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La República

SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA

Miércoles, 4 de julio del 2018

Avisos Judiciales EDICTO EDICTO Ante el Juzgado Mixto de Mariscal Nieto de Moquegua que despacha el Juez FREDY FERNANDEZ SANCHEZ, con la intervención del Especialista Legal EDWIN VALENCIA SANCHEZ, en el Exp N°0101-2018-0-2801JM-CI-02, se ha dispuesto la publicación mediante edicto la Resolución N°03 admitiéndose la demanda interpuesta por RIVAS DEYSI GIOVANNA Y MEDINA MAYCA EDGAR ROMAN en representación de sus dos menores hijas ADRIANA MEDHALY MAMANI LLANOS Y BRIANNA PAOLA MAMANI LLANOS, sobre autorización judicial de cambio de nombre, vía proceso NO CONTENCIOSO, quien solicita específicamente cambio del apellido paterno MAMANI, debiendo figurar en lo sucesivo MEDINA LLANOS. Por lo cual solicito su publicación en el Diario “La República”, y fijar cartel en el local del juzgado. Moquegua 02 de julio 2018. Plinio G. Cuevas Chayña – Abogado. Mat. 779. ICAM; Abog. Edwin Valencia Sanchez – Secretario Judicial Juzgado Mixto de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (04 Julio) EDICTO Por ante el Juzgado De Investigación Preparatoria de general Sánchez Cerro-Omate, que despacha la Señora Juez Sonia Smilza Paredes Román con intervención de la Especialista Legal Roxana Beatriz Escarcena Mamani, se tramita el Expediente N° 2017-00040-15-2801-JR-PE-1 sobre FALSIFICACION DE DOCUMENTOS seguido por MINISTERIO PUBLICO en contra de ABEL SALAZAR PAZ y otros, por lo que mediante RESOLUCION N° 13 de fecha veintiocho de junio del dos mil dieciocho se ha dispuesto notificar mediante edicto judicial al IMPUTADO ABEL SALAZAR PAZ la resolución numero uno de fecha trece de marzo del dos mil dieciocho: Al registro N° 2018-000156: Presentado por la Fiscalia Provincial Mixta General Sánchez Cerro: 1.- Estando al requerimiento de Sobreseimiento presentado y de conformidad con lo dispuesto en el inciso 1 del articulo 345° del Código Procesal Penal, SE DISPONE: Correr traslado a todos los sujetos procesales por el plazo de DIEZ días, a fin de que se pronuncien acerca del Requerimiento de Sobreseimiento y/o en su caso formulen su oposición de conformidad con lo establecido en el inciso 2 del articulo 345 del Código acotado. Debiendo remitirse las notificaciones correspondientes a efecto de notificar a las partes en sus correspondientes domicilios reales y/o procesales. AL UNICO OTROSI: Por recibida la Carpeta Fiscal número 220-2016 en II Tomos a fojas quinientos cuarenta y dos (542) póngase a conocimiento de los demás sujetos procesales. NOTIFIQUESE a las partes en sus respectivos domicilios procesales y/o reales señalados en autos; y con un extracto del REQUERIMIENTO MIXTO (SOBRESEIMIENTO Y ACUSATORIO) presentado por el representante de la Fiscalía Provincial Mixta General Sánchez cerro con fecha seis de marzo del dos mil dieciocho: De conformidad con lo previsto en el articulo 344.2 inciso a) del Código procesal Penal (el hecho objeto de la causa no puede atribuírsele al imputado) y Art. 344-2 Inciso. b) del Código Procesal Penal (El hecho imputado no es tipo penal descrito) respectivamente concordante con el Art. 348-2 de la citada normal procesal, formulo requerimiento de SOBRESEIMIENTO Parcial del proceso, en la investigación seguida; a) en contra de Don Abel Salazar Paz por la presunta comisión (en grado de probabilidad) del delito de atentado contra documento que sirve de prueba en proceso, en presunto agravio del Poder Judicial; b) en contra de Abel Salazar Paz y Otros por la presunta comisión (en grado de probabilidad del delito de supresión, destrucción y ocultamiento de documento, en presunto agravio del Poder Judicial, y c) en contra de Abel Salazar Paz por la presunta comisión (en grado de probabilidad) del delito de falsificación de documento público en presunto agravio de la Policía Nacional del Perú. Especialista Legal: Roxana Beatriz Escarcena Maman. Omate, veintiocho de junio del dos mil dieciocho.- (03-0405 Julio) EDICTO Ante el JUZGADO MIXTO DE MARISCAL NIETO ( EX 2°), que despacha el Dr. FERNANDEZ SANCHEZ

FREDY, especialista legal EDWIN VALENCIA SANCHEZ, expediente Nro. 00118-2018-0-2801-JMCI-02, sobre CAMBIO DE NOMBRE, SUPRESION DE NOMBRE Y/O ADICION DE NOMBRE, respecto YLDIFONSO VILLANUEVA BARRETO y accesoriamente de Carmen Rosa Villanueva Velasquez resuelve: SE RESUELVE: 1. ADMITIR a trámite la solicitud sobre Cambio de Nombre; interpuesta por CARMEN ROSA VILLANUEVA VELASQUEZ, debiendo tramitarse en la vía procedimental de Proceso No Contencioso. 2. DISPONER el emplazamiento de MARIA ESTHER VILLANUEVA VELASQUEZ, CRISTINA VELASQUEZ, JESUS ANGEL VILLANUEVA VELASQUEZ, PEDRO PABLO VILLANUEVA VELASQUEZ, JORGE LUIS VILLANUEVA VELASQUEZ, JOSE ALFONSO VILLANUEVA VELASQUEZ, CRISTINA GUISELLA VILLANUEVA VELASQUEZ, JUAN CARLOS VILLANUEVA VELASQUEZ, MIGUEL ANGEL VILLANUEVA VELASQUEZ y la SUCESION DE IDELFONSO VILLANUEVA BARRETO, para los fines de Ley; debiendo notificárseles con las copias de la solicitud, anexos y la presente resolución. 3. DISPONER el emplazamiento de la SUCESION DE IDELFONSO VILLANUEVA BARRETO, mediante edictos, para lo cual cumpla el demandante con realizar las publicaciones de Ley, bajo apercibimiento de nombramiento de Curador Procesal, en caso no se apersonen dentro del plazo de Ley los sucesores faltantes, de ser el caso. 4.- DISPONER se efectúen las publicaciones correspondientes en el Diario Oficial “El Peruano” y otro en el Encargado de los Avisos Judiciales de esta ciudad, en número de tres en cada Diario, conforme a lo previsto por el artículo 168 del Código Procesal Civil; debiendo acreditarse dichas publicaciones con la anticipación de Ley (cinco días hábiles) antes de la fecha de la audiencia. 5. SEÑALAR fecha teniendo en cuenta el rol de audiencias de este despacho para la AUDIENCIA DE ACTUACION Y DECLARACIÓN JUDICIAL que se llevara a cabo el día VEINTE DE JULIO DEL ANO DOS MIL DIECIOCHO a las DIEZ HORAS la que se llevara en el despacho de este Juzgado. REGÍSTRESE Y HAGASE SABER.Freddy Ticona Esteba- Abogado - CAM. 204. Abog. Edwin Valencia Sanchez – Secretario Judicial – Juzgado Mixto de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (02-03-04 Julio) EDICTO JUDICIAL EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado de Paz de familia de llo, especialista Dr. Huber Rojas, se tramita el proceso por extinción de alimentos, Nro. 105-2018. seguida por Elmer Jorge León Gómez en contra la sucesión de Piero Waldir León Canales, ha dictado la siguiente resolución. Resolución Nro. 01. llo, veintitrés de marzo del dos mil dieciocho. VISTOS: La demanda y anexos sobre extinción de alimentos presentado por Elmer Jorge León Gómez. SE RESUELVE: Admitir a trámite, como pretensión principal la demanda de EXTINCIÓN DE ALIMENTOS, interpuesta por Elmer Jorge León Gómez, en contra de la sucesión de quién en vida fue WALDIR LEON CANALES, representado por Jossy Benazir León Panti y como pretensión accesoria la devolución de los descuentos judiciales retenidos por alimentos desde el momento del fallecimiento, debiendo tramitarse por la vía SUMARISIMO: Dispongo: Correr traslado de la demanda a la sucesión del causante Waldir León Canales, notificándose mediantes edictos en el diario oficial El Peruano y la República en el término de ley, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal, en caso de no apersonarse el sucesor procesal. Por ofrecidos los medios probatorios. REGISTRESE Y COMUNIQUESE. Ilo, 21 de junio del 2018. (03, 04 Julio). REMATE AVISO DE REMATE PÚBLICO JUDICIAL EN TERCERA CONVOCATORIA En el proceso único de ejecución de garantías con expediente judicial N°00323-2017-0-2801-JMCI-02 que sigue FINANCIERA CREDINKA S.A. en contra de MARIA EUFEMIA VENTURA INCIO; el JUZGADO MIXTO (EX 2°) – SEDE NUEVO PALACIO que despacha el Sr. Juez FREDY FERNANDEZ SANCHEZ con intervención de la especialista legal Srta. GABY NINA ESCOBAR; ha ordenado sacar a remate público judicial en TERCERA convocatoria el bien que a continuación se detalla: Inmueble de 62.16 m2

ubicado en HABILITACIÓN TIPO PROGRESIVA LUIS ENRIQUE LÓPEZ ALBUJAR TRINT I ETAPA Mz. L Lt. 1 Dpto. 204 Edif. Pis. /Ref. 1-2 GRUPO 1, DISTRITO MOQUEGUA, PROVINCIA MARISCAL NIETO, DEPARTAMENTO Y REGIÓN MOQUEGUA. El referido bien con fábrica inscrita de propiedad de MARIA EUFEMIA VENTURA INCIO se halla inscrito y publicitado en la partida registral N°P08012297 de la Sede Registral N°XIII – Tacna de la SUNARP y El inmueble se encuentra valorizado en la suma de USD$ 38,850 (treinta y ocho mil ochocientos cincuenta dólares de los Estados Unidos de América) y será rematado sobre el precio base de USD$ 18,712.75 (dieciocho mil setecientos doce con 75/100 dólares de EUA), cantidad resultante luego de deducir 15% al precio que sirvió de base para el remate en la anterior convocatoria. AFECTACIONES DEL BIEN.- Según lo publicitado en la referida partida registral: Asiento 00015, 00016 y 00018 HIPOTECA.- A favor del FINANCIERA CREDINKA SA hasta por la suma de S/ 88 960 soles; según Escritura Pública (EP.) de fecha 19.08.2013 y EP. De fecha 06.07.2013, ambas extendidas ante la Notaría Pública de Arequipa Augusto Morote Valenza, así como de la Partida Registral N°11001396 del Registro de Personas Jurídicas de Arequipa. DÍA, HORA Y LUGAR DEL REMATE: La diligencia del remate estará a cargo del Martillero Público abogado Juan Pablo Kong Eyzaguirre con Registro N° 227 (teléfono N°952390320) el día TRECE DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS 12:00 HORAS MERIDIANO EN LAS INSTALACIONES DEL JUZGADO MIXTO (EX 2°) – SEDE NUEVO PALACIO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA ubicado en el Malecón Rivereño s/n Ciudad de Moquegua. POSTORES: Sólo se admitirá como postor a quien antes del remate haya depositado en efectivo o en cheque de gerencia girado a su nombre, una cantidad no menor al menor al 10% del valor de tasación del referido inmueble: USD$ 3,885 (tres mil ochocientos ochenta y cinco dólares de los EUA), presentando este ante el Martillero Público. A los postores no beneficiados se les devolverá el íntegro de la suma depositada al terminar el remate. Así mismo, los postores deberán de presentar el pago del arancel judicial respectivo por participar en remate de bien inmueble (S/ 415 soles), con indicación del juzgado, número de expediente y suscrito, adjuntando copia fotostática del mismo y de su documento de identidad correspondiente. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 732° del Código Procesal Civil y por la Ley del Martillero Público, los honorarios del Martillero serán de cargo del adjudicatario y están afectos al IGV. Moquegua, 14 de junio del año 2018. Juan Pablo Kong Eyzaguirre – Martillero Público Reg. N°227 – Abogado, Abog. Gaby Edith Nina Escobar – Secretario Judicial – Juzgado Mixto de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua (03-04-05 Julio) PRIMER REMATE JUDICIAL En el proceso sobre Ejecución de Garantías, expediente Nro. 00281-2016-0-2801-JM-CI-02., que sigue COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO CUAJONE LTDA N° 60 en contra de CARLOS ARTURO LAZO CUETO e IMELDA ALINA SANCHEZ VALENCIA y como tercero COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO TOQUEPALA. El Juzgado Mixto de Mariscal Nieto-Moquegua, a cargo del Juez Doctor FREDY FERNANDEZ SANCHEZ, con intervención del Especialista Legal GABY NINA ESCOBAR, ha dispuesto el PRIMER REMATE del inmueble signado registralmente, ubicado en el Programa TREPO, Pampa Inalámbrica, Mz-34, Lote-13 Barrio 2, distrito y provincia de llo, departamento de Moquegua, cuya área, linderos y medidas perimétricas están inscritos en la Partida Registral N° P08018947 del Registro de Propiedad Inmueble de llo, Zona Registral N9 XIII - Sede Tacna. FUNCIONARIO A CARGO DEL REMATE: Martillero Publico Oscar Ronald Cornejo Barragán con Registro N° 266. Remate que se realizara el DIA DIECINUEVE DE JULIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS DOCE HORAS DEL DIA. en el frontis del local del Juzgado Mixto de Mariscal Nieto-Moquegua - Sede del Nuevo Palacio de Justicia, ubicado en Avenida Malecón Rivereño S/N., distrito de Moquegua, Provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua.- VALOR DE TASACION COMERCIAL: US$. 96.683.88 Dólares americanos. (Noventa y seis Mil seiscientos ochenta y tres con 88/100 Dólares Americanos).- PRECIO BASE:

US$. 64,455.92 Dólares Americanos (Sesenta y cuatro Mil cuatrocientos cincuenta y cinco con 92/100 Dólares Americanos). Que equivale a las dos terceras partes del valor de la tasación por tratarse de un remate en primera convocatoria. AFECTACIONES: Que corren inscritas en la Partida Registral N° P08018947 conforme obra en expediente.- 01) Asiento 00012.- Hipoteca.- Hipoteca a favor de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Toquepala hasta por la suma de U$S 33,977.88 Dólares Americanos, plazos e interés propios de la operación, así y más consta de la Escritura Pública de fecha 10-09-2008 otorgada ante Notario María Lourdes Tapia de Centty.- 02) Asiento 00014.- Hipoteca.-Hipoteca a favor de la Cooperativa de Ahorro y Credito Cuajone LTDA. N° 60 hasta por la suma de US$/ 55,410.61 Dólares Americanos, en garantía de un crédito por US$/ 55,400.00 Dólares Americanos plazo 12 años, interés de 10.6906% TEA. Así y más consta de la escritura pública de fecha 17/03/2011 otorgada ante Notario de Moquegua Oscar Valencia Huisa.03) Asiento 00015.- Hipoteca.- Hipoteca a favor de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Cuajone LTDA. N° 60 hasta por la suma de US$/ 44,876.95 Dólares Americanos, en garantía de un crédito por US$/ 28,858.75 Dólares Americanos plazo 01 año, interés TEA 11.3510% TEA. Así y más consta de la escritura pública de fecha 18/06/2013 otorgada ante Notario de llo John Soto Gamero.- Y No se conocen otras afectaciones REQUISITOS PARA SER POSTORES: depositar el 10% de tasación en efectivo o mediante cheque de gerencia a nombre del postor. Además pagar el Arancel correspondiente en el Banco de la Nación y D.N.I. Los honorarios del martillero público son de cuenta del adjudicatario y están afectos al IGV, determinados según Ley N° 27728, Ley N° 28371 y su Reglamento (D.S N° 008-2005-JUS). - Moquegua, Junio del 2018. Oscar Ronald Cornejo Barragán – Martillero Público N°266. Cel. 054 959776577, Abog. Gaby Edith Nina Escobar – Secretario Judicial – Juzgado Mixto de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (02-03-04-05-06-09 Julio) PRIMER REMATE JUDICIAL En los seguidos en el Exp. N° 00037-2010-0-2802-JM-LA-01, sobre PAGO DE REMUNERACIONES que sigue WILSON ENRIQUE LARICO ORTIZ en contra de LA EMPRESA PROCESADORA DE PRODUCTOS MARINOS S.A., EMPRESA PESQUERA CACELIA PAOLA SRL; Señor Juez del Juzgado Mixto de llo, Dr. ADOLFO CORNEJO POLANCO, con intervención del Especialista Legal Dr. MARCO CACERES NINAJA” ha dispuesto sacar a remate público lo siguiente: EN PRIMERA CONVOCATORIA: El bien inmueble ubicado en el Balneario del Sur Sub. Lote A, Distrito de llo, Provincia de llo, Departamento de Moquegua, cuyos Linderos y medidas perimétricas se hallan detalladas debidamente en la partida Nro. 005003052, Zona Registral Nro. XIII, Sede Tacna. La Zona Registral XIIISede Tacna. VALOR DE TASACION DEL BIEN: ha sido valorizado en U$1,682.944.02 (UN MILLON IENTOS OCHENTA Y DOS NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON 02/100 DOLARES AMERICANOS). PRECIO BASE DEL PRIMER REMATE: Es sobre la BASE de las dos terceras partes del Valor de Tasación, y es U$. 1,121,962.68 (UN MILLON CIENTO VEINTIUN MIL NOVECIENTOS SESENTA Y DOS CON 68/100 DOLARES AMERICANOS). AFECTACIONES Y GRAVAMEN ES, HIPOTECA: (000010) La empresa Procesadora de Productos Marinos S.A. Constituye hipoteca a favor de Banco Internacional del Perú S.AA, hasta por la suma de US$ 7’599,739.70 Dólares Americanos, con el interés y plazo propios de la operación; sobre la unidad de producción, comprendido el terreno y maquinaria y equipos localizadas en las instalaciones de la fábrica, así más ampliamente consta en la escritura pública de fecha 17/11/2005, otorgada ante notario público Yolanda Lucia Insua Arroyo. RATIFICACIÓN DE Y MODIFICACIÓN DE HIPOTECA (D00011). Las partes ratifican la hipoteca a que se refiere el asiento D-10, y convienen en modificar la cobertura de la hipoteca, a fin que en adelante, además de las obligaciones detalladas en el instrumento de constitución el cumplimiento, garantizar el pago de un préstamo de US$ 500,000.00 (Dólares Americanos), y demás obligaciones según la escritura pública de fecha 10/10/2007, otorgada ante notario público Dr. John Jesús Soto Gamero. -EMBAR-

GO-(D00012): Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.25,000.00 (nuevos soles), a favor de Víctor Leandro Sosa ‘turre, según resolución judicial Nro. 86, de fecha 08/01/2010, Exp. 330-203, sobre Alimentos -Primer Juzgado Mixto de llo, -EMBARGO-(D00013): Inscrito en esta partida hasta por la suma de 5/.200,000.00 (nuevos soles), a favor de Mauro Adán Delgado Abarca, según resolución judicial Nro. 01, de fecha 10/12/2010, Exp. 003-2009, pago de remuneraciones- Primer Juzgado Mixto de llo, -EMBARGO-(D00014): Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.70,000.00 (nuevos soles), a favor de James Da Silva Chosna, según resolución judicial N° 01, de fecha 28/12/2010, Exp. 0054-2010, sobre pago de remuneraciones-Segundo Juzgado Mixto de Ilo, -EMBARGO-(D00015): Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.80,000.00 (nuevos soles), a favor de Edgar Alfredo Herrera Torres, según resolución judicial N°. 02, de fecha 25/01/2011, Exp. 238-2010, sobre pago de remuneraciones- Segundo Juzgado de Ilo, -EMBARGO-(000016): Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.175,380.00 (nuevos soles), a favor de Donato Chana Cusi, según resolución judicial Nro. 01, de fecha 22/12/2010, Exp.27-2010, sobre pago de remuneraciones, Segundo Mixto de Ilo, -EMBARGO-(D00016): Inscrito en esta partida hasta por la suma de 5/.180,000.00 (nuevos soles), a favor de Enrique Teodoro Chura Flores, según resolución judicial Nro. 01, de fecha 30/12/2010, Exp. 005-2010, sobre pago de remuneraciones:-Segundo Juzgado Mixto de Ilo, EMBARGO-(D00017): Inscrito en esta partida hasta por la suma de SI. 250,000.00 os soles), a favor de Pedro Vidal Pereyra Villanueva, según resolución judicial 2, de fecha 09/12/2015, Exp. 2812010, sobre pago de remuneraciones-Primer Juzgado Mixto de !lo, EMBARGO-(D00018): Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.100,000.00 (nuevos soles), a favor de Calixto Flores Janampa , según resolución judicial Nro. 91, de fecha 10/12/2015, Exp. 16-2011, sobre pago de remuneraciones-Primer Juzgado Mixto de Ilo, -EMBARGO(D00019): Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.90,000.00 (nuevos soles), a favor de Chester Adin Chura García, según resolución judicial Nro. 47, de fecha 03/12/2015, Exp. 168-2010, sobre pago de remuneraciones-Segundo Juzgado Mixto de Ilo. -EMBARGO-(D00020): Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.500,000.00 (nuevos soles), a favor de Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria, según resolución Nro. 1110070048336, de fecha 23/03/2017, Exp. 1110060023593, sobre Ejecución Coactiva. -EMBARGO-(D00021): Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.230,000.00 (nuevos soles), a favor de Modesto Cresencio Melendez Cabanillas, según resolución judicial Nro. 28-2017 de fecha 22/03/2017 Exp. 115-2012, sobre pago de remuneraciones-Juzgado Mixto de Ilo. -EMBARGO(D00022); Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.250,000.00 (nuevos soles), a favor de Jesus Salvador Arocutipa Ajajahui, según resolución judicial Nro. 19-2017, de fecha 27/03/2017, Exp. 0037-2013, sobre pago de remuneracionesJuzgado Mixto de Ilo. -EMBARGO-(D00023): Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.70,298.73 (nuevos soles), a favor de Luis Francisco Neyra Riveros, según resolución judicial Nro. 72 de fecha 24/03/2017, Exp. 18-2010, sobre pago de remuneraciones- Juzgado Mixto de Ilo. -EMBARGO(D00024): Inscrito en esta partida hasta por la suma de 51.76,424.82 (nuevos soles), a favor de Domingo Ramos Ayma, según resolución judicial Nro. 59, de fecha 24/03/2017, Exp. 108-2011, sobre pago de remuneraciones- Juzgado Mixto de Ilo. -EMBARGO-(D00025): Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.73,596.07 (nuevos soles), a favor de Carlos Gilberto Coronado Veintimilla, según resolución judicial Nro. 51, de fecha 24/03/2017, Exp. 342-2008, sobre pago de remuneracionesJuzgado Míxto de llo. -EMBARGO-(D00026): Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.159,965.57 (nuevos soles), a favor de Juan Nicolas Flor Aparicio, según resolución judicial Nro. 52, de fecha 24/03/2017, Exp. 98-2010, sobre pago de remuneraciones- Juzgado Mixto de Ilo. -EMBARGO-(D00027): Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.100,000.00 (nuevos soles), a favor de Calixto Flores Janampa, según resolución judicial Nro. 109, de fecha 24/03/2017, Exp. 16-2011, sobre

Miércoles, 4 de julio del 2018

pago de remuneraciones- Juzgado Mixto de Ilo. -EMBARGO-(D00028): Inscrito en esta partida hasta por la suma de 5/.320,000.00 (nuevos soles), a favor del demandante, según resolución judicial Nro. 54, de fecha 28/03/2017, Exp. 105-2010, sobre pago de remuneraciones-Juzgado Mixto de llo. -EMBARGO-(D00029): Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.140,000.00 (nuevos soles), a favor de Felipe Flores Velasquez, según resolución judicial Nro. 22-2017, de fecha 27-03-2017, Exp. 337-2014, sobre pago de remuneraciones- Juzgado Mixto de Ilo. -EMBARGO-(D00030): Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.173,377.10 (nuevos soles), a favor de Wilson Enrique Larico Ortiz, según resolución judicial Nro. 49, de fecha 31/03/2017, Exp. 037-2010, sobre pago de remuneraciones-Juzgado Mixto de llo. -RECTIFICACION DE OFICIO (D00031): Se rectifica el asiento D000028 de esta Partida por haberse omitido consignar al demandante y al demandado tal como consta en el presente asiento. Demandante Juan Manuel Aragón Mancilla, Demandada Procesadora de Productos Marinos SA. -EMBARGO-(D00032): Inscrito en esta partida hasta por la suma de 51.124,331.55 (nuevos soles), a favor de Eudes Madariaga Olivares, según resolución judicial Nro. 56, de fecha 03/04/2017, Exp. 169-2010, sobre pago de remuneraciones- Juzgado Mixto de Ilo. -EMBARGO-(D00033): Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.120,000.00 (nuevos soles), a favor de Romel David Platero Aparicio, según resolución judicial Nro. 60, de fecha 03/04/2017, Exp. 35-2010, sobre pago de remuneraciones- Juzgado Mixto de llo. -EMBARGO-(D00034): Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.72,000.00 (nuevos soles), a favor de Ariel Simon Cervantes Sanchez, según resolución judicial Nro. 36, de fecha 31/03/2017, Exp. 47-2011, sobre pago de remuneraciones- Juzgado Mixto de llo. -EMBARGO-(D00035): Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.82,779.21 (nuevos soles), a favor de Juan Jose Ordoñez Barrios, según resolución judicial Nro. 45, de fecha 31/03/2017, Exp. 301-2010, sobre pago de remuneracionesJuzgado Mixto de llo. -EMBARGO-(D00036): Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.60,000.00 (nuevos soles), a favor de Donato Chana Cusi, según resolución judicial Nro. 28, de fecha 27/03/2017, Exp. 190-2013, sobre pago de remuneraciones- Juzgado del Juzgado de Trabajo de Ilo. -EMBARGO-(D00037): Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.72,000.00 (nuevos soles), a favor de Oscar Alberto Varillas Barrios, según resolución judicial Nro. 7 de fecha 26/04/2017, Exp. 128-2016, sobre pago de remuneraciones-Juez del Juzgado de Trabajo de llo. EMBARGO-(D00038): Inscrito en esta partida hasta por la suma de 5/.82,000.00 os soles), a favor de Felipe Flores Velasquez, según resolución judicial Nro. 15, de a 26/04/2017, Exp. 10-2013, sobre pago de remuneraciones-Juez del Juzgado de Trabajo de llo. -EMBARGO-(D00039): Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.59,200.29 (nuevos soles), a favor de Chester Adin Chura García, según resolución Oficio nro 357-¬2017, Exp. 168-2010, sobre pago de remuneraciones- Juzgado Mixto de Ilo. -EMBARGO-(D00040): Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.100,000.00 (nuevos soles), a favor de Nicolas Mamani Turpo, según resolución judicial Nro. 01, de fecha 20/04/2017, Exp. 204-2016, sobre pago de remuneraciones- Juzgado de Trabajo de llo. -EMBARGO-(D00041): Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.70,000.00 (nuevos soles), a favor de Americo Nicolas Chavez Roncal, según resolución judicial Nro. 05, de fecha 02/05/2017, Exp. 129-2016, sobre pago de remuneraciones-Juzgado de Trabajo de Ilo. -EMBARGO-(D00042): Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.34,540.42 (nuevos soles), a favor de Jose Antonio Moreno Nicho, según resolución judicial Nro. 67, de fecha 05/05/2017, Exp. 269-2010, sobre pago de remuneraciones- Juzgado Mixto de Ilo. -EMBARGO(D00043): Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.70,000.00 (nuevos soles), a favor de Jose Antonio Moreno Nicho, según resolución judicial Nro. 06, de fecha 26/06/2017, Exp. 282-2016, sobre pago de remuneraciones-Juez de Trabajo de Ilo. EMBARGO-(D00044): Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.23,500.00 (nuevos soles), a favor de SENATI, según resolución Nro. 03, de fecha 17/07/2017 emitida por el Ejecutor Coactivo Pedro Alvaro Velásquez Ruiz, sobre Cobro Coactivo. -EMBARGO-(D00045): Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.140,000.00 (nuevos soles), a favor de Mario Arturo Espinoza Cruz, según resolución judicial Nro. 73, de fecha 03/08/2017, Exp. 068-2011, sobre pago de remuneraciones-Juzgado Mixto de !lo. -EMBARGO-(D00046): Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.70,000.00 (nuevos

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA

soles), a favor de Municipalidad Provincial de llo, según resolución coactiva Nro. 13725-2017-0ECMPI, de fecha 27/10/2017 emitida por el Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Provincial de llo, Exp. 891-2017. -EMBARGO-(D00047): Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.300,000.00 (nuevos soles), a favor de Silvio Francisco Torres Valdivia, según resolución judicial Nro. 34, de fecha 31/10/2017, Exp. 158-2012, sobre pago de remuneraciones- Juzgado de Trabajo de llo. EMBARGO(D00048): Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.56,363.86 nuevos soles), a favor de Augusto Francisco Llontop Cipirani, según resolución judicial 40, de fecha 18/01/2018, Exp. 308-2010, sobre pago de remuneraciones- Juzgado Mixto de !lo. -EMBARGO-(D00049): Inscrito en esta partida hasta por la suma de S/.46,319.42 (nuevos soles), a favor de Nicolas Mamani Turpo, según resolución judicial Nro. 56, de fecha 08/03/2018, Exp. 0592010, sobre pago de remuneraciones- Juzgado Mixto de llo. FECHA DE REMATE: Día diecisiete de Julio del año 2018 a las CATORCE HORAS CON TREINTA MINUTOS (14:30 HORAS). LUGAR DEL REMATE PÚBLICO: En el Local del Juzgado Mixto de !lo, sito en la Calle Matara Nro. 325, llo- Provincia de llo, Departamento de Moquegua. POSTORES: Para ser postor se depositara en efectivo o Cheque de Gerencia girado a su nombre, la cantidad no menor al 10% del Valor de Tasación, además deberán presentar el DNI. y el Arancel Judicial indicando el número del DNI. del postor, Juzgado y número de Expediente, Los honorarios del Martillera Público son por cuenta del adjudicatario, de conformidad con el Art. 7320 del Código Procesal Civil; El remate ser efectuado por el martillero público Christian Rubén Vizcarra Adriano. llo, 10 de mayo de 2018. (28 junio, 02, 03, 04, 05, 06 Julio). EDICTO PRIMER REMATE JUDICIAL En los seguidos por COOPERATIVA DE AHORRO Y cucan, SANTA CATALINA DE MOQUEGUA LTDA contra ERNESTO DIEGO DAVILA SALAS, materia OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO, Expediente N° 00445-2012-2802-JP-CI-01, por orden del segundo juzgado de Paz Letrado -Sede Ilo que despacha el Sr; Juez Julio Martín Pinazo Quispe, Especialista Dr. Eber Colque Dávila, se me ha ordenado sacar a Remate Público en Primera Convocatoria el siguiente inmueble: INMUEBLE; ubicado en MZ.133 LOTE 4 SECTOR PROMUVI VII, DISTRITO ILO, Provincia de llo, inscrito en la Partida 11005171 de Oficina Registral Zona XIII -Sede Tacna.- VALOR DE TASACION.- S/.27,840.00 (Veintisiete mil ochocientos cuarenta con 00/100 soles). PRECIO BASE DE REMATE: S/. 18,560.00 (Dieciocho mil quinientos sesenta con 00/100 soles), que representan a las 2/3 partes del valor de la tasación.-CARGAS Y GRAVÁMENES: Asiento D00002 EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION, hasta por el monto de S/46,084.34 soles a favor de la COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTA CATALINA DE MOQUEGUA LTDA según consta en la Resolución N°02 y N° 03 del Expediente 445- 2012 ordenado por el Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de Ilo.- DIA Y HORA DEL REMATE:16 DE JULIO de 2018 Hora 8:00 AM (OCHO DE LA MAÑANA).- LUGAR DEL REMATE; El inmueble se rematará a la hora exacta en el local del juzgado sito en Calle Matará Nro.325 Distrito de Ilo, Provincia de Ilo, Departamento Moquegua.LOS POSTORES: Oblarán el 10% del valor de Tasación en efectivo o Cheque de Gerencia girado a nombre del postor, presentarán la tasa judicial con el número de expediente y original del DNI.- LA COMISIÓN de la Martillera el adjudicatario de conformidad con la escala de comisiones del Decreto Supremo N°008-2005-3US y están afectos al IGV. Martillera Pública Pamela Marisol Alva Rivera con Registro N° 319. Poder Judicial-Especialista Legal Dr. Eber Colque Davila. Ilo, 12 de Junio de 2018. (28 Junio y 02-03-04-05-06 Julio) REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA En el proceso seguido por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA S.A. contra ELBA GINA CARPIO MUCHICA, sobre Ejecución de Garantías, Expediente N° 00408-2017-0-2802-JM-CI-01, el Juzgado Mixto de Ilo, a cargo del Juez, Dr. Adolfo Cornejo Polanco y Especialista Legal, Dr. Marco Cáceres Minaja, ha dispuesto sacar a remate en primera convocatoria el inmueble ubicado en Asentamiento Humano Programa Municipal de Vivienda N° IV, Nuevo Ilo, Mz. 22, lote 6, distrito y provincia de llo y Departamento de Moquegua, cuyo dominio, linderos y medidas perimétricas obran inscritas en la Partida N° P08025083 del Registro de Propiedad lnmueble de la Zona Registral N° XIII Sede Ilo. El bien ha sido valorizado en US$. 45,641.28

(CUARENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y UNO CON 28/100 DOLARES AMERICANOS), siendo el precio base en primera convocatoria la suma de US$. 30,427.52 (TREINTA MIL CUATROCIENTOS VEINTISIETE CON 52/100 DOLARES AMERICANOS) que equivale a las dos terceras partes de la tasación del bien. AFECTACIONES: Hipoteca a favor de la ejecutante hasta por S/. 41,323.00 inscrita en el asiento 00011 de la Partida P08025083 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° XIII Sede llo. El remate se realizara el día DIEZ DE JULIO DEL PRESENTE AÑO DOS MIL DIECIOCHO, A LAS NUEVE DE LA MANANA, en el local del Juzgado ubicado en calle Matara N° 325, segundo piso, de esta ciudad. Esta diligencia estará a cargo del Martillero Público Abraham Marinas Sánchez, con Registro N° 224. Los postores deberán oblar una cantidad no menor a US$. 4,564.13 (CUATRO MIL QUINIENTOS SESENTA Y CUATRO CON 13/100 DOLARES AMERICANOS) que equivale al 10% del valor de la tasación, en efectivo o cheque de gerencia y presentaran el original del arancel judicial (cod. 07153) en el que debe estar consignado el número del Expediente, Juzgado y el número de documento de identidad del postor (arancel debidamente suscrito y copia del documento de identidad). COMISION DEL MARTILLERO: Sera de cargo del adjudicatario, según los dispuesto en la tabla de honorarios establecida en el- Decreto Supremo N° 008-2005-JUS IGV y deberá ser cancelada al finalizar el remate. Ilo, 04 de Junio del 2018. (27, 28 Junio, 02, 03, 04, 05 Julio). NOTIFICACION NOTIFICACIÓN POR EDICTO PENAL Expediente Nº 051-2018-84-2801-JR-PE-02. Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Especialista: Juan Carlos Espinoza Chipana. Se NOTIFICA a don ERASMO MAMANI CCOYORI, que en el proceso seguido en su contra por el Delito de Omisión a la Asistencia Familiar, mediante Resolución N° 005 de fecha 04 de junio del 2018: SE CITA a la AUDIENCIA ÚNICA DE JUICIO INMEDIATO, a los sujetos procesales: Acusado: ERASMO MAMANI CCOYORI; identificado con DNI N° 42331590, quien deberá ser notificado y citado en el domicilio real señalado en autos, bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz o ausente y disponerse su CAPTURA a nivel nacional, en caso de inasistencia; audiencia que ha sido REPROGRAMADA para llevarse a cabo el día SEIS DE JULIO DEL DOS MIL DIECIOCHO a las NUEVE HORAS, en la Sala de Audiencias Nro. 07 del Módulo Penal de Moquegua de la Sede Central de la Corte Superior de Justicia de Moquegua ubicada en Malecón Ribereño S/N - Moquegua, quedando citados todos los sujetos procesales bajo los mismos apercibimientos decretados en la resolución número tres. Fdo. Claudio Washington Altamirano Bellido - Juez Titular del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Abog. Juan Carlos Espinoza Chipana - Especialista Legal.- Moquegua, 25 de junio del 2018. (28 Junio - 02-03 Julio) EDICTO PENAL EDICTO PENAL EXP: 00496-2017-52-2802-JR-PE-01. Se emplaza, notifica a WALBERTO SEGUNDINO CCACCA CCACCA, con la RESOLUCION N° 02. Por lo que SE RESUELVE: 3.1.- PRIMERO: SE DISPONE REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL INMEDIATO, para el día 13 DE JULIO DEL 2018, A LAS 10:00 DE LA MAÑANA, en esta misma Sala de Audiencias ubicado en el Jirón Junín Nro. 301, Segundo Piso, Distrito y Provincia de I/o, Departamento de Moquegua, quedando subsistente los apercibimientos dispuestos en la resolución 01; asimismo bajo apercibimiento de declararse al acusado reo ausente o contumaz en caso de inasistencia a la audiencia de juicio oral inmediato; de igual modo la fecha de la audiencia de Juicio Oral Inmediato es inaplazable, debiendo de tomar las previsiones del caso el acusado para que asista su Abogado defensor bajo apercibimiento de designársele un Abogado de la Defensoría Pública y se realice dicha audiencia y, por último la especialista legal deberá realizar las coordinaciones pertinentes a fin que la cédula de notificación dirigido al acusado estén y los edictos se encuentren diligenciados y obren en el cuaderno de Debates, bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas a ODECMA a fin que proceda conforme a sus atribuciones. 3.2.- SEGUNDO: SE DISPONE se notifique al acusado en los domicilios que obran en acusación domicilio real consignado en el Requerimiento de Acusación, en el domicilio real de la Ficha RENIEC y mediante

Edictos, dentro del plazo de ley, bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas de los principales actuados a ODECMA a fin que proceda conforme a sus atribuciones. 3.3.- TERCERO: SE DISPONE en caso de inasistencia injustificada del abogado Arturo Walter Flores Estuco se le impondrá una multa de dos unidades de referencia procesal y se comunicara a las autoridades pertinentes de la conducta procesal del abogado a fin que proceda conforme a sus atribuciones; asimismo en caso de inasistencia injustificada de la señorita Fiscal se comunicara a su órgano de control, a fin que proceda conforme a sus atribuciones. 3.4.- CUARTO: SE DISPONE tenerse por notificado a todas las partes asistentes con la presente resolución. Tómese Razón y Hágase Saber. - (02, 03, 04 Julio). EDICTO PENAL EXP N° 00159-2018-73-2802-3R-PE-01, Se emplaza, notificar a CESAR FERNANDO MAMANI ENRIQUEZ, con la RESOLUCIÓN N° 04-2018. 3.- SE RESUELVE: 3.1.- PRIMERO: SE DISPONE REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL INMEDIATO, para el día 20 DE JULIO DEL 2018, A LAS 09:00 DE LA MAÑANA, en esta misma Sala de Audiencias ubicado en el Jirón Junín Nro. 301, Segundo Piso, Distrito y Provincia de Ilo, Departamento de Moquegua, quedando subsistente los apercibimientos dispuestos en la resolución 01; asimismo bajo apercibimiento de declararse a/ acusado reo ausente o contumaz en caso de inasistencia a la audiencia de juicio oral inmediato; de igual modo la fecha de la audiencia de Juicio Oral Inmediato es inaplazable, debiendo de tomar las previsiones del caso el acusado para que asista su Abogado defensor bajo apercibimiento de designársele un Abogado de la Defensora Pública y se realice dicha audiencia y, por último el especialista legal deberá realizar las coordinaciones pertinentes a fin que la cédula de notificación dirigido al acusado y los edictos estén diligenciados y obre en el cuaderno de Debate, bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas a ODECMA a fin que proceda conforme a sus atribuciones, coordinaciones que debe realizarlo con diez días de anticipación a la realización de la audiencia de juicio oral inmediato. 3.2.- SEGUNDO: SE DISPONE Se Notifique al acusado en su domicilio consignado en el Requerimiento de Acusación, en el domicilio real de la Ficha RENIEC del acusado y mediante Edictos, dentro del plazo de ley, bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas de los principales actuados a ODECMA a fin que proceda conforme a sus atribuciones. 3.3.- TERCERO: SE DISPONE en caso de inasistencia injustificada del señor abogado Arturo Walter Flores Estuco se le impondrá una multa de dos unidades de referencia procesal y se comunicara a las autoridades pertinentes de la conducta procesal del abogado antes referido, a efecto que procedan conforme a sus atribuciones; de igual modo en caso de inasistencia del señor Fiscal se comunicara a su órgano de control, a fin que proceda conforme a sus atribuciones. 3.4.- CUARTO: SE DISPONE: REMITIR copias certificadas a ODECMA en la ciudad de Lima, a fin que proceda conforme a sus atribuciones respecto a la cédula de notificación que no se han remitido por Central de Notificaciones, ordenado mediante resolución 02-2018, 03-2018 a fin que proceda conforme a sus atribuciones. Asimismo se tiene por notificado a las partes asistentes a esta audiencia con la presente resolución y notifíquese a las partes inasistentes. Tómese Razón y Hágase Saber.- (03, 04 Julio). EDICTO PENAL Expediente N°: 00226-2017-65-2801-JR-PE-02. Juzgado: Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. Se hace saber y emplaza: Al imputado YSABEL MARGARITA TELLES CACERES. Mediante Resolución N° 03 se dispone la notificación por edictos con el extracto del Requerimiento de Acusación y Resolución N° 01: El Tercer Despacho de Decisión Temprana de Mariscal Nieto, presenta el requerimiento de acusación en contra de YSABEL MARGARITA TELLES CÁCERES por complicidad primaria del delito de obtención fraudulenta de crédito en agravio de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa y como coautor del delito de falsedad genérica en agravio de Evelina Rosmery Rivera Maquera, El día 26 de noviembre de 2014 Ysabel Margarita Telles Cáceres se presentó como el aval de Smith Alcides Rivera Maquera e intervino en la suscripción de los documentos necesarios para el otorgamiento de crédito como son la Declaración Jurada de Aval y el Pagaré N° 001478455000001011596 realizando una firma y poniendo su impresión dactilar del índice derecho

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como si se tratara de Evelina Rosmery Rivera Maquera, conociendo que de esa manera su coimputado Smith Alcides Rivera Maquera iba a obtener la aprobación del crédito por S/ 5,000.00 nuevos soles, para ser pagado en el plazo de 12 cuotas mensuales y el desembolso correspondiente de dicho monto. Solicitando Ysabel Margarita Telles Cáceres la pena de dos años de pena privativa de libertad y 217 días multa (en razón al 25% del ingreso diario, calculado en base a la remuneración mínima vital vigente en el año 2014) y una reparación civil de S/.7,000.00 nuevos soles que los acusados deberá pagar en forma solidaria al agraviado Cooperativa de Ahorro y Crédito Finansur Ltda. que comprende la restitución del dinero ilegalmente obtenido por el uso de medios fraudulentos [S/. 5,000.00] y la reparación por el daño causado por motivo de gastos en peritos[S/2,000.00 por daños y perjuicios]. El Juzgado mediante Resolución N° 01 dispone CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES con el requerimiento de acusación, para efectos de que puedan, por escrito y en lo que fuera pertinente, cumplir con lo establecido e el artículo 350º del Código Procesal Penal; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación. NOTIFÍQUESE a las partes en sus respectivos domicilios señalados por el representante del Ministerio Público. Asimismo, REQUIÉRASE a los imputados SMITH ALCIDES RIVERA MAQUERA e YSABEL MARGARITA TELLES CACERES, para que en el plazo de TRES DÍAS designe abogado defensor de libre elección, bajo apercibimiento de designarse abogado defensor de oficio, en caso de incumplimiento. Notifíquese. Jorge Eduardo García Apaza - Juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto, Abog. Irma Lipa Figueroa - Especialista Legal - Módulo Penal. Moquegua, 28 de Junio de 2018. (03-04-05 Julio) EDICTO PENAL EXP: 00496-2017-52-2802-JR-PE-01. Se emplaza, notifica a WALBERTO SEGUNDINO CCACCA CCACCA, con la RESOLUCION N° 02. Por lo que SE RESUELVE: 3.1.- PRIMERO: SE DISPONE REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL INMEDIATO, para el día 13 DE JULIO DEL 2018, A LAS 10:00 DE LA MAÑANA, en esta misma Sala de Audiencias ubicado en el Jirón Junín Nro. 301, Segundo Piso, Distrito y Provincia de I/o, Departamento de Moquegua, quedando subsistente los apercibimientos dispuestos en la resolución 01; asimismo bajo apercibimiento de declararse al acusado reo ausente o contumaz en caso de inasistencia a la audiencia de juicio oral inmediato; de igual modo la fecha de la audiencia de Juicio Oral Inmediato es inaplazable, debiendo de tomar las previsiones del caso el acusado para que asista su Abogado defensor bajo apercibimiento de designársele un Abogado de la Defensoría Pública y se realice dicha audiencia y, por último la especialista legal deberá realizar las coordinaciones pertinentes a fin que la cédula de notificación dirigido al acusado estén y los edictos se encuentren diligenciados y obren en el cuaderno de Debates, bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas a ODECMA a fin que proceda conforme a sus atribuciones. 3.2.- SEGUNDO: SE DISPONE se notifique al acusado en los domicilios que obran en acusación domicilio real consignado en el Requerimiento de Acusación, en el domicilio real de la Ficha RENIEC y mediante Edictos, dentro del plazo de ley, bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas de los principales actuados a ODECMA a fin que proceda conforme a sus atribuciones. 3.3.- TERCERO: SE DISPONE en caso de inasistencia injustificada del abogado Arturo Walter Flores Estuco se le impondrá una multa de dos unidades de referencia procesal y se comunicara a las autoridades pertinentes de la conducta procesal del abogado a fin que proceda conforme a sus atribuciones; asimismo en caso de inasistencia injustificada de la señorita Fiscal se comunicara a su órgano de control, a fin que proceda conforme a sus atribuciones. 3.4.- CUARTO: SE DISPONE tenerse por notificado a todas las partes asistentes con la presente resolución. Tómese Razón y Hágase Saber. - (02, 03, 04 Julio).

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La República





SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA SALA MIXTA MOQUEGUA Audiencia Publica Extraordinaria - Segundo Trimestre 2018



  

      

______________________________________________________________________________________________ PODER JUDICIAL DEL PERU

AUDIENCIA PÚBLICA EXTRAORDINARIA

Resolución N° 02 Ilo, doce de Junio Del dos mil dieciocho.VISTOS: El Decreto Ley 25476 publicada en el Diario Oficial El Peruano”, con fecha 06 de agosto de 1992 y su Reglamento aprobado con Resolución Administrativa N° 082011-SP-CS-PJ publicado con fecha 18 de Marzo del 2011 en el Diario Oficial; y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que mediante resolución N° 01, de fecha uno de junio del año en curso, se programó la Audiencia Pública Extraordinaria para el día 25 de Junio del presente, a las nueve horas, sin embargo siendo que los Jueces Superiores Judith Alegre Valdivia y Erwin Rodríguez Barreda, viajarán a la ciudad de Lima a fin de rendir el examen escrito del CNM con fecha 24 de junio del año en curso, por motivos de distancia, solicitarán licencia por el día 25 de junio, por lo tanto, corresponde reprogramarse la misma Por tales consideraciones.

RESOLVIERON: REPROGRAMAR la Audiencia Pública Extraordinaria para el día VEINTISIETE DE JUNIO DEL PRESENTE AÑO A HORAS NUEVE DE LA

MAÑANA, en la Sala de

Audiencias de la Sala Mixta Descentralizada de Ilo, correspondiente al Segundo Trimestre del año Judicial dos mil dieciocho en la competencia territorial de la Sala Mixta Descentralizada de Ilo, quedando subsistente en lo demás que contiene. DISPUSIERON: Se publique la presente resolución en el Diario “La República” por el término de ley. REGISTRESE Y COMUNIQUESE.S.S.

Miércoles, 4 de julio del 2018

Resolución N° 01 Moquegua, cuatro de junio de dos mil dieciocho. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Conforme lo dispuesto mediante Decreto Ley veinticinco mil cuatrocientos setenta y seis publicado en el Diario Oficial, con fecha seis de agosto de mil novecientos noventa y dos y su reglamento aprobado con Resolución Administrativa N° 08-2011-SP-CS-PJ, publicado con fecha dieciocho de marzo del dos mil once en el Diario Oficial, que establece que las Salas Penales de las Cortes Superiores de la Republica, procederán a realizar una Audiencia Pública Extraordinaria en forma trimestral, con el objeto de garantizar que los procesos penales se tramiten dentro de los plazos fijados por ley y el derecho de toda persona procesada a ser juzgada dentro de un plazo razonable o bien a ser puesta en libertad. SEGUNDO: Que, es responsabilidad del Presidente de la Sala Mixta - Penal su estricto y fiel cumplimiento, de conformidad con la Resolución Administrativa N° 013-2008-CE-PJ, de fecha veintiséis de enero de dos mil ocho, mediante el cual el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, dispone que esta Sala Mixta de Moquegua conozca de los procesos penales en liquidación, respecto de las provincias de Mariscal Nieto y Sánchez Cerro, con la asistencia de la Fiscalía Superior. Por estos fundamentos, SE RESUELVE: PRIMERO: Conforme al Rol de Audiencias de esta Sala PROGRAMAR para el día JUEVES VEINTIOCHO DE JUNIO del año dos mil dieciocho, a las DIEZ HORAS, la realización de la AUDIENCIA PUBLICA EXTRAORDINARIA correspondiente al Segundo Trimestre del año judicial dos mil dieciocho, en la competencia territorial de la Sala Mixta de Mariscal Nieto - Moquegua, la misma que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias número diez de la Sede Moquegua. SEGUNDO: Que por secretaría se formule la razón general de los procesos con Reo en Cárcel pendientes de audiencia, otras con reos libres igualmente pendientes de audiencia y una de instrucciones que se encuentren en la Fiscalía con indicación de número y fecha de entrega. TERCERO: MANDARON: Se oficie al Juzgado Mixto de Mariscal Nieto, Juzgado Mixto de Sánchez Cerro - Omate y Fiscalía Superior Penal en Liquidación de Mariscal Nieto, Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Mariscal Nieto (Despacho en Liquidación) y Fiscalía Provincial Mixta de General Sánchez Cerro, para que cumplan con elevar las relaciones de causas en general que giren en sus respectivos Despachos, respecto a los procesos penales en liquidación. para dar cuenta en el acto de la audiencia. CUARTO: Se oficie al Director de! Establecimiento Penitenciario de Moquegua, para que remita la relación de detenidos cuyas causas están pendientes de juzgamiento con indicación del tiempo que permanecen en forma discriminada del Juzgado Mixto de Mariscal Nieto, del Juzgado Mixto de Sánchez Cerro - Omate y de la Sala Mixta de Moquegua. Publíquese la presente resolución en el Diario "La Republica,: por el termino de ley.

RUIZ NAVARRO. REGISTRESE Y HAGASE SABER.S.S. LOO SEGOVIA. COAGUILA MITA. CORNEJO POLANCO.

ALEGRE VALDIVIA. RODRIGUEZ BARREDA.

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA UNIDADDE QUEJASEINVESTIGACIONESYVISITASDELAODECMA

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA UNIDAD DE QUEJAS E INVESTIGACIONES Y VISITAS DE LA ODECMA

EDICTO

EDICTO

Moquegua, 18 de Junio de 2018

Moquegua, 18 de junio de 2018

La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Moquegua, de conformidad con el cronograma establecido mediante Resolución Administrativa N° 003-2017-J-ODECMA-CSJMO/PJ, realizara la VISITA JUDICIAL ORDINARIA en el mes de julio del año en curso, al órgano jurisdiccional que se detalla a continuación en la siguiente fecha:

La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Moquegua, de conformidad con el cronograma establecido mediante Resolución Administrativa N° 003-2017-J-ODECMA-CSJMO/PJ, realizara la VISITA JUDICIAL ORDINARIA en el mes de julio del año en curso, al órgano jurisdiccional que se detalla a continuación en la siguiente fecha:

Organo Jurisdiccional

Dia

Hora de inicio

Juzgado de Paz Letrado Familia Civil de Mariscal Nieto

Miércoles 18

08:00

Las Visitas Ordinarias programadas, se realizaran en el día y hora indicados, durante la cual los señores abogados y justiciables, podrán formular sus pedidos y/o quejas, concernientes a los señores Magistrados y personal Jurisdiccional respectivo, directamente en el local visitado. La labor jurisdiccional en la referida dependencia, proseguirá con sus diligencias programadas. JUAN PORFIRIO PAREDES ROMERO MAGISTRADO CONTRALOR DE ODECMA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA

Órgano Jurisdiccional

Día

Hora de inicio

Sala Mixta de Mariscal

Miércoles 11

08:00 horas

Nieto

Las Visitas Ordinarias programadas, se realizaran en el día y hora indicados, durante la cual los señores abogados y justiciables, podrán formular sus pedidos y/o quejas, concernientes a los señores Magistrados y personal Jurisdiccional respectivo, directamente en el local visitado. La labor jurisdiccional en la referida dependencia, proseguirá con sus diligencias programadas.

MAX WILFREDO SALAS BUSTINZA MAGISTRADO CONTRALOR DE ODECMA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA