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22 jun. 2018 - Ante el Primer Juzgado Especializado en lo Civil de. Cusco, despachado por la Sra. Jueza Doctora San- dra Contreras Campana, se tramita el ...
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CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO

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La República

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

Viernes, 22 de junio del 2018

AVISOS JUDICIALES le nombrará un Curador Procesal.-

EDICTO

Urcos, 13 de junio del 2018

Ante el Primer Juzgado Especializado en lo Civil de Cusco, despachado por la Sra. Jueza Doctora Sandra Contreras Campana, se tramita el proceso civil N° 00737-2018-0-1001-JR-CI-01, seguido por Justo Ascona Hilares, sobre Prescripción adquisitiva, contra la Dirección General de Reforma Agraria y Asentamiento Rural, ajora Ministerio de Agricultura, representada por su director; en el que se ha emitido la resolución número 02, de 17-052018, que dispone: “ADMITIR A TRÁMITE la demanda interpuesta por JUSTO ASCONA HILARES, en representación de la Asociación pro Vivienda Mirador Cerro Verde, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA, contra MINISTERIO DE AGRICULTURA EN LUGAR DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE REFORMA AGRARIA Y ASENTAMIENTO RURAL, Representada por Gilberto Incarroca Concha Director Regional, y tratándose de una entidad del Estado, EMPLÁCESE al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Agricultura, debiendo de tramitarse bajo los mecanismos del proceso ABREVIADO, en consecuencia, córrase traslado a la parte demandada por el término de DIEZ DÍAS. Notifíquese con la demanda a los colindantes en calidad de citados Comunidad Campesina de Chocco y la Municipalidad Distrital de San Sebastián, así mismo conforme a lo establecido por el artículo 506 del Código Procesal Civil, efectúese la publicación de edictos, los que contendrán un estracto de la demanda y la presente, los que conforme a la modificatoria del artículo 167 del Código Procesal Civil, efectuado por Ley N° 30293, se publicarán en el diario de mayor circulación de la Corte Superior de Justicia del Cusco, por el término de tres días, así como fíjese una copia del edicto en la tablilla del Módulo Civil destinado para ello, debiendo apersonarse a través de Administración del Módulo Civil a recepcionar los edictos respectivos, en horas de atención al público. REEQUIÉRASE al recurrente proporciones un juego adicional de la demanda, anexos y escritos subsanatorios para notificar al Procurador Público, como se tiene ordenado en autos. H. S.” Fdo. Juez Contreras Campana, Esp. Legal. Huamán Sequeiros.

DELIA ARAGÓN FARFÁN SECRETARIA JUDICIAL

Cusco, 05 de junio de 2018. ISABEL CRISTINA HUAMAN SEQUEIROS ESPECIALISTA LEGAL P. 6786131 F. (18, 22, 28 JUN)

NOTIFICACION POR EDCITO SEÑOR: JUAN QUITO SOTEC Por medio de la presente se le notifica que ante el Juzgado de Paz Letrado de Urcos, que despacha la señora Juez Dra Gilda Aurora Zea Nuñez y bajo la actuación de la secretaria judicial Delia Aragón Farfán se tramita el Expediente Nro 5-2014 seguida por Alicia Nuñez Cusi sobre Prestación de Alimentos en contra de Juan Quito Sotec, mediante el cual se dispone que se efectúe la notificación al demandado, mediante Edictos, de la resolución Nro 11.de fecha 02 de Octubre del 2015, se APRUEBA la liquidación de alimentos devengados en la suma de TRES MIL OCHOCIENTOS OCHENTA I CINCO NUEVOS SOLES ( 3,885.00) Y REQUIERASE al obligado JUAN QUITO SOTEC, A FIN DE QUE DENTRO DEL QUINTO día de notificado con la presente cumpla con pagar la totalidad de lo adeudado, bajo apercibimiento de remitir copias ante el Ministerio Público para fines de ser denunciado por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar.-Publíquese la presente en el Diario Oficial el Peruano y en el Diario Judicial del Cusco por el plazo de tres días hábiles con intervalo de un día.- En caso de que no salga a juicio el obligado se

representado por la Procuraduría Pública Especializada en Delitos Ambientales del Ministerio del Ambiente. Puerto Maldonado, 18 de junio del 2018. J. S (20, 21, 22 JUN)

P. 6786533 F. (18, 20, 22 JUN)

TERCER REMATE JUDICIAL En el proceso N° 09-2015-OC, seguido por CECILIO TRIGIDIO APARICIO DAVILA, contra ISMAEL FUENTES CONDORI, sobre OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO, bajo la actuación del secretario judicial Alan F. Barraza Zurita. El Señor Juez del Juzgado de Paz Letrado de Ocongate Bider Coa Suyo ha dispuesto el segundo remate público del siguiente bien: DATOS DEL BIEN INMUEBLE.- Inmueble de propiedad de Ismael Fuentes Condori, ubicado en el sector Comuncancha S/N de la Comunidad Campesina de Marampaki del Distrito de Ocongate, de la Provincia de Quispicanchi, Región Cusco; el mismo que cuenta con los siguientes linderos: Por el frente con la trocha comunial en linea recta con 6.76 ml, por la derecha con propiedad de terceros en linea recta con 3.71 ml, por la izquierda con propiedad de terceros en linea recta con 3.71 ml, y por la parte posterior con propiedad de terceros en linea recta con 6.76 ml. VALOR DE TASACIÓN.- S/. 8,065.85 (ocho mil sesenta y cinco soles con ochenta y cinco céntimos). BASE DEL REMATE.- S/. 3,885.07 (tres mil ochocientos ochenta y cinco soles con siente céntimos). GRAVAMENES Y CARGAS- Ninguno. LUGAR, DIA Y HORA DEL REMATE- La diligencia del remate se llevara a cabo en el Juzgado de Paz Letrado de Ocongate, sito en la Calle Lagunillas S/N del Distrito de Ocongate, el dia 04 de julio del año 2018 a las 10:00 A.M., por el Señor Juez del Juzgado. BASE DE PARTICIPACIÓN.- Para ser postor se requiere depositar en efectivo o cheque de gerencia el 10% del valor de la tasación del inmueble y pagar la tasa judicial por derecho a participar como postor. Ocongate, 08 de mayo de 2018. ALAN BARRAZA ZURITA SECRETARIO JUDICIAL P. 6789561 F. (20, 21, 22 JUN)

EDICTO CUARTO JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TAMBOPATA EXPEDIENTE: 00827-2016-89-2701-JR-PE-01 JUEZ: EDWARD IVAN BARRIOS FLORES ESPECIALISTA JUDICIAL: SILVIA ESTHER GUERRA MALDONADO NUMERO DE RESOLUCIÓN: Res. 03, de fecha 13 de junio del 2018. Se notifica al imputado EDGAR PEZO CORRALES, BONIFACIO HUAMAN AYTE, LUCIANO ZEA HUAMAN Y HUGO VARGAS GUTIÉRREZ, extracto de la resolución Nro. 03, a fin de que asistan a la AUDIENCIA DE DECLARATORIA DE AUSENCIA PROGRAMADO PARA EL 04 DE JULIO DEL 2018 A HORAS 08:00 DE LA MAÑANA, a realizarse en la Sala de Audiencias del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de Tambopata, ubicado en el Jr. Cajamarca Nro. 895 de la ciudad de Puerto Maldonado; ello por haberse dispuesto así en el Proceso Penal N° 827-2016-89 seguido en contra de HUGO VARGAS GUTIÉRREZ Y OTROS, por la presunta comisión de Delitos Ambientales-Delitos de Contaminación del Ambiente en su forma agravada, en agravio del Estado Peruano,

EDICTO PUBLICACIÓN QUE SE EFECTUA DE CONFORMIDAD A LO DISPUESTO POR EL ART. 144 DE L .O.P.J. 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 03938-2017-0-1001-JR-LA-03 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO DEMANDADO : UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE CUSCO , DEMANDANTE : DEL SOLAR MONTALVO, CARMEN ROCIO Resolución Nro. 7 Cusco, 14 de junio de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 4 del 29 de enero de 2018 (folio 80 a 95) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Ttito Quispe, emite voto en ponencia para que se confirme la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Murillo Flores; y la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de pago de la bonificación diferenciada con la remuneración total o íntegra”, para que se revoque la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S.MURILLO FLORES, ALFARO HERRERA, TTITO QUISPE.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala. J. S (20, 21, 22 JUN)

EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 03565-2017-0-1001-JR-LA-02

MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO DEMANDADO : UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE QUISPICANCHI DEMANDANTE : VILLAVICENCIO CARRASCO, ALFONSO Resolución Nro. 8 Cusco, 14 de junio de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 5 del 24 de enero de 2018 (folio 39 a 51) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Ttito Quispe, emite voto en ponencia para que se confirme la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Murillo Flores; y la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de pago de la bonificación diferenciada con la remuneración total o íntegra”, para que se revoque la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES ALFARO HERRERA TTITO QUISPE.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala. J. S (20, 21, 22 JUN)

EDICTO 2° SALA LABORAL EXPEDIENTE : 01158-2016-0-1001-JR-LA-03 MATERIA : ACCION CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA RELATOR : SOTO FIGUEROA ANA ROCIO DEMANDADO : PROCURADOR PUBLICO DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO , UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE CHUMBIVILCAS , DEMANDANTE : ROMERO ALVAREZ, ADRIEL Resolución Nro. 20 Cusco, 14 de junio de 2018. Por recibido en la fecha el presente proceso, habiéndose producido discordia parcial respecto a la sentencia contenida en la resolución N° 15 del 29 de noviembre de 2017 (folio 129 a 142) materia de grado, debido a que el Juez Superior señor Ttito Quispe, emite voto en ponencia para

Viernes, 22 de junio del 2018

que se confirme la sentencia al que se ha adherido el Juez Superior señor Murillo Flores; y la Juez Superior señora Alfaro Herrera, emite voto en discordia parcial “solo respecto a la pretensión de pago de la bonificación diferenciada con la remuneración total o íntegra”, para que se revoque la resolución antes mencionada en el extremo indicado en el voto; el artículo 141 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que tratándose de resoluciones que ponen fin a la instancia, tres votos conformes hacen resolución, por lo que en aplicación de lo previsto por el artículo 144 del cuerpo normativo antes citado DISPUSIERON llamar como Juez dirimente expedita a la Juez Superior integrante de la Sala Civil de Cusco, doctora Karinna Justina Holgado Noa; hacen de conocimiento de las partes, si consideran necesario hacer uso de la palabra, lo comuniquen dentro del plazo de tres días de notificados con la presente resolución a fin de fijar fecha de vista de causa para recibir el informe oral, bajo expreso apercibimiento de imponer al abogado que haya solicitado informar oralmente, y no lo haga en el día de la vista de la causa, una multa de una (1) Unidad de Referencia Procesal (URP) y una vez consentida o confirmada la sanción será comunicada a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco y al Colegio de Abogados del Cusco, todo ello por haber hecho un pedido malicioso, con la intención de dilatar el proceso, en el marco del artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con el artículo 52.3 del Código Procesal Civil y el artículo IV del Título Preliminar del mismo; en caso de que, no hagan uso de dicho derecho, los autos se encuentran automáticamente expeditos para emitir la dirimencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 375 del Código Procesal Civil y 131 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en atención a los principios de economía y celeridad procesal. Asimismo, DISPUSIERON que la Secretaria de esta Sala Laboral cumpla con la publicación respectiva de conformidad con lo dispuesto por el artículo 144 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.- H.S. S.S. MURILLO FLORES, ALFARO HERRERA, TTITO QUISPE.- Nadhim Nicole Josselyne Chávez Zevallos-Secretaria de Sala. Cusco, 19 de junio de 2018. J. S (20, 21, 22 JUN)

NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO A LA PERSONA DE MARIO CCOMPI PUMALLICA El Señor Juez del 7o Juzgado Investigación Preparatoria del Cusco, en el proceso Nro. 00646-2018-0 seguido contra MARIO CCOMPI PUMALLICA quien vienen siendo investigados por la presunta comisión del Delito Especifico de Conducción en Estado de Ebriedad en agravio del Estado, bajo la actuación del Especialista Legal Abog. Américo Jordán Chillitupa emplaza a la persona de MARIO CCOMPI PUMALLICA con el tenor de la siguiente resolución: RESOLUCIÓN N° 03. Cusco, Doce de Junio De dos mil dieciocho PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Queda registrado en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe. SE RESUELVE: 1. DECLARAR FRUSTRADA LA INSTALACIÓN DE AUDIENCIA ÚNICA Y PÚBLICA DE PROCESO INMEDIATO POR FALTA DE NOTIFICACIÓN AL IMPUTADO EN SU DOMICILIO REAL. 2. REPROGRAMESE LA INSTALACIÓN DE LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DÍA 28 DE JUNIO DEL AÑO EN CURSO A HORAS 11:30 AM. EN ESTA MISMA SALA DE AUDIENCIAS, SUBSISTIENDO LOS APERCIBIMIENTOS EN CASO DE INCONCURRENCIA DE LAS PARTES. 3. SE DISPONE QUE LA ESPECIALISTA DE CAUSA SE SIRVA NOTIFICAR AL IMPUTADO MEDIANTE EDICTOS, por tres fechas consecutivas, para lo cual la especialista deberá emitir los boletines respectivos y adjuntar las constancias respectivas, con la debida anticipación y anexarlos J. S (20, 21, 22 JUN)

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

NOTIFICACIÓN POR EDICTO Sr. MARCO ANTONIO LOZANO MAMANI Se pone en conocimiento lo siguiente: Ante el Quinto Juzgado Penal Unipersonal del Cusco bajo la dirección de la señora Jueza Dra. María Angélica Quispe Apaza y actuación del especialista legal Aurelio Román Villacorta, se viene tramitando la causa penal N° 4625-2017-89, seguido contra MARCO ANTONIO LOZANO MAMANI como presunto autor por la comisión del delito CONTRA LA VIDA, EL CUERPO Y LA SALUD, en la modalidad de LESIONES, sub tipo AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES en grado CONSUMADO, en agravio de YUDITH VILLENA RAMÍREZ; donde se ha dispuesto lo siguiente: RESOLUCIÓN N° 3.- Cusco, cinco de junio del dos mil dieciocho. DE OFICIO: Póngase a conocimiento del representante del Ministerio Público y las partes justiciables, que por disposición de la Administración del Modelo Procesal Penal en coordinación con los señores Magistrados del los Juzgados Unipersonales en aplicación del plan de descarga proyectado para estos Juzgados referidos en delitos de Violencia Familiar, tanto más si se tiene en cuenta que en el presente caso se señaló audiencia para el día 01 de julio del año 2019 por ser el orden que corresponde por la recargada labor procesal con la que cuenta este Juzgado; sin embargo teniendo en cuenta la naturaleza del proceso y dando cumplimiento al principio de la debida diligencia y el principio de intervención inmediata y oportuna establecidas en el articulo 2o incisos 3 y 4 respectivamente de la Ley N° LEY N° 30364 “Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar”, en el presente caso, se debe basar dar respuesta oportuna a la situación conflictiva, es necesario evitar efectos que a futuro puedan perjudicar a las partes, casos como el presente necesitan una atención especial; consiguientemente conforme al estado de la causa y los fundamentos expuestos, se DISPONE: 1.- DEJAR INSUBSISTENTE la resolución N° 01 es su extremo que señala fecha de audiencia para el día 10 de junio de 2019 que obra a fojas 1, quedando inalterables los demás extremos. 2.- En su lugar REPROGRAMAR la AUDIENCIA DE JUICIO ORAL, para el día VEINTISIETE DE JUNIO del DOS MIL DIECIOCHO, a las DOS de la tarde (hora exacta), que tendrá lugar en la onceava sala de audiencias del módulo penal, ubicado en el tercer niel del Palacio de Justicia, con presencia obligatoria del representante del Ministerio Público, el acusado y su defensor. Se deja constancia que la audiencia es de carácter INAPLAZABLE (articulo 355° inciso 6 del CPP), subsistiendo los apercibimiento decretados en autos. RESOLUCIÓN NRO. 5.- Cusco, dieciocho de junio del dos mil dieciocho.- Teniendo en cuenta que el imputado Marco Antonio Lozano Mamani, hasta la fecha con el auto de citación a juicio oral (Res. N° 1), no ha sido notificado en el domicilio real alcanzado por el representante del Ministerio Público, esto es el Jirón Antisuyo E-8 del distrito de San Sebastián-Cusco, tanto más que frente al requerimiento que se le hizo al representante del Ministerio Público, tampoco ha cumplido con proporcionar algunas referencias o adjuntar croquis para la ubicación de dicha dirección; consiguientemente, al ignorarse el domicilio real actual del imputado MARCO ANTONIO LOZANO MAMANI, se DISPONE se le notifique con la presente resolución y la Resolución número 01 Judicial de La República,Cusco, 18 de junio de 2018. J. S (20, 21, 22 JUN)

EDICTO PENAL SEÑOR: JAIME VALENCIA CASTRO. El señor Juez del Tercer Juzgado Penal Unipersonal de Cusco, Dr. Carlos Adalberto Román Gil, en el proceso Nro. 4811-2017-75-1001-JR-PE-07, seguido contra JAIME VALENCIA CASTRO, por la presunta comisión del delito contra la familia en la modalidad de omisión de asistencia familiar, tipificado en el artículo 149, primer párrafo del Código Penal en agravio de la menor de iniciales JU.Ml. VA.QU representada por su progenitura Victoria Quispe

Hancco, ha dispuesto notificarle con la Resolución N° 01 del 14/06/18, y el extracto de la Acusación fiscal al citado procesado, cuyo contenido es el siguiente: ACUSACIÓN FISCAL.- El Primer Despacho de Investigación de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cusco, formula PROCESO INMEDIATO contra JAIME VALENCIA CASTRO, como autor del delito contra la familia en la modalidad de omisión de asistencia familiar, tipificado en el artículo 149, primer párrafo del Código Penal en agravio de la menor de iniciales JU.Ml.VA.QU representada por su progenitura Victoria Quispe Hancco, Por lo que la representante de Ministerio Publico presenta Acusación Fiscal. AUTO DE CITACIÓN A JUICIO INMEDIATO. Resolución N° 01. Cusco, catorce de junio del dos mil dieciocho.Dese por recibido en el día los actuados que contienen la resolución emitida por el Séptimo Juzgado de Investigación Preparatoria - Flagrancia de Cusco y el requerimiento de acusación (proceso inmediato) formulada por el Representante del Ministerio Público de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cusco, respectivamente con los actuados que preceden, Requerimiento de Acusación en Proceso Inmediato y, CONSIDERANDO: PRIMERO: El Art. 447.6 del C.P.P modificado por el D. Leg. N° 1194 establece: “Luego de emitirse la resolución de procedencia de la incoación del proceso inmediato que contiene además la formulación de la acusación fiscal y, recibido por el Juzgado penal competente, debe dictarse acumulativamente el Auto de Enjuiciamiento y la Citación a Juicio con arreglo al numeral 3 del Art. 448° de dicha norma procesal”. En el presente caso seguido contra JAIME VALENCIA CASTRO, por la presunta comisión del delito contra la Familia en su modalidad de Omisión de Asistencia Familiar, subtipo INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, previsto y sancionado en el primer párrafo del artículo 149° del Código Penal en agravio del menor de iniciales J.M.V.Q., representado por su progenitura Victoria Quispe Hancco; en aplicación del Artículo 446°.4 del C.P.P. modificado por el D. Leg. N° 1194, debe aplicarse el trámite indicado precedentemente. SEGUNDO: El numeral 1 del Art. 448° del C.P.P. modificado por el D. Leg. N° 1194 obliga a que, recibido el Auto que incoa el proceso inmediato debe realizarse la Audiencia de Juicio Inmediato en el día o en todo caso en un plazo de que no exceda las setenta y dos horas, (...) Y, en consecuencia SE RESUELVE: 1.- CONVOCAR: Para Audiencia de Juicio Inmediato al imputado JAIME VALENCIA CASTRO, con DNI. N° 24995508, nacido el 25/01/1974, lugar de nacimiento Echarate/ La Convención/Cusco, con Domicilio Real en Sector de Ichiquiato cinta verde del consejo de menor de Palma del distrito de Echarate, Provincia de La Convención y Departamento del Cusco, hijo de Gerónimo y Tomasa, quien OBLIGATORIAMENTE deberá concurrir el día DIECISEIS DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, A HORAS ONCE DE LA MAÑANA CON QUINCE MINUTOS (HORA EXACTA) EN LA TERCERA SALA DE AUDIENCIAS de esta Sede Judicial ubicado en el Tercer Piso del Palacio de Justicia, debidamente asistido (a) por su abogado defensor. Cabe precisar que la fecha de audiencia señalada obedece a la agenda judicial de este despacho, en el sentido de que; “ la agenda judicial del señor magistrado a cargo del 3° Juzgado Penal Unipersonal - Flagrancia se encuentre saturada, considerando además que este Despacho conoce procesos ordinarios, querellas, delitos comunes, habeas corpus, reos contumaces cuyas audiencias se han programadas con anticipación”, y a la fecha se encuentra con una recargada labor.El imputado deberá concurrir bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz y ordenarse su conducción compulsiva. El abogado del imputado, deberá concurrir obligatoriamente por cuanto al haberse declarado INAPLAZABLE la presente audiencia, Si no concurre se designara un defensor de oficio; GÍRESE oficio a la Coordinación de Defensores Públicos a fin de que se designe un abogado defensor para los fines de ley, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de designársele a la Dra. Miluska Baca Beltrán, a efecto de que asuma la defensa del imputado

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y así garantizar el desarrollo de la presente audiencia de carácter inaplazable. 2.- CONVOQUESE: para su concurrencia obligatoria a la audiencia citada en el lugar día y hora al Representante del Ministerio Público EDILBERTO MOLINA ESCOBEDO, FISCAL PROVINCIAL DEL PRIMER DESPACHO DE INVESTIGACIÓN DE LA SEGUNDA FISCALÍA PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA DE SANTIAGO, con domicilio procesal en la casilla electrónica 61659. Bajo responsabilidad funcional y de aplicarse lo establecido en el Artículo 359°.6 del C.P.P. Sin perjuicio de remitir copias al O.C.I. del M.P. 3.- CONVOQUESE: A la PARTE AGRAVIADA menor de iniciales J.M.V.Q., representado por su progenitura Victoria Quispe Hancco con domicilio procesal en la casilla electrónica N° 31900. 4.- ESTABLÉZCASE: Que la Audiencia Única de Juicio Inmediato es oral, pública e inaplazable, rigiendo o establecido en el Artículo 5o del C.P.P. 5.- ESTABLÉZCASE: Que las partes son responsables de preparar y convocar a sus órganos de prueba, garantizando su presencia en la audiencia, bajo apercibimiento de prescindirse de ellos. 6.- ESTABLÉZCASE: Que el Juicio se realizará en sesiones continuas e interrumpidas hasta su conclusión, pudiendo aplicarse las reglas del proceso común en tanto sean compatibles con la naturaleza del proceso inmediato convocado. Notifíquese en el día la presente bajo responsabilidad funcional de quien tiene a su cargo dicha función. H.S. J. S (20, 21, 22 JUN)

EDICTO Quillabamba, 19 de junio del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Alex S. Franco Palomino. Se cita y emplaza al señor LUIS ALFREDO HUAYLLAPUMA ESCOBEDO, en el Proceso Nro. 73-2018-00-1010-JRPE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito Contra La Vida el Cuerpo y la Salud, en la modalidad de Lesiones, en su forma de LESIONES LEVES, previsto y sancionado en el primer párrafo del artículo 122-b° del Código Penal, en agravio de KATHERINE NOEMU ASCONA SULLCA. Se ha dispuesto notificar al imputado con la resolución N° 03, Quillabamba dieciocho de junio de 2018, REPROGRAMAR LA AUDIENCIA PÚBLICA PARA EL DÍA 17 DE JULIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS NUEVE HORAS DEL DÍA (09:00 A.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba). J. S (20, 21, 22 JUN)

EDICTO Quillabamba, 19 de junio del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Alex S. Franco Palomino. Se cita y emplaza al señor CESAR JOSE ALIAGA GUERRERO ESCOBEDO, en el Proceso Nro. 629-2017-00-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito Contra La Vida el Cuerpo y la Salud, en la modalidad de Lesiones, en su forma de LESIONES LEVES, previsto y sancionado en el primer párrafo del artículo 122-b° del Código Penal, en agravio de KATHERINE NOEMU ASCONA SULLCA. Se ha dispuesto notificar al imputado con la resolución N° 03, Quillabamba dieciocho de junio de 2018, REPROGRAMAR LA AUDIENCIA PÚBLICA PARA EL DÍA 28 DE JUNIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS CATORCE HORAS DEL DÍA (02:00 P.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba).

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J. S (20, 21, 22 JUN)

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba).

EDICTO Quillabamba, 19 de junio del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Anais Tapia Peña Se cita y emplaza al señor GERSON HUALLPA MAMANI, en el Proceso Nro. 305-2017-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por presunta comisión del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCIÓN, en agravio de EL ESTADO, para que asista a la audiencia de INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, audiencia que se llevara a cabo el día VEINTICINCO DE JUNIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS CATORCE HORAS DEL DÍA (14:00 P.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba). J. S (20, 21, 22 JUN)

EDICTO Quillabamba, 19 de junio del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Anais Tapia Peña Se cita y emplaza al señor FORTUNATO OSCCO MAITA, en el Proceso Nro. 564-2017-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por presunta comisión del delito de LESIONES GRAVES, en agravio de OLGA LEGUIA OLARTE, para que asista a la audiencia de REQUERIMIENTO DE PROCESO INMEDIATO, audiencia que se llevara a cabo el día VEINTICINCO DE JUNIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS CATORCE CON TREINTA DEL DÍA (14:30 P.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba). J. S (20, 21, 22 JUN)

EDICTO Quillabamba, 19 de junio del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Anais Tapia Peña Se cita y emplaza al señor BELMON FAUSTO FIGUEROA CERRO, en el Proceso Nro. 740-2017-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por presunta comisión del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCIÓN, en agravio de EL ESTADO, para que asista a la audiencia de INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, audiencia que se llevara a cabo el día VEINTICINCO DE JUNIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS CATORCE CON CUARENTA Y CINCO DEL DÍA (14:45 P.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba). J. S (20, 21, 22 JUN)

EDICTO Quillabamba, 19 de junio del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Anais Tapia Peña Se cita y emplaza a las señoras VERONICA CASTRO FLORES Y YOVANA CASTRO FLORES, en el Proceso Nro. 1022-2017-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por presunta comisión del delito de LESIONES LEVES POR VIOLENCIA FAMILIAR, en agravio de EL ESTADO, para que asista a la audiencia de INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, audiencia que se llevara a cabo el día VEINTICINCO DE JUNIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A horas QUINCE DEL DÍA (15:00 P.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel

J. S (20, 21, 22 JUN)

EDICTO Quillabamba, 19 de junio del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Anais Tapia Peña Se cita y emplaza al señor ERICK SANTOS AMACHI, en el Proceso Nro. 825-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por presunta comisión del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCIÓN, en agravio de EL ESTADO, para que asista a la audiencia de INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, audiencia que se llevara a cabo el día VEINTISIETE DE JUNIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS QUINCE CON TREINTA DEL DÍA (15:30 P.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba). J. S (20, 21, 22 JUN)

EDICTO Quillabamba, 19 de junio del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Anais Tapia Peña Se cita y emplaza al señor ALEXANDER JAYOS ROJAS, en el Proceso Nro. 821-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por presunta comisión del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCIÓN, en agravio de EL ESTADO, para que asista a la audiencia de INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, audiencia que se llevara a cabo el día VEINTISIETE DE JUNIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS QUINCE CON QUINCE MINUTOS DEL DÍA (15:15 P.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba). J. S (20, 21, 22 JUN)

EDICTO Quillabamba, 19 de junio del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Anais Tapia Peña Se cita y emplaza al señor DANNY HANCCO ÑAHUI, en el Proceso Nro. 811-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por presunta comisión del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCIÓN, en agravio de EL ESTADO, para que asista a la audiencia de INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, audiencia que se llevara a cabo el día VEINTISIETE DE JUNIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS CATORCE CON CUARENTA Y CINCO MINUTOS DEL DÍA (14:45 P.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba). J. S (20, 21, 22 JUN)

EDICTO Quillabamba, 19 de junio del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Anais Tapia Peña Se cita y emplaza al señor RODRIGO COLQUE VIVANCO, en el Proceso Nro. 832-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por presunta comisión del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCIÓN, en agravio de EL ESTADO, para que asista a la audiencia de INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, audiencia

Viernes, 22 de junio del 2018

que se llevara a cabo el día VEINTISIETE DE JUNIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS CATORCE CON QUINCE MINUTOS DEL DÍA (14:15 P.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba). J. S (20, 21, 22 JUN)

EDICTO Quillabamba, 19 de junio del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Anais Tapia Peña Se cita y emplaza al señor LUIS FERNANDO SUELDO COSIO, en el Proceso Nro. 829-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por presunta comisión del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCIÓN, en agravio de EL ESTADO, para que asista a la audiencia de INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, audiencia que se llevara a cabo el día VEINTISIETE DE JUNIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS CATORCE DEL DÍA (14:00 P.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba). J. S (20, 21, 22 JUN)

EDICTO Quillabamba, 19 de junio del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Anais Tapia Peña Se cita y emplaza al señor HECTOR FERNANDEZ RIVERA, en el Proceso Nro. 827-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por presunta comisión del delito de OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de MENOR Q.E.V.F. RODRIGO FERNANDEZ RIVERA, para que asista a la audiencia de INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, audiencia que se llevara a cabo el día VEINTISIETE DE JUNIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DIECISEIS CON QUINCE MINUTOS DEL DÍA (16:15 P.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba). J. S (20, 21, 22 JUN)

EDICTO Quillabamba, 19 de junio del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Anais Tapia Peña Se cita y emplaza al señor KARINA MENDOZA MARTINEZ, en el Proceso Nro. 810-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por presunta comisión del delito de LESIONES LEVES POR VIOLENCIA FAMILIAR, en agravio de KARINA MENDOZA MARTINEZ, para que asista a la audiencia de INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, audiencia que se llevara a cabo el día VEINTISEIS DE JUNIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DIECISEIS DEL DÍA (16:00 P.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba). J. S (20, 21, 22 JUN)

EDICTO Quillabamba, 19 de junio del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Anais Tapia Peña Se cita y emplaza al señor JAVIER QUECAÑO CONDORI, en el Proceso Nro. 801-2018-0-1010-JR-PE-01., que

se le sigue por presunta comisión del delito de OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio del MENOR DE INICIALES A.K.Q.Ñ., para que asista a la audiencia de INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, audiencia que se llevara a cabo el día VEINTISEIS DE JUNIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS QUINCE CON CUARENTA Y CINCO MINUTOS DEL DÍA (15:45 P.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba). J. S (20, 21, 22 JUN)

EDICTO Quillabamba, 19 de junio del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Anais Tapia Peña Se cita y emplaza al señor ROGER WITMAN MESTAS ESCALANTE, en el Proceso Nro. 799-2018-0-1010-JRPE-01., que se le sigue por presunta comisión del delito de OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio del MENOR DE INICIALES K.L.M.Z., para que asista a la audiencia de INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, audiencia que se llevara a cabo el día VEINTISEIS DE JUNIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS QUINCE CON TREINTA MINUTOS DEL DÍA (15:30 P.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba). J. S (20, 21, 22 JUN)

EDICTO Quillabamba, 19 de junio del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Anais Tapia Peña Se cita y emplaza al señor HEBERT GUSTAVO SORIA GUTIERREZ, en el Proceso Nro. 783-2018-0-1010-JRPE-01., que se le sigue por presunta comisión del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCIÓN, en agravio de EL ESTADO, para que asista a la audiencia de INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, audiencia que se llevara a cabo el día VEINTISEIS DE JUNIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS QUINCE CON QUINCE MINUTOS DEL DÍA (15:15 P.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba). J. S (20, 21, 22 JUN)

EDICTO Quillabamba, 19 de junio del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Anais Tapia Peña Se cita y emplaza al señor ALBERTO SUEL COCOICOSI, en el Proceso Nro. 781-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por presunta comisión del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCIÓN, en agravio de EL ESTADO, para que asista a la audiencia de INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, audiencia que se llevara a cabo el día VEINTISEIS DE JUNIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS QUINCE DEL DÍA (15:00 P.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba). J. S (20, 21, 22 JUN)

EDICTO Quillabamba, 19 de junio del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención

Viernes, 22 de junio del 2018

Especialista: Anais Tapia Peña Se cita y emplaza al señor LUCIO BOCANGEL VILLAVICENCIO, en el Proceso Nro. 790-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por presunta comisión del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCIÓN, en agravio de EL ESTADO, para que asista a la audiencia de INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, audiencia que se llevara a cabo el día VEINTISEIS DE JUNIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS CATORCE CON CUARENTA Y CINCO MINUTOS DEL DÍA (14:45 P.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba). J. S (20, 21, 22 JUN)

EDICTO Quillabamba, 19 de junio del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Anais Tapia Peña Se cita y emplaza al señor ALEJO ILLANES HUAMAN, en el Proceso Nro. 758-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por presunta comisión del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCIÓN, en agravio de EL ESTADO, para que asista a la audiencia de INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, audiencia que se llevara a cabo el día VEINTISEIS DE JUNIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS CATORCE CON TREINTA MINUTOS DEL DÍA (14:30 P.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba). J. S (20, 21, 22 JUN)

EDICTO Quillabamba, 19 de junio del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Anais Tapia Peña Se cita y emplaza al señor WILLY TREJO CHALLCO, en el Proceso Nro. 840-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por presunta comisión del delito de OMISION DE ASITENCIA FAMILIAR, en agravio de LA MENOR DE INICIALES P.K.T.C., para que asista a la audiencia de INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, audiencia que se llevara a cabo el día VEINTISEIS DE JUNIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS CATORCE CON QUINCE MINUTOS DEL DÍA (14:15 P.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba). J. S (20, 21, 22 JUN)

EDICTO Quillabamba, 19 de junio del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Anais Tapia Peña Se cita y emplaza al señor WILMURT UGARTE CCOLQUE, en el Proceso Nro. 839-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por presunta comisión del delito de OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de LOS MENORES DE INICIAL Y.M.U.M. Y M.W.U.M., para que asista a la audiencia de INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, audiencia que se llevara a cabo el día VEINTISEIS DE JUNIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS CATORCE DEL DÍA (14:00 P.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba).

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

EDICTO Quillabamba, 19 de junio del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Anais Tapia Peña Se cita y emplaza al señor ALVARO SIHUIN HUALLPA, en el Proceso Nro. 820-2018-0-1010-JR-PE-01., que se le sigue por presunta comisión del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCIÓN, en agravio de EL ESTADO, para que asista a la audiencia de INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, audiencia que se llevara a cabo el día VEINTISIETE DE JUNIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS QUINCE DEL DÍA (15:00 P.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba). J. S (20, 21, 22 JUN)

EDICTO PENAL SEÑOR: PERCY TINTA CCOMPI El señor Juez del Séptimo Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dr. Alex León Martínez, en el proceso Nro. 1284-2018-0-1001 -JR-PE-07, seguido contra PERCY TINTA CCOMPI con D.N.l. 47966586, por el delito contra la Seguridad Publica, en la modalidad de de Delitos de Peligro Común, Sub tipo CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de la Sociedad representada por el Primer Despacho de Investigación de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cusco, bajo la actuación de la Especialista Judicial de Juzgado, Ruth Elena Ñahue Choque, se ha dispuesto notificar con la Resolución N° 02 de fecha veintitrés de mayo del año dos mil dieciocho y el extracto del requerimiento fiscal de Proceso Inmediato al citado procesado, cuyo contenido es el siguiente: REQUERIMIENTO DE PROCESO INMEDIATO.- El Primer Despacho de Investigación de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cusco, formula PROCESO INMEDIATO contra el imputado PERCY TINTA CCOMPI, como autor del delito Contra la Seguridad Publica, en la modalidad de de Delitos de Peligro Común, Sub tipo CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO EN ESTADO DE EBRIEDAD, tipificado en el artículo 274° del Código Penal, en agravio de la Sociedad representada por el Primer Despacho de Investigación de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cusco, por lo que la representante de Ministerio Publico, solicita que se declare procedente el requerimiento de Proceso Inmediato. RESOLUCIÓN N° 02. Cusco, veintitrés de mayo De dos mil dieciocho.VISTO Y OÍDO: Queda registrado en audio. PARTE CONSIDERATIVA: Queda registrado en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe: SE RESUELVE: 1. DECLARAR FRUSTRADA LA INSTALACIÓN DE LA PRESENTE AUDIENCIA ÚNICA Y PÚBLICA DE PROCESO INMEDIATO POR NO HABER SÍDO POSIBLE EL EMPLAZAMIENTO DEL IMPUTADO. 2. REPROGRAMESE LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DÍA 25 DE JUNIO DEL AÑO EN CURSO A LAS 08:00 AM, ACTO QUE SE REALIZARÁ EN LA DÉCIMO SEGUNDA SALA DE AUDIENCIAS DEL MÓDULO PENAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO 3. PRECÍSESE QUE EL ESPECIALISTA DE CAUSA TENDRÁ QUE NOTIFICAR AL IMPUTADO. MEDÍANTE EDICTO JUDICIAL POR TRES FECHAS CONSECUTIVAS EN EL DIARIO JUDICIAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO, PARA LO CUAL SE TENDRÁ QUE CONTAR CON LAS CONSTANCIAS CON LA DEBIDA ANTICIPACIÓN. 4. SE PONE A CONOCIMIENTO DE LAS PARTES. Cusco, 18 de Mayo del 2018. J. S (20, 21, 22 JUN)

J. S (20, 21, 22 JUN)

EDICTO JUDICIAL

Ante el JPLSJ-Cusco, en el Exped. N° 170-2018-CI seguido por EUSEBIANA QQUECHO LEZAMA sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO en cuanto a la consignación de los datos de su progenitora, siendo lo correcto AGUSTINA CCAHUANA CORIHUAMAN, se ha dispuesto la publicación del presente para los fines de Ley.San Jerónimo, 11-06-2018 ELIZABETH MAGNOLIA PAREDES SALAS SECRETARIA JUDICIAL P. 6800176 F. (21, 22, 25 JUN) EDICTO DE RESOLUCION DE SENTENCIA DE PAGO DE ALQUILERES Y DESALOJO POR OCUPANTE PRECARIO - Ante el Juzgado de Paz de la Urb. Túpac Amaru, Distrito de San Sebastián, Provincia y Departamento del Cusco que despacha la Sra. Juez Dra. ITALA PEREZ VIDAL, en el Expediente 0095-2018-JP-TA, se ha emitido la SENTENCIA de fecha 16 de Junio del 2018 que FALLA: Declarando FUNDADA la demanda interpuesta por CELESTINO VICENTE COBOS TEJADA en contra de JULIO CESAR JOSE JIMENEZ SEGALES, sobre PAGO DE ALQUILERES Y DESALOJO POR OCUPANTE PRECARIO, esto en la forma siguiente: por los fundamentos antes expuestos SE RESUELVE- PRIMERO: Declarar FUNDADA la demanda interpuesta por CELESTINO VICENTE COBOS TEJADA en contra de JULIO CESAR JOSE JIMENEZ SEGALES, sobre PAGO DE ALQUILERES Y DESALOJO POR OCUPANTE PRECARIO, para lo cual SE DISPONE - Ejecutar el DESCERRAJE de la vivienda ubicado en el Pasaje Santa Inés C-11 de la A.P.V. los Sauces de la Pradera del Sector Perol Huayco, Distrito de San Sebastián, programado para el día Miércoles 27 de Junio del 2018 a las 14:00 horas, SEGUNDO: Oficiar a la Policía Nacional del Perú- Comisaria de San Sebastián de la Ciudad del Cusco para acompañar al personal del Juzgado de la Urbanización de Túpac Amaru- San Sebastián a la diligencia de descerraje, TERCERO - Efectuar la publicación de la presente Resolución por tres veces en el Diario la República de la Ciudad del Cusco. Media firma de la Sra. Juez Ítala Pérez Vidal Cusco 20 de Junio del 2018. ITALA PÉREZ VIDAL JUEZ DE PAZ P.6800207 F. (21, 22, 25 JUN)

NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO A LA PERSONA DE MARIZA ALATA TACUSI Ante el Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Machupicchu, que despacha la señorita Juez Dayma Gabriela Navia Canal, bajo la actuación de la Especialista de Juzgado Juvissa Ysabel Mejia Puma, se viene tramitando el Proceso Penal signado con el Nro. 00123-2017-JR-PE-01, seguido contra MARIZA ALATA TACUSI, por la presunta comisión del Delito Contra la Administración Pública en la Modalidad de Delitos cometidos por Particulares sub tipo penal de DESOBEDIENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado por el Art. 368 del Código Penal, en agravio del Poder Judicial representado por su Procurador Publico, donde mediante resolución N° 3 de 14 de junio de 2018 este Juzgado ah dispuesto la notificación vía edicto de la acusada MARIZA ALATA TACUSI, respecto del pedido de constitución en actor civil de la Procuraduría Pública encargada de los asuntos judiciales del Poder Judicial y de la resolución que corre resuelve el pedido de constitución en actor civil. RESUMEN DEL PEDIDO DE CONSTITUCIÓN EN ACTOR CIVIL. La Procuraduría Publica encargada de los asuntos judiciales del Poder Judicial, a tenor de lo dispuesto en el articulo 98° del Código Procesal Penal y los incisos 1,2, del artículo 15° del decreto legislativo N° 1068 ley del Sistema de la

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Defensa Jurídica del Estado, SOLICITA SE LES CONSTITUYA EN ACTOR CIVIL, en el proceso seguido en contra de MARIZA ALATA TACUSI y MARCO ANTONIO QUISPE DAZA, por el Delito Contra la Administración Pública en la Modalidad de Delitos cometidos por Particulares sub tipo penal de DE DESOBEDIENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado por el Art.. 368° del Código Penal, para el cual la Procuraduría Publica encargada de los asuntos judiciales del Poder Judicial por concepto de reparación Civil exige la suma de s/ 1000.00 (mil con 00/100 nuevos soles). AUTO QUE RESUELVE EL PEDIDO DE CONSTITUCIÓN EN ACTOR CIVIL Mediante resolución N° 3 de fecha 14 de Junio del presente año, RESUELVE DECLARAR FUNDADO el pedido de Constitución en actor Civil presentado por la Procuraduría Publica Adjunta encargada de los Asuntos Indicíales del Poder Judicial. DEJAR ESTABLECIDO COMO ACTOR CIVIL a la Procuraduría Publica Adjunta encargada de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial, en el presente proceso derivado de la investigación que se sigue en contra de MARCO ANTONIO QUISPE DAZA, en calidad de autor por la presunta comisión del delito contra la Administración Pública; en su modalidad de Desobediencia v Resistencia a la Autoridad en agravio del JUZGADO MIXTO DE MACHUPICCHU. ESTABLECER como facultades del actor civil lo previsto por el Art. 104 y 105 del Código Procesal Penal. PRECISAR que el monto de la pretensión indemnizatoria solicitada es la suma de S/1000.00 (MIL NUEVOS SOLES), la misma que deberá ser sustentada en la etapa procesal correspondiente. J. S (21, 22, 25 JUN)

EDICTO JUDICIAL 1o JUZ. DE INVES. PREPARATORIA- Sede Espinar EXPEDIENTE: 00208-2017-0-1009-JR-PE-01 JUEZ: ESTEBAN FREDDY ACHOMA TITO ESPECIALISTA: CINTHIA ELIANA CONDORI ZARATE Se pone en conocimiento de Lucila Acuta Taype representante ele B.U.A. en el proceso seguido en contra de NARCISO UMIYAURI CUYO, por el delito contra la Libertad Sexual, en su forma de VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD, cuando la víctima tiene meso de diez años, previsto en el articulo 173° primer párrafo numeral 1 concordado con el primer párrafo del Código Penal en agravio de la menor de iniciales B.U. A representada por su madre Lucila Acuta Taype, el contenido del Acta de Registro de Audiencia de Control de Acusación Directa, de fecha quince de Junio del dos mil dieciocho en la misma que se emitió la Resolución Nro 13 “ SEGUNDO.- SE DISPONE REPROGRAMAR la realización de la presente audiencia para el día VIERNES VEINTIDÓS DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A DOCE HORAS...” Espinar, 20 de Junio del 2018. J. S (21, 22, 25 JUN)

EDICTO JUDICIAL MUY URGENTE HACE SABER: que en el proceso N° 08196-2016-33-040lJR-PE-01 seguido en contra de Edwin Izarra Lapa y otros investigados por el delito de Tráfico Ilícito de Drogas en la modalidad de Promoción o Favorecimlento al Tráfico Ilícito de Drogas en agravio del Estado, representado por el Procurador Público a cargo de los Asuntos del Ministerio el Interior, relativo al Tráfico Ilícito de Drogas; mi Despacho ha dispuesto remitirle el presente edicto a fin de que se NOTIFIQUE CON EL REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN ESTO ES CORRER TRASLADO DE LA ACUSACIÓN POR EL PLAZO DE DIEZ DÍAS HÁBILES. A EFECTO HAGA VALER POR ESCRITO SUS DERECHOS. DESIGNÁNDOLE DEFENSOR PÚBLICO AL ABOGADO JOEY RAMÍREZ SILVA, Y CON LA RESOLUCIÓN N° 08 DE FECHA 07.06.2018 al SEÑOR EDWIN IZARRA LAPA, REPROGRAMANDO FECHA DE LA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN PARA EL DÍA

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La República

CINCO DE JULIO DEL PRESENTE AÑO A LAS NUEVE HORAS EN LA SALA N° 03 DEL ESTABLECIMIENTO PENAL DE SOCABAYA. Arequipa, diecinueve de junio del dos mil dieciocho.

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba).

Viernes, 22 de junio del 2018

J. S (21, 22, 25 JUN)

J. S (21, 22, 25 JUN)

EDICTO PENAL

J. S (21, 22, 25 JUN)

EDICTO JUDICIAL EDICTO Quillabamba, 20 de junio del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Alex S. Franco Palomino. Se cita y emplaza al señor CESAR JOSE ALIAGA GUERRERO ESCOBEDO, en el Proceso Nro. 1110-2017-00-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito Contra la Seguridad Pública, modalidad delitos de Peligro Común, Sub Tipo CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCIÓN previsto y sancionado en el primer párrafo Público del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Se ha dispuesto notificar al imputado con la resolución N° 02, Quillabamba dieciocho de junio de 2018, REPROGRAMAR LA AUDIENCIA PÚBLICA PARA EL DÍA 27 DE JUNIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS ONCE HORAS DEL DÍA (11:00 A.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba). J. S (21, 22, 25 JUN)

1o JUZ. DE INVES. PREPARATORIA - Sede Espinar EXPEDIENTE: 25-2018-69-1009-JR-PE-01 JUEZ: ESTEBAN FREDDY ACHOMA TITO ESPECIALISTA: CINTHIA ELIANA CONDORI ZARATE Se pone en conocimiento del señor JOSÉ SURI HANCCONAIRA, que Patricia Giselle Oversluijs Razzeto, Procuradora Publica adjunta encargada de los asuntos del Poder judicial ha solicitado CONSTITUCIÓN EN ACTOR CIVIL, en el proceso seguido en su contra, por el delito contra la Administración Pública, en su modalidad de delitos cometidos por particulares, en su tipo de Desobediencia a la autoridad, en agravio del Estado peruano representado por el Poder Judicial y Olga Suni Ccahuana; asimismo, se pone en su conocimiento la RESOLUCIÓN N° 01 de fecha diez de abril del año dos mil dieciocho, mediante el cual CÓRRASE TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo de TRES DÍAS, a efectos de que puedan por escrito formular oposición debidamente fundamentado. PRECÍSESE que la carpeta fiscal con todos los elementos de convicción se encuentra en las oficinas de la Fiscalía Penal de Espinar, para los fines que correspondan. Espinar, 19 de Junio del 2018. J. S (21, 22, 25 JUN)

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Quillabamba, 20 de junio del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Alex S. Franco Palomino. Se cita y emplaza al señor CESAR JOSE ALIAGA GUERRERO ESCOBEDO, en el Proceso Nro. 1110-2017-00-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito Contra la Seguridad Pública, modalidad delitos de Peligro Común, Sub Tipo CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCIÓN previsto y sancionado en el primer párrafo del artículo 274° del Código Penal, en agravio del Estado representado por el Procurador Público del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Se ha dispuesto notificar al imputado con la resolución N° 02, Quillabamba dieciocho de junio de 2018, REPROGRAMAR LA AUDIENCIA PÚBLICA PARA EL DÍA 27 DE JUNIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS ONCE HORAS DEL DÍA (11:00 A.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba).

Quillabamba, 20 de junio del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Alex S. Franco Palomino. Se cita y emplaza al señor FERSÓN GARCIA VARGAS, en el Proceso Nro. 1146-2017-00-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito Contra la Seguridad Pública, modalidad delitos de Peligro Común, Sub Tipo CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCIÓN previsto y sancionado en el primer párrafo del artículo 274° del Código Penal, en agravio del Estado representado por el Procurador Público del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Se ha dispuesto notificar al imputado con la resolución N° 02, Quillabamba veintinueve de mayo de 2018, REPROGRAMAR LA AUDIENCIA PÚBLICA PARA EL DÍA 05 DE JULIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS DIES HORAS DEL DÍA (10:00 A.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba).

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SEÑORA: MARÍA NATALIA MUÑOZ MEZA. La Señora Jueza del Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dra. Zulay Sánchez Farfán, en el proceso N° 1935-2018-0-1001-JR-PE-06, seguido contra WILFREDO LAYME HILARIO, por el delito de LESIONES LEVES POR VIOLENCIA FAMILIAR, en agravio de MARÍA NATALIA MUÑOZ MEZA, bajo la actuación del especialista Judicial Abog. Darwin Trujillo Tejada, se le ha dispuesto notificar con el requerimiento de acusación fiscal directa y la resolución uno que corre traslado y con el acta de audiencia de fecha 15/06/2018, cuyo contenido es el siguiente: REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN FISCAL DIRECTA.La Fiscal del caso, formula REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN FISCAL DIRECTA contra WILFREDO LAYME HILARIO, por el delito de VIOLENCIA FAMILIAR, delito tipificado en el artículo 122° -B del Código Penal, en agravio de MARÍA NATALI MUÑOZ MEZA, asimismo, solicita una pena de 01 año de pena privativa de libertad y pide por concepto de reparación civil la suma de S/. 600.00 soles. RESOLUCIÓN N° 01 - TRASLADO Y AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN: DADO CUENTA: El requerimiento de acusación fiscal - presentado por la representante del Ministerio Público; Estando a la formulación de requerimiento de acusación fiscal, en contra de WILFREDO LAYME HILARIO, por el delito de VIOLENCIA FAMILIAR, delito tipificado en el artículo 122° -B del Código Penal, en agravio de MARÍA NATALI MUÑOZ MEZA. En consecuencia y de conformidad con lo prescrito por el artículo 350° del Código Procesal Penal; CÓRRASE TRASLADO del requerimiento de acusación fiscal a los sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS ÚTILES, a efectos de que dentro del plazo establecido, puedan las partes por escrito: formular lo que señala la norma procesal penal. ACTA DE REGISTRO DE AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN: 1.- Declarar frustrada la audiencia por no haberse notificado a la agraviada MARÍA NATAL! MUÑOZ MEZA. 2.-REPROGRAMAR la presente audiencia para el DÍA 02 DE AGOSTO DEL AÑO 2018, A LAS 11:00 AM (HORA EXACTA), EN LA SEXTA SALA DE AUDIENCIAS DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO, quedando para tal efecto notificados los presentes. 3.Precísese que la audiencia tiene el carácter de inaplazable. 4.- Cumpla el Especialista con notificar a la agraviada MARÍA NATALI MUÑOZ MEZA con el requerimiento de acusación, la resolución uno y la presente resolución MEDIANTE EDICTOS JUDICIALES. Cusco, 19 de junio del 2018. J. S (21, 22, 25 JUN)

EDICTO PENAL EDICTO

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Quillabamba, 20 de junio del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Alex S. Franco Palomino. Se cita y emplaza al señor CESAR JOSE ALIAGA GUERRERO ESCOBEDO, en el Proceso Nro. 1110-2017-00-1010-JR-PE-01., que se le sigue por la presunta comisión del delito Contra la Seguridad Pública, modalidad delitos de Peligro Común, Sub Tipo CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCIÓN previsto y sancionado en el primer párrafo del artículo 274° del Código Penal, en agravio del Estado representado por el Procurador Público del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Se ha dispuesto notificar al imputado con la resolución N° 02, Quillabamba dieciocho de junio de 2018, REPROGRAMAR LA AUDIENCIA PÚBLICA PARA EL DÍA 27 DE JUNIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS ONCE HORAS DEL DÍA (11:00 A.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar

Quillabamba, 07 de junio del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Alex S. Franco Palomino. Se cita y emplaza al señor CARLOS ENRIQUE ARANYA ATAPAUCAR, en el Proceso Nro. 539-2018-0-1010-JRPE-01., que se le sigue por presunta comisión del delito Contra la Familia, modalidad Omisión de Asistencia Familiar en su forma de OMISIÓN DE PRESTACIÓN DE ALIMENTOS previsto y sancionado en el primer párrafo del artículo 149° del Código Penal, en agravio de GERAL SHARIT ARANYA CONDORI representada por su progenitora ANDREA CONDORI HURTADO. Se ha dispuesto notificar al imputado con la resolución N° 03, Quillabamba siete de junio de 2018, REPROGRAMAR LA AUDIENCIA PÚBLICA PARA EL DÍA 20 DE JUNIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS 08:00 A.M, en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba).

EXP: N° 4604-2017-6 QUINTO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DEL CUSCO. ESPECIALISTA DE CAUSA: Fernando Christian Aparicio Chávez SEÑOR: MANUELE MELITO Se ha dispuesto notificar con el extracto del Requerimiento de Acusación, Resolución N° 01 y Acta de Audiencia de fecha 04/06/2018 2017, cuyo contenido es el siguiente: REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN DE LA FISCALÍA Ministerio Publico, a tenor de lo establecido en el articulo 349.1° del Código Procesal Penal, Formula Requerimiento de Acusación Fiscal Contra: Manuele Melito, por la comisión del Delito Contra el Patrimonio, en la modalidad de Estafa y Otras Defraudaciones, sub- tipo Estafa Agravada, previsto en el artículo 196-A° del Código Penal, en agravio de los turistas de nacionalidad italiana Francesco Burzio y Fabio Incógnito 1. DESCRIPCIÓN DE LOS HECHOS ATRIBUIDOS A LOS ACUSADOS (CIRCUNSTANCIAS PRECEDENTES, CONCOMITANTES Y POSTERIORES)

a) Hechos Precedentes: En fecha 28 de mayo del 2017, en horas de la mañana, los turistas agraviados Fabio Incógnito Y Francesco Burzio, se contactaron con el denunciado Manuele Melito, quien les ofreció paquetes turísticos a nombre de la Agencia de Turismo “Marvelous Perú”. b) Hechos Concomitantes: Es así que en horas de la tarde del mismo día, se dirigieron a las instalaciones de la Agencia de Turismo “Marvelous Perú”, ubicada en la cuesta Santa Ana N° 508 del Cercado de Cusco, lugar en el que se entrevistaron con Joel Bardales Flores, propietario de dicha agencia, quien les ofreció un paquete turístico para Tambopata - Madre de Dios, por la suma total de 8/1,350.00 (Mil Trescientos Cincuenta Soles), procediendo ambos turistas a hacer la reserva del tours, dando como adelanto la suma de S/100.00 (Cien Soles), tal como consta en la Proforma N° 000556, para luego al día siguiente, 29 de mayo del 2017, dar a Manuele Melito la suma de S/1,350.00, (Mil Trescientos Cincuenta Soles). Cancelando con ello el total acordado por el tour, procediendo el denunciado a sobre escribir con lapicero negro en la Proforma N° 000556 “Pagado”. c) Hechos Posteriores: En fecha 31 de mayo del 2017, los turistas se dirigieron a las instalaciones de la Agencia de Turismo “M Marvelous Perú” con la finalidad de recibir sus boletos e itinerarios respectivos, sin embargo Joel Bardales Flores, dueño de la Agencia de Turismo, les manifestó que no recibió ningún monto de dinero por parte del imputado Manuele Melito, por lo que ambos turistas solicitaron al responsable de la Agencia les proporcione la dirección del imputado, quien además de devolverles los S/ 100.00 (Cien Soles) por concepto de reserva de tour les indicó que el imputado se encontraba hospedado en el Hostal Chavez, ubicado en la Avenida Costanera del Distrito de Wanchaq, lugar en el que ubicaron al imputado quien al ver a los turistas se puso nervioso pidiéndoles que lo esperen dos horas para que les devuelva su dinero, es por ello que pasadas las dos horas los turistas retornaron al Hostal, donde el imputado pretendió únicamente devolver S/ 500.00 (Quinientos Soles), lo que no fue aceptado por los turistas. 2. SOLICITUD PRINCIPAL DE: TIPIFICACIÓN, PENA, REPARACIÓN CIVIL Y CONSECUENCIAS ACCESORIAS PENA Y REPARACIÓN CIVIL a) DE LA TIPIFICACIÓN DEL DELITO: Al acusado Manuele Melito, se le atribuye el título de Autor de la comisión del delito contra el Patrimonio, en la modalidad de Estafa y Otras Defraudaciones, sub- tipo Estafa Agravada, previsto en el articulo 196-A° del Código Penal, en agravio de los turistas de nacionalidad italiana Francesco Burzioy Fabio Incógnito b) DE LA IMPOSICIÓN DE LA PENA: La Fiscalía solicita la se le imponga al imputado Cuatro Años y Ocho meses De Pena Privativa De Libertad c) DE LOS DÍAS MULTA: Para determinar el monto a pagar por la pena en días multa, se debe considerar que el acusado no tiene ocupación específica que le permite tener un ingreso mensual fijo, por lo que se tomará como punto de partida el sueldo básico, esto es la suma de S/.850.00 (Ochocientos Cincuenta) como Ingreso mensual, que por día corresponde a S/ 28,30 (Veintiocho con 30/100 Soles) y conforme a lo establecido en el articulo 43° del Código Penal, que establece que, el Importe del día-multa no podrá ser menor del 25% ni mayor del 50% del ingreso diario del condenado cuando vive exclusivamente del fruto de su trabajo. Se tomará como base el 25% de sus ingresos diarios. En el presente caso, se tiene que el ingreso diario del acusado es de S/. 33,30 diarios, siendo que el 25% de S/.33,30 es igual a S/ 7,10 (Siete con 10/100 Soles), el mismo que multiplicado por los 108 días-multa, corresponde a S/. 766,80 (Setecientos Sesenta y Seis con 80/100), a favor del Estado. d) DE LA REPARACIÓN CIVIL: La Fiscalía solicita por concepto de Reparación Civil la suma de S/ 1,578,00(Mil Quinientos Setenta y ocho), a favor de los turistas de nacionalidad italiana Francesco Burzio y Fabio Incógnito, monto que será devuelto en forma proporcional a los turistas agraviados TRASLADO DE LA ACUSACIÓN FISCAL EN SEDE JUDICIAL RESOLUCIÓN NRO. 01 de fecha 17 de abril del 2018 DADO CUENTA: Con el requerimiento fiscal de Acusación

Viernes, 22 de junio del 2018

presentado por el Fiscal Provincial de la Fiscalía Provincial Penal de Turismo del Cusco; y, CONSIDERANDO: (...) SE RESUELVE: 1. CORRER TRASLADO del requerimiento acusatorio, a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES, a efectos de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad (principio de oportunidad), 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio. 2. CITAR para el día cuatro de junio del dos mil dieciocho a las catorce horas con treinta minutos (...) 3. PRECÍSESE que la audiencia programada tiene el carácter de INAPLAZABLE, (...) 4. NOTIFIQUESE a las partes en sus respectivos domicilios procesales y reales señalados en autos. Regístrese y comuníquese.ACTA DE AUDIENCIA DE FECHA 04 DE JUNIO DEL 2018. JUEZ: Se deja constancia que el acusado fue notificado en el domicilio real consignado en el requerimiento acusatorio (...) FISCAL: Solicita se notifique mediante edictos,(...) ABOGADA DEL IMPUTADO: Ninguna observación. RESOLUCIÓN N°Q2 de fecha 04/06/2018 PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Registrado en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe: SE RESUELVE: 1. DECLARAR FRACASADA la realización de la presente audiencia por defectos en la notificación. 2. NOTIFÍQUESE al acusado Manuel Emelito VÍA EDICTOS con el contenido de un extracto de requerimiento acusatorio, Resolución Nro.01 y acta de la presente audiencia, notificación que deberá efectuarse por EDICTOS, bajo responsabilidad del Especialista de Causa asignado al trámite del presente proceso. 3. REPROGRAMAR la presente audiencia para fecha 24 DE JULIO DEL 2018 A HORAS 11:00 A REALIZARSE EN LA OCTAVA SALA DE AUDIENCIAS DEL PALACIO DE JUSTICIA DE CUSCO, dándose por notificadas las partes presentes en este acto, debiéndose notificar a la parte acusada inconcurrente conforme lo ya indicado. Cusco, 20 de junio de 2018. J. S (21, 22, 25 JUN)

EDICTO PENAL EXP: N° 1904-2018-0 QUINTO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DEL CUSCO. ESPECIALISTA DE CAUSA: Femando Christian Aparicio Chávez SEÑOR: ALEXANDER CHIRA HUALLPAYUNCA Se ha dispuesto notificar con el extracto del Requerimiento de Acusación Directa, Resolución N° 01 y Acta de Audiencia de fecha 28/05/2018, cuyo contenido es el siguiente: REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN DIRECTA DE LA FISCALÍA De conformidad con lo dispuesto por el artículo 159.5 de la Constitución Política del Estado, en concordancia con lo preceptuado en los artículos 1 y 90 ambos de la Ley Orgánica del Ministerio Publico -Decreto Legislativo Nro. 052- y artículos IV. 1 del Título Preliminar, 1.1, 60.1, 336.4 y 349.1 todos del Código Procesal Penal, en concordancia con el Acuerdo Plenario Nro. 6-2009/CJ-116; el representante del Ministerio Publico a cargo de la presente investigación, recurre ante su autoridad con la finalidad de “FORMULAR ACUSACIÓN contra ALEXANDER CHIRA HUALLPAYUNCA por la comisión del delito Contra la Vida el Cuerpo y la Salud, en la modalidad de Lesiones, subtipo Agresiones Contra los Integrantes del grupo Familiar, en

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SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

agravio de AYDE QUISPE HUILLCA. 1. RELACIÓN CLARA Y PRECISA DEL HECHO ATRIBUIDO A LOS IMPUTADOS. A. CIRCUNSTANCIAS PRECEDENTES: La Agraviada Ayde Quispe Huillca y el acusado Alexander Chira Huallpayunca vienen a ser convivientes desde hace nueve años atrás, producto de dicha relación tuvieron tres hijos, teniendo como su domicilio convivencial ubicado en la Comunidad Séneca - Quispihuara S/N, del distrito de Poroy, provincia y departamento del Cusco. B. CIRCUNSTANCIAS CONCOMITANTES En fecha 31 de agosto del 2017, al promediar las seis de la tarde en circunstancias que la agraviada que se encontraba por el grifo de Tica Tica, comprando mazamorra, vino el acusado quien sin mediar motivo alguno le agredió físicamente con golpes de patadas en el cuerpo, causándole de esta forma equimosis en el muslo derecho. C. CIRCUNSTANCIAS POSTERIORES Posterior a ello el personal policial de la Comisaria de Sipaspucyo se constituyo al lugar de los hechos en donde la agraviada puso en conocimiento la agresión de la que fue víctima. El perito Médico Legista luego de evaluar a la agraviada concluyo que presentaba lesiones traumáticas corporales ocasionadas por agente contuso, por el que se le otorgo un día de atención facultativa y merecían tres días de incapacidad médico legal 2. PARTICIPACIÓN QUE SE ATRIBUYE AL IMPUTADO La participación delictiva del acusado Alexander Chira Huallpayunca en el hecho punible que se le atribuye es a titulo de AUTOR del hecho penalmente relevante y que se encuentra descrito en el acápite segundo del presente requerimiento se subsume en el supuesto de hecho del artículo 122 - B, del Código Penal, que tipifica el delito contra La Vida, el Cuerpo y la Salud, en la modalidad de Lesiones, subtipo AGRESIONES CONTRA LOS INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR. 3. DE LA PENA Y LA REPARACIÓN CIVIL: A) DE LA PENA: La fiscalía solicita que al acusado Alexander Chira Huallpayunca se le imponga la PENA de UN AÑO de pena privativa de libertad efectiva en su ejecución por el plazo de la condena e INHABILITACIÓN por el plazo de la condena consistente en la Prohibición de aproximarse o comunicarse con la víctima, de conformidad con lo dispuesto por el numeral 11 del artículo 36® del Código Penal, sin perjuicio de disponerse la continuidad de las medidas de protección dictadas por el Juez del tercer Juzgado de Familia de Cusco en el Proceso Tutelar número 03904-201 7-0-1001-JR-FT-03 B). DE LA REPARACIÓN CIVIL: La fiscalía solicita que al acusado Alexander Chira Huallpayunca se le imponga la obligación de pagar la suma de TRESCIENTOS SOLES -S/. 300.00- por concepto de reparación civil que deberá pagar de forma personal a favor de la agraviada Ayde Quispe Huillca. TRASLADO DE LA ACUSACIÓN DIRECTA EN SEDE IUDICIAL Resolución Nro. 01 de fecha 06/04/2018 (...) SE RESUELVE: 1. CORRER TRASLADO del requerimiento acusatorio, a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES, a efectos de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad (principio de oportunidad), 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio. Asimismo, conforme establece el fundamento trece, segundo párrafo del Acuerdo Plenario N° 06-2010/CJ-116; la victima podrá solicitar su constitución en actor civil. 2. DESIGNAR abogado de oficio, para que asuma la defensa del acusado, (...) 3. CITAR para el día veintiocho de mayo del año dos mil dieciocho a las diez horas (hora exacta) la realización de

la audiencia preliminar de control de acusación en la OCTAVA SALA DE AUDIENCIAS de los Juzgados de Investigación Preparatoria de Cusco, (...) 4. PRECÍSESE que la audiencia programada tiene el carácter de INAPLAZABLE, (...) 5. NOTIFÍQUESE a las partes en sus respectivos domicilios procesales y reales señalados en autos. Regístrese y comunÍquese.ACTA DE AUDIENCIA DE FECHA 28 DE MAYO DEL 2018 JUEZ: Pone en conocimiento de las partes procesales que la notificación dirigida al imputado ha sido devuelto debido a que no se ha ubicado el domicilio del mismo, por lo que se solicito croquis al Ministerio Público, el mismo que no ha cumplido hasta la fecha. FISCAL: Absuelve las precisiones formuladas en relación al domicilio real del imputado, conforme se tiene registrado en el sistema de audio. DEFENSA DEL IMPUTADO: El domicilio real del imputado debe ser proporcionado por el Ministerio Público a fin de que se notifique válidamente a dicha parte procesal. REPLICA Y DUPLICA: Registrado en audio. JUEZ: Emite la resolución correspondiente. RESOLUCIÓN N° 04 de fecha 28/05/2018 PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Queda registrado en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe. Por estos considerandos, este órgano jurisdiccional RESUELVE: 1. DECLARAR FRACASADA la realización de la presente audiencia por devolución de la cédula de notificación dirigida al domicilio real del imputado. 2. CONCEDER el plazo de siete (07) días hábiles a la representante del Ministerio Público a efectos de que pueda disponer la intervención policial a fin de realizar el Acta de Verificación domiciliaria, actuados que deberán presentarse ante el órgano jurisdiccional en el plazo señalado. 3. Cumplido sea lo señalado en el punto previo, REITÉRESE la notificación al domicilio real del acusado y la parte agraviada, debiendo adjuntarse el requerimiento acusatorio, Resolución N° 01 y el Acta de la presente audiencia, debiendo acompañarse, además, copia del Acta de intervención domiciliaria y/o croquis de ubicación a ser proporcionados por el Ministerio Público. En caso el Informe policial resulte ser negativo, deberá procederse con la notificación vía EDICTOS, bajo responsabilidad del Especialista de causa asignado al trámite del presente proceso. 4. REPROGRAMAR la presente audiencia para el día 16 DE JULIO DEL 2018, A LAS 12:00 HORAS, la misma que se realizará en la Octava Sala de Audiencias del Modulo Penal de la Corte Superior de Justicia del Cusco. Dándose por notificadas las partes procesales presentes en este acto, debiendo notificarse a las inconcurrentes conforme a lo ya señalado. V.- NOTIFICACIÓN: FISCAL: Conforme. DEFENSA PÚBLICA DEL IMPUTADO: Conforme. Cusco, 20 de junio del 2018. J. S (21, 22, 25 JUN)

NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIAL A LA PERSONA DE: PORFIRIO OCAMPO VERA Y ANGÉLICA VERÓNICA HUILLCA. Por ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Wanchaq, bajo el Despacho del señor Juez Dr. Rafael Enrique Sierra Casanova y la actuación de la Especialista Legal Abog. María Eddie Zulema Villarroel Ccaso, se tramita el proceso N° 453-2015-0-1023-JP-PE -01 seguido en contra de Porfício Ocampo Vera en agravio de Angélica Verónica Huillca por faltas contra la persona, se ha dispuesto la notificación vía edicto judicial de la Resolución Nro.4 de fecha 15 de mayo del 2018.- “Resolución Nro.4 AUTO DE ACLARATORIO Wanchaq, 15 de mayo del 2018.- Asume la tramitación el señor juez titular en cumplimiento a la Rs. Adm. N° 188-2018-P CSJCU PJ. I. VISTOS: de oficio, y en atención a lo siguiente; 11. FUNDAMENTOS: I. Conforme fundamenta el auto de citación a juicio (fojas 15) respecto al artículo 441 del Código Penal prevé que: “El que, de cualquier manera, causa a otro una lesión dolosa que requiera hasta diez días de asistencia o descansos según

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prescripción facultativa, será reprimido con prestación de servicio comunitario de cuarenta a sesenta jornadas, siempre que no concurran circunstancias o medios que den gravedad al hecho, en cuyo caso será considerado como delito. Se considera circunstancia agravante y se incrementará la prestación de servicios comunitarios a ochenta jornadas cuando la víctima sea menor de catorce años o la lesión se produzca como consecuencia de un hecho de violencia familiar... “ es así que los hechos fueron ocasionados por parte del conviviente de la agraviada por lo que tenemos que la falta se configura como agravante al tener el imputado la condición de conviviente. 2. Asi mismo se tiene que, las cédulas de notificación a ambas partes procesales han sido devueltas sin diligenciar por NO se puede dictar medida coercitiva alguna contra el imputado. III. DECISIÓN Por estos fundamentos, con las facultades conferidas a este Juzgado por el articulo 138 de la Constitución Política del Estado, se resuelve: ACLARAR el auto de citación a juicio de fecha 10 de agosto del 2015 PRECISANDO que en este caso se “CITA A JUICIO A PORFIRIO OCAMPO VERA POR LA COMISIÓN DE FALTAS CONTRA LA PERSONA EN SU MODALIDAD DE LESIONES DOLOSAS GRA VES EN AGRÁ VIO DE ANGÉLICA VERÓNICA HUILCA “. REPROGRAMAR la presente audiencia para el 4 DE JULIO DE 2018 a las 11:00 horas, a realizarse en este despacho 2do. Juzgado de Paz Letrado de Wanchaq Pasaje Los Kantus C-14 Urbanización La Florida Wanchaq, debiendo acudir las partes con sus abogados defensores. DISPONER que el imputado Porfirio Ocampo Vera asista a la audiencia programada bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia de disponer su conducción compulsiva por grado y fuerza a este despacho para la audiencia programada con apoyo de la Policía Nacional del Perú. DISPONER que adicionahnente se notifique a las partes procesales en el domicilio real debiendo adjuntarse copia del croquis de fojas 13 y telefónicamente. H.S.” la misma que se pone de conocimiento del interesado, para los fines consiguientes de ley. Wanchaq, 14 de junio del 2018. J. S (21, 22, 25 JUN)

EDICTO PENAL CUADERNO DE DEBATES N° 01947-2016-72-1001-JRPE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza al procesado HERNÁN LUQUE RAMÍREZ, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA MARTES 02 DE OCTUBRE DEL 2018 A HORAS 10:30 DE LA MAÑANA (hora exacta): acto que se llevara a cabo, en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial, ubicado en Av. Sol S/N - Palacio de Justicia-Segundo Piso, en videoconferencia con la sede Judicial Penal de Sicuani. Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES N° 01947-2016-72-1001-JR-PE-01, seguido por el delito de violación de la libertad sexual en la modalidad de actos contra el pudor en menores, en agravio de la menor de iniciales S.H.E.M.Cusco, 19 de Junio del 2018. J. S (21, 22, 25 JUN)

EDICTO PENAL CUADERNO DE DEBATES N° 03596-2017-14-1001-JRPE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: CLEOFE HUAMAN ANCCO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza al procesado IGNACIO SURCO CERECEDA, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA VIERNES 09 DE NOVIEM-

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La República

BRE DEL 2018 A HORAS 10:00 DE LA MAÑANA (hora exacta): acto que se llevara a cabo, en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial, ubicado en Av. Sol S/N - Palacio de Justicia-Segundo Piso, en videoconferencia con la sede judicial de La Convención. Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES N° 03596-2017-14-1001-JR-PE-01, seguido por el delito contra la vida, el cuerpo y la salud, en ia modalidad de homicidio, sub tipo homicidio calificado, en agravio de los herederos legales de Q.E.V.F, Juan Huisa Achata.Cusco, 19 de Junio del 2018. J. S (21, 22, 25 JUN)

EDICTO PENAL CUADERNO DE DEBATES N° 01469-2018-17-1001-JRPE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: CLEOFE HUAMAN ANCCO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza al procesado ROGER HUILLCA CRUZ, a fin que concurran a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA VIERNES 09 DE NOVIEMBRE DEL 2018 A HORAS 10:30 DE LA MAÑANA (hora exacta): acto que se llevara a cabo, en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial, ubicado en Av. Sol S/N - Palacio de Justicia-segundo piso. Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES N° 01469-2018-17-1001-JR-PE-01, seguido por la comisión del delito contra el patrimonio, en la modalidad de robo, sub tipo robo agravado, en agravio de Melchor Torres Castro y Juan Pérez Rayan.Cusco, 19 de Junio del 2018. J. S (21, 22, 25 JUN)

EDICTO PENAL CUADERNO DE DEBATES N° 04031-2018-99-1001-JRPE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: CLEOFE HUAMAN ANCCO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza al procesado FRANCISCO MORALES HUANCA, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA VIERNES 06 DE JULIO DEL 2018 A HORAS 02:30 DE LA TARDE (hora exacta): acto que se llevara a cabo, en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial, ubicado en Av. Sol S/N - Palacio de Justicia-Segundo Piso, en videoconferencia con la sede judicial de Sicuani. Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES N° 04031-2018-99-1001-JR-PE-01, seguido por el delito contra el patrimonio en su modalidad de robo, tipo penal robo agravado, en agravio de José Manuel Puma Llamocca.Cusco, 19 de Junio del 2018. J. S (21, 22, 25 JUN)

EDICTO PENAL PROCESO NRO. 1704-2017-0-1001-JR-PE-01 INVESTIGADO: JACINTO QUISPE CHOQQUE Ante el Octavo Juzgado de Investigación Preparatoria de Cusco que despacha el Señor Juez Dr. CARLOS ALBERTO GUTIÉRREZ HUALLPA, bajo la actuación del Especialista Judicial Abog. ALEXANDER RÍOS TACULI, se ha dispuesto NOTIFICAR al imputado antes citado, con el tenor del acta de audiencia de 29 de mayo de 2018 y la resolución Nro. 10, cuyo contenido, respectivamente, es el siguiente: RESOLUCIÓN Nro. 10, dictada en audiencia de fecha 25/04/18.- 1. DECLARAR FRUSTRADA la instalación de la presente audiencia al no haberse notificado válidamente al acusado Jacinto Quispe Choqque. 2. Se DISPONE

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

se NOTIFIQUE al acusado JACINTO QUISPE CHOQQUE en el domicilio real ubicado en la comunidad de Sulchucho s/n Distrito de Sicuani, Provincia de Canchis, Cusco. A fin que dentro del término de 24 horas designe abogado defensor bajo expreso apercibimiento de que en caso no lo haga se encomendara su defensa a la Defensoría Pública. 3. Se RECOMIENDA a la central de notificaciones de Canchis a fin de que cumpla con diligenciar adecuadamente la notificación encomendad bajo expreso apercibimiento que en caso no cumpla se remitirá copias al Control de la Magistratura para que imponga las sanciones correspondiente. 4. SE REPROGRAMA la continuación y desarrollo de la presente audiencia para el día VEINTINUEVE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS DIEZ DE LA MAÑANA A VERIFICARSE EN LA DÉCIMO CUARTA SALA DE AUDIENCIAS DE ESTA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO, con la nueva fecha y hora se notifica de manera directa y personal a Fiscalía defensa pública, debiendo notificar a los inasistentes con la nueva fecha y hora, para que asistan a la audiencia programada. ACTA DE AUDIENCIA, Cusco, 29/05/18.- 1. DECLARAR FRUSTRADA la instalación de la presente audiencia por falta de notificación al acusado Jacinto Quispe Choqque. 2. Se DISPONE se NOTIFIQUE al acusado JACINTO QUISPE CHOQQUE en el domicilio real ubicado en la comunidad de Sulchucho s/n Distrito de Sicuani, Provincia de Canchis, Cusco. Con la resolución N° 10 de fecha 25 de abril del año 2018 y con el acta de audiencia de la presente diligencia. A fin que dentro del término de 24 horas designe abogado defensor bajo expreso apercibimiento de que en caso no lo haga se encomendara su defensa a la Defensoría Pública. 3. Se DISPONE su notificación mediante edictos con un extracto de la presente diligencia. 4. SE REPROGRAMA la continuación y desarrollo de la presente audiencia para el día DIECISEIS DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS A LAS DOCE DEL MEDIO DÍA A VERIFICARSE EN LA DÉCIMO CUARTA SALA DE AUDIENCIAS DE ESTA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO, con la nueva fecha y hora se notifica de manera directa y personal a Fiscalía defensa pública, debiendo notificar a los insistentes con la nueva fecha y hora, para que asistan a la audiencia programada conforme a lo ya indicado. Cusco, 4 de junio del año 2018. J. S (21, 22, 25 JUN)

EDICTO PENAL La señora Juez Directora de Debates del JUZGADO PENAL COLEGIADO DE PUNO, a cargo de la Doctora YESSICA CONDORI CHATA, por medio de la presente NOTIFICA, en el cuaderno de debates N° 01300-201653-2101 -JR-PE-02, que se sigue por la comisión del delito de TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS; con el contenido de la resolución N° 03, de fecha once de junio del año dos mil dieciocho, mediante el cual: SE RESUELVE: VISTOS. PIDOS y CONSIDERANDOS: Los fundamentos expuestos y grabados en audio; el Juzgado, RESUELVE: PRIMERO.- DECLARAR REO AUSENTE a los acusados WILSON QUISPE MÉNDEZ y OLGA CHARA QUISPE, cuyos datos de identidad se encuentran consignados en el requerimiento acusatorio, ambos comprendidos en el presente proceso, en su calidad de presuntos co autores, de la comisión del delito de Contra la Salud Pública, en su modalidad de Tráfico Ilícito de Drogas, en su forma de Favorecimiento al Consumo Ilegal de Drogas Tóxicas mediante actos de Tráfico, en agravio del Estado Peruano, SE DESIGNA como sus Abogados defensores de los acusados, en relación al acusado Wilson Quispe Méndez a la señora abogado de la defensa pública Milagros Katya Pauro Velásquez, y en relación a Olga Chara Quispe igualmente a la doctora Milagros Katya Pauro Velásquez, quien debe asumir su defensa, utilizando todos los mecanismos que la norma procesal concede, a favor de los procesados. SE DISPONE LA CONDUCCIÓN COMPULSIVA de los acusados mencionados, debiendo girarse las comunicaciones respectivas ante la entidad policial correspondiente: asimismo SE DISPONE EL ARCHIVO PROVISIONAL de la causa hasta que sean puestos a dis-

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posición ante este despacho a los acusados declarados reos ausentes o en su defecto puedas estos presentarse de manera voluntaria. El Juzgado convocará de manera inmediata el acto de instalación de juicio oral, razón por la cual no se va a señalar nuevo día y hora para dicho acto. SE DISPONE también se cumpla con notificar la presente resolución en los domicilios reales señalados por los acusados a efectos de que tomen conocimiento. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. Especialista Jurisdiccional. Puno, 14 de junio del 2018. J. S (21, 22, 25 JUN)

EDICTO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA El Juez del JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE LA PROVINCIA DE CARABAYA - MACUSANI, a cargo del Magistrado CESAR AUGUSTO PINEDA FERNANDEZ, por medio del presente, en el Expediente Nro. 065-2016-63-2103-JR-PE-01, NOTIFICA, a las partes procesales en el proceso seguido en contra de JESÚS VIZCACHO VILCA, OLIVER MAMANI ARMAS, ROMULO VIZCACHO VILCA POR LA PRESEUNTA COMISIÓN DEL DELITO DE ROBO AGRAVADO EN AGRAVIO DE BRAULIO MAMANI QUISPE, FLAVIA MAMANI ADCO, KELLY YARMELI YUPANQUI HUAMAN, VIRGINIA PUMA YAPO, WALTER ESCARCENA QUISPE, MANUEL FRANCISCO RIEGA NINASIVINCHA Y NERIO ZEA CUBA, con el contenido de la resolución N° 02 de fecha dos de abril de 2018, que resuelve “DECLARAR FUNDADO el REQUERIMIENTO DE SOBRESEIMIENTO formulado por el representante del Ministerio Público a favor del procesado OLIVER MAMANI ARMAS, JESÚS VIZCACHO VILCA Y ROMULO VIZCACHO VILCA, cuyos datos de identidad obran en autos, respecto al delito de Contra el Patrimonio en su modalidad de Robo, Sub Tipo ROBO AGRAVADO previsto y sancionado por los incisos 2,3,4,5, primer párrafo del Articulo 189° del Código Penal, sub tipo base del Articulo 188° del mismo cuerpo legal, en agravio de Braulio Mamani Quispe, Manuel Francisco Riega Ninasivincha, Virginia Puma Yapo, Walter Escarcena Quispe, Flavia Mamani Adco y Kelly Yarmeli Yupanqui Huamán, en aplicación a lo dispuesto por el articulo 344° inciso 2) literal a) y d) del Código Procesal Penal. DISPONGO el ARCHIVO DEFINITIVO del presente proceso. LEVÁNTESE las medidas coercitivas, personales y reales, que se hubieren expedido contra la persona o bienes del imputado, respecto al delito sobreseído. OFICIÁNDOSE para tal efecto” Notifíquese. Asistente Jurisdiccional: Zenayda Margot Chura Huanca. Macusani, doce de junio del 2018. J. S (21, 22, 25 JUN)

EDICTO PENAL EXP: N° 2742-2018-0 SEXTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DEL CUSCO. ESPECIALISTA DE CAUSA: Fernando Christian Aparicio Chávez SEÑOR: ADRIAN TINTA CONDORI SEÑORA: LUZ MARINA GUILLEN MOROCCO SEÑORA: JESUSA MOROCCO QUISPE Se ha dispuesto notificar con el extracto del Requerimiento de Acusación Directa, Resolución Nº 01 y Acta de Audiencia de fecha 13/06/2018, cuyo contenido es el siguiente: REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN DIRECTA DE LA FISCALÍA 1. DEL PETITORIO: Conforme lo establecido en el articulo 349° y el inciso 4° del articulo 336° del Código Procesal Penal, FORMULO REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN DIRECTA, en contra de ADRIAN TINTA CONDORI, en calidad de AUTOR DIRECTO de la comisión del delito: • Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud, en la modalidad de Lesiones, tipo especifico AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES, tipificado en el primer párrafo del articulo 122°-B del Código Penal, concordante con lo establecido por el articulo 6° y 7° de la Ley N° 30364, Ley para Preve-

nir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, en agravio de su conviviente LUZ MARINA GUILLEN MOROCCO • Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud, en la modalidad de Lesiones, tipo especifico AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES, tipificado en el numeral 4 del segundo párrafo del articulo 122°-B del Código Penal, concordante con lo establecido por el articulo 6° y 7° de la Ley N° 30364, Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, en agravio de JESUSA MOROCCO QUISPE, quien tiene la condición de ser adulto mayor 2. DE LA DESCRIPCIÓN DEL FUNDAMENTO FACTICO CIRCUNSTANCIAS PRECEDENTES.- El acusado ADRIAN TINTA CONDOR! y la agraviada LUZ MARINA GUILLEN MOROCCO son convivientes, siendo esta ultima hija de la agraviada JESUSA MOROCCO QUISPE, todos habitan el inmueble ubicado en el Sector El Encuentro S/N Ccollana, del Distrito San Jerónimo, Provincia y Departamento del Cusco. En fecha 16 de diciembre del 2017, ADRIAN TINTA CONDORI, LUZ MARINA GUILLEN MOROCCO y JESUSA MOROCCO QUISPE y demás familiares, se encontraban celebrando el bautizo del hijo de las partes, conjuntamente con otros familiares, quienes se encontraban libando licor. CIRCUNSTANCIAS CONCOMITANTES.- En fecha 17 de diciembre del 2017, a las 01:30 horas aproximadamente, LUZ MARINA GUILLEN MOROCCO, se encontraba al interior de su domicilio departiendo con los invitados, libando licor, cuando advirtió que su pareja ADRIAN TINTA CONDORI conversaba amenamente con su comadre, la agraviada se acerco y le dijo que solo con ella conversas; para inmediatamente retirarse, hacia el patio; instantes en que fue seguida por el acusado quien portando una botella en la mano la golpeo en la cabeza; asimismo le profirió puñetes y patadas en diferentes partes del cuerpo; en esos instantes se presento JESUSA MOROCCO QUISPE (70 años), para auxiliar a su hija; empero el imputado, su yerno la golpeo con puñetes y patadas en el diferentes partes del cuerpo; ante tal Incidente se logro la intervención policial. CIRCUNSTANCIAS POSTERIORES.- Con relación de los hechos denunciados, LUZ MARINA GUILLEN MOROCCO fue conducido a las instalaciones del Instituto de Medicina Legal, para su evaluación física, expidiéndose el Certificado Médico Legal N° 023803-VFL, de fecha 17 de diciembre del 2017, donde concluye que la peritada presenta lesiones corporales traumáticas recientes en la región frontal, antebrazo derecho y en el dorso del pie izquierdo, ocasionado con agente contuso, requiriendo incapacidad médico legal: Atención Facultativa 02 e incapacidad Medico Legal 07. Asimismo JESUSA MOROCCO QUISPE (70 años) se practico el examen físico emitiéndose el Certificado Medico Legal N° 023804-VFL, de fecha 17 de diciembre del 2017, donde concluye que la evaluada presenta lesiones corporales en antebrazo derecho ocasionado por agente contuso. 3. DE LA TIPIFICACION DE LA CONDUCTA. PARTICIPACION QUE SE ATRIBUYE A LOS ACUSADOS. IMPUTACIÓN JURÍDICA Y TÍTULO DE IMPUTACIÓN: TIPICIDAD.-3.1 TIPIFICACION DE DELITO: La conducta del acusado ADRIAN TINTA CONDORI al haber agredido físicamente tanto su conviviente como a su suegra (con quien tiene vínculo de afinidad en línea recta en segundo grado), le produjo lesiones corporales, que conforme al pronunciamiento médico legal (menos de 10 días), se configura dentro de los alcances del delito contra la Vida, el Cuerpo y la Salud, en la modalidad de Lesiones, tipo específico AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES, tipificado en el primer párrafo del artículo 122°-B del Código Penal y en el numeral 4 del segundo párrafo del Artículo 122°-B, del mismo cuerpo legal, concordante con el artículo 6° y 7° de la Ley N° 30364, Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, 3.2. GRADO DE PARTICIPACIÓN, RESPONSABILIDAD PENAL: Acusamos a ADRIAN TINTA CONDORI, por considerarlo AUTOR DIRECTO, del delito verificado en el grado de CONSUMADO, de la presunta comisión del Delito contra la Vida el Cuerpo y la Salud, en la modalidad de lesiones, tipo específico AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES; habiendo actuado promovido por DOLO DIRECTO

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4. DE DETERMINACIÓN DE LA PENA QUE SE SOLICITA, REPARACIÓN CIVIL Y DEMÁS CONSECUENCIAS ACCESORIAS DEL DELITO: 4.1. Determinación de la pena concreta de ADRIAN TINTA CONDORI, en el caso de LUZ MARINA GUILLEN MOROCCO: Se fije una pena entre 12 a 20 meses de pena privativa de libertad, esto es UNA PENA CONCRETA DE UN AÑO o DOCE MESES DE PENA PRIVATIVA DE LA LIBERTAD EFECTIVA, por considerarlo AUTOR del Delito contra la Vida el Cuerpo y la Salud, en la modalidad de lesiones, tipo específico AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES, previsto en el primer párrafo del artículo 122-8 del Código Penal, en agravio de LUZ MARINA GUILLEN MOROCCO. 4.2. Determinación de la pena de ADRIAN TINTA CONDORI, en el caso de JESUSA MOROCCO QUISPE (70 años): DEBE FIJARSE UNA PENA CONCRETA entre 24 a 28 meses de pena privativa de libertad, esto es UNA PENA CONCRETA DE DOS AÑOS DE PENA PRIVATIVA DE LA LIBERTAD EFECTIVA. por considerarlo AUTOR del Delito contra la Vida el Cuerpo y la Salud, en la modalidad de lesiones, tipo específico AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES, previsto en el numeral 4 del segundo párrafo del artículo 122-B del Código Penal, en agravio de JESUSA MOROCCO QUISPE. Siendo así, al encontrarnos ante un supuesto de CONCURSO REAL DE DELITOS” correspondiendo la sumatoria de las penas de los dos delitos, al ser considerados como independientes; por lo que con criterio de razonabilidad solicitamos se imponga al acusado la pena de TRES AÑOS DE PENA PRIVATIVA DE LA LIBERTAD. 5. DE LA REPARACIÓN CIVIL: solicita el pago de una REPARACIÓN CIVIL ascendente a la suma de S/. 1,000.00 (MIL CON 00/100 NUEVOS SOLES) que el acusado ADRIAN TINTA CONDORI deberá pagar a favor de LUZ MARINA GUILLEN MOROCCO y la suma de S/. 500.00 (QUINIENTOS CON 00/100 SOLES) que el acusado deberá pagara favor de JESUSA MOROCCO QUISPE TRASLADO DE LA ACUSACION FISCAL EN SEDE JUDICIAL RESOLUCIÓN NRO. 01 de fecha 26 de abril del 2018 DADO CUENTA: Con el requerimiento fiscal de Acusación directa presentado por la Fiscal Provincial Penal del Cuarto Despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cusco; y, CONSIDERANDO: (…) SE RESUELVE: 1. CORRER TRASLADO del requerimiento acusatorio, a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS ÚTILES, a efectos de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad (principio de oportunidad), 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio. Asimismo, conforme establece el fundamento trece, segundo párrafo del Acuerdo Plenario N° 06-2010/CJ-116; la victima podrá solicitar su constitución en actor civil. 2. DESIGNAR abogado de oficio, para que asuma la defensa del acusado ADRIAN TINTA CONDORI,(…) 3. CITAR para el día trece de junio del dos mil dieciocho a las once horas (…) 4. PRECÍSESE que la audiencia programada tiene el carácter de INAPLAZABLE, (…) 5. NOTIFÍQUESE a las partes en sus respectivos domicilios procesales y reales señalados en autos. ACTA DE AUDIENCIA DE FECHA 13/06/2018 JUEZ: Se tiene que el día de la fecha la Fiscal a cargo presento un escrito presentado su justificación de inasistencia a la presente audiencia por lo que se emite la resolución correspondiente. RESOLUCIÓN Nro.02 de fecha Cusco, 13 de Junio del 2018.-PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Registrado en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe: RESUELVE:

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SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

1. DECLARAR FRUSTRADA la realización de la presente audiencia por inconcurrencia de la representante del Ministerio Público y en vista que se ha devuelto sin diligenciar las cedulas de notificaciones dirigidas al imputado y agraviadas. 2. REPROGRAMAR la presente audiencia para el día 31 DE JULIO DEL 2018 A HORAS 14:30 A REALIZARSE EN LA SEXTA SALA DE AUDIENCIAS DEL PALACIO DE JUSTICIA DE CUSCO, precisándose que viene señalándose la fecha antes indicada de acuerdo a la agenda del Juzgado. 3. PRECISESE que la audiencia tiene el carácter de INAPLAZABLE, subsistiendo los apercibimientos decretados en autos en caso de inconcurrencia de las partes cuya asistencia sea necesaria para instalar la presente. 4. CONCÉDASE el plazo de 48 horas al representante del Ministerio Público a fin de que precisar las direcciones exactas de Adrian Tinta Condori, Luz Marina Guillen Morocco y Jesusa Marocco Quispe, en vista que las cedulas diligenciadas fueron devueltas sin diligenciar, habilitándose además la notificación a los celulares que obran en el requerimiento acusatorio y de ser el caso la notificación por edictos. 5. NOTIFIQUESE al representante del Ministerio Público inconcurrente.Cusco, 20 de junio del 2018. J. S (21, 22, 25 JUN)

ACUSACIÓN I. INTRODUCCIÓN (...) II ACREDITACIÓN (...) RESOLUCIÓN N° 03 Cusco, 19/06/18 PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Queda registrada en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe. SE RESUELVE: 1. DECLARAR FRUSTRADA la verificación de la présenle audiencia al haberse devuelto sin diligenciar la cédula de notificación dirigida al imputado. 2. SE REPROGRAMA la presente audiencia para el día 07 de AGOSTO del año 2018 a las 11:00 horas, en la sexta sala de audiencias de la Corte Superior De Justicia Del Cusco, precisando que viene precisándose la fecha antes indicada de acuerdo a la agenda del juzgado. 3. PRECÍSESE que la audiencia tiene el carácter de INAPLAZABLE, subsistiendo los apercibimientos decretados en autos en caso inconcurrencía de las partes cuya asistencia sea necesaria para instalar la presente. 4. Cumpla el Especialista de Causa con realizar la notificación de la presente resolución se renueve la resolución 01 y requerimiento acusatorio al procesado MARCELINO PAUCAR TITO en el teléfono proporcionado por el Ministerio Público 940 238643 de ser el caso se habilita la notificación por edictos. 5. Cumpla el Especialista de Causa con realizar la notificación telefónica de la presente resolución a MARILY PATRICIA PUENTE ISUIZA, en el teléfono 932 111400. NOTIFICACIÓN (...) CONCLUSIÓN (...) Lo que notifico a Usted, Media Firma de la Señora Jueza Dra. Zulay Sánchez Farfán, ante mi F. Eduardo Rodríguez Ugarte, de que doy fe. Cusco, 20 de junio del 2017. J. S (21, 22, 25 JUN)

EDICTO PENAL SEÑORES: MARCELINO PAUCAR TITO MARILY PATRICIA PUENTE ISUIZA La señora Jueza del Sexlo Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dra. Sánchez Farfán, en el proceso Nro 2666-2018-0-1001-JR-PE-06, seguido contra Marcelino Paucar Tito, por el delito de Lesiones, en agravio de Marily Patricia Puente Isuiza, bajo la actuación del especialista Judicial Abog. Rodríguez ligarle, se ha dispuesto notificarle con el acta de audiencia del 19/06/18, la Resolución N” 01 del 26/04/18 y el extracto de la acusación fiscal cuyo contenido es el siguiente: REQUERIMIENTO FISCAL.- El 2do Despacho de la 3ra FPPC de Cusco, formula ACUSACIÓN DIRECTA contra: MARCELINO PAUCAR TITO, por el delito de Agresiones en contra de la Mujeres o Integrantes del Grupo Familiar, en agravio de Marily Patricia Puente Isuiza, respecto de los hechos ocurridos en fecha 02/10/17; se solicita contra los acusados 01 AÑO Y 08 MESES DE PPL, INHABILITACIÓN por el plazo 02 años y el pago de S/. 1.000.00 soles por concepto de REPARACIÓN CIVIL RESOLUCIÓN NRO. 01, Cusco, 26/04/18.- DADO CUENTA: Con el requerimiento fiscal de Acusación Directa; SE DISPONE: 1. CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HÁBILES, para que en forma escrita con abogado defensor puedan de considerarlo contradecir la acusación (...). Asimismo considerando los principios de economía y celeridad procesal SE DISPONE: 1. CITAR a las partes procesales para el día DIECINUEVE DE IUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a las ONCE HORAS (hora exacta) la realización de la audiencia preliminar de control de acusación en la SEXTA SALA DE AUDIENCIAS (...). 2. SE PRECISA que en virtud del artículo 85.1 del C.P.P. la presente audiencia es de carácter INAPLAZABLE. 3. (...). 4. Al ser inaplazable la audiencia, la inasistencia del abogado defensor particular de la parte imputada determina que se le excluya del proceso a dicho abogado y se designe UN DEFENSOR PUBLICO a efecto de que asuma la defensa técnica del imputado (...). 5. Notifíquese la presente resolución a la parte imputada en su domicilio real a fin de que conozca los apercibimientos dispuestos, esto es, que si su abogado no concurre a la audiencia de control de acusación se dispondrá en dicha audiencia que un abogado del Estado lo defienda en el proceso (...). 6. SE REQUIERE a las partes procesales (...) CUMPLAN CON SEÑALAR LA CASILLA ELECTRÓNICA correspondiente (...) 7. NOTIFÍQUESE a los acusados mediante la publicación de edictos (...) ACTA DE REGISTRO DE AUDIENCIA DE CONTROL DE

EDICTO PENAL EXP. 3668-2016-44-1001-TR-PE-04 NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIAL A LA ACUSADA TEÓFILA LIDIA CCOPA OUISPE Ante el Cuarto Juzgado Penal Unipersonal de Cusco que despacha el Dr. Jimmy Manchego Enríquez, bajo la actuación del Especialista Gloria Ana Gil Orihuela, se ha presentado el proceso penal que ha sido signado con el N° 3668-2016-44-1001-JR-PE-04. seguido contra la mencionada inculpada por el delito Contra la Administración Publica en su modalidad de delitos cometidos por funcionarios Públicos, sub-tipo Colusión y Otro, en agravio del Estado Peruano representado por el Procurador Publico Anticorrupción descentralizado del distrito judicial del Cusco, en consecuencia, NOTIFIQUESE: A la acusada TEÓFILA LIDIA CCOPA OUISPE. con el Acta de registro de audiencia pública de juicio oral de fecha 19-06-2018, donde se ha dispuesto a notificación: JUEZ: 1-Imite la siguiente resolución. RESOLUCIÓN N° 25 Cusco, diecinueve de junio Del año dos mil dieciocho.PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Se registra en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe. RESUELVE.- NOTIFICAR MEDIANTE EDICTOS a la imputada Teófila Lidia Ccopa Quispe, para la audiencia de fecha 10 DE JULIO DE 2018 A HORAS 15:00 PM, en la Quinta Sala de Audiencias del Módulo Penal. Notificación PARTES PROCESALES: Conformes. JUEZ: Señala que el personal del INPE hasta el momento no han puesto a disposición al acusado Mateo Huaman Huallpa, y teneindo en cuenta que se ha realizado la espera de 45 minutos y por el principio de concentración procesal se instalará el Juicio Oral para todos los acusados el DÍA 10 DE JULIO DE 2018 A HORAS 15:00 PM EN ESTA QUINTA SALA DE AUDIENCIAS EN VIDEOCONFERENCIA CON EL ESTABLECIMIENTO PENAL DE QUENCORO. Debiendo girar los oficios correspondientes. Así mismo gírese oficio a la Dirección del Establecimiento Penal de Quencoro poniendo en conocimiento lo ocurrido. Notificación PARTES PROCESALES: Conformes. III. CONCLUSIÓN: 14:45 Horas (Artículo 121° del Código Procesal Penal). De lo que certifico.

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De lo que doy fe. Cusco, 20 de Junio del año 2018. J. S (21, 22, 25 JUN)

EDICTO PENAL EXP. 3845-2016-22-1001-JR-PE-04 NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO JUDICIAL AL ACUSADO RUDY GUTIÉRREZ ACOSTA Ante el Cuarto Juzgado Penal Unipersonal de Cusco que despacha el Dr. Jimmy Alan Manchego Enríquez, bajo la actuación del Especialista Gloria Ana Gil Orihuela, se ha presentado el proceso penal que ha sido signado con el N°3845-2016-22-1001 -JR-PE-04, seguido contra el mencionado inculpado por el delito Contra la Administración Pública Corrupción de Funcionarios, en la modalidad de Peculado, sub-tipo Peculado Doloso, en agravio de Estado Peruano, en consecuencia, NOTIFIQUESE: Al acusado RUDY GUTIÉRREZ ACOSTA, con acta de registro de audiencia pública de juicio oral de fecha 19-06-2018. JUEZ: Se emite la resolución correspondiente. RESOLUCIÓN N° 04 Cusco, diecinueve de junio Del año dos mil dieciocho.VISTOS Y OÍDOS: La petición promovida por la defensa de los acusados y; CONSIDERANDO: Queda registrado en el sistema de audio. SE RESUELVE: 1. Declarar FRUSTRADA la presente audiencia por falta de notificación al acusado Rudy Gutiérrez Acosta. 2. REPROGRAMAR la presente audiencia para el día 17 DE JULIO DEL 2018 A HORAS 09:30 AM en la QUINTA SALA DE AUDIENCIAS del Módulo Penal, mediante VIDEOCONFERENCIA con la Sede de Quillabamba, para tal efecto gírense los oficios correspondientes. 3. GÍRESE oficio a la Dirección del Establecimiento Penal de La Convención a fin de que ponga a disposición al interno Rudy Gutiérrez Acosta, a fin de que concurra a la audiencia programada. 4. Así mismo notifíquese al imputado Rudy Gutiérrez Acosta MEDIANTE EDICTOS JUDICIALES. NOTIFICACIÓN: PARTES PROCESALES: Conforme. CONCLUSIÓN: 09:00 Hrs. Conforme a lo dispuesto en el artículo 121° del Código Procesal Penal, de lo que doy fe. Cusco, 20 de Junio del año 2018. J. S (21, 22, 25 JUN)

EDICTO PENAL EXP. N° 905-2016-19-1001-JR-PE-04. Ante el Primer Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Cusco, que despacha el juez Edwin del Pozo Condori, se notifica al acusado VÍCTOR RAÚL DELGADO VICTORIA identificado con D.N.I. 40958958, con el Acta de Audiencia de fecha 19 de Junio del 2016, que resuelve: 1. DECLARAR FRUSTRADA la presente audiencia de juicio oral por la inasistencia injustificada del acusado Víctor Raúl Delgado Victoria. 2. DECLARAR REO AUSENTE al acusado VICTOR RAUL DELGADO VICTORIA, identificado con D.N.I. 40958958, fecha de nacimiento 21 de octubre de 1978, 38 años de edad, sexo Masculino, estado civil Soltero, con grado de instrucción secundaria completa, nombre de los padres Flavio y Julia, con domicilio real en AAHH Tincoc C-10 del distrito de Santiago, provincia y departamento de Cusco y con domicilio procesal en la Av. Micaela Bastidas 657-D, oficina de defensoría Publica, del distrito de Wanchaq, provincia y departamento del Cusco y demás datos que deben ser obtenidos de su ficha RENIEC. 3. NOMBRAR como abogada del acusado ausente a la defensora pública Irma Condori Teran, quien deben hacer valer los derechos que correspondan al procesado. 4. ORDENAR SE GIREN los oficios para la captura y posterior conducción del procesado ausente mediante la fuerza pública es decir, mediante la Policía Judicial

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La República

del Perú. 5. Se ordena se notifique al acusado ausente mediante edictos judiciales que deben ser publicados por tres días consecutivos hábiles en el Diario Judicial, tablilla del Juzgado pagina web del Poder Judicial para que tome conocimiento de los cargos imputados en su contra, se presente al juzgado y se defienda de los mismos. 6. Disponer que una vez sea puesto a disposición del Juzgado el acusado o se presente voluntariamente se señale fecha y hora para la audiencia de JUICIO ORAL y mientras ello Ocurra ARCHÍVESE PROVISIONALMENTE. H.S. J. S (21, 22, 25 JUN)

EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Mixto de Quispicanchi, que dirige la Señora Juez Doctora ANA CECILIA SOTOMAYOR TEJADA, bajo la actuación del Secretario Judicial Abogado Manuel J. Cordero Sánchez, se viene tramitando el Proceso Civil No. 377-2017-FT,, se ha dictado la siguiente resolución: AUTO DE APERTURA DE INVESTIGACIÓN TUTELAR. Res. No. 1. Urcos, 01 de Agosto del año 2017. Donde SE RESUELVE: APERTURAR INVESTIGACIÓN TUTTELAR, Por Abandono Moral y Material a favor de la menor NAYDA PUMA VILCA, (16 años), contra su progenitores ESTEBAN PUMA LAURA E HILDA VILCA CACERES. PUBLIQUESE mediante edictos la presente investigación a fin de que alguna persona interesada concurra a Despacho, Urcos, 08 de Junio del 2018: J. S (21, 22, 25 JUN)

EDICTO PENAL DE NOTIFICACIÓN El Juzgado Penal Unipersonal de la provincia de Quispicanchis, en el proceso penal N° 00367-2017-59-1014-JRPE-01.; seguido contra JOSÉ CARLOS FARFÁN por la comisión del delito de OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR en agravio de GLADYS RAMOS GUTIÉRREZ, se ha dispuesto mediante resolución N° 03, dictada en audiencia pública de fecha 15 de junio de 2018, la NOTIFICACIÓN POR EDICTO a JOSÉ CARLOS FARFÁN, a fin de que concurra a la AUDIENCIA PÚBLICA señalada para el día 26 DE SETIEMBRE DE DOS MIL DIECIOCHO a HORAS OCHO CON TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA, que se llevara a cabo en la sede judicial de Urcos; Del que doy fe: Urcos, 15 de junio de 2018. J. S (21, 22, 25 JUN)

EDICTO PENAL. CUADERNO DE DEBATES N° 04439-2016-32-1001-JRPE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza al procesado WADNER ÁNGEL ROJAS TORRES, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA JUEVES 18 DE OCTUBRE DEL 2018 A HORAS 10:00 DE LA MAÑANA (hora exacta): acto que se llevara a cabo, en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial, ubicado en Av. Sol S/N - Palacio de Justicia-Segundo Piso, vía enlace por video conferencia con la sala de video conferencias de la sede de la Convención. Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES N° 04439-2016-32-1001-JR-PE-01, como presunto autor de la comisión del delito contra la libertad, en la modalidad de violación de la libertad sexual, sub tipo violación sexual de menor de trece años, en agravio de la menor de iniciales Y.R.V.Cusco 20 de Junio del 2018. J. S (21, 22, 25 JUN)

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

EDICTO PENAL.

CUADERNO DE DEBATES N° 02011 -2018-93-1001-JRPE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: MONIKA VALENCIA LUCERO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza al procesado WALTER ROBERTO PUMA ACHUMA, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA MARTES 17 DE JULIO DE 2018 A HORAS 08:00 A.M, la misma que se verificara en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, sito en Av. El Sol S/N Palacio de Justicia - Cusco, segundo nivel del palacio de Justicia, vía enlace por video conferencia con la sala de Audiencias del Juzgado Penal de Espinar, por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES N° 02011-2018-93-1001 -JR-PE-01, seguido por la comisión del delito contra la libertad, en la modalidad de violación de la libertad sexual, sub tipo violación sexual de menor de edad en grado de tentativa, en agravio de la menor de iniciales M.C.C.P, representada por Julia Puma Ccaña.Cusco, 20 de Junio del 2018. J. S (21, 22, 25 JUN)

EDICTO PENAL Exp. 02973-2016-57-1001-JR-PE-05. SEÑOR: JORGE TORRES CHAPARRO Ante el Cuarto Juzgado Penal Unipersonal de Cusco, que despacha el señor Juez Dr. Jimmy Machego Enriquez, bajo la actuación de la Especialista de Causa Efrain Flores Zuniga se CITA Y EMPLAZA al Acusado JORGE TORRES CHAPARRO, a efecto de que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra en el Expediente N” 02973-2016-57-1001-JR-PE-Q5, que se le sigue por delito de Atentado contra Monumentos Arqueológicos, en agravio del Estado, en la Audiencia de Juicio programado para el día 10 de julio de 2018 a horas 14:00 PM, en esta Quinta Sala de Audiencias del Módulo Penal, sito en el 3er. nivel del Palacio de Justicia de Cusco. Cusco, 20 de junio del 2018. J. S (21, 22, 25 JUN)

EDICTO CUARTO JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TAMBOPATA.: EXPEDIENTE: 00827-2016-89-2701-JR-PE-01 JUEZ: EDWARD IVAN BARRIOS FLORES ESPECIALISTA JUDICIAL: SILVIA ESTHER GUERRA MALDONADO NUMERO DE RESOLUCIÓN: Res. 03, de fecha 13 de junio del 2018. Se notifica al imputado EDGAR PEZO CORRALES, BONIFACIO HUAMAN AYTE, LUCIANO ZEA HUAMAN Y HUGO VARGAS GUTIÉRREZ, extracto de la resolución Nro. 03, a fin de que asistan a la AUDIENCIA DE DECLARATORIA DE AUSENCIA PROGRAMADO PARA EL 04 DE JULIO DEL 2018 A HORAS 08:00 DE LA MAÑANA, a realizarse en la Sala de Audiencias del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de Tambopata, ubicado en el Jr. Cajamarca Nro, 895 de la ciudad de Puerto Maldonado; ello por haberse dispuesto así en el Proceso Penal N° 827-2016-89 seguido en contra de HUGO VARGAS GUTIÉRREZ Y OTROS, por la presunta comisión de Delitos Ambiéntales-Delitos de Contaminación del Ambiente en su forma agravada, en agravio del Estado Peruano, representado por la Procuraduría Pública Especializada en Delitos Ambientales del Ministerio del Ambiente. Puerto Maldonado, 18 de junio del 2018. J. S (21, 22, 25 JUN)

EDICTO JUDICIAL

Viernes, 22 de junio del 2018

Ante el Juzgado Mixto de Anta, Despachado por el Magistrado Mario Sota Álvarez, se tramita el Proceso Civil N° 169-2016-CI, SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por PATRICIA ISABEL VIGO GUZMÁN, FREDY NAPOLEÓN VIGO GUZMÁN, DARWIN VIGO GUZMÁN, RUDY VIGO GUZMÁN Y RICARDO VIGO GUZMÁN contra CELIA OLIVERA MENDOZA VDA. DE ARAUJO, NATIVIDAD GARRIDO VDA. DE VILLAR, MERY LUZ VILLAR GARRIDO, DONY VILLAR GARRIDO, DIEGO LEONEL PEÑA VILLAR, MARTA GÓMEZ SUNI Y CERAFINA HUILLCA HANAMPA; sobre REIVINDICACION del inmueble signado hoy como Lote N° 08 manzana D (antes signado con el N° 737 anteriormente a ello N° 615 y antes N° 85 del Jirón Jaquijahuana) del centro poblado de Izcuchaca, del distrito y provincia de Anta, departamento Cusco e INDEMNIZACION POR DAÑOS Y PERJUCIOS la suma de S/. 50.000.00 (Cincuenta Mil con 00/100 SOLES): sustanciándose en la vía del PROCESO DE CONOCIMIENTO, en su virtud córrase traslado a los demandados por el plazo de 30 días para que absuelvan la demanda bajo apercibimiento de declararse su rebeldía.RESOLUCION N° 12 de fecha 21 de mayo del 2018.- (...) SE DISPONE la notificación mediante edictos a la sucesión de quien en vida fue CELIA OLIVERA DE ARAUJO, en consecuencia, efectúese las publicaciones correspondientes en el Diario Judicial de la ciudad de Cusco y la Tablilla del Juzgado conforme a ley por tres días consecutivos, con la finalidad de que se apersonen en el termino de TREINTA DIAS, bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal y continuar con el trámite del proceso.Anta, 13 de junio del 2018. MARCIA NATALY TEJADA FLORES SECRETARIA JUDICIAL P. 6800329 F. (21, 22, 25 JUN)

AVISO DEL TERCER REMATE PÚBLICO En los seguidos por Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Piura SAC con Nelly Esthefany Sihuin Huamán, Julio Cesar Castelo Huamán y Guadalupe Huamán Sullca de Sihuin sobre Ejecución de Garantías, Exp. N° 00790-2015-0-1001-JR-CI-04, el Cuarto Juzgado Especializado Civil del Cusco, a cargo de la Sra. Juez Dra. Fanny Lupe Pérez Carlos, Especialista Legal Dr. Juan Santiago Callañaupa Soria, ha dispuesto sacar a Remate lo siguiente: EN TERCERA CONVOCATORIA: El Stand 0-19, Sector O, Zona N° 2, Segundo nivel, del Centro Comercial Confraternidad, ubicado en la Av. Confraternidad s/n, Distrito de Wanchaq, Provincia y Departamento de Cusco, y cuyas características obran en la Partida N° 11023182 del Registro de Propiedad Inmueble del Cusco. GRAVAMENES: a) Hipoteca.- A favor de la CMAC Piura SAC hasta por la suma de US$ 19,570.19 (DIECINUEVE MIL QUINIENTOS SETENTA CON 19/100 DOLARES AMERICANOS) según Escritura Pública de fecha 7/12/2012, inscrita en el asiento D00007 de la Partida N° 11023182. Fecha de Inscripción 13/12/2012. b) Anticresis.- Otorgada a favor de Martha Aquima Tupa, por el monto de S/. 50,000.00 (CINCUENTA MIL CON 00/100 SOLES) por el plazo de un año. Fecha de Inscripción 12/03/2015. c) Embargo.- Hasta por la suma de S/. 37,612.32 (TREINTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS DOCE CON 32/100 SOLES) trabado a favor del Banco Financiero del Perú, sobre las acciones y derechos que le corresponden a la demandada Nelly Esthefany Sihuin Huamán, inscrito en el asiento D00009 de la Partida N° 11023182. Fecha de Inscripción 19/06/2015. TASACION: US $ 21,546.15 (VEINTIÚN MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS CON 15/100 DÓLARES AMERICANOS). BASE DEL REMATE: US $ 10,378.07 (DDIEZ MIL TRES-

CIENTOS SETENTA Y OCHO CON 07/100 DÓLARES AMERICANOS). LUGAR DÍA Y HORA DEL REMATE: 10 de Julio del 2018, a horas 10.00 de la mañana, en la oficina de Administración ubicada en el segundo piso de la sede central sita en Av. El Sol s/n Cusco. POSTORES: Para ser postor debe depositar en efectivo o en cheque de gerencia no menos del diez por ciento del valor de tasación del inmueble, así como pagar en el Banco de la Nación la Tasa Judicial por derecho a participar en el remate judicial de bienes inmuebles, presentar DN!. Los Honorarios de la Martiliera serán a cargo del adjudicatario de conformidad con el D.S. N° 008-2005-JUS más IGV. ANGELA ZEBALLOS A. MARTILLERA PÚBLICA JUAN SANTIAGO CALLAÑAUPA SORIA ESPECIALISTA LEGAL P. 6800325 F. (21, 22, 25 JUN)

SUCESION INTESTADA Exp. 2018-054, seguido ante el Juzgado de Paz Letrado Tinta que despacha el Sr. Juez Wilber Huaraya Tito, bajo actuación del Secretario Pascual Catari Paripanca, HIPOLITO MAMANI PUMACCARI Y PAULINA MACHACCA CHARCA, vienen solicitando la sucesión intestada del quién en vida fue su hijo OLGER MAMANI MACHACCA, fallecido el 04 de abril de 2018 en el distrito de Tinta de la provincia de Canchis departamento Cusco, para que se le declare herederos universales a HIPOLITO MAMANI PUMACCARI Y PAULINA MACHACCA CHARCA. Llamándose a los que se crean con derecho a vocación sucesoria de la causante y puedan apersonarse en el proceso. Tinta, 11 de junio del 2018. PASCUAL CATARI PARIPANCA SECRETARIO JUDICIAL P. 6800362 F. (21, 22, 25 JUN)

EDICTO En el Primer Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Santiago, que despacha la Señora Juez Doctora Basiliska Dueñas Zuñiga, bajo la actuación de la Especialista Legal Carmen Rosa Delgado Sánchez, en el Proceso Nro. 0418-2018-0-1018-JP-CI-02, se ha dispuesto notificar con la siguiente resolución: Resolución N° 01.- Santiago, 12 de marzo del 2018. (...) SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la solicitud presentada por GUILLERMINA CALANCHE AMACHE sobre SUCESIÓN INTESTADA de quien en vida fuera su progenitor MARIANO CALANCHE ZANABRIA; debiendo sustanciarse en la vía del proceso NO CONTENCIOSO, en consecuencia en aplicación de lo dispuesto en los artículos 832 y siguiente del Código Procesal Civil, SE DISPONE la notificación de la solicitud a la Beneficencia Pública y al Ministerio Publico, la anotación de la solicitud en el Registro de Sucesión Intestada y el Registro de Mandatos y Poderes así como la publicación de un extracto de la solicitud en el diario de los anuncios judiciales y en otro de amplia circulación (...). Lo que se publica para fines de ley. Santiago, 13 de junio del 2018 CARMEN ROSA DELGADO SÁNCHEZ SECRETARIA JUDICIAL P. 6799857 F. (22 JUN)

EDICTO JUDICIAL En el Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Maranura, que despacha el señor Magistrado Fran-

Viernes, 22 de junio del 2018

cisco Ponce Atencio, asistido por la secretaria judicial Betsy Roció Séneca Condori, se viene tramitando el Proceso N° 0036-2018-CI, seguido por Victor Bladimir Fuentes Mujica sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, se ha resuelto: ADMITIR la solicitud presentada por VICTOR BLADIMIR FUENTES MUJICA, sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, en la vía del proceso NO CONTENCIOSO. Publicación que se pone a conocimiento público para los fines Hágase Saber. Maranura, 18 de junio del 2018. BETSY ROCIO SENCCA CONDORI SECRETARIA JUDICIAL P. 6800274 F. (22, 25, 26 JUN)

EDICTO Iván Vladimir Miranda Molina ha demandado ante el Segundo Juzgado de de Familia de Cusco la Adopción de la menor Grace Ariana Mayhuire Cañari demanda que la ha dirigido contra Gardenia Pilar Cañari Aragón y Huber Jorge Mayhuire Pacheco y admitida con el número 23612017, en la vía del proceso sumarísimo, debiendo de notificarse mediante la presente al progenitor de la menor señor Huber Jorge Mayhuire Pacheco a fin de que conteste la demanda en el plazo de cinco días bajo apercibimiento de designarse Curador Procesal para que lo represente en juicio. INGRID SIERRA TAMAYO SECRETARIA JUDICIAL P. 6800381 F. (22, 28 JUN, 05 JUL)

EDICTO JUDICIAL Exp. 31-2018-FC, Juzgado de Paz Letrado de Paucartambo, Juez Wald Duran Chicata, la Especialista Legal Liz Dennis Acuña Molle, proceso seguido por Julia Arone Flores, en la que se dispuso la publicación de un extracto de la resolución uno que RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por JULIA ARONE FLORES, en representación de sus menores hijos ANGEL EDUARDO YABAR ARONE y RONY LUIS YABAR ARONE, sobre PRESTACION DE ALIMENTOS contra ALEJANDRO YABAR SUMA; en la vía procedimental correspondiente al proceso UNICO. Confiérase TRASLADO al demandado para que conteste la demanda dentro del plazo legal, bajo apercibimiento de declararlo en rebeldía en caso de no hacerlo, debiendo acompañar a su contestación su boleta de pago de haberes, su última declaración jurada de impuesto a la renta o declaración jurada de ingresos con firma legalizada, conforme a lo normado por el artículo 565° del acotado Código Adjetivo. Paucartambo, 30 de mayo 2018 LIZ DENNIS ACUÑA MOLLE SECRETARIA JUDICIAL P. 6801489 F. (22, 25, 26 JUN)

EDICTO JUDICIAL Ante el JPLSJ-Cusco, en el Exped. N° 201-2018-CI seguido por JUAN MACEDO ROMOACCA sobre SUCESION INTESTADA de la que en vida fue ELENA ROMOACCA TTITO fallecida el 18-11-2013, se ha dispuesto la publicación del presente para los fines de Ley.San Jerónimo, 11-06-2018 ELIZABETH MAGNOLIA PAREDES SALAS SECRETARIA JUDICIAL P. 6801492 F. (22, 25, 26 JUN)

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

EDICTO JUDICIAL La señora Juez del Juzgado Mixto. Dra. Melody Contreras Barineza, en el Proceso 00079-2018-0-1015-CI, ha dispuesto la Publicación por edicto Judicial con la resolución número 01 de fecha dos de Mayo del año 2018 (Autoadmisorio)... RESUELVE: ADMITIR LA DEMANDA interpuesta por el actor HIGIDIO CCORAHUA HUANACO SOBRE CAMBIO DE NOMBRE DE SU MENOR HIJO, consignado en el acta de nacimiento del menor inscrito en la Municipalidad Distrital de Ollantaytambo, consistente en el CAMBIO de los prenombres del hijo del actor, de KHIYSI JHON por el de JOEL; en la vía del proceso SUMARÍSIMO; con CITACIÓN de la Representante de la Fiscalía Provincial Civil y de Familia de Urubamba. REALIZAR la publicación del extracto de la presente resolución mediante edicto judicial, en el Diario Judicial Del Cusco y el Diario Oficial El Peruano, por tres días hábiles en cada diario, a costa del recurrente, debiendo alcanzarse al Juzgado las publicaciones correspondientes para ser anexadas al proceso. TENER por ofrecidos los medios probatorios que se indican en la demanda, reservándose su admisión y actuación en la etapa procesal correspondiente....- H.S. Secretaria Judicial Milagros Paz Chuspe.

ge Ttito Cervantes y otros, sobre Prescripción Adquisitiva de Dominio, tramitado ante el Segundo Juzgado Civil del Cusco que Despacha el señor Juez Titular Eliot Zamalloa Cornejo, bajo la actuación de la especialista legal Saida Chiun Manco, de conformidad a lo regulado por el artículo 165 del Código procesal Civil, se ha ordenado se publique el extracto del auto admisorio de la demanda. “Estando a los considerandos expuestos, SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en la via del PROCESO ABREVIADO la demanda interpuesta por FELICIA TTITO CERVANTES en contra de JORGE TTITO CERVANTES, VICENTINA OROS ANDRADE y HILARION CONDE CHAMPI sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO del predio ubicado en la Av. Del Comercio, sector de Versalles del Distrito, provincia y departamento de Cusco con una extensión de 274.05m2. Por su mérito córrase traslado de la demanda a los demandados a efecto de que absuelvan dentro del plazo de diez días..., notifíquesele a la demandada mediante edictos conforme a las formalidades expresadas en el artículo 167 del Código Procesal Civil, a fin de que su representante legal se apersone al proceso, dentro del plazo de ley, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal.... -Hágase Saber”.-FIRMA: Zamalloa Cornejo, Saida Chiun Manco, Especialista legal.Cusco, 14 de Junio del 2018

Urubamba ,17 de Mayo del año 2018.

SAIDA CHIUN MANCO ESPECIALISTA LEGAL

MILAGROS PAZ CHUSPE SECRETARIA JUDICIAL

P. 6801505 F. (22, 25, 26 JUN )

P. 6801516 F. (22, 25, 26 JUN)

RECTIFICACION DE PARTIDA Ante el Juzgado Mixto de la Provincia de Urubamba, despachado por la Sra. Juez Provisional SIOMARA CANDELARIA MORALES MAR, en el Exp. N° 101-2018-0-1015-JM-CI-01, bajo la actuación de la Secretaria Judicial Abg. Sandra Paola Núñez Ruiz, se ha emitido la resolución N° 01 de fecha veintiuno de mayo del dos mil dieciocho del dos mil dieciséis que dispone ADMITIR a trámite la solicitud, en la VÍA DEL PROCESO NO CONTENCIOSO interpuesta por EDWIN SALLO HUILLCA en representación de su menor hijo Rusel Alito Sallo Villafuerte, sobre CAMBIO DE NOMBRE de su menor hijo RUSEL ALITO SALLO VILLAFUERTE, debiendo ser lo corrector como EDWARD JUAQUIN SALLO VILLAFUERTE; en consecuencia: FIJESE fecha para la AUDIENCIA DE ACTUACIÓN Y DECLARACIÓN JUDICIAL, que se llevará a cabo en el Juzgado el DIA MARTES DIECISIETE DE JULIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA, debiendo concurrir el demandante a hora exacta, bajo apercibimiento de ley; PUBLIQUESE un extracto de la solicitud por una sola vez en el Diario Oficial El Peruano y en el Diario Judicial del Cusco. MEDIOS PROBATORIOS: Téngase por ofrecido los medios de pruebas que indica para su actuación en su oportunidad, agréguese los anexos que adjunta. AL OTROSI DIGO: Teniendo en cuenta que el recurrente manifiesta tener conocimiento real de los alcances de representación que otorga y en virtud de lo dispuesto por el Art. 80 del Código Procesal Civil téngase por otorgado las facultades generales a favor de los letrados Mario Miguel Delgado Montano y Rubén Meza Peña. H.S. Urubamba, 11 de Junio del 2018 SANDRA PAOLA NUÑEZ RUIZ SECRETARIO JUDICIAL P. 6801511 F. (22 JUN)

EDICTO En el Proceso Civil Nro. 00217-2018-0-10001-JR-CI-02, que se tramita ante el Segundo Juzgado Especializado en lo Civil del Cusco, que despacha el señor Juez doctor Eliot Zamalloa Cornejo, bajo la actuación de la Especialista Legal Saida Chiun Manco, doña FELICIA TTITO CERVANTES, demanda sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITVA DE DOMINIO del predio ubicado en la Av. Del Comercio, sector de Versalles del distrito de San Jerónimo, provincia y departamento de Cusco con una extensión de 274.05m2, demanda admitida a trámite en la vía del proceso Abreviado, mediante resolución Nro. 02 de veintitrés de marzo del año en curso.- Lo que se cumple con publicar para fines del artículo 506° del Código Procesal Civil.-SAIDA CHIUN MANCO, Especialista Legal.Cusco, 14 de Junio del 2018.SAIDA CHIUN MANCO ESPECIALISTA JUDICIAL P. 6801495 F. (22, 28 JUN, 05 JUL)

PUBLICACION DE EDICTOS Por ante este Despacho Judicial del Segundo Juzgado Mixto de Santiago, judicado por el señor Juez doctor Luis Alberto López Trelles y bajo la gestión procesal del Especialista Legal Abog. Alberto Leiva Villavicencio, se viene tramitando el expediente Nro. 243-2018-0-1018-JMCI-02, solicitado por Judith Quispe Quispe, sobre cambio de nombre respecto al nombre de su progenitora donde se tiene consignado como Victoria Felicitas Quispe Juyo, debiendo ser lo correcto como FELICITAS QUISPE SUYO, lo que se publica para los fines consiguientes de ley. Santiago, 12 de Junio del 2018 ALBERTO LEIVA VILLAVICENCIO SECRETARIO JUDICIAL

EDICTO SEÑORA:VICENTINA OROS ANDRADE En el proceso signado con el No 00217-2018-0-1001-JRCI-02 seguido por Felicia Ttito Cervantes, en contra de Jor-

P. 6801486 F. (22 JUN)

A TODOS LOS INTERESADOS

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En el Juzgado Mixto del Distrito de Santiago, que despacha la Señora Juez Doctora BONY EVE GAMARRA FLORES, bajo la actuación de la Especialista Legal Nancy Victorio Vásquez, en el proceso civil Nro. 00244-2018-0-1018-JMCI-01, se ha dispuesto notificar con la siguiente resolución: Resolución Nro. 01. Santiago, veintitrés de mayo del dos mil dieciocho.-... SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por LIZBETH QUISPE QUISPE, sobre CAMBIO DE NOMBRE, Debiendo la demanda tramitarse bajo los mecanismos del PROCESO NO CONTENCIOSO, en consecuencia de conformidad con lo establecido por el artículo 828 del Código Procesal Civil publíquese los avisos por intermedio del Diario Oficial El Peruano y el Diario Judicial de esta ciudad, por el plazo establecido por ley, por tal consideración señálese día y hora para la audiencia de actuación y declaración judicial para el día VEINTICINCO DE JULIO DE AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS DOS Y MEDIA DE LA TARDE, acto que tendrá lugar en la sala de audiencias del Primer Juzgado Mixto de Santiago, bajo apercibimiento concluirse el proceso en caso de inconcurrencia de las partes. Con citación del Fiscal en lo Civil y de Familia de Santiago.A LOS MEDIOS PROBATORIOS: Téngase por ofrecidos los medios probatorios, los mismos que serán admitidos y actuados en su oportunidad.(...).H.S.Santiago, 12 de junio del 2018. NANCY VICTORIO VASQUEZ SECRETARIA LEGAL P. 6801481 F. (22 JUN)

EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Anta, que despacha el Dr. Arturo Cabrera Orué, bajo la actuación de la Especialista Legal Adela Isabel Prado Aroni, se viene tramitando el Proceso Civil N° 0068-2018-0-1004-JPCI-01. Seguido por CIRILA CJAHUA DE HUANACO sobre SUCESION INTESTADA, de quien en vida fue ROSALIO CJAHUA CONDORHUAMAN, quien falleció en fecha 15 de Diciembre 1989, se publica para los fines de leyAnta, 14 de Junio del 2018. ADELA ISABEL PRADO ARONI SECRETARIA P. 6801565 F. (22 JUN)

EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Anta, que despacha el Dr. Arturo Cabrera Orue, bajo la actuación de la Especialista Legal Adela Isabel Prado Aroni, se viene tramitando el Proceso Civil N° 092-2018-O-1004-JPCI-01, Seguido por RICARDINA PUNCAS COLOMA sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, de la recurrente, en el sentido que se corrija el apellido paterno de PUNCAS a PONCCA debiendo quedar en lo sucesivo como RICARDINA PONCCA COLOMA, Se publica para los fines de ley. Anta, 13 de Junio del 2018. ADELA ISABEL PRADO ARONI SECRETARIA P. 6801560 F. (22 JUN)

EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Mixto de Anta, Despachado por el Magistrado Mario Sota Álvarez, bajo la actuación de la Especialista Marcia Nataly Tejada Flores. En el Proceso Civil N° 51-2018-CI, SE RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE la demanda interpuesta por JUAN FRANCISCO HUILLCA

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La República

CUSI con la siguiente pretensión: ADICIÓN EN LA PARTIDA DE NACIMIENTO DEL DEMANDANTE debiendo decir: 1. Debiendo consignar en su partida de nacimiento, sus apellidos paternos y maternos del demandante, solo indica Juan Francisco, debiendo quedar como Juan Francisco Huillca Cusi 2. En el contenido de la partida de nacimiento, lambien falta consignar el apellido materno el nombre del progenitor dice Nicolás Huillca, debiendo decir Nicolás Huillca Aucca. 3. En el contenido de la partida de nacimiento solo dice Juan Francisco, debiendo decir Juan Francisco Huillca Cusi. 4. Debiendo consignar el apellido materno de la progenitura, solo dice Santusa Quispe, debiendo decir Santusa Cusi Quispe Adición de nombre que se efectuara en acta de nacimiento N° 120 folio 25 con fecha de nacimiento en 16 de Junio de 1958, inscrito en la municipalidad distrital de Huarocondo de la Provincia de Anta, Departamento del Cusco, CONTRA el representante del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), debiendo sustanciarse en la vía del PROCESO SUMARÍSIMO. Córrase traslado de la demanda al demandado, por el plazo de Ley. Debiendo efectuarse las publicaciones de un extracto de la presente a través de edictos por una vez en el diario judicial “La República” y en la Tablilla del Juzgado-

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO RARDO HUILLCA CUSÍ debiendo decir: Nombre completo del solicitante: Gerardo Huillca Cusi. Nombre completo del progenitor: Nicolás Huillca Aucca. Nombre completo de la progenitura: Santusa Cusi Quispe. Rectificación de Saniosa a SANTUSA. Cambio de nombre que se efectuara en acta de nacimiento N° 226 de fecha dieciséis de Abril del año de mil novecientos cuarenta y cinco inscrita en la oficina de registro civil de la municipalidad Provincial de Huarocondo, CONTRA el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) representado por su Procurador Publico, debiendo sustanciarse en la vía del PROCESO SUMARÍSIMO. Córrase traslado de la demanda al demandado, por el plazo de Ley. Debiendo efectuarse las publicaciones de un extracto de la presente a través de edictos por una vez en el diario judicial “La República” y en la Tablilla del Juzgado.Anta, 19 de junio del 2018. MARCIA NATALY TEJADA FLORES SECRETARIA JUDICIAL P. 6801519 F. (22 JUN)

Anta, 18 de junio del 2018. MARCIA NATALY TEJADA FLORES SECRETARIA JUDICIAL P. 6801551 F. (22 JUN)

EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Mixto de Anta, Despachado por el Magistrado Mario Sota Álvarez, bajo la actuación de la Especialista Marcia Nataly Tejada Flores. En el Proceso Civil N° 47-2018-CI, SE RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE la demanda interpuesta por el abogado Eduardo Huanaco Ccahua en representación de Bonifacio Hulllca Cusí o con la siguiente pretensión: ADICIÓN EN LA PARTIDA DE NACIMIENTO DEL DEMANDANTE Bonifacio Huillca Cusí debiendo decir: Nombre completo del solicitante: Bonifacio Huillca Cusi. Nombre completo del progenitor: Nicolás Huillca Aucca. Nombre completo de la progenitura: Santusa Cusi Quispe. Adición de nombre que se efectuara en acta de nacimiento N° 07, de folio 7 de fecha cinco de Junio del año de mil novecientos cuarenta y dos inscrita en la oficina de registro civil de la municipalidad Provincia de Huarocondo, Departamento del Cusco, CONTRA el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) representado por su r Procurador Publico, debiendo sustanciarse en la vía del PROCESO SUMARÍSIMO. Córrase traslado de la demanda al demandado, por el plazo de Ley. Debiendo efectuarse las publicaciones de un extracto de la presente a través de edictos por una vez en el diario judicial “La República” y en la Tablilla del Juzgado.Anta, 19 de junio del 2018. MARCIA NATALY TEJADA FLORES SECRETARIA JUDICIAL P. 6801525 F. (22 JUN)

EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Mixto de Anta, Despachado por el Magistrado Mario Sota Álvarez, bajo la actuación de la Especialista Marcia Nataly Tejada Flores. En el Proceso Civil N° 46-2018-CI, SE RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE la demanda interpuesta por el abogado Eduardo Huanaco Ccahua en representación de Gerardo Huillca Cusi o con la siguiente pretensión: ADICIÓN Y RECTIFICACIÓN EN LA PARTIDA DE NACIMIENTO DEL DEMANDANTE GE-

PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PUBLICO DE BIEN INMUEBLE (AYACUCHO) En los seguidos por COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO FORTALEZA DE AYACUCHO,, sobre ODSD, contra VIRGINIA QUISPE MEDINA, en el Expediente N° 1681-2016-79-0501-JR-CI-02, por disposición del 2do Juzgado Civil de Ayacucho, a cargo de la Sra. Juez ANTONIA GONZALES LLALLI, Especialista Legal MANUEL CONDE VILCA; ha facultado al Martiliero Publico HECTOR IVAN YUPTON IDROGO, con Registro N° 358, llevar a cabo el remate público en PRIMERA CONVOCATORIA del inmueble ubicado en el Centro Poblado Pichari, Mz. F2 LT. 11, Sector Santa Rosa, Distrito de Picharí, Provincia La Convención, Departamento de Cusco, sus medidas y linderos perimétricos corren inscrita en la PARTIDA REGISTRAL N° P6002120 de la Zona Registral N° XIV Sede Ayacucho. TASACION COMERCIAL: US$ 213’403.77 (DOSCIENTOS TRECE MIL CUATROCIENTOS TRES CON 77/100 DOLARES AMERICANOS) PRECIO BASE; US$ 142’269.17 (CIENTO CUARENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS SESENTA Y NUEVE CON 17/100 DOLARES AMERICANOS), que son las 2/3 partes del valor de tasación. GRAVAMENES Y CARGAS: 1. AS.03: HIPOTECA, otorgada por VIRGINIA QUISPE MEDINA, a favor de la COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO FORTALEZA, hasta por la suma de SI 100´000.00 (CIEN MIL CON 00/100 SOLES) 2. AS.04: EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION, hasta por la suma de SI 600’000.00 (SEISCIENTOS MIL SOLES), a favor de COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO FORTALEZA, contra VIRGINIA QUISPE MEDINA; por disposición del 2do Juzgado Especializado en lo Civil de Huamanga CARLOS MANUEL VALDIVIA RODRIGUEZ, asistido por el Secretario Judicial MANUEL CONDE VILCA, en el EXP. 1681-2016-79-0501-JR-CI-02 (OFICIO N° 140-2017 de fecha 23/02/2017 y RESOL. N° 03 de fecha 08/02/2017). FECHA Y HORA DEL REMATE: 06 JULIO 2018, 10:30 AM LUGAR DEL REMATE: Local del Segundo Juzgado Civil de Ayacucho, ubicado en Jirón Quinua N° 381 4to Piso. Huamanga - Ayacucho. POSTORES: 1. Depositarán el 10 % (US$.21’340.37) del valor de la tasación en efectivo o en cheque de gerencia, (endosable, girado a su nombre y con una antigüedad no mayor a 30 días) y adjuntando además la tasa judicial por derecho de participación en el remate (Código Nro.07153) consignándose Nro. De Expediente con original y copia del arancel, DNI original y copia. Si se trata de persona jurídica con vigencia de poder. — 2. La persona natural o jurídica que resulte adjudicatario deberá depositar la di-

Viernes, 22 de junio del 2018

ferencia del depósito, entregando dentro de los tres días siguientes al remate, bajo responsabilidad de declararse la nulidad del remate, y perder el importe entregado. FUNCIONARIO A CARGO DEL REMATE: Dr. Héctor Iván Yuptón Idrogo, Martiliero Público a nivel nacional, Reg. 358, correo electrónico: [email protected], celular de contacto # 949836849 HONORARIOS DEL MARTILLERO: A cargo del ejecutante en comisión ó a cargo del adjudicatario en compra-venta, según arancel establecido en el Art. 18 del Decreto Supremo Nro.008-2005-JUS; en ambos casos afectos al IGV. MANUEL CONDE VILCA SECRETARIO JUDICIAL HÉCTOR IVÁN YUPTÓN IDROGO MARTILLERO PÚBLICO P. 6801600 F. (22, 25, 26, 27, 28 JUN 02 JUL)

AVISO JUDICIAL Ante el juzgado de paz letrado del distrito de San Sebastian que corre bajo la dirección del señorita magistrado Dra. Lynda Vargas Manga, en el proceso judicial No. 00131 -2018-0-1023-JP-CI-01 seguida por VICTOR HUGO MENDOZA VIZCARRA, sobre SUCESIÓN INTESTADA de quien en vida fue SABINA VIZCARRA ARAGON, fallecida en fecha 17 de diciembre del 2017, para que se le declare como su única y universal heredera, por lo que se ha dispuesto se proceda a la notificación edictal, a las personas que pudieran invocar derecho sucesorio en el caso presente, lo que se pone en conocimiento de los interesados para los fines consiguientes, media firma del especialista y firma completa de la señorita Juez. San Sebastian, 21 de junio del 2018 RONALD BORNAS QUISPE SECRETARIO JUDICIAL P. 6801645 F. (22 JUN)

EDICTO Quillabamba, 20 de junio del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Sayda Quispe Alegria. Se cita y emplaza al señor JUAN CANCIO NAVEROS FERRO, en el Proceso Nro. 1096-2017-0-1010-JR-PE-01., que se les sigue por la presunta comisión del delito Contra la Seguridad Pública, modalidad delitos de Peligro Común, Sub Tipo CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCIÓN previsto y sancionado en el primer párrafo del artículo 274° del Código Penal, en agravio del Estado representado por el Procurador Público del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. se ha dispuesto notificar al imputado con la resolución N° 05, Quillabamba 20 de junio de 2018, REPROGRAMAR LA AUDIENCIA PÚBLICA PARA EL DÍA CUATRO DE JULIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS ONCE DEL DÍA (11:00 A.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba). J. S (22, 25, 26 JUN)

EDICTO PENAL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE ANTA EXPEDIENTE PENAL N° 00239-2018-0-1004-JR-PE-01 JUEZ Di. ÓSCAR VIZCARRA MERCADO Se cita, y emplaza a JULIO QUISPE CRUZ, para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por el delito la familia, en la modalidad de omisión a la asistencia

familiar, subtipo INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, en agravio de menor de iniciales DEQC, representado por su abuela Nicasia Alvarez de Cusihuallpa. Y se pone de conocimiento la resolución siguiente: RESOLUCIÓN NRO 01 Anta, catorce de mayo del año dos mil dieciocho. Que SE DISPONE: 1) CITAR A AUDIENCIA DE INCOACIÓN DEL PROCESO INMEDIATO, para el día IUEVES 21 DE IUNIQ DEL AÑO 2018 A HORAS 11:00 DE LA MAÑANA, la misma que se llevará a cabo en el Juzgado de Investigación Preparatoria de Anta, sito en la Plaza Cívica de la localidad de Izcuchaca de la Provincia de Anta, con la concurrencia obligatoria del Fiscal, del imputado, y de su Abogado defensor, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada de este ultimo de comunicar al Colegio de Abogados, para la aplicación de la sanción pertinente con respecto al defensor público, conforme al art. 304° de la Ley Orgánica del Poder Judicial y oficiar a la Dirección Nacional de la Defensa Publica de Cusco; y de poner en conocimiento para el primero de los nombrados al señor Fiscal Superior Coordinador de Fiscales Provinciales; 2) PRECISECE: Que la diligencia de audiencia de procedencia de proceso inmediato tiene carácter inaplazable, es por ello que se debe NOTIFICAR a la Coordinación de la Defensoría Publica de Anta, con el respectivo requerimiento para la designación del profesional de Turno que asuma de defensa del imputado, a fin de garantizar la verificación de la audiencia, y en caso de que por cualquier motivo el imputado se niegue a estar presente en la audiencia será representado por su Abogado o el defensor de oficio designado.- NOTIFIQUESE Anta, 19 de junio del 2018. J. S (22, 25, 26 JUN)

EDICTO PENAL Exp Nro. 0064-2017-21-1004-JR-PE-01 El Juzgado Penal Unipersonal de Anta. Secretaria: Vanessa Ccohua Mayta. Se cita, y emplaza a JUAN MANUEL UMERES HUILLCA, para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso que se le sigue por delito contra la Vida, el Cuerpo y la Salud, en la modalidad de Lesiones, sub tipo Lesiones Leves, en agravio de Alcides Moñoz Ccopa; se tiene que mediante resolución numero 01 de fecha 15 de junio del 2018 se dispone la notificación vía edicto de la resolución N° 01, en la cual SE RESUELVE: CITAR A JUICIO ORAL en la presente causa seguido contra JUAN MANUEL UMERES HUILLCA, identificado con DNI Nro. 44850809 como presunto autor del delito Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud, en su modalidad de Lesiones, subtipo LESIONES LEVES, tipificado en el primer párrafo del artículo 122° del Código Penal, en agravio de Alcides Muñoz Ccopa, la misma que se realizará el día TRES DE JULIO DEL AÑO EN CURSO, a las DOS Y TREINTA DE LA TARDE (HORA EXACTA) en la Sala de Audiencias del Juzgado Penal Unipersonal de Anta, ubicado en la Plaza Cívica de Izcuchaca - Anta..(....) Anta, 15 de junio del 2018. J. S (22, 25, 26 JUN)

EDICTO PENAL NOTIFICACIÓN VÍA EDICTO A LA PERSONA DE AMERICO ALVAREZ HUAMANI Ante el Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Maranura que despacha el Juez Supernumerario Francisco Ponce Atencio, bajo la actuación de la Especialista de Juzgado Betsy Roció Séneca Condori, se viene tramitando el Proceso Penal signado con el Nro. 77-2015110-NCPP, seguido contra AMERICO ALVAREZ HUAMANI Y WILBER RENÁN MAYCA POZO, por la presunta comisión del Delito de delitos cometidos por funcionarios públicos, en agravio del Jurado nacional de Elecciones, en la cual se ha dispuesto la notificación vía edicto al imputado AMERICO ALVAREZ HUAMANI Y WILBER RENÁN MAYCA POZO,, a fin de que concurra con su abogado

Viernes, 22 de junio del 2018

de su libre elección a LA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN REPROGRAMADA PARA EL DÍA VEINTIOCHO DE JUNIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A DOCE CON TREINTA MINUTOS (12:330 PM) en el Juzgado de Paz Letrado e Investigación Preparatoria de Maranura, bajo apercibimiento de designarse un defensor de oficio. Maranura, 04 de junio del 2018. J. S (22, 25, 26 JUN)

EDICTO PENAL

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

EDICTO PENAL

EDICTO

SALA PENAL DE APELACIONES DE TAMBOPATA CON FUNCIONES DE SALA PENAL LIQUIDADORA EXPEDIENTE N° 156-2011-12-2701-JR-PE-01 Presidente de la Sala: HUGO MENDOZA ROMERO Especialista Judicial de Sala: MARCO ANTONIO TINA IQUIAPAZA Se cita al acusado: PABLO BASAN CCAPACCA MUÑOZ a fin de ser notificado con el acta de Reprogramación de Audiencia para el DÍA 08 DE AGOSTO DE 2018, HORAS 10:30 A.M. en la sala de audiencia de la Sala Penal de Apelaciones, sito Av. Ernesto Rivero N° 722, 2do piso, todo ello ordenado en el Proceso Penal N° 156-2011-12, por la comisión del delito Contra la Libertad en la modalidad de Violación de la Libertad sexual, sub tipo Violación Sexual de menor de catorce años, en agravio de la menor de iniciales M.M.V. Puerto Maldonado, 19 de Junio del 2018.

Quillabamba, 21 de junio del 2018 Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención Especialista: Sayda Quispe Alegría. Se cita y emplaza al señor OSCAR JOEL TACURI PERALTA, en el Proceso Nro. 486-2016-0-1010-JR-PE-01, que se les sigue por la presunta comisión del delito de contra el patrimonio en la modalidad de hurto, sub tipo hurto simple previsto y sancionado en el artículo 185° del Código Penal, en agravio de EMPERATRIZ CHAVEZ DIAZ. se ha dispuesto notificar al imputado con la resolución N° 11, Quillabamba 21 de junio de 2018, REPROGRAMAR LA AUDIENCIA PÚBLICA PARA EL DÍA ONCE DE JULIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS NUEVE Y TREINTA MINUTOS DEL DÍA (09:30 A.M), en la Quinta sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (palacio de justicia de Quillabamba).

EXPEDIENTE: 000454-2018-0-1015-JR-PE-01. JUEZ: ALICIA VARGAS LEÓN ESPECIALISTA: LISBETH MENDOZA GONZALES EL SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE LA PROVINCIA DE URUBAMBA – CUSCO EMITE: SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE URUBAMBA: RUBÉN CALCINA PERALTA, Fiscal Provincial de la PRIMERA Fiscalía Provincial Penal de Urubamba, con domicilio procesal en el Jr. Comercio s/n del Distrito y Provincia de Urubamba Departamento del Cusco, a Ud digo: De conformidad a lo dispuesto por el Artículo 446° del Código Procesal Penal, formulo REQUERIMIENTO DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO seguida contra WILUNGRON GROVAS PERYRA como presunto autor del delito contra’ La Familia, en la modalidad de Omisión de la Asistencia Familiar, sub tipo Incumplimiento de Obligación Alimentaria, previsto y sancionado en el primer párrafo del Artículo 149° del Código Penal en agravio de Kiara Luz Gravas Ttito, representada por su progenitura Adela Ttito Obando; en mérito a los siguientes fundamentos: HECHOS ATRIBUIDOS: Adela Ttito Obando ha interpuesto demanda de alimentos en representación de Kiara Luz Gravas Ttito, en contra de Willington Gravas Peryra proceso signado con el N° 0076-2014-0-1015-JP-FC-01, el cual concluyo medíante Resolución número diez de fecha 08 de abril de 2015, declara fundado en parte la demanda y dispone que Willingron Gravas Pereira acuda a su menor hija con la suma mensual de trescientos sesenta nuevos soles (S/360.00), fue declarada consentida mediante resolución N° 14, de fecha 27 de Mayo de 2015. Sin embargo, debido al incumplimiento del obligado el Juzgado ha practicado la Liquidación de Alimentos, determinando el monto de siete mil seiscientos treinta y dos con 00/100 nuevos soles (s/7632.00), correspondiente al periodo de setiembre del 2015 al mes de abril del 2017, lo que fue aprobado mediante resolución N° 24, de fecha 20 de julio del 2017, la misma que Requiere al obligado para que dentro del tercer día de notificado cumpla con el pago total de la liquidación, bajo apercibimiento de remitir copias al Minsiterio Publico, lo que fue notificado en su domicilio real, pese a ello no ha cumplido con el pago de la liquidación. Mediante Resolución N° 25 de fecha 11 de Septiembre de fecha 11 de septiembre del 2017, se ha hecho efectivo el apercibimiento y dispuso la remisión de copias al Ministerio Publico; así como mediante Resolución N° 27 de fecha 04 de enero del 2018, se ha resuelto VALIDAR la notificación al demandado con la Resolución N° 24, en consecuencia por Resolución Nro.: 02 Urubamba, doce de Junio Del dos mil dieciocho.PARTE CONSIDERATIVA: Queda registrado en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe: Por lo precedentemente expuesto, SE RESUELVE: Declarar FRUSTRADA la presente audiencia, y se señala como nueva fecha para el día VEINTICINCO DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, la misma que se verificara en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Urubamba, quedando notificadas las partes concurrentes en el presente acto. Asimismo se dispone notificar al investigado Willington Gravas Pereyra mediante edicto con el requerimiento de Incoación de Procedimiento asi como con la presente resolución. Urubamba, 19 de Junio del 2018.

EXPEDIENTE: Nro : 03419-2016-29-1001-JR-PE-01 SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: Marleny Sarayasy Gomez. Se cita y emplaza al (los) acusados: HECTOR SIMON GUTIERREZ HUAYTO con DNI 46623460. Para que se ponga a derecho y se defienda sobre los cargos que se les atribuye por la comisión del delito contra el patrimonio en su modalidad de Hurto Agravado en agravio de Pavel Víctor Mendoza Tevés Res. Nro. 01 Cusco, diecinueve de octubre del año dos mil diecisiete, mediante el cual dispone CITAR A JUICIO ORAL DE PROCESO COMUN, audiencia que se realizara el día VEINTICINCO DE JUNIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS OCHO DE LA MAÑANA (hora exacta); ACTO QUE TENDRA LUGAR EN LA ONCEAVA SALA PENAL DE AUDIENCIAS del MÓDULO PENAL de esta Corte Superior de Justicia. Subsistiendo los apercibimientos de ley, notifíquese a las partes procesales. Cusco, 09 de noviembre del 2017.

J. S (22, 25, 26 JUN)

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EDICTO EXPEDIENTE: 00392-2018-0-2701-JR-PE-03 JUEZ: Edgard León Qulspe. ESPECIALISTA JUDICIAL: Elizabeth Beatriz Anco Gallegos NUMERO DE RESOLUCIÓN: 09 de fecha 18 de junio de 2018. SE CITA a BENANCIO MAMANIQUISPE [investigado], por la comisión del delito contra la vida el cuerpo y la salud en la modalidad de lesiones leves agravadas previsto en el articulo 122 inciso 3 literal b, [ la víctima es menor de edad, adulta mayor o tiene discapacidad y el agente aprovecha de dicha condición] del Código Penal en agravio de Esteban Huillcahuaman Taracaya, con el extracto de la resolución número 09 de fecha 18 de junio del año 2018, mediante el cual se programa audiencia para el DÍA 12 DE JULIO DEL AÑO 2018 A HORAS 12:00 DEL MEDIODÍA íhora exacta] para la realización de la AUDIENCIA ÚNICA DE INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO, audiencia que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias del 3o Juzgado de Investigación Preparatoria de Tambopata - Madre de Dios, sito en la Avenida Ernesto Rivera N° 722. Asimismo el imputado en mención deberá de designar defensor privado de su libre elección caso contrario persistirá la designación de la defensa pública. Puerto Maldonado, 18 de junio del 2018. J. S (22, 25, 26 JUN)

EDICTO PENAL

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EDICTO PENAL PROCESO NRO. 5016-2018-23-1001-JR-PE-08 PROCESADAS: YENY GUEVARA COTRADO y SANDRA ERIKA FLORES BAUTISTA Ante el Octavo Juzgado de Investigación Preparatoria de Cusco que despacha el Señor Juez Dr. CARLOS ALBERTO GUTIÉRREZ HUALLPA, bajo la actuación del Especialista Judicial Abog. JONATHAN MAURIZIO HUAMAN PILLCO, se ha dispuesto NOTIFICAR a las procesadas antes citadas, con el tenor de la resolución Nro. 5, cuyo contenido, es el siguiente: RESOLUCIÓN Nro. 5, emitida en audiencia de fecha 20/06/18.- 1. Encomendar la defensa de las procesadas SANDRA ERIKA FLORES BAUTISTA y YENY GUEVARA COTRADO a la Defensoria Publica, quien podrá intervenir en todas las diligencias y podrá hacer uso de todos los medios de defensa que la ley reconoce a favor de las indicadas procesadas. 2. Se dispone que la presente resolución sea notificada mediante edictos a las procesadas a fin de que tomen conocimiento que su defensa ha sido encomendada a la defensoria pública, quien asumirá su defensa en el trámite del presente proceso. 3. Se señala como nueva fecha para la presente audiencia el día QUINCE DE AGOSTO DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS DOS Y TREINTA DE LA TARDE, a verificarse en esta DÉCIMO CUARTA SALA DE AUDIENCIAS DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CUSCO, subsistiendo los apercibimientos decretados para la concurrencia de los sujetos procesales. 3. Se da por notificado en este acto a la señora fiscal y a la abogada defensora de la parte procesada, se dispone la notificación de los demás sujetos procesales y se dispone además que se publique un extracto de la presente resolución a fin de convocar a las procesadas para la audiencia programada. Cusco, 20 de junio del año 2018. J. S (22, 25, 26 JUN)

EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Mixto de Urcos, que despacha la señora Juez Dra. Ana Cecilia Sotomayor Tejada, bajo la actuación del Secretario Judicial Carlos Astete Saavedra, se tramita el Proceso N° 00390-2017-0-1014-JM-FT-01, seguido por la Fiscalía Provincial Civil y Familia de Quispicanchi, a favor de los menores LUIS y BERTHA TORREBLANCA QUISPE, sobre Abandono Moral y Materia, contra su progenitora Valentina Quispe Ancalle., se ha dispuesto la publicación mediante edictos el contenido de la resolución N° 20 de fecha 12 de abril de 2018 (extracto), como sigue: SE RESUELVE: 1. CORREGIR el error material incurrido en la sentencia, contenido en la resolución N° 18 de fecha 15 de setiembre de 2017, en el numeral 1, al haberse omitido consignar el primer nombre del menor tutelado que aparece sólo como “Luis”, siendo lo correcto “José Luis”; asi también en el numeral 3, se ha consignado errónea-

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mente el nombre de la progenitora de los menores como BERTHA TORREBLANCA QUISPE, siendo lo correcto “VALENTINA QUISPE ANCALLE”, quedando inalterable en los demás datos que contiene dicha resolución. 2. Notifíquese a las partes procesales en sus domicilios señalados en autos. H. S.Urcos, 08 de junio de 2018. J. S (22, 25, 26 JUN)

EDICTO PENAL DE NOTIFICACIÓN El Juzgado Penal Unipersonal de la provincia de Quispicanchis, en el proceso penal N° 00342-2017-60-1014-JRPE-Ol; seguido contra TOMAS LUNA CHILUHUANI por la comisión del delito de OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR en agravio de MENOR L.H.N. REPRESENTANDO POR VILMA HUANCA HUILLCA se ha dispuesto mediante resolución N° 02, dictada en audiencia pública de fecha 19 de junio de 2018, la NOTIFICACIÓN POR EDICTO a TOMAS LUNA CHILUHUANI, a fin de que concurra a la AUDIENCIA PÚBLICA señalada para el día 26 DE SETIEMBRE DE DOS MIL DIECIOCHO a HORAS DOCE DE LA TARDE, que se llevara a cabo en la sede judicial de Urcos; Del que doy fe: Urcos, 19 de junio de 2018. J. S (22, 25, 26 JUN)

EDICTO JUDICIAL CONVOCATORIA A AUDIENCIA Ante el Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de Canas, despachado por el Sr. Juez Jorge Preja Quispe, en el Expediente Penal Nro: 180-2017-94, bajo la actuación del Secretario Judicial Carlos Alberto Tupayachi Flores, viene tramitándose el proceso penal contra Julián López Mamani, como autor por la presunta comisión del delito contra La Familia en su modalidad de Omisión De La Asistencia Familiar, sub tipo Incumplimiento De La Obligación Alimentaria, tipificado por el primer párrafo del articulo 149° del Código Penal en agravio de de los menores de edad representados por Felicitas Mamani Ccailo, en el cual se dicto la resolución N° 02 que programa audiencia de para el DÍA TRES DE SEPTIEMBRE DE 2018 A LAS NUEVE DE LA MAÑANA, debiendo concurrir al mismo el acusado JULIÁN LÓPEZ MAMANI, bajo los apercibimientos señalados en el Código Procesal Penal. Se publica el presente para los fines de ley.Yanaoca, 18 de junio de 2018. J. S (22, 25, 26 JUN)

EDICTO PENAL. CUADERNO DE DEBATES N° 03998-2018-75-1001-JRPE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: CLEOFE HUAMAN ANCCO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza al procesado ALVARO CCOLQQUE RAMÍREZ, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA MARTES 06 DE NOVIEMBRE DEL 2018 A HORAS 09:30 DE LA MAÑANA (hora exacta): acto que se llevara a cabo, en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial, ubicado en Av. Sol S/N - Palacio de Justicia-Segundo Piso. Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES N° 03998-2018-75-1001-JR-PE-01, seguido por el delito contra la libertad en la modalidad de violación de la libertad sexual, sub tipo violación sexual en su forma agravada, en agravio de la menor de iniciales S.R.C.C.Cusco, 21 de Junio del 2018. J. S (22, 25, 26 JUN)

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La República EDICTO PENAL.

CUADERNO DE DEBATES N° 02363-2017-64-1001 -JRPE-01. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CUSCO ESPECIALISTA JUDICIAL: CLEOFE HUAMAN ANCCO. Por disposición del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco, se cita y emplaza al procesado EFRAIN CAMANI VELASQUEZ, a fin que concurra a la audiencia de juicio oral señalada para el DÍA MARTES 18 DE SETIEMBRE DEL 2018 A HORAS 02:30 DE LA TARDE (hora exacta): acto que se llevara a cabo, en la sala de audiencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial, ubicado en Av. Sol S/N - Palacio de Justicia-Segundo Piso, vía enlace por video conferencia con la sala de videoconferencias de la sede de Canchis -Sicuani. Por haberse dispuesto así en el CUADERNO DE DEBATES N° 02363-2017-64-1001-JR-PE-01, como presunto autor del delito robo agravado, en agravio de B.C.M, representada por Elsa Ana María Ccasa Quispe.Cusco, 21 de Junio del 2018. J. S (22, 25, 26 JUN)

EDICTO PENAL EXPEDIENTE N°. 03664-3017-43-1001-JR-PE-02 la señora Magistrada del Primer Juzgado Penal Unipersonal Flagrancia, O.A.F. y C.E.D.D. del Cusco, Dra. Nadya Castillo Cruz, en el proceso Nro. 03664-2017-0-1001-JRPE-02, seguido contra ÁNGEL NOEL PACCHA MIRANO con D.N.I. 23978382, por el delito contra la Vida el Cuerpo y la Salud, modalidad de Lesiones, sub tipo AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR, en agravio de MARINA SALAS CEVALLOS; bajo la actuación del Especialista Judicial Abog. Henning Siverts García Rios, se ha dispuesto notificar con la Resolución N° 02 del 14/06/18 y el extracto del requerimiento fiscal de Acusación de Proceso Inmediato al citado procesado, cuyo contenido es el siguiente: REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN EN PROCESO INMEDIATO.- El Fiscal Provincial de la Primera Fiscalía Provincial Penal de Santiago, formula ACUSACIÓN EN PROCESO INMEDIATO contra ÁNGEL NOEL PACCHA MIRANO con D.N.I. 23978382, por el delito contra la Vida el Cuerpo y la Salud, modalidad de Lesiones, sub tipo AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR, en agravio de MARINA SALAS CEVALLOS; la Fiscalía ha tipificado el delito en el artículo 122-B, PRIMER PÁRRAFO del Código Penal; El Ministerio Público, solicita que se declare procedente el requerimiento de Acusación en Proceso Inmediato. RESOLUCIÓN N° 02.-Cusco, catorce de junio Del años dos mil dieciocho.PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA.- Queda registrado en el sistema de audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe. 1. FRUSTRADA la presente audiencia por devolución de cédula de notificación dirigida al imputado.2. REPROGRAMAR LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL 14 DE AGOSTO DEL AÑO EN CURSO A LAS 09:00 AM LA MISMA QUE SE VERIFICARÁ EN LA DECIMA SALA DE AUDIENCIAS DEL PALACIO DE JUSTICIA, fecha señalada de acuerdo a la agenda del juzgado para procesos inmediatos.3. NOTIFÍQUESE con la presente reprogramación a todos los sujetos procesales inconcurrentes en sus domicilios señalados en autos, así mismo notifíquese a la agraviada en su domicilio real y procesal y al imputado mediante edictos.Cusco, 18 de junio de 2018. J. S (22, 25, 26 JUN)

EDICTO PENAL

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

EXPEDIENTE N°. 3566-2016-79-1001-JR-PE-07 la señora Magistrada del Séptimo juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dr. ALEX LEÓN MARTÍNEZ, en el proceso Nro. 3566-2016-79-1001-JR-PE-07, seguido contra HILARIO HUALLPAMAYTA TAIPE con D.N.I. 23800766, por el delito contra la Contra la Familia, sub tipo Incumplimiento de Obligación Alimentaria, modalidad OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de FLOR LISBETH HUALLPAMAYTA TAIPE; bajo la actuación del Especialista judicial Abog. Henning Siverts García Ríos, se ha dispuesto notificar con la Resolución N°. 03 del 13/06/18 y el extracto del requerimiento fiscal de Proceso Inmediato al citado procesado, cuyo contenido es el siguiente: REQUERIMIENTO DE PROCESO INMEDIATO.- El Fiscal Provincial del Tercer Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Cusco, formula PROCESO INMEDIATO contra HILARIO HUALLPAMAYTA TAIPE con D.N.I. 23800766, por el delito contra la Contra la Familia, sub tipo Incumplimiento de Obligación Alimentaria, modalidad OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio FLOR LISBETH HUALLPAMAYTA TAIPE, la Fiscalía ha tipificado el delito en el primer párrafo del Artículo 149° del Código Penal; El Ministerio Público, solicita que se declare procedente el requerimiento de Proceso Inmediato. 1. REPROGRAMAR la continuación de la Audiencia de Revocatoria de Pena solicitada en Proceso Inmediato, para la fecha VEINTIOCHO DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS ONCE HORAS (Hora exacta 11:00 AM), en la DOCEAVA SALA de Audiencias del Módulo Penal Central de Cusco, ubicado en el inmueble N° 239 de la Av. el Sol (Palacio de Justicia - 4TO. Piso), con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado del imputado, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia del requirente de informar al órgano respectivo, PRECÍSESE que la presente audiencia es de carácter INAPLAZABLE, además de dejar subsistente los demás extremos que contienen los apercibimientos y disposiciones en la resolución N°01. 2. PRECÍSESE además que la inasistencia injustificada del abogado defensor de la parte imputada a la audiencia programada^ motivará que el operador judicial aplique lo dispuesto por el inciso 3 del artículo 85° del C.P.P. modificado por Ley N° 30076. 3. NOTIFIQUESE al imputado HILARIO HUALLPAMAYTA TAIPE a su domicilio procesal, domicilio Real y mediante EDICTO JUDICIAL por tres fechas consecutivas en el Diario judicial de la Corte Superior de Justicia del Cusco y a los demás sujetos procesales, conforme a los datos proporcionados por el Representante del Ministerio Público.Cusco, 13 de junio del 2018. J. S (22, 25, 26 JUN)

EDICTO PENAL Expediente: 03276-2017-0-1001-JR-PE-02 El Magistrado del Tercer Juzgado Penal Unipersonal - Flagrancia, O.A.F y C.E.D.D. -Sede Central de la Corte Superior de Justicia del Cusco, Dr. Carlos Adalberto Román Gil, en el proceso Nro. 03276-2017-11-1001-JR-PE-02, seguido contra TEÓFILO VILCA VARGAS con D.N.I. 80102261, por el delito contra la Contra la Familia, sub tipo Incumplimiento de Obligación Alimentaria, modalidad OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de su menor hija, representada por su Progenitora Reyna Luz López Ccopa, bajo la actuación del Especialista Judicial Abog. Henning Siverts Garcia Rios, se ha dispuesto notificar con la Resolución N° 03 del 08/06/18 y el extracto del requerimiento fiscal de Acusación en Proceso Inmediato al citado procesado, cuyo contenido es el siguiente: REQUERIMIENTO DE PROCESO INMEDIATO.- El Fiscal Provincial del Cuarto Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cusco, formula PROCESO INMEDIATO contra TEÓFILO VILCA VARGAS con D.N.I. 80102261, por el delito contra la Contra la Familia, sub tipo Incumplimiento de Obligación Alimentaria, modalidad OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de su menor hija, representada por su Progenitora Reyna Luz López Ccopa, la Fiscalía ha tipificado el delito en el primer

Viernes, 22 de junio del 2018

párrafo del Artículo 149° del Código Penal; El Ministerio Público, solicita que se declare procedente el requerimiento de Proceso Inmediato. RESOLUCIÓN NRO. 03: Cusco, ocho de junio Del año dos mil dieciocho PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Se registra en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe. 1. DECLARAR FRUSTRADA la instalación de la presente audiencia por no haberse notificado válidamente el acusado. 2. Se reprograma la presente audiencia para el 02 de julio del 2018 a las 09:30 de la mañana, en la tercera sala de audiencias de la Corte Superior de Justicia de Cusco, quedan notificados los presentes. 3. Notifíquese al acusado en su domicilio consignado en autos y mediante edictos judiciales. Cusco, 18 de JUNIO del 2018. J. S (22, 25, 26 JUN)

EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 02757-2018-0-1001-JR-PE-07 El señor Juez del Séptimo Juzgado de Investigación Preparatoria del Cusco, Dr. Alex León Martínez, en el proceso Nro. 02757-2018-0-1001-JR-PE-07, seguido contra CIRÍACO CHOQQUE QUISPE con D.N.I. 23932583, por el delito contra Seguridad Pública, sub tipo CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, modalidad PELIGRO COMÚN, en agravio del Estado representado por la Procuraduría Pública del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, bajo la actuación del especialista Judicial Abog. Henning Siverts García Rios, se ha dispuesto notificar con la Resolución N° 02 del 24/06/18 y el extracto del requerimiento fiscal de Proceso Inmediato al citado procesado, cuyo contenido es el siguiente: REQUERIMIENTO DE PROCESO INMEDIATO.- El Fiscal Provincial del Cuarto Despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cusco, formula PROCESO INMEDIATO contra CIRÍACO CHOQQUE QUISPE como autor del delito contra la contra Seguridad Pública, sub tipo CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, modalidad PELIGRO COMÚN, en agravio del Estado representado por la Procuraduría Pública del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la Fiscalía ha tipificado el delito en el Artículo 274° del Código Penal; El Ministerio Público, solicita que se declare procedente el requerimiento de Proceso Inmediato. RESOLUCIÓN N° 02 Cusco, Doce de Junio De dos mil dieciocho. PARTE EXPOSITIVA Y CONSIDERATIVA: Queda registrado en audio. PARTE RESOLUTIVA: Se transcribe. SE RESUELVE: 1. DECLARAR FRUSTRADA LA INSTALACIÓN DE AUDIENCIA ÚNICA Y PÚBLICA DE PROCESO INMEDIATO. 2. REPROGRAMESE LA INSTALACIÓN DE LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DÍA 05 DE IULIO DEL AÑO EN CURSO A HORAS 12:30m, EN ESTA MISMA SALA DE AUDIENCIAS, SUBSISTIENDO LOS APERCIBIMIENTOS EN CASO DE INCONCURRENCIA DE LAS PARTES. 3. SE DISPONE QUE LA ESPECIALISTA DE CAUSA SE SIRVA NOTIFICAR AL IMPUTADO MEDIANTE EDICTOS, tres publicaciones consecutiva, para lo cual la especialista tendrá que notificar y adjuntar la constancias con la debida anticipación. Cusco, 19 de JUNIO del 2018. J. S (22, 25, 26 JUN)

EDICTO PENAL EXPEDIENTE Nro. 02563-2017-20-1001-JR-PE-07 El señor Juez del Tercer Juzgado Penal Unipersonal -Flagrancia, O.A.F. y C.E.D.D. -Sede Central- de la Corte Superior de Justicia del Cusco, Dr. Carlos Adalberto Román Gil, en el proceso Nro. 02563-2017-20-1001-JR-PE-07, seguido contra EDWIN JULIÁN HUAMAN LIPA con D.N.I. 72409294, por el delito Contra la Vida el Cuerpo y la Sa-

lud, en la modalidad de Lesiones, SUB TIPO AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR, en agravio de Marleni Condori Huamán, bajo la actuación del Especialista Judicial de Juzgado, Henning Siverts García Rios, se ha dispuesto notificar con el Acta de Reprogramación de Audiencia de fecha veintitrés de abril del año en curso y el extracto del requerimiento fiscal de Acusación en Proceso Inmediato al citado procesado, cuyo contenido es el siguiente: REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN EN PROCESO INMEDIATO.- La Fiscal Provincial del Segundo Despacho de Investigación de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cusco, formula PROCESO INMEDIATO contra EDWIN JULIÁN HUAMAN LIPA, como autor del delito Contra la Vida el Cuerpo y la Salud, en la modalidad de Lesiones, SUB TIPO AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR, , tipificado en el artículo 122-B° del Código Penal, en agravio de Marleni Condori Huamán, Por lo que la representante de Ministerio Publico, ha presentado su requerimiento de Acusación en Proceso Inmediato. Resolución N°. 03 Cusco, veinte de junio Del año dos mil dieciocho.1. REPROGRAMAR la continuación de la Audiencia de Juicio Oral de Proceso Inmediato, para la fecha DOS DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS DOCE HORAS CON QUINCE MINUTOS (Hora exacta 12:15 PM), en la TERCERA SALA de Audiencias del Módulo Penal Central de Cusco, ubicado en el inmueble N° 239 de la Av. el Sol (Palacio de Justicia - 3er. Piso), con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado del imputado, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia del requirente de informar al órgano respectivo, PRECÍSESE que la presente audiencia es de carácter INAPLAZABLE, además de dejar subsistente los demás extremos que contienen los apercibimientos y disposiciones en la resolución N° 01. 2. (...). Cusco, 20 de Junio de 2018. J. S (22, 25, 26 JUN)

EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria, bajo la dirección de la señora Jueza Dra. Solina Maybeé Apaza Béjar y la Actuación de la Secretaria Judicial Karina Margarita Cáceres del Río, se ha ordenado la notificación por edictos de los imputados Victoria Frisancho Vargas y Sulma Frisancho Vargas con un extracto de la resolución N° 02 derivado del cuaderno de Constitución en Actor Civil Nro. 0127-2017-67-101 l-JR-PE-01, seguido en contra Victoria Frisancho Vargas y Sulma Frisancho Vargas y otros, por el delito Usurpación Agravada en agravio de Alberto Córdova Gonzales y otros, siendo como sigue: Resolución N° 02. Paruro, 05 de marzo de 2018. (...) SE DISPONE 1. ADMITIR a trámite la solicitud de constitución de actor civil, presentada por Alberto Córdova Gonzales. 2. CÓRRASE TRASLADO a todos los sujetos procesales con la solicitud de constitución en actor civil, por el término de tres días. 3. VENCIDO el plazo, si no hay oposición por ninguna de las partes, póngase autos en mesa para resolver. 4. Para fines de la notificación se REQUIERE AL MINISTERIO PÚBLICO, a fin que proporcione información acerca de los sujetos procesales apersonados en la investigación, conforme el numeral 1 del artículo 102 del Código Procesal Penal. H.S. J. S (22, 25, 26 JUN)

SUCESION INTESTADA Ante el Primer Juzgado de Paz Letrado de Urubamba que despacha la Dra. SILVIA CECILIA USCA MADINA, se viene tramitando el proceso Nro. 00111-2018-0-1015-JP-

Viernes, 22 de junio del 2018

CI-01, seguido por CESAR ALBERTO SANCHEZ MESCCO sobre: SUCESIÓN INTESTADA, del que en vida fue: SANTIAGO SANCHEZ PUMA, fallecido el 01 de Enero del 2018, a efecto de que se declare como a sus herederos a sus hijos CESAR ALBERTO SANCHEZ MESCCO Y ALBERTINA SÁNCHEZ MESCCO. Lo que se tramita en el proceso no contencioso y se notifica para los fines de ley.

WILFREDO SOLALIGUE OBREGON SECRETARIO JUDICIAL

Santiago, que despacha la Señora Juez Doctora Basiliska Dueñas Zuñiga, bajo la actuación de la Especialista Legal Carmen Rosa Delgado Sánchez, en el Proceso Nro. 1125-2018-0-1018-JP-CI-01, HONORIA PALACIOS DIAZ, viene solicitando la rectificación de su partida de nacimiento, expedida por ante el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil de la ciudad de Cusco, en la que se ha consignado erróneamente el nombre de su progenitor como “Juan Bautista Palacio”, debiendo ser lo correcto “ JUAN PALACIOS QUISPE” y el de su progenitura como “Dora Diaz”, siendo el correcto “DORA DIAZ TORRES”. Lo que se publica para fines de ley.

P. 6801651 F. (22 JUN)

Santiago, 20 de junio del 2018

Urubamba 19 de Junio del 2018.

EDICTO Ante el Primer Juzgado de Paz Letrado del Distrito de

CARMEN ROSA DELGADO SANCHEZ SECRETARIA JUDICIAL P. 6801662 F. (22 JUN)

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

A TODOS LOS INTERESADOS

En el Juzgado Mixto del Distrito de Santiago, que despacha la Señora Juez Doctora BONY EVE GAMARRA FLORES, bajo la actuación de la Especialista Legal Nancy Victorio Vásquez, en el proceso civil Nro. 00270-2018-0-1018-JMCI-01, se ha dispuesto notificar con la siguiente resolución: Resolución Nro. 01. Santiago, once de mayo del dos mil dieciocho.-... SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por SABINO VALDEZ GOMEZ, en representación de su menor hijo ADAN TELEMACO VALDEZ QUINA, sobre CAMBIO DE NOMBRE, Debiendo la demanda tramitarse bajo los mecanismos del PROCESO NO CONTENCIOSO, en consecuencia de conformidad con lo establecido por el artículo 828 del Código Procesal Civil publíquese los avisos por intermedio del Diario Oficial El Peruano y el Diario Judicial de esta ciudad, por el plazo establecido por ley, por tal consideración señálese día y hora para la audiencia de actuación y declaración judicial para el día UNO DE AGOSTO DE AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS DOS Y MEDIA DE LA TARDE, acto que tendrá

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lugar en la sala de audiencias del Primer Juzgado Mixto de Santiago, bajo apercibimiento concluirse el proceso en caso de inconcurrencia de las partes. Con citación del Fiscal en lo Civil y de Familia de Santiago.- A LOS MEDIOS PROBATORIOS:: Téngase por ofrecidos los medios probatorios, los mismos que serán admitidos y actuados en su oportunidad.(...).H.S.Santiago, 19 de junio del 2018. NANCY VICTORIO VASQUEZ ESPECIALISTA LEGAL P.6801686 F. (22 JUN)

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La República

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

Viernes, 22 de junio del 2018

Viernes, 22 de junio del 2018

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

La República

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La República

Viernes, 22 de junio del 2018

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO SEGUNDA SALA PENAL DE APELACIONES DE CUSCO ROL DE AUDIENCIAS PÚBLICAS Y PRIVADAS LUNES 18 DE JUNIO DE 2018

HORA

LUGAR

N° CAUSA

TIEMPO DE DURACION

IMPUTADO (a)

DELITO (s)

AGRAVIADO (a)

ACTO IMPUGNADO

JUEZ SUPERIOR PONENTE

IMPUGNANTE

08:30

SEDE

3961-2016-89

20 minutos

Juan Carlos Enciso Sotomayor

Enriquecimiento ilícito

El Estado

Auto desaprueba terminación anticipada

Álvarez-FarfánAndrade

Juan Carlos Enciso Sotomayor

08:50

SEDE

1596-2017-63

20 minutos

Juan Manuel Mamani Condori

Actos contra el pudor

menor de iniciales L.T.K.S.

Auto infundada nulidad

Álvarez-FarfánAndrade

Juan Manuel Mamani Condori

Edwar Rodolfo Yabar Gutierrez

Auto fundada prorroga suspension de pena

Álvarez-FarfánAndrade

Alejandro Victor Sousa de Barbieri

Alejandro Victor Sousa de Barbieri

Difamación

1 hora

Victor Gabriel Clavijo Cárdenas

Robo agravado

Manuel Isaí Cruz Tello

Sentencia absolutoria

Álvarez-FarfánAndrade

representante de Ministerio público

1 hora

Julio Jacinto Tinco Olivera y Lucía Chambi Álvarez

Usurpación agravada

Raymunda Olivera viuda de Tinco

Sentencia absolutoria

Álvarez-FarfánAndrade

representante de Minisperio público

Álvarez-FarfánAndrade

Raul Subleto Huillca

Álvarez-FarfánAndrade

representante del Ministerio Publico

09:10

SEDE

1752-2013-85

20 minutos

09:30

SEDE

1245-2017-20

10:30

11:30

SEDE

SEDE

1859-2015-20

869-2014-41

30 minutos

Raul Subleto Huillca

Violación sexual agravada

T.Q.T.

Sentencia condenatoria continuación

Oscar Eduardo Cornejo Sayra, Roberto Nieto Fernández, Juan Cancio Tejada Apaza

Contaminación de atmósfera mediante emisiones de ruido

El Estado

Sentencia absolutoria continuación

12:00

SEDE

1025-2012-95

1 hora

HORA

LUGAR

N° CAUSA

TIEMPO DE DURACION

PROCEDENCIA Primer juzgado de investigación preparatoria de Cusco Sexto juzgado de investigación preparatoria de Cusco Quinto juzgado de investigación preparatoria de Cusco Juzg. Penal unipersonal de Quispicanchi Quinto Juzgado penal unipersonal de Cusco Juzg. Penal Colegiado de Cusco Juzg. Penal Ambiental Unipersonal de Cusco

ROL DE AUDIENCIAS PÚBLICAS Y PRIVADAS MARTES 19 DE JUNIO DE 2018

IMPUTADO (a)

DELITO (s)

Fiscal provincial anticorrupcion de Vista de causa H.C. La Convención

AGRAVIADO (a)

ACTO IMPUGNADO

JUEZ SUPERIOR PONENTE

IMPUGNANTE

PROCEDENCIA

Elvin Rodrigo Burgos

Improcedente Habeas Corpus

Álvarez-FarfánAndrade

Elvin Rodrigo Burgos

Sexto juzgado de investigación preparatoria de Cusco

Sentencia absolutoria

Álvarez-FarfánAndrade

representante de Ministerio público

Juzg. Penal Colegiado de Cusco

08:20

SEDE

3249-2018-0

10 minutos

08:30

SEDE/VIDEO

287-2012-89

1 hora con 30 minutos

Anthony Gabriel Unda Alarcón

10:00

SEDE/VIDEO

63-2018-52

1 hora

Americo Pérez Orosco y Urbano Álvarez Meza

Robo Agravado

Felix Vasquez Hancco

sentencia condenatoria

Álvarez-FarfánAndrade

Americo Pérez Orosco y Urbano Álvarez Meza

Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cusco

11:00

SEDE/VIDEO

3921-2017-38

30 minutos

José Angel Huancacuri Moreano

Violación de persona en incapacidad de resistencia

menor de iniciales J.A.G.

Seentencia condenatoria

Álvarez-FarfánAndrade

José Angel Huancacuri Moreano

Juzg. Penal Colegiado de Cusco

15:00

SEDE

1096-2014-18

1 hora

Arturo Jara Tapia, Edwin Soto Cortez y Josefa Mejia Masias

Abandono exposición a peligro

Rita Paulina Quispe Condori

Lectura de sentencia

Álvarez-FarfánAndrade

15:30

SEDE

2366-2016-9

1 hora

Eustaquio Agapito Alcca Arqque

Atentados contra monumentos arqueológicos

El Estado

Lectura de sentencia

Álvarez-FarfánAndrade

Violación de persona en estado Q.E.V.F. Madeleine de inconsciencia o Lazo Huarhua imposibilidad de resistir

Arturo Jara Tapia, Edwin Soto Cuarto Juzgado Cortez, Josefa penal unipersonal Mejia Masias y Rita de Cusco Paulina Quispe Condori Quinto Juzg. Penal Eustaquio Agapito Unipersonal de Alcca Arqque Cusco

ROL DE AUDIENCIAS PÚBLICAS Y PRIVADAS MIÉRCOLES 20 DE JUNIO DE 2018

HORA

LUGAR

N° CAUSA

TIEMPO DE DURACION

IMPUTADO (a)

DELITO (s)

AGRAVIADO (a)

08:10

SEDE

158-2018-49

20 minutos

Constantino Champi López y Julia Quispe Yauri

Usurpación

Julia Huaman Huaman y Jose Francisco Ccarhuarupay

08:30

SEDE

2658-2016-67

20 minutos

Carlota Lucia Baza Gallardo y Jesus Falsedad genérica Manuel Mejia Quiroz

El Estado

08:50

SEDE

89-2018-68

20 minutos

Aurelio Jaime Farfán Quispitupa, Falsedad genérica Zenovio Valencia Pure

09:10

SEDE

2396-2017-12

20 minutos

09:30

SEDE

848-2016-0

PROCEDENCIA

Julia Huaman Huaman y Jose Francisco Ccarhuarupay

Auto fundada constitución en actor civil

Álvarez-FarfánAndrade

Carlota Lucia Baza Gallardo

Primer Juzg. De investigación preparatoria de Quispícanchi Sexto juzgado de investigación preparatoria de Cusco

Comunidad campesina de Ccoscco Ayllu y el Estado

Auto infundada excepción de prescripción

Álvarez-FarfánAndrade

Aurelio Jaime Farfán Quispitupa, Zenovio Valencia Pure

Rafael Bernardo Lopez Aliaga

Auto declara Reo contumaz

Álvarez-FarfánAndrade

Alejandro Victor Sousa de Barbieri

1 hora

Oswaldo Jimmy Borja Castro

Difamación injuriosa

Frinee Barriga Cárdenas

Sentencia condenatoria

Álvarez-FarfánAndrade

Oswaldo Jimmy Borja Castro

Usurpación agravada

Oswaldo Huanca Huisa y Lucy Mayelin Mayhua Mayta

Sentencia absolutoria

Álvarez-FarfánAndrade

Atentados contra monumentos arqueologicos

El Estado

Sentencia condenatoria

Álvarez-FarfánAndrade

Juan Ccolque Florez

Álvarez-FarfánAndrade

Cirilo Flores Nina

Álvarez-FarfánAndrade

Octavia Lourdes Rozas Huacho

SEDE

1186-2013-56

1 hora

11:30

SEDE

964-2016-63

1 hora

Juan Ccolque Florez

14:30

SEDE

2272-2018-50

30 minutos

Cirilo Flores Nina

428-2015-29

IMPUGNANTE

Álvarez-FarfánAndrade

Difamación

10:30

SEDE

JUEZ SUPERIOR PONENTE

Alejandro Victor Sousa de Barbieri

Dionicio Díaz Astorima, Apolinar Ruiz Huamán, Tomás Palomino Arenas, René Huaranca Muñoz y otros

15:00

ACTO IMPUGNADO Auto declara inadmisible embargo preventivo

1 hora

Octavia Lourdes Rozas Huacho

Lesiones leves por menor de iniciales Auto infundada violencia familiar L.H.Q. tutela de derechos Usurpación de funciones sin contar con titulo

Municipalidad Provincial de Cusco

sentencia condenatoria continuación

Juzgado de investigación preparatoria de Calca Primer juzg. Penal unipersonal de Cusco Segundo Juzgado penal unipersonal de Cusco

representante del Quinto Juzgado Ministerio Público, penal unipersonal Lucy Mayelin de Cusco Mayhua Mayta

Primer Juzgado penal unipersonal de Cusco Primer juzgado de investigación preparatoria de Cusco Quinto Juzgado Penal Unipersonal de Cusco

ROL DE AUDIENCIAS PÚBLICAS Y PRIVADAS JUEVES 21 DE JUNIO DE 2018

HORA

LUGAR

N° CAUSA

TIEMPO DE DURACION

IMPUTADO (a)

DELITO (s)

AGRAVIADO (a)

ACTO IMPUGNADO

JUEZ SUPERIOR PONENTE

IMPUGNANTE

Usurpación agravada

Efrain Tomás Alegria Aguilar

Auto infundada cosa juzgada

Álvarez-FarfánAndrade

Ignacio Sikos Florez

Fraude procesal y otros

Luisa Huaraya Huaman y el Estado

Álvarez-FarfánAndrade

Virgilio Huaman Lopez

PROCEDENCIA Sexto Juzg. De investigación preparatoria de Cusco Primer juzgado de investigación preparatoria de Anta Tercer Juzgado de investigación preparatoria de Cusco Segundo juzg. Penal unipersonal de Cusco

08:30

SEDE

2201-2017-2

20 minutos

Ignacio Sikos Florez

08:50

SEDE

70-2017-6

20 minutos

Virgilio Huaman Lopez

09:10

SEDE

374-2017-63

20 minutos

Oliver Chicche Quispe

Trata de personas

persona de iniciales MEMAMA

Álvarez-FarfánAndrade

Oliver Chicche Quispe

Lesiones culposas graves

menor de iniciales L.A.V.T.

Sentencia condenatoria

Álvarez-FarfánAndrade

Celestino Huachaca Pérez

Menores de edad R.E.H. (12) y R.A.E.H. (07) representados por progenitora Aide Herrera Herrera

Sentencia condenatoria continuación

Álvarez-FarfánAndrade

Hermelinda Davalos Cardenas

Estado Peruano

sentencia condenatoria y absolutoria

Álvarez-FarfánAndrade

Policarpo Ccorimanya Zuniga, Cuarto Juzgado representante del Ministerio Público penal unipersonal de Cusco y Procurador Público Anticorrupcion de Cusco

09:30

SEDE

784-2016-15

1 hora

Celestino Huachaca Pérez

10:30

SEDE

1648-2011-97

1 hora

Hermelinda Davalos Cardenas

Homicidio calificado con ferocidad

negociacion incompatible

15:00

SEDE

1072-2015-7

1 hora

Policarpo Ccorimanya Zuniga y otros

HORA

LUGAR

N° CAUSA

TIEMPO DE DURACION

IMPUTADO (a)

1 hora

Benjamin Segundo Pinto, Eder Yamil Palomino Espinoza

Auto improcedente revocatoria de pena Auto improcedente reincorporación de la defensa

Juzgado penal colegiado de Cusco

ROL DE AUDIENCIAS PÚBLICAS Y PRIVADAS VIERNES 22 DE JUNIO DE 2018

08:15

SEDE

3981-2016-11

09:30

SEDE

445-2015-68

1 hora

10:00

SEDE

32-2018-0

1 hora

11:00

SEDE

1973-2013-0

1 hora

DELITO (s)

Peculado doloso

Venta de dispositivos para asistir a la José Ccolqque codificación de Ccoa señales de satélite portadores de programas Intervención y facilitación de Edgar Ulises La funcionario Torre Vizcarra y público y Alicia Terán Quispe atentado contra monumentos arqueológicos

Carlos Alberto Marroquin Echegaray, Juan Carlos Luque Cutipa y otros

colusión agravada

Pedro Álvarez Dueñas Presidente Segunda Sala Penal de Apelaciones

AGRAVIADO (a)

ACTO IMPUGNADO

El Estado

Sentencia condenatoria continuacion

Álvarez-FarfánAndrade

Telefónica Multimedia S.A.C (movistar) y América Movil Peru S.A.C (claro)

lectura de sentencia

Álvarez-FarfánAndrade

José Ccolqque Ccoa

Segundo juzgado de investigación preparatoria de Cusco

El Estado

lectura de sentencia

Álvarez-FarfánAndrade

Edgar Ulises La Torre Vizcarra y Alicia Terán Quispe

Juzgado penal unipersonal de Urubamba

El Estado

Sentencia condenatoria continuación

Álvarez-FarfánAndrade

José Emilio Marroquín Sarmiento, Yhon Carlos Challco Tupacyupanqui, Juan Carlos Luque Cutipa y José Luis Rodríguez Anaya

Quinto JuzgadoPenal Unipersonal de Cusco

JUEZ SUPERIOR PONENTE

IMPUGNANTE

PROCEDENCIA

Benjamin Cuarto Juzg. Penal Segundo Pinto, Unipersonal de Eder Yamil Cusco Palomino Espinoza

Miguel Ángel Pérez Soria Especialista Judicial Segunda Sala Penal de Apelaciones

Viernes, 22 de junio del 2018

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

19

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CUSCO NUEVA LEY PROCESAL DE TRABAJO

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