Page 1 OUCA DEL p, " Resolución Directoral N° Lima, 74 -2015

NO. - 5507898. VON OBESI. Que, de conformidad con el artículo 11º del Reglamento del citado cuerpo legal, aprobado mediante. Decreto Supremo N ...
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n, V/{ -20r5{rNcEruR/vrrr/oc.,cmr L¡me, 13 MAR. 2015 Vaslo, el Expediente N'843682-2014-|\¡INCETIJR, de fecha 03.12.2014, en el que la empresa KINCORP GAMING S.A.C. solicila se le olorgue euto zación expresa paÉ lá exploteción de máqu¡nas lragamonedas como consecuencia de la transferencia de la sala de juegos 'ARCADIA', ubacada en le Av. Lá Mol¡na N0 1105, Distrito de La Molina, Provincia y Departámento de Lime, eutorizada a la empresa OKANE S.A.C. medianle Resolucaón Directoral N" 7292009M|NCETUR^/MT/DGJCMT, de fecha 24.U.2ñ9, renovada medianle Resolución D¡rectoral N" 76$2014-MINCETUR^/MT/DGJCMT. de fecha 12.03.2014, modifcada ñediante Resolución Diectoral N' 3851-2014"M|NCETUR^/MT/DGJC[4T. de fecha 29.12.2014:

CONS¡DERANDO: Que, mediáñte Ley N" 27153, y normas modifcatorias, y su Reglamento aprobado med¡anl6 D€creto N' 009-20O2-MINCETUR, se reguló le explolación de los juegos de casino y máquinas en el pais, establecaéndose en el an¡culo 24" del calado cueno legal que @Íesponde a la ireccióñ General de Juegos de Casino y Máqu¡nas Tragamonedas las facultades adm¡nistrativas de fscalizac¡ón, sup€rvisión, evaluación y sención vinculadas a lás explotaciones antes referidas;

Supremo

;.,'. : ,n--.

.

Que, de conlormidad con elartículo 11' del Reglamento delcilado cuerpo legal, aprobado mediánle Decreto Supremo N" 009"2002-|!IjNCETUR, de feche l1.11.2OO2,la atiotizáción expresa para la €xplolación de juegos decasino y máquinas tragamonedas es ¡nlransferible;

N' 0O&2008-MINCETUR, de fecha 05.05.2008, y normas se aprobaron les noÍñas compleúentarias para el olorgamiento de Autodzación Expresa eñ s de iransferencia de salas de juego aulorizadas, eslableciéndose en los artío.ilos 16" y siguienles ¡os isitos y condiciones que deben cumplir los ¡nteresados para el reconocjmaenlo adminaslrat¡vo de le Oue, mediante Decreto Supremo

sferenc¡a de sala dejuegos realizadal

Oue, mediante Expediente N" 843682-20141\¡INCETUR, de f€cha 0312.2014, las empresas OKANE S,A.C. y KINCORP GAMING S.A.C. prcsentaron una solicilud de 'Autorización expresa y

declaración jurada en caso de fansferencia de salas de juegos", en calided de lransferente y adquirienle, respectivamente, acogiéndose al proced¡mienlo previsto en et numeral 17.2 del adículo 17 del cuerpo legal antes señalado,loda vez que la adquiriente no cuenta con autorizac¡ones para la'explotación de máquinas llagarfionedasi

..1.j::!

Que, por su parle, la sala de juegos de máquinas tragáñonedas objeto de la lransfercncia, coÍesponde a la denominada 'ARCADIA', ubicada en la Av. La Moliñá No 1105, O¡sfito de La Molina, Provinc¡a y Depalamento de Lima, autorizada a la empresa OKANE S.A.C, medianle Resolución Directoral No 729-2009-MINCETUR^/MT/DGJC[¡T, de fecha 24.04.2009, renovada mediante Resoluc¡ón Directoral No

de fecha 12.03.2014, modifcáda medianle Resoluc¡ón Directoral N" -2014-MINCETUR¡/MT/DGJCMT, de fecha 29.1 2.2014i

769-2014-l\4INCETURA/I\4TIDGJCMT, 3851

Oue, la lransferenc¡a de la sala de juegos se encuenlra acredilada med¡ante Teslimonio de Escritura Pública No 11645, de fecha 31.10.2014, olorgade anle Nolario Público de Lima D.. RutÉn Oarlo Soldevilta Gala, que celebraron las empresas OKANE S.A.c. y KINCORP GAMING S.A.C., en calidad de tÉnsferente y adqu¡rienle, respectivañente; Que, según consla eñ el Infome Económico - Financiero N' 018-2015 de Autorización Expresa por Transferencia de Sala de Juegos Aulorizada, de fecha 29.01.20'15, la emprese OKANE S.A.C. ha acreditado cumpli con declarar y pagar los lmpueslos a los Juegos de Casino Máquinas t¡agamoñedas correspondiente a los periodos de agosto, seliembre y octubre de¡2014i

y

Que, asimismo, s€ún el 'Estado de Adeudos'emilido por la Supe nlendeñcia de Adminisfación Tribulafia-SuNAT, de fecha 1A11.2014,la empresa fansferenle registra deudas tribularias en etapa de reclamado, denlro de las cuales no se encuenfá compcndidá lá coÍespoñdiente al impuesto a los iuegos de cas¡no y máquinas lragamon€desl

Que, adicionalmenle, según consta en el Memorandum N' 003,2015,MlNCETUR^/I\¡TIDGJCMTOFCS, de fecha 05.02.2015, emitido por la Dhección de Fiscalizacióñ Coñtrol y Sanción de la Diección General de Ju€gos de Cas¡no y Máquinas Tragamonedas, la empresa lransferenle no registra niñgún procedimiento sancionador en lrámile pendienle de resolución respeclo de la sala de juegos objelo de la transferencia, no existiendo a la fecha mulla pendiente de pegol Que, eñ ese senlido, se advierte que la empresa lransterente cumple con los requisitos adic¡onales previstos en elarliculo 18' del Reglamenlo eprcbado m€diante Decrelo Supremo N' 006-2008-[4INCETUR y normas fnodilic€loriasl

oue, para efectos del p€sente procedimienlo se ha tomado en coñsideración las evaluaciones técnicas realizadas a favor de la transferente con motivo de lá aulorización concedida por la Adm¡nistracaón, a

que se Éfere la Resolución Dkecloral No 729-2009-MINCETUR/VMT/DGJCMT, de fecha 24.M.2009. renovada medianle Resolución Directoral N" 76S2014- MINCETUR

de fecha 12.03.2014, en

"/MT/oGJCMT, la que so determinó que la sala de juegos objelo de lrañsferenciá curñple con ¡as requisíos lécnicos exigibles, asl como con la disteñc¡e m¡ñima a que se refrere el articulo 50 de la Ley N.27153 y nomas modifrcatorias, según se advierte en los Informes Técnicos N¡os. 246-2007-MINCETUR/VMT/DGJCMT, SDFCS-LESG, de leche 15.05.2007, 107-2008-MINCETUR¡/MT/DGJCMT,SDFCS-JLSM, de fecha

Oue, adicionelmenle, ségúñ consta en

el

Informe Económico

-

Fiñancierc N" 018-2015 de

Autorizac¡ón Expresa por Translerencia de Sála de Juegos Autorizada, de fecha 29.01.2015, relacionado con evaluación de la solvencia económica de la adquir¡enle y de sus socios, directores, gerentes y apoderados facullades inscrilas -según coresponda-, le edqu¡riente y las personas anles ¡ndicadas cumplen con los

de €valuac¡ón establec¡dos en los artículos 7'y sagujentes de la DÍectiva N" 001-2007EÍUR/VMf/DGJCMT, aprobadá mediante Resolución Directoral N. 38-2007-

ETUR/VMT/DGJCMT, de fecha 29.01.2007, debiéndose precisa. que, de confomidad con lo dispueslo el artículo 15' de la Ley N'27153 y nomas ñodificadoras. dicha evaluac¡ón es permanenle en lanlo el iitularde la autorizacióñ manlengá vigente la aulorizac¡ón concedidai

Oue, en observancie de lo dispuesto en el aliculo 22o de¡ Decreto Supremo N" 0OG2008y normas modificatonas, la adqu¡rjente cumple con presentar la garantia a que se refere el arliculo 190 de la Ley No 27153 y nomes modiñcatorias, olorgada por la emprese SECREX Compañ¡a de Seguros de Créditos y Garantias, medianle la Pólaza de Cáución No J0021-00-2015, de fecha 23.02.2015, MINCETUR

al 23.02.2016, que €l adquiiente tiene olorgada a favor del Minaste o de Comercio Exterior y Tunsmo ste seis meses posteriores a la cancelación de la Autorizáción Expresa de la sala maleria de transferencia, conformidad con lo señalado en la Ley No 27153, nomas modilcalorias y su Reglámento, la mtsma que sido remlida aláreá de Adminislración del I\¡INCETUR pare su custodia y fnes corespondientes;

Que, la empresa KINCORP GA ING S.A.C. cumplió con presenlar el Prrn de Prcvenc¡ón de la ludopefá, elque hace referencia el literall) del numeral 141 delarticulo 14 de la Ley N" 27153,'Ley que

regula la explotación de los juegos de casino y máqurnas lregámonedas' modifcado med¡ante el adiculo 6" de la Ley N'29907, 'Ley para la Prevención de la Ludopatla eñ lás salas de cas¡no y máquinas lragamonedas, y el arliculo 11'del Reglamento epbbado mediante Decreto Suprémo N" 007-2013[4INCETUR:

Que, la p¡esente autorización se exp¡de con prescindencra de la inspecc¡ón lécnica que pueda reá¡izarse a la sala d6 juegos como consecuencie de la moditicación concedidá, y de Ia verifcación del cumpl¡mienlo de lo dispuesto en el Decrelo Supremo N' 015-2010-|V|NCETUR, que aprobó et Regtamento de 'Normas Técn¡cas Complementarias para ta imptementacióñ del sistema uniic.ado de control en tiempo rea¡SUCTR' a que se refierc lá Primera Disposición Final de la Ley N. 27796 ta Resotucaón de Superirfendenc¡a N' 145-2003SUNAI;

y

fre¿a/uctan %riroforo/ Que, asamismo, de acuedo con lo dispueslo en el numeral 6 delAnexo ll del Cuadro de Infacc¡ones Sañciones, del Decrcto Supremo N'015-2010-IVINCETUR, se sffcionerá al titü/Er.t6 una sala lragamonadas con una multe de cinco (OS) Ulf por cada ñáquln¿ ¡reg¿monedas que no sa encuentre intarconaetada con un ,todelo SUCIRI

y

Que, en consecuencie, se adüerte que la adquiriente ha cumplido con presentar la documentación y/o

infomación previsia en elTitulo lll, del Capitulo I del Decreto Supremo No 00G2008-MINCETUR y normas modifcalorias, razón por la que coÍesponde olorgar la autorizacón de explotac¡ón solacilada, debiéndose disponer la cancelación de lá Resolución Di€ctoÉl No 72920O9M|NCETUR /MT/DGJCMT, de fecha 24.O4.2OO9, rcnryada mediante Resoluc¡ón D¡recloral N' 76$201+MINCETURA/MT/DGJCMT, d6 fecha 12.03,2014, expedida a nombre d6 ¡á transfercnl€ por la explolacaón de juegos de máquinas tragamonedas le sála de juegos "ARCADIA", de conform¡dad con lo previsto eñ el numeral 19.1.3 del artlculo 190 del eglamenlo aprobado ñedianle Decreto Supremo N' 006-2008-MINCETUR y normas modificaloriasi

De conformidad con lo establecido en la Ley N'27153 y norma6 modifcatorias, los Reglamentos áprobados mediante Decrelos Supremos ñros. 00$2002-MINCETUR y 00e2008-MINCETUR y nomas modificálodas, y estando á lo opinado en el Inloíne Económ¡co Fanancierc N" 018-2015 de Aulorización Expresa por Transferencia de Sala de Juegos Aulorizada, e Inlome Legal N' 7+2015MINCETURA/MT/DGJCMT/DAR,RLLV:

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SE RESUELVE:

Articulo 1".- Cancelar la aulorización por la explolación de ¡uegos de máquinas lragemonedas li\l . ;. /.:1.,. 4¿¡ !,i : óoncedida mediante Resoluc¡ón Directoral No 72920O9-IVINCEÍURA/MÍ/DGJCMT, de fecha 24.04.2009,

.r' '-'.-lrc ,f;-ienovaca medianle Resolución Direcloral N' 769201+MINCETUR/VMT/DGJCMT, de fecha 12.03.2014, , , ,l i , etpeaticta a favor de la empresa OKANE S.A,C,, en obseñáncia de lo eslablec¡do en el numeÉl I 9.1 .3 del

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aticulo 19.delDecreto Supromo

No OOG2OOS-MINCETUR

Artículo 2".- Aulorizar a la empresa KINCORP GA ING S.A.C. la explolación de juegos de

máquines fagamonedas en la sála de juego 'ARCADIA", ubacada en la Av. La l\¡olina N0 1105, Distrilo de La Mol¡na, Proviñcia y Departamento de Lima, por un plazo de cinco (05) años, en observañcia de lo eslablecido el arliculo 17o de la Ley No 21753 y nomas modifcatorias, por las razones expuestas en la parle iderativa de la presente resolución.

An¡c(¡lo 3'.- De acuerdo con lo dispuesto en el articulo 14.2 de la Ley N' 27153 y nomas todos los requisitos y condiciones que sirvieron de base para la presente autorizac¡ón deben ntenerse durante el plazo de v¡genc¡a de la misma, bajo apercjbimiento de cancelarse la autor¡zación concedida y disponerse la clausura del establecimiento destinado a la explolacaón de máquinas

fagamonedas. Art¡cufo 4o.- Lá presente auto zación faculta e la empresa la explolación de dosc¡enbs sais (206) ñáquín¿s ttagamonechs y quinientes ochent¿ (580) memodas de sólo lectu',, según el detalle conlenido en los ANEXOS I Y ll d€ la presenle resolución, los m¡smos que foman parte integrante de la misma (09 tojas).

Artlculo 5'.' De acuerdo con ¡o dispueslo en lileral b) del articulo 49" del Decrelo Supremo No 009, 2002-¡iINCE UR y la Dkectiva N0 01 2008-IVINCETUR/V|\¡T|DGJCIVT, aprobada mediante Resolución Directoral No 220-2008-MINCETUR¡r'MT/DGJCI\4T,

de fecha 21.02.2008, se le olorga al titular de lá presente

aulorización elcódigo de regislro N' 141844001 para la sala de ¡uegos "ARCADIA".

Articulo 6'.- De conformidad con lo establecido en el atículo 7' del citado cuerpo tegat, tos tituta¡es de una aulorización de explolación concedida por la Diección General de Juegos de Cas¡no y Máquinas

T¡agamonedes se eñcuentren obligádos a observar las nomas que sobre zondicac|ón, seguridad, higiene, parqueo, enlre olros, establezcan las rnuñ¡cipalidades'en sus respectivas junsdicciones para el olorgamiento de le liceñcia municipala que hubiere lugar.

Aatlculo f.- De acuerdo con lo dispuesto en el ñuñeral6 del Anexo ll del Cuadro de Infiacciones y Sanc¡ones, del Decrelo Supremo N' o1'2o1GM|NCETUR, que aprobó et Reglamento de 'NorÍtás Técnices ComplemenlaÍias pဠle ifiplem€nlación del s¡stema unifc€do de control en tiempo real- SUCTR' a que se rcfiele lá Primera oisposación F¡nalde la Ley N'27796 y la Resolución de Superintendencia N' 14t20O3 SUNAT, de fecha 25.07.2003, se sancionaá al tíUlar.le une sela ttagamonedas con una muttt .te c¡nco (OS) UlÍ por cada náqu¡na úagamone