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CRÓNICA
Chiclayo, viernes 22 de mayo del 2015
JUDICIAL
PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE MG. ANA ELIZABETH SALES CASTILLO - PRESIDENTA PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV
Chiclayo, viernes 22 de mayo del 2015
1. REMATE JUDICIAL
REMATES BIENES INMUEBLE
Telf: 481030 - 239182
REMATE PÚBLICO JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA Expediente N° 70-2011- Por disposición del Juez del Primer Juzgado Civil de Jaén- Corte Superior de Justicia de Lambayeque: Sr. Dr. LUCIEN MONTOYA URBINA y Secretario Judicial: ROBERTO JUAN HUAMAN SANTISTEBAN, en los Autos seguidos sobre PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES Y/O INDEMNIZACION U OTROS BENEFICIOS ECONOMICOS por WINGBERTO ROMERO DIAZ con SEGUNDO ERNESTO VILLANUEVA MONTENEGRO, se ha dispuesto que el Martillero Publico: JORGE RAUL MANTILLA SANEZ, con Registro Nacional Numero Doscientos Treinta y tres, proceda a llevar a cabo el REMATE PUBLICO JUDICIAL en PRIMERA CONVOCATORIA: Del Predio Rural “EL SAUCE”, Unidad Catastral N° 32166, del Sector Proy. Adjudicación Chamaya, cruce Chamaya, con un Área de 5.7000 Hectáreas, del Distrito y Provincia de Jaén, Departamento de Cajamarca, inscrito, en la Partida N° 02092610, que viene de la Ficha N° 2554- Inscripción de Sección Especial de Predios Rurales- Zona Registral N° II- Sede Chiclayo- Oficina Registral Jaén- SUNARP. Con una VALORIZACION (Tasación) de: S/. 76,950.00 (Setenta y seis mil, novecientos cincuenta y 00/100 Nuevos Soles) y por la BASE DE REMATE, deducida conforme a Ley de: S/. 51,300.00 (Cincuenta y un mil, trescientos y 00/100 Nuevos Soles). GRAVAMEMES: 1) EMBARGO.Hasta por S/. 80,000.00 a favor de Wingberto Romero Diaz, en los seguidos en el presente proceso (Asiento D 0002 de la Partida N° 02092610).DIA y HORA DEL REMATE: El 4 de Junio del 2015, a las 12.00 del mediodía.LUGAR DEL REMATE: En la Sala de Remates, sito en Avenida Mariscal Castilla N° 490, Segundo Piso (Oficina de Administración) del Distrito y Provincia de Jaén, Departamento de Cajamarca.POSTORES: Oblaran (Garantía) el 10 % de Tasación del Inmueble, en efectivo o en cheque de gerencia Negociable, girado a nombre del postor y presentaran Arancel Judicial respectivo (Indicando N° de Expediente, Juzgado y DNI/ RUC, el mismo que previo al inicio del Remate deberá ser VALIDADO (SELLADO) por el encargado designado quien se comunicara con el Área de Recaudación Judicial, según lo dispuesto por Oficio Circular N° 050-2012-GAD-CSJLA-PJ y Oficio Múltiple N° 006-2012-GAD-CSJLA- J, ambos de fecha 12 de Noviembre del 2012).ADJUDICATARIO: Cancelara los honorarios del Martillero, según arancel más I.G.V. (Art. 732 del C.P.C.).Inf. 992724273.- JORGE RAUL MANTILLA SANEZ- MARTILLERO PUBLICO - Registro Nacional N° 233. JORGE RAUL MANTILLA SANEZ MARTILLERO PÚBLICO REG. N° 233 ROBERTO HUAMAN SANTISTEBAN
SECRETARIO JUDICIAL PRIMER JUZGADO CIVIL MIXTO – JAEN PODER JUDICIAL – CSJLA B/ 013-3652 S/. 38.66 21, 22, 25, 26, 27, 28 Mayo PRIMER REMATE JUDICIAL Expediente 00805-2013-0-1706-JRCO-08, en los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE TRUJILLO S.A. contra SANDOVAL DE LA CRUZ JUAN y SULLON SANTAMARIA JUANA ROSA, sobre EJECUCION DE GARANTIAS REALES. El 08° Juzgado Civil Sub Especialidad Comercial de Chiclayo, de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque que Despacha el Sr. Juez Dr. Sandro Omar Aguilar Gaitán, Especialista Legal Dra. Betty Varias Céspedes; ha dispuesto sacar a remate en PRIMERA CONVOCATORIA el siguiente bien inmueble: UBICACION: Constituido por el Inmueble, ubicado en la Mz. H, Lote 3, del Centra Poblado Santa Isabel, Distrito de Morrope, Provincia y Departamento de Lambayeque, cuya área, linderos, medidas perimétricas y dominio se encuentran inscritos en la Partida N° P10092496, del Registro de Propiedad de Inmueble de la Zona Registral N° II - Sede Chiclayo. TASACION: En la suma de US$ 11,548.00 (ONCE MIL QUINIENTOS CUARENTA Y OCHO Y 00/100 DOLARES AMERICANOS). PRECIO BASE: Siendo su precio base las dos terceras partes del valor de la tasación, la misma que asciende a la suma de US$ 7,698.67 (SIETE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y OCHO Y 67/100 DOLARES AMERICANOS). DIA Y HORA DE REMATE: 17 de Junio del 2015 a horas 10:00 de la mañana. LUGAR DEL REMATE: En el Local de la Sala de Remates ubicado en CALLE SAN JOSE N° 1052 - Segundo Piso, Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque. CARGAS Y GRAVAMENES: HIPOTECA: (Inscrita en el Asiento 00003 y Rectificada en el Asiento 00004 de la Partida N° P10092496). Hasta por la suma de US$ 4,702.46 Dólares Americanos a favor de la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE TRUJILLO S.A. Así y más consta en la Escritura Publica N° 2603 de fecha 24/06/2010 otorgada ante Notario Público Domingo Davila Fernandez en la ciudad de Chiclayo. EMBARGO: (Inscrita en el Asiento 00005 de la Partida N° P10092496). En forma de inscripción a favor del Banco de la Microempresa S.A. hasta por la suma de S/. 20,000.00 Nuevos Soles, la misma que se encuentra inscrita en la Partida Registral antes citada. POSTORES: Presentaran en efectivo o en cheque de gerencia negociable girado a su nombre el 10% del valor de la tasación, adjuntar la tasa judicial correspondiente a la orden del 08° Juzgado Civil Sub Especialidad Comercial de Chiclayo, de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, debiendo consignarse en la misma el número de expediente, el acto procesal a realizar y copia de D.N.I. y firmas. El presente remate estará a cargo del Martillero Público MIGUEL ANGEL LLAQUE MOYA, con Reg. N° 312. Los HONORARIOS DEL MARTILLERO será de cargo del adjudicatario
conforme a la Ley 28371 y el Decreto Supremo N° 0082005-JUS mas IGV. CEL #999451224, RPC 963767993. Chiclayo, 16 de Abril del 2015 MIGUEL ANGEL LLAQUE MOYA MARTILLERO PÚBLICO REGISTRO N° 312 DRA. BETTY DEL SOCORRO VARIAS CESPEDES ESPECIALISTA LEGAL OCTAVO JUZGADO CIVIL – COMERCIAL – CHICLAYO PODER JUDICIAL – CSJLA F/ 010-17178 S/. 40.36 21, 22, 25, 26, 27, 28 Mayo PRIMER REMATE JUDICIAL (EXP. N° 667-2012) En Ios seguidos por BANCO FINANCIERO DEL PERU, contra FLORES CHAFLOQUE JACINTO ROQUE Y GAMARRA DE FLORES FRANCISCA sobre EJECUCION DE GARANTIAS REALES; por orden del señor Juez del Octavo Juzgado Civil Sub Especialidad Comercial de Chiclayo-Lambayeque, que despacha el Dr. Sandro Omar Aguilar Gaitán, Especialista Legal Dra. Betty del Socorro Varias Céspedes, ha dispuesto sacar a Remate Publico en PRIMERA CONVOCATORIA el bien inmueble ubicado en la Calle Lora y Cordero N° 843, del Distrito y Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque; (antes Mz. 96, Lt. 13, Pueblo Tradicional Cercado de Chiclayo) cuya área, linderos, medidas perimétricas y dominio, se encuentran inscritos en la Partida Registral N° P10126520 del Registro de Predios de la Zona Registral Numero II - Sede Chiclayo, remate que será efectuado por el Martillero Público Lenin Eduardo Chavez Ydrugo, con Reg. N° 165 designado en autos. VALOR DE TASACION: US$ 184,804.40 (Ciento ochenta y cuatro Mil ochocientos cuatro con 40/100 Dólares Americanos). BASE DE REMATE: US$ 123,202.93 (Ciento veintitrés Mil doscientos dos con 93/100 Dólares Americanos), que son las dos terceras partes de la tasación. GRAVÁMENES: l.- Hipoteca La sociedad conyugal propietaria del inmueble inscrito en la presente partida, constituye hipoteca a favor del Banco Financiero del Perú hasta por la suma de US$ 95,000.00 dólares americanos, así consta de la Escritura Publica N° 702 de fecha 02/03/2010, otorgada ante Notario Público Antonio Cárdenas Caballero Burgos en la Ciudad de Chiclayo, asiento 00014. 2.- Ampliación de hipoteca, la hipoteca inscrita en el asiento 00014 de la presente partida hasta por la suma de US$ 95,000.00 dólares americanos a favor del Banco Financiero del Perú se amplía por conveniencia de las partes, hasta por la suma de US$ 115,449.00 dólares americanos, siendo este el monto actual del gravamen, así consta de la Escritura Publica N° 3203 de fecha 06/09/2011 otorgada por Notario Público Carlos Caballero Burgos de Chiclayo, asiento 00015. 3.- Inscripción de Medida Cautelar, por Resolución Judicial N° 02 de fecha 01/04/2013, expedida por el Juez del octavo Juzgado Civil de Chiclayo Dr. Omar Sandro Aguilar Gaitán, suscrita también por el Especialista Legal Betty del Socorro Varias Céspedes, en los seguidos por Caja Rural de Ahorro y Crédito
PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV Señor de Luren contra Jacinto Roque Flores Chafloque y Otra sobre medida cautelar fuera de proceso interpuesta por Caja Rural de Ahorro y Crédito Señor de Luren contra Jacinto Roque Flores Chafloque y Gamarra de Flores Francisca, en consecuencia trábese embargo en forma de inscripción la misma que recae sobre el inmueble ubicado en el pueblo tradicional cercado de Chiclayo Mz. 96, Lt 13, Distrito y Provincia de Chiclayo y Departamento de Lambayeque inscrito en la Partida Registral N° P10126520 del Registro de Predios de la Zona Registral Numero II - Sede Chiclayo,00016. 4.- Embargo en forma de inscripción, mediante Resolución N° 1 de fecha 07/06/2013, expedida por el Juez del octavo Juzgado Civil de Chiclayo Dr. Omar Sandro Aguilar Gaitán, suscrita también por el Especialista Legal Betty del Socorro Varias Céspedes, en Ios seguidos por Banco de Crédito del Perú contra Jacinto Roque Flores Chafloque y Gamarra de Flores Francisca sobre medida cautelar fuera de proceso - ODSD, Exp. N° 03152013-56-1706-JR-CO-08, se resuelve admitir a trámite la solicitud de medida cautelar fuera de proceso interpuesta por Banco de Crédito del Perú, en consecuencia trábese embargo en forma de inscripción sobre el inmueble de propiedad de Jacinto Roque Flores Chafloque y Gamarra de Flores Francisca, ubicado en el pueblo tradicional cercado de Chiclayo Mz. 96, Lt. 13, Distrito y Provincia de Chiclayo y Departamento de Lambayeque inscrito en la Partida Registral N° P10126520 del Registro de Predios de la Zona Registral Número II - Sede Chiclayo, hasta por la suma de S/. 110,000.00 nuevos soles, asiento 00017. DIA Y HORA DEL REMATE: 16 de junio del2015 a las 10:00 horas del día. LUGAR DE REMATE: En La Sala de Remates sito en la calle San José N° 1052 - 2s Piso Distrito y Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque. LOS POSTORES: Solo se admitirá como postor a quien antes del remate haya depositado en efectivo o en Cheque de Gerencia, girado a su nombre, una cantidad no menor al 10% del valor de la tasación, esto es (US$ 18,480.44 Dólares Americanos) suma que será devuelta a los postores no beneficiados asimismo presentarán la tasa judicial correspondiente, en original y copia del arancel, suscribiendo el número del expediente y generales de ley, adjuntando además, copia de su DNI, en caso de personas jurídicas presentaran copia del RUC y poderes correspondientes. Los honorarios del Martillero Publico serán a cargo del adjudicatario según (D.S.-008-2005-JUS), Teléfono #947413142. Chiclayo, mayo 2015 LENIN EDUARDO CHAVEZ YDRUGO MARTILLERO PÚBLICO REG. N° 165 DRA. BETTY DEL SOCORRO VARIAS CESPEDES ESPECIALISTA LEGAL OCTAVO JUZGADO CIVIL – COMERCIAL – CHICLAYO PODER JUDICIAL – CSJLA F/ 010-17166 S/. 68.48 21, 22, 25, 26, 27, 28 Mayo SEGUNDA CONVOCATORIA DE REMATE PÚBLICO En los seguidos por el CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE TRUJILLO S.A. con BALLENA AQUINO DE GALAN VIOLETA Y GALAN LLONTOP PERCY ROBERT, sobre EJECUCION DE GARANTIAS, Expediente N° 214-2013, el 8° Juzgado Civil Sub Especialidad Comercial de Chiclayo a cargo del Señor Juez Dr. Sandra Omar Aguilar Gaitán, Especialista Legal Betty Varias Céspedes, ha dispuesto sacar a REMATE PUBLICO EN SEGUNDA CONVOCATORIA el inmueble ubicado en; Manzana 40
CRÓNICA
Lote 23, del Pueblo tradicional Santa Rosa, Distrito de Santa Rosa, Provincia de Chiclayo y Departamento de Lambayeque, inscrita en la Ficha Electrónica N° P10048012 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral II - Sede Chiclayo. TASACION COMERCIAL: US$. 46,380.00 (Cuarenta y seis mil trescientos ochenta con 00/100 centavos de dólar). BASE DEL REMATE: (US$. 26,282.00) (Veintiséis mil doscientos ochenta y dos y 00/100 centavos de dólar), monto que equivale a las dos terceras partes del precio de tasación menos una vez el quince por ciento por tratarse de segunda convocatoria de remate AFECTACIONES: 1.-A00003 CONSTITUCION DE HIPOTECA; Los conyugues propietarios del inmueble inscrito en la presente partida en calidad de deudores hipotecarios, han constituido hipoteca a favor de la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE TRUJILLO S.A., hasta por la suma de US$. 31,666.00 Dólares Americanos, a fin de garantizar un préstamos dinerario de S/.70,000.00 nuevos soles, para ser devueltas en 48 cuotas las mismas que deberán computarse a partir del desembolso del crédito. El monto de la cuota y forma de pago podrán ser modificadas mediante cronograma de pagos o calendario de pagos contenido en la hoja de resumen del crédito. El préstamo antes mencionado devengara una tasa de interés compensatorio efectiva del 28.32% anual e interés moratorio del 181.27% tasa efectiva anual las mismas que se aplicaran en su equivalente de factor diario de 0.29% sobre el saldo capital de cuotas vencidas. A fin de respaldar las deudas y obligaciones presentes y futuras, que se detallan a continuación: Las deudas y obligaciones asumidas por los mutuatarios que conste en contratos o títulos valores; las provenientes de contratos de crédito; líneas de crédito, mutuo, u otras modalidades de crédito directo o indirecto y financiamientos; las resultantes de la emisión o concesión de cartas fianza, avales y todo otro crédito indirecto o contingente que la mutuante le tenga concedido o conceda en el futuro a los mutuatarios; otras deudas y obligaciones distintas que en la fecha pudieran tener los mutuatarios frente a la mutuante, en cualquiera de sus oficinas del País o el exterior, sea en moneda nacional o extranjera, provenientes de cualquier crédito directo o indirecto, incluyendo aquellas obligaciones asumidas originalmente por los mutuatarios en favor de terceros y que hayan sido transferidas, cedidas o endosadas a la mutuante y/o que cuenten con la fianza y/o aval de los mutuatarios; los mutuatarios declaran y aceptan que la presente garantía hipotecaria garantiza en las mismas condiciones cualquier renovación, reprogramación, reestructuración o refinanciación de las obligaciones garantizadas asumidas por los mutuatarios, no siendo necesaria comunicación o consentimiento previo o posterior de esta última para ello. 2.- A00004 MEDIDA CAUTELAR DE EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION; Por resolución Judicial No.01 de fecha 26/12/2012, expedida por el Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado Civil de Chiclayo, Dra. Carla Yolanda Paredes Ciccia y Secretario Judicial Karla Valladolid Rodríguez, en los seguidos por Banco de Crédito del Perú contra Violeta Ballena Aquino de Galán y otro sobre Medida Cautelar Expediente N° 2012-2945-3-1706-JPCI-1; SE RESUELVE CONCEDER MEDIDA CAUTELAR EN FORMA DE INSCRIPCION a favor del banco de Crédito del Perú, debidamente representada por DANNY MANOLO MENA GUERRA contra VIOLATE BALLENA AQUINO DE GALAN Y PERCY GALAN LLONTOP, sobre las acciones y derechos que le corresponden a Percy Robert Galan Llontop y Violeta ballena Aquino de Galán, respecto al
JUDICIAL bien inmueble ubicado en el Pueblo tradicional Santa Rosa manzana 40 Lote 23, Distrito de Santa Rosa, Provincia de Chiclayo y Departamento de Lambayeque, inscrito en la Partida P10048012 del registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral II - Sede Chiclayo, embargo que se deberá efectuar hasta por la suma de TREINTA Y SEIS MIL QUINIENTOS NUEVOS SOLES . Así consta de los partes judiciales debidamente certificados por Secretario Judicial Karla Valladolid Rodríguez, remitidos mediante oficio N° 2945-2012-3-1JPLC-CHKEVR-THF de fecha 26/12/2012. DIA Y HORA DEL REMATE: 22 de Junio del 2015 a horas 3:00 de la tarde. LUGAR DEL REMATE: En la Sala de remates ubicada en la antigua Corte Superior de Justicia de Lambayeque, ubicada en San José No. 1052- Chiclayo. LOS POSTORES: Oblaran el 10% del valor de la tasación en efectivo o cheque de gerencia, presentaran DNI y Arancel Judicial indicando N° de DNI del postor, Juzgado correspondiente y N° de Expediente (con copia del arancel y del DNI). Los honorarios del martillero público son por cuenta del adjudicatario de conformidad con el artículo 732 del Código Procesal Civil y están afectos al IGV - Martillero Publico: Raúl José Fernando Zevallos Diaz - Registro Nacional N° 114. Telf. 998104095 RAUL ZEVALLOS DIAZ MARTILLERO PÚBLICO REG. N° 114 DRA. BETTY DEL SOCORRO VARIAS CESPEDES ESPECIALISTA LEGAL OCTAVO JUZGADO CIVIL – COMERCIAL – CHICLAYO PODER JUDICIAL – CSJLA F/ 010-17179 S/. 40.86 21, 22, 25 Mayo PRIMERA REMATE EN SUBASTA PÚBLICA En los seguidos por LEONOR HERRERA CHUZDEN contra BARBOZA SILVA ELVA ESTEFILA, CLAUDIA FERNANDEZ BARBOZA Y KAROL NICOL FERNANDEZ BARBOZA, sobre Pago de FRUTOS, Expediente N° 0281-2010-0-1703-JP-C1-01, el Primer Juzgado de Paz Letrado de Jaén a cargo del Sr. Juez Dr. Jorge Luis Castañeda Rivadeneira, con intervención de la Secretaria Judicial Dra. Yessika Sujeyli Aguirre Gavidia, ha dispuesto que el suscrito en la condición de Martillero Publico con Matricula Nro. 209, saque a REMATE PUBLICO en PRIMERA CONVOCATORIA, los derechos y acciones que les corresponderían a las demandadas Karol Nicol Fernandez Barboza y Claudia Fernández Barboza (representadas por su madre Elva Estefita Barboza Silva), equivale al doce punto cinco por ciento del total de acciones del inmueble ubicado en: CALLE IQUITOS N° 1692 (ANTES MANUEL MESONES MURO CUADRA 14) ESQUINA NOR-ESTE CONFORMADA CON CALLE EL EJERCITO Nro. 200 (MZ. E, LOTE 39); PUEBLO TRADICIONAL CERCADO DE JAEN, SECTOR PUEBLO NUEVO; DEL DISTRITO DE JAEN, PROVINCIA DE JAÉN, DEPARTAMENTO DE CAJAMARCA. SU AREA ORIGINAL FUE 454.00 M2., SUS LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS ESTAN INSCRITAS EN LA PARTIDA ELECTRÓNICA N° 02080767, AHORA P33007843 DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE LA OFICINA REGISTRAL JAEN, ZONA REGISTRAL N° II SEDE CHICLAYO. VALOR DE TASACIÓN (Acciones y derechos que equivalen al 12.5% del total de acciones del inmueble): S/. 38,971.00 Nuevos Soles. BASE DE LA POSTURA S/. 25,980.67 Nuevos Soles, equivalente a las 2/3 partes del valor de la tasación del 12.50%.
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AFECTACIONES: EMBARGO, en el Asiento 00008, hasta por la suma de S/. 82,500.00 Nuevos Soles, a favor de LEONOR HERRERA CHUZDEN; de la Partida Electrónica N°02080767, AHORA P33007843 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Oficina Registral Jaén, Zona Registral N° II, Sede Chiclayo. DIA Y HORA DEL REMATE: miércoles 03 de junio de 2015, a horas 08:20 am. LUGAR DEL REMATE: En la Sala de Remates, sito en Calle. Mariscal Ramón Castilla N° 490, Segundo Piso, Jaén - Cajamarca. FUNCIONARIO QUE REALIZARA EL REMATE: La subasta se hará a viva voz y la realizará el Dr. Asdel Vega Tirado, Martillero Publico. Teléfono: 999098701, RPM *404496, correo:
[email protected]. LOS POSTORES: Oblarán no menos del diez por ciento del valor de la tasación del inmueble, en efectivo o cheque de gerencia (negociable) a su nombre. Presentarán Tasa Judicial por derecho a participar en los remates, consignando número de expediente, juzgado y Documento Nacional de Identidad. El adjudicatario abonara el saldo del precio del remate dentro del tercer día de realizado el acto de la subasta pública, caso contrario perderá la suma depositada sin lugar a reclame Los Honorarios del Martillero Publico, más el IGV, son por cuenta de la ejecutante o el adjudicatario, según corresponda, finalizada la diligencia del remate, de conformidad a lo establecido por la Ley del Martillero Publico, Ley 27728 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nro. 008-2005-JUS. Jaén, 24 de ABRIL de 2015. ASDEL VEGA TIRADO MARTILLERO PÚBLICO MATRICULA 209 YESSICA SUJEYLY AGUIRRE GAVIDIA SECRETARIA JUDICIAL PRIMER JUZGADO PAZ LETRADO JAEN B/ 010-24033 S/. 50.80 20, 21, 22, 25, 26, 27 Mayo SEGUNDA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO JUDICIAL Exp. N° 363-2011 .- Por disposición del Sr. Juez del Octavo Juzgado Civil Subespecialidad Comercial de Chiclayo, Dr.: SANDRO OMAR AGUILAR GAITAN y Especialista Legal: FABRIZIO CARBAJAL BRAVO, en Ios Autos seguidos sobre EJECUCION DE GARANTIAS por SCOTIABANK PERU S.A.A. con SUSANLEE RUIZ TOCAS, con participación del Martillero Publico JORGE LUIS MANTILLA HUERTAS de Registro Nacional Noventa y cinco, se procederá a llevar a cabo el REMATE PUBLICO JUDICIAL EN SEGUNDA CONVOCATORIA, del siguiente Inmueble, dado en Garantía: Consistente en el inmueble Independizado bajo el Régimen de Propiedad Exclusiva y Común: Block A, Segundo Piso, ubicado en la Avenida Mariscal Nieto N° 480, Stand N° 07, con un Área de 17.75 m2, de la Urbanización Campodónico, del Distrito y Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque, inscrito en la Partida N° 11083831 (Antecedente Dominial Partida N° 11056037), del Registro de Predios, Zona Registral N° II- Sede Chiclayo- Oficina Registral ChiclayoSUNARP.- Con una VALORIZACION (Tasación) de US$ 25,836.90 (Veinticinco mil, ochocientos treinta y seis y 90/100 Dólares Americanos) y un PRECIO BASE DE REMATE, deducido conforme a Ley de: US$ 14,640.91 (Catorce mil, seiscientos cuarenta y 91/100 Dólares Americanos).AFECTACIONES: 1) HIPOTECA.Constituida por su Propietaria a favor de Scotiabank Perú S.AA hasta US$ 39,760.00 (inscrito en el Asiento D00003 de la Partida N° 11083831). DIA y HORA DEL REMATE.- El 3 de Junio del 2015 a las 12.30 de la Tarde. LUGAR DEL REMATE.- En la Sala de
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Remates sito en la Calle San José N° 1052, con ingreso por Calle San José N° 1074, del Distrito y Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque, Sede Antigua de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque. POSTORES: Oblaran (Garantía) el 10 % de Tasación del Inmueble, en efectivo o en Cheque de Gerencia NEGOCIABLE, girado a nombre del poster y presentaran Arancel Judicial respectivo (Indicando N° de Expediente, Juzgado y DNI/ RUC), el mismo que previo al inicio del Remate deberá ser VALIDADO (SELLADO) por el Área de Recaudación Judicial, según lo dispuesto por Oficio Circular N° 050-2012-GAD-CSJLA-PJ, de fecha 12 de Noviembre del 2012. ADJUDICATARIO: Cancelara Ios honorarios del Martillero, según arancel más I.G.V. (Art. 732 del C.P.C.).- Informes al # 998084468 y 994892295.JORGE LUIS MANTILLA HUERTAS MARTILLERO PÚBLICO REGISTRO NACIONAL N° 95. CARLOS FABRIZIO CARBAJAL BRAVO SECRETARIO JUDICIAL OCTAVO JUZGADO COMERCIAL PODER JUDICIAL – CSJLA F/ 010-17156 S/. 19.88 20, 21, 22 Mayo SEGUNDA CONVOCATORIA DE REMATE PÚBLICO JUDICIAL Exp. N° 00287-2013-0-1706-JR-CO08. En los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO DE PIURA S.A.C. contra LINO DAVILA DELGADO y RAQUEL KARENT GARCIA VILLEGAS, sobre EJECUCION DE GARANTIA. BIEN EN REMATE: El Octavo Juzgado Especializado Civil Sub Especialidad Comercial de Chiclayo, a cargo del Señor Juez, Sandro Omar Aguilar Gaitan, interviniendo como Especialista Legal, Betty del Socorro Varias Céspedes, ha ordenado que el suscrito Martillero Publico, Guillermo Eulogio Paredes Landauro, realice el Remate Publico Judicial en Segunda Convocatoria del bien inmueble de propiedad del ejecutado Lino Dávila Delgado, ubicado en calle Tarapacá N° 415, Manzana F (efe), Lote 18 (dieciocho), Pueblo Joven Las Mercedes, Distrito de José Leonardo Ortiz, Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque, cuya área, dominio, linderos, colindancias y medidas perimétricas corren inscritos en la Partida Electrónica N° P10104916 del Registro de Propiedad Inmueble - Oficina Registral de Chiclayo. VALORIZACIÓN: US$. 92,328.01 (Noventa y dos mil trescientos veintiocho con 01/100 Dólares Americanos). PRECIO BASE: US$. 52,319.21 (CINCUENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS DIECINUEVE CON 21/100 DOLARES AMERICANOS), que representan dos tercios de su valorización, reducido en 15% por ser segunda convocatoria. GRAVAMENES Y CARGAS: 1) Asiento 00007, Hipoteca a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Piura S.A.C. hasta por US$. 82,303.33 del 07.03.2011. FECHA. HORA Y LUGAR DE REMATE: El día MARTES 26 DE MAYO DE 2015 A LAS 12.00 HORAS en la Sala de Remates de la sede principal del Poder Judicial de Lambayeque, sito en calle San José N° 1052, Distrito y Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque. LOS POSTORES: Por el inmueble en remate, se presentaran con dinero en efectivo o cheque de gerencia, negociable a su nombre, en suma no menor del 10 % de su valorización, adjuntaran original y copia de DNI y/o RUC, de arancel judicial por participación en remate de inmueble (indicando Expediente, Juzgado, nombre, DNI y/o RUC, domicilio y firma), y de ser el caso con vigencia y facultades de poder de fecha actual.
CRÓNICA HONORARIOS DEL MARTILLERO: El adjudicatario paga los honorarios del Martillero Publico más el I.G.V., conforme a la Ley N° 27728, Ley N° 28371, su Reglamento (D.S.008-2005-JUS), y Art. 732° del Código Procesal Civil, al finalizar la diligencia de remate. Chiclayo, abril 16 de 2015. (51)(44) 94-789-3343; 94-936-5850; 34-7544; RPM *661990;
[email protected].;
[email protected]. GUILLERMO E. PAREDES LANDAURO ABOGADO – MARTILLERO PUBLICO REG. N° 210 DRA. BETTY DEL SOCORRO VARIAS CESPEDES ESPECIALISTA LEGAL OCTAVO JUZGADO CIVIL – COMERCIAL CHICLAYO PODER JUDICIAL – CSJLA F/ 010-17158 S/. 19.90 20, 21, 22 Mayo PRIMER REMATE PÚBLICO JUDICIAL El 28.05.2015 a horas 12.00 del mediodía, REMATARE EN PRIMERA CONVOCATORIA bajo el Expediente N° 1239-2009, por orden del Octavo Juzgado Civil con Sub Especialidad Comercial de Chiclayo, que despacha el Señor Juez Dr. Sandro Omar Aguilar Gaitán, Especialista Legal Dra. Betty del Socorro Varias Céspedes, en la Sala de Remates ubicada en la Calle San José No. 1070, Chiclayo, UN INMUEBLE DE DOS PISOS CON UN AREA SUPERFICIAL DE 129.60 METROS CUADRADOS, ubicado en Avenida México No. 3401(Manzana 34, Lote 1A), esquina con Calle San Pablo del Asentamiento Humano San Lorenzo (Actualmente Urbanización Nuevo San Lorenzo) del Distrito José Leonardo Ortiz, Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque, cuya área, dominio, linderos, medidas perimétricas y demás características corren inscritas en la Partida Registral No. P10088904 del Registro de Predios de la Zona Registral No. IISede Chiclayo, en la Base de US $ 46,421.33 Dólares Americanos que son las 2/3 partes de su Tasación Comercial de US $. 69,632.00 Dólares Americanos. GRAVAMENES: 00012.- Primera y Preferencial Hipoteca a favor del Banco de Crédito del Perú hasta por la suma de S/. 100,038.96 Nuevos Soles; 00013,- El propietario del inmueble inscrito en esta Partida, en calidad de Garante constituye Hipoteca a favor de la Entidad de Desarrollo para la Pequeña y Microempresa- Edpyme Alternativa hasta por US$. 6,000.00 Dólares Americanos; 00014.- Medida Cautelar de Embargo en Forma de Inscripción a favor de Edpyme Raíz S.A. hasta por la suma de S/. 45,000.00 Nuevos Soles; 00015.- ANOTACION DE DEMANDA.- Por Resolución Judicial No. 01 de fecha 14.06.2010 expedida por el Juez del Octavo Juzgado Especializado Civil de Chiclayo Dr. Sandro Omar Aguilar Gaitán en el Cuaderno de Medida Cautelar resuelve: Admitir a trámite la solicitud de Medida Cautelar presentada por el Banco de Crédito del Perú, en consecuencia ordena la Anotación de la demanda que obra en el Expediente principal sobre Ejecución de Garantías por el solicitante contra Juan Acosta Montenegro sobre el Predio inscrito en la presente Partida Registral. En los seguidos por BANCO DE CREDITO DEL PERÚ contra JUAN ACOSTA MONTENEGRO sobre Ejecución de Garantías. El inmueble figura a nombre del indicado Ejecutado Juan Acosta Montenegro. Los postores oblarán ante el suscrito Martillero el 10% de la Tasación Comercial en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre + Tasa Judicial de Participación. A cargo del Adjudicatario los honorarios del Martillero.- Chiclayo, 08 de Abril del 2015.- Funcionario que efectuara
JUDICIAL
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la diligencia de Remate: DR. CARLOS ALFONSO NAVARRETE ROLDAN.ABOGADO.- MARTILLERO PUBLICO A NIVEL NACIONAL.- REG. PROF. N° 105.- Cel. RPM #949363626. CARLOS ALFONSO NAVARRETE ROLDAN MARTILLERO PÚBLICO REG. N° 105. DRA. BETTY DEL SOCORRO VARIAS CESPEDES ESPECIALISTA LEGAL OCTAVO JUZGADO CIVIL – COMERCIAL – CHICLAYO PODER JUDICIAL – CSJLA F/ 010-17127 S/. 44.18 19, 20, 21, 22, 25, 26 Mayo REMATE EN SEGUNDA SUBASTA En los autos seguidos por JOSE ATILANO HEREDIA CHILCON contra RAMIRO DELGADO TORRES, sobre OBLIGACION DE DAR SUMA DE DINERO; el Señor Juez del Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Cutervo, Dr. HERLY GILMAR FERNANDEZ VALLEJOS y secretario judicial Dr. Gerardo Alberto Castañeda Rojas, Ha ORDENADO sacar a REMATE EN SEGUNDA SUBASTA PUBLICA el inmueble denominado “El Sauce” con una superficie de UNA HECTAREA 1 ha 4299 metros cuadrados y con un perímetro de 498.17 m.; con Código de predio número 7-7459295-15234 (terreno agrícola) ubicado en el Caserío de Vista Alegre de Yangachis del Distrito y Provincia de Cutervo, inscrito en la ficha número 116095 de los Registros Públicos de Chota, cuya figura es de forma irregular; con una construcción de material rustico, con una área aproximada de 40 metros cuadrados, con muros de adobe, sin pisos, techo de tejas, puerta y ventana de madera, paredes con revestimientos de barro; y con los siguientes linderos Por el Norte: con la propiedad de Delgado Torres Armando; Por el Sur, con propiedad de Humberto Maluquis Idrogo, Por el Oeste con la Trocha carrozable que conduce de Cutervo a Chipuluc y por el Este con la propiedad de Cedolio Félix Huaman Gonzales y de Armando Delgado Torres; el mismo que esta valorizado en la suma de DIECISIETE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y NUEVE NUEVOS SOLES (S/. 17,799.00), siendo la base del Remate en primera subasta pública en la suma de ONCE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y SEIS NUEVOS SOLES (S/. 11,866.00) que constituye las dos terceras partes del valor de la tasación.- El remate se llevara a cabo en el Local del Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Cutervo por el Juez de dicho Juzgado, el día ONCE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL QUINCE A LAS DOCE DEL MEDIO DIA; debiendo el postor depositar antes del remate una cantidad no menor del QUINCE PORCIENTO del valor de la Tasación, en efectivo o en cheque de gerencia girado a su nombre y la respectiva tasa judicial.- Publíquese la presente resolución en el diario La República, en la Tabilla del Juzgado de Paz Letrado y de la Municipalidad Provincial de Cutervo, así como en el lugar del inmueble embargado. Notifíquese.- T.R.Cutervo, 06 de abril del 2015 DR. GERARDO A. CASTAÑEDA ROJAS SECRETARIO JUZGADO DE PAZ LETRADO – CUTERVO B/ 010-24022 S/. 39.77 19, 20, 21, 22, 25, 26 Mayo REMATE PÚBLICO JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA Expediente N° 119-2014.- En los seguidos sobre EJECUCION DE GARANTIAS REALES por BBVA BANCO CONTINENTAL con JOSE MERCEDES DAMIAN ESPINOZA, el Sr. Juez que Despacha el Primer Juz-
gado Civil de Jaén. Corte Superior de Justicia de Lambayeque; Dr. LUCIEN ELI MONTOYA URBINA y Secretario Judicial: JOHN VLADIMIR CAYATOPA CALDERÓN, con intervención del Martillero Publico JORGE RAUL MANTILLA SANEZ, de Registro Nacional Profesional N° 233, han ordenado sacar a Remate Publico en PRIMERA CONVOCATORIA; El Inmueble ubicado en la Manzana B, Lote 14 de la Urbanización Habilitación Urbana Villa María, con un Área de 150 m2, del Distrito y Provincia de Jaén, Departamento de Cajamarca, cuyos linderos, medidas perimétricas y dominio corren inscritos en la Partida Electrónica N°11004402, del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Jaén- Zona Registral II, Sede ChiclayoSUNARP.VALOR DE LA TASACION: En la suma de US$ 30,000.00 (Treinta mil y 00/100 Dólares Americanos) y una BASE DE REMATE, deducida conforme a Ley de: US$ 20,000.00 (Veinte mil y 00100 Dólares Americanos).AFECTACIONES: 1) HIPOTECA: Otorgada por José Mercedes Damián Espinoza a favor de BBVA BANCO CONTINENTAL, hasta por la suma de US$ 30,000.00 (Asiento D00002 de la Partida N° 11004402).DIA Y HORA DEL REMATE: El 4 de Junio del año 2015 a horas 11.00 de la Mañana. LUGAR DEL REMATE: En la Sal a de Remates, sito en Av. Mariscal Castilla N° 490, Segundo piso (Oficina de Administración), del Distrito y Provincia de Jaén, Departamento de Cajamarca.POSTORES: Oblaran en efectivo o en Cheque de Gerencia NEGOCIABLE a nombre del postor el 10% del valor de la tasación y presentaran Arancel Judicial respectivo (Indicando N° de Expediente, Juzgado y DNI/ RUC), el mismo que previo al inicio del Remate deberá ser VALIDADO (SELLADO) por el encargado designado quien se comunicara con el Área de Recaudación Judicial, según lo dispuesto por Oficio Circular N° 050-2012-GADCSJLA-PJ y Oficio Múltiple N° 006-2012-GAD-CSJLA-PJ, ambos de fecha 12 de Noviembre del 2012.ADJUDICATARIO: Los honorarios del Martillero Publico serán por cuenta de! Adjudicatario, según arancel más 18 % de I.G.V. (Art. 732 del C.P.C.) JORGE RAUL MANTILU SANEZ MARTILLERO PÚBLICO REG. N° 233 ABOG. JOHN VLADIMIR CAYATOPA CALDERON SECRETARIO JUDICIAL 1° JUZGADO CIVIL – JAEN PODER JUDICIAL F/ 013-0485 S/. 39.80 18, 19, 20, 21, 22, 25 Mayo
2. EDICTOS CLASIFICADOS INSCRIPCION Y RECTIFICACION DE PARTIDAS RECTIFICACIÓN DE PARTIDA El Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Cutervo, Juez del, Dr. HERLY GILMAR FERNANDEZ VALLEJOS, secretario judicial Dr. Gerardo Alberto Castañeda Rojas, en el Exp. N° 79-2015-C, Resolucion: UNO, ADMITE, la solicitud de ADELA DEL CARMEN CAMACHO DE ROJAS sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO; señálese fecha para la AUDIENCIA DE ACTUACION Y DECLARACION JUDICIAL el día VEINTISEIS DE MAYO DEL AÑO DOS MIL QUINCE a horas TRES DE LA TARDE; fecha que se señala por estar este juzgado recargado de diligencias programadas en días anteriores; bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia de la peticionante
PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV de declararse concluido el proceso. Notifíquese. Cutervo, 11 de mayo del 2015. DR. GERARDO A. CASTAÑEDA ROJAS SECRETARIO JUZGADO DE PAZ LETRADO CUTERVO B/ 010-24069 S/. 2.20 22 Mayo RECTIFICACIÓN DE PARTIDA El Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Cutervo, Juez del, Dr. HERLY GILMAR FERNANDEZ VALLEJOS, secretario judicial Dr. Gerardo Alberto Castañeda Rojas, en el Exp. N° 80-2015-C, Resolución: UNO, ADMITE, la solicitud de HORTENSIA CAMACHO DELGADO DE FLORES sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO; señálese fecha para la AUDIENCIA DE ACTUACION Y DECLARACION JUDICIAL el día VEINTISEIS DE MAYO DEL AÑO DOS MIL QUINCE a horas TRES Y TREINTA DE LA TARDE; fecha que se señala por estar este juzgado recargado de diligencias programadas en días anteriores; bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia de la peticionante de declararse concluido el proceso. Notifíquese. Cutervo, 11 de mayo del 2015. DR. GERARDO A. CASTAÑEDA ROJAS SECRETARIO JUZGADO DE PAZ LETRADO CUTERVO B/ 010-24069 S/. 2.20 22 Mayo RECTIFICACIÓN DE PARTIDA El Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Cutervo, Juez del, Dr. HERLY GILMAR FERNANDEZ VALLEJOS, secretario judicial Dr. Gerardo Alberto Castañeda Rojas, en el Exp. N° 81-2015-C, Resolución: UNO, ADMITE, la solicitud de ELIZABETH CAMACHO DELGADO sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO; señálese fecha para la AUDIENCIA DE ACTUACION Y DECLARACION JUDICIAL el día VEINTISEIS DE MAYO DEL AÑO DOS MIL QUINCE a horas TRES Y CUARENTA Y CINCO DE LA TARDE; fecha que se señala por estar este juzgado recargado de diligencias programadas en días anteriores; bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia de la peticionante de declararse concluido el proceso. Notifíquese. Cutervo, 11 de mayo del 2015. DR. GERARDO A. CASTAÑEDA ROJAS SECRETARIO JUZGADO DE PAZ LETRADO CUTERVO B/ 010-24069 S/. 2.20 22 Mayo RECTIFICACIÓN DE PARTIDA El Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Cutervo, Juez del, Dr. HERLY GILMAR FERNANDEZ VALLEJOS, secretario judicial Dr. Gerardo Alberto Castañeda Rojas, en el Exp. N° 82-2015-C, Resolución: UNO, ADMITE, la solicitud de NOEMI DEL PILAR CAMACHO DELGADO sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO; señálese fecha para la AUDIENCIA DE ACTUACIÓN Y DECLARACIÓN JUDICIAL el día VEINTISEIS DE MAYO DEL AÑO DOS MIL QUINCE a horas CUATRO DE LA TARDE; fecha que se señala por estar este juzgado recargado de diligencias programadas en días anteriores; bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia de la peticionante de declararse concluido el proceso. Notifíquese. Cutervo, 11 de mayo del 2015. DR. GERARDO A. CASTAÑEDA ROJAS
CRÓNICA
SECRETARIO JUZGADO DE PAZ LETRADO CUTERVO B/ 010-24069 S/. 2.20 22 Mayo RECTIFICACIÓN DE PARTIDA EXP. N° 478-2015. Por ante el Juzgado de Paz Letrado de esta ciudad, que despacha la Dra. Leila Marín Mosquera, Secretaria Dra. Rina Nizama Puicon, don EUGENIO LLAUCE TEJADA, solicita la rectificación de la Partida de nacimiento de su recordado padre don WENCESLAO LLAUCE CHAPOÑAN, inscrita en el Registro de Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Mórrope, a fojas 466 del 11 de Agosto del año 1929. En dicho instrumento público en el texto principal equivocadamente el señor registrador consigno el prenombre del titular como: “Wenselao” y en el margen izquierdo (Sumilla) se inscribe “Wenselado”, siendo en realidad “WENCESLAO”, debiendo quedar establecido el nombre correcto y exacto como: “WENCESLAO LLAUCE CHAPOÑAN”, conforme a las instrumentales que anexa a su solicitud, lo que se pone en conocimiento para los fines de ley. Lambayeque, 20 de Mayo de 2015 RINA NIZAMA PUICON ESPECIALISTA JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL – CSJLA B/ 010-24068 S/. 2.57 22 Mayo
PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA Por ante el SEGUNDO JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL DE CHICLAYO, que despacha el Dr. JUAN ALBERTO TERAN ARRUNATEGUI y la Especialista legal MARTA RAMOS GONZALES; Expediente N° 1048-2013-0-1706-JR-CI-02; seguido por MARIO ROJAS FERNANDEZ Y MARIA OFALIA CIEZA DE ROJAS contra LEON HERRERA CARMEN ROSA Y OTROS sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA, se ha dispuesto se publique un extracto de la demanda y es como sigue: ADMITIR la demanda sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO interpuesta por MARIO ROJAS FERNANDEZ, Y MARIA OFALIA CIEZA DE ROJAS, contra LEON HERRERA, CARMEN ROSA; REAÑO VERASTEGUI, MARIA; GAYOSA CASASOLA, VICTOR; vía PROCESO ABREVIADO por señalado su domicilio procesal y por ofrecidos sus medios probatorios. NOTIFIQUESE a las personas MARIA REAÑO VERASTEGUI, VICTOR GANOSA CASASOLA Y CARMEN ROSA LEON HERRERA, mediante EDICTOS que deberán publicarse en el diario oficial y en el diario de mayor circulación de la región por TRES DIAS HABILES con intervalo de un día; DEBIENDO apersonarse al proceso en el plazo de TREINTA DIAS HABILES bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal, conforme a lo dispuesto en el artículo 492 del Código Procesal Civil. Chiclayo, 20 de mayo del 2015 MARTA RAMOS GONZALES SECRETARIA JUDICIAL SEGUNDO JUZGADO CIVIL PODER JUDICIAL – CSJLA B/ 010-24075 S/. 12.15 22, 25, 26 Mayo PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA La Sra. Juez del Juzgado Mixto Permanente de Lambayeque, Dra. Carmen Julia Ubillus Chunga, y Esp. Legal José David Bautista Romero, en el Exp. N° 023-2015-0-1701-JM-CI-01,
JUDICIAL seguidos por FELIX CEFERINO RIVADENEIRA FARRO Y OTRA contra MARIO TEODOMIRO BUSTAMANTE RIVADENEYRA; sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, ha ordenado a los demandados, a fin de dar a conocer lo Resuelto en la RESOLUCION NUMERO DOS, de fecha veinticuatro de abril del año dos mil quince; con un extracto de la presente resolución. SE RESUELVE: ADMITIR a trámite VIA PROCESO ABREVIADO la demanda interpuesta por don FELIX CEFERINO RIVADENEIRA FARRO y doña IRMA GRIMANESA RIVADENEIRA FARRO contra MARIO TEODOMIRO BUSTAMANTE RIVADENEYRA; sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, por OFRECIDOS sus medios probatorios y por SEÑALADO su domicilio procesal; TRASLADO a la parte demandada por el termino de DIEZ DIAS, debiendo emplazársele a través de EDICTOS, bajo apercibimiento de nombrarles curador procesal; PUBLIQUIESE mediante edictos un extracto de la presente resolución tanto en el Diario Oficial “El Peruano” como en el diario “La República”, por TRES VECES con intervalos de TRES DIAS, bajo responsabilidad del accionante. CITESE a los colindantes del predio materia de litis, CESAR RICARDO RODRIGUEZ CASTILLO, ANDRES INOÑAN, DE GAMERCINDO CASTILLO URBINA, ALBERTO RIOJAS SANDOVAL, JOSE RAMIRO VELA NIMA, PARTI DO APRISTA PERUANO y herederos de OLAYA RIVADENEIRA emplazándosele en los lotes expuestos, debiendo el demandante proporcionar los juegos de copias correspondientes para tal fin. Notifíquese conforme a Ley. Lambayeque, 20 de Mayo del 2015 JOSE DAVID BAUTISTA ROMERO SECRETARIO JUZGADO MIXTO PERMANENTE EN ADICION DE FUNCIONES JUZGADO PENAL LIQUIDADOR – LAMB. PODER JUDICIAL – CSJLA B/ 010-24062 S/. 15.46 22, 28 Mayo, 03 Junio
SUCESIÓN INTESTADA SUCESION INTESTADA Por ante el Primer Juzgado de Paz Letrado Civil de esta ciudad que despacha el Señor Juez JUAN FRANCISCO GARCIA MAYORGA, Secretario Judicial YONNY RUBEN LLAMOCTANTA ATALAYA, en el Exp. N° 432-2015, se ha dispuesto publicar mediante edictos la resolución numero DOS, que ordena: ADMITIR a trámite en la vía del PROCESO NO CONTENCIOSO, la solicitud interpuesta por DORA ESTHER CUBAS MONTENEGRO sobre SUCESION INTESTADA de su causante Asunción Cubas Montenegro fallecido el seis de mayo del dos mil doce en la ciudad de Chiclayo; Téngase por ofrecidos los medios probatorios que precisa en el escrito postulatorio y por señalado su domicilio procesal; PUBLIQUESE un extracto de la solicitud, por una sola vez en el Diario “La Republica” y “El Peruano”. ANOTESE preventivamente la presente solicitud en el Registro de Sucesión Intestada y el Registro de Mandatos y Poderes, para cuyo efecto CURSESE los partes a los Registros correspondientes, previo pago del arancel judicial por partes registrales. NOTIFIQUESE a la Sociedad de Beneficencia Pública de Chiclayo y al Ministerio Publico. Agréguese a los autos las instrumentales presentadas en el escrito de fecha quince de abril del dos mil quince, para ser merituado en su oportunidad procesal. Notifíquese. Chiclayo, 20 de Mayo del 2015 YONNY LLAMOCTANTA ATALAYA SECRETARIO JUDICIAL
Chiclayo, viernes 22 de mayo del 2015
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PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO CIVIL PODER JUDICIAL – CSJLA B/ 010-24074 S/. 3.68 22 Mayo SUCESION INTESTADA EXPEDIENTE: N° 00270-2013-0 Por ante este Juzgado de Paz Letrado de Tumán, que despacha la señorita Juez Hellen Guevara Jiménez, asistid del secretario José Luis Zumarán Cruzado, doña MARIA ISABEL ZAPATA SILVA está solicitando la SUCESIÓN INTESTADA de quien en vida fuera su extinto padre don PEDRO PABLO ZAPATA CHONATE, quien falleciera el día 31 de octubre del 2010, en la Provincia de Chiclayo.- Por lo que se hace de conocimiento para los fines de ley. Tumán, 18 de mayo del 2015. JOSE LUIS ZUMARAN CRUZADO SECRETARIO JUDICIAL B/ 010-24076 S/. 2.20 22 Mayo SUCESION INTESTADA Por ante el Primer Juzgado de Paz Letrado Civil de esta ciudad que despacha el Señor Juez MIGUEL ANGEL PERALTA LUI, Secretario Judicial YONNY RUBEN LLAMOCTANTA ATALAYA, en el Exp. N°832-2015, se ha dispuesto publicar mediante edictos la resolución número UNO, que ordena: ADMITIR a trámite en la vía del PROCESO NO CONTENCIOSO, la solicitud interpuesta por YESENIA LETICIA PEJERREY CRUZ sobre SUCESION INTESTADA de su causante Rodrigo Guillermo Pejerrey Severino fallecido el nueve de enero del dos mil catorce en la ciudad de Chiclayo; Téngase por ofrecidos los medios probatorios que precisa en el escrito postulatorio y por señalado su domicilio procesal; PUBLIQUESE un extracto de la solicitud, por una sola vez en el Diario “La Republica” y “El Peruano”. ANOTESE preventivamente la presente solicitud en el Registro de Sucesión Intestada y el Registro de Mandatos y Poderes, para cuyo efecto CURSESE los partes a los Registros correspondientes, previo pago del arancel judicial por partes registrales. NOTIFIQUESE a la Sociedad de Beneficencia Pública de Chiclayo y al Ministerio Publico, así Chiclayo, 14 de Abril del 2015 YONNY LLAMOCTANTA ATALAYA SECRETARIO JUDICIAL PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO CIVIL PODER JUDICIAL – CSJLA B/ 010-24054 S/. 3.32 22 Mayo SUCESION INTESTADA Exp. N° 00545-2014-0-1714-JP-CI Ante el Juzgado de Paz Letrado del MBJ de José L. Ortiz que despacha el Sr. Dra. Patricia Cueva Sampén, y el Esp. Legal Dr. Enrique Cadena Bances, en los seguidos por Tomás Jesús Ora Pajares sobre sucesión intestada, se ha proveído lo sgte: (...) ADMITIR a trámite la solicitud sobre SUCESION INTESTADA presentada por Tomas Jesús Ora Pajares, de quien en vida fuera Lorenzo Ora Castañeda, poniéndose en conocimiento de la presente a los presuntos herederos; PUBLIQUESE los avisos en el diario oficial La República por el plazo de 03 días, y en otro de mayor circulación; Fdo. Juez. Esp.Legal. José L. Ortiz, 18 de mayo del 2015 ENRIQUE NEPTALI CADENA BANCES ESPECIALISTA LEGAL JUZGADO DE PAZ LETRADO – MBJ-JLO PODER JUDICIAL – CSJLA B/ 010-24042 S/. 6.60 21, 22, 25 Mayo
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CRÓNICA
Chiclayo, viernes 22 de mayo del 2015
3.NOTIFICACIONES NOTIFICACIÓN Por ante el SEGUNDO JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL DE CHICLAYO, que despacha el Dr. JUAN ALBERTO TERAN ARRUNATEGUI y la Especialista legal MARTA RAMOS GONZALES; Expediente N° 41792014-0-1706-JR-CI-02; seguido por GONZALES SANCHEZ GASPAR contra PETRONILA PISFIL VDA. DE SERQUEN Y OTROS sobre NULIDAD DE ACTO JURIDICO, se ha dispuesto se publique un extracto de la demanda y es como sigue: ADMITIR A TRÁMITE la demanda acumulativa objetiva originaria-accesoria sobre NULIDAD DE ACTO JURIDICO (como pretensión principal Nulidad del documento privado, del Título de propiedad, y su Anotación Registral), y de REIVINDICAR EL BIEN a su legítimo propietario (pretensión accesoria), interpuesta por Gaspar Gonzáles Sanchez contra doña Petronila Pisfil Vda. de Serquen, posibles herederos de don Ángel Faustino Serquen Custodio, el Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI, e intégrese como parte demandada a la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos; vía PROCESO CONOCIMIENTO por señalado su domicilio procesal y por ofrecidos sus medios probatorios, CONFIERASE traslado a los demandados por el termino de TREINTA DIAS HABILES, para que contesten la demanda bajo apercibimiento de seguir el trámite en su rebeldía, de conformidad con lo establecido en el artículo 458 del Código Procesal Civil para notificar a la demandada NOTIFIQUESE al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal -COFOPRI, y Procurador Publico de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos; NOTIFIQUESE a los posibles herederos de don Angel Faustino Serquén Custodio mediante EDICTOS que deberán publicarse en el diario oficial y en el diario de mayor circulación de la región por TRES DIAS HABILES con intervalo de un día; DEBIENDO apersonarse al proceso en el plazo de TREINTA DIAS HABILES bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal, conforme a lo dispuesto en el artículo 492 del Código Procesal Civil. Chiclayo, 14 de mayo del 2015 MARTA RAMOS GONZALES SECRETARIA JUDICIAL SEGUNDO JUZGADO CIVIL PODER JUDICIAL – CSJLA B/ 010-24064 S/. 18.77 22, 26, 28 Mayo EDICTO El 4° Juzgado Especializado de Familia de Chiclayo que despacha el S Juez Dr. RIVERA, Secretario Abog. RODRIGO; en el Exp. N° 2458-2014; ha expedido RESOLUCION NUMERO: UNO, de fecha 26-08-2014, que RESUELVE: ADMITIR a trámite en Vía de Proceso UNICO la demanda interpuesta por EDWARD DILBERTO MONDRAGON VARGAS, contra YANET CONDOR DAVILA, sobre TENENCIA; y mediante resolución número seis, de fecha 14-04-2015, ordena se NOTIFIQUE a la emplazada YANET CONDOR DAVILA, mediante edictos por tres días hábiles, para que dentro del plazo de QUINCE DIAS comparezca al proceso, a fin de notificarle la resolución admisoria, demanda y anexos, bajo expreso apercibimiento de nombrársele Curador Procesal. Chiclayo, 14 de Mayo del 2015 JOSE RODRIGO MARTINEZ SECRETARIO JUDICIAL 4° JUZGADO ESPECIALIZADO DE FAMILIA PODER JUDICIAL – CSJLA B/ 010-24077
S/. 6.63 24, 25, 26 Mayo EDICTO SEÑORA JUEZ DEL SEXTO JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL: ELVIRA ROJAS SENMACHE Y ESPECILAISTA LEGAL VERONICA LUNA CYDEJKO. Que en el Exp. 4193-2011-JR-CI, seguido por CASTRO ALRCON VIRGILIO contra CANO PERALES EVA CONSUELO Y LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LLAMAS sobre NULIDAD DE RESOLUCION ADMINISTRATIVA. CON RESOLUCION SEIS, SE RESUELVE: ADMITIR A TRAMITE vía proceso especial la demanda sobre IMPUGNACION DE RESOLUCION ADMINISTRATIVA, teniendo como pretensión principal: i) la nulidad de la Resolucion de Alcaldía N° 131-2011-A-MDLL, y como pretensión accesoria: ii) la nulidad de la Declaración Jurada de Impuesto al Valor del Patrimonio Predial, respecto al predio rustico ubicado en Tunsho, Cashapampa y Lucma, del Distrito de Llama, Provincia de Chota, Departamento de Cajamarca; demanda interpuesta por don VIRGILIO CASTRO ALARCON contra LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LLAMA, representada por su Alcalde Y CANO PERALES EVA CONSUELO CON RESOLUCION ONCE; ORDENA QUE SE NOTIFIQUE A LOS SUCESORES DE LA DEMANDADA CANO PERALES EVA CONSUELO, PARA QUE SE APERSONEN AL PROCESO. BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRAR CURADOR PROCESAL Y CONTINUAR CON EL TRAMITE DEL PROCESO NOTIFIQUESE MEDIANTE EDICTO, en consecuencia PUBLIQUESE LOS EDICTOS, CON UN ESTRACO DE LA DEMANDA Y LA PRESENTE RESOLUCION por tres veces con intervalo de tres días en el diario oficial el peruano y otro de mayor circulación. Notifíquese conforme a ley. MARIA VERONICA LUNA CYDEJKO ESPECIALISTA JUDICIAL 6° JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL PODER JUDICIAL – CSJLA B/ 010-24058 S/. 12.15 22, 28 Mayo, 03 Junio
4. EDICTOS PENALES EDICTO EXPEDIENTE: N°. 00158-2014-0 Por ante este Juzgado de Paz Letrado de Tumán, que despacha la señorita Juez Titular Hellen Guevara Jimenez, asistido de la secretaria María Liliana Pilco Shaga, SE RESVELVE: ORDENAR LA PRISION PREVENTIVA DEL IMPUTADO BRYAN ALEXIS ESPINOZA ROMERO identificado con DNI N° 75267285 ORDENADOSE SU CAPTURA A NIVEL NACIONAL Y DONDE SEA HABIDO; a efecto de que rinda su Declaración, debiendo cursarse los oficios respectivos a la autoridad policial, DISPONIENDOSE así mismo se notifique por Edictos al procesado BRYAN ALEXIS ESPINOZA ROMERO para que concurra al local del Juzgado y rinda su declaración, CUMPLIENDOSE con la emisión de los Edictos correspondientes, al diario Oficial “La Republica”. Tumán, 05 de mayo del 2015 LILIANA PILCO SHAGA SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE TUMAN PODER JUDICIAL – CSJLA 22, 23, 25 Mayo EDICTO PENAL Inst. No. 808-2015-0 ESPECIALISTA LEGAL: Dra. KARINA GONZALES PAREDES MOTIVO: NOTIFICACIÓN.EL SEÑOR JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO ESPECILIZADO PENAL DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA
JUDICIAL
PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV
DE JOSE LEONARDO ORTIZ. CITA, Y NOTIFICA a los imputados ORLANDO CARLOS BONILLA, JHONY STIP ROJAS LLAUCE Y CRISTIAN EDUARDO ROJAS LLAUCE; CON UN EXTRACTO DEL ACTA DE AUDIENCIA; RESOLUCION NUMERO: TRES José Leonardo Ortiz, doce de mayo Del año dos mil quince.Parte Considerativa: (Queda registrado en audio) Parte Resolutiva: Se Transcribe. Por las consideraciones expuestas; SE RESUELVE: DECLARA FRUSTRADA LA AUDIENCIA y se REPROGRAMA para el día UNO DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL QUINCE a horas ONCE DE LA MAÑANA. QUEDA NOTIFICADO EN ESTE ACTO EL ABOGADO DE LA DEFENSA DE LOS IMPUTADOS JHONNY ESTIP ROJAS LLAUCE Y CRISTIAN EDUARDO ROJAS LLAUCE Defensor Público Dr. Marco Cholan Malca, ASI COMO EL IMPUTADO PRESENTE CRISTIAN EDUARDO ROJAS LLAUCE. QUEDA NOTIFICADO EN ESTE ACTO EL ABOGADO DE LA DEFENSA DEL IMPUTADO ORLANDO CARLOS BONILLA, Defensor Público Dr. Carlos Chayanco Llatas, ASIMISMO SE DISPONE LA NOTIFICACION POR EDICTOS AL IMPUTADO ORLANDO CARLOS BONILLA. SE DISPONE LA NOTIFICACION AL IMPUTADO JHONY ESTIP ROJAS LLAUCE, en su domicilio real señalado en autos. SE DISPONE LA NOTIFICACION A LA REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PUBLICO Dra. Lizzeth Velásquez Porras, bajo apercibimiento de remitirse copias a la Presidencia de la Junta de Fiscales en caso de inconcurrencia injustificada, ASIMISMO TENDRA QUE INFORMAR EN FORMA DOCUMENTADA el motivo de sus inasistencia a la presenta audiencia. V.- NOTIFICACION: Juez: Notifíquese en este acto a los sujetos procesales asistentes a la audiencia. Por haberse dispuesto así en la instrucción No. 808-2015- que se le sigue por el delito de LESIONES LEVES POR VIOLENCIA FAMILIAR. José Leonardo Ortiz, 15 de mayo del 2015 KARINA GONZALES PAREDES ESPECIALISTA DE CAUSAS 1° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MODULO BASICO DE JUSTICIA – J.L.ORTIZ 22, 23, 25 Mayo EDICTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LAMBAYEQUE ESPECIALISTA DE JUZGADO DRA. ZOILA REGALADO GUEVARA Por el presente edicto, CITO, LLAMO Y EMPLAZO por tres días consecutivos al investigado JOSE NELSON SANTISTEBAN SANDOVAL CON DNI N° 16744688 , NATURAL DE MORROPE CON DOMICILIO EN CALLE FEDERICO VILLARREAL 101- LAMBAYEQUE CON LA ACTA DE FECHA CATORCE DE MAYO DELANO EN CURSO QUE RESUELVE: DECLARAR FRUSTRADA la instalación de la presente audiencia y reprogramar la misma para el día CINCO DE JUNIO DEL DOS MIL QUINCE a horas OCHO CON TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA, en esta misma sala de audiencias; quedando válidamente notificado la representante fiscal , manteniendo los apercibimientos decretados en auto así como la actora civil, presente en audiencia. SUBROGAR al abogado defensor particular del imputado, letrado Arturo Milton Cabrera Echevarria, quien venía ejerciendo su defensa, y por tanto disponer que su defensa continúe a cargo del defensor público, en caso este no cumpla con designar un abogado particular de su libre elección dentro del plazo de veinticuatro horas de notificado TENER por justificada la inconcurrencia del defensor público
José Carlos Córdova Monteza, quien deberá concurrir a la próxima audiencia, bajo apercibimiento de aplicarse lo dispuesto en el art. 85 inciso 1 CPP, en caso de inconcurrencia injustificada, para lo cual DEBERA NOTIFICARSELE, por haberse ordenado así en la instrucción N° 564-2015-0-1708-JRPE-01, seguido en su contra por el delito CONTRA LA FAMILIA en agravio de SANTISTEBAN SANTAMARIA CARLOS Y OTRO. Lambayeque, 19 de mayo del 2015 OMAR LONGARAY CASTRO JUEZ JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL – CSJLA 22, 23, 25 Mayo EDICTO PENAL Inst. No. 7859-2014-0 ESPECIALISTA LEGAL: Dra. KARINA GONZALES PAREDES MOTIVO: NOTIFICACIÓN.EL SENOR JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO ESPECILIZADO PENAL DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ. REYNERIO DIAZ TARRILLO CITA, LLAMA Y EMPLAZA a los imputados JHONNY WAGNER HERRERA LA ROSA (NO HABIDO); CON UN EXTRACTO DE LA ACUSACIÓN FISCAL; HECHOS: Con fecha 29 de diciembre de 2014, personal policial del Departamento de Investigación de Robos -DEPINCRI - Chiclayo. tomando conocimiento de que delincuentes comunes provistos de armas de fuego se estarían reuniendo en inmueble ubicado a la altura de la intersección de la Av. Chiclayo y la calle 27 de Julio del 4to sector del PJ Villa Hermosa, en el lugar conocido como “El Pampón” o “El Establo”, donde reside Yesenia Giovanny La Rosa Ayala, el cual servirá de punto de reunión de delincuentes con la finalidad de planificar la comisión d: ilícitos penales, procedió a intervenir en el frontis de dicha vivienda, un automóvil estacionado, marca Chevrolet, modelo Spark Lite, color plomo, con placa de rodaje M3H-129, el que se encontraba conducido por LINO ALFONSO HUAMANTA CHAVEZ (29), en el centro del asiento posterior MARLENY DEL PILAR SAUCEDO PEREZ (20), encontrándose sobre sus piernas una bolsa tipo canguro de lona, marca ADIDAS, en cuyo interior se encontraba un arma de fuego, tipo revolver, calibre 38’* special, marca Smith & Wesson, serie BAP4834, canon corto, abastecido con seis cartuchos, calibre 38””. marca RP 38SPL, quien manifestó que su cuñado JHONNY WAGNER HERRERA LA ROSA (a) “Colambo”, fue el que al notar la presencia policial, ingreso velozmente a la casa de su suegra Yesenia La Rosa Ayala, y le encargo el canguro conteniendo el arma de fuego. La circunstancias de la intervención de los imputados LINO ALFONSO HUAMANTA CHAVEZ (29) y MARLENY DEL PILAR SAUCEDO PEREZ (20) y la participación de una pluralidad de agentes, tres, inclusive JHONNY WAGNER HERRERA LA ROSA (a) “Colambo” (21), en la comisión de este ilícito penal revela una organización criminal. EL ARTICULO DE LA LEY PENAL QUE TIPIFIQUE QUE EL HECHO, ASI COMO LA CUANTJA DE LA PENA QUE SE SOLICITE El hecho se subsume en el delito de TENENCIA ILEGAL DEL ARMA DE FUEGO previsto en el Art. 279 del Código Penal, el cual prescribe: “El que, sin estar debidamente autorizado, fabrica, almacena, suministra, comercializa, ofrece o tiene en su poder bombas, armas, armas de fuego artesanales, municiones o materiales explosivos, inflamables, asfixiantes o tóxicos o sustancias o materiales destinados para su preparación, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de seis ni mayor de quince años”.
PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV POR LO EXPUESTO: ACUSA a LINO ALFONSO HUAMANTA CHAVEZ, MARLENY DEL PILAR SAUCEDO PEREZ y JHONNY WAGNER HERRERA LA ROSA como COAUTORES del delito contra la Seguridad Publica, en su modalidad de TENENCIA ILEGAL DE ARMA DE FUEGO, en agravio del Estado, representado por el Ministerio del Interior y solicita se les imponga a cada uno NUEVE ANOS DE PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD. Con respecto a la reparación civil el actor civil ha solicitado para cada uno la suma de CINCO MIL NUEVOS SOLES. EXTRACTO DE LA RESOLUCION NUMERO TRES de fecha diecinueve de mayo del año en curso: SE RESUELVE: DAR POR INICIADA LA ETAPA INTERMEDIA; CORRASE TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo de DIEZ PI AS del requerimiento de acusación, acompañándose copia de todo ; y cumplido que sea, prográmese la Audiencia Preliminar para debatir los fundamentos del requerimiento fiscal de acusación. PRECISAR que la carpeta fiscal con todos los elementos de convicción se encuentra en las oficinas de la Fiscalía encargada del caso, para los fines que correspondan, y advirtiendo de autos que el imputado no tiene abogado defensor, NOTIFIQUESE al imputado JHONNY WAGNER HERRERA LA ROSA en su domicilio real para que en el plazo de 48 horas de notificado nombre a su abogado defensor; sin perjuicio, y a fin de que las audiencia no se frustren, OFICIESE al Coordinador de la Defensoría Publica del MINJUS con el fin de que designe a un abogado defensor para los imputados al que se le notifica el requerimiento fiscal . NOTIFIQUESE a los sujetos procesales, incluida la parte agraviada ; CJTESE para el día OCHO DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL QUINCE a horas ONCE Y MEDIA DE LA MAÑANA (hora exacta) a efecto de realizar la audiencia preliminar de control de acusación en la SEGUNDA Sala del Establecimiento del Penal de Pisci, con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado defensor del acusado, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada de este ultimo de excluirlo de la defensa y designar defensor público como lo autoriza el artículo 85.1c del Código Procesal Penal. COMUNJQUESE al representante del Ministerio público que deberá concurrir a la audiencia con el integro de la carpeta fiscal, con la finalidad que las partes puedan entregar en ese mismo acto las pruebas ofrecidas y admitidas por el juez, en tanto que las pruebas declaradas inadmisibles nuevamente serán incorporadas a la carpeta fiscal. PRECISESE que las resoluciones dictadas oralmente en la audiencia preliminar, se entenderá notificadas a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan concurrido, como lo dispone el artículo 16°, incisos 1° y 2° del Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones bajo las normas del Código Procesal Penal, aprobado por Resolucion Administrativa N° 096-2006-CE-PJ. NOTIFIQUESE a las partes en sus respectivos domicilios procesales señalados en autos, incluida a la parte agraviada. Por haberse dispuesto así en la instrucción No. 7652-2014-0 que se le sigue por el delito de OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR.José Leonardo Ortiz, 09 de Marzo del 2015 KARINA GONZALES PAREDES ESPECIALISTA DE CAUSAS 1° JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA MODULO BASICO DE JUSTICIA – J.L.ORTIZ 22, 23, 25 Mayo EDICTO Ante el Segundo Juzgado Civil de Paz Letrado de Chiclayo, que despacha la señora Juez Dr. Willy López Fernan-
CRÓNICA
dez y el secretario Judicial Dr. Luciano Puelles Diaz, referente al Expediente N° 283-2013, Que mediante Audiencia de Pruebas: Se RESUELVE: CONCEDER treinta días a los sucesores del fallecido FRANCISCO CHIRINOS LIZA, para que comparezcan al proceso seguido por Diaz Carlos Pedro contra Chirinos Liza Francisco y Tigre Liza Nicolas sobre Tercería de Propiedad; bajo apercibimiento de designarse a un curador procesal. Chiclayo, 19 de Mayo del 2015 WILLY ARNALDO LOPEZ FERNANDEZ JUEZ SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO CIVIL CHICLAYO B/ 010-24037 S/. 6.63 21, 22, 23 Mayo EDICTO JUDICIAL En el Expediente N° N°214-2008, seguido por REYES MURILLO, JORGE RICARDO contra BOBADILLA MORALES, EDWIN WILLIAM y OTRA sobre ADOPCION, la señora juez del Juzgado Mixto-Penal Unipersonal de! Distrito de Motupe, Dra. Silvia Melendez García, interviniendo como especialista Legal Edgardo Asenjo Tamay, ha dispuesto publicar un extracto de lo siguiente: 1) Resolucion Numero Dos Motupe 01 de Septiembre del 2014 AUTOS y VISTOS; SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en la vía de proceso único la demanda interpuesta por JORGE RICARDO REYES MURILLO sobre ADOPCION contra EDWIN WILLIAM BOBADILLA, córrase traslado para que dentro del término de cinco días conteste la demanda bajo apercibimiento de declararse rebelde y seguirse el proceso en su rebeldía, asimismo emplácese a doña ROSA MARIA SAAVEDRA PERALTA, con conocimiento del Ministerio Publico. 2) Resolucion Numero Tres Motupe, 23 de Marzo del 201 5 AUTOS y VISTOS; SE RESUELVE: 1) TENER POR CONTESTADA la demanda efectuada por la demandada Rosa María Saavedra Peralta y por señalado su domicilio procesal; 2) NOTIFICAR, al demandado Edwin William, Bobadilla Morales, con el extracto de la resolución dos y la presente resolución por el plazo de quince días, mediante edictos en el diario la Republica por el termino de tres días, bajo apercibimiento de nómbresele curador procesal. Asimismo notifíquesele en su domicilio real señalado en autos; debiéndose cursor el oficio correspondiente; cumplido el plazo de ley señálese la audiencia de su propósito. Motupe, 23 de marzo del 2015 SILVIA MELENDEZ GARCIA JUEZ TITULAR JUZGADO MIXTO UNIPERSONAL MOTUPE PODER JUDICIAL – CSJLA EDGARDO H. ASENJO TAMAY ESPECIALISTA DE JUZGADO JUZGADO MIXTO PENAL UNIPERSONAL MOTUPE PODER JUDICIAL – CSJLA 21, 22, 23 Mayo EDICTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DT LAMBAYEQUE ESPECIALISTA DE JUZGADO DRA. ZOILA REGALADO GUEVARA. Por el presente edicto, CITO, LLAMO Y EMPLAZO por tres días consecutivos al investigado ANDRES DAMIAN SUYON CON DNI N° 17541790, NATURAL DE MORROPE. CON DOMICILIO EN CASERIO MUY FINCA - RAMA CARRIZO - DISTRITO DE MORROPE - PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE LAMBAYEQUE -REFERENCIA CARRETERA LAMBAYEQUE A MORROPE CON LA ACTA DE FECHA DOCE DE MAYO DEL ANO EN CURSO QUE RESUELVE: DECLA-
JUDICIAL RAR FRUSTRADA la instalación de la presente audiencia y reprogramar la misma para el día CUATRO DE JUNIO DEL DOS MIL QUINCE a horas OCHO CON DIEZ MINUTOS DE LA MAÑANA, en esta misma sala de audiencias; quedando válidamente notificado la representante fiscal y el defensor público, manteniendo los apercibimientos decretados en auto así como la parte agraviada presente en audiencia; por haberse ordenado así en la instrucción N° 7801-2014-01708-, que se le sigue en su contra por el delito CONTRA LA FAMILIA en agravio de ANDRES DAMIAN SUYON. Lambayeque, 18 de mayo del 2015 OMAR LONGARAY CASTRO JUEZ JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL – CSJLA 21, 22, 23 Mayo EDICTO PENAL Oficio N° 446-2015-0-1706-JR-PE/ TCHM JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARA TORIA DE LAMBAYEQUE JUEZ: ROGER OMAR LONGARAY ESPECIALISTA: Juan Carlos Hoyos CITA Y EMPLAZA; al imputado de autos JUAN MANUEL ZEÑA SIESQUEN, a efecto de notificarle con el tenor de la resolución número tres de fecha seis de Mayo del dos mil quince; que DISPONE: DECLARAR FRUSTRADA la instalación de la presente audiencia y reprogramar la misma para el día OCHO DE JUNIO DEL DOS MIL QUINCE a horas DOCE OCHO CON DIEZ MINUTOS DE LA MAÑANA, en esta misma sala de audiencias; quedando válidamente notificados las partes procesales presentes, manteniendo los apercibimientos decretados en autos, tanto para el representante fiscal como para el defensor público. SOLICITAR al representante fiscal proporcione una copia de la cedula notificación efectuada al domicilio real del imputado ubicada la calle 28 de julio s/n - Morrope. SIN PERJUICIO de ello, notificar al imputado mediante edicto penal para que tome conocimiento de lo dispuesto en la fecha. Por haberse dispuesto así en el cuaderno de expediente N° 446-2015-01706-JR-PE-06, que se sigue contra Juan Manuel Zeña Siesquen por el delito de Omisión de la Asistencia Familiar en agravio de Yadira Estrellita Zeña Seclen. OMAR LONGARAY CASTRO JUEZ JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL – CSJLA 21, 22, 23 Mayo EDICTO PENAL JUZGADO: PENAL UNIPERSONAL MIXTO -CUTERVO. CUADERNO: 049-2015- JPUM-CCSJLA /PJ JUEZ: DR. CARLOS ERNESTO LAZO GUTIERREZ. ESPECIALISTA: PATRICIA PISCOYA PISCOYA El Juzgado Penal Unipersonal Mixto de la ciudad de Cutervo, juez DR. CARLOS ERNESTO LAZO GUTIERREZ, CITA Y EMPLAZA: NERIO CUBAS LOZADA, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra en el proceso del Expediente N° 049-2015-JPUM-C, por el delito OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio MELVYN CUBAS GORDILLO. A quien además se le hace de conocimiento que mediante Resolución N° 01 de fecha diez de abril de abril del año dos mil quince, se ha resuelto. CITAR A JUICIO ORAL, para el DIECISEIS DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL QUINCE, A AHORAS TRES DE LA TARDE CON TREINTA MINUTOS (03:30PM.) BAJO APERCIBIMIENTO de que en caso de inconcurrencia del acusado, ser declarado reo contumaz, y se ordenara su
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ubicación y captura a nivel nacional. LENIN IVAN DIAZ MUÑOZ JUEZ DEL JUZG. UNIP. MIXTO CUTERVO LILY MARLENY REAÑO CAMPOS ASISTENTE JURISIDCCIONAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CUTERVO PODER JUDICIAL – CSJLA 21, 22, 23 Mayo EDICTO PENAL JUZGADO: PENAL UNIPERSONAL MIXTO -CUTERVO. CUADERNO: 050-2015- JPUM-CCSJLA /PJ JUEZ: DR. CARLOS ERNESTO LAZO GUTIERREZ. ESPECIALISTA: PATRICIA PISCOYA PISCOYA El Juzgado Penal Unipersonal Mixto de la ciudad de Cutervo, juez DR. CARLOS ERNESTO LAZO GUTIERREZ, CITA Y EMPLAZA: VIRGILIO OLIVERA ESPINOZA, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra en el proceso del Expediente N° 050-2015-JPUM-C, por el delito OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio BRAYAN ANTHONY OLIVERA CUBAS. A quien además se le hace de conocimiento que mediante Resolución N° 01 de fecha diez de abril del año dos mil quince, se ha resuelto: CITAR A JUICIO ORAL, para el DIECISIETE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL QUINCE, A HORAS DOCE DEL MEDIO DIA (12.00 PM.) BAJO APERCIBIMIENTO de que en caso de inconcurrencia del acusado, ser declarado reo contumaz, y se ordenara su ubicación y captura a nivel nacional. LENIN IVAN DIAZ MUÑOZ JUEZ DEL JUZG. UNIP. MIXTO CUTERVO LILY MARLENY REAÑO CAMPOS ASISTENTE JURISIDCCIONAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CUTERVO PODER JUDICIAL – CSJLA 21, 22, 23 Mayo EDICTO PENAL JUZGADO: PENAL UNIPERSONAL MIXTO -CUTERVO. CUADERNO: 051-2015- JPUM-CCSJLA /PJ JUEZ: DR. CARLOS ERNESTO LAZO GUTIERREZ. ESPECIALISTA: PATRICIA PISCOYA PISCOYA El Juzgado Penal Unipersonal Mixto de la ciudad de Cutervo, juez DR. CARLOS ERNESTO LAZO GUTIERREZ, CITA Y EMPLAZA: JOSE PABLO DELGADO MONSALVE, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra en el proceso del Expediente N° 051-2015-JPUM-C, por el delito OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio DANNA KAORY DELGADO TERRONES. A quien además se le hace de conocimiento que mediante Resolución N° 01 de fecha diez de abril del año dos mil quince, se ha resuelto: CITAR A JUICIO ORAL, para el DIECISIETE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL QUINCE, A HORAS DOCE DEL MEDIO DIA CON TREINTA MINUTOS (12:30 PM.) BAJO APERCIBIMIENTO de que en caso de inconcurrencia del acusado, ser declarado reo contumaz, y se ordenara su ubicación y captura a nivel nacional. LENIN IVAN DIAZ MUÑOZ JUEZ DEL JUZG. UNIP. MIXTO CUTERVO LILY MARLENY REAÑO CAMPOS ASISTENTE JURISIDCCIONAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CUTERVO PODER JUDICIAL – CSJLA 21, 22, 23 Mayo EDICTO PENAL JUZGADO: PENAL UNIPERSONAL MLXTO - CUTERVO. CUADERNO: 052-2014- JPUM-CCSJLA /PJ
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JUEZ: DR. CARLOS ERNESTO LAZO GUTIERREZ. ESPECIALISTA: PATRICIA PISCOYA PISCOYA El Juzgado Penal Unipersonal Mixto de la ciudad de Cutervo, juez DR. CARLOS ERNESTO LAZO GUTIERREZ, CITA Y EMPLAZA: JULIO CESAR MONTENEGRO ROJAS, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra en el proceso del Expediente N° 052-2015-JPUM-C, por el delito OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio JHONLER ALDAIR MONTENEGRO MUÑOZ. A quien además se le hace de conocimiento que mediante Resolucion N° 01 de fecha diez de abril del ario dos mil quince, se ha resuelto: CITAR A JUICIO ORAL, para el DIECISIETE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL QUINCE, A HORAS TRES DE LA TARDE (03:00 PM.) BAJO APERCIBIMIENTO de que en caso de inconcurrencia del acusado, ser declarado reo contumaz, y se ordenara su ubicación y captura a nivel nacional. LENIN IVAN DIAZ MUÑOZ JUEZ DEL JUZG. UNIP. MIXTO CUTERVO LILY MARLENY REAÑO CAMPOS ASISTENTE JURISIDCCIONAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CUTERVO PODER JUDICIAL – CSJLA 21, 22, 23 Mayo EDICTO PENAL JUZGADO: PENAL UNIPERSONAL MIXTO - CUTERVO. CUADERNO: 053-2015- JPUM-CCSJLA /PJ JUEZ: DR. CARLOS ERNESTO LAZO GUTIERREZ. ESPECIALISTA: PATRICIA PISCOYA PISCOYA El Juzgado Penal Unipersonal Mixto de la ciudad de Cutervo, juez DR. CARLOS ERNESTO LAZO GUTIERREZ, CITA Y EMPLAZA: HERMES LOZADA HERRERA, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra en el proceso del Expediente N° 053-2015-JPUM-C, por el delito OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio DELIA LOZADA ZARATE. A quien además se le hace de conocimiento que mediante Resolución N° 01 de fecha diez de abril del año dos mil quince, se ha resuelto: CITAR A JUICIO ORAL, para el DIECISIETE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL QUINCE, A AHORAS TRES DE LA TARDE CON TREINTA MINUTOS (03:30 PM.) BAJO APERCIBIMIENTO de que en caso de inconcurrencia del acusado, ser declarado reo contumaz, y se ordenara su ubicación y captura a nivel nacional. LENIN IVAN DIAZ MUÑOZ JUEZ DEL JUZG. UNIP. MIXTO CUTERVO LILY MARLENY REAÑO CAMPOS ASISTENTE JURISIDCCIONAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CUTERVO PODER JUDICIAL – CSJLA 21, 22, 23 Mayo EDICTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LAMBAYEQUE JUEZ DRA. KARINA ROSSANA VELASQUEZ CAMPOS ESPECIALISTA LEGAL: DRA. SAMPEDRANO EXP. N° 2686-2013-87-1708-JR-PE01 Por el pie., cito llamo y emplazo al acusado JOSE MANUEL FERNANDEZ NAVARRO, domiciliado en Anexo Rinconazo en el distrito de Tuman, para que se presente al Juzgado Penal Unipersonal a mi cargo de esta ciudad el día 17 de Junio del año en curso a las 11 a.m., con motivo de continuar- la Audiencia de Juicio Oral en el Exp. N° 2686-2013-87 que se le sigue por el delito de FALSEDAD GENERICA en agravio de JUANA MARILU BANCES CHIROQUE.
CRÓNICA Lambayeque, 22 de abril del 2015 KARINA ROSSANA VELASQUEZ CAMPOS JUEZ JUZGADO PENAL UNIPERSONAL LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL – CSJLA 21, 22, 23 Mayo EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 6045-2012-1706-JRPE-01 IMPUTADO: CHACALIAZA AGUIRRE CARLOS AUGUSTO DELITO: ESTAFA GENERICA TICCLLA DIAZ CECILIA FLOR Se NOTIFICA a CHACALIAZA AGUIRRE CARLOS AUGUSTO: con la resolución que resuelve: l. REPROGRAMAR audiencia de Juicio Oral PARA DIA DIECISIETE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL QUINCE A HORAS OCHO CON TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA, en la sala de audiencias número cinco segundo piso de la nueva sede Judicial- Av. José Leonardo Ortiz N° 155-Chiclayo, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ, reservarse el proceso y ordenarse su conducci6n compulsiva en caso de inasistencia. 2. La presente publicación se deberá realizar por TRES DIAS. Por haberse dispuesto en el EXPEDEDIENTE N° 6045-2012-1706-JR-PE01, proceso seguido contra el acusado CARLOS AUGUSTO CHACALIAZA AGUIRRE como presuntos coautores del delito Contra el Patrimonio en su figura de ESTAFA, ilícito previsto y sancionado en el artículo 196° del Código Penal, en agravio de Delicia Flor Ticlla Diaz JULIO RENATO GAMARRA LUNA VICTORIA JUEZ TITULAR 2° JUZGADO PENAL UNIPERSONAL SUPRAPROVINCIAL PODER JUDICIAL – CSJLA 21, 22, 23 Mayo EDICTO El Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Chiclayo, Juez - JULIO RENATO GAMARRA LUNA VICTORIA, cita y emplaza a ALEJANDRO ESTUARDO MAJO JUAREZ, para que se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra, en el proceso signado con número de Expediente N2 03849-2009-6-1706-JR-PE-02, seguido contra los acusados seguido contra el acusado ALEJANDRO ESTUARDO MAJO JUAREZ y otro como presunto autor del delito contra La Fe Publica, en su figura de Falsificación de documento Público Falso, en agravio de EDUARDO BENAVIDES GANOZA Y OTROS; para que concurra a la audiencia REPROGRAMADA para el día DIECIETE DE JUNIO DEL AÑO EN CURSO A HORAS OCHO CON TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA audiencia que se llevara acabo en la sala de audiencias número cinco del Segundo Piso de la nueva sede de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, bajo apercibimiento de declarar reo contumaz al acusado, en caso de inconcurrencia injustificada y, disponerse el archivo provisional de la causa conforme al inciso 5 del artículo 79 del Código Procesal Penal. Secretario: Victor Monteza Basauri JULIO RENATO GAMARRA LUNA VICTORIA JUEZ TITULAR 2° JUZGADO PENAL UNIPERSONAL SUPRAPROVINCIAL PODER JUDICIAL – CSJLA 21, 22, 23 Mayo EDICTO PENAL EXPEDIENTE N°: 06850-2013-701708-JR-PE-01 JUZGADO: Juzgado Colegio Permanente Supraprovincial JUEZ: Dra. Rosa Amelia Vera Melendez ESPECIALISTA JUDICIAL: Karina Elizabeth Fernandez Ramírez
JUDICIAL
PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV
NOTIFICA a: ANA LUCIA MENDOZA SAAVEDRA., con la resolución Numero dos de fecha 15 de abril del 2015, mediante la cual se ha RESUELTO: PROGRAMAR la audiencia de juicio oral para el día DIECISIETE DE JUNIO DEL DOS MIL QUINCE a horas OCHO Y MEDIA DE LA MAÑANA, diligencia que se realizara en la SALA DE AUDIENCIAS DEL ESTABLECIMIENTO PENAL DE PICSI-CHICLAYO de los Juzgados Colegiados, ubicada en el DISTRITO DE PICSI, bajo apercibimiento de ser CONDUCIDA COMPULSIVAMENTE, reservarse el proceso en caso de inasistencia. Por haberse dispuesto así el proceso N° 06850-2013-0-1708-JR-PE-01 en el proceso seguido contra los acusados JOSE MANUEL SANCHEZ CHANTA, JUNIOR EDUARDO RIVERA VASQUEZ y ABEL FRANCISCO GALLEGOS FIGUEROA por el delito CONTRA EL PATRIMONIO en su figura de ROBO, en la modalidad de ROBO AGRAVADO, tipificado en el artículo 188° concordante con el artículo 189° segundo párrafo numeral 3) y 4) del código penal en agravio de ANA LUCIA MENDOZA SAAVEDRA. Chiclayo, 15 de abril del 2015 GERARDO GALVEZ RODRIGUEZ DIRECTOR DE DEBATE P.J.-NCPP-CSJLAMB 21, 22, 23 Mayo EDICTO PENAL Oficio N° 445-2014-10-1706-JR-PE-/ BSC-ivp TERCER JUZGADO UNIPERSONAL SUPRAPROVINCIAL JUEZ: JUANITA MUNOZ MONDRAGON ESPECIALISTA: Blanca Seclen CITA YEMPLAZA; al acusado señalado en autos JACINTO GUZMAN TESEN; para que se presente a la audiencia signada en el proceso N° 445-2014-10-1706-JR-PE, que se le sigue por el delito de LESIONES LEVES en agravio de ENMA T. CABRERA BURGA notificándosele para que concurra a la diligencia de JUICIO ORAL programada para el día DJECISIETE DE JUNIO del año dos mil quince a horas TRES DE LA TARDE (hora exacta) la misma que se realizara en la sala de audiencia número NUEVE (9), de los Juzgados Unipersonales, ubicada en el tercer piso de la nueva sede judicial de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, Sito en la Av. José Leonardo Ortiz N° 155 Centro Cívico - Chiclayo. Por haberse dispuesto así en el cuaderno de debates N° 445-2014-101706-JR-PE-07, que se sigue contra JACINTO GUZMAN TESEN por el delito de LESIONES LEVES POR VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de ENMA CABRERA BURGA Notificándose bajo apercibimiento de declarársele reo contumaz en caso de inasistencia. Chiclayo, 23 de marzo del 2015 JUNITA A. MUÑOZ MONDRAGON JUEZ TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PODER JUDICIAL – CSJLA 21, 22, 23 Mayo EDICTO PENAL EXPEDIENTE N°: 00464-2013-741706-JR-PE-07 JUZGADO: 7° JUZG. UNIPERSONAL DE CHICLAYO JUEZ: SELFIT RODRIGUEZ SAAVEDRA. ESPECIALISTA JUDICIAL: María Mercedes Domínguez Huaman Se NOTIFICA a: JORGE LUIS FERNANDEZ PARDO Y JHAN ERICK PEÑA AGURTO Y RONALD FRANKLIN DE LA CRUZ RAMIREZ, con la resolución numero Uno de fecha 03 de marzo del 2015, mediante la cual se ha RESUELTO: PROGRAMAR la audiencia de juicio oral para el día DIECISIETE DE JUNIO del año dos mil Quince a horas OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA, diligencia que se realizara en la Sala de Audiencias N°
14 de los Juzgados Unipersonales de Chiclayo ubicado en el Tercer Piso de la Nueva Sede de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, sito en la calle José Leonardo Ortiz número 155 - Chiclayo, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ, reservarse el proceso y ordenarse su conducción compulsiva en caso de inasistencia. Por haberse dispuesto así el proceso N° 00464-2013-74-1706-JRPE-07 en el proceso seguido contra el acusado JORGE LUIS FERNANDEZ PARDO Y JHAN ERICK PEÑA AGURTO Y RONALD FRANKLIN DE LA CRUZ RAMÍREZ por el delito contra el PATRIMONIO en su modalidad de TENTATIVA DE HURTO AGRAVADO, previsto y penado en el artículo 185° como tipo base concordante con el artículo 186° primer párrafo inc. 6 del Código Penal; 2. La presente publicación se deberá realizar por TRES DIAS Chiclayo, 03 de marzo del 2015 SELFIT RODRIGUEZ SAAVEDRA JUEZ JUZGADO UNIPERSONAL P.J.-NCPP-CSJLAMB 21, 22, 23 Mayo EDICTO PENAL JUEZ: ELIA JOVANNY VARGAS RUIZ Especialista Legal: Joselito Mejia Perez Por el presente CITO LLAMO Y EMPLAZO, al acusado JOSE ANSELMO ALARCON OLIVERA quien deberá concurrir a la audiencia de Juicio Oral, la misma que se llevara a cabo el día DIECIOCHO DE JUNIO DEL DOS MIL QUINCE, a horas TRES DE LA TARDE en la sala de audiencias número SEIS, ubicada en el segundo piso de la Nueva Sede del Poder Judicial, sito en la Av. José Leonardo Ortiz N° 155 - Centra Cívico - Chiclayo, bajo apercibimiento de declararse REO CONTUMAZ en caso de inconcurrencia. Por haberse ordenado en el EXP. 5363-2010-70-JR-PE-01, seguido contra el acusado libre: JOSE ANSELMO ALARCON OLIVERA como autor del delito CONTRA LA FE PUBLICA en su figura de FALSEDAD GENERICAS tipificado en el artículo 438 del Código Penal, en agravio de ESSALUD, LA SUNAT, LA ONP Y PEDRO HUGO CARMONA ROSAS. Publíquese el presente edicto por tres días consecutivos. ELIA JOVANNY VARGAS RUIZ JUEZ QUINTO JUZGADO UNIPERSONAL PODER JUDICIAL – CSJLA 21, 22, 23 Mayo EDICTO PENAL Oficio N° 5853-2012-71-1706-JR-PE SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSOL DE CHICLAYO JUEZ: JULIO RENATO GAMARRA LUNA VICTORIA ESPECIALISTA: JOSELITO MEJIA PEREZ CITA Y EMPLAZA; al acusado de autos RAFAEL EDMUNDO DIMITRI AITA MURO, para que se pongan a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra en el proceso penal N° 5853-2012-71-1707JR-PE-02, proceso seguido contra el acusado seguido contra el acusado RAFAEL EDMUNDO DIMITRI AITA MURO, como autor del delito Contra la Fe Publica en su modalidad de USO DE DOCUMENTO PUBLICO FALSO, en agravio del estado - Municipalidad Distrital de Mesones Muro, ilícito previsto en el último párrafo del artículo 427° del Código Penal, notificándosele para que concurra a la diligencia de JUICIO ORAL reprogramada para el día DIECIOCHO DE JUMP del año dos mil quince a horas DOS Y CUARENTA MINUTOS DE LA TARDE. (Hora exacta), la misma que se realizara en la sala de audiencia número CINCO (OS), ubicada en el segundo piso de la nueva sede judicial de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, sito en la Av. José Leonardo Ortiz N°
PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV 115 - Centro Cívico - Chiclayo. Por haberse dispuesto así en el cuaderno de debates N° 5853-2012-711707-JR-PE-02, proceso seguido contra el acusado seguido contra el acusado RAFAEL EDMUNDO DIMITRI AITA MURO, como autor del delito Contra la Fe Publica en su modalidad de USO DE DOCUMENTO PUBLICO FALSO, en agravio del estado - Municipalidad Distrital de Mesones Muro, ilícito previsto en el último párrafo del artículo 427° del Código Penal, Notificándose bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz, reservarse el proceso u ordenarse su conducción compulsiva en caso de inasistencia. JULIO RENATO GAMARRA LUNA VICTORIA JUEZ TITULAR 2° JUZGADO PENAL UNIPERSONAL SUPRAPROVINCIAL PODER JUDICIAL – CSJLA 21, 22, 23 Mayo EDICTO PENAL EXPEDIENTE N°. 4608-2014-JPLLY JUZGADO DE PAZ LETRADO DE LAMBAYEQUE JUEZ: Dra: LEILA ESTELA MARIN MOSQUERA SECRETARIO: Dra: CARMEN DOLORES SANTAMARIA DE VERA Por el presente edicto se CITA, LLAMA y EMPLAZA al inculpado JOSE ELMER CHERO MILLAN quien domicilia en el Pueblo Joven- La Esperanza -Manzana -D-Lote 6 - La Esperanza -Lambayeque y de la agraviada BARTOLA VENTURA SUCLUPE con domicilio en Manzana B- Lote 09-Urbanizacion Puerta Azul- Lambayeque ; para comunicarle que se ha dispuesto se presenten a este despacho el día 18 de Junio del año 2015 a horas 10.00 de la mañana en el local del Juzgado de Paz de la Provincia de Lambayeque sito en la calle San Martin NRO. 600, a efecto de que se lleve a cabo la audiencia de enjuiciamiento con la concurrencia obligatoria bajo apercibimiento de ley.Por haberse así dispuesto en el Expediente N° 2014-JPLLY, seguida contra JOSE ELMER CHERO MILLAN por FALTAS CONTRA LA PERSONA.LESIONES DOLOSAS, en agravio de BARTOLA VENTURA SUCLUPE. Lambayeque, 12 de marzo del año 2015 ABOG. CARMEN D. SANTAMARIA DE VERA SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO – LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL – CSJLA 21, 22, 23 Mayo EDICTO PENAL EXPEDIENTE N°. 4645-2014-JPLLY JUZGADO DE PAZ LETRADO DE LAMBAYEQUE JUEZ: Dra: LEILA ESTELA MARIN MOSQUERA SECRETARIO: Dra: CARMEN DOLORES SANTAMARIA DE VERA Por el presente edicto se CITA, LLAMA y EMPLAZA al inculpado LUIS ALBERTO VIDAURRE TANTALEAN quien domicilia en la Calle Los Diamantes NRO. 1171-deI Pueblo Joven Santa Rosa de la Lambayeque y agraviada AMELIA CESPEDES CARLOS quien domicilia en la Calle López Vidaurre Nro. 1480 del Pueblo Joven Santa Rosa de Lambayeque para que se presente a este despacho el día 18 de junio del año 2015 a horas 11.00 de la mañana en el local del Juzgado de Paz de la Provincia de Lambayeque sito en la calle San Martin NRO. 600, a efecto de que se lleve a cabo la audiencia de enjuiciamiento con la concurrencia obligatoria bajo apercibimiento de ley.Por haberse así dispuesto en el Expediente N° 4645-2014-JPLLY, seguida contra LUIS ALBERTO VIDAURRE TANTALEAN por FALTAS CONTRA LA PERSONA-LESIONES DOLOSAS, en agravio de AMELIA CESPEDES CARLOS.
CRÓNICA
Lambayeque, 17 de marzo del año 2015 ABOG. CARMEN D. SANTAMARIA DE VERA SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO – LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL – CSJLA 21, 22, 23 Mayo EDICTO PENAL Exp. 2202-2014-87 el señor Juez del Octavo Juzgado Penal Unipersonal de Chiclayo, JORGE ASBEL ROJAS CUBAS, CITA Y EMPLAZA Al acusado JOSE LUIS VERGARA ROSALES, para la audiencia de Juicio oral Programada para el día DIECINUEVE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL QUINCE a horas DOCE DEL MEDIO DIA, que se realizara en la Sala de Audiencias número DIECISEIS (16) ubicado en el Segundo piso de la nueva sede de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, (avenida José Leonardo Ortiz 155 - Centro Cívico en Chiclayo), bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz en caso de inasistencia. Fecha 07 de mayo del 2015.Secretario: Eva María Vásquez Vásquez. JORGE ASBEL ROJAS CUBAS JUEZ 5° JUZGADO PENAL UNIPERSONAL P.J.-NCPP-CSJLAMB 21, 22, 23 Mayo EDICTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LAMBAYEQUE ESPECIALISTA DE JUZGADO DRA. ZOILA REGALADO GUEVARA Por el presente edicto, CITO, LLAMO Y EMPLAZO por tres días consecutivos al investigado NILSON DE LA CRUZ MEJIA CON DOMICILIO EN AV. MALECON URETA - TALLER DE MECANICA SARAVIA- LAMBAYEQUE, NATURAL DE LIMA, CON DNI N° 17633055 CON LA ACTA DE FECHA VEINTIOCHO DE ABRIL DEL AÑO EN CURSO QUE RESUELVE: DECLARAR FRUSTRADA la instalación de la presente audiencia y reprogramar la misma para el día DIECINUEVE DE JUNIO DEL DOS MIL QUINCE a horas DIEZ DE LA MAÑANA, en esta misma sala de audiencia, quedando válidamente notificado el representante fiscal, con el mismo apercibimiento decretado en autos, en caso de inasistencia injustificada. SUBROGAR a la abogada defensora particular del imputado, letrada Mayra Velesmoro Delgado por lo que se DISPONE se OFICIE a la defensoría publica del Ministerio de Justicia de esta ciudad para que asigne un defensor público que puede asumir la defensa técnica del imputado, en caso que este último no cumple con designar otro abogado particular de su libre elección dentro del plazo de 24 horas de notificado; por haberse ordenado así en la instrucción N° 2030-2014-0-1708-, que se le sigue en su contra por el delito APROPIACION IRREGULAR en agravio de CARLOS BECERRA CRISTIAN. Lambayeque, 04 de mayo del 2015 OMAR LONGARAY CASTRO JUEZ JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL – CSJLA 21, 22, 23 Mayo EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 00091-2014-44-1707JR-PE-01 REPRESENTANTE: AYALA BARBOZA, MARIA ALBERTINA IMPUTADO: RAMIREZ VILLACORTA, VICTOR MANUEL DELITO: OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR AGRAVIADO: RAMIREZ AYALA, MACIEL GUADALUPE Se NOTIFICA a: VICTOR MANUEL RAMIREZ VILLACORTA, con la resolución DOS que resuelve: -REPROGRAMAR audiencia de Juicio
JUDICIAL Oral para el DIA DIECINUEVE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL QUINCE a horas doce del mediodía la misma que se realizara en la sala de audiencia número cinco de los Juzgados Unipersonales, ubicada en el segundo piso de la Nueva Sede de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, sito en la Avenida José Leonardo Ortiz N” 155 Centro Cívico - Chiclayo; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ, reservarse el proceso y ordenarse su conducción compulsiva en caso de inasistencia. -La presente publicación se deberá realizar por TRES DIAS. Por haberse dispuesto en el Expediente N°: 00091-2014-44-1707-JR-PE-01, proceso seguido contra el acusado VICTOR MANUEL RAMIREZ VILLACORTA por el delito CONTRA LA FAMILIA en la modalidad de OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en su figura de INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACION ALIMENTARIA en agravio de su hija MACIEL GUADALUPE RAMIREZ AYALA, regulado por el artículo 149° del Código Penal. JULIO RENATO GAMARRA LUNA VICTORIA JUEZ TITULAR 2° JUZGADO PENAL UNIPERSONAL SUPRAPROVINCIAL PODER JUDICIAL – CSJLA 21, 22, 23 Mayo EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 01997-2012-21-1706JR-PE-04 ESPECIALISTA: EVA VASQUEZ VASQUEZ ABOGADO: BARCO LIZA, HUBER FISCAL: CESPEDES GARCIA, JOSE IMPUTADO: RIMARACHIN SAUCEDO, ADELMO DELITO: LESIONES GRAVES AGRAVIADO: ALTAMIRANO SAMPERTEGUI, GABRIEL Juez: DR. MARTIN DELGADO RAMIREZ Especialista Legal: Vásquez Por el presente, CITO, LLAMO Y EMPLAZO, al acusado ADELMO RIMARACHIN SAUCEDO, quien deberá concurrir a la Audiencia de Juicio Oral, el día 19 de JUNIO del 2015 a horas 8:30 a.m., la misma que se realizara en la sala de audiencia número CATORCE (14) -3° PISO, ubicada en la nueva sede de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, sito en la Av. José Leonardo Ortiz N° 155 - Centra Cívico - Chiclayo; bajo apercibimiento de ser declarada rea contumaz y ordenarse su ubicación y captura en caso de inconcurrencia. Por haberse ordenado en el Exp. N° ADELMO RIMARACHIN SAUCEDO, como AUTOR del delito CONTRA LA VIDA, EL CUERPO Y LA.SALUD, en su figura de LESIONES CULPOSAS GRAVES, tipificado en el segundo párrafo del artículo 124° V tipo base del artículo 121° del código Penal, en agravio de GABRIEL ALTAMIRANO SAMPERJTEGUI. Publíquese el presente edicto por tres días consecutivos. PEDRO MARTIN DELGADO RAMIREZ JUEZ SETIMO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PODER JUDICIAL – CSJLA 21, 22, 23 Mayo EDICTO PENAL Exp. 6238-2013-80 La Juez del cuarto Juzgado Unipersonal Penal de Chiclayo, Hiroko Sandra Teresa Hiyane Ramírez, CITA Y EMPLAZA a OSCAR IMAN MINO, para que se ponga(n) a derecho y se defienda(n) de los cargos formulados en su contra como presunto autor del delito contra La Administración Publica en su modalidad de Desobediencia a la Autoridad en agravio de Ministerio del Interior; a la audiencia pública de juicio oral el DICINUEVE DE JUNIO del año dos mil quince a horas OCHO TREINTA DE LA MAÑANA diligencia que se realiza-
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ra en la Sala de Audiencias DIEZ del Juzgado Unipersonal de Chiclayo - tercer piso, sito en la calle José Leonardo Ortiz número 155 - Chiclayo. Fecha 17 de Diciembre de 2014.Secretario: Loida Iris Gonza Suarez HIROKO SANDRA T. HIYANE RAMIREZ JUEZ CUARTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PODER JUDICIAL – CSJLA 21, 22, 23 Mayo EDICTO El 6° Juzgado Unipersonal Supraprovincial de Chiclayo, Juez José Merino Iberos, CITA Y EMPLAZA al acusado Juanita Muñoz Mondragón, CITA Y EMPLAZA al acusado HERNAN EDUARDO PALACIOS PAZ como presunto autor del delito Contra La Seguridad Publica, en su figura de Peligro Común, modalidad de CONDUCCION DE VEHICULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, ilícito previsto en el artículo 274° del Código Penal, en agravio de la SOCIEDAD, en audiencia del día VEINTIDOS DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL QUINCE a horas TRES Y TREINTA de la mañana, diligencia que se realizara en la Sala de Audiencias número 09 del Tercer Juzgado Unipersonal de Chiclayo - ubicado en la calle José Leonardo Ortiz número 155 - Segundo Piso Chiclayo, bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz, reservarse el proceso y ordenarse su conducción compulsiva en caso de inasistencia. Por haberse ordenado así en el proceso 2427-2014-42-1706-JR-PE-1° que se sigue contra dicha acusado por el delito contra La Familia, en su figura de Omisión de Asistencia Familiar, modalidad de INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACION ALIMENTARIA. (Secretaria Rosa Paz Noriega). JUANITA A. MUÑOZ MONDRAGON JUEZ TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PODER JUDICIAL – CSJLA 21, 22, 23 Mayo EDICTO PENAL Juez: Sara Verónica Vera Zuloeta Especialista Legal: Eva Vásquez Vásquez Por el presente CITO LLAMO Y EMPLAZO, al acusado JUNIOR ANGULO USHINAHUA, quien deberá concurrir a la Audiencia de Juicio Oral, que se llevara a cabo el día VEINTIDOS DE JUNIO del año dos mil quince a horas DOCE CON TREINTA DE LA TARDE EN LA SALA DE AUDIENCIAS NUMERO OCHO del tercer piso de la Nueva Sede del Poder Judicial, sito en la Av. José Leonardo Ortiz N° 155 - Centro Cívico - Chiclayo, bajo apercibimiento de declararse REO CONTUMAZ en caso de inconcurrencia. Por haberse ordenado en el EXP. 6446-2013-7-1706-JR-PE-07, proceso seguido contra el acusado ANGULO USHINAHUA JUNIOR por el delito CONTRA LA SEGURIDAD PUBLICA en su figura de Peligro Común, en su modalidad de CONDUCCION DE VEHICULO EN ESTADO DE EBRIEDAD regulado en el artículo 274° del Código Penal. Publíquese el presente edicto por tres días consecutivos. SARA VERA ZULOETA JUEZ JUZGADO PENAL UNIPERSONAL P.J.-NCPP-CSJLAMB 21, 22, 23 Mayo EDICTO PENAL Exp. 7129-2013-1 La Juez del primer Juzgado Unipersonal Penal de Chiclayo, Sara Verónica Vera Zuloeta, CITA Y EMPLAZA a DAVID RAUL FLORES LEON, para que se ponga(n] a derecho y se defienda(n) de los cargos formulados en su contra como presunto autor del delito CONDUCCION DE VEHICULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de la
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SOCIEDAD; a la audiencia pública de juicio oral el VEINTIDOS DE JUNIO del año dos mil quince a horas NUEVE DE LA MAÑANA diligencia que se realizara en la Sala de Audiencias OCHO del Juzgado Unipersonal de Chiclayo - tercer piso, sito en la calle José Leonardo Ortiz número 155 - Chiclayo, bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz, ordenarse su ubicación y captura a nivel nacional y reservar el proceso. Fecha 28 de Abril de 2015. Secretario: Loida Iris Gonza Suarez SARA VERA ZULOETA JUEZ JUZGADO PENAL UNIPERSONAL P.J.-NCPP-CSJLAMB 21, 22, 23 Mayo EDICTO PENAL EXP. N° 041-2904-LAMB. LA SEÑORA JUEZ DEL JUZGADO M1XTO PERMAMENTE EN ADICION DE FUNCIONES DEL JUZGADO PENAL LJQUJDADOR DE LAMBAYEQUE por intermedio del presente notifica al procesado JUAN LADISLAO DE LA CRUZ VALLEJOS, a la audiencia de lectura de sentencia que se llevara a cabo el día 22 de Junio del año 2015 a las 4 de la tarde en el local del juzgado ubicado en la calle Bolívar número 624 de la ciudad de Lambayeque., con motivo del proceso que se le sigue por el delito contra el pudor en agravio de menor de edad, debiendo asistir con su Abogado y en caso de inasistencia se sentenciara en su ausencia con la presente de un defensor público y el representante del Ministerio Publico. Lambayeque, 16 de Abril del 2015 DRA. CARMEN JULIA UBILLUS CHUNGA JUEZ TITULAR JUZGADO MIXTO PERMANENTE EN ADICION DE FUNCIONES JUZGADO PENAL LIQUIDADOR LAMBAYEQUE AGUSTIN S. POLAR CHAVEZ ESPECIALISTA LEGAL JUZGADO MIXTO PERMANENTE LAMBAYEQUE 21, 22, 23 Mayo EDICTO PENAL EXP. N° 393-2004-LAMB. LA SEÑORA JUEZ DEL JUZGADO MIXTO PERMANENTE EN ADICION DE FUNCIONES DEL JUZGADO PENAL LJQUIDADOR DE LAMBAYEQUE par intermedio del presente notifica al procesado MARCO PABLO NIZAMA ESQUEN, a la audiencia de lectura de sentencia que se llevara a cabo el día 22 de Junio del año 2015 a las 3 de la tarde en el local del juzgado ubicado en la calle Bolívar número 624 de la ciudad de Lambayeque con motivo del proceso que se le sigue por el delito de violación en agravio de VTCENTA FLORES MARTINEZ , debiendo asistir con su Abogado y en caso de inasistencia se sentenciara en su ausencia con la presente de un defensor público y el representante del Ministerio Publico,Lambayeque, 16 de Abril del 2015 DRA. CARMEN JULIA UBILLUS CHUNGA JUEZ TITULAR JUZGADO MIXTO PERMANENTE EN ADICION DE FUNCIONES JUZGADO PENAL LIQUIDADOR LAMBAYEQUE AGUSTIN S. POLAR CHAVEZ ESPECIALISTA LEGAL JUZGADO MIXTO PERMANENTE LAMBAYEQUE 21, 22, 23 Mayo EDICTO PENAL EXPEDIENTE N°: 00287-2014-921706-JR-PE-06 JUZGADO: Sétimo Juzgado Penal Unipersonal Chiclayo JUEZ: Dr. Pedro Martin Delgado Ramírez ESPECIALISTA JUDICIAL: Carlo Mario Del Piélago Samamé Se NOTIFICA a: PEDRO FRANCISCO PUERTA YURUKI , con la reso-
CRÓNICA lución número Cuatro de fecha 31 de Marzo del 2015, mediante la cual se ha RESUELTO: REPROGRAMAR la audiencia de juicio oral para el día VEINTITRES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL QUINCE a horas OCHO CON TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA, diligencia que se realizara en la Sala de Audiencias N° CATORCE de los Juzgados Unipersonales de Chiclayo ubicado en el Tercer Piso de la Nueva Sede de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, sito en la calle José Leonardo Ortiz número 155 - Chiclayo, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ, reservarse el proceso y ordenarse su conducción compulsiva en caso de inasistencia. Por haberse dispuesto así el proceso N°00287-2014-921706-JR-PE-06 en el proceso seguido contra el acusado al acusado PEDRO FRANCISCO PUERTA YURUKI como autor del delito contra la familia en su figura de Omisión a la Asistencia Familiar en la modalidad de INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACION ALIMENTARIA en agravio de MILUSKA YZUMI PUERTA FARRO, regulado por el artículo 149 del Código Penal La presente publicación se deberá realizar por TRES DIAS Chiclayo, 31 de Marzo del 2015 PEDRO MARTIN DELGADO RAMIREZ JUEZ SETIMO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PODER JUDICIAL – CSJLA 21, 22, 23 Mayo EDICTO PENAL Oficio N° 3677-2014-1706-JR-PE SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSOL DE CHICLAYO JUEZ: JULIO RENATO GAMARRA LUNA VICTORIA ESPECIALISTA: JOSELITO MEJIA PEREZ CITA Y EMPLAZA: al acusado de autos SEGUNDO JUAN LORENZO GAMARRA JAMBO, para que se pongan a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra en el proceso penal N° 3677-2014-1707-JR-PE-02, proceso seguido contra el acusado seguido contra el acusado SEGUNDO JUAN LORENZO GAMARRA JAMBO por el delito contra la familia en la modalidad de OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en su figura de INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACION ALIMENTARIA en agravio de su hija ROSA YENET GAMARRA EUGENIO .regulado por el artículo 149° del Código Penal., notificándosele para que concurra a la diligencia de JUICIO ORAL reprogramada para el día VEINTITRES DE JUNIO del año en curso, a horas OCHO DE LA MAÑANA, (hora exacta), la misma que se realizara en la sala de audiencia número CINCO (OS), ubicada en el segundo piso de la nueva sede judicial de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, sito en la Av. José Leonardo Ortiz N° 115 - Centro Cívico -Chiclayo. Por haberse dispuesto así en el cuaderno de debates N° 3677-2014-1707JR-PE-02, proceso seguido contra el acusado seguido contra el acusado SEGUNDO JUAN LORENZO GAMARRA JAMBO por el delito contra la familia en la modalidad de OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en su figura de INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACION ALIMENTARIA en agravio de su hija ROSA YENET GAMARRA EUGENIO .regulado por el artículo 149° del Código Penal, regulado por el artículo 149° del C6digo Penal, Notificándose bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz, reservarse el proceso u ordenarse su conducción compulsiva en caso de inasistencia Edictos que deberán ser publicados por el plazo de tres días. JULIO RENATO GAMARRA LUNA VICTORIA JUEZ TITULAR 2° JUZGADO PENAL UNIPERSONAL SUPRAPROVINCIAL PODER JUDICIAL – CSJLA
JUDICIAL
PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV
21, 22, 23 Mayo EDICTO PENAL Oficio N° 4842-2014-62-1706-JR-PE/ JCHM JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LAMBAYEQUE JUEZ: ROGER OMAR LONGARAY ESPECIALISTA: Juan Carlos Hoyos CITA Y EMPLAZA; al imputado de autos CONCEPCION CAJUSOL SANTISTEBAN, así miso se notificada al agraviado BENIGNO VENTURA SANTISTEBAN, a efecto de notificarles con el tenor de la resolución numero Uno de fecha diez de marzo del dos mil quince; que CONFIERASE TRASLADO a los demás sujetos procesales con el requerimiento de SOBRESEIMIENTO por el plazo de DIEZ DIAS; vencido que sea, procédase a señalar la Audiencia Preliminar de Control de Sobreseimiento; para tal fin: Así mismo por el principio de celeridad y economía procesal: CITESE a la AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE SOBRESEIMIENTO para el día VEINTITRES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL QUINCE a horas OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA (hora exacta), la misma que se realizara en la Sala de Audiencias del Juzgado de investigación Preparatoria de Lambayeque, sito en Calle San Martin N° 600 -Lambayeque; bajo apercibimiento que en caso de inasistencia injustificada del abogado defensor a la audiencia programada en autos, se aplicara lo dispuesto en el artículo 85° inciso 2), y del representante del Ministerio Publico de aplicarse lo dispuesto en el artículo 144° inciso 1) del Código procesal Penal respectivamente. Por haberse dispuesto así en el cuaderno de expediente N° 4842-201462-1706-JR-PE-06, que se sigue contra Concepción Cajusol Santisteban y Otros por el delito de Usurpación y Otros en agravio del Estado y Otros OMAR LONGARAY CASTRO JUEZ JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL – CSJLA 21, 22, 23 Mayo EDICTO PENAL EXP. N° 197-2007-LAMB. LA SEÑORA JUEZ DEL JUZGADO M1XTO PERMAKENTE EN ADICION DE FUNCIONES DEL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE LAMRAYEQUE por intermedio del presente notifica al procesado PERCY ALEMAN GARCIA, a la audiencia de lectura de sentencia que se llevará a cabo el día 23 de Junio del año 2015 a las 3 de la tarde en el local del juzgado ubicado en la calle Bolívar número 624 de la ciudad de Lambayeque., con motive del proceso que se le sigue por el delito de contrabando en agravio del Estado „ debiendo asistir con su Abogado v en caso de inasistencia se sentenciara en su ausencia con la presente de un defensor público y el representante del Ministerio Publico.Lambayeque, 16 de Abril del 2015 DRA. CARMEN JULIA UBILLUS CHUNGA JUEZ TITULAR JUZGADO MIXTO PERMANENTE EN ADICION DE FUNCIONES JUZGADO PENAL LIQUIDADOR LAMBAYEQUE AGUSTIN S. POLAR CHAVEZ ESPECIALISTA LEGAL JUZGADO MIXTO PERMANENTE LAMBAYEQUE 21, 22, 23 Mayo EDICTO EXPEDIENTE N°: 358-2013-TJPUS-J JUEZ: DR. RIVER ENRIQUE BRAVO HIDALGO ESP. DE JUZGADO: ABOG. MIGUEL GUZMAN CARRANZA El Señor Juez Director de debates del Juzgado Penal Colegiado de la Provincia de Jaén, mediante el presente
EDICTO NOTTFICA A LOS ACUSADOS: DAVID QUISPE CRUZ. BENIGNO RAMOS CRUZ, PABLO ANDRES EUGENIO CARRASCO, JORGE RONAL DA VILA BERRIOS, ROGER ALEJANDRO CAMPOS CRUZADO, a fin de que concurran a la Sala de Audiencias del Tercer Juzgado Penal Unipersonal de Jaén, ubicado en la intersección de las calle Mariscal Castillo y Huamantanga de esta ciudad, para efectos de llevarse a cabo la audiencia de JUICIO ORAL, programada para el día VEINTICUATRO DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL QUINCE, A HORAS OCHO DE LA MAÑANA (HORA EXACTA), bajo apercibimiento de ser declarados Reos Contumaces, reservarse el proceso y ordenarse su captura a nivel nacional, en caso de su inconcurrencia injustificada. Por haberse ordenado así mediante resolución diez, de fecha uno de agosto del año dos mil catorce, expedida en el Expediente N° 358-2013-TJPUS-J, seguido contra DAVID QUISPE CRUZ Y OTROS, por el delito del FALSEDAD IDEOLOGICA en agravio del ESTADO PERUANO. Jaén, 20 de Abril del 2015 MIGUEL A. GUZMAN CARRANZA ESPECIALISTA JUDICIAL JUZGADO DE JUZGAMIENTO – JAEN PJ.-NCPP-CSJLAMB 21, 22, 23 Mayo EDICTO PENAL Oficio N° 3369-2014-0-1706-JR-PE/ JCHM JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LAMBAYEQUE JUEZ: GLORIA LOCONI CAPITAN ESPECIALISTA: Juan Carlos Hoyos CITA Y EMPLAZA; al Tercero Civil Responsable ROBERTO PALACIOS SANTISTEBAN - en calidad de propietario del Vehículo clase M2-CMTA RURAL, marca Toyota, a efecto de notificarle con el tenor de la resolución número Cuatro; que CONFIERASE TRASLADO a los sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DIAS HABILES, a efectos de que puedan por escrito: 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de criterio de oportunidad (principio de oportunidad), 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados y, 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; Así mismo por el principio de celeridad y economía procesal: CITESE a la AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACION para el día VEINTICINCO DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL QUINCE a horas OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA (hora exacta), la misma que se realizara en la Sala de Audiencias del Juzgado de investigación Preparatoria de Lambayeque, sito en Calle San Martin N° 600 – Lambayeque. Por haberse dispuesto así en el expediente N° 3369-2014-0-1706-JR-PE06, que se sigue contra Hernan Palacios Chozo por la presunta comisión del delito de Homicidio Culposo en agravio de Eleodoro Esquivel Torres. OMAR LONGARAY CASTRO JUEZ JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL – CSJLA 21, 22, 23 Mayo EDICTO PENAL EXPEDIENTE N°: 3734-2012-751706-JR-PE-5
PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV JUZGADO: Quinto Juzgado Penal Unipersonal de Chiclayo JUEZ: Dra. Elia Jovanny Vargas Ruiz ESPECIALISTA JUDICIAL: Rosa Paz Noriega Se NOTIFICA a: ETSGAR ROBER CORONEL VERASTEGUI y CARLOS ALBERTO DIAZ CABANILLAS, con la resolución número dos de TRES de dieciséis de enero del dos mil quince, mediante la cual se ha RESUELTO: 1. REPROGRAMAR la audiencia de juicio oral para el día VEINTICINCO DE JUNIO DEL DOS MIL QUINCE; a horas DOS CON CUARENTA MINUTOS DE LA TARDE, diligencia que se realizará en la Sala de Audiencias N° SEIS de los Juzgados Unipersonales de Chiclayo ubicado en el Segundo Piso de la Nueva Sede de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, sito en la calle José Leonardo Ortiz número 155 - Chiclayo, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ, reservarse el proceso y ordenarse su conducción compulsiva en caso de inasistencia. Por haberse dispuesto así el proceso N° 3734-2012-75-1706JR-PE-02, proceso seguido contra los acusados ETSGAR ROBER CORONEL VERASTEGUI en calidad de autor, y MANUEL ALBERTO CUMPA CARMONA Y CARLOS ALBERTO DIAZ CABANILLAS en calidad de cómplices primarios del delito contra el Patrimonio en la modalidad de HURTO CON AGRAVANTES, en agravio de DEYSI CHUQUISTA BOCANEGRA, conducta previsto y sancionado en los artículos 185° Código Penal con las agravantes del artículo 186° numeral 2) y 6) del Código acotado. 3. La presente publicación se deberá realizar por TRES DIAS. ELIA JOVANNY VARGAS RUIZ JUEZ QUINTO JUZGADO UNIPERSONAL PODER JUDICIAL – CSJLA 21, 22, 23 Mayo EDICTO EN EL EXP. N° 4034-2010-44 - EL PRIMER JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ, DE CHICLAYO, A CARGO DE LA DRA. SELFIT RODRIGUEZ SAA VEDRA, CITA YEMPLAZA AL IMPUTADO GILBERTO TORRES DIAZ, CON DNI N° 16762513. CON DOMICILIO EN CASERIO PINAS - CHONTALI - JAEN - CAJAMARCA, HIJO DE ALFONSO Y SANTOS; PARA QUE SE PRESENTE AL LOCAL DEL PRIMER JUZGADO DE INVETIGACION PREPARATORIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ, EL SEÑOR JUEZ A DISPUESTO LO SIGUENTE: RESOLUCION 17: SE RESUELVE: DECLARAR FRUSTRADA LA AUDIENCTA Y SE REPROGRAMA para el día TREINTA DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL QUINCE a horas NUEVE DE LA MAÑANA. SE DISPONE LA NOTIFICACION DEL SENTENCIADO EN SU DOMICILIO REAL ubicado en calle Las Pinas- Distrito de Chontali- Provincia de Jaén-Departamento de Cajamarca, DEBIENDO REMITIRSE EL EXHORTO CORRESPONDIENTE AL JUEZ DEL PAZ DE CHONTALI. SE DISPONE LA NOTIFICACION DEL SENTENCIADO MEDIANTE EDICTOS. JOSE LEONARDO ORTIZ, 05 DE MAYO DEL 2015 ESPECIALISTA: MARTHA VILCHEZ QUEVEDO SELFIT RODRIGUEZ SAAVEDRA JUEZ 1° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MBJ – JLO PODER JUDICIAL – CSJLA 21, 22, 23 Mayo EDICTO PENAL EXPEDIENTE N°: 01240-2014-101706-JR-PE-01 JUZGADO: Sexto Juzgado Penal Unipersonal Chiclayo JUEZ: Dra. María Maritza Lujan Castillo.
CRÓNICA
ESPECIALISTA JUDICIAL: María Mercedes Domínguez Huaman Se NOTIFICA a: ARCENIO VALLE CASTAÑEDA, con la resolución número cuatro fecha 08 de mayo de 2015, mediante la cual se ha RESUELTO: PROGRAMAR la audiencia de juicio oral para el día VEINTISIETE DE MAYO DEL DOS MIL QUINCE A HORAS OCHO DE LA MAÑANA, diligencia que se realizara en la Sala de Audiencias N° 15 de los Juzgados Unipersonales de Chiclayo ubicado en el Segundo Piso de la Nueva Sede de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, sito en la calle José Leonardo Ortiz número 155 - Chiclayo, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ, reservarse el proceso y ordenarse su conducción compulsiva en caso de inasistencia. Por haberse dispuesto así el proceso N° 01240-2014-10-1706-JR-PE-01 en el proceso seguido contra el acusado ARCENIO VALLE CASTAÑEDA por el delito CONTRA LA SEGURTOAD PUBLICA en su figura de CONDUCCION DE VEHICULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD en agravio de la SOCIEDAD, regulado por el primer párrafo del artículo 274° del Código Penal. -La presente publicación se deberá realizar por TRES DIAS. Chiclayo, 08 de mayo de 2015 JOSE R. MERINO IBEROS JUEZ SEXTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL P.J.-NCPP-CSJLAMB 20, 21, 22 Mayo EDICTO PENAL EXP. N° 441-0-2015-0-1706-JR-PE3-GAT EL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE LA CORTE SUERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE. JUEZ: TORRES SE CITA Y EM PLAZA al señor: EMANUEL VILLANUEVA FLORES, para que se ponga a derecho y defienda de de los cargos formulados en su contra, en el proceso N° 441-2015-0-JR-PE-3° RESOLUCION NUMERO: UNO Chiclayo, tres de marzo Del dos mil quince. 1.- TRASLADO a los demás sujetos procesales, el Requerimiento de Acusación Penal por el plazo perentorio de DIEZ DIAS HABILES, a efectos de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa 3) solicitar la imposición o revocaci6n de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad, 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio de prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuaci6n probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusaci6n.RESOLUCI6N NUMERO: DOS Chiclayo, veintisiete de marzo Del dos mil quince.Con el estado del proceso, y de conformidad con el artículo 351° del Código Procesal Penal se dispone: CITAR AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACIÓN, para el día VEINTIOCHO DE MAYO del año dos mil quince, a horas DIEZ Y TREINTA DE LA MAÑANA (hora exacta)- fecha programada en razón de la recargada agenda de audiencias programadas en el sistema integral de justicia - en la sala de audiencias N° Tres del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria en esta nueva sede de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, ubicado en la calle José Leonardo Ortiz N°
JUDICIAL 155-Centro Cívico de Chiclayo; SECRETARIO: GUILIANA AGUILAR TORRES DR. VICTOR TORRES SANCHEZ JUEZ 3° JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA P.J.-NCPP-CSJLAMB 20, 21, 22 Mayo EDICTO PENAL Inst. No. 1860-2015-0 ESPECIALISTA LEGAL: Dra. KARINA GONZALES PAREDES MOTIVO: NOTIFICACION.EL SEÑOR JUEZ DEL PRIMER JUZGADO ESPECILIZADO PENAL DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ. CITA, LLAMA, EMPLAZA Y NOTIFICA a JOSE DANIEL SECLEN AGUIRRE; CON UN EXTRACTO DE LA ACTA DE AUDIENCIA POR LO EXPUESTO: RESOLUCION NUMERO: DOS José Leonardo Ortiz ocho de mayo Del año dos mil quince.Parte Considerativa: Queda registrado en audio Parte Resolutiva: Se transcribe SE RESUELVE: DECLARAR FRUSTRADA LA AUDIENCIA y se REPROGRAMA para el día CINCO DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL QUINCE a horas DIEZ DE LA MAÑANA. SE DISPONE LA NOTIFICACION DEL IMPUTADO en su domicilio real ubicado en calle Abancay N° 490 CPM Primero de Mayo del distrito de José Leonardo Ortiz Y MEDIANTE EDICTOS para que concurra a la audiencia programada.- Por haberse dispuesto así en la instrucción No. 1860-2015-0 que se le sigue por el delito de CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD.José Leonardo Ortiz, 11 de Mayo del 2015 KARINA GONZALES PAREDES ESPECIALISTA DE CAUSAS 1° JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA MODULO BASICO DE JUSTICIA – JLO 20, 21, 22 Mayo EDICTO PENAL Expediente N°: 2309 -2013- 06 1706JR-PE-01 Juzgado: Juzgado Primer Juzgado de Investigacion Preparatoria José Leonardo Ortiz - Lambayeque Especialista: Cesar Augusto Salazar Piscoya. Imputado: AMELIA OLANO DELGADO Delito: FALSEDAD IDEOLOGICA Agraviado: HEREDEROS DE HERMITAÑO CARRASCO DIAZ SE NOTIFICA A AMELIA OLANO DELGADO, con domicilio en calle Brasil N° 415 6 en calle Los Molles Lote 20 Mz 33 PJ Villa Hermosa, ambos del distrito de José Leonardo Ortiz. REQUERIMIENTO MIXTO: Se atribuye a la acusada Winny Lucy Cossio Flores, haber presentado en la Investigacion Fiscal realizada por la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de JLO, según la carpeta fiscal N° 1198-2012 la Escritura Publica N° 767, elaborada en la Notaria Publica del distrito de Monsefu - Abogada Patricia Torres del Águila, de fecha 06-0612 de la cual se desprende que esa acusada adquirió de su coacusada Amelia Olano Delgado la propiedad del inmueble consistente en el lote N° 02 de la Mz “B” de la Urb. Los Claveles, actualmente individualizado como la calle Los Cocos N° 720 del PJ Villa Hermosa de JLO, sin embargo conforme a la Escritura Publica N° 1524 elaborada por la Notaria Publica Isabel Alvarado Quijano el 23-05-2007,consta que la acusada Amelia Olano Delgado vendió ese mismo inmueble al fallecido Hermitaño Carrasco Diaz el 24-05-2012. De lo anterior se desprende que la conducta desarrollada por Amelia Olano Delgado constituye el delito de Falsedad Ideológica toda vez que a sabiendas hizo insertar en un instrumento público, como es la
Chiclayo, viernes 22 de mayo del 2015 11 Escritura Publica N° 767, declaraciones falsas concernientes a hechos que deban probarse con dicho documento, esto es respecto a la propiedad del Lote N° 02 de la Mz “B” de la Urb Los Claveles, actualmente individualizado como la calle Los Cocos N° 720 del PJ Villa Hermosa de JLO, pues aquella era conocedora que sobre dicho inmueble no le asistía derecho real alguno que la faculte a transferir el mismo en calidad de propietaria, ya que con fecha 06-06-12 lo había vendido el mismo lote al fallecido Hermitaño Carrasco Diaz, conforme a la Escritura Publica N° 1524, de ello se evidencia no solo la materialización del delito imputado en su faz objetiva sino que además se acredita el dolo (voluntad y conocimiento) con el que actuó dicha acusada, causando perjuicio a los denunciantes, en atención a la disminución de su acervo patrimonial que por ley correspondía herederar de su causante. Por estos hechos el Representante del Ministerio Publico formula acusación en su contra, por el delito de Falsedad Ideológica, solicitando se le imponga Tres años de pena privativa de libertad y en pago de cuatro mil nuevos soles, por concepto de reparación civil.-Y el sobreseimiento por el delito de Falsificación de Documento Público. CESAR AUGUSTO SALAZAR PISCOYA ESPECIALISTA DE JUZGADO MBJ – JLO P.J.-NCPP-CSJLAMB 20, 21, 22 Mayo EDICTO EN EL EXP. N° 3459-2014-0 EL SEGUNDO JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ, DE CHICLAYO, A CARGO DEL DR. REYNERIO DIAZ TARRILLO, CITA Y EMPLAZA AL IMPUTADO MARIO OSMAN FERNANDEZ BUSTAMANTE, CON DNI N ° 40250564, CON DOMICILIO EN CALLE 28 DE JULIO N° 601- P.J NUEVO SAN LORENZO, HIJO DE FELIDOLFO Y ORFELINDA; PARA QUE SE PRESENTE AL LOCAL DEL PRIMER JUZGADO DE INVETIGACION PREPARATORIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ, EL SENOR JUEZA DISPUESTO LO SIGUENTE: RS. 06 SE RESUELVE: DAR POR INICIADA LA ETAPA INTERMEDIA; DISPONIENDO que el expediente judicial sea considerado como el Expediente Fiscal que servirá de anexo del Cuaderno de la Etapa Intermedia; CORRASE TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo de DIEZ DIAS del requerimiento de acusación, acompañándose copia del mismo; y cumplido que sea, prográmese la Audiencia Preliminar para debatir los fundamentos del requerimiento fiscal de acusación. PRECISESE que la carpeta fiscal con todos los elementos de convicción se encuentra en las oficinas de la Fiscalía encargada del caso, para los fines que correspondan; Impóngase la medida coercitiva de comparencia simple al imputado MARIO OSMAN FERNANDEZ BUSTAMANTE quien se encuentra obligado a concurrir a las diligencias que sea citado bajo apercibimiento de ordenarse su conducción compulsiva y, por el principio de celeridad procesal: CITESE para el día DIECISEIS DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL QUINCE a horas DOCE DEL DIA (hora exacta) a efecto de realizar la audiencia preliminar de control de acusación en la Sala de Audiencias NUMERO DOS de los Juzgados de Investigacion Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo s/n cuadra 10 - Atusparias, con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado del acusado, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada de este ultimo de excluirlo de la defensa y designar a un abogado de oficio como lo autoriza el artículo 85.1 . Requeri-
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Chiclayo, viernes 22 de mayo del 2015
miento Fiscal: Los hechos que se le atribuyen al imputado MARIO OSMAN FERNANDEZ BUSTAMANTE (37), se encuentran tipificados en el artículo 195° del Código Penal: referidos a la RECEPTACIONAGRAVADA, cuyo tipo base se encuentra previsto en el artículo 194° del Código Penal, el mismo que establece que se configura este delito cuando “el agente adquiere, recibe en donación o en prenda o guarda, esconde, vende o ayuda a negociar un bien de cuya procedencia delictuosa tenía conocimiento o debía presumir que provenía de un delito”; encontrándose la figura agravante de dicha conducta en el segundo párrafo del artículo 195 del Código Penal, el mismo que prescribe: “La pena será privativa de la libertad no menor de seis ni mayor de doce años si se trata de bienes provenientes de la comisión de los delitos de robo agravado, secuestro, extorsión y trata de personas”. Dentro de este contexto, se debe precisar que si no hay delito anterior es imposible jurídicamente hablar de receptación. Sin la comisión previa de un delito no existe receptación, pero no solo porque así lo haya dispuesto e/JOSE legislador, sino porque no sería posible construir un tipo penal que castigase a quien oculta algo ilícito. En el presente caso el supuestos del delito de RECAUDACION consiste en guardar o esconder el bien de cuya procedencia delictuosa tenía conocimiento o debía presumir que provenía de un delito, y el verbo rector de guardar o esconder se refiere a colocar el bien mueble en una localización determinada, afín de que no sea detectado, desplazarlo a un espacio físico donde no pueda ser descubierto por terceros, incluida la policía, tal y como lo hizo el acusado de recibir y guardar un vehículo que debía presumir provenía de un evento delictivo; es decir al legislador no le interesa un estado real de certeza, más si el deber de presunción, lo cine significa que en este caso no ha de probarse que el autor presumía dicha condición, sino que según ciertos datos, era su deber haberse puesto en dicha situación subjetiva. En otras palabras lo que se reprime es la infracción del deber, de la debida diligencia por no haberse informado adecuadamente acerca de la procedencia delictiva del bien.2; conducta que el acusado MARIO OSMAN FERNANDEZ BUSTAMANTE, realizo al haber guardado un vehículo robado; mas aún si dicho local lo dedicaba en las noches como cochera, debía exigir que los propietarios de los idos muestren la tarjeta de propiedad de los vehículos que guardaban y de no contar con la documentación pertinente negarse a recibir vehículo alguno; por al haber vulnerado la norma, y al existir los suficientes elementos de acción, se puede colegir que incurrió en la comisión del presente ilícito, solicita se imponga al acusado MARIO OSMAN FERNANDEZ BUSTAMANTE, la pena de SEIS ANOS DE PENA PRIVATIVA DE LA LIBERT AD, El monto de la reparación civil debe ser fijado prudencialmente teniéndose en cuenta lo prescrito en el art. 93 del Código Penal referido a que la reparación civil, comprende: a) La restitución del bien o, si no es posible, el pago de su valor y, b) la indemnización de danos y perjuicios. No obstante, se debe tener en cuenta lo establecido en el Acuerdo Plenario N° 06- 2006 que establece el daño civil debe entenderse como aquellos efectos negativos que derivan de la lesión de un interés protegido, lesión que puede originar consecuencias patrimoniales y no patrimoniales. En el presente caso, el pago de la reparación civil, debe estar dirigida a indemnizar el daño y perjuicio causado al agraviado al liabársele privado de su unidad móvil por un lapso de tiempo, tiempo que dejo de utilizarlo como herramienta de trabajo, generándole un perjuicio económico que merece ser reconocido; por ende a efecto de reparar el daño extrapatrimonial, se
CRÓNICA solicita el monto de UN MIL NUEVOS SOLES como concepto de reparación civil a favor del agraviado OTROSI DIGO: Conforme a lo prescrito en los artículos 350° y 351 del Código Procesal Penal, SOLICITO se corra traslado a los sujetos procesales, debiéndose notificar al acusado en su domicilio real consignado en sus datos generales o de ser pertinente mediante Edictos Penales en el diario “La Republica “ de esta localidad: ASIMISMO, solicito se ofíciese a la Defensoría Publica de JLO., a efecto de que se le asigne un abogado defensor público y pueda ejercer su derecho de defensa. JOSE LEONARDO ORTIZ, 13 DE MAYO DEL 2015 ESPECIALISTA: MARTHA VILCHEZ QUEVEDO REYNERIO DIAZ TARRILLO JUEZ 2° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MODULO BASICO DE JUSTICIA – JLO 20, 21, 22 Mayo
5.- CRÓNICAS JUDICIALES SALA PENAL VACACIONALPROCESOS DE LA SALA PENAL LIOUIDADORA TRANSITORIA DESPACHO JUDICIAL DEL DIA 06 DE FEBRERO DE 2015 Con los señores Guillermo Piscoya, Burga Zamora y Salazar Fernandez; se vieron y se votaron las siguientes causas penales: 14-15 SEÑALARON para audiencia el tres de Febrero del 2015, a las nueve horas. (Omitida del día 03.02.15) 14-15 CONDENANDO al acusado Yino Paolo Torres Neira, como autor del delito de robo agravado, en agravio de segundo Luis Diaz Burga, y como tal le impusieron 05 años de p.p de la libertad, fijaron en la suma de quinientos nuevos soles por concepto de reparación civil que dicho condenado deberá abonar a favor del agraviado. Ordenaron su ingreso al Establecimiento Penal de Chiclayo - Ex Picsi. (Omitida del día 04.02.15) 05-1853 SEÑALARON para audiencia el cinco de febrero del 2015, a las siete horas y cuarenta minutos. (Omitida del día 04.02.15). 05-1853 ADMITIR como nuevo medio probatorio la declaración testimonial de dona Vilma Tenorio Diaz. Infundado el Ofrecimiento respecto a la testimonial de la menor agraviada. 05-1853 DECLARARON infundada la solicitud del abogado del acusado Alvis Coronel Tenorio, de variar el mandato detención por el de comparecencia restringida; y dispusieron darle ingreso al establecimiento penal de Chiclayo ex Picsi. 81- 711 DECLARARON extinguida la pena por cumplimiento de la misma y por tanto se dispone la rehabilitación del sentenciado Ricardo Agustín Aldana Rentería. SALAZAR FERNANDEZ JUEZ SUPERIOR RITA CEPEDA HERRERA RELATORA
JUDICIAL
PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV
2015, a las 3:00 p.m. (Omitida del día 09.02.15). 12-1311 IMPROCEDENTE la excepción de Naturaleza de acción deducida por el abogado defensor de Ios acusado Jesús Dionisio Carranza Fernandez y Jorge Luis Parraguez Santisteban (Omitida del día 10.02.15). 12-1311 VARIAR el mandato de comparecencia simple por el de comparecencia restringida a Ios acusados Jesús Dionisio Carranza Fernandez y Jorge Luis Parraguez Santisteban. Suspender la presente audiencia para ser continuada el día 16.02.15, a horas 8:00 a.m. en esta misma sal de audiencia. Levantar las ordenes de ubicación y captura que pesaban sobre Ios acusados. (Omitida del día 10.02.15). 12-1311 SEÑALARON para audiencia el día 10 de febrero del 2015, a las 3:00 p.m. (Omitida del día 10.02.15). 05-1853 REPROGRAMAR la continuación del juicio oral en el presente proceso para el día jueves 12.02.15, a las 12:30 del día. 03-1844 SEÑALARON para audiencia el 12.02.15, a las 10:30 a.m. SALAZAR FERNANDEZ JUEZ SUPERIOR RITA CEPEDA HERRERA RELATORA DESPACAHO JUDICIAL DEL DIA 17 DE FEBRERO PE 2015 Con Ios señores Guillermo Piscoya, Burga Zamora y Salazar Fernandez; se vieron y se votaron las siguientes causas penales: 08-4223 SEÑALARON para audiencia el 13.02.15, a las siete horas y veinte minutos (Omitida del día 12.02.15). 06-1321 SEÑALARON para audiencia el 12.02.15, a las once horas y quince minutos (Omitida del día 12.02.15). 05-1853 ADMITIR como nuevo medio probatorio ofrecido por el abogado defensor del acusado la declaración testimonial de doña María Santos Flores Diaz, madre biológica de la menor agraviada. (Omitida del día 12.02.15). 09-1297 CONCEDIERON el recurso de nulidad interpuesto por el sentenciado. Dispusieron que los autos sean elevados a la Corte Suprema de Justicia de la Republica. (Omitida del día 13.02.15). 06-1321 CONDENANDO al acusado Leonardo Alberto Galvez Mata Marquez, como autor del delito de robo agravado con muerte subsecuente en agravio de Gilberto Mires Vásquez y como tal le impusieron veintiún anos de pena privativa de la libertad, fijaron en la suma de 30 mil nuevos soles por concepto de reparación civil que dicho condenado deberá abonar de manera solidaria con los ya sentenciados. Ordenaron dar ingreso al establecimiento penal de Chiclayo ex Picsi (Omitida del día 13.02.15). 09-1297 CONCEDIERON el recurso de nulidad que interpone el condenado recurrente, Luis Enrique Ugas Segura (Omitida del día 16.02.15).
DESPACHO JUDICIAL PEL DIA 11 PE FEBRERO DE 2015
04-104 SEÑALARON fecha de audiencia para el día de la fecha 16.02.15, a horas tres y treinta de la tarde (Omitida del día 16.02.15).
Con Ios señores Guillermo Piscoya, Burga Zamora y Salazar Fernandez; se vieron y se votaron las siguientes causas penales:
05-1853 RESOLVIERON recibir en este acto oral la declaración de la agraviada presente, doña Verónica Elizabeth Yarango Flores.
12-1311 SEÑALARON para audiencia el día de la fecha 10 de febrero del
SALAZAR FERNANDEZ JUEZ SUPERIOR
DANIEL ESQUEN RELATOR - SECRETARIO DESPACHO JUDICIAL DEL DIA 25 DE FEBRERO DE 2015 Con los señores Guillermo Piscoya, Burga Zamora y Salazar Fernandez; se vieron y se votaron las siguientes causas penales: 02-87 SEÑALARON fecha de audiencia para el día 23.02.15, a las cuatro de la tarde (Omitida del día 23.02.15). 05-4577 ABSOLVIENDO de la acusación fiscal a Segundo Alburuqueque Muñoz del delito de robo agravado en agravio de Ricardo Rosales Diaz; en consecuencia ordenaron su inmediata libertad. Dispusieron el archivamiento definitivo y anulación de sus antecedentes policiales y judiciales del absuelto (Omitida del día 23.02.15). 04-104 ABSOLVIENDO a Marcial Menor Vásquez de la acusación fiscal como autor del delito de violación a la libertad sexual de menor de 14 años. Dispusieron la anulación de los antecedentes policiales y judiciales generados en su contra por este proceso (Omitida del día 24.02.15). 03-1844 ADMITIR como nuevos medios probatorios ofrecidos por la abogada defensora del acusado las documentales consistentes en copia del DNI de dona Maribel Monja Roque, conviviente del acusado; y las partidas de nacimientos de sus hijos. SALAZAR FERNANDEZ JUEZ SUPERIOR DANIEL ESQUEN RELATOR - SECRETARIO DESPACHO JUDICIAL DEL DIA 27 DE FEBRERO DE 2015 Con los señores Guillermo Piscoya, Burga Zamora y Salazar Fernandez; se vieron y se votaron las siguientes causas penales: 05-1853 CONDENANDO al acusado Alvis Coronel Tenorio como autor del delito de violación a la libertad sexual de menor de catorce años, como tal le impusieron 20 años de pena privativa de la libertad con el carácter de efectiva. Fijaron por concepto de reparación civil la suma de ocho mil nuevos soles. ORDENARON que el sentenciado sea ingresado al Establecimiento penal de Chiclayo - Ex Pisci (Omitida del día 26.02.15). 12-1311 SEÑALARON fecha de audiencia para el día tres de marzo del dos mil quince a las horas nueve y treinta de la mañana. 12-650 CONFIRMAR la sentencia apelada de fecha 07.11.14, que condena al acusado Apolonio Llaguento Segundo como autor de delito contra la libertad sexual, como tal le impusieron 08 años de p.p de la libertad efectiva. Disponer el archivamiento definitivo del proceso consentida o ejecutoria que sea la presente. 02-87 CONDENANDO al acusado Miguel Angel Olano Tocto como autor del delito de robo agravado en agravio de Junior Abad Masías; y como tal le impusieron 04 años de pena privativa de la libertad efectiva, la misma que se convierte en prestación de servicios a la comunidad a razón de un total de 208 jornadas. ORDENARON su inmediata libertad y se levante las órdenes de captura impartidas en su contra, fijaron el monto de quinientos nuevos soles por concepto de reparación civil. 12-1311 CONDENANDO a don Jorge Luis Parraguez Santisteban como autor del delito contra la Fe Publica, en su figura de uso de documento falso
PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV en agravio de El Estado, Municipalidad de Ferreñafe y Banco de Trabajo; como tal le imponen tres años de pena privativa de la libertad suspendida en su ejecución por el periodo de prueba de dos años. Fijan por concepto de reparación civil la suma de Mil Nuevos Soles. Absolver de la acusación fiscal a Jesús Dionisio Carranza Fernandez del delito contra la Fe Publica, en su figura de uso de documento falso en agravio del Estado, Municipalidad de Ferreñafe y Banco de Trabajo; en consecuencia dispusieron el archivamiento definitivo SALAZAR FERNANDEZ JUEZ SUPERIOR DANIEL ESQUEN RELATOR - SECRETARIO DESPACHO JUDICIAL DEL DIA 02 DE MARZO DE 2015 Con los señores Guillermo Piscoya, Burga Zamora y Salazar Fernandez; se vieron y se votaron las siguientes causas penales: 05-1853 SEÑALARON fecha de audiencia para el día tres de marzo del dos mil quince a horas diez de la mañana. 08-4223 ABSOLVIENDO a Javier Angel Aguinaga Navarro de la acusación fiscal como autor del delito contra el patrimonio en su modalidad de robo agravado en agravio de Walter Vásquez Burga. Ordena su inmediata libertad, girándose para el efecto la respectiva papeleta de excarcelación. Dispusieron la anulación de los antecedentes policiales y judiciales generados en su contra. Mandaron reservar el juzgamiento al acusado ausente Jean Pierre Navarrete Suarez, sin perjuicio de oficiarse a la policía para su ubicación y captura. SALAZAR FERNANDEZ JUEZ SUPERIOR
CRÓNICA
sación fiscal al imputado Braulio Silva Gil del delito de homicidio simple en agravio de Luis Saldaña Chavez; dispusieron se deje sin efecto las ordenes de captura impartidas en su contra y se proceda a la anulación de sus antecedentes policiales y judiciales generados por este proceso; dispusieron el archivo definitivo del proceso. 11-4631 REVOCAR la resolución N° 68 que contiene la sentencia del 28 de abril del 2014, en el extremo que fija e n doscientos cincuenta nuevos soles por concepto de reparación civil deberá pagar el sentenciado a favor de la parte agraviada. El Estado. REFORMANDO el quantum indemnizatorio de la reparación civil: fijaron en la suma de quinientos nuevos soles que en forma solidaria con el ya sentenciado Luis Martin Castro Ramírez, deberá abonar el condenado Joel Eduardo Arenas Perez a favor de la parte agraviada. 08-85 DECLARAR nula la resolución que contiene la sentencia de fecha 07 de octubre del 2014, e insubsistente el dictamen fiscal de folios quinientos cinco a quinientos doce. Mandaron ampliar la investigación por el plazo especial e improrrogable de cuarenta y cinco días; ordenaron se dejen sin efecto las ordenes de captura impartidas en contra del mencionado procesado. 11-5664-85 CONFIRMAR la resolución N° 83 que declara infundada la nulidad deducida por el sentenciado José del Carmen Sayón Silva. 13-50 REPROGRAMARON fecha para audiencia el día 19 de marzo del 2015, a horas 10:00 a.m. 07-2861 REPROGRAMARON fecha para audiencia el día 19 de marzo del 2015, a horas 10:30 a.m. 07-3786-96 REPROGRAMARON fecha para audiencia el día 26 de marzo del 2015, a horas 10:00 a.m.
DANIEL ESQUEN RELATOR - SECRETARIO
98-459 SENALARON fecha de audiencia para el día 04 de marzo del 2015, a horas 04:30 p.m.
DESPACHO JUDICIAL DEL DIA 02 DE MARZO DE 2015
99-381 INFUNDADA la excepción de prescripción deducida por el acusado Julio Enrique Maza Monja; dispusieron se renueven las ordenes de captura contra el mencionado acusado.
Con los señores Ponte Durango, Rodríguez Castañeda y Delgado Ramírez; se vieron y se votaron las siguientes causas penales: 05-1853 SEÑALARON fecha de audiencia para el día tres de marzo del dos mil quince a horas diez de la mañana. 08-4223 ABSOLVIENDO a Javier Angel Aguinaga Navarro de la acusación fiscal como autor del delito contra el patrimonio en su modalidad de robo agravado en agravio de Walter Vásquez Burga. Ordena su inmediata libertad, girándose para el efecto la respectiva papeleta de excarcelación. Dispusieron la anulación de los antecedentes policiales y judiciales generados en su contra. Mandaron reservar el juzgamiento al acusado ausente Jean Pierre Navarrete Suarez, sin perjuicio de oficiarse a la policía para su ubicación y captura. SALAZAR FERNANDEZ JUEZ SUPERIOR RITA CEPEDA HERRERA RELATORA DESPACHO JUDICIAL DEL DIA 03 DE MARZO DE 2015 Con los señores Ponte Durango, Rodríguez Castañeda y Delgado Ramírez; se vieron y se votaron las siguientes causas penales: 99-3815 ABSOLVIENDO de la acu-
JUDICIAL excepción de prescripción de la acción penal, en el expediente 1311-2012 que se sigue contra Rebil Dranad Chicoma Valverde, por el delito de hurto agravado en agravio de la municipalidad Provincial de Ferreñafe interpuesta por el abogado de la defensa en juicio oral, en consecuencia dispusieron que se anulen los antecedentes policiales y judiciales en su contra, ordenaron se levanten la ordenes de captura. 07-3178 CONFIRMAR en todos sus extremos la resolución de fecha 2 de octubre del 2014 que resolvió la incautación definitiva del vehículo de placa de Rodaje VG-CUATRO MIL CUATROSCIENTOS SETENTISEIS (se rectifica el error numérica al considerar el número cuatro mil setecientos setenta y seis) y declaro improcedente el levantamiento de embargo solicitado por el recurrente José Andrés Suarez Leiva: en la instrucción seguida contra Hector Seguismundo Herrera Montoya por el delito de falsedad genérica y otro en agravio de Ramiro Blaz García y otro. SALAZAR FERNANDEZ JUEZ SUPERIOR DANIEL ESQUEN RELATORA DESPACHO JUDICIAL DEL DIA 05 DE MARZO DE 2015 Con los señores Ponte Durango, Rodríguez Castañeda y Delgado Ramírez; se vieron y se votaron las siguientes causas penales: 98-459 ADMITIR el nuevo medio probatorio ofrecido por el señor fiscal consistentes en la declaración del agraviado José Chonto Martínez, quien deberá concurrir en audiencia próxima (Omitida del día 04.03.15) 98-459 DECLARAR improcedente la variación del mandato de detención por el de comparecencia contra el acusado Jorge Bances Suarez solicitado por el abogado defensor; y encontrándose con mandato de detención dispusieron su ingreso en el Establecimiento Penal de Chiclayo, ex Picsi. (Omitida del día 04.03.15) 97-11802 SEÑALARON para audiencia el día 05 de marzo del 2015, a las doce horas. (Omitida del día 04.03.15)
12-767 ADMITIR el nuevo medio probatorio ofrecido por el señor fiscal consistentes en las declaraciones del agraviado José Javier Baquedano Fernandez y de la Señora Nancy Fernandez Ortiz; quienes deberán concurrir en audiencia próxima.
06-1321 DECLARARON consentida la resolución de sentencia de fecha 13.02.15 (Omitida del día 04.03.15)
03-1844 PROGRAMARON para audiencia el día 18 de marzo del 2015, a las 10:30 a.m.
14-15 DECLARARON consentida la resolución de sentencia de fecha 04.02.15 (Omitida del día 04.03.15)
97-17106 MANDARON reservar provisionalmente la instrucción respecto del acusado ausente, Severino Samame Sanchez, hasta que sea debidamente identificado, sin perjuicio de que se realicen las pesquisas o investigaciones necesarias; ordenaron se dejen sin efecto las ordenes de captura impartidas en su contra.
05-4577 DECLARARON consentida la resolución de sentencia de fecha 23.02.15 (Omitida del día 04.03.15)
04-1175 MANDARON reservar provisionalmente la instrucción respecto del acusado ausente Luis Miguel Vásquez Sosa, hasta que sea debidamente identificado, ordenaron se dejen sin efecto las ordenes de captura impartidas en su contra. 02-5640 MANDARON reservar provisionalmente la instrucción respecto de los acusados ausentes Alex Quevedo Sosa y Manuel Manchay Chinchay, hasta que sea debidamente identificado, ordenaron se dejen sin efecto las ordenes de captura impartidas en su contra. 12-1311 DECLARARON fundada la
04-104 DECLARARON consentida la resolución de sentencia de fecha 24.02.15 (Omitida del día 04.03.15)
02-87 DECLARARON consentida la resolución de sentencia de fecha 27.02.15 (Omitida del día 04.03.15) 97-11802 CONDENANDO al acusado Manuel Mendoza Molina como autor del delito de robo agravado en agravio del Banco de la Nación - agencia de Mocupe, por lo que le impusieron cinco años de p.p de la libertad efectiva; Dispusieron su ingreso en el Establecimiento penal de Chiclayo Ex Picsi. 06-2650 DECLARAR improcedente el pedido de sustitución de pena solicitada por el condenado Jarrin Julio Espinoza Aguirre; en la instrucción que se le siguió como autor del delito de homicidio calificado en agravio de Custodio Huaman Palomino. 96-411 DECLARARON consentida la resolución de sentencia de fecha
Chiclayo, viernes 22 de mayo del 2015 13 23.08.96. 04-329 DISPUSIERON corregir el segundo nombre del mencionado acusado, a quien se le corto el proceso, debiendo tenerse en adelante como Cesar Agusto Chapoñan Mino, y no como por error se consignó. 07-3628 REPROGRAMARON audiencia para el día 20.03.15 a las 11:40 a.m. DELGADO RAMIREZ JUEZ SUPERIOR RITA CEPEDA HERRERA RELATORA DESPACHO JUDICIAL DEL DIA 10 DE MARZO DE 2015 Con los señores Ponte Durango, Chavez Mella y Rodríguez Castañeda; se vieron y se votaron las siguientes causas penales: 08-6458 DECLARAR nula la resolución N° 48 de fecha 3 de octubre del 2014, y nulo todo lo actuado del expediente principal desde la constancia de notificación al sentenciado y dispusieron que el juez cumpla con la notificar al sentenciado Pericles Burga Gil en su domicilio real. (Omitida del día 09.03.15) 97-11802 DECLARARON consentida sentencia de fecha 05.03.15 (Omitida del día 09.03.15) 08-4223 DECLARARON consentida sentencia de fecha 02.03.15 (Omitida del día 09.03.15) 12-1311 DECLARARON consentida sentencia de fecha 27.02.15 (Omitida del día 09.03.15) 01-893-70 DECLARAR extinguida la pena de quince años por cumplido de la misma; prescrita la pena de multa; por tanto se dispone la rehabilitación del sentenciado Julio Cesar Pinchi Torres. Mandaron se le restituyan sus derechos restringidos por la sentencia, así como la anulación de sus antecedentes penales, judiciales y policiales de manera provisional hasta por cinco años generados por este proceso. Vencido dicho plazo y sin que medie reincidencia o habitualidad la cancelación será que medie reincidencia o habitualidad la cancelación será definitiva. (Omitida del día 09.03.15) 04-3474 SEÑALARON para audiencia el de mañana diez de marzo del dos mil quince, a las dos horas y cuarenta minutos. (Omitida del día 09.03.15) 08-5699 CONFIRMAR la resolución N° 32 que resuelve revocar la suspensión de la ejecución de la pena del sentenciado Erlih Erwin Ballesteros Rivera, convirtiéndola en efectiva, la que debe cumplir en el establecimiento penitenciario de Picsi. 93-118 DISPUSIERON levantar el embargo trabado en el inmueble de propiedad del recurrente José Santos Sandoval Damian, ubicada en la Manzana D-Lote treinta y siete del Asentamiento Humano Santa Rosa de Lima - Chiclayo, inscrito ante Registros Públicos con Partida Electrónica N°. P10016284 del Aplicativo SAPR. 05-1853 CONCEDIERON el recurso de nulidad que interpone el condenado recurrente Alvis Coronel Tenorio. 08-2098 DECLARARON improcedente el recurso de nulidad que se interpone RODRIGUEZ CASTAÑEDA JUEZ SUPERIOR RITA CEPEDA HERRERA RELATORA
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CRÓNICA
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PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV
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CRÓNICA
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MES MARZO MARZO ABRIL ABRIL ABRIL ABRIL MAYO MAYO MAYO MAYO JUNIO JUNIO JUNIO JUNIO JULIO JULIO
PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV
DÍAS 19,20 25,26 Y 27 07, 08 Y 09 14, 15 Y 16 21, 22 Y 23 28, 29 Y 30 05, 06 Y 07 12, 13 Y 14 19, 20 Y 21 26, 27 Y 28 02, 03 Y 04 09, 10 Y 11 16, 17 Y 18 23, 24 Y 25 01, 02 Y 03 07, 08 Y 09
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA VENTANILLA LIMA NORTE LIMA ESTE LIMA SUR LIMA LIMA LIMA LIMA CAJAMARCA ANCASH DEL SANTA LAMBAYEQUE LA LIBERTAD JUNÍN ICA CALLAO