Page 1 DEL PERU PUBLICA Resolución Directoral N° 1494 -2015

MUSA kotimainen on. 13 349. V. Artículo 70. La Dirección General de Juegos de Casino y ... de la empresa autorizada se han modificado negativamente como ...
1MB Größe 145 Downloads 27 vistas
fr

e¿ a

/oci6n

I

¿?ecfara

N" //ql/

-2oi

/

5rr NcEfuR/v{r¡rr/DcJcrirr

.¡.", 26 t.{AY0 2015 Vistos. el b(oedrente N" 861601-2015-l\4INCETUR, de fecha 05.03.2015, presenlado por la emprcsa

tNvERstoNEs TURisrtcas rRAPEcto AMAzÓNlc ) s-A.c. en el que solicita Renovación de Autodzación Expresa para la explotación de máquiñas tÉgamonedas en la sala de juegos TRAPECIO AMAZÓNICO, ubicada eñ el Jr. Ramkez Hurtado N' 1008 y Jr. Próspero N' 1001. Dislr¡to de lquitos, Proviñcia de ¡¡aynas y Departamento de Lorelo; CONSIOERANOO:

Que, med¡anle Ley N'27153, y ñormas modificatoriás, y su Reglamento aprobado medianle Decreló N' 009-2002-|\¡INCETUR, se reguló la explolación de los juegos de casino y máquanas monedas en el pais, establec¡éndose en el arliculo 24" del citado cuerpo legal que corresponde a la General de Ju€gos de Casino y Máquiñas Tragamonedas las f3c\rllades adminisfativas de ón, fiscalización, superv¡sión, eváluación y sanclón vinculadas a las explotación antes referidai

oue. medranre Exoediente N' 861601-2015.MjNCETUR, de lecha 05 03.2015, presenlado pof la emprese lNvERSloNEs TUR¡sTlcas TRAPECIo AMAzÓNlco s.a.c, en el que solicita Renovac¡ón de autórizaoón erpresa para la exploladón de máqu¡nas trágamonedas en la sala de juegos "fRAPECIO AMAZóNICO'. ubrc¿d¿ en el Jr. Ramirez Hurtado N' 1008 y J¡. Próspero N' 1001 Distrito de lquilos, Prov¡ncia de Maynas y Departame¡to de Loreto, cuenta con Licencia l¡un¡c¡pal N' 486 2014. de fecha 06.2014, emiti-da po; b G¡renc¡a de Promoción Económ¡co para el giro de Salón de Juegos - Explotáción Máqu¡nas Tragamonedas a favor de la solicitanlei Oue, Oe acuerdo con lo establecido en el articuto 10" del Reglamento, la renovación de la ulorización concedida a las saas de iuegos instaladas en los establecimienlos seña¡ados en elal¡culo 6" de la Ley, se rcaliza s¡guiendo el procedimiento eslablecido para el de Autorización Expresa;

I

Oue, el articulo 14'de la Ley antes mencionadá así como el articLllo 7'd€ su Reglamenlo' establecen los requisilos que los solicilanles deben curlp ir para acceder a la meñcionada autorizacióni

oue, según consta en los Informes Técnicos Nos 249 y 330'2015 tl,lNcETUR^/l\¡flDGJcMT

FCS-RNOR, deiechas 07.04 y 08.05 2015, se verificó que la sala de juegos cumple con lo eslablec¡do en el para la ulo 5" de la Ley N" 27153 normas mod¡fcalorias asícomo con los requis¡tos técnicos erigibles las máqu¡nas juegos encoñfándose de máquinas tragamonedas lación y funcio;amienlo dá una sala de ás autor¡zadas y.egistradas (homologadas) por la D¡rección General de Juegos de Cásino y

i

uinas Tragamoñedasi

Que, la empresa cumple con adiuntar a su solicatud copia de: (i) lnfome de Inspección Técnica^de Seoundad en Oelen;a Crvrl de Delalle, v (i) Certificado de Inspección Técnica de Segur'dad en Delensa Civil Jebeulie rl' Oz Cn-rnr.2014. de techa 02 09 2014, vigente hasta el 02 09 2016, exped¡do por la Ofcina lo Áegional oe Defensa Nacional del Goblerno Regon¿l de Lorelo en el que de acuerdo con eslablecido en que la sala dejuegoE del se deja constancia rtorr¿s y normaa nrodri el éecreto Supremo t'l' 066'2007-PC[4

sol¡"itun¿

c,jrpf. con tas condic¡on;s de

seguridad exigibtes para este tipo

de

establecimienlos.

veriicándosefescientos qu¡nce (315) máquinaslragamo¡edas; Que, de la evaluación de la solvencia económica de la solicilánle' socios y gerenle' según consta en et Infome E;onómico Financiero N'063-2015 DE RENOVACIÓN DE AUToRIZACIÓN EXPRESA de fecha

la solic¡tante y tas personas antes indicadas cumpten con tos cf¡tefios deeratuación estábtecidos aprobada med¡ante \los adic;los 7" y sigui;ñles de la Directiva N' 001-2oo7-lt¡tNCETUR^/l\4TlDGJ-Cf!lT iución Di.ecrolar Ñ" ¡s-zooz l\4lNcelun^/[,4T/ocJcf\,'lT, de lecha 29 01 2007, deb¡éndose precisar de

i.o¿zois,

conformidad con lo dispuesto en el articulo

15'de la Ley N'27153 y

normas modiiic€lorias que dicha

evaluac¡ón es permanente en tanto el litular de la aulorización manlenga vigente la aulo¡¡zación concedidai Que, en observancia de lo establecido en los artículos 19' y siguienles de la Ley N' 27153 y nomas modifc€lorias, la solicilante ha cumplido con otorgar garanlia por las obligaciones y sanciones derivadas de su aplicación y en resgua¡do de los dercchos de los usuarios y el Estado, la misma que se encuenfa const¡tuida por Póliza de Seguro de caución N'J0058-002015, de fecha 28.02.2015, olorgada por SECREX S.A. Compañfa de Seguros de Crédilos y Garáñtiás a favor del [lin¡sterio de Comercio Exterior y Turismo IVIINCETUR por la suma de un millón doscienlos dieciséis mil y 00/100 nuevos soles (S/. 1'216,000.00), vigenle hasta 28.02.2016, en respaldo de las ob igac¡oñes asumidas coñ el Esládo y terceros derivadas de la aplicáción del mencionado cuerpo legal, la misma que ha sido remilida al área de administración del IVINCETUR para su cuslodia y fines corespondienles

-

Que, asimismo ta empresa rNVERsloNEs TUR¡sTlcas TRAPECIo AMAzóNlco s.A.c, ha con presentar el P/a, d€ Prevénción de ¡a Ludopatia, al que hace referencia el literal t) del numeral 1 del adiculo 14' de la Ley N' 27153, "Ley que regula la explolación de los juegos de casino y máquinas monedas' modiicado medianle el artículo 6' de la Ley N' 29907, 'Ley pata la Prevención de la

en las salas de casiño y máquinas tregamonedas', y el articulo 11" del Reglamenlo aprobado

|ante Decrelo Supremo N' 007-2013-MINCETUR:

de Que, en los lnformes Técnicos Nos 249 y 330-2015-lt4lNCETUR¡r'MT/DGJCIIIT-DFCS-RNOR, fechas 07.04 y 08.05.2015 se ha verif¡cado que la sala de iuegos ha cumplido con lo dispueslo en el Decreto Supremo N'015 2010 MINCETUR, que aprobó el Reglamenlo de 'Wormas lécnicas Cornplernentarias para la implenentac¡ón del s¡stena uni¡icada de canlrcl en tieñpo rcal SUCIR a que se refiere la Primera Disposición Final de la Ley N' 27796 y la Resolución de Superinlendencia N" 14&2003-SUNATI

-

Oue, asimismo, de acuerdo con lo d¡spuesto en el numeral 6 delAnexo ll del Cuadro de Infacciones

Sanciones, del Decrelo Supremo N' 015'2010-l\¡INCETUR, se sancionará al tilular de una sala edas con una multa d€ cinco {05) UIT por cada máqu¡na lragamonedas que no se encueñtre con un Modelo SUCÍR:

Que. de acuerdo con lo d¡spuesto en el árt¡culo 17' de la Ley N' 27153 y normas modjfic€lorias, el plazo de vigeflcia de las aulorizac¡ones erpresas concedidas por la Dirección General de Juegos de Cas¡no

y

Máquinas fragamonedas es de cinco (05) años, pudiendo ser renovada por plazos sucesivos y

ad¡cionales de cualro {4) añosl

De conformidad con las Leyes Nros. 27153, 27796, 2a945 y 27444 "Ley del Proc€dimiento

Adm¡n¡slral¡vo General" y el Decreto Supremo N' 009.2002 MTNCETUR. eslando a ¡o oprnado en el Infome Econórnico Financiero N'063-2015 DE RENOVACTÓN DE AUTORTZACTÓN EXPRESA Técnicos Nos 249 330-2015-TVTNCETUR/V¡,r/DGJCMT-DFCS-RNOR Legal N' 181-201+ MINCETUR/VMT/DGJCMT/OAR-CLP

y

y

SE RESUELVE:

Artículo 1".- Renovar la Aulo zación concedida a ta empresa TNVERSTONES TURíST|CAS PECIO AMAZÓNICO S.A.C, la explotac¡ón de máquiñas tragamonedas en ta sata dejuegos TRAPECTO AZÓNICO ubicada en el Jr Ramiez Hurrádo N; 1008 y Jr. prósperc N. 1001, b¡sirito de tquilos,

:Provincia de Maynas

y Deparlamenlo de Loretoi por un plazo de cualro (04) años, en observancia de to

normado en elarlículo 17' de la Ley N' 27153 y normas modifcátorias

Artículo 2',- La prcsente autorización faculta a la empresa ta exptotación de trescienlos dieciséis (316) máquinas lEgamonedas y novecientos noventa y seis (996) memorias de soto tectura, según deta e conten¡do en los ANEXOS I y ll que forman pale iñlegranle de ta preseñte resotuc¡ón Artlcr¡lo 3'.- De acuerdo con lo dispuesto en el at¡cuto 14.2 de ta Ley N.27153 y normas modificatorias, lodos los requisitos y condiciones que sirvreron de base para tá presenle autorización deben manlenerse durante el plazo de vigencia de la misma, bajo apercibimiento de cancetarse ta autorización concedida

y

disponerse

la

clausura del establecimiento destinado

a la explotación de

máquinas

Artículo 4o.- De acuerdo con lo dispuesto en el numerat 6 del Anexo lt det Cuadro de Inf¡acciones y Sanciones, del Decreto Supremo N'015,201o-MtNCET|JR, que aprobó et Regtameñlo de ,Normas Técnícas Complementarias pa€ la implemenlación del sistema uniñcádo de controt en tiempo reat- SUCTR, a que se refere la Prirnera Disposición Final de la Ley N.27796 y ta Resotución de Superinlendencia N. t4t2OO3_ f, de fecha 25.07.2003. se sencionañ at ütutat de una sata tagamone¿as con una mut6.te cinco pot cada ñáquin¿ t¡?gamonoctas que no se ancuentre ¡nterconectada con un Modeto SUCÍR

oa¿

dt¡rr¡ca

,%"¿o/o"¿ao

,ar¿

Zirutooo/

Artículo 5",- De confom¡dad con lo eslablecido en el erliculo 7' delcitado cLlerpo legal, los tilulares de una autorización de explolación conced¡da por la Diección General de Juegos de Casino y Máquinas fragamonedas se encuentran obligados a observar las nomas que sobre zonificación, seguridad, hagiene,

parqueo, entre olros, eslablezcán las ñunic¡paladades en sus resp€ctivas jurisdicciones para el olorgam¡enlo de la l¡cencia munic¡pal a que hubiere lugar.

A.tículo 6".- De acuerdo con lo dispuesto en la Sentencia de fecha 02 02 2006, éxpedida por el

T bunal Constitucional (Expedienle No 4227-2úlPNfC), la misma que bajo responsabilidad conslituye

ente vinculante para lodos los poderes públicos. los explotadores de iuegos de casino y máquinas reganonedas deben cumpl¡r con el pago del lmpuesto a los Juegos como consecuencia de la aclavidad

Articulo 7"- La Dirección General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas se reserva el derecho de revocar la presenle autodzeción en cáso ver¡lcarse que lás condiciones económico_ñnancieras de la empresa autorizada se han mod¡fcado negátivámenle como consecuencia de las ácciones de cobranza que pudiera llevar a cábo la Superintendencia Nac¡onal de Adñinistración Tributaria (SUNA¡ por la deuda exigible por concepto dellmpueslo a los Juegos. Art¡culo 8'.- De conlom¡dad con lo previslo en elaniculo 240 de la Ley N" 27153 y en coñcordancia el Principio de P.iv¡legio de Conlroles Posteriores rcgulado en el numeral 1.16 del arlículo lV de la Ley N' , la oirecc¡ón Generalde Juegos de Casino y Máquinas T€gemonedas en ejercic¡o de su facullad de izáción se reserva el derecho de veriñcár lá inlormación y/o documenleción presentada por la sol¡cilante como establ€cer lás sanciones o in¡ciar las acciones legales que resulten aplicábles anle cualquier coñ la realidad de los hechos

Artlculo 9'.- En observancia de lo dispuesto en el articulo 12" de la Direcl¡va N" 001-2007' MINCETUR¡/MT/DGJCMT, aprobada medianle Resolución Directoral N" 38-2007_

MINCETUR¡r'MT/DGJCMT, remilase a la Unidad de Inteligencaa Financie€ la inlomación y/o documenlacióñ económica inanciera rclacionada con el solicilante y las peGonas natutales que han sido objelo de evaluación, pa€ los fnes a que se confae la disposición anles indicada

Articulo l0'.-

De acuerdo con lo dispuesto en el ert¡culo

8' del Decreto Supremo N' 006-2013-PCM,

que'Aprueba la retación de autorizaciones sectoriales d€ las Enlidades del Poder Ejecut¡vo que deben ser etigidas como requisito previo pera el otorgamiento de la l¡c€ncia de funcionamiento de acuerdo a la Ley N' 280-76. Ley Marco de Lacencia de funcionamienlo', publiquese la presente resoluc¡ón d¡rectoralen el Porlal WEA dei M¡n¡sterio de Comercio Extedor y Turismo, en la siguienle d¡rección eleclrÓn¡ca: www.

m

¡ncelu r-oob.oe/newwou.

Oirector General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas

a.?7É. l¿/6A/.

ANEXOI RELAC¡óN DE ÍÁqUIÑAS TRAGAIONEDAS AUTORIZADAS SALA DE JUEGOS "TRAPECIO AMAZóN¡CO"

REsoLUcfóN D¡REcroRAL

lñve6roñ6 Tuísli€s f¡áecio Amdóñi6

sAc

¡¡veEio¡* Turísl'es fráÉ¡o amá2ón'6

SAC

l.@6ioÉ fuísli€s f€Hio

SA C

Amázmr6

lnvéBiones Turíslies Trá¡ecio Andón

6 S AC

f urísriés f ráÉió añr6d6 lnváBiones Turisli€s lñvéÉiónés furisli.as

T6É10 Añ¿ónr@ lÉná.i6 Amr6n 6

S

aC

S AC SAC

lnvéBiones furíslicas T€oécioAmaónio S A

rurisnas

fáÉ'ó Añróñi6

SAC

lnvérsióres Tu.ís¡es

TEHio Amábnio

SAC

fú¡ísl¡es T¡ábáio Añ¿ód6

SAC

TLrisli€s ¡ráHio Ahaóni@

.rs TÉD€io amazóñico .nés Túristi€s Tráoe ó

risri.¡s Tráóáio Amdónie S A.

-fúrislies fráÉro Ahdónr@ SAC

N. / /"/

.2015-MtNcEruRvitT/DGJcMr

ANEXOI RELACIó¡¡ OE MÁOUINAS TRAGAMONEOAS AUTORTzADAS SATA DE JUEGOS "TRAPECIO AMAZÓNICO"

REsoLUclóNolREcroM!N

/(4/

-mts¡¡ncewR/vMT/DcJcrr

l¡véBbnés Tur¡sllús TEÉio Amdó.ió SAC

TráÉ'ó Amá2ón'6

lñv¿É'ónés Turisliés

SA C

lnveBlónás Tlrislicás TraDd o Amaóni6 S A C lñvéÉ'oms flrislias fÉÉó añrón'ó S a C

MKs SER¡ES II

Tu¡ísli€s TEDeio Andóni@ S A C fúrisriés lráÉió añró1i¿ó s a lñ@6ones Turisr cás TEmcio Am¿ó.ico s A c l¡v*iónés furist/és fÉÉió añró¡ió s A c

TEÉio Añ¿ón'6 SAC

lnvécionés Turisli€s

Tlrislicás Tráo*io Amázónlú S A C Turíslic¿s

rBkio Amdóni6

SAC

furist €s TEmció Amdó¡i¿ó s A

K5 SERIES II

.\

Tu.ist

€s

TE@cio Añeuóñicó S a

c

K5 SERIES II

ANEXO I RELACIÓN OE M/{QUINAS IRAGATONEOAS AUÍORIZADAS SAIA OE JUEGOS 'Í¡|APECIO AMAZÓNICO"

REsoLUclóN ofREc¡oRAL

lnv66iones Tufisticas TráD€cio Amazóñi@ S A C

Turislies TEHio Añáz¿ri.¡ S Turlsl

ónes

es

TBDmio Amá2óñ'6 S A

lulslicás TÉbáió Añaz¿ni.ó s A

lnvérsEnes fufislicás TÉDé.io Amez6ñi.¡ S lnveE onés

furisti€s TÉDá o Añázinib

l.vo6iones Tufislr€s

Tۃio

SAC

an¿zód@ s a

c

l¡véBiónés Túrísli¿es TÉóé.¡ó Amázóni.¡ S a C Invefs ones Turisliús

rñvé6'óñ6 Tüfisl'.rs lnvércionés

TBDd

o

Amázinio

IÉ@ó añróni6

SAC

sa

furis¡es TÉD4ro AmázMico s

lnveEióñes Turisl

€s TEDdio

A

Amázó¡icó S A

c c

¡¡' ////

"ror"-*tn"uru

ANEXO I RELACIÓN DE I¡ÁOUINAS TRAGAÍONEDAS AUÍORIZADAS SAIA OE JUEGOS "ÍFAPECIO AflAZóMCO"

REsoLUclóN olREcroML

rrrisli¿s fÉoeio Amdónro

sriás

TÉÉió amdóni.o

S A.

sac

frristi¿s fÉÉ¡ó Amdónr6 s lnváÉ'óñés Tlr¡slies

A

c

T€Élo Anáu ón 6 S A. rEÉóamázónmSAC

Tulshes TráÉio Amázóni6

SA C

furisl,és fráÉ¡ó Añdóñr6

S

AC

Túrísrias TÉÉ¡o Amdónr@ s A c lnv6rs'ón6s Tlrislicas

lñvéÉ'óñés

TÉb*ioAmázódo

Toíslies TEÉ!ó Amaón ó

lnvéBims Turistes féÉD Al1Eó¡r6 rurishés fÉÉio Al1wó¡i6

SA C

S

A

sA

c

TraÉió Amázó¡i6

SA C

ln€Bion$ Turislies fráÉio Amaónr6 furisliés fÉmó Añzó.i6

SA C

l¡váÉióñ6s Turlsli€s

,nwEionés furisti€s TEÉ¡o añaó¡r@

rñvéÉims Turhrl€s TEÉio añdóni6 s A c lñveBio¡es Tu.ist Gs TEecio Amázónico lñv€6ió¡és fúlsl €s rÉeci6 Añezón'có

SA C SA C

N

' / 7?/

."oru-urn"aru&vMr/D6JcMf

ANEXOI RELACóN OE MÁQUIMS fRAGAMONEOAS AUfORIZAOAS SALA OE JUEGOS "IRAPECIO AIAZóNICO"

REsoLUcfóN DfREcToRAL

lnveEróÉs Toísli€s lnv¿B onás

T€Eio Anaó¡i6

sA

c

rráÉ¡ó Añá2óni.¡

SAC

Turirl€s TEmio Ameóni6

lráÉió añróñi.¡

SAC Sa C

€s TEoeio Amaód6

SAC

lnvé6 ónés Turi.lres

lnv.ñ'ónés Turi.l €s lnvérsionés Turkl

Tulsiicás TÉoeio Amázón

6 SAC

lurisn€s fEDáló

6 SAC

Amázón

Turklies TEHio Aházónió

S A C.

TB@oAñá¿ónró rxrisliés TáÉió AmdóniÓ

SAC

lnvérsionés Tu.isn€s

Turisti¿s

TáÉio Añdóni6

)\)

S

M / /? /

."otu.ut

"rru*rrror"*,

REIACIóI

DE MEMORIAS DE SÓLO TECTURA AUIORIZADAS

SAIA O: JUEGOS'TRAP€CIO AHAzóNICO'

REsorucófl oREcroRA

É)

'

\,;

No / q4/

,r\'5., t¡cE1u.ty.,'o6Jct l

REúc¡ótr

s *EmRrs

DE

Sóf

SAIA DE JUEGOS "TRAPECIO REsoLUclóN oREcroRAL

F //?

^II¡AZóNICO"

/ -^'o-"'n"r,u*"r'*'.",

RELACIÓN OE

T'E

ORIAS OE SóL

SALA OE JUEGOS 'ÍRAPECIO AIiAZO{EO"

REsoLUclfi oREcroR

i\

!M¡ ,/qC/

:f¡É,aücerv*"'*"1

REUCIÓN OE üEIiORIAS D€ SÓL SAIA D€ JUEGOs ''ÍRAP€C¡O AM^¿ÓN|CO"

REsorl,c,óNo,REcroRALN

/ /"7

-"",í"^****,***

RELACIÓN

O€ E

SAL¡

ORIAS O€ SÓLO LECIURA AUTORPAO¡S

DC JUEGOS

REsoL,,cloNDfREcToRAL,i.

'ÍUPECIO AMAóMCO"

Y /?Y,,.'"

"'*."

*",,*."",

RELAC¡ÓX OE TEMORIAS OE SóL SALA DE JUEG6 'ÍRAPECIO AüAZÓNICO"

REsoLUc,óN oREcroRAr

N.

,/ r'4/

,","",,",,, *",,*'"*

RELACIÓX O€ ¡EüORIAS OE SÓLO LECIURA SALA D€ JUEGOS ''ÍRAPEC¡O AZÓ^UTC'RIZAOAS lco"

A

REsorrrcrófl DlREcroiAL

N. / 1'4/

..,r."',*.-r*"rr".'"",

RÉLAOON OE ÍETOR|AS DE SÓLO LEC¡URA AUTORIZAOAS sAra oE JUEGoc "rR pEcro

REsoruc|of oREcroRAr

M //

2 t/

^íazónrco"

-^,""*.--*",,**",