informe mesa sectorial extraordinaria 17 octubre 2016 - Ustea

17 oct. 2016 - Este curso el proceso es completamente telemático. Hay obligación de ... Nivel 2 de AIM AWARDS en ESOL international (C1) (Anglia. Examinations ... del alumnado de las universidades de las Facultades de Ciencias de la.
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INFORME MESA SECTORIAL EXTRAORDINARIA 17 OCTUBRE 2016 Borrador orden CGT de los Cuerpos Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, de Profesores Técnicos de Formación Profesional, de Catedráticos y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, de Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas, de Catedráticos, Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y Maestros, para la provisión de puestos de trabajo en centros docentes. Plazos: 

Fecha prevista de publicación de la orden de CGT: octubre.



Participación en el CGT: del 8 al 28 de noviembre.



Vacantes provisionales 15 febrero.



Vacantes definitivas 6 abril.

Novedades más significativas del CGT: 

Este curso el proceso es completamente telemático. Hay obligación de presentarlo todo de forma telemática, por lo que es recomendable tener preparada

la

documentación

de

los

méritos

en

formato

digital.

Las

reclamaciones y las renuncias se harán también de forma telemática. La solicitud se podrá firmar, como siempre, a través del DIPA, del certificado digital y por SMS. 

Apartado 4.1.5. Otros puestos específicos. Se añade la especialidad 120 de procesos y producción textil, confección y piel.



Apartado 4.1.6. Titulaciones puestos específicos bilingües. Se añaden las siguientes titulaciones. Aptis general B2 (British Concil) Aptis for teachers B2 (British Concil) Aptis C (British Concil) Pearson Edexcel Level 1 certificate on ESOL internacional (PTE General Level 3) (Pearson Educación S.A.)  Pearson Edexcel Level 1 certificate on ESOL internacional (PTE General Level 4) (Pearson Educación S.A.)  Nivel 1 de AIM AWARDS en ESOL international (B2) (Anglia Examinations Sindicate Limited)    

 Nivel 2 de AIM AWARDS en ESOL international (C1) (Anglia Examinations Sindicate Limited)

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6.3. Se ha eliminado el siguiente párrafo con respecto al personal funcionario provisional y el personal funcionario en prácticas: “Para el Cuerpo de Maestros, el personal funcionario de los supuestos g) y h) solo podrá participar por la especialidad de ingreso”. Aunque en el borrador en la base sexta 6.1. h) sobre el personal en prácticas dice “Dicho personal está obligado a participar y a obtener su primer destino definitivo en centros dependientes de la Comunidad Autónoma de Andalucía por la especialidad por la que haya superado el procedimiento selectivo”. Respuesta de la Administración: El personal funcionario en prácticas está obligado a participar por la especialidad de ingreso y voluntariamente, por aquellas por las que esté habilitado, pudiendo obtener destino en cualquier especialidad que haya solicitado y esté habilitado. Lo especificarán mejor en la redacción definitiva.

Novedades en el Baremo:  Apartado 1.1.3. Se ha añadido “Por cada año como personal funcionario de carrera en plaza, puesto o en centros que tengan la calificación de especial dificultad: centros CAEP, centros de compensación educativa; colegios públicos rurales; escuelas rurales con imposibilidad geográfica de agrupamiento y los centros con proyecto de carácter especial con plantilla inestable”.  Apartado 3.1.1. Doctorado. Se ha añadido que se pueda presentar la certificación de haber superado los estudios.  Apartado 3.1.4. Por normativa estatal, han eliminado la referencia a “danza y Arte Dramático” en este apartado y por tanto, no puntuará.  Disposición complementaria tercera. Méritos académicos. En los subapartados del 3.1. Solo se valorará un mérito en cada uno de ellos.  Apartado a) han eliminado el siguiente párrafo: “En los cuerpos docentes que no se requiere el máster de la formación pedagógica y didáctica para el ingreso en el cuerpo, podrá valorarse éste (593, 594, 595, 596 y 597)”  Aparado e) han añadido “No se valorará por el subapartado 3.1.2. ningún título de Máster exigido para ingreso a la función pública docente ni los títulos propios de las universidades”  Disposición complementaria quinta. Formación y Perfeccionamiento.  Apartado a) han cambiado el siguiente párrafo: “No se valoran el CAP y el TED en los cuerpos docentes en los que sea requisito para el ingreso (590, 591 y 592)” por el siguiente párrafo: “No se valoran el CAP, TED o el máster en Educación Secundaria en ningún cuerpo docente”.

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c

Disposición complementaria sexta. Otros méritos.  Apartado a) Publicaciones. Se añade “Se entiende por publicaciones los libros, revistas, mapas, planos, partituras musicales y carteles grabados”.  Apartado c) segundo punto. Se añade “Cuando se trate de premios al centro se deberá acompañar certificado del mismo respecto a la participación del funcionario que lo alega”.  Apartado e) en el punto de conciertos y representaciones. Se valorará con 0,2000 puntos por cada modalidad. Se añade: “Participación en la dirección en conciertos con varias orquestas / bandas / coros / otras agrupaciones instrumentales o corales”.  Apartado e) en el punto de méritos literarios. Se añade “Por ilustraciones de obras y carteles grabados hasta 0,2000”.  Puntuará la tutoría del alumnado universitario. Apartado g), 6.6.b) Miembros de las comisiones de evaluación de los centros de la fase de prácticas: 0,3000 puntos. Se ha eliminado el siguiente párrafo en referencia a los grados. “No se valorará por este subapartado la tutoría del alumnado de las universidades de las Facultades de Ciencias de la Educación y Psicología en centros docentes no universitarios, excepto la de Máster y Grado”.

Reivindicaciones de USTEA: 

Desde USTEA volvemos a expresar nuestro malestar por no disponer con un mínimo de antelación del Anexo II del baremo de méritos. Esta práctica de la Administración se repite una y otra vez. Nos entregaron en mano, en la mesa, el Anexo junto a algunas modificaciones en las bases que hacen referencia a la teletramitación del proceso.



Desde USTEA volvemos a reclamar a la Administración que tenga en cuenta el tiempo de servicio anterior al tiempo de servicio como funcionario de carrera, es decir, el tiempo de servicio como interino. ¿Hasta cuándo va a seguir Andalucía sin tener en cuenta este tiempo de servicio? ¿Y el Ministerio? Cuando hay por ejemplo, otras CCAA que ya lo están teniendo en cuenta cuando el concurso es autonómico, como en Galicia por ejemplo.



Concursillo. Solicitamos que se haga referencia en la orden, a modo de recordatorio, de la obligación de participar en el CGT para después participar en el concursillo.

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Desde USTEA insistimos en que la conciliación de la vida personal, familiar y laboral pasa por unos CGT en condiciones.



Volvemos a pedir, para todas las personas que participan de forma obligatoria, que esta Administración estudie la posibilidad de comarcalizar o al menos, de reducir, el número de provincias obligatorias en la participación obligatoria, para la obtención de un destino forzoso, con intención de facilitar la conciliación familiar.



Vacantes iniciales. Solicitamos que se publiquen las vacantes iniciales antes de que termine el plazo de solicitudes, teniendo en cuenta que es un sistema vivo y se pueden modificar, ya que las vacantes que entrar a formar parte del CGT son hasta el 31 de diciembre. O al menos, que se publique el número de vacantes disponibles, hasta el momento, por especialidad en cada provincia. Respuesta de la Administración: Entre otros argumentos justifican que no se pueden publicar antes por la base quinta de la orden del ministerio de bases comunes para el CGT, en el que está establecida la publicación de las vacantes provisionales antes del 15 de febrero y la publicación de las definitivas antes del día 6 de abril.



Publicación del baremo. Desde USTEA pedimos que el baremo se publique antes de la adjudicación provisional.



Comisiones de baremación. Solicitamos que las comisiones de baremación se constituyan a través de un sorteo público y que los criterios sean objetivos y públicos. Insistimos en la necesidad de se apliquen los mismos criterios en todas las comisiones de baremación, ya que esa discrecionalidad que recoge el borrador de la orden, hace que haya una diferencia importante entre los criterios que aplican una comisiones de baremación y otras, creando una situación de agravio comparativo, cuando los criterios deberían ser objetivos y aplicarse igual, teniendo en cuenta el principio de igualdad y de transparencia.



Con respecto a las peticiones a centros y localidades. Como todos los años, desde USTEA queremos recordar al profesorado andaluz, que hay determinados puestos que no se dan de oficio y no están incluidos en las peticiones

de

localidades,

es

decir,

que

hay

que

solicitarlos

expresamente. Son los centros de los anexos: III-b), III-d), XIV-c), XIV-d), XIV-e), XIV-f) y XIV-g).

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Borrador orden del CGT de los Cuerpos de Inspectores de Educación y de Inspectores al Servicio de la Administración Educativa, para la provisión de puestos de trabajo vacantes.

Desde USTEA volvemos a expresar nuestro malestar por no disponer con antelación del Anexo III (baremo y méritos). Desde la Administración nos confirman que el Anexo es el mismo que el de la anterior convocatoria. En cuanto a la orden, sólo se ha añadido un apartado por instrucciones del Ministerio. Apartado 3.3: “El personal de otra administración educativa, para poder participar en este Concurso, deberá haber obtenido su primer destino definitivo en la administración por la que fue seleccionado, salvo que dicha administración no estableciera este requisito”.

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