Z;ma, 9 AeviL - Minsa

Técnicos Asociados S.A. y Kuroiwa-Kogan-Valdivia Ingenieros Civiles S.A.C., para la. "Contratación para la Supervisión de la Elaboración de los Estudios ...
89KB Größe 4 Downloads 10 vistas
No 84 MINISTERIO DE SALUD

-201BirtirlSA

55‘-'1CA De, ■

e-

Z;ma, 9

AeviL

(U2013

VISTO, el Expediente N° 12-059435-001, que contiene la Nota Informativa N° 076-2013DGIEM/MINSA, que a su vez contiene la Nota Informativa N° 004-2013-LSR-DI-DGIEM/MINSA y el Informe N° 056-2013-UO-DI-DGIEM/MINSA, de la Dirección General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 200-2009/MINSA, se aprobó la exoneración del proceso de selección del Concurso Público para la "Contratación para la Supervisión de la Elaboración de los Estudios Definitivos de Obra, Equipamiento e Impacto Ambiental, Ejecución de Obra y Provisión e Instalación del Equipamiento Integral del proyecto Nuevo Instituto Nacional de Salud del Niño, Tercer Nivel de Atención y 8° Nivel de Complejidad-Categoría 111-2, LimaPerú", por causal de situación de emergencia;

M. ESTRADA F

Que, con fecha 7 de mayo de 2009, se suscribió el Contrato N° 129-2009-MINSA, entre el Ministerio de Salud y el Consorcio ATA-KUKOVA, conformado por las empresas Asesores Técnicos Asociados S.A. y Kuroiwa-Kogan-Valdivia Ingenieros Civiles S.A.C., para la "Contratación para la Supervisión de la Elaboración de los Estudios Definitivos de Obra, Equipamiento e Impacto Ambiental, Ejecución de Obra y Provisión e Instalación del Equipamiento Integral del proyecto Nuevo Instituto Nacional de Salud del Niño, Tercer Nivel de Atención y 8° Nivel de Complejidad-Categoría 111-2, Lima-Perú", por un monto de S/. 6 512 483.25 (Seis millones quinientos doce mil cuatrocientos ochenta y tres con 25/100 Nuevos Soles); Que, a la fecha se ha aprobado las Mayores Prestaciones de Supervisión N° 01 al Contrato N° 129-2009-MINSA, que representan una incidencia de 11.67% sobre el monto total del Contrato,

Que, con Resolución Directoral N° 021-2012-DGIEM, de fecha 9 de abril de 2012, la Dirección General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento-DGIEM, aprobó la solicitud de ampliación de plazo N° 12 presentada por el contratista de la obra, Consorcio Hospitalario, por doscientos cincuenta y cuatro (254) días calendario, de los cuales setenta y siete (77) días corresponden a la ejecución del Adicional N° 12 al Contrato N° 128-2009-MINSA; Que, con Resolución Directoral N° 021-2012-DGIEM, de fecha 11 de abril de 2012, la Dirección General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento-DGIEM aprobó la ampliación de plazo al Contrato N° 129-2009-MINSA, suscrito con el Consorcio ATA-KUKOVA, por el mismo plazo de doscientos cincuenta y cuatro (254) días calendario, de los cuales setenta y siete (77) días calendario corresponden a la supervisión de la ejecución del referido Adicional; Que, mediante Carta N° 088-2012-ATA-KUKOVA-INSN, de fecha 18 de junio de 2012, el Consorcio ATA-KUKOVA, solicita el reconocimiento y pago de Mayores Prestaciones del servicio de supervisión por setenta y siete (77) días calendario, debido a la ampliación de plazo, originada por la aprobación del Adicional de Obra N° 12, debiendo reconocerse a su favor la suma de S/. 670 782.63 (Seiscientos setenta mil setecientos ochenta y dos con 63/100 nuevos soles), incluido IGV; Que, mediante Informe N° 056-2013-UO-DI-DGIEM/MINSA emitido por la Dirección General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento-DGIEM, señala que las Mayores Prestaciones se han originado por la ampliación de plazo de setenta y siete (77) días calendario para la supervisión de la ejecución de la obra, aprobada por Resolución Directoral N° 021-2012DGIEM, derivada de la ampliación de plazo N° 12, concedida al ejecutor de la obra, mediante Resolución Directoral N° 018-2012-DGIEM, derivada a su vez del Adicional de Obra N° 12, aprobado por Resolución Ministerial N° 171-2012/MINSA. Adicionalmente, señala que las Mayores Prestaciones resultan necesarias para alcanzar la finalidad del Contrato N° 129-2009MINSA, y que ascienden a un monto de S/. 349 971.47 (Trescientos cuarenta y nueve mil novecientos setenta y uno con 47/100 Nuevos Soles), incluido IGV; Que, la figura de la ejecución de Mayores Prestaciones en la Supervisión se encuentra regulada en el articulo 191° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 184-2008-EF, el cual señala que en los casos en que se generen prestaciones adicionales en la ejecución de la obra, se aplicará para la supervisión lo dispuesto en los artículos 174° y 175° del citado Reglamento, según corresponda; Que, así mismo, el artículo 174° del precitado Reglamento dispone que: 'Para alcanzar la finalidad del contrato y mediante resolución previa, el Titular de la Entidad podrá disponer la ejecución de prestaciones adicionales hasta por el límite del veinticinco por ciento (25%) del monto del contrato original, para lo cual deberá contar con la asignación presupuestal necesaria. El costo de los adicionales se determinará sobre la base de las especificaciones técnicas del bien o términos de referencia del servicio y de las condiciones y precios pactados en el contrato; en defecto de éstos se determinará por acuerdo entre las partes. (...)";

M. ESTRADA F

Que, el monto de las Mayores Prestaciones N° 02 en la supervisión al Contrato N° 1292009-MINSA, derivadas de la aprobación del Adicional de Obra N° 12, representa una incidencia del 5.37%, sobre el monto total del Contrato, lo que aunado a las Mayores Prestaciones de supervisión ya aprobadas hacen una incidencia total de 17.04%;

MINISTERIO DE SALUD

No 1 8 1-9;DISib t rISA

\seN..1CA DEL p

Zyna.,

9