DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE
Jueves, 23 de julio del 2015
PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV
AVISOS JUDICIALES DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE
2.
EDICTOS CLASIFICADOS
INSCRIPCION Y RECTIFICACION DE PARTIDA EDICTO JUDICIAL Exp. N° 045-2015 -C, seguido ante el Juzgado de Paz Letrado de San Marcos, por BENITA CARDENAS BRIONES, quien solicita la rectificación de su partida de Matrimonio; en el cual se resuelve lo siguiente: RESOLUCIÓN NÚMERO UNO.San Marcos, cuatro de junio del dos mil quince, se RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE en la vía de proceso no contencioso la solicitud de rectificación de partida de Matrimonio interpuesta por BENITA CÁRDENAS BRIONES, quien solicita: a).- Se aclare la fecha de matrimonio, al haberse consignado de manera ilegible, siendo lo correcto “veinte de julio de mil novecientos ochenta y ocho”; b) En la parte superior se rectifique los datos del cónyuge de la recurrente, al apreciarse erróneamente como “Luiz Bazán Flores”, siendo lo correcto “Luis Bazán Flores” y c) Se rectifique los datos de la recurrente titular, al apreciarse erróneamente como “Benedicta Cárdenas Briones”, siendo lo correcto “Benita Cárdenas Briones”. Quedando subsistente los demás datos; habiéndose dispuesto la publicación del edicto en el diario “La República” por una sola vez, así como en la emisora radial “Chasqui Llacta” de esta ciudad, prescindiéndose de la audiencia de Actuación y Declaración Judicial. Lo que se pone a conocimiento para los fines de Ley.- Firmado.CABRERA-Juez.-Firmado. LEZAMA-Secretario. ABSALON CABRERA RODRIGUEZ JUEZ SUPERNUMERARIO JUZGADO DE PAZ LETRADO SAN MARCOS LINDER LEONCIO LEZAMA SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO SAN MARCOS P. 4843270 F.P. 23 Julio S/. 4.00 EDICTO EXP. N° 00117-2015-CI - Quinto Juzgado de Paz Letrado-Civil, en tos seguidos por ANDRÉS GONZALES SÁNCHEZ sobre RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO, se ha resuelto lo siguiente: RESOLUCIÓN N° 1: Cajamarca 13/02/2015. CONSIDERANDO: ADMITASE A TRAMITE en la vía del proceso NO CONTENCIOSO la demanda de Rectificación de la partida de Nacimiento de ANDRÉS GONZA-
Jueves, 23 de julio del 2015
PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV
LES SÁNCHEZ, indicando Que en el rubro que corresponde a datos del Padre se ha consignado como “oRLANDO”, debiendo ser lo correcto “ORLANDO” y en el rubro de consignación de DNI se ha consignado como “26704528”, debiendo ser lo correcto “44313779”: PUBLIQUESE en el diario oficial El Peruano y “GRUPO LA República PUBLICACIONES S.A.” de esta localidad, por el lapso de 1 día.- Fdo. Dr. HUGO HOLDEN DIAZ LEON, Juez y LUISMA HALMITON ARRIBASPLATA IGNACIO Sec. HUGO HOLDEN DIAZ LEON JUEZ QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO – CIVIL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA LUISMAN HAMILTON ARRIBASPLATA YGNACIO SECRETARIO JUDICIAL QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJAMARCA P.4842895 F.P. 23 Julio S/. 4.00 EDICTO EXP. N° 654 - 2015 - C - Quinto Juzgado de Paz Letrado Civil, en los seguidos por WILFREDO FLORES CORREA sobre RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO, se ha resuelto lo siguiente: RESOLUCIÓN NUMERO UNO: Cajamarca, 30/06 /15. CONSIDERANDO: ADMITASE A TRAMITE en la vía del proceso NO CONTENCIOSO la demanda de Rectificación de la partida de Nacimiento de la menor VERÓNICA YANEÍ FLORES ARÉVALO, indicando que el segundo prenombre de la menor figura como “YANEÍ” debiendo ser lo correcto el de “YANELÍ” y en lo sucesivo debe figurar como “VERÓNICA YANELÍ FLORES ARÉVALO” : PUBLIOUESE: en el diario oficial “GRUPO LA REPUBLICA PUBLICACIONES S. A.” y en el diario oficial EL PERUANO de esta localidad, por el lapso de 1 día .-Fdo. Dr. Díaz, Juez y Muñoz Sec. HUGO HOLDEN DIAZ LEON JUEZ QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO – CIVIL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA CYNTHIA MUÑOZ POSADAS SECRETARIA JUDICIAL QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJAMARCA P.4842895 F.P. 23 Julio S/. 4.00 EDICTO EXP. N° 741 - 2015 - C - Quinto Juzgado de Paz Letrado Civil, en
1
B
los seguidos por EMERSON MANFREDY FLORES HERRERA sobre RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO, se ha resuelto lo siguiente: RESOLUCIÓN NUMERO UNO: Cajamarca, 13/07 /15. CONSIDERANDO: ADMITASE A TRAMITE en la vía del proceso NO CONTENCIOSO la demanda de Rectificación de la partida de Nacimiento, indicando que el rubro que corresponde al segundo prenombre figura como “MAMFREDY” debiendo ser lo correcto el de “MANFREDY” y en lo sucesivo debe figurar como “EMERSON MANFREDY FLORES HERRERA” : PUBLIQUESE: en el diario oficial “GRUPO LA REPUBLICA PUBLICACIONES S. A.” y en el diario oficial EL PERUANO de esta localidad, por el lapso de 1 día .-Fdo. Dr. Díaz, Juez y Fernández Sec. HUGO HOLDEN DIAZ LEON JUEZ QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJAMARCA GISSEL ABIGAIL FERNANDEZ YEPEZ SECRETARIA JUDICIAL QUINTO JUZGADO PAZ LETRADO – CIVIL CAJAMARCA P. 4842740 F.P. 23 Julio S/. 4.00 AVISO JUDICIAL RECTIFICACION DE PARTIDAS DE NACIMIENTO Ante el Juzgado de Paz Letrado del Distrito Baños del Inca, que despacha la Dra. CARMEN NANCY ARAUJO CACHAY; se tramita el Expediente Civil Nº 44-2015-CI. seguido por SEGUNDO MARCIAL ROMERO MUÑOZ, sobre Rectificación de la partida de su nacimiento inscrita con el Nº 250, del año 1943 en el Registro Civil de la Municipalidad Provincial de Cajamarca. El solicitante argumenta que: 1.- Al momento de inscribir el nacimiento del titular de la partida, se ha omitido consignar el nombre completo de su progenitor, habiéndosele consignado sólo “Marcial Romero”, cuando lo correcto debe ser JULIO MARCIAL ROMERO FERNANDEZ. 2.- Del mismo modo al momento de consignar el nombre de la madre del titular de la partida, sólo se consigna “Gaudencia Muñoz”, cuando lo correcto debe ser MARIA GAUDENCIA MUÑOZ ARNAO. 3.- En la parte que se anota el nombre del recurrente y titular de la partida se omite consignar su nombre completo, es decir solo aparece “Marcial Segundo”; debiendo ser lo correcto SEGUNDO MARCIAL ROMERO MUÑOZ. 4.- Finalmente, se consigna de
2
DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE
manera errónea la fecha de nacimiento del titular de la partida, anotándose como: “11 de Agosto de 1943”; debiendo ser lo correcto 11 de Agosto de 1944. Correcciones que deben operar tanto al margen como en su contenido. Por tales consideraciones, SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la solicitud de Rectificación de partida de Nacimiento, interpuesta por SEGUNDO MARCIAL ROMERO MUÑOZ; en efecto ORDENO el trámite en la Vía del Proceso No contencioso. Lo que se hace de conocimiento Público para los fines de Ley. Baños del Inca, 17 de Julio 2015. KARIN DANIXA VIGO PORTAL JUEZ SUPERNUMERARIO JUZGADO DE PAZ LETRADO BAÑOS DEL INCA CAJAMARCA SEGUNDO N. ARTEAGA ESCOBAR SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO BAÑOS DEL INCA CAJAMARCA P.4842737 F.P. 23 Julio S/. 4.00 EDICTO JUDICIAL EXP. 716-2015-C.- Primer Juzgado de Paz Letrado Cajamarca, a solicitud de MAGDA SOLEDAD LINARES BRAVO sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, se ha resuelto lo siguiente: Resolución N° UNO.- Cajamarca seis de julio del dos mil quince.- SE RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE la solicitud presentada por MAGDA SOLEDAD LINARES BRAVO sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO respecto a los datos correspondientes al rubro hijo se ha consignado como “HIJA ILEGITIMA”, siendo lo correcto: “HIJA LEGITIMA”.- Burga Rabanal Nilda Socorro- Juez; Rabanal Arroyo- Secretaria. Cajamarca, 13 de julio de 2015. NILDA S. BURGA RABANAL JUEZ PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA LADY ELIZABETH RABANAL ARROYO SECRETARIA JUDICIAL PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO – CIVIL CAJAMARCA P. 4842660 F.P. 23 Julio S/. 3.00 EDICTO JUDICIAL EXP. 740-2015-C.- Primer Juzgado de Paz Letrado Cajamarca, a solicitud de JUAN INFANTE GONZALES sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, se ha resuelto lo siguiente: Resolución N° UNO.- Cajamarca trece de julio del dos mil quince.SE RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE la solicitud presentada por JUAN INFANTE GONZALES sobre
Jueves, 23 de julio del 2015
RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO respecto a su apellido paterno, el mismo que ha sido consignado en su partida de nacimiento erróneamente como: YNFANTE, siendo lo correcto: “INFANTE”.- Burga Rabanal Nilda Socorro- Juez; Rabanal ArroyoSecretaria. Cajamarca, 16 de julio de 2015. NILDA S. BURGA RABANAL JUEZ PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA LADY ELIZABETH RABANAL ARROYO SECRETARIA JUDICIAL PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO – CIVIL CAJAMARCA P. 4842392 F.P. 23 Julio S/. 3.00 PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO EXP.566-2015.- Primer Juzgado de Paz Letrado de Cajamarca, en solicitud de CHÁVEZ LÓPEZ GILMER sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, se ha resuelto lo siguiente: Resolución número dos.- Cajamarca dos de julio del año dos mil quince.- SE RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE la solicitud interpuesta por GILMER CHÁVEZ LÓPEZ sobre Rectificación de Partida de nacimiento en vía procedimental No Contencioso; en el sentido que: en la partida de nacimiento del solicitante, en el rubro datos de la madre, se ha omitido consignar sus primeros prenombres de la madre, debiendo de quedar en forma correcta y completa como “ZOILA LUZ AURORA LOPEZ HUAMAN”; debiendo corregirse en todos sus extremos.- Fdo. Burga Rabanal - Juez; Andrade León - Especialista Legal. Cajamarca, 13 de julio del 2015 NILDA S. BURGA RABANAL JUEZ PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA MARTHA CARMELA ANDRADE LEON SECRETARIA JUDICIAL PRIMER JUZGADO DE PAZ LEREADO CAJAMARCA P. 4842350 F.P. 23 Julio. S/.3.00 EDICTO JUDICIAL Expediente N°. 0042-2015-C. Ante el Juzgado de Paz Letrado de Tacabamba - Chota, don ALEJANDRO DELGADO APESTEGUI, solicita Rectificación de la Partida de Nacimiento, en el cual se encuentra con una enmendadura en el nombre del padre del titular superpuesto la letra “L” siendo el nombre correcto del padre MELCHOR DELGADO VASQUEZ, también se rectifique el
apellido paterno del padre del titular “DELGADO” donde se coloca la letra D entre las vocales “A y O”, a fin de que el nombre del padre quede como “MELCHOR DELGADO VASQUEZ”, asimismo se incremente el apellido materno del titular esto es APESTEGUI en el tenor de la partida como al margen de la misma a fin de que el nombre del titular quede como “ALEJANDRO DELGADO APESTEGUI”; solicitud admitida a trámite en la vía del proceso no contencioso. Tacabamba, 13 de Julio del 2015 CARLOS ALBERTO CARDOSO MONTOYA JUEZ JUZGADO DE PAZ LETRADO CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA TACABAMBA – CHOTA KATHYA DEL MILAGROS GUEVARA AQUINO SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO TACABAMBA – CHOTA P.4846145 F.P. 23 Julio S/. 2.50
PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO EDICTO EXºP. N° 2013-73-C ante el Juzgado Mixto Cajabamba, Juez Doctora Edith Margarita Trillo Espinoza, en el Proceso seguido por SHAHUINDO S.A.C. contra la SUC. de DANIEL AGUILAR GARCIA Y JULIA ROSA CHAVEZ DE AGUILAR sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO. Se publica lo siguiente: Resolución Número: ocho de fecha veintitrés de abril del dos mil quince, se admite a trámite la demanda interpuesta por SHAHUINDO SAC., contra la sucesión de DANIEL AGUILAR GARCIA Y JULIA ROSA CHAVEZ DE AGUILAR, sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, del predio rustico sin nombre, con una extensión de veinticuatro hectáreas con cuatro mil cuatrocientos veintisiete metros cuadrados(24,4427 hectáreas), con un perímetro de 4, 157.98 mts . Lineales, ubicado en el Sector Huangamarca, Caserio Moyan Alto, Distrito Cachachi, Provincia Cajabamba y Departamento Cajamarca. Traslado de la presente, a la demandada Suc. de DANIEL AGUILAR GARCIA Y JULIA ROSA CHAVEZ DE AGUILAR, a fin de que en el plazo de NOVENTA días de realizada la última publicación, se apersonen al proceso y la absuelvan, bajo apercibimiento de nombrárseles curador Procesal. PUBLIQUESE un extracto de la presente resolución, en el Diario Oficial “El Peruano” y Diario “La República S.A.C.”, por el termino perentorio de TRES DIAS CON INTERVALO DE TRES DIAS CADA PUBLICACION. NOTIFICANDOSE.Dra. EDITH M. TRILLO ESPINOZA. JUEZ TITULAR JUZGADO MIXTO CAJABAMBA.
PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV
Dra. ERLINDA GALVEZ MEJIA. SECRETARIA JUZGADO MIXTO CAJABAMBA. Cajabamba, 22 de Junio del 2015. Edith Margarita Trillo Espinoza JUEZ JUZGADO MIXTO – CAJABAMBA P. 4838473 F.P. 17-23 Julio 03 Agosto. S/. 15.00 EDICTO JUDICIAL EXPEDIENTE: 2015-198-C Juzgado Especializado Civil Permanente de la Provincia de Chota. En solicitud de JOSÉ TEODORO CARRANZA ESTELA; RESOLUCION NÚMERO UNO.Chota, veintiuno de abril del dos mil quince. SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por JOSÉ TEODORO CARRANZA ESTELA contra SUCESIÓN DE CARLOS SIMÓN OREZZOLI REVOREDO y SEGUNDO PEDRO VÁSQUEZ LINARES sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO en la vía de proceso Abreviado. (...) TRASLADOO a la parte demandada por el término improrrogable de DIEZ DÍAS ( ..) PUBLIQUESE una síntesis de la solicitud por tres veces con intervalo de tres días en los diarios El Peruano y La República. Chota, 21 de Mayo del 2015. Segundo J. Huaman Carrasco JUEZ JUZGADO CIVIL PERMANENTE CHOTA Abg. DELMER ANTONIO JONDEC MEJIA SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL CHOTA P.4833387 F.P. 13-17-23 Julio S/. 9.00 PROCESO ABREVIADO Expediente Civil N° 00110-2015-0-0601-JM-CI-01, seguido por MARIN DE LA CRUZ PATRICIA MARGARITA Y MENDOZA TRIGOSO LESTER contra MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BAÑOS DEL INCA, NOVOA QUISPE MOISES, CORPUS CERQUI MANUELA, CABANILLAS QUISPE JORGE LUIS Y GALLARDO TORREL MIRIAN CAROLINA sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO ante el JUZGADO MIXTO DE BAÑOS DEL INCA, ha resuelto lo siguiente: RESOLUCION N° UNO.- Baños del Inca, 15 de mayo del año dos mil quince, RESUELVE: A) DECLARAR FUNDADA LA SUCESION PROCESAL solicitada por la parte demandante, entendiéndose de hoy en adelante como demandados a ROSA MORONIZATO HIJA DE VIGO Y HECTOR HERMANDO VIGO ZEVALLOS, B) NOTIFIQUESE mediante EDICTOS a los demandados, los mismos que contendrán una síntesis del admisorio de demanda y se publicara en los diarios Oficial “El Peruano” y “La República”, por espacio de tres veces con intervalo de tres días, en la tablilla del Juzgado, para
DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE
que en el plazo de CUARENTA Y CINCO DIAS se apersonen al proceso acreditando su condición y hagan valer sus derecho que de ella emanen, señalando además domicilio procesal dentro del radio urbano de esta ciudad, bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal en caso de no apersonarse al proceso, C) REQUIERASE a 1 parte demandante prestar las facilidades para 1 publicación de los edictos correspondientes, D) EXCLUYASE del proceso a la demandada gallardo Torrel Miriam Carolina. E) al escrito del demandante, ESTESE a los resuelto en autos. PUBLIQUESE mediante edictos. JUEZ: Dra. Torees SECRETARIO: MALCA P.4833820 F.P. 13-17-23 Julio. S/. 15.00
SUCESIÓN INTESTADA EDICTO Por ante el Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Hualgayoc - Bambamarca, que despacha la Dra. FANNY ZULETTY TORRES VILLVICENCIO, se viene tramitando el Proceso Civil N° 00015-2015-0-0605-JP-CI-01, en donde se ha resuelto lo siguiente: Bambamarca, trece de julio del año dos mil quince, RESOLUCION NUMERO CUATRO: ADMITIR a trámite en la VÍA DEL PROCESO NO CONTENCIOSO la demanda interpuesta por AMADO CIEZA BLANCO, sobre SUCESIÓN INTESTADA de la causante CARMEN BLANCO BENAVIDES, cuyo fallecimiento ha ocurrido el día treinta y uno de octubre del año dos mil trece, en el Jr. San Martín N° 243 - Bambamarca; en consecuencia, PUBLIQUESE extracto de la demanda mediante Edicto en el Diario Judicial “La República” y en el Diario Oficial “El Peruano”, así también en el cartel de avisos de este Juzgado y en la Municipalidad Provincial de Hualgayoc - Bambamarca, por el plazo de tres días en forma interdiaria, a fin de que aquellos que se consideran herederos del causante se apersonen al presente proceso dentro de los treinta días contados a partir de la última publicación; TENGASE por ofrecidos los medios probatorios ofrecidos, debiendo ser agregados a los autos para su merituación oportuna. REALICESE la anotación preventiva de la presente solicitud en las Oficinas de Registros Públicos de la ciudad de Chota. Asimismo, TENGASE por señalado el domicilio procesal de la recurrente en el Jr. Miguel Grau N° 260 de esta ciudad, lugar donde se la notificará en adelante conforme a Ley. Lo que se hace de conocimiento público para los fines de Ley. LUIS ALBERTO AGUILAR VILLANUEVA - Secretario Judicial. Bambamarca, 13 de Julio de 2015. FANNY Z. TORRES VILLAVICENCIO
Jueves, 23 de julio del 2015
JUEZ JUZGADO DE PAZ LETRADO HUALGAYOC – BAMBAMARCA Luis A. Aguilar Villanueva SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO PAZ LETRADO HUALGAYOC – BAMBAMARCA P.4843269 F.P. 23 - 30 Julio. 03 Agosto. S/.12.00 EDICTO EXP. N° 286-2015-C - Quinto Juzgado de Paz Letrado Civil, en los seguidos por SARA ROSA GUTIÉRREZ SISNIEGAS VDA DE PALACIOS sobre SUCESIÓN INTESTADA, se ha resuelto, lo siguiente: RESOLUCIÓN N° TRES, Cajamarca, 01/07/2015, RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE en la Vía del Proceso NO CONTENCIOSO la solicitud de Sucesión Intestada de los que en vida fueron sus padres SARA JOSEFINA SISNIEGAS GONZALES y JORGE OCTAVIO GUTIERREZ NOVOA, quienes fallecieron el 12-11-1947 y 27-08-2008, respectivamente, en esta ciudad; solicita que oportunamente se le declare como única y universal heredera. PUBLIQUESE; En los diarios oficiales “GRUPO LA REPÚBLICA PUBLICACIONES S.A” y “EL PERUANO” de esta localidad, por el lapso de 1 día, para que en el plazo de 30 días se apersonen al proceso los que se consideren herederos y acrediten su vocación sucesoria.- Fdo. Dr. Díaz, Juez y Arribasplata Sec. HUGO HOLDEN DIAZ LEON JUEZ QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO – CIVIL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA LUISMAN HAMILTON ARRIBASPLATA YGNACIO SECRETARIO JUDICIAL QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJAMARCA P. 4842413 F.P. 23 Julio S/.3.00 EDICTO JUDICIAL Exp. N° 038-2015-C, seguido ante el Juzgado de Paz Letrado de San Marcos, solicitado por MARÍA ALCIRA ABANTO URBINA, sobre Sucesión Intestada de quien en vida fuera su padre Manuel María Abanto Abanto; se resuelve lo siguiente: RESOLUCIÓN NUMERO DOS.- San Marcos, dieciséis de junio del dos mil quince, se RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE en la vía de proceso no contencioso la solicitud de Sucesión Intestada de quien en vida fuera don Manuel María Abanto Abanto, a fin de que se le declare como su única y universal heredera a la recurrente; PUBLÍQUESE un extracto de la solicitud por una vez en los Diarios Oficiales “La República” y “El Peruano”; ANÓTESE de manera preventiva la solicitud en los registros correspondientes, y para tal efecto, CÚRSESE los
partes al jefe de la Oficina Registral de Cajamarca; NOTIFÍQUESE con la presente resolución a los presuntos herederos indicados en la solicitud, así como a la Sociedad de Beneficencia Pública y al representante del Ministerio Publico de esta Ciudad. Lo que se hace de conocimiento a aquellos que se crean con derecho se apersonen al proceso y hagan valer los mismas conforme a ley.- Firmado. CABRERA - Juez. -Firmado. LEZAMA- Secretario. ABSALON CABRERA RODRIGUEZ JUEZ SUPERNUMERARIO JUZGADO DE PAZ LETRADO SAN MARCOS LINDER LEONCIO LEZAMA ACUÑA SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO PAZ LETRADO SAN MARCOS P.4842331 F.P. 23 Julio S/. 4.00
3.NOTIFICACIÓN POR EDICTOS
EXPEDIENTE:00672-2015-00601JR-CI-03 JUEZ: Marco Eloy Aquino Cruzado SECRETARIO: Cesar Estrada Julón MATERIA. Otorgamiento de escritura publica Ante el tercer juzgado civil de Cajamarca a cargo del JUEZ Marco Eloy Aquino Cruzado en el proceso seguido por Espino Castro Judith, sobre Otorgamiento de Escritura Pública se publica lo siguiente. Resolución N° UNO de fecha seis de julio del año dos mil quince se resuelve admitir a trámite la demanda interpuesta por Espino Castro Judith sobre Otorgamiento de Escritura Pública contra la sucesión de Julio Espino Romero, Teresita Espino Castro, Jorge Alberto Espino Castro, Óscar Antonio Espino Castro y Walter Martín Espino Castro sobre de los bienes inmuebles ubicados en la Av. Atahualpa N° 833 y el Jr. Cardosanto C-2, Villa Universitaria Distrito, Provincia y Departamento de Cajamarca en la vía de proceso sumarísimo, PUBLIQUESE un extracto de la demanda por tres días hábiles en el “diario oficial el PERUANO y el diario la REPUBLICA” a fin de que dentro del plazo de quince días cualquier persona, se apersonen quienes tienen derecho e interés en el proceso invocando el interés y legitimidad para obrar sobre el bien inmueble, materia del proceso. MARCO ELOY AQUINO CRUZADO JUEZ SUPERNUMERARIO TERCER JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL CAJAMARCA CESAR JOEL ESTRADA JULON SECRETARIO JUDICIAL TERCER JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL CAJAMARCA P.4842042
PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV
3
F.P. 22-23-24 Julio. S/.15.00 EDICTO JUDICIAL ABANDONO DE MENOR En el Exp. N° 80-2015-0-06-01-JRFA-03, Tercer Juzgado de familia, en el proceso sobre abandono del menor Joel Zambrano Pisco este Juzgado ha resuelto lo siguiente: RESOLUCIÓN NÚMERO: UNO Cajamarca 23 de enero del año dos mil quince SE RESUELVE abrir investigación tutelar a favor del niño JOEL ZAMBRANO PISCO, peruano , de tres años de edad, natural del Centro Poblado Menor de Callancas Provincia de San Pablo, hijo de doña ROSARIA PISCO CASTREJÓN cuyo nombre y paradero de su padre se desconoce, para verificar su posible estado de abandono NOTIFIOUESE al padre biológico del menor tutelado por edictos a publicarse en el Diario Oficial El “Peruano” y la “ República” de esta ciudad por DOS días interdiarios, a fin de que en el plazo de QUINCE días se apersone al proceso a prestar su declaración y haga valer su derecho como corresponde bajo apercibimiento de proseguirse con la secuela del proceso conforme a sus estado. Dra. Mariela Marcelo Ybañez Juez del 3º Juzgado de familia Dra. Elizabeth Angulo Portal Secretaria del 3º Juzgado de familia P. 4841800 F.P. 21-23 Julio. S/. 8.00
4.EDICTOS PENALES
EDICTO PENAL. JUZGADO DE PAZ LETRADO CON ADICION DE FUNCIONES DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CONTUMAZA. ESP. DE AUD. : MIRIAN ALICIA MORALES MUÑOZ. EXP. No. 011-2015-P.JPLC-(FALTA) RESOLUCION NÚMERO: TRES: Contumazá, Catorce de Julio del mil quince.- RESUELVE: NOTIFICAR POR EDICTOS al denunciante WILBERTO ZARATE LEON, para que en el plazo de TRES DIAS posteriores a su notificación se APERSONE a este Despacho con la finalidad de INFORMAR sobre los nombres completos del denunciado Elvis Mostacero Centurión y el domicilio real de éste a efectos de ser emplazado válidamente, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de ARCHIVAR el presente proceso en el modo y forma de ley, SUSPENDASE la realización de la Audiencia de Juicio Oral, hasta el emplazamiento válido del denunciado.- Fdo. María Jesús Amaya Valderrama. Juez.- Fdo. Mirian Alicia Morales Muñoz.Especialista de Audiencias. ATENTAMENTE. MARIA JESUS AMAYA VALDERRAMA JUEZ TITULAR
4
DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE
JUZGADO PAZ LETRADO CONTUMAZA F.P. 21-22-23 Julio EDICTO PENAL. JUZGADO DE PAZ LETRADO CON ADICION DE FUNCIONES DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CONTUMAZA. ESP. DE AUD. : MIRIAN ALICIA MORALES MUÑOZ. EXP. No. 026-2014-P.JPLC-(FALTA) RESOLUCION NÚMERO: UNO: Contumazá, Treinta y uno de Octubre del Dos mil catorce.- RESUELVE: 1.- DECLARA LA IMPROCEDENCIA de emitir pronunciamiento respecto de los hechos puestos en conocimiento con oficio No. 162- 2014-MP-FFPPCONTUMAZA/CAJ, ARCHÍVESE los actuados en el modo y forma de ley. 2.- DEJESE a salvo el derecho de la parte agraviada Pedro Pablo Huamán Rojas y Manuel Amaro Blas Sánchez para hacer valer su derecho en el modo y forma de ley. RESOLUCION NÚMERO: TRES.Contumazá, trece de Julio del dos mil quince.- SE RESUELVE: NOTIFICAR POR EDICTOS al denunciante LEINER WAGNER LEON AMAYA y al agraviado MANUEL AMARO BLAS SANCHEZ, con la resolución número uno y la presente resolución, por TRES DIAS y que será publicados en el diario Oficial “La República.Avocándose al conocimiento del proceso la señora Juez que suscribe e interviniendo la Especialista de Audiencias que autoriza por encontrarse la Especialista de Causas haciendo uso de vacaciones.- Fdo. María Jesús Amaya Valderrama. Juez.- Fdo. Mirian Alicia Morales Muñoz.- Especialista de Audiencias. ATENTAMENTE. MARIA JESUS AMAYA VALDERRAMA JUEZ TITULAR JUZGADO PAZ LETRADO CONTUMAZA F.P. 21-22-23 Julio EDICTO PENAL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE SAN MARCOS Exp. N° 16-2015-0 Juez: CABRERA SE EMPLAZA a NATIVIDAD MELQUIADES MARIN TIRADO, en la presente investigación seguida en su contra por la presunta comisión del delito contra Familia - Omisión a la Asistencia Familiar, en la modalidad de Incumplimiento de Obligación Alimentaria, en agravio de Jhordin Aldair y Lisdey Anabel Marin Cotrina representado por su madre Doña Flor Elizabeth Cotrina Carrera, mediante resolución número tres de fecha ocho de julio del dos mil quince: SE RESOLVIÓ: 1. DESIGNAR abogado de Oficio al acusado NATIVIDAD MELQUIADES MARIN TIRADO, dejando a salvo su derecho de nombrar abogado particular en cualquier momento, comunicán-
Jueves, 23 de julio del 2015
dolo al Juzgado y a la Fiscalía a cargo del caso para su validez como acto procesal; 2. CITAR a los sujetos procesales para el día ONCE del mes de AGOSTO del AÑO DOS MIL QUINCE a las DIEZ DE LA MAÑANA a la realización de la AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACION, en la Sala Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de la Provincial de San Marcos sito en el Jirón Alfonso Ugarte N° 891 / Segundo Piso de esta ciudad. San Marcos, 09 de Julio del 2015. Especialista: GÓMEZ Absalón Cabrera Rodríguez JUEZ SUPERNUMERARIO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA SAN MARCOS MARY LUISA GOMEZ HUAMANI ESPECIALISTA JUDICIAL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA SAN MARCOS F.P. 21-22-23 Julio EDICTO PENAL PRIMER JUZGADO MIXTO Y UNIPERSONAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: MARIA LUISA MONTENEGRO ALCANTARA Exp.00047-2015-15-0607-JR-PE-01 SE RESUELVE: 1.- NO INSTALAR La audiencia de juicio oral en el presente proceso este día y hora 2.- DECLARAR REO CONTUMAZ, al acusado EDUARDO SUAREZ LEYVA cuyas generales de Ley obran en el presente proceso penal. OFICIESE en el día a las distintas dependencias policiales de esta ciudad y a nivel nacional; a fin de que dispongan su aprehensión y conducción compulsiva para la concurrencia de dicha persona a juicio oral, debiendo consignarse en el oficio los datos que obran en el expediente y los que obren en su ficha de RENIEC a efectos de evitar casos de Homonimia sin perjuicio de ello, se dispone se NOTIFIQUE mediante EDICTOS, los mismos que deberán ser publicados en el Diario Oficial “La República” y en la página Wep del Poder Judicial tal como lo dispone la ultima modificatoria del Código Procesal Civil aplicables supletoriamente a este caso conforme a su segunda disposición final y complementaria del código acotado. RESERVESE el juicio hasta que sea puesto a disposición de este juzgado. En los seguidos en su contra por el delito contra la familia, en su modalidad de Omisión De Asistencia Familiar, en agravio de Lisbeth Margarita Suárez Cueva. Suscribe la señora Juez: Ana Mardely Pacheco Aguilar, y la Especialista judicial: María Luisa Montenegro Alcántara. Aprovecho la oportunidad para reiterarle las muestras de mi consideración y estima personal. Atentamente. Ana Mardely Pacheco Aguilar JUEZ TITULAR JUZGADO MIXTO Y UNIPERSO-
NAL SAN MIGUEL F.P. 21-22-23 Julio. EDICTO PENAL Exp.N°186-2013-0-0601-SP-PE-01 SALA PENAL DE APELACIONES DE CAJAMARCA - DISTRITO JUDICIAL DE CAJAMARCA Especialista: RICHARD ALEXANDER CABRERA VILLA Se emplaza a: BENANCIO WENCESLAO EPIQUEN LUGANO Para que se ponga a derecho, tome conocimiento de la resolución número doce de fecha veintiséis de junio del dos mil catorce que dispone: “ADMITIR a trámite el recurso de apelación interpuesto por el representante del Ministerio Publico, en contra de la sentencia contenida en la resolución número nueve de fecha veintisiete de agosto del dos mil trece, que falla absolviendo al acusado Raúl Meza Luca por el delito contra el Patrimonio en su modalidad de Usurpación en agravio de Benancío Wenceslao Epiquen Lucano; en consecuencia, ORDENARON se COMUNIQUE a las partes procesales que pueden ofrecer medios probatorios en el plazo CINCO DÍAS, y vencido el mismo DESE CUENTA para resolver lo conveniente. Interviene la Especialista Judicial que da cuenta por disposición Superior. Juez Superior Ponente: Señor VASQUEZ MOLOCHO. NOTIFÍOUESE” Cajamarca, 14 de Julio del 2015. OSCAR GILBERTO VASQUEZ ARANA PERSIDENTE SALA DE APELACIONES CAJAMARCA RICHARD A. CABRERA VILLA ESPECIALISTA JUDICIAL SALA PENAL DE APELACIONES MODULO NCPP CAJAMARCA F.P. 21-22-23 Julio. EDICTO PENAL Exp. N° 435-2014 - 0-0601-IR-PE-04 CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: Gina Yakori Salazar Campos Se cita y emplaza a: Imputado Gerardo Manya Reyes Agraviada de iniciales A.L.Q.R Representada Elmer José Quiroz Angulo RESOLUCIÓN NÚMERO DIEZ.- Cajamarca, quince de junio Del año dos mil quince.- SE RESUELVE: DECLARAR FUNDADO la solicitud de sobreseimiento a favor de Gerardo Manya Reyes por la presunta comisión del delito contra la Libertad Sexual, en la modalidad de Violación Sexual, ilícito tipificado en el primer párrafo del artículo 171° del Código Penal, en agravio de la menor de iniciales A.L.Q.R, representada por su padre Elmer José Quiroz Angulo. Consentida o ejecutoriada que sea la presente resolución, anúlense los antecedentes
PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV
que se hubiesen generado en la investigación, archivándose oportunamente la misma, previa devolución de la carpeta fiscal al responsable del caso. Notifíquese. Al escrito presentado por Gerardo Manya Reyes, por nombrada como su abogada defensora a la letrada Juliana Lisbeth Descalzi Malea, por señalado su domicilio procesal sito en la casilla electrónica N° 728, otórguese copias de lo solicitado, al pedido de reprogramación: No ha lugar a lo solicitado. Notifíquese por última vez al domicilio consignado de la defensora pública para el conocimiento de lo resuelto en la presente resolución. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA QUINTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA TATIANOVA ABANTO TAFUR JUEZ F.P. 21-22-23 Julio. EDICTO JUDICIAL Expediente N° 2014-136-F, En el Juzgado Mixto de la Provincia de Celendín, que despacha la señorita Juez, Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proceso seguido contra SEGUNDO HEBERT GUEVARA MARIN, sobre VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de JOSÉ HERMÓGENES GUEVARA FIGUEROA y ROSA GUEVARA MARIN, se ha emitido la: RESOLUCIÓN NÚMERO SEIS, que RESUELVE: NOTIFICAR al demandado con un extracto de la Audiencia Única y Sentencia, mediante edictos, los mismos que se publicarán en el diario oficial La República, por el plazo de tres días consecutivos, para los fines legales pertinentes. RESOLUCIÓN NÚMERO CUATRO, que RESUELVE: Declarar SANEADO el presente proceso por la existencia de una relación jurídica procesal válida entre las partes. RESOLUCIÓN NÚMERO CINCO (SENTENCIA), que DECLARA: FUNDADA la demanda de violencia familiar en su modalidad de maltrato físico interpuesta por el representante del Ministerio Público, contra SEGUNDO HEBERT GUEVARA MARIN en agravio de JOSÉ HERMÓGENES GUEVARA FIGUEROA y ROSA GUEVARA MARIN, en consecuencia: FIJO el pago de una reparación por el daño físico causado a los agraviados, por la suma de MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1000.00), a razón de S/. 500.00 nuevos soles para cada agraviado, que deberá pagar el demandado dentro del plazo de dos meses a razón de SI. 500.00 cada fin de mes; ORDENO de oficio como MEDIDAS DE PROTECCIÓN a favor de los agraviados las siguientes: 1) ABSTENERSE de realizar cualquier forma de violencia física (bofetadas, lesiones con objetos, patadas u otros golpes) y/o psicológica (insultos, amenazas degradaciones, humillaciones, vejaciones, entre otros)
DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE
en contra de los agraviados antes mencionados; 2) ABSTENERSE de tomar cualquier tipo de represalias en forma directa o indirecta en contra de los precitados agraviados; bajo apercibimiento remitirse copias de los actuados a la Fiscalía Provincial Pena! a que proceda a investigar al demandado por el delito de desobediencia a la autoridad en caso de incumplimiento; RESOLUCION NUMERO SIETE, que RESUELVE declarar consentida la resolución número cinco y ARCHIVAR el presente proceso en el modo y forma de Ley. RESOLUCION NUMERO NUEVE, se ordena notificar vía edictos tanto a la parte agraviada como a la demandad, por un plazo de tres días consecutivos, para los fines legales pertinentes. Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva Secretario Judicial.- Lenin Salazar Salazar Julissa Aseijas Silva JUEZA TITULAR JUZGADO MIXTO DE CELENDIN CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA F.P. 21-22-23 Julio. EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 0066 2008-F JUZGADO DE PAZ LETRADO DEL DISTRITO DE TACABAMBA - CHOTA SECRETARIA: KATHYA DEL MILAGROS GUEVARA AQUINO. Se emplaza a ELOY FERNANDEZ RAMIREZ, a fin de no vulnerar su derecho de defensa, con la resolución número CUARENTA Y SIETE (aprueba liquidación de pensiones devengadas), en la cual se le concede el plazo de TRES DIAS a fin de que el notificado cancele la suma de MIL CIENTO DIEZ NUEVOS SOLES CON CINCUENTA CENTIMOS, hasta el día veintidós de mayo del año dos mil quince, conforme lo dispone el artículo 568° del Código Procesal Civil parte in Fine, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento, de remitirse copias certificadas de los actuados pertinentes, a la Fiscalía Provincial Mixta de Tacabamba, y de ser denunciado penalmente por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en aplicación del artículo 566 -A de! Código Procesal Civil, monto de dinero que adeuda el demandado a favor de la demandante ORFELINDA FERNANDEZ GONZALES, sobre alimentos. Tacabamba, 30 de junio de 2015. CARLOS ALBERTO CARDOSO MONTOYA JUEZ JUZGADO DE PAZ LETRADO CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA TACABAMBA – CHOTA KATHYA DEL MILAGROS GUEVARA AQUINO SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO TACABAMBA – CHOTA F.P. 21-22-23 Julio
Jueves, 23 de julio del 2015
EDICTO PENAL Exp. N° 631-2014-0-0601-JR-PE-03 TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: Marcia Álvarez Figueroa Se cita y emplaza a: JULIO VASQUEZ VILCHEZ para que tome conocimiento del contenido de la resolución número diez de fecha quince de junio del dos mil quince mediante la cual SE APROBO EL ACUERDO REPARATORIO por criterio de oportunidad arribado en el representante del Ministerio Público, el imputado JOSE PAULINO FLORES INFANTE y el agraviado GUILLERMO TASILLA JUAREZ, por la investigación seguida respecto de los delitos de lesiones graves culposas y el delito de omisión de socorro. ESTABLECER como efecto del criterio de oportunidad el SOBRESEIMIENTO de la presente causa penal. Asimismo del contenido de la resolución número once de fecha nueve de julio del dos mil quince, mediante la cual SE APROBO EL ACUERDO REPARATORIO por criterio de oportunidad arribado en el representante del Ministerio Público, el imputado JOSE PAULINO FLORES INFANTE y los agraviados RAFAEL CABRERA ROMERO Y JAIME GOICOCHEA BACON, por la investigación seguida respecto del delito de omisión de socorro. ESTABLECER como efecto del criterio de oportunidad el SOBRESEIMIENTO de la presente causa penal Cajamarca, 16 de julio del 2015. F.P. 21-22-23 Julio EDICTO PENAL CARPETA PENAL N°0227-2013-00610-JR-PE-01 PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LA PROVINCIA DE CHOTA. SE NOTIFICA por el presente, a la persona de: SEGUNDO MANUEL VEGA MENA, identificado con DNI N° 27296103, a fin de que tome conocimiento de la Causa Penal y Resolución Número OCHO de fecha dieciocho de Junio del año en curso, por el presunto delito Contra La Familia, en la Modalidad de INCUMPLIMIENTO A LA OBLIGACION ALIMENTARIA en agravio de ISELA VEGA QUINTEROS, en la que se resuelve CÍTAR para Audiencia Preliminar de Control de Acusación, para el día CINCO DE AGOSTO DEL AÑO EN CURSO. A HORAS ONCE DE LA MAÑANA, hora exacta, a realizarse en la Sala de Audiencias del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Chota, con la presencia obligatoria del Fiscal y el Abogado Defensor del imputado; BAJO APERCIBIMIENTO, en caso de inconcurrencia, al primero de los nombrados de poner en conocimiento de su conducta al Fiscal Coordinador respectivo para que
proceda conforme a sus atribuciones; y al segundo subrogarlo de la Defensa de su patrocinado, conforme así lo establece el artículo 85.1 del NCPP, modificado por la Ley N° 30076; PRECÍSESE que las partes deberán estar presentes con quince minutos de anticipación en la Sala respectiva y que los señores Abogados deberán asistir con la Constancia de Habilitación respectiva y demás formalidades de Ley Chota Seis de Julio del 2015 Dr. DAVID W. RAMIREZ CALDERÓN: JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA CHOTA. MARISOL QUIROZ CABRERA: ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO. DAVID W. RAMIREZ CALDERON JUEZ JUEZ PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA CHOTA MARISOL QUIROZ CABRERA ESPECIALISTA JUDICIAL MODULO PENAL CHOTA F.P. 22-23-24 Julio. EDICTO PENAL CARPETA PENAL N°0298-2014-00610-JR-PE-01 PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LA PROVINCIA DE CHOTA. SE NOTIFICA por el presente, a la persona de: DOMINGO SILVA SAMAME, identificado con DNI N° 17543853, a fin de que tome conocimiento de la Causa Penal, por el presunto delito Contra La Administración Publica en la modalidad de MALVERSACION DE FONDOS Y PECULADO, en agravio de MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COCHABAMBA, a fin de notificarle con la resolución número cuatro en la que se DISPONE formalizar la Investigación Preparatoria contra DOMINGO SILVA SAMAME por la presunta comisión del Delito contra la Administración Publica en su modalidad de MALVERSACION DE FONDOS Y PECULADO en agravio de la Municipalidad Distrital de Cochabamba Representado por el Procurador Publico Anticorrupción Descentralizado de Cajamarca. Chota, 03 de Julio del 2015. Dr. DAVID W. RAMIREZ CALDERON: JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA CHOTA. MARISOL QUIROZ CABRERA: ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO. DAVID W. RAMIREZ CALDERON JUEZ JUEZ PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA CHOTA MARISOL QUIROZ CABRERA ESPECIALISTA JUDICIAL MODULO PENAL CHOTA F.P. 22-23-24 Julio.
PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV
5
EDICTO PENAL Exp. N° 838-2015 - 0-0601-JR-PE-04 CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: Gina Yakori Salazar Campos Se cita y emplaza a: SEGUNDO AURELIO YZQUIERDO RODRÍGUEZ RESOLUCIÓN NÚMERO UNO.Cajamarca, veintidós de mayo del año dos mil quince.- DADO CUENTA: Con el requerimiento de acusación directa incoado por la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cajamarca, contra Segundo Aurelio Yzquierdo Rodríguez, por la presunta comisión del delito de Omisión de Asistencia Familiar en agravio de Cristian Jheyner Yzquierdo Ocon; AGRÉGUESE a los autos. Y, PREVIAMENTE a correr traslado con el requerimiento fiscal: REQUIÉRASE al acusado, cumpla en el PLAZO DE TRES DÍAS HÁBILES con designar un abogado defensor de su libre elección que ejerza su defensa técnica en el presente proceso y señalar domicilio procesal, BAJO APERCIBIMIENTO en caso de incumplimiento, de nombrársele un abogado defensor público; debiendo para tal efecto, de notificarse al acusado en el domicilio real proporcionado por el representante del Ministerio Público en su condición de titular de la acción penal y conductor de la investigación desde su inicio. Interviene la especialista judicial que suscribe por disposición superior. NOTIFÍQUESE. CORTE SUPERIOR DE JUZTICIA QUINTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA TATIANOVA ABANTO TAFUR JUEZ F.P. 22-23-24 Julio. EDICTO PENAL EXPEDIENTE PENAL n° 003772014. CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO - PENAL SECRETARIA: Rosángela del Carmen Merino Yzquierdo. SE CITA Y EMPLAZA A: SEBASTIAN LUCANO HUARIPATA Para hacer de su conocimiento que por Resolución n° CUATRO de fecha 13- 07-2015, SE RESUELVE: REPROGRAMAR la audiencia, la misma que se llevará a cabo el día viernes 21 de agosto del año 2015 a las 09:00 de la mañana, en el local del Cuarto Juzgado de Paz Letrado, ubicado en el piso nueve del edificio de la Av. La Cantuta n° 1224-1228 de esta ciudad (Complejo Qhapaq Ñan), en el Proceso Penal n° 00377-2014-0-0601-JP-PE-04, seguido contra Alex Terrones Castrejón, por falta contra el Patrimonio, en la modalidad de tentativa de hurto, en agravio de Sebastian Lucano Huaripata. Cajamarca, 16 de julio de 2015.
6
DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE
JUAN CARLOS RABANAL ALIAGA JUEZ CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJAMARCA F.P. 22-23-24 Julio. EDICTO PENAL Exp. N° 1137-2015 - 0-0601-JRPE-04 CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: Gina Yakori Salazar Campos Se cita y emplaza a: SÁNCHEZ RONCAL NAZARIO RESOLUCIÓN NÚMERO UNO.- Cajamarca. catorce de julio Del dos mil quince.- DADO CUENTA: Con el requerimiento de acusación directa incoado por la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cajamarca, contra SANCHEZ RONCAL, NAZARIO, por la presunta comisión del delito de Omisión a la Asistencia Familiar en agravio de Sánchez Cruzado, Wilma Yobani: AGREGUESE a los autos. Y, PREVIAMENTE a correr traslado con el requerimiento fiscal: REQUIÉRASE al acusado cumpla en el PLAZO DE TRES DÍAS HÁBILES con designar un abogado defensor de su libre elección que ejerza su defensa técnica en el presente proceso y señalar domicilio procesal, BAJO APERCIBIMIENTO en caso de incumplimiento, de nombrársele un abogado defensor público; debiendo para tal efecto, de notificarse al acusado en el domicilio real proporcionado por el representante del Ministerio Público en su condición de titular de la acción penal y conductor de la investigación desde su inicio. AVOCÁNDOSE la Señora Juez que suscribe por licencia del titular. NOTIFÍQUESE al acusado también vía edictos.CORTE SUPERIOR DE JUZTICIA QUINTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA TATIANOVA ABANTO TAFUR JUEZ F.P. 22-23-24 Julio. EDICTO PENAL Exp. N° 806-2015 - 0-0601-TRPE-04 CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: Gina Yakori Salazar Campos Se cita y emplaza a: LEON GARCIA PEDRO FRANCISCO RESOLUCIÓN NÚMERO TRES.- Cajamarca. diecinueve de junio Del dos mil quince.- DADO CUENTA con el escrito presentado por el abogado José Edgar Díaz Pachamango, mediante el cual, hace presente sobre la renuncia expresa al patrocinio del procesado LEON GARCIA, PEDRO FRANCISCO; en tal sentido, AGRÉGUESE a los autos el escrito antes mencionado, TÉNGASE por comunicada la renuncia del patrocinio
Jueves, 23 de julio del 2015
del abogado antes mencionado y a efectos de no vulnerar el derecho de defensa del procesado antes referido, REQUIÉRASE al procesado LEON GARCIA, PEDRO FRANCISCO, que en el plazo de un día de notificado, cumpla con DESIGNAR abogado defensor de su libre elección a fin de que ejerza su defensa técnica, bajo apercibimiento que este despacho a fin de cautelar su derecho a defensa designe defensor público en caso de incumplimiento-, debiendo para tal efecto ser notificado en su domicilio real. Notifíquese.CORTE SUPERIOR DE JUZTICIA QUINTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA TATIANOVA ABANTO TAFUR JUEZ F.P. 22-23-24 Julio. EDICTO PENAL EXPEDIENTE PENAL n° 000942015. CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO - PENAL SECRETARIA: Rosángela del Carmen Merino Yzquierdo. SE CITA Y EMPLAZA A: MARÍA ROSARIO ASENCIO DELGADO Para hacer de su conocimiento que por Resolución n° DOS de fecha 02-07- 2015, SE ORDENA: se vuelva a NOTIFICAR por EDICTOS a María Rosario Asencio Delgado con la Resolución n° UNO de fecha 05 de junio del año 2015, mediante la cual se declara improcedente el caso presentado por la Policía Nacional y se decide no iniciar proceso penal, por falta contra la persona, en la modalidad de lesiones culposas, contra persona no identificada, en agravio de María Rosario Asencio Delgado, en el Proceso Penal n° 00094- 2015-0-0601 -JPPE-04. Cajamarca, 16 de julio de 2015. JUAN CARLOS RABANAL ALIAGA JUEZ CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJAMARCA F.P. 22-23-24 Julio. EDICTO PENAL EL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA de TEMBLADERA. Juez Dobbertin. EMPLAZA a ANGEL MARTIN ROJAS NUÑEZ, con la siguiente resolución expedida en el Cuaderno de Terminación Anticipada, en los seguidos contra Segundo Daniel Cadenillas Velásquez, por delito de Homicidio Culposo por Inobservancia de Reglas de Tránsito y Otro, en agravio de Jesús Emperatriz León Valdivia y Otro: Resolución N° 27 de fecha 16/06/2015. se resuelve: PONER EN CONOCIMIENTO de todas las partes procesales por el plazo perentorio de 05 DÍAS HÁBILES, el requerimiento de Terminación Anticipada a efec-
tos de que puedan, por escrito formular sus pretensiones. JUEZ: DOBBERTIN Tembladera, 16 de Junio del 2015 ENRIQUE ALEJANDRO DOBBERTIN ESPINO JUEZ JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA TEMBLADERA MELISSA ZARAI QUISPE RODRIGUEZ ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA TEMBLADERA F.P. 22-23-24 Julio. EDICTO PENAL JUZGADO PENAL COLEGIADO DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: LORENA IBETH CARRIÓN ROJAS Exp. 587-2015-1-0601-JR-PE-01. SE RESUELVE: 1.- VOLVER A CITAR A JUICIO ORAL, en el presente proceso, que se realizará en ACTO PRIVADO el día OCHO DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE, a las NUEVE DE LA MAÑANA, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias N° 02 – 2Do. Piso, de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Av. La Cantuta cdra. 12, Urb. Villa Universitaria, frente al Complejo Qhapac Ñan (edificio de 9 pisos, con vidrios reflectivos). Debiendo el acusado AGUSTIN CUEVA CALDERON , concurrir obligatoriamente a la audiencia señalada, bajo apercibimiento de ser declarado CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso. En los seguidos en su contra por el delito contra la libertad sexual, en su modalidad de violación sexual de menor de edad, en agravio de M.D.P.P. Suscribe el Presidente del Colegiado: Juez DANIEL HOLGUIN MORAN, y la especialista judicial: Lorena Ibeth Carrión Rojas. F.P. 22-23-24 Julio. EDICTO PENAL JUZGADO PENAL COLEGIADO DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: LORENA IBETH CARRIÓN ROJAS Exp. 1240-2012-1-0601-JR-PE-01 SE RESUELVE: 1.- VOLVER A CITAR A JUICIO ORAL, en el presente proceso, que se realizará en ACTO PÚBLICO el día VEINTISIETE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL QUINCE, a las DIEZ DE LA MAÑANA , la misma que se llevará a cabo en la SALA DE AUDIENCIAS DEL COLEGIADO – 8vo. Piso, de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Av. La Cantuta cdra. 12, Urb. Villa Universitaria, frente al Complejo Qhapac Ñan (edificio de 9 pisos, con vidrios reflectivos). Debiendo el acusado JOSÉ OSCAR
PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV
ROMERO VÁSQUEZ concurrir obligatoriamente a la audiencia señalada, bajo apercibimiento de ser declarado CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso. En los seguidos en su contra por el delito contra el patrimonio, en su modalidad de robo agravado, en agravio de María Angelina Vásquez Mendoza. Suscribe el señor Juez: DOMINGO CELESTINO ALVARADO LUIS, y la especialista judicial: Lorena Ibeth Carrión Rojas. F.P. 22-23-24 Julio. EDICTO PENAL TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: JUAN BRIONES ÁLVAREZ Exp. 799-2015-1-0601-JR-PE-04 SE RESUELVE: 1CITAR A JUICIO ORAL en el presente proceso, al acusado,GEREMÍAS TORRES TUFINIO que se realizará en ACTO PÚBLICO el día VEINTINUEVE DE SETIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE, A LAS CUATRO DE LA TARDE,(data dispuesta debido a que la agenda del juzgado Penal Unipersonal y Colegiado se encuentran con diligencias programadas hasta esa fecha), la misma que se llevará a cabo en el Despacho del Señor Juez del Tercer Juzgado Penal Unipersonal- ubicado en la Avenida La Cantuta- Cuadra Doce – Quinto Piso- Urbanización Villa Universitaria Cajamarca, en el proceso seguido contra GEREMÍAS TORRES TUFINIO como presunto autor del delito contra la Familia, en su figura a la Omisión de Asistencia Familiar .Bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz en caso de inasistencia injustificada. Suscribe el señor Juez: German Merino Vigo. F.P. 22-23-24 Julio. EDICTO PENAL EXP. Nº 1141-2015-0-0601-JR-PE-04 CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: GINA YAKORI SALAZAR CAMPOS Se cita y emplaza a: SAMAN LLANOS ARTURO RESOLUCION NÚMERO UNO.- Cajamarca, catorce de julio del dos mil quince.-DADO CUENTA: Con el REQUERIMIENTO DE ACUSACION DIRECTA incoada por la terecera fiscalía provincial penal corporativo de Cajamarca, contra SAMAN LLANOS ARTURO, por la presunta comisión del delito de desobediencia y resistencia a la autoridad en agravio del estado-Ministerio del interior; AGRÉGUESE a los autos. Y, PREVIAMENTE a correr traslado con el requerimiento fiscal: REQUIERASE al acusado cumpla el PLAZO DE TRES DIAS HABILES con designar un abogado defensor
DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE
Jueves, 23 de julio del 2015
de su libre elección que ejerza su defensa técnica en el presente proceso y señalar domicilio procesal, BAJO APERCIBIMIENTO en caso de incumplimiento, de nombrársele un abogado defensor público ;debiendo para el efecto, de notificarse al acusado en el domicilio real proporcionado por el represente del ministerio público en su condición de titular de la acción penal y conductor de la investigación desde su inicio AVOCANDOSE la señora juez que suscribe por licencia de titular. NOTIFICACION al acusado también vía edictos.EDUARDO RAMON UCEDA FLORES JUEZ PENAL TITULAR 4 JUZGADO INVESTIGACION PREPARATORIA N.C.P.P. CAJAMARCA F.P. 23 -24-27 Julio
fiscalía provincial penal corporativa de Cajamarca, contra HUANCAS PINEDO, EDGAR, por la presunta comisión del delito de conducción en estado de ebriedad en agravio de la sociedad cajamarquina: AGRÈGUESE a los autos. Y, PREVIAMENTE a correr traslado con el requerimiento fiscal: REQUIERASE al acusado cumpla el PLAZO DE TRES DIAS HABILES con designar un abogado defensor de su libre elección que ejerza su defensa técnica en el presente proceso y señalar domicilio procesal, BAJO APERCIBIMIENTO en caso de incumplimiento, de nombrársele un abogado defensor público; debiendo para tal efecto, de notificarse al acusado vía edictos. AVOCANDONSE la señora juez que suscribe por licencia del titular. NOTIFIQUESE F.P. 23 -24-27 Julio
EDICTO PENAL EXP. Nº 1931-2014-0-0601-JR-PE-04 CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: GINA YAKORI SALAZAR CAMPOS Se cita y emplaza a: CRUZADO RAMOS ADELMO RESOLUCION NÙMERO: SEIS.- Cajamarca, dieciséis de año dos mil quince.- DADO CUENTA Con el estado del proceso y encontrándose todos los sujetos emplazados en el requerimiento fiscal, este despacho. DISPONE:CÌTESE a la audiencia preliminar de control acusación, para el día VEINTITRES DE AGOSTO DEL DOS MIL QUINCE, a las OCHO HORAS Y TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA, en la SALA DE AUDIENCIAS DE NÙMERO CUARTO de esta corte de justicia, con la presencia obligatoria del señor fiscal y el abogado defensor del acusado, PRECÌSESE que las partes deberán estar presentes con quince minutos de anticipación en la sala respectiva y que los señores abogados deberán asistir con la constancia de habilitación respectiva y con las formalidades de ley EDUARDO RAMON UCEDA FLORES JUEZ PENAL TITULAR 4º JUZGADO INVESTIGACION PREPARATORIA N.C.P.P. CAJAMARCA F.P. 23 -24-27 Julio
EDICTO PENAL JUZGADO DE PAZ LETRADO CON ADICION DE FUNCIONES DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CONTUMAZA ESPECIALISTA JUDICIAL: MIRIAN ALICIA MORALES MUÑOZ EXP. N° 049-2014-0 RESOLUCION N° TRES de fecha 25 de mayo 2015; SE RESUELVE: se advierte que los investigados no tienen abogado defensor siendo así requerirles a estos, para que en el plazo de CUARENTA Y OCHO HORAS de notificados, designe un abogado defensor de su libre elección y señale domicilio procesal dentro del radio urbano de esta ciudad, en los seguidos en su contra por el delito de falsedad genérica y estafa. RESOLUCION N° CINCO de fecha 15 de julio 2015,’ se resuelve NOTIFICAR VIA EDICTO al investigado JUAN CARLOS CRESPIN LUIS con la resolución nuero tres del veinticinco de mayo del dos mil quince y la presente resolución, edictos que serán publicados en el diario Oficial “La República” de Cajamarca por el pazo de TRES DIAS. ,- Suscribe la Señora Juez María Jesús Amaya Valderrama y Especialista Judicial Mirian Alicia Morales Muños. F.P. 23 -24-27 Julio
EDICTO PENAL EXP. Nº 1152-2015-0-0601-JR-PE-04 CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: GINA YAKORI SALAZAR CAMPOS Se cita y emplaza a: HUANCAS PINEDO EDGAR RESOLUCION NÙMERO: UNO.Cajamarca, dieciséis de año dos mil quince.- DADO CUENTA: Con el requerimiento de acusación directa incoada por la primera
EDICTO PENAL Exp. N° 1850-2014-0-0601-JRPE-03 TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: Marcia Álvarez Figueroa Se cita y emplaza a: ALEX CUEVA PORTAL DADO CUENTA con el escrito presentado por la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cajamarca, que antecede: AGRÉGUESE a los autos; TENGASE por precisado que el acusado deberá ser notificado vía edictos debido a que el acusado no es conocido en el distrito de Magdalena; y, conforme se evidencia de los ac-
tuados que acompañan el requerimiento acusatorio, el acusado no tiene abogado defensor, se deberá requerir designe defensor de su libre elección, a fin de no vulnerar su derecho de defensa, teniéndose que RESERVAR el proveído del requerimiento, en consecuencia REQUIÉRASE al acusado ALEX CUEVA PORTAL, para que en el plazo de DOS DÍAS DE NOTIFICADO, designe abogado defensor de su libre elección, bajo apercibimiento de designar defensor público en caso de incumplimiento, debiendo para tal efecto ser notificado por intermedio de EDICTOS en el diario oficial de esta Corte, Diario “La República” por el lapso de tres días, con el extracto de la presente resolución. AVOQUESE al conocimiento del presente proceso al Señor Juez que suscribe, por Disposición Superior. NOTIFÍQUESE F.P. 23-24-27 Julio EDICTO PENAL Exp. N° 1712-2014-0-0601-JRPE-03 TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: Marcia Álvarez Figueroa Se cita y emplaza a: JANE LOPEZ ESPINOZA para que tome conocimiento del contenido de la resolución número siete que CITA A AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN de la investigación seguida en su contra y otro por la presunta comisión del delito contra el patrimonio en su modalidad de hurto agravado en agravio de Supermercados Metro PARA EL DIA TREINTA DE JULIO DEL DOS MIL QUINCE a horas once con treinta minutos en la sala de audiencias número cuatro en la Corte Superior de Justicia de Cajamarca- Sede Qapac Ñac. Precísese que las partes procesales deberán concurrir con quince minutos de anticipación a la sala de audiencias. Cajamarca, 21 de julio del 2015. F.P. 23-24-27 Julio EDICTO PENAL Exp. N° 194-2015-0-0601-JR-PE-03 TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: Marcia Álvarez Figueroa Se cita y emplaza a: CHRISTIAN MENDOZA CHAVEZ DADO CUENTA con el oficio y la disposición fiscal que anteceden, remitidos por la Segunda Fiscalía provincial Penal Corporativa de Cajamarca: AGREGUENSE a los autos, proveyéndose conforme a le. El oficio N° 106-2015- 2°FPPC, mediante el cual adjunta la disposición fiscal N°09-2015; TENGASE por comunicada la CONCLUSIÓN DE LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA; TÉNGASE presente para los fines de ley.
PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV
7
Al Requerimiento de Acusación Directa; y, conforme se evidencia de los actuados que acompañan el requerimiento acusatorio, el acusado no tiene abogado defensor, se deberá requerir designe defensor de su libre elección, a fin de no vulnerar su derecho de defensa, teniéndose que RESERVAR el proveído del requerimiento, en consecuencia REQUIÉRASE al acusado CHRISTIAN MENDOZA CHAVEZ, para que en el plazo de DOS DÍAS DE NOTIFICADO, designe abogado defensor de su libre elección, bajo apercibimiento de designar defensor público en caso de incumplimiento, debiendo para tal efecto ser notificado en su domicilio real consignado en el requerimiento acusatorio. SIN PERJUICIO de notificar al acusado por intermedio de EDICTOS en el diario oficial de esta Corte, Diario “La República” por el lapso de tres días, con el extracto de la presente resolución. Cajamarca, 20 de julio del 2015. F.P. 23-24-27 Julio EDICTO PENAL Exp. N° 972-2015-0-0601-JR-PE-03 TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: Marcia Álvarez Figueroa Se cita y emplaza a: FELIPE CARRASCO RAMOS DADO CUENTA con el Requerimiento de Acusación Directa presentado por la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cajamarca, que antecede, AGRÉGUESE a los autos y conforme se evidencia de los actuados que acompañan el requerimiento acusatorio, el acusado no tiene abogado defensor, se deberá requerir designe defensor de su libre elección, a fin de no vulnerar su derecho de defensa, teniéndose que RESERVAR el proveído del requerimiento, en consecuencia REQUIÉRASE al acusado FELIPE CARRASCO RAMOS, para que en el plazo de DOS DÍAS DE NOTIFICADO, designe abogado defensor de su libre elección, bajo apercibimiento de designar defensor público en caso de incumplimiento, debiendo para tal efecto ser notificado mediante edictos por el plazo de tres días consecutivos. Notifíquese.Cajamarca, 20 de julio del 2015. F.P. 23-24-27 Julio
8
8
ueves, 23 de del 2015 DR. FELICIANO VÁSQUEZ DR.MOLOCHO FELICIANO- PRESIDENTE VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE Jueves, J23 de julio deljulio 2015
PRECIO POR PRECIO PORPALABRA: PALABRA:S/. S/.0.01 0.01 INC. INC. IGV
INVITACIÓN Se tiene el agrado de invitar a usted y familia, a la presentación del libro: POEMAS DEL ALMA de MARTIN GIL SERRANO La presentación estará a cargo del profesor y escritor: Antonio Goicochea Cruzado. En los comentarios de: William Guillen Padilla y Víctor Hugo Alvítez Moncada. Jueves, 23 de julio de 2015 – 7:30 pm.
Salón Consistorial de la Municipalidad Provincial de Cajamarca. Jr. Cruz de Piedra N° 613. (programa especial – ingreso libre)
FIESTAS PATRIAS HASTA 27 Y LIBRO HASTA 23 DE JULIO