MESA Sectorial 18 Julio 2016 INSTRUCCIONES SOBRE HORARIOS EN SECUNDARIA 1. USTEA considera que estas Instrucciones, claramente insuficientes, suponen una burla al profesorado y a las organizaciones sindicales que lo representamos, amén de un ejercicio de trilerismo normativo. De ninguna forma vamos a consentir este menosprecio, por lo que nos reservamos el derecho a iniciar, o proseguir, las acciones judiciales pertinentes, para obligar a la Consejería a resolver el problema de las 25 horas del horario regular. 2. ¿Y qué dice la Consejería de Educación? El señor Director General Ordenación Educativa vuelve a hacer gala de su capacidad para vivir en una realidad paralela, absolutamente ajena a la que viven los centros educativos andaluces. Una realidad virtual en la cual la Consejería “hace las cosas bien”, aunque con ciertas “disfunciones razonablemente resueltas en el primer trimestre del curso” Según nos plantea el señor Director General de Ordenación Educativa, estas Instrucciones son una respuesta transitoria para “salvar el curso que viene”, es decir, lejos de plantear una solución definitiva a la problemática de los horarios en secundaria, el objetivo declarado es resolver provisionalmente este curso... y ya más adelante se irá negociando en base al acuerdo de 2 de junio. Eso sí, a pesar de la oposición unánime de las OOSS, la Consejería decide mantener estas Instrucciones, una decisión que el señor Director General de Ordenación Educativa seguramente interpretará -en su realidad virtual- como una indudable demostración de voluntad negociadora y búsqueda de consenso. 3. Haciendo gala del más absoluto cinismo, la Consejería presenta estas
Instrucciones como la “solución” a un problema que emana del Gobierno Central. USTEA recuerda a la Consejería que hay otra manera de gestionar los recortes impuestos por el Gobierno Central, por ejemplo, considerando lectivas las guardias. No hay una relación causa-efecto directa entre el RD 14/2012 y la situación actual del profesorado de Secundaria andaluz: la responsabilidad directa es de la Consejería de Educación, con su neoliberal gestión de los recortes. USTEA recuerda, y lo hará tantas veces como sea necesario, que las 25 horas de horario regular, como máximo, tuvo que admitirlas la Consejería de Educación por una demanda de USTEA y en respuesta al requerimiento del TSJA, modificando su propia normativa de 2011, anterior por tanto al RD 14/2012.
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4. La orden de 20 de agosto de 2010 se cita como coartada, cuando lo cierto es que las Instrucciones la contravienen completamente. Así, pretenden considerar la tutoría electrónica como horario no regular, cuando la Orden, en su Artículo 13.4.b, la incluye expresamente dentro de las 25 horas de horario regular. Las Instrucciones también contravienen a la Orden en lo referente a las guardias, puesto que pretenden disminuir el número de profesores/as en cada hora de guardia, pasando a nueve grupos de alumnado por cada docente, y a siete en los recreos, obviando las más que posibles repercusiones negativas de esta medida sobre la atención al alumnado, cuando la Orden, Artículo 18.3, garantiza “al menos, la relación de un profesor o profesora de guardia por cada ocho grupos de alumnos y alumnas o fracción en presencia simultánea o de seis en el caso de las guardias de recreo.” 5. Mediante estas Instrucciones, la CEJA persiste en su burdo intento de borrar los límites entre el horario regular y el no regular, intentando asentar el concepto único de “horario de obligada permanencia” de 30 horas, cuando la Orden, en su Artículo 9.1, se limita a subrayar que el horario regular es de obligada permanencia en el centro. Así, como ya hizo el curso pasado, trata de trasvasar tareas propias del tramo de horario regular al no regular. Desde USTEA no hemos dejado de denunciar públicamente esta tramposa chapuza jurídica, seguiremos exigiendo a la Junta de Andalucía que contrate a todo el profesorado necesario para garantizar la legalidad de los horarios, y el pasado 31 de mayo, como extensión de la lucha por las condiciones laborales y profesionales del profesorado andaluz, presentamos la correspondiente demanda vía contencioso-administrativa.
6. En una vuelta de tuerca más, las Instrucciones citan el lamentable acuerdo de 2 de junio pasado, alcanzado entre CCOO, UGT y CSIF y la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas: ¿se quiere hacer creer al profesorado que estas Instrucciones son un desarrollo del acuerdo? La realidad es que la Consejería de Educación ni estuvo en el acuerdo ni, por lo que llevamos visto, se le espera. En dicho acuerdo se señala la necesidad de hacer “una redistribución de las actividades que integran el horario regular del personal docente, a fin de que puedan ampliarse las funciones que tengan la consideración de horario lectivo de una hora en el curso escolar 2017-2018 y otra hora en el curso escolar 2018-2019”. Es decir, estas Instrucciones aprovechan una frase del acuerdo, que debe y puede ser interpretada únicamente en positivo, y a partir del curso 2017/18, para justificar la redistribución tramposa de horas de guardia y tutoría que se pretende para el curso
2016/17. De nuevo se nos quiere hacer comulgar con ruedas de molino, despreciando nuestra labor sindical e insultando nuestra inteligencia.
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7. El segundo punto de las Instrucciones es el colmo del despropósito: no se puede nombrar como excepcional el deber de atender a todo el alumnado. Deber y responsabilidad que el profesorado viene asumiendo a costa de sus derechos laborales y profesionales, e incluso de su propia salud física. Sin duda, se trata de un torpe intento de evitar la manida referencia a la autonomía de los centros, concepto quemado por la Consejería de Educación a base de usarlo como recurso perverso para evitar asumir sus obligaciones o para justificar actuaciones arbitrarias e injustificables. 8. En lo que es rizar el rizo del trilerismo normativo, estas Instrucciones aparecen emanadas de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional. Al respecto, USTEA plantea: -Las Instrucciones no alcanzan mayor rango normativo, dependiendo de quién las firme, el rango normativo es el que es, y unas Instrucciones no pueden ir en contra de una Orden. -La firma de estas Instrucciones por parte de una persona de mayor rango que el Director General de Ordenación Educativa en el staff de la Consejería, pone de manifiesto el fracaso estrepitoso del titular de dicha Dirección General: Instrucciones del 5 de septiembre de 2015, dejando en manos de los centros y sus directivas la resolución del problema de las 25 horas. Todo un ejemplo de improvisación e irresponsabilidad. Negación sistemática de que el horario regular signifique un problema. Contestación tardía y tramposa a nuestra petición de datos sobre la situación real del profesorado respecto al horario regular. Inacción continuada durante todo el curso. -Desde USTEA creemos que todo ello evidencia la incapacidad del señor Director General para resolver este asunto. De hecho, interpretamos la autoría de estas Instrucciones como una descalificación pública del señor Director General, dado que las competencias de esta Dirección General, en cuanto a la gestión del asunto que nos ocupa, son asumidas por el titular de la Secretaría General de Educación. Por ello pedimos la dimisión inmediata del señor Director General de Ordenación Educativa o, de no dar él el paso, su inmediata destitución. -En cuanto al señor Secretario General, lo instamos a que no publique dichas Instrucciones, porque, de hacerlo, incurriría en una evidente prevaricación administrativa, con las consecuencias que, sin duda, él debe conocer. Si la Consejería sigue adelante con estas Instrucciones, USTEA denunciará ante los tribunales esta evidente conculcación de la normativa vigente y pedirá la paralización cautelar de las mismas.
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9. En consecuencia, USTEA exige a la Consejería que, sin más dilación: • Convoque la mesa sectorial, solicitada el 7 de junio, por ANPE y USTEA, con los puntos del orden del día indicados. • Organice los ítems del programa Séneca, previamente a la celebración de la citada mesa, de modo que no sea posible seguir trampeando con las horas del horario regular y no regular del profesorado • Retire estas Instrucciones y realice una propuesta legal que solucione realmente el problema de las 25 horas regulares del horario de Secundaria.
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