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ECONOMIA & NEGOCIOS
I
Sábado 10 de abril de 2010
PUJA POR LOS INGRESOS s SIN DEFINICION OFICIAL
El proyecto de ganancias lograría mejoras salariales del 1,5 al 3% La iniciativa que debate la CGT busca que el impuesto no interfiera en las alzas de sueldos SILVIA STANG LA NACION En caso de aprobarse, el proyecto de ley para elevar el ingreso mínimo a partir del cual se paga el impuesto a las ganancias provocaría mejoras en los salarios de entre un 1,5 y un 3%, en comparación con los montos que llegarían a los bolsillos de los empleados si se mantuviera el esquema actual. La reforma que la CGT quiere instalar en la agenda, evitaría que el fisco se quede con parte de los aumentos que intentan recomponer los salarios frente a la inflación. En la práctica, cuando suben los sueldos y no se ajustan las cifras que determinan el pago del impuesto, crece la presión fiscal. Como efecto de los cambios posibles, dejarían de pagar el impuesto quienes tienen un salario promedio
mensual, neto de aportes a la seguridad social, de entre $ 4015 y $ 5000, en el caso de asalariados sin cargas de familia. Y lo mismo ocurriría con los que ganan entre $ 5554 y $ 6846 si tienen cónyuge y dos hijos a cargo. Pero, además, como el texto prevé una suba de la alícuota para quienes tienen sueldos más altos, se produciría un aumento de la carga impositiva para los empleados que perciban más de $ 25.150 netos al mes. Se trata, en todos los casos, de montos promedio. El impuesto se calcula, en rigor, teniendo en cuenta los ingresos que se van acumulando durante todo el año, y se incluyen todos los conceptos pagados por la empresa, sean de carácter remunerativo o no. Al monto total neto de descuentos, se le deduce una cifra no imponible, que pasaría de $ 52.200 a $ 65.000. Si el empleado tiene familiares
Edicto El Juzgado Nacional de 10 Inst. en lo Comercial Nro 11, a cargo de la Dra. Maria Gabriela Vassallo, Sec. Nro 21, sito en la Avenida Callao 635 P:50, Capital Federal comunica por 5 días en autos: “BDM EMPRESARIAL SRL. S/CONCURSO PREVENTIVO” (Expte. Nro 102463/10), que con fecha 16/03/10 se dispuso la apertura del Concurso Preventivo de BDM EMPRESARIAL SRL., (CUIT No 30-70825659-1), con domicilio en Amenábar Nro 711, Piso 20, Dpto. “D” de Ciudad de Buenos Aires, habiéndose designado sindico Vega Maria Julia Luz, con domicilio en la calle Corrientes N0 2963 - Piso 130 - Dpto. “H”, de Ciudad de Buenos Aires, donde recibirá los títulos justificativos de sus créditos hasta el dia 01/06/10, debiendo presentar el informe Art. 35 LC el 14/07/10 y el informe Art. 39 LC el 09/09/10. La audiencia informativa se celebrará el dia 04/03/11 a las 10:00 hs. Expido el presente en Buenos Aires, 31 de Marzo de 2010.Fdo: Marcela Macchi Secretaria Edicto
El Juzgado Nacional de 10 Instancia en lo Comercial N0 26, a cargo de la Dra. María Cristina O Reilly, Secretaría N0 51 a cargo de la suscripta, sito en Callao 635, Primer Piso de la Ciudad de Buenos Aires, comunica por cinco días en los autos: “NAVA SEGURIDAD SA. S/ Concurso Preventivo”, Expte. Nro.056563, que con fecha 3 de marzo de 2.010, se ha dictado el auto de apertura del concurso de NAVA SEGURIDAD SA., CUIT:30-68772484-0, presentado el 30/12/2009, fijándose hasta el día 17/05/2010 para que los acreedores soliciten verificación de sus créditos al Síndico designado Eduardo Hugo CAGGIANO, con domicilio en la calle San Martin 66, piso 3, oficina 314, C.A.B.A., Tel. 4331-1789. Los informes previstos por los art. 35 y 39 de la ley 24.522, serán presentados por el síndico los días 30/06/2010 y 27/08/2010 respectivamente. La resolución prevista por el art. 36 de la ley citada vence el día 15/07/2010. La audiencia informativa prevista en el art. 45 LC, se llevará a cabo el día 15/02/2011 a las 10.30 horas. Publíquese por cinco días. Buenos Aires, 23 de marzo de 2010. Devora Natalia Vanadia, Secretaria Interina
a su cargo también se descuentan sumas por ellos: la deducción por cónyuge pasaría de $ 10.000 a $ 12.000 y el descuento por cada hijo menor de edad, de $ 5000 a $ 6000. La cifra que resulta de restarle las deducciones al sueldo anual neto es el ingreso sobre el que se calcula el impuesto, según un esquema que combina sumas fijas y alícuotas que se elevan según el rango de ingresos.
Los casos Por ejemplo, para un empleado sin ninguna carga de familia con un salario neto de $ 5000, los cambios le permitirían dejar de tributar por año $ 1292 (un promedio de $ 107 mensuales), lo que le reportaría un 2,03% más de dinero en su bolsillo. Suponiendo un salario de $ 10.000, el impuesto se reduciría en $ 3456 anuales, un 3,03% del ingreso.
Si el asalariado de $ 10.000 es casado y con dos hijos a su cargo, el impuesto bajaría en $ 3864, y llegaría un 3,24% más al bolsillo. Si con esas cargas de familia se perciben $ 17.500, el efecto sería una mejora del 1,6%, ya que el impuesto pasaría de $ 52.299,99 a $ 48.900 al año. En ese nivel de ingresos ya se aplicaría un alza de la alícuota, del 35 al 40% sobre el monto que resulta de restarle $ 120.000 al ingreso imponible (descontadas las deducciones). En el ejemplo citado, y dada la suba de las deducciones, eso no impediría que el efecto siguiera siendo positivo. En cambio, en un sueldo de $ 30.000 ya se produciría un alza del pago exigido, que pasaría de $ 97.730 a $ 100.900 anuales, en el caso de un empleado con cargas de familia, lo que significaría una caída del 1,1% del ingreso de bolsillo: $ 3170 menos.
Los efectos de los cambios que se debaten IMPUESTO ANUAL Soltero, salario mensual de $5000 netos de aportes Soltero, salario mensual de $10.000 netos de aportes Casado con dos hijos, salario mensual de $6500 netos de aportes Casado con dos hijos, salario mensual de $10.000 netos de aportes Casado con dos hijos, salario mensual de $17.500 netos de aportes Fuente: elaboración propia
INGRESO DE BOLSILLO ANUAL
ACTUAL
$1292
$63.708
PROYECTO
NO PAGA
$65.000
ACTUAL
$15.906
$114.094
PROYECTO
$12.450
$117.550
ACTUAL
$1221,99
$83.278,02
PROYECTO
NO PAGA
$84.500
ACTUAL
$10.593,99
$119.406,01
PROYECTO
$6730
$123.270
ACTUAL
$40.854,99
$186.645,01
$35.900
$191.600
PROYECTO
DIFERENCIA DE BOLSILLO
+2,03% +3,03%
+1,47%
+3,03%
+2,65%
Monto correspondiente a la alícuota del 40%; si se mantuviera en el 35%, el monto sería de $ 34.975. LA NACION