de los mismos. Asimismo, y como cualquier otra persona —Miembro de PODEMOS o no—, también tienen derecho y están invitados a: A. Integrarse en el trabajo diario de los Círculos; en sus Grupos de Trabajo y en sus asambleas. B. Participar en la creación de Círculos nuevos. C. Hacerse Colaboradores de PODEMOS; lo que constituirá, junto a los crowdfundings, una de las principales vías de financiación de la organización. D. Colaborar con cualquier espacio de participación abierta a la ciudadanía que se habilite, como Plaza PODEMOS, Appgree, el Banco de Ideas o el Banco de Talentos.
2. La Red de Círculos de PODEMOS
El Círculo de PODEMOS es la unidad básica de la organización de nuestro movimiento y es diversa en varios sentidos: • Los hay sectoriales o profesionales (p. ej., PODEMOS Discapacidad, PODEMOS Enfermeras), los hay territoriales (p. ej., PODEMOS Zaragoza) y los hay mixtos sectoriales-‐territoriales (p. ej., PODEMOS Artistas Aragoneses). • Entre los territoriales, los hay a cada uno de los posibles ámbitos: barriales, municipales, insulares, provinciales, autonómicos y estatales. • Los hay en el territorio español y los hay en el extranjero. El hecho de que algunos Círculos tengan especiales responsibilidades en lo electoral (los municipales, los autonómicos, los sectoriales y el Gran Círculo Estatal) hace necesario que se defina cómo participan los Miembros de unos y otros Círculos de todos los procesos en igualdad de condiciones. Las reglas son las siguientes: a. Los Miembros de un determinado Círculo territorial son automáticamente Miembros de los Círculos municipal y autonómico en los que el primero esté contenido. b. Lo mismo ocurre con los Miembros de Círculos mixtos sectoriales-‐ territoriales. En este caso, además, los Miembros de Círculos mixtos sectoriales-‐territoriales pueden solicitar (como cualquier persona, de hecho) su inclusión en el Círculo sectorial de temática más próxima; algo que, en este caso, no es automático sino voluntario, aunque recomendable. c. Todos los Miembros de cualquier Círculo son Miembros del Gran Círculo estatal, es decir, son Miembros de PODEMOS. Por ejemplo: • Un Miembro del Círculo PODEMOS Artistas Aragoneses es automáticamente Miembro de PODEMOS Aragón y del Gran Círculo Estatal (esto es, de PODEMOS), y sería recomendable que se integrase voluntariamente también en PODEMOS Artistas y PODEMOS Cultura. • Un Miembro de PODEMOS Discapacidad es automáticamente Miembro del Gran Círculo Estatal. • Un Miembro de PODEMOS Carabanchel-‐Latina (barrios de Madrid) es automáticamente Miembro de PODEMOS Ciudad de Madrid, de PODEMOS Comunidad de Madrid y del Gran Círculo Estatal. Estas relaciones de inclusión define lo que hemos llamado la Red de Círculos de PODEMOS.
Esta sencilla estructura acomoda, por un lado, la gran diversidad de tipos de Círculo existentes y, por el otro, permite que todos los Miembros de PODEMOS participen de modo ordenado, ágil, democrático y en igualdad de condiciones en todos los procesos importantes, se desarrollen éstos al nivel que sea. Asimismo, cabe destacar que la organización que aquí se presenta es análoga y escalable a todos los ámbitos territoriales mencionados y para todos los tipos de Círculos. Por eso comenzamos por el Círculo como unidad básica.
3. Competencias y obligaciones de los Círculos
A la hora de delimitar las competencias y obligaciones de los diferentes Círculos en los diferentes niveles de territorialidad, así como las de los Círculos sectoriales y mixtos sectoriales y territoriales, se opta por un modelo que maximiza la independencia sin rebasar criterios lógicos de coordinación, coherencia y responsabilidad. Es decir, que tiene en cuenta el principio de que las decisiones deben ser tomadas por aquellos que se ven más afectados por ellas y que las conocen de modo más directo, pero que no pierde de vista que hay decisiones que pueden afectar a un ámbito más amplio y que una heterogeneidad muy elevada a nivel político u organizativo podría ser contraproducente; en especial en aquellos temas de mayor alcance como la confección de listas electorales, la redacción de programas o el establecimiento de alianzas con otras fuerzas o movimientos. Por ello, y dentro de estos límites, se dota a los Círculos de una gran independencia y capacidad de maniobra, entendiendo que, en combinación con un Protocolo de Validación de Círculos sólido y seguro así como con Comisiones de Derechos y Garantías independientes y funcionales, esto constituye un modo eficiente, ágil, plural y valiente de funcionar.
3.1. Competencias y obligaciones comunes de todos los Círculos
Más en concreto, todos los Círculos tienen como competencias básicas, al menos, las siguientes: a. Organizar reuniones, debates, asambleas, actividades de formación y divulgación y otros eventos que persigan los fines generales de PODEMOS. b. Financiarse y llevar cabo gastos. c. Elegir a sus propios cargos internos. d. Avalar a candidatos, tanto para cargos internos en los Círculos de ámbito más amplio si los hubiese, como para puestos en las listas electorales de las diferentes elecciones en los territorios correspondientes. e. Proponer enmiendas y redacciones alternativas de los documentos que les competan en función de su posición en la Red de Círculos. f. Elevar propuestas, comunicaciones o preguntas a Círculos de ámbito más amplio en la Red de Círculos, así como apelaciones a las Comisiones de Derechos y Garantías correspondientes, y que éstas sean tenidas en cuenta. g. Resolver sus propios problemas internos (revocaciones de cargos, revocaciones o amonestaciones de decisiones del Consejo Ciudadano o de las Portavocías), en primera instancia y apelando a sus propias Comisiones de Derechos y Garantías. h. Decidir cómo se estructuran internamente y cómo se relacionan con los demás Círculos de PODEMOS en aquellos aspectos que no se contemplen en este reglamento. i. Posicionarse políticamente respecto de eventos y acontecimientos. j. Gestionar su comunicación, tanto en redes como en prensa. k. Relacionarse y colaborar con colectivos de la sociedad civil y movimientos sociales.
Todos los Círculos tienen, además, las siguientes obligaciones básicas: A. Respetar y hacer respetar este reglamento. B. Respetar y hacer respetar el Compromiso Ético de PODEMOS. C. Admitir y celebrar en su seno la existencia de opiniones discrepantes, sin limitarlas en base a ningún criterio que tenga que ver con la biografía de las personas que las defienden o con su contenido; a menos, claro está, que se expresen actitudes xenófobas, sexistas, intolerantes, intimidatorias o que crucen los límites de los Derechos Humanos, del respeto o del debate sosegado y reflexivo. D. Llevar adelante un ejercicio de transparencia permanente en todos los frentes, publicando, por ejemplo, las actas de las reuniones, la agenda del Círculo o la financiación y gastos del mismo, entre otras cosas. E. Respetar siempre los criterios de coordinación, coherencia y responsabilidad, siguiendo las directrices marcadas en los ámbitos más amplios. F. Informar —en cuanto sea posible y siempre antes que a los medios de comunicación— a los demás Círculos de todos aquellos eventos, decisiones o procesos que los pudiesen afectar de un modo significativo. G. Contestar en tiempo y forma a todas las propuestas, comunicaciones, preguntas o apelaciones que vengan de otros Círculos, o de agrupaciones de Miembros del Círculo. H. Respetar las decisiones tomadas respecto del Círculo en Comisiones de Derechos y Garantías (y ratificadas por la correspondiente Asamblea Ciudadana) de ámbitos más amplios y que incluyan a éste, así como aquellas tomadas en su propia Comisión de Derechos y Garantías; dando siempre prioridad a las primeras cuando existiese un conflicto. I. Promover la participación directa de todos sus Miembros en los procesos de toma de decisiones que afecten de manera relevante a la organización, recurriendo a todas las herramientas presenciales y telemáticas que puedan ampliar y garantizar la participación política democrática. J. Crear y mantener Grupos de Apoyo y Formación, así como los mecanismos necesarios, para garantizar que sus Miembros con más dificultades de acceso y uso de las nuevas tecnologías puedan participar en igualdad de condiciones de todos los procesos. K. Extender los dos puntos anteriores a toda la ciudadanía en aquellas ocasiones en las que se consulte a la misma. L. En todos los órganos internos del Círculo, buscar una composición paritaria de mujeres y hombres siempre que sea posible. Salvo ausencia de candidatos de alguno de los dos sexos, la proporción de unas y otros nunca podrá ser diferente de 50/50 en órganos de tamaño par y no podrá haber una diferencia mayor de 1 entre mujeres y hombres en órganos de tamaño impar.
3.2. Competencias y obligaciones del Gran Círculo Estatal Además de las competencias recogidas en el punto anterior, el Gran Círculo Estatal, por ser el máximo Círculo de PODEMOS y el que reúne a todos los Miembros, tiene también las siguientes competencias: a. Aprobar el Compromiso Ético de PODEMOS. b. Aprobar los Principios Organizativos de PODEMOS y sus modificaciones. c. Aprobar los Estatutos de PODEMOS y sus modificaciones. Las obligaciones del Gran Círculo Estatal son las que figuran en la sección anterior, cuando tengan sentido, además de las siguientes: A. Debido a su mayor capacidad y tamaño, facilitar las herramientas legales, contables, informáticas y materiales que permitan a los Círculos llevar a cabo su labor con independencia, eficiencia y recursos. B. Elaborar y actualizar periódicamente el "Libro de Registro de Afiliados" y garantizar el cumplimiento de todos los requisitos exigidos por la Ley de Protección de Datos.
3.3. Competencias y obligaciones de los Círculos territoriales con responsabilidades electorales Los Círculos territoriales de ámbito municipal, autonómico y estatal, tienen ciertas competencias especiales (y adicionales a las que se detallan en la sección 3.1) que se derivan del hecho de que juegan un papel especial en determinados procesos electorales. Siempre respetando las directrices provinientes de Círculos territoriales de ámbito más amplio y que incluyan al Círculo en cuestión (excepto en el caso del Gran Círculo Estatal, que no está contenido en ningún Círculo de ámbito más amplio y, por tanto, no ha de cumplir directrices previas), las competencias adicionales son las siguientes: a. Adaptar la línea política de PODEMOS definida en ámbitos más amplios al territorio correspondiente. (Definir la línea política general de PODEMOS en el caso del Gran Círculo Estatal). b. Determinar los principios en base a los cuales se configurarán relaciones y posibles alianzas (pre-‐ y post-‐electorales) con otras fuerzas políticas y sociales en el territorio correspondiente, así como los que se deberán seguir en otros ámbitos territoriales incluidos en el territorio correspondiente al Círculo, si los hubiere. En cada territorio, la decisión se tomará siempre consultando a toda la ciudadanía que habite normalmente en el mismo. c. Decidir si PODEMOS se presenta o no a las elecciones en el territorio correspondiente y cómo lo hace: si en solitario, en coalición con otras fuerzas y movimientos, como parte de un movimiento más amplio o de cualquier otro modo. Esto se decidirá siempre consultando a toda la ciudadanía que habite normalmente en el territorio.
d. Determinar la metodología según la cual se elaborarán los programas de PODEMOS para las elecciones en el territorio correspondiente, así como los principios básicos y líneas rojas que se deberán seguir en otros ámbitos territoriales incluidos en el territorio correspondiente al Círculo, si los hubiere; siempre abriendo el proceso a un debate y proceso de redacción ciudadano en el que pueda participar cualquier persona que habite normalmente en el territorio. e. Elaborar y aprobar los borradores de los programas electorales de PODEMOS a las elecciones en el territorio correspondiente, de un modo coherente con los programas en los territorios de ámbito superior (si los hubiere) y en colaboración con los Círculos territoriales o mixtos sectoriales-‐territoriales que estén incluidos en el Círculo en cuestión según el esquema de la Red de Círculos, así como con aquellos Círculos sectoriales que sean pertinentes. Dichos borradores, posteriormente, se discutirán de manera abierta a toda la ciudadanía que habite normalmente en el territorio a través de los procedimientos habilitados para ello. f. Determinar la metodología según la cual se conformarán las listas electorales a las elecciones en el territorio correspondiente, así como los principios básicos y líneas rojas que se deberán seguir en otros ámbitos territoriales incluidos en el territorio correspondiente al Círculo, si los hubiere; siempre respetando el principio de que esto se lleve a cabo mediante primarias abiertas a la ciudadanía que habite normalmente en el mismo, con listas abiertas y con el único correctivo de que se trate de una lista cremallera que alterne mujeres y hombres. g. Conformar las listas electorales a las elecciones en el territorio correspondiente. h. Resolver, mediante la Comisión de Derechos y Garantías del Círculo y posterior aprobación en la Asamblea Ciudadana, conflictos que se hayan originado en el ámbito territorial inmediatamente menor si lo hubiere, o que hayan llegado hasta él, hayan recibido sentencia en ese nivel y hayan sido elevados al nivel correspondiente al Círculo en cuestión por disconformidad razonada de una de las partes. i. Actuar de oficio cuando se detecte que el principio de coordinación y coherencia no se cumple, es decir, cuando se detecte que un Círculo de un ámbito territorial menos amplio e incluido en el territorio en cuestión actúa sin respetar las directrices marcadas en ámbitos más amplios, incluyendo el que corresponde al Círculo en cuestión. Como es seña de identidad de PODEMOS, los pasos finales de los puntos c, e y g pasarán por una consulta abierta a toda la ciudadanía que habite normalmente en el territorio. Las votaciones abiertas siempre: • Serán ampliamente publicitadas, no sólo para que la participación sea lo más alta posible, sino también como medio de campaña, de recabación de apoyos y de estructuración de discurso político.
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Serán accesibles a todo el mundo, poniendo suficientes puntos de información con ordenadores por todo el territorio y ayudando a la gente que tenga más dificultades con el sistema. Tendrán plazos lo suficientemente largos para que se pueda llevar a cabo una correcta preparación de las alternativas, un debate profundo, una campaña amplia y que llegue a todas partes y para que todo el mundo tenga tiempo de votar.
El sistema de decisión (mayoría simple, dos fases, etc.) y los plazos y momento de cada una de las votaciones abiertas se deciden en cada caso en Asamblea Ciudadana, tras propuesta del Consejo Ciudadano y mediante Procedimiento Ordinario con Preparación. Con carácter extraordinario y como se detallará más adelante, la Asamblea Ciudadana puede aprobar mediante procedimiento ordinario que se vote alguna otra decisión no incluida en esta lista también mediante esta modalidad. En el ejercicio de estas competencias, los Círculos siempre habrán de cumplir una importante obligación: A. Respetar, en el ejercicio de sus competencias, el principio de subsidiaridad. Es decir, no legislar o resolver respecto de temas que son más eficiente y legítimamente manejados en ámbitos menos amplios de la Red de Círculos.
3.4. Competencias y obligaciones de los demás Círculos territoriales Un Círculo territorial que no sea estatal, autonómico o municipal comparte las competencias y obligaciones comunes a todos los Círculos, detalladas en la sección 3.1, incluyendo aquellas que lo habilitan para proponer enmiendas (como Círculo) a los programas electorales de los territorios en los que está incluido, así como a avalar candidatos para las primarias abiertas de las listas correspondientes. Asimismo, un Miembro de un Círculo territorial que no sea estatal, autonómico o municipal puede participar de los procesos electorales que impliquen a estos simplemente por ser Miembro no sólo de su Círculo sino también de aquellos en los que el mismo está incluido según el esquema de la Red de Círculos.
3.5. Competencias y obligaciones de los Círculos sectoriales
Además de las competencias y obligaciones comunes a todos los Círculos, detalladas en la sección 3.1, un Círculo sectorial tiene también la siguientes función adicional: a. Proveer de contenido y orientaciones técnicas a los Círculos de PODEMOS. Estos aportes, especialmente cuando se refieran a programas electorales, tendrán una especial consideración por parte de los Círculos territoriales
que elaboran los mismos, pudiendo el Círculo sectorial solicitar explicaciones razonadas cuando sus contribuciones no se incluyan en el texto final; explicaciones que deberán ser proporcionadas por los Círculos territoriales en tiempo y forma. La obligación complementaria a esta importante competencia es la de: A. Apoyar a los demás Círculos de PODEMOS en contenidos y orientaciones técnicas, cuando éstos lo pidan formalmente y siempre según los recursos de que disponga el Círculo sectorial en cuestión. Asimismo, un Miembro de un Círculo sectorial, en tanto que Miembro de PODEMOS, puede participar de los procesos electorales en el ámbito estatal y europeo en igualdad de condiciones con los demás Miembros.
3.6. Competencias y obligaciones de los Círculos mixtos sectoriales-‐territoriales Un Círculo mixto sectorial-‐territorial tiene, en primer lugar, las competencias y obligaciones comunes a todos los Círculos, detalladas en la sección 3.1, incluyendo aquellas que lo habilitan para proponer enmiendas (como Círculo) a los programas electorales de los territorios en los que está incluido, así como a avalar candidatos para las primarias abiertas de las listas correspondientes. Sin embargo y para no duplicar funciones ni complicar demasiado el esquema de competencias, los Círculos mixtos sectoriales-‐territoriales no tienen ninguna de las competencias y obligaciones adicionales asociadas a los Círculos sectoriales o a los Círculos territoriales, excepto las que van aparejadas al hecho de que un Miembro de un Círculo sectorial-‐territorial puede participar de los procesos electorales que impliquen a Círculos territoriales en los que el Círculo en cuestión está incluido según el esquema de la Red de Círculos (al ser automáticamente Miembro de estos Círculos también). En este sentido, se recomienda no crear Círculos mixtos sectoriales-‐territoriales que dupliquen las estructuras de Consejo Ciudadano, Portavocías, etc., de los correspondientes Círculos sectoriales y territoriales, sino que las personas que quieran poner en contacto una temática con un territorio, por eficiencia, hagan alguna de (o, mejor, todas) las siguientes cosas: • Crear un Grupo de Trabajo territorial dentro del Círculo sectorial correspondiente, o unirse a él si ya existe. (P. ej., en vez de crear el Círculo Sanitat de Catalunya, crear un Grupo de Trabajo "Catalunya" en PODEMOS Sanidad.) • Crear un Grupo de Trabajo temático dentro del Círculo territorial correspondiente, o unirse a él si ya existe. (P. ej., en vez de crear el Círculo Sanitat de Catalunya, crear un Grupo de Trabajo "Sanitat" en PODEM Catalunya.)
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Hacer las dos cosas y que los dos Grupos contituyan un enlace sólido, fluido y útil entre el Círculo sectorial y el Círculo territorial.
Dicho esto, repetimos que se trata de una recomendación tan sólo y que, si los Miembros de un cierto Círculo sectorial-‐territorial deciden su continuidad, tiene perfecto encaje en este reglamento, como se ha explicado antes.
4. Estructuras y ámbitos de decisión en cada Círculo
La siguiente estructura organizativa para cualquier Círculo de PODEMOS se propone que sea de inmediata y obligatoria implantación al nivel estatal, pero que se abra sin embargo un período de transición para los demás Círculos, quienes podrán, en todo caso y en cada caso, decidir si quieren adoptarla o no. Dicho esto, de ser aprobada esta propuesta o una similar, se recomienda vehementemente a los Círculos que, para facilitar la coordinación, la comunicación y la coherencia dentro de PODEMOS lleven a cabo una transición al nuevo modelo organizativo; excepto en el caso de los Círculos de menos de 50 Miembros, a los que se recomienda que funcionen sin Consejo Ciudadano ni Comisión de Derechos y Garantías, con la Asamblea Ciudadana como único órgano decisorio y, eso sí, eligiendo 3 Portavoces por primarias internas.
4.1. La Asamblea Ciudadana Ordinaria
Por sus competencias, es el máximo órgano de decisión del Círculo. Está formada por todos los Miembros del Círculo y tiene como misión principal el debate y decisión, entre Asambleas Ciudadanas Extraordinarias, sobre cuestiones políticas de medio alcance e internas del Círculo, mediante herramientas telemáticas y con las condiciones necesarias de publicidad, accesibilidad y plazos adecuados. La Asamblea Ciudadana Ordinaria se considera reunida permanentemente de un modo no presencial y asíncrono (es decir, sin la necesidad de que todo el mundo esté debatiendo o votando a la vez, sino que cada quien lo haga cuando pueda). Obviamente, hay gente que no sabe usar las nuevas herramientas o no tiene acceso a las mismas. Por eso, es obligación de todos los Círculos la de crear un Grupo de Apoyo y Formación que no sólo ayude a participar y a votar en la Asamblea Ciudadana Ordinaria, sino que también forme y empodere a estas personas. Son decisiones que se debatirán y votarán siempre en la Asamblea Ciudadana Ordinaria todas aquellas que figuran a continuación; esencialmente, todas aquellas que no se toman en la Asamblea Ciudadana Extraordinaria, las que no se abren a toda la ciudadanía, las que no se refieren a decisiones ejecutivas del día a día y las que, por requerir un nivel de coordinación inalcanzable en un grupo de cientos o miles de personas (como la redacción de borradores coherentes, o la incorporación de enmiendas que no rompan dicha coherencia), se dejan en manos del Consejo Ciudadano. a. Convocatoria de eventos públicos de especial trascendencia. b. Posicionamientos políticos del Círculo sobre temas sensibles. c. Ayuda o apoyo puntual por parte del Círculo a causas, movimientos o personas.
d. Nombramiento de Coordinadores de los Grupos de Trabajo tras propuesta de éstos. (P) e. Nombramiento de miembros del Consejo Ciudadano, de miembros de la Comisión de Derechos y Garantías, y de Portavoces del Círculo, entre Asambleas Ciudadanas Extraordinarias. (P) f. Revocaciones o amonestaciones razonadas de decisiones del Consejo Ciudadano o de las Portavocías. (P) g. Revocación razonada de cargos internos del Círculo. (G) h. Expulsión razonada de Miembros del Círculo. (G) i. Aval de candidatos a las primarias para citas electorales de ámbito superior. (P) j. Convocatoria de votaciones abiertas a la ciudadanía y aprobación de su metodología, cuando competa al Círculo tal cosa. (P) k. Decisión extraordinaria y razonada de someter una cierta cuestión no incluida en la sección 5.1 a su votación abierta a la ciudadanía. (P) l. Decisión extraordinaria y razonada de incluir temporalmente una cuestión adicional (y no incluida en la sección 5.1) en esta lista, implicando así su debate y decisión en Asamblea Ciudadana. m. Modificaciones o añadidos puntuales de este reglamento que no afecten a su espíritu general o a su coherencia y que sólo afecten al Círculo en cuestión (excepto en el caso del Gran Círculo Estatal, que puede llevar a cabo modificaciones puntuales en todo el reglamento). (P) n. Aprobación o rechazo de borradores iniciales o textos finales y enmendados colaborativamente de especial relevancia, como los borradores de programa electoral, el Presupuesto del Círculo o comunicaciones importantes. (P) o. Elevar propuestas, comunicaciones o preguntas a otros Círculos de PODEMOS. (P) p. Elevar propuestas, comunicaciones o preguntas a los órganos del Círculo: El Consejo Ciudadano, los Portavoces, los Grupos de Trabajo o la Comisión de Derechos y Garantías. q. Convocatoria extraordinaria y razonada de una Asamblea Ciudadana Extraordinaria. (P) Estas cuestiones, que se debaten y deciden mediante herramientas online y están abiertas a todos los Miembros del Círculo (a la Asamblea Ciudadana), se dice que se deciden por Procedimiento Ordinario. Una propuesta a ser debatida y decidida mediante Procedimiento Ordinario puede ser promovida e incluida en el sistema por las siguientes vías: • Mediante presentación y debate previo en una Asamblea Presencial. • A instancias de un Grupo de Trabajo a través de su Coordinadora. • A iniciativa del Consejo Ciudadano. • A iniciativa de la Coordinadora General. • A iniciativa de una mayoría de los Portavoces. • A iniciativa del 10% de los Miembros del Círculo (redondeando hacia abajo), o de 20 miembros, lo que sea más pequeño. Cuando un Miembro individual tenga la intención de iniciar esta vía, deberá abrir previamente
un debate que le permita recabar los apoyos necesarios de otros Miembros para llegar a este mínimo.
Si se trata de decisiones binarias o de sí o no, el Procedimiento Ordinario funciona por mayoría simple de los votos emitidos; en el caso de votaciones en el que hay varias opciones y se ha de elegir una, gana la opción más votada; en el caso de una elección de múltiples items (como en la confección de una lista electoral), se eligen las opciones más votadas, corrigiendo tan sólo con el criterio de cremallera cuando sea pertinente. El Procedimiento Ordinario tiene, siempre, al menos las siguientes fases: 1. Introducción de la cuestión en el sistema. 2. Amplia publicidad entre todos los Miembros del Círculo. 3. Al menos, 3 días de debate online de la cuestión. 4. Al menos, 2 días de votación online. 5. Decisión final. En algunos casos, es necesario que, con anterioridad al debate, se dé un tiempo para que Miembros, Círculos y ciudadanía preparen propuestas, elaboren ideas o redacten borradores de documentos. Esta fase, situada entre las fases 2 y 3, deberá tener una duración de al menos 7 días y convierte al Procedimiento Ordinario en un Procedimiento Ordinario con Participación. Entre las cuestiones que son potestad de la Asamblea Ciudadana y que aparecen más arriba, aquellas que se deciden siempre mediante un Procedimiento Ordinario con Participación están indicadas con una (P). Aquellas indicadas con una (G) se llevan a cabo en dos pasos e implican la intercesión de la Comisión de Derechos y Garantías, tal y como se indica en la sección 4.8. Es potestad y obligación del Consejo Ciudadano la de gestionar las votaciones por Procedimiento Ordinario en todos sus aspectos: desde la decisión de las duraciones más adecuadas de cada fase (siempre respetando los mínimos), pasando por la introducción de las cuestiones en el sistema o su publicidad y seguimiento. Excepcionalmente y con la debida justificación, si hubiese que decidir sobre una cuestión habitualmente competencia de la Asamblea Ciudadana y no diese tiempo a seguir el Procedimiento Ordinario, al menos 3 miembros del Consejo Ciudadano podrían convocar una reunión extraordinaria del mismo para debatir y decidir sobre el tema.
4.2. La Asamblea Ciudadana Extraordinaria
Está formada también por todos los miembros del Círculo y se diferencia de la Asamblea Ciudadana Ordinaria tan sólo en unos pocos puntos:
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Se convoca sólo una vez cada 3 años. Esto a menos que la Asamblea Ciudadana Ordinaria, por circunstancias excepcionales, decida convocarla antes. Además de la parte online, la Asamblea Ciudadana Extraordinaria tiene también una parte de gran evento presencial en el que se presentan propuestas y candidaturas, se debate y se socializa. En cualquier caso, para garantizar que todos los Miembros pueden ejercer su derecho a voto, la decisión final se lleva a cabo utilizando las herramientas telemáticas habituales y propias de la Asamblea Ciudadana Ordinaria. La Asamblea Ciudadana Extraordinaria se ocupa de cuestiones similares a la Ordinaria pero tiene un sentido más constituyente, eligiendo en bloque una gran parte de los cargos internos del Círculo para el siguiente período, aprobando documentos importantes que no se modificarán sustancialmente hasta la próxima Asamblea Ciudadana Extraordinaria y marcando de algún modo así el futuro inmediato del Círculo durante un tiempo.
En concreto, las siguientes decisiones se toman en las Asambleas Ciudadanas Extraordinarias de todos los Círculos: a. Elección de la parte electa del Consejo Ciudadano. Ésta, después de la Asamblea, decide la estructura de Grupos de Trabajo para que éstos se constituyan y elijan a sus Coordinadores (en el plazo máximo de un mes), los más votados de los cuales se integrarán en el Consejo (aplicando también criterios de paridad y cantidad; ver sección 5.6). b. Elección de los miembros de la Comisión de Derechos y Garantías. c. Elección de los Portavoces. d. Determinación, modificación o ratificación de la parte de los Principios Organizativos de PODEMOS que afecten sólo al Círculo en cuestión. Las siguientes decisiones se toman además en las Asambleas Ciudadanas Extraordinarias del Gran Círculo Estatal (la primera de las cuales será la Asamblea Ciudadana "Sí se puede"): a. Determinar, modificar o ratificar el Compromiso Ético de PODEMOS. b. Determinar, modificar o ratificar los Principios Organizativos de PODEMOS. c. Determinar, modificar o ratificar los Estatutos de PODEMOS. Finalmente, las siguientes decisiones se toman en las Asambleas Ciudadanas Extraordinarias de los Círculos territoriales estatal, autonómicos y municipales: a. Determinar, modificar o ratificar la adaptación de la línea política de PODEMOS definida en ámbitos más amplios al territorio correspondiente. (Determinar, modificar o ratificar la línea política general de PODEMOS en el caso del Gran Círculo Estatal). b. Determinar, modificar o ratificar los principios en base a los cuales se configurarán relaciones y posibles alianzas (pre-‐ y post-‐electorales) con otras fuerzas políticas y sociales en el territorio correspondiente, así como los que se deberán seguir en otros ámbitos territoriales incluidos en el
territorio correspondiente al Círculo, si los hubiere. En cada territorio, la decisión se tomará siempre consultando a toda la ciudadanía que habite normalmente en el mismo. c. Determinar, modificar o ratificar la metodología según la cual se elaborarán los programas de PODEMOS para las elecciones en el territorio correspondiente, así como los principios básicos y líneas rojas que se deberán seguir en otros ámbitos territoriales incluidos en el territorio correspondiente al Círculo, si los hubiere; siempre abriendo el proceso a un debate y proceso de redacción ciudadano en el que pueda participar cualquier persona que habite normalmente en el territorio. d. Determinar, modificar o ratificar la metodología según la cual se conformarán las listas electorales a las elecciones en el territorio correspondiente, así como los principios básicos y líneas rojas que se deberán seguir en otros ámbitos territoriales incluidos en el territorio correspondiente al Círculo, si los hubiere; siempre respetando el principio de que esto se lleve a cabo mediante primarias abiertas a la ciudadanía que habite normalmente en el mismo, con listas abiertas y con el único correctivo de que se trate de una lista cremallera que alterne mujeres y hombres. Las Asambleas Ciudadanas Extraordinarias son abiertas a todo el mundo que quiera acudir y se han de publicitar con intensidad y anticipación en todos los medios de comunicación y redes sociales que sea posible, especialmente entre los Miembros del Círculo correspondiente.
4.3. La Asamblea Presencial
En los Círculos en los que la haya (es muy habitual en Círculos de ámbito municipal o barrial, pero mucho más complicada o infrecuente en Círculos sectoriales o de ámbito territorial más amplio), la Asamblea Presencial tiene como función principal la recogida y debate inicial de propuestas tanto de la sociedad civil como internas del propio Círculo. Otras funciones no menos importantes son las de intensificar y promover el contacto con los territorios, los barrios, etc., generar ilusión, proyectar PODEMOS hacia la sociedad civil, informar de modo transparente a la ciudadanía de las actividades que lleva a cabo el Círculo, hacer pedagogía, captar a gente nueva, vernos la cara y generar comunidad. En ningún caso la Asamblea Presencial tiene poder decisorio; poder que radica siempre en la totalidad de los Miembros del Círculo y, por tanto, en la Asamblea Ciudadana. Las Asambleas Presenciales son abiertas a todo el mundo que quiera acudir y se han de publicitar con intensidad y anticipación en todos los medios de comunicación y redes sociales que sea posible, especialmente entre los Miembros del Círculo correspondiente.
Su convocatoria compete al Consejo Ciudadano, así como su moderación, la construcción del orden del día (que ha de ser lo más participativo posible), la toma de actas o la recogida y elevación de propuestas a los órganos competentes del Círculo para su debate y votación. En el Anexo I, se propone, de modo no vinculante, una posible estructura para una Asamblea Presencial.
4.4. El Consejo Ciudadano
El Consejo Ciudadano es una especie de ejecutiva colegiada del Círculo, que se ocupa de coordinar y supervisar los flujos de trabajo y de información, de canalizar las demandas, las preguntas y las propuestas de los órganos o personas que las lanzan a los órganos competentes, interpretar este reglamento en caso de duda o ambigüedad, de aprobar los gastos y las cuentas del Círculo, de convocar eventos importantes, de redactar borradores de documentos importantes, como los Presupuestos o los programas, o de definir la estructura de Grupos del Círculo y supervisar su funcionamiento, entre otras cosas. Asimismo, en casos de urgencia y siempre con la debida justificación, el Consejo puede asumir decisiones que corresponden a la Asamblea Ciudadana. Está formado por: • Los Portavoces. • Una parte electa. • Una parte proviniente de los Grupos de Trabajo. La parte electa se elige en primarias abiertas a toda la Asamblea Ciudadana con criterio de cremallera de género y a las que se puede presentar cualquier Miembro del Círculo. El tamaño de esta parte electa es de 50 personas en el caso del Gran Círculo Estatal y de 5 a 30 en el caso de los demás Círculos (en función de su tamaño y decidido por ellos mismos en Asamblea Ciudadana). La parte proviniente de los Grupos de Trabajo está formada por Coordinadores de los mismos y será elegida por la Coordinadora General de todos los Grupos, quien debe debatir y consensuar (o votar) su composición teniendo en cuenta las siguientes reglas: • Se dará prioridad a los Coordinadores más votados en las primarias de cada Grupo. Si dos Coordinadores tienen los mismos votos, se lleva a cabo un sorteo. Si los Coordinadores de un mismo Grupo han sido votados en primarias distintas, el Grupo ha de repetir la votación sólo entre los Coordinadores. • El número de Coordinadores en el Consejo está en principio abierto, pero no puede ser nunca mayor que el de los miembros de la parte electa. Si hubiese más Grupos que miembros de la parte electa, los Coordinadores que vayan —y que serán seleccionados con la eficiencia del Círculo como criterio principal en mente— representarán también a los Grupos que no
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estén representados, les consultarán y les informarán puntualmente de todo lo que allí se hable y se decida. La parte electa del Consejo junto con esta parte, junto con los Portavoces (es decir, la totalidad del Consejo) deberá cumplir los criterios de paridad detallados en el punto L de la sección 3.1.
La parte del Consejo proviniente de los Grupos de Trabajo ha de ser ratificada o rechazada en bloque por la Asamblea Ciudadana. De ser rechazada, la Coordinadora General podrá preguntar a la Asamblea por los motivos, contestar a los mismos y proponer una nueva conformación (que puede ser idéntica a la anterior) para que sea ratificada o rechazada. Todos los miembros del Consejo Ciudadano tienen voz y voto en el mismo. El mandato de todos los miembros del Consejo Ciudadano, excepto los que provienen de los Grupos de Trabajo, es de 3 años, salvo que una revocación, una dimisión voluntaria o una causa de fuerza mayor acorten este período; en cuyo caso, se activarán los mecanismos necesarios para elegir a un nuevo miembro que ocupe la plaza vacante. Una misma persona sólo puede acumular un máximo de 6 años, o 9 en circunstancias excepcionales y tras aprobación por la Asamblea Ciudadana como miembro de un mismo Consejo Ciudadano. Los miembros de la parte electa del Consejo Ciudadano no pueden ser ni Portavoces, ni Coordinadores, ni miembros de la Comisión de Derechos y Garantías. El Consejo Ciudadano se ocupa de: a. Interpretar este reglamento en caso de duda o ambigüedad. b. Convocar, organizar y moderar las Asambleas Presenciales y las Asambleas Ciudadanas Extraordinarias (regulares). c. Gestionar y canalizar las propuestas que han de ser elevadas a la Asamblea Ciudadana o llevadas a la Comisión de Derechos y Garantías, a los Grupos o a los Portavoces; vengan de donde vengan. d. Gestionar y coordinar en general el flujo de información entre los diferentes órganos del Círculo, así como con el resto de PODEMOS y de la sociedad. e. Hacer preguntas y consultas a la Asamblea Ciudadana, a la Comisión de Derechos y Garantías o a los Grupos cuando entienda que es pertinente tomar una decisión y, sin embargo, no se produzca una propuesta por los demás canales. f. Aprobar, revisar, enmendar o rechazar gastos económicos compatibles con el Presupuesto y siempre que éstos estén asociados a una decisión de la Asamblea Ciudadana, del propio Consejo, de los Grupos o a una petición de algún Portavoz. g. Redactar, en colaboración con el Grupo de financiación, si lo hubiese, los Presupuestos del Círculo; los cuales deberán ser aprobados por la Asamblea Ciudadana y deberán condicionar todos los gastos e ingresos que se produzcan en el período en cuestión.
h. Redactar borradores de documentos o encargar a los Grupos correspondientes su redacción para iniciar procesos de debate, de decisión o de redacción colaborativa. i. Organizar y coordinar la redacción colaborativa de programas electorales, si compete al Círculo, o en su caso la redacción de enmiendas a aquellos programas de los que el Círculo pueda participar j. Organizar y coordinar las elecciones de cargos internos del Círculo. k. Organizar y coordinar las votaciones abiertas a la ciudadanía, si compete al Círculo en cuestión llevar alguna a cabo. l. Determinar la estructura de Grupos de Trabajo del Círculo, crear nuevos Grupos, disolver, fusionar o dividir Grupos ya existentes. m. Revocar, de modo razonado, decisiones o acciones de los Grupos de Trabajo si estos se han excedido en sus competencias o no han respetado las líneas políticas, organizativas o éticas fijadas en PODEMOS y en el Círculo. n. Establecer la periodicidad, fecha y lugar de sus reuniones. o. Darse a sí mismo normas suplementarias de funcionamiento no incluidas en este documento. Asimismo, el Consejo se encarga de supervisar estrechamente y dirigir políticamente las siguientes tareas que, habitualmente, llevarán a cabo los Grupos de Trabajo correspondientes: p. Comunicación en redes y en prensa del Círculo. q. Organización de congresos, foros, fiestas, cursos, debates y otros eventos. r. Organización de iniciativas de formación. s. Relaciones con otros Círculos, con la sociedad civil y los movimientos sociales. Entre las obligaciones del Consejo Ciudadano, se encuentran: A. Respetar las decisiones de la Asamblea Ciudadana. B. Dar apoyo logístico a este órgano así como a los Portavoces y sus Equipos. C. Respetar la línea política de PODEMOS en general así como la del Círculo en particular y respetar los Principios Éticos. D. Respetar y hacer respetar este reglamento. E. Admitir y celebrar en su seno la existencia de opiniones discrepantes, sin limitarlas en base a ningún criterio que tenga que ver con la biografía de las personas que las defienden o con su contenido; a menos, claro está, que se expresen actitudes xenófobas, sexistas, intolerantes, intimidatorias o que crucen los límites de los Derechos Humanos, del respeto o del debate sosegado y reflexivo. F. Preparar un breve informe mensual de sus actividades para su difusión abierta al Círculo y a la ciudadanía. Por defecto, las decisiones se toman en el Consejo Ciudadano por consenso (si fuese posible) o por mayoría simple (cuando no lo sea), en las reuniones presenciales de éste, previo debate. Sin embargo, si el Consejo así lo desea, puede establecer otros canales (p. ej., Telegram, Whatsapp, Loomio, Appgree, etc.) de
debate y votación siempre respetando la horizontalidad y el derecho a voto de todos los miembros. Excepcionalmente y con la debida justificación, si hubiese que decidir sobre una cuestión habitualmente competencia de la Asamblea Ciudadana (ver sección 4.1) y no diese tiempo a seguir el Procedimiento Ordinario, al menos 3 miembros del Consejo podrían convocar una reunión extraordinaria del Consejo Ciudadano para debatir y decidir sobre el tema.
4.5. Los Grupos de Trabajo
Existirán Grupos de Trabajo de temática todo lo específica que sea necesario (p. ej., redes, prensa, producción audiovisual y diseño, extensión del movimiento, relación con la sociedad civil, eventos, organización, debate y discurso político, formación y apoyo, financiación y contabilidad, legal y administración, etc.). En este sentido, se entiende que la agregación de estos grupos en comisiones de temática más amplia (como, p. ej., "comunicación") complejiza la estructura sin aportar nada excesivamente útil. No obstante, si algún Círculo desea agrupar los Grupos de algún modo en su estructura, es libre de hacerlo. Hay Grupos de Trabajo permantentes (como los que se han mencionado en el párrafo anterior y que siempre han de existir) y otros temporales, que se crean para hacer frente a un desafío acotado en el tiempo (campañas, grandes eventos puntuales, redacción de programas, etc.). Son funciones del Consejo Ciudadano la creación, disolución, división o fusión de Grupos de Trabajo, de modo justificado, para mejorar el funcionamiento del Círculo. Asimismo, tras la formación de la parte electa del Consejo Ciudadano tras una Asamblea Ciudadana Extraordinaria (ver secciones 4.2 y 4.4), es función de la nueva parte electa del Consejo la de proponer la estructura inicial de Grupos de Trabajo. La misión y competencia principal de los Grupos de Trabajo es la de debatir y decidir sobre cuestiones logísticas y del día a día del Círculo —esencialmente, todas las que no son abiertas a la ciudadanía ni potestad de la Asamblea Ciudadana o del Consejo Ciudadano—, así como de llevar a cabo las acciones pertinentes para que las deciones tomadas (tanto a nivel de los Grupos, como a nivel de la Asamblea Ciudadana, del Consejo Ciudadano o de las Portavocías) se apliquen y se hagan efectivas. Los Grupos, asimismo, tienen las siguientes potestades: a. Elevar propuestas directamente a la Asamblea Ciudadana o al Consejo Ciudadano, según lo que estimen más oportuno. b. Establecer la periodicidad, fecha y lugar de sus reuniones. c. Elegir a sus Coordinadoras. d. Solicitar al Consejo Ciudadano, de modo razonado, que inicie el proceso de revocación de un miembro de sus Coordinadoras.
e. Solicitar al Consejo Ciudadano, de modo razonado, que inicie el proceso para cesar a una persona del Grupo (entre otros motivos, por manifiesta, continuada e injustificada inactividad). f. Darse a sí mismos normas suplementarias de funcionamiento no incluidas en este documento.
Entre las obligaciones de los Grupos, se encuentran: G. Respetar las decisiones de la Asamblea Ciudadana y del Consejo Ciudadano. H. Dar apoyo logístico a estos órganos así como a los Portavoces y sus Equipos. I. Respetar la línea política de PODEMOS en general así como la del Círculo en particular y respetar los Principios Éticos. J. Respetar y hacer respetar este reglamento. K. Admitir y celebrar en su seno la existencia de opiniones discrepantes, sin limitarlas en base a ningún criterio que tenga que ver con la biografía de las personas que las defienden o con su contenido; a menos, claro está, que se expresen actitudes xenófobas, sexistas, intolerantes, intimidatorias o que crucen los límites de los Derechos Humanos, del respeto o del debate sosegado y reflexivo. L. Publicitar en tiempo y forma sus reuniones a todos los Miembros del Círculo y, muy especialmente, a todos los miembros del Grupo. Cualquier Miembro del Círculo puede solicitar su ingreso a un Grupo de Trabajo a la Coordinadora del mismo y su aceptación es automática. Sin embargo, se recomienda que los Grupos no tengan más de 25 miembros activos y que, en cualquier caso, vayan monitorizando continuamente su tamaño, sin descartar la posibilidad de solicitar al Consejo Ciudadano su división (si se vuelven muy grandes) o su fusión con otro Grupo o disolución (si se vuelven muy pequeños) Por defecto, las decisiones se toman en los Grupos de Trabajo por consenso (si fuese posible) o por mayoría simple (cuando no lo sea), en las reuniones presenciales de éstos, previo debate. Sin embargo, los Grupos que así lo deseen, pueden establecer otros canales (p. ej., Telegram, Whatsapp, Loomio, Appgree, etc.) de debate y votación siempre respetando la horizontalidad y el derecho a voto de todos los miembros.
4.6. Las Coordinadoras de los Grupos
La Coordinadora, como su propio indica, es sobre todo un órgano de coordinación del Grupo (internamente y con otros Grupos), aunque también puede asumir tareas ejecutivas de urgencia y con la debida justificación, además de tareas de mediación e interlocución En cada Grupo de Trabajo hay una Coordinadora del grupo formada por tres miembros del Grupo, elegida en primarias internas del Grupo. El proceso de elección consta de las siguientes fases:
1. Se deja una semana para que los miembros del Grupo presenten voluntariamente su candidatura en el grupo y respondan a las preguntas de los demás miembros del Grupo. 2. Mediante primarias internas en el Grupo, se elige a los 3 miembros más votados.
El mandato de los miembros de la Coordinadora de un Grupo tiene una duración de un año, tras la cual deben volver a convocarse elecciones, a menos que, antes de un año, tenga lugar una dimisión voluntaria, un cese por causa mayor o una revocación. Los cargos en la Coordinadora de un Grupo pueden ser renovados, pero una misma persona no puede acumular más de 6 años como Coordinador de algún Grupo, o más de 9 por circunstancias excepcionales y tras aprobación de la Asamblea Ciudadana. Los Coordinadores no pueden ser ni miembros de la parte electa del Consejo Ciudadano, ni Portavoces, ni miembros de la Comisión de Derechos y Garantías. La Coordinadora se ocupa de: a. Organizar las reuniones del Grupo (convocatoria, orden del día, actas, moderación, etc.). b. Vigilar la aplicación de este reglamento en las reuniones de los Grupos e interpretarlo en caso de duda o ambigüedad. c. Tomar decisiones urgentes (con debida justificación y al menos con mayoría de 2-‐1) cuando no se puede utilizar el método por defecto de votación horizontal en el Grupo. d. Coordinar el trabajo del Grupo con otros Grupos. e. Hacer de interlocutor con el Consejo Ciudadano y demás órganos del Círculo. f. Darse a sí misma normas suplementarias no incluidas en este reglamento. Entre las obligaciones de la Coordinadora, se encuentran: A. Respetar las decisiones del Grupo que coordina. B. Respetar las decisiones de la Asamblea Ciudadana y del Consejo Ciudadano. C. Respetar la línea política de PODEMOS en general así como la del Círculo en particular y respetar los Principios Éticos. D. Respetar y hacer respetar este reglamento. E. Admitir y celebrar en su seno la existencia de opiniones discrepantes, sin limitarlas en base a ningún criterio que tenga que ver con la biografía de las personas que las defienden o con su contenido; a menos, claro está, que se expresen actitudes xenófobas, sexistas, intolerantes, intimidatorias o que crucen los límites de los Derechos Humanos, del respeto o del debate sosegado y reflexivo. F. Preparar un breve informe mensual de las actividades del Grupo para su difusión abierta al Círculo y a la ciudadanía. Por defecto, las decisiones se toman en la Coordinadora por consenso (si fuese posible) o por mayoría simple (cuando no lo sea), en las reuniones presenciales de
éste, previo debate. Sin embargo, si la Coordinadora así lo desea, puede establecer otros canales (p. ej., Telegram, Whatsapp, Loomio, Appgree, etc.) de debate y votación siempre respetando la horizontalidad y el derecho a voto de todos los miembros.
4.7. La Coordinadora General
La Coordinadora General es un órgano de coordinación de todos los Grupos con tan sólo unas pocas competencias en lo que se refiere a la toma de decisiones. Está formada por todos los Coordinadores de todos los Grupos de Trabajo. Le competen las siguientes tareas: a. Elevar propuestas directamente a los Grupos individuales, a la Asamblea Ciudadana o al Consejo Ciudadano, según lo que estimen más oportuno. b. Establecer la periodicidad, fecha y lugar de sus reuniones. c. Coordinar el trabajo de todos los Grupos y afinar flujos de trabajo e información cuando estos sean subóptimos. d. Elegir la parte proviniente de los Grupos del Consejo Ciudadano, según las reglas detalladas en la sección 5.6. e. Darse a sí misma normas suplementarias no incluidas en este reglamento. Entre las obligaciones de la Coordinadora General, se encuentran: A. Respetar las decisiones de los Grupos que coordina. B. Respetar las decisiones de la Asamblea Ciudadana y del Consejo Ciudadano. C. Respetar la línea política de PODEMOS en general así como la del Círculo en particular y respetar los Principios Éticos. D. Respetar y hacer respetar este reglamento. E. Admitir y celebrar en su seno la existencia de opiniones discrepantes, sin limitarlas en base a ningún criterio que tenga que ver con la biografía de las personas que las defienden o con su contenido; a menos, claro está, que se expresen actitudes xenófobas, sexistas, intolerantes, intimidatorias o que crucen los límites de los Derechos Humanos, del respeto o del debate sosegado y reflexivo. F. Preparar un breve informe mensual de sus actividades para su difusión abierta al Círculo y a la ciudadanía. Por defecto, las decisiones se toman en la Coordinadora General por consenso (si fuese posible) o por mayoría simple (cuando no lo sea), en las reuniones presenciales de éste, previo debate. Sin embargo, si la Coordinadora General así lo desea, puede establecer otros canales (p. ej., Telegram, Whatsapp, Loomio, Appgree, etc.) de debate y votación siempre respetando la horizontalidad y el derecho a voto de todos los miembros.
4.8. La Comisión de Derechos y Garantías La Comisión de Derechos y Garantías es un órgano colegiado e independiente que se ocupa de mediar en la resolución de conflictos internos del propio Círculo, así como aquellos que afecten a Círculos incluidos en él según el esquema de la Red de Círculos y que hayan sido elevados hasta el nivel correspondiente. En el caso del Gran Círculo Estatal, la Comisión tiene 31 miembros titulares y el mismo número de miembros suplentes. En el caso de los demás Círculos, la Comisión tiene de 3 a 15 miembros titulares y el mismo número de miembros suplentes; siempre un número impar y elegido, dependiendo del tamaño del Círculo, por el Consejo Ciudadano. Los miembros de la Comisión se eligen mediante primarias internas a la Asamblea Ciudadana, con listas abiertas sólo corregidas por el criterio paritario de cremallera. La duración del mandato de un miembro de la Comisión de Derechos y Garantías es de 3 años, a menos que, antes, tenga lugar una dimisión voluntaria, un cese por causa mayor o una revocación. Los cargos en la Comisión pueden ser renovados, pero una misma persona no puede acumular más de 6 años como miembro de la misma, o más de 9 por circunstancias excepcionales y tras aprobación de la Asamblea Ciudadana. Los miembros de la Comisión de Derechos y Garantías no pueden ser ni miembros de la parte electa del Consejo Ciudadano, ni Portavoces, ni Coordinadores. La Comisión de Derechos y Garantías no tiene poder decisorio y siempre opera mediante la emisión de un informe no vinculante y aprobado en su seno que es enviado al Consejo Ciudadano para que éste lo someta a ratificación en la Asamblea Ciudadana. Si, tras la emisión de sus 4 primeros informes, los informes de la Comisión alcanzan en algún momento una tasa del 50%, el Consejo Ciudadano deberá iniciar su renovación íntegra. En la siguiente lista, se recogen los procedimientos que requieren de la actuación de la Comisión de Derechos y Garantías, detallando qué órganos o personas pueden iniciarlos, a través de qué canal y con qué limitaciones adicionales: a. Cuando un Miembro del Círculo entienda que sus derechos han sido violados, puede apelar directamente, de modo razonado y aportando pruebas, a la Comisión. La Comisión también puede actuar de oficio en este caso si tiene sospechas. En este caso y para proteger a los Miembros, hará falta tan sólo 1/3 de los votos a favor en la Asamblea para que el informe de la Comisión sea ratificado si recomienda proteger al demandante o de 2/3 si recomienda desestimar la demanda. No obstante, si la Comisión detecta que un Miembro abusa de esta vía, puede decidir amonestarlo y no admitir a trámite sus demandas durante un año. b. La revocación de cualquier cargo interno del Círculo debe ser iniciada mediante una consulta razonada sobre su pertinencia mediante un
Procedimiento Ordinario con Preparación. Si la Asamblea Ciudadana aprueba el inicio de la causa, la Comisión tendrá un máximo de un mes para emitir un informe que será elevado de nuevo a la Asamblea para ser definitivamente ratificado o rechazado por mayoría simple. En el caso de un miembro de la Coordinadora de un Grupo, el inicio de su revocación podrá también ser solicitado por el Grupo en cuestión, a través del Consejo Ciudadano y sin pasar por el primer paso. Si la revocación de un cargo interno es rechazada por la Asamblea, no podrá volver a plantearse antes de que pasen al menos 6 meses. c. La expulsión de un Miembro por una falta muy grave (como violación repetida de este reglamento, comportamiento reiterado de entorpecimiento del funcionamiento del Círculo en cualquiera de sus órganos, insultos o amenazas a otro miembro, violación clara de los Principios Éticos de PODEMOS, etc.) debe ser iniciada mediante una consulta razonada sobre su pertinencia mediante un Procedimiento Ordinario con Preparación. Si la Asamblea Ciudadana aprueba el inicio de la causa, la Comisión tendrá un máximo de un mes para emitir un informe. Asimismo, se elegirá por sorteo, entre todos los Miembros del Círculo, a un Jurado Ciudadano de igual tamaño que la Comisión, quien también tendrá que redactar un informe independiente. Los dos informes serán a continuación elevados de nuevo a la Asamblea para que, teniéndolos en cuenta, la expulsión sea definitivamente ratificada o rechazada. En este caso y para proteger a los Miembros, hará falta 2/3 de los votos a favor en la Asamblea para ratificar la expulsión y tán sólo 1/3 para rechazarla. Si la expulsión de un Miembro es rechazada por la Asamblea, no podrá volver a plantearse antes de que pasen al menos 12 meses.
Entre las obligaciones de la Comisión de Derecho y Garantías, se encuentran: A. Respetar las decisiones de la Asamblea Ciudadana y del Consejo Ciudadano. B. Respetar la línea política de PODEMOS en general así como la del Círculo en particular y respetar los Principios Éticos. C. Respetar y hacer respetar este reglamento. D. Admitir y celebrar en su seno la existencia de opiniones discrepantes, sin limitarlas en base a ningún criterio que tenga que ver con la biografía de las personas que las defienden o con su contenido; a menos, claro está, que se expresen actitudes xenófobas, sexistas, intolerantes, intimidatorias o que crucen los límites de los Derechos Humanos, del respeto o del debate sosegado y reflexivo. E. Preparar un breve informe mensual de sus actividades para su difusión abierta al Círculo y a la ciudadanía. Por defecto, las decisiones se toman en la Comisión de Derechos y Garantías por consenso (si fuese posible) o por mayoría simple (cuando no lo sea), en las reuniones presenciales de éste, previo debate. Sin embargo, si la Comisión así lo desea, puede establecer otros canales (p. ej., Telegram, Whatsapp, Loomio, Appgree, etc.) de debate y votación siempre respetando la horizontalidad y el derecho a voto de todos los miembros.
4.9. Los Portavoces y sus Equipos de Apoyo
En el Gran Círculo Estatal se elegirán 7 Portavoces mediante primarias abiertas a toda la Asamblea Ciudadana de PODEMOS, con listas abiertas y corrección de cremallera. En los demás Círculos, se elegirán 3 o 5 Portavoces (dependiendo del tamaño del Círculo y tras decisión del Consejo Ciudadano) también mediante primarias abiertas a todos los Miembros del Círculo, con listas abiertas y corrección de cremallera. La duración del mandato de un Portavoz es de 3 años, a menos que, antes, tenga lugar una dimisión voluntaria, una baja por causa mayor o una revocación. Las Portavocías pueden ser renovadas, pero una misma persona no puede acumular más de 6 años como Portavoz, o más de 9 por circunstancias excepcionales y tras aprobación de la Asamblea Ciudadana. Los Portavoces no pueden ser ni miembros de la Comisión de Derechos y Garantías, ni miembros de la parte electa del Consejo Ciudadano, ni Coordinadores. Sin embargo, los Portavoces son miembros natos del Consejo Ciudadano con voz y voto en el mismo. Cada Portavoz electo tiene la potestad de elegir a su Equipo de Apoyo, que estará formado por 6 personas por Portavoz en el caso del Gran Círculo Estatal y 2-‐4 personas para los demás Círculos (siempre respetando la paridad entre sexos), y que tendrá como función principal la de apoyar al Portavoz en todas las tareas que tiene que desempeñar en función de su cargo. Las personas que forman el Equipo de Apoyo no pueden ser ni Portavoces, ni miembros de la Comisión de Derechos y Garantías, ni miembros de la parte electa del Consejo Ciudadano, ni Coordinadores. No hace falta que estas personas sean Miembros de PODEMOS. Los Equipos de Apoyo han de ser ratificados o rechazados en bloque por la Asamblea Ciudadana. De ser rechazado un Equipo concreto, el Portavoz que lo propuso podrá preguntar a la Asamblea por los motivos, contestar a los mismos y proponer un nuevo Equipo (que puede ser idéntico al anterior) para que sea ratificado o rechazado. Los Portavoces tienen las siguientes potestades y competencias: • Representar al Círculo en los eventos públicos, debates o ante la prensa, especialmente en períodos entre campañas y cuando los candidatos o cargos públicos más conocidos no estén disponibles o cuando el tema del que se vaya a hablar competa más al Círculo como tal y menos al plano electoral. • En estas labores de representación, adaptar la línea política de PODEMOS en general o del Círculo en particular a las circunstancias del momento y en respuesta a posibles preguntas o comentarios. Dentro de estas líneas, el Portavoz podrá expresarse libremente.
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Elevar propuestas directamente a la Asamblea Ciudadana o al Consejo Ciudadano, según lo que estimen más oportuno. Solicitar el apoyo logístico y técnico del Círculo y de sus diferentes órganos.
Las siguientes son obligaciones de los Portavoces: A. Respetar las decisiones de la Asamblea Ciudadana y del Consejo Ciudadano. B. Respetar la línea política de PODEMOS en general así como la del Círculo en particular y respetar los Principios Éticos. C. Respetar y hacer respetar este reglamento. D. Coordinarse entre ellos para llevar a cabo una labor comunicativa potente, afinada y coherente. E. Participar habitualmente de las reuniones del Consejo Ciudadano o estar informados de las mismas, para así estar al tanto de todo lo que ocurre en el día a día del Círculo. F. Preparar un breve informe mensual de sus actividades para su difusión abierta al Círculo y a la ciudadanía.
4.10. Los Interventores y la gestión económica
El ejercicio económico de cada Círculo, incluido, como siempre, el Gran Círculo Estatal, coincidirá con el año natural. El Consejo Ciudadano elaborará, con periodicidad anual, el Presupuesto del siguiente ejercicio. Dicho Presupuesto deberá ser aprobado por la Asamblea Ciudadana con anterioridad al inicio del ejercicio económico. Finalizado el Ejercicio Económico, el Consejo Ciudadano elevará informe sobre la ejecución del presupuesto a la Asamblea Ciudadana, la cual aprobará o denegará dicha ejecución. El Gran Círculo Estatal llevará, además del Libro de Afiliados, los Libros de Actas, de Contabilidad, de Tesorería, y de Inventarios y Balances, que permitan en todo momento conocer su situación financiera. Se realizarán informes de transparencia detallados con una periodicidad trimestral. Cualquier miembro de PODEMOS tendrá derecho a acceder a cualesquiera documentos económicos en posesión del partido, con la única limitación de lo contenido en la Ley Orgánica de Protección de Datos. Cuando alguna decisión tomada por cualquiera de los órganos del Círculo conlleve un coste económico, esto deberá ser puesto en conocimiento del Consejo Ciudadano, quien solicitará al Grupo de Financiación y Contabilidad (si lo hubiese) una opinión sobre la posibilidad de llevar a cabo el desembolso. Teniendo en cuenta esto, así como el hecho de si el desembolso es o no compatible con los Presupuestos del Círculo, será el Consejo Ciudadano quien apruebe o rechace definitivamente el gasto.
En todo caso, las cuentas del Círculo no pueden entrar nunca en números rojos. Cualquier decisión que no cumpla con este criterio se considera rechazada automáticamente. Por último, cada Círculo elegirá a 3 Interventores mediante primarias abiertas a todos los Miembros del Círculo, con listas abiertas y corrección de cremallera. La función de los Interventores será la de mantener un control independiente y permanente sobre la gestión económica del partido, así como garantizar la transparencia de la misma. La duración del mandato de un Interventor es de 3 años, a menos que, antes, tenga lugar una dimisión voluntaria, una baja por causa mayor o una revocación. El cargo puede ser renovado, pero una misma persona no puede acumular más de 6 años como Interventor, o más de 9 por circunstancias excepcionales y tras aprobación de la Asamblea Ciudadana. Los Interventores no pueden ser ni Portavoces, ni miembros de la Comisión de Derechos y Garantías, ni miembros de la parte electa del Consejo Ciudadano, ni Coordinadores.
Anexo I — Propuesta de estructura de la Asamblea Presencial Se propone la siguiente estructura para una Asamblea Presencial de una duración total de dos horas y pensando siempre en un Círculo de ámbito municipal o barrial (aunque, obviamente, puede ser adaptada a otros casos): • 30 minutos de presentación y debate de propuestas estructuradas al Círculo provinientes de los movimientos sociales y la sociedad civil en general: Se lleva a cabo una presentación breve de no más de 3 min por propuesta, un debate preliminar de no más de 7 min, se toma acta y se sube el acta al sistema online para que sirva de punto de partida a un debate y votación en Asamblea Ciudadana (siempre que el Consejo Ciudadano entienda que se trata de una cuestión que, de hecho, compete a la Asamblea según este reglamento). • 30 minutos de presentación y debate de propuestas, reflexiones o preguntas espontáneas de los presentes. Si alguna intervención tiene formato de propuesta, se procede como en el punto anterior. • 15 minutos de saludo y rendición de cuentas del Círculo y sus estructuras (Grupos de Trabajo, Portavoces, Consejo Ciudadano) a las personas presentes. • 15 minutos de preguntas breves a los responsables. • 30 minutos de presentación y debate de propuestas relacionadas con el funcionamiento interno del Círculo. Mismo procedimiento. Ocasionalmente, y tras votación en Asamblea Ciudadana, se puede declarar una Asamblea Presencial como temática, en cuyo caso se propone la siguiente estructura: • 90 minutos de debate temático bien estructurado. Si el debate da origen a propuestas que puedan concluir en un debate y posterior votación en la Asamblea Ciudadana, se procede como en los casos anteriores. • 15 minutos de saludo y rendición de cuentas del Círculo y sus estructuras (Grupos de Trabajo, Portavoces, Consejo Ciudadano) a las personas presentes. • 15 minutos de preguntas breves a los responsables. Se propone que las Asambleas Presenciales tengan lugar semanalmente y sean itinerantes, procurando no repetir lugar de reunión en el mismo mes, a menos que ello sea inevitable y debidamente justificado. Se propone también que las Asambleas Presenciales tengan lugar en fines de semana (para que más gente pueda acudir).