Page 1 VOUCA DEL EL PERO REPUS, Resolución Directoral N

go del Impuesto a los Juegos como consecuencia de la actividad comercial que ...... 1924-2013-MINCETURIVMT/DGJCMT. 11. -. 2013. CMS. 7. N°. TITULAR.
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L'm.. n2JU1,2013 Visto, el Expediente N'001342-2013-MlNCEflJR, con Registro Inlerno: 713345-2013_ MINCETUR, de lecha 20.03 2013, presentado por la empresa ALPAMAYO INVERSIONES S.A.C., en el que solicita la r€novac¡ón de la autorzación expÉsa para la explotación de máquinas tragamonedas en la sala d€ iuegos "JULIAGA 2", ubicada en €l jirón Mariano Nuñez 574. Dbtrito de Jlliac€, Pmvincaa de Sañ Román, Departamenlo de Punoi COI{SIDERANDO: Oue, rn€diañle Ley N' 27153, y normas mod¡licatoias, y su Reglamenlo aprcbado medianle Decreto Suprcño pals, eslableciéndose en el artÍculo 24' delcitado cuerpo legalque coÍesponde a la D¡rección G€neralde Juegos de Casino

N' 009-2002-MINCETUR, se Éguló la explotación de los juegos de casino y máquinas lragamonedas en el

y

Máqu¡nas fEgamonedas las faclllades adminislrat¡vas de aulorizac¡ón, fscalización, sup€rvisión, evaluación y sanción vinculadas a las explolac¡ones antes referidasi

Oue. de acuerdo con lo eslablecido en el adlculo loo del Oecreto Supremo N" 0092002-MINCETUR, la renovación de la autorización conc€d¡da a las salas de iuegos inslaladas en los eslablecimientos señálados en el rtlculo 6" de la Ley N" 27'153, modilicada por la Ley No 27796, se realiza sigL¡iendo el prccedimiento eslablecido pam de Aulorizac¡ón Expresai Que, el artÍculo 14" de la Ley anles menc¡onad. asícomo al adfculo 7" de su Reglamento aprobado m¿d¡eñte Supremo N" 009-2002-M|ñCETUR, esiablecen los rcquisitos que los solicitantes deben cumplir para ac.€dér á mencionada aulorizacióñi

Qu€, med¡ante b(pediente N" 001342-2013-MINCETUR, con Reg¡sfo Intemo: 71334t2013_ MINCETUR' de fecha 20.03.2013, la empresa ALPAMAYO INVERSIONES S.A.C. sol¡cita rcnovación de la autorización expresa para la explolación de juegos de máquinas tragamonedas en la sala de juegos "JULlaca 2" ubicáda €n eljirón Mariano undz 57a, Distdio ¿e Juliaca, Provinciide San Román, Departameñto de Puno, la misma que tue autorizada al

rparodelodispuestoenelartfculo2'delaLeyN'28945,'LevdeReord€namientoyFonnali:ációnderaáclividad Explotación de Juegos de Casino y lvláquinas Tragamonedas';

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Oue, la solicitanle ha cumplido con presentár la documenlación y/o iñfomac¡ón rcquerida pa'á ecceder a la renovación ¿e la autoízación con¿€dida paia explotar máqlinas lragañonedas en la sala de iuegos "JULIACA 2" ubi;ada en eljnón Mariano Nuñez 574, Diitriio de Juliacá, irovincia de San Román, oepartamenlo de Punoi

Oue. de confomidad con lo d¡spueío en el art¡culo 5" de la Lev No 27153 y nomas rnodificalorias los estabtecimdnto deslinados a ta exptoiación de máquinas tragamondas no pueden encontfarse.a menos de ciento cincuenta (150) metros, medidos óe puela a puerc siguien¡o el mínimo tránsilo pealonal posible de lemplos v/o de estudros donde se imparte educación in¡c¡al, pdmaria v secundariai

Qu€, según consta en el Infome Técnico N' 541-2013-MINCETUR/VM'OGJCIV|Í/DFCS_JAPR dé fécna 2013 se;erificó qu€ la sala de juegos cumple con los requisitos lécnicos exigibl€s para la inslalación y ámünio ¡e una ;ala de juegos de-máquinás tragamonedas encontrándose las máqurnas-t'agamonedás ;das y registradas (homologa¿as) por la oirccción éene€l de Juegos de Casno ) Máqurnas Tragamonedas la Drrectivá N" 001-2007-MINCETUR¡r'MT/DGJCMT aprobada mediante ¿e 6 estabÉcido K¡m¡s.o, "iu.-puro de fecha 29.01.2007, se obsefvó a 138 8 m€tros d€ la NCETUR¡r'MT/OGJCIV!T, cesotuc¡ón Dirc;tofat N" 38_2007-IV que la ái j,"go" c*rro e¿ucaiivo Inicial N' 3o5- Juliaca ubicádo en el J ión Nicolás de Piércla N" 212 Por lo y sin nomas modifcatorias, N.27153 "l ta Ley "iá 5. de en et arrícuto to estabtecido no cumptjía con .et"r¡d"'"uia émbároo de confom;dad co¡ la Primem Dsposrción Finálde la Direcliva N" OO1-2007-MINCETUR¡r'1\¡T/DGJCMT

;;

áp,áu"ii",J¡*t" n*"lrción

D.ecrorátN.3á_20O7,MINCETUR^/I\¡TDGJCMT, de fecha 29.01.2007, los solicitantes

o;e acfed en fehacreniemenre que ta sata de Negos fue oqeto de una autod.¿ac,ón administraüva pára ra e¡plotácrón i"-rr,¿or¡"ái r,áoá.á""0"; con antefiondad a't id.o7 199s - tucr'a oe entnoa en v'gencia de la Ley No 27153- no les resulta aplicable loestablecido en eladículo 50de la Ley

juegos se AI respecto es preciso señalar que en el proc€so de Reordenam¡enio y Foma¡izáción de la sala de y la Mansilla, vasqL/ez por consu€ro ta abogada emirió et tnf;ñe Lesai N. rzoz_zooo lr¡ltcErún¡y¡¡T/DGJCMT,

Resoluc¡ón Directolal N' 123'2008-MINCETUR¡/MT/DGJCMT, de lecha 12.09.2008, los cuales señalan la empresa solicilante presentó una copia simple del C€rtifcado de Aulorización N' 0098-99 de fecha 27 05.1999, otorgádo por la Municipaldad Prcv¡ncial de San Román - Juliaca, que autorizó a la emprcsa Consorcio de Inversiones Sania Fe S A.C. l. aperlura de¡ eslablec¡miento parE s€r dedicádo al giro de Tragamonedas entre otos con to que acredita qle la sala de juegos tue objelo dé una autorizac¡ón admi¡¡srrativs para la explotación de máquinas lÉgamonedas con anlerioridad de al 1007.1999 -fecha de enlrada en vige¡cia de la Ley N" 27153-. por lo que a la solic¡tanie ño le resulló apl¡cable lo eslablecidoen €ladículo 50 de la Ley No27153 y nomas modifcato¡ias

Que, asimismo, cabe señalar que mediante Resolucióñ Direclolal N' 1235-200&MINCETURI/MT/DGJCMT, de fecha 12.09.2008, se autoriza a la empÉsa ALPAIT'AYO TNVERSTONES S.A.C. para ta oxptotación de ¡iegos de máqu¡nas lragamonedas en la sala d€ iuegos,,JULIACA 2", siendo la Resolución Directorat N" 317,2013MINCETUR/VM?DGJCMI, de tuchá 08.02 2013, la últ¡ma mod¡frc€ción sol¡cl.da a su Autorizac¡ón Expresa por ta explolación de ct€rao arEirb (130) náqulnas nagt',,onedas y cuattoclentos ochenta ($O) núnodes de sóto ,tcú¡rrá en la sáladejusgos "JULIACA 2" y que son las mismss que a la fecha vi€ne exptotando Que, la eñpr*á cumple con adjuntar a su sot¡citud copia det Cedific¿do de Insp€cción Técñ¡ca de Segundad en Defensa civil de Detalle N" TR000329-GR.PUN,2012, de fechá 07.06.2012, y det Intofrn€ de Inspecc¡ón Técnica de Seguridad en Defensa C¡vilde Delalle ' Info¡me Técnico N'TR,000329, vigentes hasta etOT 062014, emil¡dos por elórgano €jeculanle de la lnspección Técnicá cle Seguridad € Défensa Civ¡t detGobierno Regionatde pLrno, er| etque de acuerdo con lo establecido en et Decreto Supremo No O6G2OO7-PCM. se deF consiancia que ta sata de juegos de la solicitanle cumple con las condiciones deseguddad exigibtes a este tipo de estabtecimientosl

Q!e, de la evaluac¡ón de lá solv€ncja económica de tá sot¡c¡tante y de tos socjos, d¡reclorés. gerentes y apoderados con hcu¡iades inscrit s, según consla det Infome Económico - Financiero N" 099-2012 de R;novació; de Autonzación Expresa, de fecha 09.08.2012, ta sot¡c¡lanre y tás personas anies indicadas cumpten con ios criterios de eva¡u¿ción estáblecidos en la Dirccliva N. OO1-2007-MTNCETURA/I¡T/DGJCMÍ, debi¿ndose precrsar de conlormidad con lo dispuesto en el art¡cuto 15. de ta Ley N. 27153 y noÍnas moditicatorias que d¡cha evatuación es pemanente en tanto eltiular de ta autorización mantenga vigente tá autor¡zac¡ón conc€didal

y

Que, én obseruancia de lo estabtecido en tos articuros 19" y srgurentes de ta Ley N. 27153 nomas catorias, la solicitanre c!Írpl€ con pr4entar ta pótiza de caucrón N" ilo13101oo038-od de tucha 23 01.2013 y de Cauc¡ón N" 710131010077340, de f€cha 26.072013 otorgadas por MAPFRE peru CÍa de Seguros y uros a favor del M¡nistedo de Comerc¡o Exterior y Tunsmo MTNCETUR por tas sumas de Tresc¡entos c-uအta y siete Mir ochocienros v o0/1oo (s/ 347-Boo.oó) nuevos sores y crento irernta y rres tuit ooscienros y 00/100 (S/. 133,200.00) nuevos sotes, respectivamenre. vigenies hastá et 2i0t.2Ot4 y 26 U:2O14 por tas máquiná; aulof¿ádas para su explolac¡ón en ta refedda sata d€juegos, en respatdo de tas oblgác¡ones asum¡das con erEsiado y lercercs denvad.s de la apticsción d€t menc¡onado cueDo tegat, ta misma q-ue ha s¡do remitida at área de admin¡stración del MTNCETUR paÉ su custod¡a y tiñes co¡¡espondie;tes.

-

Que, en el Infonne Técnico N. 541-2Ol3,MINCETUR¡/MT/DGJCMT/DFCSJAPR, de techa 03 O7.2Ot3 se ha ficado que,la sala de lu€gos ha cumphdo-con to dispuesto en et D€crcro Suprcmo N. O1S_2OIGM|NCETUR, que )bó el Réglamenlode "/Vormas récnicas Conplenentañas pan la ¡npleñéntac¡ü detsistena unitbado (!e conitot tiampo real SUC¡R" a que se reñ6rc ta priñera D¡sposición F¡;at de ta Ley N. 27796 y ta R€soluc¡ón de

-

nteñd€ncia N"'1412003-SUMT:

de acuerdo cln-ro-drspuesro en et nume¡at 6 det Anexo det cuadro de rnfracciones y sánc'ones. der Decreto supfemo N' 01t20ro-MtNCFTUR. se sancionará at r útar de una sata t¡aqamonedas con uná

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por cada máqüina tragamonedas que no se encuentre interconectada con

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Modeto

sucrRr

O: crnfomlgad tas Le-yes Nros 27153, 27796 y 27 414 "Ley det procedimienlo Adminisrrar¡vo Generat, y , :on -, ¡iecreio er Supremo Nro 009-2002-MTNCETUR estando a ro opinado en et Informe Económico - Financ¡ero N.099'L. q9 l9l9!"91q1 !9 A9t9g6ción Eprcsai Inronle Técn¡co N" s41_20i3_MtNcErUR¡r'MtioGJcM?DFcs_JApR y

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gal N" 00122-201'MINCETURVMI/DGJCI{T/DAR.KRDi SE RESUELVE:

Artícr¡lo 1'-- Renovar la autorización expr€s6 concedida a ta empresa ALPAIAYO r{VERS|O ES S.A.C., ..JUL|ACA para lá explol¿ción de máqlinas tragamonedas eñ ta sata de 2- ,bicád" tuegos el J-1!:":t."gllñcja de san Román, Depanamenro ie er:no, con cóorgo de res,sr;o'N" "" l2o6es0l6, por

t¿;M;;];;"-ñ;;;;

:14:9:]''!"-d: un plázo de cuatro (4) años, e¡

observancia de to noÍnado en el arllcülo 17" de ta Ley

Arrfcufo 2'.' La preseñte autorizac¡ón lacurta a ra erñpresa

ra exprotac¡ón

t¡?ptt¡y¡€das y cuatochntos och6n6 (AOt dF.f',oñas de sóro tcctuá,

y n que mnnan pane hGg¡ante de ta Dresénte rcsotucrón

N. 27133 y no͡as

de cr€rto tte¡nta (130) náqutnas

según detale conte;id; en tos

ANI¡OS

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D: con to d,spu€sro .-_-1.:: _rcueldo que ¡ooos ,_-1119i19 ros requrs os y condrcrones s¡¡vi€ron

en et adicuro 14.2 de ra Ley N. 27153 y nomas modfrcaronas. de base para ta presente áuto¡rzacrón deb€; manlenefse durante el plazo de v¡gencia d€ ra misma, bajo apercibimiento de canceraae ra auronzació" ó"ce¿ioiv