CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO
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La República
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
Viernes, 27 de abril del 2018
AVISOS JUDICIALES EDICTO En el proceso N° 2776-2017, seguido por BERNARDINA PAUCAR CHIHUANTITO E ISAAC BEJAR QUISPE, contra ALICIA PAUCAR CHIHUANTITO, sobre OTORGAMIENTO DE TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD, se ha dispuesto la notificación por edictos de “Resolución 01.- Cusco, cinco de Enero del año dos mil dieciocho. VISTA; (...) SE RESUELVE: ADMITIR y tramitar en la vía del proceso ABREVIADO la demanda interpuesta por BERNARDINA PAUCAR CHIHUANTITO e ISAAC BEJAR QUISPE, contra ALICIA PAUCAR CHIHUANTITO, sobre OTORGAMIENTO DE TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD; CON CITACIÓN de la Municipalidad Distrital de Saylla y de los colindantes: LUCIA KCANA HERENCIA y PRESENTACIÓN MENDOZA FLORES.- En tal virtud notifíquese a la demandada a fin de que dentro del plazo de diez días cumpla con absolver el traslado de la demanda bajo APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADA REBELDE; (...) Y estando a lo previsto por el artículo 506 del Código Procesal Civil, publíquese el extracto de la presente resolución en el Diario Judicial del Cusco y en el Diario Oficial “El Peruano” por tres veces con intervalo de tres días.- H.S.”.- Fdo. Sra. Juez Sandra Contreras Campana.- Esp. Legal Boris Santos de la Gala.-” Cusco, 13 Abril 2018. BORIS JUVENAL SANTOS DE LA GALA ESPECIALISTA LEGAL P. 6644248 F. (17, 23, 27 ABR)
EDICTO JUDICIAL En el Proceso N° 56-2018, tramitado ante el Segundo Juzgado Mixto del Distrito Wanchaq de la Provincia del Cusco, se ha dispuesto la notificación a Los herederos de quien en vida fueron MELQUIADES VILLABA VALENCIA Y ASUNTA PONCE CAMPANA DE VILLALBA, dispuesto mediante Resolución N° 03 de fecha 05 de Abril del año 2018 en la que se dispone: LA NOTIFICACION mediante edictos a los herederos de quien en vida fueron MELQUIADES VILLABA VALENCIA Y ASUNTA PONCE CAMPANA DE VILLALBA a fin de que se apersonen debidamente los sucesores debidamente acreditados; bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal”.- Firma de la Señorita Juez Dra. Elvia Barriga Morón.- Betsabe Prudencio Sotelo, Secretaria Judicial.Wanchaq, 16 de Abril del 2018. BETSABE PRUDENCIO SOTELO SECRETARIA JUDICIAL P. 6646575 F. (17, 23, 27 ABR)
EDICTO JUDICIAL En el Proceso N° 56-2018, tramitado ante el Segundo Juzgado Mixto del Distrito Wanchaq de la Provincia del Cusco, se ha resuelto mediante Resolución N° 03 de fecha 05 de Abril del año 2018: “ADMITIR PROCESO ABREVIADO, la demanda interpuesta por EMILIA MATAMOROS GONZALES por derecho propio y en representación de sus hijos MARTHA EMELLY VILLALBA MATAMOROS, JOSÉ DANIEL VILLALBA MATAMOROS Y RAQUEL ROCÍO VILLALBA MATAMOROS, así como HENRY MELQUI VILLALBA MATAMOROS contra los herederos de quien en vida fueron MELQUIADES VILLABA VALENCIA Y ASUNTA PONCE CAMPANA DE VILLALBA y GUILLERMO VILLALBA PONCE, con citación de los colindantes, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, en consecuencia se corre traslado de la demanda a los emplazados a fin de que conteste la demanda dentro del plazo de diez días. Lo que se publica para los fines de ley.- firma de la Señorita Juez Dra. Elvia Barriga Morón.- Secretaria Judicial Betsabe Prudencio Sotelo. Wanchaq, 16 de Abril del 2018.
BETSABE PRUDENCIO SOTELO SECRETARIA JUDICIAL P. 6646581 F. (17, 23, 27 ABR)
REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA
En los seguidos por COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTO DOMINGO DE GUZMAN LTDA contra DANIEL CCOSCCO VALENCIA y MARIA ELENA LUNA TONCCOCHI sobre ejecución de garantías, Exp. N° 02101-2015-0-1001-JR-CI-03; el Tercer Juzgado Civil de Cusco que Despacha el Juez Dr. John Aleck Alfaro Tupayachi y Especialista Legal Dra. Leydy Soto Castillo, ha ordenado el remate en primera convocatoria del inmueble ubicado el lote 1, de la manzana U, del Centro Poblado de Limatambo, distrito de Limatambo, Provincia de Anta y Departamento de Cusco, cuyos linderos, medidas perimétricas, y demás características se encuentran inscritas en la Partida N° P31014931 del Registro de Propiedad Inmueble de Cusco. Este inmueble fue valorizado en US$. 234,050.60 (DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL CINCUENTA CON 60/100 DÓLARES AMERICANOS) y saldrá a remate por la suma de US$. 156,033.73 (CIENTO CINCUENTA Y SEIS MIL TREINTA Y TRES CON 73/100 DOLARES AMERICANOS) que equivale a las dos terceras partes de la tasación del bien. GRAVAMENES: 1) Carga técnica delimitada por el Instituto Nacional de Cultura -Cusco y 2) Hipoteca a favor de la ejecutante hasta por 115,000.00 e inscritas las afectaciones en los asientos 00001 y 00004 de la Partida N° P31014931 del Registro de Propiedad Inmueble de Cusco, respectivamente. El remate será el NUEVE DE MAYO DEL PRESENTE AÑO DOS MIL DIECIOCHO, A LAS DIEZ DE LA MAÑANA, en la Oficina de Administración del Juzgado Civil, ubicada en el Segundo Piso, del Palacio de Justicia sito en Av. Sol S/N del Distrito, Provincia y Departamento del Cusco. Diligencia que estará a cargo del Martiliero Público Abraham Marinas Sánchez, con Registro N° 224. Los postores, oblarán una cantidad no menor a US$. 5,039.50 (CINCO MIL TREINTA Y NUEVE CON 50/100 DOLARES AMERICANOS) que equivale al 10% del valor de la tasación del bien, en efectivo o cheque de gerencia (endosable y con una antigüedad menor a 30 días) y presentarán su documento oficial de identidad en original y copia, además el arancel judicial correspondiente (tributo 07153), donde conste el nombre del Juzgado, el número de Expediente y el número de documento de identidad del postor, debidamente suscrito. La comisión del Martiliero será cancelada por el adjudicatario al finalizar el remate y está afecta al IGV, de conformidad con el Decreto Supremo N° 008-2005 JUS. Cusco, 28 de febrero del 2018. ABRAHAM MARIÑAS SANCHEZ MARTILLERO PÚBLICO A NIVEL NACIONAL RONALD ELORRITA SALAZAR SECRETARIO JUDICIAL P. 6657614 F. (20, 23, 24, 25, 26, 27 ABR)
PRIMER REMATE JUDICIAL EN EL EXPEDIENTE NRO. 00073-2016-0-1001-JR-CI-01 SEGUIDO ANTE EL PRIMER JUZGADO CIVIL - SEDE CENTRAL - CUSCO, QUE DESPACHA EL JUEZ: ELIOT ALCIBIADES ZAMALLOA CORNEJO, ESPECIALISTA LEGAL: ISABEL HUAMAN SEQUEIROS, SOBRE PROCESO
DE: EJECUCION DE GARANTIAS, SEGUIDO POR BANCO DE CREDITO DEL PERU - BCP CONTRA DOLORES LUCIA OBANDO SANCHEZ, SE HA NOMBRADO COMO MARTILLERO PÚBLICO A BETHUEL LEUDMIN ALVAR/DO MALPICA, QUIEN HA DISPUESTO CONVOCAR EL PRIMER REMATE DEL INMUEBLE UBICADO EN EL. LOTE 1, MZ. B-1, CENTRO POBLADO CACHIMAYO (ANTES INMUEBLE N° 244 DE LA AV. HUAYNA CAPAC). DISTRITO DE CACHIMAYO. PROVINCIA DE ANTA. DEPARTAMENTO DE CUSCO. CON PARTIDA ELECTRONICA N° P31006503 DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LA OFICINA REGISTRAL DE CUSCO - ZONA REGISTRAL N° X - SEDE CUSCO. VALOR DE LA TASACIÓN: US$. 128,874.00 (CIENTO VEINTIOCHO MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CUATRO CON 00/100 DOLARES AMERICANOS) PRECIO BASE: US$. 85,916.00 (OCHENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS DIECISEIS CON 00/100 DOLARES AMERICANOS), QUE VIENE A SER LAS DOS TERCERAS PARTES DEL PRECIO DE TASACIÓN. GRAVAMENES Y CARGAS: ASIENTO 00008 - INSCRIPCION DE HIPOTECA: A FAVOR DEL BANCO DE CREDITO DEL PERU HASTA POR LA SUMA DE S/. 174,000.00 CIENTO SETENTA Y CUATRO MIL DOLARES AMERICANOS; ASIENTO 00009 - INSCRIPCION DE HIPOTECA: A FAVOR DE DIMEXA S.A. HASTA POR LA SUMA DE US$. 50,000.00 CINCUENTA MIL DOLARES AMERICANOS; ASIENTO 00010 - INSCRIPCION DE EMBARGO: EMBARGO ORDENADO EN EL PROCESO CIVIL N° 332-2013, SOBRE MEDIDA CAUTELAR, PRIMER JUZGADO CIVIL DEL CUSCO, DEMANDANTE: VICTOR MANUEL MEDINA MENDOZA, DEMANDADO: DOLORES LUCIA OBANDO SANCHEZ; ASIENTO 00011 - INSCRIPCION DE EMBARGO: EMBARGO ORDENADO EN EL PROCESO CIVIL N° 1456-2013, SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO DE WANCHAQ CUSCO, DEMANDANTE: EMPRESA FARMACEUTICA DEL SUR S.R.LTDA., DEMANDADO: DOLORES LUCIA OBANDO SANCHEZ; ASIENTO 00012 - INSCRIPCION DE EMBARGO: EMBARGO ORDENADO EN EL PROCESO CIVIL N° 1427-2013, TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CUSCO, DEMANDANTE: CAJA MUNICIPAL DE AHORRO DE CUSCO S.A., DEMANDADO: DOLORES LUCIA OBANDO SANCHEZ. DIA Y HORA DEL REMATE: EL VEINTIOCHO DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS NUEVE HORAS. LUGAR DE REMATE: LOCAL DEL PRIMER JUZGADO CIVIL - SEDE CENTRAL - CUSCO, TENIENDO EN CUENTA QUE LOS REMATES SE LLEVAN A CABO EN LA OFICINA DE ADMINISTRACION DEL MODULO CORPORATIVO CIVIL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO UBICADO EN AV. SOL N° 239 - CUSCO. POSTORES: OBLARAN EL 10% DEL VALOR DE TASACIÓN EN EFECTIVO O CHEQUE DE GERENCIA. ADJUNTAR TASA JUDICIAL POR DERECHO DE PARTICIPACIÓN EN EL REMATE, CONSIGNAR NÚMERO DEL EXPEDIENTE CON COPIA DEL ARANCEL YDNIY GENERALES DE LEY. BETHUEL LEUDMIN ALVARADO MALPICA MARTILLERO PÚBLICO REG.345 ISABEL CRISTINA HUAMAN SEQUEIROS ESPECIALISTA LEGAL P. 6661917 F. (24, 25, 26, 27, 30, 02 MAY)
EDICTO JUDICIAL SUCESION INTESTADA EXPEDIENTE N°: 0056-2018-CI. Ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Canchis - Sicuani, bajo la dirección de la Juez, Dra. Judith Andrea Bellota Guzmán, y la actuación del Secretario Judicial Amador Tinta Chaiña, doña LOURDES HUARAYA ROQUE, viene solicitando la declaración de SUCESION INTESTADA del que en vida fue EDWIN ROGER PARHUAYO QUISPE, fallecido en fecha 4 de enero del 2012, en accidente de tránsito, siendo el ultimo domicilio real del causante en la Comunidad Cam-
pesina de Pampa Ansa, por lo que se pone en conocimiento de los que se crean con derecho a ser incluidos, para que lo hagan valer conforme a ley.- Lo que se publica para los fines de ley.Sicuani, 20 de abril del 2018. AMADOR TINTA CHAIÑA SECRETARIO JUDICIAL P. 6662046 F. (27 ABR)
EDICTO JUDICIAL Que ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Canchis -Sicuani, que despacha el señora Juez Judith Andrea Bellota Guzman, bajo actuación de la especialista legal Dafne Jessica Suyo Mendoza, se viene tramitando el PROCESO CIVIL NRO.522-2017-CI, en el cual se ha dispuesto la publicación del edicto judicial el cual es como sigue: SE RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE LA DEMANDA interpuesta por ALBERTO ILACHOQUE SULLA sobre SUCESIÓN INTESTADA del causante FRANCISCA LACUTA LOAIZA DE ILACHOQUE, fallecido en fecha dos de agosto del año dos mil diez. Lo que se publica para los fines de Ley. Sicuani, 10 de abril del 2018. DAFNE JESSICA SUYO MENDOZA SECRETARIA JUDICIAL P. 6662051 F. (27 ABR)
EDICTO JUDICIAL Ante el JPLSJ-Cusco, en el Exped. N° 54-2018-CI seguido por MIGUEL ANTAY QUISPE sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO en cuanto a la consignación de los datos de su progenitora, siendo lo correcto JUSTINA QUISPE FLORES, se ha dispuesto la publicación del presente para los fines de Ley.San Jerónimo, 16-04-2018 P. 6663055 F. (25, 26, 27 ABR)
REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA A SUBASTA PÚBLICA En el expediente No. 576-2015 seguido por MARIO SANTOS FRANCO CONDOR contra ROBERTO GARAY SOSA, sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, el Primer Juzgado Mixto Sede Wanchaq de Cusco a cargo de la Juez Dra. Yanet Ofelia Paredes Salas, asistido por la Especialista Legal Crisalta Salazar Yauta, ha facultado al Martiliero Público Carlos Alberto Gonzáles Barzotti con Registro N? 195 para llevar a cabo el REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA sobre los derechos y acciones (50%) del inmueble que corresponden a Roberto Garay Sosa ubicado en Avenida Fracción de Terreno Urbano en la Calle Independencia (N° 245, 247, 251) de la Ciudad de Quillabamba del Distrito de Santa Ana, Provincia de la Convención, Departamento del Cusco inscrito en la Partida Nro. 05000141 del Registro de Propiedad inmueble, Zona Registral N° X, Oficina Registral Quillabamba-Sede Cusco. VALOR DE LA TASACION: S/497,896.08 (Cuatrocientos noventa y siete mil ochocientos noventa y seis con 08/100 Soles) BASE DE REMATE: S/331,930.72 (Trescientos treinta y un mil novecientos treinta con 72/100 Soles) que son las dos terceras partes del valor de la Tasación por tratarse de la Primera Convocatoria. AFECTACIONES: 1) ANOTACION DE TRASLADO DE ASIENTOS.- Mediante Resolución de Unidad Registral N° 127-2014-SUNARP- Z.R.N°X/UR de fecha 27/10/2014, suscrita por la Jefa de la Unidad Registral (e) Mery M. Huillca
Viernes, 27 de abril del 2018
Cursi resuelve, complementar la omisión incurrida en el Resolución de Unidad Registral N° 127-2014-SUNARPZ.R.N°X/UR, debiendo en adelante entenderse que además se extienda la anotación de traslado de los asientos 12 y 13 de la Partida Electrónica N° 11011952 (Partida menos antigua) a la Partida Electrónica N° 05000141 (Partida más antigua); 2)Hipoteca.- REINHARD PLAZA BARTSCH constituye hipoteca de segundo grado sobre el predio materia de la partida a favor de OLGA ROCÍO MADERA CASTILLO hasta por la suma de US$ 80,000.00 dólares americanos, así consta inscrito en el As. 12; 3) Embargo.- Ordenado por el Juez Provisional del Primer Juzgado Mixto de Wanchaq Cusco, Dr. Nelly C. Yabar Villagarcia, con la actuación de la Secretaria Judicial Crisalta Salazar Yauta, en el proceso N° 576-2015, mediante Resolución N° 03 de fecha 30/09/2015 ha ordenado trabar embargo en forma de inscripción sobre los derechos y acciones del inmueble correspondiente al demandado Roberto Garay Sosa hasta por la suma de US$ 60,000.00 dólares americanos, así consta inscrito en el As. 14, los asientos antes descritos corren registrados en la Partida Nro. 05000141 del Registro de Propiedad inmueble, Zona Registral N° X, Oficina Registral Quillabamba - Sede Cusco. DIA Y HORA DEL REMATE: 15 de mayo del 2018 a horas 08:30 a.m. (ocho con treinta minutos de la mañana). LUGAR DE REMATE: En el local del Primer Juzgado Mixto Sede Wanchaq de Cusco, sito Sede Urb. La Florida C-14 Pasaje Kantus (Wanchaq). LOS POSTORES: Depositaran el 10% de la tasación en Cheque de Gerencia a su nombre o efectivo adjuntando DNI en original y copia, adjuntando tasa judicial por derecho a participaren remate judicial en original y copia, en la que se consignará a este Juzgado, Número de Expediente y Número de DNI, los honorarios del Martiliero Publico son por cuenta del Adjudicatario, de conformidad con el Articulo 732 del Código Procesal Civil y Articulo 18 del Decreto Supremo N? 008-2005-JUS y están afectos al IGV. Carlos Alberto Gonzáles Barzotti, Martiliero Publico Registro N2 195; Especialista Legal Crisalta Salazar Yauta, Primer Juzgado Mixto Sede Wanchaq de Cusco. CRISALTA SALAZAR YAUTA SECRETARIA JUDICIAL CARLOS ALBERTO GONZÁLES BARZOTTI MARTILLERO PÚBLICO P. 6663239 F. (25, 26, 27, 30 ABR Y 02, 03 MAY)
EDICTO JUDICIAL Ante el JPLSJ-Cusco, en el Exped. N° 134-2018-CI seguido por OSCAR CESAR VALVERDE BELLIDO sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO en cuanto a la consignación de los datos de su progenitura, siendo lo correcto ANGÉLICA BELLIDO ROSAPEREZ, se ha dispuesto la publicación del presente para los fines de Ley.San Jerónimo, 20-04-2018 ELIZABETH MAGNOLIA PAREDES SALAS SECRETARIA JUDICIAL P. 6665986 F. (25, 26, 27 ABR)
En el proceso Nro. 81-2018 tramitada ante el Juzgado de Paz Letrado del Distrito de San Sebastián, despachado por la Juez Dra. Lynda Vargas Manga bajo la actuación de la secretaria Dra. Antonina Ponce de León mediante resolución Nro. .2 de fecha diecinueve de enero del año en curso se ha dispuesto notificar al demandado ELIAS QUISPE SOTO Con la demanda y auto admisorio mediante edictos debiendo de realizarse las publicaciones en el diario Oficial el peruano y en el de mayor circulación por el término de tres días consecutivos bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal.- Res Nro. 2 SE RESUELVE: admitir a trámite en la vía del Proceso extraordinario de filiación extramatrimonial interpuesta por LUCIA PAOLA CORIHUAMAN HUAMAN sobre DECLARACION JUDICIAL DE PATERNIDAD EXTRAMATRIMONIAL acumulativamente prestación de alimentos contra ELIAS QUISPE SOTO cumpla con declarar y reconocer la paternidad respecto de la menor Carmen Paola Quispe Corihuaman o asi lo viera por conveniente lo formule oposición y se obligue a realizarse la prueba de ADN dentro de los diez días siguientes caso contrario se rechazara de plano la oposición conforme a ley bajo apercibimiento de convertirse el mandato en declaración judicial de paternidad .- Así mismo córrase traslado sobre prestación de alimentos por el plazo de ley .- AL OTROSI DOIGO.- Por ofrecidos los medios probatorios H. S.-
ELIZABETH MAGNOLIA PAREDES SALAS SECRETARIA JUDICIAL P. 6665981 F. (25, 26, 27 ABR)
NOTIFICACION POR EDICTOS
EDICTO
ANTONINA PONCE DE LEÓN PAGUADA SECRETARIA JUDICIAL P. 6659324 F. (25, 26, 27 ABR)
J. S (25, 26, 27 ABR)
Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de La Convención Especialista: Fiorella Milagros Miranda Yanquirimachi Expediente: 01200-2017 RESOLUCIÓN N° 02. Quillabamba. cuatro de abril , De dos mil dieciocho.-(...) SE RESUELVE: PRIMERO.- DECLARAR FRUSTRADA LA AUDIENCIA PÚBLICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, por inconcurrencia del imputado, del cual se desconoce la realización de la notificación válidamente en el Exp. 01200-2017-0-1010-JR-PE-01 en contra de DARÍO MAR ILLANES, por la comisión del delito Incumplimiento de Obligación Alimentaria, previsto en el primer párrafo del artículo 149° del Código Penal; en agravio del J.D.M.C. representado por su progenitora Martha Callapina Noa. SEGUNDO: REPROGRAMAR LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DÍA VEINTISÉIS DE ABRIL DE DOS MIL DIECIOCHO AUDIENCIA PÚBLICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, a horas DIEZ DE LA MAÑANA, que deberá efectuarse en esta misma sala de audiencia con concurrencia obligatoria de las partes procesales quedando notificados el señor Fiscal y la defensa del imputado. Se declara INAPLAZABLE la audiencia. (...) Quillabamba, 17 de abril del 2018 J. S (25, 26, 27 ABR)
EDICTO EDICTO Ante el Primer Juzgado Especializado en lo Civil de Cusco, despachado por la Sra. Jueza Doctora Sandra Contreras Campana, se tramita el proceso civil N° 00309-2018-0-1001-JR-CI-01, seguido por Alejandro Rojas Buleje, sobre Ineficacia de Titulo Valor, contra Pacifico Cusco SAC y otro; en el que se ha emitido la resolución número 01, de 02-04-2018, que dispone: “ADMITIR a trámite la demanda interpuesta ALEJANDRO ROJAS BULEJE, sobre INEFICACIA DE TITULO VALOR, contra PACIFICO CUSCO SAC y BBVA BANCO CONTINENTAL; debiendo sustanciarse la misma en la vía del PROCESO SUMARISIMO, en consecuencia, conforme el artículo 103.2 de la ley N° 27287 se ORDENA que el Banco BBVA Continental y Pacifico Cusco SAC, RETENGAN el pago de las obligaciones representadas por los títulos valores materia de autos, para cuyo efecto gírese los OFICIOS respectivos, asimismo se DISPONE la publicación del extracto de la solicitud durante cinco días, en aplicación a la modificatoria del artículo 167 del TUO del Código Procesal Civil, efectuado por Ley N° 30293, publíquese los edictos en el diario oficial de la Corte Superior de Justicia del Cusco (La República), así como fíjese una copia del edicto en la tablilla del Módulo Civil destinado para ello. Téngase en cuenta los medios probatorios ofrecidos para su oportunidad procesal, agréguese a sus antecedentes los anexos adjuntos. Al Primer Otrosí.- Estese a lo dispuesto precedentemente. H. S.” Fdo. Juez Contreras Campana, Esp. Legal. Huamán Sequeiros. Cusco, 23 de abril de 2018. ISABEL CRISTINA HUAMÁN SEQUEIROS ESPECIALISTA LEGAL
EDICTO JUDICIAL
San Jerónimo, 20-04-2018
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EDICTO
Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de La Convención Especialista: Fiorella Milagros Miranda Yanquirimachi Expediente: 1194-2017 RESOLUCIÓN N° 02, Quillabamba, dieciséis de marzo, de dos mil dieciocho.- (...) SE RESUELVE: PRIMERO.- DECLARAR FRUSTRADA LA AUDIENCIA PÚBLICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, por inconcurrencia del imputado, del cual se desconoce la realización de la notificación válidamente en el Exp. 01194-2017-0-1010-JR-PE-01 en contra de JOHANS PENA CCAHUANA, por la comisión del delito la Seguridad, en la modalidad de Peligro Común, sub tipo Conducción en Estado de Ebriedad o drogadicción previsto y sancionado por el primer párrafo del Art. 274 del Código Penal, en agravio del Estado. SEGUNDO: REPROGRAMAR LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DÍA VEINTISÉIS DE ABRIL DE DOS MIL DIECIOCHO AUDIENCIA PÚBLICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, a horas OCHO y CUARENTA y CINCO DE LA MAÑANA, que deberá efectuarse en esta misma sala de audiencia con concurrencia obligatoria de las partes procesales quedando notificados el señor Fiscal y la defensa del imputado. Se declara INAPLAZABLE la audiencia. Quillabamba, 17 de abril del 2018.
P. 6666119 F. (25, 26, 27, 30 ABR Y 02 MAY)
Ante el JPLSJ-Cusco, en el Exped. N° 133-2018-CI seguido por MARITZA AUGUSTA VALVERDE BELLIDO sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO en cuanto a la consignación de los datos de su progenitura, siendo lo correcto ANGÉLICA BELLIDO ROSAPEREZ, se ha dispuesto la publicación del presente para los fines de Ley.-
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
EDICTO Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de La Convención Especialista: Fiorella Milagros Miranda Yanquirimachi Expediente: 1180-2017 RESOLUCIÓN N° 02. Quillabamba, dieciséis de marzo, de dos mil dieciocho.-(...) SEGUNDO: REPROGRAMAR LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DÍA VEINTISÉIS DE ABRIL DE DOS MIL DIECIOCHO AUDIENCIA PÚBLICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, a horas OCHO DE LA MAÑANA, que deberá efectuarse en esta misma sala de audiencia con concurrencia obligatoria de las partes procesales quedando notificados el señor Fiscal y la defensa del imputado. Se declara INAPLAZABLE la audiencia. Quillabamba, 17 de abril del 2018. J. S (25, 26, 27 ABR)
Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de La Convención Especialista: Fiorella Milagros Miranda Yanquirimachi Expediente: 007-2018 RESOLUCIÓN N° 02. Quillabamba. cinco de abril , de dos mil dieciocho.- SE RESUELVE: PRIMERO.- DECLARAR FRUSTRADA LA AUDIENCIA PÚBLICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, por inconcurrencia del imputado, del cual se desconoce la realización de la notificación válidamente en el Exp. 0007-2018-0-1010-JR-PE-01 en contra de EDSON JÚNIOR SÁNCHEZ JIMÉNEZ, por la comisión del delito de conducción en estado de ebriedad; en agravio del Estado. SEGUNDO: REPROGRAMAR LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DÍA DIEZ DE MAYO DE DOS MIL DIECIOCHO AUDIENCIA PÚBLICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, a horas OCHO Y TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA, que deberá efectuarse en esta misma sala de audiencia con concurrencia obligatoria de las partes procesales quedando notificados el señor Fiscal y la defensa del imputado. Se declara INAPLAZABLE la audiencia. (...) Quillabamba, 17 de abril del 2018.
Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de La Convención Especialista: Fiorella Milagros Miranda Yanquirimachi Expediente: 00266-2018 RESOLUCIÓN N° 02. Quillabamba, veintiocho de marzo De dos mil dieciocho.PRIMERO.- DECLARAR FRUSTRADA LA AUDIENCIA PÚBLICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, en el Exp. 0266-2018-0-1010-JR-PE-01 en contra de RICARDO GÓMEZ CCOYORI, por la presunta comisión del delito contra la Administración de Justicia en la modalidad de DELITOS COMETIDOS POR PARTICULARES, subtipo DESOBEDIENCIA A LA AUTORIDAD previsto en el primer Párrafo del artículo 368° del Código Pena! en agravio del Estado representado por la PROCURADURÍA DE ASUNTOS JUDICIALES DEL PODER JUDICIAL.. SEGUNDO: REPROGRAMAR LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DÍA VEINTISIETE DE ABRIL DE DOS MIL DIECIOCHO AUDIENCIA PUBLICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, a horas NUEVE DE LA MAÑANA, que deberá efectuarse en esta misma sala de audiencia con concurrencia obligatoria de las partes procesales quedando notificados el señor Fiscal y la defensa del imputado. Se declara INAPLAZABLE la audiencia. (...) Quillabamba, 17 de abril del 2018.
J. S (25, 26, 27 ABR)
J. S (25, 26, 27 ABR)
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Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de La Convención Especialista: Fiorella Milagros Miranda Yanquirimachi Expediente: 00025-2018 RESOLUCIÓN N° 02.. Quillabamba. cinco de abril , de dos mil dieciocho.- SE RESUELVE: PRIMERO.- DECLARAR FRUSTRADA LA AUDIENCIA PÚBLICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, por inconcurrencia del imputado, del cual se desconoce la realización de la notificación válidamente en el Exp. 0025-2018-0-1010-JR-PE-01 en contra de JOSÉ CLEMENTE HUANCAS MEGO, por la comisión del delito de conducción en estado de ebriedad; en agravio del Estado. SEGUNDO: REPROGRAMAR LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DÍA DIEZ DE MAYO DE DOS MIL DIECIOCHO AUDIENCIA PÚBLICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, a horas OCHO Y QUINCE MINUTOS DE LA MAÑANA, que deberá efectuarse en esta misma sala de audiencia con concurrencia obligatoria de las partes procesales quedando notificados el señor Fiscal y la defensa del imputado. Se declara INAPLAZABLE la audiencia. (...) Quillabamba, 17 de abril del 2018.
Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de La Convención Especialista: Fiorella Milagros Miranda Yanquirimachi Expediente: 0067-2018 RESOLUCIÓN N°02. Quillabamba, cinco de abril, De dos mil dieciocho.SE RESUELVE: PRIMERO.- DECLARAR FRUSTRADA LA AUDIENCIA PÚBLICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, por inconcurrencia del imputado, del cual se desconoce la realización de la notificación válidamente en el Exp. 00672018-0-1010-JR-PE-01 en contra de JULIO DAVID RAMIRO CONCHA, por la comisión del delito de conducción en estado de ebriedad; en agravio del Estado. SEGUNDO: REPROGRAMAR LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DÍA VEINTISÉIS DE ABRIL DE DOS MIL DIECIOCHO AUDIENCIA PÚBLICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, a horas NUEVE DE LA MAÑANA. que deberá efectuarse en esta misma sala de audiencia con concurrencia obligatoria de las partes procesales quedando notificados el señor Fiscal y la defensa del imputado. Se declara INAPLAZABLE la audiencia. (...) Quillabamba, 17 de abril del 2018.
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SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
Quillabamba, 18 de abril del 2018
EDICTO Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de La Convención Especialista: Fiorella Milagros Miranda Yanquirimachi Expediente: 00010-2018 RESOLUCIÓN N° 02. Quillabamba, cinco de abril, de dos mil dieciocho.SE RESUELVE: PRIMERO.- DECLARAR FRUSTRADA LA AUDIENCIA PÚBLICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, por inconcurrencia del imputado, del cual se desconoce la realización de la notificación válidamente en el Exp. 0010-2018-0-1010-JR-PE-01 en contra de JULS HERSON CANDÍA CUSIHUALLPA, por la comisión del delito de conducción en estado de ebriedad; en agravio del Estado. SEGUNDO: REPROGRAMAR LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DÍA DIEZ DE MAYO DE DOS MIL DIECIOCHO AUDIENCIA PÚBLICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, a horas OCHO Y CUARENTA Y CINCO MINUTOS DE LA MAÑANA, que deberá efectuarse en esta misma sala de audiencia con concurrencia obligatoria de las partes procesales quedando notificados el señor Fiscal y la defensa del imputado. Se declara INAPLAZABLE la audiencia. (...) Quillabamba, 17 de abril del 2018. J. S (25, 26, 27 ABR)
J. S (25, 26, 27 ABR)
EDICTO Resolución Nro.02 Quillabamba, cinco de abril, del año dos mil dieciocho Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de La Convención Especialista: Fiorella Milagros Miranda Yanquirimachi Expediente: 339-2018 DE OFICIO: Habiéndose programado audiencia de acusación directa para fecha 12 de abril del 2018 y estando a la disposición de la ETI-PENAL, que en la fecha programada se realizara una maratón de audiencias extraordinarias de procesos inmediatos, REPROGRÁMESE la audiencia pública de acusación directa para el día 25 DE ABRIL DEL AÑO 2018 a horas 08:00 DE LA MAÑANA, la misma que se ha de llevar a cabo en la Quinta Sala de Audiencias de esta Provincia, subsistiendo los apercibimientos precisados en autos, debiendo concurrir las partes obligadas bajo apercibimiento de ley. NOTIFIQUESE Quillabamba, 18 de abril del 2018. J. S (25, 26, 27 ABR)
Viernes, 27 de abril del 2018
144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFARO HERRERA, TTITO QUISPE.- Nadhim Nicole Josselyene Chávez Zevallos-Secretaria de Sala. J. S (25, 26, 27 ABR)
EDICTO Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de La Convención Especialista: Fiorella Milagros Miranda Yanquirimachi Expediente: 00268-2018 RESOLUCIÓN N° 02. Quillabamba, seis de abril, de dos mil dieciocho.- (...) SE RESUELVE: PRIMERO.- DECLARAR FRUSTRADA LA AUDIENCIA PÚBLICA DE CONTROL DE ACUSACIÓN, por inconcurrencia del imputado del cual se desconoce la realización de la notificación válida en el Exp. 00268-2018-0- 1010-JR-PE-01 en contra de STARKI CUNO LLAMACPONCCA, por la comisión del delito contra el Patrimonio en la modalidad de Hurto, subtipo HURTO AGRAVADO, previsto y sancionado en el numeral 1 del artículo 186 del Código Penal, concordante con el artículo 185” del Código Penal, en agravio de Elena Challco Quispe. SEGUNDO: REPROGRAMAR LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DÍA CATORCE DE MAYO DE DOS MIL DIECIOCHO AUDIENCIA PÚBLICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, a horas OCHO DE LA MAÑANA, (...)
EDICTO TERCER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TAMBOPATA EXPEDIENTE: 01227-2016-21-2701-JR-PE-03 JUEZ: JUDITH NELLY ATAPAUCAR BARRIENTOS. ESPECIALISTA JUDICIAL: EDITH DINA POMA SACA. NUMERO DE RESOLUCIÓN: RES. 03, de fecha 23 de abril del 2018. SE NOTIFICA al sentenciado EUSTAQUIO TACURI GARCÍA, a fin de que asista a la AUDIENCIA DE REVOCATORIA DE PENA SUSPENDIDA, PROGRAMADA PARA EL JUEVES, 17 DE MAYO DEL 2018, A HORAS 08:31 DE LA MAÑANA (Hora Exacta), a realizarse en la Sala de Audiencias del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Tambopata, sito en Av. Ernesto Rivero N° 722 - I Bloque, 3o Pisode ésta ciudad; ello por haberse dispuesto así en el incidente de Revocatoria de Pena N° 1227-2016-21, seguido en su contra por la comisión del delito de Incumplimiento de Obligación Alimentaria, en agravio del menor de iniciales T.H.J., representado por su progenitura Josefina Holgado Alcca. Puerto Maldonado, 23 de Abril del 2018. J. S (25, 26, 27 ABR)
3.V.
EDICTO EDICTO
Quillabamba, 17 de abril del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de La Convención Especialista: Fiorella Milagros Miranda Yanquirimachi Expediente: 00271-2018 RESOLUCIÓN N° 02. Quillabamba, seis de abril ,de dos mil dieciocho.-SE RESUELVE: PRIMERO.- DECLARAR FRUSTRADA LA AUDIENCIA PÚBLICA DE CONTROL DE ACUSACIÓN, por inconcurrencia del imputado del cual se desconoce la realización de la notificación válida en el Exp. 00271-2018-0-1010-JR-PE-01 en contra de MAGALI PAIVA HUAMAN por la comisión del delito contra la vida, el cuerpo y la salud, en la modalidad de lesiones, sub tipo agresión en contra de los miembros del grupo familiar, previsto y sancionado en el primer párrafo del artículo 122-B del Código Penal en agravio de GABINO PECEROS ORTEGA. SEGUNDO: REPROGRAMAR LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DÍA CATORCE DE MAYO DE DOS MIL DIECIOCHO AUDIENCIA PÚBLICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, a horas NUEVE DE LA MAÑANA, que deberá efectuarse en esta misma sala de audiencia con concurrencia obligatoria de las partes procesales quedando notificados el señor Fiscal, agraviado y la defensa del imputado. (...)
PUBLICACIÓN QUE SE EFECTUA DE CONFORMIDAD A LO DISPUESTO POR EL ART. 144 DE L .O.P.J. 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 03524-2016-0-1001-JR-LA-02 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO DEMANDADO : DIRECTOR DE LA UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DEL CUSCO, DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION DEL CUSCO DEMANDANTE : BAEZ VIZARRETA, MARIO Resolución Nro. 13 Cusco, 17 de abril de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso por la recargada labor, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 9 del 24 de noviembre de 2017 (folio 82 a 93) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Ttito Quispe, emite voto en ponencia para que se confirme la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Murillo Flores; y la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de pago de la bonificación diferenciada con la remuneración total o íntegra”, para que se revoque la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo
EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 02518-2017-0-1001-JR-LA-03 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO DEMANDADO : UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE ESPINAR , DEMANDANTE : CUELA PAIVA, JULIA Resolución Nro. 8 Cusco, 17 de abril de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso por la recargada labor, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 5 del 29 de setiembre de 2017 (folio 68 a 78) materia de grado, debido a que la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en ponencia para que se revoque la sentencia; y el Juez Superior señor Rolando Ttito Quispe, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de la bonificación diferencial”, para que se confirme la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto, al que se ha adherido el Juez Superior señor Murillo Flores; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFARO HERRERA, TTITO QUISPE.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez
Zevallos-Secretaria de Sala. J. S (25, 26, 27 ABR)
EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 01714-2017-0-1001-JR-LA-05 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO DEMANDADO : DIRECCIO NREGIONAL DE EDUCACION DEL CUSCO , DEMANDANTE : GARRAFA SANCHEZ, CELINA Resolución Nro. 10 Cusco, 18 de abril de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 5 del 23 de octubre de 2017 (folio 91 a 106) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en ponencia para que se revoque en parte la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Ttito Quispe; y la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de la bonificación diferencial”, para que se confirme la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFARO HERRERA, TTITO QUISPE.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala. J. S (25, 26, 27 ABR)
EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 00144-2017-0-1001-JR-LA-03 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO DEMANDADO : UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE QUISPICANCHI DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION DEL CUSCO , DEMANDANTE : UNSUETA GONZALES, MARIA GREGORIA Resolución Nro. 10 Cusco, 17 de abril de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso por la recargada labor, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 6 del 28 de setiembre de 2017 (folio 93 a 104) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Ttito Quispe, emite voto en ponencia para que se confirme la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Murillo Flores; y la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de pago de la bonificación diferenciada con la remuneración total o íntegra”, para que se revoque la resolución antes mencionada en el extremo indicado en
Viernes, 27 de abril del 2018
el voto; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFARO HERRERA, TTITO QUISPE.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala. J. S (25, 26, 27 ABR)
EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 01354-2017-0-1001-JR-LA-02 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO DEMANDADO : DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION DEL CUSCO , UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCALDE CANAS , DEMANDANTE : GARATE VELASCO, NELLY ELIZABETH Resolución Nro. 14 Cusco, 17 de abril de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso por la recargada labor, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 9 del 27 de octubre de 2017 (folio 105 a 121) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Ttito Quispe, emite voto en ponencia para que se confirme la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Murillo Flores; y la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de pago de la bonificación diferenciada con la remuneración total o íntegra”, para que se revoque la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimis-
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
mo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFARO HERRERA, TTITO QUISPE.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala. J. S (25, 26, 27 ABR)
EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 01716-2017-0-1001-JR-LA-03 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO DEMANDADO : DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION DE CUSCO , UNIDAD DE GESTIO NEDUCATIVA LOCAL DE PARURO , DEMANDANTE : BARRIENTOS CURI, CRISPIN Resolución Nro. 12 Cusco, 17 de abril de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso por la recargada labor, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 8 del 29 de setiembre de 2017 (folio 109 a 121) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Ttito Quispe, emite voto en ponencia para que se confirme la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Murillo Flores; y la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de pago de la bonificación diferenciada con la remuneración total o íntegra”, para que se revoque la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFARO HERRERA, TTITO QUISPE.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala. J. S (25, 26, 27 ABR)
EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 03584-2017-0-1001-JR-LA-03 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO DEMANDADO : UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE CANAS , DEMANDANTE : CHUQUITAPA PACHECO, BLANCA NOHEMY Resolución Nro. 7 Cusco, 17 de abril de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso por la recargada labor, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 3 del 29 de noviembre de 2017 (folio 74 a 88) materia de grado, debido a que
el Juez Superior señor Ttito Quispe, emite voto en ponencia para que se confirme la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Murillo Flores; y la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de pago de la bonificación diferenciada con la remuneración total o íntegra”, para que se revoque la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFARO HERRERA, TTITO QUISPE.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala. J. S (25, 26, 27 ABR)
EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 02820-2017-0-1001-JR-LA-02 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO DEMANDADO : UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE QUISPICANCHI DEMANDANTE : BUSTAMANTE MALDONADO, MARTHA Resolución Nro. 8 Cusco, 17 de abril de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso por la recargada labor, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 3 del 22 de setiembre de 2017 (folio 63 a 76) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Ttito Quispe, emite voto en ponencia para que se confirme la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Murillo Flores; y la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de pago de la bonificación diferenciada con la remuneración total o íntegra”, para que se revoque la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del
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Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFARO HERRERA, TTITO QUISPE.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala. J. S (25, 26, 27 ABR)
EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 02227-2017-0-1001-JR-LA-02 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO DEMANDADO : DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION DEL CUSCO , UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE CUSCO , DEMANDANTE : CONTRERAS FELIX, JOSE IGNACIO Resolución Nro. 10 Cusco, 17 de abril de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso por la recargada labor, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 6 del 24 de noviembre de 2017 (folio 119 a 139) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Ttito Quispe, emite voto en ponencia para que se confirme la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Murillo Flores; y la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de pago de la bonificación diferenciada con la remuneración total o íntegra”, para que se revoque la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFARO HERRERA, TTITO QUISPE.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala. J. S (25, 26, 27 ABR)
EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 03296-2016-0-1001-JR-LA-02 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO DEMANDADO : DIRECCION DE LA UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DEL CUSCO , DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION DEL CUSCO DEMANDANTE : PILARES CONTRERAS, EDITH CON-
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La República
CEPCION Resolución Nro. 9 Cusco, 17 de abril de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso por la recargada labor, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 5 del 24 de noviembre de 2017 (folio 75 a 89) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Ttito Quispe, emite voto en ponencia para que se confirme la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Murillo Flores; y la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de pago de la bonificación diferenciada con la remuneración total o íntegra”, para que se revoque la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFARO HERRERA, TTITO QUISPE.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala. J. S (25, 26, 27 ABR)
EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 02560-2017-0-1001-JR-LA-03 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO DEMANDADO : DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION DE CUSCO , DEMANDANTE : CHAVEZ OCHOA, RAUL GREGORIO Resolución Nro. 8 Cusco, 17 de abril de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso por la recargada labor, habiéndose producido discordia respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 5 del 19 de octubre de 2017 (folio 44 a 50) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Ttito Quispe, emite voto en ponencia para que se confirme la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Murillo Flores; y la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en discordia para que se revoque la resolución antes mencionada; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFARO HERRERA, TTITO QUISPE.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala. Cusco, 24 de abril de 2018. J. S (25, 26, 27 ABR)
Viernes, 27 de abril del 2018
tado por su abogado de libre elección o defensor de oficio. 4. NOTIFIQUESE al imputado a su domicilio real y procesal con la presente resolución, quien en el plazo de veinticuatro horas deberá designar abogado defensor de su libre elección o ratificar al abogado defensor designado por el Ministerio Público a favor de dicho imputado, bajo apercibimiento designar Defensor Público en caso incumplimiento y llevarse a cabo la audiencia con asistencia del Defensor Público; por ser una audiencia inaplazable a quien deberá notificarse con el presente requerimiento, y a los demás sujetos en sus respectivos domicilio procesal señalado en auto; así también, se pone en su conocimiento que mediante resolución número dos se ha reprogramado la audiencia de incoación de proceso inmediato para el CATORCE DE MAYO DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS DIEZ HORAS.Espinar, 20 de Abril del 2018.
1o JUZ. DE INVES. PREPARATORIA - Sede Espinar EXPEDIENTE: 0052-2018-0-1009-JR-PE-01 JUEZ: ESTEBAN FREDDY ACHOMA TITO ESPECIALISTA: CINTHIA ELIANA CONDORI ZARATE Se pone en conocimiento del señor JUSTINO CHACCA CORDOVA, que la Fiscalía Provincial Penal de Espinar, ha requerido PROCESO INMEDIATO contra JUSTINO CHACCA CORDOVA, por el delito contra la familia en su modalidad de omisión a la asistencia familiar en su forma de Omisión de Prestación de Alimentos, en agravio de su menor hija de iniciales L. D. Ch. T., representado por su progenitora Maritza Taco Leandro; asimismo, se pone en su conocimiento la RESOLUCIÓN N° 01 de fecha trece de marzo del dos mil dieciocho, que resolvió: 1. ADMITIR A TRÁMITE el requerimiento de Proceso Inmediato requerida por la Fiscalía Provincial Penal de Espinar contra el imputado JUSTINO CHACCA CORDOVA. 2. CITAR a Audiencia Única de Proceso Inmediato (...), 3. PRECISAR que el imputado tiene derecho a negarse por cualquier motivo a estar presente en la audiencia de proceso inmediato, en cuyo caso será representado por su abogado de libre elección o defensor de oficio. 4. NOTIFIQUESE al imputado a su domicilio real y procesal con la presente resolución, quien en el plazo de veinticuatro horas deberá designar abogado defensor de su libre elección o ratificar al abogado defensor designado por el Ministerio Público a favor de dicho imputado, bajo apercibimiento designar Defensor Público en caso incumplimiento y llevarse a cabo la audiencia con asistencia del Defensor Público; por ser una audiencia inaplazable a quien deberá notificarse con el presente requerimiento, y a los demás sujetos en sus respectivos domicilio procesal señalado en auto; así también, se pone en su conocimiento que mediante resolución número tres se ha reprogramado la audiencia de incoación de proceso inmediato para el OCHO DE MAYO DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS NUEVE Y QUINCE HORAS.Espinar, 19 de Abril del 2018. J. S (25, 26, 27 ABR)
EDICTO JUDICIAL 1o JUZ. DE INVES. PREPARATORIA - Sede Espinar EXPEDIENTE: 00190-2017-0-1009-JR-PE-01 JUEZ: ESTEBAN FREDDY ACHOMATITO ESPECIALISTA: CINTHIA ELIANA CONDORI ZARATE Se pone en conocimiento del señor WILFREDO CCAPA ALVAREZ, que la Fiscalía Provincial Penal De Espinar, ha requerido PROCESO INMEDIATO contra WILFREDO CCAPA ALVAREZ, por el delito contra la familia en su modalidad de omisión a la asistencia familiar en su forma de Omisión de Prestación de Alimentos, en agravio de sus hijos LM.C.T. ; C.R.C.T. y J.E.C.T, representados por su progenitura MARISOL TAIPE MEZA; asimismo, se pone en su conocimiento la RESOLUCIÓN N° 01 de fecha veintisiete de marzo del dos mil dieciocho, que resolvió: 1. ADMITIR A TRÁMITE el requerimiento de Proceso Inmediato requerida por la Fiscalía Provincial Penal de Espinar contra el imputado WILFREDO CCAPA ALVAREZ. 2. CITAR a Audiencia Única de Proceso Inmediato (...), 3. PRECISAR que el imputado tiene derecho a negarse por cualquier motivo a estar presente en la audiencia de proceso inmediato, en cuyo caso será represen-
J. S (25, 26, 27 ABR)
J. S (25, 26, 27 ABR)
EDICTO JUDICIAL EDICTO JUDICIAL
Juez: Edgard León Quispe. Especialista Judicial: Carla del Rosario Veliz Cabrera. Se notifica al imputado Manuel Luis Gamboa Palomino lo dispuesto mediante Resolución N° 06 de fecha doce de abril del dos mil dieciocho, mediante el cual se reprograma la Audiencia Única de Incoación del Proceso Inmediato, con carácter INAPLAZABLE para el día 30 DE MAYO DEL 2018 a horas 08:00 de la mañana, la que se realizará en la Sala de Audiencias del 3° Juzgado de Investigación Preparatoria de Tambopata, sito en la Av. Ernesto Rivera N° 722 – Puerto Maldonado, 1er. Bloque 3er Piso.Puerto Maldonado, 18 de abril del 2018.
1o JU2. DE INVES. PREPARATORIA - Sede Espinar. EXPEDIENTE: 0028-2016-48-1009-JR-PE-01 JUEZ: ESTEBAN FREDDY ACHOMATITO ESPECIALISTA: KATTY ELIZABETH APAZA HOLGUINO Se pone en conocimiento de YOLANDA CCORI HILARIO, APOLINARIO CHALLCO MAMANI, AURELIA CARRASCO FLOREZ Y VIRGINIA PACHECO TAIPE, que la Fiscalía Provincial Penal De Espinar, ha formulado CUSACION PENAL en contra de ALAIN FRANKLIN MEJIA AGUILAR, por la presunta comisión del delito contra el Patrimonio, modalidad de Estafa Genérica, tipo ESTAFA, prevista en el artículo 196 del Código Penal, en agravio de BASILIO CCOLQQUE PAUCCARA, VIRGINIA PACHECO TAIPE, FREDY SONCCO CHARA y YOLANDACCORI HILARIO y la CAJA RURAL DE AHORRO Y CRÉDITO “LOS ANDES S.A.”; asimismo, se pone en su conocimiento que mediante resolución número once se dispuso reprogramar la audiencia de Requerimiento Mixto para el día DIEZ DE MAYO DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS DOCE HORAS. Espinar, 20 de Abril del 2018. J. S (25, 26, 27 ABR)
EDICTO PENAL EXP: Nro. 01620-2018-0-1001 -JR-PE-07 SÉPTIMO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DEL CUSCO. ESPECIALISTA DE CAUSA: Fernando Christian Aparicio Chávez SEÑOR: SEBASTIAN CRUZ CONDORI Se ha dispuesto notificar lo dispuesto en el Acta de Audiencia de fecha 12/04/2018, cuyo contenido es el siguiente: Acta de Audiencia de fecha 12/04/2018 JUEZ: Verifica el debido emplazamiento al imputado, conforme el requerimiento fiscal, SE REPROGRAMA la presente audiencia para el DÍA TRES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOS DE LATARDE CON TREINTA MINUTOS, acto que se realizara en la Décimo Segunda Sala de Audiencias del Modulo Penal de la Corte Superior de Justicia del Cusco, para lo cual el Especialista de Causa deberá de NOTIFICAR por edictos al imputado, por lo que deberá publicar en el diario judicial, por tres veces consecutivas, por lo que las partes concurrentes quedan debidamente notificados. III. NOTIFICACIÓN FISCAL: Conforme. DEFENSA DE LA PARTE AGRAVIADA: Conforme. DEFENSA DEL IMPUTADO: Conforme. Cusco, 24 de Abril del 2018 J. S (25, 26, 27 ABR)
NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de Paucartambo que Despacha el señor Juez Wald Duran Chicata, bajo la actuación de la secretaria Judicial Lis Dennis Acuña Molle, se ha dispuesto mediante resolución 06 del 23 de abril del 2018, la notificación vía edicto en el expediente N° 31-2017-8-1013-JR-PE seguido contra Emiliano Quispe Quispe, por el Delito de Violación de persona en incapacidad de resistencia, con la resolución 06 del 23 de abril de[ 2018, en consecuencia, NOTIFIQUESE al acusado que mediante RESOLUCIÓN 06 del 23 de abril del 2018 este Despacho DISPONE: (...)DECLARAR FRUSTRADA la presente audiencia por defecto en la notificación al acusado Emiliano Quispe Quispe. 1. REPROGRAMAR LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DÍA VEINTIOCHO DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS NUEVE HORAS CON TREINTA MINUTOS, diligencia a verificarse en la sala de audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Paucartambo, sito en la calle colon S/N del Cercado de Paucartambo. 2. SE DISPONE la notificación del acusado Emiliano Quispe Quispe en su domicilio real, la misma que deberá remitirse al Juez de Paz de Colquepata; sin perjuicio de ello se dispone se notifique al imputado mediante edictos de ley en el Diario Judicial de Cusco.3. SE DESIGNA como abogado del imputado Emiliano Quispe Quispe al defensor público del Ministerio de Justicia de Paucartambo, Abogado William Mamani Vilcanqui, quien deberá de asumir la defensa del imputado conforme a ley. 4. SE DISPONE la notificación de los demás justiciables con arreglo a ley. H.S.J. S (25, 26, 27 ABR)
EDICTO PENAL Exp. N° 01508-2017-0-2701-JR-PE-03 Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Tambopata – Madre de Dios.
EDICTO PENAL SEÑORES: EBER QUISPE CONDORI MARIBEL SAIRE CONDENA La señora Jueza encargada del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dra. Mamani Mayta, en el proceso Nro 603-2018-0-1001-JR-PE-04, seguido contra Eber Quispe Condori, por el delito de Agresiones en contra de la Mujeres o Integrantes del Grupo Familiar, en agravio de Maribel Saire Concieña, bajo la actuación del especialista Judicial Abog. Rodríguez Ugarte, se ha dispuesto notificarle con el Acta de Audiencia del 13/04/18 cuyo contenido es el siguiente: ACTA DE REGISTRO DE AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN I. INTRODUCCIÓN (...) II. ACREDITACIÓN (...) RESOLUCIÓN N° 04.- Cusco, 13/04/18.- PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Queda registrado en el sistema de audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe SE RESUELVE: 1. DECLARAR FRUSTRADA la audiencia por inconcurrencia injustificada del representante del Ministerio Público, pese a estar notificado en fecha 31 de enero del 2018.- 2. REPROGRAMESE esta audiencia para ser continuada el día 03 DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A 15:30 HORAS A REALIZARSE EN LA SÉPTIMA SALA DE AUDIENCIAS DEL MODULO PENAL, quedando subsistentes los apremios dictados en resolución Nro. 01, notifíquese con la presente a las partes procesales inconcurrentes.- III NOTIFICACIÓN: (...)IV. CONCLUSIÓN: (...) Lo que notifico a Usted, Media Firma de la Señora Jueza Dra. Fortunata Mamani Mayta, ante mi F. Eduardo Rodríguez Ugarte, de que doy fe. Cusco, 23 de abril del 2018. J. S (25, 26, 27 ABR) EDICTO PENAL SEÑOR: PERCY CHAUCA QUISPE.
Viernes, 27 de abril del 2018
La señorita Juez del Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dra. SANDRA NATALI VILLA HUMPIRI, en el proceso Nro 1543-2018-0-1001-JR-PE-05, seguido contra PERCY CHAUCA QUISPE, por la presunta comisión del delito la Vida el Cuerpo y la salud en la modalidad de Lesiones sub tipo Agresiones en contra de las Mujeres o Integrantes del Grupo Familiar en agravio de Sonia Quispe Vargas, ha dispuesto notificarle con la Resolución N° 01 del 20/03/18 cuyo contenido es el siguiente: Resolución Nro. 01. Cusco, veinte de marzo. Del dos mil dieciocho. DADO CUENTA: Con el requerimiento fiscal de Acusación Directa presentado por la Fiscal Provincial de la Primera Fiscalía Provincial Penal de Cusco; y, CONSIDERANDO: (...) 1. CORRER TRASLADO del requerimiento acusatorio, a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES, a efectos de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad (principio de oportunidad), 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio. Asimismo, conforme establece el fundamento trece, segundo párrafo del Acuerdo Plenario N° 06-2010/CJ-116; la victima podrá solicitar su constitución en actor civil. (...) 3. CITAR para el día DIEZ DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS DIEZ HORAS DE LA MAÑANA (hora exacta) la realización de la audiencia preliminar de control de acusación en la OCTAVA SALA DE AUDIENCIAS de los Juzgados de Investigación Preparatoria de Cusco, ubicado en el inmueble N° 239 de la avenida el Sol de ésta ciudad, Corte Superior de Justicia del Cusco, la que se realizará con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado del acusado. HÁGASE SABER. Lo que notifico a Usted, Media Firma de la Señora Juez Dra. Sandra Natali Villa Humpiri, ante mi F. Mirian Huacac Carrillo, de que doy fe. J. S (25, 26, 27 ABR)
EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Mixto de Urcos, que despacha la señora Juez Dra. Ana Cecilia Sotomayor Tejada, bajo la actuación del Secretario Judicial Carlos Astete Saavedra, se tramita el Proceso N° 00818-2017-0-1014-JM-FT-01, sobre Abandono Moral y Material de Menor, se ha dispuesto la publicación mediante edictos el contenido del auto admisorio, contenido en la resolución N° 01 de fecha 04 de enero de 2018 (extracto), como sigue: SE RESUELVE: APERTURAR INVESTIGACIÓN TUTELAR por abandono Moral y Material a favor de la menor Yeny Inquillay Inquillay de 15 años de edad, contra sus progenitores don Justo Inquillay Ancalle y de Celestina Inquillay Uturunco: Se dispone se realicen las siguientes diligencias: 1) Examen Sicosomático en los menores por tutelar.- 2) RECÁBESE informe del equipo multidisciplinario a fin de precisar los factores que han determinado la situación de abandono de la menor.- 3) Recábese el examen físico y psicológico de la menor Yeny Inquillay Inquillay practicado por el instituto de Medicina Legal de Quispicanchi.- 4) RECÁBESE la declaración de los progenitores de la menor por tutelar.- 5) PUBLIQUESE mediante edictos la presente investigación a fin de que alguna persona interesada concurra a despacho.- Gírense los oficios correspondientes y actúense las demás diligencias necesarias. AL Primer otrosi.- Téngase en cuenta.- Segundo más dice: Como medida de protección continúe el menor en poder de la señora Paulina Condori Larota conforme al acta de entrega que precede hasta las resultas del presente proceso.- H.S.Urcos, 12 de marzo de 2018. J. S (25, 26, 27 ABR)
EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Mixto de Urcos. que despacha la señora Juez Dra. Ana Cecilia Sotomayor Tejada, bajo la actuación del Secretario Judicial Carlos Astete Saavedra, se tramita el
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
Proceso N° 00042-2017-0-1014-JM-FT-01, seguido por la Fiscalía Provincial Civil y Familia de Quispicanchi, a favor de los menores Rolando Ccanahuire Rojo y Gabriel Víctor Ccanahuire Rojo, sobre Abandono Moral y Materia, contra su progenitor Telesforo Ccanahuire Puma., se ha dispuesto la publicación mediante edictos el contenido el auto de apertura de investigación, contenido en la resolución N° 01 de fecha 01 de febrero de 2018 (extracto), como sigue: SE RESUELVE: 1) Abrir INVESTIGACIÓN TUTELAR POR ABANDONO a favor de la menor CATHERINE TECSI TURPO (15 años), emplazando a Fortunata Turpo Chillihuaní y Simón Tecsi Huisa. 2) SE DISPONE: La actuación de las siguientes diligencias: 3.1. Se recabe la declaración de la menor Catherine Tecsi Turpo. 3.2. Se recabe la declaración de los progenitores de la menor, debiendo presentarse debidamente identificados al local del juzgado en la fecha y hora indicada bajo apercibimiento de ser conducidos de grado o fuerza ordenándose su captura a nivel nacional, debiendo de notificárseles en su domicilio real consignado en la demanda.3.3. Se señala fecha para la diligencia de declaración el día TRES de OCTUBRE del presente a las ONCE de la mañana (11:00 a.m.) - 3.4. PRACTÍQUESE: una pericia psicológica de la menor tutelada Catherine Tecsi Turpo. (15 años) la que estará a cargo del Instituto de Medicina Legal de Quispicanchi. 3.5. SE SOLICITE informe del equipo multidisciplinario a fin de precisar los factores que han determinado la situación de abandono de la menor, debiendo realizar una visita al domicilio donde se encuentra viviendo. Cumplido sea remítase los actuados para Vista Fiscal 3.6. Se publique vía edictos la presente investigación a fin de que alguna persona interesada concurra al despacho judicial. H.S. Urcos, 28 de Marzo de 2018. J. S (25, 26, 27 ABR)
EDICTO PRIMER REMATE JUDICIAL.Expediente. 00119-2016-0-1001-JR-CI-02, en los seguidos por BANCO FINANCIERO DEL PERU contra MORALES MIO CLAUDIA, sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO. El 02° Juzgado Civil - Sede Central Cusco, de la Corte Superior de Justicia de Cusco que Despacha la Sr. Juez Dr. ELIOT ALCIBIADES ZAMALLOA CORNEJO, Especialista Legal Dr. OLIVERA SARMIENTO DAVID AMERICO; ha dispuesto sacar a remate en PRIMERA CONVOCATORIA el siguiente Bien Inmueble: UBICACION: Constituido por el Inmueble Urbano N° 81 (hoy signado con el N° 336) de la Calle Pumaccahua del Distrito de San Jerónimo, Provincia y Departamento de Cusco, cuya área es de 190.95 M2., y los linderos, medidas perimétricas y títulos de dominio se encuentran inscritos en la Partida N° 11099506, del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° X - Sede Cusco. TASACIÓN: En la suma de US$ 156,227.00 (CIENTO CINCUENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS VEINTISIETE DOLARES AMERICANOS). PRECIO BASE: Siendo su precio base las dos terceras partes del valor de la tasación, la misma que asciende a la suma de US$ 104,151.33 (CIENTO CUATRO |ÍL CIENTO CINCUENTA Y UNO DOLARES AMERICANOS CON TREINTA Y TRES CENTAVOS DE DOLAR). DIA Y HORA DE REMATE: jueves 03 de mayo de 2018 a horas once de la mañana (11:00 AM). LUGAR DEL REMATE: En el local del Juzgado sito en la Oficina de Administración de Módulo Civil de esta Corte Superior ubicada en el segundo piso del Palacio de Justicia de Cusco, sito en Av. El Sol s/n, Provincia y Departamento de Cusco. CARGAS Y GRAVAMENES: HIPOTECA: (Inscrita en el Asiento 00006 de la Partida N° 11099506). Hasta por la suma máxima de US$ 50,000.00 Dólares Americanos a favor de la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO CUSCO S.A. Así y más consta de la Escritura Pública de fecha 28/02/2011 otorgada ante el Notario SOMOCURCIO ALARCON CARLOS AUGUSTO en la ciudad de CUSCO.INSCRIPCJON DE EMBARGO: (Inscrita en el Asiento 00002 de la Partida N° P31031298 viene del SIR, Partida N° 11099506). La Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado de Cusco, Dra. Gilda A. Zea Núñez, con la actuación de la Especialista Legal Ketty Conchoy Ochoa, dentro del proceso N° 02932-2015-94-1001-JP-CI-01, seguido por MI BANCO - Banco de la Microempresa, contra CLAUDIA MORALES MIO, sobre Obligación de dar suma de dinero, mediante Resolución N° 02 de 25/01/2016 ha ordenado trabar embargo en forma de inscripción sobre el inmueble materia de la presente partida registral de propiedad de Claudia Morales
Mío, hasta por la suma de Treinta y Siete Mil Cuatrocientos Setenta y Uno con 39/100 Soles. (s/. 37,471.39). Así y más consta de los partes judiciales remitidos.- INSCRIPCION DE EMBARGO: (Inscrita en el Asiento 00003 de la Partida N° P31031298 viene del SIR, Partida N° 11099506). El Juez del Segundo Juzgado Civil - Modulo Corporativo Civil de Cusco, Dr. Eliot A. Zamalloa Cornejo, con la actuación del Especialista Legal David Américo Olivera Sarmiento, dentro del proceso N° 00119-2016-22-1001-JR-CI-02, seguido por el BANCO FINANCIERO DEL PERU contra CLAUDIA MORALES MIO, sobre ejecución de garantías, mediante Resolución N° 01 de fecha 26/01/2016’ ha ordenado trabar EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION sobre el inmueble materia de la presente partida de propiedad de CLAUDIA MORALES MIO, hasta por la suma S/. 49,488.04 Nuevos Soles. Así y más consta de los partes judiciales remitidos mediante Oficio N° 06-2016-MCC-JCV-CSJC-PJ.- INSCRIPCION DE EMBARGO: (Inscrita en el Asiento 00004 de la Partida N° P31031298). La Jueza del Cuarto Juzgado Especializado en lo Civil del Cusco, Dra. Fanny Lupe Pérez Carlos, con la actuación de la especialista legal Kathy Yjalda Miranda Candía, dentro del proceso N° 00305-2016-50-101-JR-CI-04, seguido por MI BANCO BANCO DE LA MICROEMPRESA contra CLAUDIA MORALES MIO, sobre Obligación de dar suma de dinero, mediante Resolución N° 01 de fecha 03/03/2016 ha ordenado trabar EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION sobre el inmueble materia de la presente partida de propiedad de Claudia Morales Mío, hasta por la suma de Setenta Mil Trescientos diecinueve con 53/100 Nuevos Soles (S/. 70,319.53), Así y más consta de los partes judiciales remitidos. POSTORES: Presentarán en Efectivo o en Cheque de Gerencia girado a su nombre el 10% del valor de la tasación sin sello de no negociable, D.N.I. original y adjuntar la Tasa Judicial correspondiente a la orden del Juzgado, debiendo consignarse en la misma el número de expediente, monto, el acto procesal a realizar y el número de documento de identidad del postor; con la firma de este al dorso del arancel, (con una copia fotostática del arancel y D.N.I.), en caso corresponda original de la Vigencia de Poder debidamente registrado y actualizado. El presente remate estará a cargo del Martiliero Público MIGUEL ANGEL LLAQUE MOYA, con Reg. N° 312. Los HONORARIOS DEL MARTILLERO será de cargo del adjudicatario conforme a la Ley 28371 y el Decreto Supremo N° 008-2005-JUS mas IGV, y se pagan al Finalizar el Acto del Remate. Celular: 999451224, 946065640. Cusco 23 de Marzo del 2018 MIGUEL ANGEL LLAQUE MOYA MARTILIERO PÚBLICO DAVID AMERICO OLIVERA SARMIENTO SECRETARIO JUDICIAL P. 6648940 F. (19, 20, 23, 24, 25, 26 ABR)
EDICTO JUDICIAL Ante el Tercer Juzgado Especializado en lo Civil del Cusco, despachado por el señor Juez John Aleck Alfaro Tupayachi, se tramita el Proceso Civil Nro. 02813-2017-0-1001-JRCI-03 en el que mediante Res.03 de fecha 10-04-2018. SE RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE la demanda interpuesta por ANDRES MARTIN LOPEZ ALVARADO. sobre PRESCRIPCIÓNADQUISITIVA DE DOMINIO del vehículo de placa de rodaje N° RZ-215, clase camioneta rural, modelo 110 S.W. DEFENDER, carrocería No Metropolitano, color blanco, motor N°17H21171C, serie N° SALLDHMD8HA4665 22, gasolinera y demás características que aparecen en la tarjeta de propiedad, contra ELECTRO SUR ESTE S.A representado por Fredy Gonzales De La Vega, LUIS DAVID AEDO BELLOTA y ELIZABETH POZO SOTO, debiendo de tramitarse bajo los mecanismos del proceso ABREVIADO, en consecuencia, córrase traslado de la demanda a los demandados por el término de DIEZ DÍAS, bajo apercibimiento de seguirse el proceso en su rebeldía. Téngase por ofrecidos los medios probatorios que indica los cuales serán admitidos y actuados en la oportunidad procesal. A sus antecedentes los anexos adjuntos. AL OTROSI DIGO.-EFECTÚESE la publicación de un extracto del presente en el diario judicial de esta ciudad, por el término de tres días con intervalo de tres días, al más digo. Encargúese la tramitación del presente proceso a la secretaria judicial que da cuenta por disposición del superior. H.S.- Firmado por el Juez Alfaro Tupayachi.Secretaria Judicial Altamirano Mayca.
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Cusco, 18 de Abril de 2018. PAMELA DESIREE ALTAMIRANO MAYCA SECRETARIA JUDICIAL P. 6656744 F. (20, 26 ABR Y 03 MAY)
REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA En los seguidos por COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTO DOMINGO DE GUZMAN LTDA contra DANIEL CCOSCCO VALENCIA y MARIA ELENA LUNA TONCCOCHI sobre ejecución de garantías, Exp. N° 02101-2015-0-1001-JR-CI-03; el Tercer Juzgado Civil de Cusco que Despacha el Juez Dr. John Aleck Alfaro Tupayachi y Especialista Legal Dra. Leydy Soto Castillo, ha ordenado el remate en primera convocatoria del inmueble ubicado el lote 1, de la manzana U, del Centro Poblado de Limatambo, distrito de Limatambo, Provincia de Anta y Departamento de Cusco, cuyos linderos, medidas perimétricas, y demás características se encuentran inscritas en la Partida N° P31014931 del Registro de Propiedad Inmueble de Cusco. Este inmueble fue valorizado en US$. 234,050.60 (DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL CINCUENTA CON 60/100 DÓLARES AMERICANOS) y saldrá a remate por la suma de US$. 156,033.73 (CIENTO CINCUENTA Y SEIS MIL TREINTA Y TRES CON 73/100 DOLARES AMERICANOS) que equivale a las dos terceras partes de la tasación del bien. GRAVAMENES: 1) Carga técnica delimitada por el Instituto Nacional de Cultura -Cusco y 2) Hipoteca a favor de la ejecutante hasta por 115,000.00 e inscritas las afectaciones en los asientos 00001 y 00004 de la Partida N° P31014931 del Registro de Propiedad Inmueble de Cusco, respectivamente. El remate será el NUEVE DE MAYO DEL PRESENTE AÑO DOS MIL DIECIOCHO, A LAS DIEZ DE LA MAÑANA, en la Oficina de Administración del Juzgado Civil, ubicada en el Segundo Piso, del Palacio de Justicia sito en Av. Sol S/N del Distrito, Provincia y Departamento del Cusco. Diligencia que estará a cargo del Martiliero Público Abraham Marinas Sánchez, con Registro N° 224. Los postores, oblarán una cantidad no menor a US$. 5,039.50 (CINCO MIL TREINTA Y NUEVE CON 50/100 DOLARES AMERICANOS) que equivale al 10% del valor de la tasación del bien, en efectivo o cheque de gerencia (endosable y con una antigüedad menor a 30 días) y presentarán su documento oficial de identidad en original y copia, además el arancel judicial correspondiente (tributo 07153), donde conste el nombre del Juzgado, el número de Expediente y el número de documento de identidad del postor, debidamente suscrito. La comisión del Martiliero será cancelada por el adjudicatario al finalizar el remate y está afecta al IGV, de conformidad con el Decreto Supremo N° 008-2005 JUS. Cusco, 28 de febrero del 2018. ABRAHAM MARIÑAS SANCHEZ MARTILLERO PÚBLICO A NIVEL NACIONAL RONALD ELORRITA SALAZAR SECRETARIO JUDICIAL P. 6657614 F. (20, 23, 24, 25, 26, 27 ABR)
EDICTO JUDICIAL SEÑORA: YENIMARIBEL VITORINO SUTTA. En el 2do Juzgado Mixto de Wanchaq-Cusco. Exp. Nro. 02215-2016-0-1001-JM-FC-02, seguido por Gualberto Calvo Mayo, contra Yeni Maribel Vitorino Sutta, sobre Impugnación de Paternidad, se ha dispuesto la notificación por edictos el extracto de la resolución Nro. 01 del 02-09-16: “... ADMITIR A TRÁMITE en la vía del proceso de CONOCIMIENTO, la demanda de IMPUGNACIÓN DE RECONOCIMIENTO DE PATERNIDAD EXTRAMATRIMONIAL interpuesta por
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La República
GUALBERTO CALVO MAYO, contra YENI MARIBEL VITORINO SUTTA; CON CITACIÓN AL SEÑOR REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PÚBLICO. Córrase traslado de la demanda a la demandada por el plazo de treinta días, bajo apercibimiento de ser declarada rebelde y continuar el proceso en esta calidad. MEDIOS PROBATORIOS.- Téngase por ofrecidos los medios probatorios que precisa, para ser admitidos y actuados en su oportunidad procesal. ANEXOS.Los anexos a sus antecedentes .H.S”.- Firma y sello de la señora Juez Elvia Barriga Morón.- Ante mí: Evangelina Conza Choque.- Secretaria Judicial.- Lo que se le notifica para los fines consiguientes.Wanchaq, 16 de abril del 2018.EVANGELINA CONZA CHOQUE SECRETARIA JUDICIAL P. 6657676 F. (20, 24, 26 ABR)
EDICTO NOTIFICACIÓN DIRIGIDA A MONICA MARIBEL GOMEZ CAMPOS. Ante el Primer Juzgado Especializado en lo Civil de Cusco, despachado por la Sra. Jueza Doctora Sandra Contreras Campana, se tramita el proceso civil N° 02091-2017-0-1001-JR-CI-01, seguido por Betsabe Elinor Lencinas Bailón, sobre Nulidad de acto jurídico y otro, contra Cesar Blanco Alvarez y otra; en el que se ha emitido la resolución número 08, de 13-04-2018. que dispone: “Respecto a la demandada MÓNICA MARIBEL GÓMEZ CAMPOS, estando a ¡a formalidad respectiva y siendo su domicilio incierto, notifíquese por EDICTOS, los que contendrán un estracto de la demanda y el auto admisorio y en aplicación a la modificatoria del artículo 167 del TUO del Código Procesal Civil, efectuado por Ley N° 30293, publíquese los edictos en el diario judicial de la Corte Superior de Justicia del Cusco (La República), por el término de tres días con intervalo de tres días, así como fíjese una copia del edicto en la tablilla del Módulo Civil destinado para ello, debiendo ¡a demandante apersonarse a través de Administración del Módulo Civil en horas de atención al público, a recepcionarlos. H, S.” Fdo. Juez Contreras Campana, Esp. Legal. Huamán Sequeiros. DEMANDA: Recurro a su Despacho a fin de interponer demanda de Nulidad de Acto Jurídico y del documento que lo contiene de la escritura pública de compra venta de bien inmueble (de 04 de julio de 2016) y acumulativamente la cancelación de la inscripción de dicha venta en el asiento 03 de la Partida Electrónica N° 02069387 del Registro de propiedad de los Registros Públicos del Cusco. AUTO ADMISORIO: Res. 04, de fecha 10-11-2017, que dispone: “SE RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE la demanda interpuesta por BETSABE ELINOR LENCINAS BALLON, sobre NULIDAD DE ACTO JURÍDICO Y EL DOCUMENTO QUE LO CONTIENE Y CANCELACIÓN DE ASIENTO REGISTRAL, contra MÓNICA MARIBEL GOMEZ CAMPOS Y CESAR BLANCO ÁLVAREZ, debiendo de tramitarse bajo los mecanismos del proceso de CONOCIMIENTO, en consecuencia, córrase traslado a la parte demandada por el término de TREINTA DÍAS, bajo apercibimiento de seguirse el proceso en su rebeldía, Téngase por ofrecidos los medios probatorios que indica, los cuales serán admitidos y actuados en la oportunidad procesal correspondiente y agréguese a sus antecedentes los anexos adjuntos. Al Otrosí.- No existiendo error alguno en la emisión de la resolución número tres, la que subsana la demandante en forma oportuna, estese a lo actuado en autos. H. S.” Fdo. Juez Contreras Campana, Esp. Legal. Huamán Sequeiros. Cusco, 19 de abril de 2018. ISABEL CRISTINA HUAMÁN SEQUEIROS ESPECIALISTA LEGAL P. 6657769 F. (20, 26, 03 ABR)
EDICTO JUDICIAL Que en el Proceso Civil Nro. 0214-2018-0-1001-JR-CI-05, seguido por Elena González Florez sobre cambio de nombre, bajo la actuación del Especialista Legal Vilma Vargas Trujillo; y la dirección de la Señora Jueza Dra. Marianella Cárdenas Villanueva, se ha dispuesto la publicación del extracto Judicial de la Sentencia contenida en la Resolución
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
Nro. 02 de fecha 15 de Marzo del 2018:”(...)SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por ELENA GONZALEZ FLOREZ sobre CAMBIO NOMBRE, debiendo de tramitarse bajo los mecanismos del proceso SUMARÍSIMO, con citación del Representante del Ministerio Público y de la Licelith González Florez, en consecuencia córrase traslado de la demanda por el término de CINCO DÍAS, (...). Por ofrecidos los medios probatorios los mismos que serán admitidos y actuados en la etapa procesal correspondiente. Insértese en autos los anexos de su referencia. AL OTRO MASO: Estése a lo resuelto”. H.S. VILMA VARGAS TRUJILLO ESPECIALISTA LEGAL P. 6659244 F. (23, 26 ABR)
PRIMER REMATE JUDICIAL EN EL EXPEDIENTE NRO. 00073-2016-0-1001-JR-CI-01 SEGUIDO ANTE EL PRIMER JUZGADO CIVIL - SEDE CENTRAL - CUSCO, QUE DESPACHA EL JUEZ: ELIOT ALCIBIADES ZAMALLOA CORNEJO, ESPECIALISTA LEGAL: ISABEL HUAMAN SEQUEIROS, SOBRE PROCESO DE: EJECUCION DE GARANTIAS, SEGUIDO POR BANCO DE CREDITO DEL PERU - BCP CONTRA DOLORES LUCIA OBANDO SANCHEZ, SE HA NOMBRADO COMO MARTILLERO PÚBLICO A BETHUEL LEUDMIN ALVAR/DO MALPICA, QUIEN HA DISPUESTO CONVOCAR EL PRIMER REMATE DEL INMUEBLE UBICADO EN EL. LOTE 1, MZ. B-1, CENTRO POBLADO CACHIMAYO (ANTES INMUEBLE N° 244 DE LA AV. HUAYNA CAPAC). DISTRITO DE CACHIMAYO. PROVINCIA DE ANTA. DEPARTAMENTO DE CUSCO. CON PARTIDA ELECTRONICA N° P31006503 DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LA OFICINA REGISTRAL DE CUSCO - ZONA REGISTRAL N° X - SEDE CUSCO. VALOR DE LA TASACIÓN: US$. 128,874.00 (CIENTO VEINTIOCHO MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CUATRO CON 00/100 DOLARES AMERICANOS) PRECIO BASE: US$. 85,916.00 (OCHENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS DIECISEIS CON 00/100 DOLARES AMERICANOS), QUE VIENE A SER LAS DOS TERCERAS PARTES DEL PRECIO DE TASACIÓN. GRAVAMENES Y CARGAS: ASIENTO 00008 - INSCRIPCION DE HIPOTECA: A FAVOR DEL BANCO DE CREDITO DEL PERU HASTA POR LA SUMA DE S/. 174,000.00 CIENTO SETENTA Y CUATRO MIL DOLARES AMERICANOS; ASIENTO 00009 - INSCRIPCION DE HIPOTECA: A FAVOR DE DIMEXA S.A. HASTA POR LA SUMA DE US$. 50,000.00 CINCUENTA MIL DOLARES AMERICANOS; ASIENTO 00010 - INSCRIPCION DE EMBARGO: EMBARGO ORDENADO EN EL PROCESO CIVIL N° 332-2013, SOBRE MEDIDA CAUTELAR, PRIMER JUZGADO CIVIL DEL CUSCO, DEMANDANTE: VICTOR MANUEL MEDINA MENDOZA, DEMANDADO: DOLORES LUCIA OBANDO SANCHEZ; ASIENTO 00011 - INSCRIPCION DE EMBARGO: EMBARGO ORDENADO EN EL PROCESO CIVIL N° 1456-2013, SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO DE WANCHAQ CUSCO, DEMANDANTE: EMPRESA FARMACEUTICA DEL SUR S.R.LTDA., DEMANDADO: DOLORES LUCIA OBANDO SANCHEZ; ASIENTO 00012 - INSCRIPCION DE EMBARGO: EMBARGO ORDENADO EN EL PROCESO CIVIL N° 1427-2013, TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CUSCO, DEMANDANTE: CAJA MUNICIPAL DE AHORRO DE CUSCO S.A., DEMANDADO: DOLORES LUCIA OBANDO SANCHEZ. DIA Y HORA DEL REMATE: EL VEINTIOCHO DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS NUEVE HORAS. LUGAR DE REMATE: LOCAL DEL PRIMER JUZGADO CIVIL - SEDE CENTRAL - CUSCO, TENIENDO EN CUENTA QUE LOS REMATES SE LLEVAN A CABO EN LA OFICINA DE ADMINISTRACION DEL MODULO CORPORATIVO CIVIL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO UBICADO EN AV. SOL N° 239 - CUSCO. POSTORES: OBLARAN EL 10% DEL VALOR DE TASACIÓN EN EFECTIVO O CHEQUE DE GERENCIA. ADJUNTAR TASA JUDICIAL POR DERECHO DE PARTICIPACIÓN EN EL REMATE, CONSIGNAR NÚMERO DEL EXPEDIENTE CON COPIA DEL ARANCEL YDNIY GENERALES DE LEY. BETHUEL LEUDMIN ALVARADO MALPICA MARTILLERO PÚBLICO REG.345
Viernes, 27 de abril del 2018
ISABEL CRISTINA HUAMAN SEQUEIROS ESPECIALISTA LEGAL P. 6661917 F. (24, 25, 26, 27, 30, 02 MAY)
EDICTO JUDICIAL Que, en el Juzgado Mixto de Echarati, que despacha la señorita Juez Dra. Nataly C. Cáceres Velarde, se viene tramitando la causa N° 019-2018-FCI seguida por KARINA BLANCO CARBAJAL Y RAÚL VARGAS CÁRDENAS, contra JOFRAN CREMILSON ARIAS DE LA TORRE, sobre ADOPCION DE MENOR DEEDAD, se ha dispuesto la notificación por edictos al demandado YOFRAN CREMILSON ARIAS DE LA TORRE para los fines de ley, parte pertinente del auto admisorio. Resolución N° 1 ADMÍTASE y CÓRRASE traslado Al demandado por el término de ley en la vía del proceso ÚNICO, por ofrecido los medios probatorios, notifiquese mediante edictos al demandado conforme al art. 165-, 167 y 168 CPC, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal. Fdo. Juez Dra. N.Cáceres Velarde, Fdo. R. Callaymara Ayquipa Echarati, 18 de abril del 2018 ROCIO CALLAYMARA AYQUIPA SECRETARIA JUDICIAL P. 6662092 F. (24, 25, 26 ABR)
NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO A LA PERSONA DE ZORAIDA SINCHE LLOCLLE Ante el Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria de Cusco, que despacha la señora Juez Dra. Sandra Natali Villa Humpiri, bajo la actuación de la Especialista de Juzgado Ana Gabriela Calderón Navarro, se viene tramitando el Proceso Penal signado Nro. 01819-2018-0-1001-JR-PE-05, seguido contra FRANK SMITH CÁRDENAS PALOMINO y REYNALDO PUMAHUILLCA MAYTA, por la comisión del delito Contra el Patrimonio en la modalidad de Hurto, sub tipo HURTO AGRAVADO, agravio de ZORAIDA SINCHE LLOCLLE, se ha dispuesto la notificación vía edicto de: Resolución N° 1 : SE RESUELVE: 1. CORRER TRASLADO del requerimiento acusatorio, a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES, a efectos de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad (principio de oportunidad), 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio. Asimismo, conforme establece el fundamento trece, segundo párrafo del Acuerdo Plenario N° 06-2010/CJ-116; la victima podrá solicitar su constitución en actor civil. 2. DESIGNAR abogado de oficio, para que asuma la defensa del acusado, al no contar con defensa técnica, para ello, OFICÍESE a la Coordinación de la Defensorio Pública adjuntando copia de actuados, a efectos de que proceda con la designación del número necesario de defensores públicos para ejercer la defensa del acusado(s), debiendo el defensor público asignado proceder a su apersonamiento inmediato. 3. CITAR para el día VEINTINUEVE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a las DOCE HORAS (hora exacta) la realización de a audiencia preliminar de control de acusación en la Octava Sala de Audiencias de los Juzgados de Investigación Preparatoria de Cusco, ubicado en el inmueble N° 239 de la avenida el Sol de ésta ciudad. Corte Superior de Justicia del Cusco, la que se realizará con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado del acusado. 4. PRECÍSESE que la audiencia programada tiene el carácter de INAPLAZABLE, conforme el Artículo 85, inciso 1 del Código Procesal Penal, pudiendo la parte acusada concurrir con abogado defensor de libre elección, quien deberá estar debidamente preparado para asumir la defensa en acto de audiencia no siendo admisible ningún pedido de reprogramación; audiencia a la que las partes deberán concurrir; bajo apercibimiento, en caso de la inconcurrencia de la
defensa pública de comunicarse tal hecho a la Dirección de su institución; y en caso de inconcurrencia injustificada del representante del Ministerio Publico comunicarse tal hecho a la Oficina de Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores de dicha institución. Breve Resumen del Requerimiento de Acusación Directa: Se formulo REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN DIRECTA contra FRANK SMITH CÁRDENAS PALOMINO y REYNALDO PUMAHUILLCA MAYTA, por la comisión del delito Contra el Patrimonio en la modalidad de Hurto, sub tipo HURTO AGRAVADO, agravio de ZORAIDA SINCHE LLOCLLE. J. S (24. 25. 26 ABR)
EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO –VF Exp. 27-2018-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granilla Cora, seguido por Sonia Sierra Paccaya contra Andrés Chara Chile; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N° 03. Paucartambo, 05 de Abril del 2018.- se dispone: Reprogramar la Audiencia Única para el día 02 de mayo del año 2018 a horas 09:00 de la mañana (...) a realizarse en el Despacho del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. J. S (24. 25. 26 ABR)
EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO –VF Exp. 26-2018-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granilla Cora, seguido por Julia Pauccar Pauccar contra Melquíades Phajsi Lima; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N° 03. Paucartambo, 05 de Abril del 2018.- se dispone: Reprogramar la Audiencia Única para el día 02 de mayo del año 2018 a horas 10:00 de la mañana (...) a realizarse en el Despacho del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. J. S (24. 25. 26 ABR)
EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO –VF Exp. 58-2018-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granilla Cora, seguido por Catalina Huanca Quispe contra Manuel Mamani Huaman; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N° 01. Paucartambo, 03 de Abril del 2018.- SE RESUELVE: ADMITIR en la vía del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra las Mujeres e Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de MANUEL MAMANI HUAMAN en agravio de CATALINA HUAMAN HUILLCA. En virtud de dar protección inmediata a las presuntas víctimas, se dicta PROVISIONALMENTE la siguiente MEDIDA DE PROTECCIÓN: ORDENAR al denunciado MANUEL MAMANI HUAMAN, EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión Física y Psicológica, así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal de CATALINA HUAMAN HUILLCA._PARA fines de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de las Medidas Cautelares, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el día 24 de Abril del año 2018 a horas 11:00 de la mañana (...) a realizarse en el Despacho del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. H.S.J. S (24. 25. 26 ABR)
Viernes, 27 de abril del 2018
EDICTO DE NOTIFICACIÓN - PAUCARTAMBO –VF Exp. 71-2018-FT, Juzgado Mixto de Paucartambo, Juez Gilberto Gil, Especialista Yakelin Granilla Cora, seguido por Juana Quispe Flores contra Ángel Quispe Suma; se ha dispuesto notificar a las partes procesales con lo siguiente: Resolución N° 01. Paucartambo, 13 de Abril del 2018.- SE RESUELVE: ADMITIR en la vía del PROCESO ESPECIAL, la denuncia por actos de Violencia contra las Mujeres e Integrantes de un Grupo Familiar y otros, en contra de ÁNGEL QUISPE SUMA en agravio del menor JHON ALBERT QUISPE QUISPE (06) representado por su progenitura JUANA QUISPE FLORES. Con citación del Ministerio Público. En virtud de dar protección inmediata a la presunta víctima, se dicta PROVISIONALMENTE la siguiente MEDIDA DE PROTECCIÓN:_ORDENAR al denunciado ÁNGEL QUISPE SUMA, EL CESE Y ABSTENCIÓN inmediata de toda agresión Física, así como amenazas, intimidación o daños de cualquier forma, golpes, insultos; debiendo inhibirse de cualquier acto violento en lugar público o privado que vulnere la integridad personal del menor JHON ALBERT QUISPE QUISPE (06)._PARA fines de pronunciarse sobre el otorgamiento de las medidas de protección y el otorgamiento de las Medidas Cautelares, se dispone CONVOCAR A AUDIENCIA ORAL para el día 30 de abril del año 2018 a horas 12:00 del medio día (...) a realizarse en el Despacho del Juzgado Mixto de Paucartambo sito en la Calle Colon S/N (Hornokalle) del Distrito de Paucartambo, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de verificarse la audiencia con las partes procesales que concurran. H.S.J. S (24. 25. 26 ABR)
2018 A HORAS 12:00 DEL MEDIO DÍA, A llevarse a cabo en la Tercera Sala de Audiencias de esta Corte Superior de Justicia de Madre de Dios, sito en la Avenida Ernesto Rivero N°720 de esta ciudad.Puerto Maldonado, 16 de abril del año 2018.J. S (24. 25. 26 ABR)
EDICTO PENAL Exp. N°: 01993-20U-10-2701-JR-PE-02 Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Tambopata - Madre de Dios Juez: Edgard León Quispe. Especialista Judicial: Carla del Rosario Veliz Cabrera. Se notifica a los agraviados Goyo Yupanqui Umires y Pedro Noa Zevallos lo dispuesto mediante Resolución N° 03 de fecha trece de abril del dos mil dieciocho, mediante el cual SE DISPONE: Correr traslado del requerimiento de acusación directa a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de Diez días útiles, a efectos de que puedan por escrito formular lo correspondiente, conforme establece el artículo 350° inciso 1 del Código Procesal Penal. Todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia pública preliminar de control de acusación directa.Puerto Maldonado, 13 de abril del 2018. J. S (24. 25. 26 ABR)
EDICTO PENAL
NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIAL EXPEDIENTE: 00027-2013-21 -1014-JR-PE-01 A LA PERSONA DE FREDY CURASI TACO Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria del Camanti Quincemil, que despacha el Señor Juez Percy Llancay Inquiltupa, bajo la actuación del Especialista legal Luis Enrique Castillo Núñez, se viene tramitando el proceso penal número penal Nro. 0027-2013-21, seguido contra Nilson Fernando Humpire Chata y Otros, por la presunta comisión del delito contra la vida el cuerpo y la salud en la modalidad de lesiones graves, en agravio de Fredy Curasi Taco y Otra; Que mediante resolución N° 18 de fecha 19 de abril del 2018 SE RESUELVE: 1-. DECLARAR frustrada la audiencia preliminar de control de sobreseimiento programada para esta fecha por inasistencia del representante del Ministerio Publico. 2-. GÍRESE oficio de los extremos del presenta acta a la oficina de Control Interno Del Ministerio Público, comunicando la inasistencia del citado representante del Ministerio Publico a la presenta audiencia. 3-. NOTIFÍQUESE a las partes conforme a ley, así como por edicto judicial a la parte que viene siendo notificada respectivamente. 4-. Reprográmese la audiencia para el DÍA TREINTIUNO DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, la misma que ha de verificarse en esta sala de audiencias del Juzgado de investigación Preparatoria del distrito de Camanti. Hágase saber.- H.S.- Rubrica del Señor Juez Percy Llancay Inquiltupa, ante mi Luis Enrique Castillo Núñez, Especialista Legal.- Doy Fe. LO QUE NOTIFICO A USTEDES. Quincemil, 19 de abril del 2018. J. S (24. 25. 26 ABR)
EDICTO TERCER JUZGADO PENAL INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TAMBOPATA EXPEDIENTE 1602-2017-0-2701-JR-PE-01 JUEZ: JUDITH ATAPAUCAR BARRIENTOS ESPECIALISTA JUDICIAL: PATRICIA GIOVANNA CRUZ SALAZAR NUMERO DE RESOLUCIÓN: 06 de fecha 16 de abril del 2018.SE NOTIFICA al investigado MIGUEL ANTONIO TAPIA RONTO, por la presunta comisión del delito contra la familia en su modalidad de omisión a la asistencia familiar en agravio del menor de edad representado por su progenitura, Amancita Saire Saire, con el extracto de la resolución número 06 de su fecha; resolución que reprograma audiencia de proceso inmediato para el día 17 DE MAYO DEL AÑO
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
EXPEDIENTE: Nro.: 0230-2018-9-1001 -JR-PE-06 TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: Marleny Sarayasy Gómez. Se cita y emplaza al (los) acusados: MIGUEL ÁNGEL SOTO POLO con DNI 80006233. Para que se ponga a derecho y se defienda sobre los cargos que se les atribuye por la comisión del delito contra la vida, el cuerpo y la salud en la modalidad de Lesiones Leves, subtipo Agresiones en contra de las Mujeres o integrantes del Grupo Familiar en agravio de Ana Cecilia Quispe Flores. Res. Nro. 01 Cusco, veintisiete de marzo del año dos mil dieciocho, mediante el cual dispone CITAR A JUICIO ORAL DE PROCESO COMÚN, audiencia que se realizar el día DOCE DE SETIEMBRE DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA ( hora exacta); ACTO QUE TENDRÁ LUGAR EN LA TERCERA SALA PENAL DE AUDIENCIAS del MÓDULO PENAL de esta Corte Superior de Justicia. Subsistiendo los apercibimientos de ley, notifíquese a las partes procesales. Cusco, 18 de Abril del 2018. J. S (24. 25. 26 ABR)
EDICTO JUDICIAL PUBLICACIÓN QUE SE EFECTÚA DE CONFORMIDAD A LO DISPUESTO POR EL ART.144DEL.OPT. Io SALA CIVIL - Sede Central EXPEDIENTE: 00040-2012-0-1001-JM-CI-01 MATERIA: NULIDAD DE COSA JUZGADA FRAUDULENTA Resolución Nro. 68 Cusco, 19 de abril de 2018. Habiéndose producido discordia respecto de la sentencia venida en grado de apelación, por cuanto en el VOTO de la Señora Juez Superior Yenny Margot Delgado Aybar opina por: “1.- DECLARAR NULO el CONCESORIO DE APELACIÓN contenido en la resolución NB 61, de fecha 25 de julio de 2017, que corre a folios 774, en consecuencia IMPROCEDENTE el recurso de apelación propuesto por el Procurador Público a cargo de asuntos judiciales del Poder Judicial, al no ser parte en el presente proceso. 2- CONFIRMAR la sentencia contenida en la resolución N° 61, del 3 de julio de 2017 (folio 752 y siguientes), que falla: “1.- Declarando IMPROCEDENTE ¡a petición de abandono del proceso formulada por los demandados Elvira Jurado Chamorro, América Cama Ormachea y Gertrudes Cusi Mayhua. 2- FUNDADA la demanda interpuesta por LUZ SOFÍA BACA SOTO representada por su apoderado Valerio Martiarena Gutiérrez contra Américo Cama Ormachea, Gertrudes Cusi Mayhua y Elvira Jurado Chamorro; en su virtud, DECLARO NULO todo lo actuado en el proceso N°00251-2010-0-1001-JMCI-02 tramitado en el Segundo Juzgado Mixto de Wanchaq
seguido por AMERICO CAMA MIRANDA y GERTRUDES CUSI MAYHUA contra los sucesores de Julia Cama Miranda con la pretensión de Prescripción Adquisitiva de Propiedad del bien inmueble ubicado en la Calle Línea Férrea N° 600 del Distrito de Wanchaq, Provincia y Departamento Cusco excepto el auto admisorio de demanda, y que el Juzgado disponga el emplazamiento de Luz Sofía Baca Soto con la demanda y anexos a fin de restablecer su derecho a la defesa. 3.- Consentida o ejecutoriada que sea la presente remítase el proceso N° 00251-2010-0-1001-JM-CI-02 anexo al presente, al Segundo Juzgado Mixto de Wanchaq para los fines consiguientes, adjuntando ¡as copias de los actuados pertinentes del presente proceso. 4.- Con costos y Costas. Y los devolvieron”; y en el VOTO EN DISCORDIA de la Señora Juez Superior Karinna Justina Holgado Noa, al que se adhiere la Señorita Juez Superior Begonia del Rocío Velásquez Cuentas, es porque: “REVOCAR la Sentencia contenida en la resolución N° 61 de fecha 3 de Julio de 2017 que resuelve declarar: “ IMPROCEDENTE la petición de abandono del proceso formulada por los demandados Elvira Jurado Chamorro, Americo Cama Ormachea..2.- FUNDADA la demanda interpuesta por LUZ SOFÍA BACA SOTO representada por su apoderado Valerio Martiarena Gutiérrez contra AMERICO CAMA ORMACHEA, GERTRUDES CUSI MAYHUA... DECLARO NULO todo lo actuado en el proceso N° 00251-2010-0-1001-JM-CI-02...” y, REFORMÁNDOLA DECLARARON IMPROCEDENTE la demanda interpuesta por LUZ SOFÍA BACA SOTO. Y devolvieron los actuados”. En consecuencia, teniendo en cuenta lo dispuesto por el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que establece que tratándose de resoluciones, que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que DISPUSIERON llamar como Juez dirimente al Señor Juez Superior Franklin Gregorio Gutiérrez Merino integrante de la Primera Sala Laboral de Cusco; SEÑALÁNDOSE fecha de VISTA DE CAUSA para el 14 DE MAYO DE 2018, a horas 3:00 DE LA TARDE, la que se realizará en la sala de audiencias ubicada en el segundo piso, oficina 200 del Palacio de Justicia, pudiendo informar los abogados de las partes que lo soliciten por el término de cinco minutos; no siendo necesario que los ya autorizados para informar reiteren su pedido.- ORDENARON que mediante Secretaría de Sala se cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.-. S.S.-Media Firma de las Señoras Jueces Superiores. VELÁSQUEZ CUENTAS, DELGADO AYBAR Y HOLGADO NOA.- Firma de la Secretaria de Sala, Roxana Bohórquez Abarca. Cusco, 20 de abril de 2018. J. S (24. 25. 26 ABR)
EDICTO JUDICIAL Por ante el Primer Juzgado de Familia de Cusco que despacha el señor Juez Dr. Cesar Aquiles Espinoza Delgado se viene tramitando el Expediente Nro. 3673-2017 sobre infracción contra el patrimonio promovido en favor de Brayan Washington Cusipaucar se ha ordenado notificar a ARAGÓN VALVERDE, JHERSHI con el contenido - extracto - de la sentencia siendo como sigue: Resolución Nro. 14 Cusco, veintitrés de febrero del dos mil dieciocho.-”... FALLA: PRIMERO. Declarar la responsabilidad del adolescente Brayan Washington Cusipaucar Gutiérrez, por la infracción a la Ley Penal en la comisión del delito contra el Patrimonio, en la modalidad de Hurto, sub tipo Hurto Agravado, en agravio de Jhershi Aragón Valverde; por lo que, se le impone al infractor la medida socioeducativa de INTERNAMIENTO por un periodo indefectible de VEINTICUATRO MESES, (DOS AÑOS), los mismos que con el descuento del internamiento preventivo que viene cumpliendo desde el 17 de agosto del 2017, vencerá el 17 de agosto del 2019, fecha en que será puesto en libertad, siempre que no exista en su contra otro mandato de internamiento o detención emanado de autoridad competente. SEGUNDO. Disponer que se remita a este Juzgado el informe de seguimiento sobre los avances Y CUMPLIMIENTO DE LA MEDIDA SOCIOEDUCATIVA IMPUESTA, conforme lo establecido en el artículo 241-E del Código de los niños y adolescentes. TERCERO. Disponer que el adolescente infractor, y/o padres y/o responsables, pague la suma de S/200.00 (doscientos con 00/100 Soles), por concepto de reparación civil en favor del agraviado Jhershi Aragón Valverde. CUARTO. Consentida o ejecutoriada la presente resolución transcríbase a la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia de Cusco la medida socio educativa aplicada. Avocándose la señora Juez Supernumeraria
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que suscribe del conocimiento de la presente causa, y con la intervención del Especialista que da cuenta por disposición Superior. Tómese razón y Hágase saber. Cusco, 18 de Abril del 2018. J. S (24. 25. 26 ABR)
EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 004749-2017-0-1001-JR-FP-03 En el 3o JUZGADO FAMILIA DE CUSCO que despacha el señor juez Edwin Romel Bejar Rojas se ha dispuesto la notificación del presunto infractor CRISTIAN ROJAS QUISIYUPANQUI para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra , en el proceso que se le sigue por infracción contra el patrimonio , en su modalidad de hurto sub tipo robo agravado en agravio de Dimas Forton Mendoza y Shirley Quispe Sánchez. Se lijo nueva fecha y hora para la Audiencia de Esclarecimiento de Hechos para el día OCHO DE MAYO del dos mil dieciocho a horas CATORCE CON TREINTA. Bajo la actuación de la Secretaria Judicial Lidú Magnolia Yupanqui Puma. Cusco, 19 de abril del 2018 J. S (24. 25. 26 ABR)
NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO A LA PERSONA DE CARMEN YOVANA CASTRO FARFAN Ante el Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Maranura que despacha el Juez Supernumerario Francisco Ponce Atencio, bajo la actuación de la Especialista de Juzgado Betsy Roció Séneca Condori, se viene tramitando el Proceso Penal signado con el Nro. 29-2013-05-NCPP, seguido contra CARMEN YOVANA CASTRO FARFAN por la presunta comisión del Delito de delitos cometidos por funcionarios públicos, en agravio del Jurado nacional de Elecciones, en la cual se ha dispuesto la notificación vía edicto al imputado CARMEN YOVANA CASTRO FARFAN, a fin de que concurra con su abogado de su libre elección a LA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN REPROGRAMADA PARA EL DÍA VEINTIDÓS DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A DIEZ DE LA MAÑANA en el Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Maranura, bajo apercibimiento de designarse un defensor de oficio. Maranura, 11 de abril del 2018. J. S (24. 25. 26 ABR)
NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO A LA PERSONA DE FLORENTINO PEÑA AGUILAR Ante el Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Maranura que despacha el Juez Supernumerario Francisco Ponce Atencio, bajo la actuación de la Especialista de Juzgado Betsy Roció Séneca Condori, se viene tramitando el Proceso Penal signado con el Nro. 29-2013-05-NCPP, seguido contra FLORENTINO PEÑA AGUILAR, por la presunta comisión del Delito de delitos cometidos por funcionarios públicos, en agravio del Jurado nacional de Elecciones, en la cual se ha dispuesto la notificación vía edicto al imputado FLORENTINO PEÑA AGUILAR, a fin de que concurra con su abogado de su libre elección a LA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN REPROGRAMADA PARA EL DÍA VEINTIDÓS DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A DIEZ DE LA MAÑANA en el Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Maranura, bajo apercibimiento de designarse un defensor de oficio. Maranura, 11 de abril del 2018. J. S (24. 25. 26 ABR)
NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO A LA PERSONA DE YERKO MIRKO ZAVALETA OTAZU Ante el Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Maranura que despacha el Juez Supernumerario Francisco Ponce Atencio, bajo la actuación de la Especialista de Juzgado Betsy Rocio Séneca Condori, se viene tramitando el Proceso Penal signado con el Nro. 29-2013-05-NCPP, segui-
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do contra YERKO MIRKO ZAVALETA OTAZU. por la presunta comisión del Delito de delitos cometidos por funcionarios públicos, en agravio del Jurado nacional de Elecciones, en la cual se ha dispuesto la notificación vía edicto al imputado YERKO MfRKO ZAVALETA OTAZU, a fin de que concurra con su abogado de su libre elección a LA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN REPROGRAMADA PARA EL DÍA VEINTIDÓS DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A DIEZ DE LA MAÑANA en el Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Maranura, bajo apercibimiento de designarse un defensor de oficio. Maranura, 11 de abril del 2018. J. S (24. 25. 26 ABR)
NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO A LA PERSONA DE HELEN AYLEN RODRÍGUEZ LAVADO, SAMUEL CHIPAO VALLEJOS Y WASIHNGTON PÉREZ HERHUAY Ante el Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Maranura que despacha el Juez Supernumerario Francisco Ponce Atencio, bajo la actuación de la Especialista de Juzgado Betsy Roció Séneca Condori, se viene tramitando el Proceso Penal signado con el Nro.27-2014-NCPP, seguido contra HELEN AYLBN RODRÍGUEZ LAVADO. WASHINGTON PERES HERHUAY por la presunta comisión del Delito de Usurpación de funciones, en agravio del Estando, en la cual se ha dispuesto la notificación vía edicto a los imputados HELEN AYLEN RODRÍGUEZ LAVADO. WASHINGTON PERES HERHUAY. a fin de que concurra con su abogado de su libre elección a LA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN REPROGRAMADA PARA EL DÍA SIETE DE JUNIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS TRES DE LA TARDE en el Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Maranura, bajo apercibimiento de designarse un defensor de oficio. Maranura, 26 de Marzo del 2018. J. S (24. 25. 26 ABR)
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 23 de abril del 2018. J. S (24. 25. 26 ABR)
EDICTO PENAL Expediente N° 159-2010-57-2701-JR-PE-01. Juzgado Penal Unipersonal Delitos Ambientales de Tambopata. Juez: Jesús Esquivel Vega. Especialista Judicial: Ingrid Apaza Guevara. Se cita y emplaza al acusado JAVIER CONDORI AYTE, con DNI N° 41976431, a la audiencia de Juicio Oral, programado para el día 04 DE JUNIO DEL AÑO 2018 A HORAS 07:30 DE LA MAÑANA, LA MISMA QUE SE REALIZARA EN LA SALA DE AUDIENCIAS DEL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DELITOS AMBIENTALES DE TAMBOPATA, sito en la Av. Ernesto Rivero Nro. 720 de Puerto Maldonado; por estar dispuesto así en el Proceso penal N° 152-2010-57, seguido contra JAVIER CONDORI AYTE, RODOLFO ARANA PORRAS y ASUNCION FERNANDEZ CHAMPI como coautores por la presunta comisión del delito Ambiental- Delito contra los recursos naturales en su modalidad de delito contra los bosques y formaciones boscosas, sub tipo DESTRUCCIÓN DE BOSQUES Y FORMACIONES BOSCOSAS NATURALES EN SU FORMA AGRAVADA, previsto y sancionado en el artículo 310 tipo base del código penal y la gravante prevista en el inciso 06 del artículo 310- C del mismo cuerpo legal, en agravio del ESTADO PERUANO representado por el Procurador Público Especializado en Delitos Ambientales; quien deberá asistir bajo expreso apercibimiento de ser declarada reo contumaz o ausente respectivamente, en caso de advertirse su inconcurrencia, ordenándose su captura y conducción compulsiva a nivel nacional. Puerto Maldonado, 06 de Abril de 2018. J. S (24. 25. 26 ABR)
EDICTO JUDICIAL EDICTO
NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO A LA PERSONA DE EULOGIO HUAMANI DUEÑAS Ante el Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Maranura que despacha el Juez Supernumerario Francisco Ponce Atención, bajo la actuación de la Especialista de Juzgado Betsy Rocio Séneca Condori, se viene tramitando el Proceso Penal signado con el Nro. 27-2017-38-NCPP, seguido contra EULOGIO HUAMANI DUEÑAS, por la presunta comisión del Delito de Violación Sexual de menor de edad, en agravio de menor de iniciales M.Y.H.C; en la cual se ha dispuesto en mediante resolución número ocho de fecha 29 de enero del 2018, la notificación vía edicto al imputado EULOGIO HUAMANI DUEÑAS, a fin de que concurra con su abogado de su libre elección a LA AUDIENCIA DE PRISIÓN PREVENTIVA REPROGRAMADA PARA EL DÍA VIENTIDOS DE MAYO DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS TRES DE LA TARDE en el Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Maranura, bajo apercibimiento de designarse un defensor de oficio. Maranura, 21 de marzo del 2018. J. S (24. 25. 26 ABR)
EDICTO PENAL Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención Especialista: Jennifer Tupayachi Ayala Se cita y emplaza a MARLENI CHOQUE RICALDE, en el Proceso Nro. 170-2017-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito CONDUCCION ES ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de LA SOCIEDAD, para que asista a la audiencia de Incoación De Proceso Inmediato. Y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día SIETE DE MAYO DEL DOS MIL DEICIOCHO A HORAS ONCE DE LA MAÑANA (11.00 A M).En la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad
Ante el JPLSJ-Cusco, en el Exped. N° 54-2018-CI seguido por MIGUEL ANTAY QUISPE sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO en cuanto a la consignación de los datos de su progenitora, siendo lo correcto JUSTINA QUISPE FLORES, se ha dispuesto la publicación del presente para los fines de Ley.San Jerónimo, 16-04-2018 P. 6663055 F. (25, 26, 27 ABR)
REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA A SUBASTA PÚBLICA En el expediente No. 576-2015 seguido por MARIO SANTOS FRANCO CONDOR contra ROBERTO GARAY SOSA, sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, el Primer Juzgado Mixto Sede Wanchaq de Cusco a cargo de la Juez Dra. Yanet Ofelia Paredes Salas, asistido por la Especialista Legal Crisalta Salazar Yauta, ha facultado al Martiliero Público Carlos Alberto Gonzáles Barzotti con Registro N? 195 para llevar a cabo el REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA sobre los derechos y acciones (50%) del inmueble que corresponden a Roberto Garay Sosa ubicado en Avenida Fracción de Terreno Urbano en la Calle Independencia (N° 245, 247, 251) de la Ciudad de Quillabamba del Distrito de Santa Ana, Provincia de la Convención, Departamento del Cusco inscrito en la Partida Nro. 05000141 del Registro de Propiedad inmueble, Zona Registral N° X, Oficina Registral Quillabamba-Sede Cusco. VALOR DE LA TASACION: S/497,896.08 (Cuatrocientos noventa y siete mil ochocientos noventa y seis con 08/100 Soles) BASE DE REMATE: S/331,930.72 (Trescientos treinta y un mil novecientos treinta con 72/100 Soles) que son las dos terceras partes del valor de la Tasación por tratarse de la Primera Convocatoria. AFECTACIONES: 1) ANOTACION DE TRASLADO DE ASIENTOS.- Mediante Resolución de Unidad Registral N° 127-2014-SUNARP- Z.R.N°X/UR de fecha 27/10/2014, suscrita por la Jefa de la Unidad Registral (e) Mery M. Huillca
Viernes, 27 de abril del 2018
Cursi resuelve, complementar la omisión incurrida en el Resolución de Unidad Registral N° 127-2014-SUNARPZ.R.N°X/UR, debiendo en adelante entenderse que además se extienda la anotación de traslado de los asientos 12 y 13 de la Partida Electrónica N° 11011952 (Partida menos antigua) a la Partida Electrónica N° 05000141 (Partida más antigua); 2)Hipoteca.- REINHARD PLAZA BARTSCH constituye hipoteca de segundo grado sobre el predio materia de la partida a favor de OLGA ROCÍO MADERA CASTILLO hasta por la suma de US$ 80,000.00 dólares americanos, así consta inscrito en el As. 12; 3) Embargo.- Ordenado por el Juez Provisional del Primer Juzgado Mixto de Wanchaq Cusco, Dr. Nelly C. Yabar Villagarcia, con la actuación de la Secretaria Judicial Crisalta Salazar Yauta, en el proceso N° 576-2015, mediante Resolución N° 03 de fecha 30/09/2015 ha ordenado trabar embargo en forma de inscripción sobre los derechos y acciones del inmueble correspondiente al demandado Roberto Garay Sosa hasta por la suma de US$ 60,000.00 dólares americanos, así consta inscrito en el As. 14, los asientos antes descritos corren registrados en la Partida Nro. 05000141 del Registro de Propiedad inmueble, Zona Registral N° X, Oficina Registral Quillabamba - Sede Cusco. DIA Y HORA DEL REMATE: 15 de mayo del 2018 a horas 08:30 a.m. (ocho con treinta minutos de la mañana). LUGAR DE REMATE: En el local del Primer Juzgado Mixto Sede Wanchaq de Cusco, sito Sede Urb. La Florida C-14 Pasaje Kantus (Wanchaq). LOS POSTORES: Depositaran el 10% de la tasación en Cheque de Gerencia a su nombre o efectivo adjuntando DNI en original y copia, adjuntando tasa judicial por derecho a participaren remate judicial en original y copia, en la que se consignará a este Juzgado, Número de Expediente y Número de DNI, los honorarios del Martiliero Publico son por cuenta del Adjudicatario, de conformidad con el Articulo 732 del Código Procesal Civil y Articulo 18 del Decreto Supremo N? 008-2005-JUS y están afectos al IGV. Carlos Alberto Gonzáles Barzotti, Martiliero Publico Registro N2 195; Especialista Legal Crisalta Salazar Yauta, Primer Juzgado Mixto Sede Wanchaq de Cusco.
DEZ, a fin de que se rectifique los errores materiales en que se ha incurrido al momento de inscribir el acta de defunción de quien en vida fue OSCAR ALBERTO CARDENAS SALAS en el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC Cusco, ya que se ha incurrido en los siguientes errores materiales: En el rubro de los prenombres del fallecido se ha consignado como “ALBERTO O”, cuando lo correcto es “OSCAR ALBERTO”, debiendo figurar de forma correcta como: OSCAR ALBERTO CARDENAS SALAS. Errores que le causan perjuicios. Publicación que se pone a conocimiento del público para los fines de ley.
CRISALTA SALAZAR YAUTA SECRETARIA JUDICIAL
Ante el JPLSJ-Cusco, en el Exped. N° 133-2018-CI seguido por MARITZA AUGUSTA VALVERDE BELLIDO sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO en cuanto a la consignación de los datos de su progenitura, siendo lo correcto ANGÉLICA BELLIDO ROSAPEREZ, se ha dispuesto la publicación del presente para los fines de Ley.-
CARLOS ALBERTO GONZÁLES BARZOTTI MARTILLERO PÚBLICO P. 6663239 F. (25, 26, 27, 30 ABR Y 02, 03 MAY)
AVISO JUDICIAL ANTE EL JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL DISTRITO DE SAN SEBASTIAN QUE CORRE BAJO LA DIRECCIÓN DEL SEÑORITA MAGISTRADO DRA. LYNDA VARGAS MANGA, EN EL PROCESO JUDICIAL NO. 00085-2018-0-1001-JPCI-04 SEGUIDA POR CIPRIANA CCOSCCO CCOYA SOBRE RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE MATRIMONIO DE QUIEN REFIERE ES SU PROGENITURA, RESPECTO A LA CORRECCIÓN DEL NOMBRE COMPLETO DE QUIEN REFIERE ES SU PROGENITURA, EN EL QUE SE CONSIGNA COMO “HILARIA CCOYA LAVILLA” DEBIENDO SER LO CORRECTO “HILARIA CCOYA LLAVILLA”; SE HA DISPUESTO SE PROCEDA A LA NOTIFICACIÓN EDICTAL, A LAS PERSONAS QUE PUDIERAN INVOCAR DERECHO ALGUNO EN EL CASO PRESENTE, LO QUE SE PONE EN CONOCIMIENTO DE LOS INTERESADOS PARA LOS FINES CONSIGUIENTES, MEDIA FIRMA DEL ESPECIALISTA Y FIRMA COMPLETA DEL SEÑOR JUEZ. CUSCO, SAN SEBASTIAN, 23 DE ABRIL DEL 2018. JUAN RONALD BORNAS GUERRA SECRETARIO JUDICIAL P. 6663418 F. (26 ABR)
EDICTO JUDICIAL Ante el Primer Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Cusco, a cargo de la señora Juez Dra. María del Carmen Villagarcía Valenzuela y bajo la actuación de la Secretaria Judicial Ketty Conchoy Ochoa, se viene tramitando el proceso Nro. 00192-2018, sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE DEFUNCION, solicitado por INES CARDENAS BERMU-
Cusco, 23 de abril de 2018. KETTY CONCHOY OCHOA SECRETARIA JUDICIAL P. 6665976 F. (26 ABR)
EDICTO JUDICIAL Ante el JPLSJ-Cusco, en el Exped. N° 134-2018-CI seguido por OSCAR CESAR VALVERDE BELLIDO sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO en cuanto a la consignación de los datos de su progenitura, siendo lo correcto ANGÉLICA BELLIDO ROSAPEREZ, se ha dispuesto la publicación del presente para los fines de Ley.San Jerónimo, 20-04-2018 ELIZABETH MAGNOLIA PAREDES SALAS SECRETARIA JUDICIAL P. 6665986 F. (25, 26, 27 ABR)
EDICTO JUDICIAL
San Jerónimo, 20-04-2018 ELIZABETH MAGNOLIA PAREDES SALAS SECRETARIA JUDICIAL P. 6665981 F. (25, 26, 27 ABR)
NOTIFICACION POR EDICTOS En el proceso Nro. 81-2018 tramitada ante el Juzgado de Paz Letrado del Distrito de San Sebastián, despachado por la Juez Dra. Lynda Vargas Manga bajo la actuación de la secretaria Dra. Antonina Ponce de León mediante resolución Nro. .2 de fecha diecinueve de enero del año en curso se ha dispuesto notificar al demandado ELIAS QUISPE SOTO Con la demanda y auto admisorio mediante edictos debiendo de realizarse las publicaciones en el diario Oficial el peruano y en el de mayor circulación por el término de tres días consecutivos bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal.- Res Nro. 2 SE RESUELVE: admitir a trámite en la vía del Proceso extraordinario de filiación extramatrimonial interpuesta por LUCIA PAOLA CORIHUAMAN HUAMAN sobre DECLARACION JUDICIAL DE PATERNIDAD EXTRAMATRIMONIAL acumulativamente prestación de alimentos contra ELIAS QUISPE SOTO cumpla con declarar y reconocer la paternidad respecto de la menor Carmen Paola Quispe Corihuaman o asi lo viera por conveniente lo formule oposición y se obligue a realizarse la prueba de ADN dentro de los diez días siguientes caso contrario se rechazara de plano la oposición conforme a ley bajo apercibimiento de convertirse el mandato en declaración judicial de paternidad .- Así mismo córrase traslado sobre prestación de alimentos por el plazo de ley .- AL OTROSI DOIGO.- Por ofrecidos los medios probatorios H. S.ANTONINA PONCE DE LEÓN PAGUADA SECRETARIA JUDICIAL
Viernes, 27 de abril del 2018
P. 6659324 F. (25, 26, 27 ABR)
EDICTO Ante el Primer Juzgado Especializado en lo Civil de Cusco, despachado por la Sra. Jueza Doctora Sandra Contreras Campana, se tramita el proceso civil N° 00309-2018-0-1001-JR-CI-01, seguido por Alejandro Rojas Buleje, sobre Ineficacia de Titulo Valor, contra Pacifico Cusco SAC y otro; en el que se ha emitido la resolución número 01, de 02-04-2018, que dispone: “ADMITIR a trámite la demanda interpuesta ALEJANDRO ROJAS BULEJE, sobre INEFICACIA DE TITULO VALOR, contra PACIFICO CUSCO SAC y BBVA BANCO CONTINENTAL; debiendo sustanciarse la misma en la vía del PROCESO SUMARISIMO, en consecuencia, conforme el artículo 103.2 de la ley N° 27287 se ORDENA que el Banco BBVA Continental y Pacifico Cusco SAC, RETENGAN el pago de las obligaciones representadas por los títulos valores materia de autos, para cuyo efecto gírese los OFICIOS respectivos, asimismo se DISPONE la publicación del extracto de la solicitud durante cinco días, en aplicación a la modificatoria del artículo 167 del TUO del Código Procesal Civil, efectuado por Ley N° 30293, publíquese los edictos en el diario oficial de la Corte Superior de Justicia del Cusco (La República), así como fíjese una copia del edicto en la tablilla del Módulo Civil destinado para ello. Téngase en cuenta los medios probatorios ofrecidos para su oportunidad procesal, agréguese a sus antecedentes los anexos adjuntos. Al Primer Otrosí.- Estese a lo dispuesto precedentemente. H. S.” Fdo. Juez Contreras Campana, Esp. Legal. Huamán Sequeiros.
cia. Quillabamba, 17 de abril del 2018.
EDICTO EDICTO Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de La Convención Especialista: Fiorella Milagros Miranda Yanquirimachi Expediente: 007-2018 RESOLUCIÓN N° 02. Quillabamba. cinco de abril , de dos mil dieciocho.- SE RESUELVE: PRIMERO.- DECLARAR FRUSTRADA LA AUDIENCIA PÚBLICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, por inconcurrencia del imputado, del cual se desconoce la realización de la notificación válidamente en el Exp. 0007-2018-0-1010-JR-PE-01 en contra de EDSON JÚNIOR SÁNCHEZ JIMÉNEZ, por la comisión del delito de conducción en estado de ebriedad; en agravio del Estado. SEGUNDO: REPROGRAMAR LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DÍA DIEZ DE MAYO DE DOS MIL DIECIOCHO AUDIENCIA PÚBLICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, a horas OCHO Y TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA, que deberá efectuarse en esta misma sala de audiencia con concurrencia obligatoria de las partes procesales quedando notificados el señor Fiscal y la defensa del imputado. Se declara INAPLAZABLE la audiencia. (...) Quillabamba, 17 de abril del 2018. J. S (25, 26, 27 ABR)
P. 6666119 F. (25, 26, 27, 30 ABR Y 02 MAY)
EDICTO Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de La Convención Especialista: Fiorella Milagros Miranda Yanquirimachi Expediente: 1180-2017 RESOLUCIÓN N° 02. Quillabamba, dieciséis de marzo, de dos mil dieciocho.-(...) SEGUNDO: REPROGRAMAR LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DÍA VEINTISÉIS DE ABRIL DE DOS MIL DIECIOCHO AUDIENCIA PÚBLICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, a horas OCHO DE LA MAÑANA, que deberá efectuarse en esta misma sala de audiencia con concurrencia obligatoria de las partes procesales quedando notificados el señor Fiscal y la defensa del imputado. Se declara INAPLAZABLE la audiencia. Quillabamba, 17 de abril del 2018.
EDICTO
J. S (25, 26, 27 ABR)
J. S (25, 26, 27 ABR)
EDICTO Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de La Convención Especialista: Fiorella Milagros Miranda Yanquirimachi Expediente: 1194-2017 RESOLUCIÓN N° 02, Quillabamba, dieciséis de marzo, de dos mil dieciocho.- (...) SE RESUELVE: PRIMERO.- DECLARAR FRUSTRADA LA AUDIENCIA PÚBLICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, por inconcurrencia del imputado, del cual se desconoce la realización de la notificación válidamente en el Exp. 01194-2017-0-1010-JR-PE-01 en contra de JOHANS PENA CCAHUANA, por la comisión del delito la Seguridad, en la modalidad de Peligro Común, sub tipo Conducción en Estado de Ebriedad o drogadicción previsto y sancionado por el primer párrafo del Art. 274 del Código Penal, en agravio del Estado. SEGUNDO: REPROGRAMAR LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DÍA VEINTISÉIS DE ABRIL DE DOS MIL DIECIOCHO AUDIENCIA PÚBLICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, a horas OCHO y CUARENTA y CINCO DE LA MAÑANA, que deberá efectuarse en esta misma sala de audiencia con concurrencia obligatoria de las partes procesales quedando notificados el señor Fiscal y la defensa del imputado. Se declara INAPLAZABLE la audien-
Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de La Convención Especialista: Fiorella Milagros Miranda Yanquirimachi Expediente: 00266-2018 RESOLUCIÓN N° 02. Quillabamba, veintiocho de marzo De dos mil dieciocho.PRIMERO.- DECLARAR FRUSTRADA LA AUDIENCIA PÚBLICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, en el Exp. 0266-2018-0-1010-JR-PE-01 en contra de RICARDO GÓMEZ CCOYORI, por la presunta comisión del delito contra la Administración de Justicia en la modalidad de DELITOS COMETIDOS POR PARTICULARES, subtipo DESOBEDIENCIA A LA AUTORIDAD previsto en el primer Párrafo del artículo 368° del Código Pena! en agravio del Estado representado por la PROCURADURÍA DE ASUNTOS JUDICIALES DEL PODER JUDICIAL.. SEGUNDO: REPROGRAMAR LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DÍA VEINTISIETE DE ABRIL DE DOS MIL DIECIOCHO AUDIENCIA PUBLICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, a horas NUEVE DE LA MAÑANA, que deberá efectuarse en esta misma sala de audiencia con concurrencia obligatoria de las partes procesales quedando notificados el señor Fiscal y la defensa del imputado. Se declara INAPLAZABLE la audiencia. (...) Quillabamba, 17 de abril del 2018. J. S (25, 26, 27 ABR)
Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de La Convención Especialista: Fiorella Milagros Miranda Yanquirimachi Expediente: 00025-2018 RESOLUCIÓN N° 02.. Quillabamba. cinco de abril , de dos mil dieciocho.- SE RESUELVE: PRIMERO.- DECLARAR FRUSTRADA LA AUDIENCIA PÚBLICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, por inconcurrencia del imputado, del cual se desconoce la realización de la notificación válidamente en el Exp. 0025-2018-0-1010-JR-PE-01 en contra de JOSÉ CLEMENTE HUANCAS MEGO, por la comisión del delito de conducción en estado de ebriedad; en agravio del Estado. SEGUNDO: REPROGRAMAR LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DÍA DIEZ DE MAYO DE DOS MIL DIECIOCHO AUDIENCIA PÚBLICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, a horas OCHO Y QUINCE MINUTOS DE LA MAÑANA, que deberá efectuarse en esta misma sala de audiencia con concurrencia obligatoria de las partes procesales quedando notificados el señor Fiscal y la defensa del imputado. Se declara INAPLAZABLE la audiencia. (...) Quillabamba, 17 de abril del 2018.
EDICTO Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de La Convención Especialista: Fiorella Milagros Miranda Yanquirimachi Expediente: 01200-2017 RESOLUCIÓN N° 02. Quillabamba. cuatro de abril , De dos mil dieciocho.-(...) SE RESUELVE: PRIMERO.- DECLARAR FRUSTRADA LA AUDIENCIA PÚBLICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, por inconcurrencia del imputado, del cual se desconoce la realización de la notificación válidamente en el Exp. 01200-2017-0-1010-JR-PE-01 en contra de DARÍO MAR ILLANES, por la comisión del delito Incumplimiento de Obligación Alimentaria, previsto en el primer párrafo del artículo 149° del Código Penal; en agravio del J.D.M.C. representado por su progenitora Martha Callapina Noa. SEGUNDO: REPROGRAMAR LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DÍA VEINTISÉIS DE ABRIL DE DOS MIL DIECIOCHO AUDIENCIA PÚBLICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, a horas DIEZ DE LA MAÑANA, que deberá efectuarse en esta misma sala de audiencia con concurrencia obligatoria de las partes procesales quedando notificados el señor Fiscal y la defensa del imputado. Se declara INAPLAZABLE la audiencia. (...) Quillabamba, 17 de abril del 2018
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sala de audiencia con concurrencia obligatoria de las partes procesales quedando notificados el señor Fiscal y la defensa del imputado. Se declara INAPLAZABLE la audiencia. (...) Quillabamba, 17 de abril del 2018.
J. S (25, 26, 27 ABR)
J. S (25, 26, 27 ABR)
Cusco, 23 de abril de 2018. ISABEL CRISTINA HUAMÁN SEQUEIROS ESPECIALISTA LEGAL
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
EDICTO Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de La Convención Especialista: Fiorella Milagros Miranda Yanquirimachi Expediente: 0067-2018 RESOLUCIÓN N°02. Quillabamba, cinco de abril, De dos mil dieciocho.SE RESUELVE: PRIMERO.- DECLARAR FRUSTRADA LA AUDIENCIA PÚBLICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, por inconcurrencia del imputado, del cual se desconoce la realización de la notificación válidamente en el Exp. 00672018-0-1010-JR-PE-01 en contra de JULIO DAVID RAMIRO CONCHA, por la comisión del delito de conducción en estado de ebriedad; en agravio del Estado. SEGUNDO: REPROGRAMAR LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DÍA VEINTISÉIS DE ABRIL DE DOS MIL DIECIOCHO AUDIENCIA PÚBLICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, a horas NUEVE DE LA MAÑANA. que deberá efectuarse en esta misma sala de audiencia con concurrencia obligatoria de las partes procesales quedando notificados el señor Fiscal y la defensa del imputado. Se declara INAPLAZABLE la audiencia. (...) Quillabamba, 17 de abril del 2018. J. S (25, 26, 27 ABR)
EDICTO Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de La Convención Especialista: Fiorella Milagros Miranda Yanquirimachi Expediente: 00010-2018 RESOLUCIÓN N° 02. Quillabamba, cinco de abril, de dos mil dieciocho.SE RESUELVE: PRIMERO.- DECLARAR FRUSTRADA LA AUDIENCIA PÚBLICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, por inconcurrencia del imputado, del cual se desconoce la realización de la notificación válidamente en el Exp. 0010-2018-0-1010-JR-PE-01 en contra de JULS HERSON CANDÍA CUSIHUALLPA, por la comisión del delito de conducción en estado de ebriedad; en agravio del Estado. SEGUNDO: REPROGRAMAR LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DÍA DIEZ DE MAYO DE DOS MIL DIECIOCHO AUDIENCIA PÚBLICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, a horas OCHO Y CUARENTA Y CINCO MINUTOS DE LA MAÑANA, que deberá efectuarse en esta misma
J. S (25, 26, 27 ABR)
EDICTO Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de La Convención Especialista: Fiorella Milagros Miranda Yanquirimachi Expediente: 00268-2018 RESOLUCIÓN N° 02. Quillabamba, seis de abril, de dos mil dieciocho.- (...) SE RESUELVE: PRIMERO.- DECLARAR FRUSTRADA LA AUDIENCIA PÚBLICA DE CONTROL DE ACUSACIÓN, por inconcurrencia del imputado del cual se desconoce la realización de la notificación válida en el Exp. 00268-2018-0- 1010-JR-PE-01 en contra de STARKI CUNO LLAMACPONCCA, por la comisión del delito contra el Patrimonio en la modalidad de Hurto, subtipo HURTO AGRAVADO, previsto y sancionado en el numeral 1 del artículo 186 del Código Penal, concordante con el artículo 185” del Código Penal, en agravio de Elena Challco Quispe. SEGUNDO: REPROGRAMAR LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DÍA CATORCE DE MAYO DE DOS MIL DIECIOCHO AUDIENCIA PÚBLICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, a horas OCHO DE LA MAÑANA, (...) 3.V. EDICTO Quillabamba, 17 de abril del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de La Convención Especialista: Fiorella Milagros Miranda Yanquirimachi Expediente: 00271-2018 RESOLUCIÓN N° 02. Quillabamba, seis de abril ,de dos mil dieciocho.-SE RESUELVE: PRIMERO.- DECLARAR FRUSTRADA LA AUDIENCIA PÚBLICA DE CONTROL DE ACUSACIÓN, por inconcurrencia del imputado del cual se desconoce la realización de la notificación válida en el Exp. 00271-2018-0-1010-JR-PE-01 en contra de MAGALI PAIVA HUAMAN por la comisión del delito contra la vida, el cuerpo y la salud, en la modalidad de lesiones, sub tipo agresión en contra de los miembros del grupo familiar, previsto y sancionado en el primer párrafo del artículo 122-B del Código Penal en agravio de GABINO PECEROS ORTEGA. SEGUNDO: REPROGRAMAR LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DÍA CATORCE DE MAYO DE DOS MIL DIECIOCHO AUDIENCIA PÚBLICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, a horas NUEVE DE LA MAÑANA, que deberá efectuarse en esta misma sala de audiencia con concurrencia obligatoria de las partes procesales quedando notificados el señor Fiscal, agraviado y la defensa del imputado. (...) Quillabamba, 18 de abril del 2018 J. S (25, 26, 27 ABR)
EDICTO Resolución Nro.02 Quillabamba, cinco de abril, del año dos mil dieciocho Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de La Convención Especialista: Fiorella Milagros Miranda Yanquirimachi Expediente: 339-2018 DE OFICIO: Habiéndose programado audiencia de acusación directa para fecha 12 de abril del 2018 y estando a la disposición de la ETI-PENAL, que en la fecha programada se realizara una maratón de audiencias extraordinarias de procesos inmediatos, REPROGRÁMESE la audiencia pública de acusación directa para el día 25 DE ABRIL DEL AÑO 2018 a horas 08:00 DE LA MAÑANA, la misma que se ha de llevar a cabo en la Quinta Sala de Audiencias de esta Provincia, subsistiendo los apercibimientos precisados en autos, debiendo concurrir las partes obligadas bajo apercibimiento de ley. NOTIFIQUESE Quillabamba, 18 de abril del 2018. J. S (25, 26, 27 ABR)
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La República
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO J. S (25, 26, 27 ABR)
EDICTO TERCER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TAMBOPATA EXPEDIENTE: 01227-2016-21-2701-JR-PE-03 JUEZ: JUDITH NELLY ATAPAUCAR BARRIENTOS. ESPECIALISTA JUDICIAL: EDITH DINA POMA SACA. NUMERO DE RESOLUCIÓN: RES. 03, de fecha 23 de abril del 2018. SE NOTIFICA al sentenciado EUSTAQUIO TACURI GARCÍA, a fin de que asista a la AUDIENCIA DE REVOCATORIA DE PENA SUSPENDIDA, PROGRAMADA PARA EL JUEVES, 17 DE MAYO DEL 2018, A HORAS 08:31 DE LA MAÑANA (Hora Exacta), a realizarse en la Sala de Audiencias del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Tambopata, sito en Av. Ernesto Rivero N° 722 - I Bloque, 3o Pisode ésta ciudad; ello por haberse dispuesto así en el incidente de Revocatoria de Pena N° 1227-2016-21, seguido en su contra por la comisión del delito de Incumplimiento de Obligación Alimentaria, en agravio del menor de iniciales T.H.J., representado por su progenitura Josefina Holgado Alcca. Puerto Maldonado, 23 de Abril del 2018. J. S (25, 26, 27 ABR)
EDICTO PUBLICACIÓN QUE SE EFECTUA DE CONFORMIDAD A LO DISPUESTO POR EL ART. 144 DE L .O.P.J. 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 03524-2016-0-1001-JR-LA-02 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO DEMANDADO : DIRECTOR DE LA UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DEL CUSCO, DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION DEL CUSCO DEMANDANTE : BAEZ VIZARRETA, MARIO Resolución Nro. 13 Cusco, 17 de abril de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso por la recargada labor, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 9 del 24 de noviembre de 2017 (folio 82 a 93) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Ttito Quispe, emite voto en ponencia para que se confirme la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Murillo Flores; y la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de pago de la bonificación diferenciada con la remuneración total o íntegra”, para que se revoque la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFARO HERRERA, TTITO QUISPE.- Nadhim Nicole Josselyene Chávez Zevallos-Secretaria de Sala.
EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 02518-2017-0-1001-JR-LA-03 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO DEMANDADO : UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE ESPINAR , DEMANDANTE : CUELA PAIVA, JULIA Resolución Nro. 8 Cusco, 17 de abril de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso por la recargada labor, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 5 del 29 de setiembre de 2017 (folio 68 a 78) materia de grado, debido a que la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en ponencia para que se revoque la sentencia; y el Juez Superior señor Rolando Ttito Quispe, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de la bonificación diferencial”, para que se confirme la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto, al que se ha adherido el Juez Superior señor Murillo Flores; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFARO HERRERA, TTITO QUISPE.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala. J. S (25, 26, 27 ABR)
EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 01714-2017-0-1001-JR-LA-05 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO DEMANDADO : DIRECCIO NREGIONAL DE EDUCACION DEL CUSCO , DEMANDANTE : GARRAFA SANCHEZ, CELINA Resolución Nro. 10 Cusco, 18 de abril de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 5 del 23 de octubre de 2017 (folio 91 a 106) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Murillo Flores, emite voto en ponencia para que se revoque en parte la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Ttito Quispe; y la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de la bonificación diferencial”, para que se confirme la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo
Viernes, 27 de abril del 2018
144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFARO HERRERA, TTITO QUISPE.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala. J. S (25, 26, 27 ABR)
EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 00144-2017-0-1001-JR-LA-03 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO DEMANDADO : UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE QUISPICANCHI DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION DEL CUSCO , DEMANDANTE : UNSUETA GONZALES, MARIA GREGORIA Resolución Nro. 10 Cusco, 17 de abril de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso por la recargada labor, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 6 del 28 de setiembre de 2017 (folio 93 a 104) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Ttito Quispe, emite voto en ponencia para que se confirme la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Murillo Flores; y la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de pago de la bonificación diferenciada con la remuneración total o íntegra”, para que se revoque la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLO-
RES, ALFARO HERRERA, TTITO QUISPE.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala. J. S (25, 26, 27 ABR)
EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 01354-2017-0-1001-JR-LA-02 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO DEMANDADO : DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION DEL CUSCO , UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCALDE CANAS , DEMANDANTE : GARATE VELASCO, NELLY ELIZABETH Resolución Nro. 14 Cusco, 17 de abril de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso por la recargada labor, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 9 del 27 de octubre de 2017 (folio 105 a 121) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Ttito Quispe, emite voto en ponencia para que se confirme la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Murillo Flores; y la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de pago de la bonificación diferenciada con la remuneración total o íntegra”, para que se revoque la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFARO HERRERA, TTITO QUISPE.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala. J. S (25, 26, 27 ABR)
EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 01716-2017-0-1001-JR-LA-03 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO DEMANDADO : DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION DE CUSCO , UNIDAD DE GESTIO NEDUCATIVA LOCAL DE PARURO , DEMANDANTE : BARRIENTOS CURI, CRISPIN Resolución Nro. 12 Cusco, 17 de abril de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso por la recargada labor, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 8 del 29 de setiembre de 2017 (folio 109 a 121) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Ttito Quispe, emite voto en ponencia para que se confirme la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Murillo Flores; y la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de pago de la bonificación diferenciada
Viernes, 27 de abril del 2018
con la remuneración total o íntegra”, para que se revoque la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFARO HERRERA, TTITO QUISPE.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala. J. S (25, 26, 27 ABR)
EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 03584-2017-0-1001-JR-LA-03 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO DEMANDADO : UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE CANAS , DEMANDANTE : CHUQUITAPA PACHECO, BLANCA NOHEMY Resolución Nro. 7 Cusco, 17 de abril de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso por la recargada labor, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 3 del 29 de noviembre de 2017 (folio 74 a 88) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Ttito Quispe, emite voto en ponencia para que se confirme la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Murillo Flores; y la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de pago de la bonificación diferenciada con la remuneración total o íntegra”, para que se revoque la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con
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SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFARO HERRERA, TTITO QUISPE.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala. J. S (25, 26, 27 ABR)
EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 02820-2017-0-1001-JR-LA-02 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO DEMANDADO : UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE QUISPICANCHI DEMANDANTE : BUSTAMANTE MALDONADO, MARTHA Resolución Nro. 8 Cusco, 17 de abril de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso por la recargada labor, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 3 del 22 de setiembre de 2017 (folio 63 a 76) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Ttito Quispe, emite voto en ponencia para que se confirme la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Murillo Flores; y la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de pago de la bonificación diferenciada con la remuneración total o íntegra”, para que se revoque la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFARO HERRERA, TTITO QUISPE.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala. J. S (25, 26, 27 ABR)
EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 02227-2017-0-1001-JR-LA-02 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO DEMANDADO : DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION DEL CUSCO , UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE CUSCO , DEMANDANTE : CONTRERAS FELIX, JOSE IGNACIO Resolución Nro. 10 Cusco, 17 de abril de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso por la recargada labor, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 6 del 24 de noviembre de 2017 (folio 119 a 139) materia de grado, debido a que
el Juez Superior señor Ttito Quispe, emite voto en ponencia para que se confirme la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Murillo Flores; y la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de pago de la bonificación diferenciada con la remuneración total o íntegra”, para que se revoque la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFARO HERRERA, TTITO QUISPE.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala. J. S (25, 26, 27 ABR)
EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 03296-2016-0-1001-JR-LA-02 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO DEMANDADO : DIRECCION DE LA UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DEL CUSCO , DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION DEL CUSCO DEMANDANTE : PILARES CONTRERAS, EDITH CONCEPCION Resolución Nro. 9 Cusco, 17 de abril de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso por la recargada labor, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 5 del 24 de noviembre de 2017 (folio 75 a 89) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Ttito Quispe, emite voto en ponencia para que se confirme la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Murillo Flores; y la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de pago de la bonificación diferenciada con la remuneración total o íntegra”, para que se revoque la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con
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el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFARO HERRERA, TTITO QUISPE.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala. J. S (25, 26, 27 ABR)
EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 02560-2017-0-1001-JR-LA-03 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO DEMANDADO : DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION DE CUSCO , DEMANDANTE : CHAVEZ OCHOA, RAUL GREGORIO Resolución Nro. 8 Cusco, 17 de abril de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso por la recargada labor, habiéndose producido discordia respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 5 del 19 de octubre de 2017 (folio 44 a 50) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Ttito Quispe, emite voto en ponencia para que se confirme la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Murillo Flores; y la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en discordia para que se revoque la resolución antes mencionada; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFARO HERRERA, TTITO QUISPE.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala. Cusco, 24 de abril de 2018. J. S (25, 26, 27 ABR) EDICTO JUDICIAL 1o JUZ. DE INVES. PREPARATORIA - Sede Espinar EXPEDIENTE: 0052-2018-0-1009-JR-PE-01 JUEZ: ESTEBAN FREDDY ACHOMA TITO ESPECIALISTA: CINTHIA ELIANA CONDORI ZARATE Se pone en conocimiento del señor JUSTINO CHACCA CORDOVA, que la Fiscalía Provincial Penal de Espinar, ha requerido PROCESO INMEDIATO contra JUSTINO CHACCA CORDOVA, por el delito contra la familia en su modalidad de omisión a la asistencia familiar en su forma de Omisión de Prestación de Alimentos, en agravio de su menor hija de iniciales L. D. Ch. T., representado por su progenitora Maritza Taco Leandro; asimismo, se pone en su conocimiento la RESOLUCIÓN N° 01 de fecha trece de marzo del dos
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mil dieciocho, que resolvió: 1. ADMITIR A TRÁMITE el requerimiento de Proceso Inmediato requerida por la Fiscalía Provincial Penal de Espinar contra el imputado JUSTINO CHACCA CORDOVA. 2. CITAR a Audiencia Única de Proceso Inmediato (...), 3. PRECISAR que el imputado tiene derecho a negarse por cualquier motivo a estar presente en la audiencia de proceso inmediato, en cuyo caso será representado por su abogado de libre elección o defensor de oficio. 4. NOTIFIQUESE al imputado a su domicilio real y procesal con la presente resolución, quien en el plazo de veinticuatro horas deberá designar abogado defensor de su libre elección o ratificar al abogado defensor designado por el Ministerio Público a favor de dicho imputado, bajo apercibimiento designar Defensor Público en caso incumplimiento y llevarse a cabo la audiencia con asistencia del Defensor Público; por ser una audiencia inaplazable a quien deberá notificarse con el presente requerimiento, y a los demás sujetos en sus respectivos domicilio procesal señalado en auto; así también, se pone en su conocimiento que mediante resolución número tres se ha reprogramado la audiencia de incoación de proceso inmediato para el OCHO DE MAYO DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS NUEVE Y QUINCE HORAS.Espinar, 19 de Abril del 2018. J. S (25, 26, 27 ABR)
EDICTO JUDICIAL 1o JUZ. DE INVES. PREPARATORIA - Sede Espinar EXPEDIENTE: 00190-2017-0-1009-JR-PE-01 JUEZ: ESTEBAN FREDDY ACHOMATITO ESPECIALISTA: CINTHIA ELIANA CONDORI ZARATE Se pone en conocimiento del señor WILFREDO CCAPA ALVAREZ, que la Fiscalía Provincial Penal De Espinar, ha requerido PROCESO INMEDIATO contra WILFREDO CCAPA ALVAREZ, por el delito contra la familia en su modalidad de omisión a la asistencia familiar en su forma de Omisión de Prestación de Alimentos, en agravio de sus hijos LM.C.T. ; C.R.C.T. y J.E.C.T, representados por su progenitura MARISOL TAIPE MEZA; asimismo, se pone en su conocimiento la RESOLUCIÓN N° 01 de fecha veintisiete de marzo del dos mil dieciocho, que resolvió: 1. ADMITIR A TRÁMITE el requerimiento de Proceso Inmediato requerida por la Fiscalía Provincial Penal de Espinar contra el imputado WILFREDO CCAPA ALVAREZ. 2. CITAR a Audiencia Única de Proceso Inmediato (...), 3. PRECISAR que el imputado tiene derecho a negarse por cualquier motivo a estar presente en la audiencia de proceso inmediato, en cuyo caso será representado por su abogado de libre elección o defensor de oficio. 4. NOTIFIQUESE al imputado a su domicilio real y procesal con la presente resolución, quien en el plazo de veinticuatro horas deberá designar abogado defensor de su libre elección o ratificar al abogado defensor designado por el Ministerio Público a favor de dicho imputado, bajo apercibimiento designar Defensor Público en caso incumplimiento y llevarse a cabo la audiencia con asistencia del Defensor Público; por ser una audiencia inaplazable a quien deberá notificarse con el presente requerimiento, y a los demás sujetos en sus respectivos domicilio procesal señalado en auto; así también, se pone en su conocimiento que mediante resolución número dos se ha reprogramado la audiencia de incoación de proceso inmediato para el CATORCE DE MAYO DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS DIEZ HORAS.Espinar, 20 de Abril del 2018. J. S (25, 26, 27 ABR)
EDICTO JUDICIAL 1o JU2. DE INVES. PREPARATORIA - Sede Espinar. EXPEDIENTE: 0028-2016-48-1009-JR-PE-01 JUEZ: ESTEBAN FREDDY ACHOMATITO ESPECIALISTA: KATTY ELIZABETH APAZA HOLGUINO Se pone en conocimiento de YOLANDA CCORI HILARIO, APOLINARIO CHALLCO MAMANI, AURELIA CARRASCO FLOREZ Y VIRGINIA PACHECO TAIPE, que la Fiscalía Provincial Penal De Espinar, ha formulado CUSACION PENAL en contra de ALAIN FRANKLIN MEJIA AGUILAR, por la presunta comisión del delito contra el Patrimonio, modalidad de Estafa Genérica, tipo ESTAFA, prevista en el artículo 196 del Código Penal, en agravio de BASILIO CCOLQQUE PAUCCARA, VIRGINIA PACHECO TAIPE, FREDY SONCCO CHARA y YOLANDACCORI HILARIO y la CAJA RURAL DE AHORRO Y CRÉDITO “LOS ANDES S.A.”; asimismo, se pone en su conocimiento que mediante resolución número
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
once se dispuso reprogramar la audiencia de Requerimiento Mixto para el día DIEZ DE MAYO DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS DOCE HORAS. Espinar, 20 de Abril del 2018. J. S (25, 26, 27 ABR)
Viernes, 27 de abril del 2018
III. NOTIFICACIÓN FISCAL: Conforme. DEFENSA DE LA PARTE AGRAVIADA: Conforme. DEFENSA DEL IMPUTADO: Conforme. Cusco, 24 de Abril del 2018 J. S (25, 26, 27 ABR)
NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de Paucartambo que Despacha el señor Juez Wald Duran Chicata, bajo la actuación de la secretaria Judicial Lis Dennis Acuña Molle, se ha dispuesto mediante resolución 06 del 23 de abril del 2018, la notificación vía edicto en el expediente N° 31-2017-8-1013-JR-PE seguido contra Emiliano Quispe Quispe, por el Delito de Violación de persona en incapacidad de resistencia, con la resolución 06 del 23 de abril de[ 2018, en consecuencia, NOTIFIQUESE al acusado que mediante RESOLUCIÓN 06 del 23 de abril del 2018 este Despacho DISPONE: (...)DECLARAR FRUSTRADA la presente audiencia por defecto en la notificación al acusado Emiliano Quispe Quispe. 1. REPROGRAMAR LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DÍA VEINTIOCHO DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS NUEVE HORAS CON TREINTA MINUTOS, diligencia a verificarse en la sala de audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Paucartambo, sito en la calle colon S/N del Cercado de Paucartambo. 2. SE DISPONE la notificación del acusado Emiliano Quispe Quispe en su domicilio real, la misma que deberá remitirse al Juez de Paz de Colquepata; sin perjuicio de ello se dispone se notifique al imputado mediante edictos de ley en el Diario Judicial de Cusco.3. SE DESIGNA como abogado del imputado Emiliano Quispe Quispe al defensor público del Ministerio de Justicia de Paucartambo, Abogado William Mamani Vilcanqui, quien deberá de asumir la defensa del imputado conforme a ley. 4. SE DISPONE la notificación de los demás justiciables con arreglo a ley. H.S.J. S (25, 26, 27 ABR)
EDICTO PENAL Exp. N° 01508-2017-0-2701-JR-PE-03 Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Tambopata – Madre de Dios. Juez: Edgard León Quispe. Especialista Judicial: Carla del Rosario Veliz Cabrera. Se notifica al imputado Manuel Luis Gamboa Palomino lo dispuesto mediante Resolución N° 06 de fecha doce de abril del dos mil dieciocho, mediante el cual se reprograma la Audiencia Única de Incoación del Proceso Inmediato, con carácter INAPLAZABLE para el día 30 DE MAYO DEL 2018 a horas 08:00 de la mañana, la que se realizará en la Sala de Audiencias del 3° Juzgado de Investigación Preparatoria de Tambopata, sito en la Av. Ernesto Rivera N° 722 – Puerto Maldonado, 1er. Bloque 3er Piso.Puerto Maldonado, 18 de abril del 2018. J. S (25, 26, 27 ABR)
EDICTO PENAL EXP: Nro. 01620-2018-0-1001 -JR-PE-07 SÉPTIMO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DEL CUSCO. ESPECIALISTA DE CAUSA: Fernando Christian Aparicio Chávez SEÑOR: SEBASTIAN CRUZ CONDORI Se ha dispuesto notificar lo dispuesto en el Acta de Audiencia de fecha 12/04/2018, cuyo contenido es el siguiente: Acta de Audiencia de fecha 12/04/2018 JUEZ: Verifica el debido emplazamiento al imputado, conforme el requerimiento fiscal, SE REPROGRAMA la presente audiencia para el DÍA TRES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOS DE LATARDE CON TREINTA MINUTOS, acto que se realizara en la Décimo Segunda Sala de Audiencias del Modulo Penal de la Corte Superior de Justicia del Cusco, para lo cual el Especialista de Causa deberá de NOTIFICAR por edictos al imputado, por lo que deberá publicar en el diario judicial, por tres veces consecutivas, por lo que las partes concurrentes quedan debidamente notificados.
EDICTO PENAL SEÑORES: EBER QUISPE CONDORI MARIBEL SAIRE CONDENA La señora Jueza encargada del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dra. Mamani Mayta, en el proceso Nro 603-2018-0-1001-JR-PE-04, seguido contra Eber Quispe Condori, por el delito de Agresiones en contra de la Mujeres o Integrantes del Grupo Familiar, en agravio de Maribel Saire Concieña, bajo la actuación del especialista Judicial Abog. Rodríguez Ugarte, se ha dispuesto notificarle con el Acta de Audiencia del 13/04/18 cuyo contenido es el siguiente: ACTA DE REGISTRO DE AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN I. INTRODUCCIÓN (...) II. ACREDITACIÓN (...) RESOLUCIÓN N° 04.- Cusco, 13/04/18.- PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Queda registrado en el sistema de audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe SE RESUELVE: 1. DECLARAR FRUSTRADA la audiencia por inconcurrencia injustificada del representante del Ministerio Público, pese a estar notificado en fecha 31 de enero del 2018.- 2. REPROGRAMESE esta audiencia para ser continuada el día 03 DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A 15:30 HORAS A REALIZARSE EN LA SÉPTIMA SALA DE AUDIENCIAS DEL MODULO PENAL, quedando subsistentes los apremios dictados en resolución Nro. 01, notifíquese con la presente a las partes procesales inconcurrentes.- III NOTIFICACIÓN: (...)IV. CONCLUSIÓN: (...) Lo que notifico a Usted, Media Firma de la Señora Jueza Dra. Fortunata Mamani Mayta, ante mi F. Eduardo Rodríguez Ugarte, de que doy fe. Cusco, 23 de abril del 2018. J. S (25, 26, 27 ABR)
EDICTO PENAL SEÑOR: PERCY CHAUCA QUISPE. La señorita Juez del Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dra. SANDRA NATALI VILLA HUMPIRI, en el proceso Nro 1543-2018-0-1001-JR-PE-05, seguido contra PERCY CHAUCA QUISPE, por la presunta comisión del delito la Vida el Cuerpo y la salud en la modalidad de Lesiones sub tipo Agresiones en contra de las Mujeres o Integrantes del Grupo Familiar en agravio de Sonia Quispe Vargas, ha dispuesto notificarle con la Resolución N° 01 del 20/03/18 cuyo contenido es el siguiente: Resolución Nro. 01. Cusco, veinte de marzo. Del dos mil dieciocho. DADO CUENTA: Con el requerimiento fiscal de Acusación Directa presentado por la Fiscal Provincial de la Primera Fiscalía Provincial Penal de Cusco; y, CONSIDERANDO: (...) 1. CORRER TRASLADO del requerimiento acusatorio, a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES, a efectos de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad (principio de oportunidad), 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio. Asimismo, conforme establece el fundamento trece, segundo párrafo del Acuerdo Plenario N° 06-2010/CJ-116; la victima podrá solicitar su constitución en actor civil. (...) 3. CITAR para el día DIEZ DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS DIEZ HORAS DE LA MAÑANA (hora exacta) la realización de la audiencia preliminar de control de acusación en la OCTAVA SALA DE AUDIENCIAS de los Juzgados de Investigación Preparatoria
de Cusco, ubicado en el inmueble N° 239 de la avenida el Sol de ésta ciudad, Corte Superior de Justicia del Cusco, la que se realizará con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado del acusado. HÁGASE SABER. Lo que notifico a Usted, Media Firma de la Señora Juez Dra. Sandra Natali Villa Humpiri, ante mi F. Mirian Huacac Carrillo, de que doy fe. J. S (25, 26, 27 ABR)
EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Mixto de Urcos, que despacha la señora Juez Dra. Ana Cecilia Sotomayor Tejada, bajo la actuación del Secretario Judicial Carlos Astete Saavedra, se tramita el Proceso N° 00818-2017-0-1014-JM-FT-01, sobre Abandono Moral y Material de Menor, se ha dispuesto la publicación mediante edictos el contenido del auto admisorio, contenido en la resolución N° 01 de fecha 04 de enero de 2018 (extracto), como sigue: SE RESUELVE: APERTURAR INVESTIGACIÓN TUTELAR por abandono Moral y Material a favor de la menor Yeny Inquillay Inquillay de 15 años de edad, contra sus progenitores don Justo Inquillay Ancalle y de Celestina Inquillay Uturunco: Se dispone se realicen las siguientes diligencias: 1) Examen Sicosomático en los menores por tutelar.- 2) RECÁBESE informe del equipo multidisciplinario a fin de precisar los factores que han determinado la situación de abandono de la menor.- 3) Recábese el examen físico y psicológico de la menor Yeny Inquillay Inquillay practicado por el instituto de Medicina Legal de Quispicanchi.- 4) RECÁBESE la declaración de los progenitores de la menor por tutelar.- 5) PUBLIQUESE mediante edictos la presente investigación a fin de que alguna persona interesada concurra a despacho.- Gírense los oficios correspondientes y actúense las demás diligencias necesarias. AL Primer otrosi.- Téngase en cuenta.- Segundo más dice: Como medida de protección continúe el menor en poder de la señora Paulina Condori Larota conforme al acta de entrega que precede hasta las resultas del presente proceso.- H.S.Urcos, 12 de marzo de 2018. J. S (25, 26, 27 ABR)
EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Mixto de Urcos. que despacha la señora Juez Dra. Ana Cecilia Sotomayor Tejada, bajo la actuación del Secretario Judicial Carlos Astete Saavedra, se tramita el Proceso N° 00042-2017-0-1014-JM-FT-01, seguido por la Fiscalía Provincial Civil y Familia de Quispicanchi, a favor de los menores Rolando Ccanahuire Rojo y Gabriel Víctor Ccanahuire Rojo, sobre Abandono Moral y Materia, contra su progenitor Telesforo Ccanahuire Puma., se ha dispuesto la publicación mediante edictos el contenido el auto de apertura de investigación, contenido en la resolución N° 01 de fecha 01 de febrero de 2018 (extracto), como sigue: SE RESUELVE: 1) Abrir INVESTIGACIÓN TUTELAR POR ABANDONO a favor de la menor CATHERINE TECSI TURPO (15 años), emplazando a Fortunata Turpo Chillihuaní y Simón Tecsi Huisa. 2) SE DISPONE: La actuación de las siguientes diligencias: 3.1. Se recabe la declaración de la menor Catherine Tecsi Turpo. 3.2. Se recabe la declaración de los progenitores de la menor, debiendo presentarse debidamente identificados al local del juzgado en la fecha y hora indicada bajo apercibimiento de ser conducidos de grado o fuerza ordenándose su captura a nivel nacional, debiendo de notificárseles en su domicilio real consignado en la demanda.3.3. Se señala fecha para la diligencia de declaración el día TRES de OCTUBRE del presente a las ONCE de la mañana (11:00 a.m.) - 3.4. PRACTÍQUESE: una pericia psicológica de la menor tutelada Catherine Tecsi Turpo. (15 años) la que estará a cargo del Instituto de Medicina Legal de Quispicanchi. 3.5. SE SOLICITE informe del equipo multidisciplinario a fin de precisar los factores que han determinado la situación de abandono de la menor, debiendo realizar una visita al domicilio donde se encuentra viviendo. Cumplido sea remítase los actuados para Vista Fiscal 3.6. Se publique vía edictos la presente investigación a fin de que alguna persona interesada concurra al despacho judicial. H.S. Urcos, 28 de Marzo de 2018. J. S (25, 26, 27 ABR)
Viernes, 27 de abril del 2018
EDICTO JUDICIAL
EDICTO JUDICIAL
Por ante el Juzgado de Paz Letrado de Acomayo, que despacha la Sra. Juez Dra. Kelyn Haydee Tapia Llerena, y bajo la actuación del Secretario Judicial Abogado Richard Huaman Baca; se viene tramitando el Proceso Judicial N° 00024-2016-0-1003-JP-CI-01, sobre Obligación de dar suma de dinero; en la cual se ha resuelto: SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por la demandante NELLY ESQUIVEL MAYORGA sobre OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO de la suma ascendente a dieciocho mil nuevos soles monto que incluye los intereses que alega la parte, así como las costas y costos del proceso, contra NELSON GALINDO MATURI JIMENEZ Y VALENTINA LUCERO CARRASCO CONTRERAS. En la vía procedimental correspondiente al PROCESO SUMARISIMO. Y estando a lo dispuesto en el Artículo 554 del Código Procesal Civil CONCÉDASE TRASLADO a los Demandados Nelson Galindo Maturi Jiménez y Valentina Lucero Carrasco Contreras, para que contesten la demanda dentro del PLAZO DE CINCO DÍAS bajo apercibimiento de ser declarados rebeldes. Por ofrecido el medio probatorio adjunto y agréguese a sus antecedentes los anexos presentados. NOTIFIQUESE a los demandados en la dirección consignada en autos, Habilítese lugar, día y hora para la notificación a los demandados incluso sábados, domingos y feriados. AL OTROSÍ DIGO.- Téngase en cuenta. NOTIFÍQUESE A LOS DEMANDADOS REFERIDOS con un extracto del auto admisorio de la demanda; debiendo de publicarse por Edictos Judiciales por tres veces consecutivos en el Diario la República y el Portal Web del Poder Judicial. Hágase Saber. Sigue media firma de la Sra. Magistrada. Secretario Judicial Abg. Richard Huaman Baca.
Ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Santiago, Despacho del señor Juez Tito Núñez Valencia, bajo la actuación de la Especialista Legal Abog. Mario Pereira Aldazabal, se viene tramitando el proceso No. 02563-2017-0-1018-JP-CI -01, seguido por Francisca Chávez Montañez, sobre SUCESION INTESTADA, del que en vida fue Justina Quispe, fallecida en fecha el 10 de mayo de 1,999, en el Distrito de Santiago, Provincia y Departamento del Cusco, para que se le declarare como única y universal heredera a la recurrente Francisca Chávez Montañez. Lo que se pone en conocimiento de los interesados, para los fines consiguientes de ley.
Acomayo, 16 de abril del 2018. RICHARD HUAMAN BACA SECRETARIO JUDICIAL P. 6656731 F. (25, 26, 27 ABR)
EDICTO JUDICIAL NOTIFICACIÓN CONFORME EL ARTÍCULO 506 DEL CÓDIGO PROCESAL CIVILEn el Expediente Nro. 01364-2017-0-1001 -JR-CI-04, seguido JORGE LUIS LAGUNA ESPINOZA y JOHANI LOURDES UTRILLA FAJARDO, sobre PRESCRIPCION ADQUISITVA DE DOMINIO; bajo la actuación del Especialista Legal JUAN SANTIAGO CALLAÑAUPA SORIA, la señora Juez del Cuarto Juzgado Civil de Cusco Dra. Fanny Lupe Pérez Carlos, ha dispuesto la publicación de un extracto del auto admisorio contenida en la Resolución N° 10 de fecha seis de abril del año dos mil dieciocho.Resolución Nro. 10.- Cusco, 06 de abril de 2018. VISTO: El escrito que contiene la demanda con los anexos que se adjunta. Y CONSIDERANDO (...), RESUELVE: 1. ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por JORGE LUIS LAGUNA ESPINOZA y JOHANI LOURDES UTRILLA FAJARDO , contra LA SUPERINTENDENCIA DE BIENES ESTATALES, sobre PRESCRIPCION ADQUISITVA DE DOMINIO, con CITACION de la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO, VALENTIN PEREIRA QUISPE, DORA LOURDES RAMIREZ VIUDA DE SILVA y LEOPOLDO ECHARRI MARQUINA, en la vía del PROCESO ABREVIADO, confiérase traslado a la demandada por el término de DIEZ DIAS bajo apercibimiento de declarársele rebelde. 2. IMPROCEDENTE como pretensión la petición de inmatriculación.- 3. CUMPLASE con publicar un extracto de la presente resolución por tres veces con intervalo de tres días en la forma prevista por los artículos 167 y 168 del Código Procesal Civil. 2. PUBLIQUESE un extracto de la demanda en el Diario Judicial de esta ciudad por tres veces con intervalo de tres días, conforme lo dispone el artículo 506 del Código Procesal Civil. Firma de la señora Juez Dra. Fanny Lupe Pérez Carlos. Juan Santiago Callañaupa Soria, Especialista Legal. Cusco, 23 de abril del año dos mil dieciocho. JUAN SANTIAGO CALLAÑAUPA SORIA ESPECIALISTA LEGAL P. 6667593 F. (27 ABR Y 04, 10 MAY)
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
Santiago, 23 de abril de 2,018. MARIO PEREIRA ALDAZABAL SECRETARIO JUDICIAL
Valencia, con la actuación de la Secretaria Judicial Flor de María Espinoza Joyas, se viene tramitando el proceso N° 1545-2017-PE, seguido por faltas contra la Persona en la modalidad de Maltrato de Obra contra el imputado ALEJANDRO TECSE MESCCO EN AGRAVIO DE LA MENOR GLADYS TECSE JANAMPA, REPRESENTADA POR ANTONIA KCECHO CHAINA, para cuyo efecto se ha reprogramado la verificación de la audiencia única el día CATORCE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOS Y TREINTA DE LA TARDE EN EL LOCAL DEL JUZGADOMODULO BÁSICO DE SANTIAGO; oportunidad en que el imputado deberá concurrir acompañado de su abogado defensor, se decreta que en caso de inconcurrencia de la denunciante se dará por desistida tácitamente de su denuncia y se dispondrá el archivamiento del proceso. Se publica el presente EDICTO JUDICIAL para los fines de ley. Santiago, 11 de abril del 2018. J. S (26, 27, 30 ABR)
P. 6667728 F. (27, 30 ABR Y 02 MAY)
EDICTO JUDICIAL EDICTO JUDICIAL Por ante el Juzgado Mixto de la Provincia de Espinar que despacha el señor Juez Elmer Manuel Ochoa Galloso, se viene tramitando el Proceso Judicial N° 00453-2017-01009-JM-FC-01; habiéndose resuelto por Resolución N° 02 de fecha 06 de Setiembre de 2017: 1. ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por Paulina Hincho Cruz, sobre Declaración Judicial de Unión de Hecho con QVF “Zacarías Huachaca Anampa”, seguido contra la Sucesión y/o Herederos Legales de QVF “Zacarías Huachaca Anampa” representada por su hijos y quienes tengan la condición de tal; tramítese la presente demanda en la Vía del Proceso Abreviado; estando a lo previsto por el Artículo 167 del Código Procesal Civil, concordante con el Artículo 435 del mismo cuerpo legal, procédase a emplazar a la Sucesión y/o Herederos Legales de QVF “Zacarías Huachaca Anampa” mediante Edictos Judiciales y por el plazo de ley, bajo expreso apercibimiento de nombrárseles Curador Procesal, debiendo la parte demandante apersonarse ante la Secretaría del Juzgado para recabar los Edictos Judiciales (en horario de oficina) y asegurar su publicación. Secretario Judicial Donny Sam Alvaro Roca. Lo que se publica para los fines de ley.Espinar; 23 de Abril de 2018 DONNY SAM ALVARO ROCA SECRETARIO JUDICIAL P. 6667745 F. (26, 27, 30 ABR)
EDICTO JUDICIAL Se hace constar que ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Santiago, bajo la dirección del Juez Titular Tito Núñez Valencia, con la actuación de la Secretaria Judicial Flor de María Espinoza Joyas, se viene tramitando el proceso N° 2136-2016-PE, seguido por faltas contra la Persona en la modalidad de Lesiones Dolosas contra los imputados ABDY BRAVO QUISPE Y EMILIANO BRAVO PUMA EN AGRAVIO DE ELVIRA BRAVO QUISPE, para cuyo efecto se ha reprogramado la verificación de la audiencia única el día CATORCE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA EN EL LOCAL DEL JUZGADOMODULO BÁSICO DE SANTIAGO; oportunidad en que el imputado deberá concurrir acompañado de su abogado defensor, se decreta que en caso de inconcurrencia de la denunciante se dará por desistida tácitamente de su denuncia y se dispondrá el archivamiento del proceso. Se publica el presente EDICTO JUDICIAL para los fines de ley. Santiago, 09 de abril del 2018. J. S (26, 27, 30 ABR)
EDICTO JUDICIAL Se hace constar que ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Santiago, bajo la dirección del Juez Titular Tito Núñez
Se hace constar que ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Santiago, bajo la dirección del Juez Titular Tito Núñez Valencia, con la actuación de la Secretaria Judicial Flor de María Espinoza Joyas, se viene tramitando el proceso N° 3056-2016-PE, seguido por faltas contra la Persona en la modalidad de Lesiones Dolosas contra el imputado RAFAEL CHUCHULLO ORTIZ EN AGRAVIO DE DAMIANA FLORES PANIURA, para cuyo efecto se ha reprogramado la verificación de la audiencia única el día CATORCE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS TRES Y VEINTE DE LA TARDE EN EL LOCAL DEL JUZGADO-MODULO BÁSICO DE SANTIAGO; oportunidad en que el imputado deberá concurrir acompañado de su abogado defensor, se decreta que en caso de inconcurrencia de la denunciante se dará por desistida tácitamente de su denuncia y se dispondrá el archivamiento del proceso. Se publica el presente EDICTO JUDICIAL para los fines de ley. Santiago, 16 de abril del 2018. J. S (26, 27, 30 ABR)
EDICTO JUDICIAL Se hace constar que ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Santiago, bajo la dirección del Juez Titular Tito Núñez Valencia, con la actuación de la Secretaria Judicial Flor de María Espinoza Joyas, se viene tramitando el proceso N° 2665-2016-PE, seguido por faltas contra la Persona en la modalidad de Lesiones Dolosas contra el imputado PEDRO QUISPE HERMOZA EN AGRAVIO DE JULIA HUAMÁN HUILLCA, para cuyo efecto se ha reprogramado la verificación de la audiencia única el día CATORCE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOS Y TREINTA DE LA TARDE EN EL LOCAL DEL JUZGADO-MODULO BÁSICO DE SANTIAGO; oportunidad en que el imputado deberá concurrir acompañado de su abogado defensor, se decreta que en caso de inconcurrencia de la denunciante se dará por desistida tácitamente de su denuncia y se dispondrá el archivamiento del proceso. Se publica el presente EDICTO JUDICIAL para los fines de ley. Santiago, 13 de abril del 2018. J. S (26, 27, 30 ABR)
EDICTO JUDICIAL Se hace constar que ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Santiago, bajo la dirección del Juez Titular Tito Núñez Valencia, con la actuación de la Secretaria Judicial Flor de María Espinoza Joyas, se viene tramitando el proceso N° 2783-2017-PE, seguido por faltas contra la Persona en la modalidad de Lesiones culposas contra el imputado ÁNGEL QUISPE CCAMA EN AGRAVIO DE LUZ MARINA HUAMAN CENTENO, para cuyo efecto se ha programado la verificación de la audiencia única el día OCHO DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA EN EL LOCAL DEL JUZGADO-MODULO BÁSICO DE SANTIAGO; oportunidad en que el imputado deberá concurrir acompañado de su abogado defensor, se decreta que en caso de ¡nconcurrencia de la denunciante se dará por desistida
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tácitamente de su denuncia y se dispondrá el archivamiento del proceso. Se publica el presente EDICTO JUDICIAL para los fines de ley. Santiago, 19 de abril del 2018. EDICTO JUDICIAL Se hace constar que ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Santiago, bajo la dirección del Juez Titular Tito Núñez Valencia, con la actuación de la Secretaria Judicial Flor de María Espinoza Joyas, se viene tramitando el proceso N° 3016-2017-PE, seguido por faltas contra la Persona en la modalidad de Maltrato contra el imputado BAUTISTA CUSIHUAMÁN POMPILLA EN AGRAVIO DE MERCEDES CONTRERAS CCOLQUE, con fecha de audiencia, a realizarse el día VEINTIDÓS DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS ONCE DE LA MAÑANA EN EL LOCAL DEL JUZGADO-MODULO BÁSICO DE SANTIAGO; oportunidad en que el imputado deberá concurrir acompañado de su abogado defensor, se decreta que en caso de inconcurrencia de la denunciante se dará por desistida tácitamente de su denuncia y se dispondrá el archivamiento del proceso. Se publica el presente EDICTO JUDICIAL para los fines de ley. Santiago, 17 de abril del 2018. J. S (26, 27, 30 ABR)
EDICTO JUDICIAL Se hace constar que ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Santiago, bajo la dirección del Juez Titular Tito Núñez Valencia, con la actuación de la Secretaria Judicial Flor de María Espinoza Joyas, se viene tramitando el proceso N° 2863-2017-PE, seguido por faltas contra la Persona en la modalidad de Maltrato contra el imputado DANIEL CEPRIAN QUISPE EN AGRAVIO DE ROSA URBINA QUISPE, para cuyo efecto se ha programado la verificación de la audiencia única el día TRES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA EN EL LOCAL DEL JUZGADO-MODULO BÁSICO DE SANTIAGO; oportunidad en que el imputado deberá concurrir acompañado de su abogado defensor, se decreta que en caso de inconcurrencia de la denunciante se dará por desistida tácitamente de su denuncia y se dispondrá el archivamiento del proceso. Se publica el presente EDICTO JUDICIAL para los fines de ley. Santiago, 19 de abril del 2018. J. S (26, 27, 30 ABR)
EDICTO JUDICIAL Se hace constar que ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Santiago, bajo la dirección del Juez Titular Tito Núñez Valencia, con la actuación de la Secretaria Judicial Flor de María Espinoza Joyas, se viene tramitando el proceso N° 2021-2017-PE, seguido por faltas contra la Persona en la modalidad de Maltrato contra el imputado WILFREDO MERCADO CABRERA EN AGRAVIO DE ELIZABETH RAMOS ROCCA, para cuyo efecto se ha reprogramado la verificación de la audiencia única el día CATORCE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS CUATRO Y DIEZ DE LA TARDE EN EL LOCAL DEL JUZGADO-MODULO BÁSICO DE SANTIAGO; oportunidad en que el imputado deberá concurrir acompañado de su abogado defensor, se decreta que en caso de inconcurrencia de la denunciante se dará por desistida tácitamente de su denuncia y se dispondrá el archivamiento del proceso. Se publica el presente EDICTO JUDICIAL para los fines de ley. Santiago, 20 de abril del 2018. J. S (26, 27, 30 ABR)
EDICTO JUDICIAL Se hace constar que ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Santiago, bajo la dirección del Juez Titular Tito Núñez Valencia, con la actuación de la Secretaria Judicial Flor de María Espinoza Joyas, se viene tramitando el proceso N° 541-2017-PE, seguido por faltas contra la Persona en la modalidad de Lesiones Dolosas contra los imputados CESAR GARATE BISA EN AGRAVIO DE MIRIAN CHIRA HUANCA, para cuyo efecto se ha reprogramado la verificación de la audiencia única el día DIECISÉIS DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS ONCE DE LA MAÑANA EN EL LOCAL DEL JUZGADO-MODULO BÁSICO DE SANTIAGO;
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La República
oportunidad en que el imputado deberá concurrir acompañado de su abogado defensor, se decreta que en caso de inconcurrencia de la denunciante se dará por desistida tácitamente de su denuncia y se dispondrá el archivamiento del proceso. Se publica el presente EDICTO JUDICIAL para los fines de ley. Santiago, 19 de abril del 2018. J. S (26, 27, 30 ABR)
EDICTO JUDICIAL Se hace constar que ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Santiago, bajo la dirección del Juez Titular Tito Núñez Valencia, con la actuación de la Secretaria Judicial Flor de María Espinoza Joyas, se viene tramitando el proceso N° 756-2017-PE, seguido por faltas contra la Persona en la modalidad de Lesiones Dolosas contra el imputado JOSÉ LUIS SACA HUAMAN EN AGRAVIO DE RUTH MERY GARCÍA SALO, para cuyo efecto se ha reprogramado la verificación de la audiencia única el día VEINTISIETE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA EN EL LOCAL DEL JUZGADO-MODULO BÁSICO DE SANTIAGO; oportunidad en que el imputado deberá concurrir acompañado de su abogado defensor, se decreta que en caso de inconcurrencia de la denunciante se dará por desistida tácitamente de su denuncia y se dispondrá el archivamiento del proceso. Se publica el presente EDICTO JUDICIAL para los fines de ley. Santiago, 19 de abril del 2018.
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
J. S (26, 27, 30 ABR)
EDICTO PENAL. CUADERNO DE DEBATES N° 01177-2017-96-1001-JRPE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza a la procesada FAUSTINA TINTAYA SUPHO, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA LUNES 30 DE ABRIL DEL 2018 A HORAS 14:30 P.M. fhora exacta); acto que se llevara a cabo, en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial, ubicado en Av. Sol S/N - Palacio de Justicia-Segundo Piso, vía enlace por video conferencia con la sala de audiencias del Juzgado Penal de Sicuani. Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES N° 01177-2017-96-1001-JR-PE-01, como presunta coautora de la comisión del delito contra la administración pública, en la modalidad de violencia y resistencia a la autoridad, tipo especifico atentado contra la autoridad o funcionario mediante violencia para impedir el ejercicio de sus funciones - agravado, en agravio del Estado y del efectivo policial Julio Emilio Machaca Qquenta.Cusco 25 de abril del 2018. J. S (26, 27, 30 ABR)
J. S (26, 27, 30 ABR)
NOTIFICACIÓN POR EDICTO NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIAL A LA PERSONA DE: MARTINA TUNQUI CCOYO. Por ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Wanchaq, bajo el Despacho del señor Juez Dr. Rafael Enrique Sierra Casanova y la actuación de la Especialista Legal Abog. María Eddie Zulema Villarroel Ccaso, se tramita el proceso N° 34-2016-0-1023-JP-PE -01 seguido en contra de Herminia Fernandez Naola por faltas contra la persona en agravio de la menor representada por Martina Tunqui Ccoyo, se ha dispuesto la notificación vía edicto judicial de la Resolución Nro.8 de fecha 20 de abril del 201S”AUTO RELEVANTE Resolución N° 08 Wanchaq. 20 de abril de 2018 VISTO: El presente proceso, la constancia de inasistencia a la audiencia de juicio suscrita en la parte posterior del folio 47 y en atención a lo siguiente: FUNDAMENTOS: 1. De conformidad a ¡o previsto en el artículo 484.1 del Código Procesal Penal para instalar la audiencia necesariamente se requiere ¡a presencia del imputado, por lo que ante su inconcurrencia esta no se puede llevar a cabo -conforme a lo señalado en la constancia de inasistencia (folio 47)-. Correspondiendo su reprogramación. 2. De otro lado, habiendo la parte imputada sido debidamente notijicada (folio 34), y teniendo en cuenta el apercibimiento decretado en su contra en caso de inconcurrencia a la audiencia de juicio, en aplicación de lo previsto en el artículo 485.2 del Código Procesal Penal, corresponde reiterar la conducción compulsiva de Herminia Fernandez Naola. 3. Adicionalmente a efecto de poder asegurar la concurrencia de la parte agraviada a la audiencia de juicio, se dispone que el Secretario Judicial adicionalmente le notifique vía edicto judicial. DECISIÓN: Estando a los fundamentos expuestos, al amparo de las facultades conferidas a este despacho por el artículo 138 de la Constitución Política del Estado, se resuelve: REPROGRAMAR la presente audiencia para el 19 de JUNIO de 2018 a las 10:00 horas, a realizarse ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Wanchaq, debiendo acudir las partes con sus abogados defensores. DISPONER que ¡a imputada, HERMINIA FERNÁNDEZ NAOLA, identificada con DNI25197888; sea conducida compulsivamente por grado y fuerza a este despacho para la audiencia programada con apoyo de la Policía Nacional del Perú, para cuyo efecto debe girarse los oficios respectivos. REQUERIR a ambas partes -agraviados e imputados- se presenten a la audiencia con sus abogados defensores cada uno, así como con los medios probatorios que consideren pertinente actuar. DISPONER que el Secretario Judicial realice la notificación a la parte agraviada vía edicto judicial. H.S. Rafael Enrique Sierra Casanova Juez Titular “ la misma que se pone de conocimiento del interesado, para los fines consiguientes de ley. Wanchaq, 23 de abril del 2018.
Sr. JUAN CARLOS YUCRA QUIÑONES Se pone en conocimiento lo siguiente: Ante el Tercer Juzgado Penal Unipersonal del Cusco bajo la dirección del señor Juez Dr. Carlos A. Román Gil y actuación del especialista legal Aurelio Román Villacorta, se viene tramitando la causa penal N° 468-2018-9, seguido contra JUAN CARLOS YUCRA QUIÑONES como presunto autor del delito CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD, en la modalidad de LESIONES, sub tipo AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR, en agravio de MELISSA CALLAPIÑA QUISPE; donde se ha dispuesto lo siguiente: - Resolución N° 1.- Cusco, trece de abril del año dos mil dieciocho.- RESUELVE (...) 1.- CITAR A JUICIO ORAL, en la presente causa seguida contra JUAN CARLOS YUCRA QUIÑONES como presunto autor del delito CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD, en la modalidad de LESIONES, sub tipo AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR, tipificado en el primer párrafo del artículo 122-B del Código Penal, incorporado por el Decreto Legislativo N° 1323, en agravio de MELISSA CALLAPIÑA QUISPE; cuyo acto procesal se realizará el día TRES DE JUNIO del dos mil DIECINUEVE, a horas NUEVE de la mañana (hora exacta) en la tercera sala de audiencias ubicado en el tercer nivel del Palacio de Justicia de Cusco, acto al cual comparecerá el imputado JUAN CARLOS YUCRA QUIÑONES, asistido por Abogado de su elección o el defensor de oficio que se le designe oportunamente, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia de declararse REO CONTUMAZ y disponerse su conducción compulsiva por la fuerza pública; para cuyo efecto NOTIFIQUESE en su domicilio real ubicado en la calle Umahuasi s/n del distrito de San Jerónimo, provincia y departamento de Cusco y domicilio procesal en la Casilla electrónica 55044 (domicilios consignados en la acusación escrita y auto de enjuiciamiento).- Teniendo en cuenta que el domicilio antes mencionado del acusado Juan Carlos Yucra Quiñones, es incierto y al parecer ya no domicilia, NOTIFÍQUESE mediante EDICTOS en el diario judicial del Cusco (...). Cusco, 19 de abril de 2018. J. S (26, 27, 30 ABR) EDICTO PENAL Expediente N° 782-2016-63-2701 - J R-PE-01. Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Tambopata Juez: Jesús Esquivel Vega Especialista Judicial de Juzgado: Eva Canahuire Abarca Se notifica al acusado: JORGE BARTOLOMÉ RIVERO FUENTES con la resolución N° 19 para que ASISTA al Juicio
Viernes, 27 de abril del 2018
Oral programada para el día 21 DE JUNIO DEL AÑO 2018, A HORAS 08:00 DE LA MAÑANA, [hora exacta], en la Sala de Audiencias del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Tambopata, sito en el 2do piso de la Av. Ernesto Rivero N° 720 de la ciudad de Puerto Maldonado, debiendo dentro del término de 48 horas designar a su abogado defensor particular que ejerza su defensa. Por estar dispuesto así en el Proceso penal N° 782-2016-63, seguido en contra de Jorge Bartolomé Rivero Fuentes y otros, por la presunta comisión del delito ambiental contra los recursos naturales, en su modalidad de Tráfico Ilegal de Productos Forestales Maderables en agravio del Estado Peruano representado por el Procurador Publico del Medio Ambiente.- Bajo apercibimiento de continuarse el proceso con el abogado de la Defensa Publica designado para su defensa; y de ser declarado reo contumaz en caso de inconcurrencia injustificada y disponerse su ubicación y conducción compulsiva por la Policía Nacional del Perú.Puerto Maldonado, 17 de abril del 2018. J. S (26, 27, 30 ABR)
EDICTO PENAL Expediente N°236-2017-97-2701-JR-PB02 Juzgado Penal Colegiado de Tambopata Especialista Judicial de Juzgado: Eva B. Canahuire Abarca. Se NOTIFICA a los acusados RUBÉN BAUTISTA USCAMAYTA, EDWARD BAUTISTA HUILLCA y REBECA LARICO HANCCO, para que ASISTAN a la Audiencia de Juicio Oral, programada para el DÍA 06 DE JUNIO DEL AÑO 2018 A HORAS 08:00 DE LA MAÑANA (HORA EXACTA), en la Sala de Audiencias del Juzgado Penal Colegiado de Tambopata, sito en el 3er piso de la Av. Ernesto Rivero N° 720 de la ciudad de Puerto Maldonado; dispuesto en el Proceso Penal N° N° 236-2017-97 seguido en contra Rubén Bautista Uscamayta y otros, como presunto autores del delito Trata de Personas, en agravio de Fredy Robles Mayhua y otros, bajo apercibimiento en caso de inasistencia injustificada de los acusados ser declarados reo contumaz y disponerse su conducción compulsiva por la Policía Nacional del Perú a nivel nacional. Puerto Maldonado, 09 de abril de 2018. J. S (26, 27, 30 ABR)
EDICTO JUDICIAL 1o JUZ. DE INVES. PREPARATORIA - Sede Espinar EXPEDIENTE: 208-2017-0-1009-JR-PE-01 JUEZ: ESTEBAN FREDDY ACHOMA TITO ESPECIALISTA: CINTHIA ELIANA CONDORl ZARATE Se pone en conocimiento del señor Narciso Umiyauri Cuyo y de la agraviada de iniciales B.U.A., representada por su progenitora Lucía Acuta Taype, que la fiscalía provincial penal de Espinar ha formulado acusación en contra de NARCISO UMIYAURI CUYO; por la presunta comisión del delito Contra la Libertad, en su modalidad de delitos contra la libertad sexual, en su forma de Violación Sexual a menor de edad, cuando la víctima tiene menos de diez años, en agravio de la menor de iniciales B.U.A., habiendo emitido la RESOLUCIÓN N° 01 de fecha primero de septiembre del dos mil diecisiete, que CORRE TRASLADO DE LA ACUSACIÓN FISCAL y CITA a Audiencia preliminar de control de acusación, en la sala de audiencia del Juzgado de Investigación Preparatoria de ésta Sede, con la presencia obligatoria del Fiscal, bajo apercibimiento de las responsabilidades funcionales que correspondan aplicar en caso de frustración de la audiencia por la inconcurrencia injustificada del Fiscal, siendo facultativa la presencia de los demás sujetos procesales, debiendo tener presente el carácter inaplazable de la presente audiencia. PRECÍSESE que: 1) El representante del Ministerio Público deberá concurrir a la audiencia con los medios de prueba; 2) el desarrollo íntegro de la audiencia será grabado en audio y, 3) la resolución dictada oralmente en la audiencia, se entenderá notificada a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan concurrido, como lo dispone el artículo 16°, incisos 1o y 2o del Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones bajo las Normas del Código Procesal Penal, aprobado por Resolución Administrativa N° 096-2006-CEPJ. Asimismo se le REQUIERE al imputado, para que en el plazo de veinticuatro horas de notificado, cumpla con ratificar y/o designar abogado defensor de su libre elección, bajo apercibimiento de designársele defensor público, en caso de
incumplimiento. Así también, mediante resolución número cuatro se dispuso reprogramar la audiencia de control de acusación para el día VEINTICINCO DE ABRIL DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS DIEZ HORAS, en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Espinar.Espinar, 24 de Abril del 2018. J. S (26, 27, 30 ABR)
PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00374-2015-42-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: CARLOS FELIPE BARDALES VILLACORTA, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día miércoles 15 DE AGOSTO DEL AÑO 2018. A LAS 08:30 DE LA MAÑANA: dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por ia presunta comisión del Delito de USURPACIÓN AGRAVADA, en agravio de Hermelinda Orellana Vda. de Acuña, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 25 de Abril del 2018. J. S (26, 27, 30 ABR)
PENAL-LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 01178-2017-95-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: JULIO CESAR ALVARO QUISPE, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en proceso inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día jueves 06 DE SETIEMBRE DEL AÑO 2018. A LAS 11:30 DE LA MAÑANA: dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de La Sociedad, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 24 de Abril del 2018. J. S (26, 27, 30 ABR)
PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00054-2018-34-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: LEONARDA CALSINA GUTIÉRREZ, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en proceso inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día jueves 06 DE SETIEMBRE DEL AÑO 2018, A LAS 08:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de La Sociedad, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quiliabamba. Quillabamba, 20 de Abril del 2018. J. S (26, 27, 30 ABR)
PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00095-2018-24-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: DEIBBY JHONATHAN LIVANO CHAUCA, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en proceso inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día martes 04 DE SETIEMBRE DEL AÑO 2018, A LAS 11:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de La Sociedad, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial
Viernes, 27 de abril del 2018
de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 20 de Abril del 2018.
sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quíllabamba, 20 de Abril del 2018.
J. S (26, 27, 30 ABR)
J. S (26, 27, 30 ABR)
Jirón Espinar de la Ciudad de Qulllabamba. Quillabamba, 19 de Abril del 2018. J. S (26, 27, 30 ABR)
PENAL-LA CONVENCIÓN PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00942-2017-18-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: NAZARIO HUAMAN HUILLCA, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en proceso inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día martes 04 DE SETIEMBRE DEL AÑO 2018, A LAS 09:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de La Sociedad, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 20 de Abril del 2018. J. S (26, 27, 30 ABR) PENAL-LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00056-2018-94-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: FREDY FIDEL JAUREGUI ROJAS, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en proceso inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día martes 04 DE SETIEMBRE DEL AÑO 2018. A LAS 08:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por ia presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de La Sociedad, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 20 de Abril del 2018. J. S (26, 27, 30 ABR)
PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00052-2018-11-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: DAVID LAURA TTITO, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en proceso inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día martes 28 DE AGOSTO DEL AÑO 2018, A LAS 11:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de La Sociedad, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 20 de Abril del 2018. J. S (26, 27, 30 ABR)
PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 01182-2017-22-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: DAVID LAURA TTITO, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en proceso inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día martes 28 DE AGOSTO DEL AÑO 2018, A LAS 10:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de La Sociedad, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención,
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 01172-2017-50-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: CRISTHIAN RODRIGO FERRO ARDILES, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en proceso inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día martes 28 DE AGOSTO DEL AÑO 2018. A LAS 09:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de La Sociedad, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 20 de Abril del 2018. J. S (26, 27, 30 ABR)
PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 01169-2017-40-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: JUDDY CHALLCO CHIPAYO, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en proceso inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día martes 28 DE AGOSTO DEL AÑO 2018, A LAS 08:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de La Sociedad, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 20 de Abril del 2018. J. S (26, 27, 30 ABR) PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00084-2018-54-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: ANTERO CONDORIQQUEHUE, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en proceso inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día jueves 23 DE AGOSTO DEL AÑO 2018, A LAS 11:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de La Sociedad, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 19 de Abril del 2018. J. S (26, 27, 30 ABR)
EXPEDIENTE N° 00718-2017-54-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: ALFONSO MENDOZA SICUS, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en proceso inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día jueves 23 DE AGOSTO DEL AÑO 2018, A LAS 09:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de La Sociedad, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 19 de Abril del 2018. J. S (26, 27, 30 ABR)
PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00539-201M9-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: ALBERTO HUAMAN ALARCON, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en proceso inmediato y se defienda de los cargos formulados en sucontra, el día jueves 23 DE AGOSTO DEL AÑO 2018, A LAS 08:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de La Sociedad, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 19 de Abril del 2018. J. S (26, 27, 30 ABR)
PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00376-2016-17-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: LUCIO FLORES PUMAYALI, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día martes 21 DE AGOSTO DEL AÑO 2018, A LAS 11:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de sus menores hijos, representados por su progenitura Concepción Serrano Mamani, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 19 de Abril del 2018. J. S (26, 27, 30 ABR)
PENAL: LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00140-2018-58-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: ALVARO PINARES ALVAREZ, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en proceso inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día jueves 23 DE AGOSTO DEL AÑO 2018, A LAS 10:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de La Sociedad, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del
PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00611 -2016-72-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: RODOLFO TITO MUÑIZ, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en proceso inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día martes 21 DE AGOSTO DEL AÑO 2018, A LAS 09:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio del menor de iniciales M.T.M., representado por su progenitura María Cristina Me-
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léndez Vargas, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 18 de Abril del 2018. J. S (26, 27, 30 ABR)
PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00138-2018-91 -1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: YHOJAN ORIHUELA ROBLES, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en proceso inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día jueves 09 DE AGOSTO DEL AÑO 2018, A LAS 11:30 DE LA MAÑANA: dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de La Sociedad, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, .10 de Abril del 2018. J. S (26, 27, 30 ABR)
PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00058-2018-8-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: ALFREDO CONISLLA QUISPE, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en proceso Inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día jueves 09 DE AGOSTO DEL AÑO 2018. A LAS 10:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de La Sociedad, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 10 de Abril del 2018. J. S (26, 27, 30 ABR)
PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00125-2018-95-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: RUBÉN SALINAS CONDORI, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en proceso inmediato y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día jueves 09 DE AGOSTO DEL AÑO 2018, A LAS 09:30 DE LA MAÑANA: dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de La Sociedad, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 10 de Abril del 2018. J. S (26, 27, 30 ABR)
PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 01161 -2017-73-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: HARLEY WALDIR DAVALOS ARONE, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral en proceso inmediato y se defienda de los cargos formulados en
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La República
su contra, el día jueves 09 DE AGOSTO DEL AÑO 2018, A LAS 08:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de La Sociedad, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 10 de Abril del 2018. J. S (26, 27, 30 ABR)
PENAL-LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00511-201M6-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: PAULINO VARGAS PONCE, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día martes 07 DE AGOSTO DEL AÑO 2018. A LAS 11:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de Paúl Vargas Mora, representado por su progenitora Margarita Mora Aycallayco, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 10 de Abril del 2018. J. S (26, 27, 30 ABR)
PENAL-LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00900-2017-98-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: BENITO LEIVA ALVAREZ, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día martes 07 DE AGOSTO DEL AÑO 2018, A LAS 09:30 DE LA MAÑANA: dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de los menores de iniciales F. y C.D.L.LL., representados por su progenitora Soledad Uallarco Arredondo., la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 10 de Abril del 2018. J. S (26, 27, 30 ABR) PENAL - LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00247-2016-77-1010-JR-PE-01 JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: LUZGARDO CHALE MAINE y RICARDO ILLA FLORES, a fin de que concurran a la audiencia de Juicio Oral y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día miércoles 12 DE SETIEMBRE DEL AÑO 2018. A LAS 08:30 DE LA MAÑANA; dispuesto en el proceso que se les sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de HURTO AGRAVADO, en agravio de la Cooperativa Agraria Cafetalera José Olaya LTDA., la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 06 de Abril del 2018. J. S (26, 27, 30 ABR)
PENAL-LA CONVENCIÓN EXPEDIENTE N° 00476-2017-35-1010-JR-PE-01
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CONVENCIÓN. ESPECIALISTA JOSÉ CARLOS VIVANCO PÉREZ Se cita y emplaza a: DELIO CERVANTES ÑAHUI, a fin de que concurra a la audiencia de Juicio Oral y se defienda de los cargos formulados en su contra, el día lunes 03 DE SETIEMBRE DEL AÑO 2018, A LAS 08:30 DE LA MAÑANA: dispuesto en el proceso que se le sigue en su contra, por la presunta comisión del Delito de DESOBEDIENCIA Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, en agravio del Estado representado por la Procuraduría Pública del Poder Judicial, la referida audiencia se realizará en la Primera Sala de Audiencias de la Sede del Poder Judicial de La Convención, sito en el inmueble signado con el N° 140-148 del Jirón Espinar de la Ciudad de Quillabamba. Quillabamba, 06 de Abril del 2018. J. S (26, 27, 30 ABR)
EDICTO PENAL CUADERNO DE DEBATES N° 3438-2017-83-1001 -JRPE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco se cita y emplaza al acusado TEODORO CONDE CONDE, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el día MARTES 08 DE MAYO DE 2018 a horas 16:00 p.m., la misma que se verificara en la Sala de audiencias del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial (sito en Av. Sol S/N palacio de justicia 2do piso), por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES N° 34382017-83, seguido en contra del referido imputado, por la presunta comisión del delito de violación sexual en agravio de la menor de iniciales Y.C.Q. J. S (26, 27, 30 ABR)
EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Mixto de Urcos, que despacha la señora Juez Dra. Ana Cecilia Sotomayor Tejada, bajo la actuación del Secretario Judicial Carlos Astete Saavedra, se tramita el Proceso N° 00054-2018-0-1014-JM-FT-01, sobre Abandono Moral y Material de Menor, se ha dispuesto la publicación mediante edictos el contenido del auto admisorio, contenido en la resolución N° 01 de fecha 06 de febrero de 2018 (extracto), como sigue: SE RESUELVE: APERTURAR INVESTIGACIÓN TUTELAR por abandono Moral y Material en la vía especial a favor del menor JUVENAL HUALLPA PACCO de 12 años de edad, contra su progenitura Irma Pacco Quispe, debiéndose realizar las siguientes diligencias: 1) PUBLIQUESE mediante edictos la presente investigación a fin de que alguna persona interesada concurra a despacho.-2) Confírmese como medida de protección la entrega provisional de atención integral y albergamiento en el Centro de Atención Residencial WAWA ETXEA, de la Red Privada, hasta un pronunciamiento sobre el fondo en el presente proceso. Estando a los actuados recepcionados, REMÍTASE el expediente a Vista Fiscal. H.S. Urcos, 16 de abril de 2018. J. S (26, 27, 30 ABR)
EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Mixto de Urcos, que despacha la señora Juez Dra. Ana Cecilia Sotomayor Tejada, bajo la actuación del Secretario Judicial Carlos Astete Saavedra, se tramita el Proceso N° 00366-2013-0-1014-JNI-FT-01, sobre Abandono Moral y Material de Menor, se ha dispuesto la publicación mediante edictos el contenido de la sentencia, contenido en la resolución N° 20 de fecha 02 de octubre de 2017 {extracto), como sigue: FALLO: 1. Declarando el estado de ABANDONO MORAL Y MATERIAL de los menores PAÚL GUTIÉRREZ INQUILLAY (13 años de edad) y MARIO QUISPE INQUILLAY (17 años de edad). 2. Como medida de protección se dispone que ambos menores continúen en colocación provisional familiar en el Hogar San Tarsicio del Distrito de Andahuaylillas; hasta que sean promovidos en adopción o sean acogidos por una persona o familia. 3. En consecuencia declárese EXTINGUIDA LA PATRIA POTES-
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TAD de los padres biológicos del menor Paúl Gutiérrez Inquillay, quienes son las personas de BONIFACIO GUTIÉRREZ CHAMPÍ Y ALEJANDRINA INQUILLAY CHOQUENAYRA, así como de los progenitores del menor Mario Quispe Inquillay, quienes son TIBURCIO QUISPE MAMANI Y ALEJANDRINA INQUILLAY CHOQUERAYRA. 4. GÍRESE las comunicaciones oficiales respectivas a la Oficina de Adopciones, remitiéndose copias certificadas de la actual resolución, una vez que quede consentida o ejecutoriada, para cuyo efecto publíquese el edicto correspondiente en el Diario Judicial del departamento, poniendo en conocimiento el tenor de la presente sentencia a los hermanos mayores de los menores abandonados. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE SABER. Urcos, 16 de abril de 2018. J. S (26, 27, 30 ABR)
EDICTO PENAL SEÑORES: SIXTO QUSPE QUISPE CELIA ÑAHUI CUELA La señora Jueza del Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dra. Sánchez Farfán, en el proceso Nro 2255-2018-0-100 lJR-PE-06, seguido contra CONDORI CHAMPÍ SIMONA, por el delito de tráfico de moneda falsa, en agravio de SIXTO QUSPE QUISPE, CELIA ÑAHUI CUELA BANCO CENTRAL DE RESERVA DEL PERÚ, bajo la actuación del especialista Judicial Abog. Castro Warthon, se ha dispuesto notificarle con la Resolución N° 01 del 19/04/18 y el extracto de la acusación fiscal cuyo contenido es el siguiente: REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN.-La Primera Fiscalía Provincial Penal de WANCHAQ formula ACUSACIÓN DIRECTA contra CONDORI CHAMPÍ SIMONA:, por el delito de falsificación de moneda; en agravio de SIXTO QUSPE QUISPE, CELIA ÑAHUI CUELA BANCO CENTRAL DE RESERVA DEL PERÚ, respecto de los hechos ocurridos en fecha 10/02/18; se solicita contra los acusados 240 días multa y el pago de S/. 1700.00 soles en forma solidaria por concepto de REPARACIÓN CIVIL a favor del agraviado. RESOLUCIÓN NRO. 01. Cusco, 18/08/17.- DADO CUENTA: Con el requerimiento fiscal de Acusación Directa; SE DISPONE: 1. CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBILES, para que en forma escrita con abogado defensor puedan de considerarlo contradecir la acusación (...). Asimismo considerando los principios de economía y celeridad procesal SE DISPONE: 1. CITAR a las partes procesales para el día VEINTICUATRO DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a las ONCE HORAS (hora exacta) la realización de la audiencia preliminar de control de acusación en la SEXTA SALA DE AUDIENCIAS (...). 2. SE PRECISA que en virtud del artículo 85.1 del C.P.P. la presente audiencia es de carácter INAPLAZABLE. 3. (...). 4. Al ser inaplazable la audiencia, la inasistencia del abogado defensor particular de la parte imputada determina que se le excluya del proceso a dicho abogado y se designe UN DEFENSOR PUBLICO a efecto de que asuma la defensa técnica del imputado (...). 5. Notifíquese la presente resolución a la parte imputada en su domicilio real a fin de que conozca los apercibimientos dispuestos, esto es, que si su abogado no concurre a la audiencia de control de acusación se dispondrá en dicha audiencia que un abogado del Estado lo defienda en el proceso (...). 6. SE REQUIERE a las partes procesales (...) CUMPLAN CON SEÑALAR LA CASILLA ELECTRÓNICA correspondiente (...) 7. NOTIFIQUESE a los acusados mediante la publicación de edictos (...) Lo que notifico a Usted, Media Firma de la Señora Jueza Dra. Zulay Sánchez Farfán, ante mi l. Castro Warthon, de que doy fe. Cusco, 19 de abril del 2018. J. S (26, 27, 30 ABR)
EDICTO PENAL EXP: N° 00184-2017-4-1010-JR-PE-01 JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE ECHARATI. ESPECIALISTA DE CAUSA: Luis Carlos Carranza Cárdenas SEÑORA: DELSI SEGOVIA HUAMAN, con DNI Na 43449313. Resolución N° 01 Echarati, veinte de marzo Del año dos mil dieciocho.DADO CUENTA el escrito de Constitución de Actor civil presentado por la Procuradora Publica Adjunta encargada de
los asuntos judiciales del. Poder Judicial; AL PRINCIPAL: Téngase por apersonada a la recurrente y por señalado su domicilio procesal, lugar donde se le hará llegar las notificaciones de ley; asimismo estando a los fundamentos contenidos en el escrito que antecede, REQUIÉRASE al Fiscal Provincial de la Fiscalía Mixta de Echarati encargado del caso, a efectos de que dentro del plazo de DOS DÍAS HÁBILES de notificado con la presente resolución informe a este despacho bajo responsabilidad, respecto de los sujetos procesales apersonados a la sustanciación de la Investigación Preparatoria; sin perjuicio de ello CÓRRASE TRASLADO con la presente solicitud por el plazo de TRES DÍAS HÁBILES a fin de que los sujetos procesales planteen oposición para lo cual se fijara fecha de audiencia, caso contrario póngase los autos en mesa para resolver; AL PRIMER OTROSÍ DIGO: Téngase por delegada su presentación a los abogados designados de su escrito; AL SEGUNDO OTROSÍ DIGO: Téngase presente. Notifíquese.J. S (26, 27, 30 ABR)
EDICTO PENAL EXP: N° 00217-2017-0-1010-JR-PE-01 JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE ECHARATI. ESPECIALISTA DE CAUSA: Luis Carlos Carranza Cárdenas SEÑOR : JAVIER CCORIHUAMAN MAYTA, con DNI Na 40107106. Se ha dispuesto notificar con el extracto de la Resolución N° 01 de fecha 19/12/2017 y extracto de la Disposición de Formalización, cuyo contenido es el siguiente: AUTO DE FORMALIZACIÓN Y CONTINUACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA Resolución N° 01 Echarati, diecinueve de diciembre Del año dos mil dieciocho.1) RECEPCIONAR Id comunicación de disposición de normalización y continuación de la investigación preparatoria expedida por la Fiscalía Provincial Mixta de Echarati, en contra de JAVIER CCORIHUAMAN MAYTA, en calidad de autor del delito contra la Fe Publica, en su modalidad de Falsificación de documentes en General, sub tipo FALSIFICACIÓN MATERIAL DE DOCUMENTO PUBLICO Y USO DE DOCUMENTO PUBLICO FALSO, tipificado en el articulo 427° del código penal, en agravio del ESTADO representado por la Municipalidad Distrital de Echarati; a efectos de que el Juez de Investigación Preparatoria asuma competencia materia] del proceso. 2) Al no haberse solicitado prisión preventiva o comparecencia con restricciones se IMPONE la medida de COMPARECENCIA SIMPLE. 3) SUSPÉNDASE, el curso de la prescripción de la acción penal; dejándose constancia que habiendo forma Lirado la Investigación Preparatoria, el Representante del Ministerio Público ha perdido la facultad de archivar la investigación sin La intervención del Órgano Jurisdiccional. 4) COMUNICAR a la parte agraviada que tiene derecho a ser informado y escuchado antes de cada decisión que implique La extinción o suspensión de la acción penal siempre que lo solicite al Juzgado y solamente tendrá derecho a impugnar el sobreseimiento y la sentencia absolutoria; asi mismo, tiene la facultad de solicitar su constitución en actor civil, con la finalidad de obtener mayores facultades de actuación en el proceso. 5) PRECISAR a los sujetos procesales que la carpeta fiscal con todo lo que se actúe en la investigación preparatoria se encuentra disponible en las Oficinas de la Fiscalía encargada del caso para su revisión, expedición d ¡ copias u otros finos que correspondan. 6) ADVERTIR a las partes que los requerimientos y solicitudes se presentan por escrito (en Formulario Oficial cuando corresponda) y deben ser sustentados oralmente en audiencia pública, bajo apercibimiento de declararse inadmisible en caso de inconcurrencia del peticionante. 7) COMUNICAR al representante del Ministerio Publico que la presente investigación vencerá el día VEINTE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, en caso se opto por el plazo ordinario establecido en el articulo 342° del Código Procesal Penal, siendo de exclusiva responsabilidad del Ministerio Publico, la observancia del cumplimiento de los plazos. 8) EXPLICAR que el desarrollo íntegro de las Audiencias Judiciales serán grabadas en sistema de audio, pudiendo
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acceder las partes a una copia. La resolución dictada oralmente en audiencia, se entenderá notificada a las partos asistentes y también a quien hayan sido citados aunque no hayan asistido. 9) ORDENAR a las partes que fijen en autos un domicilio procesal dentro del radio urbano del Juzgado, precisándose que las resoluciones escritas en adelante serán notificadas solo en el domicilio procesal, siendo de su entera responsabilidad la variación del mismo no comunicada al Juzgado o el fijado fuera del radio urbano, para lo primero se entenderá valida la notificación en el último domicilio fijado en autos, y para lo segundo se entenderá efectuada la notificación en a) mismo día de expedida la notificación. 10) EXHORTAR al abogado defensor de los imputados su obligación de-asistir a las audiencias, bajo apercibimiento de ser excluido y sustituido por el defensor público, en los casos previstos taxativamente en la ley. 11) NOTIFICAR la presente resolución a los imputados y al agraviado en sus domicilios procesales y reales, y al Ministerio Público en su sede institucional. 12) COMUNICAR al representante del Ministerio Publico que la presente investigación es de su exclusiva responsabilidad, asi como en la observancia del cumplimiento de los plazos, conforme a lo dispuesto en el inciso uno del articulo 342° del Código Procesal Penal. 13) AUTORÍCESE a los Asistentes de Causas, el dictado con su sola firma de las resoluciones (decretos) de impulso procesal, consignando de ser el caso, los apercibimientos que correspondan ser aplicados por Juez. HÁGASE SABER” DISPOSICIÓN N° 02-2017-FPM-ECHARATE DE FORMALIZACION DE LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA PARTE DECISORIA POR ESTAS CONSIDERACIONES este Ministerio Público, la Fiscalía Mixta de Echarati, con la autoridad que le confiere el Decreto Legislativo N° 052 Ley Orgánica del Ministerio Publico y al amparo del Artículo 336 del Código Procesal Penal DISPONE: PRIMERO FORMALIZAR Y CONTINUAR LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA contra JAVIER CCORIHUAMAN MAYTA, en caí.i dad de autor del delito contra la Fe Publica, en su modalidad de Falsificación de documentos en General, SUb tipo FALSIFICACIÓN MATERIAL DE DOCUMENTO PUBLICO Y USO DE DOCUMENTO PUBLICO FALSO, tipificado en el articulo 4 27° del código penal, en agravio del ESTADO representado por la Municipalidad Distrital de Echarati. Echarati, 23 de Abril del 2018. J. S (26, 27, 30 ABR)
EDICTO JUDICIAL JUZ. DE INVES. PREPARATORIA - S. Urubamba. EXPEDIENTE: 00160-2017-95-1015-JR-PE-01 JUEZ: ALICIA VARGAS LEÓN ESPECIALISTA: ROXANA SALDIVAR YUPANQUI Se emplaza a NANCY AROTAIPE ZAPATA, ALEJANDRA ESMERALDA CHAVEZ QUISPE Y SHARMELY MAGDALENA CHAVEZ QUISPE, con la resolución número cinco, de fecha trece de abril del dos mil dieciocho: RESOLUCIÓN N° 05. Urubamba, trece de abril Del dos mil dieciocho.VISTO, OÍDOS Y CONSIDERANDO: Queda grabado en el registro en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe; Por estas consideraciones, SE RESUELVE: DECLARAR FRUSTRADA la presente audiencia, y se señala como nueva fecha para su continuación, para el DÍA ONCE DE JUNIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS DIEZ DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencia del Juzgado de Investigación Preparatoria de Ürubamba, SUBSISTIENDO los apercibimientos decretados para la concurrencia de las partes procesales. SE DISPONE NOTIFICAR a Nancy Arotaipe Zapata, Alejandra Esmeralda Chávez Quispe y Sharmelly Magdalena Chávez Quispe, mediante edicto para su concurrencia a la presente audiencia; sin perjuicio de notificársele mediante llamada telefónica al celular 957720851 a las agraviadas Alejandra Esmeralda Chávez Quispe y Sharmelly Magdalena Chávez Quispe. Debiendo recabarse los edictos oportunamente, bajo responsabilidad. H.S. Se publica el presente para los fines de ley (por tres fechas).Urubamba, 18 de abril 2018. J. S (26, 27, 30 ABR)
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SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
EDICTO PENAL Exp Nro. 0356-2017-21-1004OR-PE-01 El Juzgado Penal Unipersonal de Anta. Secretaria: Vanessa Ccohua Mayta. Se cita, y emplaza a JHON ELVIS MAMANI HUALLPAYUNCA, para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por delito contra la Seguridad Publica, en la modalidad de Peligro Común, sub tipo Conducción de Vehículo en Estado de Ebriedad en agravio de La Sociedad; se tiene que mediante resolución numero 01 de fecha 23 de abril del 2018 se dispone la notificación vía edicto de la resolución N° 01, en la cual SE RESUELVE: CITAR A JUICIO ORAL en la presente causa seguido contra JHON ELVIS MAMANI HUALLPAYUNCA, identificado con DNI Nro. 75757385 como presunto autor del delito Contra la Seguridad Publica, en su modalidad de CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, tipificado en el primer párrafo del artículo 274° del Código Penal, en agravio de LA SOCIEDAD, la misma que se realizará el día ONCE DE MAYO DEL AÑO EN CURSO, a las NUEVE DE LA MAÑANA (HORA EXACTA) en la Sala de Audiencias del Juzgado Penal Unipersonal de Anta, ubicado en la Plaza Cívica de Izcuchaca - Anta. Anta, 23 de abril del 2018. J. S (26, 27, 30 ABR)
EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 00498-2017-6-1015-JR-PE-01 JUEZ: HEBERT TORRES MONTOYA ESPECIALISTA: ALAN GIBAJA ORMACHEA EL SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA PROVINCIA DE URUBAMBA -CUSCO EMITE: RESOLUCIÓN N°02 Urubomba, veinte de abril Del año dos mil dieciocho.PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Queda registrado en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe. Por las consideraciones antes expuestas, SE RESUELVE: 1. DAR POR NO INSTALADA VÁLIDAMENTE la presente audiencia de juicio oral, por falta de notificación con arreglo a ley a la acusada, por imprecisión en la dirección domiciliaria, siendo esto una causa de justificación no atribuible a la acusada. 2. A efecto de no vulnerar el derecho de defensa de la parte acusada se dispone se notifique mediante edictos por existir imprecisiones en la dirección señalada de la acusada, debiéndose realizar la documentación pertinente. 3. DISPONER la notificación vía telefónica la misma que es proporcionado por la agraviada, debiéndose dejar constancia de dicha notificación. 4. REPROGRAMESE la audiencia para ser verificada en fecha TREINTA DE MAYO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS OCHO, la misma que se verificará en la Sala de audiencias del Juzgado Penal Unipersonal de Cusco. Urubamba, 20 de abril del 2018. J. S (26, 27, 30 ABR)
EDICTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CALCA SEÑOR: ELMER ZAMATA MAZA y SECILIA ECHARRI CONDORI La señora Juez del JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CALCA, DRA. INÉS ROJAS CONTRERAS, en el Incidente Penal N° 00079-2018-18-1005-JR- PE-01, seguido contra, Elmer Zamata Maza Y Secilia Echarrí Condori, sobre el delito Contra La Vida El Cuerpo Y La Salud en la modalidad de Lesiones, sub - tipo Lesiones Leves Por Violencia Familiar previsto y sancionado por el artículo 122-B del Código Penal, en agravio de los mismos, debiéndose notificar a: ELMER ZAMATA MAZA y SECILIA ECHARRI CONDORI, con la presente resolución, expediente tramitado bajo la actuación de la Especialista de audiencias Sonia Raquel Jallo Yucra, ha resuelto comunicar al imputado con la reprogramación de audiencia celebrada en fecha 20-04-2018. RESOLUCIÓN N° 02 Calca, veinte de abril Del año dos mil dieciochoVISTOS y OÍDOS: I CONSIDERANDO: Queda grabado en el registro de audio. DECISIÓN: Por estos fundamentos, la Jueza del Juzgado Unipersonal de Calca, RESUELVE: 1.- REPROGRAMAR la presente audiencia para el dia 16 DE MAYO DEL AÑO 2018 A HORAS 14:00 PM., quedando en este acto validamente notificados el representante del Ministerio Publico, y las abogadas defensoras de los acusados. 2.- NOTIFIQUESE VÍA EDICTO a los acusados Elmer Zamata Maza Y Secilia Echarri Condori, para lo cual se deriven los oficios correspondientes a la REPEJ de la C.S.J.C, se deja vigente los apercibimientos de ley señalados en autos en caso de inconcurrencia injustificada de las partes. H.S. J. S (26, 27, 30 ABR)
4. NOTIFIQUESE al imputado a su domicilio real y procesal con la presente resolución, quien en el plazo de veinticuatro horas deberá designar abogado defensor de su libre elección o ratificar al abogado defensor designado por el Ministerio Público a favor de dicho imputado, bajo apercibimiento designar Defensor Público en caso incumplimiento y llevarse a cabo la audiencia con asistencia del Defensor Público; por ser una audiencia inaplazable a quien deberá notificarse con el presente requerimiento, y a los demás sujetos en sus respectivos domicilio procesa! señalado en auto; así también, se pone en su conocimiento que mediante resolución número tres se ha reprogramado la audiencia de incoación de proceso inmediato para el DIECIOCHO DE MAYO DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS ONCE HORAS.Espinar, 25 de Abril del 2018. J. S (26, 27, 30 ABR)
AVISO JUDICIAL En Proceso Nro. 47-2018 seguido Ante el juzgado de paz letrado de San Sebastián, Despachado por la Señorita Juez Dra. LYNDA VARGAS MANGA bajo la actuación de la secretaria Dra. Antonina Ponce de León GILDA RAQUEL IWAKI ORDEÑEZ DE CABRERA solicita RECTIFICACION DE PARTIDA DE MATRIMONIO por haberse considerado su apellido materno como Ordoñes y el nombre de su progenitura como Genobeba Ordoñes debiendo ser en forma correcta GILDA RAQUEL IWAKI ORDOÑEZ y la de su progenitora COMO GENOVEVA ORDOÑEZ lo que se publica para los fines de Ley. 25-04-2018 ANTONINA PONCE DE LEÓN PAGUADA SECRETARIA JUDICIAL P. 6668584 F. (27 ABR)
EDICTO JUDICIAL 1o JUZ. DE INVES. PREPARATORIA - Sede Espinar EXPEDIENTE: 208-2017-0-1009-JR-PE-01 JUEZ: ESTEBAN FREDDY ACHOMA TITO ESPECIALISTA: CINTHYA ELIANA CONDORl ZARATE Se pone en conocimiento del señor Narciso Umiyauri Cuyo y de la agraviada de iniciales B.U.A, representada por su progenitura Lucia Acuta Taype, que la fiscalía provincial penal de Espinar ha formulado acusación en contra de NARCISO UMIYAURI CUYO; por la presunta comisión del delito Contra la Libertad, en su modalidad de delitos contra la libertad sexual, en su forma de Violación Sexual a menor de edad, cuando la víctima tiene menos de diez años, en agravio de la menor de iniciales B.U.A, representada por su progenitura Lucia Acuta Taype, habiendo emitido la RESOLUCIÓN N° 07 de fecha veinticinco de abril del dos mil dieciocho, se dispuso reprogramar la audiencia de Control de Acusación para el día VEINTICUATRO DE MAYO DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS ONCE HORAS, en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Espinar Espinar, 25 de Abril del 2018. J. S (26, 27, 30 ABR)
EDICTO DE ABANDONO DE MENOR
EDICTO JUDICIAL
Ante el Juzgado Mixto, Liquidador y Unipersonal de la Provincia de Acomayo del departamento del Cusco, que Despacha la señorita Juez Supernumeraria Karina Zarate Huillca, bajo la actuación del Especialista Judicial Luis Enrique Alvarez Cáceres, se viene tramitando el Proceso Tutelar N° 00037-2018-0- 1003-JM-FT-01., seguido a favor de los menores de iniciales J.M.C.Q., (14 años) y J.A.C.Q.,(10 años), sobre Abandono Moral y Material, para efecto legales pertinentes se ha dispuesto la notificación mediante este medio a su padre biológico, Don JOSÉ CCAHUANA KCALLA, a fin de que concurra al Juzgado Mixto de Acomayo, en fecha 25 DE ABRIL DE 2018 A HORAS 11;00;AM.. para recibirle su declaración, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia de ser conducido compulsivamente por la Policía Nacional del Perú; es lo que se pública para los fines pertinentes de ley.-3.Vz. Acomayo, 17 de abril del 2017.
1o JUZ. DE INVES. PREPARATORIA – Sede Espinar EXPEDIENTE: 0075-2018-0-1009-JR-PE-01 JUEZ: ESTEBAN FREDDY ACHOMA TITO ESPECIALISTA : CINTHIA ELIANA CONDORI ZARATE Se pone en conocimiento del señor ELÍSEO CHAHUARA HUACHO, que la Fiscalía Provincial Penal de Espinar, ha requerido PROCESO INMEDIATO contra ELÍSEO CHAHUARA HUACHO, por el delito contra la familia en su modalidad de omisión a la asistencia familiar en su forma de Omisión de Prestación de Alimentos, en agravio de su menor hija de iniciales H.A.C.N., representado por su progenitora Gregoria Noa Ramiro; asimismo, se pone en su conocimiento la RESOLUCIÓN N° 03 de fecha veinticinco de abrí! del dos mil dieciocho, que resolvió: 1. ADMITIR A TRÁMITE el requerimiento de Proceso Inmediato requerida por la Fiscalía Provincial Penal de Espinar contra el imputado ELÍSEO CHAHUARA HUACHO. 2. CITAR a Audiencia Única de Proceso Inmediato (...), 3. PRECISAR que el imputado tiene derecho a negarse por cualquier motivo a estar presente en la audiencia de proceso inmediato, en cuyo caso será representado por su abogado de libre elección o defensor de oficio.
J. S (26, 27, 30 ABR)
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NOTIFICACIÓN JUDICIAL POR EDICTOS En el EXPEDIENTE N° 0066-2018-JP-TA, la Juez de Paz de la urb. Túpac Amaru del Distrito del Distrito de San Sebastián, ha dispuesto la NOTIFICACIÓN POR EDICTOS, de un extracto de la demanda y auto admisorio, en la forma siguiente: SE RESUELVE: PRIMERO.-Admitir a trámite la demanda interpuesta por DOMINGO ANDRADA HUAMANGA, sobre Pago de Alquileres y entrega de bien inmueble, en contra de LEONIDAS OSCAR CANDIA JUANITO. SEGUNDO - Oficiar al Diario LA REPUBLICA de la ciudad del Cusco, para efectuar la notificación vía Edicto Judicial por TRES VECES, CON INTERVALO DE UN DIA, para lo cual se DISPONE - efectuar el extracto del auto admisorio, para notificar al demandado a fin de que concurra a la AUDIENCIA ÚNICA PARA EL DÍA LUNES 07 DE ABRIL DEL 2018 A LAS 09:00 HORAS y haga uso del Derecho a la Defensa, media firma de la señora Juez, Itala Pérez Vidal – Cusco 23 de Abril del 2018. ITALA PÉREZ VIDAL JUEZ DE PAZ P. 6668576 F. (27 ABR Y 02, 04 MAY)
EDICTO Ante el Segundo Juzgado de Familia de Cusco Beatriz Condorhuamán Zamalloa ha solicitado la Formación del Consejo de Familia y la Designación de Tutor solicitud que ha sido admitida con el proceso N° 733-2017, notificándose a través del presente a las siguientes personas: Bernardina Condorhuamán Zamalloa, Victoria Ugarte Mayta, Bertha Quin Ugarte, Eustaquio Quin Ugarte y a las personas que se crean con derecho asistir a la Audiencia, la misma que se llevará a cabo el día 24 de Mayo del presente año a horas 3.00pm., en el local el Juzgado. INGRID SIERRA TAMAYO SECRETARIA JUDICIAL P. 6668613 F. (27, 30 ABR Y 02 MAY)
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La República
REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA En el Exp. 02440-2015-0-1001-JR-CI-02 seguido por BANCO DE CRÉDITO DEL PERÚ, sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍA HIPOTECARIA en contra de MOWICO EIRL REPRESENTADA POR JORGE MAX TRELLES PELAEZ y MÓNICA ADILA WILLIS COVARRUBIAS, el Sr. Juez del Segundo Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Cusco, Dr. Eliot Alcibiades Zamalloa Cornejo, Especialista Legal Dr. David Américo Olivera Sarmiento, ha ordenado sacar a remate público en PRIMERA CONVOCATORIA el inmueble urbano de propiedad de la demandada - ejecutada JORGE MAX TRELLES PELAEZ y MÓNICA ADILA WILLIS COVARRUBIAS, ubicado en DEPARTAMENTO N° 201 DEL INMUEBLE N° 13 DE LA Manzana-L DE LA URBANIZACIÓN HUANCARO del distrito de Santiago, provincia y departamento de Cusco, inscrito en la Partida N° 11037778 del Registro de Predios de la Zona Registral N° X - Sede Cusco, Oficina Registral Cusco. TASACION: Asciende a la suma de S/ 364,292.20 (TRESCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS CON 20/100 SOLES); siendo la base del remate la suma de S/ 242,8¿1.47 (DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y UNO CON 47/100 SOLES), que equivale a las dos terceras partes del valor de la tasación. LUGAR. DIA Y HORA DE REMATE: 28 DE MAYO DEL 2018, A LAS 10:00 ANTES DEL MERIDIANO (10:00 HORAS), la cual se llevará a cabo en la sala de remates de la Corte Superior de Justicia de Cusco, sito en Av. El Sol N° 239 Segundo piso, del Distrito, Provincia y Departamento de Cusco. El remate será realizado por el Martiliero Público Dra. Patricia Victoria Vásquez Zubieta, con Registro SUNARP Número 315. AFECTACIONES: RUBRO GRAVAMENES Y CARGAS D00009: ASIENTO 09 HIPOTECA: MÓNICA ADILA WILLIS COBARRUBIA CON INTERVENCIÓN de SU CÓNYUGE JORGE MAX TRELLES PELÁEZ. Constituyen Hipoteca a favor del BANCO DE CRÉDITO DEL PERÚ, hasta por la suma de S/ 364,292.20 (TRESCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS CON 00/100 SOLES).- No se conocen otras afectaciones. POSTORES: Oblarán suma no menor a S/ 36,429.22 (TREINTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS VEINTINUEVE CON 22/100 SOLES) equivalente al 10% del valor de la tasación del inmueble, en efectivo o cheque de Gerencia (endosable y con una antigüedad menor a 30 días) y entregarán en original y copia: el DNI del postor y el recibo del arancel judicial correspondiente (tributo 07153), donde conste el nombre del Juzgado, el quimera de Expediente y Generales de Ley del postor. EL ADJUDICATARIO: Deberá depositar el saldo del precio, dentro del tercer día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate, tal y cójalo lo señala el Art. 741 del Código Procesal Civil. Los honorarios del Martiliero Público serán a cargo del adjudicatario una vez concluido el remate, de conformidad con el Artículo 732 del Código Procesal Civil, la Ley del Martiliero Público Nro. 27728 y su Reglamento (Artículo 18 del D.S. Nro. 008.2005 JUS) encontrándose afectos al IGV. Cusco, 2018 abril 13. DAVID AMÉRICO OLIVERA SARMIENTO SECRETARIO JUDICIAL PATRICIA VICTORIA VÁSQUEZ ZUBIETA MARTILIERO PÚBLICO P. 6668621 F. (27, 30 ABR Y 02, 03, 04, 07 MAY)
EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Mixto de Urcos, que despacha la señora Juez Dra. Ana Cecilia Sotomayor Tejada, bajo la actuación del Secretario Judicial Carlos Astete Saavedra, se tramita el Expediente N° 46-2017-CI, seguida por Raymundo Bejar Navarro y Juan García de Bejar contra Ruperto Quispe Lira, con la pretensión de PRESCRIPCION DE ADQUISITIVA DE DOMINIO, se ha dispuesto mediante resolución N° 06 de fecha 02 de abril de 2018, la publicación mediante edictos de un extracto del auto admisorio, contenido en la Resolu-
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
ción N° 02 de fecha 02 de mayo de 2018, como sigue: SE RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE en vía del PROCESO ABREVIADO la demandada instada por RAYMUNDO BEJAR NAVARRO Y JUAN GARCÍA DE BEJAR contra RUPERTO QUISPE LIRA, con la pretensión de PRESCRIPCION DE ADQUISITIVA DE DOMINIO del predio rural denominada “TTANTAY ubicado en el sector de Ttantay del distrito de Andahuaylillas, provincia de Quispicanchi, departamento de Cusco con un área de 5,857.32.m2 y con un perímetro de 321.86 ml; con citación de los propietarios de los predios colindantes: además de la Municipalidad Distrital de Andahuaylillas de la provincia de Quispicanchi; por su mérito córrase traslado a los demandados por el término de DIEZ DÍAS a fin de que cumplan con absolverla, bajo el apercibimiento de ser declarados rebeldes.- DE LOS MEDIOS PROBATORIOS: Estando adjunto el arancel judicial respectivos, téngase por ofrecidos los medios probatorios que indica, para su admisión, actuación y valoración en la oportunidad procesal.- DE LOS ANEXOS: Agréguese a sus antecedentes; Conforme lo prescrito en el artículo 506° del Código Procesal Civil, publíquese el extracto de demanda por tres veces con intervalos de tres días en la forma prescrita por los artículos 167° y 168° del acotado cuerpo legal, para !o cual el cursora cumpla con entregar el respectivo extracto al demandante en horas de atención al público.-ENCARGÁNDOSE de la tramitación a la Especialista Judicial que da cuenta- H.S. (Se publica el presente edicto para la notificación de la sucesión procesal de QEVF. Ruperto Quispe Lira) Urcos, 25 de mayo de 2018 CARLOS ASTETE SAAVEDRA SECRETARIO JUDICIAL P. 6668627 F. (27 ABR Y 04, 10 MAY)
Viernes, 27 de abril del 2018
del siguiente mandato judicial: Resolución N° 02.- Cusco, dos de Abril de dos mil dieciocho.- SE RESUELVE: ADMITIR A TRAMITE en la VÍA DEL PROCESO SUMARISIMO la demanda interpuesta.- MEDIOS PROBATORIOS: Téngase por ofrecidos los medios probatorios indicados, incluidos los referidos en el escrito de subsanación, los que serán merituados en su oportunidad procesal.- Disponiéndose la publicación de la presente resolución por el término de UN DIA mediante el Diario Judicial del Cusco.- H.S.
DAVID AMÉRICO OLIVERA SARMIENTO SECRETARIO JUDICIAL
P. 6668650 F. (27 ABR)
EDICTO JUDICIAL
Se hace conocer que ante el Juzgado de Paz Letrado de Santiago, bajo la dirección del señora Juez BASILISKA DUEÑAS ZUÑIGA, en el Proceso Civil N° 00492-2018-0-1018-JPCI-01, MARCELINA AAAMANI MAMANI, viene solicitando la sucesión intestada de quien en vida fue, ATANACIO MAMANI ACARAPI, fallecido el 10 de octubre del 2006, inscrito Registro de Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Santiago - Cusco. Se publica a efecto de que tomen conocimiento las personas que tengan interés sucesorio. Santiago, 23 de abril del 2018. MARIA ELENA OLARTE LEIVA ESPECIALISTA LEGAL
EDICTO
Calca, 19 de Abril de 2018.
J. S (27, 30 ABR Y 02 MAY)
JUDIT MOREANO VALENCIA SECRETARIA JUDICIAL
EDICTO JUDICIAL
Ante el Primer Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Cusco, a cargo de la señora Juez Dra. María del Carmen Villagarcía Valenzuela y bajo la actuación de la Secretaria Judicial Ketty Conchoy Ochoa, se viene tramitando el proceso Nro. 00527-2018, sobre RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO, solicitado por CARMEN ROSA QUISPE AYMA DE WARTON, a fin de que se rectifique los errores materiales en que se ha incurrido al momento de inscribir su partida de nacimiento, inscrita ante el Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial del Cusco, ya que se ha incurrido en los siguientes errores materiales: 1) En el rubro del nombre de su progenitor, se ha omitido consignar su apellido materno “CJUMO”, debiendo figurar de forma correcta como: TOMAS QUISPE CJUMO; 2) En el rubro del nombre de su progenitura, se ha omitido consignar su apellido materno “CARRASCO”, debiendo figurar de forma correcta como: MARIA AYMA CARRASCO. Errores que le causan perjuicios. Publicación que se pone a conocimiento del público para los fines de ley. Cusco, 26 de abril de 2018. KETTY CONCHOY OCHOA SECRETARIA JUDICIAL P. 6668833 F. (27 ABR)
EDICTOS
Se hace saber, que el señor Juez del Segundo Juzgado Civil del Cusco Eliot A. Zamalloa Cornejo, bajo la actuación del Especialista Legal David Américo Olivera Sarmiento, en el Expediente N° 00059-2018-0-1001-JR-CI-02 seguido por ANDRE BRASYHAN HUAMAN LAJO, con intervención en calidad de dictaminador del Fiscal Provincial de la FISCALIA PROVINCIAL EN LO CIVIL Y DE FAMILIA DEL CUSCO, sobre CAMBIO DE NOMBRE, ha dispuesto la publicación
P. 6668892 F. (27, 30 ABR Y 02 MAY)
Ante el Juzgado de Paz Letrado de Calca que despacha la Dr. Wilber Abarca Quispe y bajo la actuación de la Especialista Legal Judit Moreano Valencia.- ROXANA NINA CHA VEZ, siguen el Proceso Civil 00014-2018-0-1015-JP-CI-l, de sucesión intestada, del Q.V.F. su padre JAVIER NINA PUMAYALI, quien falleció el 7 de noviembre de 2009 y, con lo que se pretende se declare como heredera a la recurrente ROXANA NINA CHA VEZ, Lo que se publica para los fines de ley.
EDICTO JUDICIAL
P. 6668700 F. (27 ABR)
EDICTO JUDICIAL
REBECA ROCA FERRO SECRETARAI JUDICIAL
ESTE JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CAMANA, Cita y emplaza al investigado MANTILLA CHANCUAÑA UBER, en el expediente 456-2017-0, respecto de los hechos que le imputa el Ministerio Público al investigado sobre AGRESIÓN CONTRA INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR en agravio de MARÍA MAGDALENA MENDOZA MOLINA, que el día 20 de mayo del 2017 a horas 21:50 la agraviada fue agredida con un puñete en el oído lado izquierdo, patada e insultos denigrantes a la mujer todo ello por parte del inculpado. Asimismo mediante Resolución 03-2018 de fecha 08 de marzo del 2018 se PROGRAMA LA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN para el día DIEZ DE MAYO DEL AÑO EN CURSO A HORAS 14:30, la misma que se llevará a cabo en el Módulo Penal de Camaná sito en Jr. Comercio Nro. 140 cercado de Camaná, primer piso.-. Juez Dr. Sotomayor Saavedra.- Especialista Mamani Pinto.Camaná, 19 de Marzo del 2018.
P. 6668717 F. (27 ABR)
AVISO JUDICIAL
ANTONINA PONCE DE LEÓN PAGUADA SECRETARAI JUDICIAL
Wanchaq, 24 de abril del 2018
Cusco, 04 de abril de 2018.
P. 6668758 F. (27 ABR)
En Proceso Nro. 46-2018 -Ante el juzgado de paz letrado de San Sebastián Despachado por la Srta. Juez Dra .Lynda Vargas bajo la actuación de la secretaria Dra. Antonina Ponce de León, KARINA MESCCO MAYTA Solicita SUCESION INTESTADA del que fue su s señora madre fallecida en esta ciudad el 4 de enero del 2017 se publica a fin de que se asomen los que tienen derecho a suceder. S.S. 21 -042018
ley.-
En el Primer Juzgado de Paz Letrado de Wanchaq, que despacha la Juez Titular Dra. Maridaren Ascue Lovón, bajo la actuación de la Especialista Legal Abog. Rebeca Roca Ferro, se viene tramitando el proceso Nro. 00659- 2018-0-1001-PJCI-Ol, seguida por MARIA EUGENIA GALDO SOTOMAYOR, sobre Rectificación de Partida de Nacimiento de la solicitante, al inscribir se ha omitido los apellidos paterno i materno “GALDO y SOTOMAYOR”, siendo el correcto “ MARIA EUGENIA GALDO SOTOMAYOR”; quedando inalterable en lo demás que contiene. - Lo que se publica para los fines de
EDICTO ESTE JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CAMANA, Cita y emplaza al investigado MANTILLA CHANCUAÑA UBER, en el expediente 456-2017-0, respecto de los hechos que le imputa el Ministerio Público al investigado sobre AGRESIÓN CONTRA INTEGRANTES DEL GRUPO FAMII IAR en agravio de MARÍA MAGDALENA MENDOZA MOLINA, que el día 20 de mayo del 2017 a horas 21:50 la agraviada fue agredida con un puñete en el oído lado izquierdo, patada e insultos denigrantes a la mujer todo ello por parte del inculpado. Asimismo mediante Resolución 03-2018 de fecha 08 de marzo del 2018 se PROGRAMA LA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN para el día DIEZ DE MAYO DEL AÑO EN CURSO A HORAS 14:30, la misma que se llevará a cabo en el Módulo Penal de Camaná sito en Jr. Comercio Nro. 140 cercado de Camaná, primer piso.-. Juez Dr. Sotomayor Saavedra.- Especialista Mamani Pjnto.Camaná, 19 de Marzo del 2018. J. S (27, 30 ABR Y 02 MAY)
EDICTO PENAL Exp. N°: 01508-2017-0-2701 -JR-PE-03 Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Tambopata - Madre de Dios Juez: Edgard León Quispe. Especialista Judicial: Carla del Rosario Veliz Cabrera. Se notifica al imputado Manuel Luis Gamboa Palomino lo dispuesto mediante Resolución N° 06 de fecha doce de abril del dos mil dieciocho, mediante el cual se reprograma la Audiencia Única de Incoación del Proceso Inmediato, con carácter INAPLAZABLE para el día 30 DE MAYO DEL 2018 a horas 08:00 de la mañana, la que se realizará en la Sala de Audiencias del 3o Juzgado de Investigación Preparatoria de Tambopata, sito en la Av. Ernesto Rivera N° 722 -Puerto Maldonado, 1er. Bloque 3er Piso.Puerto, Maldonado, 18 de abril del 2018. J. S (27, 30 ABR Y 02 MAY)
EDICTO PENAL EXPEDIENTE PENAL: N° 1208-2004-0-1001-SP-PE-02. Secretaria: Carmela Velasco Guzmán. Se cita y emplaza a la acusada ELIZABETH CHA VEZ
Viernes, 27 de abril del 2018
AYMA, a fin que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra en el proceso que se le sigue por el delito Contra el Patrimonio, en la modalidad de Robo Agravado, en agravio de Alfredo Jesús Macury y otro. Cusco, 24 de Abril del 2018. J. S (27, 30 ABR Y 02 MAY)
EDICTO PENAL El Juzgado de Investigación Preparatoria de la Provincia de Chincheros de la Corte Superior de Justicia de Apurímac, Juez Gómez, cita y emplaza al imputado DAVID HUARANCA HUARCAYA para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra (Resolución N° 49 FECHA PARA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN PARA EL DÍA 24-05-2018 A HORAS 09:00 AM), en el proceso que se le sigue mediante: Exp. N° 42-2015-17-JR-PE, a DAVID HUARANCA HUARCAYA, Por la presunta comisión del delito Contra La Salud Pública en la modalidad de Conspiración al Tráfico llicito de Drogasen agravio del Estado. Especialista de Causas: Rivera Sarmiento. J. S (27, 30 ABR Y 02 MAY)
EDICTO PENAL NRO. EXPEDIENTE: 02079-2017-55-1001-JR-PE-02 El señor Juez del Tercer Juzgado Penal Unipersonal - Flagrancia - Sede Cusco, Dr. Carlos Adalberto Román Gil, en el proceso Nro. 02079-2017-55-1001-JR-PE-02, seguido contra JUAN ALFONSO RODRÍGUEZ HUAMANÍ con D.N.I. N°. 46333437, por el delito contra la Contra la Seguridad Pública, sub tipo CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, modalidad Peligro Común, en agravio de la Sociedad; bajo la actuación del Especialista Judicial Abog. Henning Siverts García RÍOS, se ha dispuesto notificar con la Resolución N° 05 del 09/04/18 y el extracto de la disposición de formalización de la Acusación en Proceso Inmediato al citado procesado, cuyo contenido es el siguiente: REQUERIMIENTO DE PROCESO INMEDIATO.- El Fiscal Provincial de Investigación de la Segunda Fiscalía Provincial Penal de Wanchaq, formula ACUSACIÓN FISCAL contra JUAN ALFONSO RODRÍGUEZ HUAMANÍ con D.N.I. N°. 46333437, por el delito contra la Contra la Seguridad Pública, sub tipo CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, modalidad Peligro Común, en agravio de la Sociedad; la Fiscalía ha tipificado el delito en el Primer Párrafo del Artículo 274° del Código Penal; El Ministerio Público, solicita que se declare procedente el requerimiento de Proceso Inmediato. RESOLUCIÓN N° 05 Cusco, diez de Abril del dos mil dieciocho.PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Se halla en el registro de audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe. 1. Declarar frustrada la instalación de la presente audiencia por inconcurrencia justificada de la representante del Ministerio Publico y además de no haber sido notificado el imputado. 2. Reprogramar la presente audiencia para el día CATORCE DE MAYO DEL AÑO EN CURSO A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA CON TREINTA MINUTOS A VERIFICARSE EN LA TERCERA SALA DE AUDIENCIAS DEL MODULO PENAL, debiendo volverse a notificar al imputado en el domicilio consignados en autos y vía edictos judiciales, así como también se dispone se notifique a la representante del Ministerio Público en su domicilio procesal. Subsisten los apercibimientos decretados en autos. Cusco, 23 de abril del 2018. J. S (27, 30 ABR Y 02 MAY)
EDICTO PENAL SEÑOR: YERKO DUEÑAS FARFÁN El señor Juez del Séptimo Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dr. Alex León Martínez, en el proceso Nro. 0846-2018-0-1001-JR-PE-07, seguido contra YERKO DUEÑAS FARFAN con D.N.I. 23984214, por el delito contra la Seguridad Pública, modalidad Peligro Común, Sub Tipo CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD en agravio de la SOCIEDAD; bajo la actuación del Especialista Judicial
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
Abog. Henning Siverts García Rios, se ha dispuesto notificar con la Resolución S/N. del 10/04/18 y el extracto del requerimiento fiscal de Proceso Inmediato al citado procesado, cuyo contenido es el siguiente: REQUERIMIENTO DE PROCESO INMEDIATO.- El Fiscal Provincial del Primer Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Santiago, formula PROCESO INMEDIATO contra YERKO DUEÑAS FARFÁN como autor del delito contra Seguridad Pública, modalidad Peligro Común, Sub Tipo CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD en agravio de la SOCIEDAD; la Fiscalía ha tipificado el delito en el primer párrafo del Artículo 149° del Código Penal; El Ministerio Público, solicita que se declare procedente el requerimiento de Proceso Inmediato. RESOLUCIÓN S/N Cusco, veintiséis de abril De dos mil diecisiete.DADO CUENTA: (...). JUEZ: Verifica el debido emplazamiento del imputado, el mismo que consta en el sistema de audio, por lo que REPROGRAMA la presente audiencia para el día DOS PE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS ONCE DE LA MAÑANA, acto que se realizara en la Décimo Segunda Sala de Audiencias del Modulo Penal de la Corte Superior de justicia de Cusco, para lo cual el Especialista de Causa tendrá que NOTIFICAR al imputado mediante edicto judicial en el Diario Judicial de la Corte Superior de Justicia del Cusco, por tres fechas consecutivas debiendo contar con la debida anticipación con los edictos respectivos para la instalación de la misma. Cusco, 26 de abril del 2018.
Provincial del Tercer Despacho de Investigación de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Santiago, formula PROCESO INMEDIATO contra NELSON UGARTE LONCONI, como autor del delito Contra la Familia, en la modalidad de Omisión de Asistencia Familiar, Sub tipo INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, tipificado en el artículo 149° del Código Penal, en agravio de los menores de iniciales RGUK,.y LEUK., representados por su progenitura LUZ MARINA KCUNO CRUZ, Por lo que la representante de Ministerio Publico, solicita que se declare procedente el requerimiento de Proceso Inmediato. II. INSTALACIÓN DE AUDIENCIA JUEZ: Advierte la inconcurrencia del acusado así como de su abogado defensor; dejando constancia que la cédula de notificación dirigida al imputado ha sido devuelta sin diligenciar por cuanto no se ha ubicado el domicilio, motivo por el cual señala que se va a frustrar la presente diligencia y se va reprogramar para el día 03 DE MAYO DEL 218 A LAS 11:30 A.M., acto el cual se llevara a cabo en la DOCEAVA SALA DE AUDIENCIAS DEL MODULO PENAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO, debiendo notificar el Especialista de Causa al imputado mediante EDDICTOS JUDICIALES por tres fechas consecutivas en el Diario Judicial de la Corte Superior de Justicia de Cusco.Cusco, 26 de Abril de 2018.
J. S (27, 30 ABR Y 02 MAY)
Io SALA PENAL DE APELACIÓN (AD.FUNC.LIQUIDADOR) -S EXPEDIENTE: 00040-2006-0-1001-SP-PE-03 RELATOR: VELASCO GUZMAN CARMELA PILAR DENUNCIADO: MACHACA SIERRA, SANTIAGO IMPUTADO: FLORES HUILCA, LUCIO HANCCO QUISPE, FÉLIX Y OTROS DELITO: HOMICIDIO POR EMOCIÓN VIOLENTA AGRAVIADO: HUALLAPA QUISPE, GREGORIA FLORES HILLA, JUAN Resolución N° 22 Cusco, veinticuatro de Abril del año dos mil dieciocho. Por recibido en la fecha el Dictamen Fiscal que antecede, estando a lo precisado por dicho ministerio siendo el fiscal, titular de la acción penal pública quien en uso de sus atribuciones tiene a su cargo la individualización e identificación de los procesados, DISPUSIERON: 1) RENOVAR las órdenes de captura a nivel local y nacional contra el acusado ausente SANTIAGO MACHACA SIERRA, a fin que se verifiquen las diligencias pendientes para su juzgamiento, observando que se cumplan los requisitos mínimos establecidos en el artículo tercero de la Ley N° 27411’ modificado por la Ley N° 28121, y en la Resolución Administrativa N° 29-2006-CE-PJ2, que aprueba el Reglamento del Registro Nacional de Requisitorias. 2) REITERAR las órdenes de captura cada seis meses, bajo apremio de ley.- Se avocan del conocimiento de la presente causa los Señores Jueces Superiores que suscriben la presente resolución por disposición superior. S. S. Balladares Aparicio Barra Pineda Ochoa Muñoz
Exp. N° 02358-2017-38-1001-JR-PE-02 TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL -FLAGRANCIA DE CUSCO. Especialista Judicial: RUTH ELENA ÑAHUE CHOQUE. Ante el Tercer Juzgado Penal Unipersonal de Cusco, que despacha el Señor Juez Dr. Carlos Román Gil, bajo la actuación de la Especialista Judicial de Juzgado Abg. Ruth Elena Ñahue Choque, se ha presentado el proceso penal que ha sido signado con el Exp. N° 02358-2017-15-1001 -JRPE-02. seguido contra MARÍA CLEOFE CONDORI PUMA y YULISSA CONDORI PUMA por la presunta comisión del delito de Peligro Común en la modalidad de Conducción de Vehículo en Estado de Ebriedad en agravio de la Sociedad representado por el Ministerio Publico se ha dispuesto NOTIFÍCAR al imputado con la Res. 02, de fecha diecinueve de marzo del año dos mil dieciocho, que dispone:RESOLUCIÓN No.03 Cusco, cinco de enero Del año dos mil dieciocho.PARTE CONSIDERATIVA: Se registra en sistema de audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe. SE RESUELVE: 1. Declarar frustrada la presente audiencia por falta de notificación al imputado. 2. Reprográmese la presente audiencia para el DÍA 13 DE MARZO DEL 2018 A HORAS 11:00 DE LA MAÑANA EN LA TERCERA SALA DE AUDIENCIAS DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO, quedando notificados los presentes subsistiendo los apercibimientos decretados en autos. 3. Notifíquese al imputado Juan Quispe Aquino a su domicilio real proporcionado por el Ministerio Publico consignado en autos, también vía edictos y sin perjuicio notifíquesele en su numero celular 957040730. Cusco, 23 de Abril del 2018.
J. S (27, 30 ABR Y 02 MAY)
J. S (27, 30 ABR Y 02 MAY)
EDICTO
EDICTO PENAL SEÑOR: NELSON UGARTE LONCONI El señor Juez del Séptimo Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dr. Alex León Martínez, en el proceso Nro. 05521-2017-0-1001-JR-PE-07, seguido contra NELSON UGARTE LONCONI con D.N.I. 80185205, por el delito Contra la Familia, en la modalidad de Omisión de Asistencia Familiar, Sub tipo INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, en agravio de los menores de iniciales RGUK,.y LEUK., representados por su progenitura LUZ MARINA KCUNO CRUZ, bajo la actuación de la Especialista Judicial de Juzgado, Ruth Elena Ñahue Choque, se ha dispuesto notificar con el Acta de Audiencia de fecha diecisiete de abril del año dos mil dieciocho y el extracto del requerimiento fiscal de Proceso Inmediato al citado procesado, cuyo contenido es el siguiente: REQUERIMIENTO DE PROCESO INMEDIATO.- La Fiscal
J. S (27, 30 ABR Y 02 MAY)
NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIAL
EDICTO PENAL SEÑOR: ALAN ALBERTO VELASQUEZ VELASQUEZ. La Juez Supernumeraria del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, FORTUNATA MAMANI MAITA, en el proceso Nro. 1711-2018-1-1001-JR-PE-04, seguido contra Alan Alberto Velásquez Velásquez y otros, por la presunta comisión del delito Hurto Agravado del Estado representado por la SUNAT - CUSCO, ha dispuesto notificarle con la Resolución N° 01 del 22/03/18 cuyo contenido es el siguiente: Resolución Nro. 01. CUSCO, veintidós de marzo. Del año dos mil dieciocho. DADO CUENTA: Con el requerimiento de Confirmatoria Judicial de Incautación que antecede presentado por el Fiscal Provincial de la Segunda Fiscalía Provincial Penal de Wanchaq y ATENDIENDO: Que, el articulo 316.1° prescribe: “los efectos provenientes de la interven-
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ción penal o los instrumentos con que hubiere ejecutado, así como lo objetos del delito permitidos por la ley, siempre que exista peligro por la demora, pueden ser incautados durante las primeras diligencias e incluso durante la investigación preparatoria ya sea por la Policía o por el Ministerio Publico” de igual modo el articulo 316.2° taxativa: “Acto seguido el Fiscal requerirá inmediatamente al Juez de la Investigación Preparatoria la expedición de una resolución confirmatoria...’’; En tal virtud, SE DISPONE: CORRER TRASLADO A LAS PARTES PROCESALES POR EL TERMINO DE CINCO DÍAS HÁBILES a efecto de que se pronuncien al respecto conforme a ley, debiendo una vez trascurrido el plazo poner autos en mesa para resolver, debiendo notificarse a las partes en sus respectivos domicilios procesales señalados en autos. HÁGASE SABER. Lo que notifico a Usted, Media Firma de la Juez Fortunata Mamani Maita, ante mi F. Mirian Huacac Carrillo, de que doy fe.J. S (27, 30 ABR Y 02 MAY)
EDICTO PENAL SEÑOR: NELSON UGARTE LONCONI El señor Juez del Séptimo Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dr. Alex León Martínez, en el proceso Nro. 05521-2017-0-1001-JR-PE-07, seguido contra NELSON UGARTE LONCONI con D.N.I. 80185205, por el delito Contra la Familia, en la modalidad de Omisión de Asistencia Familiar, Sub tipo INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, en agravio de los menores de iniciales RGUK,.y LEUK., representados por su progenitora LUZ MARINA KCUNO CRUZ, bajo la actuación de la Especialista Judicial de Juzgado, Ruth Elena Ñahue Choque, se ha dispuesto notificar con el Acta de Audiencia de fecha diecisiete de abril del año dos mil dieciocho y el extracto del requerimiento fiscal de Proceso Inmediato al citado procesado, cuyo contenido es el siguiente: REQUERIMIENTO DE PROCESO INMEDIATO.- La Fiscal Provincial del Tercer Despacho de Investigación de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Santiago, formula PROCESO INMEDIATO contra NELSON UGARTE LONCONI, como autor del delito Contra la Familia, en la modalidad de Omisión de Asistencia Familiar, Sub tipo INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, tipificado en el artículo 149° del Código Penal, en agravio de los menores de iniciales RGUK,.y LEUK., representados por su progenitora LUZ MARINA KCUNO CRUZ, Por lo que la representante de Ministerio Publico, solicita que se declare procedente el requerimiento de Proceso Inmediato. II. INSTALACIÓN DE AUDIENCIA JUEZ: Advierte la inconcurrencia del acusado así como de su abogado defensor; dejando constancia que la cédula de notificación dirigida al imputado ha sido devuelta sin diligenciar por cuanto no se ha ubicado el domicilio, motivo por el cual señala que se va a frustrar la presente diligencia y se va reprogramar para el día 03 DE MAYO DEL 218 A LAS 11:30 A.M., acto el cual se llevara a cabo en la DOCEAVA SALA DE AUDIENCIAS DEL MODULO PENAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO, debiendo notificar el Especialista de Causa al imputado mediante EDDICTOS JUDICIALES por tres fechas consecutivas en el Diario Judicial de la Corte Superior de Justicia de Cusco.Cusco, 26 de Abril de 2018. J. S (27, 30 ABR Y 02 MAY)
NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIAL EXP. N° 02358-2017-38-1001-JR-PE-02 TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL -FLAGRANCIA DE CUSCO. Especialista Judicial: RUTH ELENA ÑAHUE CHOQUE. Ante el Tercer Juzgado Penal Unipersonal de Cusco, que despacha el Señor Juez Dr. Carlos Román Gil, bajo la actuación de la Especialista Judicial de Juzgado Abg. Ruth Elena Ñahue Choque, se ha presentado el proceso penal que ha sido signado con el Exp. N° 02358-2017-15-1001-JR-PE-02, seguido contra MARÍA CLEOFE CONDORI PUMA y YULISSA CONDORI PUMA por la presunta comisión del delito de Peligro Común en la modalidad de Conducción de Vehículo en Estado de Ebriedad en agravio de la Sociedad representado por el Ministerio Publico se ha dispuesto NOTIFÍCAR al imputado con la Res. 02, de fecha diecinueve de marzo del año dos mil dieciocho, que dispone:--
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La República
RESOLUCIÓN No.03 Cusco, cinco de enero Del año dos mil dieciocho.PARTE CONSIDERATIVA: Se registra en sistema de audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe. SE RESUELVE: 1. Declarar frustrada la presente audiencia por falta de notificación al imputado. 2. Reprográmese la presente audiencia para el DÍA 13 DE MARZO DEL 2018 A HORAS 11:00 DE LA MAÑANA EN LA TERCERA SALA DE AUDIENCIAS DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO, quedando notificados los presentes subsistiendo los apercibimientos decretados en autos. 3. Notifíquese al imputado Juan Quispe Aquino a su domicilio real proporcionado por el Ministerio Publico consignado en autos, también vía edictos y sin perjuicio notifíquesele en su numero celular 957040730. Cusco, 23 de Abril del 2018. J. S (27, 30 ABR Y 02 MAY)
NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIAL A LA PERSONA DE: FÉLIX HERMOZA HUARSAYA Y ELIZABETH CELIS DORADO. Por ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Wanchaq, bajo el Despacho del señor Juez Dr. Rafael Enrique Sierra Casanova y la actuación de la Especialista Legal Abog. María Eddie Zulema Villarroel Ccaso, se tramita el proceso N° 152-2017-0-1023-JP-PE -01 seguido en contra de Félix Hermoza Huarsaya en agravio de Elizabeth Celis Dorado por faltas contra la persona en su modalidad de lesiones dolosas, se ha dispuesto la notificación vía edicto judicial de la Resolución Nro.6 de fecha 20 de abril del 2018.-” VISTO: El presente proceso, la constancia de inasistencia a la audiencia de juicio en la parte posterior del folio 62, el escrito con ingreso CDG N° 2589-2018 y en atención a lo siguiente: FUNDAMENTOS: 1. De conformidad a lo previsto en el artículo 484.1 del Código Procesal Penal para instalar la audiencia necesariamente se requiere la presencia del imputado, por lo que ante su inconcurrencia esta no se puede llevar a cabo. Correspondiendo su reprogramación. 2. De la revisión del proceso se advierte: 2.1. Por un lado que el imputado Félix Hermoza Huarsaya NO fue debidamente notificado en su domicilio para ¡aprésente audiencia, tal como se aprecia en ¡as constancia de devolución de la cedida (folio 60), en ese sentido, teniendo en cuenta el apercibimiento decretado en su contra, mediante resolución N° 04 (folio 59), NO corresponde disponer su conducción compulsiva, a razón de que no se le hubiera notificado para la audiencia programada para la presente fecha. 2.2. Por otro lado, las cédulas de notificación dirigidas a las partes procesadas -agraviada e imputada- que anexan las resoluciones emitidas en presente proceso, están siendo devueltas por el notificador judicial -conforme se puede apreciar las constancias de devolución-, por lo que a fin de asegurar la concurrencia a la audiencia a juicio de ambas partes involucradas, este despacho considera disponer la notificación por Edicto Judicial tanto a la agraviada como al imputado. 3. Adicionalmente, se dispone que la Secretaria Judicial notifique telefónicamente a las partes procesadas -agraviada e imputado-. DECISIÓN: Estando a los fundamentos expuestos, al amparo de las facultades conferidas a este despacho por el articulo ¡38 de la Constitución Política del Estado, se resuelve: REPROGRAMAR la presente audiencia para el 19 de JUNIO de 2018 a ¡as 09:00 horas, a realizarse ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Wanchaq, debiendo acudir las partes con sus abogados defensores, bajo apercibimiento de ser conducido, compulsivamente por grado de fuerza a este despacho para la audiencia programada en caso de inconcurrencia del imputado Félix Hermoza Huarsaya. REQUERIR a ambas partes -agraviada e imputado- se presenten a la audiencia con sus abogados defensores cada uno, asi como con los medios probatorios que consideren pertinente actuar. DISPONER que la Secretario Judicial realice la notificación por Edicto Judicial y adicionalmente las notificaciones telefónicas a ambas partes procesadas. H.S. Rafael Enrique Sierra Casanova Juez Titular” la misma que se pone de conocimiento del interesado, para los fines consiguientes de ley. Wanchaq, 23 de abril del 2018. J. S (27, 30 ABR Y 02 MAY) EDICTO PENAL – ACOMAYO
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de Acomayo, que despacha la señora Magistrada Kelyn Hayde Tapia Llerena; bajo la actuación del Especialista Legal Abg. Richard Huamán Baca, se viene tramitando el proceso penal N9 00033-2017-23-1003-JR-PE-01, sobre delito de Estafa Agravada, contra Miguel Ángel Membrillo Leguia: Rosa Elizabeth Mendoza Alfaro: Erick Homero Rosas Juica y otros en agravio de Banco de la Nación - Agencia Acomayo, en la cual se ha dispuesto notificar a los imputados referidos con el extracto de la resolución uno que declara como reos ausentes a los imputados referidos; cuyo tenor es el siguiente: Resolución N° 01 Acomayo, nueve de abril Del 2018.(…) SE RESUELVE: Declarar AUSENTES, a los investigados JUAN CARLOS CHAPOÑAN GUTIÉRREZ identificado con DNI N° 42909262, MIGUEL ÁNGEL MEMBRILLO LEGUIA con DNI N° 09862276, ROSA ELIZABETH MENDOZA ALFARO con DNI N° 43497072 Y ERICK HOMERO ROJAS JULCA con DNI N° 42614714. Se ORDENA, LA CONDUCCIÓN COMPULSIVA DE: JUAN CARLOS CHAPOÑAN GUTIÉRREZ, identificado con DNI N° 42909262; MIGUEL ÁNGEL MEMBRILLO LEGUIA, identificado con DNI N2 09862276; ROSA ELIZABETH MENDOZA ALFARO, con DNI N° 43497072. SE NOMBRA como abogado defensor de LOS INVESTIGADOS al Defensor Público de esta provincia Abog. Marco Antonio Ttito Agramonte, quien asumirá la defensa de los antes mencionados, sin perjuicio de que algún familiar de los investigados proponga un abogado de su libre elección para que realice la defensa respectiva, quien se podrá apersonar en cualquier estado de la investigación. El abogado nombrado intervendrá en todas las diligencias y podrá hacer uso de todos los medios de defensa que la Ley reconoce. Finalmente publíquese mediante edictos judiciales la presente resolución, para ser notificado a los investigados Ausentes, Edictos que deberán publicarse en el Portal Web del Poder Judicial así como en el diario judicial de esta Corte Superior. Acomayo, 20 de Abril del 2018. J. S (27, 30 ABR Y 02 MAY)
EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 05437-2017-12-1001-JR-PE-04 CUARTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CUSCO. ESPECIALISTA JUDICIAL: KATHERINE COELLO YUCRA Se cita y emplaza a la acusada SILVIA AGUIRRE ARANIBAR, con DNI N° 48921176. Para que se ponga a derecho y se defienda sobre los cargos que se le atribuye por la comisión del delito contra la Vida el Cuerpo y la Salud, en la modalidad de lesiones, sub tipo Agresiones Contra los Integrantes del Grupo Familiar, en agravio de Jesús Putucuni Cusihuallpa. Resolución Nro. 01, Cusco seis de enero del 2018, mediante el cual dispone CITAR A JUICIO ORAL DE PROCESO COMÚN, audiencia que se realizara el día DIECINUEVE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE, a horas ONCE CON TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA, (hora exacta); en la QUINTA SALA DE AUDIENCIAS DEL MODULO PENAL de esta Corte Superior de Justicia. Subsistiendo los apercibimientos de ley, notifiquese a las partes procesales. Cusco, 26 de abril del 2018. J. S (27, 30 ABR Y 02 MAY)
EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 05437-2017-12-1001-JR-PE-04 CUARTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CUSCO. ESPECIALISTA JUDICIAL: KATHERINE COELLO YUCRA Se cita y emplaza al acusado JESÚS PUTUCUNI CUSIHUALLPA, con DNI N° 46325053. Para que se ponga a derecho y se defienda sobre los cargos que se le atribuye por la comisión del delito contra la Vida el Cuerpo y la Salud, en la modalidad de lesiones, sub tipo Agresiones Contra los Integrantes del Grupo Familiar, en agravio de Jesús Putucuni Cusihuallpa. Resolución Nro. 01, Cusco seis de enero del 2018, mediante el cual dispone CITAR A JUICIO ORAL DE PROCESO COMÚN, audiencia que se realizara el día DIECINUEVE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE, a horas ONCE CON TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA, (hora exacta); en la QUINTA SALA DE AUDIENCIAS DEL MODULO PE-
Viernes, 27 de abril del 2018
NAL de esta Corte Superior de Justicia. Subsistiendo los apercibimientos de ley, notifiquese a las partes procesales. Cusco, 26 de abril del 2018. J. S (27, 30 ABR Y 02 MAY)
NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Penal Unipersonal de Chumbivilcas, que despacha la señora Magistrada YOSSY SAMANTHA ALVAREZ TITO, bajo la actuación de la Especialista Judicial Mónica Paola Loza Lovatón, se sigue el Proceso N° 00396-2016-53-1008-JR-PE-01, seguido en contra de ALAN BAUTISTA SIVANA, por la presunta comisión del delito Contra la Familia en la modalidad de Omisión de Asistencia Familiar, sub tipo INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, en agravio del menor de iniciales J.I.B.C. representado por su progenitora Sandra Mayte Cevallos Castillo. NOTIFIQUESE: Al imputado ALAN BAUTISTA SIVANA conforme el Acta de Audiencia de fecha 15 de marzo del 2018, mediante el cual se ha dispuesto: JUEZ: “(.-.) 3. DECLARAR REO AUSENTE a ALAN BAUTISTA SIVANA, con DNI N° 48008058, de sexo masculino, con instrucción secundaria completa, natural de Chumbivilcas - Cusco, nacido el 15/11/1993, de 22 años de edad, con domicilio real según su ficha RENIEC en el Centro Poblado de Sunchubamba - Challabamba-Paucartambo ; hijo de Silverio y Asunta, de estado civil soltero, como autor del delito Contra la Familia, en la modalidad de Omisión de Asistencia Familiar, tipo especifico Incumplimiento de Obligación Alimentaria, en agravio de su menor hijo de iniciales J.I.V.C. debidamente representado por su progenitora SANDRA MAYTE CEVALLOS CASTILLO. 4. DESIGNAR como su Abogado Defensor al señor Defensor Público presente en ésta Sala de Audiencias. 5. Para efectos de la conducción y captura del ahora declarado reo ausente, se dispone se GIREN los oficios correspondiente a las dependencias que correspondan. (...)” Audiencia que se llevará a cabo en el Modulo Penal de Chumbivilcas ubicado en la Calle 28 de Julio S/N - Santo Tomas - Chumbivilcas. J. S (27, 30 ABR Y 02 MAY)
EDICTO PENAL Señor: ROLANDO HUAMAN QUISPE: Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención, que despacha el Señor Juez Abogado Carlos Reinaldo Huañac Contreras, bajo la actuación de la Especialista de Causas Jennifer Tupayachi Ayala, en el Incidente Penal 00297-2015-1-1010-JR-PE-01, en los seguidos contra ROLANDO HUAMAN QUISPE. por la presunta comisión del delito CONTRA EL PATRIMONIO, en la modalidad de HURTO, sub tipo HURTO AGRAVADO; y contra ARNALDO TINCO ESCALANTE, por la presunta comisión del delito CONTRA EL PATRIMONIO, en la modalidad de RECEPTACIÓN, en agravio de Livia Arce Bellido, se ha dispuesto notificar al procesado ROLANDO HUAMAN QUISPE^ con la resolución N° 04 cuyo tenor es el siguiente: RESOLUCIÓN N° 04. Quillabamba, veinte de marzo del año dos mil dieciocho. PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Se deja registro en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe: SE RESUELVE: PRIMERO.- DECLARAR POR NO INSTALADA VALIDAMENTE la AUDIENCIA PUBLICA DE CONTROL DE ACUSACIÓN (ASEGUNDO: REPROGRAMAR LA AUDIENCIA PÚBLICA DE CONTROL DE ACUSACIÓN para el día SIETE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA (09:30 AM). La audiencia es de carácter INAPLAZABLE. Quedando notificados en éste acto los presentes, se dispone notificar al imputado ROLANDO HUAMAN QUISPE mediante edictos para que concurra a la audiencia reprogramada y se defienda de los cargos que se le imputan, en su domicilio real y mediante edictos. (...). HÁGASE SABER. RESOLUCIÓN Na 01. Quillabamba, catorce de junio del año dos mil diecisiete VISTOS: El requerimiento de acusación formulado por el representante del Ministerio Público y; CONSIDERANDO: PRIMERO: Que de conformidad a lo previsto por el artículo 350° del Código Procesal Penal, corresponde otorgar a los demás sujetos procesales el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBILES, a efecto que puedan presentar por escrito: 1) Observar formalmente la acusación 2) Deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) Solicitar la imposición o revocación de una medida
de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) Pedir el sobreseimiento, 5) (...). (...). RESUELVE: A. CORRER traslado de la acusación a los sujetos procesales por el plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES, a efectos de que puedan presentar por escrito los medios de defensa antes precisados para su debate en la audiencia preliminar de control de acusación, (...). EXTRACTO DEL REQUERIMIENTO DE acusación: De conformidad con lo establecido en el artículo 349° del Código Procesal Penal, FORMULO REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN contra ROLANDO HUAMAN QUISPE, por la presunta comisión del CONTRA EL PATRIMONIO, en la modalidad de HURTO, sub tipo HURTO AGRAVADO; y contra ARNALDO TINCO ESCALANTE, por la presunta comisión del delito CONTRA EL PATRIMONIO, en la modalidad de RECEPTACIÓN, en agravio de Livia Arce Bellido. (...) Ill.-DESCRIPCIÓN DE LOS HECHOS ATRIBUIDOS AL IMPUTADO.- 3.1.- a) CIRCUNSTANCIAS PRECEDENTES: (...). IV.-ELEMENTOS DE CONVICCIÓN: Cita 12 elementos de convicción. (...) SOLICITA se imponga al acusado ROLANDO HUAMAN QUISPE: TRES (03) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD SUSPENDIDA POR EL MISMO PLAZO (...) y como Reparación Civil el monto de (S/.550.00.00) QUINIENTOS CINCUENTA con 00/100 SOLES que deberán pagar los acusados ROLANDO HUAMAN QUISPE y ARNALDO TINCO ESCALANTE en forma solidaria a favor de la agraviada LIDIA ARCE BELLIDO. J. S (27, 30 ABR Y 02 MAY)
EDICTO PENAL Señor: JEAN WILMAR CABALLERO TTITO: Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención, que despacha el Señor Juez Abogado Carlos Reinaldo Huañac Contreras, bajo la actuación de la Especialista de Causas Jennifer Tupayachi Ayala, en el Incidente Penal N° 00228-2016-69-1010-JR-PE-01, en los seguidos contra JEAN WILMAR CABALLERO TTITO, por la comisión del delito CONTRA EL PATRIMONIO, en la modalidad de HURTO, sub tipo HURTO AGRAVADO, tipificado en el articulo 185° Y 186° segundo párrafo numeral 1) del Código Penal, en agravio de Judith Milagros Medina Pocco y Rene Valencia Huamantalla, se ha dispuesto notificar al sentenciado JEAN WILMAR CABALLERO TTITO: con la resolución N° 03 cuyo tenor es el siguiente: RESOLUCIÓN N° 03. Quillabamba, veintisiete de marzo del año dos mil dieciocho. PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Se deja registro en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe: SE RESUELVE: PRIMERO.- DECLARAR POR NO INSTALADA VALIDAMENTE la AUDIENCIA PUBLICA DE REVOCATORIA DE PENA (... SEGUNDO: REPROGRAMAR LA AUDIENCIA PÚBLICA DE REVOCATORIA DE PENA para el día NUEVE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 AM). La audiencia es de carácter INAPLAZABLE. Quedando notificados en éste acto los presentes, se dispone notificar al al sentenciado JEAN WILMAR CABALLERO TTITO mediante edictos para que concurra a la audiencia reprogramada y se defienda de los cargos que se le imputan, en su domicilio real y mediante edictos. (...). HÁGASE SABER. J. S (27, 30 ABR Y 02 MAY)
Viernes, 27 de abril del 2018
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO
23
08:00-08:59
04530-2017-0-
CONCILIACION
DERECHOS LABORALES
MUNICIPALIDAD DISTRITAL HUAMAN PAUCAR DE WANCHAQ YUDITH
CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,
09:00-09:59
03928-2017-0-
JUZGAMIENTO
DERECHOS LABORALES
MUNICIPALIDAD DISTRITAL ZENAYUCA SARA DE WANCHAQ MICHAEL
CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,
10:00-11:59
03669-2017-0-
JUZGAMIENTO
DERECHOS LABORALES
MUNICIPALIDAD DISTRITAL CHARA CACERES JUANA DE WANCHAQ PAULINA
CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,
12:00-12:59
03250-2016-0-
AUDIENCIA INDEM. POR DAÑOS Y COMPLEMENTA PERJUICIOS POR INCUMP. DE RIA NORMAS LABORAL
PROYECTO ESPECIAL PLAN CALLAPIÑA CHANCO COPESCO DEL GOBIERNO CARMEN REGIONAL DEL CUSCO
CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,
14:30-14:59
00051-2018-0-
CONCILIACION
INDEMNIZACION POR DESPIDO ARBITRARIO Y OTROS
MUNICIPALIDAD DISTRITAL HUANCA MONROY ANA DE SAN JERONIMO
CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,
NUEVA LEY PROCESAL DE TRABAJO RELACIÓN DE AUDIENCIAS DEL 23 AL 27 ABRIL DEL 2018 LOCAL : URBANIZACION LA FLORIDA C-14 PASAJE KANTUS UBICACIÓN: 1º SALA DE AUDIENCIAS LABORAL LUNES DÍA DE 23 ABRIL DEL AÑO 2018
08:00-08:29
Número de Expediente 03415-2017-0-
Tipo Audiencia CONCILIACION
08:30-08:59
03849-2017-0-
CONCILIACION
09:00-09:29
04005-2017-0-
CONCILIACION
PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES Y/O INDEMNIZACION U OTROS BENEFICIOS ECONOMICOS PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES Y/O INDEMNIZACION U OTROS BENEFICIOS ECONOMICOS DERECHOS LABORALES
09:30-09:59
02430-2017-0-
CONCILIACION
DERECHOS LABORALES
MUNICIPALIDAD DISTRITAL ALIAGA NINA JHONY DE CUSCO RONALD
COLQUE ROJAS RODOLFO,
10:00-10:59
02527-2017-0-
JUZGAMIENTO
POR DEFINIR
MUNICIPALIDAD DISTRITAL CHAVEZ CONDORI DE SANTIAGO VALERIO
COLQUE ROJAS RODOLFO,
11:00-11:59
02064-2017-0-
JUZGAMIENTO
DERECHOS LABORALES
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO
HUAMAN ORTIZ LISBETH
COLQUE ROJAS RODOLFO,
12:00-12:59
03982-2017-0-
UNICA
REPOSICION
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO
PARRA AQUINO HENRY
COLQUE ROJAS RODOLFO,
14:00-14:29
02678-2016-0-
CONCILIACION
DESNATURALIZACIÓN DE CONTRATO
PROCURADOR PUBLICO DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO
CUBA PEREZ ANA CECILIA
COLQUE ROJAS RODOLFO,
Hora
Materia
Demandado
Demandante
Magistrado
CONSORCIO ORION CUSCO SRL
RODRIGUEZ DE CALLE BETTY CANDELARIA
COLQUE ROJAS RODOLFO,
DIRECCION DESCONCENTRADA DE CULTURA DE CUSCO
UGARTE ALFARO MARCOS ANTONIO
COLQUE ROJAS RODOLFO,
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO
FLORES CUSIHUAMAN JUVENAL
COLQUE ROJAS RODOLFO,
MARTES, DÍA 24 DE ABRIL DEL AÑO 2018 08:00-08:59
04543-2017-0-
CONCILIACION
DERECHOS LABORALES
MUNICIPALIDAD DISTRITAL ESPEJO YBARRA DE WANCHAQ SALUSTIO SALUMNIO
CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,
09:00-09:59
04323-2017-0-
UNICA
REPOSICION
MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO
OROSCO FLOREZ JUDITH PATRICIA
CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,
10:00-10:59
01482-2017-0-
JUZGAMIENTO
DERECHOS LABORALES
COSITUC
ROJAS PALIZA NESTOR AUGUSTO
CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,
11:00-12:59
03033-2017-0-
JUZGAMIENTO
REPOSICION
HUAYHUA ROMERO JUVENAL
CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,
14:30-15:00
00464-2018-0-
CONCILIACION
POR DEFINIR
EMPRESA DE TRANSPORTES EXPRESO INTERNACIONAL PALOMINO S.A.C MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO
CHOCCATA QUISPE JULIAN
CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,
MARTES, DÍA 24 DE ABRIL DEL AÑO 2018 08:30-08:59
04058-2017-0-
CONCILIACION
DERECHOS LABORALES
MUNICIPALIDAD DISTRITAL HUAMANI CUBA LUCIA DE SAN SEBASTIAN
COLQUE ROJAS RODOLFO,
09:00-09:29
03858-2017-0-
CONCILIACION
DERECHOS LABORALES
EMPRESA NACIONAL DE LA COCA SA ENACO SA
GUILLEN VALENCIA HILARIO
COLQUE ROJAS RODOLFO,
09:30-09:59
04152-2017-0-
CONCILIACION
DERECHOS LABORALES
JANCCO TINOCO PLACIDO
COLQUE ROJAS RODOLFO,
10:00-10:59
03978-2017-0-
UNICA
REPOSICION
PROCURADOR PUBLICO DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO
PUMA PARIGUANA SANDRA
COLQUE ROJAS RODOLFO,
11:00-11:59
02724-2017-0-
JUZGAMIENTO
DERECHOS LABORALES
12:00-12:59
03983-2017-0-
UNICA
REPOSICION
14:30-15:29
02814-2017-0-
TORRES PEREZ RUFO JEFATURA REGIONAL 9 DE CUSCO DEL REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL MUNICIPALIDAD SUYO QUISPE LIDY ELISA PROVINCIAL DEL CUSCO
COLQUE ROJAS RODOLFO,
AUDIENCIA DERECHOS LABORALES COMPLEMENTA RIA MIERCOLES, DÍA 25 DE ABRIL DEL AÑO 2018
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO
CONDORI ZAPATA FLORENCIO
COLQUE ROJAS RODOLFO,
08:30-08:59
03818-2017-0-
CONCILIACION
DERECHOS LABORALES
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO
HUAYHUA PANOCCA ANDREA
COLQUE ROJAS RODOLFO,
09:00-09:29
04099-2017-0-
CONCILIACION
DERECHOS LABORALES
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO
ZAMBRANO PAUCAR ELIZABETH
09:30-09:59
03575-2017-0-
CONCILIACION
DERECHOS LABORALES
10:00-10:59
02473-2017-0-
JUZGAMIENTO
11:00-11:59
02291-2017-0-
12:00-12:59
03985-2017-0-
14:00-15:29
01083-2017-0-
MIERCOLES, DÍA 25 DE ABRIL DEL AÑO 2018 08:00-08:59
00057-2018-0-
CONCILIACION
DERECHOS LABORALES
MUNICIPALIDAD DISTRITAL QUISPE ARANYA JULIANA CERVANTES DE WANCHAQ LUQUE CARLOS ENRIQUE,
09:00-10:59
03368-2017-0-
CONCILIACION
DERECHOS LABORALES
CORPORACION KHIPU SAC
MEZA DEL CASTILLO MIRIAM ELIANA
CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,
11:00-12:59
04550-2017-0-
UNICA
NULIDAD DE DESPIDO
INSTITUTO DE MANEJO DE AGUA Y MEDIO AMBIENTE IMA
MERCADO ARAGON JHON
CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,
14:30-15:00
00587-2018-0-
CONCILIACION
DERECHOS LABORALES
MUNICIPALIDAD DISTRITAL ROJAS YAPURA IVAN DE WANCHAQ
CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,
CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,
COLQUE ROJAS RODOLFO,
JUEVES, DÍA 26 DE ABRIL DEL AÑO 2018 08:00-08:59
00076-2018-0-
CONCILIACION
INDEMNIZACION POR DESPIDO ARBITRARIO Y OTROS
MUNICIPALIDAD DISTRITAL NUÑEZ LLAMOCCA JOSE DE SANTIAGO
COLQUE ROJAS RODOLFO,
09:00-10:59
01572-2015-0-
JUZGAMIENTO
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO
BARCENA UGARTE YANET COLQUE ROJAS CORINA RODOLFO,
11:00-12:59
03432-2017-0-
JUZGAMIENTO
INDEM. POR DAÑOS Y PERJUICIOS POR INCUMP. DE CONTRATO DERECHOS LABORALES
DERECHOS LABORALES
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO
ZAMATA CUSI TULA
COLQUE ROJAS RODOLFO,
SALUSTIO BECERRA NINAN EMPRESA DE GENERACION ELECTRICA MACHUPICCHU SA MEDICOS ASOCIADOS DIAZ RODRIGUEZ CUSCO SOCIEDAD SUSANS CONNE ANONIMA - MAC S.A.
CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,
14:30-15:30
00233-2018-0-
CONCILIACION
DERECHOS LABORALES
CONCILIACION
DERECHOS LABORALES
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO
SANTOS SALAS WILDEN
COLQUE ROJAS RODOLFO,
DIRECCION DESCONCENTRADA DE CULTURA DE CUSCO
CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,
UNICA
REPOSICION
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO
ATAULLUCO VEGA PATTY
COLQUE ROJAS RODOLFO,
DERECHOS LABORALES
DIRECCION DESCONCENTRADA DE CULTURA DEL CUSCO
CANAL GARCIA NICOMEDES HERACLIO
COLQUE ROJAS RODOLFO,
JUZGAMIENTO
VIERNES, DÍA 27 DE ABRIL DEL AÑO 2018 08:30-08:59
04466-2017-0-
CONCILIACION
DERECHOS LABORALES
MUNICIPALIDAD DISTRITAL QUISPE MEDINA FELIX DE SANTIAGO
CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,
09:00-09:59
03966-2017-0-
JUZGAMIENTO
DERECHOS LABORALES
MUNICIPALIDAD DISTRITAL QUISPE CCOLQUE NOEMI DE WANCHAQ
CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,
10:00-11:59
03247-2017-0-
JUZGAMIENTO
INDEMNIZACION POR DESPIDO ARBITRARIO Y OTROS
BANCO FINANCIERO DEL PERU
CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,
12:00-12:59
04482-2017-0-
CONCILIACION
DERECHOS LABORALES
MUNICIPALIDAD DISTRITAL HUALLPAYUNCA CCOTO DE POROY BENEDICTO
CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,
14:00-15:29
02952-2017-0-
JUZGAMIENTO
DIRECCION DESCONCENTRADA DE CULTURA CUSCO
ROSELL BOCANEGRA LOURDES
CERVANTES LUQUE CARLOS ENRIQUE,
ODIN INGENIEROS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA ODIN INGENIEROS SCRLTDA CONCESIONARIO VEHICULAR DEL SUR SOCIEDAD ANONIMA CERRADA - CVSUR S.A.C.
GUZMAN PALLANI FERNANDO VIDAL
CASTILLO CRUZ NAYDA,
MONROY HUAMAN MILAGROS
CASTILLO CRUZ NAYDA,
CONSORCIO ORION CUSCO S.R.L.
GONZALES TORRES JOSEFINA
CASTILLO CRUZ NAYDA,
BAEZ CHOQUE ALBERTO
PROCURADOR PUBLICO DE ASUNTOS JUDICIALES DEL PODER JUDICIAL
CASTILLO CRUZ NAYDA,
FLORES PACHECO SARA
QUINTANILLA VASQUEZ RICHARD EVELYN
CASTILLO CRUZ NAYDA,
CONECTA RETAIL S.A.
SOLORZANO SOLALIGUE KEVIN ADRIAN
CASTILLO CRUZ NAYDA,
PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES Y/O INDEMNIZACION U OTROS BENEFICIOS ECONOMICOS
CONCESIONARIO VEHICULAR DEL SUR SOCIEDAD ANONIMA CERRADA
VILLENA QUISPE ROCIO
RODRIGUEZ TORREBLANCA CHRISTIAN ANTHONY,
PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES Y/O INDEMNIZACION U OTROS BENEFICIOS ECONOMICOS
ANDEAN TECHNOLOGY SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
CHAVEZ ALVAREZ ROSS MERY
RODRIGUEZ TORREBLANCA CHRISTIAN ANTHONY,
JUEVES, DÍA 26 DE ABRIL DEL AÑO 2018 08:30-08:59
03749-2017-0-
CONCILIACION
DERECHOS LABORALES
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO
SALLO CANO BIBIANA
COLQUE ROJAS RODOLFO,
09:00-09:29
03754-2017-0-
CONCILIACION
DERECHOS LABORALES
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO
HERRERA MERMA MARCO ANTONIO
COLQUE ROJAS RODOLFO,
09:30-09:59
01795-2017-0-
CONCILIACION
DERECHOS LABORALES
MUNICIPALIDAD DISTRITAL QUINTO QUISPE MARIO DE WANCHAQ
COLQUE ROJAS RODOLFO,
10:00-10:59
01183-2017-0-
JUZGAMIENTO
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO
MONTESINOS MORA JUANA JUDID
COLQUE ROJAS RODOLFO,
PRESIDENTE DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO
DONGO CALLO MARIA DEL ROSARIO
COLQUE ROJAS RODOLFO,
HUILLCA CONDORI JUSTINA
COLQUE ROJAS RODOLFO,
11:00-11:59
02790-2017-0-
JUZGAMIENTO
PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES Y/O INDEMNIZACION U OTROS BENEFICIOS ECONOMICOS DERECHOS LABORALES
12:00-12:59
02794-2017-0-
JUZGAMIENTO
DERECHOS LABORALES
14:00-14:59
01913-2017-0-
UNICA
REPOSICION
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO
CARPIO CJUNO NESTOR
COLQUE ROJAS RODOLFO,
EMPRESA DE GESTION DE SERVICIOS AMBIENTALES SAC MAYA INVERSIONES E.I.R.L.
MUÑOZ VILLACORTA JUAN
COLQUE ROJAS RODOLFO,
VILLASANTE VELARDE VLADIMIR
COLQUE ROJAS RODOLFO,
10:00-10:59
00188-2018-0-
AUDIENCIA
UNIVERSIDAD ANDINA DEL VARGAS CABALLERO CUSCO MARY ESTHELLA
COLQUE ROJAS RODOLFO,
11:30-12:29
02173-2017-0-
UNICA
VIERNES, DÍA 27 DE ABRIL DEL AÑO 2018 08:30-08:59
03701-2017-0-
CONCILIACION
DERECHOS LABORALES
09:00-09:29
04073-2017-0-
CONCILIACION
09:30-09:59
03840-2017-0-
CONCILIACION
PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES Y/O INDEMNIZACION U OTROS BENEFICIOS ECONOMICOS DERECHOS LABORALES
10:00-10:59
00187-2017-0-
UNICA
ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO
LEZAMA CUSIHUAMAN DELIA
COLQUE ROJAS RODOLFO,
11:00-12:00
03843-2017-0-
CONCILIACION
DERECHOS LABORALES
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO
ALVAREZ CCORI FROILAN
COLQUE ROJAS RODOLFO,
12:05-12:59
02796-2017-0-
JUZGAMIENTO
DERECHOS LABORALES
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CUSCO
RIVAS SANTOS CONCEPCION
COLQUE ROJAS RODOLFO,
14:00-14:29
02400-2017-0-
JUZGAMIENTO
DERECHOS LABORALES
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DECUSCO
BACA DUEÑAS PASCUAL
COLQUE ROJAS RODOLFO,
14:30-14:59
02814-2017-0-
CONCILIACION
DERECHOS LABORALES
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO
CONDORI ZAPATA FLORENCIO
COLQUE ROJAS RODOLFO,
15:00-16:30
01710-2016-0-
JUZGAMIENTO
PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES Y/O INDEMNIZACION U OTROS BENEFICIOS ECONOMICOS
COOPERATIVA DE AHORRO ECHARRY ROMERO Y CREDITO DE LOS RONAL TRABAJADORES DEL SECTOR AGRARIO LTDA 528
UBICACIÓN: 2º SALA DE AUDIENCIAS LABORAL LUNES DÍA DE 23 ABRIL DEL AÑO 2018
HUARCCA HUARHUA JULIAN FELIPE
PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES Y/O INDEMNIZACION U OTROS BENEFICIOS ECONOMICOS UBICACIÓN: 3º SALA DE AUDIENCIAS LABORAL
DELGADO ZUNIGA NEYSSA CAROL
LUNES DÍA DE 23 ABRIL DEL AÑO 2018 10:00-10:59
00184-2018-0-
AUDIENCIA
OBLIGACIONES DE DAR HASTA 50 URP
15:00-15:59
00182-2018-0-
AUDIENCIA
OBLIGACIONES DE DAR HASTA 50 URP
MARTES, DÍA 24 DE ABRIL DEL AÑO 2018 PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES Y/O INDEMNIZACION U OTROS BENEFICIOS ECONOMICOS OBLIGACIONES DE DAR HASTA 50 URP
VIERNES, DÍA 27 DE ABRIL DEL AÑO 2018 09:00-09:59
00190-2018-0-
AUDIENCIA
PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES Y/O INDEMNIZACION U OTROS BENEFICIOS ECONOMICOS 11:00-11:59 00214-2018-0UNICA PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES Y/O INDEMNIZACION U OTROS BENEFICIOS ECONOMICOS UBICACIÓN: 4º SALA DE AUDIENCIAS LABORAL MIERCOLES, DÍA 25 DE ABRIL DEL AÑO 2018 09:00-09:59
02162-2017-0-
AUDIENCIA
COLQUE ROJAS RODOLFO,
JUEVES, DÍA 26 DE ABRIL DEL AÑO 2018 09:00-10:29
00251-2018-0-
UNICA
24
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
Viernes, 27 de abril del 2018
Viernes, 27 de abril del 2018
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
La República
25
26
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
Viernes, 27 de abril del 2018
Viernes, 27 de abril del 2018
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
La República
27
28
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
Viernes, 27 de abril del 2018
Viernes, 27 de abril del 2018
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
La República
29
30
La República
Viernes, 27 de abril del 2018
SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO
SALA CIVIL DE CUSCO TABLA DE VISTA DE CAUSAS (Lunes 23 al viernes 27 de abril de 2018)
SEGUNDA SALA PENAL DE APELACIONES DE CUSCO ROL DE AUDIENCIAS PÚBLICAS Y PRIVADAS LUNES 23 DE ABRIL DE 2018
HORA
LUGAR
N° CAUSA
LUNES 23 DE ABRIL DE 2018 HORA
NÚMERO EXPEDIENTE
1
08:00
2
08:20 00048-2018-0-1001-SP-CI-01
Paulino Chacmana Fuentes
3
08:25 00866-2017-0-1001-JM-CI-02
Felipe Segundo Yañez Manggini
4
08:30 00082-2018-0-1001-JM-CI-01
5
08:35 00049-2017-0-1001-JR-CI-03
6
08:40 01183-2017-0-1001-JM-FC-01
7
08:45 00667-2010-0-1001-JR-CI-04
8
08:50 00865-2015-0-1018-JM-CI-02
9
08:55 00093-2015-0-1001-SP-CI-01
10
09:00 01603-2014-0-1001-JR-CI-02
11
00360-2016-0-1018-JM-CI-02
DEMANDANTE
09:05 01110-2017-0-1001-JR-CI-01
12
09:10 00458-2016-0-1001-JM-CI-01
13
09:15 01421-2015-0-1001-JR-CI-02
14 15:00
00271-2017-11-1001-SP-CI-01
DEMANDADO
Luis Pinto Cosio y otra
Teofilo Peceros De la Cruz
Vilma Aquino Puma y otros
MATERIA
Proceso de amparo
Roberto Illaconza Camargo y Reivindicación otra Juez del Segundo Juzgado Mixto Proceso de amparo de Wanchaq Ministerio del Interior y otro
Municipalidad Distrital de Wanchaq Serapio Izquierdo Valdivia Luisa Garnilla Calderón Empresa MAESCANO S.A.C. y Mauricia Nelly Pezo Herrera y otro otros Saturnina Ramos Kutucalla Lucas Solis Sihuin Juan Walter Muñoz Ciprian
Proceso de amparo Contencioso administrativo Divorcio por causal
RESOL. IMPUG.
PROCEDE
sentencia
2JMx Santiago
Dirimencia Pereira Alagón
JMx Acomayo
Velásquez-Delgado-Holgado
2JMx Wanchaq
Velásquez-Delgado-Holgado
sentencia auto improce auto improce
1JMx Wanchaq
Velásquez-Delgado-Holgado
sentencia
1JMx Wanchaq
Velásquez-Delgado-Holgado
sentencia
1JMx Wanchaq
Velásquez-Delgado-Holgado
Prescripción adquisitiva sentencia
División y partición Nulidad de acto Leandro Huaman Quispe Getrudes Aquino Ccanchi jurídico Juez del Juzgado de Paz Letrado Nulidad de cosa Irvin Zevallos Quispe de San Sebastián Juzgada fraudulenta Asociación de Vivienda de Nulidad de cosa Cirilo Mojonero Ramos Trabajadores Ferroviarios Juzgada fraudulenta Wanchaq Nulidad de cosa Jose Luis Bolivar Pacheco Rodolfo Yabar Ordoñez y otros Juzgada fraudulenta Carlota Amelia Galimberti Camacho Ethel Raquel Galimberti División y partición y otro Camacho Nulidad de acto Pedro Hector Tapia Benavente Mario Santos Huaman y otra jurídico
COLEGIADO
sentencia sentencia sentencia auto improce
4JCC
Velásquez-Delgado-Holgado
2JMx Santiago JMx Quispicanchis
Velásquez-Delgado-Holgado
2JCC 1JCC
Velásquez-Delgado-Holgado
1JMx Wanchaq
Velásquez-Delgado-Holgado
2JCC
Velásquez-Delgado-Holgado
NÚMERO EXPEDIENTE
1
08:00 02607-2017-0-1001-JR-CI-05
2
08:20 01871-2012-0-1001-JR-CI-02
3
08:25 01569-2011-0-1001-JR-CI-02
4
08:30 01452-2012-0-1001-JR-CI-03
5
08:35 00121-2017-0-1001-JR-FP-04
6
08:40 05287-2016-0-1001-JR-FC-02
7
08:45 03243-2016-0-1001-JR-FC-03
8
15:00
00625-2016-65-1001-JM-CI-01
DEMANDANTE
DEMANDADO
Juez Sandra Contreras Campana y otra Hernan Edwin Chavez Pedraza y Maria Natividad Corrales Valencia otra Víctor Raúl Malpartida Jara
Antonio Cárdenas Anaya
Roxana Gonzales Silva y otra
MATERIA
RESOL. IMPUG.
Nulidad de cosa auto juzgada fraudulenta improce Nulidad de acto sentencia jurídico Declaración de derecho sentencia de propiedad
COLEGIADO
5JCC
Vélasquez-Holgado-Gutierrez
2JCC
Velásquez-Delgado-Holgado
1JCC
Ana Victoria Barrionuevo Jance y otros
sentencia Haildaura Irene Gamarra Pereyra Obligación de hacer 4JCC consulta Infracción a la ley penal Ministerio Público Menor de iniciales AAC sentencia 4JFC robo agravado sentencia Luzmila Panty Hermoza Moises mario Mena Meza Divorcio por causal 2JFC consulta sentencia Dante Lopez Vera Marina Carmona Cuadros Divorcio por causal 2JMx Wanchaq consulta Nulidad de acto Clorinda Nuñez Del Prado Tamayo Rolando Ramos Obregon y otros auto excep 1JMx Wanchaq jurídico
HORA
NÚMERO EXPEDIENTE
DEMANDANTE
1 08:00 00581-2017-0-1001-JR-CI-04
Gabino Tintaya Condori
2 08:20 00445-2016-0-1001-JM-CI-01
NICOLL PERU S.A.
3 08:25 00975-2017-0-1001-JR-CI-02 4 08:30 00416-2016-0-1001-JM-CI-01 5 08:35 00070-2018-0-1001-SP-CI-01 6 08:40 03875-2016-0-1001-JR-FC-01 7 08:45 00585-2017-0-1001-JM-CI-01 8 08:50 00214-2015-0-1001-SP-CI-01
DEMANDADO
Juez Superior Begonia del RocioVelásquez Cuentas y otra Corporación Premiun Plast
Cooperativa de Ahorro y Crédito de Jhon Henrry Gosalvez Valle y Intelectuales Lideres y Empresarios otros Municipalidad Provincial de Carlos Alberto Felix Cavero Urubamba y otros Juez Superior Uriel Balladares Damian Huallpa Rojas Aparicio y otros Livia Antonina Orellana Huaman Vidal Valentin Pereyra Bueso STENICA S.A.
MATERIA
auto Proceso de amparo improce Obligación de dar suma auto final de dinero Ejecución de garantías auto final Prueba anticipada Proceso de amparo Divorcio por causal Proceso de Habeas Data
Williams Manuel Quintana Flores
Vicente Cartagena Yupanqui y Marcelina Bustamante de Pälacios otra
Desalojo
auto final
10 09:00 03139-2015-0-1001-JR-FC-03 11 09:05 00003-2016-0-1001-JM-CI-02 12 09:10 02642-2017-0-1001-JR-CI-02 13 15:00
00662-2017-6-1001-JR-CI-01
Jesus Ferdinand Farfán Borda
Mateo Sullca Huallpa
Reivindicación
Velásquez-Delgado-Holgado
Wilbert Exaltación Alvarez Romero Glins Alegria Jimenez Sonia Eddie Nuñez de La Torre Ayde Baca de Velasquez Reyna Laoyza Mariaca Lilian Luna Villafuerte y otros Yanet Perez Quispe
ESSALUD
Carlin Elisban Alvarez Almanza
Juzgado Penal Colegiado de Cusco
Franklin Lazo Villafuerte
Auto da por no presentada querella
Álvarez-FarfánAndrade
Franklin Lazo Villafuerte
Cuarto Juzgado Penal Unipersonal de Cusco
Auto fundado sobreseimiento
Álvarez-FarfánAndrade
Comunidad campesina de Sahuasahua representada por Rony Edgar Zuniga Quispe
Juzgado de investigación preparatoria de Paruro
Auto declara infundada la Cuestión prejudicial
Álvarez-FarfánAndrade
César Aníbal Gómez Quispe
Primer Juzgado de investigación preparatoria de Urubamba
1667-2017-0
20 minutos
Melina Tania Campana Manzanares
Injuria y Calumnia
08:50
SEDE
9-2018-48
20 minutos
Luciano Baca Ojeda y Bautista Ajhima Ugarte
09:10
SEDE
11-2018-21
20 minutos
César Aníbal Gómez Quispe
09:30
SEDE
2226-2016-71
1 hora
Reymer Andre Quispe de los Andes
Violación sexual agravada
Menor de iniciales W.M.T.H.
Sentencia condenatoria
Álvarez-FarfánAndrade
Reymer Andre Quispe de los Andes
10:30
SEDE
1126-2015-34
1 hora
José Ángel Arizaca Oblitas
Usurpación agravada
Marcial Quiñones Sullca
Sentencia absolutoria
Álvarez-FarfánAndrade
Marcial Quiñones Sullca
Sentencia condenatoria
Álvarez-FarfánAndrade
Wilber Avelino Felix Quillama
Lectura de sentencia
Álvarez-FarfánAndrade
Auto infundada Cesación de Prisión preventiva
Álvarez-FarfánAndrade
Rolando Huamán Sayas
Quinto juzgado de investigación preparatoria de Cusco
Menor de iniciales Auto fundado R.I.Q.M. y Naysha requerimiento de Mendoza Cruz prisión preventiva
Álvarez-FarfánAndrade
Rocy Luz Ccapa Soto, Jessica Challco Torres y Parker Piter Huaychao Villa
Primer juzgado de investigación preparatoria de Quispicanchis
Comunidad campesina de Despojo parcial de Sahua Sahua la posesión representada por Rony Edgar Zuniga Quispe Constructora Inmobiliaria Valle Apropiación Ilícita Sagrado SCRL, Común representada por Ubher Sotomayor Paucar
Andrea Lucero Félix Zúñiga, Incumplimiento de Wilber Avelino representada por obligación Felix Quillama su progenitora alimentaria Ruth Zúñiga Zúñiga Mariana Sandra Kelly Roxana Sierra difamación Mena Rivera y Cahuata otros
11:30
SEDE
2317-2015-65
1 hora
12:30
SEDE
914-2016-0
30 minutos
14:30
SEDE
4792-2017-12
30 minutos
15:00
SEDE
139-2018-31
30 minutos
Rocy Luz Ccapa Soto, Jessica Challco Torres y Parker Piter Huaychao Villa
HORA
LUGAR
N° CAUSA
TIEMPO DE DURACION
IMPUTADO (a)
Promoción y Rolando Huamán favorecimiento al Sayas consumo ilegal de drogas agravada
Trata de personas agravada
Dirimencia Gutiérrez Merino
PROCEDE
4JCC
Pereira-Holgado-Gutierrez Velásquez-Delgado-Holgado
2JCC
Velásquez-Delgado-Holgado Velásquez-Delgado-Holgado
1JFC
Velásquez-Delgado-Holgado
sentencia
1JMx Wanchaq
Velásquez-Delgado-Holgado
sentencia
JMx Quispicanchis
Velásquez-Delgado-Holgado
2JCC
Velásquez-Delgado-Holgado
3JFC 2JMx Wanchaq 2JCC
Velásquez-Delgado-Holgado Velásquez-Delgado-Holgado Velásquez-Delgado-Holgado
1JMx Wanchaq
Dirimencia Gutiérrez Merino
NÚMERO EXPEDIENTE
1
08:00 00030-2012-0-1001-SP-CI-01
2
08:20 00071-2018-0-1001-SP-CI-01
3
08:25 01396-2016-0-1001-JR-CI-03
4
08:30 01808-2016-0-1001-JR-CI-05
5 6
08:35 00344-2017-0-1001-SP-CI-01 08:40 00076-2016-0-1001-JR-CI-02
7
08:45 01878-2014-0-1001-JR-CI-03
8
08:50 02431-2017-0-1001-JR-CI-01
9
10:30 00084-2017-0-1001-SP-CI-01
10
12:30
11
15:00 02236-2013-0-1001-JR-CI-02
01661-2015-0-1001-JR-CI-03
DEMANDANTE
DEMANDADO
MATERIA
Raimundo Chambi Zapana y otros Victor Cáceres Gonzáles y otros Silvestre Puma Machaca
Ruth Concepción Solorzano Gamarra Leonor Vera Rondan Eudit Durand Sequeiros
Reivindicación
Ezequiel Muñoz Yucra
Prueba anticipada
RESOL. IMPUG.
PROCEDE
COLEGIADO
sentencia
JMx Quispícanchis
Velásquez-Holgado-Gutierrez
auto improce
JMx Quispicanchis
Velásquez-Delgado-Holgado
3JCC
Velásquez-Delgado-Holgado
Interdicto de recobrar sentencia
Juan Wilbert Valencia Farfán
Reconocimiento de unión de hecho Retracto Petición de herencia Declaración de herederos
Nicolas Huillca Huaman Catalina Huaccanqui Ylla y otros Juan Paucar Baca y otra litisconsorte David Paucar Baca y otros Mery Julia Uribe Mendoza y Gladys Rosa Uribe Mendoza otros Emperatriz Monteagudo Santisteban José Teodoro Monteagudo Ayres Partición de herencia viuda de Galvez y otros Impugnación de laudo Gobierno Regional de Cusco Mauricio Alvan Silva y otra arbitral Contencioso Corporación Grifera SAC Tribunal Fiscal administrativo Modesta Lucana Meza Juana Huillca Laura Obligación de hacer
sentencia
3JFC
Velásquez-Delgado-Holgado
sentencia sentencia
JMx Anta 2JCC
Velásquez-Delgado-Holgado Velásquez-Delgado-Holgado
sentencia auto improce vista de causa sentencia sentencia
3JCC
Velásquez-Delgado-Holgado
1JCC
Velásquez-Delgado-Holgado
Sala Civil
Velásquez-Delgado-Holgado
3JCC
Dirimencia Pinares Silva
4JCC
Dirimencia Gutiérrez Merino
ACTO IMPUGNADO
JUEZ SUPERIOR PONENTE
IMPUGNANTE
PROCEDENCIA
Lectura de sentencia
Álvarez-FarfánAndrade
Plinio Arias Cruz y el procurador Publico del INEI
Juzgado Penal Colegiado de Cusco
08:30
QUENCORO
918-2012-40
15 minutos
Plinio Arias Cruz
Robo Agravado
Gina Anali Villa Meza y el INEI
08:45
QUENCORO
5834-2009-0
15 minutos
Wilbert Agustin Qquenaya Mamani
Parricidio
menor de iniciales FQF
Continuación juicio oral
Álvarez-FarfánAndrade
Cohecho Pasivo
Estado Peruano
Lectura de sentencia
Álvarez-FarfánAndrade
Hurto agravado
Katia Vergara Baca
Sentencia condenatoria
Álvarez-FarfánAndrade
Auto declara infundada cesación de prisión preventiva
Álvarez-FarfánAndrade
09:00
QUENCORO
3778-2016-4
30 minutos
Mateo Huaman Huallpa y Cesar Augusto Yabar Velazco
09:30
QUENCORO
289-2017-0
1 hora
Joel Soto Román
10:30
QUENCORO
1594-2017-72
30 minutos
Higidio Huarancca Violación sexual de Menor de iniciales Quispe menor R.Q.H.
14:30
SEDE
1867-2013-58
30 minutos
Clemente Felix Valdivia Torres, Jesus Manuel Farfán Mendoza y Marcelina Luna Torres
Falsificación de documentos
Marlene Luna Torres y otros
sentencia condenatoria y absolutoria comtinuación
Álvarez-FarfánAndrade
15:00
SEDE
643-2018-28
20 minutos
Juan Carlos Federico La Torre Pazos y otro
Usurpación agravada
Virginia Francisca Cruz Quispe
Auto fundada ministración de posesión
Álvarez-FarfánAndrade
15:20
SEDE
1824-20180
30 minutos
Sexto juzgado de investigación preparatoria
Habeas Corpus
Eloy Guillermo de la Sota Carazas
Auto improcedente habeas corpus
Álvarez-FarfánAndrade
NÚMERO EXPEDIENTE
DEMANDANTE
DEMANDADO
MATERIA
1
08:20
00020-2018-0-1001-SP-FC-01
Yara Fernanda Porroa Huallpa
Uriel Porroa Peralta
Tutela
2
08:25
01760-2013-0-1001-JR-FC-03
Einer Montalvo Quintanilla
Rosa Juana Villasante Corahua
Divorcio por causal
3
08:30
00409-2017-0-1001-JR-FC-03
Ruth Quispe Ricalde
Victor Rolando Torre Amanca
Divorcio por causal
4
08:35
03647-2016-0-1001-JR-FC-01
Jose Domingo Agramonte Luna y otra
Noria F. Bermudez Castilla
Adopción
5
08:40
02937-2016-0-1001-JR-FC-03
Andres Salas Alvares
Pilar Ambrocia Huarhua Cusicuna
Divorcio por causal
6
08:45
00560-2015-0-1001-JR-FC-03
José Perea Porroa
Barbara Silva Huaman
Divorcio por causal
7
15:00
00261-2008-0-1001-JM-CI-01
Sucesión de Gustavo Grajeda Gonzales
Vidal Anselmo Salvatierra Bujanda y otros
Nulidad de acto jurídico
Begonia del Rocío Velásquez Cuentas Presidenta de Sala
RESOL. IMPUG.
sentencia consulta sentencia consulta sentencia consulta sentencia consulta sentencia consulta sentencia consulta
PROCEDE
COLEGIADO
JMx Quispicanchis
Velásquez-Delgado-Holgado
3JFC
Velásquez-Delgado-Holgado
3JFC
Velásquez-Delgado-Holgado
1JFC
Velásquez-Delgado-Holgado
4JFC
Velásquez-Delgado-Holgado
3JFC
Velásquez-Delgado-Holgado
sentencia 1JMx Wanchaq
LUGAR
N° CAUSA
TIEMPO DE DURACION
Mateo Huaman Huallpa
Cuarto Juzgado Penal Unipersonal de Cusco
Juzgado penal unipersonal de Anta Cuarto Juzgado de Higidio Huarancca investigación Quispe preparatoria de Cusco representante del Ministerio Público, Marlene Luna Torres y Clemente Cuarto Juzgado Felix Valdivia Penal Unipersonal Torres, Jesus de Cusco Manuel Farfán Mendoza y Marcelina Luna Torres Tercer juzgado de Juan Carlos investigación Federico La Torre preparatoria de Pazos Cusco Cuarto Juzgado Eloy Guillermo de Penal Unipersonal la Sota Carazas de Cusco Joel Soto Román
IMPUTADO (a)
DELITO (s)
AGRAVIADO (a)
ACTO IMPUGNADO
JUEZ SUPERIOR PONENTE
IMPUGNANTE
PROCEDENCIA
Estado peruano
Auto improcedente nulidad
Álvarez-FarfánAndrade
Rosali Palermo Matos Oliva
Quinto juzgado penal unipersonal de Cusco
08:30
SEDE
212-2016-43
20 minutos
Rosali Palermo Matos Oliva
Ingreso indebido de equipos celulares al interior de un establecimiento penitenciario
08:50
SEDE
1582-2017-17
20 minutos
Gabino Aguirre Manchaco
Hurto agravado
Fredy Quispe Ccorahua y Flavio Yupanqui Tapara
Auto improcedente nulidad
Álvarez-FarfánAndrade
Gabino Aguirre Manchaco
09:10
SEDE
17-2018-12
20 minutos
José Antonio Yupanqui Quispe
Violación de domicilio
Roxana Carmela García Segovia
Auto infundada excepción de prescripción
Álvarez-FarfánAndrade
José Antonio Yupanqui Quispe
09:30
SEDE
1202-2014-39
1 hora
Tito Quispe Greta, Contra los bosques o formaciones Yuandi Guo y boscosas y Minería Valerio Cutire Ilegal Espino
Estado peruano
sentencia condenatoria y absolutoria
Álvarez-FarfánAndrade
Valerio Cutire Espino y Yuandi Guo
Segundo Juzgado penal unipersonal de Cusco
10:30
SEDE
1710-2014-55
1 hora
Filomeno Condori Velásquez
Contrabando agravado
Estado peruano
sentencia condenatoria
Álvarez-FarfánAndrade
Filomeno Condori Velásquez
Juzgado penal colegiado
Habeas Corpus
Maritza Yucra Mendoza
Auto improcedente Habeas Corpus
Álvarez-FarfánAndrade
Maritza Yucra Mendoza
Tercer Juzgado Penal Unipersonal de Cusco
Robo Agravado
Cesar Augusto Rodriguez Gomez
Lectura de sentencia
Álvarez-FarfánAndrade
Diego Fernando Ttito Tinta
Juzgado Penal Colegiado de Cusco
PROCEDENCIA
11:30
SEDE
37-2018
10 minutos
Primera Sala Penal Liquidadora de Cusco y Sala Penal Permanente de la Corte Suprema
12:30
SEDE
949-2015-70
30 minutos
Diego Fernando Ttito Tinta
Sexto juzgado de investigación preparatoria Juzgado de investigación preparatoria de Anta
ROL DE AUDIENCIAS PÚBLICAS Y PRIVADAS JUEVES 26 DE ABRIL DE 2018
HORA
LUGAR
N° CAUSA
TIEMPO DE DURACION
IMPUTADO (a)
DELITO (s)
AGRAVIADO (a)
ACTO IMPUGNADO
JUEZ SUPERIOR PONENTE
IMPUGNANTE
Lesiones culposas
Claudio Hancco Barrientos
Auto fundada revocatoria de pena
Álvarez-FarfánAndrade
Dante Abimael Peña Hancco
Juzgado de investigación preparatoria de Calca Juzgado de paz letrado e investigación preparatoria de Acomayo
08:30
SEDE
5-2018-69
20 minutos
Dante Abimael Peña Hancco
08:50
SEDE
24-2018-4
20 minutos
Apolinar Candia Carrasco y otro
Lesiones leves
Redy Apaza Candia
Auto fundado sobreseimiento
Álvarez-FarfánAndrade
Redy Apaza Candia
09:10
SEDE
3981-2016-32
20 minutos
Benjamín Segundo Pinto, Eder Yamil Palomino Espinoza y otro
Peculado doloso
Estado peruano
Auto infundada ejecución provisional de sentencia
Álvarez-FarfánAndrade
Benjamín Segundo Cuarto Juzgado Pinto, Eder Yamil penal unipersonal Palomino Espinoza de Cusco
09:30
SEDE
2663-2014-5
1 hora
Clodoaldo Paulino Espinoza Blanco
Estafa agravada
Serapio Luna Cuevas
Sentencia condenatoria
Álvarez-FarfánAndrade
Cuarto juzgado Clodoaldo Paulino penal unipersonal Espinoza Blanco de Cusco
Estado peruano
Sentencia absolutoria
Álvarez-FarfánAndrade
Representante del Segundo juzgado Ministerio Público, penal unipersonal Freddy Vargas de Cusco Quijada
Mario César Nuñez Guevara
Lectura de sentencia
Álvarez-FarfánAndrade
Alipio Carpio Lima
10:30
SEDE
761-2014-2
1 hora
Carlos Herwin Suarez Rumiche, Freddy Vargas Quijada e Isaac Huamantupa Ccahuana
Responsabilidad de funcionario público por otorgamiento ilegal de derechos y Responsabilidad por información falsa contenida en informes
11:30
SEDE
275-2017
30 minutos
Alipio Carpio Lima
Lesiones leves
Dirimencia Gutiérrez Merino
Roxana Bohórquez Abarca Secretaria de Sala
Segunda Sala Penal Liquidadora
ROL DE AUDIENCIAS PÚBLICAS Y PRIVADAS MIÉRCOLES 25 DE ABRIL DE 2018
VIERNES 27 DE ABRIL DE 2018 HORA
Cuarto Juzgado Kelly Roxana Sierra Penal Unipersonal Cahuata de Cusco
AGRAVIADO (a)
COLEGIADO
1JMx Wanchaq
Cuarto Juzgado Penal Unipersonal de Cusco
DELITO (s)
JUEVES 26 DE ABRIL DE 2018 HORA
Estado peruano
Juzgado Penal Colegiado de Cusco Quinto Juzgado Penal Unipersonal de Cusco
ROL DE AUDIENCIAS PÚBLICAS Y PRIVADAS MARTES 24 DE ABRIL DE 2018
Velásquez-Delgado-Holgado
Velásquez-Delgado-Holgado
Divorcio por causal sentencia Petición de herencia sentencia Proceso de amparo sentencia Contencioso auto administrativo
Álvarez-FarfánAndrade
SEDE
Velásquez-Delgado-Holgado
JMx Calca
auto excep.
PROCEDENCIA
Lectura de sentencia
08:30
HORA
9 08:55 01973-2017-41-1001-JR-CI-02
IMPUGNANTE
Estado Peruano
Carlin Elisban Alvarez Almanza
Velásquez-Delgado-Holgado
1JMX Wanchaq
auto improce sentencia
JUEZ SUPERIOR PONENTE
30 minutos
Velásquez-Delgado-Holgado
MIERCOLES 25 DE ABRIL DE 2018 RESOL. IMPUG.
ACTO IMPUGNADO
985-2016-80
Dirimencia Gutiérrez Merino
PROCEDE
AGRAVIADO (a)
SEDE
MARTES 24 DE ABRIL DE 2018 HORA
DELITO (s)
08:00
Velásquez-Delgado-Holgado
sentencia
IMPUTADO (a)
Promoción y favorecimiento al tráfico ilicito de drogas
Velásquez-Delgado-Holgado
sentencia
auto excep. JMx Urubamba
TIEMPO DE DURACION
Pedro Álvarez Dueñas Presidente Segunda Sala Penal de Apelaciones
Juzgado penal unipersonal de Anta
Miguel Ángel Pérez Soria Especialista Judicial Segunda Sala Penal de Apelaciones
Viernes, 27 de abril del 2018
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